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¿Cómo se conoció la noticia?
El 18 de febrero de 2015, un informe del noticiero de televisión “América Noticias”, reveló que
dos miembros de la Marina de Guerra del Perú, los técnicos Jhonny Richard Philco Borja y
Alfredo Marino Domínguez Raffo, son investigados en la Justicia Militar Policial por delitos de
Violación de Información relativa a la Defensa Nacional en la modalidad de Infidencia y otros
en agravio del Estado peruano.
¿Por qué hechos?
Pues porque fueron detectados, por el departamento de contrainteligencia de la Dirección de
Inteligencia Naval peruana, de haber realizado sendos actos de espionaje para agentes de la
Dirección de Inteligencia de la Armada de Chile, conocida bajo el acrónimo de DIRINTA, a
quienes les habían proporcionado información clasificada, reservada o secreta no disponible
en fuentes abiertas sobre nuestra Defensa Nacional a cambio de una recompensa económica.
Al ver esta noticia, otra vez sentí[3] que la historia se repetía nuevamente pues era evidente
que las continuas operaciones especiales de inteligencia encubiertas de espionaje que
agresivamente desarrollan los aparatos de inteligencia militar chilenos - los cuales dependen
de las respectivas Direcciones de Inteligencia de sus Fuerzas Armadas[4] y que integran el
Sistema de Inteligencia del Estado en dicho país – habían logrado producir una peligrosa
brecha al penetrar en el seno de la inteligencia naval peruana y en el sistema de
comunicaciones de la Armada. ¡Increíble!
Estamos ante una cruda realidad inobjetable. ¿Cuál? La sistemática, reiterada y constante
determinación de los servicios de inteligencia militar sureños – que coordinan y operan a
través de un Comité de Inteligencia cuyas reuniones son presididas[5] por el Director de la
Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), hoy nuevamente el abogado Gustavo Villalobos
Sepúlveda – de infiltrar a nuestras Fuerzas Armadas y al Sistema de Inteligencia Nacional
(SINA), para conseguir información no sólo bélica sino también económica y estratégica;
aunque por sistema siempre lo negaran, ya que esta negación forma parte de las reglas de
juego.
Esa mala práctica e inamistosa actitud de sucesivos gobiernos de Chile contra el Perú,
emplea la misma modalidad de reclutamiento a colaboradores e informantes entre personal
subalterno desafecto de nuestras instituciones militares y el SINA que han prestado servicios
en áreas estratégicas de la Defensa Nacional con acceso a información clasificada.
Cuyo centro de gravedad de estas operaciones encubiertas han sido dirigidas a la Fuerza
Aérea del Perú y a la Marina de Guerra, porque la información de estas dos armas es básica
debido al temor que tienen y la inteligencia militar chilena requería conocer la capacidad de
respuesta como el estado de alistamiento de ambas fuerzas ante posibles escenarios de
crisis. Ello, no obstante la gran capacidad militar disuasiva que posee el vecino país sureño y
que ha roto el equilibrio bélico en la región.
Como en inteligencia nada se improvisa, todo tiene que estar previsto, pues sólo así cualquier
operación logrará éxito, de acuerdo al procedimiento establecido, los reclutadores de la
DIRINTA debieron haber elaborado el respectivo “Plan de Operaciones”, asignando un
indicativo, designado al jefe y el equipo de trabajo que desarrollaría la operación. Así como
los niveles de responsabilidad para la ejecución de las diversas fases del reclutamiento que
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como operación encubierta se realizan de modo clandestino. Por eso nunca se reconocen aun
cuando sean descubiertos.
Luego someter dicho documento a consideración del Director de Inteligencia para que lo
presente ante el Comandante en Jefe de la Armada. Ello, con la finalidad de ser aprobado
porque se trataba de operaciones encubiertas a llevarse a cabo en su frente externo que
implicaría movimiento de personal en el extranjero y el uso de recursos económicos y
logísticos. Recién después de esa aprobación ejecutar la operación especial de inteligencia en
territorio peruano cuya misión fue la de reclutar ilegalmente a los objetivos seleccionados
desarrollando las tres fases que doctrinariamente tiene toda operación de esa naturaleza.
Bajo esa línea doctrinaria, hay que precisar que los objetivos de reclutamiento seleccionados,
en este caso los supradichos técnicos de la Marina de Guerra del Perú, fueron elegidos por
los reclutadores de la DIRINTA en base a una amplia gama de información de inteligencia
básica y actual que disponían en su Base de Datos sobre personal de nuestra Armada.
Y contando con el apoyo de algún colaborador e informante peruano – que tienen como
agente durmiente – con vínculos y acceso a personal subalterno e instalaciones de la indicada
institución castrense, quien ha sido el señalador de objetivos de reclutamiento a sus
manejadores para que tomen una decisión sobre el particular.
El espionaje constituye un delito contra el Estado y la Defensa Nacional, porque es una
actividad encubierta que consiste en obtener información de la seguridad de un Estado,
mediante el empleo de espías y a través de medios no legales para favorecer las posiciones
de defensa y seguridad del país que espía. Debido a ello el Protocolo Adicional de las
Convenciones de Ginebra de 1949, no otorga a los espías el tratamiento que se confiere a los
prisioneros de guerra.
Y, entre países obviamente es un asunto delicado porque altera las relaciones y atenta contra
la convivencia pacífica, pues destruye la confianza así como la buena fe que debe existir en
las relaciones bilaterales. Un Estado que espía a otro comete un acto gravemente ofensivo.
Es por eso que las relaciones con Chile han pasado y hoy transitan por momentos muy
críticos. Esa situación no se puede negar ni menos desconocer. Es real. No debemos olvidar
que los temas de política exterior son asuntos de Estado pues corresponden al interés
nacional.
Reacción del gobierno peruano
Luego de conocerse la investigación que lleva a cabo el Fuero Militar Policial, se produjo un
escándalo pues nuevamente los peruanos éramos agraviados por esta clase de intrusiones
que afectan la dignidad nacional.
Esta denuncia periodística que luego fue asumida, oficialmente, por el gobierno de Ollanta
Humala, de la existencia de una red de espías que habría estado vendiendo información
militar a Chile, obligó al jefe del Estado dejar de lado – según mi criterio – la errónea política
de mantener en reserva y mal manejadas desde el punto de vista de una estrategia de
contrainteligencia proactiva y con visión de futuro, dichas operaciones clandestinas que
conocían desde hacía varios meses debiendo haberlas oportunamente revertido en beneficio
de nuestra seguridad empleando la técnica de infiltración del uso de agentes dobles. Pero no
lo hicieron y perdieron la oportunidad.
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Por ello han tenido que actuar reactivamente ante los serios reveses en el campo de la
contrainteligencia cuyas fallas han remecido los cimientos de la seguridad debido a la
inoperancia de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI (que brilla por su ausencia en este
caso de trascendencia nacional) como ente sector del SINA, y a la inexistencia de un eficaz
Sistema Contrainteligencia (SICON) a nivel Estado.
Y miopemente, circunscriben el problema al ámbito de la Marina de Guerra del Perú y sólo a
uno de los cuatro órganos de inteligencia del Sector Defensa: la Dirección de Inteligencia
Naval dejando de lado a los demás componentes del SINA cuando estamos ante una
amenaza contra el Estado peruano.
Craso error por falta de una visión macro en el ámbito de la inteligencia y su reverso
inexcusable la contrainteligencia. Ello, pese al conocimiento que se posee en la actualidad
sobre la naturaleza de esas operaciones y sobre sus consecuencias, lo cual crea un marco
adecuado para la comprensión y la evaluación de las acciones encubiertas en general y la
forma de neutralizarlas mediante sendas operaciones de contrainteligencia bajo el principio
doctrinario de oportunidad.
Así tenemos el 19 de febrero de 2015, el ministro de Defensa, Pedro Cateriano, acompañado
por el Vicecanciller Claudio de la Puente y el Comandante General de la Marina, almirante
Luis Enrique Deville, ofreció una conferencia de prensa para explicar sobre el caso de
espionaje chileno. Pues había gran expectativa en la población por conocer lo que ha
sucedido con nuestra seguridad.
¿Qué declaró el ministro?
Tras condenar severamente lo ocurrido, manifestó que en abril de 2014 – esto es hacen
nueve meses – la Marina de Guerra tomó conocimiento de una presunta filtración de
información que personal subalterno habrían proporcionado a Chile. Y, que la identificación de
uno permitió la ubicación del segundo. Posteriormente, se estableció la participación de un
tercer elemento.
Dato este último que recién se conocía. Evidentemente, para cualquier analista de amenazas
de contrainteligencia estábamos ante una bien montada red de espionaje con varias
ramificaciones de la Marina.
Además, reconoció que las presuntas actividades de espionaje del técnico de segunda de
Comunicaciones, Jhonny Richard Philco Borja, se registraron entre el 2005 y el 2012; del
técnico de tercera de Inteligencia, Alfredo Marino Domínguez Raffo, entre el 2011 y 2012; y el
tercer caso, el del técnico de tercera de Inteligencia, Alberto Gonzales Alejo, entre 2010 y
2012.
Por su parte, el presidente de la Justicia Militar, general Juan Pablo Ramos Espinoza,
después de la aparición del ministro de Defensa, brindó una conferencia de prensa en donde
señaló que el proceso seguido a esos espías está en la etapa de investigación preparatoria
teniendo como plazo hasta el 25 de agosto de 2015.
Según dicho general la investigación a Johnny Richard Pilco Borja, se inició el 25 de agosto
de 2014, la de Alfredo Marino Domínguez Raffo, el 17 de octubre de 2014 y la de Alberto
Gonzales Alejo, en noviembre de 2014. Desde esas fechas están con mandato de prisión y
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que ha sido ampliado hasta por un año más. Y en línea de precisión mencionó que a ellos se
les atribuye los delitos de desobediencia, infidencia y traición a la patria.
Asimismo, ha sostenido de acuerdo a las investigaciones se ha podido establecer que
enviaban fotos e imágenes con mensajes encriptados a través de correos electrónicos a
miembros de la Armada de Chile. “Son imágenes que solo podían entender el remitente y el
que las recibe pues manejaban un código encriptado.”
Por eso considera hay indicios razonables que esa información en conocimiento de un país
extranjero, podría afectar la seguridad nacional. “De ahí la complejidad de la investigación
porque se trata de sistemas técnicos bien sofisticados, cuya información está contenida en
USB y copias espejo salidas de los correos electrónicos que han sido enviadas a la Policía de
Alta Tecnología a fin de que sean desencriptadas”. Como si en las Fuerzas Armadas no
hubiera personal calificado para hacerlo. Si esto es así, sería realmente inaudito.
Lo que no ha explicado, pues desconoce, cuál es la técnica empleada durante el proceso de
comunicaciones entre los espías y los manejadores de la DIRINTA. Así como la forma de
remitir sus reportes de acuerdo a los pedidos de información que recibían desde la base de
control de la operación encubierta ubicado en algún lugar secreto de Chile.
¿Cuál es esta técnica?
La esteganografía (en griego significa escritura oculta y que es una variación del micropunto)
como un procedimiento complejo y laborioso de ocultación de mensajes en clave dentro de
formatos susceptibles de ser trasmitidos a través de imágenes en movimiento y fijas, archivos
de ordenados que contengan fotografías e incluso trasmisiones de sonido.
Por lo que la comunicación de cualquier mensaje numérico oculto detrás de fotos o imágenes
por estos medios valiéndose dela tecnología de la información junto con la revolución digital,
resulta muy difícil descifrar por los expertos llamados esteganoanalistas sino disponen del
equipo adecuado para su decodificación. ¿Tenemos ese personal y equipos?
Reacción del gobierno chileno
La primera reacción del gobierno de chileno fueron las declaraciones para la prensa de
Santiago del ministro de Gobierno, Álvaro Elizalde, quien negó que su país tenga alguna
información oficial sobre la denuncia de espionaje al Perú. E hizo propicia la ocasión para
señalar que, en todo caso, las relaciones entre Perú y Chile pasan por momentos de
fortalecimiento (¡!). Esas palabras constituyeron una ironía o un sarcasmo.
DISCIPLINA
¿Por qué es importante practicar la disciplina?Por lo tanto, para lograr esto es necesario practicar un valor primordial, que es la disciplina, porque este es el eje en donde gira la organización militar, donde los miembros de estas instituciones militares deben de practicar este valor esencial para sus funciones.
Si no se practica este valor fundamental, se obraría de manera independiente y arbitraria, ya que su mantenimiento es requisito indispensable para la estabilidad y el funcionamiento con la dinámica que es propia de todo cuerpo organizado.
Herramientas esenciales:
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A la vez, para lograr esto, también se necesita que la organización cuente con los instrumentos necesarios para establecer el orden interno en ocasiones donde se vea perturbado por las actuaciones y omisiones que se apartan de los parámetros que han sido previamente establecido.
Objetivo de la disciplina:Por lo tanto, el régimen disciplinario para las Fuerzas Militares busca conservar y mantener el orden señalado de forma clara y precisa las virtudes que deben poseer y fomentar los miembros de la institución, donde se pueda se pueda impartir con el ejemplo. Estímulo, respeto, solidaridad, compañerismo y compromiso.
En conclusión, la disciplina es la base de la efectividad organizacional, operacional, administrativa y militar ya que su mantenimiento se obtiene el respaldo y el respeto por la institución por parte de la nación y del estado.
Sinopsis de contenido
El gobierno ha impulsado una Reforma Integral de la Justicia Militar, que ha quedado consolidada con la sanción de la Ley 26.394 del 6 de agosto de 2008.
En el Anexo IV de la misma se ha establecido el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas.
El rediseño completo del sistema disciplinario asegura que las conductas sancionadas y los procedimientos se adecuen a las necesidades de eficacia del servicio y el valor disciplina, pero con total apego a las exigencias que la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos (de jerarquía constitucional en virtud de las disposiciones del artículo 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna) imponen, eliminando reglas que favorecen la burocracia y la arbitrariedad.
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Se establecen, además, con claridad, los objetivos del control disciplinario y su relación con las necesidades de los servicios y funciones de la actividad militar.
El nuevo Código pretende superar así las concepciones que mantienen las estructuras disciplinarias como elementos que custodian en abstracto el carácter jerárquico de las organizaciones, sin vínculo alguno con las necesidades reales de la disciplina y su eficiencia.
El artículo 1° del anexo que nos ocupa, define a la disciplina militar como “un instrumento al servicio exclusivo del cumplimiento eficiente de las funciones, tareas y objetivos que la Constitución Nacional, las leyes dictadas en su consecuencia, y las órdenes de su Comandante en Jefe, le encomiendan a todo el personal militar de las Fuerza Armadas”.
A fin de reducir al mínimo posible los espacios de arbitrariedad, se han establecido principios que deben guiar todas las actividades disciplinarias, asignando a la acción disciplinaria la finalidad de restablecer de inmediato la eficiencia en el servicio. Se reconoce expresamente el carácter de “ultima ratio” de la sanción y su proporcionalidad, deber de fundamentación y prohibición de doble persecución disciplinaria por un mismo hecho (artículo 2°).
Por su parte, el artículo 4° contiene un conjunto de prohibiciones dirigidas a quien ejerce autoridad disciplinaria. Cuestiones tales como la sanción de ideas o creencias políticas, religiosas o morales, aquellas que afecten la dignidad de las personas,
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promuevan alguna forma de discriminación, estén puramente dirigidas a hostigar a una persona, promover su descrédito o se apliquen en efectivo exceso formal constituyen algunas de las situaciones objeto de prohibición.