SEMINARIO INTERNACIONAL CAMBIO CLIMÁTICO, …...Según Borrero la estructura del Constitucionalismo...

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«Consideraciones políticas y jurídicas internacionales para la creación de un mecanismo defensorial (Ombudsman) de las futuras generaciones» Dr. Pierre Foy Valencia Noviembre 2015 S EMINARIO I NTERNACIONAL « C AMBIO C LIMÁTICO , S USTENTABILIDAD Y E QUIDAD I NTERGENERACIONAL

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«Consideraciones políticas y

jurídicas internacionales para la

creación de un mecanismo

defensorial (Ombudsman) de las

futuras generaciones»

Dr. Pierre Foy ValenciaNoviembre 2015

SEMINARIO INTERNACIONAL «CAMBIO CLIMÁTICO, SUSTENTABILIDAD

Y EQUIDAD INTERGENERACIONAL

Presentar avances del dcto. sobre

POLÍTICAS PÚBLICAS Y JURÍDICAS CLIMÁTICAS Y SU INCIDENCIA EN EL DERECHO DE LAS FUTURAS GENERACIONES (EQUIDAD INTERGENERACIONAL),

cuyo objetivo general es orientar a los agentes políticos,sociales, económicos, académicos y jurídicos, acerca delmodo en que progresivamente se debe incorporar ladimensión o variable de la equidad intergeneracional(derecho de las futuras generaciones) en las decisionespolíticas y jurídicas, con particular atención en lascuestiones climáticas.

Objetivo

Avances en particular sobre el objetivo especial de

«Sentar las bases para una juridificación e institucionalización del Ombudsman de las

futuras generaciones

Ética

Historia cultural

Ecología Política

LAS FUTURAS

GENERACIONES

Mirada

interdisciplinar

extrajurídica

DerechoDiplomacia

Educación

integral

Las Ciencias

duras y la

tecnología

Las ciencias

ambientales

Filosofía

Las ciencias

de la salud

Ciencias de las

religiones

(Religiología)

Las ciencias

de la salud

Derecho

Constitucional

y DD HH

Derechos

culturales

Derecho de minorías

LAS FUTURAS

GENERACIONES

Mirada

jurídica

intradisciplinaria

Derecho InternacionalDerecho de la

Integración

Derecho

Ambiental

Derecho de los

Recursos

Naturales

Derecho

Político

Derecho

Espacial

Derecho

económico

Derecho

Administrativo

organizacional

Otros

derechos

Libertad de elección

Preservación de la

vida en la Tierra

Mantenimiento y

perpetuación de la

humanidad Declaración sobre

las

Responsabilidades

de las

Generaciones

Actuales para con

las Generaciones

Futuras - 1997

Necesidades e intereses

de las generaciones

futuras Aplicación

No

discriminación

Desarrollo y

educación

Diversidad cultural

y patrimonio

cultural

Protección del medio

ambiente Paz

Genoma humano

y diversidad

biológica

Patrimonio

común de la

humanidad

El célebre jurista alemán Peter Häberle nos refiere

acerca de UN DERECHO CONSTITUCIONAL PARA

LAS FUTURAS GENERACIONES, como «LA OTRA

FORMA DEL CONTRATO SOCIAL: EL CONTRATO

GENERACIONAL» y que se debe buscar un punto

de equilibrio entre la libertad de la generación actual

y las obligaciones concernientes a los intereses de

futuras generaciones. Recuerda a M. Serres

Premisas Generales

• El problema generacional debería aún ser

considerado tanto como uno de los lineamientos de

la constitución, como un orden legal básico del

Estado y la sociedad.

• Ahora bien, en las experiencias europeas se tiende

a afirmar este nuevo derecho intergeneracional, en

que inclusive se plantea una suerte de extensivo

gasto territorial, que implicaría un “contrato

generacional mundial”, uniendo todos los pueblos y

ciudadanos de nuestro planeta azul. (Peter Häberle)

Premisas Generales

• Sin embargo a resulta de estas miradas

europeocéntricas o eurogénicas –válidas per se- se

han desestimado otros enfoques constitucionales, lo

cual fue reivindicado por el fallecido jus ambientalista

colombiano José María Borrero en su libro «Los

Derechos Ambientales. Una visión desde el sur»

Según Borrero la estructura del Constitucionalismo

Ambiental Asiático – Oceánico, contaba con algunas

características tales como el de la

«Equidad Intergeneracional»

Expresado en ese entonces sobre todo por Irán y en

particular por Papúa Nueva Guinea, cuyo Preámbulo

de la Carta Política dejaba entrever el reconocimiento

de el “crédito planetario” como fundamento de la

justicia entre generaciones para garantizar el

respectivo uso de la oferta ambiental biosférica de

parte de las generaciones venideras;

Premisas Generales

En algunas constituciones de la región se recogen

consideraciones acerca de responsabilidad

intergeneracional.

Premisas Generales

En el caso del Perú la única referencia

«generacional« es recordando el sacrificio de todas

las generaciones que nos han precedido en nuestra

Patria…

En otras normas internas nacionales si aparece la

mención a lo intergeneracional, aunque de forma

dispersa y no con mucha recurrencia.

La creación de una entidad u organismo

Ombudsaman, Tutor, Guardián, Comisario, Guardián,

entre otras análogas, es una idea germinante y de

progresiva implementación

Premisas Específicas sobre el Ombudsman

de las futuras generaciones

Mencionamos al alimón algunas experiencias: vg.

Comisario para un futuro sostenible (República de

Gales) Comisario parlamentario del

medioambiente(Nueva Zelandia) Comisión Nacional

para Generaciones Futuras (Israel), Comisario de los

derechos fundamentales, responsable de la

protección de los intereses de las generaciones

futuras (Hungría)

En base al documento Models for Protecting the

Environment for Future Generations de The International

Human Rights Clinic en Harvard Law School se deriva que

el tutor de las generaciones futuras se convierte en un

fuerte mecanismo para los chequeos y balances del siglo

XXI, cuya oficina debería tener las siguientes

características:

Premisas Específicas sobre el Ombudsman

de las futuras generaciones

Independiente

Legítimo

Transparente

Acceso a la

información

Accesible

Inteligencia

El tutor, como

defensor,

transmite

las

preocupaciones

de los

ciudadanos a

las unidades

legislativas

Los beneficios: toma de decisiones con una visión de futuro

que mejora el bienestar de las generaciones actuales y futuras

¿CÓMO TRABAJA UN TUTOR PARA

LAS GENERACIONES FUTURAS?

Incentivos Soluciones Retos

El tutor, como

órgano asesor,

recomienda

Soluciones

El tutor, como

una interfaz, crea

incentivos para la

integración y evita

la incoherencia

política

El tutor, como

organismo de

auditoría, busca

los

conflictos de

intereses y los

impedimentos

para

solucionarlos

En el documento PROTEGER NUESTRO FUTURO Cómo

incluir a las generaciones futuras en la elaboración de

políticas del World Future Council concluye que :

Premisas Específicas sobre el Ombudsman

de las futuras generaciones

«el mandato de un tutor de las generaciones futuras se

basa totalmente en la realidad cultural y legal del país.

Cada país tiene diferentes valores, derechos, obligaciones

y objetivos en su constitución y en sus leyes básicas. En

Nueva Zelandia y Hungría, los mandatos se limitan a

proteger el medio ambiente y el patrimonio cultural. El

comisario de Israel, por otro lado, supervisó doce áreas

políticas y realizó una protección holística de las

condiciones de vida de las generaciones futuras»

El secretario general de las UN (2013) publicó el

informe,

Intergenerational Solidarity and the Needs of

Future Generations

Instando a realizar acciones al nivel de las Naciones

Unidas en el sentido que

«Las generaciones actuales tienen que

comprender por qué, dejar el planeta a nuestros

al menos en las mismas buenas condiciones en

las que lo encontramos, es algo bueno que

debemos hacer».

Premisas Específicas sobre el Ombudsman

de las futuras generaciones

«En todo lo que hacemos, representamos intrínsecamente no

sólo a nosotros mismos si no a las generaciones del

pasado y del futuro. Representamos a las generaciones del

pasado, incluso cuando intentamos olvidarnos de él, porque

personificamos lo que nos pasó.

Representamos a las generaciones del futuro porque las

decisiones que tomamos hoy afectan al bienestar de

todas las personas que vienen después de nosotros y a la

integridad y robustez del planeta que heredarán”.

Edith Brown Weiss Intergenerational fairness and rights of

future generations. Generational Justice! 3:1, (2002).

Premisas Específicas sobre el Ombudsman

de las futuras generaciones

Muchas gracias por su tiempo y atenció[email protected]

DR. PIERRE FOY VALENCIA

Dr. Pierre Foy Valencia. Doctor en Derecho,

Master en Derecho Ambiental. Docente e

Investigador de la Pontificia Universidad

Católica del Perú, Universidad de Lima,

Universidad Nacional Mayor de San Marcos,

entre otros. Miembro del grupos de

Investigación en Derecho Ambiental del INTE

PUCP. Autor de diversas obras de su

especialidad. Promotor en el Perú del

naciente Derecho Animalístico. Socio del

Estudio FOY & Guevara - Valdez SAC.