Seguridad Social Trabajo de Investigacion
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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
¿LAS PENSIONES POR JUBILACION DE LAS AFPs NO SE CONSTITUYEN EN DIGNAS Y
SUFICIENTES?
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
PENSIONES DE JUBILACION -REGIMENES
PROBLEMÁTICA DE PENSIONES DEL SPP
PRESENTADO POR:
JESUS FERNANDO QUIROGA APAZASANDRA CCONZA RODRIGUEZ
CURSO: SEGURIDAD SOCIAL DOCENTE: ABOG. LOURDES J. MAINZA GUTIERREZ
CICLO: IX
TACNA-PERÚ 2015
1
DEDICATORIA
A Dios quien siempre me da poder y hace perfecto mi camino, a mis padres porque me dieron la confianza necesaria para
encontrar el éxito y no olvidar ni practicar lo que el fracaso me ha enseñado. ………………………………
2
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAFACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICASESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
INTRODUCCION
Actualmente el proceso de reforma continúa. Se han hecho ajustes para mejorar la
rentabilidad de los fondos de las AFPs, que históricamente son en promedio más de
10%. Sin embargo los niveles de pensión aún no convencen a todos.
Aún no existen jubilados “puros” del sistema y se tendrá que esperar al menos 10 o 15
años más para comprobar si realmente podrá pagar una jubilación conforme a las
expectativas de los afiliados, una pensión digna y que pueda ser suficiente para el
afiliado
En el Perú más de cinco millones de peruanos están afiliados a alguna AFP, pero solo
la mitad de estos aporta con regularidad. El reto es que todos los peruanos puedan
asegurar una pensión en el futuro.
A diferencia de la ONP en que una persona debe demostrar que ha trabajado 20 años
como mínimo para obtener una pensión, en las AFP al tener cuentas individuales, las
pensiones se calculan en base a lo aportado por el trabajador.
SEGURIDAD SOCIAL 3
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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
RESUMEN:
Las Comisiones cobradas Por Las AFP peruanas estan
Entre las más altas de Latinoamérica. El
FUNCIONAMIENTO del Sistema Privado de Pensiones
en el Perú Refleja una relación asimétrica e injusta: a la
par de la del que rentabilidad de los Fondos de los
Trabajadores es incierta, las Administradoras AFP
obtienen Grandes utilidades.
Es Decir : los Afiliados no Ganan con direction
seguridad En sus cuentas Individuales -sobre las
Cuales se determinarán SUS pensiones en el futuro-
Pero las AFP -gracias a las Altas Comisiones Que
Cobran por Administrar AEE cuentas- si Tienen
Seguras SUS Ganancias
ABSTRACT
the commissions charged by the Peruvian AFPs are
among the highest in Latin America. The operation of
the private pension system in Peru reflects a skewed
and unfair relationship : at par que la performance of the
Funds Workers is uncertain , the AFP Administrators
make large profits .
Ie Affiliates seguridad not earn with their individual
accounts which are determined -above their pensions in
the future AFP But thanks to the high commissions
charged by ESA Manage accounts- if they have secure
their profits.
SEGURIDAD SOCIAL 4
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SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
¿QUÉ ES LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN?
Es el derecho a recibir una pensión por parte del Sistema Privado de
Pensiones (SPP) a partir de los 65 años o antes, siempre que cumplas con los
requisitos para acceder a una jubilación anticipada. También puedes solicitarla
después de cumplir los 65 años.
¿CÓMO SE FINANCIA LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN?
La Pensión se financia con el capital para pensión que está formado por:
SEGURIDAD SOCIAL 5
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¿QUÉ TIPOS DE JUBILACIÓN EXISTEN?
A. Regímenes regulares de jubilación
a.1. jubilación por edad legal
Al cumplir 65 años o más, tienes derecho a presentar tu Solicitud de
Pensión de Jubilación..
a.2. Jubilación anticipada regular
Puedes jubilarte antes de cumplir 65 años siempre que el capital
acumulado en tu cuenta alcance para pagar una pensión equivalente a,
por lo menos, el 40% de tu remuneración mensual
Requisitos:
-Pensión.- Que la pensión calculada sea equivalente a, por lo menos,
el 40% de tu remuneración mensual
-Aportes.- Contar con por lo menos 72 meses de aportes realizados
sobre la Remuneración Mínima Vital (RMV) en el transcurso de los
últimos 120 meses. Los independientes deben haber aportado en
fecha oportuna.
La remuneración mensual se calcula en base al promedio de las
remuneraciones percibidas y rentas declaradas en el transcurso de
los 120 meses anteriores a la presentación de tu Solicitud de
Jubilación, actualizadas por la inflación (IPC).
- Jubilación anticipada por desempleo
Es un régimen especial de jubilación creado para las personas que
se encuentran en situación de desempleo. Se encuentra vigente
hasta el 31 de diciembre de 2015.
Requisitos:
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-Edad.- 55 años en el caso de los hombres y 50 años en el caso de
las mujeres.
-Desempleo.- Encontrarse desempleado durante doce (12) meses o
más.
-Pensión.- Que la pensión calculada sea igual o mayor a una
Remuneración Mínima Vital vigente.
Si no cumples el requisito de pensión, podrás retirar el 50% del saldo
de tu Cuenta de Aportes Obligatorios y Voluntarios Con Fin
Previsional, en un plazo de 11 días útiles.
a.3. Jubilación Anticipada por Desempleo
Es un régimen especial de jubilación creado para las personas que se
encuentran en situación de desempleo. Se encuentra vigente hasta el 31
de diciembre de 2015.
Requisitos:
- Edad.- 55 años en el caso de los hombres y 50 años en el caso de
las mujeres.
- Desempleo.- Encontrarse desempleado durante doce (12) meses o
más.
- Pensión.- Que la pensión calculada sea igual o mayor a una
Remuneración Mínima Vital vigente.
B. Regímenes especiales de jubilación
b.1. Jubilación adelantada (decreto de ley 19990)
Si ya cumplías los requisitos de jubilación en la Oficina de
Normalización Previsional (ONP) cuando te afiliaste al Sistema
Privado de Pensiones (SPP), el estado te otorga un Bono
Complementario a fin de completar el capital de tu cuenta y otorgar
una pensión de jubilación igual a la pensión que hubieras obtenido en
la ONP.
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Requisitos:
Edad.- Haber cumplido con los requisitos de Jubilación en el SNP
antes de afiliarse al SPP.
Fecha de afiliación.- Haberse incorporado al SPP hasta el 01/01/02.
Condición.- No tener derecho a una Jubilación Anticipada Regular.
b.2. Jubilación anticipada para trabajadores de riesgo
Es un régimen especial de jubilación para las personas que hayan
realizado trabajos pesados bajo las actividades de minería,
metalurgia, siderurgia o construcción civil.
Existen dos regímenes:
- Régimen Extraordinario
El Estado te otorga un Bono Complementario a fin de completar el
capital de tu cuenta y otorgar una pensión de jubilación igual a la que
hubieras obtenido en el Régimen de Jubilación Minera del SNP,
siempre que cumplas con los requisitos establecidos.
- Régimen Genérico
Si no cumples los requisitos del régimen extraordinario, realizarás
aportes complementarios para adelantar tu edad legal de jubilación:
(ver tabla de anexo)
b.3. Pensión mínima de jubilación
Si al jubilarte por edad legal tu pensión calculada es menor a la Pensión
Mínima del SPP (S/. 484.17), el Estado te otorga un Bono
Complementario (BRC) a fin de completar el capital de tu cuenta y
otorgar una Pensión Mínima.
Requisitos:
Edad.-Tener 65 años de edad o más.
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Aportes.-Haber aportado 20 años al SNP y/o al SPP sobre la
Remuneración Mínima Vital. Vigente
¿Alguna vez usted se ha cuestionado por qué los afiliados
tienen que aportar el 10% de su sueldo?
Seguramente su atención ha estado centrada en la obligación de aportar
a secas, en la comisión o en la rentabilidad, mas nunca se ha
cuestionado a profundidad el porqué de este porcentaje de retención.
Bueno pues he puesto en entredicho este gran paradigma que con toda
modestia creo que es lo que hay que hacer en el Perú para tener un
mejor país y he llegado a conclusiones inesperadas. Creo que el nuevo
enfoque que voy a proponer cambiaría todo el sistema en beneficio de
los afiliados y por tanto resolvería un problema estructural del sistema: la
cobertura.
El objetivo del Sistema Privado de Pensiones (SPP) por definición es
generar cobertura, es decir, más gente con pensión y por tanto menos
ciudadanos teóricamente “desamparados”. Sin embargo el sistema
actual exige condiciones de aporte que son inalcanzables en la mayoría
de casos, además de injustificables desde mi punto de vista pues van en
contra del objetivo citado. La explicación que se esgrime comúnmente
para deducir la décima parte de la remuneración radica en la “tasa de
reemplazo” que debe alcanzar el afiliado a los 65 años. La tasa de
reemplazo se obtiene de dividir la pensión entre el promedio de sus
últimos diez años de remuneraciones; si la pensión es 1,000 soles y el
promedio de remuneraciones fue 2,000 soles, la tasa de reemplazo será
de 50% (1000/2000). Lo que se quiere es que esa tasa sea lo mayor
posible -mayor al 70%-, y se pueda mantener el nivel de vida al que el
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afiliado estaba acostumbrado; pero eso es justamente lo que disuade al
afiliado de aportar, y genera cierta animadversión -completamente
justificable creo yo- hacia el sistema.
Las implicancias de esta política pública parecen inocuas pero son
enormes. Atención: Implica que cada mes el trabajador sacrifica 2.86
días trabajados únicamente para “guardar” dinero para la jubilación si es
que llega a ella con salud-. Esto significa 34.32 días laborables al año,
1372 días laborables en cuarenta años, 5.2 años completos de toda una
vida laboral se habrán dedicado a ahorrar “pan para mayo” y no a vivir
adecuadamente en enero, a saber: educar, tener salud, vivienda,
educación en fin…disfrutar una ciudadanía digna, derechos que están
salvaguardados en la constitución.
Estas cifras no mienten y usted puede corroborarlas. Se podrá
argumentar que el seguro de invalidez no es parte de la comisión, y eso
es cierto, pero también es cierto que es parte del dinero que sale mes a
mes del sueldo de la persona -de manera obligatoria- lo cual tiene un
costo de oportunidad (el hecho de poder usar ese dinero, por ejemplo,
para un seguro de salud)
Entonces por qué se quiere una jubilación “digna” si para
ello claudicaré a más de cinco años de vida?
El tema del disfrute de la vida y de su importancia para el desarrollo de
la sociedad ha sido tratado extensamente por Bertrand Russell, filósofo
ganador del premio nobel y uno de los pensadores más influyentes del
siglo 20 así como por John Stuart Mill en su libro capital “Sobre la
Libertad”. Hablamos de unos de los pensadores más influyentes en los
siglos XX y XIV.
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Esta realidad desincentiva la formalización laboral, disuade a los ya
afiliados a aportar y a los ciudadanos en general a ingresar al SPP. Para
que esto no siga sucediendo necesitamos retomar el objetivo del
sistema: generar cobertura sin imponer obligaciones innecesarias,
ciertamente penosas, y fuera del alcance de la mayoría de peruanos.
Investigando, asumí que un afiliado aporta solo seis meses al año, es
decir una mantiene una densidad de cotización del 50%, y que este
afiliado aportó únicamente 100 soles mensuales entre los 20 años y los
45 años. Suponiendo que la rentabilidad promedio del sistema en esos
25 años fue de 10% -recuérdese que la rentabilidad en los últimos 20
años ha sido 12.6% dada la buena gestión de las AFP-, entonces este
afiliado habrá acumulado a los 45 años 62,390 soles, cifra que se
convierte a los a los 65 años en la enorme cantidad de 419,726 soles,
por tanto le tocaría exactamente una pensión de 2,823 soles (tres veces
la pensión promedio). Esta cifra puede parecer inverosímil dado que el
aporte fue solo de 100 soles al mes durante seis meses al año por 25
años, pero este es el efecto de la capitalización del dinero en el tiempo.
Los primeros 100 soles aportados el primer año ganarán rentabilidad
durante 45 años, los segundos 100 soles ganarán rentabilidad por 44
años y 11 meses, y así sucesivamente. Si usted aporta 100 soles hoy,
en 45 años serán 7,289 soles. Puede verificar estas cifras usando el
Simulador que desarrollé para corroborar estos cálculos.
Otro ejemplo similar se da para un afiliado que ha aportado entre los 20
y los 40 años. Al finalizar sus aportes habrá acumulado 32,729 soles,
mientras que a los 65 años su fondo ascenderá a 220,181 soles, con el
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cual le corresponderá una pensión de 1,481 soles, el doble de la
remuneración mínima vital (RMV).
LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL PERÚ: SISTEMAS DE PENSIONES EXCLUYEN A LAS MAYORÍAS
Uno de cada cuatro peruanos mayores de 65 años no recibe pensión. Muchos trabajadores no participan en los sistemas de jubilación o previsionales (privado o público). Hoy no hay una garantía de un ingreso mínimo para todas las personas de tercera edad.
Solo están garantizados aquellos que han logrado cotizar un número de años, en trabajos formales y, en nuestro país predomina ampliamente la informalidad, el 85% del empleo creado es informal, sin cobertura de los sistemas pensionarios.
EL BANCO MUNDIAL HA SEÑALADO QUE UNO DE LOS PRINCIPALES MOTIVOS QUE INDUCE A QUE LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN DE LAS AFPS SEAN INSUFICIENTES SON POR LOS PROBLEMAS DE LAS COMISIONES COBRADAS POR LAS AFPS PERUANAS ESTÁN ENTRE LAS MÁS ALTAS DE LATINOAMÉRICA.
Durante la crisis financiera a fines del 2008, los afiliados a las AFPs llegamos a
perder casi 50% de nuestro fondo. El haber jugado las pensiones a una ruleta
financiera altamente riesgosa, no es el único problema causado por la
privatización del sistema de pensiones. Hay otros problemas igual de serios. El
primero es que para el 65% de los asalariados, sus empleadores evaden las
contribuciones a los planes de pensiones. El segundo: las pensiones apenas
alcanzan S/. 620 en promedio (modalidad de retiro programado, que es la
mayoritaria), con lo que más del 42% de la población continúa trabajando luego
de la edad establecida para la jubilación (65 años). Hay un tercer problema: las
AFPs ha desfinanciado el Sistema Nacional de Pensiones (19990), reduciendo
las pensiones de los jubilados y obligando a un aporte del Tesoro Público
desorden de los 3 mil millones de soles anuales. Este problema se debe a que,
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al introducirse las AFPs, una enorme proporción de trabajadores cotizantes se
traspasó al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
De esta manera, aunque el número de jubilados no se redujo, sí disminuyó el
número de quienes aportan para sostener sus pensiones, creándose un
enorme desbalance financiero. Este desbalance ha sido cerrado de dos
maneras: con aportes del tesoro y con recortes de las pensiones reales.
Finalmente, las comisiones cobradas por las AFPs peruanas están entre las
más altas de Latinoamérica. El funcionamiento del sistema privado de
pensiones en el Perú refleja una relación asimétrica e injusta: a la par que la
rentabilidad de los fondos de los trabajadores es incierta, las administradoras
AFPs obtienen grandes utilidades.
Es decir: los afiliados no ganan con seguridad en sus cuentas individuales -
sobre las cuales se determinarán sus pensiones en el futuro- pero las AFPs -
gracias a las altas comisiones que cobran por administrar esas cuentas- si
tienen seguras sus ganancias. La mejor evidencia de lo poco atractivo que son
las AFPs para los trabajadores es el escasísimo número de independientes que
cotizan efectivamente. Si el sistema es tan bueno, ¿Por qué casi todos los
cotizantes están entre quienes deben asegurarse obligatoriamente, y quienes
no tienen esta obligación, no cotizan? De continuar con este sistema de AFPs
que privilegia la capitalización individual y no contempla una pensión básica
universal financiada solidariamente, las perspectivas para el año 2050, cuando
la población mayor de 65 años sea 16% del total (en vez del 6.5% que es hoy),
serán dramáticas. La baja cobertura y pequeños montos de pensión obedecen
a que el diseño del sistema de protección social se limita al trabajo dependiente
en un país con altos niveles de informalidad laboral.
MEJORANDO EL SISTEMA PRIVADO
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Además, hay que hacer mejoras sustanciales en el diseño del sistema privado
de pensiones con el objetivo de hacerlo más equitativo, competitivo y eficiente.
Entre otras:
1. Permitir e incentivar la participación de los afiliados en la administración del
sistema. El Convenio 102 de la OIT (norma mínima de seguridad social),
ratificado por el Perú, establece que cuando la administración de la seguridad
social no se encuentre a cargo de “una institución reglamentada por las
autoridades públicas o un departamento gubernamental responsable ante un
parlamento”, representantes de las personas protegidas deberán participar en
su administración o estar asociados a ella con carácter consultivo.
2. Para reducir las comisiones, se pueden tomar medidas para reducir los
costos de las AFPs. La centralización de actividades como la recaudación y el
otorgamiento de prestaciones mejorarían la eficiencia del sistema y reduciría
los costos de administración por economías de escala. En Chile se ha
centralizado la gestión y otorgamiento de prestaciones del Seguro de Invalidez
y Sobrevivencia en un único ente elegido por mecanismos de licitación. En
México, la recaudación está centralizada.
3. Reducir las comisiones también puede lograrse con una mejor competencia
entre AFPs. Esa competencia hoy es limitada porque los afiliados tenemos muy
poca información para saber cuál AFP es mejor. En Bolivia se llevaron a cabo
licitaciones para asignar la administración de los fondos a las AFPs que
otorguen las mejores condiciones, y obtuvieron comisiones mucho menores.
Eso mismo aprobó el actual gobierno en la ley para el nuevo régimen para
microempresas, que ha quedado sin implementación. Otra opción es
simplemente establecer una comisión tope, como se hizo en Argentina. En
Uruguay, la AFP estatal funciona como reguladora del mercado. En cualquier
caso, aumentar la competencia permitiendo que los bancos ofrezcan el servicio
de qué AFP es conveniente.
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4. El monto de las pensiones en las AFPs hoy se determina sobre la base de
tablas de esperanza de vida diseñadas para realidades distintas a la peruana.
El problema es que considerar una esperanza de vida mayor a la real lleva a
determinar cuantías menores de pensión. Estudios que consideren una
esperanza de vida acorde a la realidad peruana tendría un efecto positivo en
los montos de las pensiones. Tampoco debe aceptarse la discriminación entre
hombres y mujeres, debiendo usarse una tabla de vida única para evitar que
las mujeres obtengan pensiones menores solo porque tienen mayor esperanza
de vida. Pero cabe una pregunta mayor: ¿por qué no simplemente
desaparecemos las AFPs y se establece un sistema de ahorro para pensiones
de jubilación estrictamente voluntario, con ventajas tributarias que lo
promueva? Muchos países que tienen sistemas básicos de pensiones
solidarias, permiten sistemas complementarios de este tipo, como en Estados
Unidos, Brasil o Australia. Esta alternativa tiene la ventaja de permitir que cada
persona ahorre para su vejez de acuerdo a sus propias preferencias, dentro de
una cartera más amplia (que incluye vivienda, Compensación por Tiempo de
Servicios CTS, inversión en capital humano de uno mismo y de los hijos,
posible migración, inversión en la propia empresa, además de toda la gama de
inversiones financieras). Complementada con un sistema solidario.
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CONCLUSIONES:
PRIMERA
Hay que desligar por completo la pensión del afiliado con el promedio de sus
remuneraciones. Olvidemos la tasa de reemplazo como un objetivo a alcanzar,
si bien se usa en muchos países, ellos tienen otras ventajas que nosotros no, y
cada país es autónomo para tomar las decisiones que mejor le asientan.
Cuestionemos los paradigmas y ejerzamos el pensamiento crítico.
Y los aportes mensuales deben tener un tope, y como he demostrado ese tope
podría ser 100 soles mensuales. No importa cuál sea su sueldo, no estará
obligado a aportar más. Las personas que ganan 750 soles aportarán solo 75
soles tal como sucede ahora.
Los afiliados que consigan acumular un fondo suficiente a los 50 años para
generar una pensión mayor a una RMV a los 65 años estarán exentos de
aportar. De esa manera se premiará a los afiliados que aportan desde jóvenes.
Debe tenerse en cuenta que entre los 50 años y los 65 años el dinero seguirá
ganando una rentabilidad anual promedio del diez por ciento.
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SEGUNDA
Actualmente el proceso de reforma continúa. Se han hecho ajustes para mejorar la
rentabilidad de los fondos de las AFPs, que históricamente son en promedio más de
10%. Sin embargo los niveles de pensión aún no convencen a todos.
Aún no existen jubilados “puros” del sistema y se tendrá que esperar al menos 10 o 15
años más para comprobar si realmente podrá pagar una jubilación conforme a las
expectativas de los afiliados, una pensión digna y que pueda ser suficiente para el
afiliado
En el Perú más de cinco millones de peruanos están afiliados a alguna AFP, pero solo
la mitad de estos aporta con regularidad. El reto es que todos los peruanos puedan
asegurar una pensión en el futuro.
A diferencia de la ONP en que una persona debe demostrar que ha trabajado 20 años
como mínimo para obtener una pensión, en las AFP al tener cuentas individuales, las
pensiones se calculan en base a lo aportado por el trabajador.
Las Comisiones cobradas Por Las AFP peruanas estan Entre las más altas de
Latinoamérica. El FUNCIONAMIENTO del Sistema Privado de Pensiones en el Perú
Refleja una relación asimétrica e injusta: a la par de la del que rentabilidad de los Fondos
de los Trabajadores es incierta, las Administradoras AFP obtienen Grandes utilidades.
Es Decir : los Afiliados no Ganan con direction seguridad En sus cuentas Individuales -
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BIBLIOGRAFIA:
http://semanaeconomica.com/article/finanzas/previsional/146937-afp-cuales-son-las-
propuestas-para-reformar-el-sistema-de-pensiones/
http://blog.pucp.edu.pe/blog/consultaslegales/2009/08/18/cuando-procede-la-desafiliacion-
de-la-afp/
SEGURO SOCIAL, SUEÑO IMPOSIBLE
http://www.bajolalupa.org/16/bll16-seguro.pdf
http://blog.pucp.edu.pe/blog/renzojimenez/2009/02/01/jubilaciones-publicas-o-privadas-
algunas-consideraciones/
EL ABUSO DE LAS AFP EN EL PERÚ
http://www.elanalista.com/?q=node/160
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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
http://exitosadiario.pe/economia/las-afp-sacan-la-vuelta-a-jubilados
LA PROBLEMÁTICA PENSIONARIA EN EL PERÚ Y LA DEFENSA DE LA PERSONA
PENSIONARIA
Benito Villanueva Haro
http://www.derechoycambiosocial.com/revista006/pensiones.htm
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