Sunarp

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1.- Acude a Sunarp para verificar el estado del inmueble: nombre del propietario, compromisos vigentes (hipotecas, derecho de usufructo e embargos judiciales o administrativos). Pide certificado de gravamen y declaratoria de fábrica. En este sentido, Edgar Pérez Eyzaguirre, gerente de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), señala que este trámite puede hacer la diferencia entre ser timado y realizar una buena adquisición. “El interesado solo tiene que acercarse a nuestras oficinas con el número de la ficha registral que el vendedor le ha dado y en un máximo de 3 días útiles tiene el Certificado Registral Inmobiliario (CRI) con la partida del predio”, refiere. Hola chicos, les recomendaría que esperen un poco más y soliciten un CRI pues aqui la información es más completa y detallada que en una copia literal por algo Registros Públicos demora 4 días hábiles en expedirla, asimismo, soliciten a su vendedor un bloqueo registral hasta la firma de la compra venta en escritura pública para evitar que pueda realizar dos ventas y cualquiera de uds pueda verse perjudicado, en estos temas hay que ser muy receloso con la documentación adquirida, ustedes mismos solicitenla en Registros Publicos, su vendedor tiene la obligación de darle la información necesaria como Número de Partida Registral y/o número de Ficha del predio, ellos según ley están obligados a entregar saneado el bien al momento de su transferencia, no se dejen engañar y por cierto nunca confien en propietarios que les vendan una parte de una casa si esta no está previamente independizada, ojo que quien figura como propietario en el Autovaluo del Predio no necesariamente es el propietario del predio sino para efectos tributarios el principal obligado. Saludos.

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1.- Acude a Sunarp para verificar el estado del inmueble: nombre del propietario, compromisos vigentes (hipotecas, derecho de usufructo e embargos judiciales o administrativos). Pide certificado de gravamen y declaratoria de fábrica.

En este sentido, Edgar Pérez Eyzaguirre, gerente de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), señala que este trámite puede hacer la diferencia entre ser timado y realizar una buena adquisición. “El interesado solo tiene que acercarse a nuestras oficinas con el número de la ficha registral que el vendedor le ha dado y en un máximo de

3 días útiles tiene el Certificado Registral Inmobiliario (CRI) con la partida del predio”, refiere.

Hola chicos, les recomendaría que esperen un poco más y soliciten un CRI pues aqui la información es más completa y detallada que en una copia literal por algo Registros Públicos demora 4 días hábiles en expedirla, asimismo, soliciten a su vendedor un bloqueo registral hasta la firma de la compra venta en escritura pública para evitar que pueda realizar dos ventas y cualquiera de uds pueda verse perjudicado, en estos temas hay que ser muy receloso con la documentación adquirida, ustedes mismos solicitenla en Registros

Publicos, su vendedor tiene la obligación de darle la información necesaria como Número de Partida Registral y/o número de Ficha del predio, ellos según ley están obligados a entregar saneado el bien al momento de su transferencia, no se dejen engañar y por cierto nunca confien en propietarios que les vendan una parte de una casa si esta no está previamente independizada, ojo que quien figura como propietario en el Autovaluo del Predio no necesariamente es el propietario del predio sino para efectos tributarios el principal obligado.

Saludos.