so Carretera. ,., ' cct - boe.gob.es · fatura Regional de Transportes ... " Db~ autobw;es con...
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B. O. del E.-Núm. 302 17 diciembre 1968 18157
más Rubio, S, A.l), en los derechos y obl1g,~?D~ que corres-ponden al ' titular de laConcesl.ón. ,. . , Lo que se hace pÚblico en cumplimi~ de lo dispuesto
en el articulo 21 del vigente Reglamento de OrdenaclÓll de los Transportes Mecánicos por Carretera. ,., '
Madrid, ' 20 <;le noviembre de lOO6.-El Djrector' ien~l, San-tialto 'de CruyIles.-7.192-A. - . '
,. eESOLUCION de la Dirección General de Trc¡,rtllportes Terrestres por la que s~ ' hace púplfCÍ> el climbio de tit'ulartdad de la concesi61nlel· Sef6fcto púbZitJó regular de tranSporte de 'viajero! pór cctrreté'r,a entre Ibiza y S,,!"nta I1J.-~~' (y-2~~). "
Los «Herederos de don ' Vicente Mari Mari» solicitaron el cambio de titularidad de la concesión del ' servicio 'ptllilico rég'ulár de transporte de Viajeros por c~tera entre Ibiza y 8mlta Inés (V-UJ4:31) por faJleclmiento de su "titul"" don ' Vlcénte Mári Mari, y esta Dirección General, en feCha 17 de a.bril de 1968, aocedió a lo solicitado, quedando subrogados los «Heredero¡¡ de don Vicente Mari Mari en los deréChos y obligaciones que corresponden al titular de la concesión.
Lo que se hace públiCO en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo ,21 del vigente Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por .Carretera..
Madrid, 20 de noviembre de 1968.-El Director general, san-tiago ' deCruylles.-7.UJ3~A. ' -'
RESOLUCION de la Dirección General de Tran&· 'Po/,tes Terre!ltres por ' la ' qite 8ft ' hnée ptlbztcÓ: el cambio de titulariaad de la' concesion- del ' servicio publfcó regular de transpbrte' de' vfa1éro8 pór ' CIlrretera entre Ect1a .y SéviU~ (lf-697:, -,- '--
Don Antonio Soto Martinez solicitó el cambio de titularidad de ' la cohÓésióli del servicio público regular ' de trll.nsporte ' mecánico de Vlli.jér<íl.\ 'por carretera entre Eclja y 8evi1la.(V-697') en ' favor de 'd,~h ' Mánv,él ' Suárez Oltvera, y ' esta < O1reeclón Qe.. I1eral, 'en "feCha 19 ' de septIembré de 1007, acood16 ' 11. ' lo solicitado, quedando "suQrogado don Manuel' SUárez Olivera. ' en los derechos <y 'obllgaciones que corresponden 'al ' tItular -dela concesiÓn, ",,' ",,', <, ",
'''Lb ' qUe se bace públiCO en cumplimiento de · lo diSpuesto en ' el ·artícUlo · 21 del' VIgente Reglamento de Ordena.c1ón de los Transportes Mecánicos por Carretera.
Madrid, 20 de noviembre de 1968'.-El Director general, San-ti~o :de 'cr,uylles,-.'1.1.9fM. ' , ,'" "
RESOLUCION de la Dirección General de Transportes Terrestres por , la que se hace públiCo el cambio de titularidad de la concesion del servicio pÚblico regular de transporte de Viajeros por carretera entre Cendoy y Lugo, con hijuela-desviaci6n ry-l03).
Don Francisco Abeledo Blanco solicitó el ca.mbio de titularidad de la concesión del servicio públiCO regular de transpQr, ~ de viajex:os por carretera entt:e, Ce~doy y Lug, o, con hijuela-d~f,lac'í.ón (V-IW). en favor de do~ José Rodrlguez López, y ~~ ' Dl~cciónGeneral, en fecha 7 de julio de 1967, a.coedi6 a. lo solicitado. qUedando subrogado don José Rodriguez López en' 'los dereChos y obligaciones que corresponden al titular de la concesión. '
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 21 del vigente Reglamento d'e Ordenación de los Transpor~s Mecánicos por Carretera, . , ' , Madrid, 20 de noviembre de 1968'.':"El Director general, San-
tijlgo de Cruylles,-7,194-A. '
RESOLUCION de la Dirección General de Transportes Terrestres por la que se hace público haber sido adjudicadas definitivamente los servicios pv.blicos regulares de transporte de via1eros por ca, rretera entre las localidades que se citan.
El excelentísimo señor Ministro de este Departamento, con fecha 21 de octubre de 1968, ha resuelto adjudicar definitivamente los servicios públicos regulares de transporte mecánico de viajeros, equipajes y encargos por carretera que se , mencionan :
Servicio entre San Roque ,de Riomiera y Santander, provincia de Santander (expediente número 8.291), a. don José
. Vlan Lavin, en cuyas condiciones de adjudicación figuran, en-tre otras, las siguientes: '
¡tin~rario ,-.El itin~r!ltl1o llntre Sim ~~~ de Riomiera y santttifd~, de '42,5· ' 'til6'metrl)S'd~ Ib'il!1tud; "palllu-á" por' Untó,
Mirones, Rub~caba, Liérganes, Pamames-La Herrán, San Vitores, Sobremazas, Solares, Heras, San Salvador, "El A'Millero y 'lI4a.l1año; ' con parada' obligatoria para tomar' y dejar viajeros y -en-clitgos ' en' Ltnto, -MironeS;' Rul18.lcaba,' San Vitores ' Y' sobremazas y . con "las siguientes prnhibitiones-: ' Realizar tiráfieo de y entre Liérganes y Pamames-IJa Herrán y 'Viceversa ' y"de este tramo para Bantander y viceversa. '
De Y entre Pamames-La Herrán y Solares y v1-ceversa.. De y élltre Solares' y 'Santander y viceversa.. ' . , , E~pediciones.-Se ' realizarán ' 18.'5 siguientes ' expediciones~ una diaria- de ida y' vuelta, excepto ' domingos y 'festivos. El horarIo de estas ·elCPediciones se fijará de acuerdo con las
conven1encJ.aa '-del interés p(}blico, preVia apróbaci6n "de la :Je-fatura Regional de Transportes Terrestres. ..,
Vehiculos.-Quedan afectos a la concesión los siguientes ve· híC)llos:
" Db~ autobw;es con capacidad para 3-7 p~aza.s cada uno para. vlajt!ros sentados ti claSifl.Cacl~n· única, ' , '. " ,. " •
. ~as de,lJ,lás ,caractei'isticas de estos veblculos deberán ser comuntcadas a la Jetatura ' Regional de Transportes 'l'errestrés antes de la fecha de inauguración del servicio. " . .
Tarifas.-Regirán las si:guIentes tarlfas-base: Clase única' -por viajero-k1lómetro: 0,624 pesetas (incluidos
impuestos) . . Exceso de equLpajes, encargos y paqueteria: O,09G6 pesetas
por cada. 10 kilog;ra.mos-kilómetro o fracción. ' " Sobre las tarifas de viajeros se percibirá del usuario el
importe del Seguro' Obligatorio de Viajeros, aplicándose sobre las tarifas base. incrementadas con el canon de coincidencla. , Clas1fl.'cación,-Este servicio se clasifica, con res-peeto ' al 'fe-
rrocailTil; como coincidente b). ' ,. , . En virtud de lo dispuesto en la Orden ministerial de 31 de
julto ' de ' 1900, el concesionario deberá abonar ' a la RENFE y Ferrocarril de Vía Estrecha (linea Santander-Bilbao) el ' canon de coincidencia que corresponda.-7.204-A,
'sE(rvi~io entre Oseja y Zaragoza, con hijuela de Borobia a Jarque, ' ~ov1ncias 'de' Zaragoza y Soria (expediente munero '8,46:3->, ' a «:Automóviles del Río Aranda, S. L,», ' en cuyas co.I~dicioI\es de a.dNcA<;ación figuran, entre otras, las sigu1e,ntes:
" . . Itinerario.-El itinerario entre Oseja y Zaragoza, de 103 ki
lómetros de longitUd, pasará por Ja.rque, Gotor, Illueca, Brea. Morés, Savifián y El Fresno.
El de la hijuela entre Borobia y Jaraque, de 36 kilómetros d~ ~W1g~tud, pasará por Ciria y Aranda de Moncayo, con p&r!Kla -o,bligatQria' p~~ tomar y dejar vJajeros y encargos en todos los puntos mencionados anteriormente y con las siguientes 'Prohibicionel!. "
Realizar tráfico de y entre Zaragoza y El Fresno y viceversa. De' y entre Morés y empalme a Pomar y viceversa. De y entre Borobia y Ciria y Viceversa. " Expedie1oiles.-Se reaJizarán las siguientes e~pedicionel!: Una de ida. y vuelta los lunes.' jueves y sábados en loa
dos itinerarios. . El horario de estas expediciones se fijará de acuerdo eon
las conveniencias del interés pú»lico, previa apro,bación de la Jefatura. Regional de Transportes Terrestres. .
Vehfculos.-Quedan afectos a la concesión los siguientes ve-lúculos: ' ' ,,' ' " Tres autobuses de 20, 20 Y 12 plazas pllira via.jeros senta.dos
y clasificación 1ÍIlica. Las demás caracteristicas de estos velúculos deberán ser
comunicadas a la Jefatura Regional de Transportes Terrestres antes de la fecha de inauguración del servicio,
Tarifas.-Regirán las siguientes tarifas-ba.se: C1!I-8e 1ÍIlica por viajero-kilómetro: 0.92 pesetas (incluidos
impu~~os), ' Exceso de equipajes, encargos y paqueteria: 0,138 pesetas por
cada 10 kilogramos-kilómetro o fracción. Sobre las tarifas de viajeros se percibirá del usuaric el im
porte del Seguro Obligatorio de Viajeros, aplicándose sobre l~ tarifas--base, incrementadas con el canon de coincidencia.
Clasificación.-.Este servicio se clasifica, con respecto al ferrocarril, como cioncidente b),
En virtud de lo dispuesto en la Orden ministerial de 31 de , julio de 1953, el concesionario deberá abonar a la Red Na
cional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) el canon de coincidencia que corresponda.-7.205-A,
ServicIo entre La Copa y Totana, provincia de Murcia (expediente número 8,412), a don Pedro Belmonte niaz, en cuyas condiciones de adjudicación figuran, entre otras, las siguientes:
Itinerario,-El itinerario entre La Copa y Totana de 61 kilóm~tros de longitud, pasará por Bulias, Cortijo del Aligar, Zarzadllla de Totana y Alejo, con parada obligatoria para tomar y dejar viajeros y encargos en todos los puntos mencionados anteriormente, y con las siguientes prohibc1ones:
Rea.l1zar tráfico de y entre Aledo y Totana y viceversa. ExpeqJ.ciones,-Se realizarán las siguientes expediciones: La Copa y Totana, una dia.ria de ida y vuelta, El horario de estas expediciones se fijará de acuerdo con
las conveniencias del interés público, previa aprobación de la Jef~tura. ~onal de ~ansportes Terrestres. . b1~h1~os.~~!Itll s.tee~()sa ,la cbIl:~f~ los~e.~te~ v~
18158 17 diciembre 1968 B. O. deIE.-Núm. · 302
Dos autobuses, de 40 plazas cada uno, para viajeros sentados y olasificación tinica.
Las demás c!)¡racteristicas de estos veh1CUl08 deberán ser comunicadas a la Jefatura Regional de Transportes Terrestres antes de la fecha de inauguraciÓD del servicio.
Tarifas.-Regirán las siguientes tarifas-base: Clase única, por viajero-kilómetro: 0,55 pesetas (incluidos
impuestos) . Exceso de equipajes, encargos y paquetería: 0,0825 pesetas
por cada 10 kUogramos-ltilómetro o fracción. Sobre las tarifas ~e via)er08 s~ percibirá del usuario el
importe del Seguro ObllgatorlO de Viajeros. Clasiflc!liCión.-Este servicio se clasi:tl.ca, . con respecto al fe
rrocarril. como afluente b).-7.2Q6-A.
Servicio entre Las Casas y Sege, provincia c1e Alb!IiCete (expedíente número 8.466), . como prolongación, del que es concesionario don Esteban Sicilia Perea, entre Calasparra y Las casas, con hijuela (V-1.159), en cuyas condiciones de adjudi-cación figuran, entre otras, las siguientes: .
Itinerario.-El itinerario entre Las Casas y Sege, de 13 kilómetros de longitud, se realizará en eJq)edición directa, con par!lida obligatoria para tomar y dejar viajeros y encargos en tOdos los puntos mencionados anteriormente.
E~Pedlciones.-Se realiz!)¡rán las siguientes expediciones entre Las Casas y Sege.
Una de ida y vuelta los dias laborables, en conjunto con el servlcio-base.
El horario de estas expediCiones se fijará de acuerdo con las conveniencias del interés públiéo, previa aporobación de la Jefatura Regional de Transportes Terrestres.
Vehiculos.-Quedan afectos a la concesión los siguientes ve-hiculos:
Los mismos del servicio-base (V-1.159). Tarifas.-Regirán las siguientes tarifas-base: Las mismas del servicio-base (V-l,159). Clasiftcación.-Este servicio se . clásifica, con respecto al fe
rrocarirU. como afluente b) , en conjunto, con el servicio-base . . 7.207-A.
Madrid, 20 de noviembre de 1968.-El Director general, Santiago de Oruylles.
CORRECCION de erratas de la Resolución de la Dirección GeneT/il de TransPQT'tes Terrestres por la que se hace público haber sido otorgada la concesión del telesilla «Tres Hambres», en Sallent de Gállego (HuescaJ, a la Sociedad «Formigal, S. A.»
Padecido error en la Inserción de la citada Resolución, publ1-c!lidaen el «Boletín Oficial del Estado» número 130, de fecha 30 ·de mayo de 1968, página. 78Hi. se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el párrafo segundo del texto de la Resolución, linea cuarta, donde dice: flarifas.-Las tarifas mlnlmas serán:»; debe decir: cTarifas.-Las tarifas máximas serán :».
DE MINISTERIO
EDUCACION y CIENCIA
ORDEN de 5 de diciembre de 1968 por la que se resuelve el expediente de disciplina académico instruido a los alumnos don Andrés Moreno Monroy y don Luis López de León López, de las Escuelas de Ingeniería Técnica Industrial de Madrid e Ingeniería Técnica de Telecamunicación, respectivamente.
Ilmo. Sr.' Visto el expediente incoado a los alumnos don Andrét! Moreno Monroy y don Luis López de León López, de las Esc1;¡elas de Ingeniería Técnica Industrial de M!lidrid e Ingenieria Técnica de Telecomunic!IiCión, respectivamente, por faltas cemetldas en los exámenes de la asignatura de Química del Curso Preva,ratorio;
Resultando que ante la denuncia formul!lida por el Catedrático numerarlo del grupo VI, «Química 1», de la Escuela de Ingeniería Técnica . Industrial de M!lidrid, el Director del referido Centro ordenó se instruyera expediente disCiplinario al a.lumno de <licha Escuela don Andrés Moreno Monroy, por faltas CO- I metl.das en los exámenes de la asignatura de Química del Curso F¡-e¡::.ar·atorio en la convocatoria extraordinaria de septiembre del Curso !liCadémlco 1967-68; .
Resultando que, llevadas a .cabo las !liCtu,aciones reglamenta- ¡ rias, el Juez instructor del expediente estima que el citado alumno es responsable de una falta grave de suplantación de per- '
sonalidad en actos de la vida dooente, sin circunstancias agravantes y con la posible estimación como atenuante de su arrepentimiento y posterior colaboración en la resolución del expediente; .
Resultando que en la misma fecha en que compareció ante el Juez instructor el cit!lido alumno se presentó espontáneamente don Luis López de León López, alumno de la Escuela de Ingeniería Técnica cte Telecomunicación, quien manifestó en forma voluntaria, y sin que existiese denuncie. alguna contra él, ser autor material de la SUplantooiÓD, quien también manifestó su arrepentimiento por el . acto realizado;
Resultando que ante la preSent!IiCión del alumno señor' López de León el Juez instructor del expediente recibió orden del Directór de la Escuela · de Ingeniería Técnica . Industrial de M!lidrid para que se proc·edlese también contra la actu!IiCión del referido alumno de la Escuela de Ingeniería Técnica de Telecomunicación, ampliándose asi el expediente a ambos encartados; .
Rlesultando que por e.l Juez instructor y la Direoción del Centro se propone sea . impuesta a los señores Moreno Monroy y López de León la sa»ción prevista en el articulo sex·to, apartado tercero, del respectivo Reglamento; .
Visto el Reglamento de Disciplina Académica de 8 de septiembre de 1954 (<<Boletín Oficial del Estado» del 12 de oc-tubre)' . .
Considerando que en la tramit!IiCión de este expediente 8e han observado los preceptos del referido Reglamento;
Considerando que queda prob!lido de una manera evidente que el alumno don Andrés Moreno Monroy ha oometido la falta grave de suplantación de personalid!lid en !IiCtos de la vida docente y que el suplant!lidor es don Luis López de León López, alumno de la Escuela de Ingeniería Técnica de Telecomunicación; .
Coosiderando que dicha falta está conceptu!lida como grave por el artículo quinto del referido Reglamento. por 10 que procede aplicar la sanción !lidecu!lida de entre las que se determin·an en el apll4"'t!lido a) del articulo sexto del mismo,
Este Minist~io ha resuelto:
Primero.-Declarar como 3iutor de falta grave, prevista en el número cuatro del articulo quinto del R,eglamento de Disciplina Académica, al alumno de la Escuela de Ingeniería Técnica Industrial de M!lidrid don Andrés Moreno Monroy, y, por consiguiente. a don Luis López de León López, alumno de la Escuela de Ingenierla Técnica de Telecomunicación.
Segundo.-Imponer al señor Moreno Monroy la sanción de expulsión temporal del Centro por un año y al señor López de León López la · sanción de expulsión temporal por seis meses.
Esta Orden podrá ser r·ecul'Tida en reposición, previo al contencloso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del siguiente al en que se publique en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo digo a V, l. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. l. muchos años. Madrid, 5 de diciembre de 1968.
VILLAR PALASI
Ilmo_ Sr. Director general de Enseñanz·a Media y Profesional.
, RESOLUCIONde la Subsecretaría por la que se Mee públiCO haber sido adjudtcadas definitivamente las obras de construcción de una Sección Delegada mixta del Instituto Nacional de Enseñanza Media en Calzada de Calatrava (Ciudad Real) ,
Vista el acta nótarial de la subasta verificada el día 31 de octubre de 1968, para la djudlcación al mejor postor de las obras de construcción de una Sección Delegada miXta de Instituto Nacional de Enseñanza Media en Calzada de Calatrava (Ciudad Real), oor un importe de contrata de 7.478.172,11 pesetas;
Resultando que el acta ha sido autorizada por el Notario don Antonio Vázquez Campo, en la que consta que la preposición más ventajosa es la suscrita por la Empresa «Antonio Tren!lido Blázquez», de PeñarroYa~ueblonuevo, con domicilio en General Mola, ·número IZO, quien se compromete a realizar las obra~ con una baja del 26,25 por lOO, equivalente a pesetas 1.900.020,16, por lo que el presupuesto de contrata queda fijado en 5.515.151.95 pesetas;
Resultando que, en su virtud, se hizo por la Mesa ~e la subasta la adjudicación provisonal de las obras a favor de dicho licitador;
Considerando que la subasta fue convocada de acuerdo con las normas contenidas en la Ley de 1 de julio de 1911, y demás disposicione~ de 81plicación, as! como que el acto se verificó sin protesta alguna · con el cumplimiento de las normas reglamentarias V pliegos de condiciones generales yparticulares '
Considerando que ante la cuan tia de la baja ofrecida (26,25 por lOO) que supera eL. porcentaje previsto en el respectivo