Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

download Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

of 17

Transcript of Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    1/17

    Carrera: Profesorado en Economa

    Asignatura: Legislacin y Tcnica

    Impositiva

    Profesora: Campuzano Roxana

    Traa!o Pr"ctico #$%

    SISTEMA DE TASAS TRIBUTARIAS EN FRIAS

    Integrante: Perez &ara 'eln

    Pedraza Rocio

    Curso: ($ )*o Profesorado en Economa

    Ao: (+,%

    Feca !e entrega: - de .cture

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    2/17

    TASAS MUNICIPALES

    Las tasas municipales se rigen por la ordenanza fiscal y por las ordenanzasimpositivas, tarifarias y fiscales especiales.Se utilizan denominaciones genricas: gravmenes, tributos o impuestos

    que abarcan las tasas, derecos, patentes y dems contribuciones que seestablezcan.!l monto de las tasas se establece sobre la base de las prescripciones que rigencada gravamen y de acuerdo a las al"cuotas que establece la ordenanza impositivaen cada per"odo fiscal. #rdenanza $iscal: !stablece las prescripciones que rigen cada gravamen. #rdenanza %mpositiva: !stablece las al"cuotas anuales que corresponden a

    cada gravamen.

    &rocedimientos $iscales

    !l 'rgano fiscal de la municipalidad es el 'rgano e(ecutivo que determina,fiscaliza, recauda, ace devoluciones de los gravmenes que establece laordenanza fiscal) y aplica las penalidades correspondientes.

    *eco %mponibleSe considera a la e+teriorizaci'n de actos, actividades, operaciones, servicios,que agan nacer una obligaci'n tributaria de acuerdo a las disposiciones de laordenanza.

    &ara reconocer el eco imponible se tendrn en cuenta: Los actos que realicen los contribuyentes o los responsables.

    Las situaciones que persigan los contribuyentes o los responsables. Las relaciones econ'micas que establezcan los contribuyentes o los

    responsables.

    ontribuyentes: Son aquellas personas sobre las cuales se verifica el ecoimponible.

    &ersona de e+istencia visible. &ersonas (ur"dicas, sociedades, asociaciones y entidades a las cuales el

    -ereco ivil y omercial reconoce la calidad de su(etos de derecos. Sociedades, asociaciones, entidades y empresas, que e+isten de eco con

    finalidad propia y patrimonio diferenciado del de las personas que lasconstituyen.

    eparticiones p/blicas, nacionales, provinciales o municipales,centralizas, descentralizadas o autrquicas) empresas estatales o mi+tas0salvo que e+ista una e+enci'n e+presa al respecto1.

    Sucesiones indivisas, asta la declaratoria de erederos o asta que eltestamento sea declarado vlido.

    Los usufructuarios.

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    3/17

    esponsables

    !SS34L!S !2 $#53 S#L%-3%3 -!L&36# -! L#S 7%487#S:

    98! #!S-!2 3 L#S#27%48!27!S:

    &adres, tutores y curadores de incapaces. 'nyugeque administra los bienes del otro.

    Los titulares de los bienesadministrados.

    3gentes de retenci'n o percepci'n designados porla ordenanza.

    on los que realizan operaciones.

    S"ndicos de concursos civiles y comerciales iliquidadores de quiebras, los representantes desociedades en liquidaci'n, los administradores desucesiones.

    Los titulares de los bienesadministrados.

    -irectores, gerentes y representantes de personas

    (ur"dicas.

    Sus representados.

    &rofesionales que participen en la formalizaci'n deoperaciones que constituyen ecos imponibles.

    Sus mandantes.

    Sucesores del patrimonio de una empresa o debienes que constituyan ecos y;o actos imponiblessalvo que la municipalidad ubiese e+pedido unacertificaci'n de libre deuda.

    Sus antecesores.

    &lazos y 7rminos: Son trminos establecidos en la ordenanza, se computan pord"as biles administrativos. Si alg/n vencimiento cae en d"a parcial o totalmente

    no laborable para los organismos administrativos, se traslada al primer d"a bilsiguiente a los efectos del pago.!l a

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    4/17

    orresponde a la prestaci'n de servicios municipales de: 3lumbrado: iluminaci'n de la v"a p/blica. Limpieza: recolecci'n de residuos, barrido de calles pavimentadas,

    igiene de las calles no pavimentadas y recolecci'n de restos de la poda

    de rboles. onservaci'n de la v"a p/blica: conservaci'n de calles y plazas, paseos,parques infantiles y forestaci'n. 3barca tambin la limpieza yconservaci'n de la red de desag=es, alcantarillas y zan(as.

    ontribuyentes y;o esponsables: Son los titulares de dominio de los inmuebles)los usufructuarios y los poseedores a t"tulo de due

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    5/17

    Si el contribuyente ane+a nuevos rubros, afines a los que ya tiene y norealiza modificaciones en su local, no necesita nueva abilitaci'n niampliaci'n de la ya e+istente.

    Si los rubros ane+ados son a(enos a la actividad ya desarrollada y adems

    se producen cambios en el local, corresponde solicitar una ampliaci'n dela abilitaci'n ya acordada.7raslado y ampliaci'n:

    uando se realizan cambios o ampliaciones en un establecimiento, debesolicitarse una nueva abilitaci'n.

    7ransferencia: La cesi'n de un negocio, actividad o local, que implique cambios en la

    titularidad de la abilitaci'n, debe ser comunicada a la municipalidaddentro de los >@ d"as de producida.

    ese de actividad:

    7odo cese de actividades debe ser comunicado a la municipalidad dentrode los >@ d"as de producido el eco.

    Tasas de Sald! Se"ridad e Hi"iene

    *eco %mponibleorresponde a la prestaci'n de servicios municipales de inspecci'n para

    preservar las condiciones ambientales, de salud, seguridad e igiene laborales,productivas y sociales que desarrollen actividades comerciales, industriales,financieras, de servicios p/blicos o privados y similares, en locales,establecimientos, dep'sitos, unidades abitacionales total o parcialmente

    afectadas a una actividad, unidades f"sicamente desmontables, oficinas odependencias administrativas.

    ontribuyentes: &ersonas f"sicas y (ur"dicas que desarrollen actividadesecon'micas dentro del partido, con carcter abitual.

    esponsables: &ersonas f"sicas y (ur"dicas que intervienen en operaciones de lasque derivan ingresos alcanzados por esta tasa, actuarn como agentes deretenci'n, percepci'n e informaci'n 0si as" lo establece el -epartamento!(ecutivo1.

    !+enciones!stn e+entos del pago de esta tasa: !stado 2acional, provincial y municipal, sus dependencias y reparticiones

    autrquicas o descentralizadas, salvo que las operaciones que realicen seana t"tulo oneroso.

    eparticiones diplomticas y consulares de los pa"ses e+tran(eros. 3sociaciones civiles o religiosas, siempre que las actividades realizadas

    no persigan fines de lucro y los ingresos sean destinados en formae+clusiva al cumplimiento de sus fines.

    ooperativas de traba(o.

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    6/17

    !stablecimientos educacionales privados vinculados a instituciones civileso religiosas de bien p/blico.

    3ctividades de servicios estrictamente personales, desarrolladas sinpersonal en relaci'n de dependencia.

    4ase %mponible: Se grava los ingresos brutos, netos de deducciones, e+encionesy conceptos e+cluidos, que se devenguen en los meses inmediatos anteriores a lafeca en que se operan los vencimientos y en forma proporcional a la duraci'n decada uno de los per"odos en que se fracciona el a

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    7/17

    La que se ace en el interior de locales, pasa(es o calles interioresdestinados al p/blico 0cine, teatros, campos de deporte, galer"ascomerciales, etc.1.

    2o se incluye: &ublicidad de los productos que se comercializan, eca dentro del local. !+ibici'n de capas en las que conste el nombre y la especialidad de un

    profesional. Los letreros en las obras en construcci'n que contengan e+clusivamente

    los datos e+igidos por el 'digo de !dificaciones. Los que e+igen los organismos oficiales.

    ontribuyentes: !s el promociona su actividad mediante la realizaci'n de losanuncios publicitarios. Las agencias de publicidad, medios publicitarios, etcAson solidariamente responsables, (unto con el contribuyente, del pago de los

    derecos. 3nunciante: !s la persona f"sica o (ur"dica que, con ayuda o no de alg/n

    especialista en publicidad, realiza la promoci'n de su industria, comercio,profesi'n o actividad.

    3gencia de publicidad: !s la persona f"sica o (ur"dica que toma a su cargo,por cuenta y orden de terceros, la creaci'n, planificaci'n tcnica,administraci'n o cualquier actividad relacionada con la publicidad.

    4ase %mponible: La base imponible y la determinaci'n de los derecoscorrespondientes a los ecos gravados, sern establecidas por la #rdenanza

    %mpositiva teniendo en cuenta la naturaleza, forma de la publicidad y;opropaganda, la superficie del ob(eto contenedor, la ubicaci'n del anuncio y laactividad desarrollada por los su(etos alcanzados.

    -eclaraci'n Burada: Los contribuyentes deben presentar una declaraci'n (urada,dentro del plazo que establezca el departamento e(ecutivo, que debe contenertodos los datos necesarios a fin de determinar la base imponible y el importe dela obligaci'n fiscal.

    #portunidad del &ago: Las cuotas por derecos de publicidad se abonan deacuerdo al calendario impositivo anual. uando se paga por primera vez, el

    importe es el que establece la ordenanza impositiva al momento de la solicituddel permiso.

    #erec$os de %cpacin o Uso de Espacios P&blicos

    *eco %mponible&or la ocupaci'n y;o uso de la v"a p/blica por particulares 0subsuelos, superficiey espacio areo1, se abona la tasa que fi(a la ordenanza impositiva.

    #cupaci'n del espacio areo y;o balcones cerrados. #cupaci'n del espacio areo, subsuelo o superficie, por particulares,

    compa

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    8/17

    ontribuyente: es el que utiliza el espacio p/blico para desarrollar su actividad.

    4ase %mponible: La base imponible para liquidar ste gravamen se fi(a por metrocuadrado, por volumen, por metro lineal, por monto de facturaci'n, etcA, seg/nel caso, de acuerdo a las especificaciones de la ordenanza impositiva.

    #portunidad del &ago: Los derecos se pagan en el momento de solicitar el permiso

    correspondiente, antes de acer la ocupaci'n de la v"a p/blica. Los contribuyentes que ya estn empadronados acen el pago en las

    fecas que establece el calendario impositivo anual.

    CA'TA %'GANICA #E LA MUNICIPAL #E LA CIU#A# #E ('IAS

    3rt. >: La 5unicipalidad de $r"as, es una entidad (ur"dica, una comunidad naturalcon vida propia e intereses espec"ficos. !s independiente de todo otro poder en ele(ercicio de sus atribuciones y funciones.-icta su arta #rgnica, conforme a los preceptos de la onstituci'n 2acional3rgentina y de la &rovincia, aciendo propios los derecos, declaraciones ygarant"as en ellas contenidos.

    3rt. C: La 5unicipalidad es competente para:D. #rganizar y reglamentar el catastro de inmuebles de su (urisdicci'n ya sea

    pertenecientes al dominio p/blico o privado del estado municipal, controlando laedificaci'n, remodelaci'n edilicia, estableciendo una planificaci'n regulada delmunicipio.E. !stablecimiento, recaudaci'n e inversi'n de impuestos, tasas y contribuciones,sobre las cosas y las personas que caigan en su (urisdicci'n.F. #rganizar y reglamentar los servicios p/blicos de inters comunal.>?. eglamentar las normas de igiene y salubridad, en los establecimientos

    privados y comerciales o industriales, instalados en su (urisdicci'n.>G. eglamentar la abilitaci'n comercial y regular el funcionamiento de los

    (uegos permitidos.>H. &romover la provisi'n de gas, agua potable, electricidad, alumbrado p/blico,telfono y la construcci'n de cloacas y desag=es en el (ido municipal.>E. 3utorizar o disponer la creaci'n de mataderos, frigor"ficos, mercados, feriasfrancas y puestos de venta, en materia de su competencia.

    3rt. C>: Son atribuciones y deberes del once(o -eliberante:. #43S S!I%%#S &J4L%#S:>. Sancionar la ordenanza del &lan egulador de la ciudad de conformidad conesta arta, seg/n el cap"tulo pertinente.D. Sancionar los 'digos del &laneamiento, !dificaci'n y 5edio 3mbiente.C. eglamentar la abilitaci'n y funcionamiento de los locales comerciales,

    industriales y de servicio.

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    9/17

    K. &roveer todo lo concerniente al alumbrado p/blico del municipio y e(ercer elpoder de polic"a sobre la planificaci'n de las obras elctricas y sobre los trazadosde las l"neas de distribuci'n.&roveer al establecimiento de usinas de electricidad, mediante acuerdos con la

    provincia o por cuenta del municipio o por cooperativas de electricidad en el casode que aqullas no pudieran realizarlo.@. #torgar concesiones de servicios p/blicos, previa licitaci'n p/blicaobligatoria, salvo las e+cepciones previstas en esta arta.G. &roveer al establecimiento de aguas corrientes, gas, cloacas, 'mnibus y demsservicios anlogos, por cuenta de la 5unicipalidad o mediante convenio con la

    provincia o cooperativas.H. -ictar ordenanza sobre planes edilicios y estticos) formular el reglamentogeneral de edificaci'n) ordenar la apertura, construcci'n, conservaci'n,ensances y me(oras de calles, caminos, plazas, parques, puentes, desag=es,mercados, ospitales, edificios, monumentos y dems obras p/blicas municipalesque estime conveniente.E. -isponer la construcci'n y conservaci'n con cargo de reembolso, de las cercasy veredas de los predios e+istentes en la ciudad, sin due

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    10/17

    G. &atentes de ve"culos de tracci'n mecnica o a sangre para transporte depasa(eros o carga.

    H. &atentes de motos ciclomotores y;o de caracter"sticas similares.E. !l -ereco de registro de conductor.F. -e mercados y puestos de abasto.>?. &atentes de sisa de vendedores ambulantes en general.>>. -ereco de piso en mercados de frutos del pa"s y ganado.>D.-ereco de toda funci'n p/blica y espectculos en general que persigan

    fines de lucro.>C.Las contribuciones de empresas que gocen concesiones municipales de

    acuerdo a las ordenanzas respectivas.>K.&atentes adicionales sobre espectculos p/blicos en general, deportivos,

    "picos, y bailes que persigan fines de lucro.>@. omercializaci'n de productos de caza y pesca.>G. $raccionamiento de tierras, catastro y subdivisi'n de lotes.>H.olocaci'n e instalaci'n de cables, l"neas telegrficas, telef'nicas, de

    energ"a elctrica, televisivas y otras, aguas corrientes, obras sanitarias yferrocarriles, estacionamiento de ve"culo y toda ocupaci'n de la v"a

    p/blica, su subsuelo y espacio areo en general.>E.-erecos de oficina y sellado a las actuaciones municipales, copia y

    asignaturas de protestos.>F. -erecos de cementerios y servicios p/blicos.D?.%nspecci'n y contraste de medidores, motores y generadores de vapor o

    energ"a elctrica, caldera y dems instalaciones que por razones deseguridad p/blica se declaren su(etas al contralor municipal.

    D>.-erecos y multas que por disposici'n de las ordenanzas y esta artacorrespondan a la 5unicipalidad.

    DD.7asas de sanidad e igiene, servicios sanitarios y salud de las industrias ycomercios.

    DC.-e todo otro gravamen, patentes, contribuciones, derecos y tasas que elmunicipio imponga en forma equitativa inspirada en razones de (usticia ynecesidad social, para cumplimentar las finalidades que acen a sucompetencia y a la instituci'n municipal.

    !8S#S 582%%&3L!S 2# 7%4873%#S>. Ienta y arrendamiento de los bienes en (urisdicci'n municipal, producida

    de los ospitales y otras instituciones y servicios municipales queproduzcan ingresos.

    D. !+tracci'n de arena, casca(os, pedregullos y dems minerales en(urisdicci'n municipal.

    C. etribuci'n de servicios especiales o e+traordinarios prestados aparticulares.

    K. Los beneficios de la venta y los derecos al aprovecamiento de losresiduos de la basura.

    @. Las donaciones, legados o subvenciones que acepten las autoridades

    municipales.

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    11/17

    G. !l producto de los emprstitos p/blicos y de las operaciones de crditoque concerte la 5unicipalidad.

    H. !l producto de la venta o privatizaci'n de las empresas p/blicasmunicipales y dems entes descentralizados, los ingresos operativos deestos entes sern asignados e+clusivamente a la reinversi'n en la empresaque los gener', as" como tambin a la cancelaci'n de sus deudas o gastos.

    E. La venta de participaciones sociales que tuviere el municipio en entidades(ur"dicamente constituidas, con su(eci'n a las limitaciones y demscondiciones dispuestas por esta arta.

    3rt. G?: La 5unicipalidad no podr establecer impuestos de ninguna naturaleza:a1 3 la introducci'n y venta de alimentos y medicamentos.

    b1 3 la construcci'n, ampliaci'n y reparaci'n de casas, calificadas por lasnormas vigentes como viviendas econ'micas.c1 3 la asistencia p/blica, privada o estatal.

    d1 3 la difusi'n y publicaci'n de ideas pol"ticas en v"a p/blica.SISTEMA #E TASAS T'I)UTA'IAS EN LA CIU#A# #E

    ('IAS! SANTIAG% #EL ESTE'%

    Iisita al PalacioMnicipal #e (r*as

    ivadavia >KD$r"as Sgo del !stero

    Las Tasas +e se cobran por servicios p&blicos son,

    Limpieza y alumbrado p/blico. 3dicional mercurio 0luz1. 3gua domiciliaria y cloacas. %mpuestos a los comercios. 3lquileres de locales de la terminal de 'mnibus. 3lquileres de locales en espacios p/blicos.

    -icos impuestos var"an seg/n la categor"a y radios 0mayor detalle en!7# -! #-!232M31

    $orma de pagos de dicos se realizan mensualmente. !n caso de incumplimientoo mora se cobra intereses.Si el deudor desea regularizar su deuda se le establecer planes de pagos seg/nlo acordado entre el contribuyente y Befe de enta 5unicipal 0Iilma 6'mez1.

    Los contribuyentes que se encuentran al d"a con sus impuestos son: !mpleados municipales 0se les descuenta del sueldo1 Bubilados y pensionados.

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    12/17

    !stos /ltimos tienen un beneficio en el cobro de los impuestos ya que cuentancon un descuento del @?N al D@N de acuerdo al monto de sus ingresos.

    P'%-ECT% #E %'#ENAN.A /01234556

    !L -!&3735!27# !B!87%I# 582%%&3L !2 8S# -! S8S$38L73-!S, ! #5# !7# -! #-!232M3 3L*#2#34L! #2!B# -!L%4!327!

    A'T7 0, 5#-%$O98!2S! L#S 37O8L#S >E, D>, DD, K>, KK, EH, >?>, >?D,>?C, >>K, >CF, >@>, >E? >E> -! L3 #-!232M3 6!2!3L %5S%7%I3582%%&3L 2P>?GE;FF, S32%#23-3 !L *#2#34L! #2!B#-!L%4!327! -! L3 %8-3- -! $O3S.

    A'T7 8,-QB!S! !S734L!%-# 98! L#S 5!2%#23-#S 37O8L#S98!-3R2 !-373-#S #2 !L S%68%!27! 7!7#:

    3rt.>E: Las cuotas de retribuci'n de servicios en general, se abonarnmensualmente por metro lineal de frente y de esquina a la calle que tenga cadainmueble, realizndose las cobranzas en la -irecci'n de entas de esta5unicipalidad, variando la retribuci'n, seg/n las circunstancias que se detallanms adelante.Los ontribuyentes de las 7asas de etribuci'n de Servicios que no poseandeuda al C> de diciembre de cada a?N.

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    13/17

    3rt. D>: Los &ropietarios de %nmuebles situados en (urisdicci'n de ste 5unicipiopagarn por Limpieza una tasa por metro lineal de frente y esquina de acuerdo ala siguiente escale:

    %nmuebles edificados en el &rimer adio por mes: T?,G? %nmuebles edificados en el Segundo adio por mes: T?,@? %nmuebles edificados en el 7ercer adio por mes: T?,K?

    3rt. DD: Los &ropietarios de %nmuebles 4ald"os con cerca y;o vereda y sinmedidores pagarn por 3lumbrado &/blico y Limpieza por mes y por metrolineal en el:

    Limpieza 3lumbrado &/blico &rimer adio TK,@? T>,D@U Segundo adio TD,@? T>,D@U 7ercer adio TD,?? T>,D@U

    uarto adio T>,?? T>,D@U sin cerca ni vereda, ni medidor: &rimer adio T@,?? T>,D@U Segundo adio TC,?? T>,D@U 7ercer adio TD,@? T>,D@U uarto adio T>,D@ T>,D@U

    uando el %nmueble 4ald"o incorpore alguna de las me(oras 0cerca o vereda1 yuna e+tensi'n no mayor de >D metros con @? cent"metros de frente el propietario

    pagar el H@N de lo establecido anteriormente.

    U$i(ase la 7asa de T>,D@ por metro lineal, de aplicaci'n espec"fica a losinmuebles: bald"os o edificios desabitados 0en concepto de pago de la tasa dealumbrado p/blico1. 9ueda establecido que la obligaci'n de pago de la tasa ocontribuci'n determinada con anterioridad, caducar automticamente en suimposici'n y obligaci'n de pago, cuando los bald"os o edificios referidos seincorporen como consumidores formales de los citados servicios.

    Las &ropiedades que se encuentren dentro del Q(ido 5unicipal, pagarn la tasa7!5 07ributo !con'mico 5unicipal1 que fi(a el porcenta(e y es cobrado por la!mpresa !-!S!.

    3rt. K>: las propiedades situadas dentro del radio >,D y C, pagarn una tasaadicional por barrido de la calle a raz'n de:

    adio >: T?,G? por metro lineal de frente) adio D: T?,@? por metro lineal de frente) adio C: T?,K? por metro lineal de frente.

    Las propiedades que se encuentren dentro del Q(ido 5unicipal, pagarn la tasa7!5 07ributo !con'mico 5unicipal1 que fi(a el porcenta(e y es cobrado por la!mpresa !-!S!.

    3rt. KK: &or goce diferencial de los servicios y obras y dems prestaciones deinters social que agan al progreso regular y;o continuo de la ciudad y sus

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    14/17

    correlativos aprovecamientos lucrativos de los administrativos, los su(etos a lasobligaciones, pagarn por arreglo a la importancia del comercio, industrias oactividades que e(erzan los siguientes derecos, retribuciones de servicios

    particulares de me(oras, de beneficio, en general, pagaderos por mes, previainspecci'n tcnica por la oficina correspondiente o inspecci'n del personal5unicipal los siguientes derecos, el;los ramos principal;es abonarn el >??N yramo accesorio el @?N.

    'AM%S C%ME'CIALES0Ier 3ne+o1

    3rt. EH: &or las construcciones y aprobaciones de los planos sin per(uicio de loestablecido en el 3rt. >?C de la #rdenanza 5unicipal 2P>?GE se abonarn lassiguientes tasas:

    a1 La obra en construcci'n de asta C@ mts.D cubiertos queda e+imida delpago.

    b1 La obra en construcci'n de asta E? mts.D cubiertos, pagar la tasa fi(a deTK@?,??.

    c1 La obra en construcci'n desde E? mts.D, pagar el ?,@N del valorestablecido para la obra, considerando como base lo estipulado por la-irecci'n de #bras &/blicas de la 5unicipalidad de la iudad de $r"as,

    para la construcci'n de viviendas tipo econ'micas.d1 &ara el caso de tratarse de viviendas colectivas, considerando como base

    la sumatoria de la superficie cubierta de cada una de ellas y se pagar loestipulado en el inciso c1 de este art"culo.

    e1 La obra en construcci'n que no se adec/e a lo establecido en los incisosa1, b1, c1 y d1 de este art"culo pagar @N del valor total de la misma.

    3rt. >?>: &ara los de construcci'n que se efect/en en el cementerio se pagar deacuerdo a la siguiente escala:

    onstrucci'n monumentos TD??,?? onstrucci'n b'veda T>@?,??

    3rt. >?D: Las refacciones que se realicen en el cementerio abonar de T>??,??, enconcepto de inspecci'n de obra.

    3rt. >?C: Las oncesiones de 7errenos en el ementerio se arn con su(eci'n ala siguiente escala:

    Lotes de Cmts por Cmts para monumentos T>@??,?? Lotes de >,C?mts por D,D?mts para b'veda a perpetuidad T>D??,?? oncesiones de nico a @ a? a

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    15/17

    oncesiones de nico a C? a T@?,?? TK?,??

    %ncluye a las siguientes actividades: fbrica de soda y bebidas gaseosas, barracas,pensiones, confiter"as, restaurantes, panader"as, tintorer"as y clubes.

    omercial D TF?,?? TH?,??%ncluye a las siguientes actividades: oteles, residenciales y afines, lavaderos deve"culos, tabiques, regad"os y fincas, curtiembres, cl"nicas, centros asistenciales,fbricas de mosaicos, comple(os con piletas.

    3rt. >@>: &ara la e(ecuci'n de las obras de 3perturas y de eparaci'n de alles yIeredas, para el tendido de edes de infraestructuras, de 3gua &otable, loacas,!nerg"a !lctrica, 6as, 7elfonos, etcA y en general cualquier traba(o que se

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    16/17

    realice en suelo de uso p/blico municipal, se establece que se deber pagar lossiguientes conceptos y determinados monto:

    otura de vereda TD?,?? por mD. otura de pavimento TK?,?? por mD.

    Man(eo y relleno TG?,?? por mD

    . eparaci'n de vereda TH?,?? por mD. eparaci'n de pavimento 0ormig'n simple1 TD??,?? por mD. eparaci'n de pavimento 0asfalto1 TD??,?? por mD. olocaci'n de postes T@?,?? por mD.

    3rt. >E?: La colocaci'n de mesas y sillas deber acerse solo frente de losrespectivos negocios y;o en las veredas de los mismos y en veredas de losdomicilios adyacentes, cuyos propietarios manifiesten ante la 5unicipalidad elrespectivo consentimiento. 3bonndose en forma anual, por temporada y por

    adelantado: *asta >? mesas TD??,?? 5s de >? mesas TK??,??

    3rt. >E>: $i(ase como dereco para estacionamiento reservado la suma deT>@??,?? anualmente.

    3rt. DDD: $i(ase los siguientes importes para los impuestos que inciden sobre losve"culos en general.

    387#5#7#!S 53#!S:

    >P ategor"a: 3utom'viles y amionetas 0G? al GF1 T>@?,?? DP ategor"a: 3utom'viles y amionetas 0@? al @F1 T>D?,?? CP ategor"a: 3utom'viles y amionetas 0>FKF y anteriores1 TF?,?? KP ategor"a: amiones livianos y pesados0>F@? en adelante1 TD@?,?? @P ategor"a: amiones livianos y pesados0>FCF y anteriores1 T>??,?? GP ategor"a: Vmnibus, colectivos y micros TD@?,?? HP ategor"a: Vmnibus, colectivos y micros0>FK? a >FKF1 TD??,?? EP ategor"a: Vmnibus, colectivos y micros0>FCF y anteriores1T>@?,?? FP ategor"a: 7ractores 3gr"cola0>F@? en adelante1 T>@?,?? >?P ategor"a: 7ractores 3gr"colas0>FK? a >FKF1 T>D?,?? >>P ategor"a: 7ractores 3gr"colas0>FCF y anteriores1 T>??,??

    387#5#7#!S 5!2#!S: >P ategor"a: asta >D@ c.c. TE?,?? DP ategor"a: >DG c.c. asta C?? c.c. T>G?,?? CP ategor"a: C?> c.c. asta @?? c.c. TDK?,?? KP ategor"a: @?> c.c. en adelante TCD?,??

    !5#L3-#S: >P ategor"as: > e(e T>??,?? DP ategor"as: D e(es o ms T>@?,??

  • 7/26/2019 Sistema de Tasas Tribitarios en Frias

    17/17

    CP ategor"as: asillas rodantes > e(e T>E?,?? KP ategor"as: asillas rodantes D e(es o ms TD@?,?? @P ategor"as: 7railes T>@?,?? -eberes formales 0multas1 T>@?,??

    (UENTE,

    Legislaci'n y &rctica %mpositiva, 398!L

    #S!24!6. 373 #6R2%3 -! L3 %8-3- -! $O3S. Iisita &3L3%# 582%%&3L -! L3 %8-3- -!

    $O3S, consulta Befe de entas 5unicipal 6#5!M

    I%L53. &royecto de #rdenanza 5unicipalidad de la iudad de

    $r"as, D?>>