Un Bet Hakneset que pertenece a una persona particular ... sobre venta de... · dio a la comunidad,...

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RABINO EFRAIM COHEN IMACH Rabino de la comunidad Yejave Da'at – Miembro de Bada’tz Beitar Rosh Kolel L’Dayanut y Av Bet Din Zajor L’Abraham Autor de la serie de libros Binyan Shalem y Zajor L’Abraham Beit Hora’ah Yejave Da’at – Calle HaRabi Mi-Zvehil 35 – Teléfono: 0533106808 – Fax: 025364778 Un Bet Hakneset que pertenece a una persona particular, ¿Es Mutar para él destruir la construcción, para después construir un edificio residencial? Pregunta: Una persona Millonaria compró un terreno en un país de Sud-America, para construir un Bet Hakneset en Shejuna (barrio), en la cual no hay más Bet Hakneset o instituciones de Torá. Se construyó ahí un edificio para un Kolel, Bet Hakneset, una Mikve para hombres y otra para mujeres. Aunque el continuó siendo el dueño del lugar y también frente a las autoridades civiles del país se registró como el dueño del área y el edificio. El lugar se desarrolló y abrió allí un Kolel abrejim y más. Muchas personas se fortalecieron y se unieron a la comunidad, aunque al mismo tiempo muchos se mudaron a vivir a otra Shejuna en la que hay centros e instituciones de judaísmo. Después de 30 años (aprox.) el dueño decidió que ya no hay una necesidad de mantener el edificio (la sinagoga) porque disminuyeron los miembros judíos de la Kehila, por lo que pidió a los miembros de esta y al Kolel que desalojaran el edificio, ya que se planea demolerlo y construir en su lugar un gran edificio residencial. Los miembros de la comunidad se asombraron ante esta noticia, y se preguntan si está prohibido destruir el Bet Hakneset, ya que este funciona todos los días con Tefilah, Shiurim y más actividades, y que además no hay un Bet Hakneset diferente en la Shejuna, y que es imposible caminar a pie en Shabat a los Bet Hakneset de las otras Shejunot, y también las Mikvaot están alejadas, y mientras el dueño sigue sosteniendo que el es el dueño, y si no hay otro lugar para construir para ellos otro Bet Hakneset ¿Cuál es el Din? Respuesta: Está prohibido destruir el Bet Hakneset mientras no se construya otro Bet Hakneset en el lugar, e incluso en el caso que este Bet Hakneset pertenece a una sola persona y él fue quien construyó el Bet Hakneset y todavía es el dueño del lugar y está registrado a su nombre frente a las autoridades del país, todavía hay una prohibición y debe mantener el lugar. Y además incluso si decide construir un edificio diferente (para la sinagoga) y trasladarla para allá, todavía se necesita el consentimiento y aprobación de la Kehila, y también es la opinión de la mayoría de los Poskim que no solo quien construyó tiene derecho a tomar una decisión sino que también todos para quienes se construyó, y los que rezaban ahí tienen derecho a decidir sobre el edificio, y solo después del apoyo de todos se le permite transferir el Bet Hakneset a otro edificio. Aunque destruirlo sin construir en otro lugar en todo caso está prohibido incluso si todos están de acuerdo. Y en el caso que hizo una condición sobre el derecho a decidir sobre destruirlo, de hecho, la condición es útil si construye otro Bet Hakneset y lo traslada para allá, aunque mientras no haya otro Bet Hakneset está prohibido para él destruir el Bet Hakneset o venderlo. Que el benefactor del edificio reciba el doble desde el cielo, siempre que recen y estudien allí, y su recompensa no tenga fin. Motivos Prohibición de destruir Bet Hakneset antes de construir otro Bet Hakneset. Dictaminó el Shulján Aruj en el Simán 154:1 “no hay que destruir un Bet Hakneset para construir otro Bet Hakneset, talvez les suceda a ellos un imprevisto y no construyan otro, sino

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RABINO EFRAIM COHEN IMACH Rabino de la comunidad Yejave Da'at – Miembro de Bada’tz Beitar

Rosh Kolel L’Dayanut y Av Bet Din Zajor L’Abraham Autor de la serie de libros Binyan Shalem y Zajor L’Abraham

Beit Hora’ah Yejave Da’at – Calle HaRabi Mi-Zvehil 35 – Teléfono: 0533106808 – Fax: 025364778

Un Bet Hakneset que pertenece a una persona particular, ¿Es Mutar para él destruir la construcción, para después construir un edificio residencial?

Pregunta: Una persona Millonaria compró un terreno en un país de Sud-America, para

construir un Bet Hakneset en Shejuna (barrio), en la cual no hay más Bet Hakneset o instituciones

de Torá. Se construyó ahí un edificio para un Kolel, Bet Hakneset, una Mikve para hombres y

otra para mujeres. Aunque el continuó siendo el dueño del lugar y también frente a las

autoridades civiles del país se registró como el dueño del área y el edificio. El lugar se

desarrolló y abrió allí un Kolel abrejim y más. Muchas personas se fortalecieron y se unieron a

la comunidad, aunque al mismo tiempo muchos se mudaron a vivir a otra Shejuna en la que

hay centros e instituciones de judaísmo. Después de 30 años (aprox.) el dueño decidió que

ya no hay una necesidad de mantener el edificio (la sinagoga) porque disminuyeron los

miembros judíos de la Kehila, por lo que pidió a los miembros de esta y al Kolel que desalojaran

el edificio, ya que se planea demolerlo y construir en su lugar un gran edificio residencial. Los

miembros de la comunidad se asombraron ante esta noticia, y se preguntan si está prohibido

destruir el Bet Hakneset, ya que este funciona todos los días con Tefilah, Shiurim y más

actividades, y que además no hay un Bet Hakneset diferente en la Shejuna, y que es imposible

caminar a pie en Shabat a los Bet Hakneset de las otras Shejunot, y también las Mikvaot están

alejadas, y mientras el dueño sigue sosteniendo que el es el dueño, y si no hay otro lugar para

construir para ellos otro Bet Hakneset ¿Cuál es el Din?

Respuesta: Está prohibido destruir el Bet Hakneset mientras no se construya otro Bet

Hakneset en el lugar, e incluso en el caso que este Bet Hakneset pertenece a una sola persona y

él fue quien construyó el Bet Hakneset y todavía es el dueño del lugar y está registrado a su

nombre frente a las autoridades del país, todavía hay una prohibición y debe mantener el

lugar. Y además incluso si decide construir un edificio diferente (para la sinagoga) y trasladarla

para allá, todavía se necesita el consentimiento y aprobación de la Kehila, y también es la

opinión de la mayoría de los Poskim que no solo quien construyó tiene derecho a tomar una

decisión sino que también todos para quienes se construyó, y los que rezaban ahí tienen

derecho a decidir sobre el edificio, y solo después del apoyo de todos se le permite transferir

el Bet Hakneset a otro edificio. Aunque destruirlo sin construir en otro lugar en todo caso

está prohibido incluso si todos están de acuerdo. Y en el caso que hizo una condición sobre

el derecho a decidir sobre destruirlo, de hecho, la condición es útil si construye otro Bet

Hakneset y lo traslada para allá, aunque mientras no haya otro Bet Hakneset está prohibido

para él destruir el Bet Hakneset o venderlo. Que el benefactor del edificio reciba el doble desde

el cielo, siempre que recen y estudien allí, y su recompensa no tenga fin.

Motivos

Prohibición de destruir Bet Hakneset antes de construir otro Bet Hakneset.

Dictaminó el Shulján Aruj en el Simán 154:1 “no hay que destruir un Bet Hakneset para

construir otro Bet Hakneset, talvez les suceda a ellos un imprevisto y no construyan otro, sino

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RABINO EFRAIM COHEN IMACH Rabino de la comunidad Yejave Da'at – Miembro de Bada’tz Beitar

Rosh Kolel L’Dayanut y Av Bet Din Zajor L’Abraham Autor de la serie de libros Binyan Shalem y Zajor L’Abraham

Beit Hora’ah Yejave Da’at – Calle HaRabi Mi-Zvehil 35 – Teléfono: 0533106808 – Fax: 025364778

que construyan otro primero y después destruyan el antiguo”. Y la fuente de esto está en

Baba Kama 3a y de acuerdo a Rab Ashi (y que incluso si es posible encontrar un lugar temporal

para rezar mientras tanto hasta que se construya otro, no hay un permiso de destruir el Bet

Hakneset). Y también trae así la Guemará en Meguilá 26b. Y así también sostuvieron el Rif en

Baba Kama 8a y el Rambam (Tefila halajá 12) y como explica todo esto el Bet Yosef 152. Y

también sostuvo allí la Mishna Berurá 5 que incluso si hay un lugar que se entrego para rezar,

está prohibido destruir el Bet Hakneset. Y allí el Shaar Hatziun letra 6 escribió que así también

consienten los Poskim.

En el tema anteriormente mencionado cuando el Bet Hakneset pertenece a una solo

persona.

Escribió el Meiri (Meguila 25a d’’h Dibur) el público o individuo que quiere destruir el Bet

Hakneset y hacer otro nuevo, no destruirán este hasta que construyan otro, tal vez no salga

según lo planificado y se encuentren parados sin Bet Hakneset. Y trajo la Halajá en la Mishna

Berurá (s’’k 1) sobre lo antes mencionado “como en el Bet Hakneset, es también la ley por un

Bet Midrash, ya sea de una persona o de muchas” (Meiri).

Y más de esto se trae en el Rama (Simán 153:7) “un individuo construyó un Bet Hakneset y lo

dio a la comunidad, su Din es como un Bet Hakneset de la comunidad (que está prohibido

venderlo o destruirlo sin el consentimiento de la Kehila, es decir, que cuando la Kehila quiera

venderlo, el individuo que construyó el Bet Hakneset no puede protestar) pero si no dejo para

sí mismo ningún poder (y aunque se haya dejado para sí mismo el derecho sobre el edificio

y que solo él puede agregar al edificio o renovarlo como se trae en el Bet Yosef) no pueden

venderlo, incluso ni la Kehila ni el dueño por si solos” (es decir que se necesita la aprobación

de ellos juntos para vender el edificio y uno sin la aprobación del otro, no tiene autorización).

Y la fuente del Rama es el Hagaot Hashiri en nombre del Ohr Zarua. Y su razón es que, ya que

construyó la sinagoga para la comunidad, en este caso no tiene la fuerza para protestar incluso

contra cualquiera que vaya a rezar, por lo que no puede vender sin su aprobación. Y trae el

Bet Yosef (153 hoja 128a) que el Ohr Zarua explica que todo el Bet Hakneset tiene derecho a

decir si venderle o no a quienes lo pagaron, es decir específicamente cuando los donantes

son de la misma comunidad, entonces la decisión está en sus manos. Pero cuando una sola

persona pago la construcción del Bet Hakneset para la comunidad, no tiene en sus manos el

derecho a decidir, sino que necesita la aprobación de la comunidad. Y de acuerdo a los que

explican que no hay derecho de decisión en los donantes sino en quienes realmente lo usan,

para los cuales se construyó el Bet Hakneset, ciertamente que el individuo que donó para el

edificio no tiene el derecho a decidir, aunque se haya dejado para si mismo el derecho del

edificio en el que solo él puede renovarlo, etc. Y la Halajá es ciertamente que la última palabra

no la tienen los donantes, sino que el poder de decisión es de los que rezan y de todas las

personas que van, y sin su aprobación no hay posibilidad de vender como se trae en el Bet

Yosef (anterior).

Palabras del Noda BiYehuda

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RABINO EFRAIM COHEN IMACH Rabino de la comunidad Yejave Da'at – Miembro de Bada’tz Beitar

Rosh Kolel L’Dayanut y Av Bet Din Zajor L’Abraham Autor de la serie de libros Binyan Shalem y Zajor L’Abraham

Beit Hora’ah Yejave Da’at – Calle HaRabi Mi-Zvehil 35 – Teléfono: 0533106808 – Fax: 025364778

El Shu’’t Noda Biyehuda (Oraj jaim 17) trae que se le preguntó sobre una persona que le permitió

a la Kehilá rezar en un cuarto de su casa, y convirtió este cuarto en un Bet Hakneset. Y después

de un tiempo canceló este Minyan, y se le pregunto si todavía la santidad de Bet Hakneset

estaba sobre este cuarto, y si está prohibido venderlo o destruirlo.

Y respondió el Noda BiYehuda que quien dio permiso para rezar en el cuarto dentro de la

casa, fue considerado una sinagoga temporal, y no hay en esto santidad de Bet Hakneset. Pero

si es evidente por sus acciones que la santificó (dedicó) (aunque no la dedicó verbalmente) y

ya que se impregnaron sobre las murallas unas cuantas súplicas y solicitudes con los nombres

que no pueden ser borrados, como lo es en las sinagogas, este cuarto tiene el Din de Bet

Hakneset por ser la única sinagoga (del lugar). Y no hay ninguna regulación, excepto que este

individuo venda, con el consentimiento de todas las personas de la Shejuna a la que pertenece

esta sinagoga, y tomaron el dinero para proporcionarlo a un Talmud Torá o para casar a un

huérfano.

Vender la sinagoga de un individuo cuando no hay otra sinagoga

Es claro que incluso cuando la sinagoga es privada y pertenece a cierta persona, no tiene

derecho a venderlo (o destruirlo), a menos que cuente con el consentimiento de la comunidad

y de todos aquellos que están en el mismo lugar.

Ahora explicaremos Bs’’H que incluso cuando todo el público está de acuerdo con esto,

todavía no hay permiso para venderlo, a menos que tengan para ellos otro Bet Hakneset con

la capacidad de contener a todos los miembros juntos.

Después de que el Rama escribió las palabras del Ohr Zarua antes traídas (que un judío que

construyó una sinagoga no puede venderlo sin el consentimiento de la congregación), el Rama

agregó lo siguiente: "Y todo esto no es sino cuando tienen un Bet Hakneset diferente, pero si

no hay para ellos otro Bet Hakneset no tiene permiso para venderlo, por lo que está prohibido

venderlo hasta que se construya otro". Esta fuente proviene del Ramban (Megillah Reish 84) y

Ran (8a), como es traído en el Bet Yosef. Así como fue comprobado por el Meiri anteriormente.

El asunto es claro que, incluso después de que se tiene todo el consentimiento de la

comunidad, y ya no hay nadie que pueda retrasar la venta, en todo caso todavía tiene la

prohibición de vender o destruir el Bet Hakneset, que no tiene permitido la venta, excepto

cuando compra otro Bet Hakneset, que ya está listo. Por lo tanto, no tiene permitido destruir

el Bet Hakneset hasta que haya otro Bet Hakneset ya listo, como se trajo arriba.

Esto se debe a que el consentimiento de la comunidad y el consentimiento de la persona que

pagó no es más que un asunto financiero, y todos tienen el derecho de detener a otros, pero

el asunto de la prohibición y el permiso el Din es como se mencionó anteriormente.

En el caso anterior, cuando era una condición que el donante podía hacer lo que

quisiera sin el consentimiento del público

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RABINO EFRAIM COHEN IMACH Rabino de la comunidad Yejave Da'at – Miembro de Bada’tz Beitar

Rosh Kolel L’Dayanut y Av Bet Din Zajor L’Abraham Autor de la serie de libros Binyan Shalem y Zajor L’Abraham

Beit Hora’ah Yejave Da’at – Calle HaRabi Mi-Zvehil 35 – Teléfono: 0533106808 – Fax: 025364778

El Shulján Aruj (153:7) escribió que, si al momento de la construcción del Bet Hakneset una

determinada persona hizo una condición de que puede hacer lo que quiera, y todo depende

de su decisión, el individuo tiene derecho a vender el edificio. (Ver la Mishna Berurá s’’k 36

que, aunque en el Shulján Aruj se trae que no se puede vender sin el consentimiento de la

comunidad, en todo caso si al momento de la construcción del Bet Hakneset se estableció

explícitamente que el individuo decidirá, sin el consentimiento del público, se aplica la

condición). Aunque también sobre esto escribió el Rama que todo esto no funciona, sino

que cuando hay otro Bet Hakneset, como se explica en la Mishna Berurá (s’’k 40) en nombre

del Pri Megadim. Encontramos que no ayudará la condición de que podrá el individuo decidir

qué hacer con la construcción del Bet Hakneset, y que no sería suficiente para anular la

prohibición de destruir un Bet Hakneset en la medida en que no se construya otro (Bet

Hakneset) en el lugar.