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    SUPERVISIN DE

    OBRAS PUBLICAS

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    Expositor: Mg. Jos Luis Surez Victoria

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    NORMAS PARA LA SUPERVIISON EN LAEJECUCION DE PROYECTOS DE INVERSION

    PUBLICA

    BASE LEGAL

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    11. Autorizar los viajes al exterior del pas que, en comisin de servicios o representacin de la municipalidad, realicen el alcalde,los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.12. Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal.13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la Repblica.14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participacin vecinal.15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento.16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos sealados por ley, bajo responsabilidad.17. Aprobar el balance y la memoria.

    18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios pblicos municipales al sector privado a travs deconcesiones o cualquier otra forma de participacin de la inversin privada permitida por ley, conforme a los artculo 32y35de la presente ley.19. Aprobar la creacin de centros poblados y de agencias municipales.20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.21. Solicitar la realizacin de exmenes especiales, auditoras econmicas y otros actos de control.22. Autorizar y atender los pedidos de informacin de los regidores para efectos de fiscalizacin.23. Autorizar al procurador pblico municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajoresponsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el rgano

    de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; as como en los dems procesos judiciales interpuestos contra elgobierno local o sus representantes.24. Apr obar endeudam ientos in ternos y externos, exclusivamente para obras y servicio s pblico s, por m ayora calif icada y

    confo rme a ley.25. Aprobar la donacin o la cesin en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades pblicas oprivadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pblica.26. Aprobar la celebracin de convenios de cooperacin nacional e internacional y convenios interinstitucionales.27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultneamente a un nmeromayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores.28. Aprobar la remuneracin del alcalde y las dietas de los regidores.29. Aprobar el rgimen de administracin de sus bienes y rentas, as como el rgimen de administracin de los servicios pblicoslocales.30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave.31. Plantear los conflictos de competencia.32. Aprobar el cuadro de asignacin de personal y las bases de las pruebas para la seleccin de personal y para los concursos deprovisin de puestos de trabajo.33. Fiscalizar la gestin de los funcionarios de la municipalidad.

    34. Aprobar los espacios de concertacin y participacin vecinal, a propuesta del alcalde, as como reglamentar su funcionamiento.35. Las dems atribuciones que le correspondan conforme a ley. 22/09/2014 www.genesisingenieros.com4

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    Artculo X.- Eficiencia en la ejecucin de los fondos pblicosLas polticas de gasto pblico vinculadas a los fines del Estado deben establecerse teniendoen cuenta la situacin econmica-financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidadmacrofiscal, siendo ejecutadas mediante una gestin de los fondos pblicos, orientada aresultados con eficiencia, eficacia, economa y calidad.

    CAPTULO VIDE LOS PRESUPUESTOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNOS LOCALES,SUS ORGANISMOS PBLICOS DESCENTRALIZADOS Y SUS EMPRESAS, FONAFE Y SUSEMPRESAS Y ESSALUD52.1 La programacin de los presupuestos en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales,FONAFE y sus empresas se rige por el criterio de estabilidad en base a las reglas fiscales y el MarcoMacroeconmico Multianual a que se refiere la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal - Ley N27245, modificada por la Ley N 27958, y la Ley de Descentralizacin Fiscal - Decreto Legislativo N 955.52.2 Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales programan y formulan sus presupuestos deacuerdo a las disposiciones del presente Ttulo que les sean aplicables y a las normas contenidas enlas Directivas que emita la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico.52.3 La programacin y formulacin de los presupuestos de los Organismos Pblicos Descentralizados y lasempresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se sujetan a las disposiciones establecidas enlos Captulos I y II del Ttulo II, con excepcin de los numerales 15.3 y 16.2 de los artculos 15 y 16 de la LeyGeneral, respectivamente; asimismo, se sujetan a las disposiciones y a las normas contenidas en las

    directivas que emita, para este efecto, la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico.

    LEY 28411, LEY GENERAL DE SISTEMANACIONAL DE PRESUPUESTO PBLICO

    PRINCIPIOS REGULATORIOS

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    52.4 El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial delEstado - FONAFE y las empresas bajo su mbito, programan y formulan suspresupuestos sobre la base de las Directivas que emita dicha Entidad, en el

    marco de las reglas de estabilidad en base a las proyeccionesmacroeconmicas contenidas en el artculo 4 de la Ley de Responsabilidad yTransparencia Fiscal - Ley N 27245, modificada por la Ley N 27958.52.5 ESSALUD programa y formula su presupuesto sobre la base de las

    Directivas que emita dicha Entidad de conformidad con la Ley N 28006, en elmarco de las reglas de estabilidad en base a las proyecciones

    macroeconmicas contenidas en el artculo 4 de la Ley de Responsabilidad yTransparencia Fiscal - Ley N 27245, modificada por la Ley N 27958.

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    FONAFEEl Fondo Nacion al de Financiamiento de la Activid ad Empr esarial del Estado FONAFE es unaempresa de Derecho Pblico adscrita al Sector Economa y Finanzas creada por la Ley No. 27170, que fue

    promulgada el da 08.09.99, se public el da 09.09.99 y entr en vigencia el da 10.09.99, por lo que recinnace FONAFE el da 10.09.99 como la Entidad encargada de normar y dirigir la actividad empresarial delEstado. Al momento de su creacin, FONAFE asumi las funciones de la desaparecida Oficina deInstituciones y Organismos del EstadoOIOE

    De acuerdo a lo dispuesto por el artculo 9 del Reglamento de la Ley No. 27170, aprobado medianteDecreto Supremo No. 072-2000-EF, modificado mediante Decreto Supremo No. 115-2004-EF, FONAFE

    cuenta con un Directorio conformado por seis miembros, todos ellos Ministros de Estado de lossiguientes sectores: Economa y Finanzas; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construccin ySaneamiento; Energa y Minas; el Ministro a cuyo sector est adscrito PROINVERSIN; y,Presidencia del Consejo de Ministros. Sin embargo, dado que PROINVERSION se encuentra adscritaal Ministerio de Economa y Finanzas, en la prctica el Directorio de FONAFE est compuesto por cincoMinistros de Estado, quienes tienen entre sus facultades principales, las siguientes:

    (I)Ejercer la titularidad de las acciones representativas del capital social de todas las empresas (creadas o

    por crearse) en las que participa el Estado y administrar los recursos provenientes de dicha titularidad.(II)Aprobar el presupuesto consolidado de las empresas en las que FONAFE tiene participacin mayoritaria,en el marco de las normas presupuestales correspondientes.(III)Aprobar las normas de gestin en dichas empresas.(IV)Designar a los representantes ante la Junta General de Accionistas de las empresas en las que tieneparticipacin mayoritaria.Bajo el mbito de FONAFE se encuentran nicamente las empresas que cuentan con participacin

    mayoritaria del Estado, sea que dichas empresas se encuentren activas o en proceso de liquidacin.Asimismo, se encuentran bajo su mbito las empresas que le han sido entregadas por encargo.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 7

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    CAPTULO II

    DE LA GESTIN PRESUPUESTARIA

    SUBCAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Artcu lo 3.- Del alcance

    Las disposiciones contenidas en el presente captulo son de obligatorio cumplimientopor los organismos y entidades integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial;Ministerio Pblico; Jurado Nacional de Elecciones; Oficina Nacional de ProcesosElectorales; Registro Nacional de Identificacin y Estado Civil; Contralora General de la

    Repblica; Consejo Nacional de la Magistratura; Defensora del Pueblo; TribunalConstitucional; universidades pblicas y dems entidades y organismos que cuentencon un crdito presupuestario aprobado en la presente Ley. Asimismo, es aplicable a losgobiernos regionales y los gobiernos locales y a sus respectivos organismos pblicos.Igualmente, es de alcance al Seguro Social de Salud (EsSalud), en lo que le resulteaplicable.Las entidades y organismos mencionados en el primer prrafo se consideran entidades

    pblicas para efecto de la aplicacin de la presente norma.Artculo 4.- De las acc iones adm inistr at ivas en la ejecuc in del g asto pblico

    4.1 Las entidades pblicas sujetan la ejecucin de sus gastos a los crditos presupuestariosautorizados en la Ley de Presupuesto del Sector Pblico y modificatorias, aprobada por elCongreso de la Repblica, en el marco del artculo 78 de la Constitucin Poltica del Per y elartculo I del Ttulo Preliminar de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto.

    LEY 29465, LEY DEL PRESUPUESTOPUBLICO NACIONAL

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    CAPTULO II

    DE LA GESTIN PRESUPUESTARIA

    SUBCAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    4.2 Todo acto administrativo, de administracin o las resoluciones administrativasque autoricen gastos no son eficaces si no cuentan con el crdito presupuestariocorrespondiente en el presupuesto institucional, bajo exclusiva responsabilidad del titular dela entidad, as como del jefe de la Oficina de Presupuesto y del jefe de la Oficina de

    Administracin, o los que hagan sus veces, conforme a lo establecido en el artculo 7 de la

    Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.Ar tcu lo 5.- Del enl ace de los Sist emas Informtico s SIAF-SP y SEACEDispnese la interfase de la informacin registrada en el Sistema de AdministracinFinanciera del Sector Pblico (SIAF-SP) y en el Sistema Electrnico de Contrataciones delEstado (SEACE), a cargo del Ministerio de Economa y Finanzas y del OrganismoSupervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), respectivamente, con el fin de articularla informacin financiera, presupuestaria y el registro de las etapas de los procesos de

    seleccin de las contrataciones del Estado, los contratos suscritos y la ejecucin de losmismos, contenidas en tales sistemas. Mediante resolucin ministerial, el Ministerio deEconoma y Finanzas, a propuesta de la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico, dictarlas disposiciones necesarias para la mejor aplicacin de lo establecido en el presenteartculo, incluido el plazo para la implementacin de la citada interfase, el cual no excederel primer semestre del ao anterior.Todas las operaciones vinculadas al gasto pblico se registran en el SIAF- SP,incluidas aquellas a que hace referencia el prrafo 3.3 del artculo 3 del Decreto Legislativo

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    CAPTULO III

    DISPOSICIONES ESPECIALES PARA EL GA STO PBL ICO

    Artculo 16.- Montos para la determinacin de los procesos de seleccin

    16.1 La determinacin de los procesos de seleccin para efectuar las licitacionespblicas, concursos pblicos y adjudicaciones directas en todas las entidades del SectorPblico comprendidas en el artculo 3 del Decreto Legislativo N 1017, Ley deContrataciones del Estado, se sujetan a los montos siguientes:a) Contratacin de obras, de acuerdo a:- Licitac in pblica, si el valor referencial es igual o superior a trescientas cuarenta (340)

    Unidades Impositivas Tributarias (UIT).- Adjudicacin directa, si el valor referencial es inferior a trescientas cuarenta (340) UnidadesImpositivas Tributarias (UIT). Cuando el monto del valor referencial de una obra pblica seaigual o mayor a mil ciento noventa y dos (1 192) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), elorganismo ejecutor debe contratar, obligatoriamente, la supervisin y control de obras.b) Adquisicin de bienes y de suministros, de acuerdo a:- Licitacin pblica, si el valor referencial es igual o superior a ciento cuatro (104) Unidades

    Impositivas Tributarias (UIT).- Adjudicacin directa, si el valor referencial es inferior a ciento cuatro (104) UnidadesImpositivas Tributarias (UIT).

    Asimismo, lo dispuesto en el presente literal se aplica a los contratos de arrendamientofinanciero.c) Con tratacin de s ervicio s y d e co nsulto ra, tales como prestaciones de empresas deservicios, compaas de seguros y contratos de arrendamiento no financieros, as comoinvestigaciones, proyectos, estudios, diseos, supervisiones, inspecciones, gerencias,

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    CAPTULO III

    DISPOSICIONES ESPECIALES PARA EL GA STO PBL ICO

    Artculo 16.- Montos para la determinacin de los procesos de seleccin

    - Concurso pblico, si el valor referencial es igual o superior a sesenta (60) UnidadesImpositivas Tributarias (UIT).- Adjudicacin directa, si el valor referencial es inferior a sesenta (60) Unidades Impositivas

    Tributarias (UIT).La contratacin de auditoras externas se realiza de conformidad con las normas que rigen elSistema Nacional de Control.16.2 El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado(Fonafe) aprueba, mediante acuerdo de directorio, los montos sobre los cuales regirn losprocesos de seleccin aplicables a las empresas bajo su mbito en el Ao Fiscal 2012,regulados por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado, respetando las

    disposiciones contenidas en los acuerdos internacionales suscritos por el Estado peruano.El mismo mecanismo y condicin de aprobacin de montos es tambin aplicable al BancoCentral de Reserva del Per, la Superintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones, el Seguro Social de Salud (EsSalud) y la Empresa Petrleosdel Per (PETROPER S.A.), que los aprueban segn sus normas.Dichos montos deben publicarse en el diario oficial El Peruano en un plazo que no exceda el 31de diciembre de 2011.

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    LEY ORGNICA DEL SISTEMA NACIONALDE CONTROL Y DE LA CONTRALORA

    GENERAL DE LA REPBLICA LEY N 27785

    Artculo 1.- Alcance de la ley

    La presente Ley establece las normas que regulan el mbito, organizacin, atribuciones yFuncionamiento del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblicacomo ente tcnico rector de dicho Sistema.

    Artculo 2.- Objeto de la ley

    Es objeto de la Ley propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del controlgubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicacin de principios, sistemas yprocedim iento s tcn ico s, la co rrec ta, eficien te y transparen te util izacin y gestin de losrecursos y bienes del Estado, el desarrol lo honesto y pro bo de las funciones y actos delas autor idades, funcion ar ios y servidores pbl icos, as como el cumplimiento de metas yresultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir yorientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nacin.

    Artculo 3.- mbito de aplicacin

    Las normas contenidas en la presente Ley y aquellas que emita la Contralora General sonaplicables a todas las entidades sujetas a control por el Sistema, independientemente delrgimen legal o fuente de financiamiento bajo el cual operen.

    Dichas entidades sujetas a control por el Sistema, que en adelante se designan con el nombregenrico de entidades, son las siguientes:

    a) El Gobierno Central, Poder Ejecutivo, incluyendo las Fuerzas Armadas y la Polica Nacional,

    b) Los Gobiernos Regionales y Locales e instituciones y empresas pertenecientes a losmismos, por los recursos y bienes materia de su participacin accionaria.12

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    LEY ORGNICA DEL SISTEMA NACIONALDE CONTROL Y DE LA CONTRALORA

    GENERAL DE LA REPBLICA LEY N 27785

    Artculo 3.- mbito de aplicacin

    c) Las unidades administrativas del Poder Legislativo, del Poder Judicial y del MinisterioPblico.

    d) Los Organismos Autnomos creados por la Constitucin Poltica del Estado y por ley, einstituciones y personas de derecho pblico.

    e) Los organismos reguladores de los servicios pblicos y las entidades a cargo desupervisar el cumplimiento de los compromisos de inversin provenientes de contratos de

    privatizacin. f) Las empresas del Estado, as como aquellas empresas en las que ste participe en el

    accionariado, cualquiera sea la forma societaria que adopten.

    Artculo 4.- Control de recursos y bienes del Estado fuera del mbito del sistema

    Las entidades que, en uso de sus facultades, destinen recursos y bienes del Estado,incluyendo donaciones provenientes de fuentes extranjeras cooperantes, a entidades no

    gubernamentales nacionales o internacionales no sujetas a control, se encuentran obligadas ainformar a la Contralora General, sobre la inversin y sus resultados, derivados de la valuacinpermanente que debe practicarse sobre tales recursos.

    Dichos recursos y bienes sern administrados por los beneficiarios de acuerdo a la finalidad ocondicin de su asignacin, para cuyo efecto se utilizarn registros y/o cuentas especiales quepermitan su anlisis especfico, asimismo, en sus convenios o contratos se establecer la

    obligacin de exhibir dichos registros ante la Contralora General, cuando sta lo requiera.13

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    LEY QUE CREA EL SISTEMA NACIONALDE INVERSIN PBLICALEY N 27293

    Artculo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley crea el Sistema Nacional de Inversin Pblica, con la

    finalidad de optimizar el uso de los Recursos Pblicos destinados ala inversin, mediante el establecimiento de principios, procesos,metodologas y normas tcnicas relacionados con las diversas fases delos proyectos de inversin.

    Artculo 2.- mbito de aplicacin de la Ley

    2.1 Quedan sujetas a lo dispuesto en la presente Ley las Entidades yEmpresas del Sector Pblico No Financiero de los tres niveles degobierno, que ejecuten Proyectos de Inversin con Recursos Pblicos.

    2.2 Las Entidades y Empresas son agrupadas por Sectores y niveles degobierno, los mismos que sern establecidos en el Reglamento, slo paralos fines de la presente Ley.

    2.3 La incorporacin de los Gobiernos Locales al mbito de aplicacin delas normas del Sistema Nacional de Inversin Pblica ser de forma

    progresiva, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos establecidos porel Ministerio de Economa y Finanzas. www.genesisingenieros.com14

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    LEY QUE CREA EL SISTEMA NACIONALDE INVERSIN PBLICALEY N 27293

    Artculo 4.- Principios del Sistema Nacional de Inversin Pblica

    Todos los proyectos que se ejecutan en el marco del Sistema Nacional de Inversin Pblicase rigen por las prioridades que establecen los planes estratgicos nacionales, sectoriales,

    regionales y locales, por los principios de economa, eficacia y eficiencia durante todas susfases y por el adecuado mantenimiento en el caso de la infraestructura fsica para asegurar suutilidad en el tiempo.

    Artculo 5.- Objetivos del Sistema Nacional de Inversin Pblica

    El Sistema Nacional de Inversin Pblica busca lograr los siguientes objetivos:

    a. Propiciar la aplicacin del Ciclo del Proyecto de Inversin Pblica: perfil prefactibilidad -

    factibilidad expediente tcnico - ejecucin - evaluacin ex post. b. Fortalecer la capacidad de planeacin del Sector Pblico.

    c. Crear las condiciones para la elaboracin de Planes de Inversin Pblica por perodosmultianuales no menores de 3 (tres) aos.

    Artculo 6.- Fases de los Proyectos de Inversin Pblica

    6.1 Los Proyectos de Inversin Pblica se sujetan a las siguientes fases:

    a. Preinversin: Comprende la elaboracin del perfil, del estudio de prefactibilidad y delestudio de factibilidad. b. Inversin: Comprende la elaboracin del expediente tcnicodetallado y la ejecucin del proyecto. c. Postinversin: Comprende los procesos de control yevaluacin ex post.

    6.2 El Sistema Nacional de Inversin Pblica opera durante la fase de Preinversin a

    travs del Banco de Proyectos y durante la fase de Inversin a travs del Sistema Operativo de

    Seguimiento y Monitoreo. 6.3 La elaboracin del perfil es obligatoria. Las evaluaciones derefactibilidad factibilidad ueden no ser re ueridas de endiendo de las caractersticas de PIP.

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    Ley de Contrataciones del EstadoDECRETO LEGISLATIVO N 1017 TTULO I DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 1.- Alcances

    La presente norma contiene las disposiciones y lineamientos que debenobservar las Entidades del Sector Pblico en los procesos decontrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones yderechos que se derivan de los mismos.

    Artculo 2.- Objeto

    El objeto del presente Decreto Legislativo es establecer las normasorientadas a maximizar el valor del dinero del contribuyente en lascontrataciones que realicen las Entidades del Sector Pblico, demanera que stas se efecten en forma oportuna y bajo las mejorescondiciones de precio y calidad, a travs del cumplimiento de losprincipios sealados en el artculo 4 de la presente norma.

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    Ley de Contrataciones del EstadoDECRETO LEGISLATIVO N 1017

    TTULO I DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 3.- mbito de aplicacin

    3.2 La presente norma se aplica a las contratacionesque deben realizar las Entidades para proveerse debienes, servicios u obras, asumiendo el pago delprecio o de la retribucin correspondiente con fondos

    pblicos, y dems obligaciones derivadas de lacalidad de contratante.17

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    EL CONTRATO DE OBRA.

    Denominamos OBRASa los trabajos de construccin,reconstruccin, remodelacin, demolicin, renovacin, habilitacin,rehabilitacin, mejoramiento, ampliacin, etc.; tales comoedificaciones, saneamiento, hidrulicas, viales, electrificacin rural,etc.; que requieran expediente tcnico, direccin tcnica, mano de

    obra, materiales y/o equipo. El Estado puede ejecutar las obras pblicas de diversas maneras,

    siendo las mas frecuentes:

    a) Por ejecucin presupuestaria directa o administracin directa.Cuando la Entidad pblica ejecuta su propia obra.

    b) Por encargo o convenio. Cuando una Entidad pblica medianteun convenio encarga a otra Entidad pblica ejecutar la obra por ella.

    c) Por Contrata. Cuando la Entidad mediante un determinadoconcurso o proceso de seleccin encarga la ejecucin de la obra a

    un constructor privado.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 18

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    u es son os requ s os que e e cump r aEntidad para convocar a una Obra porContrata ?

    Los requisitos que debe cumplir la Entidad para convocar a una obra por contrata

    son: Contar con Expediente de Contratacin (Artculo 12 Decreto Legislativo N 1017)

    Contar con Asignacin Presupuestal (Artculo 8 Decreto Legislativo N 1017)

    Estar incluido en el Plan Anual (Artculo 8 y 12 Decreto Legislativo N 1017)

    Expediente Tcnico aprobado (Artculo 13 del Decreto Legislativo N 1017 y Artculo

    10 Decreto Supremo No. 184-2008-EF) Disponibilidad del terreno (Artculo 13 Decreto Legislativo N 1017)

    Declaratoria de Viabilidad (Artculo 10 Decreto Supremo No. 184-2008-EF)

    Contando con el Expediente de Contratacin aprobado, se nombra al Comit

    Especial que llevar adelante el proceso de seleccin. Este nombramiento tambinpuede estar contenido en la misma resolucin que aprobacin del Expediente deContratacin. El Comit Especial en base a lo establecido en el Expediente deContratacin convoca el proceso de seleccin.

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    Q i l di d

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    Qu contiene el Expediente deContratacin ?

    El Expediente de Contratacin se inicia con el requerimiento del rea usuaria.

    El rea Usuaria vara segn cada Entidad Pblica, siendo en algunos casos la Gerencia de Obras o Infraestructura.

    El Expediente de Contratacin debe contener la informacin referida a las caractersticas tcnicas dela obra que se va a contratar, como por ejemplo:

    A. Expediente Tcnico, que contiene el Presupuesto de la Obra o Valor Referencial, que no debe teneruna antigedad mayor a 6 meses respecto a la fecha de la convocatoria. Vale decir, si laconvocatoria es en el mes de Junio el Presupuesto de Obra o Valor Referencial debe ser de Enero

    hacia adelante.B. Informe de la Ofic ina de A dm inistracin o Presupuesto de la Entidad de tener la asignacin

    presupuestal.

    C. Tipo de proceso de seleccin: adjudicacin de menor cuanta, adjudicacin directa selectiva,adjudicacin directa publica y licitacin pblica.

    D. Sistema de Contratacin: suma alzada, precios unitarios, esquema mixto.

    E. Modalidad de Ejecucin: llave en mano, concurso oferta.

    F. El otorgamiento o no de adelantos: directo, para materiales.

    El Expediente de Contratacin debe ser apro bado co n Resolu cin del Titular de la Entidad.

    Contand o co n el Expediente de Contratacin aprob ado, se nom bra al Com itEspecial que

    l levara adelante el pro ceso de s eleccin, este nombram iento, tamb in puede estar co ntenido

    en la mism a resolucin de aprobacin del Expediente de Contr atacin.

    El Com iten base a lo establecido en el Exp ediente de Contr atacin convo ca el proc eso de

    seleccin.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 20

    Q l E di t T i

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    Qu es el Expediente Tcnicode Obra?

    El Expediente Tcnico de Obra es el conjunto de documentos quecomprenden: memoria descriptiva, especificaciones tcnicas, planos deejecucin, metrados, presupuestos de obra, fecha de determinacin delpresupuesto de obra, valor referencial, anlisis de precios, calendario deavance de obra valorizado, Formulas Polinmicas y, si el caso lo requiere,

    estudio de suelos, estudio geolgico, de impacto ambiental u otroscomplementarios,

    El Expedi ent e Tcn ico de Ob ra t iene una v igencia de 3 aos

    (Directiv a No . 001-2011- EF/68.01 del 09.04.2011, Reglam ento del

    SNIP).

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    Quines pueden formular unExpediente Tcnico de Obra?

    Un Expediente Tcnico de Obra se puede formular de la siguiente manera:

    a. Por consultores externos, los cuales desarrollan este Expediente luegode ganar un proceso de seleccin.

    b. Por la propia Entidad a travs de su Gerencia de Estudios, o deProyectos.

    c. Por el Contratista ejecutor de la obra, cuando se trata de obras por lamodalidad de Concurso Oferta o de Llave en Mano de ser el caso.

    En qu situacin se genera un Expediente Tcnico de Obra?

    De acuerdo con la Directiva No. 001-2011-EF/68.01 del 09.04.2011,Reglamento del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), un

    Expediente Tcnico de Obra corresponde a la Etapa de Inversinqueforma parte del ciclo del Proyecto de Inversin Pblica (PIP).

    Por lo general, salvo que haya excepciones, el Expediente Tcnico seformula como consecuencia que se haya declarado viable en la Etapade Pre inversin los estudios denominados: Perfil(PIP hasta 10millones de nuevos soles) o la Factibilidad(PIP mayores a 10 millones de

    nuevos soles).22/09/2014 www.genesisingenieros.com 22

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    Cules son los Sistemas deContratacin ? Los Sistemas de Contratacin de obra son tres:

    1.- SISTEMA DE SUMA ALZADA:En obras pblicas se aplica cuando las cantidades (metrados) y calidades (especificaciones tcnicas)

    estn definidas en los planos y especificaciones tcnicas. Este sistema se aplica tcnicamente a las

    obras de edificacin.

    a. El Postor oferta un monto fijo integral por la obra.

    b. El Contratista est obligado a ejecutar la obra segn el siguiente orden de prelacin:

    1. Mandan los planos (sin prelacin entre ellos a su vez).

    2. Mandan las especificaciones tcnicas.

    3. Mandan las memorias descriptivas.

    4. Mandan los presupuestos.

    Ejemplo:Se tiene una obra de una Posta de Salud a suma alzada.

    a. En los planos indica que los pisos sean de terrazo pulido.

    b. En las especificaciones tcnicas se indica que los pisos deben usar cermicos.

    c. En las memorias descriptivas se menciona que los pisos de la Posta son de losetas vinlicas.

    d. Finalmente en los presupuestos la partida establece que los pisos son de loseta veneciana.

    e. CONCLUSION: De acuerd o con la prelacin de ejecucin establecida en el Reglamento elContrat is ta ejecutara los pisos de terrazo p ul ido y cobrara com o loseta veneciana.

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    Valorizacin en Suma Alzada Se valoriza hasta el total de los metrados del

    Presupuesto de obra.

    Por ejemplo: Se tiene una obra de una Posta de Salud,

    duracin 5 meses, a Suma Alzada.

    En el Presupuesto de Obra se tiene:

    Partida. Piso de terrazo200 m2..S/. 20 /m2..S/. 4,000.00

    Se ejecuta la obra segn los siguientesavances o valorizaciones:

    1. Valorizacin No. 01: 20 m2

    2. Valorizacin No. 02: 50 m2

    3. Valorizacin No. 03: 80 m2

    4. Valorizacin No. 04: 40 m2

    5. Valorizacin N0. 05:

    El mes 5 pueden ocurrir tres situaciones:

    Se ejecuta la obra segn los siguientesavances o valorizaciones:

    A. Metrado de la valorizacin No. 05 = 10 m2.Con este metrado se completa los 200 m2contratados: todo conforme.

    En las obras Contratadas a Suma

    Alzada se tiene:I. No se reconocen los mayores

    metrados (adicional) pordiferencia de metrados (delContratado contra lo realmenteejecutado).

    II. No se descuentan los menoresmetrados (deductivo) pordiferencia de metrados (delContratado contra lo realmenteejecutado).

    B.Metrado de la valorizacin No. 05 = 05 m2.Con este metrado se llegara a valorizar 195m2,pero se valorizan tambin los otros 5 m2 paracompletar los 200 m2 contratados.C. Metrado de la valorizacin No. 05 = 15 m2.Con este metrado se llegara a valorizar 205m2,

    pero se valorizan solo 10 m2 hasta los 200 m222/09/2014 www.genesisingenieros.com 24

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    2.- SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS:

    Se utiliza en las obras pblicas cuando las cantidades(metrados) y calidades (especificaciones tcnicas) no estndefinidas en los planos y especificaciones tcnicas.

    Este sistema se aplica tcnicamente a las obras donde haygrandes movimientos de tierras como carreteras,aneamiento, canales, presas, etc. En este sistema se tienenlos puntos bsicos:

    a. El Postor oferta Precios Unitarios de cada una de laspartidas que proporciona la Entidad en sus

    bases (Partidas con sus metrados).

    b. No hay prelacin de ejecucin de la obra.

    Cules son los Sistemas deContratacin ?

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    SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

    Por ejemplo: Se tiene una obra de una Carretera asfaltada a Precios Unitarios.

    a) En los planos indica que el asfalto es de 1 pulgada de espesor.

    b) En las especificaciones tcnicas se indica que el asfalto es de 1.5 pulgadasde espesor.

    c) En las memorias descriptivas se menciona que el asfalto es de 2 pulgadas deespesor.

    d) Finalmente en los presupuestos la partida establece que el pavimento es unmonocapa de media pulgada de espesor.

    Al no exist i r prelacin de ejecuc in lo recomendable es hacer la

    consulta al pr oy ectista para que determ ine cul es la sol uc in a uti l izar

    en ob ra.

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    Valorizacin en Sistema de Precios Unitarios Se valoriza hasta el total de los metrados realmente ejecutados.

    Por ejemplo:

    Se tiene una obra de una Carretera Asfaltada, duracin 10 meses, a Precios Unitarios.

    En el Presupuesto de Obra se tiene:Partida. Pavimento de asfalto en caliente de 2 pulg.

    13000 m2..S/. 100 / m2..S/. 1300,000.00

    Se ejecuta la obra segn los siguientes avances o valorizaciones:

    Valorizacin No. 01: 500 m2

    Valorizacin No. 02: 1000 m2

    Valorizacin No. 03: 1500 m2

    Valorizacin No. 04: 1500 m2

    Valorizacin No. 05: 1500 m2

    Valorizacin No. 07: 2000 m2

    Valorizacin No. 08: 2000 m2

    Valorizacin No. 09: 2000 m2.12,000 m2

    Valorizacin No. 10: m2

    El mes 10 pueden ocurrir tres situaciones:1. Metrado de la valorizacin No. 10 = 1000 m2. Con este metrado se completa los 13,000 m2 contratados:

    todo conforme.

    2. Metrado de la valorizacin No. 10 = 500 m2. Con este metrado se llegara a valorizar 12,500 m2, se valorizanhasta este metrado realmente ejecutado. No se valorizan los otros 500 m2 contratados.

    3. Metrado de la valorizacin No. 05 = 1500 m2. Con este metrado se llegara a valorizar 13,500 m2, esto sepuede valorizar pero en dos formas: i) Se valorizan solo 1,000 m2 para llegar hasta los 13,000 m2contratados como valorizacin principal. ii) Se valorizan los otros 500 m2 como mayor metrado o metradoadicional, es decir una valorizacin adicional.

    En las ob ras Contratadas a

    Precios Unitar ios se t iene:

    a.- Si se recono cen los mayores

    metrado s (adic ional, previa

    gest in) po r d iferencia

    de metrado s (del Con tratadocon tra lo realmente ejecutado ).

    b.- Si se descuentan los

    menores metrado s (deduct ivo)

    po r diferencia de metrados

    (del Contratado contra lo

    realmente ejecutado).

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    3.- ESQUEMA MIXTO DE SUMAALZADA Y PRECIOS UNITARIOS:

    Las Entidades podrn optar por este sistemasi en el Expediente Tcnico uno o varioscomponentes tcnicos co rresponden a

    magn i tudes y cant idades no def in idas conprecis in, los que podrn ser con tratados

    bajo el sistema de precios un i tar ios, entanto, los componentes cuyas cantidades

    y magnitudes estn totalmente definidasen el Expediente Tcnico, serncontratados bajo el sistema de sumaalzada

    22/09/2014 www.genesisingenieros.com 28

    C l l M d lid d d Ej i

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    Cules son las Modalidades de Ejecucin?Las Modalidades de Ejecucin de Obra son dos:

    1. Llave en mano, cuando se trata de una obra en la cual el Contratista ejecutor seencarga de formular el expediente tcnico (de ser el caso, no siempre), ejecutar laobra, suministrar el equipamiento y realizar el montaje; hasta la puesta en servicio dela obra (obra puesta en marcha).

    Esta modalidad se emplea en obras de Menor Cuanta, Adjudicaciones Directas(selectivas y pblicas) y Licitaciones Pblicas. Asimismo pueden ser contratadas aSuma Alzada y a Precios Unitarios.

    Ejemplo: Se pueden contratar por modalidad Llave en Mano los Hospitales,Centrales Hidroelctricas, Planta de Tratamiento de Agua, Planta de Tratamientode Desage, etc.

    2. Concurso Ofer ta, cuando se trata de una obra en la cual el Contratista ejecutorsuministra el terreno (de ser el caso, no siempre), formula el expediente tcnico yejecuta la obra.

    Esta modalidad solo se emplea cuando se trata de Licitaciones Pblicas y bajo elsistema de Suma Alzada.

    En el caso de obras convocadas bajo las modalidades antes mencionadas, enque deba formularse el Expediente Tcnico y efectuarse la ejecucin de la obra,el postor deber acreditar su inscripcin en el Registro Nacional de Proveedores

    (RNP) como ejecutor de obra y consultor de obra. Dicha acreditacin podr serrealizada de manera individual o mediante la conformacin de un consorcio.

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    El tipo de Proceso de Seleccin El tipo de Proceso de Seleccin se establece en funcin al monto del

    Presupuesto de Obra contenido en el Expediente Tcnico, tambin denominadoValor Referencial, monto que tienen una vigencia de 6 meses respecto a la fecha

    de la Convocatoria. La convocatoria a las Adjudicaciones de Menor Cuanta se realiza a travs del

    SEACE, siempre que el valor referencial de la obra supere las 3 UIT (S/.10,950.00), dado que el artculo 3.3. tem h) del Decreto Legislativo No. 1017establece qu montos por debajo de este rango no es de aplicacin la Ley deContrataciones del Estado.

    Ejemplo:

    Se formula un Expediente Tcnico de una Obra Vial.

    El Valor Referencial es de S/. 800,000.00 al mes de Enero 2011.

    La convocatoria es en abril del 2011, luego est dentro de los 6 meses respectoa la fecha del Presupuesto o Valor Referencial.

    Por el mon to del Valor Referencial se trata de una Adjudicacin DirectaSelectiva.

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    C l l i d P d

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    Cules son los tipos de Procesos deSeleccin de Obras ?

    Mediante los Procesos de Seleccin, se elige entre varios postores, al Contratista(individual o en Consorcio) que ejecutar la obra pblica.

    Todas las caractersticas tcnicaseconmicas de la obra a ejecutar seencuentran aprobados en un Expediente de Contratacin.

    Por lo tanto los procesos de seleccin contienen procedimientos y reglas a seguirde carcter obligatorio cuyo incumplimiento acarrea responsabilidad de los

    funcionarios y/o servidores pblicos involucrados.

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    Q f t l d ti

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    Qu factores se evalan en cada tipode proceso de seleccin ?

    1.- ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA Y ADJUDICACIONES

    DIRECTAS ELECTIVAS. Para la contratacin de obras que correspondan a Adjudicaciones de Menor

    Cuanta y Adjudicaciones Directas Selectivas no se establecern factorestcnicos de evaluacin, solo se evaluar la Propuesta Econmica deaquellos postores cuya propuesta cumpla con lo sealado en las Bases.

    Las Bases deben estar de acuerdo a las Bases estandarizas publicadas porel OSCE.

    Ejemplo:

    Valor Referencial (VR): S/. 1000,000.00

    Ofertas Econmicas (Oi)

    A. Postor 1: S/. 925,318.17B. Postor 2: S/. 928,32

    C. Postor 3: S/. 926,208.79

    Orden de Prelacin

    1.- Postor 1: Primer lugar (Buena Pro)

    2.- Postor 2: Tercer lugar 3.- Postor 3: Segundo lugar22/09/2014 www.genesisingenieros.com 32

    Qu factores se evalan en cada tipo de proceso de

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    Qu factores se evalan en cada tipo de proceso deseleccin ?

    2.- ADJUDICACIONES DIRECTAS PBLICAS Y LICITACIONES PBLICASPara la contratacin de obras que correspondan a Adjudicaciones Directas Publicas y

    Licitaciones Pblicas si se consideran factores de evaluacin tcnica.a. Experiencia en obras en general ejecutadas en los ltimos 10 aos a la fecha depresentacin de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta 5 veces el ValorReferencial de la obra (de 15 a 20 puntos).

    b. Experiencia en obras similares (*) ejecutadas hasta en los ltimos 10 aos a la fecha depresentacin de propuestas, por un mximo acumulado equivalente al Valor Referencial dela obra, siendo el valor mnimo de cada obra similar al 15% del Valor Referencial. En lasBases deber sealarse las obras similares que servirn para acreditar la experiencia delpostor (de 30 a 35 puntos).

    ( * ) Obra similar: Obra de naturaleza semejante a la que se desea contratar.

    La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar la

    experiencia en obras en general.

    c. Experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto, las que sernestablecidas en forma objetiva en las Bases, las cuales establecern los requisitos deconformacin y permanencia del personal profesional propuesto (de 30 a 35 puntos).

    d. Cumplimiento de ejecucin de obras, el cual se evaluar en funcin al nmero decertificados o constancias que acrediten que aquella se efecto y liquid sin que se hayaincurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de 10 contratos de obras en general y/osimilares. Estos certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron

    para acreditar la experiencia del postor (de 15 a 20 puntos).La experiencia del postor seacreditar con co ias sim les de contratos sus res ectivas actas de rece cin conform.

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    l i i

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    Evaluacin Econmica El Puntaje Tcnico mnimo para pasar a la evaluacin econmica es de 60 puntos.

    El nico factor de evaluacin de la propuesta econmica ser el monto total de la oferta

    (100 puntos). Om x PMPE

    Pi = -----------------

    Oi

    Pi = Puntaje econmico

    Oi = Monto de la Propuesta Econmica

    Om = Monto de la Propuesta Econmica ms baja PMPE = Puntaje mximo de la Propuesta Econmica.

    Ejemplo:

    Valor Referencial (VR): S/. 1000,000.00

    Ofertas Econmicas (Oi)

    Postor 1: S/. 925,318.17Postor 2: S/. 928,327.45

    Postor 3: S/. 926,208.79

    Puntaje Econmico (Pi):

    Postor 1: S/. 925,318.17 x 100 / S/. 925,318.17 = 100.00 puntos

    Postor 2: S/. 925,318.17 x 100 / S/. 928,327.45 = 99.68 puntos

    Postor 3: S/. 925,318.17 x 100 / S/. 926,208.79 = 99.90 puntos22/09/2014 www.genesisingenieros.com 34

    Q i dj di l B P ?

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    Quin se adjudica la Buena Pro? Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el Puntaje Total (PT) de

    las mismas.

    Tanto la evaluacin tcnica como la evaluacin econmica se califican sobre 100 puntos. El Puntaje Totalde la Propuesta ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicacin de la

    siguiente frmula: PTPi = Puntaje Total del Postor i

    PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del Postor i

    PEi = Puntaje por evaluacin econmica del Postor i.

    C1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica (de 0.60 a 0.70)

    C2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica (de 0.40 a 0.30)

    PTPi = c1 x PTi + c2 x Pei

    Ejemplo:

    Puntajes Tcnicos (PT)

    Postor 1: 90 puntos

    Postor 2: 92 puntos

    Postor 3: 97 puntos

    Puntajes Econmicos (PE)

    Postor 1: 100 puntosPostor 2: 98 puntos

    Postor 3: 95 puntos

    Pun tajes Totales (PT)

    PTPi = 0.70 x PTi + 0.30 x Pei Orden de Prelacin

    Postor 1: 0.70 (90) + 0.30 (100) = 63.00 + 30.00 = 93.00 puntos Postor 1: Tercer lugar

    Postor 2: 0.70 (92) + 0.30 (98) = 64.40 + 29.40 = 93.80 puntos Postor 2: Segundo lugarPostor 3: 0.70 (97) + 0.30 (95) = 67.90 + 28.50 = 96.40 puntos Postor 3: Primer lugar (BuenaPro)

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    Q B

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    Qu n se a u ca a Bon cac n porlocalidad ?

    Tratndose de obras de Menor Cuanta y Adjudicaciones Directas Selectivas que seejecuten fuera de la Provincia de Lima y Callao, a solicitud del Postor se asignar unabonificacin equivalente al 10% sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmicade los postores con domicilio en la provincia donde se ejecutar la obra o en las provinciascolindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin.

    El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el Registro Nacional deProveedores.

    Ejemplo:

    Localidad del Postor

    Postor 1: En la provincia donde se ejecutar la obra

    Postor 2: En la provincia colindante donde se ejecutar la obra

    Postor 3: Fuera de la provincia o provincia colindante donde se ejecutar la obra

    Puntajes Tcnicos (PT)

    Postor 1: 90 puntos Postor 2: 92 puntos

    Postor 3: 97 puntos

    Puntajes Econmicos (PE)

    Postor 1: 100 puntos

    Postor 2: 98 puntos

    Postor 3: 95 puntos22/09/2014 www.genesisingenieros.com 36

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    Tener en cuenta de la Boni f icacin

    1. Para que una Entidad Publica convoque a la ejecucin

    de una Obra debe cumplir con tener el expediente decontratacin y el expediente tcnico aprobados conResolucin, asignacin presupuestal, viabilidad del SNIP,disponibilidad del terreno, definido el sistema de

    contratacin, definido la modalidad de ejecucin, definidosi otorgar o no adelantos.

    2. El Comit Especial a cargo del Proceso de seleccindebe conocer perfectamente las exigencias de la Ley yReglamento de Contrataciones respecto a obras:emplear Bases Estandarizadas del OSCE, los factoresde evaluacin y rango de puntajes.

    3. La correcta aplicacin de la Bonificacin por localidadcuando se trate de obras fuera de la provincia de Lima y

    Callao.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 37

    Documentos Tcnicos a presentar a la

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    Documentos Tcnicos a presentar a lafirma del Contrato

    Carta presentacin y Currculo Vitae del Residente (en caso no fue materia de

    evaluacin tcnica). Calendario de Avance de Obra Valorizado (CAOV), el cual sirve para el control de

    avances y de reajustes.

    Programa de Ejecucin de Obra PERT-CPM (es un diagrama de flujo), sin embargo enla prctica se acepta una Programacin PROJECT (diagrama de barras), programacinque debe considerar la estacionalidad climtica de la zona de la obra, lo cualtcnicamente no es factible ya que se opondra a las condiciones de programacin delExpediente Tcnico que es donde se defini el plazo de ejecucin de obra para el procesode seleccin. Esta Programacin permite el control y/o seguimiento de ladenominada ruta critica la cual es el parmetro para establecer la validez tcnica de unacausal al afectar o no dicha programacin y establecer as la procedencia o no de unaampliacin de plazo.

    El Calendario de Adquisicin de Materiales e Insumos, el cual es una programacin

    de adquisiciones de estos recursos por el Contratista, y que debe ser tcnicamenteconcordante con el CAOV.

    En el caso de contratos de obra a Suma Alzada debe presentar tambin el desagregadopor partidasque dio origen a la propuesta ganadora, haciendo el comentario que sinembargo este desagregado no es materia de uso alguno en la gestin de un contrato deesta naturaleza en razn de que segn los artculos pertinentes los contratos de obra

    Suma Alzada se gestionan en su totalidad con los presupuestos de la Entidad (el ValorReferencial).

    22/09/2014 www.genesisingenieros.com 38

    Documentos Econm cos a presentar a

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    Documentos Econm cos a presentar ala firma del Contrato

    Garanta de Fiel Cumplimiento de Contrato, equivalente al 10% del Monto del Contrato de Obraincluido el IGV, con vigencia hasta el consentimiento de la Liquidacin Final.

    Cabe sealar sin embargo que de acuerdo al artculo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, esfactible la sustitucin de la Garanta de Fiel Cumplimiento por una Retencin del 10% del Monto Totala contratar, cuando:

    a. Se trata de una obra de Menor Cuanta o Adjudicacin Directa (Selectiva y Pblica).

    b. El Contratista es una MYPE, debidamente acreditada.

    c. El plazo de ejecucin de obra es igual o mayor a 60 das calendario.

    d. El nmero de Valorizaciones de Obra es de dos (02) o ms.La Retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total de Valorizaciones, en formaprorrateada, no en funcin al porcentaje de avance de obra; y ser devuelta al consentimiento de laLiquidacin Final.

    Ejemplo:

    Monto del Contrato de Obra Incluido el IGV = S/. 1 000 000.00 (ADP)

    10% del Monto del Contrato (retencin) = S/. 100 000.00Plazo de Obra = 8 meses

    No. Valorizaciones = 8

    Mitad de los pagos ( art. 155 Reglamento) = 4 meses

    Monto de retencin mensual (al prorrateo) = 100,000/4 = S/. 25, 000

    El monto total retenido (en este ejemplo los S/. 100 000) debe ser devuelto al Contratista al

    quedar consentida la Liquidacin Final de Obra. El monto Retenido no genera intereses, es decir,siguiendo con el ejemplo, se devuelve al Contratista solo sus 100 mil soles.

    22/09/2014 www.genesisingenieros.com 39

    Qu precauciones hay que tener al

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    Qu precauciones hay que tener alsuscribir el Contrato ?

    Se recomienda lo siguiente:

    1. Que el rea de Contrataciones, al recibir los documentos tcnicos antes sealados, losremita para opinin al rea Tcnica de la Entidad, a fin de establecer su consistencia tcnicay hacer las observaciones del caso.

    2. Certificar la validez de la Garanta de Fiel Cumplimiento: monto, vigencia, Entidad emisora, siest inscrita en la SBS y AFP, entre otros.

    3. Certificar la validez del Registro de MYPE.

    El incumplimiento del Contrato puede dar lugar a:

    a) Penalidades o multas.

    b) Resolucin del Contrato.

    TENER EN CUENTA

    1. La Entidad debe cumplir con notificar al Postor, en el plazo establecido en el Reglamento, quese ha adjudicado la Buena Pro que esta ha quedado consentida y citarlo para la suscripcin del

    Contrato y que documentos debe presentar.2. Certificar que la Garanta de Fiel Cumplimiento de Contrato no es falsa y ha sido emitida poralguna de las entidades financieras o aseguradoras bajo el control de la SBS y AFPs y/o lista delBCR.

    3. La Oficina de Contrataciones de la Entidad debe coordinar con la Oficina de Obras Pblicaspara que revise y opine sobre los documentos tcnicos requeridos para la Firma del Contrato.

    4. La Retencin solo procede si se cumplen con las exigencias del artculo 39 de la Ley deContrataciones del Estado y artculo 155 de su Reglamento.

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    LAS GARANTAS

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    LAS GARANTAS Las Garantas son documentos valorados que tienen

    por finalidad respaldar a los postores (garanta deseriedad de oferta) y Contratistas (garanta de fielcumplimiento, por el adelanto directo, por eladelanto para materiales e insumos) ante laEntidad, en los procesos de seleccin y ejecucin

    contractual, respectivamente. Las garantas en los contratos pblicos solo pueden

    ser cartas fianzas (emitidos por entidades bancariasy financieras) y Plizas de caucin (emitidas por

    compaas de seguros). No existe otro tipo de garanta (por ejemplo: letras de

    cambio, cheques de gerencia, depsitos en efectivo,etc.).

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    Quines pueden emitir garantas ?

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    Quines pueden emitir garantas ?Las garantas solo podrn ser efectuadas por empresas bajo el mbito de laSuperintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos

    de Pensiones o que estn en la lista actualizada de bancos extranjeros deprimera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva delPer.

    Qu requisitos deben cumplir estas garantas?

    Las garantas que acepten las Entidades deben ser:a. Incondicionalesb. Solidariasc. Irrevocablesd. Realizacin automtica

    Qu tipos de garantas hay en los contratos de obras pblicas ?Garanta de seriedad de oferta .

    Se exige en todos los proceso de seleccin, se requiere la presentacin de unaGaranta de Seriedad de Oferta.Para el caso de las Adjudicaciones Directas y Licitaciones Pblicas se

    presentar dentro del sobre econmico, mediante una carta fianza o pliza decaucin cuyo monto oscila entre el 1% y 2% del Valor Referencial de la Obra.

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    u t pos e garant as ay en os

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    u t pos e garant as ay en oscontratos de obras pblicas ?

    Se exige en todos los proceso de seleccin, se requiere la presentacin de una Garantade Seriedad de Oferta.

    Para el caso de las Adjudicaciones Directas y Licitaciones Pblicas se presentar dentrodel sobre econmico, mediante una carta fianza o pliza de caucin cuyo monto oscilaentre el 1% y 2% del Valor Referencial de la Obra. Debe estar vigente hasta la suscripcindel Contrato.

    Tratndose de Adjudicaciones de Menor Cuanta, la Garanta de Seriedad de Oferta sepresentar a travs de una Declaracin Jurada que formar parte integrante de lapropuesta tcnica.

    1.- Garanta de seriedad de oferta

    2.- De fiel cumplimiento .

    i. Solo se exige en todos los procesos de seleccin (Adjudicaciones de Menor Cuanta (*),

    Adjudicaciones Directas Selectivas (*) y Publicas (*) y Licitaciones Pblicas).ii. Su monto equivale al 10% del monto del contrato original.iii. Debe estar vigente hasta el consentimiento de la liquidacin final.iv. (*) Si la Buena Pro se la adjudic una PYME, el plazo de obra es igual o mayor a 60 das

    calendario, y el nmero de valorizaciones es dos o ms, el Contratista puede solicitar se leaplique una Retencin por el mismo porcentaje en lugar de presentar la Garanta de FielCumplimiento, Retencin que ser descontada al prorrateo en la mitad del nmero de

    valorizaciones (artculo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y artculo 155 de suReglamento).

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    u t pos e garant as ay en os

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    u t pos e garant as ay en oscontratos de obras pblicas ?

    Hasta por el 20% del monto del contrato original. Se puede ir descontando su monto trimestralmente conforme se vaya amortizando. Debe

    estar vigente hasta la amortizacin total del Adelanto.

    3.- Por el adelanto directo .

    4.- Por el adelanto de materiales e insumos ..

    i. Hasta por el 40% del monto del contrato original.ii. Se puede ir descontando su monto trimestralmente conforme se vaya amortizando.iii. Debe estar vigente hasta la amortizacin (utilizacin) total de los materiales del Adelanto.

    Se pueden aceptar garantas acumuladas ?

    Si bien esta forma de garantizar no es la ms conveniente para una Entidad, desde el punto

    de vista de la Ley de Contrataciones no hay nada que lo oponga, luego si es admitida comovlida.El Contrato de Obra es de un milln de soles incluido el IGV.La Garanta de Fiel Cumplimiento es el 10% es decir 100 mil soles.El Contratista presenta las garantas siguientes:Garanta del Banco 1: S/. 50,000.00Garanta del Banco 2: S/. 30,000.00

    Garanta del Banco 3: S/. 20,000.00Total S/. 100,000.00

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    Qu precauciones debe tomar la

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    Qu precauciones debe tomar laEntidad con respecto a las garantas ?Se recom ienda lo sigu iente:

    Que el rea de Administracin al recibir las garantas de inmediato certifique su validez,llamando a la Entidad emisora y verificando en la pgina de la SBS y del BCR si laEmpresa emisora (banco, compaa de seguros, etc.) de la garanta est registrada enestas Entidades.

    Que el rea de Administracin al recibir las garantas de inmediato certifique si estaconsidera las 4 exigencias de la Ley de Contrataciones.

    Que el rea de Administracin nunca deje vencer las garantas ya que de suceder eldinero otorgado a los contratistas no tendra respaldo de ser recuperado y habraresponsabilidad en los funcionarios.

    Que el rea de Administracin, de darse la situacin, proceda a ejecutar las garantas deconformidad con lo que establece el artculo 164 del Reglamento.

    TENER EN CUENTA

    1. La Entidad es quien establece en sus Bases si quiere admitir como Garantas solo CartasFianzas, solo Plizas o ambas.

    2. Verificar que las garantas son verdaderas, renen las 4 condiciones (incondicional, solidaria,irrevocable, realizacin automtica), ha sido emitida por una empresa bajo el control de la SBSy AFPs y/o lista del BCR.

    3. No dejar vencer las Garantas, siempre estar atentos a que estn vigentes segn sus

    caractersticas. 4. Ejecutarlas solo si se dan las condiciones que seala el Reglamento.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 45

    INICIO DEL CMPUTO DEL

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    INICIO DEL CMPUTO DELPLAZO

    El inicio del plazo es una fecha que debe ser determinada por el supervisor oinspector y/o la Entidad en forma precisa dado que en funcin a esta seestablecer toda la programacin actualizada de la obra y la fecha de terminoque define la aplicacin o no de las penalidades.

    Los conceptos de inicio y fin de plazo de obra son diferentes, as tenemos:

    a. Inicio del Plazo de Ejecucin de Obra: que consiste en el acto administrativo,que determina a partir de que fecha se computa el plazo contractual y define elFin del plazo de ejecucin contractual de obra.

    b. Inicio de Ejecucin de Obra: que consiste en el acto fsico de inicio de lostrabajos o partidas contratadas de la obra; fecha que puede ser antes (porejemplo con la Entrega del Terreno) o despus del inicio del plazo

    c. Fin del Plazo de Ejecucin de Obra: fecha en la cual se vence el plazocontratado o plazo vigente (plazo contratado ms ampliaciones de plazootorgadas y/o consentidas).

    d. Fin de Ejecucin de Obra: fecha en la cual el Supervisor o Inspector de obracertifican la conclusin de las obras (contractuales y adicionales de ser el caso)

    y lo registra en Cuaderno de Obra.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 46

    Qu alcances puede tener esta

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    Qu alcances puede tener estasituacin de inicio y fin ?

    En este marco tenemos:Si el Contratista Termina la ejecucin de la obraantes de la fecha del Fin del plazo contractual deobra - vigente diremos que la obra termin

    adelantada;Si el Contratista Termina la ejecucin de la obra elda del Fin del plazo contractual de obra vigente,diremos que la obra termin en su fecha;

    Si el Contratista Termina la ejecucin de la obradespus de la fecha del Fin del plazo contractualde obra vigente, diremos que la obra termin

    atrasada y con multa.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 47

    Qu eventos determinan el inicio del

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    Qu eventos determinan el inicio delplazo de ejecucin de obra? El artculo 184 del Reglamento establece que son cinco (5) los eventos que determinan el inicio del plazo

    de ejecucin de obra, el que ocurra al ltimo, al da siguiente: a. Que se designe al inspector o al supervisor, segn corresponda. El Inspector es un funcionario o servidor de la Entidad designado con Resolucin para el trabajo de control

    de la obra.

    El Supervisor es una persona natural o jurdica contratada mediante un proceso de seleccin.

    En ambos casos la Entidad debe enviar un documento al Contratista (carta u oficio) precisndole quienestar a cargo del control de la obra.

    b. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente tcnico de obra completo. Cuando un proveedor ejecutor de obras quiere participar en un proceso de seleccin de obras, se registra

    como participante, para lo cual paga por tal derecho recibiendo a cambio el expediente tcnico as como lasBases Administrativas, documentacin que le servir para preparar su propuesta.

    Previo a la suscripcin del Contrato el ganador de la Buena Pro y/o su representante legal, en seal deconformidad, debe sellar y firmar todas y cada una de las hojas y planos del Expediente Tcnico empleado

    para formular su Propuesta, as como todas y cada una de las hojas de las Bases Administrativas. Estos documentos as sellados y firmados sern entregados formalmente por el ganador de la Buena Pro a

    La Entidad quien har el debido archivamiento.

    En este contexto ocurre que el ganador de la Buena Pro se ha quedado sin Expediente Tcnico algunopara fines de ejecucin de obra.

    Esta carencia de documentos es reconocida por la norma al sealar que la Entidad debe entregar otroExpediente Tcnico de obra completo al Contratista para fines de trabajo.

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    Qu eventos determinan el inicio del

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    Qu eventos determinan el inicio delplazo de ejecucin de obra? c. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutara

    la obra. Este punto lo desarrollamos ms ampliamente lneas abajo.

    d. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales einsumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligacin.

    Esto se puede dar por ejemplo, cuando una Entidad resuelve un Contrato de Obra, y como

    resultado del Inventario Fsico quedan en su poder materiales o insumos, de preferencia noperecibles, digamos fierro, arena, piedra, ladrillo, petrleo, electrobombas, etc., los cuales sinduda alguna es preferible colocarlos en una siguiente obra.

    Igual situacin podra generarse si por ejemplo, alguna Entidad Privada hace una donacinde determinados materiales e insumos a la Entidad.

    En estos escenarios se considera ideales para que la Entidad, de ser el caso, establezca uncalendario de entrega de materiales e insumos al Contratista.

    e. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las condiciones yoportunidad establecidas en el artculo 187 del Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado.

    Este artculo establece que el Adelanto Directo debe ser solicitado por el Contratista dentrode los 8 das calendario siguientes de Firmado el Contrato adjuntando su garanta (cartafianza o pliza) y comprobante de pago (Su factura ).

    Ms adelante analizamos el artculo 187 con mayor detalle.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 49

    De qu se trata la Entrega de Terreno de

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    De qu se trata la Entrega de Terreno deObra?

    El evento denominado Entrega de Terreno consiste en la entrega al Contratista, porparte de la Entidad, del lugar fsico donde se ejecutar la obra.

    En este acto deben participar el Residente y/o Contratista, el Inspector y/o Supervisor ylos funcionarios designados por la Entidad para esta entrega.

    Pueden estar en calidad solo de observadores vecinos del comit pro obra por ejemplo,mas no tienen derecho a voz alguna y nunca deben suscribir el Acta de Entrega deTerreno.

    Concluido el acto se debe plasmar en un Acta de Entrega de terreno, la cual puede sersin o con observaciones (de existir algn elemento fsico en el terreno que no consta enlos planos o expediente tcnico, o no hay libre disponibilidad de todo o parte o algncomponente del terreno, por ejemplo una cantera).

    En qu plazo deben ocurrir estos eventos ?La norma seala que los cinco eventos deben ocurrir dentro de los 15 das naturalescontados a partir del da siguiente de haberse firmado el contrato (recordando que elContratista solo puede solicitar el Adelanto Directo, dentro de los 8 das calendariossiguientes de firmado el contrato).La fecha de inicio del plazo de ejecucin contractual la debe registrar en elCuaderno d e Obra el Insp ector o Supervisor, como representante de la Entidad,

    recomendndose tambin se registre en ese mismo asiento la fecha de trmino oculminacin del plazo.

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    Q d i l E tid d i l

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    Qu sucede si la Entidad incumplecon el plazo antes sealado ?

    Si la Entidad no cumple con todos o alguno de los eventos sealados en elplazo ya mencionado, debe reconocer al Contratista un resarcimiento de daosy perjuicios, los cuales sin embargo deben ser acreditados por el Contratista,es decir debe demostrar a la Entidad con documentos (facturas, boletas,planillas, comprobantes, etc.) qu daos y perjuicios ha tenido en el periodomateria de la demora o incumplimiento.

    Este resarc imiento se genera durante los 15 das calendario siguiente alvenc im iento del p lazo in icial de 15 das mencio nado, a una tasa de 5 por 10mil del monto del Contrato de obra (incluido el IGV) por cada da deincumplimiento.

    El monto mximo de resarcimiento de daos y perjuicios a ser demostrados por

    el Contratista corresponde hasta el 75 por diez mil (75/10000) del monto delContrato de Obra incluido el IGV.

    La norma no precisa el momento de presentacin de este pago por daos yperjuicios, de donde se infiere que lo podra hacer en cualquier momento hastala Liquidacin Final del Contrato.

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    Puede el Contratista resolver el Contrato de

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    Puede el Contratista resolver el Contrato deObra si la Entidad incumple con los

    eventos sealados ?

    El Reglamento establece que si tr ansc ur rid os lo s 15 das de r esarc im iento po r daos y perju icio s, laEnt idad cont ina incum pl iendo con todos o alguno d e los eventos establecidos, el Contrat is ta tiene lafacul tad de s ol ic i tar la resolucin del contrato por incum pl imiento de la Ent idad.

    El artculo 209 del Reglamento precisa cmo es la resolucin del Contrato de Obra, indicando que laresoluc in del cont rato de obra determ ina la inmediata paral izacin de la mism a, salvo los c asos en

    que, estr ic tamente por razones d e seguridad o disposic iones reglamentar ias de constru ccin, no sea

    pos ib le.

    La parte que resuelve deber indicar en su carta de resolucin, la fecha y hora para efectuar la constatacinfsica e inventario en el lugar de la obra, con una anticipacin no menor de dos (2) das. En esta fecha, laspartes se reunirn en presencia de Notario o Juez de Paz, segn corresponda, y se levantar un acta. Sialguna de ellas no se presenta, la otra levantar el acta, documento que tendr pleno efecto legal,debindose realizar el inventario respectivo en los almacenes de la obra en presencia del Notario o Juez dePaz, dejndose constancia del hecho en el acta correspondiente, debiendo la Entidad disponer el reinicio dela obra mediante administracin directa.

    Culminado este acto, la obra queda bajo responsabilidad de la Entidad y se procede a la liquidacin.

    En caso que la resolucin sea por incumplimiento del contratista, en la liq uid acin se co ns ign arn laspenalidades que correspondan, las que se harn efectivas conforme a lo dispuesto en la normativa.

    En caso que la resolucin sea por causa atribuible a la Entidad, sta reconocer al contratista, en laliquidacin que se practique, el cincuenta por ciento (50%) de la utilidad prevista, calculada sobre elsaldo de obra que se deja de ejecutar, actualizado mediante las frmulas de reajustes hasta la fecha en quese efectu la resolucin del contrato.

    En caso de que surgiese alguna controversia sobre la resolucin del contrato, cualquiera de las partes

    podr recurrir a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de diez (10) das hbiles siguientes de lanotificacin de la resolucin vencido el cual la resolucin del contrato habr uedado consentida.

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    Hay algn acto tcnico que se debe hacer al inicio

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    Hay algn acto tcnico que se debe hacer al inicio

    del plazo que no est mencionado en el Reglamento

    ? La norma no lo precisa, en la prctica al establecerse la fecha de inicio del plazo de ejecucin dela obrael Contratista debe presentar al Inspector o Supervisor el Calendario de Avance de ObraValorizado, Programacin de Obra PERT-CPM (o Project), Calendario de Adquisicin de Materiales eInsumos, debidamente reprogramados considerando esta fecha como punto de partida.

    Luego de su revisin y aprobacin por el Inspector o Supervisor, estos documentos tcnicosson elevados a la Entidad, la cual, luego de su revisin, los aprobara oficialmente comodocumentos de trabajo, aprobacin que es suficiente pronunciarse con una carta u oficio alContratista y/o Supervisor.

    Ejemplo:

    En el siguiente caso, cul sera la fecha de inicio de plazo de ejecucin de obra?

    Fecha de Firma de Contrato: 01.03.2013

    Fecha de solicitud del Adelanto Directo: 06.03.2013

    Fecha de entrega del Expediente Tcnico completo: 07.03.2013

    Fecha de Entrega de terreno: 08.03.2013

    Fecha de designacin del Inspector: 09.03.2013

    Fecha de entrega de garanta y factura Adelanto.: 12.03.2013

    Fecha de pago del Adelanto Directo: 15.03.2013Solucin:Si bien la solicitud del Adelanto Directo se efecto dentro de los 8 das siguientes de la Firma delContrato, el Contratista no adjunt dentro de dicho plazo la garanta ni factura.Por lo tanto el Adelanto Directo dej de constituir evento definitorio de la fecha de inicio del plazo.Luego, la fecha de inicio del plazo ser el da siguiente de que ocurri el ltimo evento. El ltimo eventofue la designacin del Inspector el 09.03.2013. Luego la fecha de inicio del plazo de ejecucin de obra es

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    TENER EN CUENTA

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    TENER EN CUENTA La fecha hito para definir la fecha de inicio de plazo es la fecha de la

    Firma del Contrato.

    I. A partir del da siguiente de esta fecha hito dentro de los 15 dascalendario siguientes deben ocurrir 5 eventos (debemos recordar que eladelanto directo no es obligatorio de otorgar para las entidades pblicas,igualmente pocas entidades entregan materiales a los contratistas, luegosolo quedaran tres eventos).

    II. Al da siguiente que ocurra el ltimo evento se computa el inicio del plazode ejecucin de obra.

    III. Si la Entidad incumple en este plazo inicial de 15 das calendario, durantelos siguientes 15 das calendario el Contratista tiene derecho alresarcimiento, previa demostracin con documentos, de daos yperjuicios hasta por 75 por 10 mil (75/10000) del monto del Contrato,incluido el IGV.

    IV. Si transcurridos los 30 das anteriores, la Entidad contina con elincumplimiento de todos o algunos de los eventos, el Contratista podrsolicitar la Resolucin del Contrato de Obra por causas imputables a laEntidad.

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    RESIDENTE DE OBRA

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    RESIDENTE DE OBRA El Residente de la obra es un profesional, ingeniero o arquitecto,

    colegiado y hbil en su Colegio respectivo, segn especialidad de la obra,encargado de la direccin tcnica de la obra en representacin del

    Contratista.Por ejemplo, si la obra es de edificacin, el residente puede ser arquitecto.Si la obra es una carretera, el residente puede ser Ingeniero civil. Si la obrademanda trabajos elctricos, el residente puede ser ingeniero electricista.

    Las Bases pueden establecer calificaciones y experiencias adicionalesdel residente en funcin a la naturaleza de la obra. Como por ejemplo:

    En las Adjudicaciones de Menor Cuanta y Adjudicaciones DirectasSelectivas, el Reglamento slo evala y califica el monto ofertado. Sinembargo, en los Requisitos Tcnicos Mnimos las Bases si pueden establecercondiciones profesionales mnimas que debe cumplir el residente. De no haberse

    requerido nada, la Entidad para efectos de la Firma del Contrato, solicitar alContratista presente el Curriculum Vitae del residente para efectos de suevaluacin.

    En las Adjudicaciones Directas Publicas y Licitaciones Pblicas, elReglamento s establece evaluar y calificar el personal del contratista, entreellos debera estar considerado el residente.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 55

    Qu actividades o funciones tiene

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    Qu actividades o funciones tieneel Residente ?

    El residente representa al Contratista para los efectos ordinarios de la obra:

    llevar el cuaderno de obra, abso lver con su ltas tcn icas deobra,autorizar trabajos, verificar metrados de avance, entre otras.

    El residente no tiene potestad para modificar el contrato, por lo tanto nopuede firmar cartas tramitando adicionales, ni solicitando ampliaciones deplazo, etc. Esto solo le corresponde al Contratista

    Se puede sustituir al residentedesignado por el Contratista ?

    Si se puede sustituir al residente por otro profesional que tenga calificacionessimilares o superiores a este.Para este efecto el Contratista debe proponer con tiempo suficiente elcurrculo vitae del nuevo residente para que la Entidad lo evale y apruebe deser el caso.El plazo para que la Entidad apruebe al nuevo residente es de ocho (8) das

    hbiles siguientes de presentada la solicitud, transcurrido dicho plazo sin quela Entidad emita pronunciamiento se considerara aprobada la sustitucin.

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    LOS ADELANTOS PARA OBRAS Los Adelantos de dinero al Contratista, a cuenta de su

    monto contratado, tienen por finalidad financiar al Contratistapara efectos de la ejecucin de la obra, montos que debenser a su vez garantizados mediante Cartas Fianzas oPlizas de Caucin.

    No es obl igator io para las Entidades Pblicas o torgarlos Adelantos, pero de establecerlo esto debe estarindicado en las Bases.

    El Reglamento establece que para obras hay solo dos tipos

    de Adelantos:1. Adelanto Directo, que es un capital de trabajo y puede serhasta el 20% del Monto del Contrato Original.

    2. Adelanto para Materiales e Insumos, que es un adelanto

    especfico y que puede ser hasta el 40% del Monto delContrato Ori inal.

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    Cmo es la gestin del Adelanto

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    Cmo es la gestin del AdelantoDirecto ?

    El Adelanto Directo requiere la siguiente gestin:1. Dentro de los 8 das calendario siguientes de Firmado el Contrato, el

    Contratista puede solicitar el Adelanto Directo, dentro del monto (oporcentaje) establecido por las Bases.

    Ejemplo:

    A. Monto del Contrato Original: S/. 1000,000 + 18% (S/.180, 000) = S/.1180,000

    B. Adelanto Directo: 20% CO: S/. 200,000 + 18% (S/. 36,000) = S/. 236,000

    Junto con su solicitud el Contratista debe adjuntar:

    Garanta (Carta Fianza o Pliza de Caucin) Comprobante de pago (Factura).

    D. Dentro de los 7 das calendarios siguientes de entregada la citadadocumentacin, la Entidad entregar el monto de adelanto solicitado.

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    Qu sucede si la solicitud del Adelanto

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    Qu sucede si la solicitud del AdelantoDirecto es despus de los plazos de

    Reglamento ? Si la solicitud (o entrega de la Garanta o la entrega de la

    Factura) por el Adelanto Directo es despus de los 8das calendario, po r tratarse de un incum plim iento es

    responsabi l idad del Contr at ista, ya no es obl igator io

    para la Entidad la entrega del Adelanto Directo. Por lo tanto la Entidad ya no lo puede entregar o si desea

    entregarlo lo podra hacer despus del plazo de 7 dascalendario normado.

    En este escenario el otorgamiento del Adelanto Directodeja de ser uno de los eventos que determina el inicio delplazo.

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    Cmo se amortiza el Adelanto

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    Cmo se amortiza el AdelantoDirecto ?

    La amortizacin del Adelanto Directo se har mediante descuentosproporcionales en cada una de las valorizaciones de obra.

    Ejemplo:a) Monto del Contrato Original: S/. 1000,000 + 18% (S/.180, 000) = S/. 1180,000

    b) Adelanto Directo: 20% CO: S/. 200,000 + 18% (S/. 36,000) = S/. 236,000

    c) Valorizacin N 01: S/. 200,000 Amortizacin = 20% x S/.200, 000 = S/. 40,000d) Valorizacin N 02: S/. 300,000 Amortizacin = 20% x S/.300, 000 = S/. 60,000

    e) Valorizacin N 03: S/. 400,000 Amortizacin = 20% x S/.400, 000 = S/. 80,000

    f) Valorizacin N 04: S/. 100,000 Amortizacin = 20% x S/.100,000 = S/. 20,000

    g) Total: S/. 1000,000Amortizacin = S/. 200,000

    Se amortiza sobre el monto de la Valorizacin sin IGV.

    Se debe cumplir que la sumatoria de las Amortizaciones debe ser igual al monto del

    Adelanto Directo otorgado sin IGV.

    Cualquier di ferencia que se pro duzca respecto de la amort izacin de los

    adelantos se tomar en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le

    corresponda al Contratista y/o en la Liquidacin Final.

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    Cmo es la gestin del Adelanto para Materiales e Insumos ?

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    g p El Adelanto para Materiales(cemento, fierro, ladrillo, asfalto, cables, luminarias,

    griferas, etc.), Insumos (combustibles, madera para encofrado, dinamita, etc.) yequipamientos(que se incorporan a la obra: ascensores, grupo electrgeno, aireacondicionado, turbinas, generadores, tableros, electrobombas, etc.) tiene la

    siguiente gestin: 1. Dentro del periodo considerado en el Calendario de Adquisicin de Materiales

    (presentado porel Contratista para la Firma del Contrato) el Contratista puede solicitar alInspector o Supervisor el Adelanto para Materiales (adjuntando la respectiva Garanta ycomprobante de pago).

    2. El Adelanto para Materiales se solicita por cada material por cada frmula polinmica.

    Ejemplo:Monto del Presupuesto de Estructuras: S/. 1000,000 + 18% (S/.180, 000) = S/. 1180,000

    Frmula Polinmica K = .... + 0.100 Cr / Co + 0.150 Fr / Fo + 0.200 Agr / Ago + ......

    Adelanto para Cemento Tipo I (Cr / Co)

    Adelanto para Fierro Corrugado (Fr / Fo)

    Adelanto para Agregados (Agr / Ago)

    Monto Adelanto para Cemento Tipo I : 0.100 x 1000,000 = S/. 100,000

    Monto Adelanto para Fierro Corrugado : 0.150 x 1 000,000 = S/. 150,000

    Monto Adelanto para Agregados : 0.200 x 1 000,000 = S/. 200,000

    3. El Reglamento no ha establecido un plazo para el pago del Adelanto de Materiales, sinembargo si la demora en el pago afecta la partidapara la cual se requiere ese material (o

    insumo o equipamiento) y esta partida a su vez est en la ruta crtica de la programacin dela obra, ser causal de Ampliacin de Plazo.

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    Qu sucede si la solicitud de Adelanto de

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    QMateriales es despus de la fecha considerada en el

    Calendario de Adquisicin de Materiales ? No proceder el otorgamiento del Adelanto para Materiales o Insumos o

    Equipamientos en los casos en que las solicitudes correspondientes seanrealizadas con posterioridad a las fechas sealadas en el Calendario de

    Adquisicin de Materiales.

    Ejemplo:

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    mo se amort za e e anto para

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    mo se amort za e e anto paraMateriales ?

    La amortizacin del Adelanto Materiales se har en funcin a la cantidad dematerial utilizado en el periodo de la Valorizacin.

    Ejemplo: Monto del Presupuesto de Estructuras: S/. 1000,000 +18%(S/.180,000) = S/. 1180,000

    Adelanto para Cemento Tipo I

    Frmula Polinmica K = .... + 0.100 Cr / Co + ......

    Monto Adelanto para Cemento Tipo I: 0.100 x 1000,000 = S/. 100,000 Se vaci 05 m3 concreto cimiento(fc=140 kg/cm2)=05 m3 x 6 bl./m3=30 bolsas

    Se vaci 10 m3 concreto cimiento(fc=175 kg/cm2)=10 m3 x 7 bl./m3=70 bolsas

    Se vaci 20m3 concreto columnas(fc=210kg/cm2)=20 m3x9 bl./m3=180 bolsas Total bolsas de cemento utilizadas en el mes = 280 bolsas

    Amortizacin del mes = 280 bolsas x S/. 20 / bolsa (precio del contrato) = S/. 5,600.

    Se amortiza solo en los meses o valorizaciones donde se utiliza el material deladelanto. La sumatoria de amortizaciones debe ser igual al monto del Adelanto deMateriales otorgado sin IGV. Cualquier diferencia qu e se produ zca respecto dela amort izacin de los adelanto sse tomar en cuenta al momento de efectuar el

    pago siguiente que le corresponda al Contratista y/o en la Liqu idacin Final.

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    TENER EN CUENTA

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    TENER EN CUENTA

    1. El Adelanto Directo es un monto o capital de trabajoque se

    entrega como un monto integral a solicitud del Contratista. 2. El Adelanto para materiales e Insumos se entrega mediante un

    clculo del monto mximo material por material, no en forma integral,a solicitud del Contratista.

    3. No sobrepasar el 40% del monto del con trato orig inal para el caso

    de los Adelantos para Materiales e Insumos. 4. La demora en el pago del Adelanto Directo genera derecho al

    Contratista de cobrar daos y perjuicios durante 15 das de ser elcaso.

    5. El Adelanto Directo se amortiza en las Valorizaciones de Obra en

    funcin al mismo porcentaje de Adelanto otorgado. 6. El Adelanto para Materiales e Insumos se amortiza solo en los

    meses en que se usa el material del Adelanto en funcin a la cantidaddel material o insumo utilizado en ese mes.

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    INSPECTOR O SUPERVISOR DE

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    INSPECTOR O SUPERVISOR DEOBRAS

    El Inspector o Supervisor es un profesional o empresa,representante de la Entidad en la Obra, que se dedica a la actividad decontro larla buena ejecucin de las obras a nivel tcnico,contractualy econmico.

    Es obligatorio para las Entidades Pblicas el control de la ejecucin delas obras (artculo 47 del Dec. Leg. N 1017) sea directamente(llamados inspectores) o a travs de terceros (llamados supervisores).

    El hecho de que una Entidad no controle la ejecucin de la obra noexime al Contratista de cumplir con sus deberes ni la responsabilidadque le corresponde.

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    Cules son las caractersticas del

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    Cules son las caractersticas del

    I nspector ? El Inspector debe tener las siguientes

    caractersticas:

    Profesional: arquitecto o ingeniero,colegiado, hbil y especializado.

    1. Mnimo: 2 aos de colegiado en surespectivo colegio profesional.

    2. Funcionario o servidor de laEntidad.

    3. Designado con Resolucin.4. Debe cumplir con las mismas

    calificaciones profesionales delResidente.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 66

    Hasta qumonto se puede gastar por

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    Hasta qumonto se puede gastar por

    la inspeccin de una obra? Los gastos que genere la inspeccin

    (movilidad, alojamiento, pruebas, etc.) nodeben superar el cinco por ciento (5 %) del Valor

    Referenc ial de la Obra(antes que se inicie laobra) o del Monto Vigente del Contrato de Obra(cuando est en ejecucin la obra), el que resultemayor.

    Ejemplo: Si el Valor Referencial de la Obra es de un milln

    de nuevos soles (incluido el IGV), los gastos deInspeccin no deben superar los 50 mil nuevossoles.

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    Cules son las caractersticas del

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    Supervisor ?

    1. Persona Jurdica (empresa supervisora: designa auna persona natural) o Persona natural (arquitecto oingeniero, colegiado, hbil y especializado, mnimo: 2aos de colegiado en su respectivo colegio profesional).

    2. Su contratacin es a consecuencia de haberseadjudicado la Buena Pro de un Proceso de Seleccinde Supervis in.

    3. De acuerdo con la Ley del Presupuesto es obligatoriosu contratacin cuando el monto de la obra es igual omayor a S/. 4300,000.00 (Cuatro millones trescientos milcon 00/100 nuevos soles).

    Nota:Est prohibido que en una misma obra la Entidaddesigne simultneamente un inspector y supervisor22/09/2014 www.genesisingenieros.com 68

    Cul es el costo por la

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    Cul es el costo por la

    supervisin de una obra? El costo de la Supervisin no exceder

    del diez por ciento (10%) del ValorReferencial de la Obra (antes que iniciela obra) o del Monto Vigente del Contrato

    de Obra (cuando este en ejecucin laobra), el que resulte mayor (*).

    (*) Salvo excepciones que se sealanms abajo.

    Ejemplo: Si el Valor Referencial de la Obra es de

    un milln de nuevos soles (incluido elIGV), los costos de Supervisin no deben

    superar los 100 mil nuevos soles.22/09/2014 www.genesisingenieros.com 69

    Las prestaciones adicionales de Supervisin consecuenciade Prestaciones Adicionales de Obra requieren

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    de Prestaciones Adicionales de Obra requierenautorizacin de la Contralora ?

    Cuando las Prestaciones Adicionales de Obra determinan la necesidad de

    Prestaciones Adicionales de Supervisin, la aprobacin de estas norequ iere autor izacin d e la Co nt ralo ra General de la Repbli ca, assuperen el porcentaje de 15% del monto del Contrato de la Supervisin(hasta el tope superior del 25% ).

    Ejemplo:

    Monto Contrato de Supervisin(MCS) = S/. 1 000 000.00 (inc. IGV) 15% MCS = S/. 150, 000.00 (inc. IGV)

    25% MCS = S/. 250, 000.00 (inc. IGV)

    Caso 1:

    Ampliacin de Plazo de Obra por Adicional de Obra = 20 d.c.Presupuesto Supervisin Prestaciones Adicionales = S/. 120 000.00 (inc. IGV).Lo autoriza la Entidad

    Caso 2:Ampliacin de Plazo de Obra por Desabastecimiento Materiales = 20d.c.Presupuesto Supervisin Prestaciones Adicionales = S/. 180 000.00 (inc.

    IGV).Lo autoriza la Entidad, no requiere autorizacin de la Contralora.

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    as mayores pres ac ones e uperv s nconsecuencia de otras causales requieren

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