SUCESORIO Casos Con Pauta

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CASO 1 Con fecha 25 de Abril de 2006, don Luis Claro Solar aquejado de un cáncer terminal, otorga testamento, en la Notaría de don Andrés Bello, dejando las siguientes disposiciones: 1.- Deja la mitad legitimaria a sus hijos Pedro, Clara, Loreto y Jorge todos de apellido Claro Dimas y a su cónyuge Malvina Dimas Pérez. 2.- Deja la cuarta de mejoras a su padre Mario Claro, por encontrarse internado en una casa de reposo y padecer de alzheimer y en caso que éste fallezca antes que él quiere que se la lleve su nieto Marcos Claro Lira (hijo de Pedro). 3.- Deja la cuarta de libre disposición a sus amigos Felipe Soler y Carolina Mesías. Con fecha 10 de Noviembre de 2006 víctima del alzheimer fallece su padre don Mario Claro. Con fecha 30 de Abril de 2007 fallece en un accidente de aviación su hija Loreto, dejando como heredero a su cónyuge Fermín Pereira, con quien nunca pudo tener hijos. Con fecha 18 de Noviembre de 2008, fallece don Luis Claro Solar. Con fecha 5 de Diciembre de 2008, fallece en una excursión al Cajón del Maipo, sin saber que lo habían nombrado en el testamento de su amigo Luis, deja como herederos a su cónyuge Nadia y a sus hijos Federico y Gabriel. Con fecha 20 de Marzo de 2009 su nieto Marcos Claro repudia la herencia. Al momento de morir, la suma de los bienes de don Luis asciende a $ 18.000.- y

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Casos derecho sucesorio Chile

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CASO

CASO 1

Con fecha 25 de Abril de 2006, don Luis Claro Solar aquejado de un cncer terminal, otorga testamento, en la Notara de don Andrs Bello, dejando las siguientes disposiciones:

1.-Deja la mitad legitimaria a sus hijos Pedro, Clara, Loreto y Jorge todos de apellido Claro Dimas y a su cnyuge Malvina Dimas Prez.

2.-Deja la cuarta de mejoras a su padre Mario Claro, por encontrarse internado en una casa de reposo y padecer de alzheimer y en caso que ste fallezca antes que l quiere que se la lleve su nieto Marcos Claro Lira (hijo de Pedro).3.-Deja la cuarta de libre disposicin a sus amigos Felipe Soler y Carolina Mesas.

Con fecha 10 de Noviembre de 2006 vctima del alzheimer fallece su padre don Mario Claro.

Con fecha 30 de Abril de 2007 fallece en un accidente de aviacin su hija Loreto, dejando como heredero a su cnyuge Fermn Pereira, con quien nunca pudo tener hijos.

Con fecha 18 de Noviembre de 2008, fallece don Luis Claro Solar.Con fecha 5 de Diciembre de 2008, fallece en una excursin al Cajn del Maipo, sin saber que lo haban nombrado en el testamento de su amigo Luis, deja como herederos a su cnyuge Nadia y a sus hijos Federico y Gabriel.Con fecha 20 de Marzo de 2009 su nieto Marcos Claro repudia la herencia.

Al momento de morir, la suma de los bienes de don Luis asciende a $ 18.000.- ydebe al banco Millonario la suma de $ 2000 y como gastos de entierro, se deben con posterioridad la suma de $ 3.000.

PREGUNTAS

1.-Seale quienes tienen derecho en la herencia y por qu concepto. Fundamente su respuesta, y seale los artculos del Cdigo Civil que le sirven para determinarlo. 2.-Seale cuanto lleva cada uno en la herenciaPAUTA

Mitad Legitimaria

Pedro lleva directamente por cabezaClara lleva directamente por cabezaLoreto la cuota de Loreto acrece a la de sus hermanos y madre, ya que no tiene hijos que la representen y no opera la representacin hacia el cnyuge Fermn, ya que solo opera en la lnea descendiente.Jorge lleva directamente por cabezaMalvina lleva directamente por cabezaCuarta de Mejoras

Mario fallece el 10-XI-2006

Marcos (sustituto) 20-3-2009 repudiaLa cuarta de mejoras acrece a la mitad legitimaria, ya que el sutituto que la llevara repudi y el instituido falta al momento de abrirse la sucesin, ya que muri.Cuarta de Libre disposicin

Felipe fallece 5 XII 2008 la cuota de Felipe se la llevan por derecho de transmisin sus herederos en este caso su cnyuge Nadia e hijos Federico y Gabriel, ya que Felipe fallece sin alcanzar a aceptar o repudiar, pero ellos deben aceptar la herencia de Felipe.Carolina, hereda directamentePregunta 2Acervo ilquido

18.000

Deuda al Banco

2.000

Bajas generales de la herencia, Gastos de entierro

3.000

deudas hereditarias 959 N 2Acervo lquido

13.000

Mitad legitimaria

6.500

Cuarta de mejoras

3250

Cuarta de libre disposicin 3250

Se debe sumar la mitad legitimaria con la cuarta de mejoras 9750

9750 se divide por 5 ( 3 hijos, ms el cnyuge que lleva el doble de lo que por legtima efectiva le toca a los hijos, ya que hay ms de uno) = 1950Por lo tanto

Pedro

1950

Clara1950

Jorge1950

Malvina 3900

Cuarta de libre disposicin 3250:2= 1625

Carolina

1625

Nadia

813

En este caso la cuota de Felipe se divide en 4

Federico

406,2

ya que estamos en su primer orden 2 para el

Gabriel

406,2

cnyuge y uno para cada hijo

1625:4= 406,2

Sumado todo da 13.000 que corresponde al acervo lquido.

La cuarta parte de la mitad legitimaria ms la cuarta de mejoras corresponde a 9750:4=2437,5 y Malvina la cnyuge lleva 3900, por lo tanto se cumple con la exigencia mnima de la cuarta parte.

Caso2

Con fecha 25 de Abril de 2007, don Francisco Lpez Jara, otorga testamento en la Notara de doa Felicita Yvar, ante tres testigos, en dicho testamento establece las siguientes clusulas:

1. Deja la mitad legitimaria de sus bienes a sus hijos Pamela, Laura y Gabriel todos de apellido Lpez Moreno y a su cnyuge sobreviviente Claudia Moreno Lira.

2. Deja la cuarta de mejora a su nieto Carlos Marn Lpez (hijo de Pamela), porque siempre se interes en jugar ajedrez con l; en caso que l fallezca con anterioridad a l, quiere que la cuarta de mejora se la lleve su nieto Federico Lpez Armijo (hijo de Gabriel), ya que siempre lo llev a las sesiones de yoga.

3. Deja la cuarta de libre disposicin a sus amigos Daniel Santis, Jaime Urquieta y Leonardo Quevedo, ya que siempre se juntaron a jugar pker con l, durante los ltimos 30 aos.

4. Como se encuentra separado de hecho quiere que su cnyuge Claudia herede lo menos posible, por lo cual le prohbe que tenga derecho a acrecer en caso que esta posibilidad exista.

Con fecha 7 de Octubre de 2008 fallece su hija Laura, deja como herederos a sus hijos Jos y Heriberto ambos de apellido Toro Lpez y a su cnyuge Roberto Toro.

Con fecha 14 de Marzo de 2009 fallece en un accidente carretero su amigo Daniel Santis, quien deja como herederos a sus hijas Elena y Tamara Santis Gana y a su cnyuge Juana Gana.

Con fecha 15 de Abril de 2010 fallece don Francisco Lpez Jara

Con fecha 6 de Mayo de 2010 sin haber an tramitado la posesin efectiva de la herencia su hijo Gabriel repudia la herencia. El tiene como hijos a Federico y Vernica Lpez Armijo, y tiene cnyuge Bernardita Armijo.

Con fecha 15 de Junio de 2010, su nieto Carlos repudia la herencia por no haberle gustado nunca el ajedrez.

Con fecha 17 de Octubre de 2010, sin que an tramiten la posesin efectiva de la herencia, fallece su nieto Federico, por una extraa bacteria. Este solo tena 15 aos por lo cual no tiene cnyuges ni hijos.

Al momento de fallecer el patrimonio de don Francisco asciende a la suma de $ 300, le adeuda al Banco La Esperanza la suma de $ 30 y por gastos de entierro se adeuda la suma de $ 20.

PREGUNTAS: (Cada pregunta ser califica de 1 a 7)

1. Seale quienes heredarn en:

a) La mitad legitimaria

b) La cuarta de mejoras

c) La cuarta de libre disposicin

2. Seale a cuanto asciende la cuota que cada uno de los anteriores llevar en la herencia.

Mitad legitimaria

Claudia la cnyuge por derecho propio, hereda por cabeza, por ser legitimaria.

Pamela, por ser hija por derecho propio, hereda por cabeza, por ser legitimaria

Jos y Heriberto, heredan en representacin de su madre Laura ya que ella fallece con anticipacin a su padre Francisco, se aplica el art. 984, no puede se deben poner en el lugar de su madre, deben ser dignos y capaces de suceder a su abuelo, no estn obligados a aceptar la herencia de su padre, pero s la de su abuelo. El cnyuge de Laura no hereda porque la representacin se aplica siempre en lnea descendiente.

Federico y Vernica, heredan en representacin de su padre, Gabriel, quien repudi la herencia, segn el art 984 no quiere suceder, deben ser dignos y capaces de suceder a su abuelo y aceptar la herencia de ste. Se aplica la representacin ya que la repudiacin opera con efecto retroactivo y se entiende faltar al momento de abrirse la sucesin; no es necesario que acepten la herencia de Gabriel de acuerdo al 986. Como Federico muere en definitiva la cuota la llevar toda Vernica.

Cuarta de mejoras

Carlos Marn repudia, por lo cual se aplica la sustitucin, el alumno debe explicar la sustitucin, sobre todo en cuanto se dice por el testador en caso de muerte y en la prctica repudia, art 1157 CC, y debe llevar la cuarta Federico, pero Federico muere con posterioridad y por lo tanto por transmisin deben sucederle sus herederos que en este caso sern sus padres Gabriel y Bernardita, si se entiende que la repudiacin de Gabriel es para cualquier parte de esta herencia incluso la que le toca de un modo indirecto, toda la cuota se la llevar Bernardita, de lo contario deben ambos compartir la cuota por partes iguales.

Cuarta de libre disposicin

Llevarn la cuarta JAIME y LEONARDO, los cuales llevarn por acrecimiento la cuota de Daniel, el alumno debe explicar el acrecimiento y por qu los herederos de Daniel nada llevan

PREGUNTA 2

Acervo ilquido

300

Bajas Generales de la

20

Herencia

30

Acervo lquido

250

Mitad legitimaria

125

Cuarta de Mejoras

62,5

Cuarta de Libre disposicin 62,5

125 : 5 = 25

Claudia lleva el doble de lo que por legtima rigorosa lleva cada hijo 50Pamela 25

Jos y Heriberto heredan por estirpe 12,5 cada unoFederico y Vernica heredan por estirpe 12,5 cada unoCuarta de Mejoras

Gabriel y Bernardita 31, 25 cada uno o

Bernardita

62,5

Cuarta de Libre disposicin

Jaime y Leonardo 31, 25 cada uno.

Cuarta parte de la mitad legitimaria 125 : 4 = 31.25; se cumple la exigencia ya que la cnyuge lleva 50.

CASO HIPOTTICO El 24 de junio de 2005, Pedro Cifuentes, viudo, hace testamento instituyendo lo siguiente:

a. Designa herederos universales a sus nicos hijos Hugo, Paco y Luis.

b. Asigna la cuarta de mejoras a su hijo Luis

c. Lega su coleccin de medallas de caza a su hermana Camila.

d. Asigna la cuarta de libre disposicin a su hermano Jos

Con fecha 12 de marzo de 2006 fallece Luis en un accidente de avin. A su fallecimiento, Luis deja como nicos herederos a sus hijos Alberto y Mara. Mara decide repudiar la herencia de su padre Luis.

Con fecha 28 de mayo del 2009 fallece Pedro Cifuentes.

Con fecha 30 de junio de 2009, y antes de pedirse la posesin efectiva de la herencia quedada al fallecimiento de Pedro Cifuentes, Jos Cifuentes muere dejando como nicos herederos a su cnyuge Rosa y a sus hijos Manuel y Josefina.

Abierta la sucesin del causante, Paco quien antes de fallecer su padre se haba peleado a muerte con l decide repudiar la herencia. A la sazn los parientes ms cercanos de Paco son su cnyuge Adriana y su hijo Pedro. Por su parte, Camila quien a la sazn tiene 2 hijos, repudia el legado por ser la caza contraria a sus convicciones.

Ejercicio:

Determine cmo se distribuye las distintas asignaciones haciendo aplicacin de los derechos de representacin y transmisin.

PAUTA

HEREDAN

Hugopor cabeza

Luis; su cuota la lleva por representacin su hijo Luis. Mara no, porque repudia y no tiene nadie que la represente.

Luis, su cuota en la cuarta de mejoras acrece a la mitad legitimaria, ya que no opera en las mejoras la representacin.

La cuota de Jos Cifuentes, esto es, la de libre disposicin, se la llevan por transmisin, sus herederos, su cnyuge Rosa y su hijo Alberto. Mara repudi.

La cuota de Paco, que repudi, la lleva su hijo Pedro, por representacin en la mitad legitimaria.

El legado de Camila, al repudiar, acrece a la mitad legitimaria. O si se entiende que est en la cuarta de libre disposicin, se la lleva Rosa y Alberto.

CASO 7

Don Felipe Costa Torres, con fecha 23 de Mayo de 2006 otorga testamento en las siguientes condiciones:

1) Seala que quiere que la mitad legitimaria de su herencia se reparta de acuerdo a lo que la ley seala entre sus hijos Trinidad, Antonia, Guillermo y Clemente y su cnyuge Gabriela Sotomayor, quien debe llevar lo mnimo que la ley le obliga, por lo cual expresamente respecto de ella le prohbe el acrecimiento si ste llegara a producirse.

2) Declara que la cuarta de mejoras se reparta de la siguiente manera: 1/3 para su nieto Domingo (hijo de Trinidad), 1/3 para su nieto Ignacio (hijo de Clemente) y 1/3 para su nieto Jaime (hijo de Trinidad)

3) Declara que la cuarta de libre disposicin se la lleve su amiga especial Clara Fernndez y si sta muere antes que se la lleven por partes iguales los hijos de ella Fermn y Mara Jess.

Con fecha 27 de Marzo de 2007, fallece en un accidente automovilstico su hijo Guillermo, que deja como herederos a su cnyuge Jimena y sus hijos Pablo y Fernanda.

Con fecha 28 de Marzo de 2008 muere vctima de una larga enfermedad Clara Fernndez, dejando como sus herederos a sus hijos Fermn y Mara Jess.

Con fecha 2 de Enero de 2009 vctima de un infarto por no haberse nunca repuesto de la muerte de amiga especial Clara, fallece FELIPE COSTA TORRES.

Con fecha 20 de Enero de 2009 muere de una sobredosis su hija Antonia, quien se encontraba en una clnica de rehabilitacin de adictos y no se enter que su padre haba fallecido, para que no retrocediera en su terapia. Deja como herederos a su cnyuge de quien se encuentra separado judicialmente Gonzalo Huerta, la sentencia que concedi el divorcio seala que se concede la separacin por culpa del demandado (el marido) por reiteradas faltas al deber de fidelidad. Deja como herederos tambin a sus hijos Emilia y Gaspar.

Con fecha 5 de Abril de 2009, su nieto Jaime repudia su asignacin.

Al momento de morir el patrimonio de don Felipe asciende a 300, le adeuda 40 al Banco La Felicidad Eterna y 20 a la Empresa Funeraria Directo al Cielo.

PREGUNTAS

1.-Seale, explique y fundamente quienes tienen derechos en la herencia de don Felipe Costa y a qu ttulo; debe mencionar los artculos del Cdigo en que apoy su decisin.

2.-Seale cul es el monto de la cuota que corresponde a cada uno de ellos.

CASO 7 PAUTA

Pregunta 1

Mitad Legitimaria

Trinidad

Antonia: heredan por transmisin sus hijos Emilia y Gaspar, explicar por qu la transmisin y por qu no hereda el cnyuge Gonzalo. Citar artculos Guillermo: hereda por representacin sus hijos Pablo y Fernanda (explicar por qu y por qu no la cnyuge Jimena) citar artculos

Clemente

Gabriela

Cuarta de Mejoras

Domingo (1/3)

Ignacio (1/3)

Jaime (1/3) al repudiar nada lleva y nada transmite, explicar porqu no el acrecimiento (hay cuotas), y sealar que queda intestada y que acrece a los legitimarios excepto a La cnyuge que lo time prohibido. (0,75)

Cuarta de Libre Disposicin

Clara Fernndez; no hereda se la llevan los sustitutos explicar

Fermn y Martn (sustitutos) explicar como se la llevan y por qu se aplica la sustitucin con los artculos correspondientes (0,5)

La situacin de Trinidad, Clemente y Gabriela se llevan el (0,25 que falta)

PREGUNTA 2

Acervo ilquido

300

Bajas generales

40 (deuda al Banco)

20 (deuda a la Empresa Funeraria)

Acervo lquido

240

Mitad legitimaria

120

Cuarta de mejoras

60

Cuarta de libre disposicin

60

Mitad legitimaria: se divide por ser porque hay 4 hijos y cnyuge que vale por 2.

120: 6= 20

Trinidad

20

Clemente

20

Gabriela

40

Emilia

10

Gaspar

10

Pablo

10

Fernanda

10

Cuarta de mejora

Domingo

20

Ignacio

20

Jaime

0. Su cuota de 20 acrece a los legitimarios excepto Gabriela que tiene prohibido acrecer, por lo que los 20 se dividen en 4

Trinidad

5

Clemente

5

Emilia

2,5

Gaspar

2,5

Pablo

2,5

Fernanda

2,5

Cuarta de Libre disposicin

Mara Jess

30

Fermn

30

COMPROBAR QUE LA CNYUGE LLEVABA LA CUARTA DPARTE DE LA MITAD LEGITIMARIA QUE ERAN 30

Caso 8

Don Patricio Pinto con fecha 20 de Marzo de 2008 otorga un testamento en la Notara de don Julio Delporte, en el cual seala lo siguiente:

1.-Deja la mitad legitimaria de sus bienes a sus hijos Lorenzo, Carlos, Julio y Josefina, junto a su cnyuge Isidora Castro, con la cual se cas en rgimen de separacin total de bienes.

2.-Deja la cuarta de mejoras de sus bienes a su nieto Pedro (hijo de Lorenzo) y a Camila (hija de Julio), en caso que cualquiera de ellos fallezca antes que l su parte deber llevarla su cnyuge Isidora.

3.-Deja la cuarta de libre disposicin a sus amigos Felipe Ramos y Lamberto Martnez, sealando expresamente que cada uno no puede llevar ms de la mitad de la cuarta de libre disposicin.

Con fecha 28 de Enero de 2009 fallece su hijo Julio, dejando como herederos a su cnyuge Malvina y sus hijos Camila y Mario.

Con fecha 30 de Marzo de 2009 fallece su amigo Felipe por una enfermedad incurable y deja como herederos a su cnyuge Julia Palma y a su hija Francisca.

Con fecha 30 de Octubre de 2009 fallece don Patricio Pinto.

Con fecha 5 de Noviembre de 2009, sin haber an hecho nada respecto de la herencia de su padre, de un infarto muere su hijo Carlos, dejando como nica heredera a su cnyuge Carolina.

Con fecha 15 de Diciembre de 2009, su hija Josefina, soltera y sin hijos, repudia la herencia de su padre, su pariente ms cercano es su madre doa Isidora.

Con fecha 10 de Enero de 2010, sus nietos Pedro y Camila repudian todos los derechos que puedan tener en la herencia de su abuelo.

Al momento de fallecer el patrimonio de Patricio asciende a la suma de 210.000. Le debe a su amigo Pascual la suma de $ 5.000 y a su amiga Delfina tambin $ 5.000.

PREGUNTAS

1.-Seale quines heredarn en la mitad legitimaria, en la cuarta de mejoras y en la cuarta de libre disposicin. En cada caso debe sealar el artculo del Cdigo Civil que ha utilizado y DEBE explicar los derechos que invoque en cada caso.

2.-Seale a cunto asciende la cuota que cada heredero llevar en la herencia. En esta pregunta usted debe realizar la operacin completa, no ser calificado si sin mayor fundamento usted le asigna una cierta cantidad de dinero a cada uno, sin sealar de dnde provino.PREGUNTA 1

Mitad legitimaria

Lorenzo hereda por cabeza, por ser legitimario, ya que es hijo de Patricio

Isidora hereda por cabeza, por ser legitimaria, ya que es cnyuge de Patricio y hereda el doble de lo que por legtima rigorosa o efectiva lleve cada uno de los hijos, al existir ms de uno. (0,5 puntos)Julio fallece antes que su padre por lo cual al estar en las legtimas, se aplica el derecho de representacin y en principio suceden en esta cuota sus hijos Camila y Mario, ya que ambos son descendientes de Julio, son dignos y capaces de suceder a Patricio, por lo cual ambos heredan por estirpe la cuota de su padre Julio. (1 punto) artculo 984 CC. Con posterioridad Camila repudia toda la herencia, por lo cual se entiende que no est al momento del fallecimiento y la cuota de julio se la lleva ntegramente Mario. (0,5 puntos)

Carlos fallece despus de su padre, pero sin alcanzar a aceptar o repudiar la herencia, por lo cual lo suceden sus herederos en virtud del derecho de transmisin, en este caso ser su cnyuge Carolina y su madre doa Isidora (se aplica el 2do orden de sucesin) 2/3 para Carolina y 1/3 para Isidora. Para poder hacerlo deben ser dignas y capaces de suceder a Carlos, deben aceptar su herencia y los derechos en la herencia no deben estar prescritos. Artculo 957 CC y 989 CC (1,5 puntos)

Josefina repudia la herencia, por lo cual se entiende que falta, al momento de fallecer Patricio, con lo cual se aplica la representacin, pero al no tener descendencia esto no es posible y su cuota acrece a los dems legitimarios en la mitad legitimaria. Art 984 y art 1190 (1 punto)

CUARTA DE MEJORAS

Pedro y Camila repudian la cuarta de mejoras, con lo cual se entiende que faltan al momento de abrirse la sucesin, con lo cual opera el derecho de sustitucin, artculo 1156, establecido por Patricio en su testamento y la cuota se la lleva Isidora; la sustitucin opera igual aunque el testador haya sealado que operara en caso de fallecimiento y aqu lo que hubo fue repudiacin, de acuerdo al artculo 1157. (1 PUNTO)

CUARTA DE LIBRE DISPOSICIN

Lamberto hereda su cuota, esto es la mitad de la cuarta, porque se encuentra vivo al momento de suceder.

La cuota de Felipe, al fallecer antes que Patricio, y ser una sucesin testada y en la parte de libre disposicin, no podemos aplicar el derecho de representacin; como Patricio prohibi el acrecimiento, al sealar que no podan llevar ms de la mitad de la cuarta de libre disposicin; esta parte de la cuarta acrece a la mitad legitimaria de acuerdo al artculo 1191, ya que si bien dispuso, esta disposicin ha quedado sin efecto. (1,5 puntos)

PREGUNTA 2

Acervo ilquido

210.000

Deuda Pascual

5.000

Deuda Delfina

5.000 Ambas deudas son bajas generales de la

herencia al ser deudas hereditarias, de

acuerdo al 959 N 2 (1 punto)

Acervo lquido

200.000 (0,5 puntos)

Mitad legitimaria

100.000

Cuarta de mejoras

50.000

Cuarta de Libre Disposicin

50.0001 punto

Mitad legitimaria + mitad de la cuarta de libre disposicin = 125.000 lo que se reparte entre los legitimarios quienes llevan legtimas efectivas. (0,5 puntos)

125.000: 5 = 25.000 cada legitimario, se divide por 5 porque hay 3 hijos y un cnyuge que lleva el doble de lo que lleve cada hijo por legtima efectiva en este caso. (1 punto)

Lorenzo

25.000

Isidora

50.000

Camila

25.000 (en lugar de Julio su padre)

Carolina

16.667 e Isidora 8.333 (en lugar de Carlos,

cnyuge e hijo) (1,5 puntos)Cuarta de Mejora

Isidora

50.000 (sustitucin) 0,5 puntos

Cuarta de libre disposicin

Lamberto

25.000 (0,5 puntos)

Cuarta parte de la cnyuge

125.000: 4 = 31.250 y ella lleva por concepto de legtima 50.000, por lo cual se cumple la cuarta parte (0,5 puntos)

Caso 9

Con fecha 25 de Abril de 2007, don Francisco Lpez Jara, otorga testamento en la Notara de doa Felicita Yvar, ante tres testigos, en dicho testamento establece las siguientes clusulas:

5. Deja la mitad legitimaria de sus bienes a sus hijos Pamela, Laura y Gabriel todos de apellido Lpez Moreno y a su cnyuge sobreviviente Claudia Moreno Lira.

6. Deja la cuarta de mejora a su nieto Carlos Marn Lpez (hijo de Pamela), porque siempre se interes en jugar ajedrez con l; en caso que l fallezca con anterioridad a l, quiere que la cuarta de mejora se la lleve su nieto Federico Lpez Armijo (hijo de Gabriel), ya que siempre lo llev a las sesiones de yoga.

7. Deja la cuarta de libre disposicin a sus amigos Daniel Santis, Jaime Urquieta y Leonardo Quevedo, ya que siempre se juntaron a jugar pker con l, durante los ltimos 30 aos.

8. Como se encuentra separado de hecho quiere que su cnyuge Claudia herede lo menos posible, por lo cual le prohbe que tenga derecho a acrecer en caso que esta posibilidad exista.

Con fecha 7 de Octubre de 2008 fallece su hija Laura, deja como herederos a sus hijos Jos y Heriberto ambos de apellido Toro Lpez y a su cnyuge Roberto Toro.

Con fecha 14 de Marzo de 2009 fallece en un accidente carretero su amigo Daniel Santis, quien deja como herederos a sus hijas Elena y Tamara Santis Gana y a su cnyuge Juana Gana.

Con fecha 15 de Abril de 2010 fallece don Francisco Lpez Jara

Con fecha 6 de Mayo de 2010 sin haber an tramitado la posesin efectiva de la herencia su hijo Gabriel repudia la herencia. El tiene como hijos a Federico y Vernica Lpez Armijo, y tiene cnyuge Bernardita Armijo.

Con fecha 15 de Junio de 2010, su nieto Carlos repudia la herencia por no haberle gustado nunca el ajedrez.

Con fecha 17 de Octubre de 2010, sin que an tramiten la posesin efectiva de la herencia, fallece su nieto Federico, por una extraa bacteria. Este solo tena 15 aos por lo cual no tiene cnyuges ni hijos.

Al momento de fallecer el patrimonio de don Francisco asciende a la suma de $ 300, le adeuda al Banco La Esperanza la suma de $ 30 y por gastos de entierro se adeuda la suma de $ 20.

PREGUNTAS:

1. Seale quienes heredarn en:

d) La mitad legitimaria

e) La cuarta de mejoras

f) La cuarta de libre disposicin

3. 2. Seale a cuanto asciende la cuota que cada uno de los anteriores llevar en la herencia.

Mitad legitimaria

Claudia la cnyuge por derecho propio, hereda por cabeza, por ser legitimaria.

Pamela, por ser hija por derecho propio, hereda por cabeza, por ser legitimaria

Jos y Heriberto, heredan en representacin de su madre Laura ya que ella fallece con anticipacin a su padre Francisco, se aplica el art. 984, no puede se deben poner en el lugar de su madre, deben ser dignos y capaces de suceder a su abuelo, no estn obligados a aceptar la herencia de su padre, pero s la de su abuelo. El cnyuge de Laura no hereda porque la representacin se aplica siempre en lnea descendiente.

Federico y Vernica, heredan en representacin de su padre, Gabriel, quien repudi la herencia, segn el art 984 no quiere suceder, deben ser dignos y capaces de suceder a su abuelo y aceptar la herencia de ste. Se aplica la representacin ya que la repudiacin opera con efecto retroactivo y se entiende faltar al momento de abrirse la sucesin; no es necesario que acepten la herencia de Gabriel de acuerdo al 986. Como Federico muere en definitiva la cuota la llevar toda Vernica.

Cuarta de mejoras

Carlos Marn repudia, por lo cual se aplica la sustitucin, el alumno debe explicar la sustitucin, sobre todo en cuanto se dice por el testador en caso de muerte y en la prctica repudia, art 1157 CC, y debe llevar la cuarta Federico, pero Federico muere con posterioridad y por lo tanto por transmisin deben sucederle sus herederos que en este caso sern sus padres Gabriel y Bernardita, si se entiende que la repudiacin de Gabriel es para cualquier parte de esta herencia incluso la que le toca de un modo indirecto, toda la cuota se la llevar Bernardita, de lo contario deben ambos compartir la cuota por partes iguales.

Cuarta de libre disposicin

Llevarn la cuarta JAIME y LEONARDO, los cuales llevarn por acrecimiento la cuota de Daniel, el alumno debe explicar el acrecimiento y por qu los herederos de Daniel nada llevan

PREGUNTA 2

Acervo ilquido

300

Bajas Generales de la

20

Herencia

30

Acervo lquido

250

Mitad legitimaria

125

Cuarta de Mejoras

62,5

Cuarta de Libre disposicin 62,5

125 : 5 = 25

Claudia lleva el doble de lo que por legtima rigorosa lleva cada hijo 50Pamela 25

Jos y Heriberto heredan por estirpe 12,5 cada unoFederico y Vernica heredan por estirpe 12,5 cada unoCuarta de Mejoras

Gabriel y Bernardita 31, 25 cada uno o

Bernardita

62,5

Cuarta de Libre disposicin

Jaime y Leonardo 31, 25 cada uno.

Cuarta parte de la mitad legitimaria 125 : 4 = 31.25; se cumple la exigencia ya que la cnyuge lleva 50.