Supervision Obras Hidraulicas

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ING. LEONIDAS PINELLA ODAR

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supervision de obras hidraulicas

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  • ING. LEONIDAS PINELLA ODAR

  • Dec. Leg. N 1017 (Art. 47)Reglamento D.S. N 184 2008-EF Art. 190, 191 y 192 (Definiciones, costo). Art. 193 (Funciones)Ley del Presupuesto 2014. supervisin obligatoria V.R. = o > 4300,000.00 Dec. Sup. N 138 2012 EF, que modifica algunos articulos del D.S. N 184 2008-EF

  • Inspector:Profesional funcionario o servidor de la Entidad No menos de 2 aos de ejercicio profesional No requiere Registro de Consultor de Obras de OSCESupervisor:Persona natural o jurdica especialmente contratada P. Natural: No menos de 2 aos de ejercicio profesional Si requiere Registro de Consultor de Obras del OSCE

  • Todas las convocatorias a travs del SEACE U.I.T (2014) = S/. 3750.00

    Adjudicacin Menor Cuanta < 6UIT 3 UIT 6 UIT Entidad invitaa un consultor + PIMES Adjudicacin Directa Selectiva

    Adjudicacin Directa Publica 6 UIT 30 UIT

    > 30 UIT < 60 UIT Entidad Realiza Convocatoria Abierta

    Entidad Realiza Convocatoria Abierta Concurso Publico 60 UIT Entidad Realiza Convocatoria Abierta

  • COSTOS DE LA SUPERVISIN No exceder del 10% del Valor Referencial de la obra o del monto vigente del contrato, el que sea mayor 90 % V. R. = o < OFERTA = o < 100% V. R.

    GASTOS DE LA INSPECCIN Los gastos que genere la inspeccin no debern superar el 5 % del Valor Referencial de la obra o monto vigente del contrato de obra, el que sea mayor Adicional del Servicio Supervisin > 15 % hasta el 25% del contrato de supervisin requiere autorizacin y del pago de la Contralora

  • Es el representante de la Entidad y mediante contrato se obliga al fiel cumplimiento de las funciones especificas y generales relacionadas con el control de la ejecucin de la obra, las cuales se detallan a continuacin

  • ENTIDAD SUPERVISIN CONTRATISTAInforma Coordina AsesoraPROYECTISTA Opinin Coordina

  • 1.- Velar por que la obra se ejecute cumpliendo con el plazo previsto, el costo contratado y la calidad especifica. 2.- Asegurar el desarrollo normal de las actividades, verificando el cumplimiento de las normas y reglamentos vigentes en el aspecto tcnico, legal, administrativo, laborales y otros relacionados a los mismos

  • 3.- Establecer un sistema eficiente que permita controlar la calidad de los materiales o insumos utilizados en la obra, los procedimientos constructivos adoptados y calidad final de obra. 4.- Control del aspecto Econmico Financiero de la obra 5.- Emitir opinin tecnica fundamentada, proponiendo soluciones que resuelvan incompatibilidades y/o diferencias que pueda contener el Expediente Tcnico

  • 6.- Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene y operatividad de obra. 7.- Controlar el personal tcnico y obrero que el contratista asigne a la obra, cuente con la capacidad, idoneidad y cantidad requeridas. 8.- Controlar el avance de la obra y exigir al Contratista que adopte las medidas para lograr su cumplimiento 9.- Controlar que la elaboracin de los planos de replanteo se realice de acuerdo al avance fsico de la obra.

  • Primera Etapa. Antes del inicio de la obra Inicio de los Servicios Revisin de los Expedientes Tcnicos Reconocimiento del rea del Proyecto Compatibilidad y verificacin en campo de los proyectos .

    Aspectos crticos del proyecto Revisin de Especificacin tcnicas generales y especiales Revisin del Presupuesto de Obra y Formulas Polinmicas Elaboracin y presentacin del Informe con las recomendaciones complementarias y/o modificaciones Segunda Etapa. Durante la ejecucin de la obra Control Tcnico Control de ejecucin de obra (proceso constructivo) Control de calidad de obra Control de la calidad de los materiales Control de la calidad de los trabajos Seguridad de obraControl Econmico Adelanto directo y adelanto para materiales Valorizacin Reajustes Obra atrasada adelantada Intereses por demora de pago Mayores gastos generales Obras adicionales Liquidacin final Control del Contrato Cuaderno de obra Ampliacin de plazo Tercera Etapa: Despus del termino de la obra Final de gestin Recepcin de obra Liquidacin del contrato de supervisin

  • Inicio de los Servicios Revisin de los Expedientes tcnicos.Reconocimiento del rea del Proyecto Compatibilidad y verificacin en campo de los proyectosAspectos crticos del proyecto Revisin de Especificacin tcnicas generales y especiales Revisin del presupuesto de obra y formulas polinmicas Elaboracin y presentacin del Informe con las recomendaciones complementarias y/o modificaciones

  • El supervisor deber antes de iniciar la obra revisar el expediente tcnico y verificar lo siguiente: Que el expediente tcnico este completo, que contenga la memoria descriptiva, especificaciones tcnicas, planilla de metrados, estudio de suelos, presupuesto, anlisis de costo, calendarios, formulas polinomicas. Planos.

  • La compatibilidad de los planos con el Presupuesto, con las especificaciones tcnicas, con los anlisis de costos unitarios, entre si y que estn completos. Que el Expediente cuente con las especificaciones tcnicas de todas las partidas que se encuentran en el presupuesto: Revisar la formula polinomica que este bien elaborada de acuerdo con las normas vigentesInforme de revisin del expediente tcnico incluyendo recomendaciones y conclusiones

  • CONTROL TCNICO Control de ejecucin de obra (proceso constructivo) Control de calidad de obra Control de calidad de los materiales Control de la calidad de los trabajos Seguridad de obra CONTROL ECONOMICO Adelanto directo y adelanto para materiales Valorizacin Reajustes Obra atrasada adelantada Intereses por demora pago Obras adicionales Liquidacin final CONTROL DEL CONTRATO Cuaderno de obra Ampliacin de plazo

  • Control de ejecucin de obra (proceso constructivo) Control de calidad de obra (acabados) Calidad de materiales (especificaciones tcnicas) Seguridad en obra, etc.

  • Este punto se refiere al proceso constructivo, que depende del tipo de obra: El supervisor deber verificar, entre muchas otras cosas, lo siguiente: Verificar y aprobar el trazo de la obra. Control de niveles, secciones, etc. Que el contratista ejecute los trabajos de acuerdo a las indicaciones de las especificaciones tcnicas.

    Calidad de la obra

  • Verificar los rendimientos de mano de obra, de equipos: Que se respeten la dosificacin en la preparacin de los concretos de acuerdo a lo indicado en el Expediente. En relacin a los encofrados, verificar: calidad de la madera, espesor de la madera, diseo de encofrado, tolerancias, etc. Calidad de la obra

  • En lo que respecta a las instalaciones en general verificar que los diseos, los dimetros materiales utilizados, sean los indicados en los planos y en las especificaciones. Cuando ni en el expediente ni en los planos se indique la calidad de los materiales, el supervisor deber solicitar que estos sean de primera y de marca reconocida Calidad de la obra

  • La realizacin de pruebas solicitadas en el expediente tcnico para constatar que se han cumplido los requerimientos y exigencias de los trabajos En general todas las actividades tcnicas necesarias para que las partidas se ejecuten de acuerdo a las especificaciones y normas de la buena ingeniera.

    Calidad de la obra

  • 1.- MATERIALES Cemento: Tipo, almacenamiento, consistenciaAgregados: Arena y Piedra chancada Agua: Calidad, temperatura Aditivos (eventual): Acelerantes, retardadores, etc. Control del Concreto

  • 2.- PREPARACION Y COLOCACION 2.1. DOSIFICACION Planos Especificacin tcnicas Peso Volumen

    Control del Concreto

  • Control del Concreto2.- PREPARACION Y COLOCACION 2.1. MEZCLADOEquipoMtodo TiempoTemperatura

  • Clculo de adelantos: directo, materiales Clculo de valorizaciones Clculo de mayores gastos generales Clculos de intereses Formular los Presupuestos adicionales (Clculo de la liquidacin final), etc.

  • Obra con adelanto directoEl adelanto directo corresponde a un capital de trabajo que la entidad otorga al Contratista, siempre y cuando las Bases del proceso de Seleccin lo hayan considerado y contratista lo solicite. Este adelanto puede ser hasta el 20% del monto del contrato, incluido el IGV, y se otorga contra una Garanta por igual monto, renovable cada tres meses por el saldo del adelanto por amortizar (art. 162 del D. S. N 184 2008 EF) Adelanto directo 20 % Contrato

  • Adelanto directo (AD): Hasta 20 % contrato ( C )Amortizacin A = (AD/ C) x VDeduccin de reintegro que no corresponde Deduccin D= AD x V (K Ka) C x Ka Ka = coeficiente de reajuste mes pago adelanto Cuando K > Ka D (+) Cuando K < Ka D ( - )

    A y D empiezan y terminan juntas

  • Ejemplo:Monto del contrato (con IGV) = S/. 1000 000.00 + 180 000.00= S. 1180 000.00Adelanto directo mximo= 20% = = 20% x 1 180 000.00 = S/. 236 000.00Una vez que la Entidad otorga el adelanto, el contratista esta sujeto a la amortizacin y deduccin de reajuste

  • El art. 189 del D. S. N 184 2008 EF seala que la amortizacin es un descuento proporcional que se aplica en cada pago que se efecte al contratista. Las formulas para amortizar el adelanto son:

    El adelanto directo se amortiza hasta completar el monto del adelanto otorgado sin IGV A = % Adelanto directo x Valorizacin A = Adelanto directo x Valorizacin Monto Contrato

  • Monto contrato = S/. 1000 000.00 (sin IGV) Monto adelanto directo = A.D. = 20% x 1000 000.00= S/. 200 000.00 (sin IGV) A.D.A 3A 2A 1VAL. 3VAL. 2VAL. 1VAL. 1 = S/. 200 000.00 . A1 = 20% x 200 000.00 = S/. 40 000.00VAL. 2 = S/. 500 000.00.. A2 = 20 % x 500 000.00 = S/. 100 000.00VAL. 3 = S/. 300 000.00 . A3 = 20% x 300 000.00 = S/. 60 000.00 S/. 200 000.00 No deben quedar saldos de adelanto sin amortizar

  • Ese descuento que se aplica sobre el reintegro esta normado por el D.S. N 06-86-VC que seala: La siguiente frmula general:

    D= A.D. x V K - 1 C K a D= A.D. x V K - 1 C K a O su formula equivalente: Donde: D = Deduccin de reajuste que no corresponde D. = Adelanto directo otorgado sin IGV C = Monto del contrato principal sin IGV V = Valorizacin ejecutada, incluye factor de relacin Ka = Coeficiente de reajuste de la valorizacin La deduccin se aplica desde el mismo mes en que otorga el adelanto directo, es continua en cada valorizacin y se termina de aplicar cuando se termina de amortizar el adelanto directo.

  • Monto contrato= S/, 1000 000.00 ( sin IGV) Monto adelantado directo= A.D. = 20% x 100 000.00= S/. 200 000.00 (sin IGV) Se asume que se conocen los K

    A.D.A 3, D 3 A 2, D 2A 1, D 1 VAL. 3VAL. 2VAL. 1K1 = Ka = 1.010K2 = 1.020 K3 = 1.030 K4 = 1.040

  • Valorizacin N 1 S/. 200 000.00Reajuste = V (K 1) = 200 000 (1.020 1) 4000.00Deduccin = 200 000 x 200 000 (1.020 1.010) 396.04 (-) 1000 000 x 1.010

    Valorizacin bruta = VB = 203 603.96Amortizacin = A = 20 % x 200000 40 000.00 (-) Valorizacin neta = VN = 163 603.96Efectivo = E = VN = 163 603.96I.G.V. = 19 % x VN = 31 084.75A cancelar al contratista = E + I.G.V. = S/. 194 688.71

  • Valorizacin N 2 S/. 500 000.00Reajuste = V (K 1) = 500 000 (1.030 1) 15000.00Deduccin = 200 000 x 500 000 (1.030 1.010) 1980.20 (-) 1000 000 x 1.010

    Valorizacin bruta = VB = 513 019.80Amortizacin = A = 20 % x 500 000 100 000.00 (-) Valorizacin neta = VN = 413 019.80Efectivo = E = VN = 413 019.80I.G.V. = 19 % x VN = 78 473.76A cancelar al contratista = E + I.G.V. = S/. 491 493.56

  • Valorizacin N 3 S/. 300 000.00Reajuste = V (K 1) = 300 000 (1.040 1) 12000.00Deduccin = 200 000 x 300 000 (1.040 1.010) 1782.18 (-) 1000 000 x 1.010

    Valorizacin bruta = VB = 310 217.82Amortizacin = A = 20 % x 300 000 60 000.00 (-) Valorizacin neta = VN = 250 217.82Efectivo = E = VN = 250 217.82I.G.V. = 19 % x VN = 47 541.39A cancelar al contratista = E + I.G.V. = S/. 297 759.21La amortizacin y la deduccin del adelanto directo empiezan en el mismo mes, se aplican durante los mismos meses y terminan en el mismo mes.

  • b) Obra con adelanto para materiales Adelanto materiales (AM): hasta 40% contrato ( C )

    Adel. Materiales = Mat. Form. Polinomica

    Se amortiza solo en los meses que se usa el material Deduccin de reajuste Imr = I.U. mat. mes reajuste Ima = I.U. mat. Mes adelantado Cuando Imr > Ima --- D (+)Imo = I.U. mat. Mes V.R. Cuando Imr < Ima --- D (-)

    D = c.i. x V (Imr Ima) / ImoA y D No necesariamente empiezan y terminan juntasAmortizacin A = (Mtdo. Mat. Utiliz. x Pum) x FR x Ima / ImoMonto mximo = c.i. mat. X Saldo Bruto x FR x ImaAdel. Materiales por valorizar Imo

  • El adelanto para materiales la entidad lo otorga al Contratista, siempre y cuando las Bases del proceso de Seleccin lo hayan considerado y el contratista lo solicite. (*) El monto mximo de adelanto especifico para la compra de materiales agrupados bajo cada elemento representativo, que podr solicitar el contratista, no deber exceder al producto del coeficiente de incidencia del elemento representativo correspondiente, por el saldo bruto de obra por valorizar en el instante de hacerse afectivo el adelanto, afectado a su vez por el factor de relacin entre el ndice de precio del citado elemento representativo a la fecha del adelanto y el que tuvo en la fecha del presupuesto base

  • (*) El Decreto Supremo N 022-80-VC del 19.09.80 establece en su articulo 1 lo siguiente: Articulo 1.- El concepto de saldo de la obra por valorizar a que se refiere el art. 7mo. Prrafo D) del Decreto Supremo N 011-79-VC, se aplicara separadamente a cada una de las formulas polinomicas referidas en el art. 4to de ese mismo dispositivoEn caso que se otorguen posteriores adelantos especficos para el mismo elemento, representativo, deber verificarse que estos, incluyendo el saldo de los adelantos especficos anteriores, cumplan con lo establecido en el prrafo antecedente.Para calcular la deduccin de los reajustes por variacin de precios que puedan experimentar los materiales objeto de los citados adelantos a partir de la fecha en que la entidad publica contratante los haya hecho efectivos y hasta su total utilizacin, se seguir el siguiente procedimiento:

  • Se reajustara la valorizacin de acuerdo al coeficiente K proveniente de la formula polinomica de reajuste.De las valorizacin reajustada, se deducir el monto de reajuste que no corresponda, aplicndose la siguiente formula de deduccin a cada adelanto otorgado para cada elemento representativo:

    Donde:D: Es la deduccin en cada valorizacin bruta reajustada A: Es el monto del adelanto utilizado en la valorizacin que se reajusta. Este monto se obtendr multiplicando el coeficiente de incidencia del elemento correspondiente por el monto bruto de la valorizacin hasta completar el total del adelanto otorgado afectado por la expresin

    D = A (Imr Ima) \ Imo

  • Imo: es el ndice a la fecha del presupuesto base, del elemento representativo dentro del que se encuentra el material o materiales para los cuales se otorgo el adelanto. Ima: Es el ndice del mismo elemento representativo a la fecha efectiva del adelanto Imr: Es el ndice del mismo elemento representativo a la fecha del reajuste

  • C. En el caso que para un mismo elemento representativo, se abonara mas de un adelanto en meses calendarios diferentes, se aplicara el procedimiento arriba fijado para cada adelanto, teniendo en cuenta que la utilizacin de un adelanto para el efecto del descuento del reajuste, se realizara una vez concluida la utilizacin del adelanto inmediato anterior.El monto utilizado de ambos adelantos en una misma valorizacin no debe superar el producto de coeficiente de incidencia del elemento representativo por el monto de la valorizacin bruta. D. La amortizacin de los adelantos especficos para materiales, se efectuara en las valorizaciones que correspondan, en un monto igual al material utilizado en ellas, afectado por la relacin entre el ndice unificado del elemento representativo objeto del adelanto y el que tuvo a la fecha del presupuesto base

  • e. Los materiales en cancha suministrados por el contratista y valorizados a su solicitud por la entidad publica contratante, sern considerados como adelanto, para efecto de los reajustes, a partir de la fecha en que se efectu el pago de la valorizacin, siguiendo el mismo rgimen sealado para los adelantos especficos. f. Para el caso que la entidad publica contratante, a solicitud del contratista abone directamente a los proveedores facturas por materiales se aplicara tambien, lo sealado para los adelantos especficos

  • Adelantos otorgados

    Primer adelanto= S/. 10000.00 (18.12.06)Deflactado= S/. 8301.53 (Oct. 06)Segundo adelanto= S/. 9090.00 (22.01.07)Deflactado= S/. 5959.16 (Oct. 06)

    1 er adelanto 123= 1 x 2 45(3 x 4) 5 677- 6Val NFechaMaterial utilizado PU a fecha PBMonto (a PB)ImaImo Calculo de la amortizacin Amortizacin Adelanto otorgado Saldo por amortizar 1Dic. 061.002000483.79317.162000 x 483.79/317.163050.7610000.0069.49.242Ene. 071.003600483.79317.163500 x 483.79/317.16=4121.585491.376949.241457.873Feb. 0727021.002702483.79317.162000 x 483.79/317.16 = 4121.581457.871457.870.00

    8302830210000.00

  • D.LEG. N 1017 70 artculosNingn articulo sobre valorizaciones 01 articulo sobre reajuste: 2601 articulo sobre liquidaciones: 42 Reglamento (DS N 184 2008-EF) 298 artculos 01 articulo sobre valorizaciones: 19701 articulo sobre reajustes: 198 03 artculos sobre liquidaciones de obras: 211, 212 y 213

  • Las valorizaciones tienen el carcter de pagos a cuenta y sern elaboradas el ultimo da de cada periodo previsto en las Bases, por el inspector o supervisor y el contratistaEn el caso de las obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios, las valorizaciones se formularan en funcin de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por el contratista, a este monto se agregara, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.

  • En el caso de las obras contratadas bajo el sistema a suma alzada, durante la ejecucin de la obra, las valorizaciones se formularan en funcin de los metrados ejecutados contratados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal as obtenido se multiplicara por el factor de relacin, calculado hasta la quinta cifra decimal, a este monto se agregara, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al IGV

  • En las obras contratadas bajo el sistema a precios unitarios se valorizara hasta el total de los metrados realmente ejecutados, mientras que en el caso de las obras bajo el sistema de suma alzada se valorizara hasta el total de los metrados del presupuesto de obra. Los metrados de obra ejecutados sern formulados y valorizados conjuntamente por el contratista y el inspector o supervisor, y presentados a la entidad dentro de los plazos que establezca el contrato. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este la efectuara. El inspector o supervisor deber revisar los metrados durante el periodo de aprobacin de valorizacin.

  • El plazo mximo de aprobacin por el inspector o el supervisor de las valorizaciones y su remisin a la Entidad para periodos mensuales es de 5 das, contados a partir del primer da hbil del mes siguiente al de la valorizacin respectiva, y ser cancelada por la Entidad en fecha no posterior al ultimo da del mes. Cuando las valorizaciones se refieren a periodos distintos a los previstos en este prrafo, las Bases establecern el tratamiento correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en el presente artculo

  • A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago del estas valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al reconocimiento de los intereses legales, de conformidad con los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para el pago de los intereses se formulara una valorizacin de intereses y se efectuara en las valorizaciones siguientes.

  • Periodos para valorizar. No precisados en las normas. Se debe fijar en Bases o contratoa) Quincenalb) Mensualc) OtrosTipos de valorizacionesDe obra principal----- cont. PrincipalDe obra adicional ---- Presupuesto adicional De may. Gastos generales ---- ampliacin plazo De intereses ----- Demora en el pago

  • Tipos Obra a precios unitarios V= (Mtdo. Ejecutado x PU ofertado) + Gt. GRL ofertado + utilidad ofertadaSe valoriza hasta el total de metrado realmente ejecutados b. Obra a suma alzada V = ((Mtdo. Ejecutado x PU del VR) + Gt. Grl. V. R. + Utilidad V.R.) x F.R. Se valoriza hasta el total de metrados del presupuesto de obra

  • 3. Sistemas de valorVinculados a los sistemas de licitacinA suma alzada. Se valorizan los metrados contratados Ejemplo

    Partida MetradoContratadoMetrado ejecutadoMetrado Valorizado Conc. 140 Conc. 17570 m3100 m385 m390 m370 (+15 m3)100 (-10 m3)

  • Metrados y valorizacin: en forma conjunta residente/ supervisor (inspector)Fecha para metrar: el ultimo da de cada periodo definido en las bases o contratoFecha de presentacin en la valorizacin: valorizaciones mensuales 5 d.n. contados a partir del primer da hbil del mes siguiente al de la valoriz.Documentacin para tramite de valorizacin. Norma no precisa este tema. Algunas entidades siguen solicitando: copias de comprobantes de aportaciones ESSALUD, SENCICO, CONAFOVICERPlazo de pago de la valorizacin Solo se ha fijado para valorizaciones mensuales, se cancelaran en fecha no posterior al ultimo da del mes siguiente al de la valorizacin.

  • Formas del calculo de interesesPor analoga se considera aplicable el procedimiento establecido por la circular N 016-94. EF/90 del 21/05/94, que establece:

    INT. = VAL. NETA. X F.A. TIL DIA PAGO VAL. F.A. TIL DIA VENCI. PLAZ. PAGO VAL En obras publicas no reconocen intereses de interesesFactor inters (i) = Factor acumulado tasa de inters legal da de pago valorizacin Fact. Acumulado tasa Int. Legal de ultimo da que debi pagarse la Val.

  • VAL. MESVREAJUSTESRDEDUCCION REAJUSTE (-) DVAL. BRUTA VB= V+R DAMORTIZ. ADELANTOS (-) AVAL. NETA VN= VB AIGV = 19% VN CANCELAR AL CONTRATISTA = VN + IGV

    PARA CALCULO DE INTERESES VAL. ADEUD. = VN

  • Valorizacin del mes de diciembre 2008 S/. 100 000.00Reajuste bruto S/. 5000.00Deduccin de reajuste (-) S/. 5000.00Valorizacin bruta S/. 100 000.00Amortizacin de adelanto(-) S/. 35 000.00Valorizacin neta S/. 65 000.00Efectivo S/. 65 000.00

    I.G.VS/. 12 350.00

  • Mes de la valorizacin Diciembre 2008Vencimiento plazo de pago 31.01.2009TIL del 31.01.20094.42474 (asumido) Da de pago de la valorizacin Dic. 2008 20.05.2009Intereses= 65000 x ((4.54489/ 4.42474) 1) = S/ . 1765.02TOTAL DE INTERESES=1765.02 + IGV= 1765.02 = 335.35= S/. 2100.37

  • Art. 49 y 198 del D.S. N184-2008-EFCONTINUA VIGENTE D.S. N 011-79-VC PARA OBRASFORMULA POLINOMICA Representacin matemtica de la estructura de costos de un presupuesto K = a JR/JO + b Mr / Mo + Cer/ Eo + dVr/ Vr + Egur/ GUO

    FIRMADO EL CONTRATO LA F.P. NO SE PUEDE MODIFICAR

  • El articulo 49 del D.S. N184-2008-EF, REGLAMENTO del D. LEG. 1017, ha ratificado la vigencia del sistema de reajuste mediante formulas polinomicas al sealar: Tanto la elaboracin como la aplicacin de las formulas polinomicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto supremo N 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias,.No son de aplicacin las formulas de reajuste cuando las Bases que las propuestas se expresen en moneda extranjera

  • Es la representacin matemtica de la estructura de costos de un Presupuesto y esta constituida por la sumatoria de trminos, denominados monomios, que consideran la participacin o incidencia de los principales recursos (mano de obra, materiales, equipo, gastos generales) dentro del costo o presupuesto total de la obra.

  • Numero maximo de monomios= 8Cada monomio como mximo = 3 I.U. Coeficiente de incidencia > o = 0.050 (5%) coeficientes de incidencia = 1.000 (a+b+c+d+e)

  • Son publicados todos los meses en el Peruano, entre el 15 y el 20 de cada mes, y corresponden a la variacin de precios de los diversos recursos de la construccin (mano de obra, materiales, equipo, etc.) del mes anterior al de su publicacinLos ndices unificados no se pueden prorratear en funcin a periodos de tiempo, los ndices unificados son validos para todo el mes.

  • Reajustes:Bases (expediente tcnico) establecern formulas polinomicas Formula polinomica: D.S. N011 79-VC Valorizaciones de obra y valorizaciones adicionales: reajustan con K k del mes en que debe ser pagada la valorizacin Ejecucin de obra: reajuste con el K conocido al momento de la valorizacin. Liquidacin de obra: reajuste con el K definitivo que corresponde.

  • Se encuentra normado por el Decreto Supremo N011-79-VC, D.S. N 017-79-VC, D.S. N022-80-VC, D.S. N 011-89-VCLAS NORMAS QUE VAMOS A REVISAR SON: Norma general Norma para obras atrasadas Norma para obras permanentemente adelantadas Norma para obras con adelanto especifico para materiales Norma para obras con adelanto directo

  • El reajuste mantiene actualizado el valor del PresupuestoConcepto bsico es el reajuste y la comparacin de reajustesREAJUSTE= V (K 1)Norma general.- se ajusta al mes siguiente de la valorizacin (art. 49) Norma para obras atrasadas.- maximo reajuste reconocido= REAJ PROGRAMADOS Norma para obra permanentemente adelantada.- mximo reajuste reconocido = REAJ. EJECUTADOS

  • a) Las valorizaciones de obra efectuadas o de adicionales o precios originales del contrato, sern ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficientes de reajuste K que se obtenga de aplicar en la formula o formulas polinomicas, los ndices de precios correspondientes al mes en que debe ser pagada la valorizacin, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado.

  • Para el caso en que las valorizaciones cubran periodos superiores al mes, se hallara por proporcin los momentos de cada mes calendario en que se haya efectuado avance real de la obra, aplicndoles a estos montos el coeficiente de reajuste K respectivo. El mismo procedimiento se seguir en valorizaciones que comprendan un lapso no coincidencia con el mes calendario. Cuando cubre periodos superiores al mes calendariovt1MES 1t2MES 2

  • Norma para las obras atrasadas

    valorizaciones < valorizaciones ejecutados programadas

  • Valoriz. NCalculo ejecutado programadoReaj. Del mes reconocido 01/ dic. 0649.50

  • NORMA PARA OBRA PERMANENTEMENTE ADELANTADA MAXIMO REAJUSTE = reajust. EJECUTADOSRECONOCIDO

  • Art. 202 / Art. 203 / Art. 204Ampliaciones de plazo: Mayores gastos generales variables No MGGV por ejecucin de obras adicionales Ampliaciones de plazo: paralizacin obra causa ajena contratista: mayores gastos generales. Viables acreditados (de la estructura original)M.G.G.V. en obras a precios unitarios

  • La liquidacin final es un proceso tcnico legal administrativo para determinar el costo total de una obra.

  • Las normas vigentes no definen que es una liquidacin final de obra. En este marco podemos ensayar a definir a la liquidacin final de obra como un proceso de calculo tcnico, bajo las condiciones normativas y contractuales aplicables al contrato, que tiene por finalidad determinar principalmente lo siguiente: El costo total de la obra publica El saldo econmico que puede ser a favor o contra, sea del contratista o sea de la entidadLa liquidacin esta definida como la diferencia entre el monto final del contrato (preparado por el liquidador) y los montos a cuenta recibido por el contratista (del Estado econmico financiero, preparado por el Entidad) durante la ejecucin de la obra

  • El D.S.N 184 2008 EF, articulo 211, seala que dentro de un plazo de 60 das calendario o el equivalente a un decimo del plazo de ejecucin de la obra, el que sea mayor, contados desde el da siguiente de la recepcin de la obra. El contratista desde presentar su liquidacin con la documentacin y clculos detallados. Con la liquidacin entregara los documentos de Declaratoria de fabrica o la memoria descriptiva valorizada y plano post construccin.

  • La Entidad deber pronunciarse dentro del plazo de sesenta das calendario de recibida, sea observado o de ser pertinente elaborando otra.En esta situacin la Entidad notificara al Contratista para que pueda pronunciarse en los siguientes quince das calendario.Si el contratista no presentara la liquidacin en el plazo previsto, su elaboracin ser responsabilidad exclusiva de la Entidad en idntico plazo, siendo los gastos de cargo del Contratista para que este se pronuncie dentro de los 15 das calendario siguientes.

  • La liquidacin quedara consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada por la otra dentro de los plazos establecidos. Cuando una de las partes observe la liquidacin presentada por la otra, esta deber pronunciarse dentro de los 15 das calendario haber sido la observacin, de no hacerlo se tendr por aprobada la liquidacin. En el caso de que una de las partes no acoja las observaciones formuladas por la otra, aquella deber manifestarlo por escrito dentro del plazo previsto antes. En tal supuesto, dentro de los 15 das calendario siguientes, cualquiera de las partes deber solicitar la conciliacin y/ o arbitraje.

  • 1.- Para obras por contrato, distinguimos dos tipos de liquidaciones: Liquidacin de cuentas.- Cuando se trata de una obra que no se concluye por resolucin del contratoLiquidacin final.- Cuando se trata de una concluida, sea en su plazo o fuera de l.

  • 2. Para obras por administracin directa o ejecucin presupuestaria directa: se debe sealar que las obras por administracin directa: resolucin de contralora N 195 88 CG (POR MODIFICARSE) ESTABLECE: LIQUIDACION TECNICA LIQUIDACION FINANCIERA

  • Liquidador de conocer sobre normas aplicables a las obras publicas Contar con documentos tcnico legales administrativos completos: contrato, bases, expediente tcnico, absolucin de consultas de la licitacin, valorizaciones, resoluciones de adicionales, resoluciones de ampliaciones de plazo, cuaderno de obra, ndices unificados, calendarios, etc.

  • 3. Contar con estado econmico financiero de la obra.- Solicitarlo a la oficina de administracin de la Entidad, en la cual estn registrados todos los pagos efectuados, con copias de los comprobantes de pago: por adelantos, valorizaciones, adicionales, intereses, etc. 4.- Tener conocimiento de los procedimientos tcnicos reformular y evaluar: valorizaciones, amortizaciones, deducciones de reajustes, calendarios, comparacin de reintegros, calculo de intereses, etc.

  • Entre otros:Cuaderno de obra (absolver consultas. Autorizar trabajos, registrar avances, etc.) Cumplimiento de plazos (das naturales / das hbiles)Cumplimiento de procedimientos (forma, contenido, etc.)

  • 1.- No hay norma especifica para Consultora de obras lo que genera dificultades en la aplicacin de las normas genricas para servicios que tiene el D. LEG. 1017 y su reglamento: pagos, plazos, etc. 2.- V.R. de concursos de supervisin convocados muy por debajo del tope del reglamento (10% del monto de obra)3.- Expedientes tcnicos deficientes que complican la labor de la supervisin

  • 1.- Mejorar la normatividad existente o crear un capitulo especifico de consultora de obras. 2.- Que las Entidades mejoren los V.R. de los procesos de seleccin Que las Entidades revisen y actualicen sus expedientes tcnicos previo a la convocatoria de sus obras