SISTEMA DE ESTUDIOS DE varios... · Orden de Compra SIC -07- 17 Ficha Técnica de Hoja de Vida, SEP...
Transcript of SISTEMA DE ESTUDIOS DE varios... · Orden de Compra SIC -07- 17 Ficha Técnica de Hoja de Vida, SEP...
Guatemala, Julio de 2008
SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
PROCEDIMIENTO
CONTRATACIÓN DE PROFESORES DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO, CON CARGO AL RENGLÓN
PRESUPUESTARIO 029
DIRECTORIO
Lic. Carlos Estuardo Gálvez Barrios Rector Dr. Carlos Guillermo Alvarado Cerezo Secretario General
ASAMBLEA GENERAL
Mto. Miguel Ángel Morales Cayax Facultad de Agronomía Dr. Mario Francisco Ceballos Espigares Facultad de Arquitectura Mto. Juan Arnoldo Borrayo Solares Facultad de Ciencias Económicas Mto. Carlos Humberto Escobar Juárez Facultad de Ciencias Médicas
Mta. Anne Marie Liere Matute Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia Dr. Francisco Muñoz Matta Facultad de Humanidades Mto. Carlos Humberto Pérez Rodríguez Facultad de Ingeniería Dra. Blanca Eugenia Castellanos Calderón Escuela de Ciencia Política
Dra. Lesvia Margarita Morales Paz Escuela de Ciencias de la Comunicación Mta. Marina Consuelo García Bravatti Escuela de Ciencias Psicológicas Mto. Miguel Angel Chacón Arroyo Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media Dra. Tania Sagatume Paíz Escuela de Historia
Mta. Luz Araceli Quiroa Cabrera Escuela de Trabajo Social Mto. Miguel Ángel Oroxom Cobaquil Centro Universitario de Occidente Mto. José Luis Cano Castellanos Centro Universitario de Petén Mto. Nery Waldemar Galdámez Cabrera Centro Universitario de Oriente
Mto. Fredy Giovanni Macz Choc Centro Universitario del Norte
CONSEJO DIRECTIVO
Dr. Julio César Díaz Argueta Coordinador General del Sistema de Estudios de Postgrado Dr. Antonio Francisco Mosquera Aguilar Director General de Investigación Dr. Olmedo España Calderón Director General de Docencia Dr. René Arturo Villegas Lara Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Mta. Miriam Ninette Samayoa Sosa Facultad de Odontología Mto. Víctor Hugo Galindo Gálvez Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
COORDINADORA GENERAL
Dr. Julio César Díaz Argueta Coordinador General Sistema de Estudios de Postgrado
PROCEDIMIENTO
Apoyo y Asesoría
Dr. Julio César Díaz Argueta Coordinador General Sistema de Estudios de Postgrado Mto. Juan Arnoldo Borrayo Director Escuela de Estudios de Postgrado, Facultad de Ciencias Económicas
Mto. Víctor Hugo Galindo Gálvez Director Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Ing. Álvaro Amílcar Folgar Portillo Consejero del Rector Licda. Rosa María Ramírez Soto Directora de la Dirección de Asuntos Jurídicos Lic. Abel Estuardo García Gaitán Auditor General Lic. Carlos Augusto Pineda Ortiz Jefe de la División de Administración de Recursos Humanos
Elaboración
Licda. Lucrecia de Gálvez División de Administración de Recursos Humanos Licda. Odilia Elizabeth Dávila Solares División de Desarrollo Organizacional
ÍNDICE
I. Presentación 1
II. Aprobación 2
III. Base Legal 3
IV. Objetivos 3
V. Requisitos 4
VI. Normas de Cumplimiento Interno 6
VII. Descripción del Procedimiento 9
VIII. Flujograma 12
IX. Formularios 15
Solicitud de Compra SIC -01- 16
Orden de Compra SIC -07- 17
Ficha Técnica de Hoja de Vida, SEP -01- 18
Certificación de Profesor Calificado, Form. SEP -02- 19
Propuesta de Contrataciones Form. SEP -03- 20
Control del Proceso de Auditoria Interna, Form. SEP -04- 21
Anexos 22
Trascripción de la Circular Conjunta del Ministerio de Finanzas Públicas, Contraloría General de Cuentas y Oficina Nacional de Servicio Civil 23
Proyecto de Punto Resolutivo (Juntas Directivas, Consejos Directivos) 27
Minuta de Contrato y Auténtica 29
Aprobación del Contrato 37
I. Presentación
El Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, ante la necesidad de
agilizar los procesos administrativos para la contratación de profesores del
Sistema de Estudios de Postgrado, pone a disposición de las escuelas,
programas y departamentos que conforman dicho Sistema, el Procedimiento
“Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado, con cargo al
Renglón Presupuestario 029”, con el objetivo principal de normalizarlo y de
orientar a funcionarios, trabajadores y profesores involucrados en el proceso, para
la eficiente ejecución de las actividades que corresponde realizar en el mismo.
Es importante considerar, que el procedimiento unifica criterios y simplifica el
desarrollo de las actividades para la contratación, pago y liquidación de los
expedientes de los profesores del Sistema de Estudios de Postgrado contratados
con cargo al renglón 029, respetando aspectos de orden legal que deben
cumplirse, por parte de los responsables de la ejecución del procedimiento.
El campo de aplicación del presente procedimiento corresponde a las escuelas,
programas y departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, que contratan profesores
guatemaltecos con estudios de postgrado realizados en universidades nacionales
o extranjeras, o que cuenten con la dispensa del Consejo Directivo del Sistema de
Estudios de Postgrado, que no tienen relación de dependencia con la Universidad.
El documento contiene base legal, objetivos, requisitos, normas de cumplimiento
interno, descripción del procedimiento, flujograma, formularios y los anexos
correspondientes que coadyuven a facilitar su efectiva ejecución.
III. Base Legal
1. Constitución Política de la República de Guatemala.
2. Ley de Contrataciones del Estado, Decreto No. 57-92 del Congreso de la República y su Reglamento.
3. Ley Orgánica de Presupuesto y su Reglamento.
4. Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
5. Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma).
6. Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado.
7. Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala.
8. Manual de Renglones Presupuestarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, enero 2006.
9. Circular Conjunta del Ministerio de Finanzas Públicas, Contraloría General de Cuentas y Oficina Nacional de Servicio Civil; Diario Centro América; Marzo 5 de 1997. Publicaciones Varias.
10. Instrucciones Complementarias y Procedimientos para modificar y ejecutar el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, inciso 2.1.5.1 “Ejecución a través de órdenes de compra”.
11. Acuerdo A-77-2006 de la Contraloría General de Cuentas.
12. Circular D. P. 9-98 de fecha 3 de agosto de 1998 del Departamento de Presupuesto.
IV. Objetivos
a. Orientar a funcionarios, trabajadores y profesores de las escuelas, programas y departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el proceso de contratación, pago y liquidación de expedientes de profesores con cargo al renglón presupuestario 029.
b. Determinar los pasos, actividades y responsabilidades de las personas que ocupan los puestos involucrados en el proceso.
c. Simplificar, viabilizar y normalizar los procesos de contratación, pago y liquidación de expedientes de profesores de las escuelas, programas y departamentos de estudios de postgrado contratados con cargo al renglón presupuestario 029.
V. Requisitos
1. Primera contratación
Los profesores contratados por primera vez en el Sistema de Estudios de Postgrado, deberán cumplir con los requisitos siguientes:
a. Síntesis de Hoja de Vida, “Ficha Técnica de Hoja de Vida” Form. –SEP -01-. (En sustitución del Currículum Vitae que se ha exigido), adjuntando las constancias correspondientes.
b. Fotocopia completa de Cédula de Vecindad o del documento que se instituya en el futuro como documento de identidad.
c. Fotocopia de Constancia de Colegiado Activo. (Debe estar activo al momento de iniciar la prestación del servicio).
d. Fotocopia del anverso y reverso del título de postgrado o certificación del acta de graduación, para profesionales graduados en universidades nacionales; fotocopia del anverso y reverso del título de postgrado que contengan los pases de ley, para profesionales graduados en universidades extranjeras; acuerdo de dispensa del Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado para profesores cuyos casos sean calificados de excepción.
Todas las fotocopias deberán ser confrontadas con su original por personal de las escuelas, programas y departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado, por lo que no es requisito que sean autenticadas.
2. Recontratación
Los profesores que han prestado sus servicios con anterioridad en la misma unidad, deberán cumplir con los requisitos siguientes:
a. Certificación de profesor calificado, Form. SEP -02- extendido por el Director o Coordinador de la escuela, programa o departamento del Sistema de Estudios de Postgrado, según corresponda.
b. Fotocopia de Constancia de Colegiado Activo.
3. Requisitos previo al inicio de la prestación de servicios Los profesores, previo a iniciar la prestación de servicios (primera contratación y recontratación), deberán contar con los requisitos siguientes:
a. Punto Resolutivo emitido por el órgano de dirección correspondiente.
b. Contrato suscrito entre el Decano de la Facultad, Director de Escuela no facultativa o Centro Universitario, según corresponda, y el profesor.
c. Presentación de fianza de cumplimiento.
d. Aprobación del Contrato por el Rector.
4. Requisitos para pago y liquidación del expediente
Para tramitar el pago el profesor deberá presentar los requisitos siguientes:
a. Para pagos parciales: Informe de labores elaborado por el profesor, con el aval del Director o Coordinador, según corresponda. Para el último pago: copia del acta de entrega de calificaciones, con sello de recibido por la Unidad de Control Académico y el aval del Director o Coordinador.
b. Factura de persona individual con los timbres correspondientes, que
contenga autorización de pago emitida por autoridad competente, según Artículo 129 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
VI. Normas de Cumplimiento Interno
1. Quienes intervienen en el Procedimiento “Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado, con cargo al Renglón Presupuestario 029”, deben cumplir con lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado
y su Reglamento y la Circular Conjunta del Ministerio de Finanzas Públicas, Contraloría General de Cuentas y Oficina Nacional de Servicio Civil.
2. De conformidad con lo estipulado en el Artículo 22 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, los decanos de facultades o directores de escuelas no facultativas y centros regionales universitarios y centros universitarios, suscribirán los contratos administrativos, en el renglón presupuestario 029, con base en las autorizaciones de contratación emitidas por las juntas directivas o consejos directivos.
3. Los directores y coordinadores de las escuelas, programas y departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado, deben efectuar oportunamente la planificación y programación presupuestaria de las necesidades de contratación de profesores de postgrado con cargo al renglón presupuestario 029 y trasladar las propuestas por lo menos con dos meses calendario de anticipación a Junta Directiva o Consejo Directivo, quienes deberán resolver y transcribir el punto resolutivo correspondiente, veinticinco días hábiles antes del inicio de la prestación del servicio.
4. El tesorero, auxiliar de tesorero, el oficinista o el trabajador que realiza la función de recibir los expedientes de profesores de estudios de postgrado contratados en el renglón presupuestario 029, es responsable de confrontar los originales de la documentación con las respectivas fotocopias, crear un archivo con la documentación que reciba y mantenerlo actualizado.
5. Los directores y coordinadores de las escuelas, programas o departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado, deben verificar y certificar, bajo su entera responsabilidad, que el profesor cumple con los requisitos para la contratación en el renglón presupuestario 029, una vez que se haya conformado el expediente correspondiente, lo que suplirá las fotocopias de la documentación en caso de recontratación.
6. Los decanos de las facultades y directores de las escuelas no facultativas, centros regionales universitarios y centros universitarios, deberán suscribir el contrato con los profesores contratados con cargo al renglón presupuestario 029 y requerir fianza de cumplimiento en el plazo de tres días, previo a trasladar el expediente a la Dirección de Asuntos Jurídicos.
7. Los directores y coordinadores de las escuelas, programas o departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado son los responsables de la custodia de los originales de los contratos administrativos con cargo al renglón presupuestario 029, de las fianzas de cumplimiento y de la aprobación de los mismos emitida por el Rector.
8. La Dirección de Asuntos Jurídicos es la responsable de revisar que los contratos que se elaboren en las unidades académicas cumplan con los requisitos para las contrataciones en el renglón presupuestario 029, y en ningún caso requerirá la aprobación del contrato al Rector, si al mismo no se adjunta la fianza de cumplimiento.
9. La Dirección de Asuntos Jurídicos es la responsable de ejecutar las fianzas de cumplimiento cuando exista alguna causante para hacerla efectiva, para lo cual deberá ser notificada oportunamente por los directores o coordinadores de las escuelas, programas o departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado, quienes remitirán los originales del contrato administrativo y la fianza de cumplimiento. Para cubrir la ausencia del profesional, podrá contratarse a otro profesor sin relación de dependencia con la universidad, con cargo al renglón presupuestario 189 “Otros estudios y/o servicios”, o a un profesor con cargo al renglón presupuestario 022 “Personal por contrato”.
10. Otros servicios técnicos y profesionales con cargo al renglón presupuestario 029, que las escuelas, programas y departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado consideren necesario contratar, se regirán por el procedimiento “Contratación de Servicios Técnicos y Profesionales con cargo al Renglón Presupuestario 029 de la Universidad de San Carlos de Guatemala”.
11. La División de Administración de Recursos Humanos es responsable de verificar exclusivamente que los profesores contratados en el renglón presupuestario 029, no tengan relación de dependencia contratados con cargo a los renglones presupuestarios 011, 021, 022, 023 en la Universidad de San Carlos de Guatemala y de llevar el registro y control de las contrataciones con cargo al renglón presupuestario 029, de los profesores del Sistema de Estudios de Postgrado.
12. El pago de asesorías de tesis en las escuelas, programas y departamentos del Sistema de Estudios de Postgrado, se podrá realizar con cargo a los renglones presupuestales 022, 029 o 189, según procedimientos específicos.
13. En el caso de prestación de servicios por parte de profesionales extranjeros, el pago se hará con cargo al renglón presupuestario 189, requiriéndose como comprobantes facturas especiales de conformidad a la Ley del Impuesto al Valor Agregado –IVA-, sin necesidad de estar colegiado en forma temporal.
14. Es responsabilidad del profesor cumplir con los requisitos establecidos por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, en cuanto a aspectos de carácter tributario.
15. De conformidad a lo que estipula la Circular D.P. 9-98 de fecha 3 de agosto de 1998, para el caso de los proyectos o programas, cuyos ingresos no se perciben al inicio del año, la unidad ejecutora solicitará a la Dirección General Financiera la autorización para poder efectuar los gastos, siempre que estos se encuentren presupuestados. Para el efecto se adjuntarán las justificaciones e información que permita a dicha Dirección General determinar y aprobar el porcentaje máximo, en relación a lo presupuestado, que se podrá gastar sin haber percibido el ingreso.
16. Auditoria Interna es responsable de visar todos los expedientes de la contratación de profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al renglón presupuestario 029, así como brindar asesoría y acompañamiento en todo el proceso de contratación, pago y liquidación, efectuando las recomendaciones que considere pertinentes en forma oportuna, dejando constancia escrita de lo actuado, de acuerdo a los puntos de control establecidos.
17. Los casos no previstos en el presente procedimiento, serán resueltos por el Rector, previo dictamen técnico de la dependencia que corresponda.
VII. Descripción del Procedimiento
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
Hoja 1 de 3 No. de formas: 8
Título del Procedimiento: Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al Renglón Presupuestario 029
Inicia: Escuela, programa o departamento de
postgrado
Termina: Departamento de Contabilidad
Unidad Puesto Responsable Paso
No. Actividad
Etapa I: Contratación Tiempo
Ejecución (días)
Escuela, programa o
departamento del
Sistema de Estudios de
Postgrado
Directores y coordinadores
1
Luego de planificar las necesidades de contratación,
seleccionar candidatos y conformar expediente con los requisitos establecidos o certificación de los mismos en Form. SEP -02-, traslada propuesta(s) ante Junta Directiva o Consejo Directivo, según el caso, en el Form.”Propuesta de Contratación de Profesores de Postgrado con cargo al Renglón Presupuestario 029” SEP -03-.
1
Facultad, Escuela no
Facultativa o Centro
Universitario
Junta Directiva/Consejo Directivo
2
Conoce expedientes, emite punto resolutivo
autorizando la contratación. Transcribe y notifica lo resuelto, anexa trascripción al expediente, traslada.
3
División de Administración
Recursos Humanos Profesional designado 3
Recibe expediente, verifica que el profesor no esté en relación de dependencia en la Universidad de San Carlos de Guatemala, sella Form. SEP 01 ó SEP 02, según el caso y traslada.
2
Escuela, programa o
departamento del
Sistema de Estudios de
Postgrado
Persona designada 4
Recibe expediente, elabora Solicitud de Compra
SIC -01-, anexa al expediente, solicita certificación presupuestaria al tesorero o persona designada
Producción: Solicitud de Compra FORM.-SIC-01-
1/4 Expediente 2/4 Unidad Solicitante 3/4 Auditoría Interna
4/4 Agencia de Tesorería
1
Agencia de Tesorería Tesorero 5
Recibe Solicitud de Compra, numera correlativamente, procede de la forma siguiente: a. Emite certificación de ingresos y egresos del programa autofinanciable. b. Certifica disponibilidad presupuestaria (sobre la base del anteproyecto del presupuesto para los casos en los que se tramita la orden de compra en el año anterior, para un ejercicio presupuestario posterior). a. Obtiene firma de Director o Coordinador.
2
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO Hoja 2 de 3
Título del Procedimiento: Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al Renglón Presupuestario 029
Unidad Puesto Responsable Paso
No. Actividad
Tiempo Ejecución
(días
Agencia de Tesorería Tesorero …5
c. Elabora Orden de compra -FORM. -SIC-07-, le
asigna número de emisión, firma y obtiene firmas de autorización de la erogación, según el Artículo 129 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Producción Orden de Compra
1/7 Depto. de Contabilidad
2/7 Expediente 3/7 Auditoria Interna 4/7 Profesor
5/7 Depto. de Presupuesto 6/7 Unidad de Postgrado 7/7 Agencia de Tesorería
Llena apartados del 1 al 10 del Form. “Control del Proceso” Form. SEP-04.
Traslada copias de Solicitud de Compra y Orden de Compra a Auditoría Interna y expediente al Depto. de Presupuesto. (Continúa paso 6)
Auditoría Interna Profesional Designado 1-5
Punto de Control (La actividad de Auditoria Interna en el presente punto de
control no detiene el procedimiento)
Recibe copias de Solicitud de Compra y Orden de Compra, revisa según procedimiento interno, emite nota de auditoría a donde corresponda, de considerarlo necesario.
0.5
Departamento de
Presupuesto Profesional designado 6
Recibe expediente, califica el gasto, certifica disponibilidad
presupuestaria, retiene copia 5/7 de la Orden de Compra, traslada. En los casos de contrataciones efectuadas en un año anterior, para ejecutarse el gasto en un ejercicio presupuestario
posterior, la certificación de disponibilidad presupuestaria, se hará en el momento en que el presupuesto de ingresos y egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala sea
aprobado por el Consejo Superior Universitario.
1
Facultad, Escuela no
Facultativa o Centro
Universitario
Persona designada
7
Recibe expediente, elabora contrato, obtiene firmas del Decano, Director, según el caso, y del profesor, solicita
auténtica de firmas de notario, reproduce copias, y hace constar por medio de sello y firma que han sido confrontadas con el original.
Producción del Contrato
1/6 Unidad de postgrado 2/6 Expediente 3/6 Profesor
4/6 División de Administración de Recursos Humanos 5/6 Contraloría General de Cuentas
6/6 Dirección de Asuntos Jurídicos Entrega a profesor copia 3/6 del contrato para la compra de
Fianza de Cumplimiento, traslada.
10
3
Dirección de Asuntos Jurídicos
Asesor designado 8
Recibe expediente y copias del contrato y fianza de cumplimiento, verifica que cumpla requisitos, elabora
aprobación de la contratación, obtiene firmas del Rector, adjunta al expediente y traslada.
Producción de Aprobación de la Contratación 1/6 Unidad de postgrado 2/6 Expediente
3/6 Profesor 4/6 División de Administración de Recursos Humanos
5/6 Contraloría General de Cuentas 6/6 Dirección de Asuntos Jurídicos
5
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
Hoja No. 3 de 3
Título del Procedimiento: Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al Renglón Presupuestario 029
Unidad Puesto Responsable Paso
No. Actividad
Dirección de Asuntos Jurídicos
Secretaria 9
Recibe expediente, llena aspectos 11-13 de form. SEP-04, traslada expediente a Auditoría Interna (paso 11). Reproduce copias de la aprobación, certifica de confrontado con el original, distribuye copias de
contrato, aprobación y Control del Proceso, según producción y remite originales de contrato, fianza de cumplimiento y aprobación a la unidad de postgrado correspondiente.
2
División de Administración de Recursos Humanos
Personal Designado 10
Recibe copia 4/6 de contrato y copia 4/4 del SEP 04, verifica y traslada a operador de informática para registro de contratación. (Este paso no detiene el procedimiento)
0.5
Auditoría Interna Auditor designado 11 Recibe expediente, verifica formulario SEP 04 conserva copia 2/4 del mismo, visa conforme procedimiento interno, traslada.
1
Departamento de Contabilidad Profesional Designado
12 Recibe expediente, registra provisión de gastos. Distribuye copias de la Orden de Compra, según producción. Archiva expediente temporalmente.
1
Etapa II: Trámite de Pago
Escuela, programa o departamento del Sistema de
Estudios de Postgrado
Profesor 13 De acuerdo a los plazos convenidos en el contrato, elabora informe y factura, traslada. 0.5
Director 14
Recibe informe y factura, revisa informe, firma de Visto Bueno en el informe y solicita autorización de pago en el dorso de la factura conforme el artículo 129 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala y traslada.
0.5
Agencia de Tesorería Tesorero 15
Conforma expediente de pago, verifica que la factura llene los requisitos legales, elabora formulario de Retención ISR, cuando corresponda, y extiende constancia de exención del IVA, adjunta fotocopia de la orden de compra y traslada.
1
Auditoría Interna Auditor designado 16 Recibe expediente de pago, actualiza formulario SEP 04, visa conforme procedimiento interno, traslada. 1
Departamento de Contabilidad Profesional designado
17 Recibe expediente de pago realiza registro contable y oficio para emisión de cheque, traslada. 1
Departamento de Caja Persona
responsable 18
Recibe expediente de pago, emite cheque, obtiene firmas, traslada. 1
Etapa III: Liquidación del Expediente
Agencia de Tesorería Tesorero 19 Recibe cheque y expediente de pago, entrega cheque al profesor, previa identificación y liquida expediente según procedimiento interno. Traslada
2
Auditoría Interna Profesional designado
20 Recibe expediente de pago, revisa según procedimiento interno, traslada 1
Departamento de Contabilidad Profesional
Designado 21
Recibe expediente de pago y liquidación del expediente, lo anexa a expediente de contratación y archiva.
1
VIII. Flujograma
Universidad de San Carlos de Guatemala
Sistema de Estudios de Postgrado
Título del Procedimiento: Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al
Renglón Presupuestario 029Página 1 de 3
Profesional
Designado(División de Administración
de Recursos Humanos)
Persona Designada(Facultad, escuela no
facultativa o centro
universitario)
Miembros de Junta
Directiva/Consejo
Directivo(Facultad, escuela no
facultativa o centro
universitario)
Tesorero o quién haga sus veces
(Agencia de Tesorería)
Directores y Coordinadores(Escuela, programa o departamento
de postgrado)
INICIO
Planifica
necesidades de
contratación,
selecciona
candidatos,
conforma expediente
y traslada propuesta
Recibe solicitud de
compra, numera
correlativamente,
emite certificación de
ingresos y egresos ,
certifica disponibilidad
presupuestaria,
obtiene firma de
Director o Coordinador
elabora orden de
compra SIC-07.llena
Form. 04, 1.10.
Conoce expedientes,
emite punto resolutivo
autorizando la
contratación.
Transcribe y notifica lo
resuelto, anexa
transcripción al
expediente
PC-
AUD
Recibe copias de
solicitud de compra y
orden de compra,
revisa, emite nota de
auditoria a donde
corresponda de
considerarlo necesario
A
Recibe expediente,
elabora Solicitud de
Compra SIC-01, anexa
documentación,
solicita certificación
presupuestaria al
tesorero
Tiempo Máximo
(3 días)
Tie
mp
o M
áxim
o
(1 d
ías)
Recibe expediente,
verifica que el
profesor no esté en
relación de
dependencia y
traslada
Tiempo Máximo
(2 díaS)
Tiempo Máximo
(1 día)
Tiempo Máximo
(2 día)
Tiempo Máximo
(0.5 de día)
Universidad de San Carlos de Guatemala
Sistema de Estudios de Postgrado
Título del Procedimiento: Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al
Renglón Presupuestario 029
Página 2 de 3
Auditor
Designado
(Auditoria Interna)
Asesor Designado y
Secretaria
(Dirección de Asuntos Jurídicos)
Profesional Designado
(Departamento de Presupuesto)
Profesional
Designado (División de Administración
de Recursos Humanos)
Profesional
Designado(Departamento de
Contabilidad)
Persona Designada(Facultad, escuela no
facultativa o centro
universitario)
A
Recibe expediente,
elabora contrato, obtiene
firmas del Decano,
director, según el caso y
del interesado, solicita
auténtica de firmas a
notario, reproduce
copias y confronta con el
original
Recibe expediente con
contrato y fianza de
cumplimiento, verifica
que cumpla requisitos
de minuta, elabora
aprobación de
contratación obtiene
firma del Señor Rector
y traslada
Recibe expediente,
registra provisión de
gastos, distribuye
copias de orden de
compra y archiva
expediente
temporalmente
Recibe expediente,
califica el gasto,
certifica
disponibilidad
presupuestaria,
según corresponda,
retiene copia 5/7 de
orden de compra y
traslada
Asesor Designado
Tiempo Máximo
(5 días)
Se
cre
taria
Tie
mp
o M
áxim
o
(3 d
ías)
Recibe expediente, Lo
traslada a Auditoría
Interna, distribuye
copias del contrato y
aprobación según
producción y remite
originales a unidad de
postgrado
correspondiente.
Recibe expediente,
visa conforme
procedimiento
interno, emite nota
de auditoría de
considerarlo
necesario y traslada
B
Tie
mp
o M
áxim
o
(1 d
ía)
Tiempo Máximo
(10 días)
Recibe copia 4/6 de
contrato, registra la
contratación en base
de datos y archiva
copia
Distribuye según indica
procedimiento
Tiempo Máximo
(0.5 día)
Tiempo Máximo
(1 día)
Tiempo Máximo
(1 día)
Entrega a profesor
copia 3/6 del contrato
para la compra de
Fianza de
Cumplimiento, traslada
Tie
mp
o M
áxim
o
(2 d
ías)
Universidad de San Carlos de Guatemala
Sistema de Estudios de Postgrado
Título del Procedimiento: Contratación de Profesores del Sistema de Estudios de Postgrado con cargo al
Renglón Presupuestario 029Página 3 de 3
Tesorero
(Agencia de Tesorería)
Auditor
Designado
(Auditoria Interna)
Profesional
Designado(Departamento de
Contabilidad)
Personal
Responsable(Departamento de
Caja)
Profesor y Director(Escuela, programa o
departamento de postgrado)
B
Recibe expediente
de pago, visa
conforme
procedimiento
interno y traslada
FINAL
Recibe, verifica que
la factura llene los
requisitos legales,
elabora formulario de
ISR cuando
corresponda,
extiende constancia
de IVA, adjunta copia
de orden de compra
y traslada
Recibe expediente
de pago, realiza
registro contable y
oficio para emisión
de cheque y traslada
Recibe expediente
de pago, emite
cheque, obtiene
firmas y traslada
Recibe cheque y
expediente de pago,
entrega cheque a
profesor previa
identificación y
liquida expediente
según procedimiento
interno y traslada
Recibe expediente
de pago, revisa,
emite
recomendación de
ser necesario y
traslada
Recibe expediente
de pago, lo anexa
al expediente de
contratación y
archiva
Pro
feso
r
Tie
mp
o M
áxim
o
(0.5
día
)
De acuerdo a plazos
en el contrata elabora
informe de labores y
factura y traslada
Recibe informe y
factura, revisa, firma
de Vo. Bo. y Solicita
autorización de
pago al dorso de la
factura, según
Artículo 129 del
Estatuto, traslada.
Dire
cto
r
Tie
mp
o M
áxim
o
(0.5
día
)
Tiempo Máximo
(1 día)Tiempo Máximo
(1 día)Tiempo Máximo
(1 día)
Tiempo Máximo
(1 día)
Tiempo Máximo
(2 días)
Tiempo Máximo
(1 día)
Tiempo Máximo
(1 día)
IX. FORMULARIOS
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Form. SEP - 01-
SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
FICHA TÉCNICA DE HOJA DE VIDA
DATOS GENERALES
Nombre: ___________________________________________________________________________Edad:________
Colegiado Activo No.___________Cédula de Vecindad No._______________ Extendida en: ______________ Departamento de: __________________________Correo Electrónico:_______________________________ Teléfono:_________________Dirección: ______________________________________________________
FORMACIÓN PROFESIONAL
Título Área Institución/País Año de
Graduación
Licenciatura
Maestría
Doctorado
FORMACIÓN ESPECIALIZADA
Cursos cortos, seminarios, talleres, congresos relacionados al curso a impartir
Actividad Institución Duración/horas
EXPERIENCIA PROFESIONAL
(Últimos 5 años)
Docencia Investigación Profesional
PUBLICACIONES
Nombre del Artículo/libro Nombre de la Revista Año de Publicación
Anexo: Documentación de respaldo de la información proporcionada.
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
Form. SEP-02-
No._____
CERTIFICACIÓN DE PROFESOR CALIFICADO
Por medio de la presente el Director/Coordinador de la Escuela/Departamento de
Postgrado de la Facultad/Escuela ___________________________________________
CERTIFICA: que el (Licenciado/Maestro/Doctor) _________________________________________________________________________ ha sido contratado anteriormente en el Programa de ___________________________ de esta Unidad Académica por lo que se da fe de contar con su expediente actualizado en el archivo correspondiente, en razón de lo cual se extiende la presente en una hoja de papel membretado, debidamente firmado y sellado a los _______ días del mes de ___________________ del año _______________.
“Id y Enseñad a Todos”
_______________________________ ___________________________ Nombre Cargo Firma y sello ANEXO: Fotocopia de Colegiado Activo
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Form. SEP - 03- SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
No.____________
PROPUESTA DE CONTRATACION DE PROFESORES DE POSTGRADO
CON CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 029
Guatemala,
Señores Honorable Junta Directiva/ Consejo Directivo Facultad/ Escuela/ Centro Universitario Edificio Señores: Atentamente se somete a su consideración la contratación del servicio profesional con cargo a la partida presupuestal _____________________ de los profesores siguientes:
Nombre Objeto del Contrato Honorarios Totales (sin
IVA)
Período de Contratación
Número de pagos parciales
Quienes demuestran documentalmente que reúnen los requisitos académicos y la experiencia necesaria para prestar sus servicios a fin de cumplir con las condiciones descritas en el cuadro anterior. Nombre______________________________________ ___________________________ Director, Coordinador Firma y sello
ANEXO: cc:
X. ANEXOS
ANEXO 1
TRANSCRIPCIÓN CIRCULAR CONJUNTA
TRANSCRIPCIÓN CIRCULAR CONJUNTA
CIRCULAR CONJUNTA DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS, CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS Y OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL, que literalmente dice: “Para la contratación de Servicios Técnicos y Profesionales con cargo al renglón presupuestario 029. “Otras remuneraciones de personal temporal”, por parte del Sector Público que comprende los Organismos del Estado, sus entidades autónomas y descentralizadas, las municipalidades del país, la Universidad de San Carlos de Guatemala, las empresas públicas, estatales o municipales, además de los requisitos que establece la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, y su Reglamento Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, del 22 de diciembre de 1992, se observaran las siguientes normas. I. En ningún caso las personas a contratarse pueden iniciar la prestación del servicio antes de que el contrato haya sido aprobado por la autoridad superior que corresponda, de conformidad con lo preceptuado por el Artículo 26 del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado. No se reconocerá ni se legalizará pago alguno, si los servicios no hubieren sido prestados conforme a lo preceptuado por el Artículo 13, numeral 3 de la Ley Orgánica del Presupuesto. II En el texto de cada contrato suscrito deberá indicarse, que los servicios contratados son de carácter técnico o profesional universitario según el caso, haciendo una descripción detallada del objeto del contrato. Además que el acto contractual no crea relación laboral entre las partes, por cuanto la retribución acordada por los servicios no es para ningún puesto, empleo o cargo público, en concordancia a lo previsto por los Artículos 2027 y 2028 del Código Civil, Decreto de Ley Número 106. III Los profesionales universitarios que se contraten deben cumplir con la obligación de acreditar ser colegiado activo, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 1. del Decreto Número 62-91 del Congreso de la República, “Ley de Colegiación Profesional Obligatoria”. IV Cuando no exista en el país disponibilidad de técnicos o profesionales universitarios en determinada rama científica o técnica, previa información recabada de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de las demás universidades del país y del Colegio Profesional que corresponda, podrá contratarse a profesionales universitarios extranjeros, quienes deberán acreditar documentalmente, antes de la celebración del contrato, su calidad técnica o profesional. El documento respectivo deberá llenar los requisitos a que se refieren los Artículos 37 y 38 de la Ley del Organismo Judicial (Decreto Número 2-89 del congreso de la República) y sus Reformas. V Los técnicos no universitarios deberán acreditar, previamente el acto contractual, la preparación técnica recibida, mediante constancia certificada extendida por las instituciones tecnológicas autorizadas por el gobierno o bien acreditar satisfactoriamente suficiente experiencia en la rama técnica de que se trate. En el caso de técnicos extranjeros no universitarios se acreditará la preparación técnica recibida, legalizando el documento correspondiente en la forma prevista en los Artículos 37 y 38 de la Ley del Organismo Judicial (Decreto Número 2-89 del Congreso de la República) y sus Reformas. VI La contratación de servicios técnicos y profesionales con cargo al renglón presupuestario referido, solamente
se autorizará cuando tales servicios no puedan ser desempeñados por empleados regulares y siempre que pueda determinarse su costo total, el plazo y el producto final y que la actividad a realizarse no tenga carácter de permanente, a criterio de la autoridad contratante. VII Con cargo al renglón presupuestario descrito únicamente pueden contratarse personas individuales para realización de trabajos o estudios específicos de naturaleza técnica o profesional. Para el cumplimiento de lo pactado, la persona contratada deberá prestar la “fianza de cumplimiento” a que se refiere el Artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado, y Numeral 1) del Artículo 38 de su Reglamento. VIII Las personas contratadas con cargo al renglón presupuestario mencionado, no tienen el carácter de “servidores públicos” de conformidad con lo preceptuado por el Artículo 4 de la Ley de Servicio Civil, por lo que debe quedar claramente estipulado en el contrato respectivo que dichas personas no tienen derecho a ninguna de las prestaciones de carácter laboral que la Ley otorga a los servidores públicos, tales como: la indemnización, vacaciones, aguinaldo, bonificaciones, pago de tiempo extraordinario, licencias, permisos, etc.; además, no se les hará ningún descuento para el fondo de Clases Pasivas Civiles del Estado del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, ni el descuento a que se refiere el Decreto Número 81-70 del Congreso de la República, exceptuándose las retenciones ordenadas por los tribunales de justicia, no estando en consecuencia amparadas por ninguna de las estipulaciones del Código de Trabajo. No obstante lo anterior, las personas contratadas, además de las retribuciones pactadas por sus servicios, tienen derecho a que se les pague los gastos en que incurran, cuando por motivo de los servicios prestados, tengan que trasladarse al interior o exterior del país, de conformidad con lo que estipula el artículo 2029 del Código Civil. IX El costo de la contratación, se hará por una cantidad global y su amortización puede hacerse mediante pagos parciales por períodos regulares, de acuerdo al avance de los trabajos circunstancias que deben quedar claramente establecidas en el contrato. X A las personas contratadas bajo el renglón presupuestario citado puede eventualmente asignárseles local, equipo y personal de apoyo para el mejor desempeño en la prestación de sus servicios y siempre que dichas circunstancias queden expresamente establecidas en el contrato respectivo. XI Las personas contratadas con cargo al renglón referido no necesariamente deben observar la jornada u horario de trabajo de la dependencia contratante, toda vez que la evaluación de sus servicios se hará en base a los resultados parciales o finales de su gestión. XII Debe establecerse en el texto del contrato, la obligación que tienen las personas contratadas de rendir informes periódicos del avance de los servicios encomendados, así como un informe final acompañado del producto o resultado de la prestación de su servicio. XIII Es responsabilidad de las autoridades contratantes, velar porque en los contratos que se suscriban, se estipule en cláusula especial que el impuesto al valor agregado (IVA), debe quedar incluido dentro del monto a que ascienda la prestación de los servicios contratados en dichos instrumentos, de conformidad con lo dispuesto en la ley de la materia. XIV Las personas contratadas para la prestación de servicios profesionales que tengan la calidad de universitarios, están obligados a pagar el timbre del Colegio de Profesional al que pertenezcan, el cual deberá adherirse al contrato que suscriban, en cumplimiento de la Norma III de esta Circular. XV El Estado o sus
instituciones deben reservarse el derecho de rescindir unilateralmente el contrato sin ninguna responsabilidad de su parte, sin perjuicio de hacer efectiva la “fianza de cumplimiento” en caso de incumplimiento por parte de la persona contratada, de las obligaciones estipuladas en el Contrato. XVI No podrán celebrar contratos con cargo al renglón 029 “Otras remuneraciones de personal temporal”, los servidores o trabajadores públicos del Estado o de las entidades a que se refiere el artículo 1, del Decreto 57-92 del Congreso de la República, así como sus parientes dentro de los grados de ley, cuando los contratos deban celebrarse con las dependencias en autoridad, tal como lo dispone el artículo 80. numeral 3 del Decreto citado. XVII Los funcionarios o empleados que infrinjan las disposiciones contenidas en esta Circular y las disposiciones contenidas a este respecto en el Decreto Número 57-92, del Congreso de la República y su reglamento, quedan obligados a responder por el pago o por el compromiso que hubieren contraído, según el caso sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad que les corresponda.En la ciudad de Guatemala a los dos días del mes de enero de mil novecientos noventa y siete”. Aparecen las firmas de Lic. José Alejandro Arévalo Alburez, Ministro de Finanzas Públicas, Lic. Luis Arturo Aguilar Solares, Contralor General de Cuentas, Licda. Mireya Barrera M. de Velásquez, Directora de la Oficina Nacional de Servicio Civil.
ANEXO 2
PROYECTO DE PUNTO RESOLUTIVO (JUNTA DIRECTIVA, CONSEJO DIRECTIVO)
PROYECTO DE PUNTO RESOLUTIVO (JUNTA DIRECTIVA, CONSEJO DIRECTIVO)
PUNTO: _________ PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE PROFESORES CON CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 029 PARA LA FACULTAD DE _________________________, (ESCUELA DE__________________________O CENTRO UNIVERSITARIO DE__________________________) PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL ________________ AL _________________PRESENTADA POR (DIRECTOR DE ESCUELA, PROGRAMA O DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO) Se somete a consideración de Junta Directiva (Consejo Directivo) el Oficio No. _______de fecha _____ del ____________________________________(director
de escuela, programa o departamento de estudios de postgrado) Quien solicita se autorice la contratación de profesores con cargo al reglón presupuestario 029, para la escuela, programa o departamento de Estudios de Postgrado conforme a los términos de referencia contenidos en el formulario SEP-03 No. _________ de fecha ______________ que se presenta. Junta Directiva, (Consejo Directivo) con base en lo que para el efecto establece el Artículo 22 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala y Circular Conjunta suscrita por la Contraloría General de Cuentas, Ministerio de Finanzas Públicas y la Oficina Nacional de Servicio Civil, ACUERDA: A) AUTORIZAR la contratación de los profesores conforme lo solicitado en el
Formulario SEP -03- No_________ de fecha ______________________. B) Instruir al Decano de la Facultad de ___________________ (Director de la Escuela de___________________ Director del Centro_____________________) para que proceda a la suscripción de los respectivos contratos dentro del plazo de diez días, que establece el artículo 47 de la Ley de Contrataciones del Estado.
ANEXO 3
MINUTA DEL CONTRATO Y AUTÉNTICA. “CONTRATACIÓN DE PROFESORES DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO CON
CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 029”
MINUTA DE CONTRATO 029
CONTRATO NÚMERO _______ -2008. En la ciudad de Guatemala, el día_________________
de dos mil ocho, constituidos en ________________________ de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, nosotros _____________________, de ___________________ años de
edad,___________________________ (estado civil y profesión),_____________ colegiado activo
número___________ guatemalteco, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad
número de Orden ______ Guión ________y de Registro ___________ (en letras y en números),
extendida por el Alcalde del municipio de__________________ del
departamento________________; actúo en mi calidad de______________________________ de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, acreditando mi cargo con certificación de lo
conducente de las Actas de Elección y de Toma de posesión del cargo números_____________ de
fechas________________ respectivamente, de ____________________, y de conformidad con lo
preceptuado en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala
(en el caso de Directores de Centros Universitarios la base legal es el artículo 20 del Reglamento
General de Centros Regionales Universitarios y 51 del Reglamento de Elecciones de la
Universidad de San Carlos de Guatemala) y 22 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, a quién en el curso de este instrumento denominaremos como “DECANO” o
“DIRECTOR” y __________________________________________, de ______ años de
edad,________________(estado civil y profesión), guatemalteco(a) de este domicilio, me
identifico con la cédula de vecindad número de Orden___________ y de Registro___________ (en
letras y números), extendida por el Alcalde del municipio de ____________________del
Departamento de________________, con residencia en
_________________________________,lugar que señalo para recibir citaciones y notificaciones;
actúo en nombre propio y en el curso de este instrumento denominaremos: “EL PROFESIONAL”.
Los otorgantes manifestamos ser de los datos de identificación personal consignados, hallarnos
en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por este acto convenimos en
celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES de
conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: BASE LEGAL: El presente contrato se
suscribe con fundamento en el Artículo veintinueve (29) de la Ley Orgánica de la
Universidad de San Carlos de Guatemala y el artículo 22 de su Estatuto, (en caso de Director de
Centro Universitario 20 del Reglamento de Centros Regionales y 51 del Reglamento de
Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala) así como también el artículo 44 ,
inciso uno (1) , Sub inciso uno guión punto nueve (1.9) y 47 de Ley de Contrataciones del Estado,
Decreto cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República de Guatemala
y su respectivo Reglamento, la Circular Conjunta suscrita por la Contraloría General de Cuentas,
el Ministerio de Finanzas Públicas y la Oficina Nacional de Servicio Civil, referida a la
contratación con cargo al renglón cero veintinueve (029); específicamente sirve de fundamento
para la celebración de este contrato, ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA de la Facultad de( o
CONSEJO DIRECTIVO de)____________________________________________ contenido en
punto___________ del acta____________de fecha___________________ y orden de compra
No._________________. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El Decano ( o Director)
expongo que por este acto “La Facultad de ( Escuela de o Centro
Universitario)_____________________________ de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
contrata los servicios profesionales de ___________________________________________ y
quien cumplirá con lo siguiente: (objeto del
contrato)________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________
________________________, por mi parte como “ El PROFESIONAL” me comprometo a
prestar mis servicios PROFESIONALES en (lugar)_______________________. TERCERA: A)
DE LOS HONORARIOS Y FORMA DE PAGO: La Facultad de ( Escuela o El
Centro)____________________________________ pagará a “EL PROFESIONAL” por los
servicios profesionales prestados en concepto de honorarios la cantidad de (letras y números)
________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________
________________que incluyen el Impuesto al Valor Agregado -IVA- por la cantidad de
___________________________________(letras y números), monto que será cubierto por la
Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante la respectiva Constancia de Exención, que se
entregará debidamente autorizada por la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-,
siendo el total a facturar la cantidad de (en letras y números)
___________________________________________________________ con cargo a la Partida
Presupuestaria No. __________________-029- contra la presentación de la factura
correspondiente e informe de las actividades realizadas durante el período que se cancela, así
como aquellos otros informes que le sean requeridos cuando se estime pertinente, los que deberán
estar aprobados con la firma del Director de Escuela o Coordinador de Programa o
Departamento de Estudios de Postgrado _________________________________________.
Dichos servicios serán cancelados en___________ pagos vencidos y consecutivos de
____________________________(Q.)______________); el último pago se hará efectivo contra
entrega del Acta de calificaciones finales de los estudiantes. CUARTA : VIÁTICOS o GASTOS
CONEXOS. Manifiesta “ EL DECANO” (DIRECTOR, o CONTRATANTE) , que si para el
cumplimiento de sus obligaciones,”El Profesional” necesita trasladarse fuera del departamento o
al extranjero de donde presta sus servicios, su representada, la Universidad de San Carlos de
Guatemala por medio de la Facultad de o Escuela de o del Centro
_______________________________________________, se obliga a reconocer, los gastos que se
originen, conforme al Reglamento de Gastos de Representación Viáticos y Gastos Conexos y
Gastos de Atención y Protocolo de la de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
QUINTA:VIGENCIA: esta contratación tiene vigencia del ____________________________al
__________________________________________ SEXTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO:
Como “El Profesional” me obligo a presentar FIANZA DE CUMPLIMIENTO a favor de “La
Universidad de San Carlos de Guatemala” equivalente al diez por ciento (10 %), del valor total
del contrato, lo que garantizará el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, por el
período de la vigencia respectiva, de conformidad con lo establecido en los artículos sesenta y
cinco y sesenta y nueve (65 y 69), de la Ley de Contrataciones del Estado y treinta y ocho, inciso
uno, y treinta y nueve de su Reglamento (38 inciso 1 y 39 ). Dicha fianza deberá ser emitida por
una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en Guatemala. La fianza
anteriormente descrita se hará efectiva cuando ocurra el incumplimiento de cualesquiera de
las obligaciones que ahora contrae “El Profesional ” y para ello bastará el simple requerimiento
que “La Universidad” haga a la afianzadora, la cual efectuará el pago dentro de los treinta días
siguientes a dicho requerimiento, circunstancia que se hará constar en dicha póliza. La fianza
deberá mantenerse vigente hasta que “La Universidad” dé por recibido el trabajo y se declare
conforme con el mismo y extienda el finiquito respectivo a “EL Profesional ” SÉPTIMA:
DISPOSICIONES GENERALES: a) “EL PROFESIONAL” desarrollare mis actividades en
________________________ b) como “EL Profesional” presentaré para el pago de mis
honorarios la factura correspondiente y un informe que contenga las actividades realizadas, según
lo estipulado en la cláusula tercera del presente contrato, informe que deberá ser aprobado por
quien supervisa dichas actividades. OCTAVA: OTRAS CONDICIONES a) Los documentos e
informes que se originen de este contrato serán propiedad exclusiva de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, b) Los servicios que se prestarán serán de carácter profesional y la persona
contratada no tiene calidad de trabajador o funcionario de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, por lo que tampoco tiene derecho a ninguna prestación de carácter laboral, y el valor
de los honorarios profesionales pactados no tiene la calidad de sueldo o salario, tal y como se
estipula en la descripción del reglón de gasto cero veintinueve (029) “Otras Remuneraciones de
Personal Temporal”. c) “El profesional” se somete a las leyes de la República de Guatemala, en
todo lo relacionado a este contrato, y renuncia al fuero de su domicilio y reitera como lugar para
recibir citaciones y notificaciones el indicado al principio de este documento, aceptando como
bien hechas las que ahí se le hagan, aún cuando hubiere cambiado de dirección sin haberlo
notificado previamente por escrito a la Facultad, Escuela o
Centro__________________________________________ d) por convenio entre las partes, la
universidad facilitará, cuando fuera necesario, al “PROFESIONAL” para el mejor desempeño de
la prestación de sus servicios, espacio físico, mobiliario y equipo , pudiendo éste desarrollar su
actividad conforme asignación especifica. NOVENA: DECLARACIÓN JURADA: Como “EL
Profesional” declaro bajo juramento que no soy deudor moroso del Estado, ni de entidades a las
que se refiere el artículo uno de la Ley de Contrataciones del Estado y sus Reformas, que no estoy
comprendido en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo ochenta del mismo cuerpo
legal y declaro que no laboro bajo otro reglón presupuestario con relación de dependencia en la
Universidad de San Carlos de Guatemala. DÉCIMA: PROHIBICIONES: Los contratantes
convenimos que a “El Profesional” le queda expresamente prohibido ceder total o parcialmente
los derechos y obligaciones provenientes del presente contrato. DÉCIMA PRIMERA:
TERMINACIÓN DEL CONTRATO: “La Universidad” a través del Decano de o Director de
_____________________________, sin responsabilidad de su parte podrá dar por terminado
unilateralmente el presente contrato por las causas siguientes: a) en caso de evidente negligencia
por parte de “El PROFESIONAL” en la prestación de los servicios contratados o negativa
infundada de cumplir con sus obligaciones; b) por vencimiento de la vigencia estipulada; c) por
incumplimiento de las relaciones contractuales; d) Por rescisión acordada por mutuo acuerdo
entre las partes; y, e) por caso fortuito o fuerza mayor. Cuando “El Profesional” incurra en
cualquiera de las faltas previstas en las literales “a y c” de la presente cláusula. “La Universidad”
a través de “El Decano” ( o “El Director “ ) le dará audiencia por un plazo no mayor de diez días
a efecto de que exprese lo que considere conveniente en su defensa, acompañando las pruebas
necesarias, vencido el plazo indicado “La Universidad” a través de “EL DECANO” (o “El
DIRECTOR”) resolverá con base en las pruebas presentadas, dando por terminado el presente
contrato o por desvanecidos los cargos formulados. DÉCIMA SEGUNDA: CONTROVERSIAS:
Los otorgantes convenimos expresamente que cualquier diferencia o reclamo que surja entre las
partes derivado de la aplicación o interpretación del contrato será resuelto directamente entre los
mismos con carácter conciliatorio, pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o
cuestiones litigiosas a dilucidarse se someterán a los Tribunales competentes de la República de
Guatemala que “La Universidad” elija, para cuyo efecto “El Profesional” renuncia al fuero de su
domicilio y reitera como lugar para recibir citaciones y notificaciones el indicado al principio
de este documento aceptando como bien hechas las que ahí se le hagan, aún cuando hubiere
cambiado de dirección sin haberlo notificado previamente por escrito a la Universidad, con aviso
de recepción. DÉCIMA TERCERA: DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL: queda
expresamente estipulado que el presente contrato no genera relación laboral entre “La
Universidad” y “El Profesional”, por lo tanto a éste no le asiste derecho presente ni ulterior para
reclamar el pago de prestaciones de carácter laboral que “La Universidad” otorga a sus
trabajadores. DÉCIMA CUARTA: IMPUESTOS: el pago de honorarios en general que “La
Universidad” haga a “El Profesional” estará afecto a las retenciones o impuestos que determinan
las leyes fiscales correspondientes en lo que a éste compete, no así “La Universidad” la cual está
exenta del pago de toda clase de impuestos, arbitrios y contribuciones, sin excepción alguna, al
amparo de lo establecido en el artículo ochenta y ocho (88) de la Constitución Política de la
República de Guatemala. DÉCIMA QUINTA: GASTOS Y COSTAS: Todos los gastos que se
ocasionen con motivo del faccionamiento del presente contrato, así como los que se causen judicial
o extrajudicialmente son por cuenta de “El Profesional”. DÉCIMA SEXTA: Nosotros, los
otorgantes, manifestamos que hemos leído íntegramente el contenido del presente contrato e
impuestos de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y
firmamos, haciendo constar que se encuentra contenido en cuatro hojas de papel bond con el
membrete de la Facultad, Escuela de o Centro Universitario__________________________ de la
Universidad de San Carlos de Guatemala.
F) ________________________________ F) _____________________________________
Decano o Director Profesional
AUTÉNTICA:
En la ciudad de--------------------el---------------------------de dos mil ocho, como Notario (a) DOY FE que las firmas que anteceden son Auténticas, por haber sido puestas hoy en mi presencia por ______________________________________en su calidad de Decano de__________________________ (Director de la Escuela ________________________.o del Centro __________________________ lo que acredita con la certificación de lo conducente de las actas de elección y de toma de posesión del cargo de fechas________________________y_____________________respectivamente , y por ______________________________________________el primero es persona de mi anterior conocimiento y el segundo se identifica con la cédula de vecindad número de orden____________________ y de registro ______________________________extendida por el alcalde municipal de __________________________ departamento de ______________________las firmas que se legalizan están puestas en el contrato administrativo de Servicios Profesionales No.__________ de esta misma fecha, contenido en _______________( ) páginas , impresas en igual número de hojas de papel membretado de la Facultad de _____________________________(Escuela o Centro de_____________________________________________ ) , las cuales enumero, sello y firmo. F)____________________________ F) _______________________________________ Decano o Director Profesional
Ante Mí:
ANEXO 4
APROBACIÓN DEL CONTRATO
APROBACIÓN No. _______2008
APROBACIÓN DE CONTRATO
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que literalmente prescribe “El contrato deberá ser aprobado en todos los casos, dentro de los diez (10) días calendario contados a partir de la presentación por parte del contratista de la garantía de cumplimiento a que se refiere el artículo 65 de la Ley”, hace constar que ha tenido a la vista el CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES NÚMERO___________de fecha____________de_______________de 2008,
suscrito entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y _________________y la póliza de cumplimiento CLASE:_______________No. de fecha__________de____________-de 2008, en tal virtud APRUEBA el contrato antes indicado. En la ciudad de Guatemala, el día___________de____________de 2008.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Lic. Carlos Estuardo Gálvez Barrios Rector