Sesiones extraordinarias

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San Luis, 26 de abril de 2010.- Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis En mi carácter de Presidenta del Bloque P.J.- P.U.L.- M.I.D. y en virtud de la Sesión Extraordinaria citada para el día martes 27 de abril de 2010, convocada por el Dr. Alberto Hipólito Despouy, por la presente manifestamos: I.- El Concejal Sr. Alberto Hipólito Despouy ha llamado a Sesiones Extraordinarias para el día 27 de abril de 2010, situación que no se ajusta a lo normado ni por la Carta Orgánica Municipal, ni tampoco por lo establecido en el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis.- La Carta Orgánica Municipal en su art. 151 sostiene que para la realización de Sesiones Extraordinarias deberá ser convocada por el Intendente, por el Presidente del Concejo Deliberante o por el pedido fundado de la simple mayoría de la totalidad del cuerpo (Ocho Concejales).- Asimismo el Reglamento Interno en su art. 78 sostiene que para la ejecución de Sesiones Extraordinarias deberán ser convocadas por acuerdo del Concejo, por la Presidencia del Cuerpo o a solicitud 1

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Page 1: Sesiones extraordinarias

San Luis, 26 de abril de 2010.-

Presidencia del Honorable Concejo

Deliberante de la Ciudad de San Luis

En mi carácter de Presidenta del Bloque P.J.- P.U.L.- M.I.D.

y en virtud de la Sesión Extraordinaria citada para el día martes 27 de abril de

2010, convocada por el Dr. Alberto Hipólito Despouy, por la presente

manifestamos:

I.- El Concejal Sr. Alberto Hipólito Despouy ha llamado a

Sesiones Extraordinarias para el día 27 de abril de 2010, situación que no se

ajusta a lo normado ni por la Carta Orgánica Municipal, ni tampoco por lo

establecido en el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la

Ciudad de San Luis.-

La Carta Orgánica Municipal en su art. 151 sostiene que para

la realización de Sesiones Extraordinarias deberá ser convocada por el

Intendente, por el Presidente del Concejo Deliberante o por el pedido fundado de

la simple mayoría de la totalidad del cuerpo (Ocho Concejales).-

Asimismo el Reglamento Interno en su art. 78 sostiene que

para la ejecución de Sesiones Extraordinarias deberán ser convocadas por

acuerdo del Concejo, por la Presidencia del Cuerpo o a solicitud de los dos

tercios de los miembros del cuerpo (Diez Concejales).-

Como se aprecia de las normas citadas, surge con claridad

meridiana que en ningún caso habla que el Concejal que estuviera a cargo de la

Presidencia del Cuerpo puede llamar o convocar a Sesión Extraordinaria alguna,

por lo que el llamado para el día martes 27 de abril de 2010, carece de todo

fundamento jurídico que lo avale, ya que el Sr. Alberto Hipólito Despouy no es el

Presidente del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis, sino que estuvo

momentáneamente a cargo del cuerpo, siendo este el Vicepresidente Primero del

Concejo que nos ocupa.-

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Las normas citadas son categóricas, ya que nos hablan del

PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE quien tiene la facultad para

convocar a Sesiones Extraordinarias, en ningún momento se refiere al Presidente

en Ejercicio, por lo que el Concejal Alberto Hipólito Despouy al momento de

llamar a la sesión que nos ocupa era el Presidente en Ejercicio, pero su cargo es el

de Vicepresidente Primero.-

El legislador y tal surge de la propia letra del Reglamento

Interno, cuando se quiso referir al PRESIDENTE EN EJERCICIO lo hizo

expresamente y esto surge del Art. 2 que dice: “la primera sesión preparatoria

será abierta por el Presidente en Ejercicio, . . . “, presidente en ejercicio puede

ser el propio Presidente del Cuerpo, como así también el Vicepresidente Primero

o Segundo en caso de renuncia, suspensión, fallecimiento de los primeros.-

Como surge de los art. 151 de la Carta Orgánica Municipal y

el art. 78 del Reglamento Interno, en ambas normas se refiere al Presidente del

Concejo; no habla del Presidente en Ejercicio, por lo que la convocatoria

realizada para el día 27 de abril de 2010, no resiste análisis alguno, ya que carece

de todo fundamento que la avale.-

II.- Por todo lo aquí manifestado, solicitamos a la

Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis al no

ajustarse la convocatoria que nos ocupa a los preceptos de la Carta Orgánica

Municipal y al reglamento Interno, deje sin efecto a la Sesión Extraordinaria

fijada para el día 27 de abril de 2010, para evitar cualquier tipo de consecuencias

legales en virtud de no ajustarse dicho llamado a la normativa vigente.-

Saludamos a Usted atentamente.-

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