SOCIEDADES - Febrero 2016

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    Noticia del mes

    Acuerdo de Asociacin Transpacfico (TPP): el Per frente a la economa mundial y desarrollo comercial

    Escribe: Carlos M. HERMOZA HORNA

    Abogado Corporativo Asociado al Estudio Flint Abogados SCRL.

    1

    El 04 de febrero del 20162, el Per firm el Acuerdo de Asociacin Transpacfico (TPP, por sus siglas en ingls), el mismo que fue promovido por los Estados Unidos de Amrica desde el ao 2010 y que une a 12 pases por medio de un tratado de libre comercio multilateral.

    El TPP est conformado por Australia, Brunei, Canad, Chile, Japn, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Estados Unidos, Per, Mxico y Vietnam; 12 naciones que representan el 40% del PBI mundial, es decir, significa el mayor acuerdo comercial y econmico de todos los tiempos.

    Para entender mejor esta situacin, debemos partir de la definicin de lo que es un acuerdo comercial3, entendido desde el punto de vista empresarial como un convenio entre dos o ms partes, producto de una negociacin y sobre la que se adopta una posicin en comn entre los involucrados. Este convenio se denomina comercial, debido a que se enfoca en la actividad mercantil entre empresas privadas, organizaciones y gobiernos.

    1Imagen extrada de: www.acuerdoscomerciales.gob.pe/ visitado el 09/02/2016 a las 01:00 horas. 2 Vase en: www.promperu.gob.pe/Repos/pdf_novedades/322016194250_340.pdf visitado el 11/02/2016 a las 02:00 horas. 3 Vase en: www.definicion.de/acuerdo-comercial/ visitado el 11/02/2016 a las 01:00 horas.

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    Es as que, con un acuerdo comercial se logra consolidar y establecer las reglas de las relaciones comerciales entre los pases que forman parte, establecindose, entre otros aspectos, los impuestos aplicados, aranceles, moneda, etc.

    Enfocndonos en el TPP, este acuerdo va ms all de lo comercial, pues entre otros aspectos se espera que produzca un re posicionamiento poltico, institucional, regional de los Estados que forman parte, as como tambin se genere mayor crecimiento econmico, incremento de las exportaciones, aumento de los salarios, mejore la competitividad de los pases parte, reduzca la pobreza y promueva la productividad y competitividad de las 12 naciones.

    Por otro lado, como es natural, existen oposiciones o mitos respecto al TPP, toda vez que se especula que atentara entre otras cosas, con el acceso a la salud, derechos de los consumidores y hasta el libre acceso a la Internet.

    Uno de los aspectos criticados al TPP, es el tema de la proteccin de las patentes de medicamentos, lo que se reflejara en la dificultad de incorporar al mercado los llamados medicamentos genricos, que como es de pblico conocimiento, son mucho ms econmicos. Sobre el particular, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo seal que: El Per mantiene una estrategia de negociacin orientada a asegurar el acceso a medicamentos y polticas de competencia en dicho sector, a la vez que se protegen los derechos de propiedad intelectual. Esto se realiza en plena coordinacin con el Ministerio de Salud e INDECOPI4.

    Otro punto cuestionado al TPP, es el derecho que se les otorgaran a las grandes compaas de los pases que forman parte de este tratado, en vista que posiblemente estas acten de acuerdo a sus intereses comerciales, sin respetar la normativa actual de cada pas. Seran las grandes corporaciones quienes fijaran sus propias reglas y ya no los propios Gobiernos, quienes seran utilizados para transmitir sus intereses.

    Como lo hemos sealado, todos estos supuestos cuestionamientos al TPP, son especulaciones originadas por la reserva en que se negoci durante varios aos este tratado, sin que sea de conocimiento pblico durante todo su proceso, lo que le quitara transparencia al mismo. Podra uno imaginarse tambin que, lo que busca el TPP es neutralizar la actividad y expansin econmica de la China, debido a que este tratado est liderado por dos grandes potencias como son los Estados Unidos de Amrica y Japn, quienes podran tener intereses geopolticos excluyendo a dicho pas. Insistimos, estas son algunas especulaciones producto del secretismo antes mencionado.

    En definitiva, no podemos negar que la alianza de estos 12 pases ha generado el acuerdo regional ms grande de la historia.

    Enfocndonos en el mbito de aplicacin peruano, conforme a lo sealado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, seora Magaly Silva5, el Per actualmente est pasando por una etapa de disminucin de las exportaciones y desaceleracin del comercio exterior, motivo por el cual el TPP lo que hace es dar posibilidades de crecimiento, porque al reducirse las barreras arancelarias y paraarancelaria, las demoras burocrticas y trmites se reduciran considerablemente.

    Asimismo, indic la Ministra que, con el TPP se reducir el tiempo para el otorgamiento de permisos o autorizaciones sanitarias, para el caso de la agro exportacin, lo que se reflejara en el ingreso de nuestros productos en otros pases en un menor tiempo, lo que hoy en da no sucede.

    La ministra Silva ratific que los peruanos deben estar seguros de que la integracin6 acordada con los pases TPP representa un gran logro para el pas y que el conjunto de instituciones pblicas que han participado a lo largo del proceso lideradas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo han buscado el mximo

    4 Vase en: www.acuerdoscomerciales.gob.pe/images/stories/tpp/infografia_final.pdf visitado el 10/02/2016 a las 01:00 horas. 5 Vase en: www.youtube.com/watch?v=SoJC3N0yFz8 visitado el 10/02/2016 a las 01:00 horas. 6Integracin: Es el proceso por el cual, una agrupacin de Estados se asocian con el objeto de alcanzar un nivel superior de desarrollo y bienestar conservando su individualidad.

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    beneficio para el Per, y han pensado en todo momento en su proyeccin hacia el futuro en un mundo cada vez ms globalizado e interdependiente7.

    Internet, medicamentos, derechos intelectuales, medio ambiente, etc., son algunos de los puntos abordados por el TPP, que desde mi punto de vista impulsarn el crecimiento econmico, diversificando nuestra economa, incrementando las exportaciones y ampliando el mercado actual.

    Considero que las pequeas empresas se beneficiarn directamente con el TPP, debido a que en la actualidad no tienen la posibilidad de exportar fcilmente por las barreras burocrticas, trmites y mil trabas que se les ponen en el camino, lo que las limita a operar nicamente en el mercado local.

    Finalmente, a manera de conclusin, el hecho de que el Per forme parte del TPP, no es una novedad, toda vez que ya desde hace varios aos, nuestro pas ha estado abierto al comercio exterior por intermedio de tratados; claro ejemplo es el TLC con Estados Unidos.

    El TPP reducir y, esperemos acabe, con los aranceles y tributos que hoy en da se pagan para poder exportar, lo que permitir a nuestros productos acceder a otros mercados de manera ms rpida y sencilla.

    La flexibilidad en estos nuevos procedimientos de exportacin generar una notable evolucin de la economa peruana y exploracin de nuevos mercados.

    El TPP forma parte de una estrategia de largo plazo de insercin del Per en la economa global8.

    7 Vase en: www.promperu.gob.pe/Repos/pdf_novedades/322016194250_340.pdf visitado el 11/02/2016 a las 02:00 horas. 8 Vase en: www.acuerdoscomerciales.gob.pe/ visitado el 10/02/2016 a las 01:20 horas

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    Curso de Actualizacin en Derecho Societario

    El Grupo de Estudios Sociedades en el marco del proyecto del Libro Homenaje al Dr. Oswaldo Hundskopf,

    invita a la comunidad acadmica a participar del Curso de Actualizacin en Derecho Societario, a cargo de

    destacados especialistas en Derecho Societario.

    El pago se debe realizar a la siguiente cuenta BCP: 191-33016476-0-74.

    Una vez realizado el pago debe enviar el voucher a [email protected] indicando sus

    nombres completos y telfono a fin de poder inscribirlo.

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    Implementacin del Arbitraje de Consumo: Consideraciones generales

    Escribe: Dave Christopher HERRERA GUTIRREZ

    Estudiante de la Maestra en Derecho de la Empresa de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Polticas de la UNMSM

    1.- Definicin

    El Arbitraje de Consumo es un mecanismo alternativo gratuito de solucin de conflictos con carcter vinculante y con efectos de cosa juzgada entre consumidores y proveedores, en relacin con los derechos reconocidos a los consumidores. Opera a travs del Sistema de Arbitraje de Consumo (en adelante, SISAC) el cual fue creado por el Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor Ley 295719, con el objetivo de resolver en manera sencilla, gratuita y rpida los conflictos de consumo.

    2.- Antecedentes histricos para crear el SISAC

    2010: Se aprueba el Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor con el objetivo de resolver de manera sencilla, gratuita y rpida los conflictos de consumo.

    2011: Se aprob el Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo (SISAC).

    2011-2015: Se realizaron reuniones de trabajo con gremios empresariales, universidades, gobiernos regionales y locales para promover la adhesin de empresas al SISAC y la instalacin de juntas arbitrales10.

    2013: Se contrat al Centro de Anlisis y Resolucin de Conflictos de la PUCP para la elaboracin del diseo y plan de trabajo para la implementacin del Arbitraje de Consumo.

    2014: Se aprobaron normas complementarias al reglamento referidas Proceso de Adhesin de Proveedores y Nominacin de rbitros.

    2015: Se crea la Junta Arbitral de Consumo Piloto adscrita a la sede central del Indecopi. Se designan al presidente (Patricia Sarria) y secretario tcnico de la junta (Jos Carlos Vela).

    3.- Caractersticas del SISAC

    Es una forma sencilla, gratuita, rpida y vinculante de resolver las controversias de consumo.

    Su sometimiento es voluntario11. 9 LEY 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor: Artculo 137.- Creacin del Sistema de Arbitraje de Consumo Crase el Sistema de Arbitraje de Consumo con el objetivo de resolver de manera sencilla, gratuita, rpida y con carcter vinculante, los conflictos entre consumidores y proveedores.. 10 LEY 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor: Artculo 138.- Las juntas arbitrales La Autoridad Nacional de Proteccin del Consumidor constituye las juntas arbitrales en cada localidad, en coordinacin con los gobiernos regionales y locales, a fin de que stas organicen el sistema y lo promuevan entre los agentes del mercado y los consumidores.. 11 LEY 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor:

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    La adhesin al sistema por parte de los proveedores u organizaciones empresariales es gratuita.

    La adhesin otorga al proveedor el derecho de poder ostentar el distintivo oficial del Arbitraje de Consumo12 en cualquier medio de difusin de conformidad con el reglamento en uso.

    Los rganos Arbitrales estn integrados por rbitros nominados por los representantes de los sectores empresariales interesados, las asociaciones de consumidores y usuarios y la administracin pblica.

    El proceso arbitral admite su conclusin por acuerdo conciliatorio entre las partes, sin necesidad de emitirse un laudo.

    El laudo emitido produce los efectos de cosa juzgada para las partes, de la misma forma que una sentencia judicial13.

    En el proceso arbitral no se imponen sanciones, por lo tanto, no existe registro de infractores e imposicin de multas.

    3.- Los rganos Arbitrales

    Los rganos Arbitrales14 son entidades unipersonales o colegiadas que tienen por finalidad conocer y resolver (como nica instancia) la controversia surgida entre consumidores y proveedores mediante la emisin de un laudo.

    Cabe precisar que los rganos Arbitrales Colegiados se encuentran integrados por tres rbitros, de los cuales uno lo preside y ser aquel que conforme la nmina y propuesta de la entidad de la Administracin Pblica en la que se constituy la Junta Arbitral de Consumo.

    Artculo 140.- Carcter voluntario La sumisin de las partes al Sistema Arbitral de Consumo es voluntaria y debe constar por escrito o en cualquier otro medio fehaciente.. 12 LEY 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor: Artculo 141.- Distintivo del Sistema de Arbitraje de Consumo Los proveedores que se adhieran al Sistema de Arbitraje de Consumo quedan autorizados para ostentar en su publicidad, vitrinas, papel membretado y otros medios de difusin un distintivo especialmente creado, para que el pblico pueda identificarlos como parte del sistema de solucin de conflictos.. 13 LEY 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor: Artculo 144.- Exigibilidad de los laudos arbitrales y acuerdos El laudo arbitral firme y el acta suscrita por las partes que contiene un acuerdo conciliatorio celebrado entre consumidor y proveedor, conforme a los mecanismos sealados en el presente captulo, constituyen ttulo ejecutivo, conforme a lo dispuesto en el artculo 688 del Cdigo Procesal Civil. El incumplimiento de un acuerdo conciliatorio o laudo celebrado entre consumidor y proveedor constituye una infraccin al presente Cdigo. En estos casos, si el obligado a cumplir con un acuerdo o laudo no lo hace, se le impone automticamente una sancin de hasta el mximo de la multa permitida, para cuya graduacin se toman en cuenta los criterios establecidos en el artculo 112 de este Cdigo. Dicha multa debe ser pagada dentro del plazo de cinco (5) das de notificada, vencido el cual se ordena su cobranza coactiva. Si el obligado persiste en el incumplimiento, el Indecopi puede imponer una nueva multa duplicando sucesiva e ilimitadamente el monto de la ltima multa impuesta hasta que se cumpla con lo acordado. Las multas impuestas no impiden al Indecopi imponer una multa o sancin distinta al final de un procedimiento, de ser el caso. Asimismo, el Indecopi es competente para ordenar las medidas correctivas enunciadas en el presente Cdigo. Este artculo es de aplicacin para todos los acuerdos conciliatorios vlidos celebrados entre consumidor y proveedor, incluidos aquellos obtenidos ante instituciones sin convenio con el Indecopi.. 14 LEY 29571 Cdigo de Proteccin y Defensa del Consumidor: Artculo 139.- rganos arbitrales Los rganos arbitrales son los encargados de resolver los conflictos de consumo. Estn integrados por rbitros nominados por los representantes de los sectores empresariales interesados, las organizaciones de consumidores y usuarios, y la administracin..

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    Los otros dos rbitros sern elegidos de la nmina propuesta de las Asociaciones de Consumidores y de la nmina propuesta por las organizaciones empresariales.

    4.- Cmo funciona el procedimiento arbitral?

    El proceso se inicia con el pedido escrito del consumidor dirigido a la Junta Arbitral de Consumo, con los requisitos formales que a tal efecto establezca la Autoridad Nacional de Proteccin del Consumidor.

    En un plazo mximo de cinco das hbiles de recibida la solicitud, y verificando que las partes expresamente sometieron su conflicto al arbitraje, la Junta Arbitral de Consumo, mediante su Secretara Tcnica, informar a las partes cul ser el rgano Arbitral competente para conocer su controversia.

    Dicho rgano Arbitral tiene la facultad de citar a audiencia nica para actuar algn medio probatorio o para escuchar a las partes o sus representantes, cuando lo considere necesario para el esclarecimiento de los hechos materia de la peticin de arbitraje.

    El plazo mximo para que el rgano Arbitral pueda emitir su laudo es de 90 das hbiles, computados desde la fecha de admisin de la solicitud de arbitraje.

    El laudo emitido produce los efectos de cosa juzgada para las partes, de la misma forma que una sentencia judicial.

    5.- Beneficios del SISAC

    Para las empresas:

    Ahorro de tiempo y costos frente a la opcin de seguir el proceso regular.

    Mejora en su reputacin, porque sus consumidores tendrn una mejor atencin de sus reclamos y su percepcin sobre la empresa mejorar.

    La adhesin otorga al proveedor el derecho de poder ostentar el distintivo oficial del Arbitraje de Consumo en cualquier medio de difusin de conformidad al reglamento de uso.

    No se les impone multas, ni se les inscribe en el Registro de Infractores, ni en el Mira a Quin le Compras.

    La adhesin al SISAC es gratuita.

    Para los consumidores:

    Es una forma sencilla, gratuita, rpida y vinculante de resolver las controversias de consumo.

    Se otorgar indemnizaciones.

    Ahorro de tiempo y de costos.

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    Solucin definitiva a su problema en un plazo no mayor a 90 das por ser nica instancia.

    La nominacin de los rbitros se realizar a propuesta de asociaciones de consumidores registradas en el Indecopi, as como de gremios empresariales, para garantizar la neutralidad del sistema.

    6.- Preguntas frecuentes

    Qu pasa si alguien no opta por el arbitraje? La opcin del arbitraje de consumo es voluntaria y las dos partes tienen que estar de acuerdo en someterse a un rbitro. Si el consumidor o la empresa no desean el arbitraje, puede continuar en la va regular, pero el arbitraje de consumo les brindara la posibilidad de resolver sus desacuerdos en un plazo ms breve y de manera gratuita.

    Qu pasa si el consumidor o la empresa no confan en el rbitro? El sistema cuenta con rbitros especializados y su neutralidad est garantizada, porque son elegidos tanto por los consumidores, a travs de sus asociaciones, por las empresas y por Indecopi. Adems, cualquiera de las partes puede recusar al rbitro, es decir, pedir su cambio si existe algn motivo real que le genera desconfianza.

    Qu pasa si alguien no est de acuerdo con lo que decide el rbitro? La decisin del rbitro equivale a una sentencia judicial y su cumplimiento es obligatorio. Slo si una de las partes considera que hay alguna irregularidad, podra pedir una anulacin ante el Poder Judicial.

    O sea s son dos instancias? No, el Arbitraje de Consumo es nica instancia. Slo si una de las partes considera que hay alguna irregularidad, se puede acudir al Poder Judicial.

    Si existe esta alternativa, para qu se mantiene el proceso regular? Porque el Arbitraje de consumo es un mecanismo voluntario, ms rpido y gratuito, pero si alguien no desea optar por este sistema, puede optar por el proceso regular.

    En qu se benefician las empresas? Por qu una empresa querra el arbitraje si hay muchas que no facilitan la solucin de los reclamos? Para las empresas significar un ahorro de tiempo y costos frente a la opcin de seguir el proceso regular. Adems, al usar este mecanismo tendrn una mejora en su reputacin, porque sus consumidores tendrn una mejor atencin de sus reclamos y su percepcin sobre la empresa mejorar.

    Por qu los procesos normales de Indecopi duran tanto? Porque es un proceso que tiene ms de una instancia, en el que hay que respetar los plazos de ley y procesos establecidos. Por eso Indecopi ha implementado el arbitraje de consumo como un mecanismo alternativo, que es gratuito, en el que los desacuerdos entre el consumidor y las empresas pueden resolverse como mximo en 90 das.

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    Por qu es gratuito? Porque as est establecido en la ley del consumidor, que establece el Arbitraje de Consumo como un servicio estatal gratuito.

    Por qu este tipo de arbitraje no funcion en otros pases? En Espaa el mecanismo es exitoso. Pareciera que en los lugares donde no funcion se debi a una falta de difusin. Justo por eso en el Per, el Indecopi est aplicando una estrategia de difusin dirigida, es decir, est contactando una a una a las empresas para explicarles las ventajas del sistema. El pas pasa por un buen momento y se confa en que existen empresas con una visin moderna y con polticas slidas de promocin de los derechos de los consumidores15.

    Va a funcionar a nivel nacional? El Arbitraje de Consumo se va a implementar de manera progresiva a nivel nacional. Se est comenzando en Lima, y se tiene previsto continuar con Arequipa y Trujillo.

    Y por qu en esas regiones? Se han tenido en cuenta algunos indicadores clave, como la cantidad de reclamos y los ndices econmicos ms relevantes de las regiones.

    Cunto tiempo ms se van a demorar en implementar el Arbitraje de Consumo? En Indecopi se est en la ltima etapa y concluir cuando se tenga las primeras empresas adheridas al sistema.

    Si el arbitraje de consumo se crea el 2011 por qu se implementa recin? Porque era necesario que existan las condiciones para implementarlo. Primero era necesario que se adecuen a la ley del consumidor, que se establezcan los libros de reclamaciones, que las empresas se adapten y recin en este momento poda funcionar el arbitraje de consumo.

    15 Nota extrada de la pgina web oficial del Indecopi, hacer click en este link: https://www.indecopi.gob.pe/noticias/-/asset_publisher/E4hIS8IHZWs9/content/el-indecopi-pone-en-marcha-el-sistema-de-arbitraje-de-consumo-como-alternativa-para-la-solucion-de-conflictos-entre-consumidores-y-proveedores?inheritRedirect=false

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    Las acciones liberadas

    Escribe: Alejandra Shirley Castro Vargas

    Alumna de 4to ao de la Facultad de Derecho y Ciencias Polticas De la UNMSM y miembro principal de GES

    I. Introduccin

    Si hablamos de sociedad annima inmediatamente pensamos en las acciones, basta con mencionar que las acciones son anterior a la misma sociedad annima para entender cun importante son. Actualmente las acciones son un instrumento de la sociedad, que ayudan a una fcil movilizacin de grandes capitales, por ejemplo, con las acciones se puede aumentar el capital y con esto, el crecimiento para la sociedad, generando as ms utilidades.

    A continuacin comentaremos acerca de una clase de accin que no es muy conocida en nuestra legislacin, pero que es importante al momento de hablar del aumento de capital, en especial de las capitalizaciones de las utilidades, estamos hablando de las acciones liberadas, para ello antes partiremos desde el tratamiento de las acciones en general.

    II. Acciones

    La doctrina actual converge en que la accin tiene tres conceptos: la accin como parte alcuota del capital, la accin como expresin de la calidad de socio y la accin como ttulo-valor.

    - La accin como parte alcuota del capital: el capital social necesariamente est dividido en acciones, las cuales tienen un valor aritmtico siendo submltiplos de la cifra capital16. La palabra alcuota es sinnimo de proporcional, por lo que se entiende que todas las acciones son proporcionales al capital social.

    - La accin como expresin de la calidad de socio: representado en el certificado de acciones o en anotaciones en cuenta, el accionista adquiere el status de socio y se convierte en titular de derechos y obligaciones.

    - La accin como ttulo valor: son instrumentos circulatorios. Ttulos valores especiales, a los cuales se les incorpora los derechos de carcter corporativo, siendo ttulos de participacin social17.

    Existen diversas clasificaciones de las acciones por parte de la doctrina, una de ellas es la accin liberada y no liberada.

    III. Acciones liberadas

    Las acciones liberadas [s]on aquellas acciones que se emiten y entregan de forma proporcional al nmero de acciones de cada propietario y surgen cuando la junta general de accionistas de la empresa acuerda capitalizar las utilidades o las reservas, es decir reinvertirlas en la empresa y a cambio entregar acciones18.

    16 HUNDSKOPF EXEBIO, Oswaldo. Manual de Derecho Societario. 2a Ed. Lima: Gaceta Jurdica, 2012, p. 112. 17 BEAUMONT CALLIRGOS, Ricardo. Comentarios a la Ley General de Sociedades. 6ta Ed. Lima: Gaceta Jurdica, 2012, p. 237. 18 Bolsa de Valores de Lima. Lima, Per. Disponible desde: www.bvl.com.pe/eduayuda_glosario.html visitado el 28/01/16 a las 18:00 horas.

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    Tambin tenemos otra definicin en la cual, es la accin para la cual no se exige desembolso por parte del accionista al emitirse con cargo a reservas de libre disposicin19.

    El trmino "liberadas" se usa para designar acciones emitidas sin necesidad de ser desembolsadas total o parcialmente ya que existe un patrimonio en la sociedad como contrapartida de tales acciones, como es el caso de la ampliacin del capital con cargo a reservas o beneficios.

    Podemos ver que la palabra liberada tambin es sinnimo de emitida y entregada.

    Las acciones liberadas hace alusin a aquellas acciones que son fruto de la capitalizacin de utilidades y son usadas tambin como un modo de pago a los accionistas, para ellos esto supondra una gran fuente de liquidez, si las decide vender posteriormente. Este tipo de acciones son emitidas en funcin a las utilidades retenidas o las reservas de libre disposicin. En otros pases la accin liberada tambin es llamada accin cra.

    3.1. Clases de acciones liberadas

    - En funcin a la parte liberada:

    a) Acciones parcialmente liberadas Son aquellas que solo han sido pagadas en un porcentaje menor al costo total, por lo que queda una deuda con la sociedad (pasivos). Segn la actual ley general de Sociedades, es necesario pagar como mnimo el 25% del valor nominal de la accin para que esta pueda ser emitida20. Este tipo de accin se dara cuando la utilidad o reserva no alcanzara a cubrir la totalidad de la accin por lo que el accionista deber desembolsar lo restante. b) Acciones totalmente liberadas Son aquellas que han sido totalmente pagadas a la sociedad o las que el accionista no ha tenido la necesidad de pagar, ya sea por las utilidades del accionista o por la capitalizacin de las reservas.

    - En funcin a las contrapartes utilizadas

    c) Con cargo a beneficios Cuando se produce una ampliacin de capital con cargo a beneficios, los accionistas recibiran como remuneracin, en lugar de dividendos, acciones liberadas cuyo contravalor seran los beneficios correspondientes al ejercicio econmico. d) Con cargo a reservas Cuando existen reservas y se decide que sern usadas en el aumento de capital, especificndose que se tomar como base un balance aprobado y auditado. Se buscar repartirlas de manera proporcional al nmero de acciones que hubiesen tenido los accionistas.

    IV. Las acciones liberadas y el aumento de capital

    Segn la ley general de Sociedades, una de las modalidades del aumento de capital es La capitalizacin de utilidades, reservas, beneficios, primas de capital, excedentes de revaluacin y dems casos previstos en la ley21.

    19 ESCOBAR GALLO, Heriberto; CUARTAS MEJA, Vicente. Diccionario Econmico Financiero. 3ra ed. Colombia: Universidad de Medelln, p. 09, 2006 20 Artculo 84 de la Ley General de Sociedades, Ley 26887. 21 Artculo 202 de la Ley General de Sociedades, Ley 26887.

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    Las acciones liberadas vendran a ser una consecuencia del aumento de capital. El aumento de capital puede efectuarse capitalizando total o parcialmente la parte de utilidades que no se hayan distribuidos como dividendos, mediante la emisin de acciones liberadas.

    V. Las acciones liberadas y las acciones en cartera

    Las acciones en cartera son acciones creadas o autorizadas, pero an no suscritas ni pagadas. Estn en cartera y pueden ser colocadas en cualquier momento, a criterio de los directores o administradores de la sociedad22.

    La accin en cartera sera como el antecesor de la accin liberada, ya que este tipo de acciones usualmente son usadas para facilitar el aumento de capital.

    VI. Diferencias con otros tipos de acciones

    No existe ninguna diferencia de fondo entre las acciones liberadas con las acciones ordinarias o preferenciales, porque las primeras les otorgan a los dueos o socios los mismos derechos que venan teniendo, con la misma participacin proporcional pero con ms cantidad de ttulos valores y capital invertido.

    VII. Conclusiones - La accin liberada es aquella que surge cuando la junta general acuerda un aumento de capital,

    mediante la capitalizacin de utilidades o reservas, estas acciones pueden ser dadas a los accionistas en forma proporcional al nmero de acciones que ya tenan.

    - La accin liberada tiene cuatro tipos: La accin completamente liberada, la accin parcialmente liberada, la accin liberada con cargo a beneficios y la accin liberada con cargo a reservas.

    - La accin liberada est ligada al aumento de capital en la forma de capitalizacin de las utilidades o reservas.

    - La accin en cartera puede transformarse en una accin liberada.

    VIII. Bibliografa

    8.1. Libros

    - BEAUMONT CALLIRGOS, Ricardo. Comentarios a la Ley General de Sociedades. 6ta Ed. Lima: Gaceta Jurdica, 2012.

    - ELAS LAROZA, Enrique. Derecho Societario Peruano. Tomo I. 2da Ed. Lima: Gaceta Jurdica, 2015. - ESCOBAR GALLO, Heriberto; CUARTAS MEJA, Vicente. Diccionario Econmico Financiero. 3ra ed.

    Colombia: Universidad de Medelln, 2006. - HUNDSKOPF EXEBIO, Oswaldo. Manual de Derecho Societario. 2a Ed. Lima: Gaceta Jurdica; 2012.

    8.2. Web

    www.bvl.com.pe/eduayuda_glosario.html

    22 ELAS LAROZA, Enrique. Derecho Societario Peruano. Tomo I. 2da Ed. Lima: Gaceta Jurdica; p. 360, 2015

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    SECCIN DE ENTREVISTAS

    En nuestra primera entrevista del ao Sociedades tuvo la oportunidad de conversar con el destacado abogado Alix Godos Garca, Intendente General de Supervisin de Conductas de la Superintendencia del Mercado de Valores SMV, quien coment acerca de los inicios de su vida universitaria y sobre su pasin por el Derecho que regula el mercado de valores.

    Entrevistan:

    Ayrton Alexis Gonzlez Ibargen Manuel de Jess Acosta Delgado

    1. Por qu razones decidi estudiar Derecho? Qu maestros recuerda de forma especial durante su etapa universitaria?

    Todo empez en el ao 1989 cuando cursaba el cuarto ao del colegio donde empec hacer una seleccin sistemtica de carreras que pudiera elegir. Es a partir de ese ao y hasta julio del siguiente que pas una poca de ansiedad, ahora dira tambin de angustia, en la que decid evaluar qu habilidades tena... Siempre fui un tipo combativo y batallador, de manera que fue en ese momento en que la idea de ser abogado y defender posiciones me llamaron la atencin. Claro, ello desde una perspectiva litigiosa, la cual cambi un poco cuando ingres a la universidad donde adquir un criterio ms financiero. Tengo que confesar que la idea de ser un abogado haca que sintiera independencia y una visin distinta de cmo se estructuraba el mundo. Todo ello hizo que eligiera estudiar Derecho.

    Dentro de los profesores que recuerdo y que marcaron mi vida pre universitaria, puedo mencionar a Antonio Abrua, quien luego lleg a ser rector de la Universidad de Piura. l nos dict Derecho Romano. El tema de cmo el Derecho y sus instituciones haban evolucionado hasta como lo conocemos hoy siempre me produjo mucha curiosidad, pues a m siempre me gust un poco la historia. Pero el momento determinante que me marc fue cuando llev un seminario sobre bolsa de valores que lo dictaba Federico Oviedo, que fue un alto funcionario de la Bolsa de Valores. Para m los aspectos relacionados con la bolsa eran muy interesantes pues combinaban el Derecho con las monedas, que son

    De izquierda a derecha: Manuel Acosta, Alix Godos y Ayrton Gonzlez.

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    las dos pasiones de mi vida. Ahora les confieso que para m era un tema algo esotrico, pues vea cmo suban y bajaban los precios y hasta ese momento no entenda muy bien por qu ocurra.

    2. Cmo as naci su inters por el Derecho que regula el mercado de valores?

    Fue a partir del seminario que les comento, luego del cual empiezo a interesarme por los fundamentos econmicos que sustentaban la bolsa Eso fue hasta que veo el anuncio que ms me impresion en la vida que deca Tercer Curso de Especializacin en Mercado de Valores - Conasev. En ese momento ya saba que significaba Conasev por lo que hablaba Federico Oviedo entonces me dije: Eso es a dnde yo voy. En aquella poca habl con unos amigos y me dijeron que estaba loco y que solo era para economistas o contadores y que nunca iba a poder... Sin embargo, me inscrib para dar el examen y logr una vacante, la cual considero hasta el da de hoy como uno de los logros ms grandes de mi vida.

    3. Qu nos puede comentar sobre el curso de especializacin en mercado de valores que usted llev?

    Cuando el curso empez se dictaba estadstica, matemtica financiera, finanzas corporativas que nos ense Piazn Gallo, tambin probabilidades asignaturas propias de mercado de valores y de regulacin sobre oferta de valores. El curso fue muy intenso y debo decir que me rebas en capacidad y especialmente en cuanto a la idea que tena del trading de valores. Por ejemplo, desde una perspectiva civilista es difcil entender cuando alguien se acerca y te dice: Te vendo deuda Eso me sonaba extremadamente tonto en aquella poca no poda concebir una idea como esa Yo demor casi un mes para asimilar esa idea y traducirlo en un bono, en un valor mobiliario que en algn momento van a hacer redimidos y van a permitir que a su adquiriente le paguen el principal y los intereses. Esta definicin sonaba como a una especie de mutuo Mientras haca esa traduccin desde el lenguaje civilista, que te ensean en la universidad, sent que el curso me rebas en algn momento Fue difcil, casi un mundo jursico, pero tambin una maravilla llevar esos temas de hecho me gust mucho finanzas corporativas donde saqu el mayor puntaje.

    4. Actualmente, usted es Intendente General de Supervisin de Conductas en la SMV y su rea se encarga de la supervisin de los emisores que participan en el mercado de valores, nos podra indicar qu otras labores realiza el rea a su cargo?

    La Intendencia General de Supervisin de Conductas es conocida en el mercado bsicamente por la inscripcin de valores que van a ser materia de oferta pblica y el registro de los respectivos prospectos informativos. No obstante, la Intendencia cuenta con cuatro divisiones: la Divisin de Ofertas Pblicas y Autorizaciones, la Divisin de Registro (que es la encargada de administrar el Registro Pblico del Mercado de Valores), la Divisin de Vigilancia (que realiza las tareas de monitoreo de todas las operaciones en el mercado de valores con el objetivo de prevenir, detectar y eventualmente reportar casos de uso indebido de informacin privilegiada y manipulacin de precios), finalmente, la Divisin de Transparencia (que es la encargada de revisar la correcta presentacin de informacin financiera segn las normas internacionales). La labor que realizan dichas divisiones son las que en conjunto realiza el da a da nuestra Intendencia.

    5. Pens durante su etapa universitaria llegar a tan alto cargo en la SMV?

    En el ltimo ciclo de la carrera, lo mximo que poda imaginarme respecto a lo que iba a realizar, era ser un consultor financiero de gente que tuviera negocios agrcolas o empresariales en general, sin tener una idea muy precisa de lo que se trataba. Esa visin sobre m se fue forjando a partir de la experiencia ganada cuando de muy joven le tramitaba los prstamos en el banco a mi pap. Quera emplear dichos conocimientos en otras personas y ayudarles a conseguirles financiamiento a mejores tasas de inters, entre otras cosas, y ganarme el sustento. Lo que yo imaginaba en aquel tiempo era solo el embrin de lo que actualmente soy que es sper magnificado y de distinta naturaleza.

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    6. Qu necesita un estudiante universitario para poder comprender el mercado de valores?

    Necesita comprender la realidad nacional en cuanto a las necesidades y potencialidades de los diversos sectores econmicos en el pas: pesca, industria, tecnologa, etc. Una vez que se identifica eso, lo otro es poder determinar el aspecto contable y evaluar en cunto asciende el financiamiento que se va a emplear para lo cual se debe observar lo que se tiene en caja, la cual solo se puede llenar de dos formas: va bancos o mediante otras alternativas. Una de estas ltimas, por excelencia, es el mercado de valores. Determinado el aspecto contable y financiero debemos contrastarlo con el marco regulatorio que ser aplicable, adoptar los acuerdos societarios que correspondan, tramitar tu expediente ante la autoridad regulatoria y saber luego qu pasa en el mercado para identificar el momento en que se puede colocar los valores mobiliarios. Se trata de un espectro multidisciplinario que debe tener en cuenta el abogado, el cual no solo debe conocer normas sino fundamentos de economa, de contabilidad De manera que sabes eso aparte de Derecho Administrativo, Derecho Societario y mercado de valores.

    7. Por qu es importante regular la oferta pblica de valores mobiliarios? Qu papel juega en este

    contexto la SMV?

    La normativa sobre mercado de valores es una de tipo tuitiva donde el legislador ha observado que la misma se ha elaborado considerando que las partes que participan en el mercado de valores no se encuentran en las mismas condiciones. El legislador admite que hay una desigualdad de dichas condiciones y por lo tanto interviene. La naturaleza de la normativa del mercado de valores responde a esa situacin la cual solo puede equilibrarse con informacin. El emisor la proporciona y existe un regulador que supervisa que el suministro de la misma sea oportuno, veraz y suficiente, de tal manera que se cumpla con la transparencia para proteger a la parte dbil de la ecuacin que viene estar representada por el inversionista.

    Debemos mencionar que no todos los inversionistas son considerados dbiles, tambin existen un tipo especial de inversionistas calificados como institucionales que tienen mucho ms conocimiento sobre el mercado y administran ingentes cantidades de dinero, de los cuales la tutela no est dirigida. Se tutela al inversionista sensato.

    8. Nos podra indicar de qu trata el principio de proteccin al inversionista?

    La Ley del Mercado de Valores y la Ley Orgnica de la SMV destacan que una de las funciones de la institucin es velar por la proteccin del inversionista. Al respecto, debemos indicar que a un inversionista no lo puedes proteger sealndole en qu debe invertir sino generando un ambiente con la informacin necesaria para que pueda adoptar una adecuada decisin de inversin y hasta ah alcanza la accin tutelar del Estado.

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    Se trata de informacin peridica conformada por estados financieros (trimestrales, anuales, auditada o no, memorias anuales) e informacin eventual (conformada principalmente por los hechos de importancia). Con esa informacin un inversionista sensato debera adoptar sus decisiones. No se puede admitir proteger otro estndar distinto al de un inversionista sensato, como lo podra ser un inversionista totalmente nefito (que por ms que vea la informacin no va a poder evaluarla correctamente). Se debe proteger al punto medio; es decir, a un inversionista que sepa, no en demasa como un inversionista institucional, pero tampoco como calificarlo de nefito.

    9. Desde su punto de vista, por qu es importante el rgimen de revelacin obligatoria de informacin por parte de los emisores de valores?

    El regulador en casi todos los pases considera por definicin que el tema de la oferta de valores es un tema muy especializado, lo es tanto que considera que tiene que existir una normativa especial de naturaleza tuitiva sobre este tema. En se orden de ideas, no puede haber una interaccin directa entre

    un emisor y los inversionistas, porque all habra una asimetra de informacin clara; salvo que esa situacin venga dada por un emisor e inversionistas institucionales donde la capacidad de anlisis de estos ltimos equipara la ecuacin. Cuando entran el regulador y la normativa se equipara esta ecuacin y podramos decir que s existe una fluidez adecuada para que se d el trading comercial de valores. Antes no porque un inversionista sensato o razonable por s mismo no tiene fuerza para

    obligar a un emisor a revelar toda aquella informacin que l razonablemente necesite, ste puede obligarle en el momento de la emisin, pero luego se pueden olvidar de l. En ese sentido, es importante mencionar que la normativa establece la obligacin de revelar informacin ex ante y ex post.

    10. No cree que dicha revelacin debera producirse como consecuencia de la libre interaccin de la oferta y demanda?

    En una tesis basada en la oferta y demanda solo se acepta que la fuerza de ellas regula el tema, sin embargo, las diversas experiencias mundiales, ya sea el Crack del 29 o la Crisis Financiera del 2008, han demostrado que si no interviene el regulador y las instituciones no son suficientemente fuertes, adems de los operadores privados que ayudan a combatir la asimetra de la informacin (como son las empresas clasificadoras de riesgo o las sociedades auditoras), el tema de mercado de valores no funciona con respecto al pblico en general. Considero que sera bastante irresponsable por parte del legislador no asignarle un carcter tuitivo a este mercado particular.

    11. Uno de los segmentos del mercado donde se ha incrementado las ofertas pblicas de valores es el Mercado Alternativo de Valores - MAV, nos podra comentar su estado actual y lo que nos espera de cara al futuro?

    El Mercado Alternativo de Valores MAV nace para satisfacer un segmento de mercado al que no

    estaba llegando la normativa. Diversos estudios demostraban que con la regulacin general de oferta

    pblica primaria de valores el monto mnimo de una emisin deba oscilar los cinco millones de dlares.

    En ese sentido, tratndose de una corporacin propiamente dicha ese monto corresponde al fondeo

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    natural de dichas empresas, pero tratndose de empresas que estn surgiendo o que estn empezando

    a consolidarse cinco millones es un monto un poco exagerado, por as decirlo. Qu haba qu hacer

    pues relajar un poco la rigidez del rgimen general de la regulacin de oferta pblica primaria con vista

    a que ste tipo de empresas se incorporen, pero manteniendo unos temas bsicos: informacin mnima

    y clasificacin de riesgo de ese modo los inversionistas confan de la informacin que se proporciona y

    es el mercado el que ha validado esta opcin. El MAV fue un proyecto que se present al regulador y

    ste lo aprob, pero es finalmente el mercado quien lo ha validado y est empezando a consolidarse. El

    MAV tiene como propsito incorporar al grueso de empresas de este pas que precisamente son las

    pequeas y medianas empresas.

    Con respecto al futuro del MAV, ahora se tiene un proyecto de modificacin de su reglamento, que ha

    estado en consulta ciudadana, el cual plantea el aumento del tope de las empresas que pueden

    participar en este mercado de 200 a 300 millones de soles.

    12. Cuando uno se imagina al mercado de valores se imagina como uno muy dinmico donde se realizan millonarias transacciones, qu tan cierto es esta aseveracin si uno la contrasta con la realidad peruana?

    Siempre se dice que el mercado de valores peruano es pequeo a comparacin a otros pases. Me

    pregunto qu actividad del mercado nacional es tan grande con relacin a otros mercados del

    mundo el mercado es una proporcionalidad respecto al tamao de la economa. En ese sentido,

    considero que la bolsa es una respuesta respecto al crecimiento econmico cuanto ms tejido

    empresarial tengamos, es decir, cuando el pas sea ms fuerte a nivel corporativo, tendremos una bolsa

    mucho ms fuerte y grande. El nivel de operaciones y de millones que vemos circular en la bolsa

    neoyorquina, en la NYSE, es un nivel fantstico porque responde a la envergadura de un pas como

    EE.UU. En Per, desde luego se quisiera ms, pero lo que ocurre es que nuestro mercado de valores es

    una respuesta del nivel en el que estamos. El pas necesita crecer y como consecuencia de ese

    crecimiento crecer la bolsa y la circulacin de valores en nuestro pas

    13. Hace poco nuestro pas estuvo a punto de ser reclasificado como pas frontera, a partir del anlisis que se hizo sobre la liquidez de nuestra bolsa de valores, y en junio del presente ao se volver a reevaluar dicha posibilidad, cree que sea posible que dejemos de ser un pas emergente?

    Esperemos que no nos reclasifiquen El contexto y la situacin son un poco complicados, porque la

    economa mundial no viene bien y hay visos de que haya una recesin en EE.UU, China ha dejado de

    crecer al ritmo vertiginoso con el que vena hacindolo y el Per es un poco dependiente de la demanda

    de las materias primas Entonces todo eso repercute en la bolsa y en su nivel de liquidez que es el que

    finalmente hace posible la determinacin de los rangos que te asignan estos ndices en virtud de los

    cuales un pas califica o no como pas emergente o eventualmente, si estas fuera de esos rangos, como

    pas frontera. Mucho depender de nuestra realidad econmica, no creo que el Per la vaya a pasar

    mal, pero considero que incrementar el nivel del volumen de la bolsa no se ser tarea fcil.

    14. Qu se necesita para darle ese dinamismo a nuestro mercado de valores?

    Podramos empezar con tener un mismo nivel de condiciones con todos los pases que conforman el

    entorno MILA, ellos no tienen el impuesto a las ganancias de capital en bolsa lo cual pone al Per en

    desventaja. Luego promover el mercado de valores de una manera agresiva, en el sentido que este no

    es un mercado de ricos como piensan muchas personas. Por ejemplo, algunos consideran que hay que

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    gravar las operaciones en bolsa, porque es un mercado de ricos, pero no se dan cuenta que todas las

    AFP invierten en el mercado de valores y en ellas participamos absolutamente todos sus aportantes que

    no somos ricos. Las propuestas legislativas no pueden concebir ese sentido de elite, pues tal vez solo

    sea la punta del iceberg. Al contrario, conviene que se promueva con propuestas que hagan posible el

    financiamiento de empresas a tasas interesantes que permitan su desarrollo. Por ejemplo, en el MAV se

    estn obteniendo tasas fantsticas, algunas de ellas estn muy por debajo de las tasas que cobran en el

    sistema bancario.

    15. Finalmente, nos podra dar un mensaje a los lectores del Boletn Sociedades

    El mensaje lo voy a brindar en funcin de lo que evoca para m la palabra sociedades. Considero que

    las personas que crearon este mecanismo que luego se convierte en un instituto jurdico debieron tener

    una inspiracin tal para crear una herramienta que se extendi a todo el mundo hoy no se concibe

    hacer negocios en el mundo que no sea a travs de hacer sociedades, las que finalmente permiten

    hacerle la vida ms fcil a los hombres de negocios de los que dependen finalmente el trfico comercial

    la cual determina qu tan profunda es una economa en un pas. En este contexto, lo primero que hara

    es invitar a todas las personas a maravillarse con el concepto mismo de lo que es una sociedad, y que su

    estudio no se vea como un curso pesado dentro de la currcula universitaria sino que se la estudie con

    mucha curiosidad porque es un tema que no se termina de aprender nunca.

    16. Muchas gracias.

    Boletn SOCIEDADES

    Telfono: (+51)(01) 376-5192 e-mail: [email protected]

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    Asesora: Dra. Mara Elena Guerra Cerrn Coordinador: Manuel de Jess Acosta Delgado Asistente: Ceydy Stephany Mosqueda Dvila

    Grupo de Estudios SOCIEDADES-GES Coordinador: Jos Espinoza Cuadros

    Per - 2016

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