Sesión 3 - Procedimiento de Instalacion 6set

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  PLAN PILOTO GENERACION DISTRIBUIDA PARA AUTOCONSUMO PROCEDIMIENTO DE INSTALACION 1 1 ALCANCE El siguiente procedimiento forma parte del Acuerdo de Interconexión del Plan Piloto de Generación Distribuida para Autoconsumo. Las definiciones del Acuerdo de Interconexión se aplican en el presente Procedimiento, que debe ser interpretado como parte integral del Acuerdo de Interconexión. 2 PROPOSITO DE ESTE PROCEDIMIENTO El propósito del presente procedimiento es establecer los pasos que debe seguir un Cliente para solicitar, instalar y operar un sistema de generación conectado a la red (SGCR) en el sistema de distribución del ICE. 3 PRESENTACION DE SOLICITUD El Cliente interesado en instalar el SGCR y participar en el Plan Piloto debe llenar el formulario denominado “Solicit ud de Participació n (la Solicitud) en el Plan Piloto y anexar los documentos que se indican en el formulario (la Solicitud). Este formulario y sus anexos debe ser entregado en cualquier agencia del ICE o ser remitido por correo electrónico a generació[email protected]  Se recomienda que el Cliente consulte previamente las condiciones del presente plan piloto en las agencias del ICE, en la página WEB http://www.grupoice.com  , o en los teléfonos 2220 6954, 2220 6315, 2220 7835. Una vez que la suma de la potencia de las Solicitude s aprobadas alcance el límite de la potencia total del Plan Piloto, la Empresa no recibirá solicitudes adicionales. 4 RECEPCION DE LA SOLICITUD COMPLETA La Empresa hará una revisión de la Solicitud para verificar que esté completa. Si la Solicitud está incompleta, le avisará al Cliente para que subsane la deficiencia. Si el Cliente no completa la información en un tiempo razonable, la Solicitud será desechada.

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PROCEDIMIENTO DE INSTALACION

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  • PLAN PILOTO GENERACION DISTRIBUIDA

    PARA AUTOCONSUMO

    PROCEDIMIENTO DE INSTALACION

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    1 ALCANCE El siguiente procedimiento forma parte del Acuerdo de Interconexin del Plan Piloto de Generacin Distribuida para Autoconsumo. Las definiciones del Acuerdo de Interconexin se aplican en el presente Procedimiento, que debe ser interpretado como parte integral del Acuerdo de Interconexin.

    2 PROPOSITO DE ESTE PROCEDIMIENTO El propsito del presente procedimiento es establecer los pasos que debe seguir un Cliente para solicitar, instalar y operar un sistema de generacin conectado a la red (SGCR) en el sistema de distribucin del ICE.

    3 PRESENTACION DE SOLICITUD El Cliente interesado en instalar el SGCR y participar en el Plan Piloto debe llenar el formulario denominado Solicitud de Participacin (la Solicitud) en el Plan Piloto y anexar los documentos que se indican en el formulario (la Solicitud). Este formulario y sus anexos debe ser entregado en cualquier agencia del ICE o ser remitido por correo electrnico a [email protected] Se recomienda que el Cliente consulte previamente las condiciones del presente plan piloto en las agencias del ICE, en la pgina WEB http://www.grupoice.com , o en los telfonos 2220 6954, 2220 6315, 2220 7835. Una vez que la suma de la potencia de las Solicitudes aprobadas alcance el lmite de la potencia total del Plan Piloto, la Empresa no recibir solicitudes adicionales.

    4 RECEPCION DE LA SOLICITUD COMPLETA La Empresa har una revisin de la Solicitud para verificar que est completa. Si la Solicitud est incompleta, le avisar al Cliente para que subsane la deficiencia. Si el Cliente no completa la informacin en un tiempo razonable, la Solicitud ser desechada.

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    5 APROBACION DE LA SOLICITUD Si el SGCR consiste en un sistema basado en inversores de 10 kW o menos, certificado segn se especifica en el documento Especificaciones Tcnicas del Plan Piloto de Generacin Distribuida para Autoconsumo, y el punto de interconexin del Cliente no presenta ningn problema para la operacin del SGCR, la Empresa aplicar un procedimiento de revisin y aprobacin abreviado. En los dems casos aplicar el procedimiento general para la aprobacin del SGCR.

    5.1 Procedimiento abreviado Este procedimiento se seguir cuando no exista ningn impedimento en la red y el SGCR propuesto sea basado en inversores de 10 kW o menos y cuente con las certificaciones indicadas en las Especificaciones Tcnicas. La Empresa har una revisin de la Solicitud para determinar si el SGCR propuesto se ajusta a lo establecido en el Plan Piloto. Tambin establecer si en el punto donde se interconecta el Cliente con la red pblica existe alguna condicin particular que impida o dificulte la operacin del SGCR. Si el resultado de la revisin es positivo, la Empresa aprobar la Solicitud y le comunicar al Cliente que puede proseguir con la instalacin de su sistema.

    5.2 Procedimiento general La Empresa realizar un estudio del caso especfico para determinar la seguridad de los sistemas y la calidad de la energa y del servicio elctrico. En caso necesario, podr solicitar informacin adicional. La Empresa determinar si el SGCR propuesto en las instalaciones del Cliente es compatible con las condiciones especficas de su red de servicio pblico en ese sitio. La Empresa discutir con el Cliente las posibilidades de la interconexin, sealando las condiciones y modificaciones en el SGCR que la Empresa solicitara para aprobar la Solicitud. En caso que la Empresa determine la necesidad indispensable de hacer cambios en sus redes para operar el SGCR, proporcionar al Cliente un estimado de los costos que debern ser cubiertos por el Cliente.

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    Si el Cliente mantiene el inters de proseguir con su propuesta modificada con las observaciones de la Empresa, entre ambos convendrn en los pasos subsiguientes para la instalacin, inspeccin, aprobacin y operacin del sistema, de acuerdo siempre con las condiciones tcnicas que dicte la Empresa. La aprobacin de la Solicitud se dar al llegar a este acuerdo con el Cliente. Si el Cliente desiste proseguir o no acepta las modificaciones solicitadas por la Empresa en un plazo razonable, la Solicitud ser desechada.

    6 INSTALACION, PRUEBA Y PUESTA EN MARCHA Una vez aprobado el SGCR, la Empresa comunicar al Cliente que acept la Solicitud y ambos suscribirn el Acuerdo de Interconexin del Plan Piloto de Generacin Distribuida para Autoconsumo. El Cliente instalar el SGCR y comunicar a la Empresa que la instalacin est lista para realizar las pruebas de conexin en paralelo con la red. La Empresa puede inspeccionar la instalacin del Cliente con el SGCR y ordenar cambios si la instalacin tiene defectos o no est acorde con la Solicitud aprobada. Si la inspeccin es satisfactoria, la Empresa aprobar la instalacin. Las pruebas de operacin en paralelo con la red se realizarn una vez que la instalacin haya sido aprobada por la Empresa. Para realizar las pruebas, el Cliente deber pedir autorizacin a la Empresa y seguir sus instrucciones. La Empresa puede inspeccionar las pruebas de interconexin. Con la realizacin satisfactoria de las pruebas la Empresa instalar los medidores de facturacin apropiados y aprobar la operacin en paralelo del SGCR. La Empresa puede renunciar a su derecho de inspeccionar la instalacin o de presenciar las pruebas de interconexin, y dar por aprobada la instalacin o autorizar la operacin. El Cliente no tiene derecho a operar su SGCR en paralelo hasta que la Empresa apruebe la instalacin y autorice su conexin.