Tipo Guía - fega.es

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Tipo Guía Asunto Justificación de gastos de ayuda a la ejecución proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-AGRI), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2021. Unidad Subdirección General de Regulación de Mercados Número 1 Vigencia Convocatoria 2019 Sustituye o modifica Guía 31/03/2020 CSV: FE0001c2f54a6b1081ea56883f1625138959 Validación en www.sede.fega.gob.es Firmado por: ANA MARIA REDONDO GARRIDO Fecha: 01/07/2021 13:42:58 Emitido por: AC Administración Pública

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Tipo Guía

Asunto Justificación de gastos de ayuda a la ejecución proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-AGRI), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2021.

Unidad Subdirección General de Regulación de Mercados

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ÍNDICE

1 INTRODUCCIÓN ......................................................................................... 1

2 OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS .............................................. 3

3 AUTORIZACIONES RELATIVAS AL PROYECTO INNOVADOR DURANTE SU EJECUCIÓN .............................................................................. 8

4 PERIODO SUBVENCIONABLE DE LOS PROYECTOS DE COOPERACIÓN ................................................................................................ 9

5 GASTOS SUBVENCIONABLES ............................................................... 10

6 REQUISITOS ESPECIFICOS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO ........... 17

7 APLICACIÓN DE LÍMITES MÁXIMOS Y MÍNIMOS ................................. 22

8 INTENSIDAD E IMPORTE DE LA AYUDA ............................................... 23

9 SANCIONES ............................................................................................. 24

10 GRADUACIÓN DE POSIBLES INCUMPLIMIENTOS .............................. 25

11 REPARTO DE LA AYUDA ........................................................................ 26

12 DATOS DE CONTACTO ........................................................................... 27

13 CENTRO DE ATENCIÓN A USUARIOS................................................... 28

ANEXO I. MODELO DE PANEL PARA ACTIVIDADES DE DIVULGACIÓN ... ...................................................................................................... 29

ANEXO II. LOGOTIPOS Y MODELOS A UTILIZAR .................................. 30

ANEXO III. SOLICITUD DE PAGO DE AYUDAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN DE INTERÉS GENERAL POR GRUPOS OPERATIVOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA PARA LA INNOVACIÓN EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD AGRÍCOLAS (AEI-AGRI). .................................................................................................. 31

ANEXO IV. ESTADO FINANCIERO RECAPITULATIVO ............................ 36

ANEXO V. CUADRO REPERTORIADO DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE GASTO 37

ANEXO VI. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA AGRUPACIÓN PARA LA SOLICITUD DE PAGO ............................................................................... 62

ANEXO VII. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CADA MIEMBRO DE LA AGRUPACIÓN PARA LA SOLICITUD DE PAGO .......................................... 63

ANEXO VIII. CONTENIDO MÍNIMO DEL INFORME DE AUDITORÍA ....... 64

ANEXO IX. TABLA RESUMEN DE GASTOS LIMITADOS ......................... 72

ANEXO X. FICHA RESUMEN .................................................................... 76

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ANEXO XI. JUSTIFICACIÓN DE GASTOS Y PAGOS ................................ 80

ANEXO XII. INSTRUCCIONES SOBRE EL CONTENIDO DEL INFORME RESUMEN DE LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO ........................... 86

ANEXO XIII. INSTRUCCIONES SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS .......................................................................... 94

ANEXO XIV. CODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO ................................................................................ 96

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1 INTRODUCCIÓN

El Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) es el fondo de la Unión Europea a través del que ésta contribuye a la financiación de los programas de desarrollo rural ejecutados según establece el derecho comunitario relativo a la ayuda de desarrollo rural.1

En el Programa Nacional de Desarrollo Rural de España (PNDR), aprobado mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 26 de mayo de 2015, una de las actuaciones recogidas es el apoyo a la cooperación, contempladas en el artículo 35 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. Estas actuaciones se reflejan en la submedida 16.2 del PNDR, y se destinan a la financiación de la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del programa nacional de desarrollo rural 2014-2020, para el año 2021, según lo dispuesto en el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

En el caso del Programa Nacional de Desarrollo Rural, en el que se enmarcan las ayudas objeto de la presente guía, la AEI-Agri se articula mediante dos tipos de operaciones: el apoyo a la creación de grupos operativos supraautonómicos y el apoyo al desarrollo de proyectos de interés general de grupos operativos de la AEI-Agri.

En cuanto al segundo tipo de operaciones en el marco de la AEI-Agri previstas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, la ayuda al desarrollo de proyectos de interés general de grupos operativos de la AEI-Agri, prevista en su submedida codificada como 16.1+16.2, el objetivo es apoyar la realización de proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías por parte de grupos operativos de la AEI-Agri para facilitar el lanzamiento al mercado del resultado de sus actuaciones, cuyas fases iniciales pueden suponer elevados riesgos y un nivel de costes difícilmente asumible sin apoyo institucional. Estos proyectos deberán tener interés para todo un sector y no ser territorializables. El desarrollo de estos proyectos permitirá evidenciar las perspectivas de viabilidad de la innovación afrontada, sus dificultades para el éxito y su potencialidad para contribuir al desarrollo de líneas o procesos de producción en sucesivas aplicaciones.

1 Se puede encontrar más información acerca de esta medida en la web del FEGA (www.fega.es) en el siguiente enlace: http://www.fega.es/PwfGcp/es/accesos_directos/desarrollo_rural/index.jsp

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Las innovaciones perseguidas pueden referirse al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos o tecnologías, incluyendo la realización de proyectos piloto, en los sectores agrícola, agroalimentario y forestal, extendidos tanto a la producción o comercialización de bienes y productos dirigidos al mercado, como a la generación de servicios de carácter público. Los proyectos de innovación han de estar orientados a todo un subsector en el ámbito nacional.

El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) es el encargado de llevar a cabo los procedimientos necesarios para la tramitación, pago y desarrollo de los controles administrativos y controles sobre el terreno de las solicitudes de pago de estas ayudas.

Con la concesión de la subvención, los beneficiarios no solo asumen la responsabilidad de llevar a cabo las acciones subvencionadas, sino, además, la de aportar la prueba de que éstas han sido realizadas y de que se han cumplido las condiciones impuestas. De ahí que una insuficiente justificación de estos extremos conlleve las mismas consecuencias que la no realización de la acción.

Para la correcta gestión de los fondos europeos y nacionales destinados a las medidas de desarrollo rural es fundamental el conocimiento, por parte de los beneficiarios de estas ayudas, de las condiciones que regulan su concesión y las responsabilidades adquiridas como perceptores de la misma.

La presente guía ha sido elaborada por la Subdirección General de Regulación de Mercados del FEGA, como responsable de la gestión y control del pago de estas ayudas, con el objetivo de orientar a los beneficiarios en el cumplimiento de sus responsabilidades de cara a la adecuada justificación de los gastos subvencionables.

En su propio interés, se recomienda a los beneficiarios la lectura detenida de la presente guía, que el FEGA les facilita. Igualmente una copia estará disponible en su página web: www.fega.es.

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2 OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1. Serán beneficiarios aquellos solicitantes sobre los que recaiga resolución aprobatoria de la ayuda.

2. Tras la resolución definitiva, todos los beneficiarios de la agrupación beneficiaria, junto con el resto de miembros propuestos para ejecutar labores para el desarrollo del proyecto, pasarán a considerarse en su conjunto “Grupo Operativo”.

3. En cada grupo operativo, los miembros se mantendrán en la agrupación desde el momento de presentación de la solicitud hasta el de cese de las obligaciones de control financiero.

4. Los beneficiarios, a través de su representante, deberán presentar ante la Administración los elementos que justifiquen el cumplimiento de las obligaciones y requisitos que adquieren con la concesión de la subvención.

5. Los beneficiarios deberán llevar una contabilidad analítica que permita la identificación de los ingresos y gastos relativos a la realización de las actividades, manteniendo dicha información a disposición de las autoridades nacionales competentes y de la Comisión Europea para posibles comprobaciones.

6. Los beneficiarios tendrán legalizados los libros de contabilidad según lo establecido en la normativa aplicable.

7. Los beneficiarios deberán constituir una cuenta bancaria única por cada miembro desde la que realizarán todos los movimientos relacionados con la subvención (una única por miembro de la agrupación), salvo en casos excepcionales debidamente justificados, a saber, beneficiarios que tengan la condición de organismo público, los gastos derivados de personal propio y otros que pudieran determinarse.

El no cumplimiento de esta obligación puede suponer la no percepción de los importes correspondientes.

8. Los beneficiarios se comprometen a conservar todos los documentos contables justificativos del gasto efectuado, así como la información sobre la financiación del proyecto, y facilitar dicha documentación a las autoridades competentes cuando así lo requieran.

9. Los beneficiarios deberán cumplir el objetivo de la ayuda, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de las subvenciones.

10. Los beneficiarios deberán justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la subvención, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

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11. Los beneficiarios deberán someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

12. Los beneficiarios deberán comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

13. Los beneficiarios deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de pago de la ayuda que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

14. El ingreso de la ayuda se hará a la cuenta bancaria única indicada en la solicitud de pago del representante, el cual distribuirá en el plazo de quince días, desde la recepción de la Resolución de pago, entre los miembros de la agrupación la subvención pagada. El representante presentará en la sede del FEGA los justificantes de dicho reparto.

15. Los beneficiarios deberán registrar la subvención que perciban en los libros contables que correspondan.

16. Los beneficiarios deberán proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

17. Los beneficiarios que sean personas físicas tendrán en cuenta sus obligaciones fiscales a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

18. Los beneficiarios se comprometen a informar al público de la ayuda obtenida del FEADER conforme a lo establecido respecto a los requisitos de información y publicidad en el artículo 13.2 y Anexo III, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) nº 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento nº (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER):

o Todas las actividades de información y publicidad que se lleven a cabo por parte de los beneficiarios deberán reconocer el apoyo del FEADER a la operación, mostrando:

A. El emblema de la Unión, de acuerdo con las normas gráficas señaladas en https://europa.eu/europeanunion/about-eu/symbols/flag junto con el texto «Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural: Europa invierte en las zonas rurales» y el logo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuyo modelo figura en el Anexo II.

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B. Referencia a la ayuda del FEADER, indicando la cofinanciación por la Unión Europea, el porcentaje de cofinanciación y el montante total de la ayuda.

o En el caso de que la agrupación posea un sitio web, incluirá en ella lo anterior más una breve descripción de la operación, sus objetivos y resultados, más el hiperenlace:

Comisión Europea

o En el caso de información mostrada por medios electrónicos y material audiovisual (por ejemplo, sitios web o bases de datos para los beneficiarios) indicarán claramente en la página de portada la participación de la Unión, reproduciendo los logotipos.

Además, se deberá hacer mención al organismo responsable del contenido y a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA), como autoridad de gestión encargada de la aplicación de la ayuda FEADER y nacional correspondiente.

En la página de portada (al menos), se deberá mencionar la contribución del FEADER e incluir el hiperenlace al sitio web de la Comisión dedicado a FEADER.

Comisión Europea

o En el caso de publicaciones (folletos, prospectos, etc.), se indicará en la página de portada la participación de la Unión y se reproducirán los logos tanto en la portada como en el reverso.

Además, se deberá hacer mención al organismo responsable del contenido y a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA), como autoridad de gestión encargada de la aplicación de la ayuda FEADER y nacional correspondiente.

En caso de existir emblemas nacionales o regionales, se deberá incluir a continuación el logo de la UE.

o En el caso de que la agrupación haya previsto la realización de reuniones divulgativas de su actividad con público o medios de comunicación, cursos, talleres, reuniones, jornadas técnicas y grupos de trabajo, dispondrá en un lugar bien visible al menos un panel de tamaño igual o superior a A3 (42 cm x 29,7 cm), cuyo modelo figura en el Anexo I de esta Guía. Además, todos los elementos relacionados con la realización de la actividad deben cumplir los apartados A y B descritos anteriormente:

- Programa.

- Dípticos o trípticos.

- Paneles.

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- Listado de firmas de asistentes en el que se incluya: fecha, nombre del curso, taller, jornada o reunión, lugar de celebración, nombre y apellidos de los asistentes, organización a la que representa, teléfono, correo electrónico y firma.

- Materiales utilizados y suministrados a los asistentes (carpetas, USB, bolígrafos, etc.).

- Presentaciones realizadas.

- Cartulinas de identificación de asistentes y ponentes.

o En los casos en los que el proyecto dé lugar a una inversión que reciba una ayuda pública total superior a 50.000 euros, el beneficiario colocará una placa explicativa con información sobre el proyecto, según el modelo del Anexo I y de tamaño 42 cm x 42 cm.

o En el caso de otras actuaciones no contempladas en los apartados anteriores que reciban una ayuda pública total o superior a 50.000 euros, se colocará, al menos, un panel con información de la operación (de un tamaño mínimo A3, 42 cm x 29,7 cm), en un lugar bien visible para el público según el modelo del Anexo I.

o En un plazo de tres meses a partir de la conclusión de una operación, el beneficiario colocará en un lugar visible para el público, un cartel o placa permanente de tamaño significativo en el que indicará el nombre y principal objetivo de la operación, cuando reúna las siguientes características:

- La ayuda pública total a la operación supere los 500.000 euros.

- La operación consista en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción según el modelo del Anexo I (según modelo placa).

Los carteles, paneles, placas y sitios web llevarán una descripción del proyecto y los elementos a los que se refiere el apartado A y B mencionado anteriormente.

Esta información ocupará como mínimo el 25 % del cartel, placa o página web.

19. Los beneficiarios se comprometen a proporcionar toda la información necesaria para poder realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones, en particular en relación con el cumplimiento de los objetivos y prioridades del Programa Nacional de Desarrollo Rural, así como a proporcionar los datos necesarios para la elaboración de indicadores y los que, a efectos estadísticos, se puedan emplear para estudios relativos a los aspectos técnicos, económicos, laborales y sociales.

20. Los beneficiarios se comprometen a comunicar por correo electrónico a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria y al FEGA las acciones que impliquen actuaciones como eventos, reuniones, así como actuaciones de formación a desarrollar con

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una antelación mínima de 10 días con detalle del tipo de acción, lugar de celebración, fecha, hora, participantes y programa previsto. Cualquier modificación de dicha comunicación deberá trasladarse con un mínimo de 7 días.

Los correos de comunicación enviados deberán ajustar el texto de asunto al modelo siguiente:

SubM 16.2_Número de grupo operativo*_Comunicación NN**_Nombre del grupo operativo.

Cualquier modificación de dicha comunicación deberá trasladarse con un mínimo de siete días, siguiendo el modelo:

SubM 16.2 _Número de grupo operativo*_Comunicación modificación NN**_Nombre del grupo operativo.

* (Donde Número de grupo operativo se corresponde con el número de prelación indicado en la Resolución de concesión).

**(Dónde NN corresponde al número de orden de la comunicación enviada).

21. En el caso de operaciones que comprendan inversiones en infraestructuras o inversiones productivas, se deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre durabilidad de las operaciones.

22. En el caso de bienes inscribibles en un registro público, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.

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3 AUTORIZACIONES RELATIVAS AL PROYECTO INNOVADOR DURANTE SU EJECUCIÓN

En el caso de contrataciones y subcontrataciones por importes de más del 20 % de la ayuda concedida y más de 60.000 euros se precisará solicitar una autorización previa, tal y como establece el artículo 9 apartado 7 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, de bases reguladoras.

El representante de la agrupación deberá aportar a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria tres ofertas, explicar la oportunidad del contrato si no constaba en la solicitud inicial, así como esperar a recabar la autorización del FEGA previamente a la firma del contrato.

Cuando cualquier miembro de la agrupación beneficiaria, desee contratar o subcontratar a una persona física o entidad vinculada a otro miembro beneficiario, deberá obtener la debida autorización previa. Para ello, el representante de la agrupación beneficiaria debe cursar una solicitud de autorización, al menos 20 días naturales de antelación al momento en el que se necesiten los servicios a subcontratar con la entidad vinculada.

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4 PERIODO SUBVENCIONABLE DE LOS PROYECTOS DE COOPERACIÓN

El periodo subvencionable de los gastos comprenderá desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta la fecha de finalización del período de ejecución de los proyectos innovadores.

El segundo periodo de ejecución comprenderá desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta el 15 de julio de 2021.

De forma excepcional se podrá ampliar el segundo periodo de ejecución hasta el 15 de septiembre de 2021 previa solicitud de prórroga y autorización de la misma en base a la Resolución de 30 de abril de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se modifica la Resolución de 26 de febrero de 2019, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se convocan ayudas para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019 para posibilitar la solicitud de prórroga del segundo periodo de ejecución y de solicitud de pago de los proyectos innovadores por causas excepcionales imputables a las restricciones derivadas de la pandemia del COVID-19.

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5 GASTOS SUBVENCIONABLES

Se consideran subvencionables los siguientes gastos:

a) Costes de funcionamiento de cooperación:

1.º Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los miembros de la agrupación beneficiaria para sus reuniones.

2.º Servicios del coordinador del proyecto.

3.º Gastos de personal propio de la agrupación de beneficiarios ligados a la organización de reuniones relacionadas con procesos de trabajo en común.

4.º Servicios del auditor o empresa de auditoría inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, para fines directamente vinculados al funcionamiento de la cooperación.

b) Costes directos de ejecución del proyecto de innovación:

1.º Gastos del personal propio o específicamente contratado con motivo del proyecto, de los miembros de la agrupación beneficiaria con dedicación exclusiva o parcial, en la medida en que estén dedicados al proyecto, vinculados a la ejecución del proyecto innovador o a actividades de justificación de la subvención.

2.º Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los miembros de la agrupación beneficiaria inherentes a la ejecución del proyecto de innovación.

3.º Costes de material fungible, en la medida y durante el periodo en que se utilice directamente para el proyecto.

4.º Alquiler de equipos, instalaciones, fincas.

5.º Gastos de consultoría tecnológica y de asesoría, y de los servicios necesarios para la realización del proyecto.

6.º Gastos derivados de la contratación tecnológica, el desarrollo de prototipos en el marco del proyecto, de la realización de pruebas piloto, y de la tramitación de la protección de la propiedad intelectual del producto o proceso

7.º Gastos en inversiones materiales o inmateriales que se limitarán a:

- La construcción, adquisición (incluido el arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles. No será subvencionable la adquisición de terrenos no edificados y edificados.

- La compra o arrendamiento con opción a compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.

- Los costes generales, hasta un máximo del 8 % de los gastos subvencionables, vinculados a los gastos contemplados en los guiones anteriores, tales como los honorarios de arquitectos,

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ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad. Los estudios de viabilidad seguirán considerándose subvencionables aun cuando, atendiendo al resultado, no se efectúen gastos contemplados en los guiones anteriores.

- Las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones o patentes, licencias, derechos de autor, marcas registradas.

- Los costes de instauración de planes de gestión forestal e instrumentos equivalentes.

c) Costes de actividades de divulgación del proyecto innovador.

1º. Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los miembros de la agrupación beneficiaria inherentes a la divulgación del proyecto de innovación.

2º. Costes de material fungible, ligado a la divulgación.

3º. Alquiler de espacios.

4º. Gastos de servicios ligados a la divulgación.

Estos gastos, estarán sujetos a los siguientes límites:

a) El bloque de gastos de funcionamiento de cooperación no podrá superar el 25 % del importe total de los gastos subvencionables.

b) El bloque de gastos directos de ejecución del proyecto de innovación no podrá superar el 75 % del importe total de los gastos subvencionables y en ningún caso serán inferiores al 50 %.

c) El bloque de gastos de actividades de divulgación no podrá superar el 25 % del importe total de los gastos subvencionables y en ningún caso serán inferiores al 8 %.

d) Las actividades subcontratadas no excederán del 40 % del importe total de los gastos subvencionables.

e) Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal de los miembros de la agrupación beneficiaria, ya sean de cooperación, como directamente vinculados a la ejecución, o a la divulgación del proyecto de innovación no superarán conjuntamente el 15 % del importe total de los gastos subvencionables.

Además, tanto para la elaboración de los presupuestos de la solicitud de ayuda, como para el cálculo efectivo de los gastos subvencionables, las cuantías máximas subvencionables serán:

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(1) Clasificación de personal según grupo profesional de pertenencia equivalente a los previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. Así:

Tipo 1: se incluyen los grupos profesionales del Convenio Colectivo Único para el personal laboral de AGE en los que se requiera estar en posesión del título universitario de grado (grupos 1 y 2), así como aquellos para los que se requiera estar en posesión del título de técnico superior (Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista del grupo 3).

Tipo 2: se incluyen los grupos profesionales 3 (excepto Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, incluidos en Tipo 1), 4 y 5 del Convenio Colectivo Único para el personal laboral de AGE.

En el caso de que los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal de los miembros de la agrupación beneficiaria se realice en otros países le serán de aplicación los límites establecidos en el Anexo III del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Con respecto a los gastos de desplazamiento serán subvencionables los gastos de:

- Vehículo privado/empresa (se incluye leasing y renting): subvencionable el trayecto justificado para actividades del proyecto sujeto a límites.

- Coche de alquiler si se demuestra su uso exclusivo para actividades del proyecto: gastos de contratación y combustible.

- Aparcamientos y peajes: siempre que esté justificado su uso en alguna actividad del proyecto.

- Transporte en otros medios (tren, avión, taxi, etc.): siempre que esté justificado su uso en alguna actividad del proyecto. Se realizará siempre con tarifa económica salvo justificación.

El gasto de desplazamiento en vehículo propio no puede superar el límite de 0,19 EUR/km, establecido en la Orden EHA 3770/2005.

Para los coches de empresa, al límite anterior hay que descontar la parte proporcional al IVA si es recuperable por la entidad.

Los gastos subvencionables de personal serán los que correspondan a trabajadores con relación laboral con los miembros de la agrupación de beneficiarios, o en caso de miembros que sean autónomos, sus honorarios, y sólo serán subvencionables hasta el límite de las retribuciones fijadas como salario base más pagas extraordinarias para los correspondientes grupos profesionales en el Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, sujetos a estos importes máximos, en función del grupo profesional indicado en el contrato laboral:

Cuantías máximas (en euros) de gastos de alojamiento y manutención

Clasificación de personal(1)

Alojamiento Manutención

(comida y cena) Manutención (comida

o cena)

Tipo 1 65,97 37,40 18,70

Tipo 2 48,92 28,21 14,11

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Grupo profesional, e información estimada sobre el nivel de formación requerido según contrato

de trabajo

Salario base anual + pagas

extraord. (jornada anual 1.720 horas)

Máximo coste

horario (EUR/hora )

1- Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

28.372,40 16,50

2-Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

23.485,98 13,65

3-Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalente.

18.376,12 10,68

4-Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalente.

15.366,82 8,93

5-Nivel de formación equivalente a Educación Primaria, Certificado de Escolaridad o acreditación de los años cursados y de las calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria.

14.538,30 8,45

Tabla de costes horarios máximos por grupo profesional según la Resolución de convocatoria 2019

El cálculo del coste horario medio (en adelante CHM) aportará un valor único de coste hora por trabajador y se realiza:

1º Dividiendo la retribución salarial bruta de los 12 meses anteriores a la fecha de concesión de la ayuda (en esta convocatoria deberán ser entre mes de marzo de 2019 y febrero de 2020), entre 1.720 horas si el contrato es a tiempo completo, o, en el caso de que el trabajador haya estado contratado menos de 12 meses, o trabaje a tiempo parcial, entre las horas correspondientes a este periodo (EUR/hora). En el caso de trabajadores cuyo convenio establezca un número de horas anuales distinto, se utilizará este último (el cual deberá ser aportado con la documentación justificativa de gastos de personal, señalando el epígrafe en el que se establezca la jornada establecida).

Este valor CHM calculado deberá ajustarse a los límites indicados en la tabla anterior, en aquellos casos en los que sea superior.

2º Si el CHM calculado no superase el límite de coste horario admisible, se podrá imputar íntegramente el coste horario relativo a la cotización de la Seguridad Social correspondiente a la empresa.

Si superase el límite de coste horario admisible, el importe imputable por la cotización de la Seguridad Social correspondiente a la empresa, será, como máximo, el que correspondería de haber percibido la retribución límite del correspondiente grupo de cotización.

En la siguiente tabla se muestran varios ejemplos de los límites de CHM incluyendo la Seguridad Social de empresa para los porcentajes más habituales.

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Grupo

profesional

Máximo

coste horario

(EUR/hora )

Máximo coste horario (EUR/hora) según porcentajes

aplicables al cálculo de la Seguridad Social de empresa

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30,90%

SS

31,40%

SS

31,55%

SS

32,50%

SS

32,90%

1 16,50 21,60 21,68 21,71 21,86 21,93

2 13,65 17,87 17,94 17,96 18,09 18,14

3 10,68 13,98 14,03 14,05 14,15 14,19

4 8,93 11,69 11,73 11,75 11,83 11,87

5 8,45 11,06 11,10 11,12 11,20 11,23

Ejemplos de costes horarios máximos con SS de empresa por grupo profesional cuando el coste horario del trabajador supera el límite fijado

Nota: si el porcentaje de Seguridad Social de empresa que se aplicase al trabajador es distinto de los recogidos en esta tabla, se realizará el cálculo con el porcentaje más frecuente (moda estadística) de las nóminas del trabajador utilizadas en el cálculo del salario bruto (este valor, en cualquier caso, coincidirá con el indicado en el Anexo IX: Tabla resumen de gastos limitados).

Esto es aplicable cuando el trabajador está incluido en el Régimen general de la Seguridad Social (en general los trabajadores por cuenta ajena y algunos autónomos asimilados), en cuyo caso los gastos así calculados se imputarán en los conceptos de gasto A3/B1. En caso de trabajadores autónomos no incluidos en el Régimen general o asimilado las cotizaciones a la seguridad social no son subvencionables y deberán imputarse sus gastos en los conceptos de gasto A2/B5.

Ejemplos de cálculo del coste de personal:

Ejemplo 1:

- Trabajador contratado como Ingeniero (grupo profesional 1, según contrato, ya que es el documento con el que se establece esta clasificación).

- Salario anual bruto de 30.000,00 EUR (suma de los conceptos salariales brutos de las 12 nóminas de marzo de 2019 a febrero de 2020).

- % de Seguridad Social de empresa (30,90 %)*.

- 1.720 h horas trabajadas anualmente (máximo de horas mensuales 143,33).

- Imputa 120 horas al proyecto en ese mes.

Cálculo:

Se dividen los 30.000,00 EUR / 1.720 h = 17,44 EUR/h.

Como el importe es superior al límite establecido para el Grupo Profesional 1, debe tomarse para el cálculo un CHM sin Seguridad Social de 16,50 EUR/h.

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En este el importe, ya está incluido el IRPF y la Seguridad Social a cargo del trabajador. Queda únicamente por incluir el % de Seguridad Social a cargo de la empresa (30,90 %), dando un resultado final de: 16,50 EUR/h * 1,3090 = 21,60 EUR/h (coste hora medio determinado para el trabajador).

El importe máximo subvencionable, teniendo en cuenta el coste hora determinado, será: 21,60 EUR/h * 120 h = 2.592,00 EUR.

*Nota: En la siguiente tabla se puede comprobar cómo se ha calculado el porcentaje total de Seguridad Social de empresa (30,90 %) según los datos reflejados en la nómina del trabajador.

Ejemplo de aportación empresarial a la Seguridad Social según nóminas. Esta aportación empresarial deberá constar siempre en las nóminas justificativas de los trabajadores por cuenta ajena, de acuerdo a la legislación vigente.

Ejemplo 2:

- Trabajador contratado como Diplomado (grupo profesional 2, según contrato, ya que es el documento con el que se establece esta clasificación).

- Salario anual bruto de 20.000,00 EUR (suma de los conceptos salariales brutos de las 12 nóminas de marzo de 2019 a febrero de 2020).

- % de Seguridad Social de empresa (30,90 %).

- 1.720 h horas trabajadas anualmente (máximo de horas mensuales 143,33).

- Imputa 120 horas al proyecto en ese mes.

Cálculo:

Se dividen los 20.000,00 EUR / 1.720 h = 11,63 EUR/h.

Como el importe del CHM sin Seguridad Social es inferior al límite del Grupo Profesional 2 (establecido en 13,65 EUR/h), por tanto, debe utilizarse el valor calculado 11,63 EUR/h.

En el importe, ya está incluido el IRPF y la Seguridad Social a cargo del trabajador. Queda por incluir el % de Seguridad Social a cargo de la empresa (30,90 %), dando un resultado final de: 11,63 EUR/h * 1,3090 = 15,22 EUR/h (coste hora medio determinado para el trabajador).

Base (€) Tipo (%)Aportación

empresarial (€)

2.500,00 23,60 590,00

AT y EP 2.500,00 1,00 25,00

Desempleo 2.500,00 5,50 137,50

Formación Profesional 2.500,00 0,60 15,00

Fondo Garantía Salarial 2.500,00 0,20 5,00

Total 30,90 772,50

2. Contingencias profesionales

y conceptos de

recaudación conjunta

Concepto

1. Contingencias comunes

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El importe máximo subvencionable, teniendo en cuenta el coste hora determinado, será: 15,22 EUR/h * 120 h = 1.826,40 EUR.

Se recuerda que el coste horario medio determinado es único para todo el periodo de ejecución.

Los costes indirectos serán subvencionables con el 15 % de los costes directos de personal.

El IVA será subvencionable cuando no sea recuperable. No serán subvencionables los gastos notariales.

No se considerarán gastos subvencionables en ningún caso las actividades de investigación, por lo que las tareas desarrolladas por los miembros del grupo deberán ir siempre orientadas a la aplicación práctica del conocimiento.

Además, tampoco son subvencionables los gastos listados en el Anexo II del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.

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6 REQUISITOS ESPECIFICOS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO

Las solicitudes de pago se dirigirán al Presidente del FEGA y se cumplimentarán según el modelo que figura como Anexo III en esta guía.

Conforme lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, es obligatoria la presentación electrónica de la solicitud y de la documentación correspondiente, disponible en la sede electrónica del FEGA, cuya dirección es Sede FEGA, dentro del apartado de “Procedimientos y Servicios”, https://www.sede.fega.gob.es/procedimientos-y-servicios.

Para la solicitud de pago del segundo periodo de ejecución la solicitud de pago se presentará entre el 16 y el 31 de julio de 2021.

De manera excepcional, para aquellos proyectos a los que se les autorice la prórroga contemplada en la Resolucion de 30 de abril de 2021, presentarán sus solicitudes de pago desde el día 16 de septiembre de 2021 y hasta el día 1 de octubre de 2021.

La documentación que acompañará a cada solicitud de pago serán los modelos que figuran en los Anexos de esta guía, en su caso:

a) Un informe resumen de las actuaciones que se han llevado a cabo en el que se justifique el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, cumplimiento de resultados, objetivos y prioridad o área focal atendida. Cada miembro tendrá que justificar todas las actividades para las que en la concesión se indicó su participación.

Cualquier incumplimiento de las condiciones de la ayuda concedida debe quedar explicado en este informe (acompañado, en su caso, de la documentación justificativa que se considere necesaria).

El Anexo XII de esta guía incluye un modelo con el contenido que debe incluir el informe resumen de las actuaciones.

b) Una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse en la fecha del informe. Podrá ser una evaluación interna, o una evaluación externa contratada a un evaluador o entidad de evaluación con experiencia y capacidad. Debe hacerse referencia a los resultados planteados en la concesión de la ayuda y demostrar la consecución de dichos resultados, según el modelo establecido en el Anexo XIII de esta Guía.

c) Un estado financiero recapitulativo donde consten los gastos planificados y los realizados efectivamente, según el modelo establecido en el Anexo IV de esta Guía.

d) Un extracto de la cuenta bancaria única de los miembros de la agrupación correspondiente al periodo de ejecución para el que se solicita el pago, salvo en casos excepcionales debidamente justificados.

Los casos excepcionales referidos corresponderían con los gastos de personal propio, con aquellos beneficiarios que tengan la condición de organismo público y otros que pudieran determinarse. Todos estos casos deberán justificarse con la documentación correspondiente.

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El no cumplimiento de esta obligación puede suponer la no percepción de los importes correspondientes.

El extracto aportado debe estar emitido por la entidad bancaria en la que está domiciliada la cuenta única.

La cuenta única no podrá contener movimientos que no estén relacionados con el proyecto innovador subvencionado.

e) Facturas y justificantes de pago correspondientes.

Para la justificación de los gastos de personal se deberá presentar la justificación del coste salarial del último año y del número de horas de la jornada. Se presentarán las 12 últimas nóminas anteriores a la fecha de la resolución de concesión, las nóminas junto con las órdenes de transferencia del período al que se refiere la ayuda, los certificados de horas trabajadas cada mes, firmados por el jefe de personal, los documentos justificativos del gasto de Seguridad Social y los acreditativos del ingreso en el correspondiente organismo oficial, así como los documentos acreditativos del ingreso en el correspondiente organismo oficial de las retenciones del IRPF, correspondientes a las citadas nóminas.

En el caso de que la jornada anual aplicada para el cálculo del coste horario medio difiera de 1.720, se deberá aportar copia del convenio colectivo dónde pueda verificarse la jornada anual empleada. Además, se aportará contrato laboral actualizado (o documento de nombramiento y resolución de toma de posesión en caso de funcionarios o contrato y hoja de prestación de servicios en caso de personal laboral) de todos los trabajadores por cuenta ajena de los que se imputen gastos, reflejando el grupo profesional correspondiente.

Para justificar casos especiales de jornadas laborales o grupos profesionales de trabajadores mal recogidos en documentos de contratación se recomienda aporte de IDC (Informe de Datos para la Cotización) del periodo de cálculo del CHM y ejecución.

En el caso de trabajadores autónomos societarios cuyo gasto se impute a las actividades A2/B5, se deberá aportar además del certificado, copia del título académico, facturas o documento tipo nómina del periodo de ejecución (sólo en casos justificados) y sus pagos, recibo del pago de la cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, escritura de constitución de la sociedad, y modelo 190.

En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles además de la factura se justificarán con un certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.

Para los gastos de transporte, alojamiento y manutención, se aportarán además de las facturas y justificantes de pago los documentos de transporte (billetes, etc.), la tarjeta de embarque y, en su caso, bono sellado del hotel.

En el Anexo XI, se da más detalle de la justificación de gastos y pagos.

f) Cuadro repertoriado de facturas, donde se relaciona cada una de las facturas con sus correspondientes justificantes de pago y los apuntes en la cuenta

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bancaria única por miembro, según el modelo establecido en el Anexo V de esta guía.

En el Anexo V, se incluyen también instrucciones para facilitar la cumplimentación del cuadro, así como ejemplos de cumplimentación.

g) Toda la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, (en todo caso, actas de las reuniones celebradas por los miembros del grupo operativo con indicación de su fecha, orden del día, acuerdos adoptados y los asistentes a la misma aportando hoja de firmas en caso de reuniones presenciales, documentos gráficos que reflejen el desarrollo de las actividades, así como cuantas otras fuentes de verificación de las actividades subvencionadas puedan proceder). La documentación justificativa debe estar claramente identificada y relacionada con la actividad que se justifica.

El Anexo XII de esta guía aporta más información sobre este punto.

h) Una declaración responsable, tanto de la agrupación como de sus miembros, de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, según los modelos establecidos en los Anexos VI y Anexo VII de esta guía.

i) Autorización a la Administración para consultar que, tanto la agrupación como sus miembros están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, certificados de estar al corriente de las mismas.

j) Datos bancarios de la cuenta elegida para recibir la ayuda (documento de titularidad de cuenta emitido por la entidad bancaria). Esta cuenta debe ser la misma que la utilizada en el primer periodo y debe coincidir con la cuenta única del miembro representante, en caso contrario se deberá aportar una justificación al respecto.

k) No obstante, podrá ser requerida documentación justificativa complementaria para la justificación del gasto realizado.

l) Moderación de costes y cumplimiento de lo previsto en el artículo 9.5 y 9.7 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, en su caso.

Para cualquier gasto subvencionable que no esté limitado en importe en la convocatoria (por ejemplo, no sería aplicable en los casos de alojamiento y manutención) se deberá presentar la siguiente documentación para dar cumplimiento a la moderación de costes:

- Tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del servicio o entrega del bien.

Justificación de la oferta elegida. La elección entre las ofertas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, si la oferta elegida no recae en la oferta más ventajosa deberá justificarse expresamente en una memoria. Una insuficiente justificación a este respecto podrá suponer la no percepción de los importes correspondientes.

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- Justificación en caso que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que realicen, presten o suministren el producto o servicio y por tanto no puedan presentarse 3 ofertas de diferentes proveedores. Una insuficiente justificación a este respecto podrá suponer la no percepción de los importes correspondientes.

Para el cumplimiento de los requisitos anteriores, cuando el servicio o bien a suministrar afecte a las dos anualidades o a varios miembros, tendrá que tenerse en cuenta el importe total presupuestado en ambas anualidades o en los miembros que corresponda.

m) Resumen de los gastos limitados por el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, según el modelo establecido en el Anexo IX de esta guía.

n) Ficha resumen de divulgación de los resultados del proyecto según el modelo establecido en el Anexo X de esta guía. Únicamente se presentará si ésta ha sufrido cambios desde su anterior presentación.

o) Documentación gráfica en la que se pueda comprobar la publicidad de la financiación comunitaria en las actividades subvencionadas, preferiblemente, con fecha y lugar de disparo.

En el apartado 2.18 y en los Anexos I y XII de esta guía se aporta más información sobre este punto.

p) Se adjuntarán fotografías representativas de cada actividad vinculada a la subvención, preferiblemente con la fecha y lugar de disparo impreso en la fotografía. Apreciando en lo posible: participantes, ponentes/expertos, carteles, logos, material empleado. Además, siempre que sea aplicable, para todas las compras materiales o inversiones materiales se aportarán evidencias gráficas y en este último caso identificación y especificaciones técnicas de la misma.

El Anexo XII de esta guía aporta más información sobre este punto.

q) Documentación que justifica el cumplimiento de lo previsto en el artículo 12.6 de la convocatoria, en su caso.

Para subcontrataciones que excedan el 20 % del importe de la ayuda concedida y dicho importe sea superior a 60.000 euros se deberá aportar:

- Autorización de la entidad concedente de la subvención, previa a la firma del contrato.

- Contrato por escrito.

La documentación relacionada con las letras d), e), f), g) y l), podrá sustituirse, por una memoria económica abreviada que contendrá, como mínimo, un estado representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas, según el modelo establecido en el Anexo IV de esta guía (Estado financiero recapitulativo) y una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones

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impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

Esta memoria irá acompañada de informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

El auditor deberá revisar la totalidad de la documentación de las letras d), e), f), g) y l) y pronunciarse expresamente en su informe sobre todos los extremos revisados, incluyendo, un informe de valoración de los gastos, en el que, a juicio del auditor, puedan ser considerados elegibles o no.

Su contenido mínimo se establece en el Anexo VIII de esta guía.

En caso de que el FEGA, a la vista del contenido del informe de auditoría presentado no pueda acreditar que las actuaciones subvencionadas se han realizado conforme a la normativa que las regula, podrá solicitar a los beneficiarios la presentación de toda la documentación justificativa antes enumerada, para tener las garantías necesarias para resolver el pago del expediente.

Teniendo en cuenta la obligatoriedad de la presentación electrónica de la solicitud y de la documentación que la acompaña, los documentos que se aporten a través de la sede electrónica deberán ir nombrados según los códigos que figuran en el Anexo XIV de esta guía.

El importe a indicar en la solicitud de pago como importe total de la ayuda solicitada (EUR), deberá incluir la parte correspondiente a los costes indirectos. Se debe indicar el importe de la anualidad que se justifica, que nunca podrá ser superior al importe concedido para esa anualidad.

La presentación telemática de la solicitud de pago se realiza por Sede electrónica del FEGA, a partir del enlace: Sede FEGA. Durante la grabación de datos de la solicitud, es necesario proceder a validar la identificación del beneficiario en distintas ocasiones, mediante el certificado electrónico de la entidad jurídica solicitante o del representante.

Una vez accedido a la captura web de la aplicación GesPND, los pasos a seguir son: inserción de datos de la solicitud, indicación de la documentación presentada, carga del cuadro repertoriado de justificantes de gastos y justificantes de pago, adjuntar documentación, validar, registrar y firmar la solicitud.

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7 APLICACIÓN DE LÍMITES MÁXIMOS Y MÍNIMOS

La Orden APA/508/2020, de 5 de junio, por la que, como consecuencia de la aplicación del estado de alarma declarado por el Real Decreto 462/2020, de 14 de marzo, se adecuan ciertas condiciones y plazos previstos en el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de las asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, en su artículo 3, establece que los porcentajes a los que se refiere el apartado cuarto del artículo 9 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, se aplicarán sobre el gasto total concedido.

Además, también establece que no se sancionará mediante aplicación de límites mínimos, siempre que el beneficiario pueda justificar que los incumplimientos obedecen a causas de fuerza mayor.

Dado que la justificación de gastos corresponde a la segunda anualidad de la convocatoria 2019 y la aplicación de límites afecta a todo el proyecto se mantendrá el requisito anterior, siempre y cuando en la primera anualidad del proyecto se presentase junto con la solicitud de pago el justificante de fuerza mayor correspondiente.

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8 INTENSIDAD E IMPORTE DE LA AYUDA

Las ayudas tendrán un límite de 600.000 EUR por agrupación beneficiaria.

De acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 169/2018 de bases, los proyectos innovadores deberán contribuir a unas prioridades y áreas focales concretas.

La tipología de gastos subvencionables y las intensidades de ayuda son las siguientes:

Tipo de gasto subvencionable

Intensidad de la ayuda

Ámbito del

Anexo I

TFUE.

Fuera del

ámbito del

Anexo I TFUE

pero forestal.

Fuera del Anexo

I TFUE, y no

forestal

Costes de funcionamiento de cooperación

100 % 100 % 50 %

Costes directos de ejecución del proyecto de innovación que no son de inversión.

100 % 100 % 50 %

Costes directos de ejecución del proyecto en inversiones

60 % 40 % 10 %

Costes de actividades de divulgación del proyecto innovador

100 % 100 % 50 %

En los casos en los que la intensidad de la ayuda no llegue a cubrir el 100 % de la actuación subvencionada, al cursar la solicitud la agrupación solicitante adquiere el compromiso de aportar la parte restante en caso de resultar beneficiario. La forma de justificación de estos aportes propios será igual que la forma de justificar la aplicación de los fondos públicos.

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9 SANCIONES

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 312/2016:

a) Será de aplicación a estas ayudas el régimen de sanciones correspondientes, de conformidad con los artículos 63 y 64 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

b) A reserva del artículo 6 del Reglamento (CE) n.º 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

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10 GRADUACIÓN DE POSIBLES INCUMPLIMIENTOS

El incumplimiento en los plazos de presentación de la solicitud de pago por razones imputables al beneficiario conllevará una penalización del 1 % de la ayuda por día hábil de retraso en la presentación de la solicitud de pago o de la documentación relacionada.

En los supuestos en los que la diferencia entre el importe pagadero a la agrupación beneficiaria en función de la solicitud de pago y la decisión de concesión y el importe pagadero a la agrupación beneficiaria tras el examen de la admisibilidad del gasto que figure en la solicitud de pago sea de más de un 10 % de este último, se aplicará una sanción administrativa al mismo igual a la diferencia entre los dos importes, pero no más allá de la retirada total de la ayuda.

La realización sin notificación previa de modificaciones en la composición del grupo operativo, supondrá la pérdida de derecho al cobro de la ayuda para la agrupación.

El incumplimiento de las actividades de divulgación previstas en su caso en la solicitud, con carácter adicional a las obligatorias a través de la Red Rural Nacional y la Red AEI-Agri, supondrá la reducción del importe a pagar en un 20 % del importe correctamente justificado por cada uno de los beneficiarios.

El incumplimiento de la obligación de facilitar la información que requiere la Comisión Europea (formato común de la Red AEI-Agri) y la Red Rural Nacional para publicar información general sobre las actividades del grupo operativo y los resultados de los proyectos, supondrá para todos los beneficiarios de la agrupación una reducción de la ayuda del 25 % si no se realiza en los plazos y forma exigibles de acuerdo con las bases reguladoras y podrá llegar al 100 % de la ayuda si a requerimiento del órgano tramitador del pago en el plazo de 10 días sigue sin cumplirse ninguna de estas obligaciones.

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11 REPARTO DE LA AYUDA

Una vez el representante ha recibido en la cuenta única el pago de la subvención, así como la Resolución de pago con el importe a pagar a cada miembro, distribuirá entre los miembros del grupo operativo en el plazo de 15 días hábiles el importe que les corresponda. El representante subirá a sede electrónica al apartado “documentación no anexada a la solicitud de pago”, el justificante de haber realizado el ingreso a cada miembro beneficiario.

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12 DATOS DE CONTACTO

Los solicitantes podrán dirigirse al FEGA para requerir cualquier aclaración que precisen en relación con la justificación de los gastos de la ayuda. Para ello los datos de contacto son los siguientes:

FEGA

Subdirección General de Regulación de Mercados

C/ José Abascal, 4 – 7ª planta

28003 Madrid

Teléfono 91 347 49 18

Fax 91 347 47 07

e-mail: [email protected]

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13 CENTRO DE ATENCIÓN A USUARIOS

Los beneficiarios podrán resolver cualquier aclaración que precisen en relación con la justificación de gastos a través de los siguientes canales:

Teléfono 91 322 63 40

e-mail: [email protected]

El horario de atención telefónica será de lunes a viernes de 09.00h a 15.00h2.

2 Días hábiles determinados en el calendario laboral de TRAGSATEC de la Comunidad Autónoma de Madrid.

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Anexo I. MODELO DE PANEL PARA ACTIVIDADES DE DIVULGACIÓN

Modelo de panel A3 42 cm x 29,7 cm

Modelo de placa 42 cm x 42 cm

Se debe indicar el coste total del

proyecto, incluyendo, en su caso, los fondos

propios

Se debe indicar el % de

cofinanciación: 80 %

Se debe indicar el coste total del

proyecto, incluyendo, en su caso, los fondos

propios

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Se debe indicar el nombre del proyecto

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Anexo II. LOGOTIPOS Y MODELOS A UTILIZAR

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Anexo III. SOLICITUD DE PAGO DE AYUDAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN DE

INTERÉS GENERAL POR GRUPOS OPERATIVOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA PARA LA INNOVACIÓN EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD

AGRÍCOLAS (AEI-AGRI).

(CONVOCATORIA 2019)

I. PROYECTO

Titulo:

Nombre de la agrupación:

Número de registro solicitud de ayuda:

Número de orden según Resolución de Concesión:

II. DATOS PERSONALES Y DOMICILIO DEL REPRESENTANTE DE LA

AGRUPACIÓN

Nombre o razón social NIF/NIE

----------------------------------- -----------------

II.I. REPRESENTANTE LEGAL.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI/NIF, pasaporte o documento equivalente en caso de extranjeros, NIE

Teléfono de contacto, correo electrónico y fax

Cargo que desempeña o relación con la agrupación que representa

Datos bancarios de la cuenta única

Declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos de la cuenta bancaria única indicada Titular de la cuenta Número de la cuenta bancaria (IBAN)

☐ El representante de la agrupación se compromete a cumplir con lo establecido en el artículo

14 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.

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III. DATOS Y DOMICILIO DE LOS MIEMBROS DE LA AGRUPACIÓN

SOLICITANTE

Nombre o razón social

NIF/NIE

Domicilio: Calle/plaza

núm. Localidad Municipio Provincia

Código Postal

Teléfono FAX Correo

electrónico

☐ Los miembros de la agrupación solicitante de la ayuda cumplen con lo establecido en el artículo

14 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.

IV. DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN (REPRESENTANTE).

Domicilio: Calle/plaza núm.

Localidad

Municipio

Provincia

Código postal

Teléfono y fax

Correo electrónico

V. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA CON LA SOLICITUD.

V.I. Opto por la justificación establecida en el artículo 17.6 de las BBRR

☐ Un informe resumen de las actuaciones que se han llevado a cabo en el que se justifique el

cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, cumplimiento de resultados, objetivos y prioridad o área focal atendida.

☐ Una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse en la fecha del informe.

Podrá ser una evaluación interna, o una evaluación externa contratada a un evaluador o entidad de evaluación con experiencia y capacidad.

☐ Un estado financiero recapitulativo donde consten los gastos planificados y los realizados

efectivamente, cada uno de ellos relacionado con las actuaciones correspondientes, según el modelo establecido en el Anexo IX de la convocatoria.

☐ Un extracto de la cuenta bancaria única de cada miembro de la agrupación para los

movimientos relacionados con la subvención.

☐ Facturas y justificantes de pago correspondientes.

☐ Cuadro repertoriado de facturas, donde se relaciona cada una de las facturas con sus

correspondientes justificantes de pago y los apuntes en la cuenta bancaria, según modelo establecido en el Anexo X de la convocatoria.

☐ Toda la documentación justificativa de las actuaciones realizadas.

☐ Declaración responsable, tanto de la agrupación como de sus miembros según los modelos

establecidos en los Anexos XI y XII de la convocatoria, de:

- no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003,

de 17 de noviembre;

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- no haber recibido ayudas para la misma finalidad y objeto, indicando, en su caso, las fuentes

e importes de la financiación solicitada procedente de las administraciones públicas o de

otros entes públicos o privados para la misma finalidad;

- Se compromete a renunciar, en caso de resultar beneficiaria la agrupación o sus miembros,

a cualquier otra subvención pública obtenida para la realización de la misma actividad.

- no encontrarse inmersa en un proceso de reintegro de subvenciones;

☐ Autorización a la Administración para consultar que está al corriente de sus obligaciones

tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, certificados de estar al corriente de las mismas.

☐ Datos bancarios de la cuenta única elegida para recibir la ayuda.

☐ Documentación que justifica el cumplimiento de lo previsto en el artículo 12.6 de la

convocatoria, en su caso.

☐ Ficha resumen de divulgación de los resultados del proyecto, según modelo establecido en el

Anexo IV de esta resolución.

☐ Justificación de los gastos de personal.

☐ Resumen de los gastos limitados por el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, según el

modelo establecido en el Anexo XIV

☐ En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, certificado de tasador independiente

debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.

☐ Justificación del cumplimiento de lo previsto en los artículos 9.5 y 9.7, en su caso.

☐ Otra documentación. En su caso, indíquese:

V.II. Opto por la justificación establecida en el artículo 17.7 de las BBRR

☐ Un informe resumen de las actuaciones que se han llevado a cabo en el que se justifique el

cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, cumplimiento de resultados, objetivos y prioridad o área focal atendida.

☐ Una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse en la fecha del informe.

Podrá ser una evaluación interna, o una evaluación externa contratada a un evaluador o entidad de evaluación con experiencia y capacidad.

☐ Un estado financiero recapitulativo donde consten los gastos planificados y los realizados

efectivamente, cada uno de ellos relacionado con las actuaciones correspondientes, según el modelo establecido en el Anexo IX.

☐ Declaración responsable, tanto de la agrupación como de sus miembros según los modelos

establecidos en los Anexos XI y XII de la convocatoria, de:

- no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003,

de 17 de noviembre;

- no haber recibido ayudas para la misma finalidad y objeto, indicando, en su caso, las fuentes

e importes de la financiación solicitada procedente de las administraciones públicas o de

otros entes públicos o privados para la misma finalidad;

- no encontrarse inmersa en un proceso de reintegro de subvenciones;

- se compromete a renunciar, en caso de resultar beneficiaria la agrupación o sus miembros,

a cualquier otra subvención pública obtenida para la realización de la misma actividad.

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☐ Autorización a la Administración para consultar que está al corriente de sus obligaciones

tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, certificados de estar al corriente de las mismas.

☐ Datos bancarios de la cuenta única elegida para recibir la ayuda.

☐ Ficha resumen de divulgación de los resultados del proyecto, según modelo establecido en el

Anexo IV de esta resolución.

☐ Informe de Auditor.

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

VI. SOLICITUD.

El/la abajo firmante solicita el pago de la ayuda a que se refiere la presente instancia por importe

de …………………. EUR y declara que son ciertos los datos consignados en ella, reuniendo los

requisitos exigidos y aceptando las condiciones establecidas en la convocatoria,

comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud y

que conoce las obligaciones establecidas en el artículo 14 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo,

y que se compromete a cumplirlas. Igualmente autoriza al Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación para el uso y tratamiento de los datos de carácter personal que constan en la

documentación presentada y en esta solicitud, a los efectos del inequívoco consentimiento

previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos

Personales y garantía de los derechos digitales y disposiciones concordantes.

El Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. mantiene un compromiso de cumplimiento de la

legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información

con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza

conforme al Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y de la

normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, le ofrecemos a continuación

información sobre la política de protección de datos aplicada en tratamiento Pagos de Ayudas y

control de deudores:

1. Responsable del tratamiento:

Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. Subdirección General Económico Financiera. C/ José Abascal 4. 28003. Madrid Teléfono 91 347 65 00 Correo: [email protected] Delegado de Protección de datos: [email protected]

2. Finalidad del tratamiento: Los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para la gestión de subvenciones de fondos europeos gestionadas por el FEGA como organismos pagador (ejecución de pagos, control de deudores por pagos indebidos, retenciones por embargos), y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.

3. Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y está justificado por los siguientes apartados:

d. Reglamento UE 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Indicar el gasto justificado o el importe concedido si el importe justificado es superior al concedido.

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FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

e. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

4. Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos salvo las previstas legalmente.

5. Derechos sobre el tratamiento de datos: Podrá solicitar al Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. a través de su sede electrónica (Sede FEGA), el acceso, rectificación, y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, podrá presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos (Sede AEPD),

En______, a __de ________de 202_.

(Firma)

Sr. Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria O.A.

C/. Beneficencia, 8.

28071 Madrid.

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Anexo IV. ESTADO FINANCIERO RECAPITULATIVO

DATOS DEL REPRESENTANTE

Nombre o Razón social

Número de registro solicitud de ayuda:

Título del proyecto:

Nombre de la agrupación:

DNI/NIF, pasaporte o documento

equivalente en caso de

extranjeros, NIE

Razón social del miembro de la

Agrupación

NIF/NIE Miembro de la Agrupación

Presupuesto (EUR) (a)

Gastos realizados (EUR)

(b)

Importe anticipado (EUR)

(c)

Presupuesto - gastos realizados-anticipo (EUR)

(d= a – b-c)

TOTAL: Esta tabla se deberá cumplimentar con cada uno de los miembros de la agrupación ordenados de modo que cada uno de ellos aparezca en una fila.

(a) Presupuesto concesión (EUR). Se indicará el presupuesto publicado para cada uno de los miembros en la Resolución de concesión definitiva para el periodo de ejecución para el que

se solicita el pago. En su caso, deben incluirse los fondos propios.

(b) Gastos realizados (EUR). Se completará el total de los gastos materialmente realizados y justificados por miembro de todas las partidas y actuaciones, incluyendo los costes

indirectos.

(c) Importe anticipado. Se indicará el importe concedido como anticipo.

(d) Presupuesto concesión - gastos realizados-importe anticipado (EUR). Se rellenará con el importe resultante de la diferencia de las cantidades indicadas en las columnas anteriores.

En cada miembro, cuando los gastos realizados (c) más el importe anticipado (c) son superiores al presupuesto concesión (a), su diferencia (d=a-b-c) aparecerá con un valor de 0.

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Anexo V. CUADRO REPERTORIADO DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE GASTO

EXPEDIENTE

CUADRO REPERTORIADO DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE GASTO

DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA AGRUPACIÓN

TITULO DEL PROYECTO

Nombre / Razón Social:

NIF:

Códigos para los pagos efectuados y apuntados:

1. Transferencia bancaria. 2. Letra de cambio. 3. Cheques. 4. Pago en metálico. 5. Traspaso contable. 6. Pagaré. 7. Otros 8. Tarjeta bancaria

PROYECTO DE COOPERACIÓN JUSTIFICANTE DE GASTO PAGOS EFECTUADOS Y

REFLEJADOS EN LA CUENTA ÚNICA***

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* Una actuación puede incluir varios conceptos de gasto.

** El Importe del concepto /subconcepto a imputar incluirá el IVA cuando éste sea subvencionable. En caso contrario, el importe no incluirá el IVA.

*** Independientemente de la forma de pago elegida, todos los apuntes deben quedar reflejados en la cuenta única para ser subvencionables salvo las excepciones contempladas.

**** Deberá indicarse cualquier aspecto que afecte a la relación de pago y gasto. Si se trata de un pago conjunto o masivo se indicaran por su nº de orden todos los gastos que han sido pagados de forma conjunta

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INSTRUCCIONES PARA LA CORRECTA CUMPLIMENTACIÓN DEL CUADRO

REPERTORIADO:

Este cuadro contendrá la justificación de todos los gastos y pagos. Tomando como base las actividades, actuaciones y los conceptos de gasto previstos en la solicitud de ayuda, se detallará en este cuadro, la relación de gastos realizados por cada miembro beneficiario con su correspondiente justificación de gastos y pagos.

En este cuadro se detallarán todos los gastos subvencionables en los que se haya incurrido incluyendo los datos correspondientes a los documentos justificativos de gasto y pago que los sustentan y los importes específicos a imputar. No se detallarán en este cuadro los Costes Indirectos ya que no requieren ser justificados con un documento de gasto. Estos gastos se calcularán a un tipo fijo del 15 % de los gastos de personal subvencionables y se sumarán al gasto subvencionable justificado

El beneficiario deberá completar el Cuadro Repertoriado añadiendo los registros necesarios para poder incluir todos los gastos ejecutados agrupados en miembro/actuación/concepto de gasto/límite Anexo, indicando expresamente el importe a imputar para cada uno de los registros (ver ejemplo página 57).

Este cuadro consta de los siguientes bloques:

a) BLOQUE 1. PROYECTO DE COOPERACIÓN

– NIF del miembro de la agrupación: NIF del miembro beneficiario que ha realizado el gasto.

– Nombre o Razón social del miembro de la agrupación que realiza la actividad: Nombre o razón social del miembro beneficiario que ha realizado el gasto

– Actuación: denominación de la actuación del gasto realizado, de acuerdo con lo descrito en el siguiente cuadro.

ACTUACIÓN

A. Costes de funcionamiento de cooperación

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

C. Costes de divulgación

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– Concepto de gasto: denominación del concepto de gasto, de acuerdo con lo descrito en el

siguiente cuadro:

a) Para la Actuación A. Costes de funcionamiento de cooperación:

CONCEPTO DE GASTO

A.1. Movilidad y manutención para la coordinación -personal de los miembros

de la agrupación

A.2. Coordinador del proyecto.

A.3. Gastos de personal miembros agrupación

A.4. Auditor

b) Para la actuación B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación:

CONCEPTO DE GASTO

B.1. Gastos de personal miembros agrupación

B.2. Movilidad y manutención en el proyecto- personal de los miembros de la

agrupación

B.3. Material fungible para el proyecto.

B.4. Alquiler de equipos, instalaciones, fincas para el proyecto.

B.5. Servicios de consultoría y de asesoría generales

B.6. Servicios de contratación tecnológica específicos.

B.7. Inversiones materiales o inmateriales.

c) Para la actuación C. Costes de divulgación

CONCEPTO DE GASTO

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación -personal de los miembros

de la agrupación

C.2. Material fungible para divulgación.

C.3. Alquiler de espacios para divulgación.

C.4. Servicios ligados a la divulgación

– Límite Anexo: límites aplicables al concepto de gasto, de acuerdo a lo descrito en el siguiente

cuadro:

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Actuación Concepto Límite

A. Costes de funcionamiento de cooperación

A.1. Movilidad y manutención para la coordinación -personal de los miembros de la agrupación

- Desplazamiento Kilometraje - Desplazamiento sin límite - Manutención medio día personal

tipo 1

- Manutención medio día personal tipo 2

- Manutención día completo personal tipo 1

- Manutención día completo personal tipo 2

- Alojamiento personal tipo 1 - Alojamiento personal tipo 2

A. Costes de funcionamiento de cooperación

A.2. Coordinador del proyecto.

- Actividades subcontratadas - Sin límites (Gastos de personal

de trabajadores de los miembros de la agrupación que no estén incluidos en el Régimen general de cotización a la Seguridad Social o asimilado).

A. Costes de funcionamiento de cooperación

A.3. Gastos de personal miembros agrupación

- Gastos de personal (de trabajadores de los miembros de la agrupación que estén incluidos en el Régimen general de cotización a la Seguridad Social o asimilado).

A. Costes de funcionamiento de cooperación

A.4. Auditor - Sin límite

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.1. Gastos de personal miembros agrupación

- Gastos de personal (de trabajadores de los miembros de la agrupación que estén incluidos en el Régimen general de cotización a la Seguridad Social o asimilado).

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.2. Movilidad y manutención en el proyecto- personal de los miembros de la agrupación

- Desplazamiento Kilometraje - Desplazamiento sin límite - Manutención medio día personal

tipo 1

- Manutención medio día personal tipo 2

- Manutención día completo personal tipo 1

- Manutención día completo personal tipo 2

- Alojamiento personal tipo 1 - Alojamiento personal tipo 2

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.3. Material fungible para el proyecto.

- Sin límite - Actividades subcontratadas

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Actuación Concepto Límite

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.4. Alquiler de equipos, instalaciones, fincas para el proyecto.

- Sin límite - Actividades subcontratadas

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.5. Servicios de consultoría y de asesoría generales

- Sin límite - Sin límite (Gastos de personal

de trabajadores de los miembros de la agrupación que no estén incluidos en el Régimen general de cotización a la Seguridad Social o asimilado).

- Actividades subcontratadas

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.6. Servicios de contratación tecnológica específicos.

- Sin límite - Actividades subcontratadas

B. Costes directos de ejecución del proyecto de innovación

B.7. Inversiones materiales o inmateriales.

- Inversiones materiales – Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles/compra o arrendamiento con opción a compra de nueva maquinaria y equipo

- Inversiones materiales – Costes generales contratados

- Inversiones materiales – Costes generales subcontratados

- Inversiones inmateriales

C. Costes de divulgación

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación -personal de los miembros de la agrupación

- Desplazamiento Kilometraje - Desplazamiento sin límite - Manutención medio día personal

tipo 1

- Manutención medio día personal tipo 2

- Manutención día completo personal tipo 1

- Manutención día completo personal tipo 2

- Alojamiento personal tipo 1 - Alojamiento personal tipo 2

C. Costes de divulgación C.2. Material fungible para divulgación.

- Sin límite - Actividades subcontratadas

C. Costes de divulgación C.3. Alquiler de espacios para divulgación.

- Sin límite - Actividades subcontratadas

C. Costes de divulgación C.4.Servicios ligados a la divulgación

- Sin límite - Actividades subcontratadas

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b) BLOQUE 2. JUSTIFICANTE DE GASTO

– Nº orden: número de orden correlativo asignado por el beneficiario de la ayuda a cada justificante de gasto. Esta numeración se repetirá para cada miembro beneficiario del Grupo Operativo.

Este número se anotará sobre el justificante de gasto aportado, por ejemplo, en la esquina superior derecha de la factura, certificado, hoja de dietas, etc.

El nº de orden va asociado a un documento de gasto, no a la parte del gasto que se imputa, por lo tanto, los nº de orden (al igual que el resto de los datos identificativos del gasto) se repetirán en el cuadro repertoriado todas las veces que un mismo justificante de gasto se utilice para justificar gastos de una o varias actividades, o de distintos conceptos de gasto.

Para evitar errores en la identificación de gastos y erratas o diferencias en su incorporación al cuadro repertoriado, se recomienda crear una tabla índice de justificantes de gasto con los datos generales de los documentos de gasto -de nº de orden a Importe total del justificante de gasto (con IVA)-. Esto permitirá copiarlos, siempre que deban ser incluidos en el cuadro repertoriado y evitar errores de transcripción.

– Nº documento de gasto: número identificativo del documento de gasto, por ejemplo, código de factura asignado por el proveedor, nº de certificado, nº del documento de dietas o recibí, etc.

Cuando se trate de certificados, u otros documentos no sujetos de forma legal a identificación, se le otorgará un número identificativo que permita su diferenciación respecto a otros documentos similares aportados.

Por ejemplo, a los gastos de personal propio, de los que no se imputan todos los gastos mensuales, sino el nº de horas efectivamente trabajadas por los trabajadores, que son justificados de forma general con un certificado emitido por el jefe de personal de la entidad beneficiaria, se les otorgará un código identificador, a definir por el beneficiario (puede valer un “C1”, de certificado 1… n; o algo más descriptivo “Cert. T1”, Certificado del Trabajador 1; o cualquier otro sistema codificado); pero que permita diferenciarlo de cualquier otro documento de gasto.

– Fecha de emisión (DD/MM/AAAA): fecha de emisión del documento de gasto.

Cuando se trate de facturas de curso legal, la fecha a incluir en este campo es la fecha de emisión de esa factura; si se trata de un documento de pago de dietas, su fecha de emisión y así en general para todos los documentos que tengan una fecha de emisión dada. Cuando se trate de un certificado emitido por el propio beneficiario, u otro documento similar, debe reflejarse la fecha de emisión consignada en ese certificado (no la fecha de las nóminas que justifican ese gasto).

– Emitido por (nombre del proveedor o emisor): nombre del emisor del documento de gasto.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Cuando se trate de facturas, el nombre es el del proveedor que emite la factura (tal y como se incluye en el documento); si se trata de certificados u otros documentos emitidos por la entidad (ejemplo: documentos dietas, recibís) es el de la entidad beneficiaria; si es un acreedor por un servicio prestado, el del acreedor, etc.

– NIF del proveedor o emisor: NIF del emisor del documento de gasto.

Cuando se trate de un documento emitido por el beneficiario, será su propio NIF.

– Importe total del justificante de gasto (sin IVA) (EUR): importe total sin IVA reflejado en el justificante de gasto.

En este importe se reflejará exactamente el importe total del documento de justificación de gastos, SIN IVA.

– IVA (EUR): importe del IVA, en su caso, reflejado en el documento de gasto.

En este importe se reflejará exactamente el importe del IVA del documento de justificación de gastos. En los documentos de gasto que no incluyan IVA, se cumplimentarán con un 0.

– Importe total del justificante de gasto (con IVA) (EUR): importe total con IVA reflejado en el justificante de gasto.

En este importe se reflejará exactamente el importe total del documento de justificación de gastos (con IVA o sin IVA, en su caso).

Importante: los importes siempre deberán estar definidos como numéricos y tener dos decimales exactos. En el cuadro repertoriado no se utilizarán fórmulas para calcular importes.

Importante: el importe total del justificante de gasto con IVA, sin IVA y su IVA correspondiente, se reflejará tantas veces como se incluya un mismo documento de gasto para distintos objetos de gasto.

– Unidad de límite: Las unidades de límite a utilizar, para los gastos de transporte, alojamiento y manutención y gastos de personal sujetos a límite, son:

Km

Manutención medio día personal tipo I

Manutención medio día personal tipo II

Manutención día completo personal tipo I

Manutención día completo personal tipo II

Alojamiento personal tipo I

Alojamiento personal tipo II

Nº de horas: nº horas por persona dedicadas al proyecto

Sin unidad: en caso de que no aplique ninguna de las anteriores opciones

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Particularidad para gastos de transporte: cuando se imputan gastos de desplazamiento de personal para participar en una actividad (desplazamiento desde su lugar de trabajo habitual al lugar en el que se desarrolla la actividad), en el documento justificativo vendrá detallado el nº de km realizados en coche individual. En esta celda la unidad a reflejar, por lo tanto, son “km”. Si los gastos de transporte son, en cambio, de un billete de tren, los gastos estarán justificados por el propio documento de transporte y, por tanto, en esta celda, se indicará “sin unidad”.

– Nº de unidades: es el valor correspondiente al nº de unidades que intervienen en el cálculo del importe del concepto de gasto sujeto a límites. Se cumplimentarán para los mismos gastos en los que se haya incluido la Unidad de límite, con los siguientes valores, según unidad:

1. Km: se completará con el nº de km reflejado en el justificante de gasto que sirve de soporte al gasto.

2. Manutención medio día (nº personas x día): Gastos de manutención de una sola comida por día, se distingue según pertenezca a personal tipo I o II.

Se completará con el nº de los comensales incluidos en el documento justificativo (el documento justificativo debe recoger de manera clara los importes unitarios de la manutención y el nº de comensales). El nº de comensales deberá ser coherente con los participantes la actividad subvencionada.

3. Manutención día completo (nº personas x día). Gastos de manutención día completo, se distingue según pertenezca a personal tipo I o II.

Se completará con el nº de los comensales incluidos en el documento justificativo (el documento justificativo debe recoger de manera clara los importes unitarios de la manutención y el nº de comensales). El nº de comensales deberá ser coherente con los participantes en la actividad subvencionada.

4. Alojamiento (nº de personas x nº de noches). Gastos de alojamiento, se distingue según pertenezca a persona tipo I o II.

Se completará con el nº de los alojados incluidos en el documento justificativo por el nº de noches (el documento justificativo debe recoger de manera clara los importes unitarios del alojamiento y el nº de alojados). El nº de alojados deberá ser coherente con los participantes en la actividad subvencionada.

5. Horas: horas dedicadas al proyecto de cada trabajador. El nº de horas deberá ser coherente con lo certificado por el jefe de personal para cada trabajador y actuación.

Particularidad para gastos de transporte: tomado el ejemplo del epígrafe anterior, se complementaría esta celda con el nº de km de desplazamiento reflejados en el documento justificativo (los documentos justificativos del gasto deberán indicar, además de los km recorridos, origen y destino del desplazamiento e identificación de los desplazados).

IMPORTANTE: En los casos de transportes colectivos (justificados con factura y/o título de trasporte: autobuses, trenes y aviones), no se indicará un número en este campo. En estos medios deberán entregarse todos los documentos justificativos del importe del desplazamiento: facturas, billetes y tarjetas de embarque, en su caso) o coches de alquiler (justificados con los documentos de gasto correspondientes).

Para los gastos de personal se incluirá un único registro por trabajador y actuación A o B, con las horas totales recogidas en el certificado que justifica el gasto (se adjunta modelo en el siguiente ejemplo: Gasto de personal propio).

– Objeto del gasto: descripción del gasto realizado.

IMPORTANTE: El objeto del gasto debe estar reflejado en el justificante del gasto.

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Ejemplo: 1. Gastos de personal propio que han participado en una o más actuaciones (A, B) y son justificados con un único certificado de la entidad, que se repetirá para cada actuación. Para este caso, en este campo deberá indicarse claramente el nombre del trabajador cuyos gastos se imputan). 2. En un alquiler de espacios, se indicará alquiler de espacio para actividad X, de fecha Y. 3. En el de material fungible, el material que sea y, si es para una actividad particular, deberá ser indicada también. 4. En gastos de Transporte/alojamiento y manutención, indicar nº de participantes o nombres del personal cuyo gasto se imputa, tipo de transporte, etc.

– Importe a imputar del Concepto (EUR): sobre el total del importe incluido en el justificante de gasto, importe elegible correspondiente al gasto realizado.

La imputación de una parte puede realizarse de dos formas:

­ El importe correspondiente a uno de los conceptos que incluye el documento de gasto, por su importe íntegro.

­ La parte proporcional del importe total o de un parcial del documento. Cuando se trate de este caso deberá explicarse el método de reparto en el campo Observaciones del gasto.

Deberá comprobarse que los importes imputados en este campo para un mismo documento de gasto no superan el Importe total del justificante de gasto.

IMPORTANTE: Este importe incluirá el IVA solamente cuando este sea subvencionable y se haya incluido en la Resolución de concesión. En caso contrario el importe no incluirá IVA.

– Observaciones del gasto: cualquier información relevante sobre el gasto efectuado que no quede reflejada en las casillas anteriores.

Para los gastos asociados a los conceptos de gasto A1, B2 y C1, movilidad y manutención, se debe detallar en este campo el nombre de la persona o personas que generan dicho gasto

Para los gastos asociados a las partidas A3 y B1, gastos de personal de miembros de la agrupación, se debe indicar en general el periodo o los meses para los que se imputa el gasto. Se procederá de igual forma para los gastos A2/B5 cuando se trate de gastos de personal fuera del Régimen general de la Seguridad Social o asimilado.

– Actividades a las que se imputa el gasto: Se indicarán los códigos de las actividades aprobadas en concesión o sus modificaciones a las que se imputa cada concepto de gasto (por ejemplo, Act1R3, Act3RD3, etc.). Para aquellos conceptos que se imputan a todas las actividades se indica “Todas”. Para los conceptos de gasto no asociados en concesión a ninguna actividad, por ejemplo, reuniones de cooperación, auditoría, etc., no es necesario identificar las actividades (no obstante, en el objeto de gasto tendrán que identificar la reunión a la que están imputando el gasto, con fecha, lugar, motivo, etc.).

IMPORTANTE: Ejemplo de cumplimentación de gastos, en el caso de que un mismo documento de gasto (mismo número de orden, número documento de gasto, fecha de emisión, proveedor, importe sin IVA, IVA, importe con IVA) incluya para la misma actuación, concepto de gasto y límite Anexo I, dos posibles objetos de gasto, con distintos importes a imputar: deberán incluirse como un solo registro, sumando los importes a imputar e incluyendo en el campo Observaciones del gasto la descripción de los dos. Ejemplo:

Cuadro repertoriado incorrecto:

CS

V: F

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

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Cuadro repertoriado correcto:

PROYECTO DE COOPERACIÓN JUSTIFICANTE DE GASTO

NIF del miembro

de la agrupación

Nombre o Razón social del miembro

de la agrupación que realiza la actividad

Actuación Concepto de

gasto

Límite

Anexo

orden

Nº doc. de

gasto

Fecha de emisión

(DD/MM/AAAA)

Emitido por

(nombre del

proveedor o emisor)

CIF/NIF del proveedor o emisor (l)

Importe total del

justificante de gasto (sin IVA) (EUR)

IVA

(EUR)

Importe total del

justificante de gasto (con IVA)

(EUR)

A98765432 Entidad 1

C._Costes_ de

_divulgación

C.1. Movilidad y

manutención para la

divulgación…

Desplazamiento

sin límite 2

HLG T1

mayo 2020

29/05/ 2020 Entidad 1 98765432Y 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1

C._Costes_ de

_divulgación

C.1. Movilidad y

manutención para la

divulgación…

Desplazamiento

sin límite 2

HLG T1

mayo 2020

29/05/ 2020 Entidad 1 98765432Y 850,40 0,00 850,40

JUSTIFICANTE DE GASTO

Nº orden Unidad de límite Nº de unidades Objeto del gasto Importe a

imputar del concepto (EUR)

Observaciones del gasto Actividades a las que se imputa el gasto

2 Sin unidad Sin unidad Asistencia Feria de Oviedo

divulgación GO (trabajador 1) 258,00

Avión viaje divulgación a Oviedo

Act3. RD3

2 Sin unidad Sin unidad Asistencia Feria de Oviedo

divulgación GO (trabajador 1) 50,00 Taxi viaje divulgación a Oviedo Act3. RD3

PROYECTO DE COOPERACIÓN JUSTIFICANTE DE GASTO

NIF del miembro

de la agrupación

Nombre o Razón

social del miembro

de la agrupación que realiza

la actividad

Actuación Concepto de

gasto

Límite

Anexo

orden

Nº doc. de

gasto

Fecha de emisión

(DD/MM/AAAA)

Emitido por

(nombre del

proveedor o emisor)

CIF/NIF del proveedor o emisor (l)

Importe total del

justificante de gasto (sin IVA) (EUR)

IVA

(EUR)

Importe total del

justificante de gasto (con IVA)

(EUR)

A98765432 Entidad 1

C._Costes_

de

_divulgación

C.1. Movilidad y

manutención para la

divulgación…

Desplazamiento

sin límite 2

HLG T1

mayo 2020

29/05/

2020 Entidad 1 98765432Y 850,40 0,00 850,40

JUSTIFICANTE DE GASTO

Nº orden Unidad de límite Nº de unidades Objeto del gasto Importe a

imputar del concepto (EUR)

Observaciones del gasto Actividades a las que se imputa el gasto

2 Sin unidad Sin unidad Asistencia Feria de Oviedo

divulgación GO (trabajador 1) 308,00

Avión y taxi viaje divulgación a Oviedo

Act3. RD3

Mal

Bien

CS

V: F

E00

01c2

f54a

6b10

81ea

5688

3f16

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

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c) BLOQUE 3. PAGOS EFECTUADOS Y REFLEJADOS EN LA CUENTA ÚNICA

– Código del Pago: modo de realización del pago, de acuerdo con los descritos en el siguiente

cuadro:

MODO DE REALIZACIÓN DEL PAGO

Código Denominación

1 Transferencia bancaria

2 Letra de cambio

3 Cheques

4 Pago en metálico

5 Traspaso contable

6 Pagaré

7 Otros

8 Tarjeta bancaria

IMPORTANTE: Salvo para el caso de los viajes, transporte, alojamiento y manutención, no se admitirán pagos en metálico.

– Nº de documento de pago: identificación inequívoca del documento de pago.

Cuando se trate de transferencias bancarias, letras de cambio o cheques será el nº que otorgue la entidad bancaria a estos documentos. Si se trata de pagos en metálico con ticket de caja, el nº de ticket, etc. Si se trata de gastos de personal justificados mediante certificado el número de documento del certificado, etc.

– Fecha (DD/MM/AAAA): fecha de emisión del documento de pago.

La fecha de pago debe estar comprendida desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta la fecha que fije la convocatoria correspondiente. Si se trata de gastos de personal justificados mediante certificado la fecha de firma del certificado.

– Importe del pago (EUR): importe total reflejado en el justificante de pago.

El importe total deberá coincidir con el total que aparece en el documento de pago y se reflejará tantas veces como se incluya para distintos objetos de gasto.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Si se trata de un pago agrupado, se reflejará el importe total del documento de pago, aunque el documento de gasto imputado tenga un importe menor (en observaciones se indicará los pagos agrupados que están incluidos en ese importe).

– Observaciones del pago: descripción del pago realizado y cualquier información relevante sobre el pago realizado que no quede reflejada en las casillas anteriores.

IMPORTANTE: Si se trata de un pago conjunto o masivo se indicarán, por su nº de orden, todos los gastos que han sido pagados de forma conjunta. Si una factura se paga de forma fraccionada se hace un único registro indicando en observaciones los distintos pagos.

Los pagos no realizados desde la cuenta única deberán ser identificados (por ejemplo, con la frase: “Pago fuera de cuenta única”). Deberán además justificarse adecuadamente, según las instrucciones de esta Guía.

A las entidades beneficiarias se les facilitará el cuadro repertoriado en un archivo en formato .xlsm con las instrucciones de cómo rellenarlo.

Se deberán ir insertando los registros, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones de cumplimentación:

- La cumplimentación de todos los campos es obligatoria excepto los campos de observaciones.

- No se admiten textos con símbolos extraños como: &, “, #, ~, etc.

- El campo Número orden del justificante de gasto es numérico entero.

- El campo Número documento de gasto no admite más de 25 caracteres.

- El formato de los campos de fecha deben de tener formato dd/mm/aaaa.

- Para evitar incidencias por validaciones, los NIF no deberán incluir guiones y estarán justificados a 9 dígitos.

- Los importes deben de estar redondeados a dos decimales, sin punto de miles, con coma en los decimales y sin el símbolo del euro.

- El campo IVA es numérico. No puede incluir ni guiones ni nulos.

- El campo Objeto de Gasto no admite más de 500 caracteres.

- El Código del pago es un número del catálogo y predeterminado. Su código y descripción se muestra en una casilla del precumplimentado.

- El campo Número de documento de pago es obligatorio y no nulo. Si es un pago en efectivo, debe de cumplimentarse con una descripción.

- En ningún caso se podrán combinar celdas.

- Los datos de la pestaña: Desplegable LIMITES del archivo precumplimentado, no debe modificarse. Cualquier modificación, podría conllevar la no transformación del fichero .xlsm al fichero .csv o una generación errónea.

Una vez finalizada la inserción de datos del fichero .xlsm, se deberá pinchar en el botón: Crear CSV. En ese instante se generará, en la misma ruta del archivo Excel, un fichero en formato .csv para su carga en la aplicación GesPND.

IMPORTANTE: Además de cargar el cuadro repertoriado en la aplicación GesPND, se deberá aportar en formato Excel, de acuerdo al Anexo V de esta guía.

A continuación, se muestran ejemplos de cumplimentación del cuadro repertoriado, para:

- Gastos de personal propio.

- Gastos incluidos en hojas de liquidación de gastos (desplazamiento, alojamiento y manutención).

- Inversiones.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

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GASTOS DE PERSONAL PROPIO

Los gastos de personal propio se completarán en el cuadro repertoriado mediante un solo registro por cada trabajador y actuación según presupuesto concedido (ver ejemplo en la página siguiente), de acuerdo con el certificado del jefe de personal para el trabajador (se muestra ejemplo de certificado en esta página), que hará las veces de justificante de gasto y de pago.

CS

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

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Ejemplo del certificado del jefe de personal para el trabajador 1

Los datos indicados en el certificado, deben reflejar la misma información aportada en el Anexo IX TABLA RESUMEN DE GASTOS LIMITADOS

Nº EXPEDIENTE: XXXXX Nº de Orden N

NOMBRE DEL GRUPO OPERATIVO: G.O. NOMBRE Nº de documento Cert. T1

NOMBRE DEL MIEMBRO DE LA AGRUPACIÓN BENEFICIARIA: ENTIDAD 1

NIF DEL MIEMBRO DE LA AGRUPACIÓN BENEFICIARIA: A9876543Z

CERTIFICADO EMITIDO POR: CARGO Y NOMBRE

DATOS GENERALES DEL TRABAJADOR*

NIF del trabajador Nombre del trabajadorGrupo profesional,

según contrato

Coste horario medio

sin SS empresa

(€/h)

Límite aplicado

según convocatoria

(€/hora)

Coste horario medio

final**

12345678X APELLIDO 1 APELLIDO 2, NOMBRE 1 17,44 16,50 21,60

Fechas en las que

imputa gastos de

personal

Bloque de actividad según

presupuesto concedido

Actividades

realizadas por el

trabajador

Coste horario medio

Nº de horas

dedicadas al

proyecto***

Coste total imputado

(€)

Octubre de 2020Costes de funcionamiento de

cooperación Deta l le 21,60 30 648,00

Noviembre de 2020Costes de funcionamiento de

cooperación Deta l le 21,60 20 432,00

Abri l de 2021Costes de funcionamiento de

cooperación Deta l le 21,60 40 864,00

90,00 1.944,00

Octubre de 2020Costes di rectos de ejecución del

proyecto de innovaciónDetal le 21,60 50 1.080,00

Noviembre de 2020Costes di rectos de ejecución del

proyecto de innovaciónDetal le 21,60 80 1.728,00

Abri l de 2021Costes di rectos de ejecución del

proyecto de innovaciónDetal le 21,60 100 2.160,00

230,00 4.968,00

6.912,00

En XXXXX, a XX de XXX de 2021

*

**

***

CERTIFICADO DEL JEFE DE PERSONAL DE APELLIDO 1 APELLIDO 2, NOMBRE (Trabajador 1 )

Total funcionamiento de cooperación

Total ejecución del proyecto innovador

Todos los datos cumplimentados en las celdas serán valores únicos, coincidentes con los incluidos en el

Anexo 11. Tabla resumen de gastos l imitados (excepto en Actividades realizadas).

Este valor incluirá la Seguridad social en trabajadores que cotizan al Régimen general de la Seguridad Social o

asimilados. No lo incluirá en trabajadores autónomos que no estén en ese régimen de cotización.

El número de horas totales mensuales dedicadas al proyecto, en todas las actividades en las que participe el

trabajador, no podrá superar el número de horas máximas mensuales (resultantes de dividir las horas de

jornada anual entre 12 meses), a menos que se aporte justificación documental del exceso (nóminas con

horas imputadas, situación especial convenio, etc).

DATOS IMPUTACIÓN PROYECTO

Total coste imputado

FIRMA RESPONSABLE EMPRESA

CS

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6b10

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Para este tipo de gastos, el cuadro repertoriado (se muestra en dos bloques) se rellenará de la siguiente forma:

Ejemplo de cuadro repertoriado para los “gastos de personal” correspondientes al trabajador 1 de la entidad 1

PROYECTO DE COOPERACIÓN JUSTIFICANTE DE GASTO

NIF del miembro

de la agrupación

Nombre o Razón social del miembro

de la agrupación

que realiza la actividad

Actuación Concepto de gasto

Límite Anexo

Nº orde

n

Nº documento de gasto

Fecha de emisión

(DD/MM/AAAA)

Emitido por

(nombre del

proveedor o

emisor)

CIF/NIF del

proveedor o emisor (l)

Importe total del justificante de gasto (sin IVA)

(€)

IVA (€)

Importe total del justificante de

gasto (con IVA) (€)

A98765432 ENTIDAD 1

A._Costes_de_ funcionamiento_ de_cooperación

A.3. Gastos de personal miembros

de la agrupación

Gastos de

personal

N Cert. T1 08/07/2021 Entidad 1 A9876543

Z 6.912,00

0,00

6.912,00

A98765432 ENTIDAD 1

B._Costes_directos_

de_ejecución_ del_proyecto_ de_innovación

B.1. Gastos de personal miembros

agrupación

Gastos de

personal

N Cert. T1 08/07/2021 Entidad 1 A9876543Z

6.912,00 0,00

6.912,00

JUSTIFICANTE DE GASTO PAGOS EFECTUADOS Y REFLEJADOS EN LA CUENTA ÚNICA

Unidad de límite

Nº de unidades

Objeto del gasto Importe a

imputar del concepto (€)

Observaciones del gasto

Actividades a las que se imputa el

gasto

Código del

Pago

Nº de documento

de pago

Fecha (DD/MM/AAAA)

Importe del Pago (€)

Observaciones del pago

Nº de horas

90 Apellidos y nombre de

trabajador 1 1.944,00

Tareas de coordinación de octubre a abril de 2021

- Otros Cert. T1 08/07/2021 6.912,00

Pagos de las horas del trabajador 1

correspondientes al Cert. T1 fuera de la cuenta

única

Nº de horas

230 Apellidos y nombre de

trabajador 1 4.968,00

Tareas de ejecución del proyecto de octubre a

abril de 2021

Act1.R2 Act1.R3

Act2.R1

Otros Cert. T1 08/07/2020 6.912,00

Pagos de las horas del trabajador 1

correspondientes al Cert. T1 fuera de la cuenta

única

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

A continuación, se definen los aspectos más relevantes del cuadro repertoriado en relación a los costes de personal:

- “Límite Anexo”: se cumplimentará como “Gastos de personal” ya que son de aplicación los costes horarios máximos de la tabla del artículo sexto (apartado f) de la resolución de convocatoria.

- “Nº de orden”: Se indicará el número de orden que se le ha asignado al certificado del jefe de personal (en el ejemplo, el nº de orden N).

- “Nº documento de gasto”: de forma general se indicará el número o nombre del documento justificativo del gasto con el que se ha denominado al certificado del jefe de personal (en el ejemplo, el documento se ha denominado “Cert. T1”).

- “Emitido por (nombre del proveedor o emisor)” y “CIF/NIF del proveedor o emisor” en referencia al justificante de gasto: se indicará el nombre y el NIF de la entidad beneficiaria respectivamente, ya que es la emisora del certificado. No se considerará emisor del justificante de gasto al trabajador objeto del certificado salvo que el miembro beneficiario tenga la condición de autónomo y se certifique a sí mismo.

- “Importe total del justificante de gasto (sin IVA) (EUR)”: se cumplimentará con el importe total del certificado del jefe de personal para el trabajador.

- “IVA (EUR)”: se rellenará como “0”.

- “Importe total del justificante de gasto (con IVA) (EUR)”: se cumplimentará con el importe total del certificado del jefe de personal para el trabajador. Por lo tanto, este registro coincidirá con el indicado para el “Importe total del justificante de gasto (sin IVA) (EUR)”.

- “Unidad de límite”: se elegirá la opción “Nº de horas” del cuadro repertoriado.

- “Nº de unidades”: se cumplimentará indicando el número de horas totales por concepto de gasto incluidas en el certificado del trabajador (en el ejemplo se ha rellenado “90” para las horas certificadas para el funcionamiento de cooperación y “230” para la ejecución del proyecto).

- “Objeto del gasto”: se rellenará con el nombre y apellidos del trabajador del que se imputan los gastos.

- “Importe a imputar del concepto (EUR)”: se cumplimentará con del coste imputado por concepto de gasto incluido en el certificado del trabajador.

- “Observaciones del gasto”: se indicará el periodo de realización y otras observaciones que se consideren necesarias para aclarar el gasto realizado.

- “Actividades a las que se imputa el gasto”: se indicarán los códigos de las actividades aprobadas en concesión o sus modificaciones a las que se imputa cada concepto de gasto.

- “Nº de documento de pago”: como norma general, coincidirá con el “Nº documento de gasto”, puesto que el justificante es el mismo (certificado del jefe de personal de cada trabajador) para los registros pertenecientes a gastos de personal.

- “Importe del Pago (EUR)”: se cumplimentará con el importe total del certificado del jefe de personal.

IMPORTANTE: los gastos relativos a la Seguridad Social y al IRPF, están incluidos en el coste horario total calculado de los trabajadores con imputación en los conceptos de gasto A3 y B1, por lo que no se deberán incluir registros relativos a estos conceptos EN EL CUADRO REPERTORIADO.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Cuando se trate de personal autónomo, no incluido en el Régimen general de la Seguridad Social, cuyos gastos se hayan justificado mediante factura de honorarios (con imputación en los conceptos de gasto A2 o B5), la cumplimentación del cuadro repertoriado se ajustará a la de los otros gastos justificados mediante facturas, excepto para “Objeto del gasto”, “Observaciones del gasto” y “Actividades a las que se imputa el gasto” que se cumplimentarán según lo indicado en este apartado.

HOJAS DE LIQUIDACIÓN DE GASTOS

Para cumplimentar, en el cuadro repertoriado, los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal propio de los miembros de la agrupación beneficiaria, habrá que diferenciar si son gastos para reuniones, gastos inherentes a la ejecución del proyecto de innovación o a la divulgación del proyecto de innovación. A continuación, a modo de ejemplo para rellenar posteriormente el cuadro repertoriado, se muestra una hoja de gastos tipo para el trabajador 1:

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Datos de la entidad Datos del trabajador

Nombre: Entidad 1 Nº DE ORDEN 2 Nombre: Trabajador 1

Dirección: Dirección de la entidad Dirección: Dirección del trabajador

NIF: A98765432 Hoja de liquidación de gastos de mayo de 2021 Trabajador 1 (HLG T1) NIF: 12345678Z

Fecha/sDuración del

viaje (días)Destino Objetivo del viaje

Alojamiento

(EUR)

Manutención

(comida, cena...)

(EUR)

Tren, avión,

taxi, autobús,

Metro, etc

Alquiler

de coche

(EUR)

Combustible

(EUR)

Kilometraje

(EUR)

Peaje,

aparcamiento…

(EUR)

04/05/2021 1 MadridReunión nº 1 GO en

oficinas del miembro 2 Coche del trabajador - 22,00 - - - 5,70 - - 27,70

11/05/2021 a

13/05/20213 Albacete

Realización Actividad 2

"Gestión del cultivo"

Transporte en tren y taxi,

2 noches de hotel, 2

comidas y 2 cenas

140,00 72,00 97,50 - - - - - 309,50

18/05/2021 1 Toledo Reunión nº 2 GO Coche de alquiler + peaje - 11,00 - 33,00 15,00 - 12,10 - 71,10

19/05/2021 1Madrid (oficinas

centrales )

Reunión anual de jefes

de producción de la

entidad en sede central

Coche del trabajador - - - - - 7,60 - - 7,60*

21/05/2021 a

22/05/20212 Oviedo

Asistencia a Feria de

Oviedo divulgación GO

Transporte en avión y

taxi, 1 noche de hotel, 2

comidas y 1 cena

60,50 66,00 308,00 - - - - - 434,50

Total 850,40

Kilometraje Fecha, firma y sello de la entidad

Fecha/s Origen Destino Matrícula Kilómetros EUR/km Importe total(EUR) 28 de mayo de 2021

04/05/2021 Alcobendas Madrid 0000-ZZZ 30 0,19 5,70

11/05/2021 Alcobendas Madrid (sede) 0000-ZZZ 40 0,19 7,60

Coche de alquiler

Fecha/s Origen Destino Kilómetros MatrículaPrecio alquiler

(EUR)Combustible (EUR)

11/05/2021 Alcobendas Toledo 220 1234-ABC 33,00 15,00

Manutención Alojamiento

Fecha/s LugarTipo de

ManutenciónImporte total (EUR) Observaciones Fecha/s Lugar

Tipo de

alojamiento

Importe

total (EUR)Observaciones

04/05/2021 Madrid Comida 22,00 1 comida de 1 persona11/05/2021 a

13/05/2021Albacete Hotel 140,00

2 noches de 1

persona

11/05/2021 a

13/05/2021Albacete Comidas y cenas 72,00

1 cena el 11/05, 1 comida

el 13/05 y comida+cena

el 12/05

21/05/2021 a

22/05/2021Oviedo Hotel 60,50

1 noche de 1

persona

11/05/2021 Toledo Comida 11,00 1 comida de 1 persona

21/05/2021 a

22/05/2021Oviedo Comidas y cenas 66,00

2 comidas y 1 cena de 1

persona

*Nota: los costes de la "Reunión anual de jefes de producción de la entidad en sede central" (7,60 EUR) no se

imputan porque ese desplazamiento no es una actividad que tenga relación con el proyecto.

Importe

total (EUR)

Datos generales

Observaciones

Alojamiento y manutención Gastos del viaje

Otros

SELLO DE EMPRESA

FIRMA RESPONSABLE

EMPRESA

FIRMA TRABAJADOR 1

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Ejemplo de hoja de liquidación de gastos para el trabajador 1

Para este tipo de gastos, el cuadro repertoriado (se muestra en dos bloques) se rellenará así:

PROYECTO DE COOPERACIÓN JUSTIFICANTE DE GASTO

NIF del miembro de

la agrupación

Nombre o Razón social del miembro

de la agrupación

que realiza la actividad

Actuación Concepto de

gasto Límite Anexo

Nº orden

Nº documento de gasto

Fecha de emisión

(DD/MM/AAAA)

Emitido por (nombre del proveedor o

emisor)

CIF/NIF del proveedor o

emisor (l)

Importe total del

justificante de gasto (sin IVA) (EUR)

IVA (EUR

)

Importe total del

justificante de gasto (con IVA) (EUR)

A98765432 Entidad 1 A._Costes_de_ funcionamiento_ de_cooperación

A.1. Movilidad y manutención… coordinación…

Desplazamiento Kilometraje

2 HLG T1

mayo 2021 28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 A._Costes_de_ funcionamiento_ de_cooperación

A.1. Movilidad y manutención… coordinación…

Manutención medio día

personal tipo 1 2

HLG T1 mayo 2021

28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 A._Costes_de_ funcionamiento_ de_cooperación

A.1. Movilidad y manutención… coordinación…

Desplazamiento sin límite

2 HLG T1

mayo 2021 28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 B._Costes_directos

de_ejecución_ del_proyecto_innov.

B.2. Movilidad y manutención en el

proyecto…

Alojamiento personal tipo 1

2 HLG T1

mayo 2021 28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 B._Costes_directos

de_ejecución_ del_proyecto_innov.

B.2. Movilidad y manutención en el

proyecto…

Manutención día completo

personal tipo 1 2

HLG T1 mayo 2021

28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 B._Costes_directos

de_ejecución_ del_proyecto_innov.

B.2. Movilidad y manutención en el

proyecto…

Manutención medio día

personal tipo 1 2

HLG T1 mayo 2021

28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 B._Costes_directos

de_ejecución_ del_proyecto_innov.

B.2. Movilidad y manutención en el

proyecto…

Desplazamiento sin límite

2 HLG T1

mayo 2021 28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 C._Costes_de _divulgación

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación…

Alojamiento personal tipo 1

2 HLG T1

mayo 2021 28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 C._Costes_de _divulgación

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación…

Manutención día completo

personal tipo 1 2

HLG T1 mayo 2021

28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 C._Costes_de _divulgación

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación…

Manutención medio día

personal tipo 1 2

HLG T1 mayo 2021

28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

A98765432 Entidad 1 C._Costes_de _divulgación

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación…

Desplazamiento sin límite

2 HLG T1

mayo 2021 28/05 /2021

Entidad 1 A98765432 850,40 0,00 850,40

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

Ejemplo de cuadro repertoriado para los “gastos de Movilidad y manutención” correspondientes al trabajador 1 de la entidad 1

JUSTIFICANTE DE GASTO PAGOS EFECTUADOS Y REFLEJADOS EN LA CUENTA ÚNICA

Nº orden

Unidad de límite Nº de

unidades Objeto del gasto

Importe a imputar del concepto

(EUR)

Observaciones del gasto

Actividades a las que se imputa el

gasto Código

del Pago

Nº de documento

de pago

Fecha (DD/MM/AAAA)

Importe del Pago

(EUR)

Observaciones del pago

2 Km 30

Reuniones de

coordinación mayo 2021

(trabajador 1)

5,70

Desplazamiento en

coche particular

mayo 2021

- Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2

Manutención

medio día

personal tipo I

2 Reuniones de

coordinación mayo 2021 29,70

- 1 comida reunión 1

GO (18,70EUR) 1

comida reu. 2 GO

(11,00EUR).

- Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2 Sin unidad Sin

unidad

Reuniones de

coordinación mayo 2021

(trabajador 1)

48,00

Coche de alquiler +

combustible reunión

nº 2 GO

- Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2 Alojamiento

personal tipo I 2

Realización Act. 2

"Gestión del cultivo"

(trabajador 1)

131,94 2 noches hotel

personal tipo 1 Act2. R1

Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2

Manutención día

completo

personal tipo I

1

Realización Act. 2

"Gestión del cultivo"

(trabajador 1)

36,00

1 comida y 1 cena

personal tipo 1 día

12/05/2021

Act2. R1 Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2

Manutención

medio día

personal tipo I

2

Realización Act. 2

"Gestión del cultivo"

(trabajador 1)

36,00

1 cena 11/05/20 y 1

comida 13/05/2021

personal tipo 1

Act2. R1 Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2 Sin unidad Sin

unidad

Realización Act. 2

"Gestión del cultivo"

(trabajador 1)

97,50 Tren y taxi viaje

proyecto a Albacete Act2. R1

Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2 Alojamiento

personal tipo I 1

Asistencia Feria de

Oviedo divulgación GO

(trabajador 1)

60,50 1 noche hotel

personal tipo 1 Act3. RD3

Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2

Manutención día

completo

personal tipo I

1

Asistencia Feria de

Oviedo divulgación GO

(trabajador 1)

37,40

1 comida y 1 cena

personal tipo 1, día

21/05/2021

Act3. RD3 Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2

Manutención

medio día

personal tipo I

1

Asistencia Feria de

Oviedo divulgación GO

(trabajador 1)

18,70

1 comida personal

tipo 1, día

22/05/2021

Act3. RD3 Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

2 Sin unidad Sin

unidad

Asistencia Feria de

Oviedo divulgación GO

(trabajador 1)

308,00 Avión y taxi viaje

divulgación a Oviedo Act3. RD3

Transf.

bancaria DP12345 01/06/2021 850,40

Pago HLG mayo

2021 a trabajador 1

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

A continuación, se definen los aspectos más relevantes del cuadro repertoriado en relación a los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal propio de los miembros de la agrupación beneficiaria:

- “Límite Anexo”: se cumplimentará según lo indicado en el apartado “Instrucciones para la correcta cumplimentación del cuadro repertoriado” de la presente guía.

Por tanto, se rellenará con distinto código y en registros distintos cuando existan en el mismo documento de gasto desplazamientos con y sin límites. Tal es el caso del ejemplo anterior:

o El trabajador viaja en su coche particular a la reunión nº 1 del GO (existe límite para combustible de 0,19 EUR/km establecido en la Orden EHA 3770/2005).

o El trabajador viaja en coche de alquiler para asistir a la reunión nº 2 del GO (no existe límite, debiendo justificar el gasto y pago de alquiler de vehículo y combustible).

o El trabajador viaja en tren y taxi para realizar labores de ejecución de proyecto (no existe límite, debiendo justificar los gastos y pagos asociados).

o El trabajador viaja en avión y taxi para realizar labores de divulgación (no existe límite, debiendo justificar los gastos y pagos asociados).

Para el alojamiento habrá que diferenciar si es:

o Personal tipo 1 (límite de 65,97 EUR/noche) o

o Personal tipo 2 (límite de 48,92 EUR/noche).

En el ejemplo, el trabajador pertenece al tipo 1, por lo que el “límite Anexo” se ha cumplimentado como “Alojamiento personal tipo 1” y se aplicará el límite correspondiente (en el cuarto registro se han imputado 131,94 EUR de acuerdo con el límite de 65,97 EUR/noche, aunque el justificante de gasto aportado es de 140,00 EUR (70,00 EUR por cada noche)).

Para la manutención habrá que elegir entre cuatro posibilidades:

o Manutención medio día personal tipo 1 (límite 18,70EUR/día).

o Manutención medio día personal tipo 2 (límite 14,11EUR/día).

o Manutención día completo personal tipo 1 (límite 37,40EUR/día).

o Manutención día completo personal tipo 2 (límite 28,21EUR/día).

En el ejemplo, los gastos de manutención generados por la “Asistencia a la Feria de Oviedo para la divulgación del grupo operativo” se han separado en dos registros distintos, puesto que el trabajador come y cena el 21/05/2021 (manutención día completo) y solo come el 22/05/2021 (manutención medio día) con un límite de 37,40 EUR y 18,70 EUR respectivamente.

- “Nº documento de gasto”: se indicará el número o nombre del documento justificativo del gasto con el que se ha denominado a la hoja de liquidación de gastos (en el ejemplo, el documento se ha denominado “HLG T1”).

- “Emitido por (nombre del proveedor o emisor)” y “CIF/NIF del proveedor o emisor” en referencia al justificante de gasto: se indicará el nombre y el NIF de la entidad beneficiaria respectivamente, ya que se considera que es la emisora del documento.

- “Importe total del justificante de gasto (sin IVA) (EUR)”: se cumplimentará con el importe total de la hoja de liquidación de gastos para el trabajador.

- “IVA (EUR)”: se rellenará como “0”.

- “Importe total del justificante de gasto (con IVA) (EUR)”: se cumplimentará con el importe total de la hoja de liquidación de gastos para el trabajador. Por lo tanto, este

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

registro coincidirá con el indicado para el “Importe total del justificante de gasto (sin IVA) (EUR)”.

- “Unidad de límite”: se cumplimentará según lo indicado en el apartado “Instrucciones para la correcta cumplimentación del cuadro repertoriado” de esta guía. Siguiendo con el ejemplo:

o Desplazamiento con límites: “Km”.

o Desplazamiento sin límites: “Sin unidad”.

o Alojamiento: “Alojamiento personal tipo I”.

o Manutención: “Manutención medio día personal tipo I” o “Manutención día completo personal tipo I”.

- “Nº de unidades”: se cumplimentará indicando el número de unidades que corresponden al registro. En el ejemplo:

o Para el registro de la segunda fila, se han rellenado “2” unidades porque para el concepto “A.1. Movilidad y manutención para la coordinación” se han llevado a cabo dos manutenciones de medio día (de personal tipo 1) correspondientes a las comidas del 04/05/2021 y 11/05/2021. Es decir, 1 persona x 2 días = 2 unidades.

o Para el registro de la sexta fila, se han rellenado “2” unidades porque para el concepto “B.2. Movilidad y manutención en el proyecto” se han llevado a cabo dos manutenciones de medio día (de personal tipo 1) correspondientes a la cena del día 11/05/2021 y a la comida del día 13/05/2021. Es decir, 1 persona x 2 días = 2 unidades.

- “Objeto del gasto”: se rellenará con las reuniones, actividades, etc. en las que ha participado para cada registro el trabajador (del que también se indicarán nombre y apellidos).

- “Importe a imputar del concepto (EUR)”: se indicará el importe exacto que se imputa para el trabajador agrupado según el “Concepto de gasto” y “Límite Anexo” indicados.

- “Observaciones del gasto”: se detallarán los gastos imputados (actividades, fechas, lugares, medios de transporte, grupo de cotización, etc.).

- “Actividades a las que se imputa el gasto”: se indicarán los códigos de las actividades aprobadas en concesión o sus modificaciones a las que se imputa cada concepto de gasto.

- “Nº de documento de pago”: será el número identificativo que se corresponda con el justificante de pago aportado.

- “Importe del Pago (EUR)”: se cumplimentará con el importe total del justificante de pago.

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INVERSIONES

En el cuadro repertoriado se deberán incluir los gastos relativos a las inversiones materiales o inmateriales con estos códigos:

Ejemplo: Una de las entidades beneficiarias tiene, para la anualidad objeto del pago, una subvención concedida de 600,00EUR* en costes directos de ejecución del proyecto en inversiones (inversión material consistente en la compra de un equipo especial para realizar el proyecto, “equipo 1”).

El proyecto de innovación se corresponde con el ámbito del Anexo I TFUE, por lo que los costes directos de ejecución del proyecto en inversiones tienen una intensidad de la ayuda del 60 % (según apartado 2. c.1º del artículo 10. Límite máximo, intensidad y financiación de las ayudas de las bases reguladoras (Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo)).

Los datos principales de la factura son los siguientes:

Descripción Cantidad (ud) Precio unidad

(EUR) Subtotal

(EUR) Total (EUR)

Equipo 1 para proyecto 1 1.000,00 1.000,00 1.000,00

IVA 21 % 210,00

Total 1.210,00

*Nota: aunque la subvención concedida es de 600,00EUR se deberá justificar el importe total de la inversión realizada (1.000,00EUR), asumiendo el miembro beneficiario con fondos propios el importe restante (400,00EUR).

A continuación, se muestra cómo cumplimentar el cuadro repertoriado:

Actuación Concepto de

gasto Límite Anexo

B._Costes_directos_de_ejecución_ del_proyecto_de_innovación

B.7. Inversiones materiales o inmateriales

Inversiones materiales – Construcción, adquisición o

mejora de bienes inmuebles / compra o arrendamiento con opción a compra de nueva

maquinaria y equipo

B._Costes_directos_de_ejecución_ del_proyecto_de_innovación

B.7. Inversiones materiales o inmateriales

Inversiones materiales – Costes generales contratados

B._Costes_directos_de_ejecución_ del_proyecto_de_innovación

B.7. Inversiones materiales o inmateriales

Inversiones materiales – Costes generales subcontratados

B._Costes_directos_de_ejecución_ del_proyecto_de_innovación

B.7. Inversiones materiales o inmateriales

Inversiones inmateriales

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Se deberá rellenar con código de actuación “B” y código de concepto de gasto “B.7” y un importe a imputar de 1.000,00EUR sobre el que se aplicará posteriormente la intensidad de ayuda del 60 % del gasto elegible para gastos en inversiones, según el apartado 2.c.1 del artículo 10 de las bases reguladoras.

Ejemplo de cómo NO se debe cumplimentar el cuadro repertoriado en el bloque de justificante de gasto:

PROYECTO DE COOPERACIÓN

NIF del miembro de la agrupación

Nombre o Razón social del miembro de la agrupación que realiza la actividad

Actuación Concepto de gasto Límite Anexo

A98765432 Entidad 1 B._Costes_directos_ de_ejecución_del_

proyecto_de_innovación

B.7. Inversiones materiales o inmateriales

Inversiones materiales – Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles /

compra o arrendamiento con opción a compra de nueva maquinaria y equipo

JUSTIFICANTE DE GASTO

Nº orden

Nº documento de gasto

Fecha de emisión

(DD/MM/AAAA)

Emitido por

(nombre del

proveedor o emisor)

CIF/NIF del proveedor o

emisor (l)

Importe total del

justificante de gasto (sin IVA) (EUR)

IVA (EUR)

Importe total del

justificante de gasto (con IVA)

(EUR)

Unidad de

límite

Nº de unidades

Objeto del gasto

Importe a imputar

del concepto

(EUR)

Observaciones del gasto

Actividades a las que se imputa el gasto

14 Factura 14 15/04/2021 Entidad 1 13579753X 1.000,00 210,00 1.210,00 Sin

unidad Sin

unidad Inversión equipo 1

1.000,00 - Act2. R2

PAGOS EFECTUADOS Y REFLEJADOS EN LA CUENTA ÚNICA

Código del Pago Nº de documento de pago Fecha (DD/MM/AAAA) Importe del Pago (EUR) Observaciones del pago

Transferencia bancaria 97531AAA 16/04/2021 1.210,00 Pago por transferencia bancaria equipo 1.

JUSTIFICANTE DE GASTO

Nº orden

Nº documento de gasto

Fecha de emisión

(DD/MM/AAAA)

Emitido por (nombre

del proveedor o emisor)

CIF/NIF del proveedor o

emisor (l)

Importe total del

justificante de gasto (sin IVA) (EUR)

IVA (EUR)

Importe total del justificante de gasto (con IVA) (EUR)

Unidad de

límite

Nº de unidades

Objeto del gasto

Importe a imputar

del concepto

(EUR)

Observaciones del gasto

14 Factura 14 15/04/2021 Entidad 1 13579753X 1.000,00 210,00 1.210,00 Sin

unidad Sin unidad

Inversión equipo 1

600,00 -

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Anexo VI. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA AGRUPACIÓN PARA LA SOLICITUD DE PAGO

Esta declaración responsable se aporta a los efectos de la Convocatoria para subvenciones para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri) en el año 2019.

Don/Doña ___________________________________________________________________, con DNI/NIF, pasaporte o documento equivalente en caso de extranjeros, NIE ______________________ como representante legal de la entidad3 ___________con NIF __________ y domicilio en ________________________________________.en su calidad de representante del grupo operativo4___________que participa en el proyecto de innovación5 ________________________________________________________________________,6

Declara bajo su responsabilidad que la entidad solicitante:

- No incurre en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de

noviembre.

- No ha recibido ayudas incompatibles para la misma finalidad y objeto.

- Indicar, en su caso, las fuentes e importes de la financiación solicitada procedente de las

administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, para la misma finalidad:

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

- No se encuentra inmersa en un proceso de reintegro de subvenciones.

- Se compromete a renunciar, en caso de resultar beneficiaria la agrupación o sus miembros,

a cualquier otra subvención pública obtenida para la realización de la misma actividad.

En______, a __de ________de 202_

(Firma)

3 En caso de personas físicas, se completará con un guion. 4 Se indicará el nombre del Grupo operativo tal como aparece en la resolución de concesión 5 Se indicará el nombre del proyecto de innovación tal como aparece en la resolución de concesión 6 La solicitud deberá formularla el representante de la agrupación, como interlocutor único entre el grupo

operativo y la Administración gestora de las ayudas.

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Anexo VII. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CADA MIEMBRO DE LA AGRUPACIÓN PARA LA SOLICITUD DE

PAGO

Esta declaración responsable se aporta a los efectos de la Convocatoria para subvenciones para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri) en el año 2019

Don/Doña ___________________________________________________________________, con DNI/NIF, pasaporte o documento equivalente en caso de extranjeros, NIE ______________________ como representante legal de la entidad7 ______________con NIF____________ y domicilio en________________ en calidad de miembro del grupo operativo8____________________que participa en el proyecto de innovación9 ________________________________________________________________________,10

Declara bajo su responsabilidad que la entidad solicitante:

- No incurre en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de

noviembre.

- No ha recibido ayudas incompatibles para la misma finalidad y objeto.

- Indicar, en su caso, las fuentes e importes de la financiación solicitada procedente de las

administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, para la misma finalidad:

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

- No se encuentra inmersa en un proceso de reintegro de subvenciones.

- Se compromete a renunciar, en caso de resultar beneficiaria la agrupación o sus miembros,

a cualquier otra subvención pública obtenida para la realización de la misma actividad.

En______, a __de ________de 202_.

(Firma)

7 En caso de personas físicas, se completará con un guion. 8 Se indicará el nombre del Grupo operativo tal como aparece en la resolución de concesión 9 Se indicará el nombre del proyecto de innovación tal como aparece en la resolución de concesión 10 La solicitud deberá formularla cada miembro de la agrupación.

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Anexo VIII. CONTENIDO MÍNIMO DEL INFORME DE AUDITORÍA

Debe presentarse un único informe de auditoría por Grupo Operativo visado y sellado por el auditor que incluya los siguientes apartados:

1º JUSTIFICACIÓN DE LA DESIGNACIÓN DE LA EMPRESA AUDITORA

Este apartado incluirá una breve justificación de la designación de la empresa que va a llevar a cabo la auditoría. Se incluirá el nombre completo y el registro en el ROAC de la entidad auditora, así como el Grupo Operativo por el que han sido designados (nombre del Grupo Operativo y miembros que lo componen identificando al representante de la agrupación).

Además, se debe describir la normativa por la que han sido designados como auditores (artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio) y a qué normativa se da cumplimiento con el informe presentado (punto 4 artículo decimotercero de la Resolución de 26 de febrero de 2019, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se convocan ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019 y artículo 17.7 del Real Decreto169/2018 de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas).

2º OBJETO DE LA AUDITORÍA

Se indicará el objeto de la auditoría dejando constancia de que la revisión realizada es la exigida para dar cumplimiento a lo establecido en el punto 4 del artículo decimotercero de la Resolución de 26 de febrero de 2019 y en el artículo 17.7 del Real Decreto169/2018 de 23 de marzo.

Se dejará constancia del periodo de ejecución del que se trata (segundo periodo de ejecución de la convocatoria 2019) y se identificará el número de expediente (solicitud de ayuda).

3º COMPROBACIONES REALIZADAS

A continuación, se describe el contenido mínimo de las comprobaciones que debe contemplar el trabajo de auditoría.

El auditor incluirá en el informe cada una de las comprobaciones realizadas. En caso de no coincidir la comprobación con los literales indicados a continuación, se deberá especificar a qué bloque de los siguientes equivale, para garantizar la correcta revisión de toda la documentación:

a) Cumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario en la normativa reguladora de la ayuda, así como en la convocatoria y resolución de concesión, así como en posibles modificaciones.

Se debe hacer referencia a la revisión de la normativa reguladora de la ayuda y al cumplimiento por parte del beneficiario de las obligaciones impuestas.

Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

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Resolución de 26 de febrero de 2019, del Fondo Español de Garantía, O.A. (FEGA) por la que se convocan ayudas para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019.

Resolución de 5 de septiembre de 2019, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la convocatoria de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019 y por la que se modifica dicha convocatoria para reajustar la distribución de su presupuesto por anualidades.

Acuerdo de 25 de febrero de 2020 de suspensión del plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019.

Acuerdo de 12 de marzo de 2020 de levantamiento de la suspensión del plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019.

Resolución de 13 de marzo de 2020 de concesión de ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del programa nacional de desarrollo rural 2014-2020, para el año 2019.

Resolución de 14 de mayo de 2020, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se amplía el plazo de ejecución y de presentación de solicitudes de pago establecido en la Resolución de 26 de febrero de 2019, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se convocan ayudas para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2019 y se modifica el apartado duodécimo sobre modificaciones y autorizaciones relativas al proyecto innovador.

Orden APA/508/2020, de 5 de junio, por la que, como consecuencia de la aplicación del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se adecúan ciertas condiciones y plazos previstos en el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

b) Comprobación de que la actividad subvencionada se incluye dentro de las consideradas subvencionables en la normativa reguladora del punto anterior.

Se deberá verificar la subvencionabilidad de cada gasto imputado comprobando que están incluidos en los conceptos de gasto subvencionables que se establecen en el

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artículo 9 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo y apartado 5 de esta Guía. Además, se debe verificar que los conceptos de gasto no coinciden con los gastos no subvencionables listados en el Anexo II del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.

IMPORTANTE: Los gastos de personal propio no son subvencionables para la actuación de divulgación.

c) Verificación de la cuenta justificativa de gasto.

Se deberá verificar la aplicación del contenido de esta Guía.

d) Un extracto de la cuenta bancaria única por miembro correspondiente al periodo de ejecución para el que se solicita el pago.

Para dar validez a este documento se tendrán que verificar los siguientes requisitos:

Se debe comprobar que el extracto de cuenta está emitido por la entidad bancaria, con formato no modificable y que el titular es el miembro en cuestión del Grupo Operativo. Además, se debe identificar el número de cuenta en el extracto.

Debe incluir todo el período de ejecución (no son válidos extractos parciales). En el caso de solicitudes en segunda anualidad deberá ser continuación del extracto presentado para el primer periodo.

Debe incluir información suficiente para seguir la trazabilidad del gasto-pago.

No pueden incluir ni tachones ni anotaciones a boli sobre información relevante.

No puede incluir otros movimientos que no pertenezcan al proyecto del Grupo Operativo.

Si se utiliza más de una cuenta bancaria por cada miembro de la agrupación para realizar los pagos, se deberá aportar justificación. Los gastos que no estén pagados por cuenta única no serán subvencionables, salvo excepciones justificadas como:

o Gastos de personal (nóminas, seguros sociales, IRPF, así como otros gastos originados por el trabajador a la empresa durante el ejercicio de las actividades subvencionadas).

o Gastos pagados con tarjetas de empresa, siempre que se trate de gastos TAM.

o El beneficiario es un Organismo público.

o Gastos en metálico. No obstante, deberán aportarse los apuntes contables, así como, aportar justificación del movimiento realizado. Los gastos en metálico únicamente se podrán realizar en gastos TAM.

Se deberán aportar tantos extractos como cuentas bancarias se hayan empleado (para gastos de personal no es necesario).

Aspectos importantes a tener en cuenta en la revisión:

Si se emplean varias cuentas, solo una de ellas deberá ser considerada como cuenta única; el resto de cuentas deberá incluir el pago de gastos excepcionales contemplados anteriormente.

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Se deberá comprobar que los importes y fechas coinciden con los reflejados en los justificantes de pago y en el cuadro repertoriado.

Se deberá comprobar que la fecha de pago está dentro del periodo subvencionable. Siempre se tomará la fecha de valor. Solamente en los pagos mediante transferencia, con tarjetas de crédito o cheques, podrá realizarse la liquidación fuera de plazo.

Se deberá comprobar que todos los movimientos incluidos en el extracto de cuenta única pertenecen al proyecto de innovación.

El informe de auditoría, se admite que esté pagado fuera de plazo, pero siempre con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de pago y se debe aportar su apunte en la cuenta bancaria única.

En el caso especial de Organismos Públicos, se admite que, en lugar de presentar el extracto de cuenta bancaria, se aporte una justificación de la no presentación del extracto de cuenta junto a una de las siguientes opciones:

Un certificado del banco con los movimientos correspondientes a todos los gastos del proyecto que incluya el importe y la fecha valor de los pagos realizados.

Un listado de todas las órdenes de transferencia de los pagos y los extractos de cuenta interna con los movimientos del proyecto.

IMPORTANTE: la verificación de los pagos realizados y de la contabilidad analítica, no sustituyen a la obligación del beneficiario de tener una cuenta única para los gastos del proyecto.

e) Comprobación de que las facturas y justificantes de los gastos registrados en la cuenta única contienen todos los requisitos legales (importe, desglose de IVA, en su caso, fecha, concepto, número y proveedor) que establece la normativa vigente aplicable y que esta información se corresponde con la información existente en los registros contables de la empresa, según modelo establecido en el Anexo VII de esta convocatoria (cuadro repertoriado).

Se verificará lo establecido en el apartado 6 y Anexo XI de esta Guía.

Todos los pagos deberán estar realizados dentro del período subvencionable (ver apartado 4 de esta Guía).

f) Verificación de que el beneficiario ha obtenido los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

En caso de no autorizar a la Administración a consultar si los beneficiarios de la agrupación están al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se deberán presentar los certificados correspondientes, en los que se debe comprobar que no existen deudas pendientes y que están en vigor.

g) Verificación de la información de lo establecido en el cuadro repertoriado de facturas, de esta convocatoria.

El auditor debe verificar que se han seguido estrictamente las instrucciones del Anexo V de esta Guía en la cumplimentación del cuadro repertoriado.

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Se recomienda hacer una revisión exhaustiva y detallada de los datos incluidos en el cuadro repertoriado debido a que en caso de que incluya erratas en campos “clave” como el número de unidades, los límites aplicados, etc. puede conllevar una reducción en los importes justificados dado que el cálculo de la ayuda, y por tanto, la aplicación de los límites correspondientes se realiza con la información contenida en el cuadro repertoriado derivada de los documentos que supervisa el auditor y que no están a disposición del Organismo Pagador para su revisión.

Dentro de estas verificaciones se incluyen las relacionadas con la correcta imputación de gastos de personal. Para ello se revisará el cálculo del coste horario medio realizado por el beneficiario comprobando que se ha realizado tal como se establece en la normativa aplicable y en esta Guía y por tanto que el importe imputado en el cuadro repertoriado es correcto. Deberá existir coherencia entre los registros del cuadro repertoriado, el certificado del jefe de personal y la información contenida en el documento Resumen de los gastos limitados.

Se recuerda que el IVA no puede imputarse como gasto subvencionable, a no ser que no sea recuperable por la entidad. En este caso se deberá verificar la documentación justificativa (ver Anexo XI página 98 de esta Guía).

Tal como se indica en Anexo V de esta Guía, se recuerda que en el caso de las inversiones deben incluirse los fondos propios dentro del importe imputado.

Los costes indirectos no deben incluirse en el cuadro repertoriado.

IMPORTANTE: En el caso de que un mismo documento de gasto (mismo número de orden y número documento de gasto) incluya para la misma actuación, concepto de gasto y límite Anexo, dos posibles objetos de gasto con distintos importes a imputar, deberán incluirse como un solo registro, sumando los importes a imputar e incluyendo en el campo “Objeto de gasto” la descripción de ambos.

h) Verificación de toda la documentación justificativa de las actuaciones realizadas.

Se deberá verificar que todas las actuaciones realizadas quedan justificadas con la documentación aportada. Es importante tener en cuenta que dentro de toda esta documentación justificativa se incluyen las evidencias aportadas sobre el gasto que se imputa. Por lo que se deberá comprobar en el informe de ejecución (documento 2.1) que dentro de la actividad a la que se ha asignado el gasto en el cuadro repertoriado se aportan evidencias del mismo, según se explica en el Anexo XII y XIII de esta Guía. Además, en su caso, en dichas evidencias se debe poder comprobar el cumplimiento de las normas de información y publicidad, ver apartado 2 punto 19 de esta guía.

i) Moderación de costes y verificación de la documentación que justifique el cumplimiento de lo previsto en los artículos 9.5 y 9.7 del Real Decreto 169/2018.

Para cualquier gasto subvencionable que no esté limitado en importe en la convocatoria (por ejemplo, no sería aplicable en los casos de alojamiento y manutención) se deberá presentar la siguiente documentación para dar cumplimiento a la moderación de costes:

- Tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del servicio o entrega del bien.

- Justificación de la oferta elegida.

- Si la oferta elegida no recae en la oferta más ventajosa deberá justificarse expresamente en una memoria.

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- Justificación en caso que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que realicen, presten o suministren el producto o servicio y por tanto no puedan presentarse 3 ofertas de diferentes proveedores.

Para subcontrataciones que excedan el 20 % del importe de la ayuda concedida y dicho importe sea superior a 60.000 EUR se deberá aportar:

- Autorización previa a la firma del contrato, por la entidad concedente de la subvención.

- Contrato por escrito.

Para el cumplimiento de los requisitos anteriores, cuando el servicio o bien a suministrar afecte a las dos anualidades o a varios miembros, tendrá que tenerse en cuenta el importe total presupuestado en ambas anualidades o en los miembros que corresponda.

j) Resumen de los gastos limitados por el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, según el modelo establecido en el Anexo XI.

Además de la información incluida en el Anexo IX, se debe revisar la aplicación de los límites establecidos en la convocatoria en relación a los gastos de transporte, alojamiento y manutención y gastos de personal, siguiendo las instrucciones de la normativa aplicable y del apartado 5 de esta Guía. En el apartado siguiente, el auditor deberá indicar como no admisibles, todos aquellos importes que superen dichos límites indicando el motivo concreto por el que no lo son.

4º RESULTADO DEL TRABAJO REALIZADO.

Se indicará si se observan o no deficiencias, hechos o circunstancias que puedan suponer incumplimientos a la normativa para la percepción de la ayuda. Deberá pronunciarse expresamente sobre todos los extremos revisados, incluyendo, un informe de valoración de los gastos, en el que, a juicio del auditor, puedan ser considerados elegibles o no.

Siempre que sea de aplicación, el informe del auditor deberá contener la siguiente información:

- Identificación los gastos no elegibles detectados. Se deberá incluir una tabla que contenga como mínimo la siguiente información (o cualquier otra que sea necesaria para identificar el importe no admisible en el cuadro repertoriado):

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- Identificación de las limitaciones al alcance del auditor: el auditor deberá indicar qué aspectos de la norma, documentos, etc. no ha podido comprobar en su revisión. En el informe se deberán identificar los gastos afectados por la limitación en cuestión, en una tabla que contenga como mínimo la siguiente información (o cualquier otra que sea

11 El auditor incluirá cualquier aspecto relevante sobre el gasto no admisible, incluida cualquier aclaración

que considere necesaria para facilitar la subsanación del gasto por parte del beneficiario.

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necesaria para identificar los gastos afectados por la limitación en el cuadro repertoriado):

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12

El beneficiario podrá aportar junto a la solicitud de pago la documentación que el auditor no pudo comprobar.

IMPORTANTE: Para que cualquier gasto pueda ser valorado se deben aportar los correspondientes justificantes de gasto y pago, así como el extracto bancario con el movimiento en la cuenta única.

Para aquellos casos en los que el auditor no haya podido verificar que alguno de los miembros beneficiarios dispone de cuenta única, se seguirá alguna de las siguientes opciones:

1. Se deberá aclarar en el informe, en su caso, que el uso de las cuentas utilizadas corresponde a uno de los supuestos excepcionales indicados en la página 22 de esta Guía y que en los extractos revisados se ha verificado que se incluyen todos los pagos.

2. En caso de no encontrarse dentro de los supuestos excepcionales, se deberán identificar los gastos que no están incluidos en la cuenta única y que, por tanto, se considerarían no admisibles. Esta información debe quedar recogida en una tabla que contenga como mínimo la siguiente información (o cualquier otra que sea necesaria para identificar el importe no admisible en el cuadro repertoriado):

NIF DEL MIEMBRO

NOMBRE DEL

MIEMBRO

CONCEPTO DE GASTO

Nº ORDEN

Nº DE DOCUMENTO

DE GASTO

IMPORTE IMPUTADO

IMPORTE NO ADMISIBLE

MOTIVO DE LA NO

ADMISIBILIDAD

IMPORTANTE. En este último caso, el beneficiario deberá aportar junto a la solicitud de pago los extractos bancarios del periodo de ejecución para el que se solicita el pago, y los documentos de gasto y pago correspondientes, así como la justificación del uso de más de una cuenta para los gastos del proyecto con el fin de que esta documentación pueda ser tenida en cuenta en la revisión administrativa de la justificación de gastos y tener así opción a subsanar, en su caso.

ANEXOS AL INFORME

Como Anexos a este informe, se debe adjuntar copia legible visada y sellada por el auditor de la siguiente información:

12 El auditor incluirá cualquier aspecto relevante sobre el gasto no admisible, incluida cualquier

aclaración que considere necesaria para facilitar la subsanación del gasto por parte del beneficiario.

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1. Anexo I: Estado financiero recapitulativo revisado por el auditor (sin descontar los importes detectados como no admisibles), según el modelo del Anexo IV de esta Guía.

Se recuerda que, en el presupuesto, cuando proceda, se deben incluir los fondos propios.

En el gasto realizado, en su caso, se deben incluir los fondos propios, así como, los costes indirectos (15% de los conceptos de gasto A3 y B1).

2. Anexo II: Cuadro repertoriado revisado por el auditor (sin descontar los importes detectados como no admisibles, según el modelo establecido en el Anexo V de esta Guía.

Este Anexo debe incluir los sumatorios de los campos: “Importe total del justificante de gasto sin IVA”, “IVA”, “Importe total del justificante de gasto con IVA” e “Importe a imputar del concepto”.

3. Anexo III: Resumen de los gastos limitados por el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, según el modelo establecido en el Anexo IX de esta Guía, revisado por el auditor. (sin descontar los importes detectados como no admisibles).

Para los importes no admisibles que detecte el auditor, tras la revisión de la solicitud de pago por parte del Organismo pagador, se dará opción a subsanar a los beneficiarios, en su caso y tras el proceso de subsanaciones serán descontados aquellos importes que no hayan sido subsanados.

Estos documentos deben coincidir con los presentados en formato Excel por el Grupo Operativo junto a la solicitud de pago. Se debe confirmar que estos documentos son legibles.

En el caso del cuadro repertoriado, debe coincidir tanto con el cuadro repertoriado en formato Excel (documento 13.2) como con el cuadro repertoriado en formato CSV subido a la aplicación. No se debe adjuntar otro cuadro repertoriado Excel como documento 5 (tal y como se indica en el artículo 17.7 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo).

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Anexo IX. TABLA RESUMEN DE GASTOS LIMITADOS

I. Tabla coste horario de personal propio

Datos generales del trabajador Datos de dedicación al proyecto

Nº Orden

(1)

NIF Miembro

NIF del trabajador

Apellidos y nombre

del trabajador

Grupo profesional,

según contrato (2)

Retribución anual bruta (EUR) (3)

% de jornada anual

realizado (4)

Número de

horas jornada anual

(5)

Coste horario medio sin SS

(EUR/h) (6)

Límite aplicado según

convocatoria (EUR/hora)

(7)

% aportación

SS empresa (EUR) (8)

Coste horario medio con SS (EUR/h)

(9)

Nº de horas

dedicadas al

proyecto (10)

Coste total

imputado (11)

Actividades realizadas

por el trabajador

(12)

Bloque de actividad

según presupuesto concedido

(13)

Fechas en las que

imputa gastos

de personal

(14)

Observaciones (15)

Notas:

Importante: los formatos de los datos incluidos siempre han de ser numéricos, fechas o texto, según corresponda al dato. Nunca se incluirán fórmulas. En las aclaraciones de cada dato se incluirá el formato específico de cada valor a incorporar.

(1) Deberá coincidir con el nº de orden asignado al certificado del trabajador y, por tanto, con el incluido en el cuadro repertoriado para los registros de las actuaciones del trabajador. Será un valor único para cada trabajador. El formato de este campo es numérico (NNN).

(2) Grupo profesional según contrato de trabajador, de acuerdo a la convocatoria:

a. Grupo 1: Contratado como “Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente”.

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b. Grupo 2: Contratado como “Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente”.

c. Grupo 3: Contratado como “Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalente”.

d. Grupo 4: Contratado como “Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalente”.

e. Grupo 5: Contratado como “Nivel de formación equivalente a Educación Primaria, Certificado de Escolaridad o acreditación de los años cursados y de las calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria”."

El formato de este campo es numérico (N): se incluirá únicamente el número del grupo (ejemplo: para un trabajador grupo 1, se cumplimenta 1)

(3) Retribución anual bruta (EUR): Suma de los importes salariales de las nóminas de los 12 meses anteriores a la fecha de concesión de la ayuda (en esta convocatoria deberán ser entre mes marzo de 2019 y febrero de 2020), Importe utilizado para el cálculo del coste hora medio único del trabajador. Formato numérico con dos decimales.

(4) % de jornada realizada: Se deberá indicar el 100,00 %, salvo en caso de trabajadores con jornada reducida, que se deberá cumplimentar con el % acorde a la de jornada realizada. Este dato deberá ser el mismo para todo el periodo en el que se imputen horas. Formato numérico de 0 a 1, con cuatro decimales (ejemplo: 0,8750).

(5) Número de horas jornada anual: De manera general serán 1.720 horas; en caso contrario, se deberá aportar el convenio actual aplicable al trabajador con las horas anuales indicadas. Es la jornada anual completa del trabajador, no las horas dedicadas al proyecto. Cuando el trabajador no haya estado en plantilla durante el último año completo, se deberá incluir el número de horas correspondientes a los meses trabajados informando en el campo observaciones de esta particularidad. Este dato deberá ser el mismo para todos los registros en los que se imputen horas. Formato numérico con dos decimales.

(6) Coste horario medio sin SS empresa (EUR/h): El que resulte de dividir la retribución anual bruta (3) entre el número de horas de la jornada anual. (5) ajustado al porcentaje de jornada realizado. Este dato será el mismo para todo el periodo en el que se imputen horas. Formato numérico con dos decimales.

(7) Cumplimentar con el límite aplicado según convocatoria (EUR/hora). Este dato será el mismo para todo el periodo en el que se imputen horas. Para cada trabajador el importe correspondiente a su grupo:

a. Grupo 1; 16,50 EUR/h conv 2019.

b. Grupo 2: 13,65 EUR/h conv 2019.

c. Grupo 3: 10,68 EUR/h conv 2019.

d. Grupo 4: 8,93 EUR/h conv 2019.

e. Grupo 5: 8,45 EUR/h conv 2019.

Formato numérico con dos decimales

(8) % de aportación SS empresa: Se deberá indicar el porcentaje de aportación de la Seguridad Social por la empresa, de acuerdo a la nómina del trabajador. Este dato será el mismo para todo el periodo en el que se imputen horas. Se realizará el cálculo con el porcentaje más frecuente (moda estadística) de las nóminas del trabajador utilizadas en el cálculo del salario bruto. Esto es aplicable cuando el trabajador está incluido en el Régimen general de la Seguridad Social (en general los trabajadores por cuenta ajena y algunos autónomos asimilados), en cuyo caso los gastos así calculados se imputarán en los conceptos de gasto A3/B1. En caso de trabajadores autónomos no incluidos en el Régimen general o asimilado las cotizaciones a la seguridad social no son subvencionables y deberán imputarse sus gastos en los conceptos de gasto A2/B5. Formato numérico (número de 0 a 1, con cuatro decimales. Ejemplo: 0,3090).

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(9) Coste horario medio con SS (EUR/h): Se calculará aplicando la siguiente fórmula: [mínimo entre (6) o (7)] * [ 1 + (8) ]. Este dato será el mismo para todos los registros en los que se imputen horas. Este valor incluirá la Seguridad social en trabajadores que cotizan al Régimen general de la Seguridad Social o asimilados. No lo incluirá en trabajadores autónomos que no estén en ese régimen de cotización. Formato numérico con dos decimales.

(10) Nº de horas dedicadas al proyecto: Deberá coincidir con las horas incluidas en el certificado del jefe de personal para el trabajador. Igualmente, la suma de todos los registros del trabajador por bloque de actividad deberá ser coincidente con el número de horas por “concepto de gasto” reflejadas en el cuadro repertoriado”. Formato numérico con dos decimales.

(11) Coste total imputado: Deberá coincidir con el coste incluido en el certificado del jefe de personal para el trabajador. Igualmente, la suma de todos los registros del trabajador por bloque de actividad deberá ser coincidente con los totales parciales del certificado y los importes imputados por “concepto de gasto” del Cuadro repertoriado. Formato numérico con dos decimales.

(12) Actividades realizadas por el trabajador: Se indicarán los códigos de las actividades aprobadas en concesión o sus modificaciones a las que se imputa cada concepto

de gasto (por ejemplo, Act1R3, Act3RD3, etc.). Si se imputan a todas las actividades se indica “todas”. Para gastos no asociados en concesión a ninguna actividad, por

ejemplo, reuniones de cooperación, etc., se especificarán dichas actividades. Formato general.

(13) Bloque de actividad según presupuesto concedido: Se deberán indicar los bloques de actividad para los que se imputan gastos del trabajador:

a. Actuación A: Costes de funcionamiento de cooperación

b. Actuación B: Costes directos de ejecución del proyecto de innovación"

Formato general.

(14) Fechas en las que imputa gastos de personal: Se deberá cumplimentar un registro por cada mes del que se imputen gastos del trabajador (Ejemplo: abril 2021). Este dato deberá coincidir con el indicado en el certificado del jefe de personal. Formato tipo general.

(15) Observaciones: Detalle de las particularidades de los datos del trabajador que afecte al cálculo (ejemplo: no disponer de las 12 nóminas para el cálculo del salario bruto o de ninguna por ser su contratación posterior al periodo establecido, incidencias en su jornada anual, etc). Formato general.

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(1) NIF del miembro

(2) (3) Nombre y NIF del proveedor o emisor del documento de gasto

(4) Descripción de la inversión

(5) Importe de la inversión concedido en resolución (subvención+ fondos propios)

(6) Importe total de los documento/s de gasto aportados sin incluir el IVA

(7) Importe total de los documento/s de gasto aportados con IVA

(8) Importe a imputar que debe incluir IVA o no según sea recuperable o no por la entidad y debe incluir los fondos propios

(9) Indicar los motivos si ha habido desviaciones con respecto al importe concedido

(10) Indicar la ubicación de la inversión (empresa, dirección, localidad, etc.)

(11) Indicar número de serie en caso de equipos

(12) Observaciones: se indicará cualquier aspecto importante a tener en cuenta en relación a la inversión.

Tabla inversiones

NIF miembro

(1)

Nombre del

proveedor o emisor

(2)

NIF del proveedor

(3)

Descripción de la

inversión (4))

Importe de la inversión

concedido en resolución (EUR)

(subvención+ fondos propios)

(5)

Importe total de la inversión sin IVA

(EUR) (6)

Importe total de la inversión con IVA

(EUR) (7)

Importe imputado

en CR (debe incluir fondos

propios) (EUR) (8)

Motivos de desviaciones respecto al importe concedido

(9)

Dirección donde está

ubicada la inversión

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Nº de serie (11)

Observaciones (12)

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Anexo X. FICHA RESUMEN

Información del proyecto/

Project In

Identificador del proyecto

(Ver aclaraciones:1)/

Project identifier

2019ES06RDEIXXXX v1 Obligatorio/

Mandatory

Título del proyecto en

español y lenguas oficiales

que puedan proceder: breve

y fácilmente comprensible (una

frase clave sobre el proyecto,

max 150 caracteres, sin contar

los espacios)/

Title of the project in native

language

Obligatorio/

Mandatory

Título del proyecto en inglés:

breve y fácilmente

comprensible (una frase clave

sobre el proyecto, max 150

caracteres, sin contar los

espacios)/

Title of the project in English

Obligatorio/

Mandatory

Localización geográfica/

Geographical location

País/Country ESPAÑA/ SPAIN Obligatorio/

Mandatory

Programa de Desarrollo

Rural/

Rural Development

Programme

Programa Nacional de Desarrollo Rural (2014-

2020)/ Spanish Rural Development Programme

(2014-2020)

Obligatorio/

Mandatory

Principal localización

geográfica/ (NUTS3) (Ver

aclaraciones 2)

Main geographical location

Obligatorio/

Mandatory

Otra localización geográfica

(NUTS3)/

Other geographical location

Voluntario/

Optional

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Información del proyecto/

Project In

Otra localización geográfica

(NUTS3)/

Other geographical location

Voluntario/

Optional

Editor del texto: persona u

organización responsable de la

redacción del texto/

Editor of the text:

Obligatorio/

Mandatory

Representante del GO según el documento vinculante (Ver aclaraciones 3)/

Project lead-partner

Nombre/Name Obligatorio/

Mandatory

Dirección/Address Obligatorio/

Mandatory

E-mail

Obligatorio/

Mandatory

Teléfono/Telephone Obligatorio/

Mandatory

Periodo del proyecto/

Project period:

Inicio/

starting date (YYYY)

2019 Obligatorio/

Mandatory

Fin/

end date (YYYY)

2021 Obligatorio/

Mandatory

Estatus del proyecto: en

curso (después de la selección

de los proyectos) o finalizado

(tras el pago final)/

Project status

Obligatorio/

Mandatory

Principal fuente de

financiación (programas de

desarrollo rural, H2020 u otros

fondos europeos, fondos

nacionales/regionales o

privados

Main funding source

Programa Nacional de Desarrollo Rural (2014-

2020): FEADER y MAPA/

Spanish Rural Development Programme (2014-

2020): EAFRD and MAPA

Obligatorio/

Mandatory

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Información del proyecto/

Project In

Presupuesto total del

proyecto (en euros)/

Total budget of the project (in

euros)

Obligatorio/

Mandatory

Objetivo del proyecto en

inglés: ¿Qué problemas u

oportunidades relevantes para

el usuario final son abordados

por el proyecto y como se van

a solventar? (300-600

caracteres sin contar los

espacios) /

Objective of the project in

English

Obligatorio/

Mandatory

Objetivo del proyecto en

español y lenguas oficiales

que puedan proceder: ¿Qué

problemas u oportunidades

relevantes para el usuario final

son abordados por el proyecto

y como se van a solventar?

(300-600 caracteres sin contar

los espacios)

Objective of the project in

native language

Obligatorio/

Mandatory

Descripción de las

actividades del proyecto en

inglés (breve resumen

destacando las principales

actividades del proyecto, max

600 caracteres sin contar los

espacios:)

Description of project

activities in English

Recomendable

/

Recommended

Descripción de las

actividades del proyecto en

español y lenguas oficiales

que puedan proceder (breve

resumen destacando las

principales actividades del

proyecto, max 600 caracteres

sin contar los espacios:)

Description of project

activities in native language

Recomendable

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Recommended

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Información del proyecto/

Project In

Descripción del contexto del

proyecto (ej: impulsos

legislativos, mercados u otras

causas del origen del proyecto)

Description of the context of

the project

Voluntario/

Optional

Información adicional sobre

el proyecto

Additional information

Voluntario/

Optional

Comentarios adicionales:

espacio libre que puede ser

usado por el editor del texto

para describir obstáculos o

elementos que han facilitado la

implementación de los

resultados obtenidos, para

recomendaciones de futuras

acciones o investigaciones,

para mensajes para

consumidores, etc.

Additional comments

Voluntario/

Optional

ACLARACIONES

1. Identificador del GO/ OG identifier:

XXXX= 4 últimas cifras del “número de expediente" asignado por el MAPA

2. Principal localización geográfica/ Main geographical location (NUTS3):

Indicar o bien “ámbito nacional” si la propuesta de proyecto innovador no se puede concretar en términos geográficos, o bien las provincias en las que tendrá impacto el proyecto innovador que se quiere redactar. La división administrativa de provincia es el equivalente a la delimitación NUTS 3 europea.

3. Representante del GO según el documento vinculante:

Indicar el nombre de la entidad jurídica o física, representante del Grupo Operativo.

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Anexo XI. JUSTIFICACIÓN DE GASTOS Y PAGOS

Los gastos deben corresponderse con actuaciones ejecutadas, justificadas y abonadas en periodo subvencionable.

Documentación a aportar:

En el documento 4. Facturas y justificantes se deberán aportar todos los documentos justificantes de gastos (facturas, certificados de jefe de personal, hojas de liquidación de gastos, etc.) y sus pagos, los cuales estarán correlativamente numerados, es decir, tendrán un número de orden y se reflejarán en el cuadro repertoriado (Anexo V de esta guía) que es único por Grupo Operativo y proyecto. Cada justificante de gasto llevará asociado un número de orden distinto (el número es único para cada documento de gasto). Este número de orden debe indicarse sobre el justificante de gasto aportado, por ejemplo, en la esquina superior derecha de la factura, certificado, etc. A continuación de cada justificante de gasto se incluirá el justificante de pago correspondiente.

Los documentos de gasto presentados deberán ser originales (o copia digital válida) y estar facturados a nombre del beneficiario (que aparecerá con su Nombre o Razón Social y NIF/NIE). En el apartado concepto o descripción del documento de gasto se deberá incluir la información relativa al gasto realizado (objeto del gasto, indicando el proyecto y actividad, así como el nº de personas o conceptos, precio unitario, etc.).

No se admiten tickets ni facturas simplificadas, a no ser que estén soportadas por la correspondiente nota de gasto.

a) Justificación de gastos:

Para los conceptos de gasto A1, B2 y C1 relacionados con movilidad y manutención, se deberán aportar dentro del documento 4, los documentos justificativos de gasto; por ejemplo, facturas, hojas de liquidación de gastos de los trabajadores, etc.

Las hojas de liquidación de gasto de los trabajadores se consideran documentos de gasto. Cada hoja de liquidación de gastos irá identificada con un nº de orden y a continuación se adjuntarán los tickets o facturas que la soporten (estos se adjuntarán tantas veces como notas de gasto los incluyan). Deben reunir los siguientes requisitos:

o Debe estar emitida y sellada o firmada por responsable de la empresa,

o incluir el nombre y NIF/NIE del trabajador que realiza el gasto

o Desglosar los gastos incurridos, según concepto de gasto, con el importe y la fecha que corresponda.

o Se debe haber justificado la relación laboral del trabajador que realiza el gasto con la empresa (mediante nómina, contrato o cualquier otro documento legal).

Para justificar los gastos de desplazamiento se deberá además tener en cuenta que:

- En caso del vehículo privado y coche de empresa (incluye leasing y renting) en la hoja de liquidación de gastos o certificado de la entidad, se debe incluir:

o km realizados,

o origen y destino,

o fecha del viaje,

o identificar a los desplazados, (conductor y acompañantes),

o matrícula del vehículo

o actividad a la que se imputa el gasto

- En caso de coche de alquiler, se debe aportar el contrato y la factura de combustible, además en un documento certificado por la entidad se debe incluir la siguiente información:

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o origen y destino,

o identificar a los desplazados, (conductor y acompañantes)

o matrícula del vehículo

o actividad a la que se imputa el gasto

Si el alquiler del coche no es exclusivo para el proyecto, sería necesaria una justificación de que las actividades que desempeñan son lo suficientemente dispersas y constantes en el periodo de alquiler; para justificar un alquiler de larga duración, también se requeriría de una justificación de que no pueden alquilar el coche los días concretos en que lo requiere la actividad. En la factura deberían incluirse los km recorridos de inicio a fin del alquiler. Con esta información se calcula el % sobre los km totales incluidos en la factura y ese sería el % subvencionado de coche y combustible para el proyecto. El IVA será subvencionable siempre que no sea recuperable.

- En viajes de avión se deberá aportar la tarjeta de embarque.

- En otros viajes tipo tren, metro, etc. el documento de transporte (billete de tren, metro, etc.)

Para justificar los gastos de alojamiento se deberá aportar factura con número y nombre de alojados e importe unitario por noche, además se incluirá el justificante sellado del hotel en el que se indiquen los días y personas alojadas. Solo se subvencionan los gastos de alojamiento de miembros beneficiarios.

Para justificar gastos de manutención, en el caso concreto de comidas colectivas se deberá aportar un listado de asistentes, indicando la relación de los comensales con la entidad y el grupo profesional de cada uno. Solo se subvencionan los gastos de manutención de miembros beneficiarios.

En el caso de dietas fijas, se deberá aportar el convenio, o documento similar, en el que se demuestre dicha dieta.

- Para dietas de manutención fijas, no es necesario que se aporten tickets de comida para su justificación.

- Para alojamientos con dietas fijas, es necesario la factura y el justificante de pago, así como el bono sellado del hotel.

Para los conceptos de gasto A3, B1 en los que se incluirán únicamente los relacionados con gastos de personal por cuenta ajena o autónomos asimilados al Régimen general de los miembros de la agrupación, la documentación justificativa que deberá aportarse es:

Dentro del documento 4, un certificado de jefe de personal por trabajador y entidad beneficiaria, identificado cada uno con su número de orden, de acuerdo al modelo aportado en esta guía que incluyendo:

- El cálculo detallado del CHM sin seguridad social, límite aplicado según convocatoria y CHM con seguridad social.

- Las horas imputadas por mes a cada actuación (cooperación o ejecución del proyecto) y el total. El valor de horas totales por actuación es el que se cumplimentará en la columna de horas de cada actuación del cuadro repertoriado.

- El importe imputado por mes y el total por cada actuación (cooperación o ejecución del proyecto). Este importe total por actuación es el que se cumplimentará en la columna de importe imputado para cada actuación del cuadro repertoriado.

- El importe imputado total por trabajador. Este importe total del documento justificativo será el que se cumplimentará en las columnas de importe total del documento justificativo sin IVA y con IVA del cuadro repertoriado).

Para aquellos trabajadores que imputen horas en dos anualidades, este certificado recogerá la información de ambas anualidades diferenciadas (en caso de que se imputen gastos de

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actividades que comenzaron en el periodo 1 y que se terminan en el periodo 2 y por tanto no se incluyeron en el periodo 1, sino que se deben justificar en el segundo periodo).

Junto con el certificado de cada trabajador, se deberá adjuntar las nóminas correspondientes a los meses de los que se imputen sus gastos. Además, se aportará la relación nominal de trabajadores (RNT), el recibo de liquidación cotizaciones (RLC), y pago del Modelo 111 (IRPF) de todos los meses en los que haya imputación de gastos de personal. De estos últimos documentos se hará una única entrega por miembro ya que aplica a todos los trabajadores

Dentro del documento 12, documentación gastos de personal, se aportará la documentación referente a los gastos de personal no incluida en el documento 4.

- Las 12 nóminas de los meses anteriores a la fecha de concesión de la ayuda, utilizadas en el cálculo del CHM de los trabajadores de los que se imputan gastos. Para los trabajadores que no hayan estado contratados en ese periodo completo se aportarán las nóminas disponibles de ese tramo, completándolas con las de los meses posteriores a la concesión. Los trabajadores contratados específicamente para el proyecto, con posterioridad a la concesión, se justificarán con las nóminas de ejecución.

Como excepción para segunda anualidad de la convocatoria, podrán no aportarse las 12 nóminas de los trabajadores de los que se han imputado gastos en la primera anualidad, siempre que ya se hayan aportado completas en la primera y no haya habido ninguna incidencia en su cálculo. De estos trabajadores se incluirá un escrito indicando esta circunstancia.

- El contrato laboral actualizado del trabajador, firmado por el trabajador y firmado y sellado por la entidad, recogiendo la titulación o el grupo profesional, de acuerdo al reflejado en el certificado entregado. Cuando el grupo profesional reflejado en el contrato inicial, haya tenido modificaciones se deberá aportar la documentación necesaria (Anexo al contrato, por ejemplo) que justifique el grupo profesional del certificado.

Además, la vigencia del contrato aportado deberá cubrir todo el periodo de ejecución, por lo que sí el trabajador inicialmente tuvo un contrato temporal y posteriormente se transformó en indefinido, se deberán aportar ambos contratos.

- Convenio colectivo (sólo cuando la jornada anual utilizada sea distinta de 1720) donde pueda verificarse la jornada anual empleada en el cálculo del CHM.

- Informe de Datos para la Cotización (IDC) cuando los datos del trabajador presenten incidencias que no estén justificadas en los documentos aportados (por ejemplo: casos de reducción de jornada, trabajadores discontinuos, contrato a tiempo a parcial, situación de ERTE o cualquier otra particularidad, que afecte al cálculo del CHM del trabajador). El periodo del IDC será el necesario para justificar las incidencias.

- Otra documentación justificativa necesaria para comprobar el CHM calculado del trabajador, o los tiempos imputados.

Para los conceptos de gasto A2, B5, cuando se incluyan gastos de personal autónomo (no cotizando en el Régimen general de la Seguridad Social, la documentación justificativa que deberá aportarse dependerá de que se trate de un miembro autónomo persona física o de autónomos societarios o dependientes de una sociedad y, en todo caso, de la forma en la que cobran honorarios. De forma general, dada la amplitud del tema:

- Los autónomos que cobran sus honorarios mediante factura presentarán:

En el documento 4: el certificado del trabajador (idéntico a lo descrito para los conceptos de gastos A3, B1; pero su CHM final no incluirá la Seguridad Social), acompañado de las facturas que justifican el gasto.

En el documento 12: contrato o convenio del autónomo con el miembro beneficiario, título académico, Modelo 190 o certificado de retenciones disponible.

Pagos de la seguridad social de autónomos.

- El resto de autónomos que cobran sus honorarios mediante nóminas, deberán justificar esta forma de pago y presentar:

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Dentro del documento 4, el certificado (idéntico a lo señalado en los conceptos de gastos A3, B1; pero su CHM final no incluirá la Seguridad Social) acompañado de las nóminas correspondientes a los meses de los que se imputen sus gastos.

En el documento 12 presentarán: escritura notarial de constitución de la sociedad si el personal es socio del miembro beneficiario, título académico, Modelo 190, certificado de retenciones disponible.

Para el concepto B7, en el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, además de la factura se justificarán con un certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.

Para los conceptos B4 y B7, en los casos de alquiler o arrendamiento, además de la factura se deberá presentar el contrato correspondiente.

Para el resto de conceptos, se deberá aportar:

- Facturas en las que se indique el miembro de la agrupación que subcontrata, y el objeto de la misma.

Los costes indirectos NO se incluirán en el cuadro repertoriado. Se calcularán como un tipo fijo del 15 % de los costes directos de personal subvencionables (total de A3 y B1).

Para justificar la exención de IVA (total o parcial), en el documento 14. Otros, se aportará alguno de estos documentos que demuestren dicha exención:

o Certificado de exención total de IVA.

o Certificados de situación censal, donde no aparezca la obligación de presentar el IVA (situación tributaria y obligaciones periódicas).

o Modelo 390, en el que se especifiquen las actividades desarrolladas y el porcentaje de prorrata en su caso.

En caso de exención parcial tendrá que justificarse dicha exención y además que las actividades que realiza en el proyecto están incluidas dentro de las actividades para las que tiene exención.

b) Justificación de pagos:

En general se deberá aportar

- Justificante bancario de cada pago (documento 4) y el apunte en la cuenta única del miembro que corresponda (documento 3).

- Justificantes del pago o apuntes contables correspondientes que acrediten fehacientemente el pago (en el documento contable que corresponda, como copia de la hoja del libro de caja chica, etc.) (documento 4).

- Otra documentación que se considere.

Para los conceptos de gasto A1, B2 y C1 relacionadas con movilidad y manutención, además, se deberá aportar

- Cuando el trabajador paga los gastos con su dinero, la transferencia de la empresa al trabajador por el importe total de la hoja de liquidación de gastos.

- Cuando el trabajador haya pagado los gastos en metálico con dinero de la empresa, los apuntes contables correspondientes (el importe del pago en metálico no podrá ser superior a 2.500 euros).

- En el caso de dietas fijas, pago por parte de la empresa al trabajador.

Para los conceptos de gasto A3 y B1 relacionados con gastos de personal de miembros de la agrupación, aunque el documento de pago en cuadro repertoriado sea el mismo certificado se deberá aportar dentro del documento 4:

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- Justificante bancario del pago de las nóminas en las que se incluyen las horas de trabajo

imputadas a cada actuación. En el caso de pagos por remesas, además del justificante

de pago, se deberá aportar detalle con el desglose de la remesa, en el que se identifique

claramente la transferencia realizada al trabajador.

- Documentos justificativos del pago de los RLC a la Seguridad Social de todos los meses

con imputación de gastos de personal.

- Los documentos acreditativos del ingreso en el correspondiente organismo oficial de las retenciones del IRPF, correspondientes a las citadas nóminas.

Para los conceptos de gasto A2, B5, cuando se incluyan gastos de personal autónomo (no cotizando en el Régimen general de la Seguridad Social) y las retribuciones sean mediante documentos tipo nóminas se deberá adjuntar la misma documentación indicada para los gastos anteriores, excepto los pagos de RLC, al no ser de aplicación.

Todos los pagos deben reflejarse en el extracto de cuenta bancaria única (documento 3), correspondiente al periodo de ejecución para el que se solicita el pago, salvo casos excepcionales debidamente justificados. Como casos excepcionales se encuentran los gastos de personal propio y aquellos gastos de beneficiarios que tengan la condición de organismo público, así como otros que puedan determinarse. Todos ellos deberán justificarse.

Para los casos excepcionales se deberá aportar el extracto correspondiente donde se reflejen dichos pagos u otra documentación equivalente justificativa de la efectividad de los pagos.

En el caso del representante, el extracto aportado debe estar emitido por la entidad bancaria en la que está domiciliada la cuenta única, detallada en la solicitud de pago como cuenta única para el ingreso de la subvención.

El Extracto de cuenta única debe:

- Estar emitido por la entidad bancaria y con formato no modificable.

- Incluir identificación del titular (miembro del Grupo Operativo) y del número de cuenta.

- Incluir todo el periodo de ejecución (no son válidos extractos parciales). En el caso de solicitudes en segunda anualidad deberá ser continuación del presentado para el primer periodo.

- Incluir información suficiente para seguir la trazabilidad del gasto-pago (identificar al lado del movimiento el número de orden al que pertenece).

- Incluir únicamente movimientos que pertenezcan al proyecto de innovación del Grupo Operativo.

- No incluir ni tachones ni anotaciones a boli sobre información relevante.

- Si se utilizan varias cuentas bancarias para realizar los pagos, se deberá aportar justificación. Los gastos que no estén pagados por cuenta única no serán subvencionables, salvo excepciones justificadas como:

o Gastos de personal (nóminas, seguros sociales, IRPF, así como otros gastos originados por el trabajador a la empresa durante el ejercicio de las actividades subvencionadas).

o Gastos pagados con tarjetas de empresa, siempre que se trate de gastos TAM.

o El beneficiario es un Organismos público.

o Gastos en metálico. No obstante, deberán aportarse los apuntes contables, así como, aportar justificación del movimiento realizado. Los gastos en metálico únicamente se podrán realizar en gastos TAM.

- Se deberá aportar tantos extractos como cuentas bancarias se hayan empleado (para gastos de personal no es necesario).

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- Si se emplean varias cuentas, solo una de ellas deberá ser considerada como cuenta única; el resto de cuentas deberán incluir el pago de gastos excepcionales contemplados anteriormente.

- La fecha de pago debe estar dentro del periodo subvencionable. Siempre se tomará la fecha de valor. Solamente en los pagos mediante transferencia, con tarjetas de crédito o cheques, podrá realizarse la liquidación fuera de plazo.

- Todos los movimientos incluidos en el extracto de cuenta única deben pertenecer al proyecto de innovación.

- Para el informe de auditoría, se admite que esté pagado fuera de plazo, pero siempre con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de pago y se debe aportar su apunte en la cuenta bancaria única.

En el caso especial de Organismos Públicos, se admite que, en lugar de presentar el extracto de cuenta bancaria, aporten una justificación de la no presentación del extracto de cuenta bancaria junto a una de las siguientes opciones:

- Un certificado del banco con los movimientos correspondientes a todos los gastos del proyecto que incluya el importe y la fecha valor de los pagos realizados.

- Listado de todas las órdenes de transferencia de los pagos y los extractos de cuenta interna con los movimientos del proyecto.

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Anexo XII. INSTRUCCIONES SOBRE EL CONTENIDO DEL INFORME RESUMEN DE LAS ACTUACIONES LLEVADAS

A CABO

A continuación, se muestra cómo completar el Informe resumen de las actuaciones. En primer lugar, la estructura y contenido del informe y a continuación descripción de las evidencias a aportar para justificar las actividades realizadas.

1. ESTRUTURA Y CONTENIDO DEL INFORME

Contendrá los siguientes apartados:

a. Descripción general del proyecto y sus actividades. Evidencias.

b. Descripción de la participación de cada miembro en las actividades y gastos realizados en cada una. Justificación de las desviaciones de presupuesto

c. Tabla resumen de actividades

Apartado a. Descripción general del proyecto y sus actividades. Evidencias

Tomando como base el cronograma detallado de las actividades aprobado en la concesión de la ayuda y sus modificaciones se detallará la realidad de ejecución del periodo de cada una de las actividades.

Para cada actividad del proyecto aprobada en concesión se debe explicar y describir qué se ha realizado, se deben aportar evidencias, así como justificar si ha habido algún tipo de desviación en la ejecución con respecto al cronograma aprobado, y en su caso, justificar los motivos.

Se estructurará en los siguientes subapartados:

a.1. Actividades relacionadas con la Actuación A: Actividades de cooperación.

Se debe incluir una tabla resumen con las reuniones de coordinación llevadas a cabo:

Fecha Lugar de reunión

Modalidad (presencial/

on line/mixto)

Miembros participantes

Evidencias que se aportan (acta, hoja de firmas, convocatoria,

listado de asistentes, captura de pantalla…)

A continuación, se identifica cada reunión (fecha y lugar de celebración) y se aportan sus evidencias correspondientes (ver apartado 2 de este Anexo).

Para el resto de actividades de cooperación, distintas a reuniones, se aportarán las evidencias correspondientes (informes, documentos de trabajo, etc.).

a.2. Actividades relacionadas con la Actuación B: Actividades de ejecución del proyecto de innovación.

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Se identifica el código de la actividad junto con el literal, tal como se indica en el cronograma (ver figura 1), se describe y explica lo que se ha realizado y se aportan evidencias (ver apartado 2 de este Anexo).

a. 3. Actividades relacionadas con la Actuación C: Actividades de divulgación del proyecto innovador.

Se identifica el código de la actividad junto con el literal tal como se indica el cronograma (ver figura 1) se describe y explica lo que se ha realizado y se aportan evidencias (ver apartado 2 de este Anexo).

Si se ha contratado una empresa o experto para realizar una actividad, compra o servicio, se deberá aportar identificación de la entidad o experto y detalle del servicio prestado o bien suministrado así como evidencias de los mismos.

Las actividades descritas tendrán que coincidir con las aprobadas en la concesión (en caso de haber modificaciones aprobadas sobre la concesión inicial se realizará sobre el último cronograma aprobado) y se utilizará el mismo código y descripción que se asignó en concesión a cada actividad. También se deben incorporar aquellas actividades realizadas que no se plantearon en concesión (por ejemplo, reuniones de los miembros del grupo operativo en el subapartado a.1).

Si el volumen de las evidencias a aportar no permite incluirlas en el propio informe se pueden adjuntar como Anexos al informe, pero siempre debe quedar claro a qué actividad pertenecen, identificando código y literal y haciendo referencia en la descripción de la actividad del informe al Anexo en el que se aportan las evidencias.

Apartado b. Descripción de la participación de los miembros en cada actividad y justificación de las desviaciones de presupuesto

Cada miembro tendrá que aportar una breve explicación de su participación y sus aportaciones en las actividades en las que en concesión indicó su participación. En esta justificación deben quedar explicados todos los gastos imputados por el miembro, así como las desviaciones en relación al presupuesto aprobado.

Para cada miembro se identifica el código de la actividad junto con el literal tal como se indica el cronograma, se describe brevemente su participación y se explican los gastos en los que se ha incurrido. Es muy importante que se identifiquen los trabajadores que participan y el período en el que lo hacen. Debe haber coherencia con la tabla aportada en el apartado c.

En caso de que un miembro no participe finalmente en las actividades en las que estaba previsto que lo hiciera, se explicarán los motivos.

RESUL-TADOS

ACTIVIDADES de EJECUCIÓN MIEMBROS PARTICIPANTES

R1

Act 1. R1.: Diagnóstico y evaluación de la situación incial

ENTIDAD 1

ENTIDAD 2

Act 2 R1: Desarrollo de medidas preventivas

ENTIDAD 1

ENTIDAD 2

ENTIDAD 3

*Figura 1. Ejemplo de extracto de cronograma detallado de actividades de concesión de ayuda.

Código de actividad Literal de la actividad Entidades participantes

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Para cada miembro se debe adjuntar una tabla con las explicaciones de las desviaciones en relación al último presupuesto aprobado.

Concepto de Gasto Presupuesto

aprobado Gasto Justificado

Motivos de la desviación

A.1. Movilidad y manutención para la coordinación -personal de los miembros de la agrupación

A.2. Coordinador del proyecto.

A.3. Gastos de personal miembros agrupación

A.4. Auditor

B.1. Gastos de personal miembros agrupación

B.2. Movilidad y manutención en el proyecto- personal de los miembros de la agrupación

B.3. Material fungible para el proyecto.

B.4. Alquiler de equipos, instalaciones, fincas para el proyecto.

B.5. Servicios de consultoría y de asesoría generales

B.6. Servicios de contratación tecnológica específicos.

B.7. Inversiones materiales o inmateriales.

C.1. Movilidad y manutención para la divulgación -personal de los miembros de la agrupación

C.2. Material fungible para divulgación.

C.3. Alquiler de espacios para divulgación.

C.4.Servicios ligados a la divulgación

Apartado c. Tabla resumen de actividades

Se trata de una tabla descriptiva, no siendo necesaria la cumplimentación de importes. Tendrá el

siguiente contenido:

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TABLA RESUMEN DE ACTIVIDADES (INFORME DE EJECUCIÓN)

A.COOPERACIÓN

REUNIONES FECHA MIEMBROS

PARTICIPANTES DESPLAZAMIENTOS ALOJAMIENTOS MANUTENCIÓN

B. EJECUCIÓN DEL PROYECTO

CÓDIGO ACTIVIDAD

ACTIVIDAD/ SUBACTIVIDAD PERIODO

EN EL QUE

SE DESARROLLA

LA SUBACTIVIDAD

MIEMBROS PARTICIPANTES

DESPLAZAMIENTOS ALOJAMIENTOS MANUTENCIÓN MATERIAL FUNGIBLE

ALQUILER (EUIPOS,

INSTALACIONES, FINCAS)

CONSULTORÍA/ ASESORÍA/

CONTRATACIÓN TECNOLÓGICA

INVERSIÓN

C. DIVULGACIÓN DEL PROYECTO INNOVADOR

CÓDIGO ACTIVIDAD

ACTIVIDAD PERIODO EN EL QUE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD

MIEMBROS PARTICIPANTES

DESPLAZAMIENTOS ALOJAMIENTOS MANUTENCIÓN MATERIAL FUNGIBLE

ALQUILER DE ESPACIO

SERVICIOS DE DIVULGACIÓN

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A tener en cuenta para la cumplimentación: se trata de una tabla descriptiva no siendo necesaria la cumplimentación de importes.

Reuniones: se identificarán las reuniones de cooperación mantenidas (fecha y lugar).

Códigos de actividad y actividades: las actividades deberán coincidir con las actividades aprobadas en la Resolución de concesión o sus modificaciones.

Subactividad: en su caso, se concretarán las distintas tareas llevadas a cabo para cada actividad del bloque B (por ejemplo, reuniones, pruebas, demostraciones, formaciones, etc.). Una actividad podrá incluir muchas subactividades.

Miembros participantes: debe indicarse los miembros de grupo operativo que imputan gastos en esa actividad.

Desplazamientos: para cada miembro participante en la actividad se deberá indicar los nombres y NIF de los trabajadores implicados, las fechas de viajes, km, trayectos (origen y destino), tipo de desplazamiento (vehículo propio/empresa/alquiler), matrícula, etc.

Alojamientos: para cada miembro participante en la actividad se deberá indicar los nombres y NIF de los trabajadores implicados y clasificación profesional (tipo I o II según la tabla de “cuantías máximas de gastos de alojamiento y manutención”), las fechas, los lugares (hoteles), ubicación, nº de noches, etc.

Manutenciones: para cada miembro participante en la actividad se deberá indicar los nombres y NIF de los trabajadores implicados y clasificación profesional (tipo I o II según la tabla de “cuantías máximas de gastos de alojamiento y manutención”) las fechas, los lugares (restaurantes), ubicación, etc.

Material fungible: se describirá el material fungible empleado para la actividad.

Alquiler: se indicará si se ha alquilado algún equipo, instalación, etc., para la actividad.

Consultoría o asesoría/contratación tecnológica/servicios de divulgación: se indicarán la empresa/s que han prestado este tipo de servicios para llevar a cabo la actividad y en qué han consistido dichos servicios.

Inversión: se indicará si la actividad ha implicado una inversión (material o inmaterial), indicándose el tipo de inversión y si la inversión lleva asociada algún tipo de coste general. Se describirá la inversión realizada, el miembro que la realiza, así como la ubicación de la misma (dirección y localidad).

*Cada actividad se debe desglosar individualmente en el bloque de gasto que le corresponda. Si hay gastos que se comparten en varias actividades se deben repetir en cada actividad a la que se imputan, pudiéndose indicar como observación con qué otras actividades se han compartido.

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2. EVIDENCIAS

En el apartado “a” del informe, a continuación de la descripción de cada actividad, se aportarán las evidencias que demuestren que la actividad se ha realizado.

Consideraciones generales a tener en cuenta en relación a las evidencias aportadas:

1. Para cada actividad aprobada en concesión se deben adjuntar evidencias, así como documentación justificativa de las actuaciones realizadas.

2. Las evidencias aportadas, así como otra documentación justificativa deben estar claramente identificadas y relacionadas con la actividad que se justifica (Si el volumen de las evidencias a aportar no permite incluirlas en el propio informe se pueden adjuntar como Anexo al informe, pero siempre debe quedar claro a qué actividad, pertenecen, identificando código y literal y haciendo referencia en la descripción de la actividad del informe al Anexo en el que se aportan las evidencias).

3. En su caso, se deberán aportar fotografías representativas de cada actividad vinculada a la subvención, preferiblemente con la fecha y lugar de disparo impreso en la fotografía

4. En su caso, se deberá aportar documentación gráfica en la que se pueda comprobar la publicidad de la financiación comunitaria en las actividades subvencionadas, preferiblemente, con fecha y lugar de disparo (ver apartado 2.18 de esta Guía).

5. En todo caso, deberán aportarse actas de las reuniones celebradas por los miembros del grupo operativo con indicación de su fecha, orden del día, acuerdos adoptados y registro de asistentes a la misma, documentos gráficos que reflejen el desarrollo de las actividades, así como cuantas otras fuentes de verificación de las actividades subvencionadas puedan proceder.

Evidencias a aportar según el tipo de actividad:

Actividades de coordinación:

- Reuniones presenciales de coordinación: orden del día, actas, hoja de firmas con los asistentes (no podrán ser firmas digitales), fotos (8preferiblemente con fecha y lugar de disparo).

- Reuniones telemáticas de coordinación: orden del día, actas, listado de asistentes, capturas de pantalla.

- Otros gastos de coordinación: informes, documentos de trabajo, etc.

Actividades de ejecución:

- Reuniones de ejecución de proyecto: lo descrito para reuniones de coordinación presenciales o telemáticas.

- Visitas para la ejecución del proyecto a proveedores, socios, usuarios, etc.: informes o actas con la descripción de los acuerdos adoptados, etc.

- Visitas de campo: hojas de firmas, informes de los trabajos, tablas de trabajo, fotografías (preferiblemente con fecha y lugar de disparo).

- Pruebas o ensayos: resultados de las pruebas o informes de los resultados, fotos del material fungible adquirido, etc.

- Aplicaciones desarrolladas: pantallazos de los distintos apartados de la aplicación o link a las aplicaciones.

- Inversiones: evidencias gráficas preferiblemente, con fecha y lugar de disparo, identificación (nº serie etc.), marca, modelo y especificaciones técnicas de la misma,

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fotografías en las que se pueda comprobar la publicidad de la financiación comunitaria.

- Actividades de formación y divulgación (cursos, jornadas, conferencias, congresos, reuniones divulgativas, presentaciones): programa de la jornada, registro de asistentes con hoja de firmas, evidencias del material empleado, fotos preferiblemente con la fecha y lugar de disparo impreso en la fotografía. apreciando en lo posible: participantes, ponentes/expertos, carteles, logos, material empleado. En la documentación gráfica aportada se debe poder comprobar la publicidad de la financiación comunitaria.

- Cursos on line: programa, registro de asistentes con hoja de firmas, evidencias del material empleado, link de acceso o pantallazos a los distintos módulos, evidencias gráficas de cumplimiento de las normas de información y publicidad.

Actividades de divulgación:

- Material publicitario (USB, gorras, carpetas, bolígrafos, etc): fotos, en las que se pueda comprobar la publicidad de la financiación comunitaria.

- Material divulgativo (roll-up, cartelería, folletos, etc): fotos en las que se pueda comprobar la publicidad de la financiación comunitaria.

- Estudios, actividades de consultoría y asesoramiento, etc: informes y resultados de los mismos.

- Alquiler de equipos, espacios, etc: contrato o similar.

- Páginas webs: enlace a la web.

- Mantenimiento de web: informe de creación, mantenimiento y actualizaciones con pantallazos de inserción de nuevos contenidos.

- Redes sociales: listado con contenidos insertos y sus fechas y pantallazos.

- Campañas publicitarias (televisión, radio, etc.): plan de medios y certificado del medio donde se ha realizado la campaña.

- Material audiovisual: videos, audios, etc.

- Ferias comerciales: evidencias gráficas en las que se compruebe la publicidad del grupo operativo en el stand, evidencias gráficas de folletos utilizados en el stand, notas de prensa derivadas, etc.

- Publicaciones en revistas: evidencias gráficas de la publicación en la que se pueda visualizar la fecha.

- Ruedas de prensa: evidencias gráficas de la rueda de prensa y notas de prensa.

- Estrategia de comunicación: definición de la estrategia de comunicación.

- Noticias sobre el proyecto: nota de prensa y evidencias de las publicaciones en las que se compruebe la fecha.

- Actividades de formación y divulgación (cursos, jornadas, conferencias, congresos, reuniones divulgativas, presentaciones): programa de la jornada, registro de asistentes con hoja de firmas, evidencias del material empleado, fotos preferiblemente con la fecha y lugar de disparo impreso en la fotografía. apreciando en lo posible: participantes, ponentes/expertos, carteles, logos, material empleado. En la documentación gráfica aportada se debe poder comprobar la publicidad de la financiación comunitaria.

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IMPORTANTE: en las evidencias aportadas se deberá demostrar el cumplimiento de las normas de información y publicidad (ver apartado 2.18 de esta Guía).

Este Informe Resumen de actuaciones está incluido en el Informe de Ejecución, que se completa con:

­ Evaluación de los resultados obtenidos que pueda verificarse en la fecha del informe según Anexo XIII de esta Guía.

­ Estado financiero recapitulativo, según Anexo IV de esta guía.

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Anexo XIII. INSTRUCCIONES SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS

Se incluirá una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse en la fecha del informe. Podrá ser una evaluación interna, o una evaluación externa contratada a un evaluador o entidad de evaluación con experiencia y capacidad. Debe hacerse referencia a los resultados planteados en la concesión de la ayuda y demostrar la consecución de dichos resultados.

Se presentará un informe por Grupo Operativo:

ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL INFORME

Se indicará el código de cada resultado junto con el literal, tal como se indica en el documento de resultados aprobado en concesión de ayuda (ver Figura 2).

Resultados esperados / Cuantificación

Indicador de resultado intermedio o hito

Indicador de resultado final

Fuentes de verificación

R1

Mejora de conocimientos sobre producción ecológica

Puntuación que obtienen los agricultores en el test de conocimientos realizado en primera anualidad Número de interacciones de los agricultores a través de la plataforma digital utilizada durante la primera anualidad

Puntuación que obtienen los agricultores en el test que se realizará a la finalización del proyecto. Número de interacciones entre los agricultores a través de la plataforma digital al finalizar el proyecto

FV1

FV2

Informe con la media de las puntuaciones obtenidas en los test de conocimiento al inicio del proyecto, a la finalización del primer año y en la fase final del proyecto, donde se analizará la mejora formativa demostrada. Informe donde se cuantifique y clasifique la información compartida entre los distintos agricultores a través de la plataforma.

*Figura 2. Ejemplo de extracto de Resultados aprobados en concesión de ayuda.

Para cada resultado se deben aportar datos de los indicadores intermedios o finales según el resultado se haya o no alcanzado y se aportarán las fuentes de verificación correspondientes conforme a lo que se indicó en concesión de ayuda (ver figura 2).

Se deberá aportar justificación en caso de no alcanzar los resultados esperados.

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Para aquellos resultados que fueron alcanzados en primera anualidad (ya se aportaron los datos correspondientes a los indicadores y las fuentes de verificación), y para los que, además, en segunda anualidad no se han realizado actividades asociadas y por tanto no han variado, se dejará la indicación correspondiente en el informe.

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Anexo XIV. CODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO

Código Tipo documento

01. Solicitud pago

Solicitud de pago. Se cumplimentará una única solicitud de pago a través de la Sede Electrónica del FEGA, completando el formulario que tendrá el formato que se refleja en el Anexo III de esta guía. Una vez cumplimentado y adjuntados los documentos a aportar, se firmará electrónicamente y una vez finalizado se generará un fichero XML con la información de la solicitud de pago.

02. Informe ejecución

Informe de ejecución. Se presentará un único archivo ZIP por Grupo Operativo nombrado como XXXX_DOC 2, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y estará compuesto por:

- 02.1. Informe resumen de las actuaciones que se han llevado a cabo en el que se justifique el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y la justificación de las mismas (aportación de fotografías, enlaces a páginas web, hoja de firmas de asistentes, etc.), cumplimiento de resultados, objetivos, y prioridad o área focal atendida. En este informe, se justificará la participación de cada miembro en las actividades concedidas. Un único documento por Grupo operativo.

Se presentará un único documento en formato PDF y se nombrará como XXXX_DOC 2.1, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

- 02.2. Estado financiero recapitulativo, donde consten los gastos planificados y los realizados efectivamente, cada uno de ellos relacionado con las actuaciones correspondientes, conforme al modelo establecido en el Anexo IV de esta guía (Anexo IX de la convocatoria).

Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato EXCEL. Se nombrará XXXX_DOC 2.2, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

- 02.3. Evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse en la fecha del informe.

Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato PDF. Se nombrará XXXX_DOC 2.3, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

03. Extracto de cuenta

Extracto de cuenta emitido por la entidad bancaria.

Extracto de la cuenta bancaria única (una única cuenta bancaria por miembro de la agrupación salvo en los casos excepcionales debidamente justificados).

Se presentará un único documento en formato PDF por cada miembro beneficiario y se nombrará como XXXX_DOC 3_NIF del miembro, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente. El representante del Grupo Operativo recopilará los documentos PDF de todos los miembros beneficiarios y creará un archivo ZIP. Este archivo se nombrará XXXX_DOC 3, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

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Código Tipo documento

04. Facturas y justificantes

Facturas y otros justificantes de gasto, tales como certificados del jefe de personal, hojas de liquidación de gastos y justificantes de pago correspondientes, junto con los títulos, documentos o extractos bancarios o contables. Así mismo, en el supuesto de adquisición de bienes inmuebles además de la factura se justificarán con un certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.

Se presentará un único documento en formato PDF por cada miembro beneficiario que contendrá los justificantes de gasto y pago correlativamente numerados, con excepción de los gastos de personal. Cada documento PDF se nombrará como XXXX_DOC 4_NIF del miembro, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente. Para los gastos de personal se preparará una carpeta aparte por miembro (identificada como XXXX_DOC 4_NIF del miembro_GP) conteniendo a su vez una subcarpeta independiente para cada trabajador de los que se imputan gastos (estas subcarpetas se identificarán con APELLIDO 1 APELLIDO 2, NOMBRE del trabajador) y otra subcarpeta COMUN, con los PDF de los RNT, RLC y Modelo 111 u otra documentación justificativa o de aclaración de los gastos presentados. El representante del Grupo Operativo recopilará los documentos PDF las carpetas de gastos de personal de todos los miembros beneficiarios y creará un archivo ZIP único. Este archivo se nombrará XXXX_DOC 4, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

IMPORTANTE: En la documentación de gastos de personal de cada uno de los trabajadores se incluirá el certificado de jefe de personal por trabajador

y entidad beneficiaria, identificado cada uno con su número de orden, según el modelo facilitado en esta Guía.

- Junto con el certificado, se deberá adjuntar la relación nominal de trabajadores (RNT), el recibo de liquidación de cotizaciones (RLC), el modelo 111 (IRPF) y las nóminas correspondientes al periodo de ejecución

- Estos documentos irán acompañados del justificante bancario del pago de las nóminas, documentos justificativos del pago de los RLC a la Seguridad Social y de los documentos acreditativos del ingreso en el correspondiente organismo oficial de las retenciones del IRPF, correspondientes a las citadas nóminas.

Las hojas de liquidación de gasto de los trabajadores irán identificadas

con un nº de orden y a continuación se adjuntarán los tickets o facturas que la soporten (estos se adjuntarán tantas veces como notas de gasto los incluyan) y documentos de pago correspondientes.

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Código Tipo documento

05. Cuadro repertoriado

Cuadro repertoriado de facturas. En este documento se relacionará cada una de las facturas con sus correspondientes justificantes de pago, según el modelo establecido en el Anexo V de esta guía (Anexo X de la convocatoria).

Se presentará un único documento por Grupo Operativo en formato EXCEL. Se nombrará XXXX_DOC 5, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

IMPORTANTE: Debe coincidir con el CSV subido a la aplicación.

En caso de expedientes con informe de auditoría este documento se presenta como 13.2 (ver apartado 13 de esta tabla)

06. Declaraciones

Declaraciones. Se presentará un único archivo ZIP por Grupo Operativo nombrado como XXXX_DOC 6, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y estará compuesto por:

- 06.1. Declaración responsable de la agrupación de no haber recibido otra subvención para la misma finalidad y objeto, así como no encontrarse inmerso en un proceso de reintegro de subvenciones, según el modelo establecido en el Anexo VI de esta guía (Anexo XI de la convocatoria).

Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato PDF. Se nombrará XXXX_DOC 6.1, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

- 06.2. Declaración responsable de sus miembros de no haber recibido otra subvención para la misma finalidad y objeto, así como no encontrarse inmerso en un proceso de reintegro de subvenciones, según el modelo establecido en el Anexo VII de esta guía (Anexo XII de la convocatoria).

Se presentará una declaración por miembro en formato PDF y se nombrará como XXXX_DOC 6.2_NIF del Miembro, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

07. Certificado Hacienda y SS

Certificado Hacienda y seguridad social. Se deberán presentar dichos certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en caso de no haber autorizado, en la solicitud de pago, a la Administración su consulta a la AEAT y a la TGSS respectivamente.

Se presentará un único documento en formato PDF por cada miembro beneficiario que contendrá los certificados relacionados anteriormente. Cada documento PDF se nombrará como XXXX_DOC 7_NIF del miembro, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente. El representante del Grupo Operativo recopilará los documentos PDF de todos los miembros beneficiarios y creará un archivo ZIP. Este archivo se nombrará XXXX_DOC 7, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

08. Datos cuenta

Datos bancarios de la cuenta elegida por el representante (una cuenta por Grupo Operativo).

Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato PDF. Se nombrará XXXX_DOC 8 siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

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09. Cumplimiento de lo previsto en el artículo 9.5 y 9.7 del Real Decreto 169/2018

Cumplimiento de lo previsto en el artículo 9.5 y 9.7 del Real Decreto 169/2018.

Para subcontrataciones por importe igual o superior a 15.000 euros se presentará documentación acreditativa que consistirá en al menos 3 ofertas para gastos de subcontratación. Asimismo, se precisará contrato escrito y autorización del órgano concedente para subcontrataciones con importes de más del 20 % de la ayuda concedida y más de 60.000 euros.

Se presentará un único documento en formato PDF por cada miembro beneficiario. Cada documento PDF se nombrará como XXXX_DOC 9_NIF del miembro, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente. El representante del Grupo Operativo recopilará los documentos PDF de todos los miembros beneficiarios y creará un archivo ZIP. Este archivo se nombrará XXXX_DOC 9, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

IMPORTANTE: Para justificar la moderación de costes de los gastos subvencionados, Para cualquier gasto subvencionable que no esté limitado en importe en la convocatoria (por ejemplo, no sería aplicable en los casos de alojamiento y manutención) también se deberá presentar al menos tres ofertas tal y como se indica en el apartado 6 y Anexo VIII de esta Guía.

10. Ficha resumen de divulgación

Ficha resumen de divulgación. Se completará según el modelo establecido en el Anexo X de esta guía (Anexo IV de la convocatoria).

Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato PDF. Se nombrará XXXX_DOC 10, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

11. Resumen de los gastos limitados por el Real Decreto 169/2018.

Tabla resumen de los gastos limitados por el Real Decreto 169/2018, según el modelo y los formatos establecidos en el Anexo IX de esta guía.

- Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato EXCEL. Se nombrará XXXX_DOC 11, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

IMPORTANTE: los datos deben coincidir con los del CSV subido a la aplicación.

Para los expedientes que presenten informe de auditoría también se debe presentar este documento.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

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Código Tipo documento

12. Documentación gastos de personal

Contrato y 12 últimas nóminas de los meses anteriores a la fecha de concesión de la ayuda, así como otra documentación justificativa de acuerdo a lo indicado en al Anexo XI de esta Guía, de cada uno de los trabajadores de los miembros de la agrupación.

Se presentará una carpeta por miembro de la agrupación (identificada como XXXX_DOC 12_NIF del miembro) conteniendo a su vez una subcarpeta independiente para cada trabajador de los que se imputan gastos (estas subcarpetas se identificarán con APELLIDO 1 APELLIDO 2, NOMBRE del trabajador, conteniendo: una subcarpeta “12 nóminas” con los PDF de las nóminas de cada trabajador; el PDF del contrato; otros PDF con documentación necesaria en cada caso), siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente. El representante del Grupo Operativo recopilará las carpetas de todos los miembros beneficiarios y creará un archivo ZIP. Este archivo se nombrará XXXX_DOC 12, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

13. Informe de auditoría

Informe de un auditor de cuentas. Se presentará un único archivo ZIP por Grupo Operativo nombrado como XXXX_DOC 13, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y estará compuesto por: - 13.1. Informe auditoría. Su contenido mínimo se establece en el Anexo VIII de esta guía (Anexo XIII de la convocatoria.). Debe incluir el Estado Financiero recapitulativo, el cuadro repertoriado y la tabla resumen de gastos limitados visados por el auditor: Se presentará un único archivo por Grupo Operativo en formato PDF. Se nombrará XXXX_DOC 13.1, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

- 13.2. Cuadro repertoriado. Se presentará el cuadro repertoriado revisado por el auditor (sin descontar los importes detectados como no admisibles), según el modelo e instrucciones establecidos en el Anexo V de esta guía en formato EXCEL. Se presentará un único documento por Grupo Operativo. Se nombrará XXXX_DOC 13.2, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente.

14. Otros

Otra documentación. Se presentará por cada uno de los miembros cualquier documento que sea relevante para la justificación de los gastos que no esté contemplado en alguno de los documentos (como, por ejemplo, documentación justificativa de exención de IVA, poderes notariales, etc.).

Cada miembro denominará cada uno de los documentos aportados en PDF con el nombre XXXX_DOC 14.1_NIF del miembro, XXXX_DOC 14.2_NIF del miembro… siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente. El representante del Grupo Operativo recopilará los documentos PDF de todos los miembros beneficiarios y creará un archivo ZIP. Este archivo se nombrará XXXX_DOC 14, siendo XXXX los 4 últimos dígitos del número de registro de su expediente y se remitirá telemáticamente junto con el resto de la documentación solicitada.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.

www.fega.es

C/ Beneficencia, 8 - 28004 - Madrid

Tel: 91 347 65 00

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