Tasa objetiva de indemnizacion

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Se presume que el

interés en materia

comercial es del 0.5%

mensual y del 6% anual

si no se pacta en el

contrato.

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Se considera usura la tasa de interés que

se cobra por un crédito que supere el 50%

del interés corriente vigente para el

periodo en cuestión. La tasa de usura es

el límite máximo con el que un particular o

una entidad financiera pueden cobrar por

intereses sobre un préstamo.

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USURA. El que reciba o cobre, directa o

indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o

por concepto de venta de bienes o servicios a

plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del

interés bancario corriente que para el período

correspondiente estén cobrando los bancos, según

certificación de la Superintendencia

Bancaria, cualquiera sea la forma utilizada para

hacer constar la operación, ocultarla o disimularla

SANCIONES

incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y

multa de cincuenta (50) a doscientos

(200) salarios mínimos legales mensuales

vigentes.

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SANCIONES

El que compre cheque, sueldo, salario o prestación

social en los términos y condiciones previstos en

este artículo, incurrirá en prisión de tres (3) a

siete (7) años y multa de cien (100) a

cuatrocientos (400) salarios mínimos legales

mensuales vigentes.

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El estatuto orgánicofinanciero, en suartículo326, numeral6, contempla queentre las funcionesde laSuperintendenciafinanciera se tiene:

Certificar la tasa de interés bancario corriente correspondientes a las distintas modalidades de crédito que determine el Gobierno Nacional, mediante normas de carácter general.

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El código de comercio, en el artículo 884, solo se

limita a establecer:

Cuando en los negocios mercantiles haya de

pagarse créditos de un capital, sin que se

especifique por convenio el interés, éste será el

bancario corriente; si las partes no han estipulado

el interés moratorio, será equivalente a una y

media veces del bancario corriente y en cuanto

sobrepase cualquiera de estos montos el

acreedor perderá todos los intereses, sin perjuicio

de lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 45 de

1990.

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Se probará el interés bancario corriente con

certificado expedido por la Superintendencia

Bancaria.

De la interpretación del artículo 884 (De la parte en

negrilla), pareciera que el código de comercio da

cierta autonomía a las partes para fijar la tasa de

interés a pagar por los créditos, autonomía que es

limitada por la legislación penal y civil, por lo que la

libertad de fijar los intereses entre las partes

contratantes esta enmarcada dentro de las

limitaciones legales.

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en su artículo 72, sostiene:Sanción por el cobro de intereses en exceso.Cuando se cobren intereses que sobrepasen los limites fijadosen la ley o por la autoridad monetaria, el acreedor perderátodos los intereses cobrados enexceso, remuneratorios, moratorios o ambos, según setrate, aumentados en un monto igual. En tales casos, eldeudor podrá solicitar la inmediata devolución de las sumasque haya cancelado por concepto de los respectivosintereses, más una suma igual al exceso, a título de sanción..

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El código civil, en su artículo 2231 expresa:

El interés convencional que exceda de una mitad

al que se probare haber sido interés corriente al

tiempo de la convención, será reducido por el

juez a dicho interés corriente, si lo solicitare el

deudor.