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    I Foro Regional :

    Seguridad en EESS, Grifos y Locales deVenta de GLP en la Región Piura

    MSc. Ing. Ricardo Dominguez

    Supervisor Regional Hidrocarburos

    Piura, Martes 22 de Junio del 2010

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    • Sede Regional Piura• Jefe Regional

    • Ing. Heraclio Prada

    • Supervisor Regional Hidrocarburos

    • MSc. Ing. Ricardo Dominguez

    • Supervisores Integrantes Piura - Hidrocarburos• Ing. Santos Avalos

    • Ing. Raul Alvarez

    • Abog. David Perea

    • Supervisores Integrantes Chiclayo - Hidrocarburos• Ing. Victor Yauri

    • Ing. Teofilo Reyes

    • Ing. Alejandro Catalan

    • Ing. Jesus Sosa

    • Ing. Juan Paima

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    que Supervisamos?

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    En Combustibles Líquidos

    En GLP

    Informales

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    • Para garantizar que las empresas brinden un

    servicio confiable y de calidad, previniendo

    accidentes y daños al medio ambiente.

    • Para que las empresas cumplan con los

    dispositivos técnicos y legales de:

    Seguridad.

    Medio ambiente.

    Porque las actividades en Hidrocarburos

    son riesgosas y contaminantes.

    ¿Para qué Supervisamos?

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    TIPOS DE SUPERVISION

    1. SUPERVISIÓN PRE-OPERATIVA

    2. SUPERVISIÓN OPERATIVA• SUPERVISIÓN OPERATIVA PDJ

    • SUPERVISIÓN OPERATIVA ACTOS INSEGUROS• SUPERVISIÓN OPERATIVA CONVENCIONAL

    3. SUPERVISIÓN ESPECIAL• SUPERVISIÓN ESPECIAL POR EMERGENCIAS

    • SUPERVISIÓN ESPECIAL POR DENUNCIAS

    4. SUPERVISIÓN DE PLAN DE ABANDONO

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    1.SUPERVISIÓN PRE-OPERATIVA

    a. ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ITF

    -ATENCIÓN DE CONSULTASELABORACIÓN DE INFORMES TÉCNICOLEGALES

    -ATENCIÓN DE RECURSOS-ADMINISTRATIVOS: RECONSIDERACIONES

     Y APELACIONES

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    1.- MARCO NORMATIVO

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    CONTENIDO:

    1. Marco Normativo

    2. Distancias de Seguridad (Locales Públicos, Líneaseléctricas aéreas, etc.).

    3. Distribución General

    4. Instalaciones Mecánicas (Recepción, Almacenamientoy Despacho de combustibles).

    5. Instalaciones Eléctricas (Áreas peligrosas,interruptores de emergencia, puestas a tierra)

    6. Implementación en Seguridad

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    REGLAMENTOS APLICABLESDecreto Supremo N° 030-

    98-EM (03/agosto/1998

     Aprueban Reglamento para la Comercial ización de Combust ib les Líquidos y Otros

    Productos deriva  Modificatoria: Decreto Supremo N   054-99-EM (29.set.1999): Simplif ican procedimientos administrativos y modifican

    reglamentos sobre seguridad de instalaciones, transporte y establecimientos de venta de gas licuado de petróleo. dos de

    los Hidrocarburos.

    Decreto Supremo N° 054-

    93-EM (20.nov.1993):

    Reglamento de Segur idad para Establec imientos de Venta al Públ ico de Combustibles

    Derivados de Hidrocarburos.  Modificatoria: 

    Decreto Supremo N   020-2001-EM (11.may.2001): Modifican el artículo 11ºdel Reglamento aprobado por 

    Decreto Supremo Nº054-93-EM.

    Decreto Supremo N  

    017-2004-EM (16.Junio 2004): Modifican el numeral 2 del artículo 11ºdel Reglamento 

    aprobado por Decreto Supremo Nº054-93-EM.

    Decreto Supremo N   017-2004-EM (16.Junio 2004): Modifican Reglamentos de Establecimientos de GLP para 

    Uso Automotor y de Seguridad para Establecimientos de Venta al Públco de Combustibles Derivados de los 

    Hidrocarburos.

    Decreto Supremo N° 045-

    2001-EM (22.jul.2001):

     Aprueban el Nuevo Reglamento para la Comercialización de Combust ib les Líquidos y

    Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos.

    Decreto Supremo N° 052-

    93-EM (18.nov.1993):

    Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos.

    Decreto Supremo N° 032-2002-EM Glosario de términos

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    2.- DISTANCIAS DE

    SEGURIDAD(LOCALES PÚBLICOS,LÍNEAS ELÉCTRICAS AÉREAS, ETC.)

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    DECRETO SUPREMO N° 020-2001-EMArtículo 1°.- Modifícase el Artículo 11° del Decreto Supremo N° 054-93-EM, Reglamento de

    Seguridad para Establecimientos de Venta al Público de Combustibles Derivados deHidrocarburos (10 Mayo 2001)

    • “Artículo 11°.- Para otorgar la Autorización de Construcción e Instalación de Estaciones deServicios y Puestos de Venta de Combustibles (Grifos) en zonas urbanas calificadas comoindustrial o comercial de acuerdo a la zonificación residencial, se exigirá las distancias mínimassiguientes :

    • 1. Cien (100) metros de las Estaciones y Subestaciones Eléctricas, medidos desde el lindero máscercano a la Estación de Servicio o Grifo.

    • 2. Mil (1000) metros de otras Estaciones de Servicios o Puestos de Venta de Combustibles,medidos desde el surtidor, las conexiones de entrada de los tanques y ventilaciones más cercanas.

    • 3. Doscientos (200) metros de cualquier construcción o proyecto aprobado por el municipio paracentros educativos, centros asistenciales, hospitales, iglesias, teatros, mercados, cuarteles,comisarías, dependencias militares, centros comerciales y de espectáculos, dependencias públicas

    y otros locales de afluencia de público. Las medidas serán tomadas al surtidor, conexiones deentrada de los tanques y ventilaciones más cercanas.

    • La medición de las distancias mínimas antes señaladas se hará en forma radial desde los puntosdonde se producen gases.

    • En ningún caso se autorizará la construcción e instalación de Estaciones de Servicios y Puestos deVenta de Combustibles en áreas urbanas calificadas como residenciales de acuerdo a lazonificación municipal”.

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    DECRETO SUPREMO N° 017-2004-EMArtículo 1°.- Derogase el num. 2 Artículo 11° del Decreto Supremo N° 054-93-EM,

    Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al Público deCombustibles Derivados de Hidrocarburos (16 Junio 2004)

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    1. Cien (100) metros de las Estaciones y SubestacionesEléctricas, medidos desde el lindero más cercano a la

    Estación de Servicio o Grifo.

    • Con fecha 6 de Agosto del 2001 se publico el CódigoNacional de Electricidad, aprobado mediante R.M Nº366-2001-EM/VME, que entro en vigencia el 1 deJulio del 2002, se dispuso que la instalación de sub-

    estaciones de suministro eléctrico deberán estar auna distancia no menor de 25 m de las estacionesde servicio o Grifos o consumidores directos,medidos del lindero más cercano y a 50 m de centros

    educativos…..”

    • La medición se hará en forma radial del lindero mascercano de la sub-estación eléctrica a los puntos deemanación de gases.

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    DS 054-93-EM (EN GENERAL)

    • Artículo 47o.- Los surtidores o tanques de combustibles deEstaciones de Servicio y Puestos de Venta de Combustibles(Grifos) deben instalarse a distancias mayores a los veintemetros (20 m) de las líneas eléctricas aéreas.

    Estas líneas eléctricas aéreas deberán ser sustituidas porcables soterrados hasta una distancia no menor de 20 metros(20 m) de los límites del lindero (antes y después) de la

    Estación de Servicio o Puesto de Venta de Combustibles(Grifos).

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    PUNTOS DE EMANACIÓN DE GASES

    Bocas de llenado de lostanques

    Surtidores/Dispensadores

    Tubos de ventilación delos tanques

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    CENTROS EDUCATIVOS,

    MERCADOS, SUPERMERCADOS,HOSPITALES, CLÍNICAS,IGLESIAS, CINES, TEATROS,CUARTELES, ZONAS MILITARES,COMISARIAS O ZONASPOLICIALES,ESTABLECIMIENTOSPENITENCIARIOS Y LUGARES DEESPECTÁCULOS PÚBLICOS QUETENGAN LICENCIA MUNICIPAL OAUTORIZACIÓN EQUIVALENTE

    PARA SU FUNCIONAMIENTO

    LINDERO DEGRIFO

    PUNTOS DE

    EMANACIÓN DE

    GASES

    D

    Distancia Mínima (D)= 50 metros

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    LINDERO DEGRIFO

    PUNTOS DE

    EMANACIÓN DE

    GASES

    D

    Distancia Mínima (D)= 7,60 metros

    Estaciones, SubEstaciones Eléctricas

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    LINDERO DEGRIFO

    PUNTOS DE

    EMANACIÓN DE

    GASES

    D

    Líneas eléctricas aéreas

    D

    7,60 m T ≤ 36,000 V

    10,0 m 36,000 V < T ≤ 145,000 V

    12,0 m T > 145,000 V

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    3.- DISTRIBUCIÓN GENERAL

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    DISTRIBUCIÓN GENERAL – PATIO MANIOBRAS

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    PATIO DE MANIOBRAS CON SEÑALIZACIÓN

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    PATIO DE MANIOBRAS (ENTRADA)

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    PATIO DE MANIOBRAS (SALIDA)

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    EN EL FRENTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEBERÁN MANTENERSE OCONSTRUIRSE VEREDAS DE ACUERDO AL ANCHO Y NIVEL FIJADO POR EL

    MUNICIPIO

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       0  m  e   t  r  o  s

       (  m   í  n   i  m  o   )

    LA ALTURA MÍNIMA DEL TECHO (CANOPY) DE LA ISLA DE SURTIDORES ES3.90 METROS RESPECTO AL PISO DEL PATIO DE MANIOBRAS

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    RETIRO MÍNIMO 3 METROS

    DEBE EXISTIR UN RETIRO MÍNIMO ENTRELA ISLA DE DESPACHO Y EL BORDEINTERIOR DE LA VEREDA. DICHO RETIRODEBE SER DE 3 METROS COMO MÍNIMO Y

    SE MEDIRÁ DEL BORDE MÁS CERCANO DELA ISLA DEL SURTIDOR Y/O DISPENSADORHASTA EL BORDE INTERIOR DE LA VEREDA

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    4.- INSTALACIONES MECÁNICAS

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    DIAGRAMA GENERAL

    Tapas Manholle

    Boquereles

    Spill Container 

    Válvulas Sobrellenado

    Recuperador de Vapores

     Nivel Máximo

    Llenado

    Contenedor B.S.

    Tubería Flexible

    Caja ContenedoraDispensador 

    Válvula Impacto

    Válvulas de Venteo

    Botas Entrada

    Tubería Flexible

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    INSTALACIÓN DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO

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    TANQUES PARA ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE

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    ZONA 

    DE 

    TANQUES 

    DE 

    ALMACENAMIENTO

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    Zona de tanques de almacenamiento

    Descarga de Combustible

    DESCARGA DEL CAMIÓN-TANQUE DENTRO DEL PATIO DE MANIOBRAS SIN INVADIR LAVÍA PÚBLICA NI ENTORPECER EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

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    BOCAS DE LLENADO CON TAPAS HERMÉTICAS, DIFERENCIADAS POR PRODUCTO

    TAPA HERMÉTICA DEAJUSTE RÁPIDO

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    Equipos dispensadores con dispositivos para el control y prevención dederrames como válvulas de impacto, las cuales impiden derrames que se puedan

    producir con el choque de un vehículo, y breakaway, que controla algún derrameen mangueras.

    ZONA 

    DE 

    DESPACHO 

    (Islas 

    con 

    defensas)

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    Válvulas de Impacto – Shut Off (dispensadores)

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    Pistola de despachoautomática

    Válvula de Seguridad –Break Away

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    LOS TUBOS DE VENTILACIÓN SERÁN METÁLICOS CONUN DIÁMETRO MÍNIMO DE 30 mm

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    Que se observaen este tubo de

    venteo?

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    5.- INSTALACIONES ELÉCTRICAS

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    ¿QUÉ ES UNA INSTALACIÓN ELÉCTRICA ENÁREA PELIGROSA CLASIFICADA?

    Una Instalación eléctrica en área peligrosa clasificada es aquella instalación que utilizacables, accesorios y equipo eléctrico aprobado para el área peligrosa clasificada, así comosu Diseño, Construcción y Montaje incluye las recomendaciones del Código Nacional deElectricidad (NEC), Comisión Electrotécnica Internacional (IEC), entre otras entidadesnormativas internacionalmente reconocidas.

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    AREAS PELIGROSAS CLASIFICADAS

    CLASIFICACION DE AREAS

    CLASE

    Es un método de análisis que se aplica al medioambiente donde pueden existir gases, nieblas o vaporesinflamables, fibras o polvos, con el fin de establecer lasprecauciones especiales que se deben considerar para la

    construcción, instalación y uso de materiales y equiposeléctricos.

    CLASE ICLASE IICLASE III

    DIVISIONLa división indica el nivel de riesgo presente en el área aclasificar. Cuando se evalúa la división, es necesario

    tomar en cuenta la frecuencia de escape y el nivel deventilación del área bajo estudio.

    DIV 1

    DIV 2

    GRUPOEn general el grupo se refiere a las características de

    explosividad de las mezclas inflamables de gases yvapores.

    ABCD

    http://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtml

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    AREAS PELIGROSAS CLASIFICADAS

    EQUIPOS PARA COMBUSTIBLES LIQUIDOS: CLASE I, GRUPO D

    DISPENSADORES - SURTIDORES

    DIV 1   Volumen encerrado dentro del dispensador y su contenedor

    DIV 2

    •   Volumen que se extiende hasta 18” (0.5 m)en sentido horizontal entre lacubierta superior del dispensador y la altura total del mismo a partir delnivel de piso terminado.

    * Volumen que se extiende hasta  20’   (6.10 m) a partir de la cubiertalateral del dispensador en sentido horizontal y hasta   18”   (0.5 m) dealtura a partir del piso terminado.

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    AREAS PELIGROSAS CLASIFICADAS

    EQUIPOS PARA COMBUSTIBLES LIQUIDOS: CLASE I, GRUPO D

    TANQUES SOTERRADOSDIV 1   Volumen encerrado dentro del Tanque

    DIV 2  Hasta 18" sobre el nivel del piso, dentro de un radio de  10’ a partir de la

    conexión (boca de llenado o de medición).

    VENTEOS

    DIV 1  Dentro de  3’  del extremo de la abertura de venteo, extendida en todas

    direcciones.

    DIV 2  Entre  3’   y  5’  del extremo de la abertura de venteo, extendida en todas

    direcciones.

    BOCAS DE LLENADO Y MEDICION

    DIV 1   Cualquier fosa o caja o espacio bajo el nivel del suelo.

    DIV 2

      Hasta 18" sobre el nivel del piso, dentro de un radio de 10’ a partir de la

    conexión de llenado

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    ACCESORIOS UTILIZADOS EN EL CABLEADOELÉCTRICO EN ÁREAS PELIGROSAS CLASIFICADAS

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    OBSERVACIONES ACOMETIDA ELÉCTRICA ASURTIDORES / DISPENSADORES

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    OBSERVACIONES ACOMETIDA ELÉCTRICA ASURTIDORES / DISPENSADORES

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    INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN CAJAS / BUZONES REGISTRO

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    ACOMETIDA ELÉCTRICA A BOMBAS SUMERGIBLESDE COMBUSTIBLES

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    INSTALACIONES ELÉCTRICAS PARA USO DE POS,TOMACORRIENTES, MAQUINA REGISTRADORA

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    OBSERVACIONES A INSTALACIONES ELÉCTRICASPARA POS, MAQUINA REGISTRADORA, OTROS.

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    OBSERVACIONES A INSTALACIONES ELÉCTRICASPARA POS, MAQUINA REGISTRADORA, OTROS.

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    OBSERVACIONES A LUMINARIAS EN SURTIDORESDE COMBUSTIBLES

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    OTRAS INSTALACIONES ELECTRICAS

    INTERRUPTORES DE CORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA (PULSADORDE EMERGENCIA) QUE ACTUAN SOBRE LAS UNIDADES DE

    SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE O BOMBAS REMOTAS DISTANTEDE ELLAS Y VISIBLEMENTE UBICABLES

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    EN ZONAS DONDE EXISTA PRESENCIA DE DESCARGAS ELÉCTRICASSE INSTALARÁN PARARRAYOS CON SU RESPECTIVO POZO A TIERRA

    VISTA DE UN PARARRAYOSVISTA DE LA PARTE SUPERIOR

    DE UN PARARRAYOS

    POZO A TIERRA PARA ELPARARRAYOS

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    POZO A TIERRA PARA LA DESCARGA DECOMBUSTIBLE

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    Distancia de seguridad (internas)

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    DISTANCIA MAYOR A 3 METROS (*)

    CAJAS DE

    INTERRUPTORES

    TUBOS DE

    VENTILACIÓN

    BOCAS DE LLENADO

    ISLA DE SURTIDORESO DISPENDSADORES

    LAS CAJAS DE INTERRUPTORES ESTARÁN A UN DISTANCIA MAYOR DE 3 METROS ALOS TUBOS DE VENTILACIÓN, BOCAS DE LLENADO O ISLA DE SURTIDORES

    (*) LA DISTANCIA ENTRE LOS PUNTOSDE EMANACIÓN DE GASES (TUBOS

    DE VENTILACIÓN, BOCAS DELLENADO E ISLA DE SURTIDORES) YLAS CAJAS DE INTERRUPTORES SE

    MIDE EN LA PROYECCIÓNHORIZONTAL (SOBRE EL TERRENO)

    P R OY E  C  C I   Ó N

    V E RT I   C AL 

    PROYECCIÓN HORIZONTAL (*)

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    SERVICIO DEVULCANIZACIÓN

    TUBOS DE

    VENTILACIÓN

    BOCAS DE LLENADO

    SURTIDORES /DISPENSADORES

    LOS SERVICIOS DE VULCANIZACIÓN SE UBICARÁN A UNA DISTANCIA MÍNIMA DE 10 METROS DE LOS TUBOS DEVENTILACIÓN, PUNTOS DE LLENADO Y SURTIDORES / DISPENSADORES.

    LA MEDIDA SE REALIZARÁ RESPECTO A LA FUENTE DE CALOR (PLANCHA METÁLICA ELÉCTRICA)

    DISTANCIA MÍNIMA 10 METROS  (*)

    P R O

    Y E  C  C I   Ó N

    V E RT I   C AL 

    PROYECCIÓN HORIZONTAL (*)

    (*) LA DISTANCIA ENTRE LOS PUNTOSDE EMANACIÓN DE GASES (TUBOS

    DE VENTILACIÓN, BOCAS DELLENADO Y SURTIDORES) Y LA

    PLANCHA METÁLICA ELÉCTRICA SE

    MIDE EN LA PROYECCIÓNHORIZONTAL (SOBRE EL TERRENO)

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    RÓTULO ILUMINADO POR

    ENERGÍA ELÉCTRICA

    TUBOS DE

    VENTILACIÓN

    BOCAS DE LLENADODISTANCIA MAYOR A LOS 3 METROS (*)

    LOS ANUNCIOS O RÓTULOS ILUMINADOS POR MEDIO DE CORRIENTE O ENERGÍAELÉCTRICA ESTARÁN A UNA DISTANCIA MAYOR DE TRES METROS (3 M) DE LOS

    TUBOS DE VENTILACIÓN Y BOCAS DE LLENADO

    P R OY E  C  C I   Ó N

    V E RT I   C AL 

    PROYECCIÓN HORIZONTAL (*)

    (*) LA DISTANCIA ENTRE LOS PUNTOSDE EMANACIÓN DE GASES (TUBOS

    DE VENTILACIÓN Y BOCAS DELLENADO) Y EL ROTULO ILUMINADO

    SE MIDE EN LA PROYECCIÓNHORIZONTAL (SOBRE EL TERRENO)

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    LOS CILINDROS DE GLP DEBEN DE UBICARSE A LAS DISTANCIAS MÍNIMAS INDICADAS

    TALLERESELÉCTRICOS O

    MECÁNICOS

    DISTANCIA MÍNIMA 5 METROS (*)

    CILINDROS DE GLP

    (*) LA MEDIDA SE REALIZARÁ EN FORMAHORIZONTAL DESDE EL LINDERO MÁS CERCANO

    DEL RACK CON LOS CILINDROS DE GLP

    MEDIDA HORIZONTAL (*)

    HOSPITALES,IGLESIAS , LUGARES

    PÚBLICOS,CAMINOS, CALLESCONCURRIDAS

    EDIFICIOSADYACENTES DE

    MATERIALCOMBUSTIBLE.

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    LAS BOMBAS SUMERGIBLES ESTARÁN UBICADAS A UNADISTANCIA MÍNIMA DE 3.5 METROS DEL LIMITE DE LA

    PROPIEDAD VECINA.

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    UBICACIÓN DE LASBOCAS DE

    LLENADO

    BOCAS DE LLENADOA MÁS DE 1 METRO

    DE LA VENTANA

    (ABERTURA) MÁSCERCANA DEL

    ESTABLECIMIENTO (*)

    LAS BOCAS DE LLENADO ESTARÁN A MÁS DE 1 METRO DE CUALQUIER PUERTA OABERTURA DEL ESTABLECIMIENTO

    (*) LA MEDIDA SE REALIZARÁEN FORMA RADIAL DESDE LAS

    BOCAS DE LLENADO ALLINDERO MÁS CERCANO DE LA

    PUERTA O ABERTURA DELESTABLECIMIENTO

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    LA HABITACIÓN DEL GUARDIÁN ESTARÁ UBICADA A UNA DISTANCIA MÍNIMA DE 10METROS DE LOS DEPÓSITOS DE GASOLINA, ACEITES O DEMÁS MATERIALES

    COMBUSTIBLES

    HABITACIÓN DEL GUARDIÁN

    TANQUES DE

    GASOLINA

    DEPÓSITO DEACEITES

    DISTANCIA MÍNIMA 10 METROS  (*)

    (*) LA MEDIDA SE REALIZARÁ EN FORMA HORIZONTALDESDE EL LINDERO MÁS CERCANO DE LA HABITACIÓNDEL GUARDIAN HACIA EL LINDERO MÁS CERCANO DE

    LOS DEPÓSITOS DE GASOLINA, ACEITE O DEMÁS

    MATERIALES COMBUSTIBLES

    MEDIDA HORIZONTAL (*)

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    6.- IMPLEMENTACIÓN DESEGURIDAD

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    EXTINTORES IMPULSADOS POR CARTUCHO EXTERNO DE PQS CON CARGA TIPOA ABC(MINIMO 02) COLOCADOS EN LUGARES VISIBLES Y DE FÁCIL ACCESO, Y CUENTAN CON

    UNA CARTILLA DE INSTRUCCIONES PARA SU USO (DEBEN ESTAR LISTADOS OAPROBADOS POR UL O FM)

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    RECIPIENTE DE METAL CON TAPA PARA DEPOSITAR ARENA Y TRAPOS EMPAPADOSCON GASOLINA QUE SE USEN PARA DERRAMES

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    LOS SURTIDORES Y/O DISPENSADORES DEBERÁN ESTAR INSTALADOS ENFORMA FIJA

    CUMPLIMIENTO: SURTIDORESINSTALADOS EN FORMA FIJA A SU BASE

    CUMPLIMIENTO: DISPENSADORESINSTALADOS EN FORMA FIJA A SU BASE

    INCUMPLIMIENTO: SURTIDOR NO ESTA ANCLADO DIRECTAMENTE A SU BASE EN LA ISLA

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    VEHÍCULOS ESTACIONADOS EN EL INTERIOR DEL GRIFOINCUMPLIENDO EL REGLAMENTO

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    LETREROS DE SEGURIDAD

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    SURTIDOR IDENTIFICANDO CORRECTAMENTE

    LOS PRODUCTOS QUE EXPENDE

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    SERVICIO DE AIRE

    EN ZONA URBANA : 01PUNTO DE AIRE

    EN CARRETERA : 02PUNTOS DE AIRE

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    SERVICIO DE AGUA

    SERVICIO DE AGUA PORMEDIO DE UN CAÑO

    SERVICIO DE AGUA PORMEDIO DE UN RECIPIENTE

    CILINDRICO METÁLICO

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    PERSONAL UNIFORMADO

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    SERVICIOS HIGIÉNICOS SE MANTIENEN EN BUENAS CONDICIONESDE PRESENTACIÓN E HIGIENE Y OPERATIVOS

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    • En las estaciones de servicio la distancia entre el rack de cilindros y las paredesinternas podrá reducirse a 0.5 m, siempre y cuando se encuentre fuera de la

    edificación.• Las distancias mínimas de seguridad se aplicarán desde las estructuras que

    contienen los cilindros de GLP a los tanques de combustibles, tuberías deventilación, bombas, zanjas de engrase y áreas de lavado. Los cilindros se ubicaránen lugares abiertos dentro de estructuras metálicas que permitan una adecuadaventilación.

    ARTICULO 91° D.S. 27-94-EM

    RACK DE CILINDROS EN ESTACIONES DE SERVICIO

    Las estaciones de servicio y gasocentros

    deberán poner en conocimiento de la DGH quese encuentran realizando la venta de GLP en

    cilindros, a fin de que estos establecimientos

    sean incluidos en el Listado de Establecimientos

    de venta de GLP

    Estación de serviciocon rack de cilindros

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    • Capacidad máxima: 2 estructuras (hasta veinticuatro (24) cilindros por cada estructura).

    • Solo se permitirá la venta de cilindros de GLP de diez (10) Kg.

    • No se permitirá la instalación de los racks que contienen los cilindros de GLP en las islas dedespacho de combustibles líquidos o GLP.

    • Además los racks que contienen los cilindros de GLP deberán ubicarse como mínimo a 1.5m de aberturas de las edificaciones, 4.6 m de instalaciones eléctricas que no sean a pruebade explosión y 3 m de colectores de desagüe.

    ARTICULO 91° D.S. 27-94-EM

    Hasta 24 cilindros por 

    estructura y unmáximo de 2estructuras

    RACK DE CILINDROS EN ESTACIONES DE SERVICIO

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    • DS 037-2007-EM• En GASOCENTROS se modifico el DS 019-97-EM• Se modifico el art. 19 las distancias de las medidas de seguridad de los puntos de emanación de

    vapores de los Gasocentros a los perímetros de los Transformadores o centros de Transformación,estaciones o subestaciones eléctricas a 7.6 m (antes era de 50 m)

    • Se adiciono en el art. 19 que la distancias de de 50 m del Gasocentro al perímetro de los centros deafluencia podían ser de la construcción o proyecto aprobado por la Municipalidad.

    • Se adiciono en el art. 19 que no se podía instalar un Gasocentro dentro de una Planta envasadora, encaso estos sean contiguos se debía instalar una pared medianera de 4.5 m de altura y sus tanquesdeberán ser independientes

    • Se derogo el art. 20 la distancia entre Gasocentros y entre Gasocentro y Planta Envasadora, antes elmínimo era de 100 m

    • Se derogo el art. 21 la distancia del tanque al límite de propiedad de otro Gasocentro o PlantaEnvasadora, antes era de 100 m. como mínimo.

    • Se modifico el art. 26, en zonas urbana el retiro desde la vereda a la isla de dispensadores será de 3m(antes era de 5m)

    • Se modifico el art. 27, antes las entradas y salidas podían tener entre 6 – 8 m , se cambio a que sololas entradas podían tener esta dimensión y las salidas entre 3.6 y 6 m, similar a los Grifos,

    • Se modifico el art. 30, las instalaciones eléctricas del techo de la Isla del Gasocentro debe cumplir conla NFPA 70, antes exigía a prueba de explosión.

    • Se modifico el art. 47, se modificaron las distancias de los puntos de carga de los tanques a las líneaseléctricas mínimo 7.6 m, hasta 36,000 V, 10 m entre 36,000 y 145,000 Voltios, y 12 m mayor a 220,000V

    • Se modifico el art. 92, la distancias mínima entre los Dispensadores de GLP y los dispensadores deGLP y los dispensadores/surtidores de líquidos deberá ser de 3 m, salvo que se instalen en paraleloserán de 6 m (antes para todo era 6 m)

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    • DS 037-2007-EM• En EESS/GRIFOS se modifico el DS 054-93-EM• Se modifico el art. 11 las distancias de las medidas de seguridad de los puntos de

    emanación de vapores de los EESS/Grifos a los perímetros de los Transformadores o centros

    de Transformación, estaciones o subestaciones eléctricas a 7.6 m (antes era de 50 m)• Se adiciono en el art. 11 que la distancias de de 50 m de EESS/Grifos al perímetro de los

    centros de afluencia podían ser de la construcción o proyecto aprobado por laMunicipalidad. Y se cambio los centros de afluencia publico por los lugares deespectáculos publicos que tengan licencia Municipal o autorización equivalente.

    • Se modifico el art. 47, se modificaron las distancias de los puntos de emanación de vapores

    a las líneas eléctricas mínimo 7.6 m, hasta 36,000 V, 10 m entre 36,000 y 145,000 Voltios, y12 m mayor a 220,000 V• Y se dieron excepciones para ampliar instalaciones existentes con DGH que no cumplen

    con las distancias mínimas de seguridad y que deseen ampliarse• Que pueden instalarse nuevos tanques de GLP o liquidos siempre que se retire uno

    existente o mas siempre que la capacidad retirada sea mayor , y que la distancia sea mayorque la existente de los tanques reemplazados.

    • Los nuevos dispensadores deben instalarse a una distancia mayor que las existentes• Las bocas de los tanques nuevos deben instalarse a una distancia mayor que las existentes

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    DS 027-94-EM REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARAINSTALACIONES Y TRANSPORTES DE GLP

    16 Mayo 1994

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    REGLAMENTOS APLICABLES

    D.S. N° 01-94-EM Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo

    D.S. N° 027-94-EM Reglamento de Seguridad para Instalaciones y Transportes de Gas LicuadoPetróleo (modificado por D. S. Nº 065-2008-EM)

    D.S. N° 001-2007-EM Modificación y Complementación del Reglamento para la Comercializaciónde GLP

    D.S. N° 004-2007-EM Modificación del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 01-94-EM

    D.S. N° 065-2008-EM Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Seguridad paraInstalaciones y Transporte de GLP, aprobado por D. S. Nº 27-94-EM

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    SUPERVISION Y FISCALIZACION

    DE LOCALES DE VENTA

    Artículos 84°, 88º y 94º del

    D. S. N° 065-2008-EM

    Deroga:

    Modifica:

    D. S. N° 027-94-EM

    Artículos 80°al 83º, 85º al

    93º y 95º del D. S. N° 027-94-EM

    Inciso 5 del artículo 73º,

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    • DS 065-2008-EM LOCALES DE VENTA DE GLP – modifica el DS 27-94-EM• Se derogo la exigencia del HIDRANTE de agua, del tipo de hidrante y de aforar su

    capacidad

    • Se prohibió que encima del área de almacenamiento existan pisos superiores.

    • Se estableció la diferencia entre los locales con techo y sin techo y la necesidad de contarcon hidrante u otro tipo de lucha contra incendio, y se estableció que las exigencias de lossistemas de lucha contraincendios empieza a partir de los 301 kg.

    • Se exigió que los extintores de GLP sean Listados o estén Certificados por Indecopi

    • Se estableció que la ventilación debe ser de 6m2 por cada 1000 kg, de GLP, no seconsideran puertas y ventanas que se cierran.

    • , Los locales solo pueden existir en el primer piso

    • No pueden haber aberturas que comuniquen a lugares ajenos al local

    • Permite comercializar agua en bidones, reguladores de presión, mangueras y accesoriosde GLP

    • Se establecieron nuevas distancias a líneas eléctricas

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    ADECUACION A LA NORMA

    A LOS LOCALES DE VENTA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEHIDROCARBUROS Y CUYAS ÁREAS DE ALMACENAMIENTO SE UBICANDEBAJO DE PISOS SUPERIORES, SE LES OTORGA UN PLAZO DE TRESAÑOS CONTADOS A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTENORMA (065-2008-EM) PARA QUE CORRIJAN ESTA SITUACIÓN.

    (Artículo 23° D.S.065-2008-EM)

    LOS LOCALES DE VENTA INSCRITOS EN EL REGISTRO TEMPORALDEBERÁN OBTENER SU INSCRIPCIÓN DEFINITIVA, PARA LOS LOCALES DELIMA HASTA EL 30 DE OCTUBRE DEL 2009 Y PARA PROVINCIAS HASTA EL 30DE NOVIEMBRE DE 2009

    (Artículo 5° del D.S. 026-2008-EM)

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    UBICACIÓN DE LOCALES DE VENTA

    Los Locales de Venta de GLP deberán estar ubicados en tal forma quelas actividades propias de su funcionamiento, no constituyan peligropara la salud y la vida, para el local y para las propiedadescircundantes. Asimismo, deberán considerar que las propiedades yactividades circundantes no constituyan peligro de incendio u otrossiniestros para el establecimiento.

    ARTICULO 80° D.S. 27-94-EM

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    Locales cuya área de almacenamiento de cilindros, su acceso desde la calle y el área comprendida por lasdistancias de seguridad establecidas en la tabla del articulo 91° del reglamento, se encuentren sin techo.

    LOCALES DE VENTA SIN TECHO

    ARTICULO 80° D.S. 27-94-EM

    La capacidad máxima dealmacenamiento de cilindros deGLP, será de 50 000 kg.

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    LOCAL DE VENTA SIN TECHO

    La capacidad máxima de almacenamiento de cilindros de GLP será de 50 000 kg.

    ARTICULO 80° D.S. 27-94-EM

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    107

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    DISTANCIA MÍNIMA (EN METROS) DE SEGURIDAD CONCONSTRUCCIONES VECINAS (m)

    Capacidad Máxima de

     Almacenamiento de

    GLP (Kg.)

    Paredes internas(1) y Ofic inas de

    Local para

    atención alPúblico

    Construcciones o líneas

    de prop iedades

    adyacente en las cualesse puede construir 

    Líneas de Propiedad adyacente (2) ocupadas por centroseducativos, supermercados, hospitales, clínicas, iglesias,

    cines, teatros, cuarteles, zonas militares, comisarías o zonaspoliciales, establecimientos penitenciarios, lugares de

    espectáculos públicos y Estaciones de Servicio (3) que tenganLicencia Municipal o autorización equivalente para su

    funcionamiento.

    Hasta 120 1 1 1

    121-500 1 1 3

    501-1000 2 2 5

    1001-3000 3 3 8

    3001-4500 3 4 10

    4501-6000 4 5 12

    6001-10000 6 6 20

    10001-20000 8 10 20

    20001-50000 10 15 25

    ARTICULO 91° D.S. 27-94-EM

    (2) Si las construcciones adyacentes son de material combustible, se almacenen combustibles o funcionentalleres mecánicos, esta distancia deberá duplicarse o ser superior a cuatro (4) metros, considerando lamayor de ellas.

    La distancia del área de almacenaje a las estaciones y subestaciones eléctricas será de 7,6 m.

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    Su capacidad máxima de almacenaje es de 5000 Kg.

    LOCAL DE VENTA CON TECHO

    ARTICULO 80° D.S. 27-94-EM

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    DISTANCIAS MINIMAS A LINEAS ELECTRICAS (metros).

    EXCEPCIONALMENTE SEPERMITIRÁ EL CRUCE DELÍNEAS AÉREAS DE HASTA220 V POR ENCIMA DELÁREA DE ALMACENAMIENTO,SI ÉSTA SE ENCUENTRA

    TECHADA.

    ARTICULO 92° D.S. 27-94-EM

    Hasta 440 V 1.8

    Sobre 440 V hasta 36000 V 7.6

    Sobre 36000 V hasta 145000 V 10

    Sobre 145000 V hasta 220000 V 12

    Sobre 220000 V hasta 500000 V 30

    Las distancias desde el área de almacenamiento a líneas eléctricas se indican en el cuadro que sigue:

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    EXTINTORES

    A

    B

    C

    D

    K

    y gases inflamables.

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    EXTINTORES

    Extintor PQS, con capacidad de extinción: 80BC. El extintor debe contar con certificación de Organismos

    nacionales o extranjeros acreditados ante INDECOPI, segúnNTP 350.026, NTP 350.062-2. NTP 350.062-3.

    Alternativamente: extintores listados por UL o aprobadospor FM, según ANSI/UL 299 y, cuya capacidad cumpla conANSI/UL 711.

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    • Número y tipo según NTP 350.043-1.• Tipo : PQS; como mínimo capacidad de extinción certificada: 80 BC.• Certificación por entidad acreditada ante INDECOPI o listado por UL o

    aprobado por FM.

    EXTINTORES Y SU CERTIFICACION

    ARTICULO 87° D.S. 27-94-EM

    Capacidad de Extinción

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

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    En caso de no contarse con medios especiales de apilamiento de cilindros, talescomo parihuelas u otros sistemas aprobados por el presente reglamento, el

    almacenamiento de cilindros llenos o vacíos se hará solamente en posiciónvertical, apoyados en sus bases y hasta un máximo de dos niveles.

    El almacenamiento de los cilindros de 45 kg. llenos o vacíos se hará en un solonivel.

    FORMA DE ALMACENAMIENTO Y AGRUPAMIENTO

    Almacenaje de cilindros de 10 kg endos niveles, cilindros de 45 kg en un

    solo nivel

    ARTICULO 83° D.S. 27-94-EM

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    121/131

    En los lugares de almacenamiento concapacidad mayor a 2 000 kg. de GLP, se harángrupos no superiores a 2 000 kg. dejandopasillos de por lo menos dos metros de ancho

    entre grupos.

    La densidad media total de losalmacenamientos considerando exclusivamentelas áreas de almacenamiento y pasillos, será

    como máximo 200 kg. GLP/m2

    .”

    FORMA DE ALMACENAMIENTO Y AGRUPAMIENTO

    ARTICULO 83° D.S. 27-94-EM

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

    122/131

    POSICIÓN Y UBICACIÓN INCORRECTAS

    FORMA DE ALMACENAMIENTO Y AGRUPAMIENTO

    ARTICULO 83° D.S. 27-94-EM

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    123/131

    PERSONALUNIFORMADO

    GUANTESROPAINDUSTRIAL

    (ANTICHISPA)BOTAS DESEGURIDAD

    No se permite la presencia de menores de edad dentrodel local de venta

    El personal debe estar capacitado, entrenado y provistode los medios adecuados:

    •Para el manipuleo de cilindros en forma segura.

    •Detectar, controlar y eliminar las fugas de GLP que se

    puedan presentar.

    •Prevenir accidentes por actos o condiciones inseguras.

    •Emplear el extintor en caso de incendio.

    •Aplicar agua a los cilindros con GLP expuestos al fuego.

    •Conocer las propiedades físico químicas del GLP.

    •Entrenamiento, practicas.

    •Capacitación anual, acreditada con carnet.

    PERSONAL CAPACITADO Y ENTRENADO

    ARTICULO 85° D.S. 27-94-EM

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    INSTALACION DE EQUIPOS ELECTRICOS

    ARTICULO 86° D.S. 27-94-EM

    En los Locales de Venta, los equipos eléctricos instalados dentrode un área clasificada deberán cumplir lo siguiente:

    Local de

    Venta

    Extensión del área clasificada

    El equipodeberá ser

    apropiado

    para Clase I,

    Grupo D

    Con Techo

    La totalidad de la habitación que

    almacena los cilindros de GLP ytoda habitación adyacente noseparada por una división o puertahermética.

    División 2

    Sin Techo

    Dentro de los 4.6 m medidoshorizontalmente en todas las

    direcciones desde la válvulas delos cilindros y hasta una altura 2 mde sobre el nivel del piso.

    División 2

    El área clasificada no se deberá extender más allá de cualquierpared, techo o división hermética.

    Local de Venta con Techo

    Local de Venta sin Techo

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    Cables y equipos eléctricos convencionales

    INSTALACION DE EQUIPOS ELECTRICOS

    ARTICULO 86° D.S. 27-94-EM

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

    126/131

    INSTALACION DE EQUIPOS ELECTRICOS

    ARTICULO 86° D.S. 27-94-EM

    Iluminación apropiada para áreas clasificadas comoClase I grupo D división 2

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    127/131

    REQUISITOS DE CONSTRUCCIÓN• Contar con aberturas de ventilación de un mínimo de 6m2 por 1000 kg de GLP• No se considera puertas o ventanas que se cierran• La distribución de las aberturas debe ventilar todo el local

    EL ALMACENAJE DECILINDROS SOLO SE

    REALIZARA EN ELPRIMER PISO DELESTABLECIMIENTO, NOEN TECHOS O AZOTEAS

    ARTICULO 89° D.S. 27-94-EM

    LOS COLECTORES DE

    DESAGUE NO DEBENTENER CAJA DEREGISTRO NI OTRACONEXIÓN QUE TENGASALIDA DENTRO DELLOCAL DE VENTA DEGLP, EXCEPTO ENAMBIENTES DISTINTOSAL LUGAR DEALMACENAMIENTO DE

    GLP.

  • 8/17/2019 Seguridad en Eess - Locales Glp - Piura

    128/131

    Área de almacenamiento por

    debajo del nivel del pisocircundante, al costado de sótano

    REQUISITOS DE CONSTRUCCIÓN

    ARTICULO 89° D.S. 27-94-EM

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    129/131

    Los locales de ventas no deberán

    contar con aberturas quecomuniquen a otros ambientes,ajenos a la actividad de venta deGLP.

    ARTICULO 90° D.S. 27-94-EM

    OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

    No se podrá almacenar dentro dellocal de venta otros combustibleslíquidos o sólidos, pinturas u otrassustancias peligrosas.

    Local de Venta de GLP informal

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    LOCALES DE VENTA DE GLP INFORMALES

    No se cumple el uso exclusivo de venta de GLP

    ARTICULO 90° D.S. 27-94-EM

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    GRACIAS