“SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS” Domínguez...
-
Upload
nguyenhanh -
Category
Documents
-
view
218 -
download
0
Transcript of “SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS” Domínguez...
“SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS”
Domínguez Magali
Reino Omar
Uliarte Mariana
22/11/2015
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -2-
TABLA DE CONTENIDOS
1. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 3
2. MARCO TEORICO ................................................................................................................... 4
2.1. Objetivos: ...................................................................................................................... 5
2.1.1. Objetivo General del Trabajo. ................................................................................... 5
2.1.2. Objetivos Específicos del Trabajo. ............................................................................. 5
3. METODOLOGIA ...................................................................................................................... 5
4. UTILIZACIÓN DEL SISTEMA .................................................................................................... 7
4.1. ACCESOS DIRECTOS ....................................................................................................... 7
4.1.1. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN .................................................................................. 7
4.1.2. PRESENTACIÓN DJ / PAGOS ...................................................................................... 8
4.2. CONSULTAS ........................................................................................................................ 8
4.2.1. AGENDA DE VENCIMIENTOS ..................................................................................... 8
4.2.2. COMPROBANTES PERSONALIZADA ........................................................................... 9
4.2.3. CONSULTA DE GESTIÓN ANTE INCUMPLIMIENTOS .................................................. 9
4.2.4. CONSULTAR INTERESES ................................................................................................. 11
4.2.5. ESTADO DE TRANSACCIONES ........................................................................................ 13
4.2.6. MIS RETENCIONES IMPOSITIVAS ................................................................................... 14
4.2.7. MIS RETENCIONES SEGURIDAD SOCIAL ........................................................................ 16
4.3. CUENTA CORRIENTE ......................................................................................................... 18
4.3.1. ESTADO DE CUMPLIMIENTO ......................................................................................... 18
4.3.2. AGROPECUARIOS - INCUMPLIMIENTOS ........................................................................ 22
4.4. TRANSACCIONES .............................................................................................................. 23
4.4.1. COMPENSACIÓN ........................................................................................................... 23
4.4.2. REIMPUTACIÓN DE PAGOS CONTRIBUYENTE ............................................................... 30
4.4.3. REDUCCIÓN DE ANTICIPOS ........................................................................................... 36
5. CONCLUSIONES ................................................................................................................... 41
6. BIBLOGRAFIA ....................................................................................................................... 42
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -3-
1. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene por objeto brindarle a los estudiantes avanzados y jóvenes
profesionales de Ciencias Económicas una guía que sea de utilidad para poder utilizar
el servicio online llamado: "Sistema de Cuentas Tributarias" cuando se incorporen al
mundo laboral.
También en esta investigación se pretende desarrollar aquellas funciones que son más
frecuentemente utilizadas y para ello se exponen las opciones principales de los 4
grupos de funcionalidades del sistema, siendo la mayoría de ellos servicios de consulta
y otros servicios que permiten realizar transacciones, para las cuales se desarrolla el
paso a paso del procedimiento e ilustra el mismo mediante impresiones de pantallas
de la situación de distintos contribuyentes a los que tuvimos acceso.
Además este trabajo brinda respuestas y sugerencias a las inquietudes que se puedan
presentar en el ejercicio de la actividad profesional ya que se fundamenta en consultas
a profesionales especializados en la utilización del mismo.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -4-
2. MARCO TEORICO
El 28 de Diciembre de 2007 la AFIP publicó la RG 2381/2007 mediante la cual se
aprobó el sistema denominado "Cuentas Tributarias".
Es un sistema que brinda información sobre los créditos y débitos de las obligaciones
aduaneras, impositivas y previsionales de los contribuyentes. Se incluye dentro de la
información que brinda este sistema a:
• Los incumplimientos e infracciones a tales obligaciones,
• las acciones llevadas a cabo por el Organismo ante dichos incumplimientos e
infracciones,
• las transacciones y acciones como solicitudes de compensación, de
reimputación de tributos, entre otras, habilitadas en el sistema "Cuentas
Tributarias".
Cabe aclarar que los saldos deudores líquidos y exigibles a favor del Fisco que surjan
del sistema "Cuentas Tributaria (SCT), se considerarán conocidos por los
contribuyentes y la AFIP procederá a exigir el pago por la vía pertinente, incluyendo su
ejecución fiscal.
Están obligados a la utilización del SCT y a la cancelación de sus obligaciones mediante
transferencia electrónica de fondos, quedando sin efecto los procedimientos vigentes
a partir de las fechas que, según el mes de cierre de ejercicio comercial o año fiscal
corresponda a cada sujeto que se indica a continuación:
El sistema no es aplicable a los Monotributistas ni a los trabajadores autónomos del
Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, quienes seguirán operando a través de
la “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -5-
2.1. Objetivos:
El presente trabajo intenta brindar a los Jóvenes Profesionales y estudiantes
avanzados una guía para poder operar el sistema online de AFIP Cuentas
Tributarias.
2.1.1. Objetivo General del Trabajo.
Exponer los lineamientos generales para utilizar el Sistema de Cuentas
Tributarias que proporciona la Administración Federal de Ingresos Públicos con
el fin de lograr la comprensión, manejo y uso del mismo por los jóvenes
profesionales.
2.1.2. Objetivos Específicos del Trabajo.
1) Resaltar los servicios del sistema de Cuentas Tributarias que consideramos
de mayor utilización en base a nuestra investigación.
2) Explicar el paso a paso del manejo de los servicios con mayor grado de
detalle que manual proporcionado por AFIP.
3. METODOLOGIA
La metodología utilizada para realizar el trabajo fue principalmente la búsqueda y
análisis de datos de distintas fuentes, como de AFIP, de Internet, consultas a
Contadores Públicos.
Luego nos reunimos varias veces en grupo para podes plasmar en el trabajo la
información del tema en cuestión que consideramos relevante.
En la tabla siguiente se muestra la planificación de las actividades que se llevaron a
cabo:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -6-
ACTIVIDADES MES
Formación de Grupos ABRIL
Elección de Temas ABRIL
Búsqueda de Información SEPTIEMBRE
Investigación y Consultas técnicas SEPTIEMBRE
Armado del trabajo SEPTIEMBRE- OCTUBRE
Exposición y evaluación del trabajo NOVIEMBRE
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -7-
4. UTILIZACIÓN DEL SISTEMA
El sistema está disponible en la página web de la AFIP (http://www.afip.gov.ar). Para
acceder al mismo se deberá ingresar al servicio "Cuentas Tributarias", utilizando la
"Clave Fiscal".
En el caso de que existan novedades sobre alguno de los servicios que brinda el
sistema, al momento de acceder al mismo se podrá visualizar una pantalla con la
información que permitirá mantener actualizado al usuario.
La pantalla principal de la aplicación muestra los siguientes grupos de funcionalidades:
1) Accesos Directos , 2) Consultas, 3) Cuenta Corriente, 4) Transacciones.
A continuación se detallan las funcionalidades más utilizadas correspondientes a cada
grupo, de acuerdo a la investigación realizada.
4.1. ACCESOS DIRECTOS
4.1.1. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN
Cuando el contribuyente desee consultar e imprimir la constancia de
inscripción del contribuyente, se podrá utilizar esta opción.
Sin embargo la forma más utilizada, para obtenerla es mediante el servicio
Sistema Registral, ingresando a consultas, y luego a Constancia de Inscripción-
Opción.
Es importante comentar que la constancia que se visualiza mediante el sistema
"Cuentas Tributarias", en caso de que el contribuyente esté inscripto en el
Impuesto sobre los Bienes Personales no figura, pero en caso de obtenerla
mediante el Sistema Registral sí se podrá visualizar la inscripción en dicho
impuesto.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -8-
4.1.2. PRESENTACIÓN DJ / PAGOS
A través de este servicio se pueden presentar las declaraciones Juradas y
realizar pagos vía Internet.
En la práctica la forma más usual de ingresar a esta opción es habilitando el
servicio "Presentación de DDJJ y pagos" para acceder directamente a esta
función.
4.2. CONSULTAS
4.2.1. AGENDA DE VENCIMIENTOS
Por medio de esta opción se puede acceder a los vencimientos de cada
contribuyente. Están incluidas las obligaciones impositivas y previsionales en
las que se esté activo.
En la impresión de pantalla anterior se colocó la fecha del día de la consulta, 30
de Septiembre del 2015, hasta el 31 de Diciembre del 2015 y al presionar
"siguiente" se presentó una lista con los vencimientos de todos los impuestos
en que el contribuyente estaba inscripto para ese período de tiempo
consultado.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -9-
4.2.2. COMPROBANTES PERSONALIZADA
Esta opción permite consultar todos los comprobantes, como por ejemplo
declaraciones juradas, comprobantes de pagos, etc, que la AFIP tiene
registrados con el número de CUIT del contribuyente.
Es un servicio extra que le permite al contribuyente contar con los
comprobantes para el caso en que tuviera algún inconveniente con el software
o con el papel donde constan los mismos.
4.2.3. CONSULTA DE GESTIÓN ANTE INCUMPLIMIENTOS
Cuando ingresamos a esta opción podemos visualizar las intimaciones que la
AFIP le ha realizado al contribuyente. En el ejemplo que se muestra en la
impresión de pantalla se puede observar mandamientos de intimación de pago
de intereses.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -10-
Haciendo clic en el ícono de la lupa se puede observar qué tipo de obligaciones
están incluidas en el mandamiento (la siguiente pantalla corresponde a la
primer intimación y muestra las ocho obligaciones que la componen) y también
se puede consultar como se efectuó el cálculo de dichos intereses.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -11-
4.2.4. CONSULTAR INTERESES
Esta función permite calcular los intereses de deudas vencidas para conocer el
monto adeudado hasta una fecha determinada.
Mediante esta consulta se pueden identificar los conceptos y cuentas sobre las
que corresponde calcular intereses y donde deben registrarse. También
posibilita el cálculo de intereses resarcitorios y punitorios.
Luego el servicio realizará el cálculo de los intereses sobre los saldos
pendientes de pago, presentando la pantalla en la cual se muestran los
intereses registrados y los estimados.
Cuando las obligaciones no estén vencidas, la consulta mostrará cero (o), como
importe de intereses calculados.
Por ejemplo, en la siguiente pantalla se puede observar que el contribuyente
tiene vencidos el anticipo N°1 y N°2 del Impuesto a las Ganancias para personas
físicas y para tales obligaciones el sistema realiza el cálculo de intereses
resarcitorios.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -12-
Sobre el margen inferior de la pantalla se podrá ver el total de los intereses,
resultantes.
Para consultar el cálculo de los intereses se puede hacer clic en el ícono de la
lupa que se encuentra al costado derecho. Se detalla la base de cálculo, los días
de mora, la tasa de interés utilizados.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -13-
En la parte inferior de la pantalla el sistema permite recalcular los intereses,
mediante el ingreso de nuevos parámetros.
La forma más habitual para realizar estos cálculos es mediante el acceso directo
que está habilitado en la página de inicio de AFIP, que además permite
remitirse al formulario para efectuar el pago en Entidades Bancarias, Pago fácil,
etc, si así se desea.
4.2.5. ESTADO DE TRANSACCIONES
Brinda información sobre el estado de todas las transacciones iniciadas por el
contribuyente, como el estado de cada solicitud de compensación,
reimputación de pagos, y reducción de anticipos.
Se mostrará la siguiente pantalla:
Se deberá completar el campo "Transacción" obligatoriamente para realizar la
consulta.
Una vez informados los filtros, se presenta una pantalla que muestra una lista
con todas las transacciones registradas.
Por ejemplo, en la siguiente pantalla se puede observar el estado "procesada"
de dos solicitudes de reimputación de pagos.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -14-
Haciendo clic en "Ver Comprobantes" se pueden visualizar los datos de detalle
de una solicitud.
4.2.6. MIS RETENCIONES IMPOSITIVAS
A través de este servicio el contribuyente puede conocer el detalle de las
retenciones y percepciones impositivas que le fueron practicadas por los
Agentes de Retención y Percepción y que fueran declaradas a la AFIP. Para esta
función también se encuentra un acceso directo en el sitio personal del usuario
denominado "Mis Retenciones".
El sistema despliega la pantalla que se muestra a continuación, en la que se
podrán completar los campos deseados:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -15-
Luego se presenta la pantalla con el resultado de la búsqueda:
Se puede observar un cuadro con los comprobantes registrados.
También se encuentra la posibilidad de exportar al aplicativo las retenciones o
percepciones de impuesto a las ganancias, impuesto sobre bienes personales,
impuesto al valor agregado y las retenciones del art. 79 Ley Ganancias inc. a, b
y c, para ello se deberá marcar la opción como muestra la siguiente pantalla:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -16-
Para realizar la exportación se debe tildar la opción retención o percepción, no
se pueden ambas a la vez (en cambio cuando solo se van a consultar, el sistema
permite tildar tanto las retenciones como las percepciones). Luego de presionar
el botón consultar aparecerá una pantalla como la siguiente, con la opción de
hacer clic en "Exportar Aplicativo" para generar el archivo.
Luego se deberá ingresar al “S.I.Ap.” (Sistema Integrado de Aplicaciones) y
seleccionar el contribuyente y el aplicativo correspondiente (“IVA” /
“GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS” / “GANANCIAS PERSONAS FISICAS Y
BIENES PERSONALES”).
4.2.7. MIS RETENCIONES SEGURIDAD SOCIAL
A través de esta opción se podrá conocer el detalle de las
retenciones/percepciones de seguridad social que le fueron practicadas por los
Agentes de Retención y que fueran declaradas a la AFIP.
Si se desea realizar una consulta personalizada se deberán informar los filtros,
la aplicación muestra la siguiente pantalla:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -17-
Luego de seleccionar el botón Consultar la pantalla muestra todas las
retenciones y percepciones sufridas por el contribuyente.
Se encuentra la opción "Exportar para Aplicativo” la cual posibilita guardar la información de las retenciones y percepciones que le practicaron en un archivo txt.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -18-
4.3. CUENTA CORRIENTE
4.3.1. ESTADO DE CUMPLIMIENTO
Este servicio permite conocer los saldos y la información de gestión de cada
impuesto.
Es una aplicación muy utilizada al momento de la elaboración de un plan de
pagos.
El sistema muestra la siguiente pantalla:
Se puede realizar una consulta general, dejando los campos en blanco y en este
caso la pantalla mostrará información del estado de gestión o deuda del
período fiscal vigente, para todos los impuestos y establecimientos del
Contribuyente.
Por otro lado, también se podrá realizar una consulta acotada y para ello
deberán definirse los campos.
Una vez completados los datos el sistema presentará la siguiente pantalla:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -19-
Se visualiza por impuesto los datos relacionados con:
� el establecimiento,
� período,
� concepto,
� anticipo/cuota,
� columna de saldos: dependiendo del parámetro seleccionado puede
verse la columna:
-Deuda: haciendo un clic sobre el saldo adeudado (o sobre el ícono con
el dibujo de una lupa) se puede acceder al detalle de las cuentas que lo
componen, y haciendo clic sobre el ícono a su costado se puede
generar un VEP para la obligación.
Los importes se muestran en rojo cuando corresponden a una deuda
exigible, de lo contrario, se mostrarán en verde.
“Generar VEP para la obligación”
El Contribuyente podrá generar VEPs (Volante Electrónico de Pago)
para un monto adeudado, seleccionando el ícono de la columna de
saldo DEUDA.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -20-
De esta forma el sistema lleva a la pantalla Estado de Cuentas / Sub
Cuentas:
En la misma se deberá seleccionar la cuenta sobre la cual se desea
generar el VEP, haciendo clic en el casillero correspondiente de la
columna Pagar y luego se debe seleccionar el botón Generar VEP.
Luego se podrá ver la siguiente pantalla antes de confirmar la
generación del VEP donde se podrá hacer clic en otro casillero para que
adicione los intereses, ya que en la pantalla solo se pueden ver las
deudas de capital.
-S.L.D.: muestra el saldo de libre disponibilidad de los contribuyentes.
Cuando el importe es mayor a cero se puede hacer clic sobre un ícono
al costado que remite al usuario hacer una compensación con dicho
saldo.
-Saldo Técnico, solo se mostrará el saldo técnico a favor del
contribuyente de IVA de cada período que registre presentación de
DDJJ.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -21-
-Otros Créditos: son importes a favor del contribuyente, que no
resultan Saldos de Libre Disponibilidad ni Saldo Técnico de IVA.
� Temporalidad de la DDJJ: muestra distintos códigos de descripción:
N/P DJ no presentada
ERR DJ errónea
E/T DJ en término
F/T DJ fuera de término
� Estado de DDJJ: muestra un link de acceso a los movimientos que
registra esa gestión.
� Temporalidad del Pago: muestra los siguientes códigos en relación a la
cancelación:
E/T En término
F/T Fuera de término
N/P No Pagada
� Estado Pago: muestra un link del estado de gestión relativo al
incumplimiento(también se puede acceder a esta consulta presionando
el siguiente ícono ).
Ejemplo: si se hace clic en obligación intimada que muestra la pantalla
relativa al impuesto a las ganancias mostrada anteriormente se podrá
observar:
Una vez que se cancele la obligación en Estado de Pago dirá "Cumplido"
y haciendo clic en el mismo se podrá observar la siguiente pantalla (Si
se desea visualizar el comprobante de pago se deberá hacer clic en el
ícono exportar comprobante a PDF):
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -22-
4.3.2. AGROPECUARIOS - INCUMPLIMIENTOS
Este servicio permite a los responsables alcanzados por el régimen de
compensación para pequeños y medianos productores de trigo y de maíz
establecido por la Resolución Conjunta 57/2010 MAGP y 106/2010 MEFP,
disponer de un detalle de sus incumplimientos.
Para que los productores puedan acceder a los beneficios establecidos por la
Resolución indicada anteriormente, no deben registrar deuda líquida y exigible
por impuestos, aportes y contribuciones a la seguridad social. Este requisito se
podrá verificar mediante el informe que emita AFIP como resultado de la
consulta realizada a través de este servicio.
En el caso que se realice una consulta de deuda del contribuyente sin
incumplimiento se generará un listado sin información. En caso contrario, el
sistema permitirá generar el VEP con las obligaciones incumplidas, cuya fecha
de expiración es de 180 días.
Una vez ingresado al servicio el sistema despliega la pantalla:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -23-
Para la generación del Reporte de Incumplimientos y el respectivo VEP,
presione el icono”Exportar detalle Incumplimiento a “PDF.
4.4. TRANSACCIONES
4.4.1. COMPENSACIÓN
Dado que un contribuyente puede contar con saldos a su favor en impuestos,
este servicio permite consultar saldos disponibles y solicitar la compensación
de esos créditos con otras obligaciones que adeude, que estén o no registradas
en el sistema, siempre que se trate de deudas determinadas y exigibles.
Los saldos acreedores serán identificados como de libre disponibilidad o de
disponibilidad restringida:
• Los saldos de libre disponibilidad podrán ser utilizados, según la normativa
aplicable para cada tributo, mediante una compensación con otros
gravámenes, una transferencia a terceros o una solicitud de devolución,
debiendo emplear para ello la respectiva transacción que se encontrará
disponible en el Sistema.
• Los saldos de disponibilidad restringida podrán utilizarse conforme a las
disposiciones establecidas para cada caso. Los saldos de disponibilidad
restringida se refieren, por ejemplo, al impuesto a la ganancia mínima presunta
no absorbido en el impuesto a las ganancias, el que puede ser utilizado
únicamente de acuerdo a la normativa específica que lo reglamenta.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -24-
Al respecto, pueden presentarse los siguientes casos:
a) El saldo y la deuda pertenecen a obligaciones controladas por la Cuenta
Corriente.
b) El saldo de origen pertenece a una obligación controlada por la cuenta y la
obligación de destino que está queriendo cancelar está controlada por
otros sistemas, por lo cual será necesario “crear destino” utilizando la
respectiva opción que brinda el sistema.
c) El saldo de origen pertenece a una obligación no controlada por la cuenta y
la obligación de destino que está queriendo cancelar si está controlada por
el sistema, por lo cual será necesario utilizar el Formulario Nº 798.
Para realizar la compensación el contribuyente deberá:
A)Seleccionar el impuesto de origen que cuente con un saldo de libre
disponibilidad,
B) Seleccionar el impuesto destino existente en el sistema o creando un nuevo
destino.
Pasos para compensar:
PASO 1: El sistema desplegará una pantalla como la siguiente, donde se podrá
consultar los saldos a favor de libre disponibilidad de todos los impuestos y
años controlados por el sistema. Para ello se deberá completar
obligatoriamente el filtro "Año Origen".
PASO 2: A continuación el sistema presenta una lista de impuestos con saldo a
favor de libre disponibilidad, actualizados para cada impuesto y período
controlado por el sistema, que podrán seleccionarse para la compensación:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -25-
Cabe recordar que también se podrá acceder a esta instancia de compensación
desde la pantalla Estado de Cumplimiento/ Mostrar Consulta, seleccionando el
icono de la columna S.L.D (saldo de Libre Disponibilidad).
PASO 3: Luego de hacer clic sobre el importe a compensar en la columna
importe, el sistema nos llevará a la siguiente pantalla, que muestra los datos
del impuesto origen seleccionado, y los filtros que se deberán completar para
consultar los impuestos destino que se podrán compensar:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -26-
PASO 4: A continuación se muestra una grilla conteniendo, en el caso de
corresponder, los impuestos válidos como destino de la compensación:
Posteriormente para determinar el impuesto destino al que se le aplicará el
saldo a favor de libre disponibilidad se deberá hacer clic en el importe que
figura dentro de la columna Importe.
En el caso de que el impuesto de origen pertenece a una obligación controlada
por la Cuenta Tributaria, y la obligación de destino de la compensación esté
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -27-
controlada por otros sistemas, se deberá presionar el botón Crear Destino el
cual desplegará la siguiente pantalla:
En ella se deben completar los siguientes campos obligatorios para crear un
nuevo destino:
Impuesto Destino: Debe seleccionar, a través de una lista desplegable, alguno
de los impuestos en los que el contribuyente está inscripto y posee saldo
deudor.
Concepto Destino: Según al valor ingresado en el campo anterior, permite
seleccionar, a través de una lista desplegable, el concepto destino para el
impuesto seleccionado, como declaración jurada, anticipo.
Subconcepto Destino: De acuerdo al valor ingresado en el campo anterior, se
debe seleccionar, a través de una lista desplegable, el subconcepto destino
para el concepto seleccionado (intereses resarcitorios, intereses capitalizables,
anticipos, multas, entre otros).
Periodo Fiscal: Se debe ingresar el periodo de destino del saldo que desea
utilizar (formato AAAAMM00). El sistema verifica que el período ingresado sea
mayor o igual al periodo mínimo permitido por el régimen, y controla que el
impuesto/periodo que intentamos crear como destino, no esté bajo el control
del Sistema).
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -28-
Establecimiento: Permite ingresar un establecimiento de destino válido sobre
el cual desee efectuar la compensación de saldo de libre disponibilidad.
Anticipo Cuota: Se debe ingresar un anticipo o cuota válido sobre el cual se
desee efectuar la compensación del saldo de libre disponibilidad.
PASO 5: Luego encontramos la siguiente pantalla a la cual se accede desde:
• Pantalla Compensación / Destino, o
• Pantalla Compensación / Crear Destino (en caso de haber utilizado esta
opción, la pantalla no mostrará el campo "Importe" en el cuadro
"Destino de la Compensación").
Esta pantalla muestra los datos del impuesto Origen e impuesto Destino entre
los cuales se efectuará la compensación. Para ello se deberá ingresar el importe
que se desee compensar en el campo Importe. El valor no debe ser mayor al
saldo de libre disponibilidad y, en caso de que el destino esté controlado por el
sistema de Cuentas Tributarias, tampoco puede ser mayor a la deuda
correspondiente. Una vez Confirmado el importe seleccionar el botón
“Siguiente”.
PASO 6: El sistema presenta la pantalla “Compensación / Confirmación”, por
medio de la cual se brinda la aceptación a la transacción:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -29-
En ella se muestran todos los datos de Origen y Destino de la Compensación.
También informa que la operación generará una transacción con la AFIP.
Para aceptarla y generar el comprobante, se debe seleccionar el botón
“Confirmar”. Para modificar los datos ingresados anteriormente presione
“Volver”.
PASO 7: Confirmada la operación, el sistema presenta la pantalla
“Compensación / Información”
En esta pantalla el sistema deja constancia que la solicitud ha sido recibida y
que se encuentra a la espera de ser procesada, brindando al contribuyente un
número de transacción que identifica la compensación solicitada.
Asimismo, el sistema generará un comprobante de respaldo de la operación
(Formulario F.1151), al que se puede acceder haciendo clic en el ícono
“imprimir formulario”, e imprimir seleccionando el icono correspondiente.
El resultado de la compensación podrá visualizarse mediante la consulta Estado
de Transacciones.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -30-
Importante!
• En caso de haber efectuado una compensación erróneamente a través
del sistema, las reversiones necesarias para anular la compensación
deberán efectuarse en la agencia en la cual se encuentra inscripto.
• Los responsables de deuda ajena y los responsables sustitutos a que se
refiere el art 6° de la Ley N° 11.683, no podrán solicitar las
compensaciones de saldos.
• Todos aquellos sujetos que no estén obligados a utilizar el SCT, podrán
efectuar una compensación mediante el procedimiento indicado en la
RG 1658/04 de la AFIP, presentando el Formulario N° 798, o a través de
la transacción de compensación disponible en el sistema, teniendo en
cuenta que los saldos de libre disponibilidad se mantienen en el período
en el que se generaron.
4.4.2. REIMPUTACIÓN DE PAGOS CONTRIBUYENTE
Es posible que al realizar pagos, estos se hayan imputado a una obligación que
ya se encontraba cancelada o a una obligación incorrecta. Para solucionar estos
errores, y afectar esos pagos a la obligación correcta se encuentra disponible
este servicio que es de utilización obligatoria para los sujetos alcanzados por el
SCT. Los demás contribuyentes y responsables podrán utilizar la referida
transacción en forma opcional y voluntaria.
No obstante, la transacción permitirá reimputar únicamente aquellos pagos
que excedan en su totalidad el saldo de la cuenta "Impuesto determinado", no
así los pagos que registren un excedente parcial. Por tal razón y en esta
situación, el contribuyente podrá solicitar la reimputación de dichos pagos en la
dependencia que corresponda por el domicilio fiscal, a través de la
presentación de los Formularios 399 y 206.
Además corresponderá reimputar el saldo acreedor en su totalidad en la misma
transacción. Aquellos excedentes no reimputados no podrán ser reafectados
con posterioridad por este medio.
Para reimputar un pago deben darse alguna de estas situaciones:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -31-
1. Que el pago haya generado a la fecha de operación del pago, un
excedente en la obligación a la que fue imputado originalmente.
2. Que al momento de procesar la reimputación, continúe existiendo ese
excedente
3. Que la obligación a la cual fue imputado originalmente no estuviera
vencida
NO se puede:
• Generar reimputaciones entre CUITs diferentes.
• Generar reimputaciones si el pago origen está imputado a anticipos.
• Generar reimputaciones de pagos ya reimputados.
• Solicitar la reimputación de un pago cuando la misma produzca que la
obligación a la que fue originalmente imputado quede adeudada.
Este procedimiento de reimputación consta básicamente de dos pasos:
1. Solicitud: es el ingreso de los datos del pago origen a reimputar, y los nuevos
destinos afectados. Es la transacción detallada en el presente trabajo.
2. Autorización: aprobación o rechazo de la solicitud, realizada por un usuario
de nivel autorizante (este trámite debe ser realizado en la Agencia).
La solicitud que resulte aprobada genera un comprobante, que al registrarse,
realiza la reimputación, revirtiendo el pago original, y asentando su importe en
los nuevos destinos indicados en la solicitud. También actualiza el estado del
pago origen, modificándolo a ‘Reimputado’, para evitar que se genere otra
transacción de este tipo sobre el mismo ya que un mismo pago no se puede re
afectar dos veces.
Pasos para reimputar:
PASO 1: Seleccionar la opción “Reimputación de Pagos Contribuyente” del
menú Transacciones.
La aplicación muestra la pantalla siguiente que contine la CUIT del
contribuyente:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -32-
Se debe presionar el botón “Buscar” y la aplicación desplegará nuevoscampos:
Fecha Desde / Hasta, Impuesto y Período Fiscal. Continuamos presionando el
botón "Siguiente".
PASO 2: El sistema presenta la pantalla “Reimputación de Pagos / Selección de
Pagos” que contiene un listado (respondiendo a los filtros informados
anteriormente) de los casos a reimputar y datos sobre los mismos. Si no hay
pagos a reimputar, presenta una lista vacía.
La siguiente impresión de pantalla corresponde a la de un contribuyente que
posee pagos que puede reimputar correspondientes al impuesto a las
Ganancias Personas Físicas(los que pueden ser reimputados NO presentan
ninguna leyenda en el campo Motivo).
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -33-
PASO 3: Para seleccionar un pago origen a reimputar se debe hacer clic en el
ícono junto a cada una de las filas del listado.Luego el sistema muestra la
pantalla “Reimputación de Pagos / Consultar Deudas”:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -34-
En la parte superior de la pantalla el sistema muestra los datos del pago origen
que se seleccionó previamente y el monto máximo permitido, que será el
importe menor entre:
• el saldo excedente de la cuenta correspondiente, y
• el importe del pago seleccionado.
El sistema establece la CUIT del pago como CUIT DESTINO. Esta última será la
CUIT del contribuyente.
Además el sistema presenta un listado de las cuentas de la CUIT DESTINO que
registran saldo deudor y que se podrán seleccionar para hacer la reimputación.
El listado puede reordenarse por cualquiera de los campos que figuran en el
encabezado de las columnas, según la conveniencia, haciendo clic en el nombre
de dichos títulos.
En el campo “Reimputar”, deberemos ingresar el importe que deseamos
aplicar a esa cuenta.
Una vez ingresados los importes a reimputar a las obligaciones de destino, y
con el fin de actualizar los datos del listado, el contribuyente debe presionar el
botón “Actualizar Montos Reimputados” mostrando al pie de la grilla los
siguientes campos modificados:
• Total: sumatoria de los importes informados en la columna
“Reimputar”.
• Resto: diferencia entre el monto máximo a reimputar (el que se muestra
en la parte superior de la pantalla), y el Total Anterior.
Luego se debe presionar el botón "Confirmar" para continuar.
PASO 4: Si todo está correcto el sistema mostrará la pantalla “Reimputación de
Pagos/ Confirmar”.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -35-
En ella se visualizan, el importe origen, el importe reimputado y el remanente
del pago. Para confirmar esta operación se debe seleccionar el botón
“Aceptar”.
PASO 5: Llevada a cabo esta operación, el sistema muestra la pantalla
“Reimputación de Pagos – Información”.
En la misma se informa que la solicitud ha sido recibida para su posterior
procesamiento, y también el número de transacción a fin de que se pueda
hacer el seguimiento de la solicitud.
Para imprimir el formulario seleccione el icono “imprimir formulario”.
Posterior a este trámite, el sistema realizará una serie de validaciones a la
solicitud de reimputación de pago, en caso de superarlas, se generará un
comprobante que registrará la reimputación en las cuentas correspondientes.
En cambio, si la solicitud de reimputación de pago no supera alguna de las
mencionadas validaciones emitirá un acuse de recibo, quedando la solicitud
pendiente hasta tanto sea analizada por un funcionario autorizado de la AFIP.
El estado de cada solicitud de reimputación de pago podrá ser consultado en
la opción de menú Estado de Transacciones pantalla Transacciones.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -36-
4.4.3. REDUCCIÓN DE ANTICIPOS
Cuando los responsables de ingresar anticipos consideren que la suma a
ingresar superará el importe definitivo de la obligación a la cual se imputarán
los mismos, podrán optar por efectuar los pagos a cuenta por un monto
equivalente al resultado de su propia estimación.
Tanto los anticipos del Impuesto a las Ganancias como los anticipos del
Impuesto sobre los Bienes Personales se determinan en función de los datos
del impuesto determinado, menos retenciones, percepciones y/o pagos a
cuenta del año anterior.
Es decir que en caso de que el contribuyente pueda presuponer o estimar que
las ganancias del año en curso serán inferiores a las del año base para el cálculo
de los anticipos puede solicitar la reducción de los anticipos a ingresar hasta el
importe en que considere que será el importe de la obligación tributaria.
Para dar curso a una opción de reducción, el contribuyente debe ingresar su
solicitud a través de la transacción disponible en el sistema y, según lo
requerido por la correspondiente Resolución, realizar la presentación de la
documentación solicitada en su Agencia.
Si bien, en el sistema se procede a realizar la registración de la Opción, en base
a la Solicitud ingresada por el contribuyente y aceptada por el sistema, en caso
de que la agencia verifique que no se ha presentado la información requerida o
si esta fuera incompleta, se procederá a contra asentar la Opción, quedando
entonces vigentes los anticipos originales.
A través de la Opción de Reducción, el contribuyente informa una nueva base
imponible, en función de la cual el sistema realiza las verificaciones necesarias
para determinar si dicha reducción está permitida.
Estas verificaciones controlan:
∗ Que existan anticipos generados.
∗ Que no se haya presentado ni haya vencido la DDJJ correspondiente al
periodo fiscal cuyos anticipos se quieren reducir.
∗ Que el nuevo monto indicado sea menor al monto original registrado
∗ Que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -37-
La transacción generará un nuevo comprobante, en base al cual se recalculan
los nuevos anticipos, se revertirán los asientos de los anticipos calculados y
registrados originalmente, se asentarán los nuevos y de corresponder se
reimputarán los montos pagados en exceso que quedan en cada cuenta de
anticipos a fin de imputarlos a los anticipos siguientes.
Este servicio tiene como objetivo efectuar el cálculo de los anticipos según la
nueva base de cálculo ingresada.
Procedimiento para la reducción:
PASO 1: Seleccionar desde la barra de accesos, el menú “Transacciones” y
luego la opción “Reducción de Anticipos”. Se deberá seleccionar el impuesto, el
período fiscal (formato aaaa0000)al los cuales corresponde la reducción del
anticipo. Se visualizará la siguiente pantalla:
Luego se podrá observar una pantalla con la advertencia de AFIP indicando que
procederá a fiscalizar los elementos utilizados en la estimación que motivan el
ejercicio de esta opción.
Para continuar se debe seleccionar el botón “Siguiente”.
PASO 2: El sistema presenta la pantalla “Reducción de Anticipos /
Confirmación”:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -38-
En la mismafiguran los anticipos calculados según el período inmediato
anterior.
El sistema solicita el ingreso de una nueva base de cálculo, para ellose debe
completar el campo “Nueva Base” y presionar el botón “Siguiente”.
El sistema realiza validaciones del monto ingresado, desplegando el respectivo
mensaje de error si estas no son satisfactorias.
PASO 3: A continuación se podrá visualizar la pantalla “Reducción de Anticipos
/ Previsualizar Reducción”:
En la misma se visualizan los anticipos re calculados de acuerdo a la nueva
base.
PASO 4: Para confirmar la transacción, se deberá presionar el botón
“Confirmar”. El sistema muestra la siguiente pantalla:
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -39-
Se genera el comprobante que sustenta la operación de reducción de anticipos,
y un número de transacción único que permite hacer el respectivo
seguimiento.
Una vez realizada la transacción informática, la mencionada opción tendrá
efecto a partir del primer anticipo que venza con posterioridad a haber
efectuado el ejercicio de la misma.
PASO 5: Imprimir el acuse de recibo emitido por el sistema.
En el caso de las personas humanas el procedimiento culmina en este paso y
luego deberán efectuar el pago del importe del anticipo que resulte de la
estimación practicada.
PASO 6: Las personas jurídicas deberánpresentar ante la dependencia de AFIP,
el formulario multinota F.206/I o F.206/Mpor duplicado, en el que se deberán
detallar los importes y conceptos que integran la base de cálculo proyectada y
la determinación de los anticipos a ingresar, exponiendo las razones que
originan la disminución.
Esta nota deberá estar firmada por el presidente, socio, representante legal o
apoderado, precedida dicha firma de la fórmula: “declaro bajo juramento que he
realizado la misma sin omitir ni falsear dato alguno que deban contener y ser fiel
expresión de la verdad”.
Además deberá estar suscripta por contador público y certificada por el
respectivo consejo profesional.
Los papeles de trabajo utilizados en la estimación de la nueva base de cálculo,
deberán ser conservados en archivo a disposición del personal fiscalizador de
AFIP.
Dentro de los diez días hábiles de ejercida la opción, la AFIP podrá solicitarle al
contribuyente los papeles de trabajo que fundamenten la referida reducción.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -40-
PASO 7: Realizar el pago del importe del anticipo que resulte de la estimación
practicada.
Las obligaciones indicadas deberán cumplirse hasta la fecha de vencimiento
fijada para el ingreso del anticipo en el cual se ejerce la opción.
Si al momento de ejercerse la opción no se hubiera efectuado el ingreso de
anticipos vencidos, aún cuando hubieran sido intimados por la AFIP, esos
anticipos deberán abonarse sobre la base de los importes determinados en
ejercicio de la opción, con más los intereses resarcitorios devengados,
calculados sobre el importe que hubiera debido ser ingresado conforme al
régimen correspondiente.
En la práctica esta es una opción que presenta dificultades a los contadores y
contribuyentes al momento de solicitar la reducción de anticipos en el
impuesto a las ganancias, debido al rechazo de solicitudes aún cuando las
mismas están debidamente fundamentadas.
Asimismo por las diferencias generadas en el SCT entre los anticipos originarios
y los estimados, lo cual puede generar la imposibilidad de obtener certificado
fiscal para contratar, la posibilidad de sufrir una ejecución fiscal, etc.
Estos inconvenientes han llevado a los profesionales en Ciencias Económicas a
solicitarle al Organismo la registración de la reducción de anticipos en el SCT de
forma automática y bajo la responsabilidad de los contribuyentes, ya que el uso
de la opción esta prevista en la Resolución General de la AFIP 327 de 1999 y no
establece que deba ser aprobada previamente por AFIP.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -41-
5. CONCLUSIONES
En nuestra opinión, el Sistema de Cuentas Tributarias es una importante herramienta,
que permite a los usuarios disponer de toda la información necesaria para controlar el
cumplimiento de sus obligaciones, como: fechas de vencimientos, saldos a pagar,
saldos a favor de cada período, declaraciones juradas presentadas, pagos ya
realizados. También es un medio que permite respaldar las operaciones efectuadas, en
caso de situaciones en las que se borre la información del Sistema integrado de
Aplicaciones o de perder la documentación en soporte papel.
Además minimiza los trámites que se hacían anteriormente, mediante presentación de
formularios, en las dependencias de AFIP, ya que varias operaciones como la
corrección de imputaciones erróneas y compensaciones de créditos con saldos
adeudados, ahora se pueden hacer online a través de este sistema.
Consideramos que es una herramienta sumamente ventajosa porque permite conocer
con exactitud y de antemano qué obligaciones se deben cancelar para luego poder
realizar solicitudes de certificados de cumplimiento fiscal, para el caso de proveedores
que deseen contratar con el Estado.
Sería muy beneficioso que se ponga mayor énfasis en el desarrollo del segmento de
ayuda sobre el uso del sistema y que sea actualizado en forma permanente.
Según nuestro parecer es muy útil que las operaciones realizadas puedan ser
exportadas a un formato Excel que permiten posteriormente totalizar las obligaciones
del contribuyente y que a la vez permiten llevar un archivo de lo realizado.
Para finalizar recomendamos ingresar semanalmente al sistema para que el
contribuyente se asegure que después de realizado algún pago, este se haya imputado
correctamente.
Comisión Jóvenes Profesionales 2015 – JUNTOS PODEMOS MÁS!!! Página / -42-
6. BIBLOGRAFIA
• AFIP (2008) "Manual de Usuario - Versión 2.0 del Sistema de Cuentas Tributarias"
• AFIP (2007) "Resolución General 2381"
• AFIP (2008) "Resolución General 2406"
• AFIP (2008) "Resolución General 2463"
• AFIP (1999)"Resolución General327"
• www.afip.gov.ar
• www.errepar.com