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Derecho - UNA DIVORCIO. Antes de entrar en las definiciones, características e historia del Divorcio, es necesario considerar la preexistencia de una relación vinculante de carácter legal denominado Matrimonio, el cual es considerado como la institución social más importante en la que a través de esta se establece la integración de una familia, derivada de la ley biológica que exige la perpetuidad de una especie, en este caso la humana. El Matrimonio se podría definir como "contrato civil( porque tiene la presencia del Estado) y solemne( porque necesita requisitos para que tenga validez), celebrado entre dos personas de sexo diferente(hombre y mujer), con el objetivo de perpetuar la especie". En el aspecto civil, es considerado como un contrato el cual sólo será válido si se ciñe a las normas establecidas por nuestra ley, como contrato este reviste una serie de formas solemnes sancionadas por una autoridad civil en tal carácter contractual podemos asumir que este reviste un carácter de disolubilidad, y es en tal caso que se puede recurrir ante la autoridad para solicitar tal disolución del vínculo no sin que la autoridad procure garantizar los intereses de los hijos, y de ambos cónyuges, por lo que es de vital importancia el conocimiento de sus derechos con respecto de su persona, bienes e hijos. DEFINICIÓN. El divorcio es la disolución del matrimonio. Es una solución al problema de la infidelidad conyugal y un cúmulo de insatisfacciones, a veces arrastradas por largos años y no necesariamente le da la felicidad a la persona. El procedimiento para el mismo, debe considerar a todo momento a las partes envueltas como una familia en dificultad que necesita ayuda. Pero debe entenderse que el divorcio no es el problema, sino el resultado que puede radicar con uno u ambos cónyuges. 1 El Divorcio se puede definir como "la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio". También puede ser definido "El Divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciado por tribunales, a solicitud de uno de los esposos (Divorcio por causa determinada) o de ambos (Divorcio por mutuo 1 Rodríguez, Miriam (1982). «Introdución: El Divorcio...problema o Solución». Génesis de la Obra el Divorcio...Problema o Solución. Puerto Rico: Universidad de Puerto Rico.

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Derecho - UNA

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DIVORCIO.Antes de entrar en las definiciones, caractersticas e historia del Divorcio, es necesario considerar la preexistencia de una relacin vinculante de carcter legal denominado Matrimonio, el cual es considerado como la institucin social ms importante en la que a travs de esta se establece la integracin de una familia, derivada de la ley biolgica que exige la perpetuidad de una especie, en este caso la humana. El Matrimonio se podra definir como "contrato civil( porque tiene la presencia del Estado) y solemne( porque necesita requisitos para que tenga validez), celebrado entre dos personas de sexo diferente(hombre y mujer), con el objetivo de perpetuar la especie". En el aspecto civil, es considerado como un contrato el cual slo ser vlido si se cie a las normas establecidas por nuestra ley, como contrato este reviste una serie de formas solemnes sancionadas por una autoridad civil en tal carcter contractual podemos asumir que este reviste un carcter de disolubilidad, y es en tal caso que se puede recurrir ante la autoridad para solicitar tal disolucin del vnculo no sin que la autoridad procure garantizar los intereses de los hijos, y de ambos cnyuges, por lo que es de vital importancia el conocimiento de sus derechos con respecto de su persona, bienes e hijos.

DEFINICIN.El divorcio es la disolucin del matrimonio. Es una solucin al problema de la infidelidad conyugal y un cmulo de insatisfacciones, a veces arrastradas por largos aos y no necesariamente le da la felicidad a la persona. El procedimiento para el mismo, debe considerar a todo momento a las partes envueltas como una familia en dificultad que necesita ayuda. Pero debe entenderse que el divorcio no es el problema, sino el resultado que puede radicar con uno u ambos cnyuges.[footnoteRef:2] [2: Rodrguez, Miriam (1982). Introducin: El Divorcio...problema o Solucin. Gnesis de la Obra el Divorcio...Problema o Solucin. Puerto Rico: Universidad de Puerto Rico. ]

El Divorcio se puede definir como "la disolucin del vnculo matrimonial que deja a los cnyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio". Tambin puede ser definido "El Divorcio es la ruptura del vnculo conyugal, pronunciado por tribunales, a solicitud de uno de los esposos (Divorcio por causa determinada) o de ambos (Divorcio por mutuo consentimiento) sancin resultante de una accin encaminada a obtener la disolucin del matrimonio".

HISTORIA.La institucin del divorcio es casi tan antigua como la del matrimonio, si bien muchas culturas no lo admitan por cuestiones religiosas, sociales o econmicas.La mayora de las civilizaciones que regulaban la institucin del matrimonio nunca la consideraron indisoluble, y su ruptura generalmente era solicitada por los hombres. Aunque en algunas de ellas, el nacimiento de un hijo le otorgaba al vnculo el carcter de indisoluble.En muchas sociedades antiguas tambin era motivo de muerte, como en la antigua Babilonia, donde el divorcio poda ser pedido por cualquiera de los cnyuges, pero el adulterio de las mujeres era penado con la muerte.Los celtas practicaban la endogamia (matrimonio de personas de ascendencia comn o naturales de una pequea localidad o comarca), excepto los nobles que solan tener ms de una esposa. Era habitual la prctica de contraer matrimonio por un perodo establecido de tiempo, tras el cual los contrayentes eran libres, pero tambin era habitual el divorcio.En Amrica, los Aztecasslo podan tener una esposa y se la denominaba Cihuatlantli, y slo poda tener un nmero determinado de concubinas, slo la cantidad que pudiera mantener. En este contexto, no desconocan el divorcio, pero deba lograrse por sentencia judicial, que los habilitaba para contraer nuevamente matrimonio.Entre loshebreos, los varones podan repudiar a sus esposas sin necesidad de argumentar la causa de tal actitud, bastaba con informar al Sanedrn. Tambin exista el divorcio por mutuo disenso, pero las razones de las mujeres eran sometidas a un anlisis ms riguroso que las del hombre.En el Islam, los varones pueden repudiar a sus cnyuges al repetir consecutivamente la expresin "te repudio" (Talaq, talaq, talaq) en tres ocasiones.Tambin en la antigua Grecia exista el divorcio por mutuo disenso y la repudiacin, pero el hombre deba restituir la dote a la familia de la mujer en caso de separacin.En la Roma temprana el divorcio era algo poco comn, hasta la poca de los emperadores, en donde se acu la mxima "matrimonia debentesse libera (los matrimonios deben ser libres) en donde el esposo o la esposa podan renunciar a l si as lo queran.En los inicios del cristianismo, el divorcio era admitido, pero con el tiempo la iglesia lo fue prohibiendo. A partir del siglo X, eran los tribunales eclesisticos quienes tramitaban los divorcios, no sin grandes disputas de distintos sectores de la iglesia cristiana. A partir del Concilio de Trento, en 1563, se impuso la teora del carcter indisoluble del vnculo, aunque se admiti la separacin de cuerpos.Sin embargo, la Reforma de Lutero, admiti el divorcio aunque nicamente en casos muy graves. Esta reforma, incluso provoc que Inglaterra abrazara la misma debido a que su rey, Enrique VIII deseaba divorciarse de su esposa, Catalina, y la Iglesia de Roma no se lo permita.En Espaa el Fuero Juzgo lo admita en casos de sodoma del marido, induccin a la prostitucin de la mujer y adulterio de esta. Posteriormente Las Siete Partidas lo prohibieron.Italia en 1970 y Espaa en 1981 fueron algunos de los ltimos pases europeos en aprobarlo definitivamente.En 1796, Francia incorpor la ruptura del vnculo matrimonial en la ley promulgada el 20 de noviembre, que sirvi de antecedente a muchas de las legislaciones vigentes.El divorcio ha causado grandes polmicas en los pases mayoritariamente catlicos, pues la Iglesia Catlica no consideraba posible el divorcio de las personas hasta la dcada de los aos 80 del siglo pasado.CAUSAS DEL DIVORCIOLas causas del rompimiento matrimonial, que estn en el Cdigo civil de Puerto Rico, son las siguientes: la primera es por la muerte de uno de los conyugues, la segunda, si el matrimonio se declara nulo y la ltima por el divorcio legalmente obtenido y tambin si existe agresin hacia la pareja. Se obtiene el divorcio si hay adulterio, si uno de los cnyuges es condenado por un delito grave, por embriaguez habitual o uso constante morfina o cualquier otro narctico. Trato cruel o injurias graves, abandono por un trmino mayor de un ao, impotencia absoluta perpetua e incurable sobrevenida despus del matrimonio. El conato del marido o de la mujer para corromper a sus hijos o prostituir a sus hijos, la propuesta del marido para prostituir a su mujer, la separacin de ambos cnyuges por un periodo de tiempo sin interrupciones de ms de dos aos y la locura incurable de los cnyuges sobrevenida despus del matrimonio, por un periodo de ms de siete aos, cuando impida gravemente la convivencia espiritual[footnoteRef:3]. Un factor que ha ayudado a cambiar la familia tradicional y cause tensiones y conflictos familiar es el cambio de los roles dentro del matrimonio donde el papel de la mujer dentro de la familia ha cambiado gracias a las oportunidades de educacin y empleo y eso implica que intelectualmente y econmicamente estn al nivel del hombre. Esa igualdad ha sido una de las causas por las cuales el divorcio ha aumentado en trminos absolutos como relativo.Problemtica existente. Gnesis de la Obra el Divorcio...Problema o Solucin. Puerto Rico: Universidad de Puerto Rico. [3: Pagani Pedro (1987) Figueroa Ferrer V.E.L.A. divorcio por consentimiento mutuo: una decisin de cambio y su importancia como agente de cambio social. Puerto Rico: Universidad de Puerto Rico. p.24, 25, 26.]

Segn la legislacin de cada pas, es causa de divorcio el mutuo disenso; la bigamia, la enfermedad fsica o mental, que ponga en riesgo la vida del otro cnyuge; la violacin de los deberes inherentes al matrimonio; abandono malicioso; etc.Causas bastante ms raras pero a veces no menos frecuentes, son el ronquido insoportable de uno de los cnyuges, falta de higiene personal, adicciones a distracciones, poltica, deportes o hobbies.ORIGEN DEL DIVORCIO.En el Derecho Romano, la disolucin del matrimonio se conoca como Divortium y se produca por diversas razones, entre las cuales podemos sealar: Por incapacidad matrimonial de cualquiera de los contrayentes; Por la muerte de uno de ellos; Por CapitisDiminutio; Por el incestussuperveniens, que ocurra cuando el suegro adoptaba como hijo a su yerno y los cnyuges quedaban en condicin de hermanos. Por llegar al cargo de Senador quien estuviese casado con una liberta,; Por la cesacin de la AffetioMaritalis, consistente en la voluntad de ambos cnyuges de poner trmino al matrimonio.En la legislacin Francesa no estaba permitido el Divorcio, el matrimonio era considerado indestructible, eclesistico y sagrado, pero a partir de la Revolucin de 179, se abri la posibilidad de dar por terminado al matrimonio mediante el Divorcio-Contrato y posteriormente surge el Divorcio-Sancin. Fueron asimilando varias ordenanzas que planteaban la posibilidad de pedir el divorcio en los casos de: Adulterio, Por la muerte de unos de los cnyuges, Por la condena a pena criminal, El abandono del hogar, Los excesos Sevicias, Las injurias graves del uno para con el otro,Es decir todo lo que hiciera intolerable el mantenimiento del vnculo conyugal.

FAMILIA Y EL DIVORCIOEl divorcio es responsable de los cambios profundos en el sistema de la familia, obligando a sus subsistemas para llevar a cabo unas reorganizaciones estructurales. Desilusin matrimonial es un evento estresante en el sistema familiar, y la capacidad de absorcin de sus efectos sistemticos y la calidad de funcionamiento adaptivo de los nios dependen de las caractersticas del sistema de la familia durante el matrimonio; como por ejemplo la comunicacin. Hay una tendencia en los primero aos despus del divorcio, la relacin co-parental se caracteriza por la existencia de niveles moderadas altas de conflictos o compromisos mutuo disminucin en la educacin de los nios. Esta separacin y el antagonismo que parece traducirse en paralelo y sin coordinacin prcticas educativas que contribuyen a debilitar la percepcin de los nios acerca de la alianza y promover el conflicto interparietal, los padres y la inadaptacin de la familia Bastos, Alicia (6 de noviembre de 2009). Ajuste al divorcio y las relaciones co-parental: Aportaciones desde la teora del apego En cuanto a los padres, Fein (1978) presenta tres perspectivas diferentes: la tradicional, moderno y emergente. En el tradicional, es el padre como proveedor, que ofrece apoyo emocional a la madre, pero no est involucrado directamente con los nios, el ejercicio del modelo de poder y autoridad. Desde el moderno destaca su papel en el desarrollo moral, educativo y emocional. Y el nuevo nace de la idea que los hombres son psicolgicamente capaces de participar activamente en el cuidado y la crianza de los nios. El autor tambin sostiene, basado en investigaciones llevadas a cabo, para algunos hombres que se divorcian puede ser una buena oportunidad de aproximar stas a sus hijos. As, destaca la importancia de los padres en el desarrollo infantil, la adquisicin de la identidad de gnero para el rendimiento acadmico. Paternidad: Algunas consideraciones sobre los nios y las relaciones entre padres despus del divorcio Por otra parte, Pleck (1997) confirma en su investigacin, que las mujeres tienen cada vez llam a su compaero a participar en el cuidado de las cras. El autor que se encuentran los factores que ayudan o impiden a un hombre para estar presentes, como la edad (los nios pequeos sensibilizar a los ms de los adolescentes), el sexo de los nios (los nios reciben ms atencin) y el da de la semana (fines de semana se el momento ms apropiado para el padre para llevar a cabo su funcin). Ante esta situacin, muchas mujeres se sienten abrumadas, porque el reparto equitativo de los roles no sucede en la prctica, lo que ayuda a ver las funciones diarias en solitario. Jablonski (1999) plantea que la transicin de las actitudes de comportamiento ha sido satisfactoria cualitativa o cuantitativamente. El hombre se ve confundido frente a estos cambios y preparar el nuevo papel que se produce lentamente. Por lo tanto, un reparto ms equitativo de las tareas parece ser el primer paso hacia cambios efectivos. Conforme los nios crecen, a pesar de posibles actitudes igualitarias pre-existentes, la divisin del trabajo dentro del hogar tiende a ser ms estereotipados, rompiendo el total del capital en manos de solo los jvenes de ambos sexos. Paternidad: Algunas consideraciones sobre los nios y las relaciones entre padres despus del divorcio (en portugus.El divorcio no anuncia el fin de la familia. Aunque los padres se han disuelto su condicin de parte de su pareja, seguirn manteniendo su papel de co-paternidad y la pareja paternal. La reorganizacin de la familia puede verse afectada negativamente por los procesos de separacin o reorganizacin de embargo, en la terminologa de Bowlby (1980). Ajuste al divorcio y las relaciones co-parental: Aportaciones desde la teora del apego.Tramitacin Genrica de Divorcio Ante Juzgado o Autoridad JudicialEn la mayora de las legislaciones se contemplan los siguientes tipos de divorcios ante autoridad judicial:- Divorcio por mutuo consentimiento.- Divorcio sin el consentimiento de alguno de los esposos. Siempre y cuando se apoye en una causal de divorcio que menciona la ley.Y en algunos pases o localidades de algunos pases:- Divorcio por la voluntad de uno de los esposos. Solo basta que uno de los cnyuges pida el divorcio y se otorga.Adelante mencionaremos los contenidos genricos que las sentencias de divorcio revisten.Cada uno de formagenrica tiene las caractersticas que se mencionan:

1. DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTOConcepto genrico. "Es la disolucin del vnculo matrimonial que se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin a un procedimiento el cual se inici por una solicitud en la que ambos cnyuges estuvieron de acuerdo en realizar y han cumplido con todos los requisitos legales que la ley marca para lograr se dicte sentencia".Procedimiento genrico: Estando de acuerdo ambos cnyuges comparecen o se presentan (por escrito o de forma personal y verbal dependiendo de cada legislacin) ante la autoridad judicial competente (normalmente un juez familiar) y solicitan se decrete en sentencia definitiva el divorcio, por lo que una vez que los cnyuges realizan todos los pasos legales obtienen la sentencia de divorcio.

2. DIVORCIO SIN EL CONSENTIMIENTO DE UNO DE LOS ESPOSOSConcepto genrico. "Es la disolucin del vnculo matrimonial que se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin a un procedimiento el cual inici por la peticin o demanda de uno de los cnyuges en la cual dicho cnyuge solicitante sin el consentimiento del otro pide al Juez la terminacin del vnculo matrimonial y la peticin o demanda tiene apoyo en hechos que la ley considera como suficientes para que se otorgue el divorcio (causales de divorcio)".En algunos pases o localidades de diversos pases este es conocido como el Divorcio Necesario.Para solicitar al Juez se decrete el "divorcio necesario" es requisito que el cnyuge solicitante pruebe que su esposo o esposa ha realizado o incurrido en hechos que la ley marca como suficientes para que opere el divorcio.La legislacin de cada pas seala cuales son las causas de divorcio necesario, pero de forma genrica encontramos:A. Violencia intrafamiliar (lesiones, injurias, violencia psicolgica o fsica).B. Adicciones. Que afecten el al ncleo familiar o a alguno de sus integrantes (Ejemplo adiccin a drogas, juegos, etc).C. Ser sentenciado a pena corporal por delito grave que no alcance el beneficio de libertad bajo caucin o fianza.D. Adulterio.E. Bigamia.F. Incitar u obligar a cualquier integrante a cometer un delitoG. Conductas que ponen en peligro la integridad fsica o psicolgica de cualquiera de los integrantes de la familia.H. Abandono injustificado del hogar.I. Infecciones de transmisin sexual incurables.J. Falta de cumplimiento intencional a las obligaciones alimentarias.K. Delito cometido en contra de uno de los cnyuges o de los hijos.En este tipo de procedimiento la voluntad de uno de los cnyuges para divorciarse no es suficiente como causal de divorcio, Es decir que el deseo de seguir casado no se considera como importante ya que solamente que se prueben algunas de las "causales de divorcio" se podr dictar sentencia que decrete como terminado el matrimonio, si en el procedimiento NO se prueba alguna de las causales entonces la sentencia de divorcio no operar yseguir vigente el matrimonio.3. DIVORCIO POR VOLUNTAD DE UNO DE LOS ESPOSOSConcepto. "Es la disolucin del vnculo matrimonial que se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin a un procedimiento el cual inici por la peticin o demanda de uno de los cnyuges en la cual dicho cnyuge solicitante sin el consentimiento del otro pide al Juez la terminacin del vnculo matrimonial y este simple deseo es suficientes para que se otorgue el divorcio".A diferencia del anterior mencionado "divorcio necesario", en este tipo de divorcio solo se invoca una sola causal que es la voluntad del cnyuge solicitante de quererse divorciar.Este procedimiento de divorcio es mucho ms rpido que el anteriormente mencionado "divorcio necesario".SEPARACION MATRIMONIALLa separacin matrimonial es una situacin jurdica intermedia entre el matrimonio y el divorcio.En muchos ordenamientos jurdicos, la ley no contempla la posibilidad del divorcio, por motivos principalmente religiosos o culturales (el caso emblemtico es el del Derecho cannico, que ha influido mucho en muchos ordenamientos jurdicos de pases de mayora cristiana). Por ese motivo, se ha creado un sistema a medio camino entre el matrimonio y el divorcio, que permite que siga existiendo el vnculo matrimonial, mientras que se terminan muchos de los derechos y obligaciones existentes para una pareja casada.EfectosLo ms habitual en un rgimen de separacin matrimonial, aunque puede variar en funcin del ordenamiento jurdico, es que existan las siguientes diferencias con el vnculo matrimonial: Desaparece la obligacin de vivir en el domicilio conyugal (en las legislaciones donde esta obligacin existe). Este es un requisito esencial en la separacin. Se debe liquidar el rgimen econmico matrimonial. A partir de la separacin, las partes liquidan la comunidad de bienes (en el caso de que existiese), y pasan a regirse por separacin de bienes como si no estuviesen casados. Se procede a repartir la custodia legal de los hijos, el rgimen de visitas y la pensin de alimentos en favor de los hijos en su caso. Si la legislacin lo contempla y si existe desequilibrio econmico entre los cnyuges, se puede establecer la pensin compensatoria (tambin denominada en algunos casos pensin de alimentos) de un cnyuge al otro. Los separados pierden los derechos hereditarios que corresponden a los cnyuges. Uno de los padres se hace responsable por sus hijos o cada uno se queda con uno.La principal diferencia entre la separacin y el divorcio es que el matrimonio sigue existiendo. Por este motivo: Una persona separada no puede volver a contraer matrimonio, porque incurrira en bigamia. Una persona separada, puede divorciarse posteriormente.Separacin de hecho y separacin judicialSe diferencia habitualmente entre la situacin de separacin de hecho y la de separacin judicial. En ambos casos se da la situacin fctica de separacin de la pareja, y ruptura de la convivencia.Sin embargo, la separacin judicial (que es a la que aludimos normalmente cuando hablamos de separacin matrimonial) es la establecida mediante una sentencia judicial e implica un mayor nmero de efectos jurdicos que la separacin de hecho. La liquidacin del rgimen econmico matrimonial, las pensiones y custodias correspondientes, por ejemplo, las dicta necesariamente el juez.La separacin de hecho, por lo tanto, es una situacin fctica, aunque a veces se le reconoce algn efecto jurdico. Por ejemplo, la separacin de hecho puede ser una causa para solicitar la declaracin de divorcio, como as sucede en Chile y Espaa.

NULIDAD MATRIMONIALLa nulidad matrimonial es una causa de ineficacia de un matrimonio. Supone la invalidacin del matrimonio por la existencia de un vicio o defecto esencial en su celebracin. Se diferencia del divorcio, por cuanto en este ltimo se disuelve un matrimonio vlido por voluntad de uno o ambos cnyuges.Causas de nulidad matrimonialDerecho cannico1. Impotencia antecedente y perpetua de uno de los esposos para el acto matrimonial.2. Falta de consentimiento.a) Carecer de suficiente uso de razn.b) Grave defecto de discrecin de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales de matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar.c) Quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psquica.3. Si son primos hermanos y no lo saban, al saberlo pueden optar por pedir dispensa o anularlo.4. Si uno de ellos tiene una enfermedad y no se lo ha dicho al otro, de tal manera que si se lo hubiera dicho no se casase.5. Que uno de los cnyuges se case con el propsito de no tener hijos nunca, siendo ste uno de los fines primordiales del matrimonio.6. Falta de libertad en el consentimiento, como, por ejemplo, la mujer raptada; mientras no est libre y segura, no es vlido el matrimonio.7. Si el matrimonio se celebra entre dos personas, una bautizada en la Iglesia Catlica o recibida en su seno y no se ha apartado de ella por acto formal, y otra no bautizada.8. Quien contraiga matrimonio con una persona viuda, si material o intelectualmente fue alguno de las dos causas de muerte del cnyuge anterior, con finalidad de contraer matrimonio.9. Si conociendo las propiedades esenciales del matrimonio, que son: unidad e indisolubilidad, obrase la voluntad excluyendo positivamente una de ellas, el consentimiento prestado sera nulo.10. Es invlido el matrimonio contrado por violencia o por miedo grave proveniente de una causa externa.DISOLUCION DEL MATRIMONIO

DIVORCIO VINCULAR

El problema del divorcio: El divorcio plantea uno de los graves problemas de las sociedades modernas. Su proliferacin en el mundo entero parece convertirlo en su fenmeno normal. Hombres y mujeres se divorcian con la misma naturalidad con que se casan. Mltiples son los factores de orden moral, social, poltico y econmico que han confluido para propagarlo.a) Hay, ante todo, una declinacin evidente de las convicciones morales y religiosas. La familia no se concibe ya con un contenido pleno de deberes, sino como un centro que hace ms cmoda y agradable la vida; por tanto a las primeras dificultades, los cnyuges se desligan y buscan su felicidad en nuevas uniones. La nuestra es una generacin poco dispuesta a soportar contratiempos y pesares.b) La emancipacin de la mujer ha complicado las relaciones conyugales. La subordinacin a la autoridad marital ha sido reemplazada por la unin basada en la igualdad. Donde antes gobernaba una voluntad, hoy rigen dos, con su inevitable secuela de conflictos. c) Otro factor de peso es la inestabilidad del mundo contemporneo. Nuestra poca se caracteriza por sus constantes mutaciones. El sbito y portentoso adelanto de la ciencia y la tcnica transforma rpidamente las condiciones de vida. Nada se hace con sentido de permanencia, porque maana ser viejo y habr cado en desuso. Las construcciones precaria o prefabricadas reemplazan a los antiguos y slidos edificios; el automvil debe cambiarse anualmente por el nuevo modelo; nadie piensa ya en hacer fortuna con el esfuerzo tenaz de quince o veinte aos, sino en el negocio rpido y fcil, aunque sea riesgoso y quizs no del todo honorable; los estudios y las etapas de aprendizaje son cada vez ms breves, no obstante que los conocimientos se han complicado notablemente. Nadie tiene tiempo que perder. En este agitado devenir, lo permanente es una rmora, un obstculo. Y, sobre todo, es algo para lo cual el espritu moderno se siente inadaptado. De ah que se quiera el divorcio: los lazos indisolubles chocan contra aquellas modalidades. El hombre perdido la paciencia para perseverar en su lucha por la paz y la felicidad conyugal.[footnoteRef:4] [4: BORDA, Guillermo, (2009), Manual de Derecho Civil, Disolucin del Matrimonio, 13 Edicin, Buenos Aires.]

LEY N 45/91

LEY DEL DIVORCIO

Los cnyuges divorciados no podrn contraer nuevas nupcias antes de trascurrido 300 das de haber quedado firme y ejecutoriada la sentencia respectivas, expresa la Ley del Divorcio promulgada y que consta de 24 artculos.

El texto completo de la referida ley es el siguiente:

ART. 1.- Esta ley establece el divorcio que disuelve el vnculo matrimonial y habilita a los cnyuges divorciados a contraer nuevas nupcias. No hay divorcio sin sentencia judicial que as lo decrete.

ART. 2.- La iniciacin del juicio de divorcio implica igualmente la iniciacin del juicio de disolucin y liquidacin de la comunidad de los bienes de los esposos, por cuerda separada y por el procedimiento pertinente. Sera competente el mismo juez.

ART. 3.- La ley del domicilio conyugal rige el divorcio vincular.

ART. 4.- Son causales del divorcio:a) El atentado de unos de los cnyuges contra la vida del otro;b) La conducta inmoral de uno de los cnyuges o su incitacin al otro a cometer adulterio, prostitucin u otros vicios o delitos;c) La sevicia, los malos tratos y las injurias graves;d) El estado habituadle embriaguez o el uso reiterado de drogas estupefacientes, cuando hicieren insoportables la vida conyugal, as como el juego de azar cuando amenace la ruina familiar;e) La enfermedad mental permanente y grave, declarada judicialmente;f) El abandono voluntario y maliciosa del hogar por cualquiera de los cnyuges. Incurre de asistencia para con el otro o con sus hijos, o que, condenado a prestar alimentos, se hallase en mora por mas de cuatro meses consecutivos, sin causa justificada;g) El adulterio; yh) La separacin de hecho por ms de un ao, sin voluntad de unirse de cualquiera de los cnyuges.

ART.5.- Transcurridos tres aos de matrimonio los cnyuges podrn solicitar al juez su divorcio vincular.Los menores emancipados por el matrimonio., solo despus de cumplida la mayoridad de ambos podrn plantear la accin.Antes de dar trmite al juicio de divorcio por presentacin conjunta, el juez escuchara separadamente a las partes procurando su reconciliacin y fijando un plazo de 30 a 60 das dentro del cual convocara a las partes a una audiencia para que se ratifiquen o no en su voluntad de divorciarse. En caso negativo, se archivara el expediente y, de lo contrario, se dar el trmite correspondiente al juicio.Deber observarse lo dispuesto en el artculo 11 de esta ley.El divorcio por mutuo consentimiento se reputaraen sus efectos como decretado por culpa de ambos cnyuges, pero el juez podr admitir la culpa de uno de los cnyuges se existe convencin en este sentido.ART.6.- Cuando la causal de divorcio invocada fuese la prevista en el artculo 4, Inc. e), el cnyuge solicitante del divorcio deber prestarle de por vida toda asistencia en el caso que el o la demente no tenga medios econmicos para su alimentacin y para los gastos de la enfermedad, teniendo en cuenta las necesidades y recursos de ambos cnyuges.

ART.7.- El cnyuge solicitante del divorcio por la misma causal mencionada en el artculo anterior estinhabilitado para ejercer el cargo de curador del demente.

ART.8.- El fallecimiento presunto decretado por el juez autoriza al cnyuge a contraer nuevo matrimonio. La reaparicin del presunto del presunto fallecido no acarrea la nulidad del nuevo matrimonio.

ART.9.- Los cnyuges que antes de la vigencia de la presente ley hayan obtenido sentencia que declaro la separacin de cuerpos podrn presentarse al juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de turno solicitando que se declare el divorcio con el alcance del articulo1 de esta ley.El mismo derecho tendr uno de los cnyuges cuando hubiere transcurrido ms de dos aos de la sentencia firme.

ART.10.- Los cnyuges divorciados no podrn contraer nuevas nupcias antes de trascurrido 3000 das de haber quedado firme y ejecutoria la sentencia respectiva.

ART.11.- Habiendo hijos menores, promovida la demanda de divorcio antes, en caso de urgencia, los cnyuge o cualquiera de ellos debern solicitar ante el juzgado en lo tutelar del menor se dicte resolucin provisoria sobre:a) Designacin de las personas a quien o quienes sern confiados los hijos del matrimonio;b) El modo de subvenir las necesidades de los hijos;c) El rgimen que se debe pasar a ttulo de alimentos a los hijos;d) El rgimen provisorio de visitas;e) Atribucin del hogar conyugal. En caso de controversia ser determinado por el juez.

ART.12.- En caso de vivienda nica, propiedad de la sociedad conyugal, el cnyuge que detentare la tenencia de los hijos mientras sean menores de edad podr oponerse a su liquidacin y particin, quedando a salvo los derechos de terceros anteriores al inicio de la demanda de divorcio.El juez ordenara su inscripcin en el registro respectivo. Este derecho cesa a la mayora de edad de los hijos.

ART.13.- Las causales previstas en el articculo4 inc. a) no podrn alegarse para pedir el divorcio cuando haya habido perdn expreso o tcito del otro cnyuge.

ART.14.- La reconciliacin de los esposos pone trmino al juicio.

ART.15.- El ministerio pblico es parte esencial en todo juicio de divorcio.

ART.16.- Ejecutoria que fuese la sentencia de divorcio, el juez remitir copia a de la misma a la direccin general de registros pblicos de estado civil. Para que ponga nota al margen de la correspondiente acta de matrimonio, expresando la fecha y el tribunal que lo declaro.

ART.17.- Sera competente el juez de primera instancia en lo civil y comercial del ltimo domicilio conyugal o del demandante, a eleccin del actor.

ART.18.- Promovida la demanda de divorcio, o antes de ella, en caso de urgencia, el juez podr, a instancia de parte, decretar la separacin provisoria de los esposos; autorizar a la mujer a residir fuera del domicilio conyugal o disponer que el marido la abandone. Podr tambin determinar, en caso de necesidad, los alimentos que se debe prestar a la mujer, as como las expensas para el juicio.

ART.19.- El divorcio disuelve de pleno derecho la comunidad conyugal y extingue la vocacin hereditaria reciproca de loa individuos.

ART.20.- El cnyuge no declarado culpable conservara su derecho alimentario respecto del otro, pero ese derecho se extinguir se contrae nuevo matrimonio, si vive en concubinato o incurriese en injurias graves contra el otro cnyuge. La mujer divorciada no usara el apellido del que fuera su cnyuge.

ART.21.- Para los juicios de divorcio rige el artculo 172 del Cdigo Civil.

ART.22.- El artculo 167 del Cdigo Civil queda redactado de la siguiente forma:El matrimonio valido celebrado en la Repblica del Paraguay se disuelve por la muerte de unos de los esposos y pos el divorcio vincular. Igualmente se disuelve en el caso del matrimonio celebrado por el cnyuge del declarado presuntamente fallecido.

ART.23.- Derogndose los artculos del Cdigo Civil. Ley 1.183/85, que contradicen la presente ley y todas otras disposiciones que se opongan a esta ley.

ART.24.- Comunquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cmara de Diputados a veinte das del mes agosto del ao mil novecientos noventa y uno y por la Honorable Cmara de Senadores, sancionndose la ley a diez y nueve das del mes de septiembre del ao mil novecientos noventa y un.

Promulgacin (1 de octubre de 1991) tngase por ley de la ley de la Republica, publquese e insrtese en el Registro Oficial. Firma el Presidente Andres Rodrguez y el ministro de Justicia y Trabajo Hugo EstigarribiaElizache.[footnoteRef:5] [5: PANGRAZIO, Miguel ngel (2002), Ley de Divorcio, Cdigo Civil Paraguayo, 3 Edicin, Asuncin, Intercontinental Editorial]

INTRODUCCIN

La institucin del divorcio es casi tan antigua como la del matrimonio si bien muchas culturas no lo admitan por cuestiones religiosas, sociales o econmicas; para entender ms sobre este tema dar un breve concepto acerca del matrimonio es la unin legal y estable de un hombre y una mujer,con el fin de perpetuar la especie,educar a los hijos y prestarse ayuda mutua, tanto en el orden fsico como espiritual .

El matrimonio tambin es un contrato civil por 2 motivos, tiene estado y es solemne porque necesita requisitos para que tenga validez .Este contrato tiene disolubilidad,se puede recurrir a la autoridad para solicitar la disolucin del vnculo y garantizar los intereses de los hijos y de ambos conyugues .Estos sern algunos de los temas que se desarrollara dentro del trabajo practico.

ENCUESTA

1-El divorcio va en contra de la iglesia catlica.... qu piensa usted al respecto?En nuestros das el divorcio es muy comn ms bien las personas piensan que es una moda

2-El divorcio afecta emocionalmente a los hijos de ambos cnyugesqu hacer al respecto?Los deberan de buscar una solucin al este problema porque afectara en gran medida en la actitud del nio/a

3-Seguir con su pareja o este/a lo maltrato fsico y emocionalmente para no romper la unidad familiarNOX SI

4-Cul cree usted los motivos ms comunes ala disolucin del matrimonio? a)-Atentado en contra de unos de los cnyugesb)-Embriaguezc)-Se viciad)-Adulterioxc)-Conducta inmoral

5-ndice de edades ms comunes de divorcio. *Matrimonio de gente jovenx *Matrimonio de gente adulta

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

TEMA: El DIVORCIO

ALUMNA: Aldo Daniel Aguayo Denis

Seccin: 1 1 TM

Profesor Doctor: Jorge Vera

ASUNCION-PARAGUAY2015

BIBLIOGRAFIA

1- PANGRAZIO, Miguel ngel (2002), Ley de Divorcio, Cdigo Civil Paraguayo, 3 Edicin, Asuncin, Intercontinental Editorial

2- BORDA, Guillermo, (2009), Manual de Derecho Civil, Disolucin del Matrimonio, 13 Edicin, Buenos Aires.

3- Divorcio, Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Divorcio

4- Separacin Matrimonial, Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Separaci%C3%B3n_matrimonial.

5- Nulidad matrimonial, Wikipedia,http://es.wikipedia.org/wiki/Nulidad_matrimonial

6- Divorcio definicinhttp://www.monografias.com/trabajo,

CONCLUSIN

Como hemos visto el Divorcio es la disolucin del matrimonio por medio de una autoridad competente; Garantizar las condiciones de los hijos y de ambos conyugues.La palabra Divorcio deriva del latnDivortium que significa separacin de personas o segn la legislacin existe tres tipos de divorcio por el cual ser indistintamente aplicada la ley .Los causales del divorcio ms comunes dentro de una sociedad son:atentado de uno de los conyuguescontra la vida del otro,embriaguez,adulterio ,la conducta inmoral.

La diferencia entre la separacin y el divorcio es que el matrimonio sigue existiendo por este motivo;una persona separada no puede volver a contraer matrimonio porque incurrira en bigamia y una persona separada puede divorciarse .Actualmente dentro de una sociedad es muy comn el Divorcio que se origina por diversas razones mencionadas anteriormente quebrajndose la unidad familiar dejando como consecuencias a hijos en caso que los hubiera,desconcertados y con problemas emocionales originando la rebelda ,la indisciplina de estos dentro de la sociedad ,por eso los principales afectados no son los conyugues divorciados sino los hijos de estos.