Tarea Actos Procesales en Grupo
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8/15/2019 Tarea Actos Procesales en Grupo
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Actos Procesales
La conceptualización del acto procesal requiere de la delimitación de otros
conceptos de los que necesariamente va a depender, de manera que el estudio
delos actos procesales sólo puede desarrollarse desde la concepción que se
sostenga en torno a la teoría general del hecho jurídico y del acto jurídico, y del
hecho jurídico procesal y el acto jurídico procesal.
Hecho, hecho jurídico, hecho procesal
Se entiende por hecho todo acaecer, todo acontecimiento, ej: un terremoto, una
inundación, el nacimiento de una persona o deceso de una persona.
El hecho es cualquier suceso ajeno a la voluntad del hombre !"rise#o Sierra,
$umberto%
Para Carnelutti el hecho es el ciclo histórico que lleva de una a otra situación.
&na clase de hechos son los hechos jurídicos. El hecho jurídico es el acaecimiento
producido en el mundo e'terior que comporta la modi(icación)en cuanta creación,
mera alteración o e'tinción) de una realidad jurídica de terminada e'istente entre
dos o m*s personas. +sí la muerte de una persona que es un hecho natural es
tambin un hecho jurídico, porque determina un cambio en la situación de los
bienes del de cujus !transmisión de la propiedad y posesión de los bienes a los
herederos%.
+hora bien, El hecho jurídico procesal es igualmente el acaecimiento del mundo
e'terior pero que tiene e(ectos o consecuencias en el proceso. +sí La muerte que
es un hecho jurídico como ya dijimos puede ser al mismo tiempo un hecho
procesal, cuando la persona (allecida era parte del proceso, lo que trae
consecuencias procesales, tales como la posible sucesión procesal en un proceso
civil o la terminación del proceso penal en caso de muerte del acusado.
Acto, acto jurídico, acto procesal
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&na clase de hecho son los actos. Los actos se caracterizan porque son
acaecimientos que dependen de la voluntad humana. +sí la caída natural
de la (ruta sobre el techo del vecino por acción de la gravedad es un hecho,
pero el lanzamiento voluntario de la (ruta por el propietario del (undo sobre
el techo del vecino es un acto.
+sí como el acto es una especie de hecho, el acto jurídico es una especie de
hecho jurídico que implica la actividad de una persona en cuanto a la
mani(estación de su voluntad y en ello se di(erencia del hecho jurídico, en el que
no interviene para nada dicha voluntad.
Por ej. La transmisión de la propiedad por acto entre vivos, mediante acuerdoentre el comprador y vendedor sobre el objeto y el precio, es un acto jurídico,
porque la modi(icación producida depende de la voluntad humana, pero la
trasmisión de la misma propiedad a causa de muerte, es un hecho jurídico, porque
la modi(icación no es producto de la voluntad humana.
-inalmente el acto procesal es una especie de acto jurídico caracterizado porque
la modi(icación producida a(ecta directamente al proceso. La procesalidad del acto
asienta arnelutti, no se debe a que se veri(ique en el proceso, sino a que valga
en el proceso.
DEFINICIÓN:
El acto procesal el suceso o acontecimiento caracterizado por la intervención de la
voluntad humana, en virtud del cual se va a modi(icar o e'tinguir alguno de los
vínculos que componen la relación jurídico)procesal.
La nota característica del acto procesal es que tiene que tener una in(luencia
directa e inmediata en el proceso. La teoría del acto procesal es muy importante,
ya que se considera al proceso como una sucesión de varios actos procesales
encadenados.
CLAIFICACIÓN
Clasificación de los actos procesales Según Eduardo Couture.
&n primer criterio para clasi(icar los actos procesales consiste en tomar comopunto de re(erencia a su autor. abe distinguir, coloc*ndose en este punto de
vista:
Actos del tribunal;
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/or tales se entienden todos aquellos actos emanados de los agentes de la
jurisdicción, entendiendo por tales no sólo a los jueces, sino tambin a sus
colaboradores. La importancia de estos actos radica en que constituyen,
normalmente, una mani(estación de la (unción p0blica y se hallan dominados por
los principios que regulan la producción de actos jurídicos de derecho p0blico.
Actos de partes;
/or tales se entienden aquellos que el actor y el demandado !y eventualmente el
tercero litigante% realizan en el curso del proceso. La multiplicidad de los actos de
esta índole, obligar*, m*s adelante, a realizar ulteriores clasi(icaciones utilizando
otros puntos de vista.
Actos de terceros
por tales se entienden aquellos que, sin emanar de los agentes de la jurisdicción ni
de las partes litigantes, proyectan sus e(ectos sobre el proceso1 así, por ejemplo,la declaración del testigo, el in(orme del perito, la actividad del martillero o del
agente de la (uerza p0blica. Estos actos, por su propia índole, constituyen
normalmente colaboraciones de particulares a la obra de los agentes de la
jurisdicción y, (recuentemente, son instituidos como deberes p0blicos del individuo.
Esta clasi(icación que tiene por punto de vista el agente del acto, proyecta sus
consecuencias sobre la validez del mismo y sobre su responsabilidad