Subasta Voluntaria Ante Notario guatemalteco

2
SUBASTA VOLUNTARIA ANTE NOTARIO: ESQUEMA ACTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO: acompaña título de propiedad del inmueble, solvencia de pago del último trimestre del iusi, artículo 447 y 449 código procesal civil y mercantil y 2do del decreto 54-77 ley reguladora de la tramitación notarial de asuntos de jurisdicción voluntaria. Primera resolución: da trámite a las diligencias, ordenando art. 447 código procesal civil y mercantil y 2do del decreto 54-77 77 ley reguladora de la tramitación notarial de asuntos de jurisdicción voluntaria. Dos timbres notariales de Q1.00. Notificación de la primera resolución: artículo 66 y 447 código procesal civil y mercantil. Edicto: es posible que el promoviente decida anunciar públicamente sobre el evento de subasta voluntaria a través de un edicto, esto no lo manda la ley, pero puede hacerse, ya sea en el diario oficial o en algún periódico de mayor circulación. Por no ser un requisito legal, no se establece como una de las fases en el procedimiento pero yo decidí tomarlo en cuenta para la explicación correspondiente. Acta notarial de subasta: en esta el vendedor acepta o rechaza las ofertas que le hacen los postores. Si acepta la oferta, el notario lo hace constar y especifica las estipulaciones del contrato. Articulo 448 código procesal civil y mercantil. Escritura traslativa de dominio (compraventa de bien inmueble). Articulo 1790 código civil, decreto ley 106.

description

subasta voluntaria explicada codigo de notariado

Transcript of Subasta Voluntaria Ante Notario guatemalteco

Page 1: Subasta Voluntaria Ante Notario guatemalteco

SUBASTA VOLUNTARIA ANTE NOTARIO:

ESQUEMA

ACTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO: acompaña título de propiedad del inmueble, solvencia de pago del último trimestre del iusi, artículo 447 y 449 código procesal civil y mercantil y 2do del decreto 54-77 ley reguladora de la tramitación notarial de asuntos de jurisdicción voluntaria.

Primera resolución: da trámite a las diligencias, ordenando art. 447 código procesal civil y mercantil y 2do del decreto 54-77 77 ley reguladora de la tramitación notarial de asuntos de jurisdicción voluntaria. Dos timbres notariales de Q1.00.

Notificación de la primera resolución: artículo 66 y 447 código procesal civil y mercantil.

Edicto: es posible que el promoviente decida anunciar públicamente sobre el evento de subasta voluntaria a través de un edicto, esto no lo manda la ley, pero puede hacerse, ya sea en el diario oficial o en algún periódico de mayor circulación. Por no ser un requisito legal, no se establece como una de las fases en el procedimiento pero yo decidí tomarlo en cuenta para la explicación correspondiente.

Acta notarial de subasta: en esta el vendedor acepta o rechaza las ofertas que le hacen los postores. Si acepta la oferta, el notario lo hace constar y especifica las estipulaciones del contrato. Articulo 448 código procesal civil y mercantil.

Escritura traslativa de dominio (compraventa de bien inmueble). Articulo 1790 código civil, decreto ley 106.