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TRIBUNAL DE CUENTAS Nº 661 INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS EJERCICIO 2001

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TRIBUNAL DE CUENTAS

Nº 661

INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

EJERCICIO 2001

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EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, en el ejercicio de su función fiscalizadora, establecida por los artículos 2.a), 9 y 21-3.a) de su Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de lo previsto en los artículos 12.1 y 14.2 y, específicamente, en el artículo 13.2 de la citada Ley Orgánica, así como en el artículo 28.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal, ha aprobado en su sesión de 25 de enero de 2005 el Informe Anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, ejercicio 2001, y ha acordado su envío a la Junta General del Principado de Asturias y al Consejo de Gobierno de la citada Comunidad Autónoma y su publicación en el Boletín Oficial de la misma.

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Í N D I C E Pág.

I. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 9

I.1. Presentación ......................................................................................................................... 9

I.2. Marco Normativo................................................................................................................... 9

I.3. Objetivos ............................................................................................................................. 12

I.4. Rendición de Cuentas......................................................................................................... 12

I.5. Limitaciones ........................................................................................................................ 14

I.6. Trámite de alegaciones....................................................................................................... 15

II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA........................ 15

II.1. Administración General...................................................................................................... 15 II.1.1. Contabilidad presupuestaria ....................................................................................... 15 II.1.2. Situación patrimonial. Balance.................................................................................... 27 II.1.3. Resultado económico-patrimonial............................................................................... 41 II.1.4. Memoria ...................................................................................................................... 41

II.2. Organismos autónomos..................................................................................................... 42 II.2.1. Centro Regional de Bellas Artes ................................................................................. 43 II.2.2. Comisión Regional del Banco de Tierras.................................................................... 44 II.2.3. Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (ERA)............................ 44 II.2.4. Instituto de Fomento Regional .................................................................................... 45 II.2.5. Junta de Saneamiento ................................................................................................ 46 II.2.6. Orquesta sinfónica del Principado de Asturias ........................................................... 47

II.3. Entes públicos.................................................................................................................... 47 II.3.1. Caja de Crédito de Cooperación................................................................................. 48 II.3.2. Consejo Económico y Social....................................................................................... 49 II.3.3. Consejo de la Juventud............................................................................................... 49 II.3.4. Real Instituto de Estudios Asturianos ......................................................................... 50 II.3.5. Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA) .............. 50 II.3.6. Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) .............................................. 51

II.4. Empresas públicas............................................................................................................. 52 II.4.1. Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA)............................................. 54 II.4.2. Hosteleria Asturiana, S.A. (HOASA) ........................................................................... 55 II.4.3. Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA).................................... 55 II.4.4. Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A. ....................................... 55 II.4.5. Sedes, S.A. ................................................................................................................. 56 II.4.6. Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI) ............... 56 II.4.7. Sociedad Inmobiliaria Real Sitio de Covadonga, S.A. ................................................ 56 II.4.8. Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (SOGEPSA)....................... 57 II.4.9. Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (SRP) ................ 57 II.4.10. Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A. ..................... 58

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II.4.11. Sociedad Regional de Turismo, S.A. ........................................................................ 58 II.4.12. Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (VIPASA)............................................... 59

II.5. Otras entidades públicas ................................................................................................... 60 II.5.1. Universidad de Oviedo................................................................................................ 60 II.5.2. Otras entidades........................................................................................................... 79

II.6. Análisis de la gestión ......................................................................................................... 83 II.6.1. Operaciones de crédito ............................................................................................... 83 II.6.2. Avales ......................................................................................................................... 84 II.6.3. Subvenciones.............................................................................................................. 90

II.7. Fondo de Compensación Interterritorial............................................................................. 95 II.7.1. Dotaciones del FCI...................................................................................................... 95 II.7.2. Recursos del FCI ........................................................................................................ 95 II.7.3. Proyectos de inversión................................................................................................ 95 II.7.4. Financiación del FCI ...................................................................................................98

II.8. Contratación administrativa................................................................................................ 99 II.8.1. Observaciones comunes............................................................................................. 99 II.8.2. Contratos de obras.................................................................................................... 105 II.8.3. Contratos de suministro ............................................................................................ 112 II.8.4. Contratos de consultoría, asistencia y servicios ....................................................... 113

III. CONCLUSIONES .................................................................................................................. 115

III.1. Rendición de cuentas ..................................................................................................... 115

III.2. Administración General................................................................................................... 116

III.3. Organismos autónomos.................................................................................................. 119

III.4. Entes públicos................................................................................................................. 120

III.5. Empresas públicas.......................................................................................................... 120

III.6. Otras entidades públicas ................................................................................................121 III.6.1. Universidad de Oviedo............................................................................................. 121

IV. RECOMENDACIONES ......................................................................................................... 122

ANEXOS

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S I G L A S Y A B R E V I A T U R A S

AEAT Agencia Estatal de Administración Tributaria BOE Boletín Oficial del Estado CA Comunidad Autónoma — Ciudad Autónoma CE Constitución Española CCLL Corporaciones Locales DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas D. Decreto D-L Decreto-Ley EA Estatuto de Autonomía FCI Fondo de Compensación Interterritorial FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEOGA Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria FSE Fondo Social Europeo ICAL Instrucción de Contabilidad para la Administración Local ILT Incapacidad Laboral Transitoria IPC Índice de Precios al Consumo IPPV Instituto de Promoción Pública de la Vivienda IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IS Impuesto sobre Sociedades IVA Impuesto sobre el Valor Añadido LCAP Ley de Contratos de las Administraciones Públicas LCT Ley de Cesión de Tributos del Estado a las CCAA LF Ley de Finanzas LFTCu Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas LH Ley de Hacienda de la Comunidad LO Ley Orgánica LOFCA Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas LOTCu Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas LOU Ley Orgánica de Universidades LP Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma LPGE Ley de Presupuestos Generales del Estado LRHL Ley Reguladora de las Haciendas Locales LRU Ley Orgánica para la Reforma Universitaria Mibor Tipo de interés interbancario de Madrid MUFACE Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado MUNPAL Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local NIF Número de Identificación Fiscal O. Orden OA Organismo autónomo/Organismos autónomos OM Orden Ministerial PAIF Programa de Actuación, Inversiones y Financiación PCAP Pliego/s de Cláusulas Administrativas Particulares PGC Plan General de Contabilidad PGCP Plan General de Contabilidad Pública

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PIE Participación en los Ingresos del Estado RD Real Decreto RD.l Real Decreto Legislativo RD-L Real Decreto-Ley RGC Reglamento General de Contratación del Estado RGR Reglamento General de Recaudación s/d sin datos o sin información TCu Tribunal de Cuentas TRLCAP Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas TRLGP Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria TRLSA Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas UE Unión Europea

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 9

I. INTRODUCCIÓN

I.1. PRESENTACIÓN

De conformidad con lo preceptuado en los artículos 136 y 153 de la Constitución Española, corresponde al Tribunal de Cuentas el control económico y presupuestario de las Comunidades Autónomas.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 en relación con el 4, y de forma específica en el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, se procede, en el ejercicio de las competencias de este Tribunal, a emitir el presente informe sobre los resultados del control económico-presupuestario de la actividad desarrollada por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias durante el año 2001.

Todos los anexos a este informe se han elaborado con los datos tal y como vienen reflejados en la contabilidad o confeccionados por el Tribunal con los datos contables aportados por aquélla, de los que son transcripción. Los estados que se incluyen en el texto del informe son, salvo que se indique lo contrario, el resultado del análisis de la fiscalización, coincidente o no con aquellos datos contables.

I.2. MARCO NORMATIVO

A) Normativa financiera

a) Legislación autonómica

La normativa emanada de la Comunidad aplicable a su actividad económico-financiera durante el ejercicio 2001 está constituida, fundamentalmente, por las siguientes disposiciones:

- D. Legislativo 2/1998, de 25 de junio, que aprueba el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.

- Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias.

- D. Legislativo 1/1998, de 11 de junio, que aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Tasas y Precios Públicos.

- Ley 3/2000, de 30 de diciembre, que aprueba los Presupuestos Generales de la Comunidad para 2001.

- Ley 4/2000, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.

- Ley 2/2001, de 27 de marzo, de organización y funcionamiento del Consejo Económico y Social, que deroga la Ley 10/1988, de 31 de diciembre, de creación del mismo.

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10 Tribunal de Cuentas

- Ley 6/2001, de 25 de mayo, de concesión de crédito extraordinario para ayudas a las explotaciones de vacuno y de suplemento de créditos para financiar gastos de prevención y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina.

- Leyes 8 y 9/2001, de 15 de octubre, de creación, respectivamente, de las entidades públicas “112 Asturias” y “Bomberos del Principado de Asturias”.

- Ley 12/2001, de 14 de noviembre, de concesión de crédito extraordinario para financiar el Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras durante 2001.

b) Legislación estatal

- Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

- RD Legislativo 1091/1988, de 25 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

- Ley 29/1990, de 26 de diciembre, del Fondo de Compensación Interterritorial.

- Ley 14/1996, de 30 de diciembre, de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.

- Ley 26/1997, de 4 de agosto, de modificación del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. (La Ley 20/2002, de 1 de julio, deroga esta ley, con efectos desde el 1 de enero de 2002).

- Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2001.

B) Análisis de la normativa

De la normativa analizada en el estudio de las distintas áreas de gestión económico-financiera se deduce lo siguiente:

1. En la Cuenta General del Principado no figura reflejado el endeudamiento de la CA, al no incluirse las operaciones singulares de préstamo en vigor, debido a una interpretación restrictiva del contenido de aquélla, al mencionar el art. 63.1.d) de la LH que forma parte de su estructura “la cuenta general de la deuda pública del Principado” y no mantener la Comunidad saldo vivo de deuda por empréstitos; no obstante, dicha información sobre los préstamos (operaciones singulares) se encuentra contabilizada y se ha facilitado durante la fiscalización. Sería recomendable modificar el citado precepto en el sentido de que la información a incluir en la Cuenta General comprenda todo el endeudamiento de la CA.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 11

2. El art. 8 de la LH establece las competencias de los titulares de las Consejerías, señalando en el apartado a) que les corresponde administrar los créditos para gastos del presupuesto en las secciones que, a estos efectos, les sean atribuidas; en este sentido se expresa la Resolución de 19 de febrero de 1996, de la Consejería de Economía, por la que se regulan las modificaciones de crédito y otras tramitaciones presupuestarias, que señala en su art. 3 que los expedientes de modificación presupuestaria se iniciarán por quienes tengan a su cargo la gestión del presupuesto o sean responsables de los programas presupuestarios correspondientes. Por otra parte, el D. 5/2000, de 3 de febrero, que modifica el D. 62/1999, de 10 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, añade un art. 12 bis donde se incluyen, adicionalmente a las competencias de la Dirección General de la Función Pública, las funciones generales de informe, asesoramiento y propuesta en materia de gestión económica de personal y concretamente, las de planificación, valoración y presupuestación de los gastos del capítulo I de personal.

Apoyándose en el último precepto citado e invocando principios de celeridad y eficacia administrativa, la tramitación de las transferencias de crédito que afectan a los gastos del capítulo I de diversas Consejerías se inicia desde la citada Dirección General de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos. Este procedimiento representa una infracción de las otras normas señaladas, que establecen la competencia para la tramitación de las modificaciones presupuestarias, mientras que no se efectúen los cambios normativos que se precisen para su adaptación a la problemática puesta de manifiesto, recomendación efectuada por el Servicio Fiscal de la Intervención General del Principado.

3. El art. 36.2 de la LH establece que la financiación de modificaciones presupuestarias con superávit de liquidación adoptará la forma de habilitación del estado de gastos. El art. 31 de la LH regula las incorporaciones de crédito y el art. 14.5 de la Resolución de 19 de febrero de 1996 de la Consejería de Economía, que regula las modificaciones de crédito y otras tramitaciones presupuestarias, determina que la tramitación de estas modificaciones tendrá como límite global máximo el remanente de tesorería existente minorado en la parte que haya sido destinada a financiar el presupuesto inicial u otros incrementos de crédito.

Puede existir una contradicción legislativa derivada de una interpretación literal del artículo 36.2 de la LH, que supondría la práctica desaparición de la figura modificativa de Incorporación de remanentes de crédito. Esta cuestión es elocuente en el caso de los gastos con financiación afectada, cuyos remanentes de crédito deberán ser incorporados necesariamente al Presupuesto del ejercicio inmediato siguiente, tal como establece el párrafo 52 del documento 8 de los Principios Contables Públicos, generalmente con la cobertura financiera del remanente de tesorería afectado que surgiera de un subsistema de gastos con financiación afectada, con el que no cuenta el Principado; asimismo, la normativa de la CA en materia presupuestaria no contempla la posibilidad de incorporaciones de remanentes de crédito financiados con saldos no realizados de compromisos de ingresos.

4. Se han modificado o añadido diversos artículos de la LH que afectan a la homogeneidad del texto normativo, destacándose el contenido relativo a las diversas entidades del sector público autonómico clasificadas por su art. 4. Particularmente significativo resulta que el art. 63 de la LH, dedicado a la Cuenta General del Principado, se siga refiriendo tan sólo a la Administración

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General y sus organismos autónomos; la propia Cuenta de 2001 rendida ya incluye los organismos públicos (organismos autónomos y entidades públicas, art. 4.1.a) de la LH).

Por otra parte, dado el sometimiento al régimen de contabilidad pública señalado en el art. 59 de la LH, el citado art. 63 no ajusta la estructura y el contenido de la Cuenta General a lo previsto en la cuarta parte del PGCP del Principado, referida a las cuentas anuales que deberán ser formuladas.

I.3. OBJETIVOS

La fiscalización se ha realizado en el marco de los objetivos determinados en las directrices técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas del 27 de marzo del 2003, de conformidad con el art. 9 de la LOTCu, los cuales se concretan en los siguientes:

– Determinar si la Cuenta General se presenta adecuadamente, de acuerdo con los principios contables públicos.

– Determinar el grado de cumplimiento y aplicación de la legalidad vigente en la gestión de los fondos públicos.

– Determinar la racionalidad en la ejecución del gasto público basada en criterios de eficiencia y economía.

– En relación con el Fondo de Compensación Interterritorial:

- Comprobar el cumplimiento en el ejercicio de la normativa específica del FCI y de la normativa presupuestaria vigente, en cuanto a la gestión de los recursos del Fondo.

- Verificar que las operaciones derivadas de la gestión del FCI se han contabilizado correctamente, de acuerdo con los principios y normas que le son de aplicación.

- Comprobar que los recursos del Fondo se han destinado a la finalidad prevista, según los proyectos de inversión aprobados en las correspondientes Leyes de presupuestos.

- Verificar que las solicitudes de recursos del FCI por la Comunidad al Ministerio de Economía y Hacienda, se han realizado conforme a lo establecido en la Ley del FCI.

I.4. RENDICIÓN DE CUENTAS

La Cuenta General de la Comunidad, que incluye la Administración General y sus Organismos Autónomos, se rindió a este Tribunal el día 10 de octubre de 2002, dentro del plazo establecido en el art. 136 del TRLGP y conforme a la estructura prevista en el art. 63 de la LH. También se

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han rendido en dicha fecha, formando parte de la que se presenta como Cuenta de los Organismos Públicos, las cuentas de la entidad pública Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA) y las de los siguientes entes públicos: Consejo Económico y Social, Consejo de la Juventud y Servicio de Salud del Principado de Asturias; estos entes, según la clasificación establecida por el art. 4 de la LH, no participan de la naturaleza de organismo público (OOAA y entidades públicas), sino de entes públicos, y presentan sus cuentas fuera del plazo señalado en el art. 35.1 de la LFTCu.

La Administración General y las demás entidades citadas que deben rendir sus cuentas conforme al PGCP del Principado, aprobado por Resolución de 1 de Julio de 1996, incluyen, por primera vez en el ejercicio 2001, el balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial, información necesaria para evaluar su situación económico-financiera y la evolución de sus resultados. Sin embargo, continúan sin presentar la memoria con la información mínima a cumplimentar que establece el mencionado Plan, si bien incluyen algunos de los cuadros de la misma.

Acompañando a la Cuenta General, se remitieron:

– Las cuentas de la Caja de Crédito de Cooperación, el Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA), el Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime y el Real Instituto de Estudios Asturianos, que se rinden fuera del plazo establecido en el art. 35.1 de la LFTCu.

La Caja de Crédito de Cooperación y el Real Instituto de Estudios Asturianos no rinden sus cuentas conforme al PGCP. El Real Instituto presenta una memoria económica del ejercicio en la que figuran libro diario, libro mayor, balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias, junto con un desglose de gastos e ingresos a lo que no se puede denominar liquidación presupuestaria; no se acompaña la aprobación de sus cuentas por el órgano correspondiente. La Caja presenta, únicamente, un balance de sumas y saldos.

El CEISPA no rinde sus cuentas y estados conforme al régimen contable que le es de aplicación, constituido por la Instrucción de contabilidad del tratamiento especial simplificado para entidades locales de ámbito territorial con población inferior a 5.000 habitantes, aprobada por O. del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de julio de 1990. Por el contrario, continúa aplicando la Instrucción de Contabilidad de las Corporaciones Locales de 4 de agosto de 1952, ya derogada.

El Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico Grandas de Salime rinde libros diario y mayor, balance de sumas y saldos, balance de situación, cuenta de resultados y cuadro de financiación. Las cuentas rendidas no se adaptan a la Instrucción de contabilidad antes citada, a la que deben ajustarse según el artículo 6 de sus estatutos, ni vienen acompañadas de su aprobación por el órgano correspondiente.

– Las cuentas de las empresas públicas, rendidas fuera del plazo establecido por el art. 35.1 de la LFTCu, en relación con el art. 130 del TRLGP. La empresa Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI) no rinde memoria con el contenido mínimo a cumplimentar según los artículos 200 y 201 del TRLSA y el propio PGC.

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14 Tribunal de Cuentas

En el curso de la fiscalización, previa petición de este Tribunal, se aportaron las cuentas anuales de las siguientes fundaciones integrantes del sector público autonómico:

– Fundación Asturiana de Atención y Protección de Personas con Discapacidades y/o Dependencias (FASAD).

– Fundación Comarcas Mineras para la Formación y Promoción del Empleo (FUCOMI).

– Fundación para el Fomento de la Economía Social.

– Fundación del Hospital del Oriente de Asturias “Francisco Grande Covián”.

– Fundación “Oso de Asturias”.

No consta la aprobación, por la Junta de los Patronatos, de las cuentas anuales aportadas. Solamente aparecen firmas identificadas en la memoria económica abreviada de FASAD.

I.5. LIMITACIONES

1. No existe una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada que permita considerar las desviaciones de financiación en el cálculo del saldo presupuestario y del remanente de tesorería, así como determinar los compromisos de ingresos susceptibles de financiar créditos para gastos del ejercicio.

2. El presupuesto de gastos por programas no contiene indicadores específicos que permitan determinar el grado de cumplimiento de los objetivos programados.

Teniendo en cuenta, además, la carencia de contabilidad analítica, se deriva la imposibilidad de conocer y analizar objetivamente el coste y rendimiento de los servicios públicos.

3. La Comunidad carece de un inventario que recoja todos los bienes y derechos del Principado de una forma sistemática y que esté debidamente actualizado. El conocimiento de la composición y valoración del patrimonio queda afectado por lo señalado, condicionando la representatividad de la situación económico-financiera reflejada en el balance.

4. Las dotaciones de crédito para el FCI de la CA aprobadas por la LPGE no se adscriben a proyectos concretos sino a líneas muy generales de actuación. Dado que los proyectos de inversión tienen, normalmente, una duración plurianual y que la Comunidad no los afecta a la financiación del Fondo de Compensación Interterritorial en todas las anualidades, no es posible realizar en el ámbito del FCI el adecuado seguimiento y control de estos proyectos durante toda la ejecución de los mismos.

5. La Comunidad no ha implantado una contabilidad analítica para la determinación de los costes imputables a cada proyecto de inversión, ni de las unidades físicas de realización de los

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mismos que resulten más significativas, por lo que no es posible dar cumplimiento a las previsiones recogidas en el art. 9.3 de la Ley del FCI.

I.6. TRÁMITE DE ALEGACIONES

Los resultados de las actuaciones participadas se pusieron de manifiesto al Presidente de la Comunidad y al Rector de la Universidad de Oviedo para que formulasen alegaciones y presentasen cuantos documentos y justificantes estimasen pertinentes, de conformidad con lo previsto en el art. 44 de la LFTCu.

Solicitada prórroga para su formulación ésta fue concedida al amparo del artículo 44.1 de la LFTCu.

Las alegaciones efectuadas han sido analizadas y valoradas, suprimiéndose o modificándose el texto cuando su contenido se comparte. En aquellos casos en que no se ha estimado oportuno alterar el texto, se considera que las alegaciones son meras explicaciones que confirman los hechos expuestos en el Informe, o no se justifican documentalmente los criterios o afirmaciones mantenidas.

II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Los anexos I.1-1, I.1-2 y I.1-3 recogen las cifras agregadas correspondientes a la liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos y saldos presupuestarios de las Administraciones Públicas.

Asimismo, los anexos I.1-4 y I.1-5 reflejan la situación económico-financiera y los resultados económico-patrimoniales de las Administraciones Públicas.

II.1. ADMINISTRACIÓN GENERAL

II.1.1. Contabilidad presupuestaria

Los créditos iniciales incluidos en la LP, superiores en un 46% a los de 2000, ascienden a 1.738.971 miles de euros, anexo II.1.3, que se financian con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, estimados en 1.588.718 miles de euros, y el importe de las operaciones de endeudamiento autorizadas en el art. 28 de la LP, 150.253 miles de euros, anexo II.1.5.

Los créditos y previsiones finales se elevan a 1.992.996 miles de euros, con un incremento del 10% respecto a los del ejercicio anterior.

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16 Tribunal de Cuentas

A) Modificaciones de crédito

a) Alteración de las dotaciones iniciales

Las modificaciones netas de los créditos del ejercicio ascienden a 254.025 miles de euros, incrementando el presupuesto inicial de gastos en el 15%. Sin embargo, estas modificaciones disminuyen en un 59% respecto al ejercicio anterior debido, fundamentalmente, a que en 2000 se produjo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado en materia de enseñanza no universitaria (RD 2081/1999, de 30 de diciembre), lo que motivó la realización de importantes modificaciones de crédito.

Los anexos II.1-1 y II.1-2 recogen las modificaciones presupuestarias de los créditos según la estructura económica y orgánica.

Durante el ejercicio se han tramitado por la Comunidad 459 expedientes de modificación, distribuidos por tipos según el siguiente estado:

TIPO Nº exptes. Importe

(miles de euros)

- C. extraordinarios y suplementos de crédito 3 46.370

- Ampliaciones de crédito 2 705

- Transferencias de crédito 351 ± 74.712

- Créditos generados por ingresos 63 158.564

- Incorporaciones de remanentes de crédito 40 48.386

TOTAL 459 254.025

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 17

b) Financiación

Las fuentes de financiación de las modificaciones de crédito se resumen en el siguiente estado:

(miles de euros)

Recursos

Créditos extraords.

y suplemen

tos de crédito

Ampliaciones de crédito

Créditos generado

s por ingresos

Incorporaciones

remanentes de crédito

Total

- Remanente de tesorería 9.376 705 – 48.386 58.467

- Recursos propios – – 31 – 31

- Otras aportaciones públicas – – 158.199 – 158.199

- Aportaciones privadas – – 334 – 334

- Endeudamiento 36.994 – – – 36.994

TOTAL 46.370 705 158.564 48.386 254.025

Teniendo en cuenta que el remanente de tesorería del ejercicio 2000, 59.074 miles de euros, considerando el efecto de las salvedades expuestas en el correspondiente informe de este Tribunal, disminuiría en 72.398 miles de euros y tendría un importe negativo de 13.324 miles de euros, los datos del estado anterior muestran una falta de financiación de 58.467 miles de euros. Este déficit podría quedar compensado con los compromisos de ingresos susceptibles de financiar créditos para gastos del ejercicio (ver limitación nº 1).

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18 Tribunal de Cuentas

c) Tipos modificativos

Se ha efectuado el análisis de una muestra de expedientes de modificación de crédito de cuyo resultado cabe señalar:

1.- Transferencias de crédito

En el expediente 317, por importe de 1.803 miles de euros, la memoria justificativa hace referencia a la necesidad de realizar la transferencia para cubrir las insuficiencias de crédito que se prevén según las estimaciones de gasto, sin indicar la causa de estas insuficiencias. En consecuencia, la memoria no está adecuadamente motivada en relación con el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el art. 6.5 de la Resolución de 19 de febrero de 1996, de la Consejería de Economía, por la que se regulan las modificaciones de crédito y otras tramitaciones presupuestarias.

2.- Créditos generados por ingresos

De acuerdo con el convenio de colaboración suscrito el 26-1-98 entre el Principado y el Ministerio de Industria y Energía (MINER) para la promoción del desarrollo económico alternativo de las zonas mineras de Asturias, se realizaron en 2001 diversos expedientes de generación de crédito por importe de 53.691 miles de euros.

La CA utiliza el criterio de reconocer los derechos correspondientes a las aportaciones del Estado en función de las obligaciones reconocidas de los proyectos financiados con fondos mineros, no conforme a las peticiones de fondos según lo establecido en el convenio. Esto determina la imposibilidad de obtener el remanente de tesorería afectado (ver limitación nº 1) que permita la utilización de la figura modificativa de incorporación de los remanentes de crédito correspondientes al gasto no ejecutado.

En consecuencia, la CA realiza cada ejercicio generación (“habilitación” según el art. 35 de la LH) de créditos por importes no ejecutados de anualidades anteriores. En 2001, el importe de estas generaciones se determina por diferencia entre la cuantía máxima de cada proyecto de inversión específico (según los convenios firmados entre el Instituto para la Reestructuración de la Minería y el Principado de Asturias) y la inversión realizada en ejercicios anteriores, cifra minorada, en su caso, por la dotación de crédito existente en la correspondiente aplicación presupuestaria del ejercicio; lo cual supone unos importantes remanentes de crédito al final del mismo.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 19

B) Ejecución del presupuesto de gastos

a) Análisis global

Los anexos II.1-3 y II.1-4 reflejan la liquidación del Presupuesto de Gastos, atendiendo a su clasificación económica y orgánica, respectivamente. Los créditos iniciales ascienden a 1.738.971 miles de euros y los finales a 1.992.996 miles de euros.

Las variaciones más significativas que se han producido en los créditos iniciales, en relación con los del 2000, han tenido lugar en el capítulo 1 “Gastos de personal”, que se ha incrementado en un 294%; no obstante, son coherentes con los definitivos del ejercicio anterior, en el que se realizaron las modificaciones de crédito necesarias como consecuencia del proceso de asunción de competencias por parte de la Comunidad en materia de enseñanza no universitaria, con arreglo al RD 2081/99, de 30 de diciembre.

Los créditos finales exceden de las obligaciones reconocidas en 225.810 miles de euros, que representa un grado de ejecución del 89%. Las desviaciones más significativas se producen en las operaciones de capital, con un 21%.

Las obligaciones reconocidas en el ejercicio, 1.767.186 miles de euros, aumentan un 8% en relación con las del ejercicio anterior.

Con respecto a la distribución del gasto por Secciones, la mayor importancia corresponde a la Consejería de Educación y Cultura (Sección 15) con un 34% del total de las obligaciones reconocidas, seguida por la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial (Sección 17), con un 18%. Por capítulos, destaca el cap. 1 “Gastos de personal”, con un 27% del total, mientras que las operaciones de capital (capítulos 6 y 7) representan un 43%.

Los pagos realizados en el ejercicio ascienden a 1.472.193 miles de euros, lo que representa un grado de cumplimiento del 83% de las obligaciones reconocidas. El 82% de las obligaciones pendientes de pago corresponden a las operaciones de capital.

C) Ejecución del presupuesto de ingresos

a) Análisis global

El Anexo II.1-5 presenta la liquidación del presupuesto de ingresos. Las previsiones finales exceden de los derechos reconocidos en 237.354 miles de euros, representando un grado de ejecución del 88%. La diferencia más significativa corresponde al cap. 7 “Transferencias de capital”, por importe de 139.942 miles de euros. Contrariamente, los derechos reconocidos en el cap. 2 “Impuestos indirectos” y en el cap. 4 “Transferencias corrientes” superan a las previsiones finales.

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Durante el ejercicio se reconocieron derechos por 1.755.642 miles de euros, aumentando un 8% en relación con 2000. Destaca el incremento del 47% que se produjo en el cap. 9 “Pasivos financieros”.

La recaudación de los derechos ascendió a 1.466.787 miles de euros, lo que representa el 84% de los mismos.

b) Análisis de los derechos reconocidos

En el análisis realizado de los derechos reconocidos en el ejercicio se han puesto de manifiesto las siguientes observaciones:

1. La CA registra en su sistema contable ASTURCON los derechos contraídos de liquidaciones tributarias, que son traspasadas de forma automática desde otro sistema informático de gestión de tributos. Sin embargo, el mayor importe de derechos reconocidos corresponde al procedimiento de contraído por recaudado, por lo que generalmente la justificación de estos derechos facilitada por la Comunidad es la de su propio ingreso.

2. En relación con los capítulos 4 y 7 de Transferencias corrientes y de capital, en los que se han ido reconociendo derechos a lo largo del ejercicio por el importe recaudado, la CA realiza, antes del cierre, una estimación documentada de los derechos pendientes de cobro del ejercicio corriente y el correspondiente reconocimiento. Esto supone que la cifra reflejada en la liquidación presupuestaria como derechos pendientes de cobro suela coincidir con un solo acto de reconocimiento de derechos, según el procedimiento indicado.

En el análisis de la documentación justificativa facilitada de la muestra seleccionada, se observa que el reconocimiento de derechos no se efectúa de forma homogénea y sistemática en función de los convenios firmados; se señala:

– El reconocimiento de lo pendiente de cobro (647 miles de euros) en el concepto presupuestario 400.03 “Aportación del INSALUD para vacunas”, se fundamenta en un escrito de la CA dirigido a la Dirección Provincial del INSALUD, de fecha 27 de diciembre de 2001, indicando el número de dosis entregadas y su precio. El procedimiento seguido está basado en un acuerdo no escrito entre el INSALUD y el Principado.

– En el concepto 406.04 “Plan concertado de prestaciones básicas de servicios sociales de las corporaciones locales”, el reconocimiento final (1.397 miles de euros) se realiza por la diferencia entre la previsión definitiva establecida en el presupuesto de la CA y lo recaudado hasta 31 de diciembre de 2001, sin referencia a la ejecución de los proyectos financiados ni a la obligación reconocida por el Estado, registrada en su correspondiente documento contable. Dicha previsión definitiva coincide con la cuantía resultante para la CA en el compromiso financiero del Estado, publicado en el BOE, para la distribución territorial de las subvenciones correspondientes a

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 21

programas sociales con Comunidades Autónomas. De manera similar se procede con el concepto 406.11 “Programa de apoyo a familias en situaciones especiales” (191 miles de euros). 1

– El concepto 405.03 “Plan estabilización Convenio Ministerio Educación y Cultura” sólo refleja como derecho reconocido y cobrado en 2001 la primera anualidad del Convenio, 1.268 miles de euros, que correspondería al año 2000. Sin embargo, en el Registro de Pagos de la DG del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Hacienda figura también el pago en el ejercicio de la anualidad correspondiente a 2001, por el mismo importe. Por tanto, los derechos reconocidos en este concepto deberían aumentarse en 1.268 miles de euros.

3. En relación con la financiación de Fondos Europeos, destaca la importancia del Programa Operativo Integrado (POI) del Principado de Asturias, aprobado mediante Decisión de la Comisión de 15 de febrero de 2001, que se integra en el Marco Comunitario de Apoyo, para las intervenciones estructurales en las regiones españolas del Objetivo nº 1 del periodo 2000-2006, que recoge lo fundamental del anterior Plan de Desarrollo Regional.

Este POI, a diferencia de los Programas Operativos aprobados en los periodos de programación anteriores, se caracteriza por estar financiado por los fondos estructurales FEDER, FEOGA-Orientación y FSE, y cuenta con unos recursos totales de 1.339 millones de euros para un coste total elegible de 2.053 millones de euros. Se estructura en 12 ejes prioritarios para los que establece un Plan de financiación por anualidades.

De conformidad con la normativa comunitaria (Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo y disposiciones para su aplicación), en el Estado existirá una única autoridad de gestión para cada uno de los programas operativos integrados de objetivo 1, entre los cuales se encuentra el POI de Asturias. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión de 15 de marzo de 2001, designó como autoridad de gestión para todos ellos al Ministerio de Hacienda, Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial. Las funciones de autoridad pagadora serán ejercidas por cada una de las Unidades Administradoras de los Fondos Estructurales de los Ministerios de Hacienda (FEDER), de Agricultura, Pesca y Alimentación (FEOGA-Orientación) y de Trabajo y Asuntos Sociales (FSE). El Principado de Asturias, como Órgano Intermedio (definido en el Reglamento (CE) nº 438/2001 de la Comisión), a través de la Consejería de Hacienda, coordina la ejecución de los proyectos cofinanciados con su correspondiente gasto asociado, que incluye como gasto elegible pagado en las certificaciones que envía, por separado para cada Fondo, a la Administración Central mediante la aplicación informática “Fondos 2000”.

La CA registra los derechos reconocidos por el concepto POI en función de los gastos elegibles pagados, a los que corresponden unas ayudas determinadas en función del grado de cofinanciación; este porcentaje es diferente para los distintos fondos estructurales que

1 El reconocimiento de estos derechos no se realiza de conformidad con los Principios Contables Públicos (punto 30 del documento 4).

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integran el POI e, incluso, puede ser diferente para el mismo fondo pero distinto eje o medida, aunque las diferencias no son grandes. La contabilización se realiza aplicando la media aproximada entre los distintos grados de cofinanciación, obteniéndose el reconocimiento a final de ejercicio por la diferencia entre la ayuda definitiva determinada y lo ya reconocido hasta la fecha.

Tomando como principal fuente de información las diferentes certificaciones de gasto expedidas por el correspondiente Organismo, cuyos datos se registran en el sistema informático Fondos 2000, se observa una diferencia entre la ayuda a recibir por el gasto elegible pagado hasta el 31 de diciembre de 2001 y los derechos reconocidos del POI por la CA a dicha fecha (ejercicios 2000 y 2001), por importe de 63.968 miles de euros (de los que 24.274 miles de euros corresponden al FEDER). El reconocimiento de derechos en el ejercicio 2001 se realizó en función de la ayuda correspondiente a los gastos certificados hasta 31/12/01 y teniendo en cuenta los derechos reconocidos en el ejercicio anterior.

A partir de las cifras de derechos reconocidos, en función del gasto certificado, la corriente financiera no es coincidente con el procedimiento anterior, al recoger como derecho reconocido en cada Fondo el importe del anticipo del 7% sobre la ayuda total 2000-2006 y al ser éste posteriormente deducido de las ayudas correspondientes a los gastos certificados posteriores. Contablemente, el anticipo se ha destinado en su totalidad a cancelar derechos correspondientes al ejercicio 2000, con lo que las liquidaciones correspondientes a derechos reconocidos posteriormente en función del gasto certificado no podrán ser canceladas en su totalidad de forma exacta, porque no recibirán el importe total reconocido.

El responsable del Fondo, FEDER en este caso, sí ha establecido un sistema para aplicar el anticipo, deduciéndolo de la ayuda certificada y conociendo, por tanto, el importe que se debe recibir.

Según la información suministrada por la CA, a fecha 15/10/02, el importe de la ayuda certificada (entendiendo por tal la correspondiente al gasto elegible certificado deducido el anticipo), acumulada a 31/12/01, ha sido cobrada en su totalidad.

4. El FEDER financia, además del POI, otros programas como el Programa Operativo Local (POL) y diversas Iniciativas Comunitarias. Como consecuencia de los sistemas de anticipos que regían el anterior Programa Operativo del Principado de Asturias, 1994-1999, los cobros no se corresponden exactamente con las anualidades del ejercicio.

Por otra parte, tampoco los reconocimientos de derechos han seguido la pauta de las anualidades fijadas en los cuadros financieros (distribución plurianual de las ayudas, aprobados en Decisiones comunitarias junto con los Programas Operativos) lo que dificulta el ajustar los cobros a sus anualidades correspondientes y, en ocasiones, a un concepto presupuestario diferenciado.

Del análisis de la documentación correspondiente a diferentes cobros, se deduce que importes concretos, como el correspondiente al pago de fecha 17/09/01 (donde el literal de

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la comunicación de la Subdirección General de Administración del FEDER anunciando el envío de fondos dice: “primer reparto de la regularización de anticipos, incluido el primer anticipo de la anualidad de 1999”), se ha aplicado, además de a saldar los conceptos 98 y 99-792.01 “Programa Operativo FEDER”, a conceptos presupuestarios distintos lo que corrobora la falta de adecuación entre las anualidades de ayuda aprobadas y los derechos reconocidos que las reflejan. La aplicación de lo recaudado ha sido la siguiente:

Recaudado

Aplicación Descripción

Pesetas miles de euros

R97-12.792.10

Otros ingresos comunitarios ejercicios anteriores 59.150.250 355

R98-12.792.01 Programa Operativo FEDER 323.689.298 1.945

R98-12.795.00 Aportación FEDER Universidad de Oviedo 450.906.060 2.710

R99-12.792.01 Programa Operativo FEDER 2.705.248.946 16.259

R99-12.792.05 Ingresos adicionales de la UE 459.011.447 2.759

Total pago 17/09/01 3.998.006.001 24.028

Procede señalar que la información recibida por la Comunidad sobre la distribución del cobro se limita a una comunicación del Ministerio indicando que se ha dado orden al Tesoro para que transfiera al Principado la cantidad que menciona, acompañando una breve referencia acerca de la anualidad del programa a la que se refiere. En los cobros referidos al anterior periodo de programación, se dice de forma genérica que la “transferencia se ha calculado basándose en la certificación de gastos efectivos realizados y acreditados ante la Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria”, pero en ningún caso se especifica a qué gastos concretos y de que proyectos, ejes o medidas se trata.

Por otra parte, debe destacarse que la CA y, en concreto, los órganos gestores, encargados como autoridad de gestión intermedia, de los fondos estructurales, una vez realizada la certificación de gastos elegibles e introducida en la aplicación informática Fondos 2000, no tienen constancia de cuándo ésa certificación es enviada a Bruselas por la autoridad de gestión, en este caso el Ministerio de Hacienda. Debido a esta falta de información, la CA tampoco puede controlar el periodo de tiempo transcurrido entre el envío de fondos de la UE al Ministerio y el posterior traslado desde éste a la Comunidad. Mientras que las distintas certificaciones de gastos pagados elegibles se detallan al máximo al introducirlas en la aplicación Fondos 2000, la información que recibe el Principado de la autoridad pagadora acerca de cómo distribuir ese cobro entre anualidades, ejes y medidas es prácticamente nula.

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5. En relación con el Fondo de Cohesión, se observa la inexistencia de un concepto presupuestario específico, tanto en el ejercicio corriente como en presupuestos cerrados. Para este Fondo, que no financia ejes y medidas generalistas, sino proyectos concretos con un grado determinado de cofinanciación, no se ha establecido por la CA un registro presupuestario particularizado por anualidades. Por tanto, los cobros por Fondo de Cohesión en el ejercicio son aplicados a los conceptos 2000-798.07 “Ingresos no previstos procedentes de la UE” y 2001-792.05 “Otros fondos comunitarios”.

De la comprobación de la documentación de los ingresos mencionados, se deduce una disfunción entre el gestor del Fondo, que sí concreta a qué anualidad y de qué proyecto se trata cada cobro, y su registro presupuestario, del que no es posible obtener información acerca de la situación del Fondo de Cohesión en cuanto a derechos pendientes y cobros realizados.

6. La Comunidad registra derechos reconocidos por el total del Fondo de Compensación Interterritorial correspondiente a 2001 (32.486 miles de euros). Los derechos por este concepto deben reconocerse en función de las peticiones de fondos realizadas durante el ejercicio, de acuerdo con el art. 7.4 de la Ley 29/1990, de 26 de diciembre. Siguiendo este criterio, los derechos reconocidos deberían ser 7.896 miles de euros, importe de las peticiones realizadas durante el ejercicio. Análogamente, deberían haberse reconocido derechos correspondientes al FCI de 2000, por importe de 7.212 miles de euros, solicitados en 2001, que fueron reconocidos indebidamente en el ejercicio anterior.

7. Se reconocieron, indebidamente, derechos en el cap. 9 “Pasivos financieros”, por 119.570 miles de euros, sin que en el ejercicio se hayan producido disposiciones de efectivo. En consecuencia, los derechos reconocidos en este capítulo debería estar disminuidos en ese importe.

8. En el ejercicio se han dispuesto 59.089 miles de euros correspondientes a operaciones de crédito concertadas en ejercicios anteriores, cuyos derechos se reconocieron entonces y no debieron registrarse hasta el momento de su efectiva disposición. Por tanto, los derechos reconocidos en el ejercicio deberían estar aumentados en tal importe.2

No consta que por la Intervención se hayan efectuado actuaciones comprobatorias posteriores, previstas en el art. 56.7 de la LH, en cuanto a la fiscalización de los derechos

Considerando la incidencia de las salvedades señaladas y cuantificadas, el total de derechos reconocidos del ejercicio pasaría a ser de 1.679.051 miles de euros.

2 En relación con los apartados 7 y 8, el criterio del Tribunal es que el endeudamiento genera ingresos cuando se formaliza y dispone, momento en el que deben reconocerse los correspondientes derechos (punto 14, documento 5 de los Principios Contables Públicos). El criterio de la Comunidad de reconocer derechos por la simple autorización para la emisión de deuda pública o la formalización de préstamos sobrevalora el remanente de tesorería.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 25

La estructura de la liquidación del presupuesto de ingresos rendida no se ajusta a lo previsto en la cuarta parte del PGCP del Principado. Asimismo, la Cuenta General no presenta la información sobre la ejecución de ingresos públicos que se debe incluir en la Memoria conforme establece el PGCP, con la debida referencia a los derechos reconocidos netos, obtenidos de minorar del total de los derechos presupuestarios reconocidos las anulaciones de los mismos, distinguiendo las anulaciones de liquidaciones de las anulaciones por devolución de ingresos, así como también a los derechos cancelados, distinguiendo los debidos a cobros en especie, insolvencias y otras causas. En la liquidación presupuestaria, las devoluciones de ingresos figuran como disminución de la recaudación total, pero no se desarrolla posteriormente como indica el PGCP; los derechos cancelados no figuran en la liquidación ni en otra información adicional.

El proceso general para realizar anulación de liquidaciones se origina en el centro gestor y, tramitado el expediente, se remite a Intervención donde se fiscaliza y se toma razón de la misma en contabilidad. Las liquidaciones practicadas por los registradores de la propiedad no figuran en el sistema informático y su tramitación, ya sea recaudación, devolución o anulación, no es controlada por la Intervención, que simplemente refleja en el ASTURCON como derechos reconocidos la cifra de recaudación neta ingresada desde las Oficinas liquidadoras.3

Según la información suministrada por la Comunidad, el importe total de derechos anulados por anulación de liquidaciones durante el ejercicio asciende a 2.774 miles de euros.

Las devoluciones de ingresos indebidos ascienden a 3.149 miles de euros.

c) Financiación

En este apartado se presentan las distintas fuentes de financiación, una vez considerados los efectos de las salvedades expuestas en el informe. Su estructura es análoga a la adoptada por la DG de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial del Ministerio de Hacienda.

El sistema de financiación del ejercicio fiscalizado se basa en el Acuerdo, de fecha 23 de septiembre de 1996, del Consejo de Política Fiscal y Financiera para el período 1997-2001.

3 En el trámite de alegaciones se manifiesta que la falta de control directo por la Intervención General, durante el ejercicio 2001, era suplida por inspecciones anuales efectuadas por la Dirección General de Finanzas y Hacienda relativas a la gestión y recaudación de los tributos cedidos llevadas a cabo por las Oficinas liquidadoras.

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26 Tribunal de Cuentas

Los recursos obtenidos en el ejercicio se agrupan en el siguiente estado:

(miles de euros)

TIPOS DE RECURSOS Importes

I. RECURSOS PERCIBIDOS

A. INCONDICIONADOS 1.141.558

1. Transferidos por el Estado

a) Participación en los ingresos 683.337

b) Coste efectivo de los servicios traspasados 91.787

2. Gestionados

a) Tributos cedidos 366.268

b) Tasas afectas a los servicios traspasados –

c) Otros 166

B. CONDICIONADOS 367.967

a) Seguridad Social –

b) Unión Europea 157.827

c) Fondo de Compensación Interterritorial 15.108

d) Subvenciones y convenios 195.032

II. RECURSOS PROPIOS 169.526

a) Endeudamiento 126.766

b) Tributarios 17.732

c) Prestación de servicios 4.377

d) Patrimoniales 11.494

TOTAL 1.679.051

La principal fuente de financiación está constituida por los recursos percibidos de aplicación incondicionada, que representan el 68% del total de recursos y corresponden mayoritariamente a la participación en los ingresos del Estado.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 27

D) Resultado presupuestario del ejercicio

El resultado presupuestario (caps. 1 a 8) del ejercicio 2001, según la liquidación presupuestaria rendida por la CA, presenta un déficit de 135.672 miles de euros. La variación neta de pasivos financieros (cap. 9) asciende a 124.128 miles de euros, llegándose a un saldo presupuestario del ejercicio negativo de 11.544 miles de euros, según se refleja en el anexo II.1.6.

La cuantificación de los efectos en el resultado presupuestario del ejercicio fiscalizado, que se deducen de las salvedades descritas y cuantificadas en los apartados de este informe, se concretan en el cuadro siguiente:

(miles de euros)

Conceptos Apartado del informe

Modificaciones

OPERACIONES NO FINANCIERAS

- Anualidad 2001 Convenio Ministerio Educación y Cultura II.1.1.C)b)2 1.268 - Fondo de Compensación Interterritorial ejs. 2000 y 2001 (7.212 - 4.590) II.1.1.C)b)6 (17.378) - IVA soportado deducible aplicado indebidamente al presupuesto de gastos II.1.2.2.B)a.2 466

TOTAL

TOTAL MODIFICACIONES EN RESULTADO PRESUPUESTARIO (15.644)

Asimismo, el saldo presupuestario del ejercicio se vería disminuido en 60.481 miles de euros (119.570-59.089) como consecuencia de las salvedades descritas en el aptdo. II.1.1.C)b)7 y 8.

Las cuentas rendidas no contienen indicación acerca de las desviaciones que se hubieran producido en la financiación afectada, lo que impide un correcto cálculo del superávit o déficit de financiación del ejercicio. (Ver limitación nº 1 y aptdo. II.1.1.A)b).

II.1.2. Situación patrimonial. Balance

En el anexo II.2-0.1 se reflejan las magnitudes del balance de acuerdo con los datos presentados por la CA en la Cuenta General.

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28 Tribunal de Cuentas

El activo asciende a 2.769.116 miles de euros, cuya mayor parte corresponde a inversiones destinadas al uso general, el 35%, y a inmovilizaciones materiales, el 32%. Los fondos propios totalizan 1.643.680 miles de euros y el pasivo exigible 1.125.436 miles de euros.

II.1.2.1 ACTIVO

A) Inmovilizado

La Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias establece, en su art. 7, la obligatoriedad de elaborar el inventario general de bienes y derechos de la CA, lo que no se ha llevado a efecto (ver limitación nº 3) según se detalla a continuación.

a) Inmovilizado material e inmaterial

Según la información facilitada, la situación al final del ejercicio fiscalizado es la siguiente:

- El Inventario de Bienes Inmuebles existente no estaba informatizado ni conectado al sistema económico-financiero de la CA (ASTURCON). En el ejercicio 2000 se adjudicó la contratación de la consultoría y asistencia para la elaboración de un nuevo inventario. La entrega del trabajo, por parte de la empresa adjudicataria, se produjo en el mes de mayo de 2001 y, tras su comprobación por parte del Servicio de Patrimonio, se produjo la carga final de la documentación en el Sistema económico- contable del Principado de Asturias (ASTURCON) en el mes de septiembre de 2001. En este Inventario debería incluirse el patrimonio inmobiliario de la CA gestionado por la empresa pública del Principado VIPASA.

- No se dispone de un Inventario de Bienes Muebles que se haya actualizado desde 1991, llevándose únicamente el control de estos bienes a través de un sistema de fichas de alta y baja.

- Del resto de bienes y derechos no se tiene inventario alguno, ni siquiera se dispone de registros sistemáticos y actualizados que permitan un control adecuado de los mismos.

El estado de situación del inmovilizado material e inmaterial a 31 de diciembre de 2001, según los datos que figuran en el balance de la Cuenta General rendida, elaborado por primera vez en el ejercicio fiscalizado, es el siguiente:

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 29

(miles de euros)

Grupo de elementos Existencias finales

INMOVILIZADO MATERIAL Terrenos y construcciones 824.924

Instalaciones técnicas, maquinaria y utillaje 8.402

Mobiliario 15.800

Otro inmovilizado 30.613

TOTAL 879.739

INMOVILIZADO INMATERIAL

Gastos de investigación y desarrollo 65.378

Propiedad industrial 31

Aplicaciones informáticas 11.323

Propiedad intelectual 48

TOTAL 76.780

TOTAL GENERAL 956.519

Del análisis efectuado, se destaca lo siguiente:

- Las valoraciones incorporadas al balance provienen de la contabilidad presupuestaria (capítulo 6) desde 1996, ejercicio de entrada en vigor del PGCP, excepto las de Terrenos y Construcciones, que se obtienen del inventario elaborado por la empresa consultora, habiéndose incorporado por sus valores netos contables; no obstante, dicha valoración se realizó en mayo de 2001.

- No se registra contablemente la amortización de los bienes del inmovilizado.

Por otra parte, respecto de las inversiones destinadas al uso general, cuyo saldo asciende a 955.505 miles de euros, procede señalar que, al no disponer la Comunidad de los adecuados registros, no se han contabilizado entregas a dicho uso y las correspondientes bajas en el inmovilizado material del activo con cargo a la cuenta 109 “Patrimonio entregado al uso general”, contraviniendo lo establecido en el PGCP. En consecuencia, en el balance figuran todos las inversiones realizadas desde 1996. Análoga situación se produce respecto de las inversiones

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30 Tribunal de Cuentas

gestionadas para otros entes públicos (cuenta 230), cuyo saldo en balance es de 433.203 miles de euros.

El área de Gestión Patrimonial tampoco dispone de registros que permitan llevar un control sobre los bienes que se encuentran recibidos o entregados en adscripción o cesión, por lo que no se han utilizado las cuentas 101, 103, 107 y 108 previstas por el PGCP para contabilizar este tipo de operaciones.

b) Inmovilizado financiero

La Comunidad no dispone del Inventario de Títulos-valores que recoja los datos que determina el art. 14 del D. 56/1994, de 30 de junio, que aprueba el Reglamento de Patrimonio de la Comunidad (sociedad emisora, número de títulos, clase, serie y numeración, fecha de adquisición, capital nominal, frutos y rentas que produzca y depositario).

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 31

De la información facilitada se obtiene el siguiente estado:

(miles de euros)

Sociedades Capital inicial

suscrito

Suscripciones

Minoraciones y

reducciones

Capital final

suscrito

Capital pendiente

de desembol

so

Grado de participaci

ón (%)

Cinturón Verde de Oviedo, S.A. 463 - - 463 - 25 Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA)

91 - - 91 - 60

Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA)

2.266 - - 2.266 - 50

Iniciativas y Proyectos de Asturias, S.A. (INPASA)

6 - 6 - - -

Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA)

150 - - 150 - 100

Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A.

150 - - 150 - 100

Puerto Norte de San Esteban, S.A., en liquidación

90 - - 90 - 100

Sedes, S.A. 487 - - 487 - 40 Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI)

246 - - 246 - 72

Sociedad de Garantía Recíproca de Asturias, S.G.R. (ASTURGAR)

1.728 - - 1.728 - 48

Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, S.A.

93 - 93 - 68

Sociedad Mixta Centro de Transportes de Gijón, S.A.

90 451 - 541 - 50

Sociedad Mixta Ciudad Asturiana del Transporte, S.A.

16 - - 16 - 26

Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (SOGEPSA)

1.017 844 - 1.861 - 45

Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (S.R.P.)

12.773 - - 12.773 - 54

Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A.

250 - - 250 - 83

Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (VIPASA)

240 - - 240 - 100

Otras 12 - - 12 - - TOTAL 20.168 1.295 6 21.457 - -

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32 Tribunal de Cuentas

El grado de participación en HOASA y SADEI se eleva al 50% y al 75%, respectivamente, por acumulación de la participación en la autocartera, verificándose el cumplimiento de lo establecido en los artículos 75 y 79.3ª del TRLSA.

En “Otras” participaciones se incluyen 570 acciones de Altadis, S.A., de las que se han percibido en el ejercicio dividendos por importe de 319 euros.

A las participaciones señaladas debe añadirse la del fondo de capital-riesgo “Fondo Inverasturias I”, con 1.803 miles de euros (30% del patrimonio inicial). A fin de ejercicio, continúan pendientes de desembolso 901 miles de euros.

Asimismo, la CA participa con 12.321 miles de euros en el Fondo Patrimonial de Garantía constituido en el seno de la entidad Pequeños y Medianos Astilleros, Sociedad de Reconversión, S.A. (PYMAR). El Principado ha aportado en el ejercicio 300 miles de euros de acuerdo con la addenda nº III (de fecha 18 de octubre de 2001) al convenio de colaboración suscrito por las partes el 28 de septiembre de 1995.

Durante el ejercicio se han efectuado ampliaciones de capital en las siguientes empresas participadas:

– Sociedad Mixta Centro de Transportes de Gijón, participada al 50% por los sectores públicos autonómico y local; el Principado ha suscrito y desembolsado 451 miles de euros, manteniendo su participación.

– Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (SOGEPSA). Ha ampliado su capital con cargo a reservas, manteniendo el Principado su participación del 45%, lo que ha representado un incremento de 844 miles de euros en su capital suscrito. En la escritura de ampliación facilitada no se hace constar su inscripción en el Registro Mercantil, circunstancia que no ha sido aclarada.

Varias empresas públicas han experimentado pequeños cambios en su capital social como consecuencia de la redenominación del mismo a euros, sin que esto suponga modificación de la participación de la CA en las mismas.

En el estado anterior se da de baja la participación en INPASA, debido a que se extinguió mediante escritura de fecha 15 de octubre de 1998, sin que la CA haya aportado otra información adicional.

Por otra parte, el total capital final suscrito indicado, 21.457 miles de euros, no es coincidente con el saldo de 9.493 miles de euros que figura en el balance, en la cuenta 250 “Inversiones financieras permanentes en capital”. Esta diferencia no queda adecuadamente justificada ante la carencia del Inventario señalada y la entrada en vigor del PGCP en 1996. Análogamente, la cuenta 566 “Depósitos constituidos a corto plazo”, que parece recoger la participación en PYMAR, presenta un saldo de sólo 11.119 miles de euros. (Hubo un desembolso presupuestario en 1995 de 1.202 euros = 12.321 – 11.119).

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 33

El procedimiento de contabilización de los anticipos al personal y del reintegro de los mismos utilizado consiste en que, una vez contabilizado el anticipo, a 31/12 de cada ejercicio se reconocen y cobran derechos de corriente por los anticipos reintegrados. Por el resto, se reconocen derechos de corriente de contraído previo que pasan en el ejercicio siguiente a ser derechos pendientes de cobro de presupuestos cerrados. Estos derechos se clasifican por el año de concesión del anticipo y van desapareciendo a medida que se van reintegrando, identificando el reintegro por ejercicios. Este sistema, aunque puede ser claro, no es correcto desde el punto de vista de la contabilidad presupuestaria, pues solo deben reconocerse derechos presupuestarios cuando estos estén vencidos y sean líquidos y exigibles.

No ha sido facilitado el estado de situación de los diferentes préstamos concedidos pendientes de reintegro a la CA. No obstante, consta la existencia de cuatro préstamos concedidos por el Principado, no contabilizados, de los que se ha aportado diversa documentación desordenada e incompleta, lo que no permite un análisis sistemático de los mismos. De la información obtenida se destaca lo siguiente:

− El 10 de diciembre de 1984 se firma un Convenio entre el Instituto para la Promoción Pública de la Vivienda (IPPV) y el Principado de Asturias, cuyo objeto es instrumentar la concesión de un préstamo del IPPV a la CA y su correspondiente devolución, para la financiación de la promoción pública de viviendas desarrollada a través de convenios entre las Corporaciones Locales y el Principado, dentro de su ámbito y para los convenios existentes en 1984. Este Convenio se suscribe de acuerdo con lo previsto en el RD 1361/1984, de 20 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la CA en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de la edificación y vivienda, y comprende la financiación de las promociones que se reseñan en el Anexo 1 del mismo. De los correspondientes préstamos concedidos por la CA, figuran los siguientes datos:

- Préstamo de 323.237.851 pesetas (1.943 miles de euros) al Ayuntamiento de Gijón.

- Préstamo de 337.888.417 pesetas (2.031 miles de euros) al Ayuntamiento de Turón- Mieres.

- Préstamo de 120.349.800 pesetas (723 miles de euros) al Ayuntamiento de Avilés (Valliniello), disponiéndose del contrato en el que se fijan las condiciones del mismo.

− Con base en el Convenio-marco para la promoción pública de viviendas, aprobado el 20 de febrero de 1986 entre la Consejería de Ordenación Territorial, Vivienda y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Oviedo, la CA concedió un préstamo a este último de 398.378.309 pesetas (2.394 miles de euros), que fue ampliado hasta 428.904.072 pesetas (2.578 miles de euros) en diciembre de 1992. Se aporta copia del correspondiente contrato en el que se especifican las características del préstamo.

De la documentación e información aportadas, con las limitaciones señaladas, se desprende:

− Se desconoce si la concesión y posterior amortización de estos créditos se ha venido aplicando al presupuesto y, por tanto, en qué ejercicios y forma se ha realizado.

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34 Tribunal de Cuentas

− Según los documentos examinados, relativos al préstamo de Valliniello (Avilés), se observa que ingresos por amortización de principal e intereses de este préstamo se han contabilizado, en ejercicios anteriores, a través del concepto no presupuestario 320927 “Reintegros préstamos vivienda A. Central”, que no ha tenido movimiento durante el ejercicio 2001; dichos ingresos deberían aplicarse al presupuesto.

B) Deudores

a) Deudores presupuestarios

En el anexo II.2-1, se reflejan los saldos de deudores presupuestarios según la liquidación presupuestaria rendida. La relación nominal de deudores presentada por la CA no identifica la totalidad de los deudores ni se agrupan por ejercicios de procedencia de forma que puedan compararse con los que figuran en la liquidación presupuestaria: se registran derechos denominados "Contraídos iniciales", con un total de 23.770 miles de euros, desde los ejercicios 1986 hasta 1997, y aparece como deudor el propio Principado en los ejercicios 1998 y 1999, con un importe de 8.926 miles de euros, correspondientes a los capítulos 4, 7, 8 y 9, pasando a denominarse “Deudores pendientes de cobro al cierre del ejercicio” a partir del 2000, con un saldo de 25.540 miles de euros; el saldo de 2001 con este título es de 126.319 miles de euros, incluyendo los siguientes conceptos:

– 100 “Recargo sobre el Impuesto de Actividades Económicas”, 6.454 miles de euros.

– 762.00 “Aportaciones de los Ayuntamientos al Plan Provincial de Obras y Servicios”, 295 miles de euros.

– 902.00 “Emisión de deuda”, 119.570 miles de euros (ver apartado II.1.1.C)b)7).

La Cuenta rendida no recoge la información sobre la ejecución del ingreso público que el PGCP establece como mínima a cumplimentar en el punto 5 de la memoria, lo que no permite la realización de un seguimiento de las actuaciones relacionadas con los derechos pendientes de cobro ni distinguir los derechos anulados de presupuestos cerrados de los derechos cancelados (prescripciones, insolvencias, etc.), que la Comunidad contabiliza cronológicamente intercalados; la cuenta 434 “Derechos anulados de presupuestos cerrados” registra tanto la anulación de liquidaciones como las insolvencias y prescripciones, pero sin distinguir entre sus divisionarias que figuran en el Plan. En consecuencia, las "Disminuciones" del anexo (3.890 miles de euros) engloban a todos ellos, reflejando la columna de "Cobros" la recaudación líquida. Respecto del ejercicio corriente, los derechos reconocidos netos se recogen en la columna de "Aumentos".

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 35

De la muestra seleccionada en el listado existente de derechos anulados de ejercicios cerrados, se destacan las siguientes observaciones:

– En las propuestas de baja no se resumen las actuaciones realizadas ni se indican las razones de la misma, remitiéndose al art. 163 del RGR donde se define el concepto de crédito incobrable.

– El periodo de tiempo transcurrido entre la propuesta de baja realizada por el Servicio de Recaudación y la contabilización de la anulación es superior a dos años en todas las operaciones seleccionadas, llegando a ser de casi ocho años en el expediente 2001.12.109579.

– Todas las anulaciones procedentes de derechos de ejercicios anteriores al año 1996 no tienen recogida su correspondiente liquidación en el sistema contable ASTURCON, con lo que éste no refleja que el tercero se considera fallido, y podría darse el caso de volver a girarle liquidaciones, o no anular liquidaciones posteriores como prescribe el art.166 del RGR.

– Finalmente, conviene señalar que en los expedientes del Servicio de Recaudación no se recogen de forma sistemática las actuaciones realizadas para el cobro de la deuda tras la providencia de embargo, tal y como se definen en el art. 112 del RGR.

El saldo final de deudores presupuestarios asciende a 364.401 miles de euros, de los que 288.855 corresponden a derechos pendientes del ejercicio corriente. Los saldos más antiguos corresponden en su mayor parte a derechos reconocidos en concepto de tributos cedidos.

Los saldos de los ejercicios 1986 a 1995, que suman 21.493 miles de euros, deberían depurarse teniendo en cuenta la posible prescripción, dada su antigüedad. La CA no ha dotado provisión para insolvencias.

Los derechos pendientes de cobro del capítulo 9 ascienden a 125.666 miles de euros. Estos derechos fueron indebidamente reconocidos por corresponder a operaciones de endeudamiento no dispuestas, y corresponden 119.570 miles de euros al ejercicio corriente y 6.096 miles de euros a ejercicios cerrados. Por otra parte, figuran 24.590 miles de euros como derechos pendientes de cobro del FCI (capítulo 7) correspondiente a 2001, reconocidos indebidamente al no haberse realizado las peticiones de fondos durante el ejercicio.

b) Deudores extrapresupuestarios

El anexo II.2-2 recoge la cuenta de la MUNPAL, cuyo saldo deudor es la diferencia entre los haberes pasivos de los pensionistas, pagados por el Principado con cargo a sus fondos, y las provisiones para el pago de pensiones efectuadas por la Tesorería General de la Seguridad Social más las retenciones hechas a los funcionarios en activo que pertenecieron a la MUNPAL; su saldo a fin de ejercicio, negativo, en 16 miles de euros, debe regularizarse, ya que el

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36 Tribunal de Cuentas

procedimiento descrito ha dejado de aplicarse en octubre de 2001. El resto de los conceptos de deudores no presupuestarios tiene saldo cero.

Se incluye en esta agrupación el concepto “Movimientos internos de tesorería”, que registra traspasos entre cuentas corrientes de arqueo, por decisión de la Tesorería, con cargos y abonos por importe de 1.514.497 miles de euros, quedando saldada al cierre del ejercicio.

C) Tesorería

El anexo II.2-3 recoge el desarrollo de la tesorería de la Comunidad en el ejercicio 2001, cuyo saldo a 31 de diciembre es de 38.876 miles de euros.

El saldo se encuentra distribuido en 20 cuentas bancarias, y a él hay que añadir 6 cuentas restringidas de ingresos en Caja de Ahorros de Asturias, con saldo cero.

Se ha circularizado a todos los bancos con los que tiene relación la Comunidad durante el ejercicio. Hasta la fecha de redacción del Informe no se ha recibido la contestación de las siguientes entidades:

– Banco de Desarrollo Económico Español

– Banco Herrero

– Banco de Sabadell

– Caja Postal

Del análisis de la información obtenida, se destacan las siguientes observaciones:

– Diversas entidades financieras incluyen cuentas de recaudación de tributos, como entidades colaboradoras, de las que no consta su conocimiento o control por la Administración de la Comunidad, al no haber facilitado ésta la relación de las cuentas existentes, recabada por este Tribunal. Esta información debe estar en poder de la Comunidad, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, el cual especifica la información que deben comunicar las Entidades colaboradoras y el control y seguimiento que debe ejercerse sobre las actuaciones de éstas, y en la Resolución de 1 de septiembre de 1986, de la Consejería de Hacienda y Economía, por la que se establecen las normas a cumplir por las Entidades de depósito para ser declaradas Entidades colaboradoras en la recaudación de los tributos cedidos del Principado de Asturias.

– Caja de Ahorros de Asturias señala la existencia de 78 cuentas (figuraban 16 en 2000) con el NIF de la Comunidad, que no corresponden a la misma, ya que se trata de fondos propiedad de menores de edad tutelados por ella; en la relación facilitada no figura la cuenta 0301968795, existente a 31/12/00, sin que se aclare la causa. En 14 de las cuentas nuevas

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 37

que aparecen en la relación citada, la intervención de la Comunidad es anterior a 2001, sin que se haya tenido constancia de ellas hasta este ejercicio.

También figura con dicho NIF una cuenta que corresponde a la comunidad de propietarios de la zona en que está enclavado el edificio de servicios administrativos.

Respecto de las inversiones financieras temporales procede señalar que en el balance sólo figuran las correspondientes a la cuenta 566 “Depósitos constituidos a corto plazo”, por importe de 11.119 miles de euros, que recoge la participación de la CA en PYMAR; según la información existente, dicha participación es de 12.321 miles de euros. Asimismo, dadas las características de las aportaciones, deberían contabilizarse como inversión financiera permanente, en la cuenta 265 “Depósitos constituidos a largo plazo” (ver apartado II.1.2.1.A)b).

II.1.2.2. PASIVO

A) Fondos propios

Los fondos propios de la Administración General de la CA que figuran en el balance, 1.643.680 miles de euros, vienen determinados por los resultados del ejercicio corriente y los resultados positivos de 1999 y 2000, que aún no han sido aplicados, así como por el saldo resultante de la cuenta 100 “Patrimonio”. La representatividad de la cifra obtenida viene condicionada por la ausencia de un inventario que recoja todos los bienes y derechos del Principado de una forma sistemática y que esté debidamente actualizado (ver limitación nº 3). Según lo expuesto en el apartado II.1.2.1.A), se destacan los siguientes aspectos que afectan el saldo de las cuentas de Patrimonio reflejadas en el Balance:

– Las valoraciones del Inmovilizado incorporadas al balance provienen, en general (excepto las de terrenos y construcciones), de los gastos recogidos por la contabilidad presupuestaria desde el ejercicio 1996.

– No se ha contabilizado ninguna entrega de las Inversiones destinadas al uso general mediante el correspondiente cargo a la cuenta 109 “Patrimonio entregado al uso general”.

– No se han contabilizado los bienes recibidos o entregados en adscripción o cesión utilizando las correspondientes cuentas 101, 103, 107 109 previstas por el PGCP.

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38 Tribunal de Cuentas

B) Acreedores

a) Acreedores no financieros

a.1) Acreedores presupuestarios

El anexo II.2-4 recoge la evolución de los saldos acreedores por obligaciones reconocidas. El saldo final corresponde fundamentalmente al ejercicio corriente, 294.993 miles de euros, y el resto, 4.680 miles de euros, al ejercicio 2000.

La mayor parte de las obligaciones pendientes de pago corresponde a operaciones de capital, 240.973 miles de euros; por Secciones, destaca la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial, con 87.062 miles de euros.

a.2) Acreedores extrapresupuestarios

El saldo final de los acreedores no presupuestarios y no financieros asciende a 59.943 miles de euros, según se refleja en el anexo II.2-5, en el que no se incluye el concepto “Deudas con entidades de crédito a corto plazo” que, al formar parte del endeudamiento de la Comunidad, se analiza en el epígrafe siguiente del Informe.

La mayor parte de los movimientos del ejercicio corresponde a diversos conceptos de ingresos pendientes de aplicación, principalmente al concepto “Cobros en entidades financieras pendientes de aplicación”, que registra los cobros de las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos hasta su arqueo, cuadre y aplicación presupuestaria; ha tenido cargos y abonos por importe de 3.564.110 miles de euros, quedando saldada al cierre del ejercicio.

En relación con los conceptos analizados, se observa:

– El saldo final del concepto 320101 “Instituto Nacional de la Seguridad Social” no es coincidente con el importe de la liquidación correspondientes al mes de diciembre de 2001 presentada a la Tesorería General de la Seguridad Social, por lo que debe regularizarse.

– Los conceptos 320408 “Mejora, transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros” y 320800 “Intervención y regulación de mercados (FEGA)” registran cobros y pagos correspondientes a subvenciones gestionadas por la Comunidad, por lo que deben contabilizarse presupuestariamente.

– El saldo del concepto 320946 “Fondos mineros pendientes de aplicar a Presupuesto de Ingresos” refleja los fondos recibidos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Zonas Mineras (Ministerio de Industria y Energía) que todavía no han sido aplicados a presupuesto. Sin embargo, se deberían contabilizar presupuestariamente todos los cobros del ejercicio, aplicándose a los correspondientes derechos

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 39

que debieron reconocerse conforme a las peticiones de fondos establecidas en el convenio suscrito (ver apartado II.1.1.A)c)2).

– El concepto 320927 “Reintegros préstamos vivienda Admón. Central”, con un saldo final de 446 miles de euros, recoge ingresos por amortización e intereses de préstamos otorgados por el Estado a diversos ayuntamientos, cuya gestión fue transferida a la CA. No se ha facilitado el detalle de dichos préstamos, importe, plazo de devolución y el resto de condiciones de los mismos; esta situación debe regularizarse, depurando este concepto extrapresupuestario y contabilizando el importe pendiente de amortizar y los derechos reconocidos (capítulos 5 y 8) correspondientes en cada ejercicio (ver apartado II.1.2.1.A)b).

– En el concepto 321004 “Ingresos del Estado pendientes de aplicación” se recogen ingresos procedentes del Estado para los que no existe concepto en el presupuesto ordinario o en tanto se conoce su destino. El saldo final de 1.970 euros está constituido por los cobros realizados de septiembre a diciembre de 2001, entre los que se encuentran los correspondientes a determinados convenios con la Administración Central, destacando 1.268 miles de euros del Convenio con el Ministerio de Educación y Cultura que debieron aplicarse al presupuesto de ingresos del ejercicio (ver apartado II.1.1.C)b)2).

– El concepto 391001 “Hacienda Pública IVA repercutido” registra sus cobros por el importe del IVA repercutido como consecuencia de entrega de bienes o prestación de servicios por la CA; los pagos corresponden a las devoluciones de IVA correspondientes a operaciones anuladas y a las liquidaciones positivas a favor de la AEAT. Existe una diferencia de 56 miles de euros entre el IVA repercutido que figura en la declaración anual presentada ante la Hacienda Pública y los cobros contabilizados durante el ejercicio en este concepto extrapresupuestario (cuenta 477 del PGCP).

Por otra parte, la Comunidad no utiliza la cuenta del PGCP 472 "Hacienda Pública, IVA soportado” ni el correspondiente concepto no presupuestario, incluyendo el IVA devengado como un gasto presupuestario. En la liquidación anual del Impuesto presentada figura como IVA soportado deducible un importe de 466 miles de euros que, en consecuencia, no deberían haberse considerado como obligaciones reconocidas del ejercicio.

b) Pasivos financieros

b.1) Empréstitos

La Comunidad no mantiene saldo vivo de deuda por empréstitos.

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40 Tribunal de Cuentas

b.2 Préstamos

La información facilitada por la Dirección General de Finanzas y la obtenida de los datos contables ha permitido confeccionar el anexo II.2-6, en el que se recoge la evolución de los préstamos existentes en el ejercicio, cuyo saldo a 31 de diciembre es de 641.605 miles de euros.

Los préstamos formalizados durante el ejercicio han sido los siguientes:

A) Un préstamo sindicado formalizado el 21/05/01, por un importe total de 120.202 miles de euros, actuando como agente el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria. El importe total del préstamo se distribuye entre el BBVA y el Banco de Crédito Local por importe cada uno de 60.101 miles de euros. El plazo es de 16 años, y se amortiza mediante 30 cuotas semestrales iguales, con un año de carencia. El tipo de interés será del 5.475% fijo anual.

Durante el ejercicio se dispuso de la totalidad del crédito. Sin embargo, solo se han contabilizado 67.313 miles de euros como recaudación de 2001, el resto de 2000, ya que se considera que parte del préstamo dispuesto, 52.889 miles de euros, corresponde a derechos reconocidos en el ejercicio anterior, de acuerdo con la política seguida por el Principado de reconocer derechos en cada ejercicio por el importe total autorizado, se realicen o no las operaciones de préstamo.

B) Un préstamo con la Caja de Ahorros de Asturias, formalizado el 28/12/01, por importe de 18.030 miles de euros, por un plazo de 12 años, con un año de carencia y 22 cuotas semestrales iguales. El tipo de interés será el que resulte de aplicar el Euribor correspondiente a cada periodo. El plazo para realizar las disposiciones es de tres meses. No se han realizado disposiciones en el ejercicio.

C) Un préstamo sindicado formalizado el 28/12/01, por un importe total de 39.066 miles de euros, actuando como agente el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria. El importe total del préstamo se distribuye entre el BBVA y el Banco de Crédito Local. El plazo es de 12 años, amortizándose en 22 cuotas semestrales iguales, con un año de carencia. El tipo de interés será del Euribor con un margen del 0,04%. No se han realizado disposiciones en el ejercicio.

Además, la CA concierta con el BBVA tres operaciones de préstamo, por un plazo máximo de 25 años, destinados a la construcción de viviendas de protección oficial (Préstamos vivienda):

– Expediente A-98/120 San Tirso (Cándamo): El 27/12/01 le concede diez préstamos cuya suma total es de 362 miles de euros. A 31/12/01 no se habían realizado disposiciones.

– Expediente A-97/090 Almuña - Valdés: El 29/05/01 le concede a la C.A. 45 préstamos cuya suma total es de 1.493 miles de euros. A 31/12/01 se habían realizado disposiciones por importe de 240 miles de euros.

– Expediente A-98/090 El Condado- Laviana, por el que a 29/05/01 le concede 20 préstamos cuya suma total es de 550 miles de euros. Durante el ejercicio se dispuso de un total de 124 miles de euros.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 41

El Principado concertó con el BBVA, en el ejercicio 2001, otros siete préstamos para la construcción de viviendas, por importe total de 8.529 miles de euros, no habiéndose realizado disposiciones a 31/12/01.

En 2001, se cancelaron las pólizas de crédito a corto plazo concertadas en el ejercicio por importe total de 173.897 miles de euros, contabilizadas en acreedores extrapresupuestarios.

II.1.3. Resultado económico-patrimonial

En el anexo II.2-0.2 se recoge la cuenta del resultado económico-patrimonial de la Administración General del Principado.

El ahorro registrado en el ejercicio asciende a 289.088 miles de euros. Entre los componentes del resultado, destacan los siguientes: gastos de personal, 470.754 miles de euros; transferencias y subvenciones concedidas, corrientes 350.018 miles de euros y de capital 327.054 miles de euros. Entre los ingresos, los tributarios, 386.939 miles de euros, y las transferencias y subvenciones recibidas, corrientes 776.764 miles de euros y de capital 382.345 miles de euros.

II.1.4. Memoria

La estructura y contenido de las cuentas anuales del Principado se deben ajustar a lo previsto en la cuarta parte del PGCP. No obstante, las cuentas presentadas por la CA no incluyen la memoria con la información mínima a cumplimentar que establece el mencionado Plan. Respecto de los numerosos cuadros que deberían acompañar a los diferentes puntos de la memoria, en la Cuenta General rendida figuran los siguientes estados:

− Estado del Remanente de Tesorería.

− Estado de la Tesorería.

− Estado de movimientos de la Tesorería

− Modificaciones de crédito.

− Obligaciones de presupuestos cerrados.

− Derechos a cobrar de presupuestos cerrados.

− Compromisos de gastos con cargo a ejercicios posteriores.

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El estado del remanente de tesorería presentado arroja un saldo de 43.645 miles de euros, que se refleja en el anexo II.2-7. Dicho remanente no distingue el remanente afectado del no afectado, debido a la inexistencia de una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada (ver limitación nº 1).

La incidencia de las salvedades expuestas y cuantificadas en el Informe supondría una disminución del remanente de tesorería de 148.988 miles de euros, como se recoge en el siguiente cuadro:

(miles de euros)

PARTIDAS Apartado del informe

Modificaciones

DERECHOS PENDIENTES DE COBRO

- Anualidad 2001 Convenio Ministerio Educación y Cultura II.1.1.C)b)2 1.268

- FCI de 2001 no solicitado en el ejercicio II.1.1.C)b)6 (24.590)

- Préstamos formalizados no dispuestos ejercicio corriente II.1.1.C)b)7 (119.570)

- Préstamos formalizados no dispuestos ejercicios cerrados II.1.2.1.B)a) (6.096)

TOTAL MODIFICACIONES (148.988)

Asimismo, procede señalar que la CA no ha dotado provisión para insolvencia de deudores (apartado II.1.2.1.B)a) que, al minorar su saldo, produciría una disminución del remanente de tesorería.

II.2. ORGANISMOS AUTÓNOMOS

En este apartado se examinan los aspectos más destacables de la liquidación presupuestaria y situación patrimonial de los Organismos autónomos.

La liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos de los OOAA del Principado se recoge totalizada por cada uno de ellos en los anexos I.1-1 y I.1-2, respectivamente. El anexo I.1-3 refleja los saldos presupuestarios. En los anexos I.1-4 y I.1-5 se recoge un resumen de los balances y de las cuentas del resultado económico-patrimonial de dichos Organismos.

Los presupuestos aprobados presentan unos créditos y previsiones de ingresos iniciales que ascienden a 89.145 miles de euros. Según la liquidación agregada de sus presupuestos, las

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 43

modificaciones de los créditos se elevaron a 5.645 miles de euros y los créditos y las previsiones finales fueron 94.790 miles de euros.

Las obligaciones reconocidas y los derechos reconocidos ascendieron a 57.692 y 83.091 miles de euros, respectivamente. En su conjunto, los OOAA presentan un resultado presupuestario que asciende a 25.399 miles de euros.

El activo agregado de los OOAA alcanza un importe de 60.116 miles de euros, con unos fondos propios de 51.251 miles de euros. El ahorro generado en el ejercicio asciende a 28.623 miles de euros.

II.2.1. Centro Regional de Bellas Artes

Por Ley 8/1988, se crea como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, actualmente Educación y Cultura, siendo su objeto principal la gestión del Museo de Bellas Artes de Asturias, la promoción del conocimiento y acceso de los asturianos a las artes plásticas, favoreciendo su difusión.

Los créditos finales se elevan a 3.170 miles de euros, tras unas modificaciones presupuestarias netas de 841 miles de euros, ejecutadas en los capítulos 2 y 6 (90 y 751). Las modificaciones anteriores se reparten entre 841 miles de euros correspondientes a un crédito extraordinario y 90 miles de euros en transferencias positivas y negativas. El primero se financia a través de un superávit de liquidación de ejercicios anteriores. El grado de ejecución de estos créditos finales ha ascendido al 82% con un grado de cumplimiento de las obligaciones reconocidas del 96%.

Los derechos reconocidos en el ejercicio ascienden a 2.350 miles de euros, con un grado de ejecución y cumplimiento del 74%. Se debe destacar que, en los derechos reconocidos, el grado de participación de las transferencias corrientes y de capital se eleva al 60% y al 39% respectivamente. La procedencia de las todas ellas es: el Principado de Asturias en un 66%, el Ayuntamiento de Oviedo en un poco más del 33% y una aportación de la Fundación Telefónica que no llega al 1%.

El resultado presupuestario del ejercicio coincide con el saldo presupuestario, con un importe negativo de 251 miles de euros.

El pasivo del balance registra unos fondos propios por importe de 4.292 miles de euros, provenientes de resultados de ejercicios anteriores y del ejercicio, que no se han trasladado a la cuenta de Patrimonio; estos fondos suponen un 97% del total del pasivo del organismo. Por otro lado, en la cuenta del resultado económico-patrimonial figura un ahorro de 1.028 miles de euros, aunque los ingresos de gestión ordinaria sólo alcanzan 28 miles de euros.

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II.2.2. Comisión Regional del Banco de Tierras

Constituído por Ley 4/1989, de 21 de julio, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, actualmente Consejería de Medio Rural y Pesca, tiene por objeto asegurar la administración y procurar el incremento y consolidación del Banco de Tierras del Principado de Asturias, siendo éste el patrimonio inmobiliario de la CA, integrado por fincas de interés agrario y que tiene por finalidad fomentar la modernización y el desarrollo agrario y social, así como garantizar el cultivo racional, directo y personal de la tierra. La Comisión velará también por la conservación de su entorno ecológico y exigiendo una explotación racional de sus recursos naturales.

Los créditos y previsiones finales del ejercicio ascienden a 769 miles de euros, sin que se hayan producido modificaciones presupuestarias que incrementen los iniciales. Las obligaciones y los derechos reconocidos se han elevado a 584 y 749 miles de euros, respectivamente. El grado de ejecución por lo tanto de los presupuestos de gastos e ingresos es del 76 y el 97%. El grado de cumplimiento sólo es de un 10% de los derechos reconocidos mientras que las obligaciones son pagadas a final de ejercicio casi en su totalidad. El resultado y saldo presupuestario del ejercicio alcanzan un importe de 165 miles de euros.

En cuanto a la financiación, el 98 % procede de transferencias corrientes, 421 miles de euros, y de capital, 313, realizadas todas ellas desde el Principado de Asturias.

La cifra total de activo que figura en balance asciende a 1.690 miles de euros. En el pasivo, la cuenta de Patrimonio no tiene saldo alguno, quedando los fondos propios exclusivamente integrados por los resultados de ejercicios anteriores y los del ejercicio. La cuenta del resultado económico-patrimonial registra un ahorro de 281 miles de euros, con una cifra de ingresos de gestión ordinaria de sólo 15 miles de euros y unas transferencias recibidas de 733 miles de euros.

II.2.3. Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (ERA)

La Ley 7/1991, de 5 de abril, de Asistencia y Protección del Anciano, regula en su título VII la creación del ERA, como Organismo Autónomo. La entidad inicia su actividad en 1.992, con el objetivo de optimizar las plazas residenciales para ancianos dependientes del Principado de Asturias. Además, en virtud de lo dispuesto por el RD 849/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de servicios de la Seguridad Social al Principado de Asturias en las materias encomendadas al INSERSO, este organismo pasó a gestionar los centros residenciales que hasta entonces gestionaba el INSERSO en el Principado.

La liquidación del presupuesto de gastos del ejercicio refleja unos créditos iniciales de 31.472 miles de euros, que se han visto incrementados por unas modificaciones netas de 373 miles euros. Este incremento se debe en su totalidad a tres expedientes de habilitación de créditos en el capítulo 1, gastos de personal. Dichas modificaciones suponen un 1% sobre los créditos iniciales. Las obligaciones reconocidas ascienden a 31.126 miles de euros, representando un grado de ejecución del 98%.

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Los derechos reconocidos en el ejercicio ascienden a 30.765 miles de euros, correspondiendo el 68% de los mismos a transferencias corrientes recibidas, de las cuales un 99% corresponden a la Administración General de la CA.

El saldo presupuestario del ejercicio, que coincide con el resultado, es negativo por importe de 360 miles de euros. Asimismo, el organismo presenta un remanente de tesorería negativo de 679 miles de euros, lo que supone un déficit de financiación que debe ser compensado en ejercicios posteriores.

El activo del balance asciende a 7.681 miles de euros, cuya mayor parte corresponde a inmovilizaciones materiales, el 66%. En el pasivo, los fondos propios, 4.392 miles de euros, se obtienen por los resultados positivos de ejercicios anteriores, habiéndose generado un desahorro en el ejercicio de 300 miles de euros.

II.2.4. Instituto de Fomento Regional

El Instituto de Fomento Regional (IFR) se funda en 1983 como instrumento para ejecutar la labor de fomento y desarrollo de la economía regional rigiéndose por la Ley 6/1983, de 9 de agosto, de creación del Instituto, donde éste se configura como un Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, teniendo como actividades esenciales las de información empresarial y estudios, promoción y nuevas iniciativas; incentivos e innovación y, por último, la creación de nuevas empresas innovadoras a través del Centro Europeo de Empresas e Innovación, entidad participada por el IFR.

La Ley 2/2002, de 12 de abril, deroga la Ley 6/1983 y establece un nuevo marco jurídico que, con una nueva denominación, Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, configura el organismo como entidad pública y adecua su funcionamiento a las nuevas necesidades.

En cuanto a la liquidación presupuestaria, los créditos iniciales se han visto incrementados en un 14% con unas modificaciones netas por importe de 4.431 miles de euros, alcanzando la cifra de 36.396 miles de euros. El grado de ejecución de estos créditos finales ha sido del 30%, destacando el bajo grado de ejecución, de un 16%, del capítulo 7 “Transferencias de capital”, que precisamente es el de mayor importancia relativa en la composición del presupuesto de gastos, con un grado de participación del 76%.

En la financiación del organismo se debe señalar que casi el 100% corresponde a transferencias corrientes y de capital, procedentes del Principado, con el 15% y 84%, respectivamente. Los derechos reconocidos ascienden a 33.193 miles de euros, con un grado de ejecución de las previsiones finales que asciende al 91%. Sin embargo, el grado de cumplimiento general sólo llega al 16% y, en el caso de las transferencias de capital, los derechos recaudados sólo alcanzan el 6%.

El saldo presupuestario obtenido en el ejercicio, coincidente con su resultado al no tener el organismo variación neta de pasivos financieros, es de 22.200 miles de euros.

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La cifra de fondos propios en el pasivo del balance asciende a 32.287 miles de euros, sobre un total pasivo de 37.455. Como en el resto de organismos autónomos, el saldo de la cuenta de Patrimonio es cero, componiéndose dichos fondos exclusivamente de resultados de ejercicios anteriores y del ejercicio. La cuenta del resultado económico-patrimonial registra un ahorro de 23.944 miles de euros, siendo el importe de las transferencias recibidas prácticamente el 100% de la cifra total de ingresos.

II.2.5. Junta de Saneamiento

La Ley 1/1994, de 21 de febrero, de abastecimiento y saneamiento de aguas, establece y regula en su Título III, la Junta de Saneamiento como Organismo Autónomo al que se encomiendan las siguientes funciones:

- Promoción, orientación, coordinación e información de las actuaciones concernientes a la planificación, ejecución y explotación de las infraestructuras de aguas residuales, estaciones depuradoras y emisarios submarinos, así como los sistemas de reutilización de aguas depuradas.

- Gestión, recaudación y administración del canon de saneamiento y la distribución de los ingresos procedentes del mismo.

Los créditos y previsiones iniciales del organismo, 18.716 miles de euros, coinciden con los finales. Las obligaciones reconocidas ascienden a un total de 8.746 miles de euros , lo que supone un grado de ejecución del 47%, determinado por la baja ejecución del capítulo 2 ”Gastos corrientes en bienes y servicios”, que representa el 71% del presupuesto total del organismo, siendo la causa principal que el subconcepto ”Explotación de los sistemas de saneamiento” se ha ejecutado en un 27% sobre un crédito final de 8.294 miles de euros. Por otra parte, el grado de ejecución del capítulo 6 “Inversiones reales” es del 3%, habiéndose reconocido obligaciones por importe de 21 miles de euros frente a unos créditos finales de 655 miles de euros).

La liquidación del presupuesto de ingresos recoge derechos reconocidos por importe de 12.398 miles de euros, siendo el grado de ejecución alcanzado del 66%, debido esencialmente al concepto “Canon de saneamiento”, en cuya liquidación sólo se han reconocido derechos por 11.935 miles de euros, sobre unas previsiones definitivas de 18.109 miles de euros.

La financiación del ejercicio está constituida en un 97% por la exacción del canon de saneamiento, correspondiendo el restante 3% a transferencias corrientes recibidas de la Comunidad, 601 miles de euros, que a fin de ejercicio quedan pendientes de cobro en su totalidad.

El saldo y resultado presupuestario obtenido en el ejercicio asciende a 3.652 miles de euros).

El activo del balance asciende a 8.316 miles de euros que corresponden, casi en su totalidad, a deudores presupuestarios y tesorería. Análogamente ocurre en el pasivo con los fondos propios,

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determinados por los resultados de ejercicios anteriores y del ejercicio. La cuenta del resultado económico-patrimonial refleja un ahorro de 3.672 miles de euros.

II.2.6. Orquesta sinfónica del Principado de Asturias

La Ley 8/1988, de 13 de diciembre regula, en su capítulo II, la creación, organización y funciones de la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias, definiendo la entidad como Organismo Autónomo. Las funciones principales del mismo están constituidas por: la difusión de la música mediante actuaciones a desarrollar prioritariamente en el conjunto de la región, la realización de grabaciones y transmisiones, así como la interpretación y promoción de la música regional.

Los créditos iniciales no han sufrido variación en su importe total, 3.895 miles de euros, aunque se han realizado durante el ejercicio transferencias por importe de 128 miles de euros. La ejecución de los mismos ha ascendido hasta el 94%, con unas obligaciones reconocidas de 3.643 miles de euros y unos pagos que llegan hasta el 98%.

El presupuesto de ingresos se ejecuta en un 93% y corresponde en su mayor parte, el 90% a transferencias corrientes, 3.270 miles de euros, recibidas del Principado excepto 120 miles de euros que provienen de la obra social de Caja Asturias.

El saldo presupuestario obtenido es coincidente con el resultado presupuestario por importe negativo de 7 miles de euros.

En el balance rendido, se registran resultados positivos y negativos de ejercicios anteriores en los fondos propios, sin que se haya trasladado su saldo a la cuenta de Patrimonio, que figura sin saldo. La cuenta del resultado económico-patrimonial registra un desahorro de 2 miles euros, con unas transferencias recibidas que suponen el 94% de los ingresos totales y unos ingresos de gestión que alcanzan el 6% restante.

II.3. ENTES PÚBLICOS

Se incluye en este apartado el análisis de los entes de la Comunidad con normativa específica sometidos al PGCP.

La liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos de los Entes públicos del Principado se recoge totalizada por cada uno de ellos en los anexos I.1-1 y I.1-2, respectivamente. El anexo I.1-3 refleja los saldos presupuestarios. En los anexos I.1-4 y I.1-5 se recoge un resumen de los balances y de las cuentas del resultado económico-patrimonial de dichos Entes.

Los presupuestos aprobados presentan unos créditos y previsiones de ingresos iniciales que ascienden a 64.317 miles de euros. Según la liquidación agregada de sus presupuestos, las

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modificaciones de los créditos se elevaron a 8.151 miles de euros y los créditos y las previsiones finales fueron 72.468 miles de euros.

Las obligaciones reconocidas y los derechos reconocidos ascendieron a 60.162 y 65.443 miles de euros, respectivamente. En su conjunto, los Entes públicos presentan un resultado presupuestario que asciende a 5.281 miles de euros.

El activo agregado de los Entes del Principado alcanza un importe de 28.782 miles de euros, con unos fondos propios de 26.350 miles de euros. El ahorro generado en el ejercicio asciende a 8.120 miles de euros.

II.3.1. Caja de Crédito de Cooperación

Su configuración en el ejercicio viene determinada por su Reglamento aprobado por D. 62/1992, de 16 de julio, que deroga el anterior de 20 de enero de 1983. Se define en su artículo primero como Institución dependiente en régimen descentralizado de la Consejería de Medio Rural y Pesca, cuya finalidad es la concesión de préstamos a las Entidades Locales del Principado para facilitar la implantación, mantenimiento y mejora de las obras y servicios que la legislación determina como obligatorios. En el artículo 3º, el Decreto establece que su patrimonio es de carácter especial, constituido por el capital fundacional, las cantidades que como ampliación de éste se aprueben en los Presupuestos Generales de la CA, los intereses devengados por los préstamos concedidos y las subvenciones y donaciones que recibiere.

El régimen presupuestario y contable de esta entidad no se encuentra delimitado en la normativa citada, por lo que ésta debería modificarse en orden a precisar dicho régimen y permitir su encaje adecuado dentro de las entidades del sector público autonómico, clasificadas por el artículo 4 de la LH.

Esto se subsana en el D. 55/2002, de 25 de abril, por el que se regula la organización, funcionamiento y régimen jurídico de la Caja de Crédito de Cooperación Local, que deroga el anterior, y la define como una institución dependiente en régimen de descentralización de la Consejería competente en materia de cooperación local, cuya finalidad es la concesión de préstamos a las Entidades Locales del Principado de Asturias cuya población de derecho sea igual o inferior a 40.000 habitantes, para facilitar la implantación, mantenimiento y mejora de obras y servicios, para atender las necesidades transitorias de Tesorería y para financiar el remanente de Tesorería negativo que resultase de la liquidación del presupuesto en los términos y con los requisitos exigidos en la Ley reguladora de las Haciendas Locales. En el artículo 3, se establece la Intervención de sus actos con arreglo a lo dispuesto en la LH y el sometimiento al régimen de contabilidad pública.

Las cuentas anuales de la Caja no se ajustan al modelo ni a los requerimientos mínimos de información requeridos por el PGCP, ya que presenta únicamente un balance de sumas y saldos, lo que impide conocer la evolución de las operaciones realizadas por la entidad durante el ejercicio.

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II.3.2. Consejo Económico y Social

Por Ley 10/1988, de 31 de diciembre, se crea el Consejo Económico y Social del Principado de Asturias. Esta ley es sustituida íntegramente por la Ley 2/2001, de 27 de marzo, del Consejo Económico y Social, que lo define en su artículo 2 como un “ente público del Principado de Asturias de carácter consultivo para la Comunidad Autónoma en materia socioeconómica y laboral, que se configura como órgano de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta, pudiendo pronunciarse, además, sobre cuantos asuntos le planteen tanto el Consejo de Gobierno como la Junta General del Principado en los términos que ésta prevea en su Reglamento”.

La Ley de presupuestos para el 2001 incluye los del Consejo como los de un organismo público. Sin embargo, la mencionada Ley 2/2001 asigna al Consejo Económico y Social el estatuto presupuestario y contable propio de los entes públicos. Por tanto, debería integrarse en la LP y en la Cuenta General como ente público.

Los créditos y previsiones finales del ejercicio ascienden a 337 miles de euros, no habiéndose realizado modificaciones presupuestarias durante el mismo. Se han reconocido obligaciones por importe de 259 miles de euros, lo que representa un grado de ejecución del 77%.

Los derechos reconocidos se elevan a 301 miles de euros, por lo que la entidad obtiene en el ejercicio un resultado presupuestario de 42 miles de euros.

Prácticamente el 100% de la financiación obtenida en el ejercicio procede del Principado a través de transferencias corrientes, 301 miles de euros, que a fin de ejercicio quedan pendientes de cobro en su totalidad.

II.3.3. Consejo de la Juventud

Por la Ley 1/1986, de 31 de marzo, se constituye el Consejo de la Juventud del Principado de Asturias como entidad de derecho público, con el objeto fundamental de propiciar la participación, representación y consulta de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural del Principado de Asturias. La LP incluye sus presupuestos como los de un organismo público; sin embargo, su ley de creación no lo define como organismo autónomo y su objeto encaja en la definición de entes públicos a que se refiere el art. 4.5 de la LH, por lo que debió integrarse en la LP y en la Cuenta General como ente público.

Los créditos iniciales, por importe de 325 miles de euros, se incrementan en un 12% como consecuencia de unas modificaciones presupuestarias de 39 miles de euros. Los créditos definitivos se ejecutan en un porcentaje del 90%, no quedando a fin de ejercicio obligaciones pendientes de pago. En cuanto a la distribución del gasto el 90% de las obligaciones reconocidas corresponde a los capítulos 1 y 2, gastos de personal y corrientes en bienes y servicios.

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La financiación del Consejo está constituida en un 83% por transferencias corrientes, procedentes en su casi totalidad del Principado.

El balance rendido registra unos fondos propios de 89 miles de euros, que son consecuencia de los resultados de ejercicios anteriores, que no han trasladado su saldo a la cuenta de Patrimonio, y del resultado del ejercicio por importe de 45 miles de euros. Del total de ingresos, el 96% corresponde a transferencias y subvenciones, alcanzando los ingresos ordinarios sólo el 4% restante.

II.3.4. Real Instituto de Estudios Asturianos

El ente público Instituto de Estudios Asturianos se crea por acuerdo de la Diputación de Asturias en el año 1945 y se reorganiza mediante la Ley 7/1988, de 5 de diciembre que lo define como entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, actualmente Educación y Cultura; en la LP figura clasificado como ente público. Se erige como coordinador de la cultura e investigación científica en el Principado y, además, tiene por objeto el fomento y orientación de cuantos trabajos tiendan a conservar, elevar e incrementar el acervo cultural y artístico de la región en todos sus aspectos y, en especial, los específicamente asturianos.

Los datos económicos correspondientes al ejercicio 2001 se obtienen de la memoria económica, rendida conforme al PGC y no al PGCP.

El activo del balance asciende a 426 miles de euros, de los que 355 corresponden a tesorería. Dentro de los fondos propios, por importe de 422 miles de euros, el “capital” suscrito sólo llega a 2 miles de euros. El resultado del ejercicio representa un ahorro de 112 miles de euros, con unas subvenciones de 227 miles de euros, que suponen el 83% de la cifra total de ingresos.

II.3.5. Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA)

Creado por Ley 5/1999, de 29 de marzo, como entidad pública del Principado adscrita a la Consejería competente en materia de agricultura. Constituye su fin principal contribuir a la modernización y mejora de las capacidades del sector agroalimentario regional, mediante el impulso y ejecución de la investigación y el desarrollo tecnológico agroalimentario.

Por D. 38/2000, de 4 de mayo, se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la entidad, que dispone en su artículo 2 que el SERIDA se regirá por el derecho privado, excepto en la formación de la voluntad de sus órganos y en el ejercicio de potestades administrativas que tenga atribuidas. Pese a esta previsión, la entidad rinde sus cuentas conforme al PGCP, presentando el correspondiente estado de liquidación del presupuesto, junto con el balance y la

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cuenta de resultado económico patrimonial.

Los créditos finales ascienden a 5.957 miles de euros, con un grado de ejecución del 93%. El capítulo 1 “Gastos de personal” representa el 63% de las obligaciones reconocidas.

Los derechos reconocidos del ejercicio provienen en un 96% de transferencias, bien sean corrientes, 3.260 miles de euros, o de capital, 1.930 miles de euros. Las primeras provienen en su totalidad del Principado, mientras que en las segundas también participan el Estado y la UE, con 550 y 67 miles de euros, respectivamente.

En el balance figura un activo total de 2.792 miles de euros, cuyo 85% corresponde al inmovilizado. Los fondos propios ascienden 2.067 miles de euros, representando el 74% del total del pasivo.

La cuenta de resultado económico-patrimonial registra un ahorro de 1.372 miles de euros. La mayor parte de los ingresos del ejercicio provienen de transferencias y subvenciones, 5.190 miles de euros, representando los ingresos ordinarios tan sólo 236 miles de euros.

II.3.6. Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)

La Ley 1/1992, de 2 de julio, crea el Servicio de Salud del Principado como ente de derecho público adscrito a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales actualmente de Sanidad y Servicios Sanitarios. El objeto del SESPA según el artículo 4 de la citada Ley es la realización de las actividades sanitarias y la gestión de los servicios sanitarios propios de la Administración del Principado y los que le puedan ser adscritos y transferidos, con la finalidad de proteger y mejorar el nivel de salud de la población.

Los créditos finales alcanzan 65.810 miles de euros, tras unas modificaciones presupuestarias netas de 8.086 miles de euros. El grado de ejecución de estos créditos finales asciende al 82%. El cap. 1 “Gastos de personal” es el de mayor importancia relativa, con una participación del 51% de las obligaciones reconocidas durante el ejercicio.

El presupuesto de ingresos obtiene un grado de ejecución del 90%, con una recaudación de los derechos reconocidos que se sitúa en el 76%. Las transferencias corrientes suponen el 76% de los derechos reconocidos, frente al 8% que representan las transferencias de capital y el 16% restante de tasas y otros ingresos (cap. 3). Estas transferencias provienen en más del 99% del Principado de Asturias, con importes de 45.201 miles de euros en transferencias corrientes y 4.556 miles de euros en las de capital.

El SESPA presenta el balance con unos fondos propios de 23.330 miles de euros, correspondientes a los resultados positivos, para una cifra total de pasivo de 24.899 miles de euros.

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52 Tribunal de Cuentas

La cuenta del resultado económico-patrimonial ofrece un ahorro del ejercicio de 6.546 miles de euros. Los gastos de funcionamiento y prestaciones sociales suponen el 64% del total, correspondiendo a las transferencias recibidas el 84% de los ingresos, frente al 16% que representan los ingresos ordinarios.

II.4. EMPRESAS PÚBLICAS

Se incluye en este apartado el análisis de las sociedades y entidades de la Comunidad sometidas al PGC.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 53

El sector empresarial de la Comunidad Autónoma está constituido por trece sociedades mercantiles, una de ellas en liquidación, en las que la participación pública es mayoritaria, tal y como se refleja en el siguiente estado:

(%)

EMPRESAS

Participación total

del sector autonómic

o

Otras participacio

nes públicas

Total participac

ión pública

Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA) 60 - 60

Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA) 53 - 53

Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA) 100 - 100

Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A. 100 - 100

Puerto Norte de San Esteban, S.A., en liquidación 100 - 100

Sedes, S.A. 51 - 51

Soc. Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI) 75 4 79

Soc. Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, S.A. 68 - 68

Soc. Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (SOGEPSA) 45 13 58

Soc. Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (SRP) 54 - 54

Soc. Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A. 83 17 100

Soc. Regional de Turismo, S.A. 54 - 54

Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (VIPASA) 100 - 100

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54 Tribunal de Cuentas

Al igual que ocurría en el ejercicio 2000, la participación mantenida por el Principado en el capital de estas sociedades es en su mayoría directa, canalizándose las indirectas a través de la Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A, que participa en un 100% en la Sociedad Regional de Turismo, S.A; un 20% en el de Sedes, S.A; y, un 6% en el de HOASA.

La columna “Otras participaciones públicas” recoge las siguientes participaciones: 4% del capital de la Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. que corresponde a HUNOSA; el 13% del capital de SOGEPSA correspondiente a 23 Ayuntamientos integrados en el territorio de la Comunidad, y el 17% del capital de la Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A. que corresponde a 8 Ayuntamientos integrados en el territorio de la Comunidad, destacando el 10% que corresponde al Ayuntamiento de Gijón.

El balance final de liquidación de Puerto Norte de San Esteban, S.A., sin actividad durante los últimos ejercicios ya que se encontraba en proceso de liquidación, ha sido aprobado en Junta general de accionistas celebrada el 31 de octubre de 2001, otorgándose la escritura pública de extinción con fecha 30 de enero de 2002.

El Plan de Actuaciones de Control Financiero del Principado de Asturias para el ejercicio 2002, aprobado por Resolución de 22 de febrero de 2002, de la Consejería de Hacienda, no incluye la realización de auditorías sobre las cuentas anuales de las empresas públicas asturianas, correspondientes al ejercicio 2001. No obstante, todas las sociedades integrantes del subsector empresarial asturiano que no han presentado cuentas anuales abreviadas rinden informes de auditoría privados (art. 203 del TRLSA), resultando favorable en todos ellos la opinión emitida, con la incertidumbre respecto de EASA que se señala a continuación.

II.4.1. Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA)

Fue constituida como sociedad anónima el 23 de diciembre de 1987. Su objeto social consiste en el asesoramiento a explotaciones familiares y/o entidades asociativas agrarias, la promoción de iniciativas que mejoren la rentabilidad del sector agrario en el Principado, así como la proyección y ejecución de infraestructuras y otros equipamientos rurales.

Su principal fuente de ingresos en el ejercicio está constituida por las subvenciones de explotación recibidas del Principado, 639 miles de euros, lo que ha posibilitado un beneficio de 13 miles de euros. El Consejo de Administración de la Sociedad ha propuesto a la Junta General de Accionistas que el beneficio del ejercicio se aplique a compensar los resultados negativos de ejercicios anteriores, 66 miles de euros.

En la Disposición Adicional Tercera de la Ley del Principado de Asturias 14/2001, de 28 de Diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales, se recoge la autorización al Consejo de Gobierno para iniciar los trámites de disolución de EASA. Habiendo manifestado la Sociedad que tiene en proyecto decisiones de reestructuración empresarial que pueden generar incertidumbre sobre el valor patrimonial de la entidad, el informe de auditoría señala que, a la fecha del mismo, no se habían podido concretar el alcance de dichas decisiones y las

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 55

consecuencias que puedan tener las mismas sobre los valores de las distintas partidas de activo y pasivo que figuran en las cuentas anuales, las cuales se elaboran en base al principio de empresa en funcionamiento.

II.4.2. Hosteleria Asturiana, S.A. (HOASA)

Fue constituida en virtud de escritura pública de 7 de diciembre de 1968. Su objeto social es el fomento y explotación del negocio de hostelería.

Durante el ejercicio, obtiene un beneficio de 409 miles de euros, lo que supone una disminución interanual del 22%.

La sociedad no ha recibido subvenciones en el ejercicio, manteniendo un endeudamiento financiero al finalizar el mismo de 589 miles de euros, de los que 89 miles vencían a corto plazo.

II.4.3. Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA)

Se constituyó el 10 de febrero de 1988. Su objeto social está constituido por la gestión del servicio de Inspección Técnica de Vehículos Automóviles en el ámbito del Principado de Asturias, la colaboración con la Administración en la aplicación de la Reglamentación sobre vehículos y todas las actividades que se deriven de tal aplicación, asimismo podrá realizar la diagnosis de todos los vehículos y sus componentes.

El beneficio del ejercicio asciende a 384 miles de euros, un 6% superior al registrado en el precedente.

La sociedad ha obtenido en 2001 subvenciones de capital por importe de 54 miles de euros, manteniendo al cierre un endeudamiento financiero a largo plazo de 1.150 miles de euros.

Al final del ejercicio, se mantiene pendiente de resolución el recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo contra la sentencia desestimatoria de la Audiencia Nacional relativa a las actas de liquidación del Impuesto sobre Sociedades, correspondientes a los ejercicios 1988 a 1991; en 2000 se liquidó su importe, que ascendió a 1.106 miles de euros (incluyendo los intereses).

II.4.4. Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A.

Fue constituida en virtud de escritura de fecha 4 de junio de 1987. Su objeto social consiste en la gestión de actividades que en materia de ejecución y programación de televisión y radio acometa el Principado de Asturias.

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56 Tribunal de Cuentas

Durante el ejercicio la sociedad genera unos beneficios de 39 miles de euros, inferiores en un 59% a los del año anterior. Las pérdidas de explotación han ascendido a 218 miles de euros, superiores en un 64% a las de 2000, por lo que el beneficio final se obtiene de los resultados extraordinarios, 281 miles de euros, correspondientes a subvenciones aplicadas.

La sociedad recibe del Principado 632 miles de euros en concepto de subvenciones, de las que 242 miles corresponden a subvenciones de explotación y el resto a subvenciones de capital. A fin de ejercicio, la sociedad mantiene 170 miles de euros como deuda financiera a corto plazo.

II.4.5. Sedes, S.A.

Fue constituida como sociedad anónima el 10 de mayo de 1947, siendo el estudio, la construcción y la promoción de edificios por cuenta de terceros su actividad principal.

La sociedad obtiene durante el ejercicio un beneficio de 1.711 miles de euros, lo que supone una disminución interanual del 24% correspondiente a los resultados de explotación. Ha recibido 68 miles de euros de subvenciones de explotación y 58 miles de capital.

A fin de ejercicio, el endeudamiento financiero a corto y largo plazo asciende, respectivamente, a 5.577 y 445 miles de euros. Los avales concedidos para garantizar operaciones vinculadas con el objeto social de la entidad alcanzan un importe de 6.237 miles de euros.

II.4.6. Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI)

Se constituyó el 11 de febrero de 1966 y su objeto social está constituido por la realización de informes de carácter económico e industrial por cuenta propia o ajena, así como la prestación de servicios en este ámbito como son la edición de obras ajenas y la realización de encuestas mediante convenios con Consejerías y Ministerios.

La sociedad obtiene un beneficio de 19 miles de euros, un 25% inferior al registrado en el ejercicio precedente, no habiendo recibido subvenciones en 2001.

II.4.7. Sociedad Inmobiliaria Real Sitio de Covadonga, S.A.

Fue constituida mediante escritura pública otorgada el 17 de noviembre de 1960. Su objeto social consiste en el estudio, promoción y construcción de edificios y la realización de operaciones inmobiliarias y de actividades del negocio de hostelería, así como la adquisición de participaciones en los negocios señalados.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 57

Los resultados del ejercicio son negativos en 25 miles de euros, compuestos fundamentalmente por pérdidas de explotación, no habiendo recibido subvenciones en 2001. La sociedad presenta a fin de ejercicio deudas con entidades de crédito, a corto plazo, por importe de 35 miles de euros.

La entidad presenta cuentas anuales abreviadas que acompaña de informe de auditoría, en el que se señala que, como consecuencia de las pérdidas acumuladas al 31 de diciembre de 2001, la Sociedad se encuentra bajo el supuesto contemplado en el art. 163 del TRLSA de reducción obligatoria de capital y mantiene un fondo de maniobra negativo de 67 miles de euros, así como que estas condiciones son indicativas de una incertidumbre sobre la capacidad de la sociedad para continuar su actividad de forma que pueda realizar sus activos y liquidar sus pasivos, por los importes y según la clasificación con que figuran en las cuentas anuales abreviadas presentadas, que han sido preparadas asumiendo que tal actividad continuará.

Asimismo, la Sociedad está muy próxima a encontrarse en la causa de disolución contemplada en el apartado 4º del art. 260.1 del TRLSA, al reducirse su patrimonio neto a 72 miles de euros y representar la mitad del capital social un importe de 69 miles de euros.

II.4.8. Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (SOGEPSA)

Se constituye en virtud de escritura pública otorgada el 14 de diciembre de 1984. Su objeto social está constituido por la gestión y el planeamiento urbanístico para promocionar y obtener suelo edificable; la actividad urbanizadora y la posible gestión y explotación de obras y servicios resultantes de la urbanización.

El beneficio obtenido en el ejercicio asciende a 2.556 miles de euros, con un incremento interanual del 54%, motivado por un aumento del beneficio de explotación y una reducción de los resultados negativos financieros y extraordinarios. No ha recibido subvenciones en 2001.

El endeudamiento a fin de ejercicio está compuesto por 660 miles de euros de deuda a largo plazo y 2.161 miles de euros a corto plazo.

II.4.9. Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (SRP)

Fue constituida el 23 de marzo de 1984, al amparo del D. 19/1984 de la Consejería de Presidencia del Principado. Tiene por objeto el desarrollo industrial de Asturias, mediante la participación en el capital de sociedades, la captación de recursos ajenos para las mismas, el otorgamiento de avales y préstamos y la prestación de servicios, entre otras actividades que contribuyan a dicho desarrollo.

A fin del ejercicio 2001, la sociedad mantenía participaciones en 53 empresas, de las cuales 20 se encontraban inactivas, 8 de ellas disueltas judicialmente y 12 inmersas en procedimientos

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58 Tribunal de Cuentas

concursales y/o liquidación. La sociedad tiene la condición de dominante de un grupo de sociedades, si bien está dispensada de la obligación de consolidar por razón de su tamaño.

El beneficio obtenido por la sociedad asciende a 206 miles de euros, frente al obtenido en 2000 que fue de 24 miles, aumento motivado por los resultados financieros, que son positivos en 2001; no ha recibido subvenciones en el ejercicio. El Consejo de Administración de la Sociedad propuso a la Junta General de Accionistas que el beneficio del ejercicio se aplicara a compensar las pérdidas de ejercicios anteriores, que ascendían a 2.241 miles de euros.

El endeudamiento financiero de la sociedad a fin de ejercicio ascendía a 4.987 miles de euros, fundamentalmente a largo plazo, 4.958 miles.

II.4.10. Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A.

Constituida el 28 de febrero de 1990, fue creada por disposición adicional de la Ley 7/1989, de 29 de diciembre, configurándose como sociedad instrumental para la ejecución de tareas recaudatorias.

Al igual que en anteriores ejercicios, la sociedad, según se desprende de la memoria presentada, dota amortizaciones por construcciones que no son de su titularidad.

La entidad genera unos beneficios en el ejercicio de 836 miles de euros, semejantes a los del ejercicio anterior.

Durante la fiscalización no se ha facilitado informe de auditoría externa (no obligatorio según el art. 203 del TRLSA) mencionado en las cuentas de la Sociedad y que no está incorporado a las mismas.

II.4.11. Sociedad Regional de Turismo, S.A.

Constituida según escritura pública otorgada el 28 de mayo de 1986. Su objeto social consiste en la prestación de servicios de asesoramiento para la promoción del sector y actividades turísticas del Principado.

El resultado obtenido en el ejercicio es positivo en 348 euros.

Como medio esencial de financiación, la sociedad recibe subvenciones en el ejercicio aportadas por el Principado de Asturias, 1.815 miles de euros en concepto de subvenciones de explotación y 2.404 miles de euros como subvenciones de capital; de estos últimos sólo ha aplicado como tales 44 miles de euros, incluyendo el resto en el epígrafe “Otros ingresos de explotación”.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 59

La sociedad formula cuentas abreviadas, que acompaña de informe de auditoría, cuya opinión es favorable, hecha la salvedad de las incertidumbres que generan los recursos contencioso-administrativos planteados ante la Audiencia Nacional por actas de inspección relativas a liquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido de los ejercicios 1996 a 1999. Para el cumplimiento de los correspondientes requisitos fiscales se mantienen avales por importe de 374 miles de euros.

II.4.12. Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (VIPASA)

Fue constituida según escritura pública otorgada el 6 de mayo de 1991, de acuerdo con la Disposición Adicional Tercera de la Ley 7/1990, de 29 de diciembre. Su objeto social consiste en la administración del patrimonio de viviendas de promoción pública del Principado, el desarrollo de la gestión del Fondo del Suelo Público para Viviendas Sociales y la amortización y enajenación de viviendas del Principado.

En el ejercicio la sociedad obtiene beneficios por importe de 4 miles de euros, frente a pérdidas de 12 miles de euros en 2000, principalmente por la mejora de los resultados financieros.

Los ingresos de la Sociedad, de acuerdo con el objeto social, están constituidos por ingresos fijados en el Convenio de Colaboración que se suscribe con la Administración del Principado para cada ejercicio.

De un análisis global del sector cabe destacar los siguientes aspectos:

- El resultado del ejercicio agregado de todas las empresas, antes de impuestos, es positivo por importe de 8.847 miles de euros, que corresponde en un 72% a las empresas Sedes, S.A. y SOGEPSA. Cabe señalar:

- Si se deducen las subvenciones aplicadas en el ejercicio, 3.553 miles de euros, y los resultados financieros, 177 miles, dicho importe agregado se reduce a 5.117 miles de euros.

- El resultado total del ejercicio es positivo para todas las empresas excepto Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, S.A.; sin embargo, una vez descontadas las subvenciones, también resultarían pérdidas para EASA, Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A. y Sociedad Regional de Turismo, S.A.

- El Principado destina a sus empresas el 1% de las transferencias realizadas en el ejercicio (capítulos 4 y 7 de su Presupuesto de Gastos).

- Según se deduce de las cuentas rendidas por las empresas, así como de la información suministrada por el Principado, el saldo de las deudas financieras que, a fin de ejercicio, mantiene el sector asciende a 15.878 miles de euros.

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60 Tribunal de Cuentas

- Atendiendo al peso relativo que el capital social destinado a cada actividad representa sobre el total, el subsector empresarial del Principado responde a la siguiente distribución por áreas de actividad:

• Servicios agrarios: ..............................1% • Turismo:............................................14% • Servicio público:..................................1% • Telecomunicaciones: ..........................1% • Construcción y promoción: ...............16% • Consultoría: ........................................1% • Promoción industrial: ........................66%

II.5. OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

Se incluyen en este apartado el análisis de las Universidades, Consorcios, Fundaciones y demás entidades del sector público autonómico no incluidos en los apartados anteriores.

Con respecto a las entidades que deben rendir sus cuentas conforme a las normas y principios recogidos en el PGCP, los anexos I.1-1 a I.1-3 recogen la liquidación presupuestaria presentada y los anexos I.1-4 y I.1-5 un resumen de sus balances y cuentas del resultado económico-patrimonial.

En cuanto a las entidades que deban rendir sus cuentas conforme a las normas y principios recogidos en el PGC, o sus adaptaciones, los anexos I.2-1 y I.2-2 recogen, respectivamente, el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias rendidos.

II.5.1. Universidad de Oviedo

Las cuentas del ejercicio 2001 de la Universidad de Oviedo fueron aprobadas por el Consejo Social el 5.11.2002 y tuvieron entrada en este Tribunal de Cuentas el 15.1.2003 por remisión del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, de acuerdo con lo establecido en el art. 81.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, que establece que las Universidades deben enviar sus cuentas anuales al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, quien posteriormente lo remitirá al órgano de control competente. Las cuentas de la Universidad no están incluidas en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma.

No está regulado el plazo de que dispone la Universidad para aprobar sus cuentas ni el de remisión de éstas al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. No obstante, a la vista del art. 130 de la TRLGP y del 35 de la LFTCu cabe deducir que la cuenta ha sido rendida a este Tribunal con notorio retraso.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 61

Por otro lado hay que señalar que continúan sin aprobarse por el Consejo Social las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios 1997 a 1999.

Por lo que se refiere al contenido de las cuentas anuales, en el ejercicio 2001 la universidad ha implantado el mismo sistema contable que el utilizado por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, aprobado por la Resolución de 1.7.1996, de la Consejería de Economía, no obstante hay que hacer las siguientes observaciones:

1.- La Universidad no tiene implantado un sistema de contabilidad analítica, lo que no sólo contradice lo establecido en el art. 56 de la LRU, sino que, como consecuencia de ello, no es posible determinar con exactitud los costes en que se incurren en el desarrollo de las distintas actividades realizadas. La Universidad tiene implantada la presupuestación por programas que contiene el Plan General de Contabilidad Pública, pero es insuficiente para evaluar los costes incurridos.

2.- La Memoria de las cuentas anuales no contiene todos los documentos previstos en el PGCP, tal y como se expone en el epígrafe II.5.1.1.4.

II.5.1.1 RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN

II.5.1.1.1 Contabilidad Presupuestaria

La aprobación del presupuesto por el Consejo Social se produjo el 30.1.2001, y se publica en el Boletín Oficial de 7.3.2001, de acuerdo con lo previsto en el art. 23.3 de la Ley del Principado de Asturias 2/1997 del Consejo Social de la Universidad de Oviedo y con el art. 2.b) del Decreto 14/1999, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos de la Universidad de Oviedo. Se enmarca en el Plan Plurianual 1999-2004 pero esta programación plurianual no ha sido objeto de control ni seguimiento en este ejercicio, ni se ha efectuado la evaluación económica prevista en el art. 54 de la LRU.

Los créditos iniciales incluidos ascienden a 184.227 miles de euros, anexo I.3.1, que se financian con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, 168.300 miles de euros, y el importe de las operaciones de endeudamiento, 15.927 miles de euros, destinadas a financiar inversiones contempladas en el Plan Plurianual de Inversiones para el periodo 2001-2003 establecido en el Acuerdo Marco sobre financiación universitaria entre el Gobierno del Principado de Asturias y la Universidad de Oviedo.

Estas operaciones de endeudamiento fueron aprobadas por el Consejo Social el 30.1.2001, sin embargo no fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias hasta el 24.10.2001, lo que provocó que hasta el 27.12.2001 no se formalizara el préstamo, cuya

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62 Tribunal de Cuentas

disposición no pudo realizarse en el propio ejercicio 2001 ya que requería un aval del Principado, el cual se hizo efectivo en el ejercicio 2002.

Los créditos finales y las previsiones finales se elevan a 184.798 miles de euros, con un incremento del 11% respecto del ejercicio anterior.

A) Modificaciones de crédito

Las modificaciones netas ascienden a 571 miles de euros, como resultado de una disminución de los créditos por operaciones corrientes en 11 miles de euros y un aumento de los créditos por operaciones de capital en 582 miles de euros.

En las operaciones corrientes, se incrementan los créditos iniciales en los capítulos 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios” y 4 “Transferencias corrientes”, y disminuyen los créditos en los capítulos 1 “Gastos de personal” y 3 “Gastos financieros”. Las operaciones de capital están compuestas únicamente del capítulo 6 “Inversiones reales”, y no hay créditos presupuestados en el capítulo 7 “Transferencias de capital”.

a) Alteración de las dotaciones iniciales

Los créditos iniciales se incrementan en un 0,3%, no obstante durante el ejercicio se tramitan los expedientes de modificaciones presupuestarias que figuran en el siguiente cuadro:

TIPO Nº exptes. Importe

(miles de euros)

- Transferencias de crédito 109 ± 5.670

- Créditos generados por ingresos 15 571

TOTAL 124 571

Como puede observarse, se han tramitado un volumen de expedientes de transferencias muy numeroso, que podría disminuirse con una mejor presupuestación inicial.

b) Financiación

Por lo que se refiere a la financiación de las modificaciones presupuestarias hay que destacar que el remanente de tesorería del ejercicio anterior era negativo, por lo que la Universidad no pudo utilizar esta fuente de financiación en el presupuesto de este ejercicio.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 63

Las transferencias de crédito producen un efecto nulo en las alteraciones de las dotaciones iniciales, y no precisan financiación adicional. Por lo que se refiere a las generaciones de crédito, hay que señalar que un importe de 381 miles de euros están financiadas con aportaciones privadas, y 190 miles de euros con aportaciones públicas.

B) Ejecución del Presupuesto de Gastos

Las obligaciones reconocidas ascienden a 155.689 miles de euros, con un grado de ejecución sobre los créditos definitivos del 84%, destacando la baja ejecución en los capítulos 3 “Gastos financieros” (49%), como consecuencia de que finalmente no se dispuso del crédito previsto inicialmente, y 6 “Inversiones reales” (66%) como consecuencia del retraso en la ejecución de obras previstas derivadas de la falta de financiación en el propio ejercicio.

Con respecto al ejercicio anterior, el importe total de las obligaciones reconocidas se ha incrementado un 1%, aumento que se ha producido en todos los capítulos excepto en el 6 “Inversiones reales” cuyas obligaciones reconocidas han experimentado un descenso del 11%.

No obstante, hay que señalar que la Universidad ha imputado al capítulo 6 “Inversiones reales” un importe de 1.352 miles de euros que corresponden a reparaciones que deberían haberse imputado al capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios”. Asimismo, se han imputado al presupuesto obligaciones devengadas en ejercicios anteriores por un importe de 4.442 miles de euros.

C) Ejecución del Presupuesto de Ingresos

Los derechos reconocidos ascienden a 152.427 miles de euros, con un grado de ejecución sobre los créditos definitivos del 83%, destacando la baja ejecución en los capítulos 8 “Activos financieros” (22%) y 9 “Pasivos financieros” (0%) que, como se ha mencionado anteriormente se debe a la falta de disposición del crédito previsto.

Con respecto al ejercicio anterior, el importe total de los derechos reconocidos se ha incrementado un 5%, que se ha producido por el aumento de los derechos reconocidos en los capítulos 3 “Tasas y otros ingresos” (12%), 4 “Transferencias corrientes” (14%) y 8 “Activos financieros” (100%), y por el descenso en los capítulos 5 “Ingresos patrimoniales” (2%) y 7 “Transferencias de capital” (21%).

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64 Tribunal de Cuentas

En el cuadro se presenta la proporción que han tenido las distintas fuentes de financiación sobre el total de recursos obtenidos en el ejercicio.

CAPÍTULO IMPORTE % s/ total

- Tasas y Otros ingresos 33.661 22%

- Transferencias corrientes 91.334 60%

- Ingresos patrimoniales 516 -

- Transferencias de capital 26.811 18%

- Activos financieros 105 -

TOTAL 152.427 100

Como puede observarse el coeficiente de autofinanciación de la Universidad de Oviedo es del 22%, un punto por encima del obtenido en el ejercicio anterior. No obstante, hay que señalar las siguientes incidencias en la imputación presupuestaria de los ingresos:

- El importe total de los derechos reconocidos está infravalorado en 5.702 miles de euros, al no haberse observado los Principios Contables Públicos al efecto (Documento nº 5 “Endeudamiento Público”) como consecuencia de la falta de imputación al presupuesto del crédito dispuesto con base en una póliza suscrita en el ejercicio para financiar operaciones de tesorería.

- Por el contrario, están sobrevalorados en 805 miles de euros (Documento nº 4 “Transferencias y subvenciones” de los Principios Contables Públicos), como consecuencia del reconocimiento de derechos derivados de Convenios suscritos por la Universidad con el Principado, no habiendo sido reconocidas por este las correlativas obligaciones.

D) Resultado presupuestario

El resultado presupuestario obtenido en el ejercicio 2001 ha sido deficitario en 3.262 miles de euros y ha estado conformado por el déficit obtenido en operaciones corrientes en 2.938 miles de euros y por el déficit obtenido en operaciones con activos financieros en 324 miles de euros.

No obstante, el resultado presupuestario del ejercicio tendría superávit en 375 miles de euros si se eliminan del presupuesto las obligaciones devengadas en ejercicios anteriores, y los derechos

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 65

reconocidos indebidamente por transferencias, tal y como se ha mencionado en los dos apartados anteriores.

Como consecuencia de que la Universidad no ha imputado al presupuesto las operaciones de pasivos financieros realizadas en el ejercicio, el saldo presupuestario coincide con el resultado presupuestario. No obstante, teniendo en cuenta la falta de imputación presupuestaria de la póliza de crédito y las salvedades señaladas anteriormente, el saldo presupuestario sería positivo en 6.077 miles de euros.

II.5.1.1.2 Situación patrimonial. Balance

Como puede observarse en el anexo I.3-4, en el ejercicio 2001 los importes totales de los activos y de los pasivos de la Universidad se han incrementado un 4%, por lo que los cambios respecto al ejercicio anterior en cuanto a la estructura del balance no han sido significativos. Así, el Inmovilizado representa el 92% del activo (91% en el ejercicio anterior), los Fondos Propios representa el 83% del pasivo (82% en el ejercicio anterior), las Provisiones para riesgos a largo representan el 1% del pasivo (igual que en el ejercicio anterior), y los Acreedores a corto plazo representan el 16% del pasivo (17% en el ejercicio anterior).

A) Activo

El importe total del activo a 31.12.2001 asciende a 339.836 miles de euros, de los que 313.540 corresponde al Inmovilizado y 26.296 al Circulante.

A.1) Inmovilizado

El inmovilizado se ha incrementado respecto al ejercicio anterior en 15.954 miles de euros (un 5%), consecuencia, fundamentalmente, del incremento de las inmovilizaciones inmateriales y materiales.

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66 Tribunal de Cuentas

a) Inmovilizado material e inmaterial

El siguiente cuadro pone de manifiesto la evolución de sus elementos a lo largo del ejercicio según se desprende de los saldos del balance:

(miles de euros)

Grupo de elementos Saldo Inicial Altas Bajas Saldo

final

Aplicaciones informáticas - 1.113 - 1.113

Otro inmovilizado inmaterial 10.203 - - 10.203

Amortización Inmovilizaciones inmateriales (10.203) (111) - (10.314)

Terrenos y construcciones 287.389 14.999 - 302.388

Instalaciones técnicas y maquinaria 24.903 3.195 78 28.020

Utillaje y mobiliario 33.637 1.837 59 35.415

Otro Inmovilizado 48.646 4.867 609 52.904

Amortización Inmovilizaciones materiales (97.061) (11.524)

(2.320)

(106.465)

TOTAL 297.514 14.376 (1.574)

313.464

En relación con los Terrenos y construcciones hay que señalar que un importe de 42.268 miles de euros corresponde a anticipos e inmuebles en curso, de los que 11.616 son de este ejercicio. En términos brutos, a final de ejercicio las Instalaciones técnicas ascendieron a 10.645 miles de euros y la maquinaria a 17.375 miles de euros. Por su parte, el Utillaje alcanzó un importe de 1.161 miles de euros y el Mobiliario 34.254 miles de euros. Dentro de otro inmovilizado se incluyen Equipos para el proceso de información, con un saldo a final de ejercicio de 25.036 miles de euros, Elementos de transporte por un importe de 377 miles de euros y otro inmovilizado por 27.491 miles de euros.

La Universidad no dispone de un inventario detallado de todos los elementos que componen el inmovilizado material en concordancia con los saldos contables, y el informe de auditoría pone de manifiesto limitaciones tanto en la verificación de la valoración y existencia del inmovilizado material adquirido con anterioridad al 31.12.1994 como en la amortización anual y acumulada. Asimismo, el informe de auditoría pone de manifiesto la incorrecta valoración en contabilidad de

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 67

terrenos y construcciones a precios de mercado con base en una tasación de expertos independientes, sobrevalorando estos elementos respecto a su precio de adquisición en 20.807 miles de euros.

Por lo que se refiere a la variación respecto al ejercicio anterior, hay que señalar que es inferior a la variación neta del capítulo 6 del presupuesto fundamentalmente por gastos de personal y de investigación no activados.

b) Inmovilizado financiero

El inmovilizado financiero asciende a 76 miles de euros, habiéndose incrementado en 4 miles de euros en el ejercicio como consecuencia de Depósitos constituidos a largo plazo. La Universidad posee el 8% del capital de la entidad mercantil Sociedad Anónima Elías, y en el ejercicio no ha percibido dividendos.

A.2.) Deudores

Los deudores a final de ejercicio alcanzaron un importe de 18.973 miles de euros, y se incrementaron un 5% respecto al ejercicio anterior. El siguiente cuadro muestra su composición y evolución respecto al ejercicio anterior.

(miles de euros)

Ejercicio Concepto

2001 2000 Variación

Deudores presupuestarios 20.877 18.748 2.129 11%

Deudores no presupuestarios 356 446 (90) (20%)

Otros deudores 408 1.349 (941) (70%)

Provisiones (2.668) (2524) (144) 6%

TOTAL 18.973 18.019 954 5%

Del importe total del saldo a final de ejercicio de los Deudores presupuestarios, 17.388 miles de euros se derivan de la ejecución del presupuesto corriente, y 3.489 miles de euros de la ejecución de presupuestos cerrados. No obstante, como se ha mencionado en el epígrafe II.5.2.1.C), están sobrevalorados en 805 miles de euros como consecuencia del incorrecto reconocimiento de derechos por la deuda del Principado de Asturias.

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68 Tribunal de Cuentas

Por lo que se refiere a los Deudores extrapresupuestarios su saldo a fin de ejercicio corresponde a deudores por IVA repercutido. En Otros deudores el saldo a fin de ejercicio corresponde a Pagos pendientes de aplicación. No se ha podido analizar la antigüedad de estas deudas, ya que la información remitida no contiene la fecha de origen de sus operaciones.

Las Provisiones para insolvencias corresponden a derechos presupuestarios, estando totalmente provisionados los saldos con vencimiento en los ejercicios 1997 y 1998.

A.3) Inversiones financieras temporales

Su saldo a final de ejercicio asciende a 352 miles de euros, de los que 324 corresponde a anticipos concedidos al personal de la Universidad, y 28 a fianzas y depósitos constituidos a corto plazo.

A.4) Tesorería

Su saldo a final de ejercicio asciende a 7.649 miles de euros, de los que 4.443 corresponde a cuentas operativas, 3.148 a cuentas restringidas de recaudación, y 58 a cuentas restringidas de pagos, que contienen anticipos de caja fija pendientes de liquidar por los centros de planificación.

No obstante, hay que señalar que las relaciones de cuentas bancarias remitidas a este Tribunal arrojan un saldo superior en dos mil euros, y que se han presentado conciliaciones bancarias inadecuadas.

A.5) Ajustes por periodificación

La Universidad ha contabilizado incorrectamente como gasto anticipado en negativo la periodificación de las pagas extraordinarias por importe de 908 miles de euros, ya que según PGCP la cuenta apropiada es la cuenta 411 Acreedores por periodificación de gastos presupuestarios.

B) Pasivo

El importe total del pasivo a 31.12.2001 asciende a 339.836 miles de euros, y se incrementa un 4% respecto al ejercicio anterior por el incremento de los Fondos propios, ya que el resto de las masas patrimoniales han disminuido respecto al ejercicio anterior.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 69

B.1) Fondos propios

A final de ejercicio los Fondos Propios ascienden a 281.604 miles de euros y se incrementan, respecto al ejercicio anterior, un 5% como consecuencia de los resultados obtenidos en el ejercicio. El siguiente cuadro muestra su composición.

(miles de euros)

Ejercicio Concepto

2001 2000

Variación

Patrimonio 239.311 239.311 - -

Resultado ejercicios anteriores 28.159 27.529 630 2%

Resultado del ejercicio 14.134 630 13.504 2.144%

TOTAL 281.604 267.470 14.134 5%

Por lo que se refiere al Patrimonio, que no ha sufrido variación respecto al ejercicio anterior, un importe de 50.259 miles de euros corresponde a patrimonio recibido en cesión del Ministerio de Educación y Ciencia, del Principado de Asturias y del Ayuntamiento de Gijón en el campus universitario de Biesques (Gijón).

El Resultado del ejercicio ha sido positivo en 14.134 miles de euros, y su análisis se efectúa en el epígrafe II.5.1.1.3.

B.2) Provisiones para riesgos y gastos

Las Provisiones para riesgos y gastos tienen un saldo a final de ejercicio de 3.760 miles de euros y desciende un 5% respecto al ejercicio anterior. Su saldo recoge los compromisos futuros adquiridos con su personal laboral como consecuencia de los premios de jubilación reconocidos por su convenio colectivo y una estimación de los pasivos que podrían generarse en la Universidad, tanto por litigios en curso como inspecciones fiscales.

En el ejercicio la Universidad tiene pendiente de resolución las reclamaciones efectuadas por los alumnos de la Escuela de Estomatología en orden a percibir remuneraciones adecuadas a su formación.

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70 Tribunal de Cuentas

B.3) Acreedores

a) Acreedores a largo plazo

El saldo a final de ejercicio está constituido por Depósitos recibidos (40 miles de euros), y por Fianzas recibidas con un saldo deudor de 4 mil euros que debe ser regularizado, ya que es contrario a la naturaleza de esta cuenta.

b) Acreedores a corto plazo

Su saldo a final de ejercicio asciende a 54.436 miles de euros, con un descenso respecto al ejercicio anterior un 3%, y está constituido por Deudas con entidades de crédito (5.776 miles de euros), Acreedores (35.584 miles de euros) y por Ajustes por periodificación (13.076 miles de euros).

El saldo de las Deudas con entidades de crédito está conformado por el importe del crédito dispuesto (5.702 miles de euros) de una póliza de crédito suscrita por la Universidad en el ejercicio, y por los intereses a corto plazo con entidades de crédito, que ascienden a 74 miles de euros. En relación con el crédito dispuesto por la póliza, que está garantizada por dos subvenciones recibidas de la Comunidad Autónoma, como se ha indicado en el apartado II.5.1.1.1.C), la Universidad no ha reconocido los correspondientes derechos en el presupuesto de ingresos, a pesar de que su vencimiento está establecido en abril de 2002, por lo que el saldo presupuestario del ejercicio está infravalorado en el mencionado importe.

Por lo que se refiere a los Acreedores, el siguiente cuadro muestra su composición y su evolución respecto al ejercicio anterior.

Ejercicio Concepto

2001 2000

Variación

Acreedores presupuestarios 32.845 37.345 (4.500) (12%)

Acreedores no presupuestarios

40 22 18 81%

Administraciones públicas 2.399 4.806 (2.407) (50%)

Otros acreedores 43 - 43

Fianzas y depósitos recibidos 257 24 233 985%

Total 35.584 42.197 (6.613) (16%)

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 71

Del total de Acreedores presupuestarios, 30.438 miles de euros corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio, 2.328 miles de euros a la ejecución de presupuestos cerrados, y 79 miles de euros a devoluciones de ingresos pendientes de pago, que no representan una deuda ya que las devoluciones fueron anuladas y regularizadas en el ejercicio 2003.

En relación con las deudas con las Administraciones Públicas, hay que señalar que 2.117 miles de euros están producidas por retenciones de nóminas en el IRPF, 154 miles de euros en la Seguridad Social, 90 miles de euros corresponden al IVA y 38 miles de euros a otros organismos de previsión social. No se ha podido analizar la antigüedad de estas deudas, ya que la información remitida no contiene la fecha de origen de sus operaciones.

Por lo que se refiere a las Fianzas y depósitos recibidos a corto plazo, hay que destacar que las fianzas contabilizadas, por un importe de 24 miles de euros, no han tenido movimientos en el ejercicio, por lo que debieron estar contabilizadas a largo plazo.

c) Ajustes por periodificación

La Universidad incluye como ingreso anticipado la periodificación de ingresos correspondientes a las tasas por matrículas, que en este ejercicio asciende a 13.076 miles de euros.

II.5.1.1.3 Resultado económico-patrimonial

El resultado económico-patrimonial obtenido en el ejercicio ha resultado positivo en 14.134 miles de euros, y se ha conformado por un volumen de ingresos de 157.275 miles de euros y un volumen de gastos de 143.141, tal y como puede observarse en el Anexo I.3-5.

II.5.1.1.4 Memoria

La Memoria rendida por la Universidad no contiene todos los documentos previstos en el PGCP, los más significativos son los siguientes:

- Transferencias y subvenciones concedidas.

- La información sobre la ejecución del ingreso público en cuanto al proceso de gestión y a las devoluciones de ingreso es incompleta ya que faltan datos esenciales.

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72 Tribunal de Cuentas

- Gastos con financiación afectada.4

Asimismo, el documento rendido sobre Existencias contiene sólo una relación de facturas, sin indicar el importe de la provisión por depreciación ni los criterios de valoración, tal y como previene el PGCP.

Estado de remanente de tesorería:

El remanente de tesorería resultante a final de ejercicio según la liquidación de la Universidad se detalla en el siguiente cuadro:

(miles de euros)

CONCEPTOS IMPORTES

DERECHOS PENDIENTES DE COBRO 37.391

- Del presupuesto corriente 17.388

- De presupuestos cerrados 3.489

- De operaciones no presupuestarias 19.225

- De dudoso cobro (2.668)

- Cobros realizados pendientes de aplicación definitiva (43)

OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO 53.623

- Del presupuesto corriente 30.438

- De presupuestos cerrados 2.328

- De operaciones no presupuestarias 20.857

FONDOS LÍQUIDOS 7.649

TOTAL REMANENTE (8.583)

REMANENTE DE TESORERÍA AFECTADO 8.959

REMANENTE DE TESORERÍA NO AFECTADO (17.541)

4 En relación con la alegación de la Universidad, hay que señalar que la naturaleza de estos gastos exige, en orden a su justificación, un seguimiento individualizado que no supone incremento de documentación, sino un control de la misma, como así lo realizan otras Universidades.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 73

Como puede observarse, la Universidad ha tenido un remanente de tesorería negativo. No obstante, en relación con el remanente de tesorería calculado por la Universidad hay que señalar que debido a errores en el sistema informático, los derechos pendientes de cobro por operaciones no presupuestarias están sobrevalorados en 18.841 miles de euros y las obligaciones pendientes de pago en 18.161 miles de euros.

Cabe señalar la desviación negativa existente en este remanente derivada del Convenio de inversiones firmado con el Principado, debido a las actuaciones realizadas por la Universidad sin recibir la correlativa financiación.

II.5.1.2 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

II.5.1.2.1 Observaciones comunes

II.5.1.2.1.1 Consideraciones generales

A tenor de lo establecido en el artículo 39 de la LFTCu, se han seleccionado contratos de obras adjudicados mediante concurso de importes superiores a 300.506 euros y contratos de consultoría y asistencias y de servicios de importes superiores a 150.253 euros, cualquiera que fuese el procedimiento de adjudicación utilizado.

En las relaciones certificadas de contratos comprendidos en las categorías del precitado artículo, elaboradas por la Universidad, no consta la adjudicación de contratos mediante subasta durante el ejercicio fiscalizado. Por otra parte, en dichas relaciones no se han incluido los datos correspondientes al contrato número 35 del Anexo a pesar de que dicho contrato debería figurar en las mismas a tenor de su naturaleza y cuantía.

Se han examinado los expedientes de 5 contratos adjudicados por concurso con un importe total de 20.896.818 euros, importe representativo del 87% de los contratos antes mencionados. En su adjudicación, se obtuvieron bajas representativas del 6% de la suma de los respectivos presupuestos de licitación.

Junto con los contratos que se relacionan en el Anexo IV.1, se han enviado los correspondientes extractos de los expedientes administrativos, comprensivos de las diferentes actuaciones practicadas hasta la formalización documental, inclusive, si bien, una vez examinados y a instancias de este Tribunal, se remitió diversa documentación de ejecución, de cuyo examen se han obtenido los resultados que más adelante se exponen.

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74 Tribunal de Cuentas

II.5.1.2.1.2 Procedimiento de contratación

Como observación común, se pone de manifiesto que en los expedientes de examinados no constan los siguientes documentos:

- Resoluciones o acuerdos del órgano de contracción de iniciación de los expedientes de contratación, justificando la necesidad de la misma (art. 67 del TRLCAP).

- Certificados de existencia y retención de créditos e informes de fiscalización previa de los correspondientes gastos (arts. 11 y 67 del TRLCAP).5

II.5.1.2.2. Contratos de obras

Se han examinado 4 contratos de esta naturaleza (números 31 a 34 del Anexo), adjudicados por un total de 19.544.541 euros y se ha observado, en relación con los mismos, lo que se expone a continuación.

II.5.1.2.2.1. Procedimiento de contratación

a) En los cuatro contratos examinados faltan las siguientes actuaciones preceptivas:

- Justificación de la necesidad de cada contrato para los fines del servicio público correspondiente, prevista en el artículo 13 del TRLCAP6.

- Informes de supervisión de los respectivos proyectos que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 128 del TRLCAP, debieron emitirse antes de su aprobación con la finalidad de comprobar su adecuación técnica y normativa7.

- Justificación del procedimiento y la forma de adjudicación utilizados (concurso abierto), requerida por el artículo 75.2 del TRLCAP; tampoco se indican en los expedientes los supuestos de aplicación del concurso de entre los previstos en el artículo 85 del TRLCAP8.

5 Con las alegaciones se han remitido documentos contables “RC” referidos a varios contratos y a un único proyecto de gastos denominado “2001-70007 ficticio” carentes de firmas y, por tanto, de validez. 6 En los informes adjuntados con las alegaciones no constan motivos que pudieran justificar la necesidad de contratación. 7 Con las alegaciones, se han aportado varios informes sobre los proyectos de estos los contratos firmados por un arquitecto, sin que conste el cargo o puesto de trabajo del firmante ni la unidad administrativa de procedencia.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 75

b) Los informes técnicos de valoración de las ofertas presentadas consisten, únicamente, en cuadros de puntuaciones sin motivar. Ello no obstante, se observa que las ofertas económicas fueron razonablemente valoradas en función de las mayores bajas y que los contratos se adjudicaron con adecuación al principio de economía en la gestión de fondos públicos.

c) La fianza definitiva del contrato de reparación y acondicionamiento del edificio histórico (Biblioteca Central) se constituyó con posterioridad a la formalización documental del contrato, con alteración del orden procedimental entre estas actuaciones establecido en la normativa y en el apartado 11 del respectivo PCAP, y en expresa contradicción con el contenido de la cláusula cuarta del documento de formalización del contrato, en la que se hizo constar que la fianza había sido constituida antes de dicho acto.9

d) Las publicaciones en diarios oficiales de las adjudicaciones de los contratos se realizaron con demoras con respecto al plazo establecido al efecto en el artículo 93.2 del TRLCAP (cuarenta y ocho días a contar de la fecha de adjudicación del contrato).

II.5.1.2.2.2 Ejecución de los contratos

a) Durante la ejecución de las obras del Edificio para Servicios Científico-Técnico, aparcamiento general y urbanización del entorno en el Campus del Cristo de la Universidad (número 31 del Anexo), formalizado con un precio de 8.325.940 euros y un plazo de 17 meses, se concedieron dos prórrogas mediante las que se amplió el plazo en cuatro meses.

La primera prórroga estuvo motivada por demoras en la concesión de la licencia municipal de obras y por la paralización de una de las grúas torres, que se había precintado por el Ayuntamiento de Oviedo al carecer de la correspondiente licencia.

La segunda prórroga estuvo motivada por hallarse parte de los terrenos ocupados por aparcamientos y accesos peatonales cuya utilización no podía interrumpirse hasta la finalización del curso académico. También se invocaron lluvias acaecidas cuya duración, intensidad e incidencia sobre las distintas partes de las obras no consta y que, aun cuando se mencionan en la petición del contratista, no figuran en el informe del Arquitecto-Jefe de la Unidad Técnica en cuya consideración se concedió la prórroga solicitada.

8 En los informes adjuntados con las alegaciones, como única y genérica justificación del procedimiento y la forma utilizados (concurso abiertos) se alude a la “escasa complejidad” y a las “características del contrato”, sin mayores precisiones al respecto, lo que no se considera suficiente. 9 La fianza definitiva de este contrato se instrumentó mediante un seguro de caución, obrante en el expediente inicialmente remitido a este Tribunal, lo que no resulta congruente con el documento adjuntado con las alegaciones, que se refiere a la recepción de un aval.

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76 Tribunal de Cuentas

Las causas de las prórrogas ponen de manifiesto que las mismas no respondieron a nuevas necesidades surgidas durante la ejecución de las obras sino a una deficiente gestión administrativa en la preparación del contrato por lo que respecta tanto a la falta de la licencia municipal de obras como a la previsible necesidad de ocupación de los terrenos durante el curso académico, sin que las lluvias invocadas puedan tomarse en consideración por los motivos anteriormente indicados. En consecuencia, la ampliación del 23% del plazo, motivada por estas prórrogas, no se considera justificada.

b) Las obras de "Rehabilitación del antiguo edificio de la Escuela de Ingenieros Industriales para E.U.I.T.I y Sedes Departamentales del Campus de Viesques (Gijón)" (contrato número 32) deberían haber finalizado en abril de 2003 ya que habían comenzado en diciembre de 2001 con un plazo de ejecución de 16 meses.

Durante su ejecución, se concedió una prórroga de un mes y medio como consecuencia de la deficiente situación del cerramiento de fábrica de ladrillo de la fachada del edificio, que no se había tenido en cuenta en el proyecto, por lo que era necesario realizar un estudio de dicha patología para "dar una solución constructiva" a dicha situación. Por consiguiente, esta prórroga pone de manifiesto una deficiencia en las actuaciones preparatorias del contrato, fundamentalmente en la elaboración del proyecto.

Por otra parte y a pesar de la motivación de la prórroga, no consta la aprobación posterior del correspondiente proyecto modificado en el que deberían incluirse las unidades de obra precisas para hacer frente a la patología de la fachada10.

c) Las obras de "Reparación y Acondicionamiento del Edificio Histórico (Biblioteca central)" (número 34) , que se iniciaron el 3 de octubre de 2001 con un plazo de 12 meses y medio, deberían haber finalizado en octubre de 2002. Sin embargo, la recepción de este contrato tuvo lugar en marzo de 2003, cinco meses después de la expiración del plazo de ejecución.

Este retraso estuvo motivado por un expediente de obras tramitadas como complementarias, que se adjudicaron al mismo contratista por un importe representativo del 19'99% del precio del contrato originario y que tuvieron por objeto dotar al edificio objeto de las obras de unas instalaciones especiales de comunicación y audiovisuales no recogidas en el proyecto inicial, así como también el acondicionamiento de las fachadas de otro edificio contiguo y distinto que tampoco habían sido incluidas en el citado proyecto.

En consecuencia, en dicho expediente se incluyeron, por una parte, obras necesarias e inseparables del contrato originario que no debieron tramitarse como complementarias sino como una modificación del correspondiente proyecto primitivo, sin que, en este sentido, se haya

10 El documento aportado con las alegaciones no es la resolución de aprobación del expediente de modificación, como erróneamente figura en el texto de la correspondiente alegación, sino la autorización del inicio de dicho expediente.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 77

acreditado la existencia de necesidades nuevas o de causa técnicas no susceptibles de previsión al tiempo de elaborarse el primitivo proyecto que pudieran justificar la modificación posterior del mismo a los efectos del artículo 101.1 del TRLCAP.

Por otra parte, se incluyeron en el contrato complementario obras a realizar en un inmueble distinto del que era objeto del contrato originario y, por consiguiente, estas obras fueron indebidamente adjudicadas al mismo contratista sin publicidad ni concurrencia, en lugar de haberse adjudicado mediante un expediente de contratación independiente, tramitado con publicidad y concurrencia general.

d) Las demoras anteriormente comentadas resultan especialmente relevantes al tratarse de contratos que se habían adjudicado por concurso a licitadores que habían ofertado reducciones de los plazos previstos en los respectivos proyectos y en consideración, entre otras, a dicha circunstancia.

II.5.1.2.3. Contratos de suministro

Se ha fiscalizado un contrato de esta naturaleza (número 35 del Anexo), que tuvo por objeto la implantación del sistema informático de gestión académica de la Universidad de Oviedo, que fue adjudicado mediante procedimiento restringido y forma de concurso por importe de 1.352.277 euros, único de los contratos examinados adjudicado sin baja, con respecto al cual y como observaciones específicas se indica lo siguiente:

a) Aun cuando figura en el expediente un informe justificativo de la necesidad de la implantación del sistema informático, dicho informe carece de un nivel de concreción razonable ya que la necesidad se fundamenta, únicamente, en la existencia de "importante deficiencias" en el software que se utilizaba para la realización de la selectividad, preinscripción y acceso pero sin que se especifiquen en el informe las deficiencias concretas ni el presupuesto necesario para hacerlas frente. Por tanto, el contenido de este informe no cumple los requisitos establecidos en el artículo 241.2 del RGC.

b) Los criterios del procedimiento restringido con arreglo a los cuales debían cursarse las invitaciones para participar en la licitación no se justifican en el PCAP como requiere el artículo 91.1.a) del TRLCAP. Por otra parte, en el Pliego no se estableció la forma o método de valoración del criterio relativo a la solvencia económica, financiera y técnica, lo que implica un amplio margen de discrecionalidad en su efectiva aplicación, incompatible con la objetividad y transparencia que debiera caracterizarla.

Existe una incoherencia entre la previsión contenida en el apartado 8.4.2.3 del PCAP, según la cual las empresas debían incluir una relación de los principales suministros o trabajos realizados en los últimos tres años, y el segundo párrafo del apartado 11.2 del mismo Pliego, en el que se

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78 Tribunal de Cuentas

establece como forma de valoración del criterio relativo a la experiencia el comportamiento de la empresa en el cumplimiento de los plazos y obligaciones de contratos de la misma naturaleza o similares, adjudicados dentro de los cinco últimos años.

c) En el PCAP, los criterios de adjudicación del contrato no se hallan indicados por orden decreciente de importancia, como requiere el párrafo 2º del artículo 86 del TRLCAP, y tampoco se especifica la forma o método de asignación de los puntos de los correspondientes baremos, por lo que los criterios se expresaron de una significativa falta de precisión, contraria a los principios de publicidad, transparencia y objetividad, rectores de la contratación pública.

En el procedimiento de adjudicación tramitado, se confundieron actuaciones que deberían haberse realizado separadamente, con efectos perjudiciales para la concurrencia. Así, en la fase previa a la remisión de invitaciones para la licitación, se realizó una valoración de las empresas según los criterios establecidos para este trámite en el apartado 11 del PCAP simultáneamente con la valoración de algunos de los criterios establecidos para la adjudicación del concurso en el apartado 13 del mismo Pliego, resultando de todo ello la exclusión de dos de las tres empresas que habían presentado documentación "por no cumplir todos los requisitos establecidos en el PPT" y la formulación de una sola invitación para licitar. Esta actuación es particularmente improcedente por los siguientes motivos:

- Resulta contraria a la regulación contenida en el artículo 91 del TRLCAP, que requiere que la valoración de la documentación presentada por las empresas interesadas en participar en un procedimiento restringido se realice previa, separadamente y con arreglo a criterios distintos de los establecidos para la adjudicación del contrato.

- El cumplimiento de los requisitos establecidos en el PPT es un aspecto cuya valoración, específicamente, no estaba prevista en el Pliego entre los criterios establecidos para el trámite de formulación de invitaciones ni puede valorarse en dicho trámite según la normativa, al no figurar este criterio entre los previstos en los artículos 16 a 19 del TRLCAP. Por consiguiente, la exclusión de dos empresas por este motivo y en el mencionado trámite fue particularmente improcedente, sin perjuicio de que dicho aspecto pudiera y debiera haberse valorado con posterioridad, al haberse establecido como criterio de adjudicación del contrato la "valoración técnica de la oferta".

- La selección de los concurrentes y la invitación a la única empresa se realizó por la Mesa de contratación con infracción de lo establecido en el apartado d) del número 1 del artículo 91 del TRLCAP, a cuyo tenor la competencia para estas actuaciones reside en el órgano de contratación (Rector) y no en la Mesa.

e) La fecha de formalización del contrato con la empresa adjudicataria (14-01-2001) es anterior a las fechas de las siguientes actuaciones:

- Selección de la empresa invitada a licitar y remisión de la invitación (17-01- 2001).

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 79

- Propuesta de la Mesa, de adjudicación del contrato (30-01-2001).

- Resolución del órgano de contratación de adjudicación del contrato y notificación de la misma al contratista (30-01-2001).

En consecuencia, se observa una significativa alteración del orden procedimental establecido en la normativa entre la formalización y las restantes actuaciones, según el cual la formalización debe ser posterior y nunca anterior a las mismas.

f) En el PCAP no se especificó el plazo de ejecución, al disponerse que el mismo "se extenderá desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la adjudicación hasta finales del ejercicio 2002” , con lo que la efectiva duración del plazo resultó incierta, al menos, hasta la notificación de la adjudicación.

g) La fianza definitiva se constituyó con posterioridad a la formalización del contrato, contra lo dispuesto en el artículo 54.2 del TRLCAP.

h) Aunque el plazo de ejecución del contrato expiró el 31 de diciembre 2002, el acta de recepción del suministro no se firmó hasta el 30 de junio de 2003, sin que conste la concesión de prórrogas o suspensiones que pudieran amparar este retraso.

Únicamente se ha aportado una certificación de 30 de septiembre de 2003, del Director del Área de Informática, en la que se hace constar que la empresa ha finalizado la ejecución del contrato, estando pendiente la recepción definitiva, sin expresa declaración de conformidad con el suministro.

II.5.2. Otras entidades

A) Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA)

Constituido el 29 de noviembre de 1989, su objeto está constituido por la prestación de los servicios de extinción, salvamento y actividades de protección civil de los entes consorciados, así como cuantas otras actividades se refieran directa o indirectamente a la prestación de este servicio.

El Consorcio no rinde sus cuentas y estados conforme al régimen contable que le es de aplicación, sino que continúa aplicando la Instrucción de Contabilidad de Corporaciones Locales de 4 de agosto de 1952, ya derogada. La aplicación del modelo anterior supone pérdida de información, al no presentar balance, cuenta de resultados, estado demostrativo de los derechos a cobrar y obligaciones a pagar procedentes de presupuestos cerrados, estado de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, ni estado de tesorería.

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80 Tribunal de Cuentas

De la liquidación presupuestaria entregada se puede deducir que la financiación del CEISPA proviene de dos fuentes principales: un 64% corresponde a transferencias corrientes provenientes del Principado de Asturias y un 34% con origen en un préstamo concertado con una entidad financiera, con la debida autorización de la Comunidad Autónoma, acorde con la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales.

B) Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime

Constituido el 13 de enero de 1989, tiene por objeto el estudio, programación y gestión de todas las actividades relacionadas con el Museo Etnográfico Grandas de Salime. En sus estatutos se nombran los socios del Consorcio, Principado de Asturias, Ayuntamiento de Grandas de Salime, Caja de Ahorros de Asturias, Universidad de Oviedo y asociación de amigos del Museo de Grandas de Salime.

El activo, 63 miles de euros, está constituido por la Tesorería de la entidad, sin inmovilizado de ningún tipo. Presenta en el ejercicio un resultado positivo de 53 miles de euros, recibiendo subvenciones del Principado de Asturias por importe de 162 miles de euros.

C) Fundación Asturiana de Atención y Protección de Personas con Discapacidades y/o Dependencias (FASAD)

Se constituye en virtud de escritura de fundación de 13 de julio de 1998. Tiene por objeto contribuir a la atención integral de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, con independencia de la condición de residente en el Principado de Asturias.

Las cuentas anuales se presentan de acuerdo con el RD 776/1998, de 14 de Mayo, por el que se aprueban las Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin fines de Lucro.

Durante el ejercicio obtiene un resultado positivo de 88 miles de euros, frente al resultado negativo del ejercicio anterior de 55 miles de euros. A fin de ejercicio no presenta endeudamiento financiero.

D) Fundación Comarcas Mineras para la Formación y Promoción del Empleo (FUCOMI)

Se constituye en virtud de escritura de 4 de junio de 1993, posteriormente modificada por escritura de 2 de diciembre de 1996. Su creación se fundamenta en el desarrollo del acuerdo sociolaboral suscrito entre la empresa HUNOSA y los sindicatos mineros, SOMA-FIA-UGT y FMA de Comisiones Obreras, el 12 de marzo de 1992.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 81

El objeto de la fundación es la promoción y dinamización del empleo en las Comarcas mineras, a través de una política de formación y cualificación profesional, fundamentalmente a través de:

- Mantenimiento y explotación de centros de Promoción y Empleo, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.

- Desarrollo de cursos de formación ocupacional.

- Colaboraciones con la Administración y entes públicos o privados tendentes a la formación, capacitación e ingreso en el mercado de trabajo, principalmente de los jóvenes.

Las cuentas anuales presentadas son las previstas en el artículo 21 de sus estatutos. Presentan balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, cuadro de financiación e inventario. La cuenta de Pérdidas y Ganancias no se acoge al modelo previsto en el PGC y el estado de ejecución de presupuestos que deben presentar, según el mencionado artículo, se limita a un estado de ejecución de subvenciones.

Asimismo, presenta informe de auditoría favorable referido al ejercicio 2001.

Durante el ejercicio se han obtenido beneficios por importe de 24 miles de euros, de los cuales se destinan 19 miles de euros a compensar el resultado negativo acumulado y el resto a reservas. La entidad no mantiene deudas con entidades financieras al cierre del ejercicio y ha recibido subvenciones del Principado, por importe de 5.876 miles de euros, y de la Fundación para el Desarrollo de la Formación en las zonas mineras del carbón, 430 miles de euros.

E) Fundación para Fomento de la Economía Social

La Fundación para el Fomento de la Economía Social, que nace a raíz de los Acuerdos para la Concertación Social en el Principado de Asturias firmados el 15 de abril de 1988, por el Presidente del Principado de Asturias, la Unión General de Trabajadores y la Federación Asturiana de Empresarios, fue constituida en la primavera de 1.989, iniciando su actividad en diciembre del mismo año.

Se constituye en virtud de escritura de 5 de mayo de 1989, posteriormente modificada por escrituras de 10 de septiembre de 1990 y 16 de marzo de 1995.

Tiene por objeto promover el desarrollo de empresas de economía social, difundir en el entorno social general las características y régimen regulador de estas empresas, del cooperativismo en general, del trabajo asociado y del autoempleo como fórmula organizativa pluripersonal, apoyar los proyectos concretos de creación o constitución de empresas de este sector y colaborar en la consolidación, asentamiento y mantenimiento de este tipo de empresas.

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82 Tribunal de Cuentas

Durante el ejercicio obtiene subvenciones de explotación concedidas por el Principado por importe de 538 miles de euros. El resultado del ejercicio representa un beneficio de 2 miles de euros.

F) Fundación del Hospital del Oriente de Asturias “Francisco Grande Covián”

Fue constituida en virtud de escritura pública otorgada con fecha 5 de mayo de 1995.

Tiene por objeto la gestión del Hospital del Oriente de Asturias “Francisco Grande Covián”, así como contribuir, sin finalidad de lucro, a la prestación de todo tipo de servicios de asistencia sanitaria y social.

La entidad elabora sus cuentas conforme a lo establecido en el PGC aprobado por RD 1643/90, de 20 de diciembre, y en la O. de 23 de diciembre de 1996, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se aprueban las normas de adaptación del PGC a las empresas de asistencia sanitaria.

Sus resultados son negativos, por importe de 329 miles de euros, frente a unos resultados positivos del ejercicio precedente de 709 miles de euros, debido principalmente al aumento del 19% producido en los gastos de personal del ejercicio.

G) Fundación "Oso de Asturias"

Se crea en virtud de escritura de fundación de fecha 30 de octubre de 1992, posteriormente modificada por escritura de fecha 27 de julio de 1997 que modifica los estatutos sociales.

La Fundación tiene por objeto promover, incentivar y promocionar las actividades dirigidas a la conservación, protección e investigación científica del oso pardo cantábrico y su hábitat.

La cuentas anuales presentadas se adaptan a los modelos previstos en la cuarta parte del PGC aprobado por RD 1.643/1990, de 20 de diciembre.

La memoria presentada no contiene información suficiente en cuanto a subvenciones, donaciones y legados, ni el desglose requerido en relación con ingresos y gastos. Tampoco recoge información acerca de la aplicación de elementos patrimoniales a fines propios, ni el cuadro de financiación.

Durante el ejercicio, la Fundación ha recibido del Principado subvenciones de explotación por importe de 210 miles de euros.

La mayor parte de la dotación fundacional está destinada a inversiones financieras, 920 miles de euros, sin que se exponga el criterio de valoración de éstas inversiones en la memoria.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 83

Sus resultados son negativos, por importe de 58 miles de euros.

II.6. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN

Se analizan en este apartado diversas cuestiones de la actividad económico-financiera, tanto de la Administración General como de los demás entes dependientes de la Comunidad.

II.6.1. Operaciones de crédito

El artículo 51 de la LH establece que la emisión de deuda pública y las operaciones de préstamo por plazo superior a un año serán autorizadas necesariamente por ley, que establecerá el límite anual de cada clase de operaciones y fijará su contenido y características, siendo requisito imprescindible para su concertación informe favorable de la Consejería competente en materia económica y presupuestaria.

En este sentido, la LP autoriza, en su artículo 28.1, al Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia económica y presupuestaria, a concertar operaciones de crédito a largo plazo o emitir deuda pública hasta un importe de 150.253 miles de euros, destinadas a financiar gastos de inversión. Entre las inversiones a financiar se encuentra la construcción de viviendas de promoción pública, enmarcándose la actuación del Principado de Asturias en el desarrollo de los sucesivos Planes de Vivienda de carácter plurianual, que recogen las acciones a llevar a cabo sobre la financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, desarrolladas por el RD 1186/1998, de 12 de junio, para el Plan 1998-2001.

Además, la Ley 12/2001 concede un crédito extraordinario, por importe de 36.994 miles de euros, destinado a financiar la anualidad correspondiente al ejercicio 2001 del Plan Complementario de Reactivación de las Comarcas Mineras, autorizando al Consejo de Gobierno a concertar operaciones de crédito a largo plazo o emitir Deuda Pública por dicho importe.

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84 Tribunal de Cuentas

Las autorizaciones de endeudamiento en vigor y las concertaciones efectuadas en el ejercicio 2001 se recogen en el estado siguiente:

(miles de euros)

AUTORIZACIONES CONCERTACIONES

ENTES

Disposición Importe máximo

Emisiones y formalizaciones

acumuladas

Administración General Ley 17/1999 52.889 52.889

LP (art. 28) 150.253 135.343

Ley 12/2001 36.994 -

LH (art. 48.2) 173.897 173.897

TOTAL 414.033 362.129

La anualidad de la carga financiera representa el 8% de los ingresos corrientes previstos en el presupuesto del ejercicio 2001. Por tanto, no se supera el límite del 25% establecido en el art. 14.2.b) de la LOFCA.

II.6.2. Avales

A) Situación de avales

El anexo I.4-1 presenta el estado de situación de avales facilitado por la Administración General de la Comunidad. Figuran 13 avales constituidos en el ejercicio 2001, autorizados al amparo de los arts. 32 y 33 de la LP, por importe global de 20.184 miles de euros, de los que no se formaliza hasta el ejercicio siguiente el concedido a Industrial Comercial y Minera, S.A. (INCOMISA) por 301 miles de euros.

De los 7 avales cancelados, uno corresponde a Industrias Lácteas (Industrias Granderroble, S.A.), por importe de 3 miles de euros, y los 6 restantes figuran también como avales constituidos en el ejercicio, con el siguiente detalle:

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 85

– Asociación de Ayuda a paralíticos cerebrales:

Se modifican las condiciones del aval existente al reducirse el correspondiente préstamo avalado de 601 a 421 miles de euros.

– Naval Gijón, S.A.:

Se cancelan 4 avales concedidos a esta empresa por un total de 9.432 miles de euros, sustituyéndose por otros 4 avales constituidos en el ejercicio por importe de 10.193 miles de euros.

Estas operaciones tienen su origen en el documento “Bases de Acuerdo entre Naval Gijón, S.A. y la Consejería de Economía del Principado de Asturias”, firmado el 3 de febrero de 1996, con las que se pretendió hacer un resumen de las necesidades mínimas para la supervivencia a corto, medio y largo plazo de Naval Gijón, así como de sus aportaciones a la estabilidad económica, industrial y social del Principado y de las aportaciones monetarias de Naval Gijón a su propia solvencia. Asimismo, en 1997 se firmó un acuerdo entre el Principado y la empresa, con el fin de cubrir necesidades transitorias de tesorería generadas por un compromiso existente del Astillero con PYMAR.

Conforme se ha ido produciendo el vencimiento de los préstamos avalados y el impago de los mismos, como consecuencia de la situación financiera de la empresa, así como de la falta de consignación presupuestaria del Principado, adecuada y suficiente, para cubrir el pago de la deuda comprometido en las condiciones acordadas, Naval Gijón ha ido refinanciando estas operaciones de crédito con diferentes entidades financieras, afianzando el Principado los préstamos concedidos, así como los intereses devengados, mediante los correspondientes avales.

El crecimiento continuo del importe avalado en los sucesivos ejercicios constituye, realmente, un aumento de la deuda a la que habrá de hacer frente el Principado ante la insolvencia de Naval Gijón, S.A. En 2001 se ha producido un incremento de la deuda en 761 miles de euros, al acumularse los intereses ordinarios y los de mora en el pago, según se recoge en el siguiente cuadro:

(En miles de euros)

Entidad Avales 2000 Avales 2001

Cajastur 1.221 1.507 Cajastur 2.213 2.364 BSCH 1.190 1.202 BSCH 4.808 5.120

Total 9.432 10.193

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86 Tribunal de Cuentas

– Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias:

Se cancela el aval existente de 442 miles de euros al no haber sido pagado el correspondiente préstamo a su vencimiento en el ejercicio, sustituyéndose por otro de 473 miles de euros.

Por Resolución de 10 de diciembre de 2001 se dejan sin efecto las autorizaciones de concesión de aval anteriores al ejercicio 2001 que no se habían formalizado, con el fin de ajustar las concesiones existentes con el riesgo efectivo para el Principado de Asturias. El importe total de las autorizaciones canceladas asciende a 5.929 miles de euros.

C) Riesgo por avales

El riesgo vivo de los avales otorgados por la Comunidad asciende a 59.194 miles de euros, que se corresponde con la suma de los plazos vencidos pendientes de pago y los plazos no vencidos, y su detalle se recoge en el siguiente cuadro:

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 87

(miles de euros)

SITUACIÓN RIESGO EXISTENCIAS FINALES RIESGO VIVO PLAZOS

VENCIDOS PLAZOS NO VENCIDOS

189 189 189 ___ 481 481 481 ___ 932 932 ___ 932 421 421 ___ 421

1.082 1.082 ___ 1.082 1.082 1.034 ___ 1.034 9.437 5.060 ___ 5.060

144 121 ___ 121 361 361 ___ 361 381 381 ___ 381 236 181 ___ 181 406 406 ___ 406 210 210 ___ 210 451 451 347 104 541 541 ___ 541 824 824 ___ 824

2.945 2.945 295 2.650 3.709 3.703 ___ 3.703 6.815 6.815 ___ 6.815 1.142 1.142 ___ 1.142

781 781 ___ 781 268 268 ___ 268

1.442 518 ___ 518 10.193 10.193 ___ 10.193

3.005 3.005 ___ 3.005 473 429 ___ 429

5.049 5.049 ___ 5.049 8.954 5.123 ___ 5.123 4.135 4.135 ___ 4.135 1.325 1.325 ___ 1.325 1.352 655 161 494

481 433 ___ 433 69.247 59.194 1.473 57.721

En el estado anterior no está incluido el aval de 301 miles de euros concedido a INCOMISA, por la causa señalada anteriormente.

Del análisis de la documentación facilitada se deducen las siguientes observaciones:

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88 Tribunal de Cuentas

a) Asociación de Ayuda a paralíticos cerebrales

En la información de la CA figura un riesgo por este aval de 242 miles de euros que no corresponde al cuadro de amortización del préstamo avalado. No se tiene constancia de que se hayan producido amortizaciones anticipadas, ni se ha obtenido información sobre las amortizaciones practicadas, por lo que se mantiene como riesgo el importe total del préstamo, 421 miles de euros.

b) FAMESA

Esta empresa presentó suspensión de pagos en julio de 2.001, y en enero de 2002 se declaró la quiebra, lo que explica el impago de la deuda.

Tiene concedidos dos avales por el Principado, uno de 325 miles de euros, para un préstamo de Cajastur de 1.082 miles de euros, y otro de 126 miles de euros, para un préstamo de la Caja Rural de Asturias de 421 miles de euros. En el cuadro de riesgo facilitado por la CA, se incluyen como pendientes de pago 22 miles de euros correspondientes al aval constituido ante la Caja Rural, lo que representa plazos no vencidos de 104 miles de euros. En la información facilitada por Cajastur, figura vencido el préstamo ante la insolvencia de FAMESA, lo que representa un riesgo para la Comunidad de 325 miles de euros.

c) Ingeniería de Manutención Asturiana, S.A. (INGEMAS)

El aval a esta empresa es de 1.142 miles de euros, en garantía de un préstamo de 2.284 miles de euros; el capital pendiente de amortizar a 31 de diciembre de 2001 es de 1.305 miles de euros. Por tanto, el riesgo vivo será el importe total del aval otorgado (no 446 miles de euros como aparece en el cuadro de riesgo de la CA), mientras el capital vivo del préstamo supere al límite de la garantía establecido, según se desprende de la documentación facilitada.11

d) Gestinaval, S.L.

En el ejercicio 2000 el Principado concede aval solidario de 2.945 miles de euros a la empresa, perteneciente al grupo Gestinaval, a pesar del informe del Jefe de Servicio de Política Financiera, basado en un informe previo de los servicios técnicos de la Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A., que pone de manifiesto las dificultades financieras que atraviesa el Grupo, la falta de contabilidad fiable y la insuficiencia de los bienes societarios y personales de los propietarios para garantizar el préstamo, dada la existencia de otras deudas. En el acuerdo de concesión se indica que se pignorarán las participaciones de los socios en garantía de la devolución de las cantidades dispuestas a favor de los trabajadores de la empresa, es decir, se concede el aval por razones sociales, al no quedar garantizada la recuperación del importe avalado en caso de impago. El Principado

11 El importe señalado en la alegación corresponde únicamente a la participación en el préstamo avalado de una de las tres entidades financieras que lo concedieron mancomunadamente.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 89

avala el principal de un crédito del mismo importe concedido por Cajastur, dispuesto por Gestinaval, S.L., a reducir en 147 miles de euros semestralmente a partir del 20/04/01.

En el ejercicio 2001 se debería haber reducido el límite del crédito en 295 miles de euros, mediante el pago de dicho importe, según la proporción semestral estipulada. No sólo no se ha atendido el pago, sino que el importe del crédito, según la información facilitada por la entidad financiera, ha aumentado hasta 3.088 miles de euros, al incluirse los intereses pendientes de pago. En el cuadro de riesgo facilitado por la CA, éste figura por importe de 438 miles de euros, que coincide con la suma del principal y los intereses vencidos y no pagados por la empresa; sin embargo, la CA no responde más que del principal, por lo que el riesgo por los plazos vencidos es de sólo 295 miles de euros y el riesgo total de 2.945 miles de euros.

Por otra parte, hay que considerar el riesgo derivado de los afianzamientos vigentes con cargo al Fondo Patrimonial de Garantías constituido en el seno de la empresa Pequeños y Medianos Astilleros, sociedad de reconversión, S.A. (PYMAR), con el objeto de prestar fianzas y garantías a los astilleros miembros de PYMAR. El Principado aportó a dicho Fondo, hasta el 31 de diciembre de 2000, según el Convenio suscrito en 1995 y de su Addenda I, 12.020 miles de euros, con el fin de suplementar la capacidad de afianzamiento del Fondo para los astilleros asturianos.

En enero de 2001 (Addenda II) se amplía el plazo de duración del Convenio, que expiraba el 31/12/00, hasta el 31/12/01, prorrogable automáticamente por periodos anuales hasta la cancelación total de las operaciones de afianzamiento constituidas en virtud del mismo. En octubre de 2001, ante la delicada situación económica de Naval Gijón, S.A., único astillero asturiano afianzado, se estipula (Addenda III) la aportación por el Principado de Asturias de 2.705 miles de euros a pagar en cuatro anualidades: 301 miles de euros con cargo a los presupuestos del ejercicio 2001, 902 del 2002 y 751 del 2003 y del 2004. Durante el ejercicio se han reconocido obligaciones y realizado pagos por importe de 301 miles de euros, por lo que las aportaciones totales del Principado, hasta el 31 de diciembre de 2001, ascienden a 12.321 miles de euros, y no a 12.020 como figura en la certificación expedida por PYMAR.

A 31 de diciembre de 2001, el riesgo vivo de las garantías concedidas a Naval Gijón, S.A., asciende a 122.573 miles de euros. En caso de tener que hacer frente al afianzamiento, la aportación del Principado será proporcional a las aportaciones de PYMAR, hasta el límite de las cantidades destinadas al Fondo.

En relación con los avales fallidos y pagados por el Principado en ejercicios anteriores, hay que señalar que tras el procedimiento seguido, se declara en el ejercicio (expte. 2001.12.039093) incobrable la deuda de 902 miles de euros de la Asociación de interés cultural “Orígenes: Arte y Cultura en Asturias, S. VII al XV”, de la que formaba parte la propia CA; dicho importe se pagó por el Principado en los ejercicios 1993 y 1994, para hacer frente a la ejecución del aval concedido.

Respecto a los avales de la línea PAUR-Caja Asturias, según la información facilitada con fecha 16 de enero de 2004, en los procedimientos de cobro en vía ejecutiva realizados durante el período 1997-2001, sólo se han recuperado 7 miles de euros por el Servicio de Recaudación.

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90 Tribunal de Cuentas

Continúa sin recibirse la información solicitada respecto de los avales fallidos de “Talleres Alvar, S.A. y Culmastur, S.A., que fueron gestionados por el Servicio de Política Financiera y pagados por la Comunidad en los ejercicios 1995 y 1997, respectivamente, por importe de 601 y de 962 miles de euros.12

II.6.3. Subvenciones

El régimen regulador de las ayudas y subvenciones públicas concedidas por el Principado de Asturias está constituido con carácter general por las siguientes disposiciones:

– Capítulo VI, artículos 67 a 70,de la LH.

– Decreto 71/92 de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.

– Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones.

Las obligaciones reconocidas en el ejercicio 2001 por la Administración General de la CA por subvenciones y ayudas a empresas privadas y a familias e instituciones sin fines de lucro se recogen en el estado siguiente:

(miles de euros)

Artículos Presupuestari

os Rúbrica Obligaciones

reconocidas

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

47 - A Empresas privadas 38.848 48 - A familias e instituciones sin fines de lucro 109.108

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 77 - A Empresas Privadas 130.030 78 - A familias e instituciones sin fines de lucro 60.829

TOTAL 338.815

12 En el trámite de alegaciones se manifiesta que estos avales no fueron gestionados por el Servicio de Política Financiera sino por el Servicio de Asesoramiento y Promoción Empresarial (SAYPE), pero no se aporta documentación alguna sobre las gestiones realizadas.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 91

De entre una muestra de las aplicaciones presupuestarias más significativas de los artículos arriba indicados se escogió, por el volumen e importancia relativa de sus operaciones, la 18.04.712D.7101 “Modernización y reestructuración del sector pesquero”, que registra obligaciones reconocidas por importe de 6.211miles de euros.

La normativa específica por la que se regulan las correspondientes ayudas es la siguiente:

– Reglamento 2792/1999 del Consejo (UE), de 17 de diciembre de 1999 por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca.

– Resolución de 9 de junio de 2000, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueban las bases reguladoras (BBRR) que regirán la concesión de ayudas estructurales al sector pesquero del Principado de Asturias.

– Resolución de 8 de mayo de 2001, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueban las BBRR que regirán las ayudas estructurales al sector pesquero del Principado de Asturias, dentro del Marco IFOP 2000-2006.

– Resolución de 18 de mayo de 2001, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se convocan las ayudas estructurales al sector pesquero para el ejercicio.

Del análisis de la normativa se deduce que, tanto en el ejercicio 2000 como en el 2001, la Consejería de Medio Rural y Pesca publica resoluciones que aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas estructurales al sector pesquero. Estas ayudas se conceden al amparo del Reglamento (CE) 2792/1999 del Consejo, que define las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca y regula los aspectos relativos a la construcción y modernización de buques, los ajustes de los esfuerzos pesqueros, la pesca artesanal, la protección y desarrollo de los recursos acuáticos, la acuicultura, el equipamiento de los puertos pesqueros, la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura y las medidas de carácter socioeconómico. En el ejercicio 2001 se añade a las BBRR que estas ayudas se integran dentro del Marco IFOP 2000-2006.

Las bases del año 2000 establecen que las ayudas se concederán con cargo a una aplicación presupuestaria, pero durante tres anualidades, con la siguiente dotación inicial (en miles de euros):

Aplicación presupuestaria 18.04.712.D.771.01

Anualidad Importe

2000 5.109

2001 3.005

2002 3.005

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92 Tribunal de Cuentas

Las bases del ejercicio 2001, sin embargo, no establecen una aplicación presupuestaria concreta sino que señalan que “... se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria que en cada uno de los años de vigencia del actual programa operativo IFOP señale la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias”. Es en la Resolución de 18 de mayo de 2001, por la que se convocan las ayudas, donde se especifica la aplicación presupuestaria, la misma que en el ejercicio anterior, con una dotación de 4.317 miles de euros, distribuidos entre los ejercicios 2001 y 2002, con 2.814 y 1.503 miles de euros, respectivamente. La CA no dispone de un sistema de gastos con financiación afectada por el que se pueda establecer la correspondencia entre los recursos procedentes de la UE a través del IFOP, los del Estado a través del MAPA y las subvenciones financiadas con fondos propios.

Los expedientes seleccionados corresponden, dentro de las bases reguladoras que les son de aplicación, a la línea de fomento de construcción de nuevas embarcaciones y suponen un importe total concedido de 4.165 miles de euros. Del análisis detallado de cada expediente se han podido extraer las siguientes conclusiones:

a) Con carácter general:

En todos los expedientes examinados la solicitud se cursó previamente a la entrada en vigor de la normativa por la cual les es concedida la subvención. Este hecho ha exigido que el Principado comunique a los solicitantes que deniega la ayuda al derogarse la normativa aplicable anterior y la posibilidad de acogerse a la nueva; también se precisa escrito del solicitante, dirigido a la Dirección General de Pesca, en el que manifieste su deseo de acogerse a esa nueva normativa. En el caso de los expedientes con resolución de concesión en el ejercicio 2000 y continuidad en el ejercicio 2001, no sólo se cambian las bases reguladoras, sino también el Reglamento 3699/1993 del Consejo, conforme al que se solicitó la ayuda, que se deroga y sustituye por el Reglamento 2792/1999 citado.

En ningún caso se ha facilitado, con la fotocopia de los expedientes, documentación alguna relativa y acreditativa de la actuación de la Comisión de Valoración a la que se refieren la disposición cuarta, punto uno, y el art. 5.6 de las BBRR de 2000 y 2001, respectivamente. Tampoco se especifican, ni en la resolución de la concesión, ni en otra documentación adicional entregada con el expediente, los criterios de adjudicación de las ayudas que se han tenido en cuenta, recogidos en la disposición cuarta, punto 2, y el art. 16 de las citadas BBRR que permitan examinar su aplicación concreta en los expedientes analizados.

En ninguna resolución de concesión se hace mención al cumplimiento de la disposición tercera de las BBRR de 2000 o del art. 15.2 de las de 2001, referentes al respeto de los límites de gastos máximos subvencionables duplicados y a los porcentajes de participación financiera establecidos en los anexos VIII y I de las respectivas BBRR.

No se ha aportado, con la copia de los expedientes, documentación contable ni justificación efectiva del pago de las subvenciones a los beneficiarios.

No figura que se hayan presentado garantías suficientes para el cobro de la anualidad primera en las subvenciones plurianuales, si ésta es considerada como pago anticipado

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 93

(disposición décima BBRR). Tampoco se ha presentado en estos casos la autorización del gasto plurianual por parte del Consejo de Gobierno, tal como señala la disposición séptima, punto 3, de las BBRR de 2000.13

b) En particular:

– Expedientes ES1 AST 2.1.149 y ES1 AST 2.1.151

No figura en la solicitud el informe económico-financiero indicado en la disposición quinta, 3 e), de las BBRR de 2000.

La resolución de concesión de subvención plurianual tiene fecha de 18/10/00, y la solicitud de 30/06/00, con lo que se excede el plazo de resolución, dos meses, indicado en la disposición séptima de las BBRR de 2000.

En el expediente 2.1.151, el préstamo naval aportado como documentación final para el pago de la subvención ya concedida se suscribe con una entidad financiera distinta de la señalada en la solicitud, y con unas condiciones diferentes (disposición quinta, 3 f).

– Expediente ES1 AST 2.1.152

No figura en la solicitud el informe económico-financiero indicado en la disposición quinta, 3 e) de las BBRR de 2000.

El préstamo hipotecario es 6 miles de euros superior al especificado en la solicitud y se concede por otra entidad financiera.

– Expediente ES1 AST 2.1.179

El titular de la subvención es una comunidad de bienes, de la que se aporta su escritura de constitución pero no sus estatutos. No figura el CIF de dicha Comunidad, si bien se aportan los DNI de los comuneros y de las esposas los casados (disposición quinta, 3 a).

No figura en la solicitud el informe económico-financiero indicado en la disposición quinta, 3 e), de las BBRR de 2000.

13 En relación con lo alegado, en los proyectos que se hayan de ejecutar en más de un año, la falta de adecuada tramitación como gasto plurianual de la ayuda concedida, al no constar la autorización del Consejo de Gobierno, llevará a la consideración de los pagos parciales como pago anticipado, con los requisitos establecidos a los pagos de cada anualidad.

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El préstamo hipotecario es 66 miles de euros inferior al especificado en la solicitud.

– Expediente ES1 AST 2.1.186

No figura en la solicitud el informe económico-financiero indicado en la disposición quinta, 3 e) de las BBRR de 2000.

– Expediente ES1 AST 2.1.192

No figura en la solicitud el informe económico-financiero indicado en el art. 17 de las BBRR del ejercicio 2001.

No consta en la copia del expediente el informe preceptivo sobre la no iniciación de inversiones (art. 5.3 BBRR 2001).

La resolución de concesión se ha dictado fuera del plazo exigido en las BBRR de 2001.

En la mayoría de las facturas aportadas como justificación de la inversión no figura el sello y firma de la empresa expendedora; en algunas de ellas falta su CIF.

No coincide el importe de las pólizas de préstamo con el señalado en la resolución de concesión.

– Expediente ES1 2.1.188

La solicitud del beneficiario presenta las siguientes deficiencias:

- No se aporta el informe sobre la no iniciación de inversiones a que hace referencia el art. 5 de las BBRR de 2001.

- No consta, entre la documentación que debe acompañar a la solicitud (art. 17 BBRR 2001), el informe financiero sobre la situación económica, financiera y social del solicitante en los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

La póliza de préstamo facilitada como documentación es de inferior importe al que señala la resolución de concesión (120 miles de euros frente a 300).

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 95

II.7. FONDO DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL

II.7.1. Dotaciones del FCI

El importe total de las dotaciones del ejercicio en concepto de FCI, sección 33 de los PGE, es de 32.487 miles de euros. No se incorporan remanentes de crédito procedentes de ejercicios anteriores. Los proyectos de inversión adscritos al FCI de 2001 han recibido dotaciones de crédito de otras fuentes, alcanzando una dotación total por importe de 53.508 miles de euros, cuya ejecución se encuentra incluida en diversas aplicaciones presupuestarias.

La Comunidad carece de una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada y la liquidación presupuestaria no diferencia la ejecución correspondiente a la dotación de crédito del FCI. No obstante, para determinar la ejecución de los proyectos adscritos a que se refiere el art. 7 de la LFCI, la Comunidad utiliza el criterio de aplicar la inversión realizada de cada proyecto en primer lugar a la dotación del FCI.

Las dotaciones de crédito a los distintos proyectos vinculan a nivel de concepto, lo que permite que los compromisos relativos a los proyectos números 4, 5, 9, 11, 12, 13, 16, 19 y 20 sean superiores a sus créditos finales. Esta diferencia se ha compensado en la totalidad de los gastos comprometidos con cargo a la aplicación presupuestaria de los proyectos del FCI. Como consecuencia, sólo se puede definir el remanente de crédito de cada proyecto como diferencia entre el crédito comprometido y las obligaciones reconocidas.

II.7.2. Recursos del FCI

La liquidación presupuestaria de los recursos del FCI se refleja en el Anexo III.2 y presenta un grado de realización del 100%, situándose los derechos reconocidos en 32.486 miles de euros.

II.7.3. Proyectos de inversión

A) Proyectos financiados

En los PGE, los créditos del FCI asignados a la Comunidad para el ejercicio 2001 se distribuyen inicialmente entre 8 proyectos, todos ellos de carácter genérico.

El proyecto número 4 ”Construcción y rehabilitación de viviendas de promoción pública en varios concejos de Asturias” se subdivide en 26 subproyectos individualizados de edificación y reparación de viviendas. Sin embargo, sólo cuatro de ellos figuraban como proyecto en el FCI del ejercicio anterior. La Comunidad ha ido cambiando de criterio a la hora de asignar recursos del FCI a la construcción de viviendas; unos años individualiza desde el principio los proyectos que van a ser objeto de financiación por el FCI y otros los engloba en un proyecto genérico. Como ocurrió en ejercicios anteriores, algunos de estos subproyectos se financian conjuntamente con

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96 Tribunal de Cuentas

recursos del FCI y préstamos hipotecarios para viviendas. Dichos préstamos serán objeto de subrogación por parte de los propietarios. La CA recupera el importe de la inversión en las viviendas financiadas con dotaciones del FCI, sin que conste el destino dado a los recursos obtenidos de dichas ventas.

Mediante Acuerdos del Consejo de Gobierno de la CA de fechas de 14 de junio y 13 de diciembre de 2001 se aprobaron, respectivamente, dos modificaciones cualitativas y cuantitativas de los proyectos vinculados al FCI del ejercicio, que se resumen en el siguiente estado:

ALTERACIÓN DE LOS PROYECTOS VINCULADOS Número

Importe

(miles de euros)

- Incluidos 15 12.087

- Modificados

• Aumentados 6 8.617

• Disminuidos 9 (15.596)

- Suprimidos 5 (5.108)

TOTAL 35 _

Como consecuencia de las modificaciones cualitativas efectuadas, ha ascendido finalmente a 18 el número de proyectos cofinanciados con el FCI de 2001.

En la documentación correspondiente a estas modificaciones no consta la existencia de motivos imprevistos por los que no pudieran ejecutarse los proyectos de inversión suprimidos, condición establecida por el art. 6.4 de la LFCI.

Los proyectos dependientes de la Consejería de Asuntos Sociales 12, 13 y 14, definidos de forma genérica, podrían englobar a los proyectos definidos de forma individualizada números 16, 21 y 22. De hecho, según la documentación entregada de los mismos, gastos de la misma obra se aplican a códigos de proyecto distintos.

Por otra parte, de la definición de los proyectos números 9, 11, 17, 18 y 19 no se desprende que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en el territorio, tal como exige el art. 6.1 de la LFCI. Si se considera que lo hacen de manera indirecta, cualquier inversión pública sería merecedora de esa calificación y, por tanto, no tendría sentido la restricción de dicho artículo.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 97

La gestión de todos los proyectos se realiza directamente por la Comunidad.

La distribución por materias de la dotación del FCI para el ejercicio 2001, así como la inversión total del ejercicio en los proyectos correspondientes, ha sido la siguiente:

(miles de euros)

MATERIAS DOTACIÓN DEL FCI

INVERSIÓN DEL EJERCICIO

Autopistas, autovías y carreteras 3.762 10.622

Ferrocarriles 292 591

Vivienda 17.396 24.165

Tecnología de la información 1.549 3.529

Otras materias 9.488 15.471

B) Grado de ejecución y avance de los proyectos

El Anexo III.1 recoge los proyectos financiados con cargo a las dotaciones de FCI del ejercicio. Teniendo en cuenta la limitación número 4 y la inexistencia de una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada, no es posible conocer la dotación de crédito durante toda la vida de los proyectos, por lo que para la elaboración del citado anexo se ha considerado como dotación del ejercicio el crédito comprometido para cada uno de los proyectos. Siguiendo este criterio, las dotaciones de crédito del ejercicio para los proyectos cofinanciados con FCI ascienden a 56.861 miles de euros y las obligaciones reconocidas en el ejercicio a 54.378 miles, resultando un grado de ejecución del 96%.

La generalidad con la que se encuentran definidos dichos proyectos no permite conocer su grado de avance, determinado por el porcentaje que la inversión acumulada en cada uno de ellos representa sobre su coste total actualizado. Dicho coste no se puede establecer en proyectos como “Infraestructuras en carreteras”, “Inversión en ferrocarriles”, “Construcción y rehabilitación de viviendas VPP”, etc.; incluso cuando algunos de estos proyectos genéricos se subdividen en subproyectos concretos e individualizados, calcular el coste total actualizado (como suma de costes actualizados de cada uno de ellos) y su grado de avance respecto a éste también llega a carecer de sentido, debido a que esa división no se mantiene a lo largo del tiempo, pudiendo repetir el mismo proyecto genérico la financiación del FCI a lo largo de varios ejercicios, pero subdividido en otros subproyectos completamente distintos. Sólo en los proyectos definidos de forma concreta desde el principio, en los que existe una autorización, una adjudicación y una ejecución posterior, podría ser efectivo el cálculo del coste total actualizado pero, al no mantenerse el proyecto durante toda su ejecución con financiación del FCI, el control y seguimiento del mismo se pierde cuando deja de vincularse al mismo.

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98 Tribunal de Cuentas

II.7.4. Financiación del FCI

Las solicitudes efectuadas vienen condicionadas por el criterio de determinación de la ejecución de los proyectos, hasta el límite del importe financiado por el FCI, según se ha señalado en el apartado II.7.1. La Comunidad considera como importe de cada proyecto, para el cálculo de los porcentajes de ejecución establecidos en el art. 7.2 de la LFCI, su dotación del FCI del ejercicio. El detalle, por proyectos, de la petición de fondos realizada durante el ejercicio por la CA al Ministerio de Hacienda, correspondiente al FCI de 2001 y cobrada en su totalidad, se recoge a continuación:

(miles de euros)

PROYECTO

Nº Denominación Dotación Solicitado

1 Sistemas de información 1.549 195

4 Construcción y rehabilitación de VPP 17.396 5.717

5 Inversiones en ferrocarriles 292 179

8 Infraestructuras en carreteras 3.762 259

9 Sistema integrado de funciones tributarias 3.460 1.314

11 Rehabilitación integral edificio plaza España nº 1 144 -

12 Reforma y adaptación de centros de infancia 98 17

13 Reforma y adaptación de centros de discapacitados 255 41

14 Reforma y adaptación de residencias de ancianos 207 26

15 Vivienda tutelada en Belmonte 264 77

16 Reforma y adaptación residencia del Cristo 71 71

17 Adecuación y equipamiento edificios del Principado 2.025 -

18 Actualización inventario bienes del Principado 135 -

19 Adquisición y conservación fondos bibliográficos y videográficos 485 -

20 Edificios representación del Principado 1.283 -

21 Adaptación residencia de Gijón 153 -

22 Centro de seguridad para menores de Sograndio 294 -

23 Accesos a Bulnes 614 -

TOTAL 32.487 7.896

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 99

Algunos de los proyectos han sido subdivididos por la CA en subproyectos, pero también definidos de forma genérica, englobando gastos de inversión de la misma naturaleza. Este es el caso del proyecto 17, denominado “Adecuación y equipamiento edificios del Principado” y dividido a su vez en dos subproyectos, “Reparación y adecuación de edificios” y “Adquisición de mobiliario”; en ninguno de ellos se puede hablar de un proyecto sino, como se ha dicho anteriormente, de una forma de globalizar inversiones de la misma naturaleza. Éstos subproyectos, aun cuando figuran en el Anexo de Inversiones de los Presupuestos Generales de la Comunidad, no tienen una adjudicación ni una ejecución conjunta, sino que se componen de múltiples inversiones diferenciadas entre sí, a las que se les aplica el mismo número de proyecto. Esta situación, que se repite en los proyectos números 1, 5, 8, 13 y 19, no hace posible el control de los requisitos establecidos en el art. 7.2 de la LFCI.

Según se ha señalado en el apartado II.7.2, la Comunidad registra derechos reconocidos por el importe total de la dotación del FCI correspondiente al ejercicio 2001, 32.486 miles de euros, no siguiendo el criterio de reconocimiento establecido en el art. 7.4 de la LFCI y en el documento 4 de los Principios Contables Públicos que, en su punto 74, establece que la CA reconocerá el derecho en el momento en que efectúe la petición de fondos al Estado. Como se refleja en el estado anterior, sólo se deberían haber reconocido 7.896 miles de euros, ya que a 31/12/01 quedaron pendientes de solicitar fondos por importe de 24.590 miles de euros, lo que se efectúo en el ejercicio siguiente. Análogamente, deberían haberse reconocido derechos correspondientes al FCI de 2000, por importe de 7.212 miles de euros, solicitados y cobrados en 2001, que fueron reconocidos indebidamente en el ejercicio anterior; también se han cobrado en 2001 los 15.040 miles de euros del FCI de 2000 que quedaron pendientes de cobro.

Por otra parte, en relación con los subproyectos de viviendas mencionados en el apartado II.7.3.A), se observa que en tres de ellos (Expedientes A-96/120, A-98/090 y A-98/100) los recursos aplicados del FCI más las disposiciones de crédito hipotecario en el ejercicio superan en 2.219 miles de euros a la correspondiente cifra de obligaciones reconocidas.

II.8. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

II.8.1. Observaciones comunes

Se incluyen en este apartado todas las observaciones relativas a cuestiones comunes a contratos de obras, de suministro y de consultoría, asistencia y servicios.

II.8.1.1. CONSIDERACIONES GENERALES

A) Metodología y alcance de la fiscalización

La fiscalización de la contratación administrativa de la Comunidad Autónoma se ha llevado a cabo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 de la LOTCu, de 12 de mayo de 1982, 39 y 40 de

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100 Tribunal de Cuentas

la LFTCu, de 5 de abril de 1988, 57 y concordantes del Real Decreto 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprobó el Texto Refundido de la LCAP y, en cuanto no se opongan a la mencionada Ley, el D. 3410/1975, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el RGC, así como el D. 1005/1974, de 4 de abril, sobre contratos de asistencia con empresas consultoras o de servicios, y demás normas de desarrollo reglamentario.

De acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 39 de la LFTCu, se han seleccionado contratos de entre los siguientes:

a) Contratos de obras adjudicados mediante subasta de importes superiores a 601.012 euros, por concurso de importes superiores a 300.506 euros y mediante procedimiento negociado de importes superiores a 150.253 euros.

b) Contratos de suministro y de asistencia, consultoría o servicios de importes superiores a 150.253 euros, cualquiera que fuese el procedimiento o la forma de adjudicación utilizados.

B) Contratos examinados

Se han examinado 30 contratos, adjudicados con un importe total de 90.539.088 euros, según las relaciones de contratos adjudicados en el ejercicio remitidas a este Tribunal.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 101

Los contratos examinados fueron adjudicados con el siguiente detalle:

(euros)

SUBASTA CONCURSO PROCEDIMIEN

TO NEGOCIADO

TOTAL

CONSEJERÍAS

No

Importes precios

de adjudicac

ión

No

Importes precios

de adjudicac

ión

No

Importes precios

de adjudicac

ión

No Importes

Educación y Cultura 3 9.400.555 2 4.739.088 5 14.139.643

Administraciones Públicas y Asuntos Europeos 3 9.118.288 2 1.931.166 5 11.049.454.

Hacienda 1 2.670.742 1 546.132 2 3.216.874

Industria, Comercio y Turismo 1 1.651.565 1 1.202.024 2 2.859.589

Infraestructura y Política Territorial 9

36.298.113 3 6.621.177 12 42.919.290

Medio Ambiente 2 8.475.958 1 7.105.345 3 15.581.303

Trabajo y Promoción Empleo 1 778.933 1 778.933

TOTAL 6 20.547.255 16 58.922.39

9 8 11.079.432 30 90.539.086

Junto con los contratos que se relacionan en el Anexo IV.1, se han enviado los correspondientes extractos de los expedientes administrativos, comprensivos de las diferentes actuaciones practicadas hasta la formalización documental, inclusive, que no abarcan, por tanto, con carácter general, la fase de ejecución, si bien, una vez examinados y a instancias de este Tribunal, se remitió diversa documentación de ejecución, de cuyo examen se han obtenido los resultados que más adelante se exponen.

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102 Tribunal de Cuentas

No se ha aportado una relación certificada, expresamente requerida, de todos los órganos de contratación del Principado que durante el ejercicio fiscalizado hubieran adjudicado contratos tramitados mediante alguno de los procedimientos previstos en el TRLCAP, en la que deberían figurar los órganos de contratación de la Administración General de la Comunidad, los Organismos Autónomos y las restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración en la que concurran los requisitos previstos en los artículos 1 y 2 de la citada disposición.

No se han remitido a este Tribunal relaciones certificadas de contratos independientes adjudicados en el ejercicio fiscalizado por las Consejerías de Medio Ambiente y de Infraestructura y Política Territorial, así como tampoco relaciones de contratos adicionales y resueltos correspondientes a las Consejerías de Medio Ambiente, de Infraestructuras y de Política Territorial y de Asuntos Sociales.

II.8.1.2. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

A) Contratos adjudicados por subasta

Durante el ejercicio y según la documentación examinada, únicamente se adjudicaron mediante subasta 8 contratos de obras con precios superiores a 601.012 euros, cuyo importe conjunto asciende a 15.035.762 euros, lo que pone de manifiesto la escasa utilización de esta forma que, sin embargo, es ordinaria en la normativa para la adjudicación de obras, junto con el concurso, y prima la obtención de las mayores bajas.

Se han examinado 6 contratos de obras, adjudicados por un importe de 20.547.255 euros y con unas bajas de 6.178.195 euros, que representan el 23 % de la suma de los respectivos presupuestos de licitación. En su fiscalización, se ha observado lo siguiente:

En los contratos examinados y tramitados por la Consejería de Educación y Cultura (números 3 a 5 del Anexo), la publicación de los anuncios de adjudicación se realizó cuando habían transcurrido 5, 4'5 y 6 meses de las fechas de las respectivas adjudicaciones, con significativas dilaciones respecto al plazo de cuarenta y ocho días establecido al efecto en el artículo 93.2 del TRLCAP.

B) Contratos adjudicados mediante concurso

Se han examinado 16 contratos adjudicados mediante esta forma con un importe total de 58.912.399 euros, en los que se han conseguido unas bajas de 7.220.306 euros, representativas del 8% de la suma de los respectivos presupuestos de licitación.

En los estos contratos se han observado las siguientes incidencias, comunes a los contratos de obras, de suministro y de asistencia, consultoría o servicios:

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 103

a) Criterios de selección de contratistas

- En los PCAP de los contratos de obras en carreteras y de viviendas de promoción pública, tramitados por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial (números 8 a 16 del Anexo) y en los Pliegos de los contratos de suministro y de asistencia tramitados por la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos (números 23, 26 y 27), no se estableció con concreción la forma o método de valoración de los diferentes criterios de adjudicación ni de asignación de las puntuaciones de los correspondientes baremos, con excepción de los relativos a los precios de las ofertas y, en los contratos de viviendas, también al de las posibles reducciones de plazos. Dicha forma se precisó en los informes de valoración de ofertas, con posterioridad a la apertura de los sobres y, por tanto, al conocimiento de la documentación de los licitadores, lo que resulta contrario a los principios de transparencia, publicidad y objetividad que han de regir la contratación pública.14

- En los PCAP correspondientes a los contratos de obras en carreteras tramitados por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial, se incluyeron, entre los criterios de adjudicación, los medios personales y materiales que los licitadores se comprometían a adscribir a las obras, que no deben valorarse para la adjudicación de los contratos por referirse a aspectos relacionados con la solvencia técnica de las empresas (art. 17.e del TRLCAP) que constituyen requisitos para contratar con la Administración y, como tales, deben cumplirse por todos los empresarios admitidos a la licitación, sin que puedan entenderse comprendidos entre los criterios para la adjudicación del concurso previstos en el artículo 86 del mismo cuerpo legal.

Esta circunstancia, igualmente, se ha puesto de manifiesto en el contrato de creación y funcionamiento de un Centro de soporte a la Administración Local en la gestión de la información con destino a los Ayuntamientos del Principado de Asturias (número 26), tramitado por la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, al incluirse el criterio denominado “Equipo humano puesto a disposición del proyecto”.

- En los Pliegos correspondientes a los contratos de obras de viviendas de promoción pública de la Consejería de Infraestructura y Política Territorial, los criterios de adjudicación de los respectivos concursos no se hallan indicados por orden decreciente de importancia, como se requiere en el párrafo 2º del artículo 86 del TRLCAP.

Esta circunstancia también se ha puesto de manifiesto en los PCAP de los contratos de "Conducción la FIGAR- EDAR de Gijón Oeste (La Reguerona)" y del servicio de diseño y ejecución del Plan de Medios de la Campaña de publicidad institucional del Turismo del Principado de Asturias para los ejercicios 2001 y 2002 (números 7 y 28), tramitados por las Consejerías de Medio Ambiente y de Industria, Comercio y Turismo, respectivamente.

14 La transcripción de los criterios que figura en las alegaciones confirma y pone en evidencia la insuficiente concreción en los Pliegos de la forma de valoración de los mismos.

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104 Tribunal de Cuentas

b) Establecimiento de limitaciones a las variantes

En los contratos de obras en carreteras, tramitados por la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial (números 8 a 11), en los que se admitió la posibilidad de presentación de alternativas o variantes por los licitadores, se fijó como único límite de las mismas que no afectasen al trazado de las carreteras, admitiéndose que pudieran afectar "a cualquiera de sus elementos constitutivos, ya sea parcialmente o de una manera integral". Por tanto, se estableció una limitación excesivamente genérica que implicó una difícil una valoración objetiva, al permitirse la presentación de ofertas no homogéneas, y que no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 87.1 del TRLCAP, a cuyo tenor debe especificarse en el Pliego "sobre qué elementos y en qué condiciones queda autorizada la presentación de variantes o alternativas".15

c) Informes de valoración de ofertas

- En los informes de valoración de ofertas correspondientes a los contratos de edificación de viviendas de promoción pública, tramitados por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial (números 12 a 16 del Anexo), las puntuaciones otorgadas según los diferentes criterios selectivos están motivadas genéricamente, sin especificación de las particulares circunstancias concurrentes en las ofertas presentadas por los diferentes licitadores que pudieran fundamentarlas, con excepción de la valoración de los precios y de los plazos, que se realizaron de acuerdo con las fórmulas aritméticas establecidas en los respectivos PCAP.

Ello no obstante, en los cuadros de puntuaciones anexos a los informes de valoración de los contratos 12 y 14 a 16, se otorgaron cero puntos a las máximas reducciones de plazos ofertadas por varios licitadores sin que consten los motivos de estas puntuaciones y a pesar de afirmarse en el texto de dichos informes, contradictoriamente con las referidas puntuaciones, que "se ha valorado con la máxima puntuación la máxima reducción del plazo, prorrateándose linealmente el resto".

d) Publicidad de las adjudicaciones

En el 75% de los concursos examinados, la publicación de los anuncios de adjudicación se realizó fuera del plazo de cuarenta y ocho días a contar desde las fechas de adjudicación, establecido en el artículo 93.2 del TRLCAP, destacando, a estos efectos, los retrasos observados en los anuncios de los contratos de obras de acondicionamiento general de la carretera AS-230, Tramo Bárzana de Quirós - Pola de Lena y de la carretera AE-3, Tramo Moreda - Santibañez (números 8 y 9), cuyas publicaciones se efectuaron a los 7 y 5 meses de las respectivas adjudicaciones.

15 El establecimiento de límites y condiciones a las variantes es un requisito establecido por la normativa con carácter preceptivo y no potestativo, por lo que no pueden invocarse frente al mismo genéricas consideraciones circunstanciales como las que figuran en la correspondiente alegación, que son incompatibles con el sometimiento pleno de la Administración a la ley y al Derecho.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 105

C) Contratos adjudicados mediante procedimiento negociado

Se han fiscalizado 8 contratos adjudicados mediante este procedimiento, cuyo importe total es de a 11.079.432 euros, tres de los cuales fueron adicionales de otros previamente adjudicados y cuyas observaciones específicas se exponen más adelante.

a) En el expediente del contrato de consultoría y asistencia para la realización de diversos estudios y trabajos estadísticos del Principado ( número 29 del Anexo), no se acredita la existencia de razones técnicas o artísticas relacionadas con la protección de los derechos exclusivos por las que sólo pudieran encomendarse el objeto de dicho contrato a una única empresa y, por tanto, no se ha justificado su adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad ni concurrencia mínima de ofertas, con invocación del supuesto previsto en el apartado b) del artículo 210 del TRLCAP.

b) El contrato de reforma y redistribución de la sede del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (número 18) fue adjudicado mediante un procedimiento negociado, justificándose dicho procedimiento en la previa celebración de una subasta que había sido declarada desierta por falta de licitadores. Se observa, sin embargo, que en el anuncio de la convocatoria de la subasta, publicado en el BOPA de 20 de junio de 2001, no figuran los requisitos de clasificación del contratista cuya constancia era preceptiva (art. 24 en relación con el Anexo VI.B del RD 390/1996, de 1 de marzo).

c) En el 62% de los contratos examinados, la publicación de los anuncios de adjudicación se realizó fuera del plazo de cuarenta y ocho días, previsto en el artículo 93.2 del TRLCAP, destacando, a estos efectos, los retrasos observados en los anuncios de los contratos de obras complementarias de acondicionamiento de la autovía Mieres - Gijón, Tramo: Mieres - Enlace de Riaño y de la carretera de circunvalación de Candas, en la carretera AS-239, Tramo: Luanco - Veriña (números 20 y 21), cuyas publicaciones se efectuaron a los 8 y 7 meses de las respectivas adjudicaciones.

No consta la publicación de la resolución de adjudicación del contrato de adquisición de un servidor corporativo para el entorno “UNIX-ORACLE” con destino a la Administración del Principado (número 24).

II.8.2. Contratos de obras

Se han examinado 21 contratos adjudicados por un total de 74.737.634 euros, en los cuales, además de lo expuesto en las observaciones comunes y en relación con los aspectos peculiares de los contratos de esta naturaleza, se observa lo siguiente:

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106 Tribunal de Cuentas

II.8.2.1. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

II.8.2.1.1. Actuaciones preparatorias

a) En los contratos de obras examinados y correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente (números 1, 2 y 7 del Anexo) y de obras en carreteras correspondientes a la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial (números 7 a 11 y 19 a 21), no consta que los informes de supervisión de los respectivos proyectos fueran emitidos por oficinas o unidades de supervisión de proyectos especializadas en dicha función y distintas de las de proyección, como requiere la normativa (art. 73 del RGC); en dichos informes, además, no figura el cargo público o el puesto de trabajo del firmante.16

b) Con excepción del expediente tramitado por la Consejería de Hacienda para las obras de rehabilitación integral del edificio administrativo situado en la Plaza de España, de Oviedo (número 6), en los expedientes de los contratos de obras examinados no consta la justificación de la necesidad de los respectivos objetos para los fines del servicio público como requiere el artículo 13 del TRLCAP, ni se ha aportado dicha justificación, posteriormente, a petición de este Tribunal.

Con respecto al contrato de reforma y redistribución de la sede del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (número 18, tramitado por la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo) y como justificación de la necesidad, se ha aportado un escueto escrito, de diez líneas de extensión, en el que se alude, genéricamente, a la necesidad de mejorar la accesibilidad del edificio y a la conveniencia de reordenar los espacios de la planta baja para un mejor aprovechamiento de la misma; por otra parte, dicho escrito está fechado en septiembre de 2003 y es posterior a la tramitación de expediente del contrato.

II.8.2.1.2. Formas de contratación

a) En los expedientes de los contratos examinados y adjudicados por concurso correspondientes a las Consejerías de Medio Ambiente y de Educación y Cultura (números 7 y 17 del Anexo), no se indican los supuestos concretos, de entre los previstos en el artículo 85 del TRLCAP, por los que se utilizó esta forma de adjudicación ni se han especificado, posteriormente, previa petición de este Tribunal.

b) No se han indicado las particulares circunstancias de las obras objeto de los contratos adjudicados por concurso por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial (números 8 a 16) que pudieran sustentar la existencia de los supuestos en cada caso invocados, de entre los enumerados en el artículo 85 del TRLCAP, para la utilización del concurso como forma de

16 En este párrafo no se afirma que los informes fueran emitidos por unidades administrativas carentes de competencia, aspecto sobre el que incide la correspondiente alegación, sino que no consta la especialización y separación de funciones de dichas unidades.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 107

adjudicación, ni consta en los expedientes la justificación requerida por el artículo 75.2 de dicho texto legal.

II.8.2.2. EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS

II.8.2.2.1. Observancia de plazos

a) Comprobación del replanteo y demoras en el inicio de obras17

a.1.- Las obras del contrato de acondicionamiento general de la carretera AS- 230, Tramo: Bárzana de Quirós- Pola de Lena, tramitado por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial (número 8 del Anexo), comenzaron a ejecutarse cuatro meses después de la formalización del contrato; este retraso estuvo motivado por la falta de disponibilidad de los terrenos necesarios y, por tanto, pone de manifiesto una deficiente actuación administrativa en la preparación del contrato.

Esta deficiencia se aprecia también en el contrato de obras de acondicionamiento de la carretera AE-3, Moreda-Santibañez (número 9), tramitado por la misma Consejería, cuyas obras comenzaron a ejecutarse seis meses y medio después de la formalización documental del mismo.

a.2.- En el acta de comprobación del replanteo de las obras de reparación de la carretera AS-234, Escamplero - Peñaflor, (número 10), tramitado por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial, fechada el 17 de agosto de 2001, se declaró la suspensión del comienzo de estas obras porque no se había aprobado el Plan de Seguridad y Salud. Por este motivo, las obras no se iniciaron hasta el 27 de septiembre de 2001 aún cuando a dicha fecha no se disponía de todos los permisos de actuación en los cauces previstos.

a.3.- El acta, de 4 de febrero de 2002, de comprobación del replanteo del contrato de construcción del edificio del Museo Jurásico en Colunga (número 17), tramitado por la Consejería de Educación y Cultura, se emitió fuera del plazo de un mes establecido al efecto en el artículo 142 del TRLCAP y en la misma se autorizó el comienzo de las obras al considerarse viable el proyecto. Sin embargo, dos días después se levantó un acta de suspensión temporal total motivada por la ausencia de accesos adecuados a la parcela donde debía construirse el edificio "hasta que se construya la carretera actualmente en ejecución", lo que, además de resultar contradictorio con la actuación anterior, pone de manifiesto una deficiente preparación del contrato. Las obras se iniciaron en julio de 2002, siete meses después de la formalización del contrato con un plazo de 13 meses, lo que implica una demora del 54%.

17 La dispensa de la previa disponibilidad de terrenos no puede admitirse como causa justificativa de demoras contrarias a la finalidad de dicha dispensa, que no es otra que la de permitir una mayor agilización de la tramitación de los respectivos expedientes.

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108 Tribunal de Cuentas

b) Ampliaciones de plazos y demoras durante la ejecución de las obras

b.1.- Las obras de conducción La Figar - EDAR de Gijón Oeste (La Reguerona) (número 7), tramitado por la Consejería de Medio Ambiente, comenzaron en diciembre de 2001 con un plazo de 17 meses, por lo que deberían haber finalizado en mayo de 2003.

El 10 de abril de 2003 se aprobó una modificación del contrato por un importe de 1.010.205 euros y un plazo de ocho meses, lo que supuso un incremento del 14% del precio y del 47% del plazo de ejecución inicialmente previstos, sin guardar ambos incrementos la proporcionalidad requerida en el párrafo segundo del artículo 149 del RGC.

No se han aportado datos, expresamente requeridos, sobre la naturaleza y características de las obras de esta modificación o de cualesquiera otras que se hubieran podido aprobar ni sobre las razones de no haberlas tenido en cuenta en la elaboración del proyecto primitivo, por lo que no consta que la prórroga y la modificación del contrato respondan a nuevas necesidades surgidas durante la ejecución de las obras. Por consiguiente, la ampliación del plazo no se considera justificada, máxime si se tiene en cuenta que este contrato se adjudicó a un licitador que había ofertado una reducción del plazo previsto en el proyecto y en consideración, entre otras, a dicha circunstancia.

El 9 de mayo de 2003 se concedió una prórroga "hasta la aprobación del Proyecto Modificado Nº 1", lo que resulta contradictorio con la tramitación del modificado habida cuenta de que se había aprobado con anterioridad a la concesión de la prórroga y no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 140 del RGC, que requiere, en todo caso, la fijación de un nuevo plazo.

Como última certificación de obra ejecutada, se ha remitido la certificación nº 18, de mayo de 2003, en la que se acredita una ejecución total acumulada por 6.304.452 euros sobre un presupuesto vigente líquido de 7.105.345 euros, quedando por ejecutar un 11% del mismo.

No se ha remitido una relación certificada, expresamente requerida y comprensiva de todos los proyectos de obras por reforma o complementarias que pudieran haberse producido, expresivas de las causas que los motivaron y de las razones de no haberse tenido en cuenta al tiempo de elaborarse los proyectos de la primitiva obra.

b.2.- Las obras de acondicionamiento general de la carretera AS-249, La Secada - Gargantada; Tramo: Carbayín Alto - Gargantada, tramitado por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial (número 11), comenzaron a ejecutarse en agosto de 2001 con un plazo de siete meses, por lo que deberían haber finalizado en marzo de 2002.

Durante la ejecución de las obras, se concedieron un total de 4 prórrogas que implicaron un aumento conjunto del plazo de ejecución de 5 meses y se acordó la suspensión temporal total de las mismas por un mes.

La primera de las prórrogas estuvo motivada por dificultades en el proceso expropiatorio y por la falta de gálibo de una línea eléctrica aérea, propiedad de una compañía a la que se había notificado esta circunstancia cinco meses después de haberse adjudicado el contrato. Esta última

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 109

circunstancia determinó también la concesión de la segunda prórroga en mayo de 2002 para finalizar los trabajos en la línea eléctrica.

En junio de 2002 y debido a la oposición de los vecinos de Carbayín, se suspendieron las obras por un mes y, en julio de ese mismo año, se levantó la suspensión y se concedió la tercera prórroga para proceder a la finalización de las obras. No consta en el expediente mayor concreción sobre las causas que motivaron la oposición vecinal.18

Por último, en agosto de 2002 se concedió otra prórroga, causada por deslizamientos originados por causas imprevistas, fijándose como fecha de finalización el día 16 de septiembre de 2002.

En consecuencia, se produjo una desviación temporal total, con respecto al plazo inicial contractual, de seis meses (86%). Esta desviación no puede considerarse justificada porque el obstáculo de la falta de gálibo de la línea eléctrica debió haberse detectado durante la tramitación del expediente, concretamente en el replanteo previo del proyecto, así como haberse requerido de inmediato a la compañía propietaria de la línea su subsanación, lo que no se hizo hasta mucho tiempo después. Por otra parte, la parquedad de la motivación de la suspensión y de la prórroga derivadas de la oposición vecinal impide analizar su fundamentación.

b.3.- Las obras de edificación de 85 VPP y locales en Montevil, Concejo de Gijón, tramitado por la Consejería de Infraestructura y política territorial (número 13), comenzaron a ejecutarse en diciembre de 2001 con un plazo contractual de 16 meses, por lo que deberían haber finalizado en abril del año 2003.

En marzo de 2003, se aprobó el modificado nº 1, que se debió a la falta de adaptación del proyecto inicial a la composición real de los terrenos, y respecto del cual se observa una dilatada tramitación, ya que, entre la autorización para la redacción del proyecto modificado, en julio de 2002, hasta su aprobación transcurrieron ocho meses, lo que resulta contradictorio con la inmediatez y perentoriedad inherentes a las modificaciones de proyectos en ejecución. Esta modificación afectó a la cimentación del edificio y, por tanto, a las primeras actuaciones que debían haberse ejecutado en el tiempo, lo que resulta especialmente contradictorio tanto con la dilatada tramitación del expediente como con el hecho de haberse aprobado la modificación cuando faltaba tan sólo un mes para la expiración del plazo contractual.

Como última certificación de obra ejecutada, se ha remitido la certificación nº 20, de julio de 2003, en la que se acredita una ejecución total acumulada por 358.064 euros sobre un presupuesto vigente líquido de 4.272.619 euros, quedando pendiente de ejecutar el 92% del mismo. Asimismo, se observa que, en dicha certificación, figura como fecha de terminación el 18-04-2004, mientras que, en la primera certificación, figura el día 17 de abril de 2003; por consiguiente, entre la primera y la última certificación aportadas se aprecia una ampliación del plazo de trece meses (81% del plazo) injustificada y carente de soporte documental ya que no se han aportado expedientes de concesión de prórrogas o de suspensiones y el modificado no supuso incremento

18 La documentación remitida con las alegaciones consiste, únicamente, en comparecencias del representante de la contrata en las dependencias de la Guardia Civil para denunciar la presencia en los terrenos de las obras de varias personas que obstaculizaban los trabajos.

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del plazo. No consta, a este respecto, la imposición al contratista de las sanciones por demora prevista en la normativa.

En consecuencia, se aprecia una extraordinaria demora, no justificada, en la ejecución de este contrato, particularmente incongruente con el hecho de haberse adjudicado por concurso a un contratista que había ofertado una reducción del plazo previsto y en atención, entre otras, a dicha circunstancia.

No se ha remitido una relación certificada comprensiva de todos los proyectos de obras por reforma o complementarias relativas al contrato examinado.

b.4.- El contrato de construcción del edificio del Museo Jurásico en Colunga, tramitado por la Consejería de Educación y Cultura (número 17) comenzó a ejecutarse en julio de 2002 con un plazo de ejecución de 13 meses, por lo que deberían haber finalizado las obras en agosto 2003. Durante la ejecución de las obras y mediante Resolución de 30 de junio de 2003 se concedió una prórroga de tres meses, motivada parcialmente en condiciones meteorológicas no acreditadas documentalmente, sin mayor concreción sobre la naturaleza, duración e intensidad de dichas condiciones ni sobre la incidencia de las mismas en las diferentes partes de las obras. No se ha aportado el informe de la dirección facultativa de las obras sobre la oportunidad de su concesión. En consecuencia, esta prórroga no se considera suficientemente justificada. Por otra parte, se aprecian incongruencias entre el escrito del contratista de petición de la prórroga y un informe sobre la misma emitido por el Jefe del Servicio de Archivos, Bibliotecas y Museos, documentos aportados con las alegaciones. Mientras que el informe se refiere a una solicitud de prórroga total de 5 meses mediante escrito dirigido al arquitecto-director el 24 de abril de 2003, la solicitud aportada está fechada el 28 de marzo del mismo año y contiene una petición de prórroga de sólo 3 meses. Como última certificación de obras ejecutadas, se ha remitido la certificación número 20, correspondiente al mes de febrero de 2004, en la que se acredita una ejecución total acumulada igual al presupuesto vigente líquido, de 3.901.515 euros, y en la que se observa un incremento del 15% con respecto del precio de adjudicación del contrato como consecuencia de la aprobación de un modificado sobre el que no se han aportado los datos específicamente requeridos por este Tribunal (causas y razones de no haberse previsto en la elaboración del proyecto primitivo, importe y fechas de supervisión y formalización). También figura en dicha certificación una fecha de terminación que implica una ampliación total de 7 meses (54%) del plazo de ejecución establecido en el contrato originario, de los que solamente tres se encuentran comprendidos en la prórroga anteriormente comentada. Estas incidencias adquieren especial relevancia si se tiene en cuenta que este contrato había sido adjudicado, mediante concurso, a un licitador que había ofertado una reducción del plazo previsto en el proyecto y en atención, entre otras a dicha circunstancia.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 111

II.8.2.2.2. Obras adicionales

Se han examinado 3 contratos de esta naturaleza, tramitados por la Consejería de Infraestructura y Política Territorial como complementarios de otros en ejecución, cuyo importe total asciende a 6.621.177 euros. En la fiscalización de los mismos, se ha observado lo siguiente:19

a) El contrato tramitado como complementario nº 1 del las obras de acondicionamiento general de la carretera AS-17 Avilés - Puerto de Tarna; tramo: Rioseco - Campos de Caso (número 19 del Anexo) comprendió, entre otras actuaciones, el tratamiento de taludes con objeto de estabilizarlos para asegurar su conservación y la seguridad en el tráfico rodado, la instalación de iluminación y ventilación de túneles, la reposición de los servicios afectados y otras actuaciones de recuperación medioambiental, que no se habían incluido en el proyecto originario pero que eran necesarias y técnicamente inseparables de la obra principal, por lo que no debieron haberse tramitado como obras complementarias sino como una modificación del contrato primitivo. A este respecto, no consta la existencia de nuevas necesidades o de causas no susceptibles de previsión en el momento de elaboración del proyecto originario, que pudieran justificar la modificación posterior del mismo, a los efectos del artículo 101.1 del TRLCAP, así como tampoco la práctica de las actuaciones contempladas en el artículo 154 del RGC.

b) El contrato tramitado como complementario nº 1 "del proyecto modificado nº 1 de la Autovía de Mieres - Gijón; tramo Mieres - enlace de Riaño" (número 20) tuvo por objeto la colocación de un sistema de aislamiento de una antigua escombrera de alto poder contaminante, afectada por un tramo de la autovía. En consecuencia, también se aprecia que estas obras eran necesarias e inseparables de las obras del contrato originario y, en consecuencia, no debieron tramitarse como complementarias sino como una modificación de dicho contrato, que pone de manifiesto una deficiente preparación del contrato originario ya que el estudio de los materiales de la escombrera debió realizarse previamente a la elaboración, supervisión y aprobación del proyecto primitivo. No consta, a estos efectos, la práctica de las actuaciones contempladas en el artículo 154 del RGC.

El contrato adicional examinado se aprobó por un importe de 2.649.064 euros y con un plazo de ocho meses, lo que supuso un aumento del 5% del precio y del 22% del plazo del contrato originario, sin guardar ambos incrementos la proporcionalidad requerida en el artículo 149.2 del RGC.

Por último, resulta significativo que, mientras en algunos documentos del expediente, al designar el objeto del contrato, se omite la referencia al proyecto modificado nº 1 (acta de replanteo previo, aprobación del proyecto, informe de la Intervención General con reparos, PCAP, resolución de adjudicación, documento de formalización, etc.), en otros consta dicha referencia (informe de supervisión, anuncio de adjudicación, etc.). En cualquier caso, no figuran los datos del modificado

19 No es aceptable la alegada interpretación del art. 141.d) del TRLCAP, que llevaría a confusión entre las modificaciones y los contratos complementarios. Por otra parte, la doctrina reiteradamente mantenida por este Tribunal sobre los criterios diferenciadores entre los modificados y los complementarios coincide plenamente con la del Consejo de Estado (Dictámenes números 3357/2003, de 20 de noviembre, 48.034/1985, de 24 de julio y 45.942/1983, de 15 de diciembre, entre otros).

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112 Tribunal de Cuentas

en el expediente examinado, así como tampoco en la relación de contratos adjudicados en la autovía enviada a este Tribunal.

c) El complementario nº 2 del de construcción de la carretera de circunvalación de Candás, en la Cª AS-239, Luanco - Veriña (Carreño) (número 21) tuvo por objeto, entre otras actuaciones, la iluminación de los enlaces e intersecciones, la iluminación y ventilación de un túnel, la reposición de un camino afectado por las obras, la minimización de posibles desprendimientos e inestabilidades de taludes, la reducción del impacto visual del túnel, el cerramiento de la nueva vía (dado el carácter de vía rápida del tramo), obras necesarias y no sólo convenientes para la utilización de la carretera en construcción e inseparables de ésta y que, por tanto, no tenían la naturaleza de obras complementarias ni debieron haberse tramitado como tales, sino la de modificaciones de un proyecto en ejecución, que ponen de manifiesto la existencia de deficiencias en la elaboración, supervisión o replanteo del proyecto primitivo o, en general, en la preparación del contrato originario y que debieron haberse subsanado antes de la adjudicación de éste, sin que conste la práctica de las actuaciones contempladas en el artículo 154 del RGC.

En la memoria del proyecto de este contrato figura, como antecedente, una mención contradictoria sobre un proyecto modificado nº 1 ya que, por una parte, se afirma que dicho modificado no supuso incremento en el presupuesto y, por otra, se menciona una resolución de autorización del gasto inherente al mismo.

d) La relación de los contratos de obras adjudicados durante los ejercicios 1996 a 2001 y ejecutados en los inmuebles a los que se refieren los contratos adicionales examinados, aportadas a este Tribunal a requerimiento del mismo, no contiene los datos de todos los contratos adjudicados y carece de certificación sobre la autenticidad de su contenido y, por tanto, de valor acreditativo.

En concreto, es significativo que en la memoria del contrato número 21 del Anexo (complementario nº 2 del de construcción de la carretera de circunvalación de Candás, en la Cª AS-239 Luanco-Veriña (Carreño), se mencione la existencia de dos modificados cuyos datos no figuran en la relación aportada a este Tribunal.

II.8.3. Contratos de suministro

Se han fiscalizado 4 contratos de esta naturaleza adjudicados por un total de 3.771.912 euros, con respecto a los cuales, con independencia de lo expuesto en las observaciones comunes y como observaciones específicas de los contratos de esta naturaleza, se indica lo siguiente:

No se han aportado los documentos, requeridos expresamente, acreditativos de la ejecución del contrato suministro y actualización de licencias de “Microsoft” para la Administración del Principado y del contrato de suministro de energía eléctrica con destino al Edificio Administrativo de Servicios Múltiples del Principado, sito el la C/ Coronel Aranda, nº 2 de Oviedo (contratos números 23 y 25 el Anexo), ambos tramitados por la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos.

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II.8.4. Contratos de consultoría, asistencia y servicios

Se han examinado 5 contratos de esta naturaleza, cuyo importe asciende a 12.029.541 euros, en cuya fiscalización, además de lo indicado en las observaciones comunes y como observaciones específicas de los contratos de esta naturaleza, se pone de manifiesto lo siguiente:

II.8.4.1. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

a) En el PPT del contrato para la realización de estudios y trabajos estadísticos para la Administración del Principado (número 29 del Anexo), no se especifica el número, contenido, amplitud o finalidad de algunas de las prestaciones a realizar por el contratista, tales como el desarrollo del Sistema de Cálculo Regional, las diferentes encuestas o los estudios sociológicos regionales.

b) No se ha justificado la insuficiencia, falta de adecuación o conveniencia de no ampliación de los medios personales y materiales para cubrir las necesidades objeto de los contratos de diseño y ejecución del plan de medios de la campaña de publicidad institucional del turismo del Principado (número 28) y de creación y de puesta en funcionamiento del servicio de atención al ciudadano de la Administración del Principado (número 27); justificaciones previstas en el artículo 202.1 del TRLCAP y expresamente requeridas por este Tribunal.

c) En los expedientes de los contratos de diseño y ejecución del plan de medios de la campaña de publicidad institucional del turismo del Principado, de patrocinio deportivo para la divulgación de la imagen corporativa del turismo y del deporte del Principado de Asturias (números 28 y 30), no constan propuestas motivadas sobre la necesidad, características e importe calculado de lo objetos de estos contratos, ni se han aportado a petición de este Tribunal. En consecuencia, no se justifica la necesidad de los mismos para los fines del servicio público como requiere el artículo 13 del TRLCAP.

Por otra parte, el presupuesto de licitación del primer contrato mencionado se cuantificó "a tanto alzado" según la disponibilidad presupuestaria existente y, por tanto, no se calculó dicho presupuesto a partir de las necesidades existentes y de los objetivos a conseguir.

d) No se han aportado los estudios, prospecciones de mercados o, en general, bases técnicas utilizadas y cálculos realizados para la elaboración de los presupuestos de licitación de los contratos de creación y puesta en funcionamiento del servicio de atención al ciudadano de la Administración del Principado, de realización de estudios y trabajos estadísticos para la Administración del Principado y de patrocinio deportivo para la divulgación de la imagen corporativa del turismo y del deporte del Principado de Asturias (números 27, 29 y 30), expresamente requeridos, por lo que no pueden consideradas justificadas las cuantías de los mismos.

e) En el PCAP del contrato de consultoría y asistencia para la realización de diversos estudios y trabajos estadísticos (número 29), tramitado por la Consejería de Administraciones Públicas y

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114 Tribunal de Cuentas

Asuntos Europeos, se estableció que “el plazo contractual o de ejecución será de un año, debiendo finalizar en todo caso el 30 de abril de 2002”. Sin embargo, como el contrato se formalizó el 18 de junio de 2000, el plazo del contrato se fijó en dicho documento con la expresión "desde un año a contar desde la firma del presente contrato" sin mencionarse la fecha de finalización y, en consecuencia, no se ajustó al contenido del PCAP, contraviniéndose lo dispuesto en el artículo 49.5 del TRLCAP, aunque la discrepancia entre ambos documentos estuvo motivada por la imposibilidad de mantener el periodo de vigencia de un año y la fecha de finalización establecida en el PCAP por haberse formalizado el contrato con posterioridad a dicha fecha. En consecuencia, se observa una deficiente tramitación del expediente que no fue congruente con las previsiones del PCAP.

f) El contrato de patrocinio deportivo para la divulgación de la imagen corporativa del turismo y del deporte del Principado de Asturias (número 30) se adjudicó mediante un procedimiento negociado sin publicidad ni concurrencia mínima de empresas a una sociedad deportiva invocándose la existencia de un único empresario capacitado para la ejecución del mismo, sin que se haya acreditado la concurrencia de dicha causa, por lo que no se ha justificado la adjudicación del contrato al margen de los principios de publicidad y concurrencia, informadores de la contratación pública.

En la tramitación del expediente, se eximió a la sociedad adjudicataria de los requisitos de clasificación establecidos en la normativa por "la naturaleza del contrato que es de patrocinio deportivo" y de la constitución de la fianza definitiva "en razón de la especial naturaleza del contrato de patrocinio en el que la entidad patrocinadora lleva a cabo una ayuda a la patrocinada".

En consecuencia y aunque la sociedad deportiva adjudicataria asumió la realización de algunas prestaciones a favor de la Administración, fundamentalmente consistentes en la inclusión de la imagen corporativa del turismo y del deporte del Principado en su publicidad, se observa que el precio de este contrato encubrió, al menos parcialmente, una subvención a dicha sociedad concedida, por tanto, sin publicidad ni concurrencia.

No se han remitido, no obstante haberse requerido expresamente, los convenios supuestamente celebrados entre el Gobierno del Principado de Asturias y las sociedades anónimas deportivas Real Oviedo y Real Sporting de Gijón, que se citan como antecedentes en el expediente del contrato examinado.

II.8.4.2. EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS

a) Respecto del contrato de creación y funcionamiento de un Centro de soporte a la Administración Local en Gestión de la Información con destino a los Ayuntamientos del Principado de Asturias (número 26 del Anexo), tramitado por la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, no se ha aportado el acta de recepción prevista en los artículos 110.2 y 213.1 del TRLCAP.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 115

b) No se ha remitido el acta de recepción del contrato de servicio de diseño y ejecución del Plan de Medios de la Campaña de Publicidad Institucional del Turismo del Principado de Asturias para los ejercicios 2001 y 2002 (número 28), que se adjudicó con un precio de 1.651.565 euros y un plazo de ejecución desde septiembre hasta junio de 2002. Se han aportado documentos contables de reconocimiento de obligaciones por un importe de 1.650.880 euros, así como facturas por un importe total 1.874.260 euros, observándose una diferencia de 223.380 euros, sin que conste justificación de esta diferencia ni de la diferencia entre el importe total de las facturas y el precio del contrato, que asciende a 222.695 euros, lo que representa una desviación del 13%.

c) Con respecto a la ejecución del contrato de patrocinio deportivo para la divulgación de la imagen corporativa del Turismo y del Deporte del Principado de Asturias, tramitado por la Consejería de Industria, Comercio y Turismo (número 30), formalizado en marzo de 2001 con un precio de 1.202.024 euros y un plazo de ejecución de 48 meses, únicamente se han remitido facturas conformadas emitidas en los meses de abril y mayo de 2001, con sus correspondientes documentos contables, por un importe total de 300.506 euros, lo que representa el 25% del precio del contrato.

III. CONCLUSIONES

El adecuado reflejo de la liquidación presupuestaria y de la gestión y situación económico-financiera llevada a cabo en el ejercicio se halla condicionado principalmente por las salvedades que, en su caso, se expresan en los siguientes apartados.

III.1. RENDICIÓN DE CUENTAS

La Cuenta General de la Comunidad se rinde a este Tribunal dentro del plazo legal previsto en el artículo 136 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria y conforme a la estructura prevista en el artículo 63 del Texto Refundido de la Ley de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias. Esta cuenta incluye también la de la entidad pública Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y la de los entes públicos Consejo Económico y Social, Consejo de la Juventud y Servicio de Salud del Principado de Asturias.

La Caja de Crédito de Cooperación, el Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias, el Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime y el Real Instituto de Estudios Asturianos rinden las cuentas fuera del plazo establecido en el artículo 35 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Las cuentas del Museo Etnográfico y del Real Instituto no vienen acompañadas de su aprobación por el órgano correspondiente.

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116 Tribunal de Cuentas

La documentación rendida por la Administración General y las demás entidades que deben formar y rendir sus cuentas conforme al Plan General de Contabilidad Pública del Principado de Asturias no incluye toda la información mínima a cumplimentar en la memoria que establece dicho Plan. Además, la Caja de Crédito de Cooperación y el Real Instituto de Estudios Asturianos no se ajustan al modelo seguido por el resto de entidades; la Caja presenta, únicamente, un balance de sumas y saldos.

Los Consorcios de Extinción de Incendios y del Museo Etnográfico de Grandas de Salime no forman sus cuentas y estados conforme al régimen de contabilidad que les es de aplicación, constituido por la Instrucción de contabilidad del tratamiento especial simplificado para entidades locales de ámbito territorial con población inferior a 5.000 habitantes, aprobada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de julio de 1.990.

La cuentas de las empresas públicas se rindieron fuera del plazo establecido por el artículo 35.1 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con el artículo 130 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria. La empresa Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. no rinde la memoria abreviada.

En el curso de la fiscalización, previa petición de este Tribunal se aportaron las cuentas anuales de las fundaciones integrantes del sector autonómico. No consta la aprobación, por la Junta de los Patronatos, de las cuentas anuales aportadas (apartado I.4).

III.2. ADMINISTRACIÓN GENERAL

1. No existe una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada que permita considerar las desviaciones de financiación en el cálculo del saldo presupuestario y del remanente de tesorería, así como determinar los compromisos de ingresos susceptibles de financiar créditos para gastos del ejercicio (apartado I.5.1).

2. El presupuesto por programas carece de indicadores suficientemente específicos que permitan el seguimiento del grado de consecución de los objetivos. Esta situación y la carencia de contabilidad analítica motiva que no sea posible conocer y analizar objetivamente el coste y el rendimiento de los servicios públicos (apartado I.5.2).

3. En relación con los expedientes de modificación de crédito, se detectan modificaciones que no están adecuadamente tramitadas o en las que no se acredita su financiación (apartados I.2.B)2 y 3 y II.1.1.A).

4. En el análisis de los derechos reconocidos en el ejercicio, se destacan las siguientes observaciones:

- No se efectúa de forma homogénea y sistemática, en función de los convenios firmados, el reconocimiento de derechos por las correspondientes transferencias corrientes y de capital. Deberían estar aumentados en 1.268 miles de euros los derechos reconocidos por la

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 117

anualidad de 2001 del Convenio con el Ministerio de Educación y Cultura, plan de estabilización.

- La Comunidad reconoce los derechos del Programa Operativo Integrado del Principado de Asturias del período 2000-2006 en función de la ayuda correspondiente a los gastos elegibles pagados certificados hasta el 31 de diciembre de 2001 y teniendo en cuenta los derechos reconocidos por este concepto en el ejercicio anterior.

- Los derechos reconocidos por el Fondo de Compensación Interterritorial correspondiente a 2001 exceden en 24.590 miles de euros al importe de las peticiones de fondos realizadas durante el ejercicio. Análogamente, deberían haberse reconocido derechos correspondientes al Fondo de 2000, por importe de 7.212 miles de euros, solicitados en 2001, que fueron reconocidos indebidamente en el ejercicio anterior.

- Se reconocieron derechos en el capítulo 9 “Pasivos financieros” por 119.570 miles de euros, sin que se hubiera producido la disposición de los fondos. Contrariamente, se han dispuesto en el ejercicio 59.089 miles de euros correspondientes a operaciones de crédito concertadas en ejercicios anteriores, cuyos derechos se reconocieron entonces y no debieron registrarse hasta el momento de su efectiva disposición. En consecuencia, los derechos reconocidos en este capítulo deberían disminuirse en 60.481 miles de euros (apartado II.I.1C)b).

5. El resultado presupuestario del ejercicio presenta, según la Cuenta General rendida, un déficit de 135.672 miles de euros. La variación neta de pasivos financieros ascendió a 124.128 miles de euros, llegándose a un saldo presupuestario del ejercicio negativo de 11.544 miles de euros. No obstante, el efecto de las salvedades reflejadas en este Informe es negativo, en el resultado presupuestario, en 15.644 miles de euros y, en el saldo presupuestario, en 60.481 miles de euros (apartado II.1.1.D).

6. El Inventario de Bienes Inmuebles existente no está informatizado ni conectado al sistema económico-financiero del Principado (ASTURCON). No se dispone de un Inventario de Bienes Muebles que se haya actualizado desde 1991, llevándose únicamente el control de estos bienes a través de un sistema de fichas de alta y baja. Del resto de bienes y derechos no se tiene inventario alguno, ni siquiera se dispone de registros sistemáticos y actualizados que permitan un control adecuado de los mismos. Finalmente, no se registra contablemente la amortización de los bienes del inmovilizado. El conocimiento de la composición y valoración del patrimonio queda afectado por lo señalado, condicionando la representatividad de la situación económico-financiera reflejada en el balance (apartado II.1.2.1.A)a).

7. No ha sido facilitado el estado de situación de los diferentes préstamos concedidos pendientes de reintegro a la Comunidad Autónoma. Se ha aportado diversa documentación, incompleta, de diversos préstamos concedidos por el Principado que no han sido contabilizados (apartado II.1.2.1.A)b).

8. La relación de deudores presupuestarios presentada por la Comunidad no identifica la totalidad de los mismos, ni los agrupa por ejercicios de procedencia de forma que puedan compararse con los derechos pendientes de cobro que figuran en la liquidación presupuestaria.

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118 Tribunal de Cuentas

Los saldos de los ejercicios 1986 a 1995, que suman 21.493 miles de euros, deberían depurarse; la Comunidad no ha dotado provisión para insolvencias. Por otra parte, se observan diversas deficiencias en la anulación de derechos de ejercicios cerrados (apartado II.1.2.1.B)a).

9. Se han puesto de manifiesto diferencias pendientes de justificar entre la información facilitada por la Comunidad sobre las cuentas integrantes de su Tesorería y la obtenida de las entidades financieras circularizadas.

La participación del Principado en el Fondo Patrimonial de Garantía constituido en el seno de la entidad Pequeños y Medianos Astilleros, Sociedad de Reconversión, S.A. (PYMAR) está incorrectamente contabilizada como inversión financiera temporal, debiendo figurar como inversión financiera permanente y con un importe de 12.321 miles de euros (apartado II.1.2.1.C).

10. En relación con los acreedores extrapresupuestarios, se observa la existencia de diversos conceptos cuyo saldo debe regularizarse, procediendo, en su caso, a la correspondiente aplicación presupuestaria. Por otra parte, la Comunidad no utiliza la cuenta "Hacienda Pública, IVA soportado” ni el correspondiente concepto no presupuestario, incluyendo el IVA devengado como un gasto presupuestario; en la liquidación anual del Impuesto presentada figura como IVA soportado deducible un importe de 466 miles de euros que, en consecuencia, no deberían haberse considerado como obligaciones reconocidas del ejercicio (apartado II.1.2.2.B)a.2).

11. El endeudamiento a largo plazo de la Administración General del Principado, al cierre del ejercicio, asciende a 641.605 miles de euros, un 11% superior a 2000. La Comunidad no mantenía endeudamiento a corto plazo a dicha fecha. (apartado II.1.2.2.B)b.2).

12. De las cuentas rendidas, resulta un remanente de tesorería positivo que asciende a 43.645 miles de euros. Este importe disminuiría en 148.988 miles de euros como consecuencia de los efectos de las salvedades sobre los derechos reconocidos pendientes de cobro (apartado II.1.4).

13. El crecimiento continuo del importe avalado a Naval Gijón, S.A. en los sucesivos ejercicios constituye, realmente, un aumento de la deuda a la que habrá de hacer frente el Principado ante la insolvencia de la empresa. En cuanto al riesgo vivo de otros avales otorgados, se observan diferencias entre la documentación correspondiente y el cuadro de riesgo facilitado por la Comunidad (apartado II.6.2).

14. En el análisis realizado de los expedientes de subvención se observan defectos en los procesos de concesión de las ayudas y ausencia de determinada documentación exigida por las bases reguladoras (apartado II.6.3).

15. En relación con la Participación de la Comunidad Autónoma en el Fondo de Compensación Interterritorial cabe destacar:

– La Comunidad Autónoma carece de una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada y la liquidación presupuestaria no diferencia la ejecución correspondiente a la dotación de crédito del Fondo de Compensación Interterritorial (apartado II.7.1).

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 119

– La Comunidad ha recuperado el importe de la inversión en viviendas financiadas con dotaciones del Fondo de Compensación Interterritorial, por los recursos obtenidos de la venta de dichas viviendas, sin que conste el destino dado a los mismos (apartado II.7.3).

– Los proyectos genéricos números 12, 13 y 14 podrían englobar los proyectos definidos de forma individualizada números 16, 21 y 22 (apartado II.7.3).

– Respecto a los proyectos números 9, 11, 17, 18 y 19, no consta el cumplimiento de las exigencias del artículo 6.1 de la Ley del Fondo de Compensación Interterritorial, en cuanto al requisito de creación de renta y riqueza (apartado II.7.3)

– La definición de los proyectos de forma genérica no hace posible el control de los requisitos establecidos en el 7.2 de la Ley del Fondo de Compensación Interterritorial para la transferencia de los fondos a la Comunidad Autónoma (apartado II.7.4).

16. En los Pliegos de varios contratos adjudicados por concurso, no se precisó la forma o método de valoración de los criterios de adjudicación, lo que se realizó, posteriormente, una vez abiertos los sobres y conocida la documentación aportada por los licitadores, lo que resulta contrario a los principios de transparencia, publicidad y objetividad, rectores de la contratación pública. (Apartado II.8.1.2.B.a)

17. Como se ha puesto de manifiesto, reiteradamente, en los informes de este Tribunal de ejercicios anteriores, en el ejercicio fiscalizado se observa una utilización improcedente del procedimiento negociado sin publicidad ni concurrencia en el contrato de consultoría y asistencia para la realización de diversos estudios y trabajos estadísticos para la Administración del Principado. Se aprecia también esta deficiencia, aunque no con carácter reiterativo, en un contrato de patrocinio deportivo (Apartado II.8.1.2.C.a y II.8.4.1.f)

18. En la ejecución de varios contratos se produjeron demoras no justificadas, sin que conste la imposición de las sanciones previstas en la normativa, lo que resulta especialmente relevante si se tiene en cuenta que dichos contratos se habían adjudicado, por concurso, a licitadores que habían ofertado reducciones de los plazos previstos en los proyectos y en consideración, entre otras, a dicha circunstancia. (Apartado II.8.2.2.1)

19. No se ha acreditado la existencia de nuevas necesidades, no susceptibles de previsión durante la elaboración de los proyectos primitivos, que pudieran justificar las modificaciones de contratos obras examinadas y tramitadas, indebidamente, como obras complementarias. (Apartado II.8.2.2.2)

III.3. ORGANISMOS AUTÓNOMOS

1. En el ejercicio 2001, los organismos autónomos del Principado ha gestionado un presupuesto cuyo importe agregado alcanza 94.790 miles de euros, con un grado de ejecución de los créditos

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120 Tribunal de Cuentas

del 61% y un grado de realización de los ingresos del 88%, habiéndose situado el resultado y saldo presupuestario del ejercicio en un superávit de 25.399 miles de euros (apartado II.2).

2. El activo agregado de los organismos alcanza un importe de 60.116 miles de euros, con unos fondos propios de 51.251 miles de euros. El ahorro generado en el ejercicio asciende a 28.623 miles de euros (apartado II.2).

3. Las obligaciones reconocidas en el ejercicio por el Instituto de Fomento Regional representan un grado de ejecución del 30%, destacando la realización del 16% en las transferencias de capital, capítulo de principal importancia en su presupuesto de gastos. La Junta de Saneamiento presenta un grado de ejecución presupuestaria del 47%, motivado fundamentalmente por haberse ejecutado en un 27% el crédito de 8.294 miles de euros del subconcepto ”Explotación de los sistemas de saneamiento” (apartado II.2.4 y 5).

4. La financiación de los organismos autónomos está constituida fundamentalmente por transferencias corrientes y de capital procedentes del Principado, excepto la Junta de Saneamiento, cuyos ingresos del ejercicio corresponden en un 97% a la exacción del canon de saneamiento (apartado II.2.1 al 6).

III.4. ENTES PÚBLICOS

1. Los entes de la Comunidad con normativa específica y sometidos al Plan General de Contabilidad Pública del Principado de Asturias totalizan un presupuesto agregado de 72.468 miles de euros, con un grado de ejecución de los créditos del 83% y un grado de realización de los ingresos del 90%; el resultado y saldo presupuestario representan un superávit de 5.281 miles de euros (apartado II.3).

2. El activo agregado de los entes del Principado alcanza un importe de 28.782 miles de euros, con unos fondos propios de 26.350 miles de euros. El ahorro generado en el ejercicio asciende a 8.120 miles de euros (apartado II.3).

3. La financiación de los entes públicos corresponde fundamentalmente a las transferencias, en su mayor parte corrientes, que proceden del Principado (apartado II.3.1 al 6).

III.5. EMPRESAS PÚBLICAS

1. Del análisis del sector empresarial de la Comunidad Autónoma, se destacan los siguientes aspectos:

• El resultado global obtenido por las empresas públicas del Principado, antes de impuestos, es positivo por importe de 8.847 miles de euros. Una vez deducidos los resultados financieros,

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 121

177 miles, y las subvenciones aplicadas en el ejercicio, 3.553 miles, pasaría a ser de 5.117 miles de euros.

• Según se deduce de las cuentas rendidas por las empresas, así como de la información suministrada por el Principado, el saldo de las deudas financieras que mantiene el sector, a fin de ejercicio, asciende a 15.878 miles de euros (apartado II.4).

2. La Ley de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales de 28 de diciembre de 2001 autoriza al Consejo de Gobierno del Principado para iniciar los trámites de disolución de la Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. El informe de auditoría externa señala que no se han podido concretar el alcance de las decisiones de reestructuración empresarial manifestadas por la Sociedad y las consecuencias que puedan tener las mismas sobre los valores de las distintas partidas de activo y pasivo que figuran en las cuentas anuales (apartado II.4.1).

3. La Sociedad Inmobiliaria Real Sitio de Covadonga, S.A. se encuentra bajo el supuesto contemplado en el artículo 163 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas de reducción obligatoria de capital y mantiene un fondo de maniobra negativo; según el informe de auditoría externa, estas condiciones son indicativas de una incertidumbre sobre la capacidad de la sociedad para continuar su actividad. Asimismo, la Sociedad está muy próxima a encontrarse en la causa de disolución establecida en el apartado 4º del artículo 260.1 de dicho Texto (apartado II.4.7).

III.6. OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

III.6.1. Universidad de Oviedo

1.- La rendición de cuentas se ha realizado con notable retraso.

2.- Continúan sin aprobarse por el Consejo Social las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios 1997 a 1999.

3.- La Universidad ha imputado a inversiones (capítulo 6) un importe de 1.352 miles de euros que corresponden a reparaciones que deberían haberse imputado al capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios”.

4.- En los expedientes de los contratos de obras examinados de la Universidad de Oviedo, no constan las preceptivas justificaciones de la necesidad para los fines del servicio público correspondiente, prevista en el artículo 13 del TRLCAP, ni la justificación del procedimiento y la forma de adjudicación utilizados y los informes técnicos de valoración de las ofertas presentadas consisten, únicamente, en cuadros de puntuaciones sin motivar. Se observan demoras no justificadas en la ejecución de tres de los cuatro contratos de obras examinados, que son particularmente incongruentes con la circunstancia de haberse adjudicado a contratistas que

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122 Tribunal de Cuentas

habían ofrecido reducciones de los plazos previstos en los respectivos proyectos y en consideración, entre otras, a dicha circunstancia.

5.- En el expediente del contrato de implantación del sistema informático de gestión académica de la Universidad de Oviedo, adjudicado sin baja mediante un concurso restringido, figura un informe justificativo de la necesidad que carece de un nivel razonable de concreción. En el Pliego no se estableció la forma o método de valoración del criterio para cursar invitaciones relativo a la solvencia económica, financiera y técnica, lo que implica un amplio margen de discrecionalidad, ni de asignación de los puntos de los baremos correspondientes a los criterios de adjudicación del contrato, por lo que éstos se expresaron con una significativa falta de concreción, contraria a los principios de publicidad, transparencia y objetividad. En el procedimiento de adjudicación, se confundieron actuaciones que deberían haberse realizado separadamente, con efectos perjudiciales para la concurrencia y se observa una alteración irregular del orden cronológico entre la fecha de formalización del contrato y varias actuaciones del procedimiento.

IV. RECOMENDACIONES

1. Se debería implantar una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada, conforme a los criterios fijados por la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas, documento 8.

2. Se deberían establecer de forma precisa los objetivos o fines a cumplir en los programas del Presupuesto, concretando los indicadores que permitan medir el grado de cumplimiento de los objetivos programados.

3. Las deficiencias puestas de manifiesto en el análisis de diversas áreas de la gestión económico-financiera del Principado, aconsejan una sistemática revisión de los procedimientos aplicados.

4. La escasa rentabilidad de la mayor parte de las entidades públicas empresariales, en el ejercicio fiscalizado, cuestiona la viabilidad de las mismas y hace aconsejable revisar la conveniencia de su continuidad, teniendo en cuenta su eficacia en el cumplimiento de los fines propuestos y la eficiencia de su gestión.

5. La Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma debería clasificar las diversas entidades del Principado de conformidad con su naturaleza y la clasificación establecida por el artículo 4 del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.

6. Debe implantarse un sistema de registro que permita la identificación y el seguimiento actualizado por el Principado de todas aquellas entidades que integran el sector público autonómico, con especial atención a los Consorcios y Fundaciones que forman parte del mismo.

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Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Ejercicio 2001 123

7. Los órganos de contratación deberían utilizar normalmente la subasta, además del concurso, como forma de adjudicación de los contratos de obras, habida cuenta de que, en general, permite obtener las mayores bajas, sin perjuicio de garantizar la adecuada calidad en la ejecución de los contratos mediante una elaboración y supervisión rigurosas de los correspondientes proyectos así como mediante el establecimiento de los requisitos de clasificación de contratistas.

8. La Universidad de Oviedo debería mejorar la presupuestación a fin de reducir el notable volumen de expedientes de transferencias de crédito.

Madrid, 25 de enero de 2005

EL PRESIDENTE

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ANEXOS

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ÍNDICE DE ANEXOS

I. CUENTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

I.1-1 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Liquidación de los presupuestos de gastos I.1-2 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Liquidación de los presupuestos de ingresos I.1-3 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Saldos presupuestarios I.1-4 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Balances I.1-5 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Cuentas del resultado económico-patrimonial

I.2-1 EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS. Balances I.2-2 EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS. Cuentas de pérdidas y ganancias

I.3-1 UNIVERSIDADES. Liquidación de los presupuestos de gastos I.3-2 UNIVERSIDADES. Liquidación de los presupuestos de ingresos I.3-3 UNIVERSIDADES. Saldos presupuestarios I.3-4 UNIVERSIDADES. Balances I.3-5 UNIVERSIDADES. Cuentas del resultado económico-patrimonial

I.4-1 Situación de avales

II. ADMINISTRACIÓN GENERAL

II.1-1 Modificaciones de créditos presupuestarios. Clasificación económica II.1-2 Modificaciones de créditos presupuestarios. Clasificación orgánica II.1-3 Liquidación del presupuesto de gastos. Clasificación económica II.1-4 Liquidación del presupuesto de gastos. Clasificación orgánica II.1-5 Liquidación del presupuesto de ingresos II.1-6 Saldo presupuestario del ejercicio

II.2-0.1 Balance II.2-0.2 Cuenta del resultado económico-patrimonial

II.2-1 Deudores presupuestarios II.2-2 Deudores extrapresupuestarios II.2-3 Tesorería II.2-4 Acreedores no financieros. Presupuestarios II.2-5 Acreedores no financieros. Extrapresupuestarios II.2-6 Pasivos financieros: Préstamos II.2-7 Remanente de tesorería

III. FONDO DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL

III.1 Relación de proyectos vinculados al FCI III.2 Liquidación de los recursos IV. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA IV.1 Relación de los contratos administrativos examinados.

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Anexo I.1-12001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIONES PÚBLICAS

LIQUIDACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE GASTOS(miles de euros)

Subsectores Créditos iniciales

Modificaciones netas

Créditos finales

Obligaciones reconocidas

ADMINISTRACIÓN GENERAL 1.738.971 254.025 1.992.996 1.767.186

ORGANISMOS AUTÓNOMOS:

- Centro Regional de Bellas Artes 2.329 841 3.170 2.601 - Comisión Regional del Banco de Tierras 769 ___ 769 584 - Establecimientos Residenciales para Ancianos del Principado de

Asturias (ERA) 31.471 373 31.844 31.125 - Instituto de Fomento Regional 31.965 4.431 36.396 10.993 - Junta de Saneamiento 18.716 ___ 18.716 8.746 - Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias 3.895 ___ 3.895 3.643

ENTES PÚBLICOS:

- Caja de Crédito de Cooperación s/d s/d s/d s/d- Consejo Económico y Social 337 ___ 337 259 - Consejo de la Juventud 325 39 364 329 - Real Instituto de Estudios Asturianos s/d s/d s/d s/d- Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario

(SERIDA) 5.931 26 5.957 5.559 - Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) 57.724 8.086 65.810 54.015

TOTAL 1.892.433 267.821 2.160.254 1.885.040

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA) 13.225 3.069 16.294 13.555

- Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime s/d s/d s/d s/d

Nº Total: 15

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Anexo I.1-22001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIONES PÚBLICAS

LIQUIDACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE INGRESOS(miles de euros)

Subsectores Previsiones iniciales

Modificaciones netas

Previsiones finales

Derechos reconocidos

ADMINISTRACIÓN GENERAL 1.738.971 254.025 1.992.996 1.755.642

ORGANISMOS AUTÓNOMOS:

- Centro Regional de Bellas Artes 2.329 841 3.170 2.350 - Comisión Regional del Banco de Tierras 769 ___ 769 749 - Establecimientos Residenciales para Ancianos del Principado de

Asturias (ERA) 31.471 373 31.844 30.765

- Instituto de Fomento Regional 31.965 4.431 36.396 33.193 - Junta de Saneamiento 18.716 ___ 18.716 12.398 - Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias 3.895 ___ 3.895 3.636

ENTES PÚBLICOS:

- Caja de Crédito de Cooperación s/d s/d s/d s/d- Consejo Económico y Social 337 ___ 337 301 - Consejo de la Juventud 325 39 364 347 - Real Instituto de Estudios Asturianos s/d s/d ___ s/d- Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario

(SERIDA) 5.931 26 5.957 5.432 - Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) 57.724 8.086 65.810 59.363

TOTAL 1.892.433 267.821 2.160.254 1.904.176

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA) 13.225 69 13.294 13.289

- Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime s/d s/d s/d s/d

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Anexo I.1-32001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIONES PÚBLICAS

SALDOS PRESUPUESTARIOS(miles de euros)

Subsectores Resultado presupuestario

Variación neta pasivos financieros

Saldo presupuestario

ADMINISTRACIÓN GENERAL (135.672) 124.128 (11.544)

ORGANISMOS AUTÓNOMOS:

- Centro Regional de Bellas Artes (251) ___ (251) - Comisión Regional del Banco de Tierras 165 ___ 165 - Establecimientos Residenciales para Ancianos del Principado de

Asturias (ERA) (360) ___ (360) - Instituto de Fomento Regional 22.200 ___ 22.200 - Junta de Saneamiento 3.652 ___ 3.652 - Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias (7) ___ (7)

ENTES PÚBLICOS:

- Caja de Crédito de Cooperación s/d s/d s/d- Consejo Económico y Social 42 ___ 42 - Consejo de la Juventud 18 ___ 18 - Real Instituto de Estudios Asturianos s/d s/d s/d- Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario

(SERIDA) (127) ___ (127) - Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) 5.348 ___ 5.348

TOTAL (104.992) 124.128 19.136

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA) (4.758) 4.492 (266)

- Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime s/d s/d s/d

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Anexo I.1-42001

P A S I V OSubsectores Gastos a Fondos Acreedores

Inmovilizado distribuir Circulante propios Provisiones A largo plazo A corto plazo

ADMINISTRACIÓN GENERAL2.354.720 ___ 414.396 1.643.680 ___ 766.783 358.653

ORGANISMOS AUTÓNOMOS:

- Centro Regional de Bellas Artes 3.162 ___ 1.280 4.292 ___ ___ 150 - Comisión Regional del Banco de Tierras 891 ___ 799 1.671 ___ ___ 19 - Establecimientos Residenciales para Ancianos del Principado de

Asturias (ERA) 5.071 ___ 2.610 4.392 ___ ___ 3.289 - Instituto de Fomento Regional 4.196 ___ 33.259 32.287 ___ ___ 5.168 - Junta de Saneamiento 29 ___ 8.287 8.297 ___ ___ 19 - Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias 132 ___ 400 312 ___ ___ 220

ENTES PÚBLICOS:

- Caja de Crédito de Cooperación s/d s/d s/d s/d s/d s/d s/d- Consejo Económico y Social 12 ___ 540 442 ___ ___ 110 - Consejo de la Juventud 69 44 89 ___ ___ 24 - Real Instituto de Estudios Asturianos 41 ___ 385 422 ___ ___ 4 - Servicio Regional de Investigación y Desarrollo

Agroalimentario (SERIDA) 2.370 ___ 422 2.067 ___ ___ 725 - Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) 6.971 ___ 17.928 23.330 ___ ___ 1.569

TOTAL 2.377.664 44 480.306 1.721.281 ___ 766.783 369.950

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA) s/d s/d s/d s/d s/d s/d s/d

- Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime ___ ___ 63 58 ___ ___ 5

Nº total: 15

ACTIVO

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIONES PÚBLICAS

BALANCES(miles de euros)

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Anexo I.1-52001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIONES PÚBLICAS

CUENTAS DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL(miles de euros)

Subsectores De Transferencias Transferencias AHORROFuncionamiento y Subvenciones Extraordinarios Ordinarios y Subvenciones Extraordinarios (DESAHORRO)

ADMINISTRACIÓN GENERAL 601.999 677.072 2.090 403.779 1.159.109 7.361 289.088

ORGANISMOS AUTÓNOMOS:

- Centro Regional de Bellas Artes 1.322 ___ ___ 27 2.323 ___ 1.028 - Comisión Regional del Banco de Tierras 467 ___ ___ 15 733 ___ 281 - Establecimientos Residenciales para Ancianos del

Principado de Asturias (ERA) 26.973 3.982 ___ 9.608 21.047 ___ (300) - Instituto de Fomento Regional 2.756 6.489 ___ 40 33.149 ___ 23.944 - Junta de Saneamiento 4.945 3.780 ___ 11.967 430 ___ 3.672 - Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias 3.615 ___ ___ 205 3.408 ___ (2)

ENTES PÚBLICOS:

- Caja de Crédito de Cooperación ___ ___ ___ ___ - Consejo Económico y Social 166 90 ___ 301 ___ 45 - Consejo de la Juventud 300 ___ ___ 14 331 ___ 45 - Real Instituto de Estudios Asturianos 162 ___ ___ 47 227 ___ 112 - Servicio Regional de Investigación y Desarrollo

Agroalimentario (SERIDA) 4.054 ___ ___ 236 5.190 ___ 1.372 - Servicio de Salud del Principado de Asturias

(SESPA) 33.785 18.924 ___ 9.437 49.818 ___ 6.546 TOTAL 680.544 710.337 2.090 435.375 1.276.066 7.361 325.831

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Consorcio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil del Principado de Asturias (CEISPA) s/d s/d s/d s/d s/d s/d s/d

- Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime 140 ___ ___ 17 176 ___ 53

GASTOS INGRESOS

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Anexo I.2-12001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASEMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS

BALANCES(miles de euros)

A C T I V O P A S I V ODenominación Socios o Gastos a Fondos Ingresos a Acreedores

Fundadores Inmovilizado distribuir Circulante propios distribuir Provisiones A largo plazo A corto plazoSOCIEDADES Y ENTIDADES DEDERECHO PÚBLICO

- Empresa Asturiana de ServiciosAgrarios, S.A. (EASA) ___ 284 ___ 631 463 147 ___ ___ 305

- Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA) ___ 7.036 ___ 3.522 7.956 156 320 500 1.626 - Inspección Técnica de Vehículos de

Asturias, S.A. (ITVASA) ___ 6.377 9 69 4.352 20 45 1.359 679 - Productora de Programas del Principado

de Asturias, S.A. ___ 1.239 ___ 67 245 699 ___ 102 260 - Puerto Norte de San Esteban, S.A. (en

liquidación) ___ 25 ___ 51 76 ___ ___ ___ ___ - Sedes, S.A. ___ 2.540 ___ 50.530 15.634 60 414 445 36.517 - Soc. Asturiana de Estudios Económicos

e Industriales, S.A. (SADEI) ___ 57 ___ 1.141 726 ___ ___ ___ 472 - Soc. Inmobiliaria del Real Sitio de

Covadonga, S.A. ___ 192 ___ 118 72 ___ 54 ___ 184 - Soc. Mixta de Gestión y Promoción del

Suelo, S.A. (SOGEPSA) ___ 424 60 30.282 7.139 2.134 13.304 660 7.529 - Soc. Regional de Promoción del

Principado de Asturias, S.A. (SRP) ___ 35.622 ___ 8.468 21.596 15.964 1 5.329 1.200 - Soc. Regional de Recaudación del

Principado de Asturias, S.A. ___ 1.088 ___ 16.394 5.431 319 ___ ___ 11.732 - Soc. Regional de Turismo, S.A ___ 289 ___ 1.053 149 248 ___ ___ 945 - Viviendas del Principado de Asturias

(VIPASA) ___ 102 ___ 3.128 611 ___ 22 3 2.594

___ 55.275 69 115.454 64.450 19.747 14.160 8.398 64.043

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Fundación Asturiana de Atención yProtección a Personas conDiscapacidades y/o Dependencias(FASAD) 2 150 ___ 630 131 194 120 ___ 337

- Fundación Comarcas Mineras para laFormación y Promoción del Empleo(FUCOMI) ___ 609 ___ 3.510 510 2.709 ___ ___ 900

- Fundación para el Fomento de laEconomía Social ___ 97 ___ 208 170 4 ___ ___ 131

- Fundación del Hospital del Oriente deAsturias "Francisco Grande Covián" ___ 7.942 ___ 2.297 563 7.304 18 34 2.320

- Fundación "Oso de Asturias" ___ 14 ___ 996 980 ___ ___ ___ 30

Nº total: 18

TOTAL

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Anexo I.2-22001

SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICOEMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS

CUENTAS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS(miles de euros)

Resultados de explotación Resultados Resultados extraordinarios Resultado delSubvenciones Otras rúbricas financieros Subvenciones Otras rúbricas ejercicio

SOCIEDADES Y ENTIDADES DEDERECHO PÚBLICO

- Empresa Asturiana de ServiciosAgrarios, S.A. (EASA) 639 (652) 5 4 14 (3) 13

- Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA) ___ 593 20 37 (7) 234 409 - Inspección Técnica de Vehículos de

Asturias, S.A. (ITVASA) ___ 587 (27) 34 (11) 199 384 - Productora de Programas del Principado

de Asturias, S.A. 242 (460) (12) 281 ___ 12 39 - Puerto Norte de San Esteban, S.A. (en

liquidación) ___ ___ ___ ___ 7 ___ 7 - Sedes, S.A. 68 2.621 (126) 8 77 937 1.711 - Soc. Asturiana de Estudios Económicos

e Industriales, S.A. (SADEI) ___ (1) 9 ___ 11 ___ 19 - Soc. Inmobiliaria del Real Sitio de

Covadonga, S.A. ___ (18) (7) ___ ___ ___ (25) - Soc. Mixta de Gestión y Promoción del

Suelo, S.A. (SOGEPSA) ___ 3.847 (95) 29 (46) 1.179 2.556 - Soc. Regional de Promoción del

Principado de Asturias, S.A. (SRP) ___ (450) 89 163 404 ___ 206 - Soc. Regional de Recaudación del

Principado de Asturias, S.A. ___ 594 169 189 11 127 836 - Soc. Regional de Turismo, S.A 1.815 (1.864) 6 44 ___ 1 ___ - Viviendas del Principado de Asturias

(VIPASA) ___ (146) 146 ___ 6 2 4

2.764 4.651 177 789 466 2.688 6.159

OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

- Fundación Asturiana de Atención yProtección a Personas conDiscapacidades y/o Dependencias(FASAD) 1.373 (1.287) ___ ___ 2 ___ 88

- Fundación Comarcas Mineras para laFormación y Promoción del Empleo(FUCOMI) 5.525 (5.520) 28 ___ (5) 4 24

- Fundación para el Fomento de laEconomía Social 542 (539) (1) ___ ___ ___ 2

- Fundación del Hospital del Oriente deAsturias "Francisco Grande Covián" ___ (814) 43 430 16 4 (329)

- Fundación "Oso de Asturias" 210 (272) ___ 4 ___ ___ (58)

TOTAL

ImpuestosDenominación

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Créditos Modificaciones Créditos Obligaciones RemanentesCapítulos iniciales netas finales reconocidas de crédito

1- Gastos de personal 88.560 (1.934) 86.626 86.540 86 2- Gastos corrientes en bienes y servicios 24.345 1.763 26.108 21.786 4.322 3- Gastos financieros 610 (30) 580 284 296 4- Transferencias corrientes 3.733 190 3.923 2.680 1.243

117.248 (11) 117.237 111.290 5.947 6- Inversiones reales 66.498 582 67.080 43.970 23.110 7- Transferencias de capital

66.498 582 67.080 43.970 23.110 8- Activos financieros 481 481 429 52 9- Pasivos financieros

481 481 429 52 TOTAL 184.227 571 184.798 155.689 29.109

Anexo I.3-12001

PRINCIPADO DE ASTURIASENTE: UNIVERSIDAD DE OVIEDO

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS(miles de euros)

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Anexo I.3-22001

PRINCIPADO DE ASTURIASENTE: UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Previsiones Modificaciones Previsiones DerechosCapítulos iniciales netas finales reconocidos

1- Impuestos directos 2- Impuestos indirectos 3- Tasas, precios públicos y otros ingresos 31.193 284 31.477 33.661 4- Transferencias corrientes 93.040 191 93.231 91.334 5- Ingresos patrimoniales 316 316 516

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 124.549 475 125.024 125.511 6- Enajenación de inversiones reales 7- Transferencias de capital 43.270 96 43.366 26.811

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 43.270 96 43.366 26.811 8- Activos financieros 481 481 105 9- Pasivos financieros 15.927 15.927

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 16.408 16.408 105 TOTAL 184.227 571 184.798 152.427

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS(miles de euros)

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Anexo I.3-32001

ConceptosDerechos

reconocidos netos

Obligaciones reconocidas

netasImportes

1. Operaciones no financieras 152.322 155.260 (2.938) 2. Operaciones con activos financieros 105 429 (324) 3. Operaciones comerciales ___ ___ ___

I. RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (1+2+3) 152.427 155.689 (3.262) II. VARIACIÓN NETA DE PASIVOS FINANCIEROS

III. SALDO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (I+II) 152.427 155.689 (3.262) 4. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería

5. Desviaciones de financiación positivas por recursos del ejercicio en gastos con financiación afectada

6. Desviaciones de financiación negativas en gastos con financiación afectada IV. SUPERÁVIT O DÉFICIT DE FINANCIACIÓN DEL EJERCICIO (III+4+5+6) (3.262)

PRINCIPADO DE ASTURIASUNIVERSIDAD DE OVIEDOSALDO PRESUPUESTARIO

(miles de euros)

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Anexo I.3-42001

ACTIVO Ej. corriente Ej. anterior PASIVO Ej. corriente Ej. anteriorA) INMOVILIZADO 313.540 297.586 A) FONDOS PROPIOS 281.604 267.470

I. Inversiones destinadas al uso general ___ I. Patrimonio 239.311 239.311 II. Inmovilizaciones inmateriales 1.002 ___ II. Reservas

III. Inmovilizaciones materiales 312.462 297.514 III. Resultados de ejercicios anteriores 28.159 27.529 IV. Inversiones gestionadas ___ IV. Resultados del ejercicio 14.134 630 V. Inversiones financieras permanentes 76 72 B) PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS 3.760 3.946

B) GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS C) ACREEDORES A LARGO PLAZO 36 43 C) ACTIVO CIRCULANTE 26.296 30.162 I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables ___

I. Existencias 230 220 II. Otras deudas a largo plazo 36 43 II. Deudores 18.973 18.019 III. Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos ___

III. Inversiones financieras temporales 352 ___ D) ACREEDORES A CORTO PLAZO 54.436 56.289 IV. Tesorería 7.649 12.746 I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables ___ V. Ajustes por periodificación (908) (823) II. Deudas con entidades de crédito 5.776 ___

III. Acreedores 35.584 42.197 IV. Ajustes por periodificación 13.076 14.092

E) PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS A CORTO PLAZO TOTAL ACTIVO 339.836 327.748 TOTAL PASIVO 339.836 327.748

PRINCIPADO DE ASTURIASUNIVERSIDAD DE OVIEDO

BALANCE(miles de euros)

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Anexo I.3-52001

DEBE Ejercicio corriente

Ejercicio anterior HABER Ejercicio

corrienteEjercicio anterior

A) GASTOS 143.141 137.686 B) INGRESOS 157.275 138.316 1. Gastos de funcionamiento de los servicios y

prestaciones sociales 135.039 127.927 1. Ingresos de gestión ordinaria 35.097 30.717 2. Transferencias y subvenciones 2.426 2.412 2. Otros ingresos de gestión ordinaria 762 5.947 3. Pérdidas y gastos extraordinarios 5.676 7.347 3. Transferencias y subvenciones 118.161 113.986

a) Pérdidas procedentes del inmovilizado 87 195 4. Ganancias e ingresos extraordinarios 3.255 (12.334) b) Pérdidas por operaciones de endeudamiento a) Beneficios procedentes del inmovilizado c) Gastos extraordinarios 1.217 1.772 b) Beneficios por operaciones de endeudamiento d) Gastos y pérdidas de otros ejercicios 4.372 5.380 c) Ingresos extraordinarios 1.594

d) Ingresos y beneficios de otros ejercicios 1.661 (12.334) AHORRO 14.134 630 DESAHORRO

PRINCIPADO DE ASTURIASUNIVERSIDAD DE OVIEDO

CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL(miles de euros)

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COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASSITUACIÓN DE AVALES

(miles de euros)

Existencias iniciales Operaciones del ejercicio Existencias finales

Importe Avales constituidos Avales cancelados Nº Importe

189 ___ ___ 6 189 481 ___ ___ 12 481 932 ___ ___ 4 932 601 421 601 1 421

1.082 ___ ___ 1 1.082 1.082 ___ ___ 2 1.082 9.437 ___ ___ 1 9.437

144 ___ ___ 1 144 ___ 361 ___ 1 361

381 ___ 3 381 236 ___ ___ 1 236 406 ___ ___ 1 406 210 ___ ___ 1 210 451 ___ ___ 2 451 541 ___ ___ 1 541 824 ___ ___ 1 824

2.945 ___ ___ 1 2.945 ___ 301 ___ 1 301

3.712 ___ 3 31 3.709 6.815 ___ ___ 2 6.815 1.142 ___ ___ 1 1.142

781 ___ ___ 1 781 268 ___ ___ 1 268

1.442 ___ ___ 1 1.442 9.432 10.193 9.432 4 10.193

___ 3.005 ___ 1 3.005 442 473 442 1 473

___ 5.049 ___ 1 5.049 4.135 ___ ___ 1 4.135 1.325 ___ ___ 1 1.325 8.954 ___ ___ 1 8.954 1.352 ___ ___ 2 1.352

481 ___ ___ 1 481

59.842 20.184 10.478 91 69.548

Anexo I.4-12001

Avales (Nº)

6 12 4 1 1 2 1 1

___ ___ 1 1 1 2 1 1 1

___ 32 2 1 1 1 1 4

___ 1

___ 1 1 1 2 1

85

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Anexo II.1-12001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

MODIFICACIONES DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA(miles de euros)

Positivas Negativas Positivas Negativas

1- Gastos de personal ___ ___ 26.638 20.461 5.699 942 ___ ___ 12.818 2- Gastos corrientes en bienes y servicios 3.366 204 7.790 4.608 3.459 1.000 ___ ___ 11.211 3- Gastos financieros ___ ___ ___ 1.352 ___ ___ ___ ___ (1.352) 4- Transferencias corrientes ___ ___ 9.483 9.943 16.600 2.057 ___ ___ 18.197

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 3.366 204 43.911 36.364 25.758 3.999 ___ ___ 40.874

6- Inversiones reales 9.646 ___ 14.147 20.489 80.509 14.876 ___ ___ 98.689 7- Transferencias de capital 33.358 501 13.697 17.258 52.297 29.202 ___ ___ 111.797

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 43.004 501 27.844 37.747 132.806 44.078 ___ ___ 210.486

8- Activos financieros ___ ___ 1.755 601 ___ 309 ___ ___ 1.463 9- Pasivos financieros ___ ___ 1.202 ___ ___ ___ ___ ___ 1.202

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS ___ ___ 2.957 601 ___ 309 ___ ___ 2.665

TOTAL 46.370 705 74.712 74.712 158.564 48.386 ___ ___ 254.025

CapítulosIncorporaciones remanentes de

crédito

Otras modificaciones Total modificaciones

Créditos extraordinarios y

suplementos de crédito

Ampliaciones de crédito

Transferencias de crédito Créditos generados

por ingresos

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Anexo II.1-22001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

MODIFICACIONES DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS. CLASIFICACIÓN ORGÁNICA(miles de euros)

Positivas Negativas Positivas Negativas

01.- Presidencia del Principado y del Consejo de Gobierno ____ ___ 9 148 ___ 15 ___ ___ (124) 02.- Junta General del Principado ____ ___ ___ ___ ___ ___ ___ 03.- Deuda ____ ___ 1.202 1.352 ___ ___ ___ ___ (150) 04.- Clases Pasivas ____ ___ ___ 6 ___ ___ ___ ___ (6) 11.- Consejería de la Presidencia 3.806 ___ 955 571 1.134 4.306 ___ ___ 9.630 12.- Consejería de Hacienda ___ ___ 1.830 739 1.604 1.397 ___ ___ 4.092 13.- Consejería de AAPP y AAEE ___ ___ 2.253 2.624 1.604 157 ___ ___ 1.390 14.- Consejería de Medio Ambiente 1.791 ___ 1.973 1.895 6.328 3.475 ___ ___ 11.672 15.- Consejería de Educación y Cultura 15.861 501 29.572 23.289 10.483 2.292 ___ ___ 35.420 16.- Consejería de Asuntos Sociales 132 ___ 5.591 5.196 1.253 2.794 ___ ___ 4.574 17.- Consejería de Infraestructuras y Pol. Territorial 7.123 ___ 11.832 12.523 69.234 6.067 ___ ___ 81.733 18.- Consejería de Medio Rural y Pesca 9.436 ___ 5.999 5.655 24.272 3.522 ___ ___ 37.574 19.- Consejería de Industria, Comercio y Turismo 7.633 ___ 5.399 5.746 ___ 11.418 ___ ___ 18.704 20.- Consejería de Sanidad y Servicios Sanitarios ___ 204 665 1.168 219 193 ___ ___ 113 21.- Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo 588 ___ 7.426 7.640 42.115 12.750 ___ ___ 55.239 31.- Gastos de diversas Consejerías ___ ___ 6 6.160 318 ___ ___ ___ (5.836)

TOTAL 46.370 705 74.712 74.712 158.564 48.386 ___ ___ 254.025

SeccionesCréditos

extraordinarios y suplementos de crédito

Ampliaciones de crédito

Tranferencias de crédito Créditos generados

por ingresos

Incorporaciones remanentes de

crédito

Otras modificaciones Total modificaciones

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Anexo II.1-32001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA(miles de euros)

1- Gastos de personal 463.260 12.818 476.078 470.754 5.324 2- Gastos corrientes en bienes y servicios 89.172 11.211 100.383 95.327 5.056 3- Gastos financieros 35.760 (1.352) 34.408 31.313 3.095 4- Transferencias corrientes 343.837 18.197 362.034 350.018 12.016

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 932.029 40.874 972.903 947.412 25.491

6- Inversiones reales 439.802 98.689 538.491 426.012 112.479 7- Transferencias de capital 302.561 111.797 414.358 327.055 87.303

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 742.363 210.486 952.849 753.067 199.782

8- Activos financieros 2.374 1.463 3.837 3.588 249 9- Pasivos financieros 62.205 1.202 63.407 63.119 288

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 64.579 2.665 67.244 66.707 537

TOTAL 1.738.971 254.025 1.992.996 1.767.186 225.810

Obligaciones reconocidas

Remanentes de créditoCapítulos Créditos iniciales Modificaciones

netas Créditos finales

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Anexo II.1-42001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. CLASIFICACIÓN ORGÁNICA(miles de euros)

01.- Presidencia del Principado y del Consejo de Gobierno 2.300 (124) 2.176 1.785 391 02.- Junta General del Principado 8.509 8.509 8.509 03.- Deuda 97.965 (150) 97.815 94.432 3.383 04.- Clases Pasivas 7 (6) 1 ___ 1 11.- Consejería de la Presidencia 44.883 9.630 54.513 47.879 6.634 12.- Consejería de Hacienda 27.436 4.092 31.528 27.515 4.013 13.- Consejería de AAPP y AAEE 31.610 1.390 33.000 32.520 480 14.- Consejería de Medio Ambiente 66.320 11.672 77.992 64.794 13.198 15.- Consejería de Educación y Cultura 610.340 35.420 645.760 605.973 39.787 16.- Consejería de Asuntos Sociales 103.858 4.574 108.432 103.587 4.845 17.- Consejería de Infraestructuras y Política Territorial 313.024 81.733 394.757 313.461 81.296 18.- Consejería de Medio Rural y Pesca 150.004 37.574 187.578 172.181 15.397 19.- Consejería de Industria, Comercio y Turismo 95.525 18.704 114.229 95.237 18.992 20.- Consejería de Sanidad y Servicios Sanitarios 71.770 113 71.883 69.403 2.480 21.- Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo 103.352 55.239 158.591 127.086 31.505 31.- Gastos de diversas Consejerías 12.068 (5.836) 6.232 2.824 3.408

TOTAL 1.738.971 254.025 1.992.996 1.767.186 225.810

Obligaciones reconocidas

Remanentes de créditoSecciones Créditos

inicialesModificaciones

netas Créditos finales

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Anexo II.1-52001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS(miles de euros)

1- Impuestos directos 251.221 ___ 251.221 235.418 2- Impuestos indirectos 101.752 ___ 101.752 106.773 3- Tasas, precios públicos y otros ingresos 57.795 304 58.099 54.647 4- Transferencias corrientes 744.720 22.323 767.043 776.764 5- Ingresos patrimoniales 5.409 ___ 5.409 4.167

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 1.160.897 22.627 1.183.524 1.177.769

6- Enajenación de inversiones reales 34.258 ___ 34.258 7.327 7- Transferencias de capital 386.351 135.936 522.287 382.345

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 420.609 135.936 556.545 389.672

8- Activos financieros 7.212 58.468 65.680 954 9- Pasivos financieros 150.253 36.994 187.247 187.247

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 157.465 95.462 252.927 188.201

TOTAL 1.738.971 254.025 1.992.996 1.755.642

Derechos reconocidosCapítulos Previsiones

inicialesModificaciones

netasPrevisiones

finales

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Anexo II.1-62001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

SALDO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO(miles de euros)

ConceptosDerechos

reconocidos netos

Obligaciones reconocidas

netasImportes

1. Operaciones no financieras 1.567.441 1.700.479 (133.038) 2. Operaciones con activos financieros 954 3.588 (2.634) 3. Operaciones comerciales ___ ___ ___

I. RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (1+2+3) 1.568.395 1.704.067 (135.672)

II. VARIACIÓN NETA DE PASIVOS FINANCIEROS 187.247 63.119 124.128

III. SALDO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (I+II) (11.544)

4. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería 34.226 5. Desviaciones de financiación positivas por recursos del ejercicio en gastos con financiación afectada6. Desviaciones de financiación negativas en gastos con financiación afectada

IV. SUPERÁVIT O DÉFICIT DE FINANCIACIÓN DEL EJERCICIO (III+4+5+6) 22.682

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Anexo II.2-0.12001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

BALANCE(miles de euros)

ACTIVO Ej. corriente Ej. anterior PASIVO Ej. corriente Ej. anterior

A) INMOVILIZADO 2.354.720 ___ A) FONDOS PROPIOS 1.643.680 ___ I. Inversiones destinadas al uso general 955.505 ___ I. Patrimonio 722.170 ___

II. Inmovilizaciones inmateriales 76.780 ___ II. Reservas ___ ___ III. Inmovilizaciones materiales 879.739 ___ III. Resultados de ejercicios anteriores 632.422 ___ IV. Inversiones gestionadas 433.203 ___ IV. Resultados del ejercicio 289.088 ___ V. Inversiones financieras permanentes 9.493 ___ B) PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS ___ ___

B) GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS ___ ___ C) ACREEDORES A LARGO PLAZO 766.783 ___ C) ACTIVO CIRCULANTE 414.396 ___ I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables ___

I. Existencias ___ ___ II. Otras deudas a largo plazo 766.783 ___ II. Deudores 364.401 ___ III. Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos ___ ___

III. Inversiones financieras temporales 11.119 ___ D) ACREEDORES A CORTO PLAZO 358.653 ___ IV. Tesorería 38.876 ___ I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables ___ ___ V. Ajustes por periodificación ___ ___ II. Deudas con entidades de crédito ___ ___

III. Acreedores 358.653 ___ IV. Ajustes por periodificación ___ ___

E) PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS A CORTO PLAZO ___ ___

TOTAL ACTIVO 2.769.116 ___ TOTAL PASIVO 2.769.116 ___

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Anexo II.2-0.22001

(miles de euros)

Ejercicio corriente

Ejercicio anterior

Ejercicio corriente

Ejercicio anterior

A) GASTOS 1.279.071 ___ B) INGRESOS 1.562.888 ___ 1. Gastos de funcionamiento de los servicios y

prestaciones sociales 601.999 ___ 1. Ingresos de gestión ordinaria 391.560 ___

2. Transferencias y subvenciones 677.072 ___ 2. Otros ingresos de gestión ordinaria 12.219 ___

3. Pérdidas y gastos extraordinarios ___ ___ 3. Transferencias y subvenciones 1.159.109 ___

a) Pérdidas procedentes del inmovilizado ___ ___ 4. Ganancias e ingresos extraordinarios ___ ___

b) Pérdidas por operaciones de endeudamiento ___ ___ a) Beneficios procedentes del inmovilizado 7.327 ___

c) Gastos extraordinarios ___ ___ b) Beneficios por operaciones de endeudamiento ___ ___

d) Gastos y pérdidas de otros ejercicios 2.090 ___ c) Ingresos extraordinarios 30 ___

d) Ingresos y beneficios de otros ejercicios 4 ___

AHORRO 289.088 ___ DESAHORRO ___ ___

HABERDEBE

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

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Anexo II.2-12001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

DEUDORES PRESUPUESTARIOS(miles de euros)

ModificacionesAños Saldo inicial Aumentos Disminuciones Saldo neto Cobros Saldo final1986 31 ___ ___ 31 ___ 31 1987 126 ___ 2 124 ___ 124 1988 676 ___ 33 643 8 635 1989 300 ___ 55 245 2 243 1990 2.061 ___ 90 1.971 6 1.965 1991 5.104 ___ 238 4.866 190 4.676 1992 2.001 ___ 47 1.954 92 1.862 1993 1.526 ___ 225 1.301 34 1.267 1994 2.772 ___ 64 2.708 20 2.688 1995 8.966 ___ 946 8.020 18 8.002 1996 2.225 ___ 907 1.318 258 1.060 1997 7.100 ___ 74 7.026 3.726 3.300 1998 11.131 ___ 214 10.917 9.251 1.666 1999 34.436 ___ 106 34.330 23.453 10.877 2000 254.397 ___ 889 253.508 216.358 37.150 2001 ___ 1.755.642 ___ 1.755.642 1.466.787 288.855 2001 ___ ___ ___ ___ ___ ___

TOTAL 332.852 1.755.642 3.890 2.084.604 1.720.203 364.401

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Anexo II.2-22001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

DEUDORES EXTRAPRESUPUESTARIOS(miles de euros)

Concepto Saldo inicial Modificaciones Cargos Total Abonos Saldo final

MUNPAL (20) ___ 2.133 2.113 2.129 (16)

Partidas pendientes de aplicación pagos ___ ___ 23 23 23 ___

Movimientos internos de tesorería ___ ___ 1.514.497 1.514.497 1.514.497 ___

TOTAL (20) ___ 1.516.653 1.516.633 1.516.649 (16)

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Anexo II.2-32001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

TESORERÍA(miles de euros)

CONCEPTO Importes

1. COBROS 2.485.165

Presupuesto corriente 1.466.787 Presupuestos cerrados 253.416 Operaciones no presupuestarias 764.962

2. PAGOS 2.489.921

Presupuesto corriente 1.472.193 Presupuestos cerrados 258.045 Operaciones no presupuestarias 759.683

I. Flujo neto de tesorería del ejercicio (1-2) (4.756)

3. Saldo inicial de tesorería 43.632

II. Saldo final de tesorería (I+3) 38.876

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Anexo II.2-42001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

ACREEDORES NO FINANCIEROS. PRESUPUESTARIOS(miles de euros)

ModificacionesAumentos Disminuciones

2000 260.964 ___ 4 260.960 256.280 4.680 2001 ___ 1.704.067 ___ 1.704.067 1.409.074 294.993

TOTAL 260.964 1.704.067 4 1.965.027 1.665.354 299.673

Saldo finalAños Saldo inicial Saldo neto Pagos

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Anexo II.2-52001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

ACREEDORES NO FINANCIEROS. EXTRAPRESUPUESTARIOS(miles de euros)

Conceptos Saldo inicial Modificaciones Abonos Total Cargos Saldo final

Acreedores 40.410 ___ 613.829 654.239 610.856 43.383 Partidas pendientes de aplicación 13.913 ___ 3.712.353 3.726.266 3.710.500 15.766 Impuestos indirectos repercutidos 337 ___ 738 1.075 281 794

TOTAL 54.660 ___ 4.326.920 4.381.580 4.321.637 59.943

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Anexo II.2-62001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERAL

PASIVOS FINANCIEROS: PRÉSTAMOS(miles de euros)

Préstamos dispuestos

Banco Bilbao Vizcaya (póliza a corto plazo) 1 30.051 ___ 30.051 30.051 ___ ___ Banco Central Hispano 1 8.362 6.441 ___ 793 ___ 5.648 Banco Central Hispano (póliza a corto plazo) 1 15.025 ___ 15.025 15.025 ___ ___ Banco de Crédito Local 2 70.145 50.158 ___ 10.320 ___ 39.838 Banco de Crédito Local (póliza a corto plazo) 1 30.051 ___ 30.051 30.051 ___ ___ Banco Español de Crédito (póliza a corto plazo) 1 18.030 ___ 18.030 18.030 ___ ___ Banco Europeo de Inversiones 4 144.166 126.078 ___ 12.221 ___ 113.857 Banco Hipotecario (viviendas) 68 74.942 52.320 6.564 2.481 ___ 56.403 Banco Sabadell (póliza a corto plazo) 1 30.051 ___ 30.051 30.051 ___ ___ Banco de Santander (póliza a corto plazo) 1 15.025 ___ 15.025 15.025 ___ ___ Caja de Ahorros de Asturias 1 19.374 11.071 ___ 2.768 ___ 8.303 Caja de Ahorros de Asturias (póliza a corto plazo) 1 6.010 ___ 6.010 6.010 ___ ___ Caja de Ahorros de Asturias (viviendas) 95 63.983 34.057 ___ 1.019 ___ 33.038 Caja España 1 18.030 5.694 ___ 1.898 ___ 3.796 Caja Rural Provincial de Asturias (póliza a corto plazo) 1 6.010 ___ 6.010 6.010 ___ ___ Dexia Banco Local 1 53.436 46.756 ___ 6.679 ___ 40.077 Instituto de Crédito Oficial (viviendas) 5 2.823 2.696 ___ 84 ___ 2.612 La Caixa 1 41.115 24.669 ___ 4.112 ___ 20.557 La Caixa (póliza a corto plazo) 1 23.644 ___ 23.644 23.644 ___ ___ Sindicado (BBVA) 2 221.520 101.318 120.202 ___ ___ 221.520 Sindicado (Banco Herrero/La Caixa) 2 123.207 95.661 ___ 17.028 ___ 78.633 Sindicado (Banco de Negocios Argentaria) 1 42.071 22.273 ___ 4.950 ___ 17.323

TOTAL 192 1.015.000 556.919 300.663 233.300 ___ 641.605

PrestamistaTotalNº

Pendiente de amortización al

1 de eneroDisposiciones Diferencias

de cambio

Pendiente de amortización al 31

de diciembreAmortizaciones

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Anexo II.2-72001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIASADMINISTRACIÓN GENERALREMANENTE DE TESORERÍA

(miles de euros)

Conceptos Importes

1. Derechos pendientes de cobro 364.401

del Presupuesto corriente 288.855

de Presupuestos cerrados 75.546

de operaciones no presupuestarias ___

de operaciones comerciales ___

de dudoso cobro ___

cobros realizados pendientes de aplicación definitiva ___

2. Obligaciones pendientes de pago 359.632

del Presupuesto corriente 294.993

de Presupuestos cerrados 4.680

de operaciones no presupuestarias 59.959

de operaciones comerciales ___

pagos realizados pendientes de aplicación definitiva ___

3. Fondos líquidos 38.876

I. Remanente de Tesorería afectado

II. Remanente de Tesorería no afectado

III. Remanente de Tesorería (1-2+3)=(I+II) 43.645

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Anexo III.12001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

RELACIÓN DE PROYECTOS VINCULADOS AL FCI

(miles de euros)

PROYECTOS INVERSIÓN TOTAL

FCI Otras

SECTOR AUTOPISTAS, AUTOVÍAS Y CARRETERAS 8 Infraestructuras en carreteras 3.762 7.113 10.622 98

SECTOR FERROCARRILES

5 Inversión en ferrocarriles 292 424 591 83

SECTOR VIVIENDAS

4 Construcción y rehabilitación de VPP en varios concejos de Asturias 17.396 8.191 24.165 94

OTROS MEDIOS DE TRANSPORTE

23 Acceso a Bulnes 614 1.446 2.042 99

TOTAL CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLÍTICA TERRITORIAL 22.064 17.174 37.420

SECTOR TENOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

1 Sistemas de información 1.549 2.012 3.529 99

TOTAL CONSEJERÍA DE AAPP Y AAEE 1.549 2.012 3.529

EDUCACIÓN

19 Adquisición y conservación de fondos bibliográficos y videográficos 485 353 838 100

TOTAL CONSEJERÍA DE TOTAL CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 485 353 838

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

9 Sistema integrado de funciones tributarias 3.460 1.799 5.103 97

11 Rehabilitación integral edificio Plaza de España nº 1 144 722 473 55

17 Adecuación y equipamiento edificios del Principado 2.025 541 2.564 100

18 Actualización inventario bienes del Principado 135 ___ 135 100

20 Edificios representación del Principado 1.283 2 1.285 100

TOTAL CONSEJERÍA DE HACIENDA 7.047 3.064 9.560

ASUNTOS SOCIALES

FONDO DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL

DOTACIÓN DEL EJERCICIO

IMPORTEGRADO DE EJECUCIÓN

(%)NÚM. DENOMINACIÓN

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Anexo III.22001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS FONDO DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL

LIQUIDACIÓN DE LOS RECURSOS

(miles de euros)

APLICACIONES PRESUPUESTARIAS PREVISIONES FINALES

DERECHOS RECONOCIDOS INGRESOS PENDIENTE DE

INGRESO

2001 12 70202 32.486 32.486 7.896 24.590

TOTAL 32.486 32.486 7.896 24.590

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Anexo IV.1 2001

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

RELACIÓN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS EXAMINADOS

(*) (**) (***) O:Obras A: Abierto S: Subasta S: Suministro R: Restringido C: Concurso A: Consultoría y

asistencia N: Negociado

E: Emergencia

ADJUDICACIÓN

Núm. de

Orden

Tipo de Contrato

(*) OBJETO DEL CONTRATO CONSEJERÍAS/ENTES

Fecha Procedimiento

(**) Forma (***)

Precio (euros)

1 O PROYECTO DE SANEAMIENTO DE CUDILLERO MEDIO AMBIENTE 13- 11-01 A S 4.466.764

2 O AMPLIACIÓN DE LA RED DEL CONSORCIO DE AGUA PARA DAR SERVICIO A LOS CONCEJOS DEL BAJO NALÓN MEDIO AMBIENTE 27-11-01 A S 4.009.194

3 O CONSTRUCCIÓN 12+6+4 - IES MOREDA - ALLER EDUCACIÓN Y CULTURA 27-08-01 A S 3.713.441

4 O AMPLIACIÓN Y ADAPTACIÓN (16+8+2) - IES ASTURES - LUGONES EDUCACIÓN Y CULTURA 10-09-01 A S 2.784.124

5 O ADAPTACIÓN DE EDIFICIO CP MARÍA BALBÍN - IES LEOPOLDO ALAS CLARÍN - OVIEDO EDUCACIÓN Y CULTURA 31-07-01 A S 2.902.990

6 O REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIO ADMINISTRATIVO EN PLAZA DE ESPAÑA Nº 1 DE OVIEDO HACIENDA 04-10-01 A S 2.670.742

7 O CONDUCCIÓN LA FIGAR-EDAR DE GIJÓN OESTE (LA REGUERONA) MEDIO AMBIENTE 30-10-01 A C 7.105.345

8

O OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO GENERAL DE LA Cª AS-230, BÁRZANA DE QUIROS-POLA DE LENA

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 25-06-01 A C 10.562.590

9 O ACONDICIONAMIENTO DE LA CTRA. AE-3, MOREDA-SANTIBAÑEZ

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICATERRITORIAL 03-10-01 A C 5.194.962

10 O REPARACIÓN CARRETERA AS-234, ESCAMPLERO-PEÑAFLOR (LAS REGUERAS Y CANDAMO)

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 12-06-01 A C 2.112.535

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ADJUDICACIÓN Núm.

de Orden

Tipo de Contrato

(*) OBJETO DEL CONTRATO CONSEJERÍAS/ENTES

Fecha Procedimiento

(**) Forma (***)

Precio (euros)

11

O ACONDICIONAMIENTO GENERAL DE LA CARRETERA AS-249, LA SECADA-GARGANTADA; TRAMO: CARBAYIN ALTO-GARGANTADA

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 12-06-01 A C 1.887.166

12 O

EDIFICACIÓN DE 110 VPP Y LOCALES EN LA CORREDORÍA, CONCEJO DE OVIEDO

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 30-10-01 A C 5.565.241

13 O EDIFICACIÓN DE 85 VPP Y LOCALES EN MONTEVIL, CONCEJO DE GIJÓN INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 15-11-01 A C 3.713.942

14 O OBRAS EDIFICACIÓN DE 59 VPP Y LOCALES EN EL ENTREGO, CONCEJO DE SAN MARTÍN DEL REY AURELIO

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 15-11-01 A C 2.615.132

15 O OBRAS EDIFICACIÓN DE 46 VPP EN LA CARRIONA, CONCEJO DE AVILÉS INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 15-11-01 A C 2.171.448

16 O EDIFICACIÓN DE 53 VPP, LOCALES Y GARAJES EN GIJÓN, CONCEJO DE GIJÓN INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 15-11-01 A C 2.475.097

17 O CONSTRUCCIÓN EDIFICIO DEL MUSEO JURÁSICO EN COLUNGA EDUCACIÓN Y CULTURA 31-10-01 A C 3.386.811

18 O

REFORMA Y REDISTRIBUCIÓN DE LA SEDE DEL INSTITUTO ASTURIANO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

TRABAJO Y PROMOCIÓN DE EMPLEO 18-10-01 N - 778.933

19 O COMPLEMENTARIO Nº 1 DE LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO GENERAL DE LA CARRETERA AS-17, AVILÉS-PUERTO DE TARNA; TRAMO: RIOSECO-CAMPO DE CASO

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 27-03-01 N - 2.160.638

20 O

COMPLEMENTARIO Nº 1 DEL PROYECTO MODIFICADO Nº 1 DE LA AUTOVÍA MIERES - GIJÓN; TRAMO: MIERES - ENLACE DE RIAÑO

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 05-07-01 N - 2.649.064

21 O

COMPLEMENTARIO Nº 2 DEL DE CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA DE CIRCUNVALACIÓN DE CANDÁS, EN LA Cª AS-239, LUANCO-VERIÑA (CARREÑO)

INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA TERRITORIAL 23-07-01 N - 1.811.475

22 S SUMINISTRO DE CAÑONES DE NIEVE ARTIFICIAL PARA LA ESTACIÓN INVERNAL Y DE MONTAÑA DE VALGRANDE (PAJARES) EDUCACIÓN Y CULTURA 14-08-01 A C 1.352.277

23 S SUMINISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE "MICROSOFT" PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ASUNTOS EUROPEOS 11-12-01 A C 1.267.868

24 S ADQUISICIÓN DE UN SERVIDOR CORPORATIVO, PARA EL ENTORNO "UNIX-ORACLE", CON DESTINO A LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ASUNTOS EUROPEOS 30-10-01 N - 605.634

25 S SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA CON DESTINO AL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES DEL PRINCIPADO, SITO EN LA C/ CORONEL ARANDA Nº 2 DE OVIEDO HACIENDA 20-08-01 N - 546.132

26

A CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE UN CENTRO DE SOPORTE A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN (CESALGI) CON DESTINO A LOS AYUNTAMIENTOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ASUNTOS EUROPEOS 02-05-01 A C 1.437.621

27 A CREACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ASUNTOS EUROPEOS 21-06-01 A C 6.412.799

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ADJUDICACIÓN Núm.

de Orden

Tipo de Contrato

(*) OBJETO DEL CONTRATO CONSEJERÍAS/ENTES

Fecha Procedimiento

(**) Forma (***)

Precio (euros)

28 A SERVICIO DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE MEDIOS DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DEL TURISMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA LOS EJERCICIOS 2001 Y 2002

INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO 07-09-01 A C 1.651.565

29

A CONSULTORÍA Y ASISTENCIA REALIZACIÓN DE DIVERSOS ESTUDIOS Y TRABAJOS ESTADÍSTICOS

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ASUNTOS EUROPEOS 12-06-01 N - 1.325.532

30 A PATROCINIO DEPORTIVO PARA LA DIVULGACIÓN DE LA IMAGEN CORPORATIVA DEL TURISMO Y DEL DEPORTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO 09-03-01 N - 1.202.024

31 O EDIFICIO PARA SERVICIOS CIENTÍFICO-TÉCNICOS, APARCAMIENTO GENERAL Y URBANIZACIÓN DEL ENTORNO EN EL CAMPUS DEL CRISTO DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

UNIVERSIDAD DE OVIEDO 16-11-01 A C 8.325.940

32 O

REHABILITACIÓN DEL ANTIGUO EDIFICIO DE LA ESCUELA DE INGENIEROS INDUSTRIALES PARA E.U.I.T.I. Y SEDES DEPARTAMENTALES DEL CAMPUS DE VIESQUES (GIJÓN)

UNIVERSIDAD DE OVIEDO 16-11-01 A C 7.707.701

33 O REHABILITACIÓN DEL C.M. VALDÉS SALAS PARA E.U. DE INFORMÁTICA UNIVERSIDAD DE OVIEDO 18-10-01 A C 1.773.205

34 O REPARACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL EDIFICIO HISTÓRICO (BIBLIOTECA CENTRAL) UNIVERSIDAD DE OVIEDO 06-08-01 A C 1.737.694

35 S IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE GESTIÓN ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO UNIVERSIDAD DE OVIEDO 30-01-01 R C 1.352.277