Ui 2010

41
UNIDAD I DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

description

derecho

Transcript of Ui 2010

Page 2: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

NOCION

Conjunto de normas jurídicas,basadas en los Tratados, la costumbre internacional

y los principios generales del Derecho,que rigen las relaciones entre los Estadosy también las de éstos con otras entidades

que poseen personalidad jurídica internacional. Comprende también las normas jurídicasque regulan la constitución, los órganos

y el funcionamiento en generalde las Organizaciones Internacionales

Page 3: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

PRINCIPIOS GENERALES

Reconocidos en la Resolución 2.625de la Asamblea General de las Naciones Unidas

(Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación

entre los Estadosde conformidad con la Carta de las Naciones Unidas)

Page 4: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

PRINCIPIOS GENERALES

ENUMERACION

- Principio que los Estados, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado

- Principio que los Estados arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos, de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz ni la seguridad internacional ni la justicia

- Obligación de no intervenir en asuntos que son de jurisdicción interna de los Estados

- Obligación de los Estados de cooperar entre si

- Principio de igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos

- Principio de igualdad soberana de los Estados

- Principio que los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas

Page 5: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

Antecedentes y origen

El precursor de las Naciones Unidas fue la Sociedad de las Naciones, organización concebida en similares circunstancias durante la primera guerra mundial y establecida en 1919, de conformidad con

el Tratado de Versalles, "para promover la cooperación internacional y conseguir la paz y la seguridad". También en el marco del Tratado de Versalles se creó la Organización Internacional del

Trabajo como organismo afiliado a la Sociedad de las Naciones. La Sociedad de las Naciones cesó su actividad al no haber conseguido evitar la segunda guerra mundial.

En 1945, representantes de 50 países se reunieron en San Francisco en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, para redactar la Carta de las Naciones Unidas. Los

delegados deliberaron sobre la base de propuestas preparadas por los representantes de China, la Unión Soviética, el Reino Unido, y los Estados Unidos en Dumbarton Oaks, Estados Unidos, entre

agosto y octubre de 1944. La Carta fue firmada el 26 de junio de 1945 por los representantes de los 50 países. Polonia, que no estuvo representada, la firmó mas tarde y se convirtió en uno de los 51 Estados

Miembros fundadores.

Las Naciones Unidas empezaron a existir oficialmente el 24 de octubre de 1945, después de que la Carta fuera ratificada por China, Francia, la Unión Soviética, el Reino Unido, los Estados Unidos y la

mayoría de los demás signatarios.

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

Page 6: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

LAS NACIONES UNIDAS son una singular organización internacionalformada por 192 (28-06-06) Estados soberanos

en la que está representada la práctica totalidad de los países del mundo.

Se constituyó con el objeto de mantener la paz y la seguridad internacionales,fomentar las relaciones de amistad entre las naciones y promover el progreso

social,la mejora del nivel de vida y los derechos humanos.

Los Estados Miembros están vinculados entre sípor los principios de la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS,un tratado internacional en que se enuncian sus derechos y deberes

en cuanto integrantes de la comunidad internacional

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

Page 7: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

En septiembre de 2000,se reunieron en la Sede de las Naciones Unidas unos 150 presidentes,

primeros ministros y dirigentes mundialescon el fin de configurar una visión del futuro

En la “DECLARACION DEL MILENIO” resultantelos propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas

se aplican a un mundo nuevo

Para hacer realidad esa visión,los Estados Miembros convinieron unos objetivos concretos y alcanzables

que habían de contribuir a eliminar el hambre y la pobreza,poner fin a los conflictos,

atender las necesidades de África,promover la democracia y el Estado de derecho

y proteger el medio ambiente,y se comprometieron a cumplir esos objetivos en un plazo determinado

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

Page 8: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

ORGANOS PRINCIPALES

- ASAMBLEA GENERAL

- CONSEJO DE SEGURIDAD

- CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL

- CONSEJO DE ADMINISTRACION FIDUCIARIA

- SECRETARIA GENERAL

- CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

Page 9: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

OTROS ORGANOS, ORGANISMOS Y PROGRAMAS

Existen programas y órganos dependientes de la Asamblea General y el Consejo Económico y Social( Ej. PNUMA y el PNUD)

Existen organismos especializados dependientes del Consejo Económico y Social ( ej.: OIT, FAO, UNESCO, Grupo Banco Mundial, FMI y OMT)

Existen organismos conexos (ej. OMC)

Page 10: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

NOCIONComprende las relaciones jurídicas

que tienen un elemento ostensible u oculto,extraño al derecho local, sin importar

que su naturaleza sea de carácter civil, penal o comercial. Es suficiente que el interés comprometido

sea de una persona privaday que a su respecto se plantee el problema

de determinar cual es la ley aplicable y el juez competente

Los Estados son sujetos de Derecho Internacional Privado cuando actúan como personas privadas

Page 11: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

GLOSARIO

CONFERENCIA

Reunión de mandatarios o representantes plenipotenciarios encargados de resolver una cuestión política.

También puede tratarsede una reunión de orden técnico o de estudios.

Plenipotenciario: Individuo que lleva o al que se le han conferido plenos poderes de comprometer al Estado que representa.

Plenos poderes: Documento emanado de la autoridad competente de un Estado por el que se designa a una personas o a un grupo de personas como representantes del Estado para:• negociar, adoptar o autentificar el texto de un acuerdo internacional;• expresar el consentimiento del Estado para obligarse por un acuerdo internacional; o• llevar a cabo cualquier otra acción con respecto a un acuerdo internacional

Page 12: Ui   2010

DECLARACION

Acuerdo genérico sobre principiosque carece de fuerza obligatoria

para los Estados que lo suscriben.El término es escogido deliberadamente

para indicar que las partesno pretenden crearse obligaciones vinculantes

sino solamente manifestar determinadas aspiraciones

DERECHO INTERNACIONAL

Page 13: Ui   2010

ACUERDOConceptualización genérica: La Convención de Viena de 1969 – Derecho de los Tratados – emplea el término “acuerdo internacional” en el sentido más amplio. Tanto para definir al tratado como un acuerdo internacional con determinadas características, como para referirse a instrumentos que no quedan comprendidos en la definición estricta de tratados.

Conceptualización estricta: instrumento usualmente menos formal y con un objeto más específico que un tratado.Existe una tendencia general a la utilización del término para referirse a los acuerdos bilaterales o multilaterales restrictos.Se utiliza especialmente para instrumentos de carácter técnico o administrativo, firmados por los representantes de los gobiernos, pero no están sujetos a ratificación.

Conceptualización en el marco de los esquemas de integración regional: Se utiliza el término acuerdo para referirse a los instrumentos que se concluyen dentro del marco del tratado constitutivo que reviste carácter constitucional o a los emanados de los órganos de las organizaciones regionales.

DERECHO INTERNACIONAL

Page 14: Ui   2010

CONVENCIONSi bien en el siglo XIX

el término “convención” se empleaba regularmentepara los acuerdos bilaterales,ahora se utiliza generalmente

para los tratados multilaterales formalescon un amplio número de partes.

Las convencionesestán normalmente abiertas a la participaciónde la comunidad internacional en su conjunto,

o a la de un gran número de Estados.Normalmente,

los instrumentos negociadoscon los auspicios de una organización internacional

se titulan convenciones.Lo mismo es cierto

para los instrumentos aprobadospor un órgano de una organización internacional.

DERECHO INTERNACIONAL

Page 15: Ui   2010

TRATADO

En sentido amplio cualquier acuerdo de voluntadessusceptible de producir efectos jurídicos

Concertado entre sujetos de la comunidad internacional

Por ello se han concertado tratados entre:a) Estados;b) Organizaciones internacionales con capacidad para celebrar tratados y Estados; oc) Organizaciones internacionales con capacidad para celebrar tratados

En sentido estricto acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional

(Convención de Viena/1969 – Derecho de los Tratadosratificada por la República Argentina en 1972)

DERECHO INTERNACIONAL

Page 16: Ui   2010

CONVENCION MARCO

Convención que proveeun marco organizacional y de toma de decisiones

en materia de adopciónde acuerdos complementarios subsiguientes

(ej: Protocolo)

Generalmente incluye cláusulas de naturaleza genérica,cuyos detalles pueden proporcionarse en los acuerdos subsecuentes

DERECHO INTERNACIONAL

Page 17: Ui   2010

PROTOCOLO

En general es un instrumento que enmienda, complementa o aclaraun tratado multilateral

Un protocolo está abiertoa la participación de las partes en el acuerdo marco

Los protocolos generalmente refuerzan a una convencióna través del agregado de compromisos nuevos o más detallados

DERECHO INTERNACIONAL

Page 18: Ui   2010

ENMIENDA

Modificación deo agregado a

un instrumento legal existente(ej: tratado, convención o protocolo)

DERECHO INTERNACIONAL

Page 19: Ui   2010

RECOMENDACION

Expresión formalde carácter consultivo

de la posición de la autoridadque gobierna una organización internacional

o un acuerdo internacional

No es vinculante

DERECHO INTERNACIONAL

Page 20: Ui   2010

CONSENSO

modalidad de adopciónde decisiones, resoluciones o recomendaciones sin votación

Una decisión es adoptada por consensosi no se presenta formalmente una objeción explícita

El determinar si se ha logrado consenso o no con respecto a un temalo decide la presidencia en base a la consideración

de los puntos de vista expresados por los delegados ya su evaluación personal de la situación

DERECHO INTERNACIONAL

Page 21: Ui   2010

PARTE

Una parte en un tratado es un Estado u otra entidadcon capacidad para celebrar tratadosque ha expresado su consentimiento

en obligarse por ese tratadomediante un acto de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión,

etcétera,cuando ese tratado haya entrado en vigor

para ese Estado en particular

DERECHO INTERNACIONAL

Page 22: Ui   2010

CONFERENCIA DE LAS PARTES

Una de las denominacionesdadas al órgano encargado de las negociaciones principales

referidas a un tratado

La COP es un órgano encargado del diseño de políticas,que se reúne periódicamente

para monitorear la implementación del acuerdoy adopta decisiones, resoluciones o recomendaciones

en relación a la futura implementación del mismo

DERECHO INTERNACIONAL

Page 23: Ui   2010

FIRMA

Acto por el cual el jefe del Estado o gobierno,el ministro de relaciones exteriores u otro funcionario designado,

indica que un acuerdo internacional es auténtico y,en los casos en los cuales la ratificación no es necesaria,

puede indicar tambiénel consentimiento del estado para obligarse por el acuerdo

DERECHO INTERNACIONAL

Page 24: Ui   2010

RATIFICACION – ACEPTACION – APROBACION

Se refieren todas ellas al acto realizado en el plano internacionalmediante el cual un Estado

establece su consentimiento en obligarse por un tratado

RATIFICACION: Proceso formal por el cual el Jefe de Estado o el funcionario o autoridad gubernamental apropiada firma un documento que indica el consentimiento de un Estado en ser Parte de un acuerdo internacional.

ACEPTACION: Acto por el cual un Estado se convierte en Parte de un acuerdo internacional ya negociado y cerrado a la firma. La aceptación conlleva los mismos efectos jurídicos que la ratificación, a pesar que el Estado aceptante no sea firmante del acuerdo.

APROBACION: en la práctica, se usa la aprobación en lugar de la ratificación cuando, a nivel nacional, la constitución no establece que un acuerdo internacional debe ser ratificado por el jefe del Estado. La aprobación conlleva los mismos efectos jurídicos que la ratificación.

DERECHO INTERNACIONAL

Page 25: Ui   2010

RATIFICACION – ACEPTACION – APROBACION

Requieren dos pasos:a) La emisión de un instrumento de ratificación, aceptación o aprobación por el Jefe del Estado, el Jefe del Gobierno o el Ministro de Relaciones Exteriores, en el que se exprese la intención del Estado de obligarse por el tratado pertinente; yb) Para los tratados multilaterales, el depósito del instrumento en poder del depositario; o para los tratados bilaterales, el canje de los instrumentos entre las partes

La ratificación, la aceptación o la aprobación en el plano internacionalindican a la comunidad internacional el compromiso de un Estado

de adquirir las obligaciones derivadas de un tratado

No deben confundirse con el acto de ratificación en el plano nacional que las disposiciones constitucionales un Estado pueden requerir para que el mismo se obligue internacionalmente. La ratificación en el plano nacional es inadecuada para establecer el consentimiento del Estado en obligarse en el plano internacional

DERECHO INTERNACIONAL

Page 26: Ui   2010

RESERVA

Declaración unilateral de un Estadoen el marco de la firma,

ratificación, reconocimiento, aprobación o aceptaciónde un instrumento legal internacional,

indicando que desea excluir o modificarlos efectos legales de ciertas cláusulas

en su aplicación a ese Estado en particular

Las reservas están generalmente permitidas

Sin embargo,algunos acuerdos internacionales las prohíben expresamente

DERECHO INTERNACIONAL

Page 27: Ui   2010

ENTRADA EN VIGENCIA

Momento en que comienzanlos efectos legales de un acuerdo internacional

Ej: momento en el cualun acuerdo internacional deviene obligatorio para un Estado

que lo ha ratificado o aceptado o expresado de alguna otra manera su consentimiento en obligarse por el acuerdo

DERECHO INTERNACIONAL

Page 28: Ui   2010

ADOPCIONProceso por el cual un país

incorpora un acuerdo internacional al sistema jurídico internoPuede tratarse de una firma, ratificación

o cualquier otro proceso establecido por el derecho interno

IMPLEMENTACIONProceso por el cual una Parte de un acuerdo internacional

adopta políticas relevantes, leyes u otros instrumentos normativosy desarrolla acciones

tendientes al logro de las obligaciones derivadas del acuerdo

DERECHO INTERNACIONAL

Page 29: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL

El derecho intenacional yla protección ambiental

el ambiente, sus factores y elementosno reconocen fronteras políticasello determina la necesidad de la concurrencia del ordenamiento internacional para el cumplimiento de la función ambiental del derecho

Page 30: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL

Límites y dificultades

para la contribución

a la protección ambiental

principios básicos del Derecho Intenacional Público, antagónicos:

imperiun sobre los territorios

sobre los que se ejerce soberanía

epistemológicas: polisemia del término ambiente,problemas conceptuales

jurídicas:

libre disposición sobre los bienes

no nacionalizados

cuestiones de Derecho Internacional Privado:

determinación de jurisdicción competente

posibilidad de hacer efectivos

los fallos

Page 31: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL

ELEMENTOS CONSOLIDADOS:

• desde una perspectiva sustantiva o material

objeto: medio vital humano, en su dimensión plantearia y universal

sistema ambiental global

preocupación holística acción sectorial

• líneas maestras de la evolución del Derecho Ambiental Internacional: nuevo objetivo totalizante desarrollo sustentable

garantizar condiciones de vida satisfactorias para las generaciones presentes y futuras

• metodología operativa: marcada apertura pluridisciplinar.

Page 32: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL

Dimensión internacional de la protección ambiental

unidad ambiental compartimentación política y jurídica: El estado soberano ejerce competencias exclusivas sobre sus territorioGlobal commons: espacios no sometidos a soberanía estatalcontinum ecológico: elementos vitales del sistema mundial que aún sujetos a soberanía estatal revisten valor comunitario

internacionalización de los problemas ambientales

contaminación transfronteriza

exportación de contaminzación

creciente globalismo del sistema económico

Page 33: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

LA DIMENSION INTERNACIONAL DE LA PROTECCION AMBIENTAL

Factores condicionantes de la dimensión internacional de la protección ambiental:

diversidad de los elementos ambientales en las diversas regiones

desigual repartición de los conocimientos científicos y tecnológicos

desigual nivel de desarrollo económico de los diferentes países

factor político

Intereses estatales en presencia:

relaciones de dominación consecuencia: encubrimiento de objetivos políticos estatales bajo apariencia de exigencias científicas (política de doble estándar)

relaciones de reciprocidad

relaciones de cooperación

orientación

satisfacción de objetivos colectivos: IDEA DE PROTECCION

DEL PATRIMONIO AMBIENTAL DE LA HUMANIDAD

Page 34: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

PREHISTORIA 

Etapa inicial: ERA DEL UTILITARISMO AMBIENTAL

(Desde comienzo del Siglo XX hasta 1º Guerra Mundial)

Protección de los elementos del ecosistema de utilidad para la producción

o que representaban un valor económico por ser objeto de utilización comercialización

Segunda etapa: ERA DE LA NATURALEZA VIRGEN

(Desde 1930 hasta 2º Guerra Mundial)

Defensa de los espacios naturales y riquezas biológicas

de los territorios vírgenes sometidos a colonización

EVOLUCION HISTORICA

Page 35: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

PREHISTORIA 

Tercera etapa: INICIO DE LA PREOCUPACION AMBIENTAL ESPECIFICA

(Desde el final de la 2ª Guerra Mundial hasta la década del 60)

Instrumentos convencionales para la protección de las aguas dulces y las aguas del mar

Aparición de convenios internacionales que perseguían un objetivo diferente pero presentaban un indiscutible incidencia ambiental

Primeros pronunciamientos jurisdiccionales con contenido ambiental

Cuarta etapa: ERA ECOLOGICA PROPIAMENTE DICHA

(Desde fines de la década del 60 hasta 1972)

Nacimiento del pensamiento ambientalista

Aparición de los primeros instrumentos internacionales ambientales

EVOLUCION HISTORICA

Page 36: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

EVOLUCION HISTORICA

HISTORIA: LOS GRANDES HITOS

ESTOCOLMO 1972CONFERENCIA de las NACIONES UNIDAS sobre el MEDIO HUMANO

NEW YORK 1982CARTA MUNDIAL DE LA NATURALEZA

RIO DE JANEIRO 1992CONFERENCIA de las NACIONES UNIDAS sobre MEDIO AMBIENTE Y

DESARROLLO

JOHANNESBURGO 2002CUMBRE MUNDIAL sobre el DESARROLLO SOSTENIBLE

Page 37: Ui   2010

Características esenciales:

• Equidad y justicia, para garantizar los derechos de los pobres y de las generaciones futuras

• Visión a largo plazo: prevención y precaución

• Pensamiento sistémico, conocimiento y comprensión de interrelaciones

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

DESARROLLO SUSTENTABLE

“ El desarrollo sostenible es el desarrollo que satisface las necesidades del presentesin comprometer la capacidad de generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”

Definición más frecuente - Informe Nuestro Futuro Común - (Informe Brundtland)

Page 38: Ui   2010

EVOLUCION DEL CONCEPTO DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

El concepto de desarrolloha sido asociado al aumento de bienestar individual y colectivo

Tradicionalmenteel desarrollo ha sido medido a través de indicadores económicos y políticos

ligados al proceso de mayor o menor crecimiento económicoy redistribución de la riqueza

Ha sido vinculado con el nivel de industrialización,lo que ha determinado una categorización

en países "desarrollados" o "en vías de desarrollo“ (actualmente: en desarrollo)

En los setenta se integra al concepto la dimensión social,aunque siempre privilegiando lo económico

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

Page 39: Ui   2010

En los 80 se considera que"se deben cambiar ciertos modelos y estrategias de desarrollo

por otros que permitan el uso sostenido de los recursos,respetando los plazos de los ecosistemas para su regeneración biológica“

(Crespo, 1994)

El concepto de desarrollo sustentable,surge en la Conferencia de Estocolmo (1972),

pero cristaliza en el documento "Nuestro Futuro Común“(Comisión Mundial del Medio Ambiente y el Desarrollo, 1989)

y se consolida en la Conferencia de Río 92, La Cumbre de la Tierra,donde adquiere el carácter de tema central del debate (Crespo, 1994)

El concepto no refiere a un estado inmutable de la naturaleza y de los recursos naturales,

incorpora una perspectiva de largo plazo en su manejo,no apunta a una "explotación" de los recursos naturales sino al "manejo" de éstos;

enfatiza la necesidad de la solidaridad hacia las actuales y futuras generacionesy defiende la equidad intra e intergeneracional

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

Page 40: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

El desarrollo sustentable: nuevo paradigma para la administración pública – Cornelio Rojas Orozco – Senado de la República – México - 2004

Page 41: Ui   2010

DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL Y AMBIENTE

PERSPECTIVA INTERNACIONAL DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

OBJETIVO ECONOMICO OBJETIVO SOCIAL Y CULTURAL OBJETIVO ECOLOGICO

PROCESO: solidario y equitativo

Criterio de orientación para las políticas económicas de los Estados a escala universal, regional y local para el logro de un desarrollo compatible con la preservación del ambiente.

Los objetivos primordiales y requisitos fundamentales de un Desarrollo Sustentable son: “la erradicación de la pobreza, la modificación de pautas insostenibles de producción y consumo y la protección y ordenación de la base de recursos naturales para el desarrollo social y económico.