SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA DE REPÚBLICA DOMINICANA DEL AUTOR: LICDO. HENRY G. HOLGUÍN...

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FUNDACIÓN DE DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS ESTRATEGICOS (FUNDEIMES) TRABAJO DE INVESTIGACIÓN TÍTULADO: PROPUESTA DE UN SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA QUE INCIDA EN LA SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL DE REPÚBLICA DOMINICANA (TERCERA ENTREGA) CAPITULO III. SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA DE REPÚBLICA DOMINICANA AUTOR: LICDO. HENRY G. HOLGUÍN TERRERO, M.A. SANTO DOMINGO, D. N. AÑO 2015

Transcript of SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA DE REPÚBLICA DOMINICANA DEL AUTOR: LICDO. HENRY G. HOLGUÍN...

FUNDACIÓN DE DESARROLLO E

IMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS

ESTRATEGICOS

(FUNDEIMES)

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN TÍTULADO:

PROPUESTA DE UN SISTEMA NACIONAL DE

INTELIGENCIA QUE INCIDA EN LA SEGURIDAD Y

DEFENSA NACIONAL DE REPÚBLICA DOMINICANA

(TERCERA ENTREGA)

CAPITULO III. SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA DE

REPÚBLICA DOMINICANA

AUTOR:

LICDO. HENRY G. HOLGUÍN TERRERO, M.A.

SANTO DOMINGO, D. N.

AÑO 2015

TÍTULO

Propuesta de un Sistema Nacional de Inteligencia que

incida en la Seguridad y Defensa Nacional de República

Dominicana

NOTA ACLARATORIA

“Las opiniones contenidas en el presente informe de investigación, son de la exclusiva responsabilidad de su autor y la Institución no se solidariza necesariamente con los conceptos emitidos”.

CAPÍTULO III. SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA EN

REPÚBLICA DOMINICANA

Luego de haber abordado los fundamentos básicos de inteligencia y que

es un sistema nacional del mismo, así como su marco jurídico en el que se

sustenta en República Dominicana, se procede en este capítulo a exponer un

breve recuento histórico y cuáles son las actividades que realizan sus

componentes principales que lo integran en el ámbito de la inteligencia, los cuales

fueron previamente divididos en sub-sistema estratégico, militar y criminal, dado

que a través de los estudios realizados, por quien formula este trabajo, se ha

determinado que cada Estado divide, nombra y establece todo lo relativo a su

sistemas de inteligencia, según su realidad y requerimientos en este tenor,

también se aborda su vinculación y funcionamiento, para una comprensión

adecuada del mismo.

1.1 Surgimiento del Sistema Nacional de Inteligencia en República Dominicana.

A razón que ya se estableció en el Capítulo I, qué es un sistema nacional de

inteligencia, en este, se abarcara un poco de historia, para saber cómo surge el

mismo en el Estado dominicano en ese sentido se puede presentar el hecho, que

para la realización de esa gesta histórica de independencia nacional, en donde

participó el pueblo dominicano, conformando un ejército, fue necesario del uso de

esta actividad de inteligencia (aunque de forma rudimentaria), para mantenerse

informados, prever posibles cursos de acción y tomar decisiones para el logro de

su objetivo independista, de liberarse del dominio de 22 años de la República de

Haití.

Se observa cómo surge el estamento militar con el nacimiento mismo de la

república, cuando en el artículo 185 y el 188 en el caso de cuerpos de policía

urbana y rural de la Constitución de San Cristóbal del 6 de noviembre de 1844 y

como también, se cita en el Manual de Doctrina Conjunta de las Fuerzas Armadas

que las mismas fueron creadas con:

La primera Constitución dominicana, promulgada el 6 de noviembre de 1844, a unos meses del nacimiento de la República, establecía en su Título VIII, que “la fuerza armada es la defensora del Estado, tanto contra las agresiones externas, como contra las conmociones internas, y la custodia de las libertades públicas.

Y con ellas, necesariamente la inteligencia, en su ámbito correspondiente,

aunque se debe establecer, que en un modo primario y restringido debido a las

precariedades y la incipiente experiencia militar para ese momento en la vida

nacional, todo lo concerniente con las mismas.

Los avatares del tiempo trajeron consigo, otra gesta histórica para el pueblo

dominicano, el cual, luego de tener más de 15 años de existencia republicana,

tiene que vivir la aborrecible anexión a España, el 18 de marzo de 1861, esta

situación produjo el 16 de agosto del 1863, el Grito de Capotillo y el inicio de la

guerra de la “Restauración” en la cual se contó con personal que ya había tenido

experiencia en la guerra de independencia y fueron empleado más afondo los

conocimientos adquiridos anteriormente para la defensa nacional, siendo el

manejo de las informaciones, unas de los que se emplearon en la misma, para

que retornara la existencia del Estado dominicano, el 18 de marzo del 1865.

De ahí se hace indispensable abordar, la intervención norteamericana al

Estado dominicano a inicios del siglo pasado, porque está vinculado con las

actividades de inteligencia, específicamente en el año 1916-1924, cuando los

interventores desintegran las fuerzas armadas y policiales de ese entonces y

crean una nueva fuerza policial para mantener el orden interno, denominada

“Constabulary”, ésta dará paso en 1917 a la conformación de la Guardia Nacional,

con “una estructura jerárquica y organizacional a hechura de la Infantería de

Marina norteamericana”, en junio de 1921, es denominada Policía Nacional

Dominicana y en el 1924 que es cuando se retiran los interventores

norteamericanos de la República Dominicana; ya durante el gobierno de Horacio

Vásquez es designada como Brigada Nacional, hasta el 17 de mayo del 1928, que

es nombrada como Ejército Nacional.

Luego de atravesar por múltiples situaciones que alteraron la vida histórica y

soberana de República Dominicana, se determina que a partir de la denominada

“Era de Trujillo 1930-1961”, de la cual no se hacen juicios de valor en este trabajo,

del entonces Presidente Rafael Leónidas Trujillo Molina, cuando el mismo asumió,

entre otros aspectos, la creación y organización de las fuerzas castrenses, como

las policiales de la Nación dominicana, comenzando así, un periplo hacia la

consolidación de las mismas en el orden de la defensa nacional y de seguridad del

Estado, creándole su marco jurídico, doctrinario, su organización y equipos,

estableciendo, de igual manera, las bases para las actividades de inteligencia para

el Estado dominicano.

Dentro de los que se pueden mencionar de la citada “Era de Trujillo” está el

Servicio Secreto de la Policía Nacional, creado con la misma, en el año de 1936,

que fue evolucionado, para inicio de la década de los 40, se dispone que se

amplíe su área de responsabilidad a nivel nacional y ha mediado de los 50, se

eleva su jerarquía designando un jefe del mismo, con funciones de supervisor, y

para el año de 1972, se eleva a departamento, en los finales de los 90, se eleva a

Dirección de Investigaciones Criminales en donde se reúnen a los diversos

Ramas Investigativas y de inteligencia, pasando por diversas denominaciones y

estructuraciones hasta que se crean, para el inicio del presente siglo la Dirección

Central de Inteligencia Criminal (DICRIM) y la Dirección de Inteligencia Delictiva

(DINTEL), entre otras consideraciones sobre el mismo.

También se puede mencionar el Servicio de Inteligencia Militar (SIM) de la

entonces Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas, creada en marzo del

1957 y disuelta en el año de 1962, entre otras, que tuvieron participación activa a

los requerimientos y disposiciones del poder ejecutivo de la época.

Al inicio de la década de los 60, se van creando los servicios de inteligencia

en los estamentos militares, a través de órdenes generales de los Jefes de

Estados Mayores de los componentes de las Fuerzas Armadas, primero como

secciones, luego como departamentos y finalmente como parte de sus Estados

Mayores Coordinadores de cada una de sus instituciones militares, como es el

caso de la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto J-2, en su devenir

histórico, ésta tuvo su génesis en el 1966, como una "Sección de Inteligencia" y ya

para el 1980 cambia su denominación a "División de Inteligencia", para agosto del

1991 pasa a ser "Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Secretaría de

Estado de las Fuerzas Armadas", con la implementación y disposición de las

operaciones conjuntas contenidas en el Manual de Doctrina Conjuntas en el año

2007, es nombrado "Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de la

Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas J-2", y de ahí a la denominación

actual, siendo esta es el órgano superior de la inteligencia militar.

También, se han desarrollado las agencia de inteligencia de los demás

componentes de las fuerzas castrenses dominicanas como son el Auxiliar de

Estado Mayor, G-2, Oficial de Inteligencia del Ejército Nacional, la cual es creada a

través de la Orden General No.132 de 1961, como una sección de inteligencia,

pasando luego a ser departamento y mediante la Orden General No. 5 del 2005,

es cuando obtiene su actual denominación; de forma parecida fueron establecidas

y desarrolladas en la Marina de Guerra, la División de Inteligencia (M-2), que luego

de la partida de las fuerzas interventoras, estaba bajo el mando del Ejército y no

es hasta Febrero de 1947, que se crea su Estado Mayor propio, mediante Decreto

Número 4169 del Poder Ejecutivo, de forma parecida ocurrió más tarde con la más

joven de las instituciones que conforman a las FFAA dominicanas es la Fuerza

Aérea Dominicana y su Dirección de Inteligencia (A-2), todas ellas en apoyo de las

misiones inherentes a las mismas.

En la década de los 70, con la creación del Departamento de

Investigaciones (DNI), se sientan las bases para la realización de la actividad de

inteligencia estratégica y aun así la misma, es instituida como una dependencia

militar de la Fuerzas Armadas, aunque con el tiempo se ha ido transformando

debido a los requerimientos que le son exigidos directamente por el presidente de

turno de República Dominicana.

Se observa hasta aquí, que la actividad de inteligencia en el estado

dominicano, inicia con el génesis mismo del grito de independencia y que es un

proceso que viene acompañando a la misma desde siempre, desarrollándose

rudimentalmente en sus inicios y tomando acciones y medidas que tienen su

reflejo en la realidad misma de un pueblo afectado por las vicisitudes y aciertos de

las épocas que le han correspondieron vivir, se establece pues, que las primeras

actividades de inteligencia, fueron la militar y la criminal, inicialmente y luego se

fue desarrollando la estratégica, en una República, relativamente joven de unos

169 años aproximadamente, se necesitan implementar acciones encaminadas a

que incidían de manera categórica en la seguridad y defensa nacional y por ende

al sistema de inteligencia que debía poseer el Estado dominicano, aspecto a ser

desarrollado en el capítulo posterior.

1.2 Componentes del Sistema Nacional de Inteligencia de República Dominicana.

El Sistema Nacional de Inteligencia de República Dominicana, está

conformado para la realización de las actividades de inteligencia en sub-sistemas

en el ámbito que les competen y quienes son los principales interesados, que de

primer orden que harían uso de los mismos, estos son enumerados a

continuación:

Sub-sistema Nacional de Inteligencia Estratégica.

Constituido por:

Departamento Nacional de Investigaciones (DNI).

- Principal interesado: Presidente de la Republica, también cuando esté conformado y operando, el Consejo Nacional de Seguridad y Defensa.

- Realiza las actividades de inteligencia estratégica del Estado dominicano.

1.2.1 Sub-sistema de Inteligencia Militar.

Constituido por los órganos de inteligencia militar:

Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto del Ministerio de las Fuerzas Armadas (J-2),

Auxiliar de Estado Mayor, G-2, Oficial de Inteligencia del Ejército Nacional,

División de Inteligencia de la Marina de Guerra (M-2),

Dirección de inteligencia de la Fuerza Aérea Dominicana (A-2),

Todos los estamentos que realizan actividad de inteligencia militar, como son los cuerpos especializados de seguridad y fuerzas de tareas pertenecientes a las FFAA.

- Principal interesado: Ministro de las Fuerzas Armadas de la

República Dominicana.

- Realiza las actividades de inteligencia militar.

1.2.2 Sub-sistema de Inteligencia Criminal.

Constituido por:

Ministerio de Interior y Policía (MIP),

Ministerio Público (MP),

Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD),

Policía Nacional (PN).

- Principal interesado: Procurador General de la República.

- Realizan las actividades de inteligencia criminal.

1.2.3 Subsistema de Inteligencia Nacional Estratégica.

Como bien se establece en este trabajo investigativo, el Subsistema de

Inteligencia Nacional Estratégica del Estado dominicano, realiza sus labores

dentro de su área de actividad estratégica de la inteligencia del Estado y puesto

que este sub-sistema debe ser quien suministre de forma oportuna y veraz al

Presidente Constitucional de la República, la inteligencia útil en el orden del

conocimiento de las potenciales ventajas, desventajas, amenazas, riesgos y

conflictos en los factores políticos, militares, sociales, económicos nacionales, así

como, de Estados y organismo de interés político-estratégico de la Nación y el

gobierno dominicano, para el debido proceso de toma de decisiones ante las

diferentes y enmarañadas situaciones que este maneja y que tiene que hacer

frente y en los cuales debe accionar para el mejor desempeño de sus funciones,

así como al Consejo Nacional de Seguridad y Defensa en sus funciones de

asesorar y en la formulación de políticas en la seguridad y defensa nacional.

Es el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), entidad que realiza

dicha actividad de inteligencia en primer orden, apoyado para la consecución de

sus misiones asignadas por instituciones y órganos nacionales, como son el

Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección General de Migración, entre otros

e internacionales, como la Oficina Federal de Investigaciones(FBI) y la Agencia

Central de Inteligencia de los Estados Unidos de Norteamérica, el Centro Nacional

de Inteligencia de España, para citar algunos .

3.2.3.1 Departamento Nacional de Investigaciones.

El Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), el cual se abordó en el

capítulo anterior denominado marco legal que regula los organismos de

inteligencia en República Dominicana, que para el presente trabajo investigativo

se referirá a su fecha de creación el 22 de julio de 1978, como oficialmente se ha

establecido mediante la ley 857-78, y en cual establece que es una dependencia

de las Fuerzas Armadas y en la actualidad es un Mayor General del Ejército

Nacional, quien se encuentra al frente de la misma.

Esta ha pasado a ser desde su creación, el organismo de mayor jerarquía

dentro del Sistema Nacional de Inteligencia, tanto es así, que el principal

interesado del mismo, es el Presidente de República, para realizar un sin número

de tomas de decisiones, la sede principal del mismo, está en la periferia del

palacio presidencial, esta agencia de inteligencia estratégica, está conformado por

miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y colaboradores de la

sociedad civil, que por mandato expreso de la Ley 857-78, todos deben ser

dominicanos.

La misma Ley 857-78, que crea al DNI, establece de manera fundamental

las misiones inherentes a dicha institución, indicando de forma categórica que si

una persona, grupo o asociación nacional o internacional, atentaran contra la

constitución, las leyes o las instituciones de la República, este departamento tiene

la facultad de investigar todo lo relacionado con lo anterior expuesto.

Dado que el DNI tiene un amplio marco de cooperación y despliegue de

presencia en el ámbito que le corresponde, a razón que por mandato legal posee

el “derecho” de requerir a cualquier estamento del gobierno dominicano, la

colaboración para que manera coordinada e integrada pueda cumplir con su

misión, como organismo de inteligencia, que está dirigida a la seguridad nacional,

en cuanto a instituciones de otros Estados, tiene acuerdo de colaboración con

varias agencias e instituciones internacionales dedicadas al ámbito de la actividad

de inteligencia estratégica, como son el Centro Nacional de Inteligencia de España

y el FBI, entre otros.

Finalmente se recuerda, que de ser aprobado el proyecto de ley para la

creación del Sistema Nacional de Inteligencia, este departamento pasa a coordinar

el mismo y cambia su nombre a Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), bajo el

control directo del poder ejecutivo.

1.2.4 Sub-sistema de Inteligencia Militar.

El Sub-sistema de Inteligencia Militar, está conformado por los órganos de

inteligencia militar, como es el caso de la Dirección de Inteligencia del Estado

Mayor Conjunto del Ministerio de las Fuerzas Armadas (J-2), por el Auxiliar de

Estado Mayor, G-2, Oficial de Inteligencia del Ejército Nacional, la División de

Inteligencia de la Marina de Guerra (M-2), la Dirección de inteligencia de la Fuerza

Aérea Dominicana (A-2) y todos los estamentos que realizan actividad de

inteligencia militar, como son los cuerpos especializados de seguridad y fuerzas

de tareas de las Fuerzas Armadas.

Como ya fue establecido en el “Manual de Doctrina Conjunta de las Fuerzas

Armadas Dominicanas”, que fue abordado en este trabajo, en el capítulo anterior,

el ámbito de accionar de los cuerpos castrenses, cuando realizan operaciones

militares bélicas (OMB) y operaciones militares no bélicas (OMNB), requiere de la

actividad de inteligencia y contrainteligencia militar, para el correcto y exitoso

desempeño de las misma, son desarrolladas en tres niveles o escalones,

denominados en orden descendente como1:

- Estratégico: Todo el Sub-Sistema de Inteligencia Militar está bajo el

mando del Ministro de las Fuerzas Armadas, quien a su vez responde ante su

Comandante Supremo, entiéndase que al Presidente de la República, vinculando

de igual forma, el estamento militar al gobierno de turno y encauzando este nivel

estratégico al ámbito y requerimientos políticos de la Nación dominicana, que es el

principal interesado de este nivel estratégico, esto es así, a razón de lo

demostrado en el capítulo anterior, en el que se trata sobre el marco legal, en que

se sustenta la seguridad, la defensa nacional y el Sistema Nacional de Inteligencia

de República Dominicana. En este nivel se encuentra la Dirección de Inteligencia

del Estado Mayor Conjunto del Ministerio de las Fuerzas Armadas (J-2).

1 Nota del Autor: Para mejor comprensión del lector, estos niveles aquí expresados, son los

escalones donde se realizan las OMB y las OMNB, estos no deben ser confundidos con las actividades de inteligencia que realiza el SNI, recuerde usted que en esta ocasión se aborda en el Sub- sistema de Inteligencia Militar.

- Operativo: En este nivel es donde se realiza el planeamiento y

supervisión de la ejecución de las operaciones militares OMB y las OMNB, las

cuales se formulan, en base a esta actividad de inteligencia, que presenta una o

varias hipótesis o realidades que son del ámbito de interés de los cuerpos

castrenses dominicanos.

En este nivel se encuentran el Auxiliar de Estado Mayor, G-2, Oficial de

Inteligencia del Ejército Nacional, la División de Inteligencia de la Marina de

Guerra (M-2), la Dirección de inteligencia de la Fuerza Aérea Dominicana (A-2).

- Táctico: es en este nivel, donde se llevan a cabo la realización en sí, de

las OMB y las OMNB, de forma tal que la actividad de inteligencia militar, realiza

su labor de obtención de la misma, a través de sus fuentes de recolección de

informaciones que, luego de completar el ciclo de inteligencia, es suministrada a

los escalones superiores para la toma de decisiones, así como para la

planificación, supervisión de las medidas a tomar para el cumplimiento de las

misiones asignadas.

En este nivel se encuentran todas las unidades (agente, sección, etc.) de

las diferentes agencias de inteligencia de los estamentos castrenses que realizan

actividad de inteligencia militar, así como, los cuerpos especializados de seguridad

y fuerzas de tareas pertenecientes a las Fuerzas Armadas, asignadas para el

cumplimiento de las diversas misiones inherentes a las mismas, es importante

indicar que proporcionalmente se eleva el nivel de la actividad de inteligencia,

aumenta el requerimiento de la calidad y el tiempo de elaboración la misma, para

que sea útil a la finalidad correspondiente.

3.2.4.1 Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto del

Ministerio de las Fuerzas Armadas (J-2).

Esta agencia, es el órgano superior de la inteligencia militar y está

conformado por miembros y colaboradores del Ejército Nacional, la Marina de

Guerra y la Fuerza Aérea Dominicana, como colaboradores de la sociedad civil, el

J-2 es dirigido por un director que en la mayoría de los casos es designado por

decreto presidencial, su dependencia principal está ubicada en el Ministerio de las

Fuerzas Armadas y conduce sus actividades con unidades dispersadas a nivel

nacional, además de proporcionar la inteligencia requerida por el Estado Mayor

General o Conjunto, en cualquier etapa de las operaciones de la defensa y

seguridad nacional, operando en el nivel estratégico y tiene como su misión,

según información suministrada en su portal, que principalmente es la:

Búsqueda, análisis, Interpretación y diseminación de la información de forma continua y sistemática para producir la inteligencia necesaria en apoyo al planeamiento en los procesos de tomas de decisiones relacionado con la defensa y seguridad nacional.

EL J-2, está encaminado a la consecución una visión institucional de “ser la

fuente principal en la producción de inteligencia relacionadas a las amenazas a la

defensa y seguridad nacional”.

Entre los Objetivos Institucionales de las Fuerzas Armadas (OIFA) que aún

están pendientes por realizar y que fueron plasmados en el Plan Estratégico 2012

de la institución, y donde está enunciado el propósito de acciones de coordinación

dentro del ámbito de la inteligencia militar en el sentido de:

Consolidar el Sub-Sistema Nacional de Inteligencia Militar, como parte de Sistema Nacional de Inteligencia, bajo la coordinación del J-2, Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto, MIFFAA, integrado por las Direcciones de Inteligencia G-2 del Ejército Nacional, M-2 de la Marina de Guerra, A-2 de la Fuerza Aérea Dominicana y los oficiales de inteligencia de las diferentes dependencias de las Fuerzas Armadas, para que puedan desarrollar esfuerzos de manera coordinada, a los fines de abordar conjuntamente las amenazas y riesgos existentes, así como emergentes, para garantizar que estemos en capacidad de dar respuestas adecuadas.

En otro orden el J-2, tiene interacción con la Dirección de Asuntos Haitianos

del Ministerio de las Fuerzas Armadas y con los agregados militares de las

FFAA destacados en el exterior para mantenerse informados de primera mano

sobre algún tema en específico o el ámbito estratégico donde estén acreditados,

así como, para el combate de amenazas comunes y operaciones combinadas con

otros Estados para la defensa, además de promover la interacción con agencias

de inteligencia militar nacionales e internacionales.

El J-2 tiene la Academia de Inteligencia, Coronel Miguel Antonio Cabrera,

FAD, (DEM), para la capacitación del recurso humano que participa en la

actividad de inteligencia militar, con la misión de proporcionar “un entrenamiento

constante, al personal de Inteligencia de las Fuerzas Armadas en sentido general,

a través de cursos especializados de acuerdo a las necesidades e instrucciones

emanadas del alto mando”, además el MIFFA, como todos sus componentes

crearon la Dirección de Asuntos Internos, la cuales están orientadas de manera

general a “prevenir e investigar todo hecho que intente o viole los principios éticos

y morales por todo el personal que conforman la institución, esto incluye actos de

corrupción. Con el propósito de recomendar y ejecutar acciones correctivas y

sancionables” así como, los miembros del Sub-sistema de Inteligencia Militar.

3.2.4.2 Dirección de Inteligencia G-2, E. N.

El Ejército Nacional, posee dentro de su estructura organizacional, para

cumplir con lo requerido, por la constitución, la legislación y sus objetivos,

inherentes al Estado Mayor Coordinador (EMCEN).

La misión de la Dirección de Inteligencia G-2, suministrada a quien realiza

este trabajo, por la Dirección de Asuntos Civiles, G-5, Ejercito Nacional es,

Recolectar información mediante la búsqueda, análisis y diseminación de la inteligencia al alto mando, facilitando la toma de decisiones, así como también impedir al enemigo el acceso a nuestras informaciones.

Está dirigida a realizar actividades de inteligencia militar, de forma primordial

a la frontera terrestre con la República de Haití, principalmente orientada a la

defensa, además de realizar actividades dirigidas a la seguridad 0nacional,

además mantener al tanto al Jefe de Estado Mayor del Ejército Nacional (JEMEN)

sobre las situaciones políticas, sociales y económicas del Estado dominicano, así

como del estado de la institución, en igual tenor, a la actividad de inteligencia

militar, a través de la recolección, búsqueda, análisis y diseminación de la

inteligencia, así como al J-2 a través de su cadena de mando, para contribuir a la

defensa y seguridad nacional.

3.2.4.3 División de Inteligencia de la Marina de Guerra M-2.

Según se hace constar en el reglamento orgánico vigente, de la Marina de

Guerra, la División de Inteligencia (M-2), que es parte de su Estado Mayor

Coordinador, tiene como misión principal realizar sus actividades de inteligencia

militar naval, en las áreas costeras y fronteras marítimas dominicanas,

Planear la búsqueda, colección y procesamiento de información en apoyo a las investigaciones, con el fin de mantener informada a la Jefatura de Estado Mayor, M. de G., de todo el acontecer nacional e internacional que de una manera u otra afecte o se relacione con la Marina de Guerra y la Seguridad Nacional.

Aparte de proporcionar el informe de las condiciones meteorológicas en las

áreas donde se realizan o se proyectan realizar operaciones, tiene el deber de:

Adquirir y diseminar en la Marina, las informaciones referentes al estado de instrucción, del material y de la eficiencia en el servicio.

a) Correspondencia e instrucciones a los Agregados Navales en el extranjero de la República Dominicana.

b) Custodia del Archivo secreto del Estado Mayor.

c) Tener la obligación de mantener informado al Jefe de Estado Mayor y a todos aquellos a quienes les concierne, respecto al poder, situación, actividades y posibilidades de las diversas amenazas existentes.

Además de participar activamente en la dirección de una concentración de

inteligencia, sobre las diferentes amenazas existentes o potenciales en el tiempo

apropiado, con el fin de asegurar y descubrir cualesquiera posibilidades o

intenciones tan pronto como sea posible y de asegurar una adecuada cobertura en

su ámbito de actividad.

Esta división, según establece el reglamento vigente de la institución, ayuda

al oficial de operaciones en la preparación de apreciaciones de la situación,

desarrollo del plan y en la inspección de la acción planeada. Sus funciones

específicas pueden incluir planeamiento, coordinación y vigilancia de actividades

dentro de su ámbito de responsabilidades navales, así como las relacionadas con:

a) Reunión, comparación, evaluación e interpretación de información militar pertinentes y diseminación de la inteligencia que resulte al Jefe de Estado Mayor, su Estado Mayor, y a Unidades dentro y fuera del Comando que requieran esta inteligencia.

b) Preparación del anexo de inteligencia de las directivas operativas.

c) Las actividades de contra inteligencia y contra propaganda.

d) Adquisición y distribución de mapas, cartas, modelos, fotografías y otros materiales similares para fines de inteligencia.

e) Protección y engaño, consultando a la División de Operaciones en la preparación de dichos planes para asegurar consonancia con la inteligencia general.

3.2.4.4 Dirección de inteligencia A-2 y el Comando de Defensa Aérea de

la Fuerza Aérea Dominicana.

Dentro del Estado Mayor Coordinador de la Fuerza Aérea Dominicana FAD

(EMCFAD), está la Dirección de Inteligencia (A-2), la cual tiene la responsabilidad

principal, además de otras ordenadas por la vía correspondiente, la actividad de

inteligencia militar, así como, la de interactuar con el J2, G2, DNI, M2, la Policía

Nacional y la DNCD, su misión principal, según información suministrada por el

Teniente Coronel Miguel Ventura Pichardo. FAD, Encargado de Operaciones del

A-2 es:

Asegurar la capacidad de recolección y procesamiento de información, proveer la inteligencia necesaria para el cumplimiento de nuestras misiones aéreas y terrestres, así como también proveer al Jefe de Estado Mayor y los comandantes de Unidades de información veraz y confiable, para ser usada en el proceso de la toma de decisiones.

Su reglamento interno vigente de la institución establece las funciones del

director de la misma que son las de:

a) Asesorar al Jefe de Estado Mayor y al Alto Mando de la Fuerza Aérea Dominicana en todo lo concerniente al área de Inteligencia y aportar la información necesaria para la planificación y ejecución de las diferentes misiones asignadas a la institución.

b) Desarrollar el Proceso de Inteligencia.

c) Hacer investigaciones correspondientes de cualquier situación que considere que atenta contra la seguridad del Estado.

d) Rendir un informe diario al Jefe de Estado Mayor de todas las novedades ocurridas.

e) Mantener contacto permanente con las diferentes agencias de Inteligencia de la nación a fin de mantener informado y de mantener informadas a las mismas.

f) Mantener una estrecha relación de coordinación y cooperación con las demás dependencias de la F.A.D.

g) Elaborar, implementar y actualizar el Manual de Deberes y Funciones de la citada Dirección.

h) Tomar las medidas necesarias cuando ocurra cualquier incidente donde esté involucrado un miembro de esta institución e informará inmediatamente a sus superiores de lo ocurrido”.

La FAD está abocada en estos momentos a incrementar significativamente

la actividad de inteligencia militar aérea, con la creación del Comando de

Defensa Aérea (CODA), dependiente del Jefe de Estado Mayor de la misma;

según nos informa el Coronel Piloto José Leonardo García FAD (DEM), en

entrevista que le fue realizada para esta investigación, del cual, al presente se

están construyendo las instalaciones físicas del mismo, para el que ya, se han

comprado inicialmente 3 radares tridimensionales de última generación de

fabricación israelí, de los cuales se encuentran dos, con todos sus equipos en los

almacenes de la FAD, en espera de que se concluyan los trabajos de construcción

y adecuación de las estructuras físicas necesarias para ser instalados y puestos

en función, a la vez que se están entrenando personal para el manejo profesional

de los mismos.

Estos tres radares, cuando comiencen a funcionar, estarán cubriendo y

vigilando el litoral sur de la República Dominicana con un alcance superior de 300

millas náuticas y estos radares serán enlazados con los aviones Súper Tucanos

de la FAD para dar información en tiempo real en el desarrollo de las diferentes

misiones que le son asignados a los mismos por la institución;

Además de ser conectados a los radares del Aeropuerto Internacional de las

Américas (AILA), el radar del Aeropuerto Internacional de Punta Cana y el radar

del Aeropuerto Internacional de Santiago, para obtener información de los mismos

y proceder a realizar su ciclo de inteligencia aérea, a la vez que ya se han

realizado acuerdos de cooperación con los Estados Unidos de Norteamérica

(EEUU) y la República de Colombia, además de otros se están concretando y que

serán próximamente firmados, en la lucha contra el narcotráfico y delitos conexos,

aumentando su capacidad de obtención y diseminación de las informaciones e

inteligencia procesadas en contra de quienes busquen violar la soberanía

nacional.

3.2.2.5 Departamentos de Inteligencias de los Cuerpos Especializados,

Comandos Conjuntos Regionales y Fuerzas de Tareas Conjuntas de las

Fuerzas Armadas Dominicanas.

El Artículo 261 de la Constitución de la República del 2010, establece que

para la consecución y preservación de los Intereses Nacionales, autoriza al Poder

Ejecutivo, previa solicitud al Congreso Nacional a:

La formación de cuerpos de seguridad pública o de defensa permanentes con integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que estarán subordinados al ministerio o institución del ámbito de sus respectivas competencias en virtud de la ley.

Además de establecer en ese mismo artículo un aspecto importante para el

Sistema Nacional de Inteligencia, al determinar que: “El sistema de inteligencia

del Estado será regulado mediante ley”, así como, en los Decretos 263-05 y

315- 06 del poder ejecutivo, que fueron abordados en el punto 2.7 Normativa de

Seguridad Ciudadana y Democrática de este trabajo, en donde se les da, a las

Fuerzas Armadas el mandato y la autoridad para realizar operaciones en apoyo a

la seguridad nacional, para lo cual han sido creados fuerzas de tareas y cuerpos

especializados de seguridad que son dependencia del Ministerio de las FFAA, los

que realizan actividad de inteligencia militar en apoyo a la seguridad y pertenecen

a dicho sub-sistema, como son:

- Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación

Civil (CESAC), que realiza, además de sus funciones asignadas, la actividad de

inteligencia en los aeropuertos dominicanos, el cual fue creado por el Decreto

No. 28-97 del 22 de enero del 1997 y el 22 de julio de 2011, pasando a ser por la

Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil, estableciendo

que el mismo es:

La autoridad competente en materia de seguridad de la aviación civil, designada por el Estado dominicano para que sea responsable de la preparación, aplicación y cumplimiento del programa nacional de seguridad de la aviación civil”.

- Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria (CESEP), es un

organismo creado mediante el Decreto Presidencial 746-00 del 11 de septiembre

de 2000, con la finalidad elevar y modernizar de una manera coordinada y eficaz,

según lo establecido en la legislación vigente, la seguridad en los puertos

dominicano, que es hacia donde está orientada su actividad de inteligencia, como

la misión, que establece la institución que es:

Dirigir, en coordinación con la Autoridad Portuaria Dominicana, la aplicación de la política nacional en materia de protección portuaria, manteniendo los niveles de seguridad y combatiendo todo tipo de delitos en los puertos del país, así como velar por el cumplimiento de las normas, procedimientos y regulaciones, requeridas a nivel internacional.

- Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM), este

cuerpo especializado de seguridad del Estado, es creado por Decreto No.279-04

del 5 de abril de 2004, como dependencia del Ministerio de Industria y Comercio

(MIC), pero tiene una estructura militar y policial, siendo dirigidas hasta el

momento por directores pertenecientes a las FFAA o a la PN y es la “responsable

de coordinar todo el aspecto operativo de seguridad, para la prevención de actos

delictivos relacionados con el sistema de distribución y comercialización de

combustibles”, que es hacia donde está orientada su actividad de inteligencia.

- Cuerpo Especializado de Seguridad Fronteriza Terrestre (CESFRONT)

es creado mediante el decreto 325-06 del 08 de agosto Del 2006, “con la misión

especial de establecer un dispositivo de seguridad y control permanente en los

puntos de entradas y salidas a lo largo de la frontera terrestre dominicana”.

Teniendo el mismo que actuar en cuanto su actividad de inteligencia en ese

sentido.

Además de tener dentro de su estructura organizacional a los

Destacamentos Operativos de Inteligencia Fronteriza (D.O.I.F.), que fueron

creados en noviembre de 1998, el cual pertenecía inicialmente al J-2 y

actualmente al CESFRONT, manteniendo este la estructura de los departamentos

físicos y está integrado con personal del DNI, DNCD y miembros de dicha

institución, que conforman los equipos de inteligencia operativos, equipos de

reacción y equipos de contra inteligencia, mientras el comandante de los DOIF, es

designado por la DNCD en coordinación con el Ministro de las FFAA, trabajando

de manera mancomunada e integradas en pos de la seguridad y defensa nacional,

todo esto como un ejemplo de interacción y coordinación integrador de los

subsistemas de inteligencia militar y criminal del Estado dominicano en la lucha

contra el narcotráfico y delitos conexos.

- Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro de Santo Domingo

(CESMET), fue creado el 3 de Julio del 2007 por el Decreto Presidencial número

316-2007, este cuerpo especializado se creó según especifica el mismo en su

portal, para:

Establecer un dispositivo de seguridad permanente en todo el espectro de las operaciones del Metro de Santo Domingo, para los interesados, la infraestructura y los empleados del mismo, a fin de proveer el más alto nivel de seguridad integral, garantizando el buen

funcionamiento de este medio de Transporte Masivo de la República Dominicana.

Teniendo, dicho cuerpo especializado, que actuar en cuanto su actividad de

inteligencia orientado a esa misión asignada en el referido decreto.

- Comandos Conjuntos de las Fuerzas Armadas: Fueron creadas

mediantes los decretos presidenciales 477-00 y 325-06, donde primero se

denominaron Regiones Militares y posteriormente cambiaron Comandos

Conjuntos, tiene la finalidad de hacer la “supervisión, coordinación y control

regional geográfico de la actividad castrense” debiendo en aras del

cumplimiento de sus deberes realizar informes periódicos sobre “la situación

forestal, ecológica, seguridad turística, producción agrícola regional, estado vial

e hidrográfico; como también aquellos aspectos que sirvan a la planificación y

ejecución de la movilidad estratégica”.

- Fuerza de Tarea Conjunta e Inter-agencial, Defender, Proteger y Servir

24 Horas “Deproser”, creada en el 2008, mediante Directiva número 17-08, para

dar apoyo al Sub-sistema Criminal, integrado entre otros por la Dirección Nacional

de Control de Drogas (DNCD) y otras instituciones como la PN y el CECCOM y

quien realiza este trabajo investigativo fue su primer comandante, tiene como

misión principal:

La Interdicción, Identificación, detención, Interceptación, neutralización y confiscación de embarcaciones, aeronaves y personas que incursionen u operen en nuestros espacios jurisdiccionales, realizando actividades vinculadas al narcotráfico, o en otras acciones ilícitas que atenten en contra de la soberanía e integridad territorial de la República Dominicana, en flagrante violación a nuestras leyes.

- Fuerza de Tarea Institucional (FTI-Frontera Segura), creada en el 2012,

con la misión de elevar los niveles de seguridad en la toda la zona fronteriza en

apoyo a las brigadas del Ejército Nacional y al CESFRONT, “para contrarrestar las

actividades ilícitas que afectan el ambiente de seguridad que el entorno social

demanda del Estado, para crear las condiciones de estabilidad que permitan el

desarrollo y prosperidad de la región fronteriza terrestre”.

Todas las dependencias, órganos y organismos aquí mencionados, así

como, otras que existen y operan de manera mixta, conjunta o inter-agencial con

otras agencias o instituciones, dependientes del Ministerio de las FFAA, poseen

dependencias que realizan actividades de inteligencia militar y son parte de este

sub-sistema.

1.2.5 Subsistema de Inteligencia Criminal.

El Subsistema de Inteligencia Criminal, que está orientado en un novedoso

enfoque que aglutina a las instituciones que trabajan en la prevención y represión

de las acciones que amenacen el orden público, a la seguridad pública interior y la

actividad de inteligencia criminal.

Y es ese proceso aglutinador, el que hace de este sub-sistema de

inteligencia, un tanto diferente al Militar que está, básicamente constituido por las

Fuerzas Armadas, sus componentes y dependencias, trabajando bajo la dirección

de un único ministerio, aunque este realice un sin número de operaciones

coordinadas con otros estamentos nacionales e internacionales; el Subsistema de

Inteligencia Criminal, está constituido básicamente por el Ministerio de Interior y

Policía (MIP), el Ministerio Público (MP), la Dirección Nacional de Control de

Drogas (DNCD) y a la Policía Nacional (PN), entre las instituciones que la

conforman.

Estas instituciones, tienen la característica de que han sido creadas para

que dentro de su ámbito, trabajen en la seguridad del Estado dominicano,

apoyadas en legislaciones y normas que se vinculan, que a su vez desarrollan, en

algunas ocasiones, delgadas líneas entre ellas, que aun teniendo diferentes

ministros o jefes al frente de las mismas, han buscado constantemente armonizar

y cooperar entre las mismas.

3.2.5.1 Ministerio Público de República Dominicana.

El Ministerio Público (MP), representado por el Procurador General de la

República, es parte del sistema de justica dominicano, desde que fue creado

constitucionalmente en año de 1844, donde se instituyó el mismo y desde

entonces hasta la actualidad, la Constitución dominicana, le establece que es la

responsable de la política contra la criminalidad, además de ejercer la acción

pública y de dirigir la investigación penal en todo su territorio nacional.

El MP, ha ido en constante desarrollo en cuanto a su estructura,

organización, códigos procesales, sobre el régimen penitenciario, entre otras

áreas de significativa importancia para esta institución y el Estado dominicano, así

mismo tiene participación activa en varias leyes y normativas como la Ley 50-88

sobre Drogas ilícitas, en el Plan de Seguridad Democrática, en la Ley 14-94 para

la protección de niños, niñas y adolescentes, en la Ley 64-00 sobre el medio

ambiente y recursos naturales, el Decreto 322-97 para combatir la corrupción, la

Ley 72-02 sobre lavado de activos, que tiene una fuerte vigencia y relación amplia

con la DNCD y la PN, entre otras tantas disposiciones que tienen que ver con la

seguridad nacional a la vez, que la vinculan con otros organismos en la búsqueda

de hacer más eficiente su papel en el sistema de justicia y su relación con el de

inteligencia del Estado.

Un ejemplo de la búsqueda de integración del MP, la DNCD, la PN y las

FFAA, al nivel de planificación y operatividad, de la cual es necesaria una

exhaustiva actividad de inteligencia para poder concretizarla, además de otros

ejemplos que podrían mencionarse, está la realizada exitosamente en la mañana

del día 1 de febrero del 2013, reseñada ampliamente por varios diarios de

circulación nacional, donde se realizaron operativos conjuntos e inter-agenciales

con más de 200 miembros de las distintas instituciones antes mencionadas y 17

allanamientos, ese mismo día, en la lucha contra el narcotráfico.

El MP tiene dentro de su organización, tiene varias dependencias enfocadas

al fin para el cual fue creado, a la Unidad Anti-lavado de Activos, amparada en la

Ley 72-02 del 7 de junio del 2002 y que tiene amplio campo de acción para

combatir esta amenaza en los ámbitos penales, procesales, administrativos,

económicos y financieros y por ende de la seguridad de la Nación dominicana, de

igual manera en apoyo a la seguridad y el debido proceso de certificación de la

veracidad o no de las pruebas recolectadas en casos a ser dilucidados en la

Justicia.

El MP tiene, además dentro de su estructura funcional, al Instituto de

Ciencias Forense (INACIF), creado inicialmente con el mediante Decreto

Presidencial 58-89, del 17 de febrero del 1989 y modificado por el Decreto Nº 26-

99 del 29 de enero del 1999, en donde convergen diversas institución de del

Estado y la sociedad dominicana, y está encargado de realizar las

investigaciones científicas y técnicas, así como sus respectivos análisis e

informes periciales necesarios que sirvan de fundamento en los procesos

judiciales, según lo establecen la legislación dominicana.

3.2.5.2 Ministerio de Interior y Policía.

El Ministerio de Interior y Policía, como expresa en su portal oficial, “es una

institución que tiene como objetivo principal velar por el mantenimiento de la

seguridad pública en todo el país”, tiene su génesis en la Constitución de la

República de 1844, teniendo a partir de ese momento varias denominaciones y

funciones, hasta que con la Constitución de 2010 tiene finalmente esta

designación y tiene como función, según lo establecido en su manual de

organización y funciones vigente del MIP:

a) Definir, coordinar y controlar la implementación de las políticas públicas, planes y programas que garanticen el derecho a la seguridad ciudadana.

b) Aplicar las políticas y normas legales para regular y controlar, el comercio, porte y tenencia de armas de fuego en la población civil.

c) Naturalización de extranjeros.

d) Promover y apoyar la adopción de políticas, planes y programas integrales para la prevención de la violencia generada en la convivencia social.

e) Coordinar la adopción de una política migratoria que garantice la seguridad interna acorde con la normativa nacional e internacional.

f) Cumplir y hacer cumplir leyes, reglamentos, decretos, resoluciones y acuerdos relativos a su ministerio.

Proponer al Presidente de la Republica cuando juzgue oportuno anteproyectos de leyes, de reglamentos y de decretos concernientes al desarrollo de su ministerio disponiendo todas las medidas que sean de lugar para su cumplimiento.

3.2.5.3 Policía Nacional.

La Policía Nacional, es una “unidad desconcentrada”, como establece el

portal oficial del Ministerio de Interior y Policía, la misma tiene como objeto

establecido en su ley institucional número 96-04 del 5 de febrero 2004 promulgada

en la Gaceta Oficial 10258, la cual al presente, está en proceso de revisión para

ser modificada para ser actualizada y modernizada, además de lo indicado

constitucionalmente, la PN tiene la responsabilidad, según su portal oficial, de:

Proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades, prevenir el delito, preservar el orden público y social y el medio ambiente, velar por el cumplimiento de la ley y el desempeño de sus funciones, con la colaboración y participación interactiva de la comunidad en la identificación y solución de los problemas, a fin de contribuir a la consecución de la paz social y el desarrollo económico sostenible del país.

Para cumplir con estos mandatos, en el caso que ocupa este trabajo

investigativo, la Policía Nacional, tiene según la Ley 96-04, en su organización a la

Dirección Central de Investigaciones Criminales (DRICRIM), la cual es

responsable, siempre apegada a la legislación vigente y normas procesales, de

investigar y de reunir las pruebas de crímenes ,delitos que proporcionen la

identificación de quienes los cometen, de manera que el representante del

“Ministerio Público correspondiente puedan sostener exitosamente las

acusaciones ante las jurisdicciones penales”.

En el aspecto propiamente en sí, de la Inteligencia criminal, además del

DICRIM, el 26 de mayo del 2005, la Policía Nacional crea la Dirección Central de

Inteligencia Delictiva (DINTEL), que como establece el manual de deberes y

funciones de la misma, entre los objetivos principales está la de investigar,

producir, diseminar y hacer análisis de inteligencia para que le sirva a la

superioridad y demás direcciones en la toma de decisiones para la elaboración de

estrategias en contra de las acciones de grupos, de organizaciones criminales,

criminalidad compleja, extremismo, el terrorismo, así como la aprehensión de los

mismos, en aras de garantizar por “la seguridad interna del Estado e integridad

del Superior Gobierno”.

Apoyándose la DINTEL, para lograr dicho fin, en actividades de inteligencia

electrónica, inteligencia delictiva, en la Comunidad Latinoamericana y del Caribe

de Inteligencia Policial (CLACIP), comunidad que tiene entre sus integrantes a 27

servicios de inteligencia de la región con la intención de una integración

coordinada de los servicios de inteligencia de los Estados que la conforman para

combatir, por los medios disponibles, al crimen organizado transnacional, la PN

tiene vinculación con un amplio conglomerado de agencias y organismos

internacionales, como es el caso de la Interpol entre otras para aumentar y

cooperar en el ámbito de la inteligencia criminal.

En cuanto a lo interno de la institución, la Ley 96-04, creó la Dirección

Central de Asuntos Internos, que tiene como misión, desarrollar medidas que sean

necesarias para evitar el accionar incorrectos de los miembros de la PN,

mediante una efectiva investigación, existen otras dependencias de la Policía

Nacional, que poseen dentro de las mismas, estructuras para la actividad de

inteligencia criminal.

3.2.5.4 Dirección Nacional de Control de Drogas.

Como se ha observado a lo largo de este trabajo investigativo, la ocupación

norteamericana 1916-1924, ha tenido una influencia de primer orden en los

estamentos de seguridad y defensa de la República Dominicana y en el caso de la

lucha contra las drogas, fue durante este período de tiempo, como establece la

Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), en su portal oficial, que el 1 de

julio del 1918, que a través de la promulgación de orden ejecutiva número 16,

publicada en la Gaceta Oficial Número 2909, de las fuerzas de ocupación

norteamericanas, periodo en que se establecen las primeras disposiciones

relativas a las drogas narcóticas.

Ya para el 12 de mayo del 1975, el Estado dominicano, preocupado en este

sentido, promulga la Ley Número 168-75, donde se responsabiliza al

Departamento Contra Narcóticos de la Policía Nacional, para contrarrestar este

terrible flagelo que se estaba enquistando en la sociedad dominicana y para mayo

30 de 1988 que es publicada en la Gaceta Oficial Número 9735, la Ley 50-88,

sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana.

La DNCD, sin detrimento de las otras agencias existentes, es un organismo

que desde su creación ha tenido un desarrollo sostenido en la lucha contra el

narcotráfico; esta institución es una estructura enfocada a su misión y a través del

tiempo se ha ido perfilando como una agencias de inteligencia con mucho peso

dentro del Sistema Nacional de Inteligencia de la República Dominicana y esto se

puede observar desde la creación de la misma, a través de la Ley 50-88, donde en

el artículo 17 se le confiere el “derecho a requerir, para el cumplimiento de su

misión, la cooperación de todas las dependencias gubernamentales” y en el

artículo 18 es donde da el mandato de que es un deber de las autoridades

militares, policiales, civiles y judiciales “prestar su colaboración para el

fortalecimiento de los programas y operaciones” que realice la misma, dándole así

una primacía extraordinaria a esta institución,.

Un punto a considerar, es el apoyo que recibe del Estado dominicano y sus

instituciones en contra del tráfico y uso ilegal de las drogas, así como de los

delitos conexos que genera esta nefasta amenaza a la seguridad y defensa y,

como es de la Presidencia de la República, el Consejo Nacional de Drogas, el

Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio Público, el Ministerio de las FFAA, el

Ejército Nacional, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea Dominicana, el

Departamento Nacional de Investigaciones y la Dirección General de Aduanas,

entre otras.

Por ser el tráfico y uso ilegal de drogas una amenaza transnacional, la

DNCD también ha tenido un apoyo significativo de organismos y agencias

extranjeras, con las cuales ha realizado acuerdos de colaboración e intercambio

de informaciones e inteligencia, que se encuentran en su portal oficial, además de

los suscritos con Alemania, Bélgica, Canadá, Holanda y Francia

La DNCD, tiene dentro de su organización, direcciones, departamento,

secciones y unidades, que operan de manera conjunta, inter-agencial y

combinadas, con los organismos, agencias y acuerdos antes mencionados,

dentro las que se pueden mencionar están la División de Inteligencia Operativa

(DIO), la División Táctica de Investigaciones Sensitivas (DITIS), la División de

Investigaciones sobre Transporte de Drogas (DITD), el Departamento Operativo

de Inteligencia y Lavado de Bienes (DOBMIL), el Departamento De Información de

Tráfico Ilícito Aéreo y Naval (DITIAN), el Departamento de Inteligencia contra el

Micro-tráfico (DIMI), la Unidad de Recepción de Denuncias (URD), entre otros.

El Centro de Información y Coordinaciones Conjuntas CICC, venía

operando poco antes de la creación de la DNCD y es quien dirige el Sistema de

Inteligencia Nacional contra el tráfico de drogas ilícitas, Sustancias

Controladas y Lavado de Activos y eso está contemplado en la Ley 50-88, en su

artículo 10 cuando establece que:

El control del sistema de inteligencia nacional antidrogas, para colectar, analizar y diseminar informaciones de inteligencia estratégica y operacional, con el fin de

contrarrestar las actividades del tráfico ilícito de drogas en la República Dominicana, para cuyo fin se crea como una dependencia de esta Dirección Nacional de Control de Drogas.

El CICC, es quien hace las coordinaciones de lugar con el Ministerio Público

(MP) para la realización investigativa, de todo lo vinculado al tráfico de drogas

ilícitas, sustancias controladas y lavado de activos.

3.2.5.5 Acuerdos internacionales de colaboración e intercambio de

informaciones e inteligencia que República Dominicana ha suscrito.

Entre los más importantes están:

a) Acuerdo de Iniciativa de Seguridad de la Cuenca del Caribe (CBSI) CARICOM, RD, EEUU

-Es un acuerdo realizado con la finalidad de reducir el tráfico de drogas, armas y personas, la vez que se combaten a las organizaciones criminales para la región del Caribe.

b) Acuerdo Combinación Fronteriza (COMBIFRONT) Colombia DNCD, MIFFA, PN, DNI.

-Sobre seguridad fronteriza e intercambio de información.

c) Acuerdo Bilateral Colombia- República Dominicana

-Intercambio de información e inteligencia sobre Narcotráfico, lavado de Activos y transacciones financieras del Narcoterrorismo Crimen Transnacional y Terrorismo, abarca capacitación y entrenamiento en contra de estas amenazas.

d) Convenio Bilateral República Dominicana -Venezuela

-Intercambio de información e inteligencia sobre Narcotráfico, Crimen Transnacional y lavado de Activos, así como el Intercambio de experiencias en materia de prevención sobre el uso de drogas.

e) Convenio Bilateral Federación Rusa- República Dominicana

-Intercambio de información, capacitación y prevención contra drogas narcóticas, sustancias psicotrópicas, precursores químicos y lavado de activos.

f) Acuerdo Regional El Gran Caribe (TROIKA) Colombia, México, República Dominicana

-En términos generales: intercambio de información, capacitación y prevención contra drogas narcóticas, sustancias psicotrópicas, precursores químicos y lavado de activos.

Además de otros tantos que aumentan su capacidad de manejo de

inteligencia criminal, como por ejemplo son: el Acuerdo de Panamá 2010,

Convención Americana Contra la Corrupción, Convenio de Managua 2009, Pacto

de Santo Domingo 2009.

3.2.5.6 Principales Instituciones que Apoyan y Colaboran con el

Sistema Nacional de Inteligencia de República Dominicana.

Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX),

Interactúa principalmente con los Sub-sistema Nacional de

Inteligencia Estratégica y Sub-sistema de Inteligencia Militar.

- Al tener como misión oficial, “el Impulsar una política exterior

en beneficio de los intereses del país y sus nacionales,

orientada a la defensa y salvaguarda de su soberanía, a la

promoción de la paz y la seguridad internacionales”.

Interactúa con el Sub-sistema de Inteligencia Criminal.

- Al ser la institución que tiene la responsabilidad de “negociar

las extradiciones” de quienes delinquen en el exterior.

Dirección de Información, Análisis y Programación

Estratégica (DIAPE).

Interactúa principalmente con el Sub-sistema Nacional de

Inteligencia Estratégica.

- A través de su misión de: “proveer de manera continua

información estratégica y de coyuntura a los diversos

organismos de decisión de gobierno central en apoyo directo a

la programación estratégica y gestión operacional de la

Secretaría de Estado de la Presidencia”,

Cámara de Cuentas de República Dominicana.

Interactúa principalmente con el Sub-sistema de Inteligencia

Criminal.

- Al ser un órgano constitucional fiscalizador de control externo

de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del

patrimonio del Estado, tener la facultad correspondiente de

examinar las cuentas generales y particulares de la República,

mediante auditorías, estudios e investigaciones especiales, que

el resultados de los mismos pueden tener repercusión penal

por los infractores.

REFERENCIAS

A) Contenido.

Libros.

a) Cordero Mejía, Miguel (2004). Las Fuerzas armadas, Historia y Perspectiva. Santo Domingo: Impresora Amigo Del Hogar.

b) Pared Pérez, Sigfrido (2006). Seguridad, Defensa E Identidad Nacional. Santo Domingo: Editor Corruption C X A.

c) Soto Jiménez, José (1998). Seguridad, Defensa y Democracia. Santo Domingo: Editor Taller.

d) Humeau Hidalgo, Luis (2004). Geopolítica, Narcotráfico Y Seguridad En El Caribe. Santo Domingo: Impress Digitalis.

e) Pequeño Larousse Ilustrado. México: Editora La Prensa, S.A

f) Colección Códigos de justicia, Suprema Corte de justicia (2007). Código

Procesal Penal. Santo Domingo: Editora Corripio C. por A.

g) Colección Códigos de justicia, Suprema Corte de justicia (2007). Código Penal. Santo Domingo: Editora Corripio C. por A.

h) Balaguer Ricardo, Joaquín (1988). MEMORIA DE UN CORTESANO EN LA ERA DE TRUJILLO. Santo Domingo: Editora Corripio C. por A.

i) Bosch, Brian J. (2010) BALAGUER Y LOS MILITARES DOMINICANOS. Santo Domingo: Editora Búho.

j) Alonzo del Cid, Marisol y de León Wantland, Mayda (2011), LEY QUE REGULA LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA ANOTADA Y OTROS DOCUMENTOS. Guatemala: Delgado Impresos & Cía. Ltda.

k) Escuela Nacional del Ministerio Público (2011). Ley Orgánica del Ministerio Público, Ley 133-11, G. O. Núm. 10621 del 9 de junio de 2011. Santo Domingo: Taller de Libros Argos.

Leyes y Decretos.

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b) Constitución de la República Dominicana (2010). Suprema corte de Justicia.

c) Ley 50-88 Ley sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana.

d) Ley 857-78 Ley creación del Departamento Nacional de Inteligencia.

e) Ley 285-04, Ley General de Migración

f) Ley No.126-02, Sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital.

g) Ley No. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública.

h) Ley No. 1-12, Estrategia Nacional de Desarrollo (END) 2012-2030.

i) Ley No. 873, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de República

Dominicana.

j) Ley No.96-04, Ley Institucional de la Policía Nacional.

k) Ley No. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública.

l) Ley No. 267-08, Sobre Terrorismo, y Crea el Comité Nacional Antiterrorista y la

Dirección Nacional Antiterrorista.

m) Ley No. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

n) Ley No. 72-02, Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves.

o) Ley No. 454-08 que crea el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de la República Dominicana. G. O. No. 10491 del 28 de octubre de 2008.

p) Decreto No.189-07, sobre La Directiva de Seguridad y Defensa Nacional.

q) Decreto 319-06, Crea e Integra el Consejo de Seguridad Ciudadana.

r) Decreto 358-12, Crea el observatorio de Seguridad Ciudadana de la

República Dominicana.

s) Decreto 189-07, Crea la Directiva de Seguridad y Defensa Nacional.

t) Decreto No. 130-05, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Libre

Acceso a la Información Pública.

u) El Plan de Seguridad Democrático, Secretaria de Estado de Interior y

Policía 2004-2009, República Dominicana,

v) Manual Operativo del Observatorio de Seguridad Ciudadana.

w) República de Argentina: Ley 25.520, de Inteligencia Nacional.

x) República Federativa del Brasil, Decreto No. 6.703, que aprueba la

Estrategia Nacional de Defensa, y da otras providencias.

y) República Bolivariana de Venezuela: Ley Orgánica de Seguridad de la

Nación.

z) República Bolivariana de Venezuela: Ley del Sistema Nacional de

Inteligencia y Contrainteligencia.

aa) República de Colombia: Ley 1288, Por Medio del Cual se Expiden Normas para Fortalecer el Marco Legal que Permite a los Organismos, que Llevan a Cabo Actividades de Inteligencia y Contrainteligencia, Cumplir con su Misión Constitucional y Legal, y se Dictan Otras Disposiciones.

bb) República de Chile: Ley No. 19.974, Sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y Crea la Agencia Nacional de Inteligencia

cc) Republica de Ecuador: Republica de Ecuador: Ley Nº 275/79, de Seguridad

Nacional

dd) España: LEY 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.

ee) República de Guatemala: Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad

ff) República del Perú: Ley del Sistema de Inteligencia Nacional SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia DINI.

gg) República del Perú: Ley Nº 28478, Decreto Supremo Nº 016-2006-De/Sg,

Aprueban Reglamento De La Ley Del Sistema De Seguridad Y Defensa

Nacional.

hh) Reglamento Interno de la fuerza Aérea Dominicana 2006

ii) Manual Operativo del Observatorio de Seguridad Ciudadana, MIP

Internet.

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bb) www.consejoprensaperuana.org.pe/tempo/arch/ley_dini.pdf, , 30 marzo

2013, 22:07 horas

cc) www.pnp.gob.pe/direcciones/dirseg/biblioteca/Inteligencia/Inteligencia%20y%20los%20medios%20masivos%20de%20comunicacion/Inteligencia%20y%20los%20Medios%20masivos%20de%20comunicaci%F3n.pdf, 30 marzo

2013, 22:10 horas

dd) www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/crimeprevention/Police_Information_and_Intelligence_Systems_Spanish.pdf, 30 marzo 2013, 22:10 horas.

ee) CICLO DE INFORMACIONES : Historia, Discusi?n y Proyecciones? http://www.globalsecurity.org/intell/library/reports/2004/ciclodeinformaciones.htm, 30 marzo 2013, 22:11 horas.

ff) www.portalcultura.mde.es/Galerias/publicaciones/fichero/CE_130.pdf, 30

marzo 2013, 22:11 horas.

gg) www.portalcultura.mde.es/Galerias/publicaciones/fichero/Cuestiones_inteligencia.pdf, 30 marzo 2013, 22:13 horas.

hh) www.pnp.gob.pe/direcciones/dirseg/biblioteca/Inteligencia/INFILTRACION Y ACTIVIDADES ENCUBIERTAS PERMANENTES EN ELINTERIOR DEL PAIS/Infiltración y Actividades encubiertas en el interior del pais.pdf, 30

marzo 2013, 22:13 horas. ii) Master Internacional en Análisis de Inteligencia, Estratégica, Económica,

Empresarial y Competitiva - UV - Masters y cursos de formación postgrado. Universitat de València,http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/cursos-

1/11211260/programa.htm,30 marzo 2013, 22:18 horas.

jj) Manuales Oficiales de Inteligencia | Inteligencia, Espionaje y Servicios Secretoshttp://www.intelpage.info/manuales-oficiales-de-inteligencia.html,30

marzo 2013, 22:20 horas.