Tarea. Red. Jur. Ensayo Crítico
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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
DECANATO DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CÁTEDRA: REDACCIÓN JURÍDICA
ENSAYO CRÍTICO
REDACCIÓN DE TEXTOS JURÍDICOS
PARTICIPANTE:
Norma Flores
Sección: SAIA D
Cabudare, Mayo 2016
REDACCIÓN JURÍDICA
La realización de la presente tarea, tiene por finalidad adiestrar al futuro jurista
sobre un aspecto de la formación profesional que tiene gran peso a momento de un
desempeño eficaz, siendo que la redacción jurídica es una herramienta de uso
cotidiano del abogado, y constituye además un arma con la logra el éxito en
determinada acción a ejecutar, entre otros, ante organismos o autoridades competentes
relacionados a casos manejados por éste.
La redacción de textos jurídicos tiene su aspecto metodológico que, para su
efectiva acción deben ser respetadas, básicamente una de sus primeras implicaciones
radica en abocarse al respeto de de normas, siendo como es una de las primeras
labores del abogado que el abogado debe enfocarse en que se cumpla. Por lo tanto, de
acuerdo a como lo indica Castellón (2011), los textos deben “… estar formulados de
manera inteligible, clara y unívoca, además de respetuosa con los dictados del idioma
en que se redactan” (p.1).
Según lo planteado por esta autora, lo anterior podría catalogarse de lo ideal, no
obstante, es bien sabido que no siempre es lo que ocurre, en muchas ocasiones se
observan textos carentes de todo cumplimento normativo, respeto a reglas y normas
ortográficas y gramaticales, esto sin contar que algunos textos manejan un vocabulario
prácticamente rebuscado, con excesivo tecnicismos, haciendo incomprensible su
lectura, para especialistas expertos y por demás inentendible para el común de los
hablantes y por supuesto de los lectores, igualmente ocurre con algunas de
jurisprudencia.
En alusión a lo anterior, Castellón (ob cit) afirma que textos legislativos de
magnitud considerable como la Ley de Enjuiciamiento Civil, después de promulgada,
donde apenas supera algo más del a década, debido a dificultades en su lectura y
comprensión, ha sido objeto de numerosas modificaciones en el contenido de sus
artículos. Una de las razones tiene que ver con problemas expresivos presentes en la
redacción de esta ley, lo cual ha generado reclamaciones y conflictos, lo cual ha
propiciado las mencionadas modificaciones.
Ahora bien, de acuerdo a la apreciación de la autora del presente ensayo,
considero que, la redacción jurídica va más allá de la simple exposición al escrito de
un pensamiento, o de una decisión, propuesta, en fin determinada acción… implica
escribir en función no sólo para el que va a dar lectura a la redacción, sino también su
contenido en cuanto a circunstancias relacionadas con elementos contundentes
inherentes a temas de interés particularmente para aquello que constituye el objeto de
la redacción, es decir, puede ser un cliente con sentencia de una carga penal, pudiera
tratarse de una decisión respecto a una propiedad, bien, mueble e inmueble… entre
otras.
En cualquiera de los casos, el jurista redactor del texto, debe saber argumentar,
básicamente porque es una habilidad indispensable en los profesionales del ámbito
jurídico, toda vez que cada texto debe recoger en su contenido, motivos,
justificaciones, otros. De allí la importancia de redactar en función del lector y
respetando la opción de la toma de decisiones que son definitivas en cuanto a
circunstancias de vida para una individualidad o colectivo. Me refiero a sentencia
judicial, una providencia, notificaciones, emplazamientos, requerimientos, otros.
En este orden de ideas, los componentes de un texto jurídico exigen el manejo de
redacción clara y concisa, no obstante, algunos de ellos se encuentran impregnados de
vacilaciones, dudas, poca ilación, rodeos, vacíos, en tal sentido, Montolio y López
Samaniego (2008) indican textualmente:
La peligrosa ambigüedad en la interpretación de un referente con
frecuencia se debe al uso inadecuado de una expresión pronominal en
relación con el alcance sintáctico de su capacidad de referencia, es decir, a
la mediación de una distancia excesiva entre la expresión anafórica y su
referente. Ello sucede, por ejemplo, cuando se usan demostrativos cuyo
referente se encuentra más allá de la unidad sintáctica oracional en la que
aparecen, o cuando un mismo pronombre puede tener dos candidatos a
referentes. (p. 55).
Los autores anteriores, hacen referencia a elementos presentes en toda redacción
como jurídica como los componentes gramaticales, que juegan papel determinante en
todo texto escrito, en este orden, estos autores, exponen de manera contundente la
referencia de ser un texto extremadamente farragoso, es decir, poco claro e incluye
cosas o ideas superfluas y desordenadas que lo hacen confuso y pesado y ello en
función darles la connotación de un carácter lingüístico, utilizando una sintaxis muy
“artificial” y “rebuscada”.
Algunos ejemplos de textos con redacción «farragosa»: “Las reglas de
conducta detalladas en este documento, debe cumplirlas durante el tiempo estipulado
el acusado. En lugar de hacerlo más entendible y coordinado como: El acusado debe
cumplir las reglas de conducta detalladas en este documento durante el tiempo
estipulado.
En otro orden de ideas y contrastando con lo ejemplificado anteriormente,
existen otros rasgos que dificultan la comprensión del texto jurídico, ejemplo, el
carácter especializado de sus contenidos, que requiere del receptor un cierto
conocimiento de las leyes y de su funcionamiento, o el uso de terminología específica
que los futuros juristas suelen aprender a manejar e interpretar a lo largo de su
formación profesional.
Al respecto señalan las autoras Montolio y López Samaniego (ob cit) señalan
que: “Tales rasgos, la existencia de un conocimiento especializado y de una
terminología que lo vehicula, resultan difíciles de eliminar de cualquier texto
especializado” (p. 36). Por lo tanto, estos autores exponen que la complejidad
sintáctica, de orden estrictamente gramatical, la consideran como prescindible para
lograr los imperativos de precisión y economía lingüística que deberían caracterizar a
estos textos, además, en muchas ocasiones viola dichos imperativos.
Ahora bien, el autor Borja (2007) se inclina por exponer las tres justificaciones
que suelen aportar los juristas para justificar el oscurantismo del lenguaje jurídico:
…en primer lugar, de la necesidad de precisar y especificar los contenidos
al máximo a fin de ofrecer garantías jurídicas; en segundo lugar, del
dinamismo y modernización continua del lenguaje jurídico que comporta
la obligación de adaptarse a los cambios sociales; y, finalmente, de la
existencia del discurso alternativo de los abogados destinado a facilitar a
los ciudadanos el acceso a los aspectos más complejos del lenguaje
jurídico. (p. 45).
En alusión a lo anterior, pese a esta tendencia general entre los entre los
profesionales del Derecho a presuponer e incluso defender el cripticismo del lenguaje
jurídico, cada vez son más los que denuncian desde su posición de expertos la
dificultad y, lo que es más grave, la imposibilidad en algunos casos, de comprender las
sentencias judiciales.
La redacción jurídica, como se dijo anteriormente, es un desempeño de gran
relevancia para todo profesional del Derecho, es un conjunto de escritos que presentan
los abogados utilizando terminología adecuada. Estos escritos deben redactarse de
manera correcta, lo cual significa que basta que se presenten con buen a ortografía,
sino que además, debe estar bien argumentados tomando como base las leyes
vigentes”.
En este orden de ideas la redacción es la más importante forma de comunicación
después del lenguaje hablado y se utilizar en odas profesiones y actividades, aunque
en algunas se haga muy poco y en otras con mayor intensidad, como en el aspecto
jurídico, donde se redactan demandas, contestaciones, acuerdos, promociones,
sentencias, recursos, amparos, contratos, escrituras querellas
Es decir, la redacción es parte intrínseca de la labor del jurista, no es posible
concebir a un abogado sin la noción y preparación del concepto de redactar y la
aplicación del miso en cada uno de sus escritos, respetando los elementos ilación,
coherencia, claridad, precisión, entre otros que son básicos para una redacción
eficiente y asertiva.
En resumen, la redacción jurídica como herramienta de trabajo de todo
profesional del derecho, debe ser realizada respetando las reglas que
metodológicamente están planteado para ello, donde la gramática, la sintaxis, la
ortografía, como elementos de forma, a su vez tienen su contenido relacionado con el
fondo del contenido, así una adecuada redacción además del cuidado en los aspectos
antes mencionados, también debe tomar en cuenta el sentido y objeto de lo escrito.
En función de estos comentarios, según mi posición como autora del presente
ensayo crítico, considero de gran relevancia la labor del jurista al momento de
redactar, por cuanto el fin de todo escrito es aclarar, solicitar y/o exponer a través de
argumentaciones valederas contenidos donde necesariamente está en juego decisiones
susceptibles de afectar o beneficiar a individuales o comunidades de allí su
importancia.
Referencias Bibliográficas
Borja, A. (2007) “Los géneros jurídicos” en Enrique Alcaraz (ed.) Las lenguas
profesionales y académicas. Barcelona, Ariel. ISBN: 978–84–344–8122–0.
Castellón Alcalá, Heraclia (2009): De un discurso al otro. Rasgos discursivos de varios
subgéneros. Lincom Europa. Munich.
La Redacción Jurídica. Disponible: ahumada.ublog.cl/archivos/10062/
orredaccion.pdf. Documento en línea. [Consulta: 2016, junio 19].
Montolío, Estrella y López Samaniego, Anna (2008): «La escritura en el quehacer
judicial. Revista Signos, vol. 41 (66), 2008, págs. 3364. Chile.