SUNARP fb

53
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CURSO : GESTIÓN DE MEDIANAS Y PEQUEÑAS EMPRESAS DE EXPORTACIÓN (AD – 451) “SUNARP: Registros Públicos” AUTORES : ARANGO RAMOS, Niska Lissett BARBARAN SULCA, María Luz CAMPOS MARTINEZ, Nilda Yaren CISNEROS PIANTO, Gloria Josefina 1

description

fdf

Transcript of SUNARP fb

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTBAL DE HUAMANGAFACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLESESCUELA DE FORMACIN PROFESIONAL DEADMINISTRACIN DE EMPRESAS

CURSO : GESTIN DE MEDIANAS Y PEQUEAS EMPRESAS DE EXPORTACIN (AD 451)SUNARP: Registros Pblicos

AUTORES : ARANGO RAMOS, Niska Lissett BARBARAN SULCA, Mara Luz CAMPOS MARTINEZ, Nilda Yaren CISNEROS PIANTO, Gloria Josefina

AYACUCHO PER

2015

6

INTRODUCCINEl presente trabajo est centrado en el estudio del procedimiento registral, un procedimiento sui generis, que tiene como finalidad ser ese pilar del Sistema Registral, el cual a su vez tiene como una de sus finalidades la de establecer una prueba a la propiedad, o a un derecho; segn sea el caso. Pero que involucra una finalidad abstracta: brindar seguridad jurdica con justicia. Este procedimiento la realiza el Registrador Pblico, la cual es una actividad administrativa, que si bien contiene una labor jurdica, es un trabajo de evaluacin tcnico y formal de la documentacin que en va del procedimiento registral se eleva a las manos del Registrador Pblico, entonces lo que se pretende lograr en dentro de este procedimiento es determinar la legalidad formal de los ttulos que pretenden acceder al registro, de ser confirmada esta situacin se proceder naturalmente con la inscripcin del acto materia de rogatoria. Al respecto en el presente trabajo se analizar la doctrina y la normatividad al respecto.

CAPITULO I

SUNARP1.1. DEFINICIN:La Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos (SUNARP) es el ente rector del Sistema Nacional de los Registros Pblicos a nivel de todo el pas. Fue creada en octubre de 1994, dentro del proceso de modernizacin del Estado, mediante Ley N 26366.La SUNARP es un organismo descentralizado autnomo de Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Pblicos, y tiene entre sus principales funciones y atribuciones el de dictar las polticas y normas tcnico - registrales de los registros pblicos que integran el Sistema Nacional, planificar y organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcin y publicidad de actos y contratos en los Registros que conforman el Sistema.1Tiene por finalidad dictar las polticas y normas tcnico administrativas de los Registros Pblicos. Est encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcin y publicidad de los actos y contratos en los Registros Pblicos que integran el Sistema Nacional y que han tenido acogida al cumplir los requisitos de Ley. 1.2. SISTEMA NACIONAL DE LOS REGISTROS PBLICOS:Por Ley N 26366 del 14 de octubre de 1994 se crea en el Per el Sistema Nacional de los Registros Pblicos (SINARP) con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la funcin registral en todo el pas, orientado a la especializacin, simplificacin, integracin y modernizacin de la funcin, procedimientos y gestin de todos los registros que lo integran.El SINARP vincula en lo jurdico registral a los registros de todos los sectores pblicos y est conformado por los siguientes registros: Registro de personas naturales, registro de personas jurdicas, registros de propiedad inmueble, registros de bienes muebles y los dems registros de carcter jurdico creados o por crearse.

1 https://www.sunarp.gob.pe/qsomos.asp1.3. BASE LEGAL:Mediante Ley N 26366, se crea el Sistema de Nacional de Registros Pblicos, y la Superintendencia Nacional de Registros Pblicos - SUNARP, y por Resolucin Suprema N 135-2002-JUS, se aprueba el Estatuto de la SUNARP.Que, mediante Resolucin N046-2014-SUNARP/SN, la Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos, aprob su Plan Estratgico Institucional para el periodo 2014-2017, el cual establece la visin de la institucin para el mediano plazo.1.4. MISIN:Otorgar seguridad jurdica al ciudadano a travs del registro y publicidad de derechos y titularidades, brindando servicios eficientes, transparentes y oportunos1.5. VISIN: Ser una institucin modelo que brinde los servicios registrales de calidad a satisfaccin del ciudadano, con un personal altamente capacitado y motivado.1.6. ORGANIGRAMA:

GRFICO N1: Organigrama de la SUNARP1.7. GARANTAS DE LOS REGISTROS PBLICOS: La seguridad jurdica de los derechos de quienes se amparan en la fe y el registro, es una garanta que el derecho proporciona a los asociados respecto de la conservacin y respeto de sus derechos, y que si stos fueran violados le sern restablecidos o reparados. La autonoma de sus funcionarios en el ejercicio de sus funciones registrales. La intangibilidad del contenido de los asientos registrales, salvo ttulo modificatorio posterior o sentencia judicial firme. La indemnizacin por errores registrales, sin perjuicio de las dems responsabilidades que correspondan de acuerdo a la ley.1.8. BENEFICIOS DE LOS REGISTROS PBLICOS: La seguridad jurdica est garantizada, pues con la inscripcin se obtiene respectiva defensa de los derechos inscritos. Ninguna institucin o persona podr atentar de modo alguno contra ellos. Nadie podr desconocer el derecho de propiedad que ha sido materia de inscripcin. Por la inscripcin propiamente dicha del inmueble se mejora la condicin de sujeto de crdito ante las instituciones financieras; pudiendo obtener los prstamos que permitan la constitucin o ampliacin de la vivienda, desarrollar cualquier otra actividad econmica. Las personas jurdicas podrn acreditar su existencia y garantizar su constancia en el mercado.

CAPITULO II

SERVICIOS QUE PRESTA LOS REGISTROS PBLICOS: INSCRIPCIN DE TTULOS:Consiste en realizar la inscripcin en virtud de un ttulo que conste en instrumento pblico, salvo disposicin contraria. El contenido de la inscripcin se presume cierto y produce todos sus efectos, mientras no se rectifique o se declare judicialmente su invalidez 2

GRFICO N 2: Seguridad jurdica

Para qu sirve?La inscripcin sirve para dar seguridad jurdica frente a terceros respecto del acto que estoy inscribiendo.El procedimiento registral es especial, de naturaleza no contenciosa y tiene por finalidad la inscripcin de un ttulo.

Cules son los procesos?La calificacin del ttulo est a cargo de un registrador pblico. Los casos emitidos por aquel, salvo la inscripcin pueden ser apeladas ante el Tribunal Registral.

2 http://es.slideshare.net/siis/sistema-registral-sunarp Observacin: Es la indicacin que hace el registrador para que el usuario complete o subsane datos y/o documentos necesarios para lograr la inscripcin. Se consignara simultneamente de ser el caso, el monto del mayor derecho a pagar por concepto de inscripcin del ttulo. Liquidacin definitiva: Es la accin por la que se fija el total de los derechos registrales, que debe pagar el solicitante cuando concluya que procede la inscripcin del ttulo. Inscripcin: Es el resultado exitoso de la gestin de inscripcin, gracias al cual el registrador incorpora al registro el ttulo presentado, extendiendo el asiento respectivo. Lo que significa que a partir de la fecha y hora de presentacin en la Oficina Registral del Competente, los derechos inscritos gozan de todos los beneficios que brinda la inscripcin. Tacha: Es la decisin por la que se niega la inscripcin de los ttulos, sea porque los defectos no se pueden subsanar o cuando no se pag el mayor derecho dentro del plazo que el reglamento dispone. As mismo se formula tacha sustantiva cuando el ttulo adoleciera de defecto insubsanable.

GRFICO N 3: Proceso para la inscripcin de Ttulo

Presentacin de TtuloCalificacinTachaObservacinInscripcinSubsanacin

GRFICO N 4: Proceso de InscripcinPUBLICIDAD REGISTRAL

La Publicidad Registral consiste en hacer pblico, a peticin del usuario, los diversos actos o derechos inscritos, el Registro es pblico. La publicidad registral sirve para acceder al conocimiento efectivo del contenido de las partidas registrales y en general obtener informacin del archivo registral.

Adems el Art. 2013 del C.C. dispone que se presume, sin admitirse prueba en contrario, que toda persona tiene conocimiento del contenido de las inscripciones.

El Registro otorga Publicidad Jurdica a los diversos actos o derechos inscritos, en ese sentido se presume, sin admitirse prueba su contrario, que todos tienen conocimiento efectivo de lo inscrito.

En ese sentido, todas las oficinas Registrales, en el mbito nacional, estn obligados a otorgar publicidad, previo pago de las tareas registrales de los siguientes servicios:

Certificado literal o compendioso. Bsquedas en los ndices de actos contratos para verificar si estn o no inscritos. Copias simples de fichas y partidas electrnicas, llamadas manifestaciones, as como la exhibicin de los titulo que se encuentren den trmite de inscripcin. Acceso a la lectura de tomos y ttulos archivados.

GRFICO N 5: Proceso PublicidadCopia simple (automatizado)

GRFICO N 6: Proceso PublicidadCopia literal y gravamen

GRFICO N 7: Proceso PublicidadCertificados

Publicidad Registral en Lnea:Mediante Resolucin N 043-2003-SUNARP/SN, del 29 de enero del 2003 se aprob el funcionamiento del servicio de Publicidad Registral en Lnea.El servicio de Publicidad Registral en Lnea es un sistema implementado por la Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos SUNARP, que le garantiza, a travs de la aplicacin de herramientas visuales y tecnologa de ltima generacin acceder al conocimiento efectivo del contenido de las partidas registrales inscritas en Registros Pblicos del pas.

El servicio de Publicidad Registral en Lnea es un sistema implementado por la Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos - SUNARP, que le garantiza, a travs de la aplicacin de herramientas visuales y tecnologa de ltima generacin, acceder al conocimiento efectivo del contenido de las partidas registrales inscritas en los Registros Pblicos del pas 3De esta manera, usted puede acceder a este servicio va internet desde su propia oficina, domicilio o cabina de internet, previa apertura de una lnea de pago, hacer consultas individuales y mltiples, es decir no slo conocer sobre propiedades inscritas en un solo departamento, sino a nivel nacional, obteniendo, adems, copias simples de partidas registrales.Si usted no est suscrito a este servicio, tambin puede acceder a la misma informacin registral, desde cualquier de nuestras 58 Oficinas Registrales ubicadas a nivel nacional.

Formas de inscripcin: Tanto las personas naturales como jurdicas (empresa) pueden suscribirse en forma gratuita a este servicio, de la siguiente manera: Va Internet, usted puede acceder a este servicio ingresando al siguiente link:http://enlinea.unarp.gob.pe/interconexin/webapp/extranet/ingreso.do

Una vez suscrito, usted puede realizar bsquedas a travs de los ndices de la base de datos nacional de los registros pblicos, obteniendo informacin sobre las inscripciones existentes y accediendo, adems la actualizacin del contenido de los asientos registrales los que incluso pueden ser impresos, disponiendo as de copias informativas de partidas registrales. Forma de Pago:Cmo realizo mis pagos en lnea?Por medio de esta funcionalidad, cualquier usuario de la Extranet de SUNARP, puede hacer prepagos usando su tarjeta VISA.El usuario debe tener una conexin habilitada a internet, con permiso para acceder a extranet.3 https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/publico/frm_quees.htmLa secuencia de pasos que el usuario debe seguir es la siguiente:1. Ingrese a la opcin Prepagos del flame izquierdo de su navegador.2. De clic sobre el link Incremento de Saldo.3. En nuestro caso, usamos el pago con tarjeta VISA.4. Ingrese al monto de la transaccin.5. Presionar el botn Continuar.

Pasarela de Pagos Tarjeta VISA:1. Ingrese al nmero de su tarjeta VISA.2. Ingrese el ao de vencimiento de su tarjeta.3. Ingrese el mes de vencimiento de su tarjeta.4. Presionar el botn Continuar.5. Aguardar a que aparezca el comprobante de pago como respuesta a la transaccin.

CAPITULO III

3.1. TIPOS DE REGISTROS SUNARPEl artculo N 2 de la ley 26366, seala los Registros que conforman dicho sistema.a. Registro de personas naturales:Que unifica los siguientes Registros: Registro de Mandatos y Poderes Registro de Testamentos Registro de Sucesin Intestada Registro Personal Registro de Comerciantes.b. Registro de personas jurdicas:Que unifica los siguientes Registros: Registro de Personas Jurdicas Registro Mercantil Registro de Sociedades Mineras Registro de Sociedades de Registro Pblico de Hidrocarburos Registro de Sociedades Pesqueras Registro de Sociedades Mercantiles Registro de Personas Jurdicas creadas por ley Registro de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.c. Registro de Propiedad Inmueble:Que unifica los siguientes Registros: Registro de Predios Registro de Buques Registro Embarcaciones Pesqueras Registro de Aeronave Registro de Naves Registro de Derechos Mineros Registro de Concesiones para la explotacin de los Servicios Pblicos.

d. El Registro de Bienes Muebles:Que unifica los siguientes Registros: Registro de Bienes Muebles Registro de Propiedad Vehicular Registro Fiscal de Ventas a Plazos Registro de Prenda Industrial Registro de Prenda Agrcola Registro de Prenda Minera Registro de Prenda Vehicular y de Prenda Global y Flotante.e. Normas Especiales:Se han creado los siguientes Registros: Registro Pblico de Gestin de Intereses (a cargo del Registro de Personas Naturales) Registro de Rondas Campesinas (a cargo del Registro de Personas Jurdicas).3.1.1. INSCRIPCIN EN EL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES:Los requisitos que se consignan son generales, pudiendo requerirse la presentacin de otros segn calificacin registra y/o disposiciones legales vigentes. REGISTRO DE COMERCIANTES:Se inscriben a las personas naturales que se desempean como comerciantesRequisitos: Solicitud en documento privado con firma legalizada notarialmente. Copia legalizada de la inscripcin en el Registro nico de Contribuyente. Declaracin de no estar comprendidos en las incompatibilidades de los artculos 13 y 14 del cdigo de comercio. Copia legalizada de la licencia municipal de funcionamiento.Costos de Servicios: s/. 48 nuevos solesDuracin de trmite: 7 das tiles

3.1.2. INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS:Los requisitos que se consignan son generales, pudiendo requerirse la presentacin de otros segn calificacin registral y/o disposicin legales vigentes.a. REGISTRO DE EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L.)

Requisitos:Escritura pblica que contenga estatutos y acreditar efectividad de los aportes.Costos de Servicios:Derecho de Presentacin: S/. 39.00 nuevos soles Derecho de inscripcin: 3 * 1000 del capital social asignadoDuracin de trmite: Dentro de las 24 horas de presentado un ttulo de las sedes de la zona registral No IX.

NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES, GERENTES, OTORGAMIENTO DE PODERES:Requisitos: Copia certificada notarialmente del acuerdo del titular.Costos de servicios: S/. 22.00 nuevos solesDuracin de trmite: 07 das tiles

RESERVA DE NOMBRE DE PERSONAS JURDICAS:Requisitos: Solicitud consignada en formulario de inscripcin registral, llenado correctamente. Copia de documento de identidad del presentante Solicitud de Reserva.Costo de Servicio: S/. 18.00 nuevos solesDuracin de trmite: (sedes de la zona registral No IX) 24 horas.En el caso de reservas de personas jurdicas no societarias. En el da si es presentada hasta las 2:30 p.m. en la oficina principal Lima y al da siguiente si es presentada en oficinas zonales y despus de las 2:30 p.m. en la oficina principal Lima (en el caso de reservas de Nombre de Personas Societarias y E.I.R.L.).

b. REGISTRO DE UNA SOCIEDAD

Requisitos:Escritura pblica que contenga el pacto social y estatutos de la sociedad de la sociedad as como el nombramiento del directorio, cuando corresponda, y Gerente.Costos de servicios:Derecho de presentacin: S/.39.00 nuevos soles.Derecho de inscripcin: 3x1.000 del capital social asignado.Duracin de tramite: dentro de las 24 horas de presentado un ttulo de las sedes de la zona registral N IX

MODIFICACIN DE ESTATUTO:Requisitos:Escritura pblica que contenga el acuerdo de modificacin adoptado por la junta general, asentando en el libro de actas.Costos de servicios: S/.180.00 nuevos solesDuracin del trmite: 7 das tiles.

CONSTITUCIN DE SUCURSAL NACIONAL:Requisitos:Escritura pblica o copia certificada notarialmente que contenga el acuerdo de la junta general o directorio de constitucin y designacin de representante de la sucursal.Costos de servicios:Derecho de presentacin: S/.18.00 Nuevos SolesDerecho de inscripcin: S/ 22.00 nuevos soles por cada representanteDuracin del trmite: 07 das tilesNOMBRAMIENTO DE DIRECTORES, GERENTES, OTORGAMIENTO DE PODERES:Requisitos:Copia certificada notarialmente d la junta general de accionistas o directorio segn corresponda, que contenga la designacin del directorio, gerente o el otorgamiento de poder.Costos de servicios (por cada cargo):S/.22.00 nuevos soles.Duracin del trmite: 07 das tiles

ACUERDO DE DISOLUCIN:Requisitos:Copia certificada notarialmente que contenga el acuerdo de la disolucin y la designacin de los liquidadores, avisos de disolucin publicados 3 veces en el diario el peruano y 3 veces en otro diario.Costo de servicios:Derecho de presentacin: s/.18.00 nuevos soles.Derecho de inscripcin: s/ 22.00 nuevos soles por cada representanteDuracin del trmite: 07 das tiles.

CAPITULO IV

4.1. REGISTROS DE PERSONAS JURIDICAS SEDE AYACUCHO 4

4.1.1. CONSTTUCION DE EMPRESAS-SOCIEDADESRequisitos: Formato de solicitud registral debidamente llenado y suscrito. Escritura pblica de constitucin CD u otro soporte electrnico Copia de DNI del presente.Por bsqueda de ndice: S/. 4.00Por bsqueda de certificado de certificado negativo de la personera jurdica: S/. 9.00Legislacin de la escritura pblica: S/.150.00 (Varia segn la oferta y demanda).Capital social asignado mayor a s/.5400.00

5400 x 3 / 100 39 (1) 44

Capital Derecho Calificacin derecho de por gerente de presentacin empresa InscripcinCapital social asignado menor a S/.5400.00

5400 x 1.5 / 100 39 44

Capital Derecho Calificacin Derecho de Por gerente de presentacin empresa Inscripcin

Duracin De Tramite: Dentro de las 24 horas

4 ZONA REGISTRAL XI SEDE ICA, Oficina Registral Ayacucho

CAPITULO V

CUADRO DE PROCEDIMIENTOS REGISTRALES DETALLADO

REGISTRO DE PERSONAS NATURALES - COMERCIANTES

N

PROCEDIMIENTO

Base Legal

RequisitosDerecho de Pago (TASA)CALIFICACINInicio de TrmiteAUTORIDAD QUE

EvaluacinAprueba el trmiteResuelve recurso impugnatorio

(+)(-)ReconsideracinApelacin

1Inscripcin de comerciantesArtculos 15, 17 y 176 del ReglamentoGeneral de los Registros Pblicos, aprobado por Resolucin N 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 1 al 3 y 17 del Cdigo de Comercio (15/02/1902); Decreto Supremo N 37-94-JUS (07/07/1994)1. Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito.2. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.3. Documento privado con firma legalizada, de conformidad con el artculo 5 del Reglamento del Registro Mercantil.4. Comprobante de pago de arbitrio municipal de apertura de establecimiento.5. Declaracin de no estar comprendido en las incompatibilidades del artculo 13 y 14 del Cdigo de Comercio.6. Pago de derechos registrales7. Otros segn calificacin registral y disposiciones vigentes.1.08% UIT porderechos detramitacin y 0.24%UIT por derechosde inscripcin.35 das, salvoprrroga oSuspensin.Diario

Registrador PblicoTribunal Registral

REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS- EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

NPROCEDIMIENTOBASE LEGALREQUISITOSDERECHO DE PAGO (TASA)

1ConstitucinArtculos 15, 17 y 176, aprobado por Resolucin N 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 13 al 17 del D.L. N 21621 (15/09/1976) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica otorgada personalmente por el titular. Pago por derechos registrales1.08% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del capital por derechos de inscripcin.

2Nombramiento de gerentes y apoderadosArtculos 15, 17 y 176, aprobado por Resolucin N 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 40 del D.L. N 21621 (15/09/1976) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica o Acta con firma legalizada de su titular, que contenga el acto inscribible, debidamente asentada en libro de actas.

0.36% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

3Aumento de capitalArtculos 15, 17 y 176, aprobado por Resolucin N 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 20 al 24, 56 al 60 del D.L. N 21621 (15/09/1976) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica que contenga la decisin del titular asentada en libro de actas. El aporte en dinero se acreditara mediante inserto de la constancia del depsito de una entidad bancaria a nombre de la empresa.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor de emisin por derechos de inscripcin.

4Reduccin Artculos 15, 17 y 176, aprobado por Resolucin N 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 58 al 59 del D.L. N 21621 (15/09/1976), D.S. N 37-94-JUS (07/07/1994) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica que contenga la decisin del titular asentada en libro de actas. Publicacin de la decisin, la que debe efectuarse por tres (3) veces y con intervalos de cinco (5) das.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor de emisin por derechos de inscripcin.

5Transferencia del derecho titularArtculos 15, 17 y 176, aprobado por Resolucin N 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 25 al 35 del D.L. N 21621 (15/09/1976), D.S. N 37-94-JUS (07/07/1994) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica que contenga el acto de transferencia. Publicacin de la decisin, la que debe efectuarse por tres (3) veces y con intervalos de cinco (5) das. Balance general cerrado al da anterior a la fecha de la minuta.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor de reembolso por derechos de inscripcin.

REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS SOCIEDADESNPROCEDIMIENTOBASE LEGALREQUISITOSDERECHO DE PAGO (TASA)

1Constitucin de sociedadArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculos 5, 54 y 55 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887 Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica que contenga el pacto social y el estatuto. Pago por derechos registrales1.08% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor del capital por derechos de inscripcin.

2Nombramiento de directores, administradores, gerentes, apoderados liquidadores y otros representantes de la sociedadArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculos 116, 152 al 197 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887 Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica o copia certificada notarialmente del acta del rgano competente de la sociedad, en la que conste el acuerdo del nombramiento del directorio, gerente, administrador, liquidador y otros representantes de la sociedad. Asimismo debe indicarse el nombre completo y documento de identidad de la persona nombrada.En caso de que el poder sea otorgado por el gerente o representante debidamente autorizado, solo podr ser autorizado por escritura pblica. Original o copia certificada por notario o fedatario de la entidad, de la(s) publicacin(es) del aviso de convocatoria o la constancia de convocatoria otorgada en la forma prevista por el art. 55 del reglamento de registro de sociedades, segn corresponda. Pago de derechos registrales.

0.36% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

3Remocin o revocacin de directores, administradores, gerentes, apoderados liquidadores y otros representantes de la sociedad.Artculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculos 116, 152 al 197 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887Artculo 52 al 60 del reglamento del registro de sociedades, aprobado por resolucin N 200-2001-SUNARP/SN (07/07/1994) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica o copia certificada notarialmente del acta del acuerdo debidamente asentada en libro de actas, donde conste el acuerdo de remocin o revocacin. Asimismo debe indicarse el nombre completo de la persona removida o cuyo cargo se revoca. En caso de revocatoria del poder otorgado por gerente, deber realizarse por escritura pblica. Original o copia certificada por notario o fedatario de la entidad, de la(s) publicacin(es) del aviso de convocatoria o la constancia de convocatoria otorgada en la forma prevista por el art. 55 del reglamento de registro de sociedades, segn corresponda. Pago de derechos registrales.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

4Emisin de obligacionesArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculos 116, 152 al 197 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887Artculo 111 al 116 del reglamento del registro de sociedades, aprobado por resolucin N 200-2001-SUNARP/SN (07/07/1994)

Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica con intervencin del representante de las obligaciones. Previamente deben inscribirse las garantas susceptibles de registro, con las que se aseguran la emisin, las mismas deben inscribirse en los Registros respectivos. Pago de derechos registrales.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor de emisin por derechos de inscripcin.

5Reembolso de obligacionesArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculo 329 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887 Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica otorgada por el representante de los obligacionistas. Pago de derechos registrales0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor de reembolso por derechos de inscripcin.

6Cancelacin o reduccin de emisiones de obligaciones no colocadas total o parcialmenteArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculo 114 del reglamento del registro de sociedades, aprobado por resolucin N 200-2001-SUNARP/SN (07/07/1994)

Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica otorgada por la sociedad emisora y el representante de los obligacionistas. Pago de derechos registrales.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del valor de la cancelacin o reduccin, por derechos de inscripcin.

7Modificacin del estatuto de la sociedadArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculo 116, 120, 198 al 199 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887 Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica que contenga el acuerdo de junta de modificacin del estatuto de la sociedad, con la indicacin de los artculos modificados y su nuevo texto. En caso de delegacin a otro rgano se insertara en la escritura pblica el acta de junta pertinente.En caso de que el poder sea otorgado por el gerente o representante debidamente autorizado, solo podr ser autorizado por escritura pblica. Original o copia certificada por notario o fedatario de la entidad, de la(s) publicacin(es) del aviso de convocatoria, salvo que el acuerdo se haya adoptado en junta universal. Pago de derechos registrales.

0.24% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

8Aumento de capitalArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculos 43, 116, 120, 201 al 214 al 197 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887Artculos 35, 65 al 70 del reglamento del registro de sociedades, aprobado por resolucin N 200-2001-SUNARP/SN (07/07/1994), Decreto Supremo N 37-94-JUS (07/07/1994)

Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura pblica que contenga el acta del acuerdo aumento de capital de la sociedad asentado en el libro de actas. En el caso contemplado en el art. 205 de la Ley General de Sociedades, de junta de modificacin del estatuto de la sociedad, basta copia certificada del acta correspondiente. En la escritura pblica debe indicarse el artculo modificado y su nuevo texto. En caso de aporte de dinero debe insertarse el documento expedido por entidad financiera o bancaria nacional en cuenta a nombre de la sociedad.En caso de que el poder sea otorgado por el gerente o representante debidamente autorizado, solo podr ser autorizado por escritura pblica. Tratndose de inmuebles no registrados estos deben estar adecuadamente identificados as como debe indicarse en la escritura pblica que son transferidos a la sociedad. En caso de muebles no registrados se requiere la certificacin del gerente general de haberlos recibido, los cuales deben estar debidamente identificados. En caso de conversin de crditos o de obligaciones, capitalizacin de utilidades, reservas, beneficios, primas de capital, excedentes de revaluacin u otra forma de incremento de la cuenta de capital, se acompaara el asiento contable debidamente suscrito por contador pblico o mercantil. Si el aumento se realiza por la conversin de crditos u obligaciones, el consentimiento del acreedor debe constar en la forma prevista por el segundo prrafo del art. 65 del Reglamento del Registro de Sociedades. Original o copia certificada por notario o fedatario de la entidad, de la(s) publicacin(es) del aviso de convocatoria, salvo que el acuerdo se haya adoptado en junta universal. En caso de aporte de ttulos valores debe insertarse en la escritura pblica correspondiente, el documento expedido por la entidad financiera o bancaria nacional en el que conste el abono de fondos en la cuenta de la sociedad. En caso de capitalizacin de prstamos, se debe contar con el asentamiento del acreedor y el informe favorable del directorio o de la gerencia del ser el caso. En caso de existir derecho de suscripcin preferente, se deben acompaar las publicaciones indicadas en el art. 211 de la Ley y la certificacin del gerente relativo al cumplimiento de este derecho. Pago de derechos registrales.0.24% UIT por derecho de calificacin y 3/100 del monto del capital que se incrementa por derechos de inscripcin.

9Cancelacin de capitalArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculo 22, 43, 116 y 120 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887 Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Copia certificada por un representante de la comisin, del instrumento en el que conste el acto inscribible. Pago de derechos registrales.0.24% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

10Inscripcin de la extincin del patrimonio del deudorArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculo 2030 del Cdigo Civil (25/07/1984) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Parte judicial que debe contener el oficio del juez y copias del auto que declara la quiebra y de la resolucin que declara consentida o ejecutoriada la misma.Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo. Pago de derechos registrales.0.24% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

11Inscripcin de conclusin del procedimiento concursalArtculos 15, 17 y 176 del R.G.R.P.Artculo 2030 del Cdigo Civil (25/07/1984) Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Copia certificada de la resolucin de conclusin del procedimiento concursal, en la que se seale la fecha en que la resolucin quedo consentida o adquiri la autoridad de cosa decidida, segn el caso. Pago de derechos registrales.0.24% UIT por derecho de calificacin y 0.24% UIT por derechos de inscripcin.

ANEXOS

BIBLIOGRAFA1. Jorge A. Glvez Molina. TALLER DE NEGOCIOS. Impreso el 11 de julio del 20112. SUNARP. Boletn Electrnico. Entre nudos. Ao 20153. https://www.sunarp.gob.pe/qsomos.asp4. http://es.slideshare.net/siis/sistema-registral-sunarp5. https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/publico/frm_quees.htm6. https://www.sunarp.gob.pe/Organigrama.asp7. https://www.sunarp.gob.pe/PDFs/TUPA/TUPA_SUNARP_PUBLICACION_DIARIO_EL_PERUANO_01-08-2004.pdf8. https://www.sunarp.gob.pe/BoletinElectronico.asp9. ZONA REGISTRAL XI SEDE ICA, Oficina Registral Ayacucho10. http://tutorregistralvirtual.sunarp.gob.pe/tutorregistralvirtual/auditoria