Tesina Sara Morras

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GUÍA PARA LA CREACIÓN DE UN PLAN DE EMERGENCIA EN ARCHIVOS CLÍNICOS. EL CASO PRÁCTICO DEL ARCHIVO CLÍNICO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO MIGUEL SERVET DE ZARAGOZA Sara Morrás Sesma Proyecto fin de Master Tutor: Dr. D. Jesús Tramullas Saz y Dr. D. Miguel Moreno Vernis Master en Gestión de Unidades y Servicios de Información y Documentación. Curso 2008-2010 Departamento de Ciencias de la Documentación e Historia de la Ciencia. Universidad de Zaragoza. Facultad de Filosofía y Letras Septiembre de 2010

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Trabajo Fin de Master Sara Morrás Sesma

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GUÍA PARA LA CREACIÓN DE UN PLAN DE EMERGENCIA EN ARCHIVOS CLÍNICOS. EL CASO PRÁCTICO DEL ARCHIVO CLÍNICO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO MIGUEL SERVET DE ZARAGOZA

Sara Morrás Sesma

Proyecto fin de Master

Tutor: Dr. D. Jesús Tramullas Saz y Dr. D. Miguel Moreno Vernis

Master en Gestión de Unidades y Servicios de Información y Documentación. Curso 2008-2010

Departamento de Ciencias de la Documentación e Historia de la Ciencia.

Universidad de Zaragoza. Facultad de Filosofía y Letras

Septiembre de 2010

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Universidad de Zaragoza

Facultad de Filosofía y Letras

Departamento de Ciencias de la Documentación e Historia de la Ciencia

Guía para la creación de un plan de emergencia en Archivos Clínicos. El caso práctico

del Archivo Clínico del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza por Sara

Morrás Sesma correspondiente al Proyecto fin de Master o Tesis de Maestría del

programa del Master de Gestión de Unidades y Servicios de Información y

Documentación. Curso 2008-2010

Tutores: Dr. D. Jesús Tramullas Saz y Dr. D.Miguel Moreno Vernis

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Agradecimientos:

En este breve espacio quiero mostrar mi agradecimiento a:

Miguel Moreno Vernis, tutor del proyecto, ya que sin su supervisión no hubiera

sido posible la realización de este proyecto. Gracias por confiar en mí y apoyarme

durante todo el proceso, ha sido un verdadero placer trabajar contigo.

Jesús Tramullas Sanz, tutor del proyecto y coordinador del Master, que me ha

ayudado en cada momento, a superar las diversas adversidades que se han ido

planteando.

El Servicio de Documentación Clínica del Hospital Miguel Servet, que durante

mi estancia en prácticas me han mostrado su apoyo, por lo que ha sido un verdadero

placer poder trabajar con dicho equipo.

Fernando Mikelarena Peña, quien ha supervisado la primera línea de

investigación “Legislación sobre la conservación de la historia clínica”, por sus consejos

y sus correcciones.

Mª Adelaida Allo Manero que gracias a sus enseñanzas durante la Diplomatura y

el Master han hecho que mostrase interés por la conservación y me decantase por el

desarrollo de esta guía.

Los compañeros del Master que me han mantenido informada puntualmente de

la evolución de los acontecimientos y siempre me han dado ánimos para continuar

adelante.

A mi familia, amigos y a mi pareja que han hecho posible que pudiese continuar

formándome y me han dado fuerzas para continuar adelante cuando más lo necesitaba.

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“Mejor es prevenir que curar”.

Erasmo de Rotterdam

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I

SUMARIO Presentación...................................................................................................................... 1 Objetivos........................................................................................................................... 3 Justificación ...................................................................................................................... 4 Metodología...................................................................................................................... 5 Fases de la planificación, diseño e implantación del proyecto......................................... 7

Fase 1: Evaluación del Archivo................................................................................ 7 Fase 2: Creación de un Comité de Desastres............................................................ 9 Fase 3: Plan de conservación.................................................................................... 9 Desarrollo de las fases ............................................................................................ 10

Fase 1: Evaluación del Archivo en el que se deberán realizar las siguientes acciones. ............................................................................................................. 10 Fase 2: Creación de un Comité de Desastres...................................................... 26 Fase 3: Plan de conservación.............................................................................. 30

Conclusión...................................................................................................................... 33 Anexo I ........................................................................................................................... 34

Legislación sobre conservación en archivos clínicos ................................................. 34 Introducción........................................................................................................ 35 Legislación estatal .............................................................................................. 39 Legislación autonómica...................................................................................... 47 Bibliografía......................................................................................................... 70

Anexo II.......................................................................................................................... 72

El caso práctico del Hospital Universitario Miguel Servet ........................................ 72 Introducción............................................................................................................ 74 Fase 1 - Documentos de trabajo ............................................................................. 76

A.Información Institucional................................................................................ 76 B.Servicios necesarios en una emergencia ......................................................... 78 C.Equipos para emergencias existentes en la institución ................................. 101 D.Lista de verificación semanal ....................................................................... 103

Intervenciones de Emergencia.............................................................................. 104 Documentos muy húmedos o muy mojados..................................................... 107 Documentos poco mojados o simplemente húmedos....................................... 107 Cómo secar las historias clínicas (soporte papel)............................................. 108

Anexo I ................................................................................................................. 110 Anexo II................................................................................................................ 120

Bibliografía............................................................................................................... 123 Bibliografía específica para el diseño y planificación de un plan de desastres........ 126

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Presentación

En la sociedad de la información del siglo XXI, los archivos se encuentran

amenazados por un problema de deterioro y pérdida de las colecciones. Muchos de estos

son debidos a la falta de unas instalaciones adecuadas, a la exposición de los

documentos a riesgos innecesarios y a otras muchas causas que hacen que parte de la

documentación o en los peores casos toda ella se pierda.

En materia de conservación en España, se han empezado a dar ciertos pasos en

lo que se refiere a planificación de catástrofes, sin embargo, no existen realmente

legislación específica que integre la conservación preventiva, lo que explica también el

poco interés demostrado por los gestores de dicho patrimonio por la adecuada

conservación del mismo. La incorporación de personal técnico (conservadores y

restauradores) con formación en conservación ha contribuido a mejorar algo la situación

en los últimos años.

El coste de una conservación profesional como forma de rectificar estos

problemas requiere una inversión económica muy alta, algo que la mayoría de archivos

tanto de titularidad pública como privada no pueden afrontar. Pero los daños se pueden

minimizar con un programa de conservación preventiva adecuado a nuestra institución.

La misión fundamental de una institución sanitaria es el prestar los cuidados de

salud que los ciudadanos requieren en cada momento, asegurando a los pacientes y

familiares la adopción de todos los medios a nuestro alcance para disminuir al máximo

los riesgos derivados de nuestra propia actuación. Las situaciones de emergencia, son

especialmente preocupantes en los grandes centros hospitalarios, por las características

de su construcción, acumulación de materiales y zonas de riesgo y sobre todo por la

incapacidad de los pacientes para ser autónomos ante cualquier incidencia que se

produzca.

Con esta guía se tratará de realizar un nuevo Plan de emergencia ante desastres

que buscará transmitir a los profesionales del archivo las pautas de actuación para

planificarse ante una emergencia u catástrofe. Aunque en este proyecto sólo

desarrollaremos la Fase 1: Evaluación del Archivo, para que posteriormente se

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2

desarrollen las siguientes fases: Creación de un Comité de Desastres y Digitalización de

los fondos.

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Objetivos

Con esta guía se trata de erradicar prácticas o situaciones potencialmente

peligrosas en los archivos clínicos, previniendo la aparición de desastres evitables. Pero

en el caso que se provoque cualquier incidencia de mayor o menor magnitud se tratará

de minimizar los daños producidos tanto en las personas como en la colección. Con

ello se tratará de reducir considerablemente los gastos en la reparación de los materiales

dañados, es decir, en los equipos, mobiliario e infraestructura, por lo que se garantizará

el acceso para el uso asistencial de la información con la mayor brevedad posible.

Identificando los riesgos en la Fase 1 y desarrollándolos en las diversas Hojas de

trabajo podremos iniciar nuestro proyecto para la creación de la futura Guía.

Estos objetivos tienen que cumplirse de acuerdo a la legislación vigente que

quedará recogida posteriormente en el Anexo I sobre conservación de la Historia

Clínica.

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Justificación

La Ley General de Sanidad1 reconoce el derecho del paciente a que quede

constancia por escrito de todo su proceso, en una historia clínica, dependiendo de cada

Comunidad Autónoma su conservación es de menor o mayor duración. Con

posterioridad fue aprobada la Ley 41/20022 en la que se establece que “los centros

sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones

que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad”.

La implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en

los últimos años por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, ha dotado

a usuarios y profesionales de sistemas y aplicaciones que han facilitado a ambos

colectivos el acceso a una información de calidad sobre la salud individual, al servicio

de una atención sanitaria de calidad creciente. El Ministerio de Sanidad a través de

varios proyectos desarrollados con las Comunidades Autónomas, esta tratando de

instaurar la historia clínica digital dentro del Sistema Nacional de Salud, ya que es una

necesidad percibida por todos los agentes interesados en este proceso, que las

funcionalidades esenciales no queden circunscritas al ámbito de cada Comunidad

Autónoma, sino que se extiendan más allá de ellas, acompañando a los ciudadanos en

sus desplazamientos por todo el territorio nacional e incluso fuera de él, en los países de

nuestro entorno.

En este contexto de cambio queremos presentar esta guía para la creación de un

plan de emergencia para archivos clínicos, porque a pesar de las nuevas tecnologías en

la mayoría de los archivos se sigue conservando la documentación en soporte

tradicional y tardará años en desaparecer. Además como valor añadido en esta guía se

ha incorporado un apartado que recoge la legislación estatal básica y de obligado

cumplimiento para todas las Comunidades Autónomas, junto a la desarrollada por éstas.

1España. Ley 14/1986 de 25 de Abril General de Sanidad. 2 España. Ley 41/2002 Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

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Metodología

La guía para el Plan estará basada en los puntos guías de la Hoja de trabajo para

esbozar un plan de desastre que aparecen recogida en El manual de preservación de

bibliotecas y archivos del Northeast Document Conservation Center3 y el Manual de

planificación y prevención de desastres en archivos y bibliotecas4 con ambos se

elaborará un estudio de riesgos respondiendo a las diferentes cuestiones que ambos

proponen. La finalidad de recopilar los datos a través de dichas Hojas es evaluar la

situación del archivo y los riesgos a través de la siguiente metodología propuesta en

dicho manual. Se representa un escenario en el que puedan interaccionar las diferentes

fuentes de peligro con los distintos elementos que componen el archivo, teniendo en

cuenta las características de éste. El objetivo de la evaluación de los posibles riesgos es

la cuantificación de la probabilidad (frecuencia) y de la intensidad (gravedad) con que

se pueden producir los efectos dañinos. Técnicamente la expresión del valor de riesgo

viene definida por la ecuación: R = P x I; en la que R = valor del riego, P = coeficiente

de probabilidad, y I = coeficiente de intensidad promedio. Para la evaluación de riesgos

utilizaremos el Método de Evaluación de Riesgos en Archivos, MERA, con las escalas

de valoración pertinentes.

Una vez evaluados los riesgos y tras haber estudiado los resultados de acuerdo a

la normativa internacional se procederá a la redacción de dicho plan que deberá

contener lo siguiente elementos para que una recuperación de emergencia sea

satisfactoria:

− Respuesta inicial oportuna

− Plan detallado frente a desastres

− Personal capacitado

− Administración comprometida

− Comunicación eficaz

− Decisiones rápidas e informadas

3 OGDEN, Sherelyn. Manual de preservación de bibliotecas y archivos del Northeast Document Conservation Center [En línea]. Santiago de Chile: DIBAM, 2000. 370 p. [Consulta 14-12-2009] URL <www.nedcc.org/resources/downloadas/spplam3.pdf> 4 SANCHEZ HERNAMPÉREZ, Arsenio. Manual de planificación y prevención de desastres en archivos y bibliotecas. Madrid : Fundación Histórica Tavera|, Fundación MAPFRE Estudios, 2000. 111 p. ISBN 8489763828.

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Y deberá estar estructurado en seis áreas:

• Evaluación de riesgos

• Sistema de comunicaciones

• Formación de los trabajadores

• Elaboración del manual de prevención de desastres

• Abastecimiento de materiales

• Cooperación con agentes locales, regionales y nacionales

Nuestra programa de siniestros, desastres o catástrofes va dirigido a la prevención,

salvamento y recuperación de la documentación y se pondrá en marcha sólo cuando la

seguridad de las personas esté totalmente asegurada y el desastre haya sido controlado.

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Fases de la planificación, diseño e implantación del proyecto

Fase 1: Evaluación del Archivo

La evaluación del archivo se realizará a través de las Hojas de trabajo en las que se

deberán realizar las siguientes acciones:

• Marcar y señalizar las características del medio físico y geográfico en que se

encuentra ubicada la institución, las variables de clima, su condición de zona

sísmica, su propensión a inundaciones por vecindad a crecidas de ríos no

canalizados, y otras que pudieran comprometer la integridad de la institución.

• Analizar el riesgo a que puedan estar sometidas la institución, las colecciones y

el personal.

• Registrar la calidad y el estado físico de las edificaciones cercanas con riesgo de

incendio u otra catástrofe. Del mismo modo que contactar con las instituciones

vecinas que podrían servirnos de apoyo, o con aquellas con quienes

coordinaríamos algún tipo de asistencia mutua.

• Efectuar periódicamente un estudio minucioso de la planta física del local o el

edificio, de preferencia con el asesoramiento del ingeniero o arquitecto que

diseñara la construcción, con el fin de detectar fallas y poder señalar medidas

preventivas, tales como la reparación de daños menores que puedan causar o

facilitar desastres mayores. Este cateo incluye la revisión de cimientos, de

paredes, techos, ventanas, puertas, cableados eléctricos, tuberías de agua y

desagüe, estado y ubicación de los tanques de agua, el estado de los sistemas de

alarmas y de los mecanismos contra incendio.

• Revisión de los depósitos, su ubicación, la calidad, estado y solidez de las

estanterías; su estabilidad, saber por ejemplo si pueden soportar movimientos

sísmicos e incendios.

• Proveerse de sistemas y dispositivos contra los desastres a que están expuestos

estos centros:

o Sistemas de alarmas al ingreso y salida que detectan personas que

sustraen documentos

o Alarmas que detectan incendios: gases o infrarrojos

• La evaluación de los recursos bibliográficos y el levantamiento de inventarios

valorizados, son funciones técnicas propias de archivo. Le corresponde al

Equipo de Planeamiento de Prevención de Desastres, anexar estos datos,

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cuidando de coordinar con los organismos directivos respecto políticas y

prioridades en cuanto a protección, prevención y salvamento de colecciones,

equipos, mobiliarios y otros.

• El Plan debe considerar proveerse de dispositivos para atacar, arremeter y/o

detener tanto las inundaciones, los amagos de incendio como los intentos

criminales de terceros. Igualmente en él se deberá contemplar el deber de estar

prevenidos y conectados directamente con las personas y las instituciones

especializadas en contrarrestar y sofocar los efectos causados por la diversa

gama de agentes destructores.

Descripción de los beneficios previstos

• Cumplir con la legislación en aquellos aspectos referidos al mantenimiento de la

documentación clínica.

• Poder llevar a cabo las funciones de los centros de asistencia, investigación,

enseñanza, formación e incluso evaluación de la propia actividad.

• Poder desempeñar las funciones de las historias clínicas, que en términos

generales han de satisfacer la atención al paciente, la docencia, la investigación,

el control de calidad, la planificación sanitaria, la gestión administrativa y la

legal.

• Mejorar la asistencia gracias a la informatización garantizando aquellos aspectos

relacionados con la seguridad, tanto del mantenimiento de los datos que la

asistencia genera, como la imposibilidad de efectuar modificaciones en los

registros, lo que garantizará el valor probatorio judicial de la historia.

• Favorece la disminución de los costes y ahorrar espacio al requerir menor

cantidad de equipos.

• Permitir la estandarización y protocolización de procedimientos que facilitan el

entrenamiento y supervisión del personal minimizando los trastornos cuando se

producen cambios en el mismo.

• Facilitar la investigación y la gestión asistencial con la codificación de

diagnósticos y procedimientos.

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Fase 2: Creación de un Comité de Desastres

Los puntos principales que deberá contener esta fase son siguientes:

• Creación de un manual de uso interno que contenga el plan

• Mantenimiento del plan

• Redacción de normas y directrices para reglamentación para planes de

emergencia

Fase 3: Plan de conservación.

Como plan de conservación a largo plazo y para su preservación se debe llevar a cabo la

digitalización de documentos. Esta fase se puede dilatar en el tiempo y se deberá llevar

a cabo de acuerdo con la legislación y los programas del Ministerio de Sanidad en

vigencia. En muchos casos y, debido a la necesidad de abaratar costes, esta fase la

realizan empresas externas especializadas

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Desarrollo de las fases

Fase 1: Evaluación del Archivo en el que se deberán realizar las siguientes

acciones.

El diseño de un programa de preservación no debe considerarse como un

proceso arcano más bien se asemeja a otros procesos de toma de decisiones

administrativas.

Se han desarrollado diversas herramientas especializadas para ayudar a los

profesionales a evaluar sus necesidades de preservación y decidir las prioridades al

abordarlas. Ejemplos:

− El Northeast Document Conservation Center elaboró el texto Preservation

Planning: Guidelines for Writing a Lon-Range Plan [Planificación para la

Preservación: pautas para elaborar un plan de amplio alcance].

− El Ministerio de Cultura elaboró en 2008 la Guía para un Plan de protección de

colecciones ante emergencias

− La Association of Research Libraries ofrece Preservation Planning Program

[Programa de Planificación para la Preservación]

− CALIPR es un paquete de software computacional para ayudar a todo tipo de

repositorios de California a llevar a cabo una evaluación sencilla de las

necesidades de preservación.

Los resultados obtenidos gracias a estas herramientas ayudan al administrador a evaluar

los componentes básicos de la planificación para la preservación, éstos deben

combinarse con el fin de producir una lista de prioridades.

Estudio del edificio

Se trata de realizar un chequeo al edificio y de su entorno inmediato, Arsenio Sánchez,

en su manual nos propone estudiar el edificio a través de respuestas guiadas que nos

pueden servir para rellenar las hojas de trabajo que el Ministerio de Cultura en su “Guía

para un Plan de protección de colecciones ante emergencias”. Las emergencias más

comunes tienen su origen en el propio edificio: instalaciones, emplazamiento, materiales

constructivos, desgaste, mantenimiento, etc., en sí mismo, es una protección (o, en el

caso opuesto, una amenaza) para las colecciones.

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El estudio del edificio corre el riesgo de convertirse en una tarea sin fin. Es

comprensible que se desee que sea lo más perfecto posible, pero se trata del primer paso

en la elaboración del Plan, no de un fin en sí mismo. Presumiblemente este estudio

arrojará información sumamente interesante para múltiples asuntos, pero nuestro

objetivo es la protección de las colecciones en situaciones de emergencia. Cualquier

otro beneficio que se consiga será bienvenido, pero esto no debe distraer del objetivo

final.

La secuencia de trabajo comienza con la identificación de las zonas utilizando para ello

el modelo incluido en la Ficha 1.1. Identificación de las zonas, este es el primer paso

que permitirá establecer una división del edificio, para así estudiar una protección

específica para cada parte.

Una vez identificada cada zona y el uso que se da a ese espacio, se consignará

brevemente el tipo de colección que contiene, junto con un cálculo aproximado de su

número, y se indicarán los materiales que las constituyen.

La información relativa a las “Características especiales” y los “Sistemas de protección”

se podrá encontrar en el Plan de Autoprotección, de donde se tomará también la

simbología normalizada. Se tendrá en cuenta que determinados sistemas de protección,

pueden ser un factor de riesgo. Esto se indicará en el apartado de “Observaciones.

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Ficha 1.1. Identificación de las zonas dentro del archivo y sistemas de protección

Identificación de la zona

Tipo de espacio

Zona pública: servicios, pasillos, etc.

Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.

Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.

Colecciones que contiene:

• Tipo de colección

• Soporte de almacenamiento

Características especiales:

• Superficie m2

• Altura m2

• Accesos

Sistemas de protección:

• Sistemas de detección frente a:

o Intrusión

Tipo Nº de dispositivos

o Incendio

Tipo Nº de dispositivos

o Otros

• Sistemas de alarma:

Tipo Nº de dispositivos

• Sistemas de extinción

Tipo Nº de dispositivos

Observaciones:

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Ficha 1.1. Plano de la ficha

(Incorporar el plano en el que se colorearán los espacios según indica la leyenda)

Identificación de la zona

Tipo de espacio

Zona pública: servicios, pasillos, etc.

Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.

Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.

Acceso y vano de cada una de las zonas

Sistemas de protección

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Evaluación de los riesgos

Se necesitan datos fiables sobre las dimensiones del problema de la preservación

dentro del archivo, para comenzar a establecer prioridades de preservación

institucionales.

La mayoría de los estudios mencionados confirman un patrón de deterioro muy

similar, por lo que es probable que las instituciones ya no necesiten realizar un detallado

estudio cuantitativo, a menos que contengan objetos muy idiosincrásicos o que los

hayan albergado en ambientes excepcionalmente deficientes.

Evaluaciones del estado de conservación

Resulta útil contar al menos con un pequeño muestreo de las colecciones

propias, tanto para verificar que se adaptan a los patrones nacionales como para usarlo a

modo de material ilustrativo al elaborar un presupuesto o solicitar una subvención.

Evaluaciones ambientales

A menudo se requiere la ayuda de un consultor que interprete con precisión los

datos recolectados e identifique alternativas de acciones reparadoras. De manera ideal

deben evaluarse además los niveles de contaminación, pero en términos realistas la

mayoría de los problemas de contaminación habrá de esperar una renovación global o el

reemplazo del sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado.

Evaluación de sistemas y prácticas de protección

La planificación efectiva de un programa de preservación exige que se examinen

los diversos sistemas y políticas diseñados para prevenir el daño a las colecciones por el

almacenamiento, el uso y la manipulación, al igual que por los desastres, el vandalismo

y los robos. Determinar el grado en que se utilizan procedimientos, sistema y políticas

de protección permite evaluar el nivel de exposición de las colecciones al deterioro

futuro y al daño o la pérdida repentina.

Evaluación y catalogación de los riesgos

El estudio de los riesgos se equipara, en la metodología propuesta, con la

representación de un escenario en el que pueden interaccionar las diferentes fuentes de

peligro con los distintos elementos que componen el archivo, teniendo en cuenta las

características particulares que los definen.

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En esencia, la simulación de la interacción se representa en una matriz de análisis de

riesgos, en la que, además de los dos actores permanentes: fuentes de peligro y

elementos de archivo, cuando se materialice el accidente, aparece un nuevo

protagonista: los efectos dañinos.

El objetivo de la evaluación de los posibles riesgos es la cuantificación de la

probabilidad (frecuencia) y de la intensidad (gravedad) con que se pueden producir los

efectos dañinos. Técnicamente la expresión del valor de riesgo viene definida por la

ecuación:

R = P x I

En la que R= valor del riesgo

P= coeficiente de probabilidad

I= coeficiente de intensidad promedio

Para la evaluación de riesgos en bibliotecas y archivos se proponen seguir el Método de

Evaluación de Riesgos en Archivos, MERA, con las escalas de valoración que siguen a

continuación:

FUENTES DE PELIGRO Naturaleza Humanas Tecnológicas

ELEMENTOS DEL ARCHIVO Personal Documentación Edificios Equipos

EFECTOS DAÑINOS SOBRE LOS ELEMENTOS

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Escala de probabilidad

De cada riesgo a evaluar se dispondrá de una estadística propia o ajena –real o

estimada- de la frecuencia con que se han producido accidente de dicho riesgo y el

plazo de tiempo que transcurre para que se dé un accidente, que ha de ser incorporado

en la escala siguiente, de la que se obtienen el coeficiente de valoración correspondiente

Probabilidad Tiempo transcurrido entre accidentes Coeficiente de valoración (P)

Remota Más de 100 años 1

Muy baja De 50 a 100 años 3

Baja De 10 a 50 años 5

Media De 1 a 10 años 7

Alta De 1 a 12 meses 9

Altísima Menos de 1 mes 10

Escala de probabilidad de accidente

Escala de intensidad

De cada riesgo a evaluar se deberá disponer de datos estadísticos propio o ajenos –reales

o estimados- del valor promedio de los daños personales y materiales que han producido

los accidentes de dicho riesgo, que se comparará con la escala siguiente, de la que se

deriva el coeficiente de valoración correspondiente.

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Intensidad Daños personales Daños materiales Coeficiente de

valoración (I)

Leve Lesión sin baja Menos de 0,1 1

Moderada Lesión con baja de 1 semana 0,1 a 1 3

Apreciable Lesión con baja superior a 1

semana

1 a 5 5

Grave Lesión incapacitante 5 a 10 7

Muy grave 1 muerte 10 a 40 9

Catastrófica Varias muertes Más de 40 10

Tómese en consideración el valor mayor, por separado, de los daños personales o

materiales para encajarlo en el escalón de clasificación asignado y el coeficiente de

valoración correspondiente.

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LISTA DE IDENTIFICACION Y EVALUACIÓN DE RIESGOS POR MÉTODO MERA5

RIESGOS FRECUENCIA INTENSIDAD VALOR DE RIESGO

1 accidente cada Valor P

Pérdida promedio por

accidente Valor I P x I

NATURALES

Inundación

Plaga de_________

HUMANOS

Amenaza de bomba

Vandalismo

TECNOLÓGICOS

Incendio

Escapes internos de agua

Eléctricos

5 Esta tabla aparece como un indicativo sobre cómo utilizar el método MERA por lo que se considera que cada archivo puede adecuarla a sus necesidades

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Ficha 1.2. Evaluación de riesgos por zonas

Identificación de la zona:

Identificación del riesgo:

Circunstancias que influyen en su probabilidad:

Circunstancias ambientales:

Circunstancias espaciales:

Tipo de mobiliario:

Otras:

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Registro de incidencias

Este control de incidencia se deberá rellenar cada vez que suceda un siniestro

independientemente de la magnitud, ya que nos servirá no sólo para llevar el registro de

lo que sucede en el archivo sino también para realizar la evaluación de riesgos de

nuestro archivo.

1.3.CONTROL DE INCIDENCIAS FECHA

INCIDENCIA REGISTRADA POR:

NOMBRE

NIF / CIF

CARGO

TIPO DE INCIDENCIA:

MAGNITUD:

DAÑOS:

MEDIDAS TOMADAS:

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Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona:

Tipo de riesgo:

Categoría:

Acciones a adoptar:

Plazo:

Evolución:

Responsable:

Los riesgos a los que se hará referencia son los mismos que ya se han consignado en las

anteriores fichas, información que se plasmará en esta ficha ampliando las acciones a

adoptar y marcando un plazo para su ejecución y el nombre de la persona que se

responsabiliza. Lógicamente una vez transcurrido el plazo establecido se deberá

comprobar que efectivamente se han implantado esas acciones, y de no haber sido así,

se revisará la cusa y se procederá a estipular un nuevo plazo hasta que finalmente se

haya efectuado.

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Determinación del valor

El personal de un archivo que intenta desarrollar un plan estratégico para un

programa de preservación debe además evaluar la amplitud y profundidad de varias

partes de la colección, con el propósito de calcular su valor intelectual.

Las preguntas que se formulan a continuación ayudan a establecer el valor de

investigación o educacional perdurable de una colección o publicación, tanto en

términos de las prioridades institucionales como de la documentación global acerca del

tópico abordado:

1. ¿Cuál es la importancia? ¿Qué consecuencias acarrearía la destrucción de este

material? La documentación recogida en el archivo, ¿es local perteneciente a una

institución, estatal, regional, nacional o internacional?

2. La información que contiene, ¿es única o duplica datos?

3. ¿Por qué gastar dinero en la preservación?

4. ¿Cuales es la parte de la colección que declararíamos como prioritaria? ¿Por

qué?

Quien evalúa debe establecer también si la colección o el objeto posee valor intrínseco,

determinando su valor como objeto, monetario, de asociación o simbólico. El valor

intrínseco afecta las prioridades de preservación.

Recursos disponibles

El proceso de planificación llegado al punto de asignar los recursos se traslada al

terreno de la práctica y debe identificar aquellas acciones que realmente sea posible

emprender.

Habitualmente se necesitan aumentos de presupuesto, por lo que habrá que asignar parte

del presupuesto a esta causa.

Aspectos políticos

Todo proceso de planificación debe tomar en cuenta el ambiente político dentro

del cual se llevará a cabo el programa que espera implementar. Por tal motivo, su

respaldo debe resultar evidente desde el inicio del proceso de planificación.

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En la medida de lo posible la planificación debe impedir las disputas

territoriales, involucrando a todo el personal cuyas funciones puedan verse

eventualmente afectadas y convenciéndolo de la relevancia de los cambios aconsejados.

Preservación preventiva

La preservación preventiva desempeña un papel esencial con respecto a los

materiales de archivos, ya que la mayoría de actividades que se realizan normalmente en

organización pertenecen a éste tipo de conservación.

Un programa de preservación preventiva no debe considerarse un componente

adicional, sino integral, en las operaciones y responsabilidades cotidianas del

repositorio. Al establecerse las prioridades debe entenderse que el control ambiental

constituye el fundamento sobre el cual descansan todas las demás actividades de

preservación y conservación.

Preservación reparadora

En lo que concierne a todos estos proyectos, es preciso tener en cuenta varias

advertencias. Hay normas técnicas generalmente aceptadas que regulan las acciones que

vamos a llevar a cabo en un proyecto de preservación reparadora y se debe atener a

éstas con precisión.

Diseñar un programa de preservación exige tomar una gran cantidad de

decisiones, que con frecuencia no son fáciles, y tal vez sea necesario solicitar ayuda

profesional a un consultor. En una buena planificación para la preservación, se deben

poner en las mejores manos de aquellas partes que corran peligro en nuestra colecciones

de valor perdurable, con el fin de tratar de mantenerlas vivas durante un futuro

indefinido.

Estudio de la evaluación de necesidades

Los planes de preservación se fundamentan en las necesidades de una institución

y en las acciones requeridas para satisfacerlas. Estos antecedentes aparecen en los

informes de los estudios. El estudio de evaluación de las necesidades puede ser

efectuado por un consultor externo o por personal interno cualificado.

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Consideraciones para establecer prioridades

El establecimiento de prioridades es el proceso de decidir qué acciones tendrán

un impacto más significativo, cuáles son las más importantes y cuáles son las más

viables.

Es útil considerar tres criterios cuando se establecen prioridades para las

acciones de preservación: el impacto, la viabilidad y urgencia de la acción.

Factores que influyen: el tipo y la cantidad de uso que reciben los objetos de la

colección, el almacenamiento de las colecciones, los materiales que presentan un mal

estado de conservación valor del material y cuánto tiempo necesitan los materiales ser

preservados y en qué forma. La planificación requiere destrezas y comprensión de las

dinámicas organizacionales de la institución. En ninguna otra instancia esto es tan

evidente como cuando se establecen prioridades.

Políticas de colecciones y preservación

Una política de colecciones coherente también establece los parámetros dentro

de los cuales opera un programa sistemático de preservación. La política de colecciones

se basa en la declaración de la misión institucional, que enuncia las metas que deben

cumplir las colecciones. Las prioridades en cuanto a la formación de las colecciones,

que la política determinan, ayudan a centrar la actividad de preservación en las partes

más importantes de las colecciones.

Las políticas definen el alcance de las colecciones actuales e indican las áreas en

que pueden desarrollarse las colecciones futuras.

Los gerentes de colecciones y los directores de preservación utilizan una

metodología objetiva para determinar el nivel de la colección mediante la medición de

la cantidad y tipos de materiales que contiene. Para ello pueden ayudarse de software

de gestión de programas de preservación como CALIPR (California Preservation

Program) o DIAGNOS que fue elaborado por un grupo de especialistas del Instituto de

Historia de Cuba y de la Oficina Cubana de la Propiedad Industria.

Si están bien concebidas y poseen amplitud, las políticas de colecciones

constituyen un punto de referencia vital para tomar decisiones en cuanto a la

preservación. Las consideraciones sobre preservación también deben servir de insumos

a una política de colecciones que se utilice como guía confiable para el desarrollo y la

gerencia de colecciones.

Page 30: Tesina Sara Morras

25

En el trabajo de los gerentes de colecciones deben ser copartícipes activos con

los directores de preservación a fin de asegurar el mejor ambiente posible para albergar

las colecciones de valor permanente.

La evolución de la preservación de los últimos 25 años es que ha cambiado el

interés principal ya no es la respuesta sino la prevención. Los programas de

preservación son esfuerzos de gran alcance para prevenir o por lo menos frenar el

deterioro de una gama completa de fondos de bibliotecas y archivos. Como resultado de

ello, la preservación se ha convertido en un componente integral de la gerencia de

colecciones, la cual se preocupa cada vez más por mantener la estabilidad de las

colecciones en el tiempo y no sólo para el presente.

Page 31: Tesina Sara Morras

26

Fase 2: Creación de un Comité de Desastres

Al confeccionar un plan de seguridad, lo primero que se debe hacer es formar un comité

(en una institución pequeña puede constar de una sola persona) que realice un estudio de

la seguridad, identifique los riesgos más serios, determine qué se debe hacer al respecto

y redacte un plan.

Hay que asignar a una persona la responsabilidad de organizar y seguir la preparación

del plan hasta su terminación. La persona encargada deberá designar a un comité que le

ayude en su labor. Es importante que el encargado conozca la estructura de la

organización, su gestión y su personal.

El plan de seguridad debe incluir información sobre todos los sistemas de seguridad del

edificio, datos acerca de la distribución y el control de las llaves del edificio y de todas

las zonas especiales de almacenamiento, copias de todas las políticas y los

procedimientos relacionados con la seguridad. Es decir, toda la información recogida en

las hojas de trabajo que anteriormente hemos rellenado ampliadas. Todas las copias del

plan deben guardarse en una zona resguardada a la que el público general no tenga

acceso, ya que contienen información confidencial.

Equipo de Comité de Desastres:

- Jefe de emergencia

o Actualizar el Plan de Emergencia

o Designar a las personas que han de encuadrarse en los diferentes

servicios y equipos

o Organizar los equipos de emergencia

o Elaboración de programas de formación del personal que interviene en el

plan

o Programar, preparar y dirigir los ejercicios prácticos y simulacros

o Elaborar los informes sobre los siniestros que hayan tenido lugar

o Dar por finalizada la situación de emergencia

- Responsable de seguridad

o Supervisar el cumplimiento de las misiones de todo el personal de

equipos de emergencia

Page 32: Tesina Sara Morras

27

o Proveer a todos los miembros de los equipos de emergencia de los

manuales e instrucciones parciales de seguridad que vayan elaborando.

- Responsable de conservación

o Formación del personal integrante de los equipos de ejecución y

recuperación

o Establecer las relaciones necesarias con el personal, organizaciones e

instituciones externas al Hospital

o Actualizar las fichas de las colecciones afectadas por el plan de

emergencia

o Llevar al día el listado de de restauración

- Responsable de mantenimiento

o Incluir en la programación de mantenimiento la comprobación del

material y equipos y que éste se encuentre en perfecto estado para su uso.

o Supervisar el material de los botiquines de emergencia

o Disponer en el almacén correspondiente de las existencias del material y

equipo establecido

o Adquirir y entregar al personal de los equipos de evacuación el material y

equipo necesario según lo estipulado en la normativa de prevención y

riesgos laborales.

- Responsable de comunicación

o Establecer los contactos oportunos con el exterior a indicación del Jefe de

Emergencia, siendo el único portavoz autorizado en relación con las

autoridades y los medios de comunicación social.

- Responsable de ejecución

o Comprobar periódicamente los medios y sistemas de seguridad asignados

a su zona de responsabilidad

o Tener actualizada la lista de personas asignadas a su equipo de ejecución

para realizar la evacuación de colecciones de su zona

- Responsable de recuperación

o Supervisar la disponibilidad de material y equipo necesario en caso de

actuación

o Tener la documentación a utilizar en caso de una emergencia.

o Coordinar con el Responsable de Conservación la actualización de las

fichas

Page 33: Tesina Sara Morras

28

- Equipos de mantenimiento

o Realizar las revisiones programadas para que el material y equipos estén

en perfecto estado

o Reponer y mantener el material de los botiquines de emergencia

- Equipos de ejecución

o Tener el equipo personal listo para su uso cuando se requiera, en ocasión

de una emergencia, sea real o controlada

- Equipos de recuperación

o Tener el equipo personal listo para su uso cuando se requiera, en ocasión

de emergencia, sea esta real o controlada

Redacción de un manual de uso interno que contenga el plan

Una vez que los pasos preliminares han sido estudiados, se deberá redactar un plan que

sea fidedigno a estos estudios que reflejaran la verdadera situación de la institución.

Aunque cada plan sea diferente, la estructura que se muestra posteriormente nos puede

servir para su redacción:

- Introducción –señala las líneas de autoridad y los posibles acontecimientos

contemplados en el plan.

- Acciones a tomar en caso de existir una advertencia previa a un acontecimiento

determinado.

- Procedimientos de respuesta preliminar, incluyendo a quién se debe contactar

primero según cada tipo de emergencia, cuáles son las acciones inmediatas que

deberán emprenderse y cómo se notificará sobre el asunto al personal o a los

equipos de trabajo.

- Procedimientos de emergencia con secciones dedicadas a cada eventualidad de

emergencia contemplada en el plan. Esto incluye lo que ha de hacerse durante el

acontecimiento y los adecuados procedimientos de rescate a seguir una vez

superado el primer momento de alteración. Incluye planos de cada piso.

- Planes de rehabilitación para llevar de nuevo la institución a la normalidad.

- Apéndices, que pueden incluir planos de evacuación por piso; lista de servicios

de emergencia; lista de nombres y responsabilidades de los miembros del equipo

que atenderá las emergencias; teléfonos de interés; ubicación de llaves;

procedimientos ante la activación de alarmas contra incendio o hurto; lista de

Page 34: Tesina Sara Morras

29

colecciones prioritarias; arreglos para la reubicación de las colecciones, lista de

suministros in situ; lista de suministros y servicios que se encuentren fuera de la

institución; información sobre seguros; lista de voluntarios; lista de verificación;

planillas para llevar el registro de los objetos movilizados durante los esfuerzos

de rescate; procedimientos de rescate.

Las Hojas de trabajo para esbozar un plan de emergencia de Karen E. Brown nos puede

servir de referencia con las modificaciones pertinentes para adaptarlas a nuestra

institución. Éstas hojas contienen: información institucional, servicios necesarios en una

emergencia, equipos para emergencias existentes en la institución, suministros de

emergencia existentes en la institución, fuentes adicionales de equipos y suministros de

emergencia, lista de verificación diaria, lista de verificación semanal, otros asuntos de

emergencia, prioridades de rescate y procedimientos. Además de una plantilla de

instrucciones para emergencias.

Arsenio Sánchez en su manual de planificación y prevención de desastres en archivos y

bibliotecas nos propone resolver todos los puntos claves a través de preguntas guía, lo

que hace más sencilla la posterior redacción.

La fusión de las hojas de control con los cuestionarios de Arsenio Sánchez hacen la

combinación perfecta para la primera fase de la redacción del plan.

Mantenimiento del plan

Independientemente de la cantidad de esfuerzo que haya invertido en la creación

de un plan perfecto para enfrentar situaciones de desastre, éste será en gran medida

ineficaz si su personal no lo conoce, si está obsoleto, o si no puede ubicarlo en cuanto se

presente un desastre. En tal sentido, deberá hacer un esfuerzo concentrado para educar y

entrenar al personal sobre procedimientos de urgencia.

Sería también conveniente que cada miembro del personal conozca sus

responsabilidades y, de ser posible, realizar simulacros de emergencia. Mantenga varias

copias del plan en diversos lugares, incluyendo fuera del edificio (lo ideal es que se

guarden en envases a prueba de agua). Cada copia del plan debería indicar el lugar en

que pueden encontrarse otras copias.

Lo más importante es que el plan para enfrentar situaciones de desastre sea

actualizado periódicamente.

Page 35: Tesina Sara Morras

30

Los nombres, direcciones, teléfonos y el personal cambian constantemente; se

adquieren nuevas colecciones, se efectúan cambios al edificio y se instalan nuevos

equipos.

Si el plan no se mantiene completamente al día, posiblemente no le ayude a

manejar una situación de desastre en forma efectiva.

La planificación de una respuesta a situaciones de desastre es esencial para que

las instituciones proporcionen la mejor protección posible a sus colecciones. El desastre

puede presentarse en cualquier momento, a pequeña o a gran escala; pero si una

institución está preparada, el daño puede ser evitado, o bien ser disminuidas las

dimensiones del mismo. Un plan de desastre debe considerarse un documento vivo.

Todas sus listas, incluyendo la evaluación de los riesgos, deben ser revisadas

periódicamente. Las prioridades en cuanto a las colecciones deberán también revisarse

según sea necesario. Un efectivo plan de respuesta a situaciones de desastre efectivo

asegura la salvaguarda de las colecciones históricas de nuestras instituciones culturales.

Redacción de normas y directrices para reglamentación para planes de emergencia

La legislación estatal y autonómica está recogida en el Anexo I por lo que nos

deberemos guiar por éstas, debemos recordar la transferencia de poder a las

Comunidades Autónomas, que si poseen legislación propia la deberemos de respetar.

Por otro lado, es importante recoger todas las normas y directrices en documentos

independientes y que deben ser conocidos por el personal, se trata de los protocolos de

actuación. Conviene señalar donde se encuentran ubicados para que en caso de

emergencia puedan ser consultados. Se aconseja que se recojan en una carpeta con

anillas y que estén individualmente plastificados para protegerlos, por ejemplo en caso

de inundación.

Fase 3: Plan de conservación.

Digitalización de la documentación clínica

La Digitalización de las Historias Clínicas es el proceso por el cual un documentos es

transformado es una imagen digital estática o en movimiento, pudiendo acceder al

mismo desde múltiples ubicaciones sin necesidad de acudir al documento físico. Hay

que aclarar que como paso previo a la digitalización debería desarrollarse el adecuado

proceso para el reconocimiento de la firma digital, elemento imprescindible para poder

Page 36: Tesina Sara Morras

31

proceder a la destrucción de la documentación digitalizada. También recordar qué se

entiende por Documentación clínica:

- La Historia Clínica (soporte papel)

- Estudios radiológicos

- Cualquier otro soporte de información clínica generado en la asistencia al

enfermo, sea cual sea la naturaleza del mismo (película, vídeo, cinta magnética,

etc.)

Con la digitalización se trata de obtener los siguientes beneficios:

- Cumplir con la legislación vigente, se exige que se conserven los documentos al

menos 5 años6, pero no es imprescindible que se haga en soporte original por lo

que con este método se respetaría... Existen otros supuestos en los es necesario

la conservación íntegra de dicha documentación como pueden ser el caso que la

documentación se requiera a efectos judiciales de conformidad con la legislación

vigente. Se conservará, asimismo, cuando existan razones epidemiológicas, de

investigación o de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de

Salud. En este último caso, su tratamiento se hará de forma que se evite en lo

posible la identificación de las personas afectadas.

- Disminución en el uso de papel e impresiones

- Disminución en el costo de almacenamiento

- Eliminación de copias y copiadoras (mantenimiento, consumibles)

- Disminución del personal dedicado a archivar y buscar información

- Disminución en mantenimiento de archivos físicos

- Eliminación de archivos históricos físicos

- Rentabilizar el tiempo a través de un sistema de búsqueda más sencillo con el

que archivar

- Descentralización de la información

- Acceso total y rápido a la información

- Seguridad en los archivos

- Mejor uso de la información para la toma de decisiones

- Aprovechamiento de espacios usados en archivos

- Mayor productividad del personal

- No más pérdida o traspapelado de documentos

- Seguridad en encontrar toda la información archivada

6 Véase Anexo I – Legislación sobre conservación de historias clínica

Page 37: Tesina Sara Morras

32

El desarrollo de las TIC en el Sistema Nacional de Salud ha producido que entre los

años 2006-2009, el 98% de los centros de salud dispongan de un sistema de historia

clínica electrónica. Este avance notable en la integración de información clínica en

atención primaria ha hecho que los centros de salud de 10 comunidades autónomas y las

ciudades de Ceuta y Melilla dispongan de una historia clínica electrónica centralizada o

integrada y el resto de Comunidades están extendiendo sus soluciones. A pesar de estos

avances recordemos que dichos proyectos se circunscriben actualmente a los Centros de

Salud y no a la asistencia especializada hospitalaria.

Page 38: Tesina Sara Morras

33

Conclusión

En España las políticas de conservación se centran en puntos muy concretos y se

llevan a cabo de manera esporádica, generalmente se realiza preservación reparadora en

colecciones con cierto valor histórico. Creo que se debería dar más importancia a las

políticas de preservación como se está haciendo en los países más avanzados en esta

materia y no solamente a un punto de ésta como se hace en España. Por ello para los

próximos años sería importante cambiar el rumbo de orientación de dicha materia, ya

que como veremos posteriormente es necesario.

La Preservación se ha convertido en un punto más a la hora de desarrollar una

política de gestión, ya que si desarrollamos una buena política se puede ahorrar mucho

dinero. El cuidado preventivo no es una actividad que requiera mucho presupuesto pero

sino se realiza, con el tiempo si que supone uno de los mayores gastos en el presupuesto

de la institución.

Por otro lado, la falta de legislación y unanimidad sobre la gestión de la

conservación de la Historia Clínica ha hecho que cada comunidad autónoma y cada

archivo se rija de diferente manera, no siempre de la manera adecuada. La legislación

vigente establece que la conservación de la Historia Clínica se debe llevar a cabo en

“condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad” por lo que las

instalaciones de los archivos deberían adecuarse a las necesidades. La prevención es

esencial por lo que creemos que la concienciación de los profesionales sobre la

importancia de ésta es una pieza clave para prevenir cualquier tipo de riesgo. Se

considera además que al menos los profesionales que trabajen en los archivos deberían

estar en continua formación en materia de prevención (se deben impartir cursos, realizar

simulacros, etc.).

Page 39: Tesina Sara Morras

34

Anexo I

Legislación sobre conservación en archivos clínicos

Page 40: Tesina Sara Morras

35

Introducción

El problema de la conservación de la historia clínica es un hecho en la actualidad

sobre todo en el sistema sanitario público. La inexistencia de una gestión adecuada de la

información, en los últimos años y la falta de legislación específica sobre la historia

clínica hacen que los profesionales del sector sanitario no sepan qué, cómo y cuánto

tiempo hay que conservar este tipo de documentación.

Lo primero que deberemos revisar a este respecto es el hecho de plantear las razones del

para qué conservar. Para ello revisaremos las funciones que viene desempeñando la

historia clínica como criterio que nos deberá llevar a la necesidad de conservar.

Funciones que debe cumplir la historia clínica:7

1.- Atención al paciente: Es su primera razón de ser. Huffman afirma que

"una asistencia médica correcta significa generalmente una buena historia clínica".

Es fácil pues comprender que, en este sentido, facilita una continuidad e idoneidad

de los cuidados dispensados. Esto requiere que hayan sido registrados todos y cada

uno de los detalles que inciden en la dolencia del paciente, así como las medidas

terapéuticas tanto actuales como anteriores al problema actual. Su correcto uso

evita la repetición de las pruebas diagnósticas y la más temprana adopción de

medidas terapéuticas que de otra forma podrían ocasionar un malestar innecesario

al paciente.

2.- Docencia: Permite al profesional de la salud revisar sus casos,

profundizar en ellos y efectuar estudios comparativos con los procedimientos y

resultados obtenidos por otros profesionales.

Puede servir como guía y texto a los estudiantes de medicina y de enfermería

así como de otras profesiones relacionadas con la salud.

3.- Investigación: Es fuente de datos de fácil acceso y de extenso contenido y

detallada información sobre la manifestación clínica, analítica e histopatológica de

las distintas enfermedades, la relación de éstas y su conexión con los factores

socioambientales en que se han desarrollado.

4.- Control de calidad: La historia clínica se convierte en un "libro de actas"

de la práctica y de la competencia de los profesionales de la salud.

7 Moreno Vernis M. Documentación clínica: Organización, custodia y acceso. En: Fernández Hierro JM Coord. La historia clínica. Granada: Comares, 2002. pp.: 1-76

Page 41: Tesina Sara Morras

36

Nos permite evaluar los resultados obtenidos por medio de la contrastación

con las expectativas marcadas y de esta forma cuantificar hasta que punto han sido

cumplimentadas.

5.- Planificacion sanitaria: Los expedientes clínicos son una fuente

inagotable para el estudio de la utilización de los recursos sanitarios. Del análisis

de los datos de la historia clínica derivan una serie de índices que nos informan

acerca de la demanda hospitalaria. Podemos conocer la morbilidad de la población

el tipo de individuos que acuden a la institución y el modo que dicha población

tiene de expresar la patología.

Todo esto nos permitirá una más correcta planificación de los servicios

hospitalarios y una adecuada dotación de los mismos.

6.- Gestión y administración: Como instrumento de evaluación de los

rendimientos individuales y por servicios, así como del rendimiento medio en

cantidad y calidad. De la misma forma, nos proporcionará el conocimiento de cada

área asistencial (Hospitalización, Consultas externas, Urgencias) para adecuar los

recursos disponibles a las necesidades del momento. Por último, nos permitirá el

análisis de los costes de las distintas actividades desarrolladas además de una

correcta responsabilización del gasto.

7.- Legal: Como testimonio documental de la asistencia prestada, la historia

clínica puede servir como prueba evidente ante los Tribunales de Justicia. Y en este

caso ser de inmenso valor frente a las demandas interpuestas contra el hospital

(tanto como institución como a cualquiera de sus miembros) o también frente a la

petición de informes periciales, policiales o de cualquier otro carácter legal o

laboral, que exigen incluir la descripción de la lesión o tratamiento efectuado.

Algunas reflexiones sobre el interés de conservar.

Los historiadores en general y los de la medicina en particular muestran cada

vez más interés por la información que se genera en la relación entre la estructura

sanitaria y el individuo a lo largo de la vida de éste, como una fuente de información

acerca de las experiencias médicas del pasado.

En efecto, está demostrado que tales documentos proporcionan una base

importante que puede permitir analizar los cambios ocurridos a lo largo del tiempo

en la práctica clínica y en su discurso, reconstruir el carácter demográfico de las

Page 42: Tesina Sara Morras

37

poblaciones a las que pertenecía el sujeto objeto de cuidados, retratar la forma de

vida hospitalaria y, usado en conjunto con otro tipo de documentos, comparar ideas

clínicas con actividades clínicas y de ese modo establecer relaciones entre ideología

y conducta. Las oportunidades que los registros de los pacientes ofrecen a los

historiadores de la medicina son, desde esta óptica, fundamentales.

No descubrimos nada nuevo al recordar el valor que la documentación clínica

tiene para la historia social en general y la de la medicina en particular. Como

fuentes pueden ser y son fundamentales para estudiar la profesión y, por tanto, la

asistencia sanitaria en una comunidad. Pero además consideramos que existen otros

campos del saber que también tienen necesidad de acudir a esta fuente inagotable de

datos que es la historia clínica. Nos referimos a disciplinas tales como la Historia de

la Medicina, Antropología, Demografía, Sociología, Psicología, Historia del

Derecho, Historia de las Instituciones, Medicina Legal, Historia y evolución de los

sistemas de registro, etc...

Así y a nivel de estudios concretos baste como muestra:

a) Estudios generales de la historia de la enfermedad: historia natural, curva

secular, tendencia con especial interés en enfermedades infecciosas,

enfermedades psiquiátricas, crónicas en general y por supuesto las

enfermedades de carácter endémico.

b) Estudio de la profesión y especialización médica.

c) Estudio de los cuidados de enfermería y asistentes sociales (visitadoras).

d) Estudio de las diferentes facetas de la semiología (diagnóstico y pronóstico),

tratamiento y rehabilitación.

e) Estudio de la tecnología sanitaria y su relación con la museística de la

medicina.

f) Estudio de las instituciones a través de sus sistemas de registro.

g) Estudio de la asistencia pública y privada, tanto de forma individual como

de forma comparada.

h) Estudios de demografía histórica, impacto de las enfermedades en las

colectividades humanas. Evolución del estado de bienestar. Estudios sobre

grupos específicos de población (sexo, raza, distribución regional)

i) Estudios de antropología y psicología social: hábitos y actitudes de la

población sana/enferma. Marginación social.

j) Estudios sociológicos: explotación de la riqueza informativa que excede de

Page 43: Tesina Sara Morras

38

la meramente "sanitaria". Forma de vida, trabajo, ingresos, clase social,

vivienda. Alcance y objetivos sociales de la medicina, etc.

Además no podemos olvidar el papel "princeps" que juega la información

clínica como soporte de datos necesarios para la atención y cuidado del paciente a lo

largo de su vida, así como el hecho de que por la cantidad y la calidad de estos datos

es usada esta información para la docencia, la realización de estudios para

evaluación de la calidad, planificación sanitaria, gestión y administración y como

testimonio documental de la asistencia prestada frente a los tribunales de justicia.

Estas son sin duda las razones -a nuestro entender de suficiente peso- que

justifican la necesidad de conservación de la información clínica que se almacena -

con más o menos fortuna- en la mayoría de los centros asistenciales del estado

español.

Añadir por último que desde el punto de vista profesional debemos evitar a

toda costa una actitud pasiva que permita que se produzcan situaciones paradójicas

tales como la actual de que las instituciones sean mucho más proclives a destinar

recursos humanos y de infraestructura para recuperar la información de nuestra

historia más lejana, y sin embargo se despreocupen abiertamente del mantenimiento

de nuestro inmediato quehacer.

Por otro lado, deberemos tener en cuenta además que la mayoría de la

información se encuentra en soporte papel y ocupa un espacio creciente que ya no

existe en la mayoría de centros. Su minimización obliga a un coste de inversión en

tecnología y personal que la mayoría de los centros no pueden soportar. Actualmente

en España el Ministerio de Sanidad y Política Social a través de la Agencia de

Calidad del Sistema Nacional de Salud esta llevando a cabo un proyecto de

implantación de la Historia Clínica Digital. Los Servicios de Salud, en el ámbito

territorial de cada Comunidad Autónoma, han implantado sistemas automatizados de

recogida y gestión de los datos individuales de salud de las personas que dan soporte

a los procesos asistenciales, preventivos, etc., favoreciendo un nivel creciente de

calidad del servicio prestado a los ciudadanos. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de

cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 56 dirige al

Ministerio de Sanidad y Consumo (actualmente Ministerio de Sanidad y Política

Social) el mandato de coordinar los mecanismos de intercambio electrónico de

información clínica y salud individual, para permitir el acceso tanto al usuario como

Page 44: Tesina Sara Morras

39

a los profesionales en los términos estrictamente necesarios para garantizar la

calidad de la asistencia y la confidencialidad e integridad de la información.

En este contexto es evidente que el tratamiento jurídico de la historia clínica

precisa de una Norma Legal específica que regule aspectos como la seguridad, la

confidencialidad, el acceso, la conservación y la custodia. Ya que la informatización y

la digitalización de historia clínica dejan en el aire la siguiente pregunta ¿se está

obligado legalmente a conservar la información sanitaria?

En los siguientes apartados se hace una recopilación de la legislación estatal y

autonómica que se refieren a la conservación de la historia clínica que nos puede dar

una idea de por qué se reivindica una Norma Legal que regule los citados aspectos.

Legislación estatal

• Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

“…Las Comunidades Autónomas deberán organizar sus Servicios de Salud de

acuerdo con los principios básicos de la presente Ley.

Artículo 10

Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas

administraciones públicas sanitarias:

1. Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad sin que

pueda ser discriminado por razones de raza, de tipo social, de sexo,

moral, económico, ideológico, político o sindical

2. A la información sobre los servicios sanitarios a que puede acceder y

sobre los requisitos necesarios para su uso.

3. A la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso

y con su estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas que

colaboren con el sistema público.

4. A ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y

terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un

proyecto docente o de investigación, que en ningún caso, podrá

comportar peligro adicional para su salud. En todo caso será

Page 45: Tesina Sara Morras

40

imprescindible la previa autorización y por escrito del paciente y la

aceptación por parte del médico y de la Dirección del correspondiente

Centro Sanitario

5. A que se le dé en términos comprensibles, a él y a sus familiares o

allegados, información completa y continuada, verbal y escrita, sobre su

proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de

tratamiento.

6. A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable

médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del

usuario para la realización de cualquier intervención, excepto en los

siguientes casos:

a) Cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud

pública

b) Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso,

el derecho corresponderá a sus familiares o personas a él

allegadas.

c) Cuando la urgencia no permita demoras por poderse ocasionar

lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento.

7. A que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer, que

será su interlocutor principal con el equipo asistencial. En caso de

ausencia, otro facultativo del equipo asumirá tal responsabilidad

8. A que se le extienda certificado acreditativo de su estado de salud,

cuando su exigencia se establezca por una disposición legal o

reglamentaria.

9. A negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el apartado

6; debiendo, para ello, solicitar el alta voluntaria, en los términos que

señala el apartado 4 del artículo siguiente

10. A participar, a través de las instituciones comunitarias, en las

actividades sanitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las

disposiciones que la desarrollen.

11. A que quede constancia por escrito de todo su proceso. Al finalizar la

estancia del usuario en una Institución hospitalaria, el paciente, familiar

o persona a él allegada recibirá su Informe de Alta.

Page 46: Tesina Sara Morras

41

12. A utilizar las vías de reclamación y de propuestas de sugerencias en los

plazos previstos. En uno u otro caso deberá recibir respuestas por

escrito en los plazos que reglamentariamente se establezcan.

13. A elegir el médico y los demás sanitarios titulados de acuerdo con las

condiciones contempladas en esta Ley, en las disposiciones que se dicten

para su desarrollo y en las que regulen el trabajo sanitario en los

Centros de Salud.

14. A obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren

necesarios para promover, conservar o restablecer su salud, en los

términos que reglamentariamente se establezcan por la Administración

del Estado.

15. Respetando el peculiar régimen económico de cada servicio sanitario,

los derechos contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de

artículos serán ejercidos también con respecto a los servicios sanitarios

privados.

Artículo 61

En cada Área de Salud debe procurarse la máxima integración de la

información relativa a cada paciente, por lo que el principio de historia clínico-

sanitaria única por cada uno deberá mantenerse, al menos, dentro de los límites

de cada institución asistencial. Estará a disposición de los enfermos y de los

facultativos que directamente estén implicados en el diagnóstico y el

tratamiento del enfermo, así como a efectos de inspección médica o para fines

científicos, debiendo quedar plenamente garantizados el derecho del enfermo a

su intimidad personal y familiar y el deber de guardar el secreto por quien, en

virtud de sus competencias, tenga acceso a la historia clínica. Los poderes

públicos adoptarán las medidas precisas para garantizar dichos derechos y

deberes…”

• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

carácter personal

“…Artículo 3. Definiciones

c) Tratamiento de datos: operaciones y procedimientos técnicos de carácter

automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación,

Page 47: Tesina Sara Morras

42

elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de

datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y

transferencias.

Artículo 12. Acceso a los datos por cuenta de terceros.

2. La realización de tratamientos por cuenta de terceros deberá estar regulada

en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que

permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que

el encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las

instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará

con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera

para su conservación, a otras personas.

En el contrato se estipularán, asimismo, las medidas de seguridad a que se

refiere el artículo 9 de esta Ley que el encargado del tratamiento está obligado

a implementar…“

• Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del

paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y

documentación clínica.

“…Aconsejan una adaptación de la Ley General de Sanidad con el objetivo de

aclarar la situación jurídica y los derechos y obligaciones de los profesionales

sanitarios, de los ciudadanos y de las instituciones sanitarias. Se trata de

ofrecer en el terreno de la información y la documentación clínicas las mismas

garantías a todos los ciudadanos del Estado, fortaleciendo con ello el derecho a

la protección de la salud que reconoce la Constitución.

Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica.

2. Cada centro archivará las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera

que sea el soporte papel, audiovisual, informático o de otro tipo en el que

consten, de manera que queden garantizadas su seguridad, su correcta

conservación y la recuperación de la información.

Page 48: Tesina Sara Morras

43

Artículo 17. La conservación de la documentación clínica.

1. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación

clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad,

aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al

paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo, cinco años

contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.

2. La documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de

conformidad con la legislación vigente. Se conservará, asimismo, cuando

existan razones epidemiológicas, de investigación o de organización y

funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Su tratamiento se hará de forma

que se evite en lo posible la identificación de las personas afectadas.

3. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el

mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso

asistencial de los pacientes.

4. La gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados,

o por los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra

modalidad asistencial, según el criterio de los servicios de salud, se realizará a

través de la unidad de admisión y documentación clínica, encargada de integrar

en un solo archivo las historias clínicas. La custodia de dichas historias clínicas

estará bajo la responsabilidad de la dirección del centro sanitario.

5. Los profesionales sanitarios que desarrollen su actividad de manera

individual son responsables de la gestión y de la custodia de la documentación

asistencial que generen.

6. Son de aplicación a la documentación clínica las medidas técnicas de

seguridad establecidas por la legislación reguladora de la conservación de los

ficheros que contienen datos de carácter personal y, en general, por la Ley

Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal...”

Page 49: Tesina Sara Morras

44

• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999

“…Artículo 22. Conservación de los datos por el encargado del tratamiento.

1. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter

personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento

o al encargado que éste hubiese designado, al igual que cualquier soporte o

documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del

tratamiento. No procederá la destrucción de los datos cuando exista una

previsión legal que exija su conservación, en cuyo caso deberá procederse a

la devolución de los mismos garantizando el responsable del fichero dicha

conservación.

2. El encargado del tratamiento conservará, debidamente bloqueados, los

datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el

responsable del tratamiento.

Artículo 41. Conservación de los datos.

1. Sólo podrán ser objeto de tratamiento los datos que respondan con

veracidad a la situación de la deuda en cada momento concreto. El pago o

cumplimiento de la deuda determinará la cancelación inmediata de todo

dato relativo a la misma.

2. En los restantes supuestos, los datos deberán ser cancelados cuando se

hubieran cumplido seis años contados a partir del vencimiento de la

obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.

Artículo 103. Registro de accesos.

1.El período mínimo de conservación de los datos registrados será de dos

años.

Artículo 106. Criterios de archivo.

El archivo de los soportes o documentos se realizará de acuerdo con los

criterios previstos en su respectiva legislación. Estos criterios deberán

garantizar la correcta conservación de los documentos, la localización y

consulta de la información y posibilitar el ejercicio de los derechos de

oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación.

Page 50: Tesina Sara Morras

45

En aquellos casos en los que no exista norma aplicable, el responsable del

fichero deberá establecer los criterios y procedimientos de actuación que

deban seguirse para el archivo.

SECCIÓN 2.ª PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CONSERVACIÓN

DE DATOS PARA FINES HISTÓRICOS, ESTADÍSTICOS O CIENTÍFICOS

Artículo 157. Iniciación del procedimiento.

1. El procedimiento para obtener de la Agencia Española de Protección de

Datos la declaración de la concurrencia en un determinado tratamiento de

datos de valores históricos, científicos o estadísticos, a los efectos previstos en

la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el presente Reglamento, se

iniciará siempre a petición del responsable que pretenda obtener la

declaración.

2. En el escrito de solicitud, el responsable deberá:

a) Identificar claramente el tratamiento de datos al que pretende aplicarse la

excepción.

b) Motivar expresamente las causas que justificarían la declaración.

c) Exponer detalladamente las medidas que el responsable del fichero se

propone implantar para garantizar el derecho de los ciudadanos.

3. La solicitud deberá acompañarse de cuantos documentos o pruebas sean

necesarios para justificar la existencia de los valores históricos, científicos o

estadísticos que fundamentarían la declaración de la Agencia.

Artículo 158. Duración del procedimiento y efectos de la falta de resolución

expresa.

1.El plazo máximo para dictar y notificar resolución en el procedimiento será

de tres meses, a contar desde la fecha de entrada en la Agencia Española de

Protección de Datos de la solicitud del responsable del fichero.

2.Si en dicho plazo no se hubiese dictado y notificado resolución expresa, el

afectado podrá considerar estimada su solicitud..

Page 51: Tesina Sara Morras

46

Disposición adicional única. Productos de software.

Los productos de software destinados al tratamiento automatizado de datos

personales deberán incluir en su descripción técnica el nivel de seguridad,

básico, medio o alto, que permitan alcanzar de acuerdo con lo establecido en el

título VIII de este reglamento.

Disposición final única. Aplicación supletoria.

En lo no establecido en el capítulo III del título IX serán de aplicación a los

procedimientos sancionadores tramitados por la Agencia Española de

Protección de Datos las disposiciones contenidas en el Reglamento del

Procedimiento..”

Page 52: Tesina Sara Morras

47

Legislación autonómica

Andalucía

Resolución 23/2001 de 4 de Junio del Servicio Andaluz de Salud

“…El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones…

corresponde al centro sanitario…”, y a continuación en su norma segunda regula

que éste “… esta obligado a la conservación de la historia clínica… siendo

responsable de establecer los mecanismos necesarios…”

Modificado posteriormente por la Orden de 11 de agosto de 2003, por la que se

crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal

del Servicio Andaluz de Salud

“…Se crean en el Servicio Andaluz de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de

Datos de Carácter Personal, los siguientes ficheros que se relacionan en el Anexo

de esta Orden:

Fichero 14: Historias clínicas de Centros de Salud.

a) Órgano responsable: Dirección General de Asistencia Sanitaria.

b) Uso y fines: Prestar atención a los usuarios de los servicios, contando para ello

con la información de su historia clínica recogida en los diferentes centros y

servicios asistenciales.

La historia de salud, digital, del ciudadano cuenta con ficheros que contienen

historias clínicas de los usuarios para la asistencia por parte de los centros

sanitarios públicos y facilitar la continuidad asistencial. Comunicación de bajas

laborales, de enfermedad de declaración obligatoria y de datos en caso de

urgencia. Gestión de estadísticas internas, investigación y estadísticas médicas.

c) Personas y/o colectivos afectados: Personas atendidas en centros de atención

primaria con aplicación de TASS y centros sanitarios con acceso a la historia de

salud, digital, del ciudadano en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

d) Procedimiento de recogida de datos: Datos aportados por los pacientes y los

proporcionados por los profesionales en el ejercicio de sus funciones. Historias

clínicas informatizadas previas. Datos administrativos y de derecho a la

asistencia a partir de la Base de Datos de Usuarios del Sistema Sanitario

Público de Andalucía.

Page 53: Tesina Sara Morras

48

e) Estructura básica del fichero: Base de datos relacionales.

f) Tipos de datos: Datos clínicos de los pacientes y administrativos de los

usuarios.

g) Cesión de datos que se prevén: Centros sanitarios públicos de las distintas

Administraciones Públicas.

h) Unidad o servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición

acceso, rectificación y cancelación: Dirección General de Asistencia Sanitaria.

i) Medidas de seguridad: Nivel alto.

Aragón

Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón

“…CAPÍTULO IV. DE LA HISTORIA CLÍNICA.

Artículo 16. Definición.

1. La historia clínica contiene el conjunto de documentos relativos al proceso

asistencial del enfermo, en el que quedarán identificados los médicos y demás

profesionales que hubieran intervenido.

2. En cada centro asistencial deberá existir una única historia clínica para cada

paciente, correspondiendo a aquél la responsabilidad de su custodia.

Artículo 17. Contenido de la historia clínica.

1. La historia clínica, con su correspondiente número de identificación, deberá

incluir como mínimo los siguientes datos:

a. Datos de identificación del enfermo y de la asistencia.

b. Datos clínicos asistenciales.

c. Datos sociales y de condiciones de medio ambiente laboral.

d. Documento de voluntades anticipadas si existiere.

2. Los centros asistenciales del Sistema de Salud de Aragón dispondrán de un

único modelo normalizado de historia clínica que recoja los contenidos fijados

en este artículo adaptados al nivel asistencial que tengan y a la clase de

prestación que realicen.

Page 54: Tesina Sara Morras

49

Artículo 18. Regulación reglamentaria de la historia clínica.

1. El Departamento responsable de Salud determinará reglamentariamente, en

relación con la historia clínica:

a. Los datos y documentos que la componen.

b. La gestión, utilización, acceso y conservación de la misma.

c. El tiempo durante el que deberá conservarse.

2. En cualquier caso, todo el personal que acceda, en el uso de sus

competencias, a cualquier dato de la historia clínica quedará sujeto al deber de

guardar secreto sobre los datos de la misma.

Artículo 19. Historia clínica única.

El Departamento responsable de Salud, con el fin de avanzar en la

configuración de una historia clínica única por paciente, realizará, con la

participación de todos los agentes implicados, el estudio de un sistema que,

atendiendo a la evolución de los recursos técnicos, posibilite el uso compartido

de las historias clínicas entre los centros asistenciales de Aragón…”.

En el capítulo IV define la Historia clínica, describe los datos que debe contener, la

regula reglamentariamente y establece que debe de haber una única historia por

paciente. En el artículo 18 establece que el responsable de conservarla es el

Departamento responsable de Salud.

Canarias

Decreto 178/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula la

historia clínica en los centros y establecimientos hospitalarios y establece el

contenido, conservación y expurgo de sus documentos.

“…Artículo 29.- Conservación y expurgo de los documentos.

1. La conservación de la historia clínica se rige por lo dispuesto en la legislación

básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en

materia de información y documentación clínica, teniendo los centros sanitarios la

obligación de conservar las historias clínicas en condiciones que garanticen su

seguridad y correcta conservación, cualquiera que sea el soporte papel, audiovisual,

Page 55: Tesina Sara Morras

50

informático o de otro tipo en el que consten, aunque no necesariamente en el soporte

original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso

y, como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso

asistencial.

2.A) Podrán ser destruidos a partir de los cinco años desde la fecha de alta de cada

episodio asistencial, los siguientes documentos contenidos en su historia clínica:

a) Hoja clínico-estadística.

b) Hoja del recién nacido, en la historia clínica de la madre.

c) Hoja de solicitud de interconsulta y pruebas complementarias, siempre que no

contenga el resultado de la prueba complementaria.

d) Hoja de controles y cuidados específicos de enfermería.

e) Gráficas de constantes.

f) Hoja de urgencias.

g) Radiografías y otros documentos iconográficos, conservando los informes.

B) Igualmente podrán destruirse a partir de los cinco años, las hojas de anamnesis y de

exploración física y las hojas de evolución de los episodios asistenciales de los que

exista informe de alta.

3. Transcurridos veinte años desde la última actividad asistencial recogida en la

historia clínica, podrán ser destruidos los siguientes documentos:

a) Hoja de Autorización de ingreso.

b) Hoja de consentimiento informado.

c) Hoja quirúrgica.

d) Hoja de órdenes médicas.

e) Hoja de control de medicación.

f) Hoja de parto.

g) Hoja del recién nacido, de su propia historia clínica.

h) Hoja de anestesia.

i) Hoja de transfusión.

j) Informes de exploraciones complementarias.

k) Hoja de alta voluntaria.

l) Informes de Anatomía Patológica.

m) Informes de necropsias.

n) Otros documentos que no aparezcan citados en el presente artículo.

Page 56: Tesina Sara Morras

51

4. Se conservarán de manera definitiva:

a) Los informes clínicos de alta.

b) Las hojas de anamnesis y exploración física y las hojas de evolución de los

episodios asistenciales de los que no exista informe de Alta…”

Cantabria

Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de

Cantabria.

“…Artículo 72. Conservación de la historia clínica.

1. La historia clínica se ha de conservar como mínimo hasta quince años desde

la muerte del paciente. No obstante, se podrán seleccionar y destruir los

documentos que no sean relevantes para la asistencia, transcurridos dos años

desde la última atención al paciente.

2. En todo caso, en la historia clínica se han de conservar durante quince años

como mínimo contados desde la muerte del paciente, y junto con los datos de

identificación del paciente: las hojas de consentimiento informado, los informes

de alta, los informes quirúrgicos y el registro de parto, los datos relativos a la

anestesia, los informes de exploraciones complementarias y los informes de

necropsia.

3. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados 1 y 2 de este artículo, la

documentación que a criterio del facultativo sea relevante a efectos preventivos,

asistenciales o epidemiológicos se conservará el tiempo que se considere

oportuno...”

Castilla y León

Decreto 101/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la historia clínica

“…La conservación completa de la historia clínica plantea problemas en relación con

su manejo eficiente. Por eso se hace preciso expurgar y destruir la documentación que

no se considera necesario guardar, y conservar aquélla que pueda tener valor futuro,

bien para la asistencia al paciente, bien con fines judiciales o cuando existan razones

epidemiológicas, de investigación o de organización y funcionamiento.

Page 57: Tesina Sara Morras

52

Esta Ley establece en el artículo 39 que la Junta de Castilla y León regulará:

– Los mecanismos para garantizar la autenticidad del contenido de la historia

clínica y de los cambios operados en ella, así como la posibilidad de su

reproducción futura.

– Las disposiciones necesarias para que los centros sanitarios puedan adoptar

las medidas técnicas y organizativas adecuadas para archivar y proteger las

historias clínicas y evitar su destrucción o su pérdida accidental.

– El procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y

de su uso.

– Los mecanismos para la destrucción de la historia clínica en aquellos casos en

que se contemple legalmente, así como para garantizar la conservación de

aquellos datos que puedan ser relevantes o deban preservarse para ulteriores

estudios.

Artículo 21.– Conservación.

1.– La documentación clínica deberá conservarse como mínimo cinco años

contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial o desde el

fallecimiento del paciente.

2.– Transcurridos cinco años podrán destruirse los siguientes documentos

cuando no sean trascendentales por motivos asistenciales, de salud pública,

epidemiológicos, de investigación, judiciales o por razones de organización y

funcionamiento del Sistema Nacional de Salud:

a)La hoja clínico-estadística.

b)La solicitud y autorización de ingreso.

c)El informe de urgencia.

d)Las hojas de órdenes médicas.

e)Las hojas de interconsulta.

f)La hoja de evolución y planificación de cuidados de enfermería.

g)La hoja de aplicación terapéutica de enfermería.

h)El gráfico de constantes.

i)La iconografía, los resultados analíticos y los registros

electrofisiológicos.

Asimismo podrán destruirse, a partir de los cinco años, las hojas de anamnesis

y de exploración física y las de evolución correspondientes a los episodios

asistenciales sobre los que exista informe de alta.

Page 58: Tesina Sara Morras

53

3.– Se conservarán de forma indefinida los siguientes documentos:

a)Los informes de exploraciones complementarias.

b)El consentimiento informado.

c)El informe de anestesia.

d)El informe de quirófano o de registro del parto.

e)El informe clínico de alta.

f)Los informes de anatomía patológica y necropsia.

4.– Aquellas historias clínicas que sean prueba documental en un proceso

judicial o procedimiento administrativo no podrán ser sometidas a los

procedimientos de expurgo regulados en este Decreto hasta que finalice dicho

proceso.

5.– La historia clínica podrá conservarse en un soporte distinto del original

pero de forma que se garantice la preservación de la información en ella

contenida, así como la constancia de la identidad de las personas que la han

elaborado.

6.– La documentación que sea objeto de expurgo habrá de destruirse mediante

métodos que aseguren su completa eliminación.

7.– La dirección de cada centro, asesorada por la comisión que corresponda,

establecerá los mecanismos de gestión, valoración y selección para el expurgo

de las historias clínicas…”

Castilla-La Mancha

Resolución de 27/02/2009, de la Dirección Gerencia, mediante la que se aprueba la

Circular 1/2009, sobre uso, acceso, cesión de datos y conservación de la Historia

Clínica en el ámbito del Sescam. [2009/9002].

“…6. Conservación, custodia, expurgo y destrucción de la documentación clínica

6.1. Condiciones de la conservación.

Cada centro sanitario archivará las historias clínicas de sus pacientes,

cualquiera que sea el soporte (papel, audiovisual, informático o de otro tipo) en

el que consten.

Los ficheros de historia clínica electrónica quedarán almacenados en el sistema

informático.

Page 59: Tesina Sara Morras

54

La conservación de la documentación clínica deberá garantizar la preservación

de la información y no necesariamente del soporte original.

La conservación debe garantizar que queden registrados todos los cambios e

identificados los médicos y los profesionales asistenciales que los han realizado.

Los centros sanitarios adoptarán las medidas técnicas y organizativas

adecuadas para proteger los datos personales y evitar su destrucción o su

pérdida accidental, y también el acceso, alteración, comunicación o cualquier

otro procedimiento no autorizado.

6.2. Plazos de conservación.

Los centros sanitarios deben conservar la documentación obrante en la historia

clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento,

confidencialidad y seguridad, para la debida atención al paciente, durante al

menos cinco años desde la fecha del alta de cada proceso asistencial, o desde el

fallecimiento del paciente.

Transcurrido dicho plazo, si los documentos, a juicio del facultativo o servicio

correspondiente, no fueran relevantes de cara a la asistencia sanitaria y no

tienen interés a efectos de salud pública, realización de estudios

epidemiológicos o de investigación, se podrá proceder a su destrucción de

conformidad con un proceso de eliminación seguro y con garantías de

confidencialidad.

Se conservará indefinidamente aquella información que se considere relevante a

efectos preventivos, epidemiológicos, de investigación o de organización y

funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. En tales casos, siempre que sea

compatible con los fines perseguidos, se despersonalizarán los datos al objeto

de impedir la identificación directa o indirecta de los sujetos implicados. La

documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de

conformidad con la legislación vigente.

6.3. Criterios de seguridad de la historia clínica:

Los procedimientos a aplicar en relación al uso y custodia de la historia clínica

deben garantizar plenamente el derecho del paciente a su intimidad personal y

el deber de guardar secreto para quien, en virtud de sus competencias, tenga

acceso a la historia clínica.

Estos criterios y medidas de seguridad se contienen en el Documento de

Seguridad aprobado por Resolución de 19 de septiembre de 2008 y publicado

Page 60: Tesina Sara Morras

55

en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 205 de fecha 6 de octubre de

2008.

Por otro lado, el Sescam mantiene, a disposición de todos los trabajadores con

acceso a datos protegidos, un documento explicativo de sus funciones y

obligaciones en relación con la normativa sobre protección de datos que se

encuentra accesible en: http://aplicaciones.sescam.jclm.es/lopd/doc/lopd.pdf

En concreto, y en relación con el uso y custodia de la historia clínica, se

establecen las siguientes pautas de conducta:

6.3.1. Cada HC es única y tendrá un número de identificación único para cada

paciente del centro. Cuando finalice el proceso de implantación de la HC

electrónica ésta será única para cada paciente y para toda la red asistencial del

Sescam. En todo caso, la HC recogerá toda la información integrada y

acumulativa relativa al curso clínico del paciente.

6.3.2. En cada HC deberá incorporarse la constancia de que se ha facilitado al

paciente la hoja de información en relación a sus derechos sobre los datos

personales contenidos en su HC, con el correspondiente acuse de recibo.

6.3.3. Las HC estarán custodiadas en un archivo único. Sin embargo, puede

preverse la existencia de un archivo pasivo, físicamente diferenciado del

archivo activo, en el cual podrán ubicarse las HC correspondientes a pacientes

sin contacto con el centro durante un determinado periodo.

6.3.4. En aquellos casos en que el archivo de HC pasivas se encuentre fuera de

las dependencias del centro deberán garantizarse unas medidas de seguridad

idénticas a las que existieran en el propio centro.

6.3.5. En aquellos casos en que el archivo del HC pasivas se encuentre fuera de

las dependencias del centro y gestionado por una empresa externa, deberá ser

formalizado por escrito un contrato que regule expresamente el deber de

confidencialidad del depositario de las HC así como también el resto de las

obligaciones como encargado del tratamiento por cuenta de terceros.

6.3.6. Cada centro deberá establecer un responsable de archivo de HC, que

deberá velar por el adecuado cumplimiento de los sistemas de archivo, control e

información, que deberán ser adecuados a las características y dimensiones del

centro.

6.3.7. El acceso al archivo de HC deberá encontrarse limitado al horario en que

el personal de archivo pueda ejercer los controles previstos. Fuera de este

Page 61: Tesina Sara Morras

56

horario, el acceso al archivo estará restringido y controlado. Cualquier acceso

al archivo fuera del horario habitual, deberá ser anotado en un registro creado

al efecto.

6.3.8. El archivo de HC contará con medidas de seguridad física apropiadas.

6.3.9. En cualquier entrega interna de una HC, debe quedar constancia de la

persona que efectúa la petición, o del motivo que justifica el flujo de las HC por

razones organizativas y de programación de actos clínicos que requieren el

acceso a las mismas.

6.3.10. Las salidas de HC del archivo deberán anotarse en un libro registro, con

la información suficiente para permitir su seguimiento. En el mismo libro

registro deberá anotarse también la fecha de devolución de la HC

6.3.11. Las solicitudes de HC de pacientes que en el momento de la solicitud no

estén siguiendo un curso clínico, deberán ser debidamente justificadas.

6.3.12. La devolución de las HC al archivo debe realizarse inmediatamente

después de la circunstancia que motivó su petición.

6.3.13. Durante el periodo en que la HC se encuentra fuera del archivo central,

deberán establecerse unas medidas de seguridad mínimas que permitan

restringir el acceso de personas no autorizadas.

6.3.14. Las HC únicamente serán canceladas una vez transcurrido el plazo

previsto por la normativa vigente.

Cataluña

16/2010, de 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre,

sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del

paciente, y la documentación clínica.

“…La modificación del artículo 12 de la Ley 21/2000, por una parte, se determinan

con más concreción los requerimientos de custodia, conservación y expurgación de

la historia clínica y, por otra, se modifican los plazos de conservación de la historia

clínica, con la doble finalidad de facilitar el cómputo de dichos plazos y de

garantizar que la conservación de la historia clínica se haga efectiva para

responder a todas las finalidades que esta tiene atribuidas. Asimismo, se establece

la necesidad de custodiar las historias clínicas más allá del cierre de centros

sanitarios o del cese definitivo de actividades profesionales sanitarias a título

individual.

Page 62: Tesina Sara Morras

57

Se establece un período mínimo de conservación de la documentación más

relevante de la historia clínica, que es de quince años a contar desde la fecha de

alta de cada proceso asistencial. El resto de documentación que integra la historia

clínica puede destruirse al cabo de cinco años desde la fecha de alta de cada

proceso asistencial

Modificación del artículo 12 de la Ley 21/2000

Se modifica el artículo 12 de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos

de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y la

documentación clínica, que queda redactado del siguiente modo:

Artículo 12. Conservación de la historia clínica

1. La responsabilidad de custodiar la historia clínica recae en la dirección de los

centros sanitarios, o bien en los profesionales sanitarios que llevan a cabo su

actividad de forma individual.

2. La historia clínica debe conservarse en las condiciones que garanticen la

autenticidad, la integridad, la confidencialidad, la preservación y el correcto

mantenimiento de la información asistencial registrada, y que aseguren su completa

reproductibilidad en el futuro, durante el tiempo en que sea obligatorio

conservarla, independientemente del soporte en que se encuentre, que no tiene que

ser necesariamente el soporte original.

3. En el proceso de traslación de la información de la historia clínica, desde el

soporte original a otro soporte, tanto si es digital como de otra naturaleza, debe

garantizarse la inalterabilidad, autenticidad y perdurabilidad de la información

asistencial, así como la confidencialidad de los datos y de la información que

contienen. Las medidas técnicas y organizativas de seguridad que se adopten a tal

efecto deben ser recogidas por protocolos internos aprobados por la dirección del

centro sanitario, que deben basarse en los criterios aprobados por la comisión

técnica a la que se refiere la disposición final primera

Page 63: Tesina Sara Morras

58

4. De la historia clínica debe conservarse, junto con los datos de identificación de

cada paciente, como mínimo durante quince años desde la fecha de alta de cada

proceso asistencial, la siguiente documentación:

a) Las hojas de consentimiento informado.

b) Los informes de alta.

c) Los informes quirúrgicos y el registro de parto.

d) Los datos relativos a la anestesia.

e) Los informes de exploraciones complementarias.

f) Los informes de necropsia.

g) Los informes de anatomía patológica.

5. Los procesos de digitalización de la historia clínica que se lleven a cabo deben

facilitar el acceso a la historia clínica desde cualquier punto del Sistema Nacional

de Salud. A tal efecto, deben establecerse los mecanismos para hacer posible,

mediante la tarjeta sanitaria individual, la vinculación entre las historias clínicas

que cada paciente tenga en los organismos, centros y servicios del Sistema

Nacional de Salud, y que permitan el acceso de los profesionales sanitarios a la

información clínica y el intercambio de dicha información entre los dispositivos

asistenciales de las comunidades autónomas, de conformidad con las disposiciones

sobre protección de datos de carácter personal.

6. La documentación que integra la historia clínica no mencionada por el apartado

4 puede destruirse una vez hayan transcurrido cinco años desde la fecha de alta de

cada proceso asistencial.

7. No obstante lo establecido por los apartados 4 y 6, debe conservarse de acuerdo

con los criterios que establezca la comisión técnica en materia de documentación

clínica, a la que hace referencia la disposición final primera, la documentación que

sea relevante a efectos asistenciales, que debe incorporar el documento de

voluntades anticipadas, y la documentación que sea relevante, especialmente, a

efectos epidemiológicos, de investigación o de organización y funcionamiento del

Sistema Nacional de Salud. En el tratamiento de esta documentación debe evitarse

identificar a las personas afectadas, salvo que el anonimato sea incompatible con

las finalidades perseguidas o que los pacientes hayan dado su consentimiento

previo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de

Page 64: Tesina Sara Morras

59

carácter personal. La documentación clínica también debe conservarse a efectos

judiciales, de conformidad con la normativa vigente.

8. La decisión de conservar la historia clínica, en los términos establecidos por el

apartado 7, corresponde a la dirección médica del centro sanitario, a propuesta del

facultativo o facultativa, previo informe de la unidad encargada de la gestión de la

historia clínica en cada centro. Esta decisión corresponde a los propios facultativos

cuando desarrollen su actividad de forma individual.

9. Los responsables de custodiar la historia clínica, a quienes se refiere el apartado

1, también son responsables de destruir correctamente la documentación que

previamente se haya decidido expurgar.

10. En el supuesto de cierre de centros y servicios sanitarios, o de cese definitivo de

actividades profesionales sanitarias a título individual, debe garantizarse el

mantenimiento del acceso legalmente reconocido a las historias clínicas que se

encuentren bajo la custodia de dichos centros o profesionales, en beneficio de la

asistencia médica y, especialmente, de los derechos de los pacientes en materia de

documentación clínica y de protección de datos personales.

11. Son aplicables a la conservación de la historia clínica, al proceso de traslación

de información establecido por el apartado 3 y a la actividad de destrucción a la

que se refiere el apartado 9 las medidas técnicas y organizativas de seguridad

aplicables a los ficheros que contienen datos de carácter personal, en los términos

establecidos por la normativa reguladora de la protección de datos de carácter

personal.

12. Las prescripciones del presente artículo se entienden sin perjuicio de la

aplicación de la normativa específica de prevención de riesgos laborales y de

protección de la salud de los trabajadores en las historias clínicas relativas a la

vigilancia de la salud de los trabajadores…”

Page 65: Tesina Sara Morras

60

Comunidad de Madrid

Recomendación 2/2004, de 30 de julio, de la Agencia de Protección de Datos de la

Comunidad de Madrid, sobre custodia, archivo y seguridad de los datos de

carácter personal de las historias clínicas no informatizadas (aprobada por

Resolución del Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de

Madrid con fecha 30 de julio de 2004)

“…Conservación, expurgo y cesiones de datos de la historia clínica

1. Conservación.

a) Custodia por los centros.

Los centros e instituciones sanitarias tienen la obligación de conservar la

documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y

seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida

asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo,

cinco años contados desde la fecha de alta de cada proceso asistencial. A estos

efectos la Comunidad de Madrid puede regular y establecer por Ley, al igual que ya

lo han realizado otras Comunidades Autónomas, un plazo superior de conservación.

La documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de

conformidad con la legislación vigente. Se conservará, asimismo, cuando existan

razones epidemiológicas, de investigación o de organización y funcionamiento del

Sistema Nacional de Salud. En este último caso, su tratamiento se hará de forma

que se evite en lo posible la identificación de las personas afectadas.

Se podrá diferenciar dentro del fichero de historias clínicas, tal y como se recoge en

el punto 5 de la presente Recomendación, entre las que corresponden a un episodio

activo que todavía no ha concluido y aquellas que constituyen el archivo pasivo por

corresponder a episodios concluidos. Las previsiones establecidas en la presente

Recomendación serían de aplicación a cualquiera de las dos modalidades.

b) Custodia por terceros.

El acceso a datos por cuenta de terceros viene regulado en el artículo 12 de la Ley

Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal, como una posibilidad de acceder a los mismos cuando dicho acceso sea

necesario para la prestación de servicios por parte de un tercero al responsable del

fichero. La particularidad de este tipo de acceso es que no tiene la consideración de

Page 66: Tesina Sara Morras

61

comunicación o cesión de datos, no siendo necesario por tanto el consentimiento de

los afectados para que pueda materializarse.

No obstante, lo que sí se prevé como indispensable para que el servicio pueda

prestarse es que la realización del tratamiento por parte del tercero deberá estar

regulada en un contrato en el que se recogerán las condiciones e instrucciones

fijadas por el responsable del fichero para la prestación del servicio, la finalidad

del tratamiento y la imposibilidad de la comunicación de los datos a otras personas

distintas del prestador. Se estipularán igualmente las medidas de seguridad que el

tercero deberá implantar en el sistema de tratamiento que utilice para la prestación

del servicio.

Por lo que se refiere a la gestión de la historia clínica no informatizada, en la

actualidad se está extendiendo entre los centros sanitarios la práctica consistente

en externalizar el tratamiento de las historias clínicas, a través de los llamados

contratos de outsourcing. Por medio de los mismos, son entidades privadas, con

personalidad jurídica distinta de la del responsable de las historias clínicas,

quienes custodian los archivos. Estas entidades privadas no pueden subcontratar el

almacenamiento de las historias clínicas.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 8/2001, de

13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de

Madrid, estos contratos de servicios de tratamiento de datos de carácter personal

deberán de ser comunicados a esta Agencia de Protección de Datos de la

Comunidad de Madrid con anterioridad a su perfeccionamiento.

2. Expurgo.

Con periodicidad anual y siguiendo los criterios de la Comisión Central de

Documentación Clínica que ha sido prevista por el Grupo de Expertos en

Información y Documentación Clínica u órgano equivalente que se cree en la futura

Ley autonómica, se realizará, por parte de la UNADC o Servicio equivalente, una

propuesta de expurgo y destrucción de los documentos de las historias clínicas

correspondientes a episodios concluidos y que tengan una antigüedad superior al

período establecido en la normativa vigente como mínimo u obligatorio de

conservación de las mismas.

Analizada la propuesta por la dirección del centro o institución, si se autorizara la

destrucción de la documentación propuesta, ésta se realizará mediante la

utilización de los medios, propios o ajenos, suficientes y con la garantía de

Page 67: Tesina Sara Morras

62

mantener la confidencialidad de la información y su efectiva destrucción, siendo

responsable de la misma la UNADC o Servicio equivalente.

3. Cesiones de datos de la historia clínica no informatizada.

La Ley 41/2002, aunque lo regula dentro de su artículo 16 bajo la figura del acceso

a la historia clínica, realmente y bajo la óptica de la protección de datos, cuando el

acceso se produce con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de

investigación o docencia, se trataría de una cesión de datos, pues el acceso a la

misma es por un tercero diferente al centro/institución sanitaria.

Con carácter general, la LOPD establece la norma general (artículo 11.1) referente

a que los datos de carácter personal sólo…”

Comunidad Foral de Navarra

Ley Foral 11/2002, de 6 de mayo, sobre los derechos del paciente a las voluntades

anticipadas, a la información y a la documentación clínica.

“…Artículo 13. Conservación de la historia clínica

1. La historia clínica debe conservarse como mínimo hasta veinte años después

de la muerte del paciente. No obstante, se pueden seleccionar y destruir los

documentos que no son relevantes para la asistencia, transcurridos diez años

desde la última atención al paciente.

2. En cualquier caso, en la historia clínica deben conservarse, junto con los

datos de identificación del paciente, durante veinte años, como mínimo, a contar

desde la muerte del paciente: las hojas de consentimiento informado, los

informes de alta, los informes quirúrgicos y el registro de parto, los datos

relativos a la anestesia, los informes de exploraciones complementarias y los

informes de necropsia.

3. A pesar de lo establecido en los apartados 1 y 2 de este artículo, la

documentación que a criterio del facultativo sea relevante a efectos preventivos,

asistenciales o epidemiológicos, debe conservarse durante todo el tiempo que

sea necesario.

Page 68: Tesina Sara Morras

63

4. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el

mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso

asistencial de los pacientes.

5. La gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados,

o por los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra

modalidad asistencial, según el criterio de los servicios de salud, se realizará a

través de la unidad de admisión y documentación clínica, encargada de integrar

en un solo archivo las historias clínicas. La custodia de dichas historias clínicas

estará bajo la responsabilidad de la dirección del centro sanitario.

6. Los profesionales sanitarios que desarrollen su actividad de manera

individual son responsables de la gestión y de la custodia de la documentación

asistencial que generen.

7. Son de aplicación a la documentación clínica las medidas técnicas de

seguridad establecidas por la legislación reguladora de la conservación de los

ficheros que contienen datos de carácter personal y, en general, por la Ley

Orgánica 15/1999 (RCL 1999\3058), de Protección de Datos de Carácter

Personal».…”

Comunidad Valenciana

Ley 1/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Derecho e Información al Paciente

de la Comunidad Valenciana

“…Artículo 22.2

Para garantizar los usos de la historia clínica, especialmente el asistencial, se

conservarán los documentos como mínimo cinco años a partir de la fecha del

último episodio asistencial en el que el paciente haya sido atendido o desde su

fallecimiento. Aquellos documentos especialmente relevantes se conservarán

indefinidamente o por el tiempo que fije la normativa vigente al respecto. Las

historias clínicas que sean prueba en un proceso judicial o procedimiento

administrativo se conservarán hasta la finalización del mismo…”

Page 69: Tesina Sara Morras

64

Extremadura

Ley 3/2005, de 8 de julio, de información sanitaria y autonomía del paciente.

“…Artículo 34. Conservación de la historia clínica.

1. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación

obrante en la historia clínica en condiciones que garanticen su correcto

mantenimiento, confidencialidad y seguridad, para la debida atención al

paciente, durante al menos quince años contados desde la fecha del alta de cada

proceso asistencial.

2. En cualquier caso la conservación de la documentación clínica deberá

garantizar la preservación de la información y no necesariamente del soporte

original.

3. Se conservará indefinidamente aquella información que se considere

relevante a efectos preventivos, epidemiológicos, de investigación o de

organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. En tales casos,

siempre que sea compatible con los fines perseguidos, se despersonalizarán los

datos al objeto de impedir la identificación directa o indirecta de los sujetos

implicados. La documentación clínica también se conservará a efectos

judiciales de conformidad con la legislación vigente.

4. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el

mantenimiento de una documentación clínica ordenada que refleje, con las

secuencias necesarias en el tiempo, la evolución del proceso asistencial del

paciente…”.

Galicia

Decreto 29/2009, de 5 de febrero, por el que se regula el uso y acceso a la historia

clínica electrónica.

“…Artículo 16. Conservación

1. La historia clínica deberá conservarse en condiciones que garanticen la

preservación de la información asistencial que contiene, aun cuando no se

mantenga en el soporte original en el que se elaboró, con las cautelas que se

establezcan reglamentariamente para evitar la manipulación de datos cuando

no se mantenga en susodicho el soporte original.

Page 70: Tesina Sara Morras

65

2. Se conservará indefinidamente la siguiente información:

- Informes de alta.

- Hojas de consentimiento informado

- Hojas de alta voluntaria

- Informes quirúrgicos y/o registros de parto

- Informes de anestesia

- Informes de exploraciones complementarias

- Informes de necropsia

- Hoja de evolución y de planificación de cuidados de enfermería

- Otros informes médicos

- Cualquier otra información que se considere relevante para los efectos

asistenciales, preventivos, epidemiológicos o de investigación

- La información de aquellas historias clínicas en las que la conservación

sea procedente por razones judiciales.

3. El resto de la información se conservará, como mínimo, hasta que

transcurran cinco años desde la última asistencia prestada al paciente o desde

su fallecimiento…”

Islas Baleares

Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud. “…Artículo 15. Deber de secreto de los datos de la documentación clínica.

1. El personal que tenga acceso a la documentación clínica queda sujeto al

deber de guardar el secreto sobre los datos consultados.

2. Reglamentariamente se regulará el derecho de acceso, custodia,

conservación y otros aspectos relativos a la documentación clínica…”

La Rioja

No esta regulada la historia clínica, lo que contrasta con la implantación de la Historia

Clínica Electrónica en dicha Comunidad.

Page 71: Tesina Sara Morras

66

País Vasco

Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de

Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos

“…Artículo 9

Los documentos clínicos generados en los Servicios de Urgencia respecto de

episodios asistenciales que cursen sin ingreso del paciente en el Hospital sólo

podrán ser destruidos a partir de los dos años desde la fecha en que tales

episodios tengan lugar, a excepción de las Hojas de Urgencias. Estas últimas

sólo podrán ser destruidas a partir de los cinco años de la citada fecha.

Artículo 10

1.- Podrán ser destruidos a partir de los cinco años desde la fecha del alta

correspondiente al último episodio asistencial en que el paciente haya sido

atendido en el Hospital los siguientes documentos contenidos en su Historia

Clínica:

a) Las Hojas Clínico-estadísticas

b) Las Hojas de Autorización de ingreso

c) Las Hojas de Órdenes Médicas

d) Las Hojas de Interconsulta

e) Las Hojas de infección Hospitalaria

f) Las Hojas de Evolución y Planificación de Cuidados de Enfermería

g) Las Hojas de Aplicación Terapéutica

h) Las Hojas de Gráficas de Constantes

i) Las Hojas de Urgencias

j) Las Radiografías u otros documentos iconográficos

k) Otros documentos que no aparezcan citados en el artículo siguiente.

2.- Igualmente, podrán destruirse, a partir de los cinco años, las Hojas de

Anamnesis y Exploración Física y las de Evolución correspondientes a los

episodios asistenciales sobre los que exista Informe de Alta.

Artículo 11

1.- Se conservarán de manera definitiva los siguientes Tipos de Documentales:

a) Las Hojas de Informes Clínicos de Alta

b) Las Hojas de Alta Voluntaria

c) Las Hojas de Consentimiento Informado

d) Las Hojas de Informes Quirúrgicos y/o de Registro del Parto

Page 72: Tesina Sara Morras

67

e) Las Hojas de Anestesia

f) Las Hojas de Informes de Exploraciones Complementarias

g) Las Hojas de Informes de Necropsia

2.- Así mismo, deberán conservarse las Hojas de Anamnesis y Exploración

Física y las de Evolución correspondientes a los episodios asistenciales sobre

los que no exista Informe de Alta.

3.- Para garantizar la conservación indefinida de los citados Tipos

Documentales y de la información registrada en los mismos, se utilizarán los

soportes documentales más adecuados, sustituyéndose el papel únicamente en

los casos en que se garantice la permanencia del soporte que se adopte para

reemplazarlo…”

Principado de Asturias

Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

En dicha ley se hace referencia a las competencias del Servicio de Salud del Principado

de Asturias, aunque no se haga referencia a la historia clínica.

Por otra parte el Gobierno de Asturias ha editado una normativa que nos pueden servir

de referencia a la hora digitalizar ya que se marcan unos parámetros claros para

establecer los criterios, la obra es la siguiente y estará incorporada en

Digitalización de documentos. Versión 1.0. Sistemas de Gestión e Información de

Archivos. Editado por: Dirección General de Modernización Viceconsejería de

Presupuestos y Administración Pública, Consejería de Economía y Administración

Pública del Gobierno de Asturias en el año 2007.

Región de Murcia

Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Usuarios del Sistema

Sanitario de la Región de Murcia.

“…Artículo 54. Gestión y conservación de la historia clínica.

1. La custodia y gestión de las historias clínicas corresponde a la

Administración Sanitaria o entidad titular del centro, en donde se presta

asistencia sanitaria al paciente por profesionales sanitarios por cuenta ajena.

Page 73: Tesina Sara Morras

68

En los supuestos en que el profesional sanitario trabaje por cuenta propia, le

corresponderá a éste dicha custodia y gestión.

2. En tal sentido, los responsables de la custodia y gestión especificados en el

apartado anterior deberán salvaguardar la integridad y confidencialidad de las

historias clínicas o, al menos, de la información que las mismas contienen

aunque no sea en soporte original. A estos efectos, se deberán establecer por la

Administración Sanitaria aquellos mecanismos que garanticen la autenticidad

del contenido de la historia clínica y de los cambios operados en ella, así como

la posibilidad de su reproducción futura. Además, todos los profesionales

sanitarios que intervienen en el proceso asistencial del paciente tienen el deber

de colaborar en completar y conservar en el debido orden la documentación

contenida en dichas historias.

3. La gestión unitaria de las historias clínicas será asumida en cada centro por

la unidad de admisión y documentación clínica o, en su defecto, por aquella

unidad que determine la Administración Sanitaria. No obstante lo anterior, la

custodia de dichas historias clínicas estará bajo la responsabilidad de la

dirección o gerencia del centro sanitario.

4. A fin de garantizar la adecuada asistencia sanitaria a los pacientes, la

documentación e información clínica contenida en las historias deberá con

carácter general conservarse, como mínimo, durante veinte años a contar desde

la fecha de alta del último proceso asistencial y en los términos que se

determine reglamentariamente por Orden de la Consejería competente. A estos

efectos, dicho desarrollo reglamentario podrá establecer plazos distintos y

especificidades determinadas de conservación en supuestos de fallecimiento del

paciente, garantía asistencial, relevancia de la información contenida o

tipología del centro sanitario, razones epidemiológicas, de estadística sanitaria

o de salud pública. Asimismo, se conservará a efectos judiciales o

administrativos, de conformidad con la legislación vigente. Además, se

determinará reglamentariamente el destino y custodia de las historias clínicas

en el ámbito de la sanidad privada en los supuestos de cese de actividad de los

centros o profesionales sanitarios por cuenta propia…”

Page 74: Tesina Sara Morras

69

Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla

No posee una legislación competente sobre el tema que nos ocupa, la única referencia

que se hace a éstas sobre materia sanitaria es el traspaso de las competencias sanitarias a

las ciudades autónomas.

Page 75: Tesina Sara Morras

70

Bibliografía8

Agencia Española de Protección de Datos [En línea]. Madrid : Agencia Española de

Protección de Datos, 2010. URL <https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-

idphp.php> [Consulta 06-07-2010]

España. Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Usuarios del

Sistema Sanitario de la Región de Murcia. Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm.

114, de 20 de mayo de 2009, 22639-22674 p.

España. Resolución de 27/02/2009, de la Dirección Gerencia, mediante la que se

aprueba la Circular 1/2009, sobre uso, acceso, cesión de datos y conservación de la

Historia Clínica en el ámbito del Sescam. Boletín Oficial de Castilla La Mancha, núm.

120, 29 de junio de 2009, 27182 – 27206 p.

España. Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

protección de datos de carácter personal. Boletín Oficial del Estado, 19 de enero de

2008, núm.17, p. 4103 a 4136

España. Decreto 101/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la historia clínica.

Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 249, 22 de diciembre de 2005, 22270 p.

España. Decreto 178/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que

regula la historia clínica en los centros y establecimientos hospitalarios y establece el

contenido, conservación y expurgo de sus documentos. Boletín Oficial de Canarias,

núm. 154, 8 de agosto de 2005, 15075-15139 p.

España. Recomendación 2/2004, de 30 de julio, de la Agencia de Protección de Datos

de la Comunidad de Madrid, sobre custodia, archivo y seguridad de los datos de carácter

personal de las historias clínicas no informatizadas. Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid, núm. 191, 12 de agosto de 2004, 7 p.

8 Se encuentra ordenada cronológicamente en orden descendente

Page 76: Tesina Sara Morras

71

España. Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de

Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Boletín

Oficial del País Vasco, núm. 44, de 4 de marzo de 2004, 4050-4069 p.

España. Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Islas Baleares. Boletín Oficial de las

Islas Baleares, núm. 055, de 23 de abril de 2003

España. Ley Foral 29/2003, de 4 de abril, por la que se modifica parcialmente la Ley

Foral 11/2002, de 6 de mayo, sobre los derechos del paciente a las voluntades

anticipadas, a la información y a la documentación clínica. Boletín Oficial del Estado,

núm.120, de 20 de mayo de 2003, 19106 – 19107 p.

España. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del

paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación

clínica. Boletín Oficial del Estado, 15 de noviembre de 2002, núm. 274, p. 40126 -

40132

España. Ley Foral 11/2002, de 6 de mayo, sobre los derechos del paciente a las

voluntades anticipadas, a la información y a la documentación clínica. Boletín Oficial

del Estado, núm. 129, 30 de mayo de 2002, 19249-19254 p.

España. Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. Boletín Oficial de Aragón, 19

de abril de 2002, núm. 46, 3741- 3757 p.

España. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal. Boletín Oficial del Estado, 14 de diciembre de 1999, núm. 298, p. 43088-

43099.

España. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Boletín Oficial del Estado, 29

de abril de 1986, núm. 102, p. 15207-15224.

Page 77: Tesina Sara Morras

72

Anexo II

El caso práctico del Hospital Universitario Miguel Servet

Page 78: Tesina Sara Morras

SECTOR ZARAGOZA 2

ID. PROTOCOLO Z2-

Pº Isabel la Católica, 1-3 50009 ZARAGOZA Tel.: 976 765500

PLAN DE DESASTRES. SERVICIO DE DOCUMENTACIÓN CLÍNICA Y

ARCHIVO

UNIDAD EMISORA SERVICIO DE DOCUMENTACIÓN CLÍNICA

FECHA (mm/aaaa)

ELABORADO

POR

SERVICIO DE DOC. CLÍNICA 09/2010

APROBADO POR

REV

ISION “A”

FECHA PROXIMA REVISION

REGISTRO DE REVISIONES

ID REVISION

FECHA (mm/aaaa) ACTUALIZADO POR PROXIMA REVISION

(mm/aaaa)

Page 79: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 74

Introducción

Este documento contiene el Plan de recuperación de desastres para el Servicio de

Documentación Clínica y Archivo del Hospital Universitario Miguel Servet. Con este

procedimiento escrito pensamos que se puede responder adecuada y oportunamente con

criterios de seguridad, eficiencia y rapidez ante los casos de emergencias que se puedan

presentar, mediante una acción colectiva y coordinada de los diferentes entes participantes que

permite controlar y minimizar las posibles pérdidas.

El empleo de ésta guía capacitará al personal técnico del Servicio de Documentación

Clínica a dar una respuesta a los posibles incidentes de las diversas magnitudes que puedan

suceder en el Archivo.

El plan estará basado en los puntos guías de la Hoja de trabajo para esbozar un plan de

desastre que aparecen recogida en El manual de preservación de bibliotecas y archivos del

Northeast Document Conservation Center9. y el Manual de planificación y prevención de

desastres en archivos y bibliotecas10 se elaborará un informe de riesgos respondiendo a las

diferentes cuestiones que ambos proponen. La finalidad de redactar este informe es evaluar la

situación del archivo y los riesgos a través de la siguiente metodología propuesta en dicho

manual. Se representa un escenario en el que puedan interaccionar las diferentes fuentes de

peligro con los distintos elementos que componen el archivo, teniendo en cuenta las

características de éste. El objetivo de la evaluación de los posibles riesgos es la cuantificación

de la probabilidad (frecuencia) y de la intensidad (gravedad) con que se pueden producir los

efectos dañinos. Técnicamente la expresión del valor de riesgo viene definida por la ecuación:

R = P x I; en la que R = valor del riego, P = coeficiente de probabilidad, y I = coeficiente de

intensidad promedio. Para la evaluación de riesgos utilizaremos el Método de Evaluación de

Riesgos en Archivos, MERA, que se incorpora en el Anexo II junto a la hoja de registro de

incidencias., indispensable para la realización de este método. 9 OGDEN, Sherelyn. Manual de preservación de bibliotecas y archivos del Northeast Document Conservation Center [En línea]. Santiago de Chile: DIBAM, 2000. 370 p. [Consulta 14-12-2009] URL <www.nedcc.org/resources/downloadas/spplam3.pdf> 10 SANCHEZ HERNAMPÉREZ, Arsenio. Manual de planificación y prevención de desastres en archivos y bibliotecas. Madrid : Fundación Histórica Tavera|, Fundación MAPFRE Estudios, 2000. 111 p. ISBN 8489763828.

Page 80: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 75

Objetivos servicio de documentación clínica

1. Custodiar y conservar las historias clínicas generadas como consecuencia de la práctica

asistencial desarrollada en el centro.

2. Desarrollar y potenciar los circuitos que favorezcan la circulación de la documentación

entre los diferentes niveles asistenciales.

3. Garantizar la existencia de una historia clínico-sanitaria única para cada paciente, al

menos dentro de los límites de cada institución asistencial

4. Asegurar la transferencia al archivo de toda la documentación asistencial relativa al

paciente tras su alta hospitalaria o bien tras su utilización en consultas ambulatorias para

el seguimiento del proceso asistencial.

5. Extraer la información contenida en los expedientes clínicos mediante herramientas de

indización y codificación.

6. Fomentar la dotación de instalaciones convenientes que garanticen la adecuada

conservación de la documentación.

7. Asegurar que todas las funciones y cometidos que competan al servicio de

documentación clínica queden protocolizados y recogidos en el necesario manual de

funcionamiento.

8. Promocionar la utilización exhaustiva de la documentación custodiada en el archivo

clínico como recursos básico de información al servicio de los usuarios

Page 81: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 76

Fase 1 - Documentos de trabajo

A.Información Institucional

Nombre de la institución: Hospital Universitario Miguel Servet. Servicio de Documentación

Clínica y Archivo

Fecha de culminación o actualización de esta plantilla: 01/09/2010

Fecha de la próxima actualización de esta plantilla: 01/09/2011

Cargo Nombre Teléfono Responsabilidad

Jefe Equipo de

Recuperación de

Desastres

Miguel Moreno Vernis 2562 Dirección

Responsable de

Comunicación

Portavoz autorizado

Encargado del

Mantenimiento del

Edificio

Jefe de Ingeniería y

Mantenimiento

180 /1030 Realizar reparaciones menores

y aportar información sobre

las instalaciones

Responsable de

conservación

Sara Morrás Sesma Supervisión

Equipo de Ejecución Coordinar al equipo personal

listo para su uso cuando se

requiera

Equipo de Recuperación Coordinar al equipo personal

listo para su uso cuando se

requiera

Las vacantes que quedan deberán ser rellenadas cuando se cree un Comité de Desastres y se le

asignarán las funciones desarrolladas en la Fase 2.

Page 82: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 77

¿Qué empleados poseen una copia de este plan y conocen bien su contenido?

Jefe del Servicio de documentación clínica

Responsable de Comunicación

Conservadora

Jefe del Personal de Mantenimiento

Dirección del Hospital

Page 83: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 78

B.Servicios necesarios en una emergencia

A los servicios externos recurriremos únicamente sí los técnicos de mantenimiento del Hospital

no son capaces de solucionar los problemas que puedan presentarse.

Servicio Empresa y/o nombre contacto Teléfono

Seguridad interna Seguridad 2378

Bomberos Cuerpo de bomberos de Zaragoza 112 / 080

Policía Local

Nacional

Guardia civil

092

091

062

Ambulancia

Emergencias

Cruz roja

Ambulancias

Ambulancia de los bomberos

061

976222222

902122180

976557229

Defensa Civil Protección Civil Gobierno de Aragón 112

Conservador Sara Morrás Sesma

Congelación Empresa adjudicataria del servicio

Servicio de Secado por Congelación

Empresa adjudicataria del servicio

Recuperación/Rescate Rx Empresa adjudicataria del servicio

Recuperación/Rescate Documentos

Empresa adjudicataria del servicio

Electricista Empresa adjudicataria del servicio

Carpintero Empresa adjudicataria del servicio

Exterminador de plagas

Servicio de Fumigación Empresa adjudicataria del servicio

Cerrajero Empresa adjudicataria del servicio

Page 84: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 79

Ficha 1.1. Hospital Materno-Infantil. Sótano -1

Tipo de espacio

Zona pública: servicios, pasillos, etc.

Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.

Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.

Page 85: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 80

Colecciones que contiene:

• Tipo de colección Hª Clínicas

• Soporte de almacenamiento Soporte Papel y Radiografías (Negativo B/N)

Características especiales:

• Superficie Zona 1� 103m2 Zona 2� 278.13 m2

• Accesos Entrada General Hospital Materno Infantil y Entrada lateral

Sistemas de protección:

• Sistemas de detección frente a:

o Incendio

Tipo Detectores de Humo Nº de dispositivos 12 (Zona archivo)

• Sistemas de alarma:

Tipo Alarma general Hospital Nº de dispositivos 4 (Zona archivo)

Pulsador de alarma

• Sistemas de extinción

Tipo Extintores (carros, bocas de incendio, etc.,) Nº de dispositivos 20 (Zona

archivo)

Observaciones:

El lugar donde se encuentra ubicado el archivo fue inspeccionado por los bomberos y se

determinó que no es un buen emplazamiento por su situación dentro del hospital (por él pasan

tuberías, parte de los cuadros de luces se encuentran al lado, etc.,) y menos aún por el mobiliario

utilizado (las puertas cortafuegos son de madera, incluso las de las escaleras de emergencia por

ello es aconsejable seguir los consejos sobre edificación que determina la Norma UNE

Page 86: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 81

Ficha 1.1. Hospital Materno-Infantil. Sótano -1

Tipo de espacio

Zona pública: servicios, pasillos, etc.

Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.

Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.

Page 87: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 82

Colecciones que contiene:

• Tipo de colección Hª Clínicas

• Soporte de almacenamiento Soporte Papel y Radiografías (Negativo B/N)

Características especiales:

• Superficie � Zona 3� 176,17m2 Zona 2� 234,58 m2 Zona 3 � 63.36 m2

• Accesos � Ascensores o escaleras principales entrando desde la entrada general y

salidas y escaleras de incendios

Sistemas de protección:

• Sistemas de detección frente a:

o Incendio

Tipo Detectores de Humo Nº de dispositivos 8 (Zona archivo)

• Sistemas de alarma:

Tipo Alarma general Hospital Nº de dispositivos 1 (Zona archivo)

Pulsador de alarma

• Sistemas de extinción

Tipo Extintores (carros, bocas de incendio, etc.,) Nº de dispositivos 8 (Zona

archivo)

Observaciones:

El lugar donde se encuentra ubicado el archivo fue inspeccionado por los bomberos y se

determinó que no es un buen emplazamiento por su situación dentro del hospital (por él pasan

tuberías, parte de los cuadros de luces se encuentran al lado, etc.,) y menos aún por el mobiliario

utilizado (las puertas cortafuegos son de madera, incluso las de las escaleras de emergencia por

ello es aconsejable seguir los consejos sobre edificación que determina la Norma UNE

Page 88: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 83

Ficha 1.2. Evaluación de riesgos: Zona 1

Identificación de la zona: Zona 1 del Hospital Materno-Infantil

Identificación de los riesgos:

1.El reciento como puede observarse cuenta con todos sus pasillos con una anchura muy inferior

al metro mínimo exigido, encontrándonos obstáculos de todo tipo en sus pasillos.

2.Se pueden observar algunas goteras (no de tuberías) en el forjado, provenientes del patio

exterior entre el Hospital Materno-Infantil y el Hospital General.

3.La zona comparte recinto con el grupo de presión de incendios del Hospital Materno-Infantil y

el aljibe de agua, lo que ocasiona que haya excesiva humedad en la zona

4.La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de

luz antiguos y en mal estado.

5.No existe ningún tipo de climatización

6.No existe alumbrado de emergencia

Tipo de mobiliario: 43 armarios compactos deslizantes de 4 metros de profundidad y siete

estantes de altura

Otras:

Al ser un recinto de más de 200m3, se clasifica como RIESGO ESPECIAL MEDIO, debiendo

existir vestíbulo de independencia, con puertas resistentes al fuego. Debe ser un sector de

incendios con resistencia estructural REI-120.

La única puerta de acceso es una puerta abierta a un pasillo general de circulación, con acceso a

TODA persona que circule por ese pasillo, ya que la puerta SIEMPRE se encuentra abierta.

Page 89: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 84

Ficha 1.2. Evaluación de riesgos: Zona 2

Identificación de la zona: Zona 2 del Hospital Materno-Infantil

Identificación de los riesgos:

1.El reciento como puede observarse cuenta con todos sus pasillos con una anchura muy inferior

al metro mínimo exigido, encontrándonos obstáculos de todo tipo en sus pasillos.

2.Existen 4 arquetas, de la tubería general de saneamiento del hospital, las cuales de vez en

cuando aparte de rebosar, desprenden olores.

3.La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de

luz antiguos y en mal estado.

4.La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de

entrada, por la disposición de los pasillos, su altura, etc., en muchas zonas existen problemas.

5.No existe alumbrado de emergencia.

6.Humedades en las paredes y en el piso

Otras:

Al ser un recinto de más de 400m3, se clasifica como RIESGO ESPECIAL ALTO, debiendo

existir vestíbulo de independencia, con puertas resistentes al fuego. Debe ser un sector de

incendios con resistencia estructural REI-180.

Las tres puertas de acceso (dos de doble hoja y una sencilla) son puertas abiertas a un pasillo

general de circulación, con acceso a TODA persona que circule por ese pasillo, ya que las

puertas SIEMPRE se encuentran abiertas.

Page 90: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 85

Ficha 1.2. Evaluación de riesgos: Zona 3, 4 y 5

Identificación de la zona: Zona 3 del Hospital General

Identificación de los riesgos:

1.El reciento como puede observarse cuenta con todos sus pasillos con una anchura muy inferior

al metro mínimo exigido, encontrándonos obstáculos de todo tipo en sus pasillos.

2.La instalación eléctrica en general es my deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de luz

antiguos y en mal estado.

3.La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de

entrada, la disposición de pasillos, su altura, etc., en muchas zonas existen problemas.

4.No existe alumbrado de emergencia

Tipo de mobiliario: 43 armarios compactos deslizantes de 4 metros de profundidad y siete

estantes de altura

Otras:

Al ser un recinto de más de 400m3, se clasifica como RIESGO ESPECIAL ALTO, debiendo

existir vestíbulo de independencia, con puertas resistentes al fuego. Debe ser un sector de

incendios con resistencia estructural REI-180.

Las siete puertas de acceso (dos de doble hoja y cinco sencillas) son puertas abiertas a un pasillo

general de circulación, con acceso a TODA persona que circule por ese pasillo, ya que las

puertas SIEMPRE se encuentran abiertas. Además el pasillo está permanentemente ocupado por

materiales que dificultarían la evacuación adecuada.

Page 91: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 86

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 1

Tipo de riesgo: Humedad (hongos, deterioro de los soportes…)

Filtraciones de agua en el techo (no proceden de tuberías)

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Levantar el pavimento exterior de esta zona para impermeabilizar la zona y anular estas goteras

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 92: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 87

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 1

Tipo de riesgo: Humedad (hongos, deterioro de los soportes…)

La zona comparte recinto con el grupo de presión de incendios del Hospital Materno-Infantil y el

aljibe de agua, lo que ocasiona que haya una excesiva humedad en la zona

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Cambiar de ubicación el grupo de presión y aljibe, o esta zona de archivo

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 93: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 88

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 1

Tipo de riesgo: Eléctrico (incendio)

La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, y aparatos de luz antiguos y en mal

estado.

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Sustitución de la instalación completa con líneas nuevas, pantallas de luz estancas y puntos de

enchufes estancos

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres / Mantenimiento

Page 94: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 89

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 1

Tipo de riesgo: Humedad (hongos, deterioro de los soportes…)

La zona comparte recinto con el grupo de presión de incendios del Hospital Materno-Infantil y el

aljibe de agua, lo que ocasiona que haya una excesiva humedad en la zona

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Cambiar de ubicación el grupo de presión y aljibe, o esta zona de archivo

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 95: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 90

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 1

Tipo de riesgo: Humano

No existe alumbrado de emergencia de ningún tipo

Categoría: ALTA

Acciones a adoptar:

Instalación independiente y completa en toda la zona de luces de emergencia

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 96: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 91

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 2

Tipo de riesgo: Inundación / Intoxicación

Existen 4 arquetas, de la tubería general de saneamiento del hospital, las cuales de vez en cuando

aparte de rebosarse, desprenden olores

Categoría: ALTA

Acciones a adoptar:

Sustitución de estas arquetas, retirando las antiguas, incluso el cerco existente, e instalar nuevas

herméticas atornilladas

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 97: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 92

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 2

Tipo de riesgo: Eléctrico (incendios)

La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de luz

antiguos y en mal estado

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Sustitución de la instalación completa con líneas nuevas, pantallas de luz estancas, y puntos de

enchufes estancos

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 98: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 93

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 2

Tipo de riesgo: Mala climatización (hongos, contaminación atmosférica….)

La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de

entrada, por la disposición de los pasillos, su altura, etc.,., en muchas zonas existen problemas

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Diseñar una nueva red de tuberías y difusores para cubrir las necesidades de la zona

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 99: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 94

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 2

Tipo de riesgo: Humano

No existe alumbrado de emergencia de ningún tipo

Categoría: ALTA

Acciones a adoptar:

Instalación independiente y completa en toda la zona de luces de emergencia

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 100: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 95

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 3, 4 y 5

Tipo de riesgo: Eléctrico (incendio)

La instalación eléctrica en general es muy deficiente, alumbrado deficiente y aparatos de luz

antiguos y en mal estado

Categoría: ALTA

Acciones a adoptar:

Sustitución de la instalación completa, con líneas nuevas, pantallas de luz estancas, y puntos de

enchufes necesarios para todas las instalaciones y ordenadores que existen en la zona

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 101: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 96

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 3, 4 y 5

Tipo de riesgo: Mala climatización (hongos, contaminación atmosférica…)

La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de

entrada, por la disposición de pasillos, su altura, etc.,., en muchas zonas existen problemas

Categoría: MEDIA

Acciones a adoptar:

Diseñar una nueva red de tuberías y difusores para cubrir las necesidades de la zona

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 102: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 97

Ficha 1.4. Minimización del riesgo

Identificación de la zona: Zona 3, 4 y 5

Tipo de riesgo: Humano

No existe alumbrado de emergencia

Categoría: ALTA

Acciones a adoptar:

Instalación independiente y completa en toda la zona de luces de emergencia

Plazo: Inmediato

Evolución: Nula

Responsable: Comité de Desastres

Page 103: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 98

Conclusión sobre las instalaciones

Las zonas de archivo, una vez detalladas, se pueden comprobar que su principal

problema es que están ubicadas en varios recintos separados, y que poseen una distribución

muy poco uniforme.

La superficie total del archivo según necesidades justificadas en informes del propio

Servicio de archivo sería de unos 2600 m2, contando en la actualidad con las zonas estudiadas

con 856 m2, con lo cual es evidente el problema de espacio, y el que existan pasillos y zonas

tan saturadas.

La sectorización de las zonas de archivo con el resto del hospital es fundamental al ser

estas zonas de un riesgo especial medio o alto.

Se debería replantear una nueva ubicación de esta zona, contemplando todas las

necesidades, espacio instalaciones, y accesos.

Page 104: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 99

LISTA DE IDENTIFICACION Y EVALUACIÓN DE RIESGOS POR MÉTODO MERA

RIESGOS FRECUENCIA INTENSIDAD VALOR DE

RIESGO

1 accidente

cada

Valor

P

Pérdida promedio por

accidente

Valor

I P x I

NATURALES

Inundación 1 a 12 meses 9 Lesión con baja 1 semana 3 27

Plaga de hongos 1 a 10 años 7 Lesión sin baja 1 7

HUMANOS

Amenaza de bomba 10 a 50 años 5 Lesión con baja 1 semana 3 15

Vandalismo 1 a 10 años 7 Lesión con baja 1 semana 3 21

TECNOLÓGICOS

Incendio 1 a 10 años 7 Varias muertes 10 70

Escapes internos de

agua

De 1 a 12

meses 9 Lesión con baja 1 semana 3 27

Eléctricos De 1 a 12

meses 9

Lesión con baja superior a

1 semana 5 45

Hay que recordar que para que esta evaluación verídica deberemos de rellenar la Hoja de

Registro de incidencias cada vez que se produzca cualquier tipo de siniestro para poder llevar a

cabo luego la evaluación.

Page 105: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 100

1.3.CONTROL DE INCIDENCIAS FECHA

INCIDENCIA REGISTRADA POR:

NOMBRE

NIF / CIF

CARGO

TIPO DE INCIDENCIA:

MAGNITUD:

DAÑOS:

MEDIDAS TOMADAS:

Page 106: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 101

C.Equipos para emergencias existentes en la institución

Llaves Mantenimiento Residencial General / Planta 0

Servicios principales

a)Interruptor principal eléctrico

b)Válvula principal de agua

c)Cierre principal de gas

Sistemas de rociadores

Sistema de calefacción / enfriamiento

Extintores

a)Madera, papel, combustible (Tipo A)

b)Gasolina y líquido inflamables (Tipo B)

c)Electricidad (Tipo C)

d)Todo tipo de incendio común (Tipo ABC)

Alarma principal de incendio (caja de acceso)

Detectores de humo y calor

Teléfono celular

Bomba portátil

Alargadores

Linternas

Cámara con película

Radio a pilas

Juego de herramientas

Escobas y palas

Trapero, balde, esponjas

Aspiradora de líquidos

Carritos metálicos

Mesas plegables portátiles

Ventiladores portátiles

Máscaras/gafas protectoras

Cascos

Page 107: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 102

Botas de goma

Delantales de goma o plástico

Guantes (cuero goma)

Espacio para el secado

El hospital cuenta con técnicos cualificados en mantenimiento por lo que ellos serán los

encargados de proporcionar los datos sobre las instalaciones en las que se encuentra ubicado el

archivo.

Page 108: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 103

D.Lista de verificación semanal

SÍ NO

Nº de emergencia en todos los teléfonos

Extintores al día y operativos

Detectores de humo y/o calor operativos

Sistema de rociadores operativos

Detectores de agua operativos

Sistema Halón operativos

Alarmas de incendio operativas

Dispositivos de detección interna funcionando

Alarmas internas funcionando

Dispositivos de detección externa funcionando

Alarmas externas funcionando

Sistemas de respaldo probados

Luces de emergencia

Energía eléctrica

Paneles de alarmas

Informes de incidentes revisados

Llaves identificadas

Linternas operativas

Se encargará a una o varias personas designadas por el Comité de Desastres para que realice

esta evaluación semanal.

Page 109: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 104

Intervenciones de Emergencia

1. Protocolo en caso de incendio

Avisar al director de la institución y al encargado de seguridad.

− Si se tiene la capacidad y se puede combatir con extintores se intenta apagar, siempre que el

riesgo físico no sea elevado. Si fuese más elevado dejar que se encarguen los bomberos.

− Evacuación inmediata, dar la voz de alarma y asegurarse de que no quede nadie dentro.

− Elegir la ruta más corta (puerta del final del pasillo), abrirla y bloquearla en la posición

abierta. Dicha ruta debería estar convenientemente señalizada.

− Prohibir el acceso al interior, excepto cuando se considere preciso por razones bien

definidas, relacionadas con el incidente (personal autorizado)

− Impedir que participen voluntarios en las operaciones de rescate, salvo bajo el control de

los encargados de las operaciones de socorro.

− El jefe del plan de desastres o el encargado deberá indicar a los bomberos donde se

encuentran las vías de acceso más prácticas y definir las zonas de almacenamiento con

mayor prioridad

Evacuación de las personas

Si el fuego aún no se ha extendido y se tiene la capacidad, es preciso esforzarse por combatirlo

con los extintores correspondientes.

Pero cuando el riesgo físico pasa a ser grave, se debe priorizar la evacuación del personal, y

dejar actuar a los bomberos. Se necesita:

− Elegir la ruta más corta, despejarla, abrir todas las puertas y bloquearlas en la

posición abierta.

Page 110: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 105

− Prohibir el acceso a los vestuarios y las zonas de servicio si el peligro es inminente,

excepto cuando se considera preciso por razones bien definidas, relacionadas con el

incidente.

− Recorrer todas las salas para asegurarse de que no quede nadie, recuperar los

registros de asistencia del personal, este último

− Impedir que participen voluntarios en las operaciones de rescate, salvo bajo el

control de los encargados de las operaciones de socorro.

Evacuación de documentos

− Utilizar el mayor número de carros y carretillas posibles

− No usar jamás ascensores sin autorización.

− Organizar una cadena con los miembros del equipo de tal manera que los documentos

puedan ser transportados en cajas de plástico con asas.

Tras la evacuación, reunir todos los documentos, sea cual sea su estado, en un local sano,

permanentemente vigilado, e inventariarlos de inmediato.

Los documentos mojados deben tratarse antes que ningún otro.

Aquellos que estén simplemente quemados o ennegrecidos por el hollín no corren el riesgo de

empeorar en poco tiempo y pueden esperar la limpieza o restauración.

Page 111: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 106

2.Protocolo en caso de inundación

Contención

Si hay mucha agua en la sala, cortar la electricidad para evitar todo riesgo de electrocución.

1. Cortar el agua si la inundación proviene de una fuga en las tuberías

2. Aislar al máximo el local afectado de las zonas de almacenamiento intactas,

3. Airearlo,

4. Poner vasija bajo las fugas

5. Utilizar aspiradoras de líquidos e incluso bombas (si las poseemos)

Si se dispone de tiempo es aconsejable aislar las colecciones con plástico (polyane) que no

hayan sido afectadas.

CONTROL DE TEMPERATURA (<20ºC) HUMEDAD RELATIVA (<50%)

Evacuación de los documentos

1. Comenzar por lo más dañado, especialmente los documentos caídos desde los estantes y

sumergidos en agua, conservar juntos los documentos que se hayan encontrado sueltos en

un mismo sitio

2. Vaciar las estanterías en orden, comenzando por la parte superior

3. Colocar los documentos en las cajas plásticas, separando lo que están embebidos en agua de

aquellos poco mojados o secos

Tratamiento de la documentación según estado

Si los documentos afectados son pocos, se pueden tratar todos de la misma manera y en el

mismo lugar, cualquiera que sea su estado. En caso contrario se deben organizar en dos hileras.

Page 112: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 107

Documentos muy húmedos o muy mojados

Son particularmente débiles (el papel mojado se rasga con facilidad) y deben manipularse con

gran precaución:

− No sacar los documentos de sus contenedores ya que incluso mojados los protegen.

− Mantener juntos en una bolsa plástica los trozos de un documento despedazado.

− No realizar en la zona de almacenamiento inundada ninguna operación de rescate,

selección o reparación, pues se haría en forma precipitada y en malas condiciones

materiales, además de volver más lenta la evacuación, lo que perjudica al resto de

las colecciones. No se debe intentar separar hojas o volúmenes pegados entre sí ni

tampoco lavar los documentos (con la limpieza existe el peligro de incrustar la

suciedad o el lodo en el papel, en tanto que es posible retirarlo fácilmente con un

cepillo cuando está seco)

− Colocar cada volumen, legajo o grupo de volúmenes pegados entre sí en bolsas

plásticas para congelar, y luego cerrar y anotar un registro en las bolsas con lápiz de

punta de fieltro indeleble.

− Los documentos muy mojados deben congelarse con rapidez; este tratamiento de

espera detiene toda degradación posible (disolución de las tintas, deformaciones,

adherencias, desarrollo de hongos) durante un tiempo que puede ser muy

prolongado (más de diez años sin perjuicio alguno) y le permite a la biblioteca

reorganizarse.

Documentos poco mojados o simplemente húmedos

Deben secarse manualmente. El procedimiento es lento pero eficaz y puede ejecutarlo personal

no especializado, si se les dirige acertadamente y se les proporcionan condiciones y materiales

adecuados:

− Llevar las colecciones a una sala seca, abrigada, aireada, limpia, bien iluminada y provista

de grandes superficies de trabajo en las cuales no deben apilarse ni tocarse los documentos,

donde se haya dispuesto el material necesario.

− Instalar deshumidificadores, radiadores, ventiladores móviles (estos aparatos se pueden

alquilar o comprar en tiendas de electrodomésticos).

Page 113: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 108

− Colocar grandes cubiertas plásticas para proteger las mesas.

− Contar con toalla absorbente blanca de uso doméstico en cantidades suficientes.

− Disponer vasijas llenas de agua limpia y esponjas.

− No perder tiempo con la parte exterior de los volúmenes.

− Retirar el exceso de lodo usando una esponja (excepto en el caso de las cubiertas de piel);

conservar planos los lomos desprendidos, envueltos en papel absorbente.

− El secado debe ser lento para no agravar la deformación de los documentos.

Cómo secar las historias clínicas (soporte papel)

Se debe consultar a un experto cual es el tratamiento más aconsejable: secado al aire,

deshumificación, secado por congelamiento, secado thermaline o criogénico, secado por

congelación al vacío o secado térmico al vacío.

En el archivo solamente podremos llevar a cabo el secado al aire.

Es posible secar documentos aire si sólo se encuentran mojados o húmedos o están dañados

sólo alrededor de los bordes

− Sacarlas de su contenedor si la carpeta se encuentra mojada; aunque no se observen rastros

de humedad, inspeccionar regularmente el interior de las cajas, sobres o carpetas con el

objeto de detectar el posible crecimiento de hongos

− Los documentos mojados deben secarse extendidos, apilados por formatos idénticos si es

necesario, entre papeles secantes que han de cambiarse cuando se humedezcan; no se deben

ubicar bajo peso sólo al final del secado.

− Asegúrese de contar con un ambiente limpio y seco en que la temperatura y humedad sean

lo más bajas posibles. La temperatura debe ser inferior a 20ºC y la humedad relativa menor

del 50%. De lo contrario es probable que se desarrolle moho y que la distorsión sea

extrema.

− Mantenga el aire circulando en todo momento mediante ventiladores instalados en la zona

de secado, lo que acelera el proceso y desalienta el crecimiento de moho. Si los materiales

se secan en el exterior, recuerde que la prolongada exposición a la luz solar directa puede

descolorar las tintas y acelerar el envejecimiento del papel. Tenga cuidado de que la brisa

no haga volar los documentos sueltos. Dirija los ventiladores al aire y no a los documentos

que se están secando.

Page 114: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 109

− Las hojas se pueden colocar sobre mesas, pisos, y otras superficies planas, protegidas con

toallas de papel o papel imprenta, si es necesario, o bien se pueden atar cuerdas de tender

ropa muy junta con el objeto de posar los documentos sobre ellas para que sequen.

− Una vez secos, los documentos deben volver a guardarse en carpetas y cajas limpias, o bien

fotocopiarse o reformatearse de otra maneras. Los documentos recuperados siempre ocupan

mayor espacio que los que nunca se han dañado por efecto del agua.

Si la inundación afecta a todo el archivo y se decide que la única manera de contrarrestar sus

efectos es la congelación se deben proteger los documentos con una bolsa especial y

congelarlos a (-30ºC), en un tiempo mínimo para impedir la cristalización del agua que hace

estallar las fibras del papel y daña los demás materiales; después la temperatura puede volver

ha subir hasta los (-18ºC)

− Posteriormente los documentos congelados deben descongelarse en pequeñas cantidades o

bien liofilizarse masivamente. (La liofilización consiste en extraer el agua de los materiales

haciéndola pasar del estado de hielo sólido al estado de vapor sin atravesar por el estado

líquido, con la ayuda de equipos especiales utilizados en la industria agroalimentaria).

Page 115: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 110

Anexo I

Definición del plan

Selección de colecciones o fondos prioritarios

o ¿Cuál es la documentación más valiosa?

Radiografías por la dificultad de volver a reproducirlas y por el coste que supone a la

institución.

o ¿Es factible un acceso rápido y seguro en caso de emergencia?

Tanto en el Hospital Universitario Miguel Servet (HUMS) como en el Hospital Materno-

infantil (HMI) los accesos se encuentran cerca de un patio de luces que se encuentra en

mitad de ambos. Al no existir una única salida en el archivo es más fácil acceder. Al

encontrarse en el sótano -1 ambos se encuentran a pie de calle lo que puede facilitar el

acceso en caso de emergencia.

Page 116: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 111

o Identificación de colecciones prioritarias siguiendo un código de colores en el plano

Se deben señalizar las colecciones en este caso la unidad documental compuesta por

prioridades a la hora de evacuarlas, éstas quedarán registradas en el plan de emergencia en

un plano. La escala de colores que marcará la prioridad será la siguiente:

ROJO = Documentación de gran valor

AMARILLO = Documentos de valor medio pero irremplazables

VERDE = Colecciones de uso frecuente

AZUL = Colecciones reemplazables

Estado de las instalaciones

o ¿Cuál es el estado del centro?

o ¿Qué reformas es necesario abordar?

o ¿Existen limitaciones estructurales?

o ¿Existen limitaciones legales en la transformación?

o ¿Existen barreras arquitectónicas para acceder o transitar por el edificio?

o ¿Hay espacios libres para realizar las tareas de salvamento y recuperación?

o ¿Qué zonas son las más seguras para el almacenamiento de los conjuntos valiosos?

Para resolver estas cuestiones se deben acudir a profesionales como arquitectos o ingenieros.

Aunque en cuestiones de este tipo existen recomendaciones sobre edificación de archivos y

bibliotecas como la IFLA (International Federation of Library Associations), o la normativa

europea que rige esta casuística, como guía de recomendaciones sobre construcción y

mantenimiento de archivos. El Ministerio de Cultura también publicó las Recomendaciones

para la edificación de archivos.11

Evaluación del estado de las colecciones y posibilidades de recuperación

o Dependiendo del tipo de siniestro ¿es posible su recuperación?

Dependiendo del tipo de siniestro y del grado según su extensión. Para ello se ofrece una

clasificación de ambos:

11 España. Recomendaciones para la edificación de archivos. Madrid: Ministerio de Cultura, 1992. 73 p.

Page 117: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 112

Según su naturaleza:

o Provocados por el fuego

� Fuegos de materiales sólidos

� Fuegos de combustibles líquidos

� Fuegos de combustibles gaseosos o en fase líquida bajo presión

� Fuegos de metales químicamente activos

o Desastres provocados por el agua

o Desastres provocados por fuerzas físicas

� Naturales

• Meteorológicos

• Climatológicos

• Geológicos

• Cósmicos

� Humanas

• Técnicos

• Voluntarias

• Psicópatas

• Sabotajes y terrorismo

• Vandalismo

• Acciones bélicas

� Accidentales

• Accidentes de carácter físico o mecánico

• Eléctricos

• Fallos en las conducciones de agua

• Contaminación ambiental interior

• Accidentes de carácter químico

• Accidentes por fallos en la organización

Page 118: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 113

Clasificación de desastres según su extensión:

o Accidente menor

o Desastre moderado

o Desastre mayor

o Catástrofe

o ¿Es posible realizar copias de seguridad en previsión de daños irrecuperables?

La digitalización o microfilmación serían los procesos que nos garantizarían las copias de

seguridad, pero estos procesos requieren una fuerte inversión económica.

o ¿Es posible conseguir copias? ¿Dónde? ¿A qué coste?

Cuando se implemente a través del pall de sistemas del Gobierno de Aragón, la historia

clínica informatizada, se podrán conseguir copias de los informes a bajo coste.

Evaluación de otros elementos, diferentes de los documentales, a considerar en la

protección o recuperación

o El edificio en sí ¿es un bien de interés cultural?

No

Recursos económicos para la aplicación del plan

o Las reformas propuestas ¿pueden llevarse a cabo conjuntamente o deben ser

escalonadas?

o En este caso ¿qué reformas son las más beneficiosas y más económicas?

o ¿Es posible solicitar fuentes de financiación externas?

Al tratarse de un edificio público y más concretamente de un hospital dependerá del

presupuesto anual que tenga el centro y de la presentación de un proyecto para que sea

aprobado y proceder a las reformas.

Page 119: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 114

Recursos humanos para el desarrollo del programa

o ¿Con cuántos efectivos contamos?

DOCUMENTACIÓN CLÍNICA

Recursos Humanos

Jefe del Servicio 1

Facultativos Jerarquizados 1

Jefe de Sección Administrativo 1

Jefe de Grupo Administrativo 1

Jefe de Equipo Administrativo 3

Técnico en codificación 2 B / 2 C

Enfermería / DUE 1

Auxiliar administrativo 32

Auxiliar de clínica 4

Celador 2

o ¿Hay en la plantilla del Servicio trabajadores con experiencia en planificación de

desastres?

El único que conoce el tema es el Jefe de Servicio.

o ¿Qué predisposición hay?

Desde la dirección del Servicio de documentación hay muy buena disposición al igual que

la que muestran los trabajadores del servicio.

o ¿Hay una buena formación o deben realizarse cursos específicos?

Considero que con la explicación y lectura del plan de emergencia y los protocolos de

actuación en caso de emergencia el personal obtendrá los conocimientos necesarios.

Aunque está claro que se deberán realizar simulacros de emergencia, cursos prácticos con

Page 120: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

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los bomberos y cualquier otro curso que pueda ayudar al personal al ser más eficiente en

cualquier situación ante desastres

o Si se carece de experiencia en la planificación de desastres ¿es posible la contratación de

un técnico?

Esta guía la está realizando una alumna en prácticas por lo que si se desarrollase todo el

plan de conservación se aconsejaría que un técnico supervise las acciones del Comité

formando parte de éste

Organización de las brigadas de trabajo en caso de desastre

o ¿Cuántos grupos se van a formar?

Sería aconsejable formar 4 grupos de actuación 2 para el HMI y otras 2 para el HG de tal

manera que actuase en cada sala.

o ¿Quién va a coordinar cada grupo?

En cada grupo debe haber un supervisor pero todos deben estar coordinados por una

persona, es decir el grupo debe estar jerarquizado, cuyo nombre aparecerá recogido en el

plan de emergencia y que será conocedora de cada paso que debe de dar cada grupo.

o ¿Habrá personal externo en los grupos?

Hay personal suficiente en el servicio para coordinar todas las acciones, por lo que no se

considerará oportuno utilizar personal ajeno al servicio.

o ¿Es necesario recurrir a voluntarios para completar las brigadas?

En un principio cualquier situación puede ser controlada por los trabajadores del servicio.

Siempre dependerá de la magnitud del siniestro y de las actuaciones que se deban de tomar.

Dificultades burocráticas

o ¿Existen dificultades en la institución para el establecimiento del plan?

El principal problema es que se trata de un Hospital público y como toda tramitación debe

ser estudiada por diferentes partes y aprobada. Esos trámites llevan un proceso muy largo y

costoso.

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PLAN DE EMERGENCIA

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PLAN DE DESASTRES 116

o ¿Se cuenta con recursos económicos para el pago de servicios o se deberá apelar a la

voluntad de cooperación?

Los recursos económicos están limitados al presupuesto general del hospital y los que se

destinen para el servicio.

Dificultades técnicas

o ¿Hay medios en la propia institución para enfrentarse al desastre?

Hay un plan de emergencia para el hospital general que fue elaborado en el año 2002.

o ¿Existen en el centro o en la zona técnicos cualificados?

En el centro el Jefe de seguridad y la Comisión de desastres para el conjunto del Hospital.

Además de la persona encargada de elaborar el plan y actualizarlo.

En la Universidad de Zaragoza en la carrera de Biblioteconomía y documentación se

imparten clases de conservación, restauración y preservación. En el MGUSID se imparte

una asignatura de gestión de programas de prevención y conservación. Los alumnos de ésta

tendrían conocimientos básicos para poder actuar en caso de siniestros.

Métodos de recuperación de los objetos

o ¿Es factible realizar la recuperación en el propio centro?

Dependiendo de la magnitud. En el caso de tener que hacer una evacuación de toda la

documentación sería imposible para ello habrá una persona encargada en el Plan de

emergencia de encontrar una ubicación cercana donde proceder a la evacuación de la

documentación. En el caso que hubiese que congelar toda la documentación también se

debería haber hablado ya con una empresa de ultracongelados para alquilar parte de sus

cámaras frigoríficas.

o ¿Se cuenta con los equipos y personas necesarios?

Al tratarse de un archivo en el que se conservan principalmente unidades documentales

compuestas (soporte papel y radiografías) no harían falta un gran despliegue de medios.

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PLAN DE EMERGENCIA

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PLAN DE DESASTRES 117

o En caso de siniestros de gran envergadura ¿se va a congelar la documentación?

En principio no. Al estar ubicado el archivo en 4 salas y en 2 edificios diferentes se

considera que el desastre no ocurriría en las 4 por lo que la actuación podría darse en los 2

primeros días.

o ¿Existen medios en la localidad para efectuar la congelación de grandes cantidades de

documentos?

Se podría llegar a un acuerdo con alguna empresa de alimentación o de ultracongelados que

son las que dan el perfil para poder conservar la documentación.

o ¿Es posible realizar el trasporte de la documentación dañada?

Es posible y se puede disponer de medios necesarios

o ¿Se dispone de medios para el empaquetado de la documentación dañada?

En el plan de emergencia aparece un anexo con el material necesario para cualquier tipo de

actuación, si se cuenta con ese material se dispondría de todos los medios necesarios para

cualquier actuación

o ¿Es necesario pedir ayuda a otros organismos locales que disponen de medios

adecuados?

No

Creación de la cadena de comunicaciones

o ¿Quién encabezará la lista?

El jefe de servicio de Documentación Clínica

o En caso de no estar disponible alguno de los elementos de la cadena ¿qué alternativas

existen?

Al ser un servicio que funciona por turnos se establece que los cargos que estén en ese

momento son los que deben actuar.

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PLAN DE EMERGENCIA

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PLAN DE DESASTRES 118

o ¿Es necesario adquirir teléfonos móviles o localizadores?

No es necesario, porque actualmente todo el mundo posee teléfono móvil de uso particular

y en el plan de emergencia aparecerá un teléfono en el que se pueda localizar a la persona

siempre que ésta desee facilitarlo.

Calendario de actividades

o ¿Cuántas fases se establecerán en la planificación? ¿Qué actividades se desarrollarán en

cada fase?

3 fases:

• Plan de prevención

o Marcar y señalizar las características del medio físico y geográfico

o Eliminar y prescindir de las situaciones de alto riesgo

o Registrar la calidad y el estado físico de las edificaciones

o Efectuar periódicamente un estudio minucioso de la planta física del local o

el edificio con el asesoramiento de un ingeniero

o Revisión de los depósitos

o Proveerse de sistemas y dispositivos contra los desastres

o Evaluación de los recursos bibliográficos

o Capacitación del personal

• Plan de salvamento

o Resumido en protocolos de actuación

• Plan de conservación

o Digitalización

Documentos que debe crear el Comité

o ¿Qué extensión debe tener el manual de prevención de desastres?

Lo importante no es la extensión sino que posea los siguientes elementos: listín telefónico,

hojas de emergencia, planos del edificio, vías de evacuación y localización de

documentación prioritaria, lista de recursos, recomendaciones para la respuesta ante el

siniestro, recomendaciones para la recuperación después del siniestro y agradecimientos.

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PLAN DE EMERGENCIA

CONTRA DESASTRES Z2-

PLAN DE DESASTRES 119

o ¿Quién se encargará de su redacción?

Se designará a una persona o varias personas desde el Comité de desastres para que

unifique la información recabada. Con esta información sería aconsejable elaborar un

informe resumido con la información más relevante.

o ¿Quién se encargará de elaborar el listín de teléfonos de emergencia?

Se incorporará ya una lista que se encuentra la Intranet

o ¿Cada cuanto se actualizará?

Recomendable cada año o cada dos años.

o ¿Qué formato tendrán las hojas de emergencia?

DIN A-4 (plastificadas)

o ¿Dónde se colocarán?

Al menos deberá haber una en cada sala que se dedique al archivo

En la contratación de seguros

o ¿Existe alguna aseguradora especializada en centros documentales?

Cualquier de las grandes aseguradoras que hay tanto en España como en el extranjero,

aunque tengo constancia que MAPFRE asegura archivos y centros de documentación.

o ¿Qué riesgos debe cubrir?

Debe asegurar el contenido ya que el continente estará asegurado con el Hospital

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Anexo II

UNE 54110: Información y Documentación. Requisitos en el almacenamiento de

documentos para materiales de archivos y bibliotecas, pp. 5-12

Depósitos de documentos: características constructivas 1. Situación y orientación.

A excepción de depósitos subterráneos o de depósitos exentos, su ubicación en el edificio

tendrá preferentemente una orientación septentrional; es la más conveniente porque las

variaciones térmicas entre el día y la noche así como entre verano e invierno son menores.

2. Dimensiones y capacidad.

Como medida orientativa, en el caso de archivos, se calcula que una superficie de 250 m2 con

una altura de techos de 2,30 m. y utilizando un sistema de estantería abierta de siete baldas,

puede albergar 1.500 ml. de documentación (6 ml./m2;1.000 ml./170 m2); la utilización de un

sistema denso proporcionaría una ratio superior (1.800 ml./170 m2). En el caso de las

bibliotecas la estimación es algo superior (7,5-8 ml./m2, ascendiendo hasta 12,5 ml. con un

sistema denso).

Las dimensiones de un depósito van acordes con el volumen de obra contenida y el crecimiento

previsible para un número prudencial de años, que los expertos han cifrado en torno a 25-50

años.

3. Compartimentación y altura de techos.

La delimitación de espacios es también un punto a considerar. Un depósito nunca debe estar

formado por salas grandes y con altos techos. Por razones de seguridad y funcionalidad se

aconseja la compartimentación en dimensiones no superiores a los 250 m2 y con una altura

libre de techos entre 2,30-2,50 m., quedando prohibidos los entrepisos que dejan huecos

centrales que favorecerían corrientes de aire, avivando la combustión en caso de incendio. La

finalidad que se persigue con ello es conservar la documentación en compartimentos estanco

que puedan ser fácilmente bloqueados y aislados del resto en caso de producirse fuego,

inundación o invasión de agentes patógenos, facilitando las correspondientes tareas correctoras.

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Igualmente, la altura de techos señalada permite acceder a los documentos sin el auxilio de

escaleras o taburetes, y en caso de incendio la combustión de oxígeno es mucho más rápida.

4. Seguridad contra incendios.

Todo el depósito contará con muros y puertas metálicas cortafuegos acordes a la normativa

NBE-CPE-91. Si el depósito se reparte en varias plantas, los enlaces verticales entre éstas -

escaleras, ascensores, montacargas-, se construirán exteriores al mismo, con vestíbulos

cortafuegos en el acceso a cada planta y dentro de muros de idénticas características.

Asimismo, existirá una salida de emergencia por planta (NBE-CPI-91), resultando aconsejable

la instalación de una manga de evacuación para los documentos.

5. Cubiertas.

La cubierta más aconsejable es la de doble vertiente pues facilita la rápida eliminación de las

aguas de lluvia y permite la construcción de cámaras de aire que actúan de aislante

higrométrico.

6. Resistencia mecánica.

La utilización de estantería fija convencional requiere forjados preparados para soportar 750

Kg/m2 mientras que el sistema denso o "compacto" precisa resistencias cifradas en 1.250

kg/m2.

7. Materiales constructivos y acabados.

Estructura: preferentemente se empleará el hormigón armado. En edificios adaptados los

elementos constructivos de madera no sustituibles serán consolidados y tratados con productos

ignífugos e insecticidas.

Cerramientos: los muros serán de piedra natural o artificial, o de ladrillo a cara vista, evitando

los recubrimientos impermeabilizantes que impidan la transpiración.

Pavimento: los suelos serán de material pétreo pulimentado con un desgaste mínimo a la

abrasión o de resinas sintéticas termoestables, con el menos número de juntas. El material más

apropiado es el terrazo, de color claro, semipulido y sin brillo y de las máximas dimensiones.

Paramentos y techos: los revestimientos de yeso y escayola empleados en las paredes y techos

llevarán una pintura lisa y de naturaleza plástica e impermeabilizante. En las paredes de

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PLAN DE DESASTRES 122

emplearán colores mates, absorbentes de radiaciones lumínicas, como el gris rosáceo 154, el

pardo grisáceo claro 428, el amarillo pálido 514 (UNE, 48103).

Elementos de cierre: los huecos se abrirán en los muros menos expuestos a la insolación y al

influjo de los vientos, evitando por ello su presencia en los orientados al Sur, y su superficie no

debe rebasar 1/10 de la del muro correspondiente. La carpintería será preferentemente de

aluminio anodizado o lacado, con elementos practicables y el máximo hermetismo, sin

contraventanas ni fraileros.

Puertas: se emplearán puertas cortafuegos metálicas RF-90, con cerraduras antipánico y de 1

metro de anchura mínima.

Page 128: Tesina Sara Morras

PLAN DE EMERGENCIA

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