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Edición: Karem Orrego, Coordinadora Sección Historia Legislativa y Parlamentaria. Elaborado por Felipe Escobar, Ignacio Riquelme y Jaime Rojas, abogados de la Sección de Historia Legislativa y Parlamentaria. Contacto: [email protected]. Anexo: 3118 | Departamento de Servicios Legislativos y Documentales Derechos Humanos y Proceso Constituyente Tratados sobre Derechos Humanos vigentes en Chile Enero 2020

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Edición: Karem Orrego, Coordinadora Sección Historia Legislativa y Parlamentaria. Elaborado por Felipe Escobar, Ignacio Riquelme y Jaime Rojas, abogados de la Sección de Historia Legislativa y Parlamentaria. Contacto: [email protected]. Anexo: 3118

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Mayo 2019

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Noviembre 2019

Derechos Humanos y Proceso Constituyente

Tratados sobre Derechos Humanos vigentes en Chile

Enero 2020

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Tabla de contenido

Introducción ......................................................................................................................................... 4

I. Declaraciones sobre Derechos Humanos ....................................................................................... 5

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos .................................................................... 5

Antecedentes generales ............................................................................................................... 5

2. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre ............................................ 6

Antecedentes generales ............................................................................................................... 6

II. Tratados, Pactos y Convenciones sobre Derechos Humanos ..................................................... 7

a) Sistema de Protección Universal Organización de las Naciones Unidas (ONU) .................... 7

1. Convención sobre la Esclavitud, Protocolo Modificatorio y Convención Suplementaria sobre

la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a

la Esclavitud .................................................................................................................................... 8

Antecedentes generales ............................................................................................................... 8

2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ................................................................ 9

Antecedentes generales ............................................................................................................... 9

3. Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer ........................................................... 10

Antecedentes generales ............................................................................................................. 10

4. Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales ................................................... 11

Antecedentes generales ............................................................................................................. 11

5. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial

........................................................................................................................................................ 12

Antecedentes generales ............................................................................................................. 12

6. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 13

Antecedentes generales ............................................................................................................. 13

7. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes14

Antecedentes generales ............................................................................................................. 14

8. Convención sobre los Derechos del Niño ............................................................................... 15

Antecedentes generales ............................................................................................................. 15

9. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados ................................................................... 16

Antecedentes generales ............................................................................................................. 16

10. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores

Migratorios y sus Familias ........................................................................................................... 17

Antecedentes generales ............................................................................................................. 17

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11. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ................................. 18

Antecedentes generales ............................................................................................................. 18

12. Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio ................................... 19

Antecedentes generales ............................................................................................................. 19

13. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional ............................................................... 20

Antecedentes generales ............................................................................................................. 20

14. Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la Desaparición

Forzada .......................................................................................................................................... 21

Antecedentes generales ............................................................................................................. 21

15. Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes .............. 22

Antecedentes generales ............................................................................................................. 22

b) Sistema Regional de Protección Organización de los Estados Americanos (OEA) ............ 23

1. Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica” .... 23

Antecedentes generales ............................................................................................................. 24

2. Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer .............. 25

Antecedentes generales ............................................................................................................. 25

3. Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer ........... 26

Antecedentes generales ............................................................................................................. 26

4. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer

“Convención de Belem do Pará” ................................................................................................. 27

Antecedentes generales ............................................................................................................. 27

5. Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura ........................................ 28

Antecedentes generales ............................................................................................................. 28

6. Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas ........................... 29

Antecedentes generales ............................................................................................................. 29

7. Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación

contra las personas con discapacidad ........................................................................................ 30

Antecedentes generales ............................................................................................................. 30

8. Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas

Mayores ......................................................................................................................................... 31

Antecedentes generales ............................................................................................................. 31

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Introducción

Desde 1948, Chile ha ratificado diversos tratados sobre Derechos Humanos, ya sea en el marco de

la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o bien de la Organización de los Estados Americanos

(OEA). En el contexto del proceso de elaboración de una nueva Constitución Política de la República,

se presenta el proyecto “Derechos Humanos y Nueva Constitución”, que tiene por objeto poner a

disposición de los/as convencionales constituyentes, sus asesores/as y la ciudadanía en general, un

listado de los tratados sobre Derechos Humanos vigentes en Chile, sus protocolos y sus respectivos

mecanismos de protección; las declaraciones sobre Derechos Humanos; el texto completo de cada

uno de los tratados y protocolos; y la identificación de los derechos y las libertades que se reconocen

en cada uno de ellos.

Así, el presente trabajo sistematiza los tratados sobre Derechos Humanos vigentes en Chile,

ofreciendo una breve descripción del mismo, un enlace al texto oficial del instrumento internacional y

al texto vigente en Chile; el Sistema de Protección (universal o regional) de derechos al que están

adscritos, sus principales objetivos, y los mecanismos destinados a cautelar el cumplimiento de su

objeto y fin por parte del Estado. Asimismo, el documento distingue por Sistema de Protección,

permitiendo conocer cuáles son los instrumentos que nacen tanto en el seno de las Naciones Unidas

(ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA).

Por su parte, se hace presente que se incorporan en el documento la Declaración Universal de

Derechos Humanos y la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre, instrumentos

que constituyen un punto de partida de los distintos tratados y declaraciones del sistema universal y

regional de protección de los Derechos Humanos.

Finalmente, este documento busca constituirse como un marco de referencia general para el

desarrollo individual de cada derecho humano consagrado en la normativa internacional adscrita por

Chile. Así, se constituye como el documento base de una serie de informes relacionados a los

Derechos Humanos en particular, siendo una herramienta de utilidad en el desempeño tanto de los/as

convencionales constituyentes, como para el uso de la ciudadanía en general.

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I. Declaraciones sobre Derechos Humanos

Las Declaraciones sobre Derechos Humanos son documentos que contienen un catálogo de derechos

de las personas, pero no son formalmente vinculantes para los Estados. Pese a lo anterior, se entiende

que sus disposiciones tienen carácter obligatorio por el consenso internacional alcanzado sobre éstas

y por el hecho de ser incorporadas en múltiples Tratados e incluso en las Constituciones Políticas de

los Estados, pasando a denominarse “Derechos Fundamentales”. Las declaraciones son adoptadas,

generalmente, en la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o bien en la Organización de los

Estados Americanos (OEA).

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos1

Antecedentes generales

Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948,

es el instrumento fundante del Sistema de Protección Universal de Derechos Humanos, que tiene su

origen tras las Guerras Mundiales. Contempla un amplio catálogo de derechos que comprende los

derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. Los derechos y libertades reconocidos

en la Declaración constituyen la base para la adopción de diferentes tratados del Sistema Universal de

Protección e inspira los diversos instrumentos adoptados para proteger, promover y garantizar de

forma efectiva los Derechos Humanos.

1 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25cb9 (Enero, 2020)

Título: Resolución 217 | DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 10 de diciembre 1948

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto vigente en Chile

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2. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre2

Antecedentes generales

Aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana de Bogotá, Colombia, el 30 de abril de

1948, es el instrumento fundacional del Sistema Interamericano Protección de los Derechos Humanos

de la Organización de los Estados Americanos (OEA), anterior incluso a la Declaración Universal de

Derechos Humanos. Contempla un amplio catálogo de derechos civiles, políticos, económicos,

sociales y culturales. Pese a no ser vinculante por su naturaleza, es un instrumento interpretativo de la

Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y de aplicación, por parte de la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para aquellos Estados miembros de la OEA que no son

parte de la Convención Americana.

2 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2crw5 (Enero, 2020)

Título: DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 30 de abril 1948

Instrumento Internacional

Texto oficial

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II. Tratados, Pactos y Convenciones sobre Derechos Humanos

Los Tratados, Pactos y Convenciones sobre Derechos Humanos son instrumentos que contienen un

conjunto de normas vinculantes para los Estados, cuyo objeto y fin es la protección de los derechos

fundamentales de las personas con independencia de su nacionalidad, tanto frente al propio Estado

como a otros Estados del Tratado. Comprenden un catálogo de derechos y libertades de las personas,

obligaciones generales para el Estado en la materia, criterios normativos para la restricción y

suspensión de derechos, normas sobre interpretación y mecanismos y órganos de protección, así

como la responsabilidad internacional del Estado en caso de vulneración.

a) Sistema de Protección Universal Organización de las Naciones Unidas (ONU)

El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, es un conjunto de normas sustantivas

y procesales, organismos y mecanismos de denuncia que, en el marco de la Organización de las

Naciones Unidas (ONU), cumplen la función de velar por la promoción, respeto y protección los

Derechos Humanos en el mundo. Los órganos encargados de velar por la protección y garantizar los

derechos y libertades en el Sistema, dependerá del Tratado en particular. Así, por ejemplo, el Comité

de Derechos Humanos es el encargado de supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos

Civiles y Políticos, por los Estados miembros del Pacto.

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1. Convención sobre la Esclavitud, Protocolo Modificatorio y Convención Suplementaria

sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas

Análogas a la Esclavitud3

Antecedentes generales

Firmada el 25 de septiembre de 1926 en Ginebra, Suiza, fue modificada por el Protocolo aprobado por

la Asamblea General de las Naciones Unidas el 7 de diciembre de 1953, entrando en vigencia el 7 de

julio de 1955. Por otra parte, con fecha 7 de septiembre de 1956 se adoptó en Ginebra, Suiza, la

Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones

y Prácticas Análogas a la Esclavitud.

En los términos de la Convención sobre la esclavitud, el Estado se obliga a prevenir y reprimir la trata

de esclavos y a procurar la supresión completa de la esclavitud en todas sus formas. Por su parte, la

Convención Suplementaria tiene por objeto “intensificar los esfuerzos nacionales e internacionales

encaminados a abolir la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la

esclavitud”.

3 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2cxhw (Enero, 2020)

Título: Decreto 1097 | PROMULGA LA CONVENCION SOBRE ESCLAVITUD, SU PROTOCOLO Y LA CONVENCION

SUPLEMENTARIA SOBRE LA ABOLICION DE LA ESCLAVITUD, TRATA DE ESCLAVOS E INSTITUCIONES Y

PRACTICAS SIMILARES A LA ESCLAVITUD

Fecha Aprobación Convención: 25 de septiembre de 1926

Fecha Aprobación Protocolo: 23 de octubre de 1953

Fecha Aprobación Convención Suplementaria: 07 de septiembre de 1956

Fecha Ratificación: 20 de junio de 1995

Fecha Publicación Diario oficial: 07 de noviembre de 1995

Instrumento Internacional

Texto oficial Convención

Texto C. Suplementaria

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo para modificar la Convención sobre la Esclavitud firmada en

Ginebra el 25 de septiembre de 1926

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2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos4

Antecedentes generales

Es un tratado multilateral perteneciente al Sistema Universal de Derechos Humanos. Adoptado por la

Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2200 A (XXI), el 16 de diciembre de

1966. Es conocido como “Carta Internacional de Derechos Humanos”. Este tratado, junto con

establecer un catálogo de derechos, consagra una serie de compromisos que los Estados Parte deben

cumplir en materia de promoción, protección y garantía de los derechos y libertades reconocidas en el

Pacto. El Comité de Derechos Humanos el órgano encargado de su interpretación: dicta

Observaciones Generales sobre su contenido y vela por su implementación.

La Carta Internacional de Derechos Humanos, tiene dos Protocolos Facultativos. El primero de ellos

regula principalmente la facultad del Comité para recibir y considerar comunicaciones individuales de

quienes aleguen ser víctimas de violación de los derechos y libertades reconocidas en el Pacto. El

segundo, persigue la abolición de la pena de muerte.

4 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/26egf (Enero, 2020)

Título: Decreto 778 | PROMULGA EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS ADOPTADO

POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS POR RESOLUCION N° 2.200,

EL 16 DE DICIEMBRE DE 1966 Y SUSCRITO POR CHILE EN ESA MISMA FECHA

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 16 de diciembre 1966

Fecha Ratificación: 10 de febrero de 1972

Fecha Publicación Diario oficial: 29 de abril de 1989

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y

Políticos de 1966

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos

Civiles y Políticos de destinados a abolir la pena de muerte de 1989

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3. Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer5

Antecedentes generales

Adoptada por la Resolución 640 (VII) de la Asamblea General de la Naciones Unidas del 20 de marzo

de 1952 y abierta a la firma y ratificación el 31 de marzo de 1953. Tiene como finalidad “poner en

práctica el principio de la igualdad de derechos de hombres y mujeres, enunciado en la Carta de

Naciones Unidas” y es el primer tratado del Sistema Universal en reconocer y proteger los derechos

políticos de la mujer.

5 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2calc (Enero, 2020)

Título: Decreto 530 | CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 20 de diciembre de 1952

Fecha Ratificación: 18 de octubre de 1967

Fecha Publicación Diario oficial: 30 de septiembre de 1967

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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4. Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales6

Antecedentes generales

Es adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por Resolución 2200 A (XXI), de 16 de

diciembre de 1966 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Persigue un permanente y

progresivo desarrollo de las personas y los pueblos. Reconoce, entre otros, el derecho a la vivienda,

la salud, la educación, el trabajo, el acceso a la cultura y bienes culturales, el progreso científico, etc.

Forma parte del Sistema Universal de Derechos Humanos. El Comité de Derechos Económicos,

Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés), establecido por Resolución 1985/17, de 28

de mayo de 1985, del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), es el órgano

encargado de la supervisión de la aplicación del Pacto, el que dicta Observaciones Generales sobre

su aplicación.

6 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/27lbb (Enero, 2020)

Título: Decreto 326 | PROMULGA EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y

CULTURALES, ADOPTADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

EL 19 DE DICIEMBRE DE 1966, SUSCRITO POR CHILE EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 1969

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 16 de diciembre de 1966

Fecha Ratificación: 10 de febrero de 1972

Fecha Publicación Diario oficial: 27 de mayo de 1989

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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5. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación

Racial7

Antecedentes generales

Es un instrumento del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos. Fue adoptado por

la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2106 A (XX), de 21 de diciembre de

1965, con la finalidad de promover el respeto efectivo de los Derechos Humanos y las libertades

fundamentales sin distinción por motivos de raza, color, linaje, origen nacional o étnico, y cuyo

resultado sea anular o menoscabar su reconocimiento, goce o ejercicio en las esferas política,

económica, cultural, social o cualquier otra de la vida pública. El órgano encargado de supervisar la

aplicación y dictar Observaciones Generales para este efecto por los Estados Parte es el Comité para

la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD, por sus siglas en inglés), órgano formado por

expertos independientes.

7 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25cbl (Enero, 2020)

Título: Decreto 747 | APRUEBA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE "ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS

DE DISCRIMINACIÓN RACIAL"

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 21 de diciembre de 1965

Fecha de Ratificación: 20 de octubre de 1971

Fecha Publicación Diario oficial: 12 de noviembre de 1971

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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6. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la

Mujer8

Antecedentes generales

Es un instrumento específico central de protección de los Derechos de las mujeres en el marco del

Sistema Universal de Protección de derechos. Reconoce, según afirma la propia Convención, que la

discriminación contra la mujer viola la igualdad de derechos, la dignidad, dificulta su participación en

condiciones de igualdad en la vida política, social, económica y cultural del país y, entre otros,

entorpece su pleno desarrollo.

La CEDAW, por sus siglas en inglés, fue adoptada por Resolución 34/180 de la Asamblea General de

las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979. Un órgano compuesto por expertos independientes,

denominado el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, es el encargado de

supervisar su vigencia y dictar Recomendaciones Generales sobre su sentido y alcance. Cuenta con

un Protocolo Facultativo, que reconoce la competencia del Comité para conocer las denuncias

presentadas por personas individuales o bien grupos de personas que aleguen ser víctimas de

violación de cualquiera de los derechos reconocido por la Convención.

8 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/24n2z (Enero, 2020)

Título: Decreto 789 | PROMULGA LA CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE

DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER, ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS

EL 18 DE DICIEMBRE DE 1979

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 18 de diciembre de 1979

Fecha de Ratificación: 7 de diciembre de 1989

Fecha Publicación Diario oficial: 09 de diciembre de 1989

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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7. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

Degradantes9

Antecedentes generales

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones por Resolución 39/46 de 10 de diciembre de 1984,

es un instrumento del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos. Prohíbe el uso de

la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mediante actos que inflijan

intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves físicos o mentales con el fin de obtener

información. El Comité contra la Tortura, el órgano encargado de supervisar la aplicación de la

Convención por sus Estados parte.

El Protocolo Facultativo, adoptado en el año 2002, establece un sistema de visitas periódicas a los

lugares en que se encuentren personas privadas de libertad, con el fin de prevenir la tortura y otros

tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, las que son realizadas por órganos internacionales

y nacionales independientes.

9 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25yuk (Enero, 2020)

Título: Decreto 808 | PROMULGA LA CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS

CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES, ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION

DE LAS NACIONES UNIDAS MEDIANTE RESOLUCION 39/46, DE FECHA 10 DE DICIEMBRE DE 1984

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 10 de diciembre de 1984

Fecha de Ratificación: 30 de septiembre de 1988

Fecha Publicación Diario oficial: 26 de noviembre de 1988

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o

Penas Crueles, inhumanos o Degradantes de 2002

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8. Convención sobre los Derechos del Niño10

Antecedentes generales

Es un instrumento de protección de Derechos Humanos del Sistema Universal de Protección.

Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas por Resolución 44/25 de 20 de noviembre

de 1989. Busca la promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Se rige por los

principios de la no discriminación, el interés superior del niño o niña, la supervivencia, desarrollo y

protección y el de participación en las decisiones que les afecten. El Comité de los Derechos del Niño

(CRC, por sus siglas en inglés), formado por 18 expertos, es el órgano encargado de que los Estados

parte apliquen lo establecido en la Convención.

Cuenta con tres Protocolos Facultativos. El primero (mes año 2000), persigue garantizar la protección

de los niños y niñas contra la venta, la prostitución infantil y su utilización en la pornografía. El segundo

(mes año 2000), busca proteger a los niños contra su reclutamiento y hostilidades. Finalmente, en el

2011, se adopta un Protocolo Facultativo para que personas o grupos de personas, bajo la jurisdicción

de un Estado parte, puedan presentar comunicaciones en que afirmen ser víctimas de violaciones de

los derechos reconocidos en la Convención y los Protocolos Facultativos adoptados en el año 2000.

10 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/24vuo (Enero, 2020)

Título: Decreto 830 | PROMULGA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 20 de noviembre de 1989

Fecha Ratificación: 30 de septiembre de 1988

Fecha Publicación Diario oficial: 27 de septiembre de 1990

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño

relativos a la venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños en

la pornografía de 2000 Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño

relativos a la participación de niños en los conflictos armados de 2000

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño

relativo a un procedimiento de comunicaciones de 2011

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9. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados11

Antecedentes generales

Fue adoptada en Ginebra, el 28 de julio de 1951 por la Conferencia Plenipotenciarios sobre el Estatuto

de los Refugiados y los Apátridas de las Nacionales Unidas, convocada por la Asamblea General en

1950. Se genera en un contexto de olas migratorias producidas tras la Segunda Guerra Mundial y con

el fin de responder a sus consecuencias, ofreciendo protección y asistencia. Considerando que la

Convención se aplicaba a quienes tenían la condición refugiados/das como consecuencia de los

hechos acecidos antes del 1° de enero de 1951, el Protocolo sobre Estatuto de los Refugiados de

1967, considera como refugiados/as a otros personas sin limitación geográfica ni temporal.

La Convención establece, entre otros aspectos, quién es refugiado, que estos pueden pedir protección

en otro país y a solicitar asilo en el mismo. También contempla cuales son los Derechos Humanos de

los refugiados. La Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR),

es el órgano encargado de supervigilar el cumplimiento de las disposiciones de la Convención y el

Protocolo y de proporcionar protección internacional, bajo el amparo de la ONU, a los refugiados/as.

11 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25crv (Enero, 2020)

Título: Decreto 287 | APRUEBA CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 14 de diciembre de 1950

Fecha Ratificación: 28 de enero de 1972

Fecha Publicación Diario oficial: 19 de julio de 1972

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo sobre Estatuto de los Refugiados de 1972

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10. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los

Trabajadores Migratorios y sus Familias12

Antecedentes generales

Es un instrumento del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, adoptado por

Resolución N° 45/158, de 18 de diciembre de 1990 de la Asamblea General de las Naciones Unidas,

que persigue el establecimiento de estándares mínimos de protección de los derechos de los

trabajadores y trabajadoras migrantes y de sus familias con independencia de su condición migratoria.

Asimismo, los Estados Partes, tienen la obligación de promover condiciones satisfactorias, equitativas,

dignas y lícitas en relación con la migración internacional. El Comité de Protección de los Derechos

de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW, por sus siglas en inglés), es el

órgano experto encargado de velar por la aplicación de la Convención.

12 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25tvw (Enero, 2020)

Título: Decreto 84 | APRUEBA PROMULGA LA CONVENCION INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCION DE LOS

DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 18 de diciembre de 1990

Fecha Ratificación: 21 de marzo de 2005

Fecha Publicación Diario oficial: 08 de junio de 2005

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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11. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad13

Antecedentes generales

Se inscribe en el marco del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos. Aprobada por

la Asamblea General de las Naciones el año 2006, al mismo tiempo que su Protocolo Facultativo, tiene

por fin garantizar que todas las personas en situación de discapacidad ejerzan plenamente y sin

discriminación alguna los Derechos Humanos. La supervisión de la aplicación de la Convención está

a cargo del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, el Protocolo

reconoce la competencia del Comité para recibir y comunicaciones de personas que aleguen ser

víctimas de una violación de un derecho reconocido en el Pacto por un Estado Parte.

13 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25jbg (Enero, 2020)

Título: Decreto 201 | PROMULGA LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU PROTOCOLO FACULTATIVO

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 13 de diciembre de 2006

Fecha Ratificación: 29 de julio de 2008

Fecha Publicación Diario oficial: 17 de septiembre de 2008

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad de 2006

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12. Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio14

Antecedentes generales

Fue aprobada por Resolución 260 A (III) de 9 de diciembre de 1948 en la Tercera Asamblea General

de las Naciones Unidas, entrando en vigor en 1951. Es un instrumento del Sistema Universal de

Protección de los Derechos Humanos. Señala los actos que se entienden por genocidio y que estos

deben ser perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico,

racial o religioso. Asimismo, considera al genocidio como un delito de derecho internacional que puede

ser cometido en tiempo de paz o de guerra y que los Estados Partes se obligan a combatir y prevenir.

14 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/26272 (Enero, 2020)

Título: Decreto 316 | APRUEBA CONVENCIÓN SOBRE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL DELITO DE GENOCIDIO

Fecha Aprobación Instrumento Internacional: 09 de diciembre de 1948

Fecha Ratificación: 03 de junio de 1953

Fecha Publicación Diario oficial: 11 de diciembre de 1953

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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13. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional15

Antecedentes generales

Adoptado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de la Organización

de las Naciones Unidas sobre el Establecimiento de la Corte Penal Internacional, es concebida como

complementaria a la jurisdicción penal de los Estados. Establece una Corte Penal Internacional,

permanente, independiente y vinculada al Sistema Universal, con sede en La Haya, Países Bajos y

que persigue que los crímenes más graves de transcendencia para la comunidad internacional en su

conjunto no queden sin castigo, entre ellos, los crímenes de lesa humanidad, genocidio, de guerra y

de agresión.

15 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/25yui (Enero, 2020)

Título: Decreto 104 | PROMULGA EL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 17 de julio de 1998

Fecha Ratificación: 29 de junio de 2009

Fecha Publicación Diario oficial: 01 de agosto de 2009

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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14. Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la

Desaparición Forzada16

Antecedentes generales

Es un instrumento del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, adoptada por la

Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 2006. Prohíbe las desapariciones

forzadas, sin que se pueda invocar ninguna circunstancia excepcional para su justificación, tales como,

estado o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública.

Asimismo, reconoce el derecho a conocer la verdad sobre una desaparición forzada y lo sucedido a

una persona desaparecida y el derecho a libertad de buscar, recibir y difundir informaciones sobre este

fin.

El Comité contra la Desaparición Forzada, es el órgano experto encargado de vigilar el cumplimiento

de las obligaciones de los Estados Parte, y además, de recibir y examinar peticiones sobre casos

individuales de desaparición forzada, transmitir sus observaciones y recomendaciones al Estado Parte

para localizar y proteger a la persona desaparecida. Asimismo, recibe y examina las peticiones

presentadas por un Estado Parte, alegando el incumplimiento por parte de otro Estado bajo la

Convención, de sus obligaciones.

16 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2c636 (Enero, 2020)

Título: Decreto 280 | PROMULGA LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE TODAS LAS

PERSONAS CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 28 de julio de 1951

Fecha Ratificación: 08 de diciembre de 2009

Fecha Publicación Diario oficial: 16 de abril de 2011

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a

la Abolición de la Pena de Muerte de 1990

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15. Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes17

Antecedentes generales

Es un tratado internacional adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, el 27 de

junio de 1989, ampliamente utilizado por ambos Sistema de Protección de los Derechos Humanos,

como marco de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales y las obligaciones de

los Estados Partes. El Convenio se basa en el respeto a las culturas y formas de vidas de los Pueblos

Indígenas y Tribales, y reconoce sus derechos sobre las tierras, los recursos naturales, y el derecho a

decidir sobre su propio desarrollo.

17 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/253er (Enero, 2020)

Título: Decreto 236 | PROMULGA EL CONVENIO Nº 169 SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES

INDEPENDIENTES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 28 de julio de 1951

Fecha Ratificación: 15 de septiembre de 2008

Fecha Publicación Diario oficial: 14 de octubre de 2008

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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b) Sistema Regional de Protección Organización de los Estados Americanos (OEA)

El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos (SIDH) es un conjunto de normas

sustantivas y procesales, que establecen organismos y mecanismos de denuncia, los cuales, en el

marco de la Organización de Estados Americanos (OEA), cumplen la función de velar por la promoción,

respeto y protección los derechos humanos en el continente Americano. La Comisión Interamericana

de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), son los

órganos encargados de velar por la protección y promoción de los derechos humanos.

1. Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa

Rica”18

18 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/24n1m (Enero, 2020)

Título: Decreto 873 | APRUEBA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, DENOMINADA

"PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA"

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 22 de noviembre de 1969

Fecha Ratificación: 21 de agosto de 1990

Fecha Publicación Diario oficial: 05 de enero de 1991

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

Protocolos

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a

la Abolición de la Pena de Muerte de 1990

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Antecedentes generales

Es el instrumento central del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

Suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (B-2), San José,

Costa Rica, del 7 al 22 de Noviembre de 1969. Establece un catálogo de Derechos que los Estados

Parte deben promover, proteger y garantizar. La Comisión Interamericana y la Corte Interamericana,

son los órganos de cautela de la Convención. La Comisión conoce las peticiones individuales de las

personas que consideran que se han violado sus derechos o medidas cautelares, convoca a

audiencias temáticas, realiza visitas in loco a los Estados Parte y es un órgano asesor de la

Organización de Estado Americanos (OEA). Asimismo, juega un rol central en la protección de los

Derechos Humanos en la Región, pues el órgano que decide los casos que presenta a la Corte

Interamericana de Derechos Humanos. Esta institución se avoca a resolver los casos sometido a su

conocimiento por la Comisión Interamericana o por un Estado Parte.

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2. Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer19

Antecedentes generales

Constituye uno de los primeros instrumentos en reconocer expresamente la igualdad entre hombres y

mujeres. Adoptada en Bogotá, Colombia, el 5 de febrero de 1948, tiene por objeto equiparar el goce y

ejercicio de los derechos entre hombres y mujeres. Los gobiernos representados en la Novena

Conferencia Internacional Americana, reconocen la igualdad entre hombres y mujeres en materia de

Derechos Civiles, en el marco de la Organización de los Estados Americanos.

19 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2calr (Enero, 2020)

Título: Decreto 310 | PROMULGA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS

CIVILES A LA MUJER

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 02 de mayo de 1948

Fecha Ratificación: 10 de abril de 1975

Fecha Publicación Diario oficial: 26 de mayo de 1975

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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3. Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer20

Antecedentes generales

Al igual que la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer, fue

adoptada en el marco de la Novena Conferencia Interamericana, celebrada en la Bogotá, Colombia,

en 1948. Es uno de los primeros instrumentos que reconocen la igualdad entre hombres y mujeres en

materia de derechos políticos, al establecer que el derecho a sufragio y ser elegido no debe negarse

ni restringirse por razones de sexo.

20 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2calu (Enero, 2020)

Título: Decreto 309 | PROMULGA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS

POLÍTICOS A LA MUJER

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 02 de mayo de 1948

Fecha de Ratificación: 10 de abril de 1975

Fecha Publicación Diario oficial: 26 de mayo de 1975

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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4. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la

mujer “Convención de Belem do Pará”21

Antecedentes generales

También denominada “Convención de Belem do Pará”, se adopta el 9 de junio de 1994, en el marco

del Vigésimo Cuarto Período de Sesiones de la Asamblea General de la OEA. Es un instrumento

específico de protección de Derechos Humanos y forma parte del Sistema Interamericano de

Protección. Tiene como objeto prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres, ya que

esta es una violación de sus derechos y libertades fundamentales y limita total o parcialmente su

reconocimiento, goce y ejercicio. Asimismo, recoge un catálogo de derechos y libertades reconocidos

a las mujeres en los instrumentos regionales e internacionales, y estable la obligación de los Estados

Partes adoptar políticas y medidas orientadas a conseguir la finalidad de la Convención por todos los

medios apropiados y sin dilaciones.

21 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/24n2s (Enero, 2020)

Título: Decreto 1640 | PROMULGA LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y

ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 09 de junio de 1994

Fecha Ratificación: 15 de noviembre de 1996

Fecha Publicación Diario oficial: 11 de noviembre de 1998

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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5. Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura22

Antecedentes generales

Es un instrumento del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, adoptada en

el marco del Décimo Quinto Periodo de Sesiones de la Asamblea General de los Estados Americanos,

en Cartagena de Indias, Colombia, el 9 de diciembre de 1985. Tiene por finalidad prevenir y sancionar

la tortura, considerando que nadie debe ser sometido a tortura ni penas o tratos crueles, inhumanos

degradantes, y reafirma que estos constituyen una ofensa a la dignidad humana y una negación de los

principios establecidos en diversos tratados, tanto, del Sistema Universal como Regional.

22 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2c64r (Enero, 2020)

Título: Decreto 809 | PROMULGA LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA

TORTURA, ADOPTADA EL 9 DE DICIEMBRE DE 1985 POR LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS

EN EL DECIMOQUINTO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 09 de diciembre de 1985

Fecha Ratificación: 30 de septiembre de 1988

Fecha Publicación Diario oficial: 26 de noviembre de 1988

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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6. Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas23

Antecedentes generales24

Adoptada en el Vigésimo Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la

Organización de Estado Americanos, en Belén do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, forma parte de

los instrumentos de protección de los Derechos Humanos del Sistema Interamericano. Tiene por objeto

sancionar y prevenir la desaparición forzada de personas, puesto que su práctica sistemática,

constituye un crimen de lesa humanidad y viola múltiples derechos esenciales de la persona humana.

Los Estados Partes, se comprometen, entre otros, a no practicar, permitir ni tolerar la desaparición

forzada bajo ninguna circunstancia, como por ejemplo, estado de emergencia, excepción o suspensión

de garantías individuales. Asimismo, se obligan a castigar a los responsables; y a cooperar entre sí

para a prevenirla, sancionarla y erradicarla.

23 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2c64s (Enero, 2020) 24 Téngase presente que de conformidad con el Artículo XX, párrafo segundo, de dicha Convención, ésta entró en vigencia internacional para la República de Chile el 24 de febrero de 2010.

Título: Decreto 12 | PROMULGA LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE

PERSONAS DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 09 de junio de 1994

Fecha de Ratificación: 26 de enero de 2010

Fecha Publicación Diario oficial: 24 de febrero de 2010

Instrumento Internacional

Texto oficial

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7. Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de

Discriminación contra las personas con discapacidad25

Antecedentes generales

La Asamblea General de los Estados Americanos, teniendo a la en consideración diversos

instrumentos de protección de Derechos Humanos, tanto Universales como Regionales, en su

Vigésimo Noveno Periodo Ordinario de Sesiones, el 7 de junio de 1999, en Guatemala, reafirma que

las personas en situación de discapacidad son titulares de los mismos derechos humanos y libertades

que otras personas y que estos derechos emanan de la dignidad y la igualdad inherentes a todas ser

humano y adopta la Convención, con el fin de prevenir y eliminar, en el marco del Sistema

Interamericano de Protección, todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad

y promover su plena integración en la sociedad. Un Comité, integrado por un representante de cada

Estado Parte, es el encargado de realizar el seguimiento de los compromisos adquiridos bajo la

Convención.

25 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/29eli (Enero, 2020)

Título: Decreto 99 | PROMULGA LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS

FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 07 de junio de 1999

Fecha de Ratificación: 26 de febrero de 2002

Fecha Publicación Diario oficial: 20 de junio de 2002

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile

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8. Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las

Personas Mayores26

Antecedentes generales

Es el más reciente instrumento de protección de los Derechos Humanos del Sistema Interamericano.

Luego de más de cuatro años de negociaciones, la Asamblea General de los Estados Americanos,

adopta la convención el 15 de junio de 2015, reconociendo los derechos de las personas mayores y

constituye un aporte al Sistema Universal de Protección de Derechos. Tiene por objeto promover,

proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos

los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores, contribuyendo así a su

plena inclusión, integración y participación en la sociedad. Aborda, acogiendo el enfoque de género,

los problemas generados por el envejecimiento desde una perspectiva de derechos. Junto con

establecer un catálogo de derechos, la Convención, establece las obligaciones del Estado Parte y un

mecanismo de seguimiento de los compromisos adquiridos y su implementación, constituido por una

Conferencia de Estados Parte y un Comité de Expertos.

26 Puede consultar el texto vigente en Chile en el siguiente enlace: http://bcn.cl/2axk6 (Enero, 2020)

Título: Decreto 162 | PROMULGA LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS

DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES

Fecha Publicación Instrumento Internacional: 15 de junio de 2015

Fecha Ratificación: 15 de agosto de 2017

Fecha Publicación Diario oficial: 07 de octubre de 2017

Instrumento Internacional

Texto oficial

Texto ratificado por Chile