Test de Igualdad.

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ESTRUCTURA DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL ANÁLISIS DE LA INFRACCIÓN DE LA IGUALDAD -TEST DE IGUALDAD- Determinación del tratamiento legislativo diferente: la intervención en la prohibición de Determinaci ón de la intensidad en la intervenció n en la Determinación de la finalidad del tratamiento diferente Examen de Idoneidad Restricción o limitación de derechos subjetivos orientada a la consecución de un fin del poder público. Consiste en la introducción de un trato diferenciado a los destinatarios de la norma que está orientada a la consecución de un fin, que en Intensidad grave Intensidad media Intensidad leve Motivos proscritos e impedimento de del ejercicio o goce de un d. fundamental o un d. constitucional Motivos proscritos e impedimento de del ejercicio o goce de un derecho de rango meramente legal o el de Motivos distintos a los proscritos por la constitución e impedimento de del ejercicio o goce de un derecho de rango meramente legal o el de un Objetiv o Fin Estado de cosas o situación jurídica que el legislador pretende conformar a través del Derecho, principio o bien jurídico cuya realización u optimización se logra con la conformación del Análisis de una relación de causalidad medio-fin. El análisis consistirá en examinar si el tratamiento diferenciado adoptado por el legislador conduce a la consecución de un fin constitucional Fases Relación entre la intervención en la igualdad (medio) Relación entre objetivo y finalidad de la Examen de Necesidad Análisis de una relación medio-medio. Comparación entre medios, entre el optado por el legislador y el o los hipotéticos que se hubiera podido optar para alcanzar el mismo fin, siendo estos últimos no gravosos o, al menos, de menor intensidad que el del legislador. Presupuesto: que se esté ante un medio idóneo. El análisis de los medios alternativos se realiza con relación Análisi s de dos aspecto s: Detección de si hay medios hipotéticos alternativos Determinación de si tales medios idóneos no intervienen en la prohibición de discriminación , o si interviniéndolo, tal intervención reviste menor

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ESTRUCTURA DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN EL ANLISIS DE LA INFRACCIN DE LA IGUALDAD -TEST DE IGUALDAD-

1Determinacin del tratamiento legislativo diferente: la intervencin en la prohibicin de discriminacinRestriccin o limitacin de derechos subjetivos orientada a la consecucin de un fin del poder pblico.Consiste en la introduccin de un trato diferenciado a los destinatarios de la norma que est orientada a la consecucin de un fin, que en prima facie, aparece como contraria a la prohibicin de discriminacin.

Relacin entre la intervencin en la igualdad (medio) y el objetivoFasesAnlisis de una relacin de causalidad medio-fin. El anlisis consistir en examinar si el tratamiento diferenciado adoptado por el legislador conduce a la consecucin de un fin constitucional

2Determinacin de la intensidad en la intervencin en la igualdadMotivos proscritos e impedimento de del ejercicio o goce de un d. fundamental o un d. constitucional (art. 2 inc. 2).Motivos proscritos e impedimento de del ejercicio o goce de un derecho de rango meramente legal o el de un inters legitimo.Intensidad grave

Intensidad media

Intensidad leve Motivos distintos a los proscritos por la constitucin e impedimento de del ejercicio o goce de un derecho de rango meramente legal o el de un inters legitimo.

3Determinacin de la finalidad del tratamiento diferente FinDerecho, principio o bien jurdico cuya realizacin u optimizacin se logra con la conformacin del objetivo.Estado de cosas o situacin jurdica que el legislador pretende conformar a travs del tratamiento diferenciado.Objetivo

4Examen de Idoneidad

Relacin entre objetivo y finalidad de la intervencin

5Examen de NecesidadAnlisis de una relacin medio-medio. Comparacin entre medios, entre el optado por el legislador y el o los hipotticos que se hubiera podido optar para alcanzar el mismo fin, siendo estos ltimos no gravosos o, al menos, de menor intensidad que el del legislador.Presupuesto: que se est ante un medio idneo.El anlisis de los medios alternativos se realiza con relacin al objetivo del trato diferenciado.

Deteccin de si hay medios hipotticos alternativos idneos.Anlisis de dos aspectos:

Determinacin de si tales medios idneos no intervienen en la prohibicin de discriminacin, o si intervinindolo, tal intervencin reviste menor intensidad.

La ley habr infringido el principio de Igualdad y ser inconstitucional.Si el examen resulta que existe por lo menos un medio hipottico igualmente idneo que no interviene en la prohibicin de discriminacin o que, intervinindolo, tal intervencin reviste menor intensidad que la adoptada por el legislador.

6Examen de Proporcionalidad en sentido estricto o ponderacin Anlisis del trato diferenciado. Consistir en una comparacin entre el grado de realizacin u optimizacin del fin constitucional y la intensidad de la intervencin en la igualdad.Supone una colisin entre el principio derecho igualdad y el fin constitucional del tratamiento diferenciado.Dicha comparacin ha de efectuarse segn la denominada ley de ponderacin, que proyectada al anlisis de la intervencin de la igualdad seria: Cuando mayor es el grado de afectacin -intervencin- al principio de igualdad, tanto mayor ha de ser el grado de optimizacin o realizacin del fin constitucional.

Si esta relacin se cumple, entonces, la intervencin en la igualdad habr superado el examen de ponderacin y no ser inconstitucional.