Taller Regional LA FINANCIACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE DESDE LA...
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Taller Regional “LA FINANCIACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE DESDE LA PERSPECTIVA DE DERECHOS: casos de violación y alternativas de superación”
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CHILE
Temas a tratar:Temas a tratar:
1.Chile y el derecho a la educación
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
3. Acción de Justiciabilidad del derecho a la educación en Chile
4. El movimiento por la educación en Chile
El Estado chileno y el modelo neoliberalEl Estado chileno y el modelo neoliberal
En Chile, a partir de los años 80´, comienza la implementación de un modelo neoliberal.
Chile, el país más neoliberal del mundo (Sader, 2006), se privatizaron los siguientes ámbitos:
a) La casi totalidad de los servicios básicos (agua, luz, gas, teléfono, medicamentos, etc.);b) El transporte urbano, ferroviario y aéreo; el servicio de autorutas para trasladarse no sólo entre ciudades, sino que al interior de éstas; c) Metros cúbicos de mar, que se entregan vía concesiones, para la explotación de recursos marinos; pedazos de tierra (también vía concesiones) para la explotación del turismo;d) Importantes ámbitos de la seguridad social como el sistema de Salud y Educación, y el sistema de pensiones, incluso las cárceles
1. Chile y el derecho a la educación
“En la educación, los padres y los hijos son los consumidores y el profesor y el administrador de las escuelas, los productores. La centralización educativa ha supuesto una reducción de las posibilidades de elección del consumidor y un incremento del poder de los productores, cuyos intereses se pueden satisfacer con una mayor centralización y burocratización, aunque éstas no satisfagan a los padres”
1. Chile y el derecho a la educación
Milton Friedman (Libertad de escoger, 1980)Milton Friedman (Libertad de escoger, 1980)““¿Qué falla en nuestras escuelas”?¿Qué falla en nuestras escuelas”?
El derecho a la educación en la Constitución de la El derecho a la educación en la Constitución de la República República
1. Chile y el derecho a la educación
Artículo 19. Los derechos:(…)9°. El derecho a la protección de la salud.10°. El derecho a la educación11°. La libertad de enseñanza12°. La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometa en el ejercicio de estas libertades
El derecho a la educación en la Constitución de la El derecho a la educación en la Constitución de la República República
Garantía constitucional para algunos derechos: -“libertad de enseñanza” (art. 19 n° 11) - “derecho a desarrollar cualquier actividad económica” (art. 19 n° 21)- “derecho a no ser discriminado por el estado y sus organismos en materia económica” (art. 19 n° 22)- “derecho a la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes” (art. 19 n° 23) y “derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales”.
1. Chile y el derecho a la educación
“El que por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 19, números 1.º, 2.º, 3.º inciso cuarto, 4.º, 5.º, 6.º, 9.º inciso final, 11.º, 12.º, 13.º, 15.º, 16.º …, 21.º, 22.º, 23.º, 24.º y 25.º podrá ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes”.
1. Chile y el derecho a la educación
Los tratados internacionalesLos tratados internacionales
Chile hace caso omiso a los tratados internacionales tales como:
- Los derechos humanos
- La Convención sobre los derechos del niño
1. Chile y el derecho a la educación
Sistema de subvencionesSistema de subvencionesAporte financiero del Estado (sistema voucher) para crear y mantener establecimientos educacionales gratuitos o de financiamiento compartido con la familia.
-Sostenedor: quien asume ante el Estado la responsabilidad de mantener en funcionamiento el establecimiento educacional.
- Originalidades:
Financiamiento al estudiante asistente
Financiamiento basado en la demanda
Concepción de igualdad de estatus de sostenedores públicos y privados
(Mercado educativo)
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
Sistema de subvencionesSistema de subvencionesDesde 1981, se construyó un sistema (una naturalización) en el cual las municipales tenían peores resultados que los privadas (SIMCE).
Algunos Supuestos Ideológicos:
- las familias escogerían establecimientos según calidad de la educación impartida.
- la competencia entre establecimientos por atraer un mayor número de alumnos mejoraría el servicio educacional entregado (más matrícula y más asistencia).
- Relación familia – escuela: habría mayor involucramiento de familias y respuesta de establecimientos (accountability)
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
Número de unidades educativas por tipo de Número de unidades educativas por tipo de administración (2009)administración (2009)
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
Establecimientos Matrícula
Pagadas 727 232.968Particular Subvencionadas
5.263 1.722.503
Municipales 5.847 1.460.320
Corporaciones 70 52.991
¿Dónde están los alumnos?¿Dónde están los alumnos?
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
Grupo SE MUNICIPAL PARTICULAR SUBVENCIONADO
PAGADO
Bajo 80% 20% --Medio bajo 79,3% 20,7% --Medio 38,2% 61,8% --
Medio Alto 10,5% 89,5% --
Alto -- 12% 88%
Financiamiento CompartidoFinanciamiento Compartido
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
Se permite cobrar cuota a familia en establecimientos subvencionados.
En Básica: sólo particulares. En Media: particulares y municipales
Particulares: pago obligatorio
Municipales: obligatoriedad relativa Cobros mensuales no mayores de 4 USE(En 2010: $69.830).
Resultado: máxima segregaciónResultado: máxima segregación
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
Evolución del Financiamiento CompartidoEvolución del Financiamiento Compartido
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
1993 1996 2000 2004 2009
Estableci-mientos
232 1090 1.426 1.822 2.211
Matrícula 142.732 696.974 881.734 1.085.381 1.200.625
Matrícula se multiplicó en 8,5 veces en 16 años
Educación pagada + financiamiento compartido: un 47 %47 % contra un 11 %11 % en 1993
CONCLUSIONESCONCLUSIONES
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo
- Sistema escolar segregado y mercantil
- Amplias Consecuencias para educación pública
- El Malestar del Movimiento
Requerimiento de inaplicabilidad por Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales)establecimientos educacionales)
ANTECEDENTES
La Agenda del Foro Chileno incluye la revisión del FICOM por su relación con la segregación escolar
Demanda por la Gratuidad – Coalición Colombiana
Estudio sobre la configuración constitucional del derecho a la educación en Chile como derecho preferente de los padres a elegir el tipo de educación que le brindará a sus hijos (Mercado y Ciudadanía en Educación, Fernando Atria, 2007)
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile
Requerimiento de inaplicabilidad por Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales)establecimientos educacionales)
Se alega ante el Tribunal Constitucional. El TC evalúa la consistencia de las leyes con las normas constitucionales antes de su promulgación, o si en su aplicación provoca efectos contrarios a la Constitución.
Se argumenta que el precepto legal (art. 24) no es aplicable en la resolución de un caso concreto: padres de estudiantes de una escuela secundaria particular subvencionada excluidos al iniciarse el 12° por no pagar la matrícula a tiempo.
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile
Requerimiento de inaplicabilidad por Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales)establecimientos educacionales)
DESARROLLO
Elaboración y presentación de recurso de protección ante la Corte de Apelaciones: el derecho de los estudiantes a la propiedad del bien incorpóreo de la educación, de los miembros de la comunidad educativa a ser informados de los cambios en el funcionamiento del establecimiento, y de los padres a elegir la educación para sus hijos.
Elaboración y presentación de recurso ante TC en favor del derecho de los padres a elegir libremente la educación para sus hijos; derecho que el Estado tiene el deber especial de proteger (inciso 3°, art. 19 N° 10) y en contra del FICOM.
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile
Requerimiento de inaplicabilidad por Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales)establecimientos educacionales)
DIFICULTADES
Plazo de 30 días desde acontecidos los hechos para presentar recurso de protección, reduce la posibilidad de una formulación del escrito en coherencia con la acción ante el TC
Plazo de 2 días para presentar al TC certificado del estado de la causa
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile
Requerimiento de inaplicabilidad por Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales)establecimientos educacionales)
DESARROLLO
Fallo adverso Corte Apelaciones / apelación / admisión vista causa por Corte Suprema
Admisibilidad formal del recurso de inaplicabilidad por parte del TC
Alegatos sobre la pertinencia de que el TC se pronuncie sobre el fondo del asunto
Declaración de inadmisibilidad de la vista del recurso por considerar que el caso concreto pendiente no tendrá resolución por la invocación del derecho de los padres a elegir, resultando improcedente el pronunciamiento del TC
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile
El movimiento estudiantil y el Movimiento social x la educación
• Educación gratuita• Educación Pública• La desmunicipalización• Fin al Lucro