SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES · 2020. 8. 21. · Decreto 1443 de 2014 Decreto 1072 de 2015...
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SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Bajo la ley 1552 de 2012
ANTES DE LEY 100
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
S.G.R.L. (Dec. 1295/94 Y Ley 1562/12)
LEY 100 SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
A.F.P. ADMINSITRADORAS DE
FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS
12.5 % DEL EMPLEADOR 4 % DEL TRABAJADOR
VARIAS AFP EN LA EMPRESA
E.P.S. ENTIDADES PROMOTORAS
DE SALUD
8.5 % DEL EMPLEADOR 4 % DEL TRABAJADOR
VARIAS EPS EN UNA EMPRESA
A.R.L. ADMINISTRADORA DE RIESGOS
LABORALES
100% A CARGO DEL EMPLEADOR
UNA SOLA ARL POR EMPRESA
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
S.G.R.L.
ACCIDENTE DE TRABAJO – LEY 1562 DE 2012
“Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que Produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte”
También es el que se produce durante:
La ejecución de órdenes del empleador, o contratante. El traslado de los trabajadores o contratistas El ocurrido durante el ejercicio de la función sindical. La ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria.
ENFERMEDAD LABORAL - Ley 1562 de 2012
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.
Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora. Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad.
Objetivos del Sistema General de Riesgos Laborales
Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de accidente de trabajo o enfermedad laboral. Fortalecer las actividades que eviten los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y el control de los agentes de riesgos laborales.
RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADORES
Pago y Traslado de cotización a la ARL en el plazo establecido
Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo
Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del sistema de gestión de SST y financiarlo
Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales.
Facilitar los espacios y tiempos para la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de SST y para adelantar los programas de promoción y prevención
Responder por perjuicios por la negligencia en la información laboral
Informar a la entidad Administradora de Riesgos Laborales a la que está afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores (retiros y afiliación)
Los riesgos serán cubiertos en su totalidad por el patrono en caso de no haberse efectuado la inscripción del trabajador o no pagar oportunamente las cotizaciones
ARTICULACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DEL RIESGO
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Res 1565/2014
Decreto 1443
de 2014
Decreto 1072
de 2015
TAREAS DE ALTO RIESGO
Trabajo en alturas Excavaciones Trabajo en caliente Espacios confinados Energias peligrosas Izaje de cargas Manipulacion de sustancas quimicas
Control: Ingeniería Documental
Humano
Tareas rutinarias
Tareas No rutinarias
AGENTES GENERADORES DE CULPA
FORMAS DE CULPABILIDAD
EN COLOMBIA
NEGLIGENCIA IMPRUDENCIA IMPERECIA
Sanciones Incumplimiento SG-SST LEY 1562/2012 del Empleador
500 salarios Entre 20 y 1000 salarios – ATM Cierre 120 días – definitivo 7. SANCIONES EN EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
El cumplimiento por parte del empleador del artículo 14
del decreto 472 de 2015, "Por el cual se reglamentan los
criterios de graduación de las multas por infracción a las
normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos
Laborales, donde se señalan normas para la aplicación
de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre
definitivo de la empresa y paralización o prohibición
inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras
disposiciones", y lo relacionado en el cumplimiento
dentro de términos del CAPITULO IV Otras
Disposiciones,
7. SANCIONES EN EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Artículo 14. "Reporte de accidentes y enfermedades a la Direcciones
Territoriales y Oficinas Especiales. Los empleadores reportarán los
accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas
como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas
Territoriales correspondientes, dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la enfermedad,
independientemente del reporte que deben realizar a las Administradoras
de Riesgos Laborales y Empresas Promotoras de Salud y lo establecido en
el artículo 4 del Decreto 1530 de 1996.", aclarando que los accidentes
GRAVES corresponden a la definición establecida en la Resolución 1401
de 2007 Artículo 3º.
DEBERES TRABAJADORES
Procurar el cuidado integral de su salud
Participar en la prevención de riesgos profesionales
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Responsabilidad administrativa
La vigilancia y control en SST y el Sistema General de Riesgos Laborales es ejercida por entidades como el Ministerio del Trabajo y la Superintendencia Nacional de Salud.
El Empleador responde con multas o cierre de la empresa por el incumplimiento de las normas ante las autoridades administrativas. Sanción (monto) Por el incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se impondrán multas entre veinte (20) SMLV Y mil (1.000) SMLV destinados al Fondo de Riesgos Laborales.
Es el pago de una indemnización por los daños o perjuicios causados al trabajador y/o familiares, a causa de un accidente de trabajo o enfermedad Laboral, que se presenta por culpa del empleador.
Monto
Con el pago en dinero se pretende remediar el daño o perjuicio moral causado y esta determinado por la valoración de los daños, que haga el juez dentro del proceso judicial. El empleador es responsable con su patrimonio.
Responsabilidad civil…
Al presentarse un accidente de trabajo por culpa o dolo del empleador, surge de parte del causante del delito, una responsabilidad penal por las lesiones o el homicidio del trabajador.
La responsabilidad penal, es asumida directamente por el causante del accidente mortal, llámese gerente, jefe inmediato, compañero de trabajo o supervisor, quienes pueden ser privados de su libertad como consecuencia de un proceso penal por homicidio.
Responsabilidad penal…
Monto Puede estar entre (6) años de prisión y multa de veinte (20) a cien (100) SMLMV” y hasta 10 años de prisión y hasta 100 SMLMV
Asesoría Prevención de R.L.
AT - A.T.E.L.
Ejecución Asesoría AR.P. y demás normas S.O.
EMPRESA
Cumplir normas S.O.
TRABAJADOR