Tributación Minera 1_2015

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TRIBUTACIÓN MINERA EN CHILE Integrantes: Camila Araya Issa Espinoza Profesor: Eduardo Contreras Abril, 2015

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Tributación Minera en Chile

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TRIBUTACIÓN MINERAEN CHILE

Integrantes:• Camila Araya• Issa Espinoza

Profesor:Eduardo Contreras

Abril, 2015

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Contenido Presentación• Introducción.• Tipos de Tributarios.• Impuestos en la Actividad Minera.• Tributación: Pequeños Mineros Artesanales. Mineros de Mediana Importancia. Mineros de Mayor Importancia. Tributación CODELCO.

• Ventajas y Desventajas de Tipos de Tributarios.• Aporte Monetario Tributación Minera• Impactos y Planteamientos Reforma Tributaria en Gran Minería.• Conclusiones.

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Introducción• A pesar de la relevancia que ha tenido la actividad minera históricamente en Chile,

en los últimos 30 años su crecimiento no ha sido incentivado por regímenes fiscales preferentes. Esto debido a que en la actualidad la minería tiene un sistema tributario más gravoso en relación a otras actividades económicas, como es el caso de la agricultura o la pesca, lo cual se demuestra con la creación en el año 2005 del Royalty (impuesto específico sobre la renta operacional de la actividad minera).

• Las fortalezas que han dejado a Chile tener un gran desarrollo de la actividad minera, no son producto de un régimen tributario preferencial, sino de otros factores, como la estabilidad de las normas jurídicas. Acá es importante el derecho a la “invariabilidad” tributaria que se incluyó en el D.L. 600 (estatuto de inversión extranjera dictado en 1974) con el cual se les dan diversas ventajas tributarias al inversionista extranjero.

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Tipos de Tributarios

Son personas naturales que trabajan personalmente una mina y/o una planta de beneficio de minerales,

propias o ajenas, y/o con un máximo de 5 dependientes asalariados.

También se consideran las sociedades legales mineras que no

tengan más de 6 socios, y las cooperativas mineras.

Son los mineros que no tienen el carácter de mineros artesanales, que no sean Soc. Anónimas o en comanditas por acciones y que su nivel de ventas sea inferior a 2.000 UTA o a una producción de 36.000 Toneladas de minerales no ferrosos.

Son las empresas que tienen al menos una mina y una planta, es decir, las empresas mineras S.A, sociedades en comandita por acciones, agencias extranjeras, y las personas naturales o jurídicas que exploten plantas de beneficios de minerales, en las cuales se traten minerales de terceros en un 50% o más del total procesado en cada año. Además se consideran los contribuyentes mineros del artículo 34 Nº2 de la Ley de la Renta. 

Empresas estatales: Las empresas del estado (incluida ENAMI por el sólo hecho de ser estatal), deben pagar un 40% de sus utilidades.

Mineros de Mediana Importancia

Mineros de Mayor Importancia

Pequeños Mineros Artesanales

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Impuestos de 1° Categoría

Impuesto Único de 1° Categoría

Artesanales

Impuesto según Renta Presunta

Mediana Importancia

Impuesto según Renta Efectiva

Mayor Importancia

Base Imponible Total de las ventas netas Renta presunta según tabla Utilidades incluida depreciación

Impuesto 1%, 2% ó 4% según tabla 22,5% --> 2015 22,5% --> 2015

Impuestos en La Actividad Minera (I)

*Renta presunta: Renta que se presume a partir de ciertos hechos conocidos como es el valor de las ventas anuales de productos mineros. *Renta efectiva: Cuando se pagan impuestos según los resultados reales obtenidos, no en base a supuestos, por lo que se tributa en base a contabilidad completa.

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Impuestos en La Actividad Minera (II)

* Ingreso operacional: Ingreso obtenido de la actividad económica principal de la empresa.* Renta operacional: Costos y gastos deducidos de las ventas anuales obtenidas.* Margen operacional: Razón entre la renta operacional y el ingreso operacional.

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Impuestos en La Actividad Minera (III)Impuesto Global Complementario

• Es un impuesto anual de tipo progresivo que grava a las

personas naturales domiciliadas o residentes en Chile por el total

de las rentas imponibles de Primera o Segunda Categoría.

• Es un impuesto que se determina en abril de cada año

por las rentas generadas de enero a diciembre del año

anterior, y su tasa marginal llega al 40%.

Impuesto Adicional

• Se aplica a las rentas de fuente chilena obtenidas por personas

naturales o jurídicas que no tienen domicilio ni residencia en Chile, cuando la renta queda a

disposición desde Chile a la persona residente en el

extranjero.

• Se aplica con una tasa general del 35% y opera sobre la base de retiros y distribuciones de rentas al exterior y que sean de fuente

chilena.

Patente Minera

• Consiste en el pago anual de cierta cantidad por hectárea completa que cubra la concesión, como expresión material de su titular de permanecerla vigente y dentro de su dominio.

• Los valores establecidos por la Ley Nº 20.228 son:

• 1/10 UTM por hectárea para concesión de explotación.

• 1/50 UTM por hectárea para concesión de exploración.

• Si el interés económico principal radica en sustancias no metálicas, placeres metalíferos o salares: 1/30 UTM por hectárea para concesión de explotación.

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Impuestos en La Actividad Minera (IV)• Escala de tasas del Impuesto Global Complementario.

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Pequeños Mineros Artesanales• Tributa “Impuesto Único de Primera Categoría”.• Base imponible: Valor neto de las ventas.• Tasas (2015) sobre la base imponible:

TASA retenida

COBRE cU$/lb ORO U$/oz PLATA U$/kgOTROS

MINERALES*DESDE HASTA DESDE HASTA DESDE HASTA

1% 0,00 295,95 0,00 811,84 0,00 745,68

2%2% 295,95 380,54 811,84 1.298,85 745,68 1.193,11

4% 380,54 1.298,85 1.193,11

* Valor neto de ventas: Total de ventas brutas menos el valor de rentas de arrendamiento y el pago de regalías.* Estos contribuyentes no necesitan un contador y no deben declarar ninguna renta por su actividad de pequeño minero artesanal.

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Mineros de Mediana Importancia

Tributación por Renta Efectiva

Base Imponible: “Utilidades incluyendo

depreciación”

Impuesto de Primera Categoría(22,5%)

Impuesto Específico a la Minería

Impuesto Global Complementario (0- 40%) para persona residente en

Chile.

Impuesto Adicional (35 – 42%) para persona

extranjera.

Impuesto a

pagar

TASACOBRE CU$/LB ORO U$/OZ PLATA U$/KG

OTROS MINERALESDESDE HASTA DESDE HASTA DESDE HASTA

4% 0,00 276,79 0,00 644,30 0,00 591,85

6%6% 276,79 295,95 644,30 811,84 591,85 745,68

10% 295,95 335,52 811,84 1.046,98 745,68 961,7115% 335,52 380,54 1.046,98 1.298,85 961,71 1.193,1120% 380,54 1.298,85 1.193,11

Tributación por Renta Presunta

Base Imponible:

“Valor Neto de las

Ventas”

Se aplica una tasa del 4% hasta el

20%

RentaPresunta

Aplicar Impuesto

de Primera Categoría(22,5%)

Impuesto a pagar

Los mineros de mediana importancia que declaran sobre la base de la renta

efectiva deben llevar contabilidad fidedigna (que registra

cronológicamente y por su real monto las operaciones, ingresos,

desembolsos, inversiones y existencia de bienes).

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Mineros de Mayor Importancia

Tributación por Renta Efectiva

Base Imponible: “Utilidades incluyendo

depreciación”

Impuesto de Primera

Categoría(22,5%)

Impuesto Específico a la

Minería

Impuesto Global

Complementario (0- 40%)

Impuesto Adicional

(35 – 42%

Impuesto a pagar

Tributación por Renta Efectiva

(EXTRANJEROS)Tributación

General

Impuesto de Primera

Categoría (22,5%)

Impuesto Específico a la Minería

Impuesto Adicional

(35%)

Impuesto a pagar

Acogidos a DL 600

Impuesto de Primera

Categoría (22,5%)

Impuesto Específico a la Minería

Impuesto Adicional del 42%

Impuesto a pagar

• Chilenos

• Extranjeros

Los mineros de mayor importancia están obligados a declarar la renta efectiva

de su actividad, determinada mediante contabilidad completa

(libros caja, diario, mayor e inventarios y balances).

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IEM Mineros de Mayor Importancia (I)

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IEM Mineros de Mayor Importancia (II)

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EjemploIMPUESTO ÚNICO RENTA PRESUNTA RENTA EFECTIVA

Venta Neta Anual 120.000.000 120.000.000 120.000.000

Costos 110.000.000 110.000.000 110.000.000

Resultado antes de IR 10.000.000 10.000.000 10.000.000

Cálculo Impuesto a la Renta 20%

Determinación de la Base Imponible 120.000.000 24.000.000 10.000.000

Tasa Impuesto a la Renta 2010 4% 17% 17%

Impuesto Renta 4.800.000 4.080.000 1.700.000

Tasa Impuesto a la Renta 2012 4% 18,5% 18,5%

Impuesto Renta 4.800.000 4.440.000 1.850.000

Tasa Impuesto a la Renta 2015 4% 20% 20%

Impuesto Renta 4.800.000 4.800.000 2.000.000

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Tributación CODELCO

• CODELCO es la empresa

que paga más impuestos

en Chile, ya que debe

seguir la estructura de

Impuestos señaladas:

De las ventas: 10% para Fuerzas Armadas

Impuesto a la Renta de Primera Categoría ( 22,5% sobre utilidades )

Impuesto a Empresas Estatales ( 40% )

El resto de las utilidades o dividendos que le queden libremente va hacia el Estado

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Ventajas y Desventajas de la Tributación (I)• Pequeños Mineros.

- No están obligados a llevar libros de compras y ventas.- Sociedades Legales Mineras con máximo de 6 socios, se consideran pequeños mineros a los artesanales disfrutando del mismo tratamiento tributario.

- Las Cooperativas Mineras, cuyos cooperados que sean mineros artesanales se acogen al mismo sistema tributario.- Impuesto Único que reemplaza a todos los tributos de la Ley de la Renta.

Ventajas- Según volumen de extracción de mineral, pueden pagar más impuesto a la renta que otros mineros acogidos al sistema de renta efectiva.- No pueden utilizar el crédito fiscal IVA proveniente de sus compras de insumos.

- Sin derecho al crédito del 4% de las compras de Activo Fijo.- Limitados hasta 5 trabajadores y la eventual ayuda del grupo familiar. Impide desarrollo como empresario.- No puede utilizar el crédito fiscal del impuesto específico del petróleo.- Pagan el Impuesto Único aun cuando tengan pérdidas en las faenas.

Desventajas

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Ventajas y Desventajas de la Tributación (II)• Mineros acogidos a Renta Presunta.

- No están obligados a llevar contabilidad.- No están obligados a pagar gratificaciones legales.

- Sus ventas deben ser inferiores a 36.000 ton de mineral no ferroso o no superar las 2.000 UTA.- Pagan Impuesto de Primera Categoría en base a la presunción en el rango del 4 - 20% para Cu, Au o Ag, y para otros minerales 6%.

Ventajas- Según volumen de extracción de mineral, pueden pagar más impuesto a la renta que otros mineros acogidos al sistema de renta efectiva. - Sin acceso a la franquicia del “sueldo empresarial”, que para quienes declaran renta efectiva rebajan como gasto hasta 64 UF mensuales.

- Sin derecho al crédito del 4% de las compras de Activo Fijo.- Para inversiones superiores a las presunciones declaradas, el SII se reserva el derecho a exigir justificación de tales inversiones.- Deben pagar el Impuesto de Primera Categoría y también el Global Complementario, aunque en la práctica el contribuyente no haya obtenido utilidades.

Desventajas

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Ventajas y Desventajas de la Tributación (III)• Mineros acogidos a Renta Efectiva.

- Acceso a franquicia del “sueldo empresarial”, que es aceptado como gasto hasta 64 UF mensuales.- Derecho al crédito del 4% sobre el valor de los activos nuevos, imputables al Impuesto de Primera Categoría con un máximo de 500 UTM del mes Diciembre.

- Utilizar los gastos de capacitación como crédito contra los impuestos.-Puede efectuar retiros para reinvertirlos en otras empresas (explotaciones individuales, sociedades de personas y SA) sin pagar Global Complementario.

Ventajas - En caso de utilidades importantes, la tributación tiende a aumentar ya que el Imp. Global Complementario tiene la condición de progresivo.- Si existen utilidades tributarias, procederá pagar gratificaciones legales.

- Costo adicional de llevar un sistema de contabilidad.- Posibilidades de revisión de la contabilidad y su documentación por parte del SII.

Desventajas

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Aporte Tributario Minero• Evolución de la tributación minería privada está ligada

principalmente al precio del Cu.

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Ingresos del Gobierno Central por Impuestos Mineros

• Los ingresos por Cobre Bruto corresponde a los Impuestos y excedentes generados por CODELCO.

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008En millones de pesos de 2008Cobre brutoComo porcentaje del totalCobre brutoComo porcentaje del PIBCobre bruto

5030 4503 3199

13,6%17,6%22,1%2,4%

290 271 527 2134 2864

15,5%13,7%4,1%2,2%

Ingresos del Gobierno Central Consolidado 2001-1008

0,5% 0,5% 0,8% 3,0% 5,7%3,7% 4,8% 3,6%

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008En millones de pesos de 2008Mineras privadas (GMP10)Como porcentaje del totalMineras privadas (GMP10)Como porcentaje del PIBMineras privadas (GMP10)

2756 3517 2165

13,1%20,0%18,4%1,2%

113 42 90 442 1124

8,6%4,0%0,9%0,4%

Ingresos del Gobierno Central Consolidado 2001-1008

0,2% 0,1% 0,1% 0,6% 3,1%1,4% 3,8% 2,4%

(Fuente: DIPRES)

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(Fuente: DIPRES)

Ingresos del Gobierno Central por Impuestos Mineros

• La baja en el precio del Cobre y el fin del aumento transitorio del royalty, explicarían la baja de ingresos por tributación minera.

2013 2014 VariaciónTributación Minería Privada 1.492.590 1.151.627 -30%

Cobre Bruto 1.834.389 1.643.935 -12%

Ingresos Gobierno Central Total (millones de pesos)

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Impactos Y Planteamientos Reforma Tributaria en Gran Minería (I)

• No hay régimen tributario preferencial para minería. La legislación tributaria es una sola.

• No favorece a las mineras. Aumenta carga tributaria del 20% al 25%.

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Impactos Y Planteamientos Reforma Tributaria en Gran Minería (II)

• Derogación D.L. 600.• Alza impuesto a la renta.• Término del FUT.• Mayores costos energéticos.

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Alza Impuesto a la Renta• Estimación del impacto de la Reforma Tributaria considerando los inputs: - Impuestos a la renta pagados por las empresas de la gran minería privada entre 2008 y 2012. - Comparación con los impuestos a la renta que pagarían las mismas empresas de aplicarse la Reforma Tributaria a los flujos financieros de esos años.

Sin Reforma

Con Reforma

Sin Reforma

Incremento de la Reforma

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Mayores costos energéticos

• Impuestos a las emisiones de la generación térmica.

Creciente costo de inversión por unidad de producción de cobre 2003-2013 (US$/TMF).

Tarifas de consumo de electricidad para proyectos mineros a 2020 según la Wood Mackenzie,

International Energy Agency, Análisis McKinsey.

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Conclusiones

• La minería es altamente afectada por los ajustes tributarios estructurales contenidos en la Reforma Tributaria. Por su parte al régimen general de impuestos, se le suma la tributación específica para el sector, establecida en 2005 e incrementada en 2010. Asimismo, aumentar la carga tributaria al sector minero por medio de la introducción de un cobro discriminatorio, es un gran cambio de las condiciones que se tuvieron al comprometer las inversiones ya realizadas, lo que a su vez desincentivaría la concreción de inversiones que podrían aumentar la base tributaria.

• Necesidad de mantener el estímulo a la inversión: US$ 45 mil millones en proyectos mineros en evaluación y US$ 24 mil millones en ejecución.

• La tributación es un factor más que afecta el atractivo de un país para la materialización de inversiones.

• Reconsideración de la eliminación del D.L. 600.

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Referencias• DATOS INFORMATIVOS OPERACIÓN RENTA AÑO TRIBUTARIO 2015. Servicio de impuestos internos (SII).• Suplemento tributario de renta; Instrucciones para efectuar la declaración de los impuestos anuales de renta. Servicio de

Impuestos internos (SII).• Ley 20780, REFORMA TRIBUTARIA QUE MODIFICA EL SISTEMA DE TRIBUTACIÓN DE LA RENTA E INTRODUCE DIVERSOS AJUSTES

EN EL SISTEMA TRIBUTARIO. MINISTERIO DE HACIENDA, inicio vigencia 01-10-2014.• Juan Igor, Carolina Ramírez: La minería y su tributación: Memoria de Titulo, Facultad de ciencias jurídicas y sociales, Escuela de

Derecho, 2005: Universidad Austral de Chile, Santiago.• Francisco Javier Leturia & Álvaro Merino: tributación y minería en Chile: Antecedentes para un debate informado, 2004,

Centro de estudios públicos (Cepchile).• Guillermo Infante C.; Tributación de la minería – Situación actual en Chile, Santiago 2010.• Contribuyentes, empresas por sector, minería. Servicios de impuestos internos (SII). • Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/ BCN; Modificaciones a la tributación de la actividad minera.• Sociedad Nacional de Minería; Tributación pequeña y mediana minería. Tasas de Impuesto Único a Pequeños Mineros

Artesanales y Tasas para determinar la Renta Imponible a Mineros que Tributan sobre Renta Presunta. Alejandro González Soto. Asesor tributario de Sonami.

• Rodríguez, J., Escobar, L., Jorrat, M. (2006). Los Ingresos Tributarios en el Contexto de la Política de Balance Estructural. Recuperado el 05 de abril de 2015 de: http://www.dipres.gob.cl/572/articles-49684_doc_pdf.pdf

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Gracias por su atención…