tunel de viento

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  • Reglamento CIRSOC 102 Cap. 6 - 25

    CAPTULO 6. MTODO 3 PROCEDIMIENTO DEL TNEL DE VIENTO

    6.1. CAMPO DE VALIDEZ Los ensayos en tnel de viento se deben utilizar para los casos que se consideran en el artculo 5.2. El ensayo en tnel de viento se admite en reemplazo de los Mtodos 1 y 2 para cualquier edificio o estructura. 6.2. CONDICIONES DE ENSAYO Los ensayos en tnel de viento, o ensayos similares empleando fluidos diferentes que el aire, que se usen para la determinacin de cargas de viento de diseo para cualquier edificio u otra estructura, se deben realizar de acuerdo con este artculo. Los ensayos para la determinacin de fuerzas y presiones medias y fluctuantes deben reunir la totalidad de las siguientes condiciones:

    1. La capa lmite atmosfrica natural ha sido modelada para tener en cuenta la variacin de la velocidad del viento con la altura.

    2. Las escalas pertinentes de macro longitud (integral) y micro longitud de la componente longitudinal de la turbulencia atmosfrica estn modeladas aproximadamente a la misma escala que la usada para modelar el edificio u otra estructura.

    3. El edificio u otra estructura modelada y las estructuras y topografa circundantes son geomtricamente similares a sus contrapartes en escala natural, excepto que, para edificios de baja altura que renan los requisitos del artculo 5.1., se permitirn ensayos para el edificio modelado en un nico sitio de exposicin tal como se define en el artculo 5.6.1.

    4. El rea proyectada del edificio u otra estructura y alrededores modelados es menor que el 8% del rea de la seccin transversal de ensayo a menos que se haga una correccin por bloqueo.

    5. Se ha tenido en cuenta el gradiente de presin longitudinal en la seccin de ensayo del tnel de viento.

    6. Los efectos del nmero de Reynolds sobre las presiones y las fuerzas estn minimizados.

    7. Las caractersticas de respuesta del instrumental del tnel de viento son consistentes con las mediciones requeridas.

    6.3. RESPUESTA DINMICA Los ensayos realizados con el propsito de determinar la respuesta dinmica de un edificio u otra estructura deben respetar los requisitos del artculo 6.2. El modelo estructural y el anlisis asociado deben considerar la distribucin de masa, rigidez y amortiguamiento.

  • Reglamento Argentino de Accin del Viento sobre las Construcciones Cap. 6 - 26

    6.4. LIMITACIONES 6.4.1. Limitaciones sobre velocidades de viento No se permiten variaciones de la velocidad bsica de viento con la direccin a menos que el anlisis para velocidades de viento satisfaga los requisitos del artculo 5.4.2.