Trabajo de derecho economico 1.doc
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CURSO:DERECHO ECONOMICO
PROFESOR:CESAR AYLLON
ALUMNO:ANTHONY MARK ILASACA ZUASNABAR
CICLO:VI CICLO
TEMA:
EL PASAJE UNIVERSITARIO EN LOS MEDIOS DE
TRANSPORTE PÚBLICO, UNA LEY VIGENTE
CARENTE DE EFICACIA EN LA REALIDAD PERUANA.
2014
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EL PASAJE UNIVERSITARIO EN LOS MEDIOS DE
TRANSPORTE PÚBLICO, UNA LEY VIGENTE
CARENTE DE EFICACIA EN LA REALIDAD PERUANA
Caso
Jaimito sube al transporte público Ruta SM-28 San Judas Tadeo, con el fin de
llegar a su destino que era Villa María - Lima, sin embargo al momento que el
cobrador pasa por cada uno de los asientos solicitando el pasaje a cada
pasajero, Jaimito paga su pasaje mostrando su respectivo carnet-universitario
(carnet de medio pasaje), la suma de S/1.20 un nuevo sol con veinte céntimos;
el cobrador le señala, que el pasaje S/1.80 un nuevo sol con ochenta
céntimos y el pasaje universitario es S/ 1.50, haciendo invitación a observar,
donde estaba plasmado, una tarifa irreal y ficticio en sumas de cobro que no se
materializaban a la realidad. Por lo tanto Jaimito, indignado señala que el viaja
siempre y sabe cuál es el precio, a lo cual insistía pagar S/ 1.20 un nuevo sol
con veinte céntimos como tarifa acostumbrada, el cobrador molesto le señala
que si iba a pagar ese precio de medio pasaje, debería bajarse de dicho medio
de trasporte; Jaimito se sintió coaccionado y paga S/1.50 un nuevo sol con
cincuenta céntimos, por la condición de pagar una tarifa impuesta y no legal, o
bajarse de dicho trasporte público.
Análisis del tema
El Perú es un país multicultural, donde habita una variedad de personas,
desarrollando la pesca, minería y agricultura, teniendo la necesidad de
intercambio de bienes; creando necesidad traslado de educación, salud,
vivienda entre otros. En lo cual para estos intercambios y traslado es necesario
movilizar muchas personas para desarrollar una actividad económica o
necesidad. Dado, que nuestras regiones y en especial la ciudad es de una
extensión amplia, limitando en mayor grado el traslado a pie; ante esta
limitación se ha desarrollado diversos medios de transporte tales como los
taxis, combis, colectivos, y actualmente el metropolitano y tren eléctrico, etc.
que son vehículos públicos que albergan más de 20 personas tanto sentados
como parados.
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Quiero referirme especialmente a los medios de trasporte llamados
coloquialmente combis y otros de similar magnitud, que debido a la libertad de
empresa, y un Estado corrupto y sumiso ante una obligación de hacer eficaz
una ley vigente, además en aplicación de su principio del Estado que es el
bien común. Estos medio de trasporte tienen obligaciones con los pasajeros, y
los mencionados tienen obligación de pagar una tarifa, relativa a la distancia,
que por ley emana, entre estos está inmerso el Carnet de medio pasaje que
debido a una lucha entre marchas, huelgas, heridos y muchos detenidos,
exigiendo un derecho. Lo cual debido a todo lo anterior lograron materializar
dicho derecho.
¿Qué es el medio pasaje? Según la ley 262711 señala que los cobradores o
las empresas de transportes deben de cobrar el 50% menos del precio normal
a los pasajeros, por ejemplo si el viaje de V.M.T a Lima es de S/ 1.80 un nuevo
sol con ochenta céntimos, el pasaje universitario debería ser S/ 0.90 noventa
céntimos de un nuevo sol, ya que estaríamos aplicando la regla del cincuenta
por ciento de acuerdo a ley, sin embargo no es aplicable en todos los sectores
de similar manera: a) Policía Nacional del Perú b) Bomberos c) Universitarios
d) Institutos Superiores e) Escolares. Percibo de que estaríamos entrando en tu
tema de discriminación.
Ahora hay que aterrizar en la realidad y decir que “el medio pasaje no se
cumple”; y ¿por qué no se llega a cumplir?, puedo mencionar personalmente
que cuando subo a un transporte público, al momento que se empieza a cobrar
a los pasajeros, los jóvenes universitarios se apresuran en sacar su carnet de
universitario, y el cobrador recibe el pasaje con una ligera rebaja de céntimos y
su boleto lo ratifica, dando un saludo a la bandera, señalamos que no se
cumple el pasaje universitario, porque lo real y legal es pagar el %50 del pasaje
normal, quizá para no tener agresiones psicológicas y en algunos casos físicas.
Hace muchos años, después de la lucha y el logro de la exigencia de un pasaje
universitario era respetado, existiendo una armonía empresarios, cobradodes y
usuarios, haciendo con la conducta una ley eficaz; pero a partir de los años 90
hasta la actualidad los empresarios de los medios de transportes empezaron a
1 Recuperado de http://www.congreso.gob.pe, Ley 26271, Medio pasaje.
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subir las tarifas en forma progresiva creando condiciones ficticias, cuyo objetivo
confundir al usuario, como un ejemplo crear tarifas irreales más altas para que
surtiera efecto en el pasaje universitario.
Basándonos a una óptica legal, o bajo las normas del derecho puedo decir que
de la mayoría los transportistas cuyo comportamiento realizado encuadran en
infracción a la ley al Estado y vulneración de derecho al Usuario, no respetan
las reglas, tanto que crean sus propias tarifas para obtener más ingresos, no
cobran lo que verdaderamente tienen que cobrar. El Ministerio de Transporte
no hace mucho para poder solucionar este problema, Estos actos son fuente
de un desorden, un manejo mediocre e ineficaz de los Órganos del Estado, que
no cautelan los derechos de las personas y los dejan al libre albedrio de los
cobradores o empresas de transporte, hasta se puede decir que ellos son los
que hacen sus propias reglas porque cobran lo que desean si no estás
desacuerdo no les importa, pasadas las 22.59 horas no existe el “medio
pasaje”, pero por ley, el pasaje universitario es hasta las 00.00 horas. Les
importa muy poco lo que el Estado diga o haga ya que de una y otra forma todo
volverá como antes, donde los usuarios tendrán que aceptar lo que se les
impongan por una necesidad de transportase por que las rutas en los
alrededores de Lima esta dirigidas a un solo tipo de Ruta.
Los propietarios del transporte público no colaboran con la consolidación del
pasaje universitario a carta cabal y se atienen al decreto legislativo N° 651 que
tiene por finalidad: “Establecer la libre competencia en las tarifas de servicio
público de transporte urbano e interurbano de pasajeros de todo el país”2
Quiere decir que se les permitirá a los transportistas establecer sus tarifas, sin
que altere las buenas costumbres y el orden público, logrando asi contribuir con
la inversión privada y no imponiéndose o estableciendo barreras que los
restrinjan, fomentando la libertad de empresa, la competencia con la condición
de que se ofrezcan servicios de calidad y comodidad a los usuarios pasajeros.
Frente a ello que se puede decir de la libre competencia: “La libre
competencia representa la libertad de decisión de los que participan en el
2 Recuperado de http://www.congreso.gob.pe, Decreto legislativo 651.
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mercado, en un contexto en el que las reglas de juego son claras para todos y
se cumplen efectivamente. La libre competencia se basa fundamentalmente en
la libertad de elección tanto para el consumidor como para el productor.”3
Interpretando, se puede decir que la libre competencia produce incentivos para
los transportistas para que ellos sigan participando en la actividad económica,
ya que se brindara un ambiente estable y ventajoso, esta competencia genera
que los transportistas o los propietarios de las empresas compitan entre sí
produciendo una mejor calidad de sus transportes, quizás disminuyendo sus
precios para que esté al alcance de todos pero si se plantea propuestas como
el medio pasaje ellos se verán en la encrucijada de levantar sus tarifas para
que sus ingresos no sean menores a sus costos.
¿Es verdad que el Derecho esta subyugado a la economía? Considero que sí,
porque en este caso se puede evidenciar que el mercado sin necesidad del
estado se auto regula, el estado o el derecho no siempre es el que regula la
economía, sino el propio mercado establece sus formas de pago o sus tarifas.
Si las mismas tarifas que se pueden observar en los vehículos no se respetan
ya por mucho tiempo que puede hacerse para que se lleguen a practicar, la
economía sigue su curso de manera natural sin interrupciones lo único que
hace el derecho es establecer un marco legal para encaminar a la economía
pero no siempre sucede asi, por ejemplo la típica “china” ¿quien la regulo?, el
mismo mercado la regulo y es usada para tramos cortos o de poca distancia,
entre el oferente y ofertante se llego a un punto de equilibrio, quiere decir que
hubo o existió una concertación entre ambos para aceptarlo.
Pero qué pasaría si el Estado al evidenciar dichos actos lo regulan, los que
saldrían perdiendo son los pasajeros porque en realidad por dicho tramo no tan
largo se cobraría un sol y este estaría en desventaja. Entonces no siempre el
estado debe ser un estado paternalista que vigile todos los ámbitos existentes
para buscar medios que los regulen porque el mercado independientemente
llega a establecer un nivel aceptable para todos. No obstante se debe realizar
una aclaración el medio pasaje como consideran muchos universitarios no es
un derecho sino tan solo es una ley que los transportistas deben cumplir, en
3 Recuperado de http: //www.derecho.com, Libre competencia, extraída el 25 de abril de 2014.
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otros países más desarrollados este tipo de pasajes no existen. Porque ellos
prefieren mejorar su economía, contribuir con el desarrollo, generar un
mercado de libre competencia sin alteraciones como las que sucede en nuestro
país (medio pasaje). Los únicos que supuestamente reciben beneficios con
este llamado medio pasaje son los universitarios, escolares, policías, etc, pero
los transportistas no reciben ni un beneficio, el estado no les ofrece nada, no
les paga a los transportistas por llevarnos de un lugar a otro entonces porque
estos transportes deben aceptar lo que el estado les impone, la respuesta está
en la frase “ el estado es un instrumento de la economía” ya que lo único que
hace en cuanto a los transportes es legalizar su actividad.
Según la opinión emitida por Martha Hildebrandt que establece que: “La
solución actual es injusta porque obliga al dueño de un colectivo a
subvencionar a un joven que puede ser de clase media y tener más que el
chofer de la unidad”4 Quiere decir que los choferes no deben aceptar el medio
pasaje porque según manifiesta es una propuesta de las empresas privadas, y
considero que los transportistas quedan en mayor desventaja que los
pasajeros, hasta el medio pasaje es utilizado por personas que resultan de una
familia acomodada que no tiene reparo en pagar el pasaje completo pero como
existe el carnet de medio pasaje son utilizados para diversos fines. Considero
que el Estado no se debe entrometer en estos asuntos porque lo único que
logra es retrasar la economía, favorecerá a unos pocos pero no a todos,
algunos se aprovechan de esto sin embargo debe dejar que el mercado se
movilice por sus propios medios. Es por ello que las empresas como estas
(transporte) realizan cualquier maniobra para obtener mejores ingresos, pero
que sucede cuando la gasolina o el petróleo suben, los transportistas se
exceden de sus posibilidades y realizan ese gasto para que puedan trabajar, es
por ello que a veces suben los precios del viaje.
En caso de los transportes también existe la oferta y la demanda, al
evidenciarse que una buena cantidad de personas buscan o acceden a estos
medios entonces los costos no serán los mismos que antes, también empiezan
4 Recuperado en http://peru21.pe, Medio pasaje.
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a elevarse, pero uno no está obligado a pagar dicho precio, pero si lo acepta se
atienen a ello.
En los últimos años según las estadísticas la economía peruana se ha
triplicado, pero a los usuarios de los transportes públicos no se les ha triplicado
el sueldo.
El Estado crea incertidumbre, al establecer la libre competencia e interpretación
de la Ley a los empresarios, carente de un órgano de control eficaz en el
presente tema; pero más que lo anterior está de por medio un derecho
fundamental que es la educación que contribuye a lograr sociedades más
justas, productivas y equitativas. Es un bien social que hace más libres a los
seres humanos.
BIBLIOGRAFÍA:
Recuperado de http: //www.congreso.gob.pe, Ley 26271,
Medio pasaje.
Recuperado de http: //www.congreso.gob.pe, Decreto
legislativo 651.
Recuperado de http: //www.derecho.com, Libre
competencia, extraída el 25 de abril de 2014.
Recuperado en http: //peru21.pe, Medio pasaje.
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