Sobre la calificación teológica extrínseca del Vaticano II

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- 1 - Sobre la calificación teológica extrínseca del Vaticano II 26.06.2013 En la Fiesta de los Apóstoles S. Pedro y S. Pablo Por Arnaldo Xavier da Silveira El mundo gimió, sorprendido de encontrarse arriano”(San Jerónimo) Para esta evaluación global del Vaticano II, se exponen los conceptos de calificación teológica “extrínseca” y de “heretizante”. Los fieles tienen obligación de huír no sólo de la herejía, sino “incluso de aquellos errores que se aproximan más o menos a la herejía” (Pío XII, Humani Generis). Puede haber error doctrinal en documento conciliar que no cumpla las condiciones de la infalibilidad definidas por el Vaticano I. 1] En los últimos años se han desarrollado amplios estudios sobre el Vaticano II, en conmemoración del cincuentenario de su apertura, pero varias cuestiones relativas a él, incluso de fondo, permanecen aún abiertas. Una de ellas es la calificación teológica de sus documentos, esto es, la fijación de los conceptos técnicos que indican en qué medida son próximos o se apartan de la Tradición católica. Analizando esta cuestión, en términos exclusivamente personales, abordaré también otros aspectos del Concilio que me parecen hoy relevantes. 2] En la medida de lo posible, evito aquí las normas académicas, porque estoy seguro de que no preciso demostrar aquello que está patente a los ojos del lector al que específicamente me dirijo, a saber, el católico de formación tradicional que sigue los debates sobre el Vaticano II. Para los propósitos muy definidos de este documento, entrar en filigranas técnicas y pretender probar, con aparato universitario, lo que ya está probado, sería desviar la atención hacia cuestiones periféricas, abriendo el campo a debates puramente especulativos y de una erudición superflua. De todas formas, deben ser citados los análisis doctrinales del eminente teólogo Mons. Brunero Gherardini, y la monumental obra histórica del profesor Roberto de Mattei, especialmente su libro, que ya se ha hecho clásico, editado en las diversas lenguas del mundo católico, Concilio Vaticano II - Una storia mai scritta, estudios estos ciertamente bien conocidos por los católicos fieles a los que, sobre todo, van dirigidas estas anotaciones. 3] En esta perspectiva, en un primer capítulo se fijan las nociones de calificación teológica “extrínseca” de un texto, así como la de “heretizante”, porque cualquier imprecisión o fluctuación conceptual a ese respecto, podría desvirtuar las cosideraciones que siguen. En un segundo capítulo, se comenta el reciente artículo del Cardenal Kasper, importante para la comprensión del estado actual de los estudios sobre el Vaticano II. En un tercer capítulo, se muestra que, a pesar de las maniobras de los conductores del Concilio para hacer frente a los argumentos doctrinales de los tradicionalistas, según los buenos autores habrían quedado desviaciones graves en los textos finales, todo confluyendo para la calificación extrínseca del Vaticano II como “heretizante”. Y, en la conclusión, me permitiré dirigir al Papa Francisco un respetuoso y angustiado llamamiento. CAPÍTULO I – Fijando los conceptos de “extrínseco” y de “heretizante” 4] Como ya he dicho más atrás, en el apartado 1, se califica teológicamente una proposición o un texto aplicándoles los conceptos técnicos que indican en qué medida se acercan o se apartan de las normas de la fe. Las “notas teológicas” definen positivamente la proximidad de un enunciado con la fe, pudiendo así haber una simple opinión telógica, una tesis probable, o cierta, o verdad de fe, etc. La “censuras teológicas” señalan el grado y el sentido en que una proposición se aparta de la buena doctrina, pudiendo ser, por ejemplo, escandalosa, temeraria, con sabor a herejía, favorecedora de la herejía, y en el caso más extremo, herética. 5] La calificación teológica es “intrínseca” cuando se hace respecto a una proposición o a un texto en sí, esto es, cuando se consideran estrictamente sus palabras y su sentido literal, atribuyéndoles con base a eso determinada nota tológica o determinada censura. 6] La calificación teológica es “extrínseca” cuando no considera la proposición o el texto en sí mismos, sino en función de otros elementos, externos en relación a su literalidad. Así, por ejemplo, hoy no es preciso analizar las palabras con que León XIII declaró inválidas las ordenaciones anglicanas, para saber que esa declaración es de fe eclesiástica, y para calificarla

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Sobre la calificación teológica extrínseca del Vaticano II

26.06.2013 En la Fiesta de los Apóstoles S. Pedro y S. Pablo

Por Arnaldo Xavier da Silveira

“El mundo gimió, sorprendido de encontrarse arriano”(San Jerónimo)

Para esta evaluación global del Vaticano II, se exponen los conceptos de calificación teológica “extrínseca” y de “heretizante”.

Los fieles tienen obligación de huír no sólo de la herejía, sino “incluso de aquellos errores que se aproximan más o menos a la herejía” (Pío XII, Humani Generis).

Puede haber error doctrinal en documento conciliar que no cumpla las condiciones de la infalibilidad definidas por el Vaticano I.

1] En los últimos años se han desarrollado amplios estudios sobre el Vaticano II, en conmemoración del cincuentenario de su apertura, pero varias cuestiones relativas a él, incluso de fondo, permanecen aún abiertas. Una de ellas es la calificación teológica de sus documentos, esto es, la fijación de los conceptos técnicos que indican en qué medida son próximos o se apartan de la Tradición católica. Analizando esta cuestión, en términos exclusivamente personales, abordaré también otros aspectos del Concilio que me parecen hoy relevantes.

2] En la medida de lo posible, evito aquí las normas académicas, porque estoy seguro de que no preciso demostrar aquello que está patente a los ojos del lector al que específicamente me dirijo, a saber, el católico de formación tradicional que sigue los debates sobre el Vaticano II. Para los propósitos muy definidos de este documento, entrar en filigranas técnicas y pretender probar, con aparato universitario, lo que ya está probado, sería desviar la atención hacia cuestiones periféricas, abriendo el campo a debates puramente especulativos y de una erudición superflua. De todas formas, deben ser citados los análisis doctrinales del eminente teólogo Mons. Brunero Gherardini, y la monumental obra histórica del profesor Roberto de Mattei, especialmente su libro, que ya se ha hecho clásico, editado en las diversas lenguas del mundo católico, Concilio Vaticano II - Una storia mai scritta, estudios estos ciertamente bien conocidos por los católicos fieles a los que, sobre todo, van dirigidas estas anotaciones.

3] En esta perspectiva, en un primer capítulo se fijan las nociones de calificación teológica “extrínseca” de un texto, así como la de “heretizante”, porque cualquier imprecisión o fluctuación conceptual a ese respecto, podría desvirtuar las cosideraciones que siguen. En un segundo capítulo, se comenta el reciente artículo del Cardenal Kasper, importante para la comprensión del estado actual de los estudios sobre el Vaticano II. En un tercer capítulo, se muestra que, a pesar de las maniobras de los conductores del Concilio para hacer frente a los argumentos doctrinales de los tradicionalistas, según los buenos autores habrían quedado desviaciones graves en los textos finales, todo confluyendo para la calificación extrínseca del Vaticano II como “heretizante”. Y, en la conclusión, me permitiré dirigir al Papa Francisco un respetuoso y angustiado llamamiento.

CAPÍTULO I – Fijando los conceptos de “extrínseco” y de “heretizante”

4] Como ya he dicho más atrás, en el apartado 1, se califica teológicamente una proposición o un texto aplicándoles los conceptos técnicos que indican en qué medida se acercan o se apartan de las normas de la fe. Las “notas teológicas” definen positivamente la proximidad de un enunciado con la fe, pudiendo así haber una simple opinión telógica, una tesis probable, o cierta, o verdad de fe, etc. La “censuras teológicas” señalan el grado y el sentido en que una proposición se aparta de la buena doctrina, pudiendo ser, por ejemplo, escandalosa, temeraria, con sabor a herejía, favorecedora de la herejía, y en el caso más extremo, herética.

5] La calificación teológica es “intrínseca” cuando se hace respecto a una proposición o a un texto en sí, esto es, cuando se consideran estrictamente sus palabras y su sentido literal, atribuyéndoles con base a eso determinada nota tológica o determinada censura.

6] La calificación teológica es “extrínseca” cuando no considera la proposición o el texto en sí mismos, sino en función de otros elementos, externos en relación a su literalidad. Así, por ejemplo, hoy no es preciso analizar las palabras con que León XIII declaró inválidas las ordenaciones anglicanas, para saber que esa declaración es de fe eclesiástica, y para calificarla

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extrínsecamente como tal, pues para eso basta con verificar que es esa la enseñanza moralmente unánime de los buenos doctores desde hace más de un siglo. Otro ejemplo: aunque un teólogo, basado en razones intrínsecas, entienda que los decretos de las Congregaciones Romanas incluyen por sí mismos la infalibilidad, no puede atribuir a esa tesis valor mayor que el de sus argumentos y de su opinión personal, porque doctores de peso no la tienen como teológicamente cierta.

7] Al calificar extrínsecamente una proposición, un texto, un documento conciliar, o al Vaticano II en su conjunto, es necesario fijar con precisión cual es el elemento “extrínseco” que está siendo tomado como base para la calificaión. Tal elemento puede ser lo que dicen los grandes autores, y ese es el criterio aquí adoptado. Pero podría también ser otro, como por jemplo el “evento” que rodeó el Concilio. Quede bien claro que, en el presente artículo, sólo se considera la calificación teológica extrínseca del Vaticano II y de sus documentos, en su totalidad o en parte, en función de lo que los autores antimodernistas, en su mayoría, o en su casi totalidad, hayan escrito al respecto.

8] Dado que el objeto de este estudio es la calificación extrínseca de los documentos del Vaticano II, eventuales observaciones sobre la calificación teológica intrínseca de sus textos, como la que consta en el apartado 34-h, deben ser entendidas como dichas colateralmente a la materia principal, no influyendo en aquello en lo que esta consiste.

9] Como regla general, no cabe al teólogo pretender que otras personas sean obligadas a abrazar una tesis que él tenga como intrínsecamente cierta, pero que extrínsecamente no sea tenida como tal. Esa regla vale para el confesor en relación al penitente en el confesonario, como vale en los debates doctrinales y en la práctica de la vida católica. Es esencial, con todo, tener presente que, para la verificación del consenso extrínseco de los autores sobre un punto doctrinal, no se habrá de considerar a los teólogos que notoriamente se distancien de la ortodoxia católica. Así, las doctrinas de la transustanciación o de la virginidad biológica de Nuestra Señora no se vuelven extrínsecamente inciertas porque un teólogo progresista de renombre las haya negado.

Sobre los conceptos de herético y de heretizante.

10] Interpretación estricta de los textos heréticos – La presentación de un dogma a los fieles debe ser clara y exenta de dudas e imprecisionaes, debe ser cierta y segura, como bien explica el teólogo jesuíta P. Sixto Cartechini: “Para que haya una definición infalible, esto es, un dogma, es necesario que la materia sea propuesta de tal modo que dé absoluta certeza. Sin esa certeza, la definición vendría a tener sólo el carácter de probabilidad; las mentes permanecerían inseguras y no podrían adherirse con fe incondicional como se exige en el dogma” (Dall’Opinione al Domma, Roma, 1953). Simétricamente, también la acusación de herejía debe tener una fundamentación estricta, y no amplia, análoga o genérica. Para que una proposición pueda decirse formalmente herética, debe contraponerse de modo preciso y frontal a una verdad de fe definida por el Magisterio extraordinario papal o conciliar, o por el Magisterio ordinario infalible. Si esa contraposición no es estricta, se tiene un texto próximo a la herejía, o con sabor de herejía o sospechoso de herejía, o favorecedor de la herejía, o merecedor de otra censura teológica, pero no se tiene un texto herético en sentido propio.

11] Neologismos con la teminación “izar” – Son muchas las palabras con la teminación izar que, sobre todo en el último siglo, se han introducido en las lenguar occidentales. En potugués hoy, un computador es inicializado; se dice en política izquierdizante [“esquerdizante”, en el original], socializante, liberalizante; un acto puede ser protestantizante o modernizante; es posible infernizar [sic, en el original] a alguien con críticas indebidas, o eternizar un problema o agilizar un procedimiento, o viabilizar un proyecto. En todas esas expresiones la terminación izar y sus derivados aportan la noción de una tendencia hacia un cierto objetivo, de un desarrollo de las cosas y de las ideas en determinada dirección, de un caminar en un sentido definido, aunque no muy explícito. Baste un ejemplo: una medida izquierdizante no trae en sí una carga izquierdista expresa y evidente, no es propiamente izquierdista, pero conduce a la izquierda directa o indirectamente, aunque de forma poco notoria, tal vez incluso subliminar.

12] El concepto de heretizante comprende todas las censuras teológicas que quedan debajo de la de herejía. Los autores indican muchas de ellas, en una relación abierta, esto es, que

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admite la posibilidad de tipos no enumerados en los manuales. Así, una proposición puede ser calificada como próxima a la herejía, favorecedora de la herejía, sospechosa de herejía, con sabor a herejía, escandalosa, temeraria, ofensiva a los oídos piadosos, etc. En las presente líneas, como queda indicado, no intentaré aplicar a cada pasaje del Concilio esta o aquella censura teológica clásica, pero condensaré mis análisis en la noción genérica de heretizante.

13] No sólo la herejía se opone a la buena doctrina. Quede aquí bien claro que el católico fiel no ha de rechazar únicamente la proposición herética, sino toda aquella que merece alguna censura teológica, aunque sea de las más suaves. Todos los grados de las censuras teológicas, conllevan, en mayor o menor medida, alguna oposición a la doctrina católica, y por lo tanto, alguna heterodoxia. Como heterodoxo es aquello que se aparta de la buena doctrina, ese término se aplica a toda la escala de desviaciones en materia de fe. Es claro que, cuanto más grave es la censura teológica que cabe a un texto, mayor es el grado de repudio con el que se debe mirarlo. Incluso una proposición ofensiva a los oídos píos, por ejemplo, no puede ser acogida en conciencia, ni suscrita por un fiel. Así, los textos merecedores de toda la vasta gama de las censuras inferiores a la de herejía tampoco pueden ser aceptados, toda vez que son en alguna medida heterodoxos. Como declara Pío XII, “a veces se ignora, como si no existiese, la obligación que tienen todos los fieles de huir incluso de aquellos errores que se aproximan más o menos a la herejía” (Humani Generis, de 12-8-1950, nº 18)

CAPÍTULO II – Artículo reciente del Cardenal Kasper

14] De entre los estudios y pronunciamientos recientes sobre el Vaticano II, se destaca aquí un artículo del Cardenal Walter Kasper. En él se resaltan los pasajes que tienen importancia para la calificación teológica de los documentos del Vaticano II. Este artículo presenta además otras declaraciones de alto valor sobre el Concilio, en las que que sin embargo no me detendré, toda vez que no pretendo presentar una reseña de él, sólo destacaré algunos puntos relevantes para la cuestión específica de la que ahora me ocupo.

Artículo histórico sobre el Vaticano II

15] L’Osservatiore Romano de 12 de abril último publicó un artículo del Cardenal Walter Kasper, tituado “Um concílio ainda em caminho”, sobre la interpretación y recepción del Vaticano II. El autor nació en 1933 en Alemania, donde estudió filosofía y teología. Fue asistente de Hans Küng. Secretario especial del sínodo extraordinario de los Obispos de 1985, fue miembro de la Comisión Teológica Internacional. Juan Pablo II lo nombró Obispo de Rottenburg-Stuttgart en 1989, Cardenal en 2001, y a continuación presidente del Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos, cargo en el que lo mantuvo Benedicto XVI, de quien fue colega como profesor de teología. En 2010 fue aceptada su solicitud de renuncia, por límite de edad.

16] Ese artículo del Cardenal Kasper asevera que la gran mayoría de los Padres conciliares abrazó el optimismo del aggiornamento de Juan XXIII, y “quiso acoger las demandas de los movimientos de renovación bíblica, litúrgica, patrística, pastoral y ecuménica, surgidos entre las dos guerra mundiales, comenzar una nueva página de la historia con el Judaísmo, [hasta ahora] cargada de agravios, y entrar en diálogo con la cultura moderna”. Dice: “Fue el proyecto de una modernización que no quería ni podía ser modernismo”. Obsérvese ya que, extrínsecamente, según los estudios a los que nos venimos refiriendo, se trata, sí, de modernismo. Y obsérvese también que esos movimientos de entreguerras son la nouvelle théologie, condenada por Pío XII por pretender “reformar completamente la teología” y “reducir todo lo posible el significado de los dogmas”, “pasando fácilmente del desprecio de la teología escolástica al poco caso e incluso al desprecio del propio magisterio de la Iglesia” (Humani Generis, nº 11, 14 y 18)

17] Sin embargo, prosigue el artículo, “una minoría influyente opuso una obstinada resistencia a ese intento de la mayoría. El sucesor de Juan XXIII, Pablo VI, estaba fundamentalmente de parte de la mayoría, pero trató de atraer a la minoría y, en línea con la antigua tradición conciliar, de obtener una aprobación, dentro de lo posible unánime, de los documentos conciliares (…). Lo consiguió, pero se pagó un precio. En muchos puntos, hubo que encontrar fórmulas de compromiso, en las que, a menudo, las posiciones de la mayoría figuran inmediatamente al lado de las de la minoría, pensadas para acotarlas. Así, los textos conciliares tienen en sí un enorme potencial de conflicto, abren la puerta a una

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recepción selectiva en una u otra dirección”. Obsérvese desde ahora la extraordnaria importancia de esta declaración del “enorme potencial de conflicto” de los textos conciliares, en que constan las posiciones de dicha mayoría, al lado de las de la minoría. Más adelante, en el apartdo 32, son presentadas algunas observaciones sobre los conceptos de mayoría y minoría según el Cardenal Kasper.

18] A continuación, el artículo hace referencia a las tensiones, a las faltas de entendimiento y a la diversidad de interpretaciones que han nacido de esas “fórmulas de compromiso” de los documentos conciliares. Alude a las reacciones de Mons. Lefèbvre y otros, que se habían opuesto a las nuevas orientaciones “en parte por razones teológicas y, en parte también, porque algunos tenían nostalgia de la sacralidad y de la estética del rito en uso hasta entonces” (ver adelante, apartado 34-d). Dice que “algunos críticos consideran el Vaticano II, en el contexto de la historia de la Iglesia, como una desgracia y como la mayor calamidad de los tiempos recientes”. Muestra como los Papas han procurado ampliar las nuevas orientaciones establecidas en los documentos conciliares: “la recepción oficial no permaneció estática, sino que, en parte, sobrepasó al Concilio”; “el primer paso oficial de la recepción fue la reforma litúrgica: fue, sobre todo, la introducción del nuevo Misal”. Y afirma que “todo eso transformó positivamente, en muchos aspectos, el rostro de la Iglesia tanto interna como externamente”. Destaca que, “de hecho, en las primeras dos décadas después del Concilio, tuvo lugar un éxodo de muchos sacerdotes y religiosos, en muchos ámbitos, se produjo un decaimiento de la práctica eclesiástica junto con movimientos de protesta de sacerdotes, religiosos y laicos. El Papa Pablo VI habló de ‘humo de Satanás’, introducido por alguna grieta en el templo de Dios”.

19] Se destaca, pues, que el Cardenal Kasper admite expresamente que prevaleció en el Concilio la orientación en el sentido “de los movimientos de renovación (…) surgidos entre las dos guerras mundiales”, y por lo tanto de la nouvelle théologie, y lo hace con algunos detalles que impresionan. En una visión objetiva y desapasionada, ese artículo, sólo por sí, ya permite entrever que el Vaticano II merece censura teológica grave, por contituir una amalgama, de “enorme potencial de conflicto” de la doctrina tradicional con novedades ya condenadas.

Algunas afirmaciones del Cardenal no son nuevas

20] No se ha de exagerar la novedad de lo que dice el Cardenal Kasper en el referido artículo de L’Osservatore Romano de 12-04-2013. La importancia de ese texto queda señalada por la persona de su autor, por la densidad histórica y doctrinal del contenido, por el órgano que lo divulgó. Pero no son pocos los trabajos que han revelado y comentado hechos que se insertan en la misma línea de este artículo. Nos referimos a algunos a continuación.

21] Autor de profundos estudios sobre el Vaticano II, el profesor Roberto de Mattei, el más autorizado historiador católico de nuestro tiempo, declaró: “Las reivindicaciones del ala ‘jacobina’ (para expresarme con los términos de la Revolución Francesa) habían sido rechazadas por la oposición de la minoría conservadora que, poco a poco, se fue organizando. Los documentos no se correspondían con las expectativas de los progresistas más audaces y fue gracias a compromisos obtenidos in extremis como es posible al Papa decir hoy que los documentos deben ser leídos a la luz de la Tradición” (Catolicismo, marzo de 2011, pág. 31).

22] El jesuíta P. Joao Batista Libanio nació en 1932 en Belo Horizonte, habiendo estudiado en Brasíl, en Alemania y en Roma. Vinculado a la teología de la liberación, tiene numerosos libros y artículos publicados. En 2005, escribió así: “Pablo VI había optado por que los textos conciliares fuesen aprobados con amplia mayoría. No quería, de ningún modo, dar a entender que había facciones antagónicas y que los documentos significaban la victoria de una sobre otra. Debían poner de manifesto a la Iglesia y al mundo que nacían de una comunión de corazones y de mentes. Esa opción está en la base de los compromisos lingüísticos y permite y permitió que después del Concilio hubiese interpretaciones diferenciadas, apoyadas en la literalidad del texto” (“Contextualização do Concílio Vaticano II e seu desenvolvimento”, Unisinos 2005, http://www.jblibanio.com.br/modules/mastop_publish/?tac=102, § “Paulo VI optara ...”).

23] El P. René Laurentin nació en Francia en 1917. Mariologista de renombre, profesor y conferenciante convidado en varias universidades europeas y americanas, fue perito en el

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Concilio, sobre el cual publicó varios trabajos. En 1966, escribió que, en el Vaticano II, “aquí y allá se cultivaba la ambigüedad como una escapatoria para oposiciones inextricables. Se podría dar una larga lista de términos que incluyen las tendencias opuestas, porque podían ser vistos por ambos lados, como juegos fotográficos en los que se ven dos personajes diferentes en la misma imagen, según el ángulo desde el que se mire. Por esa razón, el Vaticano II suscitó, y continuará suscitando, muchas controversias” (“L’enjeu et le bilan du Concile – Bilan de la quatrième session”, Seuil, Paris, 1966, p. 357).

CAPÍTULO III- Los textos controvertidos y el carácter heretizante del conjunto.

24] ¿Hay desviaciones doctrinales en los documentos del Vaticano II? Poco después del Concilio, los antimodernistas se dividieron a este respecto. Algunos veían en él errores literales, otros no llegaban a tanto, o dudaban, o rehuían la cuestión, y no pocos aceptaban plenamente los textos conciliares. Y, como se explicará mejor más adelante en el apartado 40, estaban los que argüían el principio falso, pero aceptado por cierta escuela teológica tradicional, de que Papas y Concilios no pueden errar en su magisterio, incluso cuando no cumplen las condiciones de infalibilidad fijadas por el Vaticano I; y con base en eso entendían, a priori y por una supuesta razón de fe, que en el Vaticano II nada podía haber de censurable. Hasta hoy la misma división de posiciones marca los ambientes antimodernistas.

25] El sentido objetivo de los textos – Para quien examina objetivamente los pronunciamientos de los autores antimodernistas sobre los documentos concialiares en los últimos cincuenta años, se vuelve desde luego patente que la señalada variedad de interpretaciones no procede de una simple diversidad en las reglas de hermenéutica, sino del hecho de que numerosos pasajes del Vaticano II se prestan a interpretaciones diversas, e incluso opuestas entre sí. Es lo que se desprende también del artículo del Cardenal Kasper. Hasta tal punto, que los propios modernistas quitan de allí lo que quieren.

Los quodammodos de los textos conciliares

26] Durante años, antes, durante y después del Vaticano II, tuve trato con D. Antonio de Castro Mayer (1904-1991), que fue Obispo de Campos, en el Estado de Rio de Janeiro, desde 1948 hasta 1981. Pasados más de veinte años de su fallecimiento, presto aquí testimonio, para la Historia, de algunas de sus posiciones ante el Concilio, y de su perplejidad en cuanto a tomar, frente al modernismo dominante, una postura inspirada en San Atanasio. No cabe aquí analizar las actitudes extremas que S. Exca. adoptó al final, pues en este artículo busco sólo exponer algunos aspectos del Vaticano II.

27] Los “quodammodos” – D. Antonio de Castro Mayer llamaba la atención sobre las expresiones restrictivas que acompañaban siempre las novedades doctrinales de los textos conciliares. En todos los pasajes que contenían o insinuaban ideas extrañas a la doctrina católica, indicaba él, allí había una palabra o una expresión que atenuaba su sentido literal. Podía ser el adverbio latino quodammodo, en portugués “de algún modo”, o un sinónimo, o una perífrasis equivalente, o una figura del lenguaje que, de la misma manera, confería al texto censurable un algo de imprecisión, de indefinición o de confusión, que permitiría decir que en aquel pasaje no había, literal y formalmente, un error o una herejía. Podía ser, al contrario, una expresión ambigua o sospechosa que restringía el sentido de una proposición ortodoxa. De todas formas, lo que siempre caracteriza esos “quodammodos”, como aquí los denomino, es volver confusa la doctrina expuesta, mezclando la verdad con el error.

28] Tres ejemplos sencillos muestran en que consistía, según el entonces Obispo de Campos, esa maniobra semántica:

a. En el número 22 de la Gaudium et Spes, se lee que “por su Encarnación el Hijo del Hombre se unió de algún modo [quodammodo] a todo hombre” donde la expresión “de algún modo” introduce una nota de imprecisión e indefinición que dificulta la acusación de panteísmo modernista según el cual Nuestro Señor se habría unido hipostáticamente a todo hombre.

b. El número 9 de la Lumen Gentium dice que la Iglesia de Cristo “subsiste en” la Iglesia Católica, pasaje en el que “subsistir en” haría las veces del quodammodo, tornando confuso y ambiguo el dogma de que la Iglesia Católica es la única Iglesia de Cristo, pues “subsistit in”, “subsiste en“, podría ser interpretado como “quodammodo est”, “de alguna manera es”, o también como “es”, sin más.

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c. La Lumen Gentium, con el pasaje inaceptable sobre la colegialidad episcopal, fue publicada con una “nota previa” oficial que restringía de forma insuficiente el sentido heterodoxo del texto, ejerciendo así la función de quodammodo.

29] En sustancia, la operación quodammodos ya había sido en el pasado denunciada por algunos antimodernitstas. A la vista de las palabras del Cardenal Kasper, queda claro que esa operación fue planificada, como maniobra para obviar la “oposición obstinada” de la “minoría influyente”, esto es, de los defensores de la buena doctrina. No se trataba, en modo alguno, de atender las instancias de los tradicionalistas, como eran entonces denominados, sino de dejarlas de lado encubiertamente, pudiéndose hablar por eso del señuelo de los quodammodos. No se pretende aquí investigar las intenciones de los dirigentes del Concilio, pues sólo a Dios cabe juzgarlas, pero no se puede dejar de constatar, sencilla y objetivamente, que ese recurso fue aplicado de manera sistemática y programada.

30] En una apreciación extrínseca de la materia, no se puede decir que esas maniobras redaccionales daban a aquellos pasajes un sentido ortodoxo. No sucede eso, de forma alguna. La posición dominante de los autores antimodernistas revela que esas maniobras apenas sí atenuaban o confundían el sentido de los textos modernizantes, tendiendo a dificultar su calificación como literal y formalmente heréticos. El Cardenal Kasper afirma ahora que Pablo VI consiguió “atraer” la minoría tradicionalista, pero para tal cosa “se pagó un precio”, con “fórmulas de compromiso”, en las que “las posiciones de la mayoría figuran inmediatamente al lado de las de la minoría, pensadas para acotarlas”. Se vuelve así manifiesto que, siempre en una evaluación extrínseca, esa acotación no volvía ortodoxos los textos controvertidos, pero se debilitaba su sentido, apartando o dificultando las censuras teológicas más graves, y bloqueando las reacciones sanas que pudiesen surgir.

31] Práctica deshonesta y astuta – En el libro “O Reno se lança no Tibre” (Ed. Permanência, Rio de Janeiro, 2011, pp. 244-245), el P. Ralph Wiltgen S.V.D. narra que ya durante la segunda sesión del Concilio el P. Schillebeeckx había dicho a un especialista de la Comisión de Teología que se sentía indignado al ver que determinado esquema adoptaba el punto de vista liberal-moderado, cuando él, personalmente, era favorable al punto de vista liberal-extremo. El especialista le habría respondido: “Nosotros nos expresamos de modo diplomático, pero después del Concilio, extraeremos del texto las conclusiones que están implícitas en él”, y el Padre Schillebeeckx habría calificado esa táctica como “desleal”. Parafraseando el dicho de Corneille (Polyeucte, act.1, escena 1), “ce qu’il ne peut de force, il l’entrepend de ruse” (“lo que no puede con la fuerza, lo busca con tretas”), se podría decir: lo que no habían conseguido con la fuerza de la argumentación teológica, los modernistas habían logrado obtenerlo, en parte, con artimañas.

32] En el artículo del Cardenal Kasper se lee que la mayoría de los Obispos había abrazado “el optimismo del aggionamento”. Esa idea no expresa la realidad completa. Gran parte de esa mayoría tenía raíces tradicionales profundas, lo que queda bien caracterizado en manifestaciones anteriores a la apertura del Concilio y en la primera sesión, por ejemplo en las peticiones a favor de la definición de dogmas marianos y de la condena del comunismo. Fue notable la actuación del Coetus Internationalis Patrum, cuyos Obispos, justamente con otros, se habían levantado durante el Conclio contra las desviaciones doctrinales que venían siendo propuestas, provocando la aquí llamada operación quodammodos, como confirma el Cardenal Kasper. Si la reacción antiprogresista, entonces naciente, no se hubiese enfriado, sino que los denominados tradicionalistas hubiesen comprendido que quedaban graves desviaciones doctrinales en los nuevos textos propuestos, podría haber adquirido cuerpo una corriente conservadora con número y prestigio suficientes para cerrar el paso al modernismo triunfante. Sabedores de eso, los progresistas estaban preocupados sin duda con la oposición de la minoría tradicionalista, pero se preocuparon aún más en evitar que despertasen, con un celo por la fe que podría sorprender, los Obispos conservadores que permanecían callados, o en realidad atónitos, en la mayoría amorfa.

33] Considerando lo que llevamos enunciado, digo:

Que numerosos y sólidos estudios antimodernistas del último medio siglo, bien conocidos en todo el orbe, especialmente por los católicos celosos de la fe, prueban desviaciones doctrinales graves en pasajes del Vaticano II;

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Que esas desviaciones son calificadas por pocos como herejías formales, pero señaladas por prácticamente todos aquellos estudios como ofensivas para la fe católica;

Que son igualmente señaladas como confluyendo todas en el vórtice modernista;

Que, siendo así, considero correcto y propongo, in sede doctrinaria, que el Vaticano II sea calificado extrínsecamente como “heretizante”.

34] Explico más circunstanciadamente los varios puntos de esta declaración del apartado anterior.

a. Considerando lo que llevamos enunciado – Lo que consta, en forma sintética, en el apartado 33, debe ser entendido en el sentido de todo lo demás que se expone en el presente artículo.

b. Digo – Repito que sustento en nombre estrictamente personal lo que enuncio seguidamente, pero quede claro que lo hago en términos firmes, no como mera impresión subjetiva, y que asumo toda la responsabilidad por lo que aquí digo.

c. Numerosos y sólidos estudios antimodernistas del último medio siglo prueban desviaciones doctrinales graves en pasajes del Vaticano II – Para el objetivo que ahora se busca, no son considerados aquí los trabajos modernistas, que no pueden ser tenidos como verdaderamente católicos.

d. Tales estudios son bien conocidos en todo el orbe, especialmente por los católicos celosos de la fe – No es necesario citar esos numerosos y brillantes estudios, por ser harto conocidos, en especial por los fieles celosos de la Tradición católica. Un análisis intrínseco de los textos conciliares que yo redactase hoy sería sólo uno más, que nada diría, por ejemplo, a la alta autoridad romana que recientemente instó a los lefebvristas a deponer las armas, invocando sólo la caridad que une, como si la materia no implicase graves cuestiones de fe. Nótese que esa postura recuerda la “nostalgia” (apartado 18, atrás) en la que el Cardenal Kasper parece ver como una razón meramente sentimental lo que habría llevado a muchos a no aceptar el Concilio.

e. Esos tópicos son calificados por pocos como herejías formales, pero señalados por prácticamante todos aquellos estudios como ofensivos a la fe católica- En los escritos antimodernistas serios no es frecuente encontrar la acusación literal de herejía a los documentos conciliares. Lo que en general allí se lee es la acusación de incompatibilidad del texto conciliar con la doctrina católica, lo que se aplica también a las posiciones próximas a la herejía, favorecedoras de la herejía, y aún aquellas pasibles de censuras menos graves, caracterizándose así la censura genérica de heretizante.

f. Las mencionadas desviaciones son igualmente señaladas como confluyendo todas hacia el vórtice modernista – También eso queda claro, como es notorio, en los aludidos estudios sobre el Concilio, prescindiendo aquí de cualquier referencia académica al respecto.

g. Siendo así, considero correcto y propongo, in sede doctrinaria – Es indispensable y urgente que el Vaticano II sea denotado con la censura teológica extrínseca que le corresponde, teniéndose para eso a la vista el procedimiento descrito por el Cardenal Kasper, que constituye una maniobra desleal y confusionista que debe ser desenmascarada.

h. Que sea el Vaticano II extrínsecamente calificado como “heretizante” – Aunque sólo se trate aquí, ex professo, de la calificación teológica extrínseca del Concilio, no puedo dejar de decir, de paso, que entiendo que en un análisis intrínseco los quodammodos a tal punto tornaron escurridizos los textos censurables, que no quedó ninguno herético, con la claridad necesaria para ser así formalmente calificados, sobre lo que tal vez escriba en breve.

35] “Abyssus abyssum invocat” – Los autores antimodernistas ven, en los pasajes heretizantes del Vaticano II, abismos que llaman a otros abismos. Señalan que al hombre moderno, incluso a la mayor parte de los católicos, la modernidad lo atrae, con su materialismo, con su laicismo, con su desacralización de todas las cosas, con su pérdida de la noción del pecado, del infierno, etc. En el campo teórico, las nuevas doctrinas conciliares convidan al estudioso a abrazar el pensamiento moderno, a insertarse en el mundo relativista

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de la intelectualidad de nuestros días. En el campo práctico, las posturas conciliares, el llamado “espíritu del Concilio”, el modo en como los media lo presentan sin efectiva oposición por parte de las autoridades eclesásticas, todo conspira en el sentido de una nueva concepción del mundo y de una nueva moral libertaria, incompatibles con la Revelación. En la línea de lo que afirman dichos autores, un ejemplo sencillo basta: si todas las religiones son buenas y salvan, ¿por qué se han de aceptar los principios católicos en materia sexual, que varias religiones no cristianas o llamadas cristianas juzgan superados y niegan?

36] Lo que hay de bueno y correcto – Como es evidente, según los mismos autores antimodernistas no todos los pasajes del Vaticano II son merecedores de censura teológica, tanto más cuando son allí reafirmados dogmas definidos anteriormente y un sinnúmero de principios de doctrina católica. Ocurre sin embargo que, en general, incluso esas verdades de la Tradición son señaladas como formuladas en los documentos conciliares en términos no escolásticos, sino con un lenguaje y contexto modernizantes. Es particularmente importante subrayar que aquellos autores señalan como inaceptables todas las novedades doctrinales específicas del llamado aggionarmento del Vaticano II.

Paralelismo con lo que ocurre con la Misa nueva

37] Sobre la no aceptación del Ordo de 1969 – En Consideraçoes sobre o Ordo Missae de Paulo VI, hecho público en 1970 (ver en este sitio), me abstuve de indicar la censura teológica que yo atribuiría a cada pasaje. Señalar una censura específica para cada texto poco aclararía, pudiendo por el contrario suscitar dudas y debates sin fin, tal vez académicamente válidos pero en la práctica agotadores e inútiles. Por eso me limité a afirmar, de forma genérica, que el Ordo de Pablo VI no podía ser aceptado por el católico fiel, como aún hoy lo afirmo.

38] Sobre el sentido de esa no aceptación – En efecto, escribí entonces que “en vista de las consideraciones hechas se impone la conclusión de que no se puede aceptar la nueva Misa (…) Es preciso dejar bien claro que las retricciones que hacemos a los diversos punto s¡ de la nueva Misa no son todas de igual importancia. A lo largo del trabajo procuramos siempre expresar cual es el sentido y el alcance exactos de cada observación que hacíamos al ‘Ordo’ de 1969. Pero, tomadas en su conjunto, esas observaciones convergen en un sentido único, lo que hace que el todo merezca restricciones más graves de las que a cada parte se pueden hacer. (…) Nos preguntamos (…) en qué medida el (…) principio de autoridad nos obliga a aceptar o a rechazar, según la más pura doctrina católica, la nueva liturgia de la Misa. Y fue con base en esos presupuestos como nos vimos forzados a concluir que, por amor a la propia Iglesia y a la fe recibida de nuestros mayores, es necesario decir non possumus” (Consideraçoes…, pág. 168).

39] Hoy, a semejanza de lo que escribí sobre la Misa nueva, y ciñéndome a una apreciación extrínseca, digo que el Vaticano II no puede ser aceptado por el católico fiel. Y añado que a los documentos conciliares, y por lo tanto al propio Concilio, cabe la calificación teológica extrínseca de “heretizantes”.

40] Sobre la posibilidad de error en documentos conciliares – Durante el Vaticano II y después, muchos antimodernistas, incluso Padres conciliares y doctores de los más reconocidos, se vieron forzados a indagar si debían aceptar incondicionalmente los documentos promulgados por el Concilio. Esta cuestión de conciencia se imponía de forma aflictiva, sobre todo en razón de una concepción inflacionada de la infalibilidad de la Iglesia, defendida por cierta escuela teológica, según la cual una enseñanza papal o conciliar jamás podría contener error, incluso cuando no cumplan las condiciones de la infalibilidad fijadas en el Vaticano I. Aún hoy hay quien defiende esa tesis equivocada, que he calificado como de “infalibilidad monolítica” (ver, en este sitio, el artículo “Infalibilidad monolítica y divergencias entre antimodernistas”). Entre los teólogos fieles a la Tradición, sin embargo, se viene afirmando cada vez más la doctrina contraria, con base en la resistencia de San Pablo a San Pedro, y en importantes argumentos históricos y teológicos.

CONCLUSIÓN – Llamamiento filial al Soberano Pontífice

41] Hablo aquí in sede stricte doctrinaria, proponiendo y sometiendo a los estudiosos de la materia, y sobre todo a las autoridades de la Santa Iglesia , ideas que juzgo hoy necesario proclamar en defensa de la Fe. Y reitero que hablo en nombre exclusivamente personal, pues

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para esto no tengo mandato de ninguna entidad ni de ningún fiel. Las consideraciones que formulo tienen sólo la fuerza de los hechos y demás presupuestos en los que las baso, y de los argumentos que aduzco.

42] A la vista de lo expuesto, dirijo un respetuoso y filial llamamiento al Papa Francisco para que comprenda que los verdaderos antimodernistas son sus seguidores más fieles, deseosos de acatar en todo sus enseñanzas y mandatos; pero no permita que les sea ordenado, como desde hace tiempo viene ocurriendo, lo que la conciencia católica no puede aceptar por oponerse a la Verdad, a la Tradición, a la doctrina de siempre. Que no se les diga, sin las distinciones elaboradas por la escolástica, que fuera de la Iglesia puede haber salvación. Que no se les enseñe que el protestantismo es una modalidad diferente y aceptable de vivir el Cristianismo. Que no sean equiparados a los fundamentalistas musulmanes. Que no se tolere que el Cardenal Arzobispo de La Habana continúe siendo colaboracionista del régimen comunista que esclaviza Cuba. Postrado a los pies de Maria Auxilium Christianorum pido al Sucesor de San Pedro que corte los pasos a la maniobra bosquejada por el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe al etiquetar como herejes a los antimodernistas que tienen fundadas y graves reservas en relación a un Concilio calificable extrínsecamente como heretizante.