Teoría Del Objeto

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Teoría Del Objeto Teoría del objeto junto con La estructura de la subjetividad y La libre afirmación de nuestro ser, es una de las obras más importantes del filósofo español Antonio Millán-Puelles. Aunque es un texto tardío en la vida del autor, los temas que en él trata lo acompañaron toda su vida, desde su tesis doctoral, El problema del ente ideal. La finalidad principal del libro es mostrar la función de lo irreal en la filosofía realista. Algún autor ha propuesto que El momento culminante de la carrera de Millán-Puelles está en la publicación de su libro por antonomasia, Teoría del objeto puro, en 1990 Millán-Puelles propone un lugar destacado para lo irreal en el conocimiento que tiene un papel en el diálogo del realismo con el idealismo, y que, como en otras obras de este pensador, desemboca en la libertad. Y el hombre sólo cae en la cuenta de que una cosa es real porque puede compararla con su posible irrealidad. De tal manera, la irrealidad es necesaria para la percepción de la realidad, ya que ésta sólo puede descubrirse por contraste con ella. Esta tesis lleva a Millán-Puelles a reforzar su citado leit motiv, la libertad humana Así, llega a la conclusión de que la irrealidad es una condición de posibilidad de la libertad humana». Millán-Puelles contrasta su teoría del objeto con la de Alexius Meinong, trata del significado del término objeto, y realiza una

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Teoría Del Objeto

Teoría del objeto junto con La estructura de la subjetividad y La libre afirmación de nuestro ser, es

una de las obras más importantes del filósofo español Antonio Millán-Puelles. Aunque es un texto

tardío en la vida del autor, los temas que en él trata lo

acompañaron toda su vida, desde su tesis doctoral, El

problema del ente ideal. La finalidad principal del libro es

mostrar la función de lo irreal en la filosofía realista. Algún

autor ha propuesto que El momento culminante de la carrera

de Millán-Puelles está en la publicación de su libro por

antonomasia, Teoría del objeto puro, en 1990 Millán-Puelles

propone un lugar destacado para lo irreal en el conocimiento

que tiene un papel en el diálogo del realismo con el

idealismo, y que, como en otras obras de este pensador,

desemboca en la libertad. Y el hombre sólo cae en la cuenta de

que una cosa es real porque puede compararla con su posible irrealidad. De tal manera, la

irrealidad es necesaria para la percepción de la realidad, ya que ésta sólo puede descubrirse por

contraste con ella. Esta tesis lleva a Millán-Puelles a reforzar su citado leit motiv, la libertad

humana Así, llega a la conclusión de que la irrealidad es una condición de posibilidad de la libertad

humana».

Millán-Puelles contrasta su teoría del objeto con la de Alexius Meinong, trata del significado del

término objeto, y realiza una catalogación del objeto puro, es decir, que su ser se agota en ser

dado a la conciencia, o, usando su término, no estransobjetual.

Se trata de un verdadero monumento del pensamiento contemporáneo La defensa del realismo

metafísico que en la Teoría del objeto puro se lleva a cabo reviste un vigor y una solidez que no se

debe tanto a la refutación del idealismo -sin duda una de las más serias que se han propuesto

hasta hoy- como al esfuerzo de fundamentación que se realiza desde una perspectiva

completamente original

Esta obra fue publicada en Inglés con el título The Theory of the Pure Object, por la Academia

Internacional de Filosofía del Principado de Lichtenstein. En el prólogo a dicha edición, Josef

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Seifert afirma que hay una notable coincidencia entre los resultados de este libro en la

trascendencia del intelecto humano en el conocimiento, y la tradición fenomenológica presente

en dicha Academia, aunque ambos se hayan desarrollado de manera independiente.

El objeto desde el punto de vista jurídicoEn Derecho, el objeto jurídico es el término mediante el cual se hace referencia al contenido de un acto o negocio jurídico.

Es uno de los elementos esenciales de una obligación o contrato, así como de cualquier tipo de negocio jurídico, quedando extinguido de no existir el objeto sobre el que recae.Es la obligación impuesta a otro por la norma jurídica, cuya sanción está a disposición del legitimado. Los objetos jurídicos se clasifican en: 1. La propia persona; 2. Otras personas; 3. Las cosas; 4. Los productos del espíritu El objeto jurídico puede

ser directo e indirecto. Directo: la creación, modificación, transmisión o extinción de derechos y

obligaciones, es decir cuando transmite derechos. Indirectos: la cosa que el obligado debe dar o el hecho que el obligado no debe hacer.

Objeto jurídico de cosas: El Derecho de cosas o Derecho de bienes es una de las áreas

básicas del Derecho civil. Tiene por objeto, por una parte, fijar o ubicar los bienes en el

patrimonio de cada individuo y, por otra, determinar los poderes o facultades que el

sujeto tiene sobre ellos (que por recaer sobre las cosas se llaman derechos reales).

Objeto jurídico de bienes: El Derecho de los bienes regula las distintas clases de bienes,

clasificándolos en categorías típicas. En la tradición continental puede decirse que la

distinción fundamental se da entre los bienes muebles e inmuebles, donde los segundos

tienen una regulación especial dada su mayor importancia económica. Esta regulación

especial se caracteriza por el hecho de que los actos y contratos que tienen por objeto

bienes inmuebles son solemnes. Además, los bienes inmuebles están sujetos a un sistema

registral.

Entre las facultades que se reconoce a las personas sobre las cosas, el derecho de bienes

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regula fundamentalmente el dominio y la posesión, como las facultades más plenas (en el

plano jurídico y fáctico respectivamente) que se puede tener sobre ellas. Puede decirse

que la contradicción e interacción entre dominio y posesión atraviesan todo el régimen

jurídico de las cosas. Ello explica la atención que se le dedica a tratar materias como la

prescripción adquisitiva, la acción reivindicatoria y las acciones posesorias.

En este sentido, el derecho de cosas dedica gran atención a regular los modos de adquirir

el dominio, esto es, la tradición, la prescripción, la ocupación y la accesión. Si bien la

sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir las cosas, como disciplina jurídica

tiene autonomía propia.

Asimismo regula los demás derechos reales, limitados o limitativos del dominio, sean de

garantía (prenda e hipoteca) o de goce (usufructo, uso o habitación, servidumbres).

Por último, dentro del derecho de cosas encontramos también a las acciones que

protegen o tutelan el ejercicio tanto de los derechos derechos reales así como la posesión.

Teoría Del Objeto Desde El Punto De Vista Filosófico

Efectivamente, el realismo comenzó

en Grecia tratando de diferenciar lo que tiene

existencia aparente de lo que tiene existencia real

y esta indagación superó al realismo primitivo que

afirmaba que todas las cosas existían, incluso

nosotros.

El primero de los filósofos griegos que trató de

buscar cuáles eran las cosas que tenían existencia

en sí, o sea un principio, como comienzo y

fundamento de todas las cosas, fue Thales de la ciudad de Mileto.

Thales consideró que ese principio que tenía existencia en sí era el agua y que todas las

demás cosas derivaban de ella. Por lo tanto, para Thales, el agua tenía existencia en sí y no

consistía en nada.

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Anaximandro también pensó que el principio de todas las cosas era algo material, pero

para él era algo indefinido, no determinado, una protocosa que en griego denominó

“apeiron”, con la posibilidad en potencia de que de ella derivasen todas las demás cosas.

Anaxímenes a su vez, creía que el origen de todo era algo natural y pensó que era el aire.

Estas suposiciones sufrieron muchas críticas en esos tiempos, porque resultaba difícil

creer que del agua, del aire o de algo indefinido pudiera surgir tan vasta multiplicidad de

objetos.

Algunos arriesgaron otras hipótesis y aportaron la idea de que no había un único origen

sino varios, como por ejemplo Empédocles, que consideraba cuatro cosas como principio,

el agua, el aire, la tierra y el fuego, que denominó elementos de los cuales derivaban todas

las demás cosas.

La teoría de los cuatro elementos influyó durante toda la historia del pensamiento griego,

en la física de Aristóteles y aún en la Edad Media, pero desapareció en el Renacimiento.

Pitágoras fue el primero en considerar un principio no material, el número. Para este

filósofo las cosas tenían dentro de sí mismas números y se diferenciaban unas de otras por

sus distintas cantidades numéricas.

Pitágoras era músico y pudo observar que en la lira las cuerdas sonaban en forma

diferente debido a su distinta longitud y descubrió que esa longitud variaba en una

relación numérica.

Heráclito se anticipó al pensamiento moderno, negando todas las afirmaciones de los

filósofos anteriores y proponiendo que lo que era realmente evidente era que todas las

cosas cambiaban constantemente, por lo tanto se atrevió a afirmar que lo único real era el

fluir de las cosas. No existía entonces un ser inmutable de las cosas, lo que existía era un

ser dinámico del que devenía todo lo demás. Por lo tanto, nada tenía existencia en sí

porque todo cambiaba y el existir era el cambio perpetuo.

Este razonamiento lo podemos encontrar posteriormente en Plotino y en el filósofo

moderno Bergson.

Después de Heráclito, surge un filósofo extraordinario, Parménides de Elea, el grande.

Platón, que fue su discípulo, fue el que lo calificó así.

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Parménides es en efecto, el espíritu más destacado de su época porque es el que cambia

el pensamiento filosófico de su tiempo, llevando a la filosofía y a la metafísica de su época

por el mismo camino que aún hoy transita la filosofía actual.