Terminos de Referencia EIA Agricultura.docx

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Dirección General de Ministerio de Agricultura Despacho Viceministerial PERÚ “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú” “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú” PROPUESTA Asuntos Ambientales GUIA PARA LA FORMULACION DE TERMINOS DE REFERENCIA DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL EN EL SECTOR AGRARIO 2010 1

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Direccin General de

Ministerio de Agricultura Despacho Viceministerial

PER

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Per Ao de la Consolidacin Econmica y Social del Per

PROPUESTA

Asuntos Ambientales

GUIA PARA LA FORMULACION

DE

TERMINOS DE REFERENCIA

DE

ESTUDIOS DE IMPACTO

AMBIENTAL

EN EL SECTOR AGRARIO

2010

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1.- PREAMBULO

La Constitucin Poltica del Per reconoce como uno de los derechos fundamentales 1 de la persona

humana, el de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

La tutela de este derecho se efectiviza a travs de la implementacin de diversos instrumentos de

gestin ambiental previstos en la legislacin. Uno de estos instrumentos es la Evaluacin del

Impacto Ambiental.

La Ley General del Ambiente, seala que toda actividad humana que implique construcciones,

obras, servicios y otras actividades, as como las polticas, planes y programas pblicos susceptibles

de causar impactos ambientales de carcter significativo, est sujeta al Sistema Nacional de

Evaluacin de Impacto Ambiental SEIA, el cual es administrado por el Ministerio de Ambiente en

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su condicin de Autoridad Ambiental Nacional.

El SEIA, est regulado por la Ley N 27446 y sus modificatorias, constituyendo un sistema nico y

coordinado de identificacin, prevencin, supervisin, control y correccin anticipada de impactos

ambientales negativos, normando la debida aplicacin de los criterios, instrumentos y

procedimientos de la evaluacin de impacto ambiental, as como el aseguramiento de la

participacin ciudadana.

El Reglamento de la Ley del SEIA, fue aprobado mediante Decreto Supremo N 019-2009-MINAM,

disponindose que sus normas sean de obligatorio cumplimiento, por todas las instancias de

gobierno y personas naturales o jurdicas en general. As, el artculo 15 del Reglamento ha

dispuesto claramente la obligatoriedad de la certificacin ambiental.

Artculo 15.- Obligatoriedad de la Certificacin Ambiental

Toda personal natural o jurdica, de derecho pblico o privado, nacional o extranjera, que

pretenda desarrollar un proyecto de inversin susceptible de generar impactos ambientales

negativos de carcter significativo, que estn relacionados con los criterios de proteccin

ambiental establecidos en el Anexo V del presente Reglamento y los mandatos sealados en

el Ttulo II, debe gestionar una Certificacin Ambiental ante la Autoridad Competente que

corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente y lo dispuesto en el presente

Reglamento.

Para efectos de lo sealado en el prrafo anterior, como resultado del proceso de evaluacin

de impacto ambiental, la Autoridad Competente aprobar o desaprobar el instrumento de

gestin ambiental o estudio ambiental sometido a su consideracin, entendindose cuando la

Resolucin emitida sea aprobatoria, que sta constituye la Certificacin Ambiental.

La desaprobacin, improcedencia, inadmisibilidad o cualquier otra causa que implique la no

obtencin o la prdida de la Certificacin Ambiental, implica la imposibilidad legal de iniciar

obras, ejecutar y continuar con el desarrollo del proyecto de inversin. El incumplimiento de

esta obligacin est sujeto a las sanciones, de Ley.

Del mismo modo, y de manera especfica, el artculo 18 del Reglamento de la Ley del SEIA, precisa

que se sujetan al proceso de evaluacin ambiental los nuevos proyectos de inversin pblica,

privada o de capital mixto, que sean susceptibles de generar impactos ambientales negativos

significativos, los cuales se encuentran sealados en el Listado de Inclusin de los Proyectos de

Inversin sujetos al SEIA. En este listado, se consignan las actividades correspondientes al Sector

Agrario.

El Ministerio de Agricultura (MINAG), a travs de la Direccin General de Asuntos Ambientales

(DGAA) como rgano competente, forma parte del SEIA y tiene competencia para conducir los

procesos de evaluacin del impacto ambiental del Sector Agrario. En este sentido, de conformidad a

lo sealado en el artculo 8 del Reglamento del SEIA, tiene entre otras funciones, la de orientar a

los administrados y terceros en general, acerca de las funciones a su cargo y el cumplimiento de las

normas legales y otros dispositivos emitidos para la evaluacin de impacto ambiental, as como el

emitir guas tcnicas, para regular y orientar el proceso de evaluacin de impacto ambiental de los

proyectos de inversin a su cargo, en coordinacin con el MINAM y en concordancia con el marco

normativo del SEIA.

En cumplimiento de los mandatos normativos reseados, la DGAA del MINAG, desarrolla un

conjunto de iniciativas para optimizar la implementacin de la evaluacin del impacto ambiental para

las actividades de su sector. En tal sentido, presenta la Gua para la elaboracin de los Trminos de

Referencia de los Estudios de Impacto Ambiental (Categora II y III).

2.- OBJETIVO

El objetivo de la presente Gua es el orientar a los titulares de las actividades correspondientes al

Sector Agrario, as como a terceros, en la formulacin de los Trminos de Referencia que

delimitarn el proceso de elaboracin de los Estudios de Impacto Ambiental Semidetallado y

Estudios de Impacto Ambiental Detallados, con la finalidad de:

a) Describir, caracterizar y analizar el medio fsico, biolgico y social, en el cual se desarrollar el

proyecto.

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Constitucin Poltica del Per, 1993. Artculo 2 inciso 22. Ley General del Ambiente, Ley N 28611, Artculo 24. 2

b) Identificar, cuantificar y evaluar los impactos que podran ser producidos como consecuencia de

la implementacin del proyecto.

c) incluir informacin sobre los recursos naturales que sern usados, aprovechados o afectados

durante las etapas del proyecto.

d) Sealar las deficiencias de informacin que generen incertidumbre en la estimacin, prediccin

o evaluacin de los impactos.

e) Disear las medidas de prevencin, correccin, compensacin y mitigacin de impactos a fin de

garantizar la ptima gestin ambiental del proyecto,

f) Analizar el desempeo ambiental que tendr el proyecto, con respecto a los LMP y ECA,

establecidos en las normas ambientales sectoriales y nacionales vigentes.

g) Disear los sistemas de seguimiento y control ambiental, que permitan evaluar el

comportamiento, eficiencia y eficacia del plan de manejo ambiental, en las diferentes etapas del

proyecto.

h) Disear los programas de consulta y participacin ciudadana como parte de la elaboracin de

los EIA. Asimismo, elaborar el plan de manejo social para las diferentes etapas del proyecto.

i) Disear el plan de contingencia, sobre la base de la identificacin y evaluacin de los riesgos

naturales, tecnolgicos y sociales vinculados a las diferentes etapas del proyecto.

j) Indicar las medidas a implementar durante la etapa de cierre del proyecto.

k) Desarrollar el anlisis de costo-beneficio ambiental del proyecto.

En este sentido, la presente Gua establecer los criterios para determinar el contenido especfico

del estudio ambiental, esto es, la determinacin de su alcance, los trabajos de campo a realizar,

monitoreos, ensayos, anlisis, simulaciones, etc, con la finalidad de determinar adecuadamente la

lnea base, la descripcin del proyecto, la caracterizacin ambiental, la estrategia de manejo

ambiental o el plan de manejo ambiental, segn sea el caso, el plan de participacin ciudadana y la

valorizacin econmica del impacto ambiental de los proyectos de inversin en el sector agricultura.

3.- ALCANCE

Consientes de la necesidad enriquecer las regulaciones tcnicas en el Sector Agrario a travs de

lineamientos ambientales bsicos, se ha elaborado la presente Gua, la cual no pretende establecer

principios rgidos o reglas inamovibles para la elaboracin de Trminos de Referencia de estudios

ambientales en el Sector Agrario. Simplemente, intenta ofrecer una serie de criterios y orientaciones

de aceptacin general que puedan ser utilizadas por los interesados en aplicar dicha herramienta.

En ese sentido, los lineamientos y criterios tcnicos contenidos en la presente Gua no excluyen la

aplicacin de otros que puedan resultar necesarios de acuerdo a la naturaleza y lugar de ubicacin

de cada actividad.

De acuerdo a sus propias caractersticas, la presente Gua puede aplicarse a las cincuenta (50)

actividades listadas en el Anexo II del Decreto Supremo N 019-2009-MINAM, Reglamento del

Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, que son las siguientes:

1. Infraestructura hidrulica para la produccin agraria.

2. Proyectos agrcolas en tierras de aptitud Forestal, Permanente y de Proteccin.

3. Construcciones rurales, vas de comunicacin y obras de ingeniera vinculadas al uso

agrario de las tierras.

4. Obras de defensa ribereas, encauzamiento y avenamiento.

5. Explotacin de aguas subterrneas.

6. Planteles y establos de crianza y/o engorde de ganado de ms de cien (100) animales y

granjas de aves de ms de cinco mil (5,000) individuos.

7. Proyectos de riego.

8. Cambio de uso de suelo con fines de ampliacin de la frontera agrcola.

9. Explotaciones agrcolas de ms de cien (100) hectreas, cuando se habiliten nuevas tierras.

10. Forestacin y plantaciones forestales.

11. Transformacin primaria de la madera.

12. Proyectos forestales con especies introducidas.

13. Forestacin de ms de cien (100) hectreas.

14. Desarrollo de actividades forestales en suelos frgiles o cubiertos de bosque nativo.

15. Actividades agroforestales y de transformacin primaria de productos agropecuarios.

16. Concesiones forestales maderables y no maderables, ecoturismo y conservacin.

17. Concesiones para otros productos del bosque: recoleccin de hojas, flores, frutos, semillas,

tallos, races, ltex, gomas, resinas, ceras, caas, palmas y otros con fines industriales y/o

comerciales.

18. Proyectos para el aprovechamiento de bosques de comunidades nativas y campesinas.

19. Zoocriaderos.

20. Manejo y aprovechamiento de flora y fauna silvestre, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N 27308.

21. Introduccin de especies exticas de fauna terrestre con fines comerciales.

22. Drenaje o desecacin de humedales.

23. Secado y salado de pieles y cueros.

24. Clasificacin, lavado y cardado de lanas, fibras, pelos y plumas.

25. Elaboracin de quesos, yogurt, mantequilla, manjares blancos y anlogos de origen lcteo,

en base a leche fresca, de transformacin primaria.

26. Desmotado y prensado de algodn.

27. Descascarado, limpieza, pilado, seleccin, clasificacin, precocido y envasado de arroz.

28. Desecado, deshidratado, trozado, molienda y enmelazado de pastos, cereales y otros

productos del agro.

29. Procesamiento de deshechos de frutales y hortalizas para forrajes.

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30. Preparacin de alimentos balanceados de transformacin primaria.

31. Elaboracin de harinas, almidones de yuca, papa y otros tubrculos y races, de

transformacin primaria.

32. Procesamiento de guano de aves para uso forrajero.

33. Descascarado, fermentado, clasificacin, tostado y molienda de transformacin primaria de

caf, cacao y otras semillas.

34. Descascarado y clasificacin de castaas.

35. Limpieza, seleccin, preservacin y empacado de frutas y hortalizas.

36. Secado, congelado y deshidratado de frutas y hortalizas.

37. Purificacin y envasado de cera y miel de abejas.

38. Elaboracin de chancaca y alcoholes, derivados de jugos vrgenes, de transformacin

primaria.

39. Proyectos de cultivos orientados a la produccin de Biocombustibles.

40. Extraccin de manteca y otras grasas de origen animal no acutico.

41. Molienda, picado, pelado, chancado y otros procesos aplicados a hojas, flores, frutos,

vainas, races, resinas y otros productos forestales.

42. Extraccin y aserro de madera rolliza, madera simplemente encuadrada.

43. Extraccin y concentracin de caucho o jebe natural, oj, leche caspi, y otras gomas y

resinas naturales forestales de uso industrial.

44. Curado y clasificacin de hojas de tabaco.

45. Tratamiento y envasado de plantas medicinales.

46. Preparacin, tratamiento y envasado de plantas ornamentales y forestales.

47. Extraccin y envasado de jugos de frutas y hortalizas, de transformacin primaria.

48. Elaboracin de harinas de granos, de transformacin primaria.

49. Fraccionamiento o cambio de uso de suelos con fines urbanos.

50. Centro de beneficio de animales.

Asimismo, debe tenerse presente que en virtud de lo establecido en el artculo 21 del citado

Reglamento, el Ministerio del Ambiente, en coordinacin con las Autoridades Competentes, revisar

y precisar el Listado de Inclusin de los Proyectos de Inversin sujetos al SEIA considerado en el

Anexo II, para su aprobacin por Resolucin Ministerial.

4.- BASE LEGAL

- - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - -

-

Ley N 28611, Ley General del Ambiente. Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental. Ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental. Ley N 29338, Ley de Recursos Hdricos. Ley N 27314, Ley General de Residuos Slidos. Ley N 26821, Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales. Ley N 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental. Decreto Legislativo N 997, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura. Decreto Legislativo N 1059, aprueba la Ley General de Sanidad Agraria. Decreto Supremo N 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental. Decreto Supremo N 012-2009-MINAM, que aprueba la Poltica Nacional del Ambiente. Decreto Supremo N 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental. Decreto Supremo N 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley N 27314, Ley General de Residuos Slidos. Decreto Supremo N 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hdricos. Decreto Supremo N 002-2009-MINAM, Reglamento sobre transparencia, acceso a la Informacin Pblica Ambiental y Participacin y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. Decreto Supremo N 031-2008-AG, Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura. Decreto Supremo N 017-2009-AG, Aprueban Reglamento de Clasificacin de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor. Decreto Supremo N 074-2001-PCM, Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. Decreto Supremo N 003-2008-MINAM, Aprueban Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Aire. Decreto Supremo N 002-2008-MINAM, Aprueban Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua. Decreto Supremo N 023-2009-MINAM, Aprueban Disposiciones para la implementacin de los Estndares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para el Agua. Decreto Supremo N 085-2003-PCM, Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido. Decreto Supremo N 018-2008-AG, Aprueban Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria. Decreto Supremo N 016-2000-AG, Aprueban el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Qumicos de Uso Agrcola. Resolucin Ministerial N 0433-2001-AG, Aprueban la Gua para el Usuario: Elaboracin del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Qumicos de Uso Agrcola. Decreto Supremo N 033-85-AG, Aprueban el Reglamento para la ejecucin de levantamiento de suelos.

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En el caso que el proyecto o actividad se encuentra en un Area Natural Protegida o en su Zona

de Amortiguamiento, se tendr en cuenta la siguiente base legal:

- - - - -

Ley de reas Naturales Protegidas y sus modificatorias. Reglamento de la Ley de reas Naturales Protegidas y sus modificatorias. Norma que crea el rea Natural Protegida donde se encuentra el proyecto, incluyendo sus modificatorias o ampliaciones. Norma que aprueba el Plan Maestro del rea Natural Protegida. Norma que aprueba la Zona de Amortiguamiento del rea Natural Protegida.

5.- CONTENIDO

El Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental, establece que las actividades

correspondientes a un proyecto de inversin, pblico o privado, sujetos al sistema, deben ser

clasificadas en razn del impacto ambiental que podran ocasionar, hasta en tres categoras,

correspondindole a cada cual un determinado tipo de estudio ambiental:

Categora I Declaracin de Impacto Ambiental (DIA): Estudio ambiental mediante el cual

se evalan los proyectos de inversin respecto de los cuales se prev la generacin de impactos

ambientales negativos leves.

Categora II Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd): Estudio ambiental

mediante el cual se evalan los proyectos de inversin respecto de los cuales se prev la

generacin de impactos ambientales negativos moderados.

Categora III Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d): Estudio ambiental mediante

el cual se evalan los proyectos de inversin respecto de los cuales se prev la generacin de

impactos ambientales negativos significativos.

En razn de ello, en el proceso que se lleva a cabo para la obtencin de la certificacin ambiental,

se distingue una primera etapa de clasificacin, como se aprecia en el siguiente flujograma:

FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE CERTIFICACIN AMBIENTAL

Los proyectos de inversin deben ser categorizados en funcin de los criterios de proteccin

ambiental detallados en el Anexo V del Decreto Supremo N 019-2009-MINAM, o aquellos que de

manera especial se precisen por el Ministerio del Ambiente, o el Ministerio de Agricultura (en su

calidad de autoridad ambiental sectorial).

La etapa de clasificacin ambiental, se inicia con la propuesta de categorizacin que el mismo titular

del proyecto de inversin efecta, en razn de sus caractersticas. Sobre esta propuesta, la

autoridad competente podra determinar la ratificacin o la recategorizacin a la que resulte ms

apropiada.

Cuando el proyecto de inversin ha sido clasificado en la Categora II o III, la autoridad a cargo de la

evaluacin del impacto ambiental (que el caso de Sector Agrario es la Direccin General de Asuntos

Ambientales del Ministerio de Agricultura), deber aprobar, previamente a la realizacin del estudio

ambiental, los Trminos de Referencia, para dicha elaboracin.

Los Trminos de Referencia son definidos en el Anexo I del Reglamento de la Ley del SEIA, de la

siguiente manera:

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Trminos de referencia: Propuesta de contenido y alcance de un Estudio de Impacto

Ambiental que precisa los lineamientos e instrucciones para encargarlo y elaborarlo, en

funcin a la naturaleza de un proyecto. Contiene la determinacin de la lnea base, la

descripcin del proyecto, la caracterizacin ambiental, la estrategia de manejo ambiental o el

plan de manejo ambiental, segn sea el caso, el plan de participacin ciudadana y la

valorizacin econmica del impacto ambiental de los proyectos sujetos al proceso de

Evaluacin de Impacto Ambiental.

Los Trminos de Referencia constituyen entonces, un instrumento diseado para los proyectos

clasificados dentro de las categoras II o III, con el objeto de orientar el proceso de elaboracin de

los EIA-sd y EIA-d, respectivamente. Son los lineamientos tcnicos bajo los cuales se orienta el

desarrollo del estudio ambiental, es decir, define los objetivos y el alcance de cada uno de los temas

y/o estudios a desarrollarse que conformarn el EIA, adems de establecer las variables que, por las

caractersticas de la actividad y del rea afectada, adquieren mayor relevancia para identificar los

potenciales impactos ambientales. De este modo, los TdR estarn en funcin del tipo de proyecto y

de acuerdo a la particularidad ambiental de la zona donde se desarrollar este.

5.1 ESTRUCTURA

La presentacin de los Trminos de Referencia deber seguir la estructura que se muestra a

continuacin, sin perjuicio de su adecuacin a las caractersticas del proyecto especfico.

I. Resumen Ejecutivo

La finalidad de un resumen ejecutivo, es expresar en un lenguaje claro y de fcil entendimiento,

sobre la descripcin del sitio donde se realizar las actividades, las caractersticas de la actividad,

los posibles impactos que seran ocasionados y las medidas de manejo que implementar el titular

del proyecto para prevenirlos, mitigarlos o remediarlos.

En este sentido, en este captulo el titular del proyecto deber indicar los principales aspectos en los

que a su consideracin se debe incidir, el tipo y caractersticas de la informacin visual que

contendr (mapas, planos, diagramas, cuadros de datos, etc). La informacin incluida en el citado

resumen debe permitir a los interesados formarse una idea clara, integral y exacta del proyecto a

ejecutarse, de tal manera que sea comprensible por personas no expertas en materias tcnicas.

Asimismo, se debe considerar la descripcin del cierre temporal, cierre progresivo y cierre final de

las actividades del proyecto, dentro de la etapa de abandono o cierre.

Deber indicarse los lugares en los que se pondr a disposicin copias del resumen ejecutivos,

principalmente, en los sitios de mayor accesibilidad al pblico dentro del rea de influencia del

proyecto.

En el resumen ejecutivo deber incluirse una propuesta de tabla de contenido o ndice completo del

estudio ambiental.

II. Descripcin del proyecto

Ser necesario hacer una descripcin detallada de las actividades a ejecutarse, en las diferentes

fases o etapas del proyecto (planificacin, construccin, operacin, mantenimiento, abandono o

cierre), para poder evaluar cmo afectaran stas al medio.

Cabe sealar, que debern describirse aquellos elementos y procesos que puedan llegar a ser

causantes de un futuro impacto en el medio donde se desarrollar el proyecto. De este modo,

deber considerarse, entre otros aspectos, lo siguiente:

2.1 Antecedentes e Informacin sobre el titular del proyecto

Debe resumirse los antecedentes generales del proyecto, indicando si se trata de un nuevo proyecto

o la ampliacin o modificacin a partir de uno pre-existente.

Si el proyecto se ejecuta a partir de una concesin, licencia o algn otro derecho habilitante

otorgado por el Estado peruano, deber brindarse informacin sobre el mismo, tales como el

nmero, fecha y vigencia de la resolucin administrativo o norma que lo otorg; limitaciones al

derecho, etc.

Respeto del titular del proyecto, deber proporcionarse la siguiente informacin:

Nombre del proponente (persona natural o jurdica) y su razn social.

Nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC):

Domicilio legal:

Calle y Nmero:

Distrito:

Provincia:

Departamento:

Telfono:

Fax:

Correo electrnico:

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Titular o Representante Legal

Nombres completos:

Documento de identidad N:

Domicilio:

Telfono:

Correo electrnico:

Documento inscrito en registros pblicos que acredite su representacin legal.

En el caso que la normatividad especial demande que la evaluacin ambiental preliminar que

sustenta la propuesta de Trminos de Referencia, haya sido efectuada por alguna entidad

autorizada, deber adems precisarse la siguiente informacin:

Entidad autorizada para la elaboracin del Estudio de Impacto Ambiental:

Persona Natural

Nombres y Apellidos:

RUC:

Nmero de Registro en MINAM:

Profesin:

Domicilio:

Telfono:

Correo electrnico:

Persona Jurdica

Razn social:

RUC:

Nmero de Registro en MINAM:

Profesionales:

Domicilio:

Telfono:

Correo electrnico:

2.2 Descripcin del marco legal aplicable

Se deber indicar el marco de referencia legal y administrativo, especificando los aspectos legales y

administrativos de carcter ambiental que tienen relacin directa con el proyecto, especialmente

aquellos relacionados con la proteccin del ambiente, la conservacin de los recursos naturales e

histrico culturales, el cumplimiento de normas de calidad ambiental y la obtencin de permisos

para uso de recursos naturales, entre otros.

Cualquiera fuera el alcance y caractersticas de su proyecto, el titular deber considerar las normas

referidas a la calidad ambiental, como son los Estndares de Calidad Ambiental, y las que

determinan los Lmites Mximos Permisibles para las actividades del sector agricultura.

La determinacin del marco legal aplicable, debe conllevar a una clara identificacin de las licencias,

permisos o autorizaciones adicionales que deba obtener el titular de proyecto antes de la etapa de

preparacin, como durante la ejecucin, desarrollo u operacin del proyecto. Por ejemplo, si se

identifica como aplicable la Ley de Recursos Hdricos, se precisar (conforme al caso), la necesidad

de contar con una licencia, permiso o autorizacin para el uso de las aguas; o para efectuar algn

vertimiento previsto.

Asimismo, la descripcin del marco legal debe conllevar a una clara identificacin de las autoridades

administrativas con competencia para la obtencin de licencias, permisos o autorizaciones

requeridas para la preparacin o ejecucin del proyecto.

2.3 Objetivo y justificacin del proyecto

Deber consignarse el objetivo y la justificacin socio-econmica del proyecto. En este sentido,

deber indicarse la importancia de su ejecucin para el desarrollo de la zona de influencia directa e

indirecta, lo cual implica el impacto econmico y social que generar en un corto, mediano y largo

plazo en la poblacin aledaa a la zona donde se ejecutar el proyecto.

2.4 Localizacin geogrfica y poltica del proyecto

Ser necesario especificar la localizacin geogrfica y poltica del lugar donde se desarrollaran las

actividades, en coordenadas UTM, considerando adems un plano general a escala necesaria en

funcin del tipo y de la envergadura del proyecto y el rea donde se ejecutar.

Asimismo, se debern delimitar los lmites distritales, provinciales y departamentales que correspondan.

Es importante delimitar los derechos de propiedad existentes sobre el terreno donde se desarrollarn

las actividades.

2.5 Descripcin secuencial de las etapas del proyecto

Deber hacerse una descripcin secuencial de las diferentes fases del proyecto, desde la

planificacin hasta el abandono o cierre. Dicha descripcin debe incluir aquellos elementos y

procesos que puedan tener incidencia en el ambiente, es decir, se deben exponer las actividades

del proyecto que pueden llegar a ser causantes de un futuro impacto ambiental.

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Etapa de planificacin: Deber hacerse una descripcin de las actividades previas a la etapa de

construccin, incluyendo el levantamiento de informacin sobre las caractersticas del terreno,

acciones empleadas para la recoleccin de datos utilizados para el diseo de ingeniera del

proyecto, y dems actividades que sean necesarias para la realizacin del proyecto. En este

sentido, dependiendo del caso, podr considerase en otras acciones: desbroce, desbosque,

demolicin, movimiento de tierras, etc.

Etapa de construccin: Deber indicarse las acciones y requerimientos de materiales, maquinarias,

equipos, campamentos, personal y requerimientos logsticos que sean necesarios; as como las vas

de acceso para acceder al emplazamiento. Indicar las zonas de disposicin de material excedente y

de ser el caso zona de depsito de desmonte, entre otros aspectos.

Etapa de operacin y mantenimiento: Consistir en detallar las diferentes fases del proceso de

produccin o transformacin, incluyendo los recursos naturales, las materias primas, y dems

insumos que se utilizaran en los procesos de extraccin, produccin o transformacin. En este punto

deber detallarse el origen de dichos insumos, sus caractersticas y peligrosidad, as como las

medidas de control para su transporte, almacenamiento y manejo, la cantidad de produccin diaria,

mensual, anual de productos terminados e intermedios. Asimismo, se sealarn las caractersticas

de los efluentes, emisiones y residuos slidos generados, la cantidad de personal, los

requerimientos logsticos y las vas de acceso, entre otros.

Etapa de abandono o cierre: Deber describirse las acciones generales que implementar el

proponente del proyecto de inversin cuando se termine el proyecto, de tal manera que la zona del

proyecto, as como la zona de influencia quede en condiciones similares a las que se tuvo antes del

inicio del proyecto.

La descripcin secuencial de las etapas del proyecto deber ir acompaada del respectivo

cronograma.

2.6 Envergadura del proyecto

La envergadura del proyecto ser determinado de acuerdo a su zona de influencia directa e

indirecta, as como a la magnitud de los potenciales impactos ambientales que generar. De esta

manera, a mayor zona de influencia o mayores impactos ambientales generados, mayor ser la

envergadura del proyecto a ejecutarse.

Por tanto, la identificacin y delimitacin del rea de influencia (directa e indirecta), debe contar con

criterios tcnicos y metodolgicos de acuerdo a la envergadura y actividad del proyecto as como al

alcance de sus impactos ambientales.

2.7 Evaluacin de Alternativas

Criterios metodolgicos a emplear. El anlisis de alternativas debe partir de la factibilidad tcnica

para luego considerar la factibilidad ambiental; usando para esta ltima, criterios de comparacin y

escalas de calificacin de aplicacin homognea y transparente, vlidos para todas las alternativas.

Presentacin de resultados. Los anlisis de alternativas debern presentarse en forma de cuadros o

matrices en las que figurarn los criterios de seleccin y las valoraciones.

Identificar si existen conflictos con los objetivos de diversos proyectos y actividades localizadas en el

rea de influencia del proyecto, que est relacionado con el aprovechamiento de los recursos

naturales renovables y la gestin del ambiente.

2.8 Tiempo de vida til del proyecto y monto estimado de la inversin

Deber consignarse el tiempo de vida til proyectado, precisando el monto estimado para cada una

de las etapas del proyecto.

2.9 Etapa de abandono

En la etapa de abandono o cierre: establecer si se tendr cierre temporal, cierre progresivo y cierre

final de las actividades del proyecto y describir las acciones generales que se implementar en dicha

etapa.

III. Lnea base

Este aspecto debe contener las caractersticas del rea o lugar donde se ejecutar el proyecto, de

forma tal que sirva de base para valorar los efectos e impactos ambientales que las actividades pueden

producir. En este sentido, deber delimitarse el rea de influencia (directa e indirecta), incluyendo los

siguientes elementos, slo en la medida que sean afectados por el proyecto:

3.1 Ubicacin

Se har una descripcin de la ubicacin, extensin y emplazamiento del proyecto, identificando y

definiendo su rea de influencia, considerando el estudio de macro y micro localizacin, as como la

ubicacin con relacin a un rea natural protegida y/o su zona de amortiguamiento, de ser el caso.

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De ser necesario, se presentarn mapas de base regional, a escala adecuada que permita una clara

presentacin de las caractersticas de la zona a ser afectada. Los mapa de base regional debern ser

preparados en funcin a las dimensiones del proyecto, siendo por ejemplo recomendable para

proyectos de poca envergadura, como el caso de algunos proyectos agroindustriales, mapas a escala

de 1: 2,000 1:5,000; mientras que en caso de proyectos de mayor envergadura, como el caso de

proyectos de grandes irrigaciones de explotacin de grandes reas forestales, se podrn utilizar

escalas como 1:50,000 1:100,000.

En los mapas de base regional, ser necesario visualizarse los siguientes componentes:

- Caseros, localidades y centros poblados,

- Caminos y vas de accesos,

- Caractersticas topogrficas regionales,

- Corrientes, lagos, ros, canales, reservorios y terrenos pantanosos,

- reas naturales protegidas, de acuerdo a la lista oficial nacional.

- reas agrcolas reservadas o cultivada adyacentes a la actividad.

Es de precisar, que la propuesta de identificacin y evaluacin del rea de influencia ser ratificada o

modificada por la autoridad competente, al dar la conformidad de los Trminos de Referencia

respectivos.

3.2 Medio fsico

Se har una descripcin de las caractersticas y dinmica del medio fsico en el que se desarrollar el

proyecto, incluyendo como mnimo los siguientes aspectos:

a) Meteorologa, clima y zonas de vida.

Deber realizarse una descripcin de las condiciones climticas, el cual deber incluir datos

sobre las precipitaciones, los requerimientos de drenaje superficial y de usos de agua para la

vegetacin. Asimismo, es necesario contar con informacin sobre la temperatura, evaporacin,

la ocurrencia de condiciones climticas severas, as como la velocidad, direccin y

caractersticas de difusin del viento, y dems datos considerados apropiados para describir el

clima y las caractersticas meteorolgicas en el emplazamiento y requeridos para el diseo del

proyecto, la evaluacin del impacto y la rehabilitacin.

Se debe informar sobre la precipitacin en trminos de precipitacin mensual mxima, media y

mnima para el periodo de registro de la estacin meteorolgica ms cercana o la registrada en

el emplazamiento. La informacin sobre la temperatura debe ser dada a conocer en trminos

de temperatura mensual mxima, media y mnima para el periodo de registro de la estacin

meteorolgica o la registrada en el emplazamiento. La velocidad y direccin del viento deben

ser presentadas por medio de rosas de viento anual y trimestral para las 16 direcciones del

comps.

La informacin climtica y meteorolgica deber obtenerse de la informacin disponible en el

Servicio Nacional de Meteorologa e hidrologa del Per SENAMHI, debindose sealar la

ubicacin de las mismas; el periodo de registro, la informacin disponible y altitud. Asimismo,

podr tomarse en cuenta como informacin complementaria la disponible en estaciones

meteorolgicas ms cercanas o recopilarla del emplazamiento del proyecto.

Indicar el periodo de registro requerido para la determinacin de los parmetros estadsticos

de las estaciones meteorolgicas.

b) Geologa, geomorfologa, estratigrafa y geoqumica.

El EIA debe incluir un mapa geolgico regional y local, un informe geolgico sobre el lecho de

roca, los depsitos de suelo y el desmonte; as como describir la tectnica de la regin en la

que se localiza el proyecto.

La descripcin geolgica debe estar orientada en determinar el origen, evolucin,

estratigrafa y composin mineralgica de las formaciones geolgicas del rea de

influencia del proyecto.

Adems de ello, debe incluir una descripcin de la geomorfologa del rea del proyecto y de los

procesos geodinmicos externos que se presentan en la zona, con nfasis en el potencial de

erosin del suelo, inundaciones, huaycos, movimiento de tierras, desprendimientos de rocas,

etc., que pueden afectar la integridad del proyecto.

Esta informacin puede estar disponible en informes o documentos publicados y en estudios

previos de investigacin del lugar. La informacin geomorfolgica ser usada tanto para

propsitos del diseo como para la evaluacin de impactos.

Deber incluirse para ello, cartografa topogrfica de la zona a distintas escalas, (dependiendo

stas de la extensin del rea de influencia), as como fotografas del rea. Para esto, a modo

referencia, podrn tomarse en cuenta las recomendaciones del INGEMMET sobre las escalas

de los planos topogrficos:

- - -

Escalas Grandes: 1:500, 1:1,000, 1:2000 y 1:5,000 Escalas Medianas: 1:10,000, 1:25:000, 1:50,000 Escalas Pequeas: 1:100,000, 1:200,000 v1:250,00, 1:300,000 1:500,000, 1:1`000,000, 1:1500,000.

9

c) Hidrografa, hidrologa, hidrogeologa, balance hdrico y calidad del agua.

Se analizar y describir la red hidrogrfica de la zona del proyecto, incluyendo la

descripcin de la calidad de las aguas superficiales y subterrneas, considerndose para ello el

Decreto Supremo N 002-2008-MINAM, que establece los ECA de agua (Anexo III); y la

Resolucin Jefatural N 202-2010-ANA .- Aprueban clasificacin de cuerpos de agua

superficiales y marino - costeros.

Se proporcionar tambin informacin sobre estaciones de monitoreo hidrolgico incluyendo su

ubicacin en coordenadas UTM, la cual deber incluir la proximidad al proyecto, periodo de

registro, tipo de informacin disponible y altitud. Los monitoreos por lo menos deben incluir

mediciones en los meses de febrero y agosto.

El estudio hidrolgico debe estar orientado hacia la determinacin de origen, distribucin de

las aguas meteorolgicas e hidrolgicas y su tratamiento debe considerar la calidad de los

datos hidrometeoroligicos, el nmero de aos de registros histricos, modelos hidrolgicos

para la cuantificacin del recursos hdricos de las cuencas del rea de influencia del

proyecto que permitan generar informacin hidrometeorologica si se requiriera.

El estudio hidrologeolgico debe contemplar el origen, distribucin, hidrodinmica e

hidrogeoquimica de las aguas subterrneas y desarrollo de modelos hidrogeolgicos que

permitan ampliar la informacin medida hacia reas adyacentes al proyecto.

Deber realizarse tambin una descripcin de las condiciones hidrogeolgicas del rea en

base a informacin existente, as como un reconocimiento del sitio considerando el nivel y la

calidad de las aguas. Asimismo, se proporcionar un mapa e inventario de las instalaciones de

pozos subterrneos existentes sealndose su ubicacin, el tipo, produccin y calidad de agua;

as como un modelo conceptual del rgimen del agua subterrnea del rea de estudio que

identifique reas de recarga y descarga, principales fallas o fracturas.

Adems de ello, se consignar las fuentes de abastecimiento de agua del rea de influencia,

los usos de agua, la presencia de estructuras hidrulicas, el flujo de aguas superficiales y su

potencial inundacin, as como las posibles afectaciones a los sistemas de drenaje natural y

artificial.

Calidad del agua:

Calidad de las aguas debe superficiales y subterrneas, estas deben contemplar parmetros

fsicos, qumicos y biolgicos si el proyecto lo requiriera que evalen mejor las condiciones

iniciales y su evolucin en el tiempo para reforzar la informacin proporcionada a travs de

los ECAS propuestos por el Ministerio del Ambiente.

Los parmetros a analizar en la etapa de elaboracin del Estudio de Impacto Ambiental,

sern los establecidos en el Decreto Supremo N 002-2008-MINAM, segn la Categoras

que corresponda al cuerpo receptor; y durante la etapa de ejecucin se debe proponer que

los parmetros a monitorear sean los relacionados a la actividad correspondiente.

Calidad de agua superficial: Se describir el plan de anlisis y muestreo, que deber

contener: la justificacin y ubicacin de los puntos de muestreo, los periodos de muestreo

(estacin seca, lluviosa), los parmetros seleccionados, procedimientos de muestreo,

preservacin y transporte de muestras, incluyendo el laboratorio y las tcnicas analticas e

instrumentales que se utilizarn en los anlisis de laboratorio y/o los equipos utilizados en

las mediciones de los parmetros in-situ.

d) Calidad del aire

Se deber proporcionar informacin sobre la calidad del aire, considerando los ECA para aire,

aprobados mediante Decreto Supremo N 074-2001-PCM y el Decreto Supremo N 003-2008-

MINAM, as como el nivel de ruido, olores, entre otros aspecto.

En este sentido, dependiendo del tipo de proyecto a ejecutarse, deber consignarse los

siguientes datos:

- - - - - - -

Concentraciones de los principales contaminantes. Inventario de las fuentes contaminantes gaseosas, lquidas o de aporte de sedimentos incluyendo los malos olores. Relacin entre las condiciones meteorolgicas y la calidad del aire en la zona de influencia del proyecto. Fuentes de contaminacin por ruidos. Tendencia a incendios forestales y descomposicin orgnica. Circulacin de automviles, aeronaves, etc. Composicin urbana y aglomerados industriales.

e) Ruido

Se deber precisar al momento de la medicin las fuentes de generacin existentes, los

equipos utilizados y la metodologa para medicin y determinacin de los puntos de

ubicacin; as mismo dependiendo del tipo de actividad y etapa del proyecto se deber

realizar una mayor o menor frecuencia de medicin del ruido durante el monitoreo del

mismo.

10

f) Suelo, capacidad de uso mayor de las tierras y uso actual de los suelos.

Deber incluir informacin sobre el suelo, capacidad de uso mayor y uso actual del suelo,

correspondiente al rea del proyecto que puede ser impactado con las actividades previstas a

desarrollar.

Se deber realizar los anlisis respectivos en los componentes fsicos, qumicos y biolgicos del

suelo, a fin de determinar la calidad del mismo, para ello las caractersticas edficas a ser

consideradas sera la pendiente, profundidad efectiva textura, fragmentos gruesos,

pedregosidad superficial, drenaje interno, pH, erosin, salinidad, peligro de anegamiento y

fertilidad natural superficial., entre otros aspectos.

Esta informacin permitir dar una idea de la erosionabilidad, estabilidad y permeabilidad del

suelo; as como verificar la afectacin de la disponibilidad y movimiento del agua en el suelo y

las fluctuaciones del nivel fretico.

Para el desarrollo de este punto deber considerarse las disposiciones del Reglamento de

Clasificacin de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor (Decreto Supremo N 017-2009-AG)

Para la realizacin del los estudios de Suelos, ejecutados a cualquier nivel de detalle y

escala, se deben tomar en cuenta el Reglamento para la Ejecucin de Levantamiento de

Suelos (DS N 033-85-AG), actualmente vigente. As mismo para su clasificacin

taxonmica debern realizarla de acuerdo al soil taxonomy vigente.

Para el tema del Uso Actual del suelo, deben seguir los lineamientos propuestos por la

Unin Geogrfica Internacional (UGI), el cual presenta 9 categoras de uso de las tierras.

g) Otras actividades existentes en el rea del proyecto.

Deber consignarse las dems actividades que se realizan dentro del rea donde se ejecutar

el proyecto.

h) Otros aspectos que la Autoridad Competente determine.

Se considerar aquellos aspectos que la autoridad competente estime convenientes, en este

caso, la DGAA del MINAG.

3.3 Medio biolgico

Deber describirse las caractersticas y dinmica del medio biolgico de la zona donde se realizar el

proyecto, incluyendo la zona de influencia. Deber considerarse para ello, las caractersticas y

componentes de los ecosistemas acuticos y terrestres, incluyendo como mnimo los siguientes

aspectos:

a) Diversidad biolgica y sus componentes.

Se har una descripcin general de los principales componente biolgicos existentes en la zona

a ejecutarse el proyecto.

b) Flora

Se har una descripcin de la flora existente en la zona, indicando su abundancia, su

distribucin, los hbitats de cada especie y el estado de conservacin, en funcin al listado

nacional de especies amenazadas, aprobado por Decreto Supremo N 043-2006-AG.

c) Fauna

Se har una descripcin de la fauna existente en la zona, indicando su abundancia, su

distribucin, los hbitats de cada especie, el grado de endemismo y el estado de conservacin

segn el listado nacional de especies en peligro, aprobado por Decreto Supremo N 034-

2004-AG.

d) Ecosistemas frgiles

Deber sealarse los ecosistemas frgiles de la zona de influencia, los cuales pueden ser:

desiertos, tierras semiridas, montaas, pantanos, bofedales, bahas, islas pequeas,

humedales, lagunas altoandinas, lomas costeras, bosques de neblina, bosques relictos, entre

otros.

e) reas Naturales Protegidas o Zonas de Amortiguamiento

Se indicar la o las reas Naturales Protegidas (ANP) que se encuentren en el rea de

influencia del proyecto, incluyendo las zonas de amortiguamiento. Incluir mapa de ubicacin del

proyecto con relacin a dichas reas en mencin. Especificar la superfcie del proyecto, que se

encuentra dentro del rea Natural Protegida (ANP) y Zona de Amortiguamiento (Z.A.).

En caso que el proyecto o actividad se encuentra en un rea Natural Protegida (ANP) o Zona

de Amortiguamiento (Z.A.), especificar si este es compatible con el objetivo de creacin del

rea Natural Protegida, para ese efecto previamente se dever realizar las coordinaciones con

el Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP, por ser la

autoridad competente.

f) Las unidades paisajsticas Se caracterizarn las unidades paisajsticas del rea del proyecto, considerando los componentes fsicos, biticos y antropognicos. En este sentido, se describirn los paisajes de acuerdo a sus componentes naturales, las obras culturales que destacan visualmente en ella (centros poblados, caminos u otra modificacin del entorno por causa humana), la organizacin 11

visual del espacio y la dinmica resultante de la interaccin de cada uno de los elementos que

conforman la unidad paisajstica.

g) Aspectos o factores que amenazan la conservacin de los hbitats o ecosistemas

identificados.

Deber sealarse aquellos aspectos o factores que pueden afectar los hbitats y dems

componente biolgicos del rea, a fin de determinar el grado de sensibilidad de estos ante los

cambios ambientales.

Incluir el estudio de las zonas de vida a nivel local acompaado de su respectivo mapa,

donde se plasme las caractersticas biofsicas representativas de cada zona de vida y que

estas sean concordantes con las dems temticas analizadas en la lnea de base del

Estudio de Impacto Ambiental a elaborar.

3.4 Aspectos social, econmico, cultural y antropolgico

Se deber describir las caractersticas socio-econmicas de la poblacin del rea de influencia del

proyecto, as como sus creencias, valores y dems rasgos culturales.

En funcin a ello, se deber incluir, cuando sea necesario y de acuerdo a las condiciones y envergadura

del proyecto, los siguientes aspectos:

a) Distribucin y uso del territorio

Deber hacerse un estudio del sistema territorial en cual se describirn los usos del suelo,

explicndose por ejemplo las tendencias de cambios como la transicin entre usos agrarios a

urbansticos, as como la distribucin de los ncleos urbanos, la densidad y el tamao de los

mismos. Asimismo, se describir y analizar el uso actual del territorio, teniendo en

consideracin su aptitud y la tenencia de tierras.

Para la obtencin de dicha informacin podr recurrirse a organismos oficiales como el Instituto

Nacional de Estadstica e Informtica (INEI).

b) ndices demogrficos, sociales y econmicos

Ser necesario incluir informacin sobre la cantidad de personas censadas en las zonas que

sern afectadas por el proyecto, las caractersticas de esa poblacin, porcentajes por sexos,

por edad, natalidad, mortalidad, nivel de instruccin, porcentaje de la poblacin

econmicamente activa, ingresos econmicos, ndices de empleo, entre otros aspectos.

Del mismo modo, para la obtencin de dicha informacin podr recurrirse a organismos

oficiales como el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI).

c) Servicios e infraestructura bsica

Deber sealarse si se cuenta con infraestructura de saneamiento y alcantarillado, carreteras,

vas frreas, y dems informacin relevante sobre la calidad de vida de las comunidades

involucradas.

d) Actividades econmicas

Se describirn las actividades econmicas desarrolladas en las zonas que sern afectadas por

la ejecucin del proyecto, principalmente aquellas actividades dependientes de la extraccin de

recursos naturales por parte de la poblacin, en forma individual o asociativa.

e) Otros aspectos que la autoridad competente determine.

Se considerar aquellos aspectos que la autoridad competente estime convenientes.

3.5 Patrimonio cultural

Deber incluir informacin sobre la presencia de restos arqueolgicos, histricos y culturales en el rea

de influencia del proyecto, para lo cual deber realizarse una evaluacin arqueolgica y de ser

necesario deber presentarse el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueolgicos emitido por el

Instituto Nacional de Cultura (INC).

3.6 Aspectos de vulnerabilidad

Se especificar la predisposicin intrnseca del medio y de los recursos naturales a sufrir un dao o

prdida, ya sea por causas naturales o antropognicos, en el rea de influencia del proyecto.

Por ejemplo, se podr considerar la fragilidad del paisaje por la vulnerabilidad de la vegetacin de sufrir

incendios, la vulnerabilidad hdrica ante una sequa o inundaciones, entre otros.

3.7 Cartografa general

Se elaborarn mapas de ubicacin, temticos, entre otros, as como diagramas relevantes de la lnea

base relacionada con el proyecto.

Las escalas a ser utilizadas estarn en funcin a la envergadura del proyecto, pudindose utilizar para

el caso de proyecto pequeos, mapas a escala de 1: 2,000 1:5,000; mientras que en caso de

proyectos de mayor envergadura, se podrn utilizar escalas como 1:50,000 1:100,000.

IV. Identificacin, evaluacin y valoracin de los impactos ambientales

Se considerar los impactos ambientales significativos derivados de la puesta en marcha del

proyecto, haciendo hincapi en aquellos que pongan en riesgo la salud de las personas y los riesgos

12

ambientales; considerando para ello el medio fsico, biolgico y socio-econmico de la zona de

influencia del proyecto.

En este sentido, a partir de la Lnea Base efectuada, se proceder a identificar, evaluar, valorar,

jerarquizar, supervisar y controlar los impactos negativos derivados de la planificacin, construccin,

operacin, mantenimiento y cierre del proyecto. Es decir, una vez conocido la situacin ambiental

previa de la zona de influencia del proyecto, se proceder a la identificacin de los distintos tipos de

impactos que puedan presentarse, sean estos: i) positivos y negativos, ii) primarios e inducidos, iii)

de corto y largo plazo, y iv) acumulativos.

Es de precisar, que para la identificacin de los impactos ambientales, ser necesario utilizar los

ECA y LMP vigentes, as como el empleo, en ausencia de regulacin nacional, de estndares

internacionales que el Ministerio del Ambiente apruebe para tal fin. De igual manera, el uso de

variables o indicadores ser fundamental para la identificacin de los impactos ambientales, ya que

permiten medir el desempeo del ambiente, en especial respecto al estado y cambios del nivel de

calidad ambiental.

4.1 Metodologas para la identificacin de impactos ambientales

Para la identificacin de los impactos ambientales, se utilizarn metodologas estructuradas, tales

como las listas de chequeo, matrices de causa-efecto y diagramas de redes.

a. Listas de chequeo o revisin: Es la metodologa ms elemental para identificar los impactos

antes de empezar a valorarlos. Consiste en realizar una lista de factores o variables

ambientales con impacto, a fin de detectar aquellos que pueden verse afectados por el

proyecto, sean estos significativos o no.

De este modo, en la lista de revisin que se muestra de ejemplo, se ha incorporado una serie

de factores ambientales a fin de identificar el tipo de impactos que sern generados sobre ellos,

es decir, si estos sern positivo o negativo, temporal o permanente, corto o largo plazo.

Ejemplo de Lista de Revisin

Fuente: GARMEDIA, Evaluacin de Impacto Ambiental, pg. 213, modificado.

b. Matrices de causa-efecto: Es considerada como la mejor herramienta para determinar los impactos ambientales, siendo la Matriz de Leopold , la ms conocida; sin embargo podra aplicarse otra matriz, que permita determinar los impactos ambientales del proyecto sobre el medio.

Ejemplo de Matriz de causa-efecto en Proyectos de Infraestructura de Riego Menor

13 Factores Ambientales Carcter Duracin En el tiempo Espacio Reversible Irreversible Recuperable Irrecuperable Factores Ambientales Beneficio Negativo Temporal Permanente Corto plazo Largo plazo Local Extenso Reversible Irreversible Recuperable Irrecuperable Calidad del aire Nivel de ruido Contaminacin de las aguas Prdida de suelo Prdida de biodiversidad Alteracin sobre especies endmicas Alteracin sobre especies protegidas Empleo y renta Practicas Agronmicas-Culturales Practicas Forestales Practicas mecnico-Estructurales por Utilizacin uso capacidad de labranza Prcticas orgnicas Enmiendas Cobertura muerta contorno Cultivos en de cultivos Rotacin fajas Cultivos en Barreras vivas de laderas Forestacin de riberas Cortinas Forestacin os rompevient Canales y desage desviacin infiltracin Zanjas de Drenes arte Obras de terraplenes Terrazas o ribereas Defensas retencin Diques de crcavas Control de SUELO Perfil horizontal MB- MB- MB+ MB+ MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- Textura MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- Estructura B+ A+ A+ MB+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ B+ Profundidad A+ M+ B+ B+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+

Infiltracin M+ A+ A+ A+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+

Donde: MA (impacto muy alto), A (Impacto Alto), M (Impacto Medio), B (Impacto Bajo), MB (Impacto muy Bajo). Asimismo + (Impacto

positivo) y (Impacto Negativo).

Fuente: Gua Metodolgica para Identificacin, Formulacin y Evaluacin de Proyectos de Infraestructura de Riego Menor.

MINAG, 2003.

c. Diagramas de redes: Este mtodo resalta las interacciones entre las acciones y los factores ambientales y otras relaciones directas o indirectas, permitiendo realizar un anlisis causa- efecto de los impactos ambientales. Ejemplo de Redes de Interaccin de un Proyecto de Irrigacin

14 Contenido de Humedad M+ M+ A+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ Fisiografa MB+ M+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ Fertilidad M+ M+ A+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ Erodabilidad A+ A+ A+ MA+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ Microrganismos B- B- A+ B+ B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- AGUA Composicin MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ MB+ Escorrenta Superficial M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ Flujo subsuperficial A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ Eficiencia de uso M+ A+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ M+ Contaminacin ATMOSFERA Contaminacin FLORA Composicin M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- Hbitat MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- MB- Prdida B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- B- FAUNA Composicin M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- Comportamiento M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- Hbitat M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- Extinsin M M M M M M M M M M M M M M M M M M M PAISAJE Fenosistema A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- A- LEGAL Normas y Regulaciones A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ A+ SOCIO CULTURAL Tcnicas agrcolas tradicionales M- B- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- M- CLIMA Precipitacin Humedad Vientos Temperatura

Fuente: Gua Metodolgica para Identificacin, Formulacin y Evaluacin de Proyectos de Infraestructura de Riego Menor

(MINAG, 2003)

4.2 Valoracin de los impactos ambientales

Una vez identificado los impactos ambientales significativos, se proceder a la valoracin de los

mismos y posteriormente a jerarquizarlos. Para ello, existen herramientas de valoracin cualitativa y

cuantitativa, las cuales tienen como propsito disminuir la subjetividad de la evaluacin.

a) Valoracin cualitativa de los impactos ambientales:

Con esta metodologa se valora una serie de cualidades de los impactos a cada uno de los

aspectos ambientales, asignando valores prefijados, segn sea alta media o baja. La razn

para llamar as a esta valoracin cualitativa, es que refleja, en cierto modo, la importancia

del impacto, midiendo la trascendencia de la accin sobre el factor alterado, mediante

3

determinado atributos .

La valoracin cualitativa de los impactos ambientales podr ser realizada segn:

- - -

- - - - - -

Efecto positivo o negativo, es decir si el efecto ser beneficioso o perjudicial para cada uno de los componentes de la zona afectada por el proyecto. Relacin causa-efecto, en el cual se analizar si el efecto es directo o indirecto, es decir, si el efecto ser inmediato o no sobre el factor ambiental. Acumulacin, cuando cada una de las acciones produce sobre un factor ambiental efectos pequeos, pero al sumarse genera importancia. La acumulacin tambin se presenta cuando los efectos generados por la presencia de determinados agentes individuales, por s solos no resultan prejudiciales, pero unido con otros pueden llegar a ser mortal. Intensidad, es decir, de acuerdo al grado de destruccin de determinado componente ambiente, clasificndose en elevada, media y mnima. Extensin, cuando se consideran las caractersticas espaciales del impacto. Momento, es decir, la manifestacin de los efectos en el tiempo: corto, medio o largo plazo. Persistencia, es decir, si los efectos sern permanente o temporales. Reversibilidad, referida a la eliminacin, mediante procesos naturales, de los impactos generados por la ejecucin del proyecto. Recuperabilidad, referida a la restauracin del componente ambiental alterado, sea por accin natural o por accin humana, as como la capacidad de reemplazo de dicha alteracin.

En lo que respecta al impacto ambiental en el recurso hdrico, de deber realizar una

evaluacin detallada de los efectos de los vertimientos de aguas residuales (en el caso que

el proyecto o actividad) generen ste tipo de residuos. Para la evaluacin, se deber

emplear modelos de dispersin de contaminantes y balance de masas, para ello se deber

de tomar en cuenta el criterio de carga contaminante en el cuerpo receptor.

b) Valoracin cuantitativa de los impactos ambientales:

Consiste en expresar las caractersticas del elemento ambiental y los efectos producidos de

forma medible, mediante el uso de indicadores e ndices ambientales.

Tanto los indicadores e ndices, son valores numricos que proporcionan informacin, de

forma simplificada, sobre la situacin ambiental. Pero, mientras los indicadores se refieren a

medidas directas de factores, los ndices son medidas indirectas o combinaciones de

medidas, que utilizan modelos o frmulas matemticas.

As, por ejemplo, se pueden utilizar indicadores como: emisiones de CO, emisiones de CO 2 ,

emisiones de SO 2 , hectreas de terreno en los que se cambiad el uso del suelo, nmero de

especies amenazadas, produccin de residuos, decibeles producidos por un ruido, entre

otros.

En el caso de los ndices, se requerirn el uso de varias variables. As, por ejemplo, en el

caso de la calidad del agua, se tendr en cuenta el uso de las siguientes variables: el tipo de

uso del recurso (riego, uso potable, etc.), la cantidad de oxigeno disuelto, de coliformes

termotolerantes, totales y fecales, heroicidad, temperatura, pesticidas, fosfatos, nitratos,

amoniaco, partculas en suspensin, color, dureza, pH, aceite y grasas, etc.

No obstante, la utilizacin de los instrumentos de valoracin cualitativa y cuantitativa de

impactos ambientales, deber considerarse los criterios incluidos en el Anexo IV del Decreto

Supremo N 019-2009-MINAM, los cuales se sealan en el siguiente cuadro:

3

GARMEDIA, Alfonso; SALVADOR, Adela; CRESPO, Cristina; GARMEDIA Luis. Evaluacin de Impacto Ambiental, Pearson-Prentice Hall, Madrid, Espaa, 2005. Pg. 228. 15

Metodologa de valoracin de impactos ambientales segn el Anexo IV del Decreto

Supremo N 019-2009-MINAM

Los impactos ambientales que se identifiquen se deben valorar segn:

a) Su carcter positivo, negativo o neutro, considerando a estos ltimos como aquellos que se

encuentran por debajo de los umbrales de aceptabilidad contenidos en las normas y

estndares ambientales.

b) Su grado de perturbacin al ambiente.

c) Su importancia ambiental (alta, media o baja) desde el punto de vista de los recursos

naturales y la calidad ambiental.

d) Su riesgo de ocurrencia (muy probable o poco probable entendida como la probabilidad que

los impactos estn presentes).

e) Su extensin regional, local o puntual.

f) Su duracin permanente, media o corta a lo largo del tiempo.

g) Su reversibilidad para volver a las condiciones iniciales, indicando sino requiere ayuda

humana, s requiere ayuda humana, o s se debe generar una nueva condicin ambiental.

h) Las oportunidades para realzar la diversidad biolgica por medio de la restauracin,

recreacin o rehabilitacin de los hbitats naturales a fin de obtener el beneficio ptimo.

V. Plan de Participacin Ciudadana

La participacin ciudadana puede ser definido como aquel proceso pblico, dinmico y flexible que, a

travs de la aplicacin de variados mecanismos, tiene por finalidad poner a disposicin de la poblacin

involucrada informacin oportuna y adecuada respecto de las actividades que vayan o estn

ejecutndose, a fin de canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones o aportes, y

promover as el dilogo y la construccin de consensos.

En este sentido, el Anexo IV del Decreto Supremo N 019-2009-MINAM, establece la obligacin por

parte del titular del proyecto, de elaborar el Plan de Participacin Ciudadana, tomando en

consideracin el Ttulo IV del Decreto Supremo N 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre

Transparencia, Acceso a la Informacin Pblica Ambiental y Participacin y Consulta Ciudadana en

4

Asuntos Ambientales .

Al respecto, el artculo 30 del referido Decreto Supremo N 002-2009-MINAM, establece una serie de

lineamientos para la realizacin de las consultas, sealando entre otras cosas, que el Plan de

Participacin Ciudadana debe contener lo siguiente:

a) Identificacin de los actores o interesados principales por su relacin con la zona de influencia del

proyecto.

b) Finalidad o meta de la consulta.

c) Determinacin del mbito del proceso de consulta.

d) Cronograma de ejecucin.

e) Designacin del equipo encargado de conducir la consulta y de llevar registro de la misma.

f) Determinacin del lugar donde se llevar el proceso de participacin ciudadana.

g) Detalle de los mecanismos consulta a utilizar durante proceso de participacin ciudadana

(audiencias pblicas, talleres informativos, buzones de observaciones y sugerencias, encuestas,

etc.).

h) El registro de los aportes recibidos y de los resultados de la consulta.

i) La estrategia de manejo de relaciones comunitaria, en los casos que corresponda.

j) Otros que sean necesarios de acuerdo al caso y sean determinados por la autoridad.

Los mecanismos de consulta debern llevarse a cabo en idioma espaol y en el idioma o lengua

predominante en la zona de influencia del respectivo proyecto o de realizacin de la audiencia o taller.

El titular del proyecto presentar en el acpite correspondiente del EIA, los resultados debidamente

sustentados del desarrollo del Plan de Participacin Ciudadana, donde se evidencie las estrategias,

acciones y mecanismos de involucramiento y participacin de las autoridades, poblacin y entidades

representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas, en las diferentes etapas de elaboracin

del EIA.

En los casos en los cuales la autoridad determine la realizacin de audiencias pblicas, el Plan de

Participacin Ciudadana deber contener el informe consolidado de las observaciones formuladas

por la ciudadana durante el proceso de participacin ciudadana, incluyendo las opiniones

sustentadas de las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de informacin efectuadas por la

4

El Sector Agrario no cuenta en la actualidad con una norma especfica sobre participacin ciudadana en materia ambiental. En este sentido, es de aplicacin el Decreto Supremo N 002-2009-MINAM, y slo en el caso de que el Ministerio de Agricultura emitiera una norma expresa sobre participacin ciudadana, el referido Decreto Supremo ser de aplicacin supletoria. 16

poblacin y entidades representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas, destacando la

forma como se dieron respuesta a ellas en el proceso de elaboracin del EIA.

Asimismo, se deben sealar aquellas acciones de participacin ciudadana que sean necesarias

implementar como parte del plan de vigilancia ambiental.

Medidas de manejo ambiental

Deber establecer una Estrategia de Manejo Ambiental, el cual considerar los mecanismos y

acciones para la implementacin de las actividades y compromisos a los que est obligado a cumplir

el titular del proyecto durante su periodo de duracin; de conformidad con la Ley N 27446, su

reglamento y dems normas complementarias aplicables.

La Estrategia de Manejo Ambiental debe considerar como mnimo lo siguiente:

6.1 Plan de manejo ambiental

Se Identificar de manera detallada las acciones que se realizarn a fin de prevenir, mitigar, controlar y

corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados por la ejecucin del proyecto.

En otras palabras, el plan de manejo ambiental debe contener el diseo y ejecucin de actividades

orientadas a minimizar los impactos ambientales significativos que resultan de la implementacin de

una accin humana y puede:

a. b. c. d.

Evitar completamente el impacto al no desarrollar una determinada accin. Disminuir impactos al limitar el grado o magnitud de la accin y su implementacin. Rectificar el impacto al reparar, rehabilitar o restaurar el ambiente afectado 5 Reducir o eliminar el impacto con operaciones de conservacin y mantenimiento .

En este sentido, podrn establecerse medidas, tales como: cambios en los procesos tecnolgicos,

revegetacin de las zonas afectadas, reprogramacin de operaciones para reducir nivel de ruido,

implementacin de medidas para evitar erosin del suelo, monitorear calidad del aire local, reduccin de

operaciones (de ser necesario), utilizacin de programas de tratamiento de efluentes, etc.

Dichas medidas de preferencia debern ser consideradas desde que se inicia el diseo del proyecto, de

tal manera que no sea necesario separar las medidas de prevencin y mitigacin de los impactos del

propio proyecto.

Asimismo, para la elaboracin de las medidas de minimizacin, debe considerarse la descripcin del

proyecto, la lnea base del rea de influencia, as como la identificacin, medicin, valoracin y

jerarquizacin de los impactos generados por la ejecucin del proyecto.

6.2 Plan de vigilancia ambiental

Deber incluir los mecanismos de implementacin del sistema de vigilancia ambiental y la asignacin de

responsabilidades especficas para asegurar el cumplimiento de las medidas contenidas en el Plan de

manejo ambiental, considerando la evaluacin de su eficiencia y eficacia mediante indicadores de

desempeo.

El Plan de Vigilancia Ambiental deber incluir adems, el Programa de Monitoreo Ambiental, el cual

sealar las acciones de monitoreo para el cumplimiento de los limites mximos permisibles u otros

establecidos en las normas nacionales vigentes o normas de nivel internacional.

En este sentido, para la elaboracin del Plan de vigilancia ambiental, deber considerarse:

6.2.1.1.1.1 6.2.1.1.1.2 6.2.1.1.1.3 6.2.1.1.1.4 6.2.1.1.1.5

Los indicadores de impacto y los impactos que han de ser sucesivamente medidos para evaluar su comportamiento en el tiempo. La frecuencia en la recoleccin de los datos, la cual deber ser la mnima necesaria para analizar la tendencia y la correlacin causa-efecto. Ubicacin de los puntos de monitoreo o reas de recoleccin de datos. Mtodo de recoleccin de los datos y forma de almacenamiento (tablas, estadsticas, grficos, mapas, etc.). Respuestas ante debilidades encontradas, as como a los impactos severos que hayan sido detectados.

6.3 Plan de compensacin

La compensacin implica el uso de medidas de manejo mediante las cuales se pretende restituir los

impactos ambientales irreversibles generados por una accin en un determinado lugar, a travs de un

escenario similar al deteriorado, en el mismo lugar o en uno distinto al primero.

En este sentido, la compensacin slo ser considerada en los casos en los cuales no sea posible

prevenir, mitigar, controlar o corregir los impactos ambientales negativos generados por el desarrollo de

la actividad, siendo de aplicacin slo en las reas o lugares en que se generan o presentan los

impactos adversos significativos.

5

ESPINOZA, Guillermo. Fundamentos de Evaluacin de Impacto Ambiental. Centro de Estudios para el Desarrollo (CED) de Chile. Santiago de Chile. 2001. Pg. 83. 17

Las medidas de compensacin debern ser estables y sostenibles en el tiempo, por lo que no es

recomendable considerar compensaciones de carcter econmico a las personas o grupo de personas

que se vean afectadas por los impactos ambientales de la actividad. Pues, estas medidas tienen como

finalidad, contrarrestar la alteracin del factor ambiental, a travs de efectos positivos que compensen

los efectos negativos generados.

En este sentido, pueden considerarse como medidas compensatorias, las siguientes:

6.3.1.1.1.1 6.3.1.1.1.2 6.3.1.1.1.3 6.3.1.1.1.4 6.3.1.1.1.5 6.3.1.1.1.6

Plantar en otro lugar las especies de rboles que sean talados en el lugar de ejecucin del proyecto. Implementacin de programas de capacitacin para la poblacin afectada. Construccin de escuelas, hospitales o centros de difusin cultural. Ayuda a municipios locales. Programas de proteccin de especies en peligro. Construccin de carreteras.

6.4 Plan de relaciones comunitarias

Deber considerar las medidas y acciones que desarrollar el titular para garantizar una relacin

armoniosa con las comunidades adyacentes a su rea de influencia del proyecto, durante las etapas de

construccin, operacin, mantenimiento y cierre o abandono.

6.5 Plan de contingencias

Deber contener las medidas para la gestin de riesgos y respuesta oportuna, adecuada y efectiva ante

la ocurrencia de eventuales incidentes, accidentes y/o estados de emergencia que afecten a la salud, el

ambiente e infraestructura.

Para ello, se deber identificar los distintos tipos de accidentes y/o estados de emergencia que

potencialmente podran ocurrir durante la ejecucin del proyecto, incorporando una estrategia de

respuesta para cada uno ellos, y describiendo los tipos y cantidades de equipos, materiales y mano de

obra que sern requeridos para responder ante dichas emergencias.

El Plan de contingencias considerar adems las acciones para organizar y preparar a la poblacin

susceptible de ser afectada por la emergencia, as como las acciones para gestionar los riesgos en

casos de almacenamiento, uso, transporte y disposicin final de sustancias, materiales y residuos

peligrosos.

6.7 Plan de abandono o cierre

Deber contener el conjunto de actividades que se ejecutarn cuando se termine el proyecto, a fin que

el mbito del mismo, as como su rea de influencia queden en condiciones similares a las que se tuvo

antes del inicio del proyecto. En este sentido, el plan de abandono o cierre busca devolver a su estado

inicial las zonas intervenidas por las instalaciones y el resto de reas afectadas. Este plan se efectuar

de acuerdo a las caractersticas del proyecto y las disposiciones que determine la autoridad

competente, pudiendo considerar para ello, recomendaciones acerca del uso y destino final de los

principales bienes materiales utilizados durante la ejecucin del proyecto, en la medida que la

factibilidad tcnica lo permita, cumpliendo con las exigencias de la normativa ambiental vigente.

6.8 El cronograma y presupuesto

Deber contener la informacin relativa a implementacin de la Estrategia de Manejo Ambiental en

cada una de las etapas del proyecto, incluyendo el cronograma de actividades y el presupuesto

requerido.

6.9 Un cuadro resumen

Se considerar los compromisos ambientales sealados en los Planes establecidos en la Estrategia de

Manejo Ambiental, as como la identificacin del responsable y los costos asociados.

VII. Valorizacin Econmica del Impacto Ambiental

Se deber efectuar la valorizacin econmica del impacto ambiental, utilizando metodologas

aplicables, dentro del mbito del proyecto y su rea de influencia.

De la Empresa Consultora

8.1 La empresa consultora

Nombre de la empresa consultora que elabor el Estudio de Impacto Ambiental

Nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC):

Domicilio legal:

Distrito:

Provincia:

Departamento:

Telfono:

Fax:

Correo electrnico:

8.2 Nombres y firma de los profesionales y tcnicos, que elaboraron el EsIA

Nombres y Apellidos

Denominacin de la profesin

18

N de Colegiatura

Firma

IX. Anexos

Los anexos que permitan corroborar la informacin generada para la realizacin de actividades y tareas

del equipo de profesionales y que est contenida en el EIA, como tambin de otros antecedentes de

inters que sean tiles para la comprensin del documento. El titular del proyecto de inversin debe

presentar la cartografa del lugar de emplazamiento de la accin sealando el rea de influencia (directa

e indirecta), la escala y la simbologa adecuada para una correcta interpretacin; copia de los resultados

de anlisis emitidos por el laboratorio; hojas de clculos realizados, fotografas, videos, entre otros.

Entre los anexos que deberan presentarse, estn los siguientes:

Vigencia de poder del representante legal (en caso de persona jurdica).

Copia simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal o el titular del proyecto

(en caso ser persona natural).

Copia simple de la ficha de Registro nico de Contribuyentes.

Planos y mapas: de Uso Mayor de Tierras, Geolgicos, Hidrogrficos, Carta Nacional, reas de

influencia, etc.

Documentos tcnicos obtenidos de fuentes primarias y secundarias, con indicacin de su fuente.

Estudios complementarios al EIA (Hidrolgico, Hidrogeolgico, Estaciones Meteorolgicas, etc.).

Estudios de modelamiento, simulaciones y otros.

Galera fotogrfica (del rea del proyecto, instalaciones pre existentes, reas de influencia, etc).

Presentar los perfiles modales de los suelos, panel fotogrfico de las reas de las calicatas

muestreadas y los resultados de los anlisis de laboratorio.

ANEXO III

Estndares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para agua segn Decreto Supremo N 002-2008-EM

CATEGORA 1: POBLACIONAL Y RECREACIONAL

19 PARMETROS UNIDAD Aguas superficiales destinadas a la produccin de agua potable Aguas superficiales destinadas para recreacin PARMETROS UNIDAD A1 A2 A3 B1 B2 PARMETROS UNIDAD Aguas que pueden ser potabilizadas con desinfeccin Aguas que pueden ser potabilizadas con tratamiento convencional Aguas que pueden ser potabilizadas con tratamiento avanzado Contacto Primario Contacto Secundario PARMETROS UNIDAD VALOR VALOR VALOR VALOR VALOR FSICOS Y QUMICOS Aceites y grasas (MEH) mg/L 1 1,00 1,00 Ausencia de pelcula visible ** Cianuro Libre mg/L 0,005 0,022 0,022 0,022 0,022 Cianuro Wad mg/L 0,08 0,08 0,08 0,08 ** Cloruros mg/L 250 250 250 ** ** Color Color verdadero escala Pt/Co 15 100 200 sin cambio normal sin cambio normal Conductividad us/cm 1500 1600 ** ** ** D.B.O. mg/L 3 5 10 5 10 D.Q.O. mg/L 10 20 30 30 50 Dureza mg/L 500 ** ** ** ** Detergentes (SAAM) mg/L 0,5 0,05 na 0,5 Ausencia de espuma persistente Fenoles mg/L 0,003 0,01 0,1 ** ** Fluoruros mg/L 1 ** ** ** ** Fsforo Total mg/L P 0,1 0,15 0,15 ** ** Materiales Flotantes Ausencia de material flotante ** ** Ausencia de material flotante Ausencia de material flotante Nitratos mg/L N 10 10 10 10 ** Nitritos mg/L N 1 1 1 1(5) ** Nitrgeno amoniacal mg/L N 1,5 2 3,7 ** ** Olor Aceptable ** ** Aceptable ** Oxgeno Disuelto mg/L >=6 >=5 >=4 >=5 >=4 pH Unidad de pH 6,5-8,5 5,5-9,0 5,5-9,0 6-9(2,5) ** Slidos Disueltos Totales mg/L 1000 1000 1500 ** ** Sulfatos mg/L 250 ** ** ** ** Sulfuros mg/L 0,05 ** ** 0,05 ** Turbiedad UNT 5 100 ** 100 ** INORGNICOS

Aluminio mg/L 0,2 0,2 0,2 0,2

20

** Antimonio mg/L 0,006 0,006 0,006 0,006 ** Arsnico mg/L 0,01 0,01 0,05 0,01 ** Bario mg/L 0,7 0,7 1 0,7 ** Berilio mg/L 0,004 0,04 0,04 0,04 ** Boro mg/L 0,5 0,5 0,75 0,5 ** Cadmio mg/L 0,003 0,003 0,01 0,01 ** Cobre mg/L 2 2 2 2 ** Cromo Total mg/L 0,05 0,05 0,05 0,05 ** Cromo VI mg/L 0,05 0,05 0,05 0,05 ** Hierro mg/L 0,3 1 1 0,3 ** Manganeso mg/L 0,1 0,4 0,5 0,1 ** Mercurio mg/L 0,001 0,002 0,002 0,001 ** Niquel mg/L 0,02 0,025 0,025 0,02 ** Plata mg/L 0,01 0,05 0,05 0,01 0,05 Plomo mg/L 0,01 0,05 0,05 0,01 ** Selenio mg/L 0,01 0,05 0,05 0,01 ** Uranio mg/L 0,02 0,02 0,02 0,02 0,02 Vanadio mg/L 0,1 0,1 0,01 0,1 0,1 Zinc mg/L 3 5 5 3 **

UNT Unidad Nefelomtrica

Turbiedad

NMP/100 mL Nmero ms probable

en 100 mL

*Contaminantes Orgnicos Persistentes (COP)

**Se entender que para esta subcategora, el parmetro no es relevante, salvo casos especfics que la Autoridad competente determine.

21 ORGNICOS I. COMPUESTOS ORGNICOS VOLTILES Hidrocarburos totales de petrleo, HTTP mg/L 0,05 0,2 0,2 Trihalometanos mg/L 0,1 0,1 0,1 ** ** Compuestos Orgnicos Voltiles COVs 1,1,1-Tricloreatano--71-55-6 mg/L 2 2 ** ** ** 1,1-Dicloroeteno--75-35-4 mg/L 0,03 0,03 ** ** ** 1,2-Dicloroetano--107-06-2 mg/L 0,03 0,03 ** ** ** 1,2-Diclorobenceno-95-50-1 mg/L 1 1 ** ** ** Hexaclorobutadieno-87-68-3 mg/L 0,0006 0,0006 ** ** ** Tetracloroeteno--127-18-4 mg/L 0,04 0,04 ** ** ** Tetracloruro de Carbono --56- 23-5 mg/L 0,002 0,002 ** ** ** Ticloroeteno--79-01-6 mg/L 0,07 0,07 ** ** ** BEXT Benceno --71-43-2 mg/L 0,01 0,01 ** ** ** Etilbenceno--100-41-4 mg/L 0,3 0,3 ** ** ** Tolueno--108-88-3 mg/L 0,7 0,7 ** ** ** Xilenos-1330-20-7 mg/L 0,5 0,5 ** ** ** Hidrocarburos Aromticos Benzo(a)pireno --50-32-8 mg/L 0,0007 0,0007 ** ** ** Pentaclorofenol (PCP) mg/L 0,009 0,009 ** ** ** Triclorobencenos (Totales) mg/L 0,02 0,02 ** ** ** Plaguicidas Organofosforados: Malation mg/L 0,0001 0,0001 ** ** ** Metamidofs (restringido) mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Paraquat (restringido) mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Paratin mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Organoclorados (COP)*: Aldrn - 309-00-2 mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Clordano mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** DDT mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Dieldrin --60-57-1 mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Endosulfn mg/L 0,000056 0,000056 * ** ** Endrin --72-20-8 mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Heptacloro -- 76-44-8 mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Heptacloro epxico 1024-57-3 mg/L 0,00003 0,00003 * ** ** Lindano mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Carbamatos: Aldicarb (restringido) mg/L Ausencia Ausencia Ausencia ** ** Policloruros Bifenilos Totales (PCBs) mg/L 0,000001 0,000001 ** ** ** Otros Asbesto Millones de fibras/L 7 ** ** ** ** MICROBIOLGICO Colliformes Termotolerantes (44,5C) NMP/100 mL 0 2000 20000 200 1000 Colliformes Totales (35-37C) NMP/100 mL 50 3000 50000 1000 4000 Enterococos fecales NMP/100 mL 0 0 200 Escherichia coli NMP/100 mL 0 0 Ausencia Ausencia Formas parasitarias Organismo/Litro 0 0 0 Giardia duodenalis Organismo/Litro Ausencia Ausencia Ausencia Ausencia Ausencia Salmonella Presencia/100mL Ausencia Ausencia Ausencia 0 0 Vibrio Cholerae Presencia/100mL Ausencia Ausencia Ausencia Ausencia Ausencia

CATEGORA 2: ACTIVIDADES MARINO COSTERAS

AGUA DE MAR

Sub Categora 3

Otras Actividades (C3)

ORGANOLPTICOS

No visible

FISICOQUMICOS

2,0

10,0

>=2,5

6,8-8,5

70,0

0,08

***delta3C

INORGNICOS

0,21

0,05

0,0093

0,05

0,05

0,1

NMP/100 mL Nmero ms probable en 100 mL

* rea Aprobada: reas de dnde se extraen cultivan moluscos bivalbos seguros para el comercio directo y consumo, libres de contaminacin fecal humana animal,

de organismos patgenos cualquier sustancia deletrea venenosa y potencialmente peligrosa.

* rea Restringida: reas acuticas impactadas por un grado de contaminacin donde se extraen moluscos bivalvos seguros para consumo humano luego de ser depurados

** Se entender que para este uso, el parmetro no es relevante, salvo casos especficos que la Autoridad competente lo determine.

*** La temperatura corresponde al promedio mensual del rea evaluada.

22 PARMETROS UNIDADES PARMETROS UNIDADES Sub Categora 1 Sub Categora 2 PARMETROS UNIDADES Extraccin y cultivo de Moluscos Bivalvos (C1) Extraccin y cultivo de otras especies hidrobiolgicas (C2) Hidrocarburos de Petrleo No visible No visible Aceites y grasas mg/L 1,0 1,0 DBO mg/L ** 10,0 Oxgeno Disuelto mg/L >=4 >=3 pH Unidad de pH 7-8,5 6,8-8,5 Slidos Suspendidos Totales mg/L ** 50,0 Sulfuro de Hidrgeno mg/L ** 0,06 Temperatura celsius ***delta3C ***delta3C Amonaco mg/L ** 0,08 Arsnico total mg/L 0,05 0,05 Cadmio total mg/L 0,0093 0,0093 Cobre Total mg/L 0,0031 0,05 Cromo VI mg/L 0,05 0,05 Fosfatos (P-P04) mg/L ** 0,03-0,09 PARMETROS UNIDADES UNIDADES AGUA DE MAR PARMETROS UNIDADES UNIDADES Sub Categora 1 Sub Categora 2 Sub Categora 3 PARMETROS UNIDADES UNIDADES Extraccin y cultivo de Moluscos Bivalvos (C1) Extraccin y cultivo de otras especies hidrobiolgicas (C2) Otras Actividades (C3) Mercurio total mg/L 0,00094 0,0001 0,0001 Nquel total mg/L 0,0082 0,1 0,1 Nitratos (N-NO3) mg/L ** 0,07-0,28 0,3 Plomo total mg/L 0,0081 0,0081 0,0081 Silicatos (Si-SiO3) mg/L ** 0,14-0,70 ** zinc total mg/L 0,081 0,081 0,081 ORGNICOS Hidrocarburos de petrleo totales (fraccin aromtica) mg/L 0,007 0,007 0,01 MICROBIOLGICOS Coliformes Termotolerantes NMP/100mL * 14 (rea aprobada) 30 1000 Coliformes Termotolerantes NMP/100mL * (rea restringida)

CATEGORA 3: RIEGO DE VEGETALES Y BEBIDAS DE ANIMALES

23 PARMETROS PARA RIEGO DE VEGETALES DE TALLO BAJO Y TALLO ALTO PARMETROS UNIDAD VALOR Fisicoqumicos Biocarbonatos mg/L 370 Calcio mg/L 200 Carbonatos mg/L 5 Cloruros mg/L 100-700 Conductividad (uS/cm) =4 pH Unidad de pH 6,5-8,5 Sodio mg/L 200 Sulfatos mg/L 300 Sulfuros mg/L 0,05 Inorgnicos Aluminio mg/L 5 Arsnico mg/L 0,05 Bario total mg/L 0,7 Boro mg/L 0,5-6 Cadmio mg/L 0,005 Cianuro Wad mg/L 0,1 Cobalto mg/L 0,05 Cobre mg/L 0,2 Cromo (6+) mg/L 0,1 Hierro mg/L 1 Litio mg/L 2,5 Magnesio mg/L 150 Manganeso mg/L 0,2 Mercurio mg/L 0,001 Niquel mg/L 0,2 Plata mg/L 0,05 Plomo mg/L 0,05 Selenio mg/L 0,05 Zinc mg/L 2 Orgnicos Aceites y Grasas mg/L 1 Fenoles mg/L 0,001 S.A.A.M. (detergentes) mg/L 1 Plaguicidas Aldicarb ug/L 1 Aldrn (CAS 309-00-2) ug/L 0,004 Clordano (CAS 57-74-9) ug/L 0,3 DDT ug/L 0,001 Dieldrin (N CAS 72-20-8) ug/L 0,7 Endrn ug/L 0,004 Endosulfn ug/L 0,02 Heptacloro (N Cas 76-44- 8) y heptacloripoxido ug/L 0,1 Lindano ug/L 4 Paratin ug/L 7,5

PARMETROS PARA BEBIDAS DE ANIMALES

PARMETROS Fisicoqumicos Conductividad Elctrica Demanda Bioqumica de Oxgeno Demanda Qumica de Oxgeno Fluoruro Nitratos (NO3-N) Nitritos (NO2-N) Oxgeno Disuelto pH Sulfatos Sulfuros Inorgnicos Aluminio Arsnico Berilio Boro Cadmio Cianuro Wad Cobalto Cobre Cromo (6+) Hierro Litio Magnesio Manganeso Mercurio Niquel Plata Plomo Selenio Zinc Orgnicos Aceites y Grasas Fenoles S.A.A.M. (detergentes) Plaguicidas Aldicarb Aldrn (CAS 309-00-2) Clordano (CAS 57-74-9) DDT Dieldrin (N CAS 72-20-8) Endosulfn Endrin Heptacloro (N CAS 76-44-8) y heptacloripxido Lindano Paratin Biolgicos Coliformes Termotolerantes

UNIDAD

(uS/cm) mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L Unidad de pH mg/L mg/L

mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L mg/L

mg/L mg/L mg/L

ug/L ug/L ug/L ug/L ug/L ug/L ug/L

ug/L ug/L ug/L

NMP/100mL

VALOR