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Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes

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INSTITUTO SAN CARLOS

“ Educamos Humana y Cristianamente”

“2011. AÑO DE LA UNIDAD Y EL TRABAJO COMPROMETIDO PARA UNA FORMACIÓN DE CALIDAD”

ACUERDO N° 016 del 22 de noviembre de 2011 Por el cual se reglamenta y adopta el SISTEMA INSTITUCIONAL DE

EVALUACION Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES del INSTITUTO SAN

CARLOS del Municipio de Medellín a partir del 2012.

El Consejo Directivo del Instituto San Carlos, en uso de sus atribuciones legales que le confieren la Ley 115, en sus artículos 77, 86, 143 y en especial el decreto 1290 del 16 de abril 2009, y

CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia, consagra la educación como un derecho fundamental de la persona, con el objetivo de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia. 2. Que corresponde al Consejo Directivo adoptar y aprobar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media, según el Artículo 4° del decreto 1290 de 2009. 3. Que en sesión del Consejo Directivo del 22 de noviembre de 2011 y según consta en el acta del Consejo Directivo N° 10 de Este Consejo adopta oficialmente y en consecuencia,

ACUERDA ARTICULO 1. EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en el Instituto San Carlos se realizará en los siguientes ámbitos: 1. INTERNACIONAL. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del

país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares

internacionales.

2. NACIONAL. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para

el fomento de la Educación Superior –ICFES-, realizan pruebas censales con el fin

de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con

base en los estándares básicos de competencias. La prueba Saber 11° permite

además el acceso a la educación superior.

3. INSTITUCIONAL. Constituye un apoyo para los procesos de autoevaluación y

mejoramiento educativo. Para la evaluación del aprendizaje de los estudiantes de

los niveles de básica y media, se definieron:

Pruebas Externas. Pruebas de tipo censal (contratadas con una institución

externa) se aplicarán en cada periodo académico para medir niveles de

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competencia de los estudiantes en las áreas del Plan de Estudios y en los grados

de 1° a 11°.

Pruebas Internas. Pruebas de tipo censal serán diseñadas por los docentes en

las áreas del Plan de Estudios.

ARTICULO 2. CONCEPTO DE EVALUACIÓN. La formación integral busca generar en los estudiantes el aprendizaje mediante el acceso al conocimiento científico, tecnológico, artístico, humanístico y de sus relaciones con la vida social y con la naturaleza; ayudarlo a construir su propio pensamiento, generar un análisis crítico de la realidad, desarrollar competencias básicas que le permitan apropiarse de su ser y vincularse de manera activa en la sociedad. La Evaluación en EL INSTITUTO SAN CARLOS se concibe como una

oportunidad para aprender y mejorar, en un proceso permanente, flexible y

objetivo que apunta a la formación integral, proporcionando información básica

para implementar estrategias pedagógicas que apoyen a los estudiantes con

debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. Constituye una

propuesta incluyente que contribuye a la calidad, equidad y pertinencia de la

educación. Es además una estrategia de aprendizaje que permite valorar o

estimar lo logrado por el estudiante en alineación con lo planeado, y le proporciona

al docente información para reorientar sus prácticas pedagógicas (Ignacio

Montenegro, 2009).

La evaluación se caracteriza por ser:

1. Integral: Tiene en cuenta las dimensiones del desarrollo del estudiante,

conocimientos, actitudes, comportamientos, valores, desempeños cotidianos que

evidencien sus logros a nivel personal y social. Enfatiza en el diálogo como

elemento de reflexión y análisis e instrumento indispensable en la solución de los

conflictos.

2. Sistemática: Responde a la misión, visión y principios lasallistas, guarda

relación con los fines y objetivos de la educación, los Estándares de

Competencias, los contenidos del Plan de Estudios y responde a los retos

mundiales.

3. Continua: Se realiza en forma permanente, permite observar avances y

dificultades en los estudiantes en su proceso formativo.

4. Flexible: Tiene en cuenta las etapas de desarrollo del estudiante en sus

intereses, capacidades, ritmos de aprendizaje, limitaciones de tipo afectivo,

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familiar, nutricional, entorno social, y realiza un manejo diferenciado a las

problemáticas diagnosticadas.

5. Cualitativa: Responde a procesos descriptivos que implican sistemas de

planeación, diseño, ejecución y control en la gestión de la calidad.

6. Democrática: Es participativa, colegiada, favorece el trabajo en equipo e

implica responsabilidad social. Tiene en cuenta la autoevaluación en los

estudiantes, entendida como la valoración y descripción de desempeños sobre sí

mismo, apunta a fortalecer la autocritica y la capacidad para reconocerse en sus

debilidades y fortalezas. La coevaluación: Permite que los estudiantes se

evalúen entre ellos mismos, mirando y valorando sus desempeños. La

heteroevaluación: Constituye una mirada formativa, valorativa y sumativa sobre

los desempeños, elaborada por los maestros hacia sus educandos, y de estos

hacia sus docentes.

ARTICULO 3. OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos

de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos

educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para

apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en

su proceso formativo.

4. Determinar la promoción de los estudiantes.

5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento

institucional.

ARTICULO 4. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN

1. Los Estándares Nacionales Básicos de Competencias y los Lineamientos

Curriculares fijados para las áreas.

2. Los logros determinados por la institución en las dimensiones y áreas del Plan

de estudios.

3. Los Indicadores de desempeño elaborados por la institución para cada área y

periodo académico, entendidos como señales que determinan el nivel de

aprendizaje con respecto a un logro.

4. El desarrollo y cumplimiento de los procesos metodológicos de la evaluación,

dados a conocer a los estudiantes al inicio de cada periodo académico: Pruebas,

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talleres, consultas, trabajo en equipo, exposiciones, portafolios, tareas para la

casa, que permiten identificar desarrollo de habilidades y destrezas, niveles de

interpretación, argumentación, y proposición.

ARTICULO 5. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE

LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO LECTIVO.

Se potenciarán las siguientes actividades para optimizar el desempeño de los

estudiantes:

1. Identificación de fortalezas y dificultades en los desempeños de los estudiantes

2. Reuniones con el Consejo Académico para atender dificultades notorias en

algún grado, grupo o área y ofrecer soluciones y alternativas de mejoramiento.

3. Planes de apoyo para estudiantes con desempeños bajos.

4. Grupos de estudio, monitorias, y padrinazgos de estudiantes con buen

rendimiento académico y comportamental hacia los estudiantes con dificultades.

5. Informes parciales a mitad del periodo académico, se enviarán a los padres de

familia con los estudiantes por escrito en formato institucional. Estudiantes con

debilidades en tres o más áreas, serán citados con sus acudientes por los

titulares. Se deja constancia del diálogo, recomendaciones y compromisos en el

libro observador del grupo.

6. Remisión a Comités de evaluación y promoción de los estudiantes que al

finalizar el periodo presenten desempeños bajos

7. Acompañamiento desde Coordinación académica.

8. Remisiones a Orientación escolar, presentando informes a docentes titulares y

padres de familia.

9. Seguimiento a las pruebas externas e internas para establecer planes de

mejora.

ARTICULO 6. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA ESTUDIANTES NUEVOS

Se establecerán procesos de homologación y nivelación interno para los

estudiantes que ingresan una vez iniciado el año lectivo.

ARTICULO 7. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES

DE FAMILIA.

En el Instituto San Carlos el año escolar tendrá cuatro periodos de igual duración,

se emitirá un informe académico formativo en cada periodo con los avances y

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dificultades de los estudiantes, un juicio valorativo con su respectivo rango

numérico y el acumulado de cada uno de los periodos.

ARTICULO 8. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES.

Los boletines se expedirán en cada periodo académico con las áreas del Plan de

Estudios y los indicadores de desempeño en lenguaje claro y comprensible para

toda la comunidad, y la respectiva escala nacional e institucional.

Con el cuarto informe se expedirá el informe final, acorde con la escala nacional:

Desempeño Superior, Alto, Básico, Bajo, y su equivalencia con el rango numérico

institucional.

Parágrafo 1: El informe final será el resultado del análisis sobre el desempeño

académico y formativo del estudiante en el grado, acorde con los Criterios de

Promoción establecidos en este Acuerdo y la escala nacional e institucional.

ARTICULO 9. ESCALA DE VALORACIÓN.

La escala de valoración de los desempeños de los estudiantes será cualitativa y

numérica. Cualitativa atendiendo a la valoración que define el decreto 1290 en su

artículo 5°, y a la propuesta de formación integral. Numérica porque este rango

da claridad y permite estandarizar el proceso de evaluación de los estudiantes

para la gestión de la calidad institucional:

DESEMPEÑO RANGO DESCRIPCIÓN

Desempeño Superior 4.6 a 5.0 Desempeño que supera metas y expectativas propuestas.

Desempeño Alto 4.0 a 4.5 Alcanza la totalidad de los logros previstos en cada una de las dimensiones de la formación humana con un buen nivel de desarrollo.

Desempeño Básico 3.0 a 3. 9 Desempeño mínimo, acorde con los requerimientos básicos fijados por el MEN en sus lineamientos y Estándares.

Desempeño Bajo 1.0 a 2.9 No alcanza logros previstos y requiere de planes de apoyo para superar las debilidades presentadas.

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Desempeño Superior: alcanza todos los logros esperados e incluso logros no

previstos en los Estándares Curriculares y en el Proyecto Educativo Institucional.

Adicionalmente cumple con todos los procesos de desarrollo Cognitivo,

Psicomotor, Comunicativo, Afectivo y Volitivo, en un desempeño que supera los

objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI.

Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna, entre

otras las siguientes características:

1. Alcanza la totalidad de los logros propuestos e incluso logros no previstos en los

períodos de tiempo asignados.

2. Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos y tareas.

3. Es analítico y critico en sus puntos de vista.

4. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto relacional con

todas las personas de la comunidad educativa.

5. Manifiesta sentido de pertenencia institucional.

6. participa en las actividades curriculares y extracurriculares permanentemente.

7. Presenta actitudes de liderazgo y gran capacidad de trabajo en equipo.

Desempeño Alto: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los

logros previstos en cada una de las dimensiones de la formación humana,

demostrando un buen nivel de desarrollo.

Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las

siguientes características:

1. Alcanza los logros propuestos en las diferentes Áreas / Asignaturas.

2. Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento.

3. Desarrolla actividades curriculares específicas.

4. Reconoce y supera dificultades de comportamiento cuando las tiene.

5. Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.

6. Desarrolla buena capacidad de trabajo en equipo.

7. Cumple con las tareas y trabajos asignados.

Desempeño Básico: Corresponde al estudiante que logra lo mínimo en los

procesos de formación aunque con tal estado puede continuar avanzando, hay

necesidad de fortalecer su trabajo para que alcance mayores niveles de logro.

Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras,

las siguientes características:

1. Solo alcanza los niveles necesarios de logros propuestos.

2. Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso de

aprendizaje.

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3. Presenta algunas dificultades en el aspecto relacional con las personas de su

comunidad educativa.

4. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.

5. Desarrolla actividades curriculares específicas.

6. Utiliza estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas pendientes.

7. Su capacidad de trabajo en equipo es limitada.

Desempeño Bajo: Corresponde al estudiante que no supera los desempeños

necesarios previstos en las Áreas / Asignaturas, teniendo un ejercicio muy limitado

en todos los procesos de desarrollo Cognitivo, Psicomotor, Comunicativo, Afectivo

y Volitivo, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de

calidad previstos en el PEI.

Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las

siguientes características:

1. No alcanza los logros mínimos en las Áreas / Asignaturas y requiere Planes de

apoyo.

2. No alcanza los logros mínimos en las Áreas / Asignaturas aún después de

realizar Planes apoyo.

3. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su

proceso de aprendizaje.

4. Presenta dificultades de comportamiento.

5. Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área.

6. No demuestra motivación e interés por las actividades escolares.

ARTICULO 10. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS

DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANES.

Una estrategia, es el camino establecido por la institución desde una asignatura o

área para que el estudiante demuestre desde sus dimensiones personales,

sociales y cognitivas que ha desarrollado las competencias necesarias para los

desempeños propuestos en su proceso de aprendizaje:

1. Competencias Cognitivas: Manejo de conceptos, saberes, conocimientos;

2. Competencias Procedimentales: Uso y aplicación de los saberes, saber

hacer, desarrollo de habilidades y destrezas.

3. Competencias Actitudinales: apropiación de valores y principios cristianos,

valores propios de la formación lasallista y los promulgados por la Constitución

Política de Colombia, además, la manera como el estudiante los aplica a su vida

personal y social, saber ser y convivir.

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Tendrán los siguientes valores porcentuales:

Saber: 30% Conocimiento

(Evaluaciones en el

periodo).

Investigaciones y

sustentaciones.

Hacer: 30% (Aplicación técnica y

tecnológica.

Tareas Trabajo en

clase.

Ser: 20% Co – evaluación 15% Auto-evaluación 5%

Prueba externa:

20%

Total: 100%

Acciones de valoración integral: Para que el docente emita un juicio de valor

objetivo – asertivo debe:

1. Informar oportunamente los Estándares, logros, competencias, contenidos y

estrategias de evaluación.

2. Realizar diagnósticos de los estudiantes.

3. Analizar circunstancias y condiciones ambientales que inciden en el

desempeño del estudiante.

4. Establecer comparaciones entre sus valoraciones y la autoevaluación del

estudiante.

5. Presentar oportunamente los Planes de Apoyo en cada periodo para la

superación de las dificultades.

6. Recolectar evidencias que soporten los diferentes juicios de valor.

Parágrafo 1: Si al promediar la calificación de un área resultan dos cifras

decimales, debe eliminarse la segunda sin aproximarla, de manera que la

calificación tenga solo una cifra decimal. Para efectos de calificación de las áreas

en los periodos cuando estas resulten con más de una cifra decimal se elimina las

centésimas y no hay aproximación.

ARTICULO 11. COMITÉS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO.

Los Comités de evaluación y promoción de grado son equipos interdisciplinarios

nombrados por el rector (a) y conformado por:

Rector (a)

Coordinador académico (a)

Coordinador (a) comportamental o de sección

Titulares de grupo

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Psicólogo (a) de sección

Profesores invitados que conozcan el grupo.

Parágrafo 1: En ausencia del rector (a), el coordinador (a) académico, de sección

o a quien se le delegue pueden presidir los Comités de Evaluación y promoción

de cada grado.

Parágrafo 2: Véase Manual de Convivencia escolar funciones del Comité de

Evaluación y Promoción. Pág. 112.

ARTÍCULO 12. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES:

La autoevaluación es una estrategia evaluativa de gran importancia en la

formación del estudiante, se define como la comprobación personal del propio

aprendizaje, y reconocimiento de las dificultades. Para el cumplimiento de esta

estrategia evaluativa de carácter obligatorio en cada periodo académico, el

docente debe propiciar la reflexión de los estudiantes bajo los siguientes criterios:

1. Puntualidad.

2. Participación e interés por la clase.

3. Responsabilidad con deberes académicos.

4. Cuidado y respeto por los materiales de trabajo e implementos del colegio.

ARTICULO 12. PROMOCIÓN ESCOLAR.

La promoción en el nivel de preescolar jardín y transición es de carácter flexible,

atendiendo al trabajo por dimensiones como lo establece el Decreto 2247 de 1997.

En los grados de primero a décimo los estudiantes podrán avanzar al grado

siguiente bajo estos criterios:

Criterios de Promoción. En el Instituto San Carlos la promoción es el

reconocimiento que se hace a un estudiante que reúne el proceso formativo y las

competencias necesarias, para avanzar al grado siguiente bajo estos criterios que

son aplicables para todos los grados de la Básica y la Media:

1. Un estudiante será promovido al grado siguiente cuando obtenga en todas

las áreas del Plan de Estudios un desempeño superior, alto o básico.

2. Será promovido todo estudiante que finalice el año lectivo con desempeños

bajos en una o dos áreas, aplica para los grados de la básica y décimo de

la Media.

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Parágrafo 1: Se entiende en el Plan de Estudios y para efectos de

promoción que Lengua castellana e inglés son dos áreas independientes.

Parágrafo 2: Para efectos de promoción será necesario que el estudiante haya

garantizado una asistencia del 80% a las clases y en cada una de las áreas.

ARTICULO 13. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO.

En el primer periodo académico El Comité de Evaluación y promoción de grado

analizará los estudiantes con desempeños superiores en todas las áreas y en su

desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del

grado que cursa, para ser presentados ante el Consejo Académico, quien con

dicho informe, el de orientación escolar y el previo consentimiento de los padres

de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al

grado siguiente. La decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo y,

si es positiva en el Registro Escolar de Valoración. (Artículo 7 del decreto 1290 de

2009) con el fin de que éste elabore el acuerdo y el rector (a) la Resolución

Rectoral respectiva que legalice dicha promoción.

Promoción anticipada de estudiantes repitentes:

Solo aplica para los grados de primero (1°) a décimo (10°) de bachillerato,

después de cumplir los siguientes requisitos:

Los padres de familia y/o acudientes de los alumnos repitentes que durante el

primer periodo académico obtengan desempeños Superiores en todas las áreas

del Plan de Estudios deberán enviar carta al Consejo académico hasta cinco (5)

días hábiles antes de la finalización del periodo solicitando la promoción de su hijo;

una vez vencido este plazo no podrá solicitarse promoción anticipada por parte de

algún estudiante.

El Consejo académico analizará el desempeño del estudiante según informe del

Comité de evaluación y promoción del respectivo grado, en el aspecto académico

y comportamental, lo presentará ante el Consejo Directivo para su aprobación y

expedición de la resolución rectoral. La familia deberá acompañar al estudiante en

su proceso de adaptación al nuevo grado escolar.

ARTICULO 14. CRITERIOS PARA LA REPROBACIÓN O NO PROMOCIÓN:

1. No será promovido todo estudiante que al finalizar el año escolar persista en

desempeños bajos en tres o más áreas (Notas inferiores a 3.0).

2. No será promovido todo estudiante que presente una inasistencia a la

institución del 20% durante el año escolar sin justificación.

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Parágrafo 1: La Reprobación para el año 2012 no podrá exceder el 8% de la

totalidad de estudiantes.

ARTICULO 15. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES

PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

El Consejo Académico será la instancia encargada de acompañar los procesos de

evaluación y promoción, y las situaciones pedagógicas pendientes con las

siguientes estrategias:

1. Convocar reuniones de docentes con padres de familia para informar de las

dificultades de sus hijos o acudidos, se deja evidencia escrita en el libro

observador del grupo con las respectivas firmas.

2. Asignar Planes de apoyo a los estudiantes en cada periodo, asignaturas o áreas

en las cuales presentan dificultades.

3. Los Planes de apoyo serán sustentados a través de diversas estrategias

mínimo tres (3), durante jornadas programadas por la institución antes de

finalizar el periodo académico.

Planes de apoyo para estudiantes de promoción anticipada por desempeño

superior: Con el apoyo de orientación escolar, acudientes y docentes del colegio

se definirán una serie de estrategias para la adaptación al nuevo grado y el

acompañamiento a estos estudiantes.

Planes de apoyo para estudiantes de promoción anticipada por repitencia:

Durante el año escolar se implementarán diversas estrategias que garanticen

nivelación en las competencias básicas del grado, acompañados por orientación

escolar, docentes y padres de familia.

ARTICULO 16. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS Y

DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS

EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION.

Se proponen las siguientes acciones para garantizar el seguimiento, control y

aplicación del sistema institucional de evaluación:

1. Socialización del SIE a los estamentos de la comunidad educativa, a través de

la matrícula para el año 2012 y al inicio del año escolar durante la semana de

inducción a los docentes, estudiantes y padres de familia.

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2. Incluir el nuevo Sistema Institucional de Evaluación al Manual de

Convivencia Escolar y al Proyecto Educativo Institucional.

3. El Consejo Académico revisará periódicamente los procesos de valoración

hechos a los estudiantes.

4. El Consejo Académico realizará seguimiento permanente a los Planes de área

y a las clases.

5. Implementación de formatos institucionales para el seguimiento de los Planes

apoyo de periodo y final, en los cuales se fijen las estrategias de valoración

integral de cada estudiante y sugerencias.

ARTICULO 17. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PARA

RESOLVER RECLAMACIONES ACADÉMICAS.

Instancias: Son los estamentos o estructuras organizativas, ante las cuales se

acude para hacer una reclamación siguiendo un conducto regular:

1. Docente del área y/o asignatura.

2. Jefe de área.

3. Coordinación Académica.

4. Comité de evaluación promoción de grado

5- Consejo Académico.

6. Consejo Directivo.

Procedimientos: es el modo o la forma como se llevan a cabo los reclamos,

quejas o sugerencias sobre el proceso de evaluación.

1. Solicitud oral o escrita ante la instancia que corresponda, lo cual configura un

derecho de petición.

2. Respuesta a la solicitud por escrito en el libro de seguimiento del grupo, con las

respectivas firmas.

3. Presentar recurso de reposición ante la misma instancia si la respuesta no es

satisfactoria en los tres días hábiles siguientes.

Mecanismos. Son los instrumentos o dispositivos para sistematizar las solicitudes

presentadas:

1. Libro de seguimiento del grupo.

2. Ficha observador del alumno.

3. Encuesta de satisfacción del cliente.

4. Formato de retroalimentación del cliente.

5. Formato de evaluación y autoevaluación institucional.

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ARTICULO 18. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA

COMUNIDAD EN LA REVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA

INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

El Sistema Institucional de Evaluación es una construcción continua donde

participan todos los estamentos y órganos del Gobierno Escolar, como lo señala el

decreto 1290 de 2009.

Consejo Directivo, como autoridad institucional le corresponde entre otras

funciones:

1. Aprobación y validación del Sistema Institucional de Evaluación.

2. Articulación del Sistema de Evaluación al Proyecto Educativo Institucional.

3. Garantizar que los Directivos docentes y docentes cumplan con los procesos

evaluativos estipulados en el Sistema Institucional de Evaluación.

4. Resolver reclamaciones no solucionadas en otras instancias en relación con la

evaluación y promoción.

5. Garantizar la divulgación del Sistema Institucional de Evaluación a toda la

Comunidad Educativa.

Consejo Académico, como órgano consultivo y de apoyo al Consejo Directivo,

vela por el estudio del currículo, los procesos de enseñanza y aprendizaje, le

corresponde.

1. Realizar y presentar ante el Consejo Directivo el Sistema Institucional de

Evaluación para su aprobación y difusión.

2. Establecer espacios para el estudio del Sistema Institucional de Evaluación y

Promoción con docentes y estudiantes.

3. Establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluación.

4. Definir estrategias para solución de problemas.

Consejo de Padres, le corresponde

1. Participar en la construcción y estudio del Sistema Institucional de Evaluación.

2. Nombrar a sus representantes para las reuniones que convoquen las

instancias institucionales.

3. Asistir a las reuniones convocadas por la institución.

Consejo de Estudiantes, le corresponde

1. Participar en la construcción y estudio del Sistema Institucional de Evaluación.

2. Nombrar a sus representantes.

3. Recibir y dar trámite a las quejas que presenten los estudiantes por los

procesos de evaluación.

ARTICULO 19. DERECHOS DEL ESTUDIANTE.

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El estudiante, para mejor desarrollo de su proceso formativo tiene

derecho a:

1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales

y sociales

2. Conocer el sistema institucional de evaluación con sus criterios, procedimientos

e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar

3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente

respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

4. Recibir asesoría y acompañamiento de sus docentes para superar debilidades y

dificultades en el aprendizaje,

ARTICULO 20. DEBERES DEL ESTUDIANTE.

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo debe:

1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el

establecimiento educativo

2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación

de sus debilidades.

ARTICULO 21. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.

En el proceso formativo de sus hijos. Los padres de familia tienen los siguientes

derechos:

1. Conocer el sistema institucional de evaluación criterios, procedimientos e

instrumentos de evaluación desde el inicio del año escolar.

2. Acompañar el proceso evaluativo de sus hijos.

3. Recibir los informes periódicos de evaluación.

4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas

sobre el proceso de evaluación de sus hijos.

ARTICULO 22. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.

De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:

1. Participar a través de las instancias del Gobierno Escolar, en la definición de

criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje y promoción de sus

hijos.

2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.

3. Analizar los informes periódicos de evaluación.

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ARTICULO 23. REGISTRO ESCOLAR Y CONSTANCIAS.

Se llevará un registro actualizado de los estudiantes que contenga además de los

datos de identificación personal, el informe de valoración por grados, el estado de

la evaluación y novedades académicas.

El colegio, a solicitud del padre de familia o acudiente emitirá constancias de

desempeño del estudiante en cada año cursado, en las que se consignarán los

resultados de los informes periódicos.

ARTICULO 24. GRADUACIÓN.

En el Instituto San Carlos la graduación será solamente para los estudiantes del

grado once. En los niveles de preescolar y la básica se realizará acto de clausura.

El título de bachiller académico se otorga a los estudiantes del grado once, cuando

hayan cumplido con todos los requisitos de graduación adoptados en el Proyecto

Educativo Institucional, de acuerdo con la Ley y la normatividad vigente.

En el Instituto San Carlos para la graduación es de obligatorio cumplimiento:

1. Aprobar todas las áreas del Plan de Estudios.

2. Certificar el servicio social del estudiantado.

3. Certificar las 80 horas de Estudio de la Constitución Política de Colombia.

4. Estar a paz y salvo con la institución por todo concepto.

PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES:

Es un acto voluntario y libre que hace la institución como forma de reconocimiento

público por méritos y logros obtenidos a nivel académico y comportamental a un

estudiante que:

1. Reúna los requisitos previstos para la graduación.

2. Culmine el nivel de la Media con todas las áreas con desempeños Superiores,

Altos o Básicos.

3. No presente dificultades comportamentales por faltas graves y/o gravísimas

contempladas en el Manual de Convivencia Escolar.

4. Haya presentado las pruebas Saber 11° fijadas por el Estado.

ARTICULO 25. VIGENCIA. El presente acuerdo, rige a partir del primero (1) de

enero del 2012 y deroga los Decretos 230 y 3055 de 2002, y todas aquellas

disposiciones que le sean contrarias al decreto 1290 del 16 de Abril de 2009.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, dado en Medellín el 22 de Noviembre de 2011.