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Farmacovigilancia. César Alik Pedrajo Zenteno. Dictaminador Especializado COMISION DE EVIDENCIA Y MANEJO DE RIESGOS. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FARMACOPEA Y FARMACOVIGILANCIA. 14 Septiembre de 2012.

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Farmacovigilancia.

César Alik Pedrajo Zenteno.

Dictaminador Especializado

COMISION DE EVIDENCIA Y MANEJO DE RIESGOS.

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FARMACOPEA Y FARMACOVIGILANCIA.

14 Septiembre de 2012.

Comité de Moléculas Nuevas. SOLICITUD: 1. Plan de manejo de riesgos. Resultados.

• Plan de Farmacovigilancia

• Vigilancia Pasiva. (de rutina, notificación espontanea)

• Vigilancia Activa. (búsqueda intencionada de casos ).

• Actividades minimización de riesgos.

2. Otros.

Plan de manejo de riesgos.

• Revisión • Codificación • Seguimiento • Análisis de información

• Notificaciones • RPS. • Informes de Seguridad. • BD CNFV • BD OMS (Vigibase) • Alertas internacionales

Toma de decisiones para garantizar el perfil de seguridad de los medicamentos.

1. Riesgo aceptable. 2. Riesgo aceptable con

condiciones. 3. Riesgo no aceptable.

CAS

M E D I C A M E N T O S

Y

B I O T E C O N L O G I C O S

FARMACOPEA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS FEUM

S E G U R I D A D

E F I C A C I A

C A L I D A D

CAS

Estudios Clínicos fase I, II ,III y IV.

Actividades de

Farmacovigilancia durante los Estudios Clínicos: • Notificación de eventos

adversos y reportes de seguridad cada seis meses.

• Seguimiento al cierre del estudio.

• Análisis de información

• Industria • Gobierno • Academia

Protocolo de Investigación:

• Centro en México. • Multicéntrico

POST REGISTRO FARMACOVIGILANCIA. PREREGISTRO

Autorización

CAS

Industria Farmacéutica

CNFV

Representantes de la academia

y expertos

Seguimiento

FARMACOVIGILANCIA

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Endocrino-metabólicos

Reguladores de calcio.

Antidiabéticos. Antineoplásicos

Anticuerpos monoclonales Antivirales.

Antihipertensivos

Vacunas

Analgésicos. Antibióticos.

MED

ICAM

ENTO

S

DISPOSITIVOS MEDICOS

Agentes del SNC

Fármacos para bajar de

peso.

13 DICTAMINADORES

CENTRO NACIONAL

FARMACOVIGILANCIA

Dictamen de causalidad (notificaciones Fase IV)

Reportes Periódicos de Seguridad

Informes de Seguridad en México.

Revisión de Estudios Clínicos Fases I,II,III,IV

(intervención no intervención)

Dictamen de FV por producto,(CAS)

Revisión notificaciones de Estudios Clínicos Fase I-III.

Comité de moléculas nuevas.

Programas de: Postcomercilización temprana FV intensiva.

• NO CUMPLE • CUMPLE • CUMPLE CON

CONDICIONES: Modificación en IPP, respecto a los rubros de seguridad.

Rechazo, por periodicidad o estructura. Representa el acuse No representa el acuse.

D I CTAM I NADOR

Envío al

UMC

Señales

FARMACOVIGILANCIA

5

• Concepto • Elementos que lo conforman • Normativa vigente de la Farmacovigilancia en la renovación de

registros sanitarios

Informe de farmacovigilancia

• Concepto • Estructura del RPS • Disposiciones en materia del RPS • Estructura del IS • Disposiciones en materia del IS • Acuses emitidos por el CNFV

Lineamientos de los reportes periódicos de

seguridad y el informe de seguridad

• Disposiciones del Centro Nacional de Farmacovigilancia en la renovación de registros sanitarios.

• Notas • Prevenciones

Farmacovigilancia en la renovación de registros

sanitarios

FARMACOVIGILANCIA

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INFORME DE FARMACOVIGILANCIA

ARTÍCULO RIS 190 bis-1

• ACUSE DE RECIBO DE LOS RPS.

• ACUSE DE RECIBO DEL INFORME DE SEGURIDAD.

• ACUSE DE REPORTES DE

ESTUDIOS CLÍNICOS QUE HUBIERA REALIZADO O SE LLEVEN A CABO.

INFORME DE FARMACOVIGILANCIA

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• Se refiere a todos aquellos productos que la Comisión de Autorización Sanitaria otorgó el registro sanitario antes del 2005.

Indeterminados

• Se refiere a todos aquellos productos que la Comisión de Autorización Sanitaria otorgó el registro sanitario por cinco años a partir del 2005

Determinados

REGISTROS SANITARIOS.

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REPORTES PERIÓDICOS DE SEGURIDAD

CONCEPTO: Es un resumen de la información global actualizada sobre la seguridad de una especialidad farmacéutica, realizado por el responsable de la seguridad del medicamento en el laboratorio productor. Ofrece una visión general de la seguridad del producto y es una herramienta más que permite al Centro Nacional de Farmacovigilancia (CNFV) realizar la evaluación del beneficio-riesgo en la población mexicana para adoptar medidas administrativas y así evitar riesgos innecesarios a los pacientes. CONTENIDO Estructura ( ICH) Breve monografía: nombre genérico, nombre comercial, forma farmacéutica. Periodo del reporte y fecha del mismo Ficha técnica de seguridad nacional ( 6.1.5.4 NOM 220)

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De acuerdo a los lineamientos ICH:

Introducción

Estado de autorización en el mercado

Actualización de las acciones tomadas por las autoridades o el titular del registro por seguridad Cambios a la información de referencia del producto

Pacientes expuestos

Presentación de casos individuales

Estudios clínicos

Otra información

Conclusiones

Apéndices

RPS- ESTRUCTURA

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Número total de casos reportados

Número de casos por cada tipo de reacciones adversas a los medicamentos

Número y descripción de las características de las reacciones adversas graves

Nuevas reacciones adversas incluyendo naturaleza y gravedad.

Número de unidades comercializadas del producto al año

Datos que pudieran estimar la cantidad de pacientes expuestos

Deben elaborarla todos los laboratorios, con fines de revisión del Centro Nacional de Farmacovigilancia y deberá contener como mínimo lo siguiente:

FICHA TECNICA DE SEGURIDAD (6.1.5.4)

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RPS TIEMPOS DE ENVÍO.

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Publicada el 15 de Noviembre de 2004 en el Diario Oficial de la Federación. En vigor desde el 15 de enero de 2005.

NOM-220-SSA1-2002

Instalación y

Operación de la Farmacovigilancia

1 2 3

Actualmente está emitiendo cuatro acuses diferentes:

Reportes de registros

determinados que cumplen con

los requisitos

Reportes de registros

determinados que NO cumplen con los requisitos

Reportes de registros

indeterminados

FARMACOVIGILANCIA

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Reportes de registros

indeterminados envían mal sus

periodos.

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OFICIO

“El RPS cumple con los requisitos señalados en la NOM-220-SSA1-2002”

“Este comunicado representa el acuse para la prórroga del registro sanitario, sin embargo, deberá realizar una búsqueda exhaustiva de las sospechas de reacciones adversas de su producto, las que deberá estar incluidas en el próximo periodo del reporte. En caso de no contener la información, se deberá justificar la ausencia de estos datos.”

REGISTROS DETERMINADOS CUMPLEN.

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“Sus próximos reportes periódicos de seguridad deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables.”

“Este comunicado representa el acuse para la prórroga del registro sanitario. Este comunicado NO representa ningún tipo de autorización de producto”

OFICIO

REGISTROS INDETERMINADOS.

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OFICIO

“Este reporte periódico no cumple con los requisitos establecidos… por lo que solicito se someta nuevamente con las correcciones antes mencionadas para su correspondiente evaluación”

“Este comunicado NO representa ningún tipo de autorización del producto ni el acuse para la prórroga del registro sanitario”

REGISTRO DETERMINADOS QUE NO CUMPLEN.

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Derivado de la revisión realizada al presente reporte periódico de seguridad, le informamos que dicho reporte no será evaluado debido a que no cumple con los tiempos de envío, por lo que se le solicita que su próximo reporte periódico de seguridad cubra el período XXX al XXX.

“Este comunicado NO representa el acuse para la prórroga del registro sanitario. Este comunicado NO representa ningún tipo de autorización de producto”

REGISTRO INDETERMINADOS QUE NO CUMPLEN.

El oficio de sometimiento deberá contener: Denominación distintiva, principio activo, forma farmacéutica, presentaciones, fecha de registro en México,

fecha de elaboración del reporte, periodo que comprende

Adjuntar copia simple del registro sanitario

Copia simple de la Información para prescribir amplia autorizada en México, sólo en el primer RPS y posteriormente se enviará la IPP solo en caso de que haya

modificaciones que impacten en la seguridad de su producto

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RPS DISPOSICIONES

Los productos no comercializados deberán enviar una carta indicando la no comercialización.

Los RPS deberán ser entregados por cada registro sanitario y de preferencia en un dispositivo electrónico

Cuando un registro sanitario incluya más de una forma farmacéutica, incluir las fichas técnicas de cada una de ellas

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RPS DISPOSICIONES

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Medicamentos no comercializados

Medicamentos comercializados

Notificar mediante escrito libre al CNFV los medicamentos no comercializados en México que cuenten con registro sanitario y explicar el por qué no se comercializan en el país.

Se inicia el envío de RPS a partir de la fecha de comercialización en México respetando los tiempos de envió con base a la fecha de registro sanitario en México.

Para medicamentos comercializados en México, y que se suspenda o interrumpa su comercialización, notificar las razones de suspensión mediante escrito libre al CNFV.

Elaborar RPS para todos los medicamentos autorizados y comercializados.

FARMACOVIGILANCIA

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“El CNFV ha recibido su escrito informando que le producto no se está comercializando actualmente, por lo tanto no cuenta con datos para la presentación del RPS o ISM del producto.”

“Este comunicado NO representa ningún tipo de autorización del producto ”

ACUSE DE PRODUCTOS NO COMERCIALIZADOS.

Hay muchos Laboratorios que a través de su Unidad de Farmacovigilancia, siguen enviando, RPS, fuera de los tiempos establecidos de la NOM: Por lo tanto el Centro Nacional, emitió un comunicado y las guías oficiales para la elaboración de RPS. El comunicado expresa, que todos los titulares de registro Sanitario deberán considerar su ultimo RPS sometido al CNFV, para la prorroga de sus registros sanitarios. (Plazo máximo Febrero 2010), por tanto la mayoría de los RPS abarcan hasta el periodo 2009, como la fecha de arranque para sus RPS quinquenales. Ejemplo: Registro Sanitario 1998. Envió al CNFV. PERIODOS 2000-2004 Enero 2005-Diciembre 2006. ( 2 años) Enero 2007- Diciembre 2009 ( 3 años) Ahora en 2012 envía nuevamente al CNFV: El periodo Enero 2010 a Enero 2012, ( Incluso con la copia simple del registro, con la prorroga), por tanto se emitirá el siguiente acuse: http://www.cofepris.gob.mx/AZ/Paginas/Farmacovigilancia/GuíasLineamientosRequerimientosFarmacovigilancia.aspx

Fuente: www.cofepris.gob.mx consultado [13/09/2012]

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Derivado de la revisión realizada al presente reporte periódico de seguridad, le informamos que dicho reporte no será evaluado debido a que no cumple los tiempos establecidos en la normatividad vigente, por lo que se le solicita que su próximo reporte periódico de seguridad abarque el período 01/Abril/20XX a 31/Marzo/20XX.

“Este comunicado NO representa ningún tipo de autorización del producto ni el acuse para la prórroga de renovación de registro sanitario”

ACUSE DE RPS REGISTRO INDETERMINADO Y PRORROGADO.

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Continuando con el ejemplo, la Unidad de Farmacovigilancia de la Industria Químico Farmacéutica, deberá considerar esta fecha, enviar: 1 de Enero 2010- 31 Diciembre 2014 ( 5 años como indica el numeral 6.1.4.3 de la NOM.) Su prorroga se emitió en Julio de 2011- Julio de 2015, por parte de CAS. Por lo tanto la Unidad de FV, tendrá el acuse de la prorroga en Enero de 2015 por parte del CNFV, ese acuse es el que tendrá que integrarse en el Dossier. Beneficios: Para la IQF: Obtener el acuse previo, al sometimiento de sus dossiers a la CAS. (Registros indeterminados, previos a la entrada en vigor de la NOM) Para el CNFV: Da un mayor plazo para realizar un Dictamen de seguridad, el cual es remitido a CAS, para la obtención o no del registro.

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INFORME DE SEGURIDAD EN MÉXICO

CONCEPTO: Es el instrumento que elabora el titular del registro sanitario con referencia a sus productos que permite visualizar el comportamiento de las reacciones adversas que se presentan en pacientes mexicanos en un periodo de 5 años a través de frecuencias y datos que permite estimar la incidencia real en forma complementaria para evaluar el balance riesgo-beneficio del producto en la población.

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Nombre Genérico

Denominación distintiva

Forma Farmacéutica

Número de registro

Código de identificación de las notificaciones.

Descripción de la sospecha de reacción adversa.

Cantidad de sospechas de reacciones adversas (eventos adversos o reacciones adversas). Número de unidades comercializadas del producto por cada año.

Datos que pudieran estimar la cantidad de pacientes expuestos.

ISM ESTRUCTURA

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http://www.cofepris.gob.mx/_layouts/OSSSearchResults.aspx?k=informe%20de%20seguridad&cs=Este%20sitio&u=http%3A%2F%2Fwww.cofepris.gob.mx

ISM ESTRUCTURA

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Para el cálculo de la DDD (dosis diaria definida ) y obtener un estimado de pacientes expuestos, le sugerimos visitar las siguientes ligas electrónicas. http://www.whocc.no/ddd/definition_and_general_considera/ http://www.whocc.no/atc_ddd_index/

Presentación del producto en mg, g, ml, etc.

*

*

FARMACOVIGILANCIA

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«El CNFV ha recibido su ISM»

“Este comunicado NO representa ningún tipo de autorización. El Informe de Seguridad en MÉXICO solamente se presentara par al RENOVACION DEL REGISTRO SANITARIO ( una sola vez con información de cinco años.

ACUSE DEL ISM.

Solamente se debe entregar cada cinco años previo a la renovación del producto.

Contiene la información acumulada de cinco años incluida en la ficha técnica de seguridad

Sólo se proporcionara un acuse del informe de seguridad en el caso de que se envíe por duplicado

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INFORME DE SEGURIDAD DISPOSICIONES

Enviar los acuses de los reportes semestrales, y/o final cuando aplique, en caso de que el cierre del estudio haya concluido en el periodo de reporte ( 5 años).

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ESTUDIOS CLINICOS.

Dictamen Técnico de Farmacovigilancia: información generada del Centro Nacional de Farmacovigilancia a la Comisión de Autorización Sanitaria, para determinar si la seguridad del producto es aceptable, aceptable con condiciones o rechazado.

ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD REPORTE PERIÓDICO DE SEGURIDAD INFORME DE SEGURIDAD BASE DE DATOS DEL CNFV BASE DE DATOS OMS NOTAS INFORMATIVAS ALERTAS INTERNACIONALES ARTÍCULOS NACIONALES E INTERNACIONALES CARACTERÍSTICAS CLÍNICAS NUMERO DE RAM’S PRESENTADAS TIPO DE RAM’S PRESENTADAS RAM’S NUEVAS RAM’S GRAVES

ACEPTABLE

ACEPTABLE CON CONDICIONES

RECHAZADO

DICTAMEN TECNICO FARMACOVIGILANCIA

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Incumplimiento con el Informe de Farmacovigilancia Decisión: Nota al calce al otorgamiento del registro sanitario, en los productos del 1960- 2004 «Se les recuerda que para la renovación de la presente autorización, deberá presentar las evidencias de cumplimiento con lo establecido en la NOM 220 SSA 1-2002, y el reglamento de insumos para la salud en los particular lo establecido en el articulo 190 bis del mismo, relativo a presentar los acuses emitidos por el Centro nacional de Farmacovigilancia (Informe de seguridad en México, Reporte periódico de seguridad y Reporte de estudios clínicos cuando aplique) »

FARMACOVIGILANCIA

NO FORMA PARTE DE LA PREVENCION ( no esta numerado)

Por tanto no deberá enviar información al CFNV. 34

FARMACOVIGILANCIA

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Incumplimiento con el Informe de Farmacovigilancia Decisión: Nota de prevención en los productos 2005 – 2015 «Deberá presentar los acuses emitidos por el Centro Nacional de Farmacovigilancia del informe de Farmacovigilancia: informe de seguridad en México, reporte periódico de seguridad y reporte de estudios clínicos cuando aplique) de acuerdo con le NOM 220 SSA1-2002. instalación y operación de la Farmacovigilancia o al reglamento de insumos para la salud artículo 190 bis 1»

FARMACOVIGILANCIA

FORMA PARTE DE LA PREVENCION (esta numerado)

FARMACOVIGILANCIA

1. Una vez emitido el oficio de otorgamiento del registro sanitario con nota al calce, no se podrá eliminar dicha nota, por lo que no se deberán re-someter los RPS o IS.

2. Al recibir la prevención del producto, someter únicamente la información requerida, de ser el caso comunicarse con el CNFV.

3. En un periodo no mayor de 1 mes se emitirá oficio para la modificación de la IPP en los rubros de seguridad.

4. Para los registros revocados, se deberá someter carta al CNFV, con el fin de comunicar dicha revocación.

5. Para responder a la prevención se deberá de someter el tramite, indicando el asunto como; “RESPUESTA A PREVENCION”.

FARMACOVIGILANCIA

FARMACOVIGILANCIA

QUE Y COMO TENGO QUE INTEGRAR EN MI DOSSIER.

• ACUSE DE RECIBO DEL O LOS RPS.

• ACUSE DE RECIBO DEL INFORME DE SEGURIDAD. • ACUSE DEL O LOS REPORTES DE ESTUDIOS CLÍNICOS QUE HUBIERA REALIZADO O SE LLEVEN A

CABO HASTA EL MOMENTO DEL SOMETIMIENTO. ( ACUSES SEMESTRALES)

NOTA: Todos los documentos deberán ser enviados al CNFV, LOS ACUSES SON LOS QUE DEBERÁN SOMETERSE EN EL DOSSIER PARA LA RENOVACION DEL REGISTRO SANITARIO.

CON SU RESPECTIVA CARATULA, CADA APARTADO.

ISM Siempre deberá estar

integrado en el Dossier.

RPS Puede o no haber acuses RPS. En cumplimiento a la NOM-220SSA1-2002 • Primera prórroga.(7) 150 días como mínimo.

• Prórroga subsecuentes.

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EC Puede o no haber acuses. • Semestral • Reporte final.

César Alik Pedrajo Zenteno

: 52 (55) 5080 5200 ext. 1135 [email protected]