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Bases técnicas: Capital para el Emprendimiento Innovador 1 SUBDIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO AREA DE EMPRENDIMIENTO BASES TECNICAS LINEA DE COFINANCIAMIENTO CAPITAL PARA EL EMPRENDIMIENTO INNOVADOR

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Bases técnicas: Capital para el Emprendimiento Innovador 1

SUBDIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO

AREA DE EMPRENDIMIENTO

BASES TECNICAS

LINEA DE COFINANCIAMIENTO CAPITAL PARA EL EMPRENDIMIENTO INNOVADOR

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Antecedentes Previos

a) Que mediante Acuerdo de Consejo N°2.868, de 23 de marzo de 2015, se modificó el Acuerdo

de Consejo N°2.550, de 2009, referido al “Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío-

Bío” o “Comité Innova Bío-Bío” y se crearon los Comités denominados “Comités de Desarrollo

Productivo Regional”, en cada una de las regiones del país, con un ámbito de acción definido por el

respectivo territorio regional de la división político administrativa del país.

b) La Resolución Afecta N°50 de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante

“CORFO”, de fecha 07 de mayo de 2015, aprueba el reglamento del “Comité de Desarrollo

Productivo Regional de Bío Bío”, y establece en su artículo primero que para todos los efectos, será

el continuador del “Comité Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío Bío” o “Comité

Innova Bío Bío”.

Conforme a lo anterior, en las siguientes bases administrativas provenientes de Innova Bío Bío sustitúyase la frase “Innova Bío Bío” por la frase “Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío”, siendo su texto es el siguiente:

BASES ADMINISTRATIVAS LINEA DE COFINANCIAMIENTO PARA PROYECTOS DE CAPITAL PARA EL EMPRENDIMIENTO INNOVADOR

1. Objetivos Apoyar a emprendedores innovadores en la prospección, creación y desarrollo de sus propuestas de negocio, mediante el cofinanciamiento de las actividades necesarias para ello. El mecanismo de cofinanciamiento diseñado considera las siguientes modalidades, con plazos y condiciones de financiamiento diferenciadas.

Perfil Semilla

2. Características de Proyectos Cofinanciables

El cofinanciamiento del COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO para ambas modalidades se centrará en iniciativas que contengan las siguientes características en forma copulativa:

a. Que sean negocios innovadores: Es decir, que se trate de un modelo, producto o servicio que

no está disponible en el mercado nacional, en los cuales el producto o servicio se encuentra validado técnicamente, es decir, se tiene resuelto todos los aspectos de funcionalidad y de uso, que forman parte de la propuesta de valor del producto. Además, debe tener oportunidades de crecimiento en el mercado, por lo tanto, debiera cumplirse las siguientes condiciones: Tenga una tecnología nueva desarrollada por el proponente y/o. Incorpore nuevas aplicaciones o usos de tecnologías existentes y/o. Permita abordar nuevos nichos de mercado. Que no se trate sólo de la comercialización de importaciones.

b. Contengan acciones destinadas a estimular el trabajo en equipo en fase temprana.

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c. Que presenten factores de diferenciación significativos respecto del mercado al cual pretenden ingresar.

d. Que los perfiles expongan en forma preliminar las oportunidades comerciales, expectativas de rentabilidad y crecimiento del futuro proyecto.

En caso, de proyectos que poseen el desarrollo de un prototipo validado funcional y técnicamente, pero que necesiten para su introducción al mercado de certificación o validaciones técnicas, podrán optar al aporte para la validación técnica del prototipo (hasta MM$4, descrito en punto 3.1.3) en centros o laboratorios acreditado por el Instituto de Normalización (INN).

3. Ficha de orientación y Consultas

Los interesados en postular a cualquiera de las dos líneas del programa, podrán solicitar orientación respecto de su iniciativa, previo a la postulación, a través de la presentación de una "Ficha de orientación", la que puede ser descargada desde el sitio web, www.fomentobiobio.cl. Ésta es una instancia para que el postulante pueda recibir orientación, recomendaciones y permitir establecer con estos antecedentes la posible pertinencia del proyecto en la línea de cofinanciamiento. Esta ficha, será analizada por el Dpto. de Evaluación de Proyectos del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, el cual enviará una respuesta vía la plataforma de postulación o vía email, según corresponda, en un tiempo máximo de 10 días hábiles desde que se recepciona la ficha de orientación. En el caso de tener dudas sobre aspectos generales sobre la presente línea, y no tener una propuesta definitiva en el momento de las consultas, se podrán realizar dichas consultas al siguiente email, [email protected], durante todo el periodo de vigencia de la línea, considerando que ésta pertenece a la modalidad permanente. 4. Modalidades de Postulación

4.1 Modalidad Perfil

4.1.1 Objetivo Fortalecer la definición y formulación de proyectos de nuevos negocios, a través del cofinanciamiento de actividades de validación técnica y comercial, mejoras del prototipaje, estudios y prospección de mercados y fortalecimiento del plan de negocios, con el objeto de: 1. Disminuir la incertidumbre asociada a la implementación del nuevo negocio. 2. Postular a la modalidad Semilla. 3. Presentar proyectos a inversionistas u otras fuentes de financiamiento públicas o privadas, y/o. 4. Favorecer el emprendimiento. 4.1.2 Resultados Esperados Al finalizar el proyecto se espera que a lo menos los emprendimientos apoyados reporten los siguientes indicadores:

Diseño del Plan de Negocios Indicador: Plan de Negocios. Validación comercialmente. Estudio de mercado

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4.1.3 Actividades Cofinanciables. Los recursos a invertir en los proyectos que se presenten deberán considerar actividades que deben ser estrictamente conducentes al cumplimiento de los objetivos, siendo las siguientes:

Modalidad Perfil a) Gestión de patrocinio (Hasta M$1.000)1. b) Prospección (por ejemplo: participación en ferias comerciales, rondas de negocios, visitas a

clientes, entre otros) c) Adquisición de conocimiento relevante (bases de datos, estudios relevantes para la comprensión

y acercamiento al mercado, tales como: estudios de mercado, estudios de validación comercial, entre otros)

d) Pruebas y ensayos para lograr la de certificación y validación técnica (hasta M$4.000), en centros o laboratorios acreditado por el Instituto de Normalización (INN).

e) Prueba de concepto (se puede considerar los costos asociados a la fabricación del prototipo requerido para la validación comercial).

f) Factibilidad y registro de marca. g) Certificaciones de entidades reguladoras. h) Empaquetamiento comercial de productos o servicios (diseño de envase, fabricación de

manuales, diseño de marca, etc) i) Desarrollo Plan de Negocios. j) Factibilidad de patentamiento (puede ser incorporada en la postulación, los costos de esta

actividad serán asociados a la línea correspondiente2). En el caso que fuere necesario destinar recursos a actividades que no estuviesen contempladas en el listado anterior, la Entidad Patrocinadora deberá solicitar una aprobación por parte de la Dirección Ejecutiva, con anterioridad a la ejecución del gasto. 4.1.4 Entidades Participantes

Por lo tanto, la línea de cofinanciamiento contempla la participación de: a) Beneficiarios. El beneficiario o Emprendedor, será el destinatario final del cofinanciamiento entregado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, debiendo postular su iniciativa, de forma directa o, a través, de una Entidad Patrocinadora. Podrán participar en calidad de Beneficiarios, personas naturales o jurídicas que tengan interés en llevar a cabo un proyecto de emprendimiento innovador en la Región del Bío Bío, y que cumplan con los siguientes requisitos: a.1) Personas Naturales: Requisitos: Deberán ser mayores de 18 años. Tener domicilio en la Región del Bío Bío.

1 : El monto de patrocinio a pagar quedará sujeto a la evaluación del beneficiario, y a la del Comité en relación a la ejecución y cumplimiento de la propuesta de patrocinio, sin perjuicio de lo anterior el costo de la garantía podrá ser entregado con anterioridad a dicha evaluación. 2: Los costos asociados a esta actividad serán asociados a la línea Propiedad Intelectual, por lo que no deben ser considerados dentro de la estructura de costos de la postulación, y se le asignará a esta postulación un código adicional asociada a la línea Protección de la Innovación.

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No presenten iniciación de actividades relacionadas con el objetivo del proyecto por un periodo superior a 24 meses (Para dicho análisis no se consideran las ampliaciones de giro), contados hacia atrás desde la fecha de postulación3 a el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. Excepcionalmente, podrá considerarse como beneficiario a aquellas personas naturales que cuenten con iniciación de actividades por un plazo mayor al señalado, siempre que la emisión de la primera factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho en un giro relacionado directamente con el objeto del proyecto haya sido realizada en un plazo menor al anteriormente señalado. Cuyas ventas o servicios totales no excedan de $100.000.000.- (cien millones de pesos) durante los últimos seis meses anteriores a la postulación. Para efectos de acreditar las ventas o servicios prestados en el periodo deberán acompañar copia simple de los formularios 29 de declaración mensual y Pago simultaneo de igual periodo.

No tener participación de más de un 25%, en empresas que vendan más de 25.000 UF anual (25.000 UF anual. Para acreditar esto se revisaran los balance de los últimos dos periodos, los cuales en forma independiente no deben superar dicho monto en periodos efectivos de 12 meses).

a.2) Personas Jurídicas Personas jurídica, con fines de lucro que: Posean personalidad jurídica. Tener domicilio en la Región del Bío Bío. Estén constituidas por personas naturales y/o empresas existentes. No presenten iniciación de actividades relacionadas con el objetivo del proyecto por un periodo

superior a 24 meses (Para dicho análisis no se consideran las ampliaciones de giro), contados hacia atrás desde la fecha de postulación4 a el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. Excepcionalmente, podrá considerarse como beneficiario a aquellas personas naturales que cuenten con iniciación de actividades por un plazo mayor al señalado, siempre que la emisión de la primera factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho en un giro relacionado directamente con el objeto del proyecto haya sido realizada en un plazo menor al anteriormente señalado.

Cuyas ventas o servicios totales no excedan de $100.000.000.- (cien millones de pesos) durante los últimos seis meses anteriores a la postulación. Para efectos de acreditar las ventas o servicios prestados en el periodo deberán acompañar copia simple de los formularios 29 de declaración mensual y Pago simultaneo de igual periodo

No tener participación de más de un 25%, en empresas que vendan más de 25.000 UF anual (25.000 UF anual. Para acreditar esto se revisaran los balance de los últimos dos periodos, los cuales en forma independiente no deben superar dicho monto en periodos efectivos de 12 meses).

No podrán participar como beneficiarios: Funcionarios de las instituciones públicas de la Región del Bío Bío, salvo que participen como

personas naturales y no exista incompatibilidad e inhabilidades, según sus funciones, cargos, reglamentos y lo dispuesto en sus contratos, situación que deberá ser acreditada por el postulante. Para acreditar lo anterior, deberá presentar informe u otro documentos similar, emanado del departamento correspondiente, que dé cuenta que no existe incompatibilidad e inhabilidades contractuales, reglamentarias o legales para participar en la convocatoria.

Instituciones públicas, Municipios, Corporaciones o Fundaciones. Directores o Representantes legales de las entidades patrocinadoras o de las Municipalidades de

la Región del Bío Bío.

3 : Se entenderá como fecha de postulación a la fecha de ingreso en oficina de partes. 4 : Se entenderá como fecha de postulación a la fecha de ingreso en oficina de partes.

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Funcionarios o trabajadores de las entidades patrocinadoras, salvo que participen como personas naturales y no exista incompatibilidad e inhabilidades, según sus funciones, cargos y lo dispuesto en sus contratos, situación que deberá ser acreditada por el postulante.

b) Patrocinadores. Los Patrocinadores, son entidades independientes a El Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, que se desempeñan en la industria del apoyo al emprendimiento, que se encuentran registradas en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío y por ende habilitados para presentar proyectos en la línea Capital para el Emprendimiento Innovador. Por lo tanto, en el caso que el postulante decidiera postular a través, de una entidad patrocinadora, y no de forma directa, entonces estos serán los responsables de velar por el cumplimiento de las obligaciones técnicas, financieras, de seguimiento y por el cumplimiento de los objetivos del proyecto, procurando apoyar en la gestión estratégica del negocio a los emprendedores o beneficiarios, quienes son los destinatarios finales del cofinanciamiento entregado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. El proponente podrá optar a realizar su postulación a través y con el apoyo de un patrocinador registrado, o directamente en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. En el caso de actuar sin patrocinador, el beneficiario deberá acreditar capacidad financiera para tomar las garantías que las presentes bases exigen para la ejecución del proyecto, como también la capacidad para ejecutar tanto desde un punto de vista técnico como financiero el proyecto. En caso de optar por realizar la postulación con patrocinador, el proponente debe identificar al patrocinador que tenga mayor relación y afinidad con su empresa y proyecto innovador, concurrir a dicha entidad, para la presentación de su idea de negocio para que sea evaluado por la patrocinadora, para luego pasado su proceso de admisión, se postule ante el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. La nómina de Entidades Patrocinadoras, registradas en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, así como una reseña de estos, se encuentra a disposición de los beneficiarios en el anexo que se adjunta a las presentes bases, como también en la página web del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío www.fomentobiobio.cl. 4.1.5 Relación entre entidad patrocinadora y beneficiarios. En el caso que el postulante decida postular a través de una Entidad Patrocinadora, el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío no tendrá injerencia alguna en la determinación del Patrocinador en relación con su decisión de seleccionar un Proyecto para ser postulado a la línea de Capital para el Emprendimiento Innovador, en cualquiera de sus modalidades, así como tampoco respectos de los acuerdos particulares entre Patrocinador y Beneficiario, salvo en lo establecido en las bases que rigen la presente línea de cofinanciamiento. Es importante aclarar que para postular a la presente línea, no es requisito, incorporarse al proceso de incubación, que ofrecen las incubadoras de empresas que actúan como patrocinadoras de la presente línea. El beneficiario tendrá libertad para cambiar de Entidad Patrocinadora. El cambio de Patrocinador deberá ser informado al Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, y se deberá acreditar que los gastos correspondientes a Patrocinio deben estar saldados. Si el cambio se produce durante la ejecución del proyecto, el cálculo de patrocinio será proporcional al tiempo de apoyo entregado al proyecto.

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4.1.6 Fórmula de pago Patrocinio Modalidad Perfil El Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, financiará al Patrocinador en el desarrollo de las actividades correspondientes a su gestión, el monto máximo a solicitar será de hasta M$1.000.- por perfil. Dicho monto se pagará en modalidad de anticipo, una vez se inicie el proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, dicho pago será evaluado en relación al cumplimiento efectivo de las actividades programadas y establecidas en los términos de Referencia del proyecto, el que además deberá tener relación con las actividades incorporadas en la propuesta de patrocinio. 4.1.7 Contenido de la Propuesta Técnica Modalidad Perfil Antecedentes del Beneficiario. Descripción general del producto o servicio, y del negocio. Descripción general del mercado a abordar. Descripción breve de las proyecciones estimadas del negocio (medido en función a las ventas). Aspectos relacionados con la propiedad industrial o intelectual, si la hubiese. Describir cualquier otro colaborador relevante vinculado con el desarrollo del emprendimiento,

tales como Universidades, fondos de capital de riesgo, entidades Internacionales, centros tecnológicos u otros.

Descripción del Equipo Gestor a cargo del proyecto. Presupuesto de acuerdo a formato. 4.1.8 Plazos.

Los proyectos deberán prever para su ejecución el plazo mínimo necesario para el logro de sus objetivos. Dicho plazo no podrá exceder de 6 meses en el caso de la modalidad perfil, pudiendo prorrogarse hasta por 4 meses más, previa solicitud fundada del beneficiario. Tales requerimientos de prórroga deberán ser remitidos con a lo menos 15 días hábiles antes del vencimiento del plazo originalmente otorgado. El proyecto se entenderá iniciado a partir de la fecha de total tramitación de la Resolución del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío que apruebe el respectivo Convenio. 4.1.9 Cofinanciamiento. El Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío podrá cofinanciar hasta el 90% del costo total del proyecto monto requerido para la ejecución de las actividades descritas en el perfil con un tope máximo a solicitar de 10 millones de pesos, no reembolsables. En caso, que corresponda se podrá considerar un aporte para la validación técnica del prototipo, con el 90% del monto requerido para la ejecución de las actividades de certificación o validación técnica con un tope máximo a solicitar de 4 millones de pesos, en cuyo caso, se establecerá como hito el cumplimiento de la validación técnica, previo la entrega del cofinanciamiento para la etapa de perfil propiamente tal. En caso, de proyectos que poseen el desarrollo de un prototipo validado funcional y técnicamente, pero que necesiten para su introducción al mercado de certificación o validaciones técnicas, podrán optar al aporte para la validación técnica del prototipo (hasta MM$4, descrito en punto 3.1.3) en centros o laboratorios acreditado por el Instituto de Normalización (INN).

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4.1.10 Aportes Participantes. Los participantes, deberán aportar el financiamiento restante, mediante aportes pecuniarios como mínimo de un 10% del costo total del proyecto. 4.1.11 Criterios de Evaluación. La evaluación se realizará aplicando los criterios y ponderaciones que se expresan en la tabla siguiente, en conformidad a la información contenida en la postulación, los que serán calificados con notas de 1 a 5, siendo 1 el mínimo y 5 el máximo:

Criterio Observación Ponderación

Merito Innovador

Se analizarán los aspectos distintivos del producto, proceso, modelo de negocio o servicio. Lo anterior, en comparación a lo disponible en el mercado nacional.

30%

Potencial de Crecimiento

Se analizará si el negocio tiene proyecciones de crecimiento en el tiempo.

30%

Equipo Emprendedor

Se revisará la propuesta de organización para la ejecución de la iniciativa, así como las capacidades técnicas, de gestión y de articulación de los diferentes actores del equipo de trabajo vinculados al proyecto.

40%

Cada criterio de evaluación se calificará de acuerdo a una escala de 1 a 5, siendo 1 el mínimo y 5 el máximo. Para que un proyecto pueda ser presentado al Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, con recomendación de aprobación, debe alcanzar un puntaje mínimo promedio de 3, y en forma copulativa debe obtener puntaje 3 en el criterio mérito innovativo. Si no alcanzare los puntajes señalados, el proyecto será devuelto al postulante. 4.2 Modalidad Semilla 4.2.1 Objetivo Apoyar la puesta en marcha y despegue del negocio innovador, a través del cofinanciamiento de actividades claves en el proceso de iniciación y puesta en marcha, tales como: compra de activos, recurso humano, publicidad etc. 4.2.2 Resultados Esperados

Modalidad Semilla Al finalizar el proyecto se espera que a lo menos los emprendimientos apoyados reporten los siguientes indicadores:

Ventas sostenidas - Indicador: Ventas sostenidas en el último semestre.

Apalancamiento privado (incremento del capital) - Indicador: Apalancamiento privado o aumento de capital de a lo menos un 25% del activo

fijo registrado.

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Luego de 3 años de finalizado el proyecto, se espera que este haya contribuido a: Generar nuevos empleos.

- Indicador: N° de empleos generados. Generar nuevas empresas o líneas de negocio innovadoras, competitivas que se

mantengan en el tiempo. - Indicador: N° de empresas o líneas de negocios creadas en el marco del proyecto que se

mantienen vigentes. 4.2.3 Actividades Cofinanciables. Modalidad Semilla a) Gestión de patrocinio b) Actividades de constitución de persona jurídica e iniciación de actividades ante el Servicio de

Impuestos Internos (por ejemplo: gastos notariales, gastos legales, entre otros) c) Desarrollo de proveedores, entendido como el conjunto de actividades de articulación y

mejoramiento de la gestión del trabajo con el total o un grupo de empresas proveedoras. d) Arrendamiento de inmuebles con o sin instalaciones. e) Adecuación o remodelación de infraestructura. f) Difusión comercial. g) Actividades necesarias para la ejecución de las ventas y operación del negocio.

En el caso que fuere necesario destinar recursos a actividades que no estuviesen contempladas en el listado anterior, la Entidad Patrocinadora deberá solicitar una aprobación por parte de la Dirección Ejecutiva, con anterioridad a la ejecución del gasto. 4.2.4 Entidades Participantes.

La línea de cofinanciamiento contempla la participación de, a) Beneficiarios.

El beneficiario o Emprendedor es el destinatario final del cofinanciamiento, entregado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, debiendo postular su iniciativa, de forma directa o, a través, de una Entidad Patrocinadora. Podrán participar en calidad de Beneficiarios, personas naturales o jurídicas que tengan interés en llevar a cabo un proyecto de emprendimiento innovador en la Región del Bío Bío, y que cumplan con los siguientes requisitos: a.1) Personas Naturales: Requisitos: Deberán ser mayores de 18 años. Tener domicilio en la Región del Bío Bío. No presenten iniciación de actividades relacionadas con el objetivo del proyecto por un periodo

superior a 24 meses (Para dicho análisis no se consideran las posibles ampliaciones de giro), contados hacia atrás desde la fecha de postulación5 a el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. Excepcionalmente, podrá considerarse como beneficiario a aquellas personas naturales que cuenten con iniciación de actividades por un plazo mayor al señalado, siempre que la emisión de la primera factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho en un giro relacionado directamente con el objeto del proyecto haya sido realizada en un plazo menor al anteriormente señalado. Cuyas ventas o servicios totales no excedan de $100.000.000.- (cien millones de pesos) durante los últimos seis meses anteriores a la

5 : Se entenderá como fecha de postulación a la fecha de ingreso en oficina de partes.

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postulación. Para efectos de acreditar las ventas o servicios prestados en el periodo deberán acompañar copia simple de los formularios 29 de declaración mensual y Pago simultaneo de igual periodo.

No tener participación de más de un 25%, en empresas que vendan más de 25.000 UF anual (25.000 UF anual. Para acreditar esto se revisaran los balance de los últimos dos periodos, los cuales en forma independiente no deben superar dicho monto en periodos efectivos de 12 meses).

a.2) Personas Jurídicas Personas jurídica, con fines de lucro que: Posean personalidad jurídica. Tener domicilio en la Región del Bío Bío. Estén constituidas por personas naturales y/o empresas existentes. No presenten iniciación de actividades relacionadas con el objetivo del proyecto por un periodo

superior a 24 meses (Para dicho análisis no se consideran las posibles ampliaciones de giro), contados hacia atrás desde la fecha de postulación6 a el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. Excepcionalmente, podrá considerarse como beneficiario a aquellas personas naturales que cuenten con iniciación de actividades por un plazo mayor al señalado, siempre que la emisión de la primera factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho en un giro relacionado directamente con el objeto del proyecto haya sido realizada en un plazo menor al anteriormente señalado.

Cuyas ventas o servicios totales no excedan de $100.000.000.- (cien millones de pesos) durante los últimos seis meses anteriores a la postulación. Para efectos de acreditar las ventas o servicios prestados en el periodo deberán acompañar copia simple de los formularios 29 de declaración mensual y Pago simultaneo de igual periodo.

No tener participación de más de un 25%, en empresas que vendan más de 25.000 UF anual (25.000 UF anual. Para acreditar esto se revisaran los balance de los últimos dos periodos, los cuales en forma independiente no deben superar dicho monto en periodos efectivos de 12 meses).

No podrán participar como beneficiarios: Funcionarios de las instituciones públicas de la Región del Bío Bío, salvo que participen como

personas naturales y no exista incompatibilidad e inhabilidades, según sus funciones, cargos, reglamentos y lo dispuesto en sus contratos, situación que deberá ser acreditada por el postulante. Para acreditar lo anterior, deberá presentar informe u otro documentos similar, emanado del departamento correspondiente, que dé cuenta que no existe incompatibilidad e inhabilidades contractuales, reglamentarias o legales para participar en la convocatoria.

Instituciones públicas, Municipios, Corporaciones o Fundaciones. Directores o Representantes legales de las entidades patrocinadoras o de las Municipalidades de

la Región del Bío Bío. Funcionarios o trabajadores de las entidades patrocinadoras, salvo que participen como personas

naturales y no exista incompatibilidad e inhabilidades, según sus funciones, cargos y lo dispuesto en sus contratos, situación que deberá ser acreditada por el postulante.

b) PATROCINADORES. Los Patrocinadores, son entidades independientes al Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, que se desempeñan en la industria del apoyo al emprendimiento, que se encuentran registrados en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío y por ende habilitados para presentar proyectos en la línea Capital para el Emprendimiento Innovador.

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El Beneficiario podrá optar a realizar su postulación a través y con el apoyo de un patrocinador registrado, o directamente en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. En el caso que el postulante decidiera postular a través, de una entidad patrocinadora, y no de forma directa, entonces estos será los responsables de velar, por el cumplimiento de las obligaciones técnicas, financieras, de seguimiento y por el cumplimiento de los objetivos del proyecto, procurando apoyar en la gestión estratégica del negocio a los emprendedores o beneficiarios, quienes son los destinatarios finales del cofinanciamiento entregado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. En el caso de actuar sin patrocinador, el beneficiario deberá acreditar capacidad financiera para tomar las garantías que las presentes bases exigen para la ejecución del proyecto, como también la capacidad para ejecutar tanto desde un punto de vista técnico como financiero el proyecto. En caso de optar por realizar la postulación con patrocinador, el proponente debe identificar al patrocinador que tenga mayor relación y afinidad con su empresa y proyecto innovador, concurrir a dicha entidad, para la presentación de su idea de negocio para que sea evaluado por la patrocinadora, para luego pasado su proceso de admisión, se postule ante el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. La nómina de Entidades Patrocinadoras, registradas en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, así como una reseña de estos, se encuentra a disposición de los beneficiarios en el anexo que se adjunta a las presentes bases, como también en la página web de Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío www.fomentobiobio.cl 4.2.5 Relación entre entidad patrocinadora y beneficiarios. En el caso que el postulante decida postular a través de una Entidad Patrocinadora, el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío no tendrá injerencia alguna en la determinación del Patrocinador en relación con su decisión de seleccionar un Proyecto para ser postulado a la línea de Capital para el Emprendimiento Innovador, en cualquiera de sus modalidades, así como tampoco respectos de los acuerdos particulares entre Patrocinador y Beneficiario, salvo en lo establecido en las bases que rigen la presente línea de cofinanciamiento. Es importante aclarar que para postular a la presente línea, no es requisito, incorporarse al proceso de incubación, que ofrecen las incubadoras de empresas que actúan como patrocinadoras de la presente línea. El beneficiario tendrá libertad para cambiar de Entidad Patrocinadora. El cambio de Patrocinador deberá ser informado al Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, y se deberá acreditar que los gastos correspondientes a Patrocinio deben estar saldados. Si el cambio se produce durante la ejecución del proyecto, el cálculo de patrocinio será proporcional al tiempo de apoyo entregado al proyecto. 4.2.6 Fórmula de pago Patrocinio Modalidad Semilla El Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío financiará al Patrocinador el desarrollo de las actividades correspondientes a su gestión, el monto máximo a solicitar será de $8.000.000 por semilla.

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En caso, de proyectos de las provincias de Arauco, Bío Bío y Ñuble, además de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida, el patrocinio será de $8.500.000.- Dicho monto deberá tener relación con las actividades incorporadas en la propuesta de patrocinio, las cuales serán evaluadas de acuerdo a los criterios indicados en la tabla. Así mismo, el cálculo del monto a cancelar por concepto de patrocinio se realizará sobre la base de la siguiente formular de cálculo:

HITO %

Monto de ventas anual igual o mayor al 75% de las ventas estimadas en la evaluación económica. 50%

Realizar una visita en terreno, en forma semestral a cada proyecto patrocinado, considerando una inspección técnica y registro fotográfico del avance del proyecto. Del punto de vista financiero, se deberá revisar la documentación de respaldo de la rendición, visando cada documento original.

20%

Asesorías por proyecto en estrategias de comercialización y marketing. (Mínimo dos por proyecto) 30%

La modalidad de pago del patrocinio considera el pago Anticipado del 70% y 30% al finalizar el proyecto. Esto no considera el posible monto mayor de patrocinio por cumplimiento del Monto de ventas anual estimadas en la evaluación económica de igual o mayor al 125% de las ventas estimadas. HITO 1: MONTO DE VENTAS ANUALES En caso de proyectos de la provincia de Concepción, a excepción de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida

Tramo Monto de ventas anual estimadas en la evaluación económica presentada.

Monto a Pagar

1 Igual o menores al 75% de las ventas estimadas. $2.000.000.-

2 Entre el 76% y el 124% de las ventas estimadas. $4.000.000.-

3 Igual o mayor al 125% de las ventas estimadas. $7.000.000.-

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En caso de proyectos de la provincia de Bío Bío, Ñuble y Arauco, además de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida.

Tramo Monto de ventas anual estimadas en la evaluación económica presentada.

Monto a Pagar

1 Igual o menores al 75% de las ventas estimadas. $ 2.125.000.-

2 Entre el 76% y el 124% de las ventas estimadas. $ 4.250.000.-

3 Igual o mayor al 125% de las ventas estimadas. $7.250.000.-

HITO 2: REALIZAR UNA VISITA EN TERRENO, EN FORMA SEMESTRAL A CADA PROYECTO PATROCINADO. El patrocinador deberá realizar una inspección técnica y registro fotográfico del avance del proyecto. Del punto de vista financiero, se deberá revisar la documentación de respaldo de la rendición, visando cada documento original. Este hito debe ser cumplido en un 100% para su pago. En caso de proyectos de la provincia de Concepción, a excepción de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida. Pago $1.600.000.- En caso de proyectos de la provincia de Bío Bío, Ñuble y Arauco, además de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida. Pago $1.700.000.- HITO 3: ASESORÍAS POR PROYECTO EN ESTRATEGIAS DE COMERCIALIZACIÓN Y MARKETING. El patrocinador deberá realizar a lo menos dos actividades de capacitación en estrategias de comercialización y marketing. Una de estas actividades puede ser grupal (Por ejemplo, un taller con más emprendedores), sin embargo, se deberá realizar una asesoría exclusiva al proyecto patrocinado, y el experto que realiza la actividad deberá elaborar un informe que deberá ser aprobado por el patrocinador y por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. Este hito debe ser cumplido en un 100% para su pago. Estas actividades de capacitación y asesoramiento, incluyendo equipo, experto y metodología, deberán ser previamente visadas y aprobadas por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. En caso de proyectos, de la provincia de Concepción, a excepción de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida. Pago $2.400.000.- En caso de proyectos, de la provincia de Bío Bío, Ñuble y Arauco, además de las comunas de Hualqui, Santa Juana y Florida. Pago $2.550.000.- 4.2.7 Contenidos del Proyecto. El proyecto postulado deberá contener, a lo menos, los siguientes elementos: Modalidad Semilla

Antecedentes del Beneficiario. Actividades y resultados obtenidos en la modalidad perfil.

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Plan de Negocios. Descripción del Equipo Gestor a cargo del proyecto. Presupuesto de acuerdo a formato.

4.2.8 Plazos. Los proyectos deberán prever para su ejecución el plazo mínimo necesario para el logro de sus objetivos. Dicho plazo no podrá exceder de 24 meses en el caso de la modalidad semilla, pudiendo prorrogarse hasta por 12 meses más, previa solicitud fundada del beneficiario. Tales requerimientos de prórroga deberán ser remitidos con a lo menos 20 días hábiles antes del vencimiento del plazo originalmente otorgado. El proyecto se entenderá iniciado a partir de la fecha de total tramitación de la Resolución del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío que apruebe el respectivo Convenio. 4.2.9 Cofinanciamiento. Hasta el 80% del monto requerido para la ejecución de las actividades descritas en el perfil con un tope máximo a solicitar de 50 millones de pesos, no reembolsables. Los proponentes deberán financiar el 20% del costo total de las actividades, los cuales deberán corresponder a aporte pecuniarios (dinero) y no pecuniarias (valoradas). Los participantes, deberán aportar el cofinanciamiento como mínimo de aportes pecuniarios de un 10% del costo total del proyecto. 4.2.10 Criterios de Evaluación. La evaluación se realizará aplicando los criterios y ponderaciones que se expresan en la tabla siguiente, en conformidad a la información contenida en la postulación, los que serán calificados con notas de 1 a 5, siendo 1 el mínimo y 5 el máximo:

Criterio Observación Ponderación

Merito Innovador.

Se analizarán los aspectos distintivos del producto, proceso, modelo de negocio o servicio. respecto de lo disponible en el mercado nacional,

30%

Potencial de Crecimiento.

Se analizará si el negocio tiene proyecciones de crecimiento en el tiempo. .

20%

Equipo Emprendedor.

Se revisará la propuesta de organización para la ejecución de la iniciativa en la modalidad semilla, así como las capacidades técnicas, de gestión y de articulación de los diferentes actores del equipo de trabajo vinculados al proyecto.

30%

Plan de Negocio.

Se evaluará la viabilidad de que el plan de negocio pueda ser implementado. Para lo cual se analizará mercado, estrategia comercial, factibilidad técnica, ventajas competitivas del negocio, rentabilidad esperada, identificación de riesgos.

20%

Cada criterio de evaluación se calificará de acuerdo a una escala de 1 a 5, siendo 1 el mínimo y 5 el máximo. Para que un proyecto pueda ser presentado al Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío con recomendación de aprobación, debe alcanzar un puntaje mínimo

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promedio de 3, y en forma copulativa debe obtener puntaje 3 en el criterio mérito innovativo. Si no alcanzare los puntajes señalados, el proyecto será devuelto al postulante.

5 Ítems Financiables El cofinanciamiento de proyectos considera las siguientes áreas de costos, para ambas Modalidad, Perfil y Semilla. a) Recursos Humanos b) Servicios, materiales y otros

Subcontratos

Operación

Materiales e insumos

Gastos de Traslado, Alimentación y Pernoctación c) Bienes de Capital Nuevos A. Estructura de costos del proyecto. Deberá presentar un presupuesto por ítem de gasto y fuente de financiamiento (Comité de Desarrollo Productivo regional- Beneficiario), de acuerdo a los ítems financiables que se señalan a continuación: Recurso Humano: Corresponde al gasto de contrataciones de personas naturales (profesionales expertos), relacionadas directamente con las actividades del proyecto. Se excluyen las remuneraciones del personal administrativo. En el caso de la modalidad semilla se podrá destinar en esta cuenta con cargo al Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, hasta $700.000,- mensuales para remuneraciones del proyecto, siempre que efectivamente y permanentemente trabaje en el negocio o empresa. Subcontratos: Corresponde al gasto por actividades contratadas de personas jurídicas, relacionadas directamente con la ejecución de servicios y trabajos asociados al proyecto. Tales como, estudio de mercado, estrategia de comercialización, plan comunicacional, fortalecimiento plan de negocios, etc. Todos los costos asociados a esta partida deben estar respaldados por cotizaciones indicando el servicio a realizar, la razón social del prestador y su expertise en el ámbito del subcontrato. Se deberá adjuntar, a lo menos, tres cotizaciones que respalden el valor del gasto. En caso justificado por la naturaleza del subcontrato, el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío aceptará una única cotización. La calidad de subcontratado es incompatible con la de asociado o vinculado al proyecto. La selección de aquellos subcontratos que sean claves en el desarrollo del proyecto, deberá ser validada previa a su contratación por el COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO. Operación: Corresponde al gasto directo asociado a la ejecución del proyecto, tales como: combustible, lubricantes, suministros, arriendos de vehículos, etc. Todos los costos asociados a esta partida deben estar respaldados por cotizaciones.

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Corresponde a los gastos financieros, asociados a la toma de garantía por anticipo y fiel cumplimiento del contrato y a las primas de seguros que deben ser tomadas sobre aquellos bienes adquiridos en el marco del proyecto. En el caso que la garantía sea otorgada por un tercero, distinto al patrocinador, no se podrá imputar al subsidio el costo de emisión de ésta. Materiales e insumos: Corresponde a la adquisición de materiales e insumos que serán utilizados durante la realización del proyecto y que no constituyen una inversión en activos o bienes de capital. Todos los costos asociados a esta partida deben estar respaldados por cotizaciones. Gastos de Traslado, Alimentación y Pernoctación: Comprende el pago por gastos de traslado, alimentación y pernoctación efectuado por el personal, ya sea interno o externo, directamente relacionado con la ejecución del proyecto, cuando se realizan las actividades y labores de terreno. Todos los costos asociados a esta partida deben indicar el monto unitario de acuerdo al tiempo efectivo en terreno, esto es medio día y un día, y tendrán como tope diario los establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente. Bienes de Capital Nuevos: Corresponde a aquellos gastos de adquisición de bienes y adecuación o habilitación de infraestructura que estén directamente relacionados con aspectos productivos del nuevo negocio. Corresponden a bienes durables que, no obstante se adquieren con ocasión de la ejecución del proyecto, no se consumen necesariamente en su desarrollo, tales como: instrumental de uso específico, equipos de laboratorio o similares, maquinarias, equipo y otros bienes de capital, cuya aplicación se justifique como indispensable y determinante para el proyecto. Dichos aspectos serán sometidos a pertinencia y a evaluación del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío. Todos los costos asociados a esta partida deben estar respaldados por cotizaciones indicando el sus especificaciones técnicas, vida útil y su valor neto. Se deberá adjuntar, a lo menos, tres cotizaciones que respalden el valor del gasto. En caso justificado por la naturaleza del Bien, el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío aceptará una única cotización. Con los recursos aportados por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío para la ejecución del proyecto no se podrán financiar: inversiones en bienes de capital no determinantes para el proyecto, compra de inmuebles, deudas, dividendos o recuperaciones de capital, compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios, aguinaldos indemnización, incentivos, bonos, compra de vehículos. El Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío tomará los resguardos y medidas correctivas tendientes a que el monto de los gastos financiados sea razonable y se adecúe a los objetivos planteados y a valores de mercado. En este sentido, y a fin de establecer el correcto control, el(los) beneficiario(s), deberá(n) declarar expresamente la contratación de personas relacionadas, entendiéndose por tales: Respecto del beneficiario persona jurídica: a) Las entidades del grupo empresarial al que

pertenece la sociedad beneficiaria; b) Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad beneficiaria, la calidad de matriz, coligante, filial, o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas en la Ley N° 18.046, y c) Quienes sean directores, gerentes, administradores o liquidadores de la sociedad beneficiaria, y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

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Respecto del beneficiario persona natural: a) Sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y b) Las personas jurídicas respecto de las cuales el beneficiario persona natural tiene la administración, o participa del 10% o más de su capital.

Esta declaración la deberá presentar el beneficiario, para el caso que la adquisición o contratación sea por montos inferiores a $10.000.000.- en el momento de la postulación, o hasta antes de celebrar el contrato respectivo con la persona relacionada. Para el caso que la adquisición o contratación sea por montos superiores a $10.000.000.- la declaración deberá realizarse al momento de presentar las tres cotizaciones al Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío y hasta antes de la celebración del respectivo contrato con la persona relacionada. En caso de detectarse, al momento de la revisión respectiva, alguna omisión en el cumplimiento de la obligación señalada precedentemente, el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío rechazará el gasto. El procedimiento de rendición, así como los respaldos válidos para cada una de las partidas se indica en el ANEXO “Manual de Rendiciones Financieras”. B. Presupuesto del patrocinador. El presupuesto del patrocinador corresponde a las siguientes actividades a financiar: a. Seguimiento y control del programa de actividades y gastos; b. Apoyo la gestión estratégica del negocio; c. Apoyo en la búsqueda de socios potenciales para el desarrollo futuro de la empresa. Deberá presentarse un programa de actividades y un presupuesto identificando clara y detalladamente las labores del patrocinador en el proyecto y de los recursos profesionales que dispondrá para la ejecución de tales actividades. En el caso que el beneficiado se desistiera de la ejecución del proyecto, dicha decisión deberá ser formalizarla por escrito, indicando expresamente que se desiste de ejecutarlo y que por ende renuncia al cofinanciamiento otorgado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío y en dicha situación, el patrocinador deberá restituir el monto correspondiente al cofinanciamiento al término de la ejecución del proyecto de patrocinio, y no recibirá el porcentaje correspondiente a dicho proyecto desistido. En el caso que el proyecto se encontrase formalizado, el patrocinador recibirá el monto asociado a los gastos financieros asociados a la garantía en que hubiese incurrido. Ahora si el proyecto se inicia y en el transcurso del mismo se desiste el beneficiario de continuar la ejecución del proyecto o se le diera término anticipado al proyecto, el monto a pagar por concepto de patrocinio será proporcional a los meses de ejecución del proyecto a la fecha del término formal. El procedimiento de rendición, así como los respaldos válidos para cada una de las partidas se indica en el ANEXO “Manual de Rendiciones Financieras”.

6 Normas Comunes a Ambas Líneas de Financiamiento

6.1 Repositorio institucional de corfo (RIC).

Para efectos del Repositorio Institucional de Corfo (RIC) o el sistema que lo sustituya o reemplace, se pondrá a disposición del público, la información que el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío reciba a través de los informes de avance, extraordinarios, y final, conforme a lo declarado por el beneficiario a través del Anexo, el cual deberá ser adjuntado al momento de entregar los respectivos informes, o en su defecto declarándolo directamente en el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP), cuando esta función se encuentre disponible.

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Sin perjuicio de lo anterior, transcurrido 3 (tres) año desde el término del Proyecto, el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, de conformidad con la normativa vigente, podrá poner a disposición del público a través del Repositorio Institucional de Corfo (RIC) o el sistema que lo sustituya o reemplace, la totalidad de la información contenida en el informe de avance, extraordinario y final. 6.2 Aplicación de las bases administrativas generales. En cuanto a los aspectos administrativos, que deberán cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o postulación misma, hasta el término del convenio de subsidio celebrado con el beneficiario, será aplicable lo dispuesto en la Resolución (E) N° 72, de 28 de marzo de 2016 del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío, que sustituye las Bases Generales de las Líneas de Innova Bío Bío que continúan en el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío BíO, con las siguientes reglas especiales: a. La línea de cofinanciamiento de Capital para Emprendimiento Innovador, en su modalidad perfil

y semilla. b. Además de los elementos establecidos en las Bases Administrativas Generales para el análisis

de pertinencia, la Subdirección de Innovación Empresarial verificará lo siguiente:

Que los proyectos sean presentados de acuerdo a los formularios de postulación indicados por el Comité, puestos a disposición en el Sistema de Gestión de Proyectos y en el sitio web www.fomentobiobio.cl El incumplimiento de lo anterior implicará la declaración de no pertinencia del proyecto, en conformidad a los dispuesto en las Bases Administrativas Generales.

Que se acompañen los antecedentes necesarios para acreditar el nivel de ventas al año

(formularios 29 correspondientes a los últimos 12 meses declarados, y/o el estado de resultados de la(s) empresa(s)). En caso que la información no se acompañe, o la acompañada no sea coherente con el segmento al que postula la empresa, el proyecto se declarará no pertinente.

Que se acompañen los antecedentes necesarios para acreditar la antigüedad del empresario

individual o del emprendedor, esto es, copia de la primera factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho en un giro relacionado directamente con el objetivo del proyecto. En caso que la información no se acompañe, el proyecto se declarará no pertinente.

c. Evaluación. El proceso de evaluación interna de los proyectos podrá contemplar una visita y

entrevista con el postulante. Además, se podrá establecer como insumo adicional uno o más informes de evaluación externa, si el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío lo considera necesario, y la opinión de algún Órgano de la Administración del Estado, en especial, ProChile, en el caso que el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Bío Bío considere que el proyecto tiene potencialidad de acceder a mercados internacionales.

Con estos insumos, se elaborará un informe de evaluación, el que será presentado a la instancia de decisión, con la correspondiente recomendación. d. Difusión de los informes, y transferencia de resultados. Sin perjuicio de lo establecido en el las

Bases Administrativas Generales, se precisa que aquella información que el beneficiario resuelva proteger bajo el secreto empresarial, no será parte de los informes de avance y final.

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ANEXOS

ANEXO “MANUAL DE RENDICIONES FINANCIERAS” Área Emprendimiento.

ANEXO “PAUTA DE DIFUSIÓN”.

ANEXO “NORMAS SOBRE APLICACIÓN DE MULTAS”.