UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

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VIGENCIA 2019-2020 2020-2021 UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO” CÓDIGO DE CONVIVENCIA

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VIGENCIA 2019-2020 – 2020-2021

UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR

“SIETE DE MAYO”

CÓDIGO DE CONVIVENCIA

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Estimadas Madres, Padres, Representantes, Estudiantes y Docentes:

El presente Código de Convivencia Institucional es el corolario de las aportaciones

que los distintos miembros de la comunidad educativa han realizado al indagar los diversos

aspectos del funcionamiento de la Institución y los aspectos que intervienen en el diario

convivir.

Este documento tiene el fin de ser una herramienta que permita una sana

convivencia social, armónica y positiva al interior de la institución entre autoridades,

personal docente, administrativo y de mantenimiento, estudiantes, madres, padres de

familia o representantes legales, en un marco de solidaridad y tolerancia; mediante la

orientación en los grandes desafíos que la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) y

su Reglamento nos imponen, dando disposiciones básicas que nos conduzcan a mejorar el

proceso educativo.

Para nosotros, como Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo” siempre

predominó en la elaboración de este Código, la tolerancia y el respeto, aspectos que

también deseamos practicar en nuestro convivir diario.

Con su firma, ustedes expresan su conformidad. Estoy convencida de poder contar

con su colaboración como ya tantas veces lo hemos podido comprobar y junto con ustedes

formar y crear la vida cotidiana de nuestra unidad educativa.

Saludos cordiales

Dra. María Augusta Ludeña Marín

RECTORA UEPSIMA

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INTRODUCCIÓN

El Código de Convivencia es el documento público construido por los actores que conforman

la comunidad educativa. En este se deben detallar los principios, objetivos y políticas

institucionales que regulen las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa;

para ello, se deben definir métodos y procedimientos dirigidos a producir, en el marco de un

proceso democrático, las acciones indispensables para lograr los fines propios de cada

institución.

Participan en la construcción del Código de Convivencia los siguientes miembros de la

comunidad educativa:

1. El Rector, Director o líder del establecimiento;

2. Las demás autoridades de la institución educativa, si las hubiere;

3. Personal administrativo y de servicio.

4. Miembros del Consejo Ejecutivo.

5. Tres (3) docentes delegados por la Junta General de Directivos y Docentes;

6. Dos (2) delegados de los padres y madres de familia (representantes legales); y,

7. El Presidente del Consejo Estudiantil.

La responsabilidad de la aplicación del Código de Convivencia le corresponde al equipo

directivo en estricto respeto de la legislación vigente. Este documento debe entrar en

vigencia, una vez que haya sido ratificado por el Nivel Distrital, de conformidad con la

normativa específica que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa

Nacional.

(Artículo 89, Capítulo VI: Del Código de Convivencia, Reglamento General a la Ley Orgánica

de Educación Intercultural.)

Cada institución educativa debe contar con un Código de Convivencia, en el que

obligatoriamente se deben observar y cumplir los siguientes preceptos:

Desarrollo de valores éticos integrales y de respeto a la diferencia y a la identidad

cultural de cada persona y colectivo, como fundamentos de una convivencia sana,

solidaria, equitativa, justa, incluyente, participativa e integradora, para el desarrollo

intercultural del tejido social.

Respeto a la dignidad humana, a la honra y los derechos de las personas, a las

libertades ciudadanas, a la igualdad de todos los seres humanos dentro de la

diversidad, al libre desarrollo de la personalidad y al derecho de ser diferente.

Promoción de la cultura de paz y de no agresión entre todos los miembros de la

comunidad educativa y de la comunidad en general.

Consolidación de una política institucional educativa de convivencia basada en

derechos, valores, disciplina, razonabilidad, justicia, pluralismo, solidaridad y relación

intercultural.

Legitimación del quehacer educativo del plantel a través de un sistema de diálogo,

discusión democrática y consensos; de reconocimiento y respeto a los disensos; y de

participación activa de los miembros de su comunidad educativa.

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Integración, sin ningún tipo o forma de discriminación o inequidad, de todos los

miembros de la comunidad de la institución educativa como factor clave para el

mejoramiento continuo y progresivo de los procesos de enseñanza, aprendizaje e

inter aprendizaje.

Legitimación de los procedimientos regulatorios internos del plantel a través de

procesos participativos, equitativos e incluyentes.

Precautela de la integridad de cada una de las personas que hacen parte de la

institución y de la comunidad educativa, así como de los bienes, recursos, valores

culturales y patrimoniales del plantel.

Promoción de la resolución alternativa de conflictos.

(Artículo 90, Capítulo VI: Del Código de Convivencia, Reglamento General a la Ley Orgánica

de Educación Intercultural)

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Índice

1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN ........................................................................... 7

1.1. Antecedentes del código de convivencia ......................................................... 7

1.2. Justificación del código de convivencia ........................................................... 8

2. FUNDAMENTOS DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA ..................................................... 9

3. OBJETIVOS DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA ........................................................... 11

3.1. Objetivo general ........................................................................................... 11

3.2. Objetivos específicos .................................................................................... 11

4. ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL CÓDIGO .......................................................... 13

5. PROCEDIMIENTOS REGULATORIOS ...................................................................... 23

5.1. ACADÉMICOS ................................................................................................ 23

5.1.1. AÑO ESCOLAR ........................................................................................ 23

5.1.2. ADMISIÓN.............................................................................................. 23

5.1.3. DE LAS FORMAS DE EVALUACIÓN E INSUMOS PARCIALES ...................... 24

5.1.4. RENDIMIENTO DEL ESTUDIANTE Y PROMOCIÓN .................................... 29

5.1.5. ABANDERADOS, PORTAESTANDARTE Y ESCOLTAS ................................. 31

5.1.6. FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y EXÁMENES ............................................. 32

5.2. DISCIPLINARIOS ............................................................................................ 32

5.2.1. DE LA ASISTENCIA .................................................................................. 32

6.2.2. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO ........................................ 34

6.2.3. DEL UNIFORME ...................................................................................... 35

6.2.4. DE LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES: .................................................... 37

6.2.6. DEL PROCESO POR FALTAS Y SUS ACCIONES EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS40

6.2.7. DE LOS PROTOCOLOS EN ACTOS DE VIOLENCIA SEXUAL, FAMILIAR, ENTRE

PARES E INSTITUCIONAL. ..................................................................................... 44

6.2.8. DE LAS FALTAS DE LOS EDUCADORES ..................................................... 44

6.2.9. MEDIDAS EDUCACIONALES Y DE ORDEN - CONSECUENCIAS DEL

INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES .................................................................. 46

6.2.10. OBLIGACIÓN DE VIGILANCIA Y RESPONSABILIDAD ................................. 48

6.2.11. COMPORTAMIENTO DENTRO DEL SALÓN DE CLASE ............................... 48

6.2.12. RECESOS ................................................................................................ 49

6.2.13. INADMISIBILIDAD................................................................................... 49

6.3. OTROS .......................................................................................................... 49

6.3.1. INCUMPLIMIENTO DE PAGOS DE PENSIONES Y MATRICULAS. ............... 49

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6.3.2. CUIDADO DE LA SALUD .......................................................................... 49

6.3.3. MANEJO DE QUEJAS Y RECLAMOS ......................................................... 50

6.3.4. FUMAR, CONSUMO DE ALCOHOL, DROGAS Y/O SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS

50

6.3.5. DE LAS EXCURSIONES Y VISITAS DE OBSERVACIÓN................................. 51

6.3.5.1. PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO DE EXCURSIÓN Y VISITA DE OBSERVACIÓN

52

6.3.6. BECAS .................................................................................................... 52

6.3.8. DE LA METODOLOGÍA TINI ..................................................................... 57

7. COMISIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA

........................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.

8. Plan de Convivencia Armónica Institucional ................ ¡Error! Marcador no definido.

9. Plan de Seguimiento..................................................... ¡Error! Marcador no definido.

10. Plan de Evaluación ..................................................... ¡Error! Marcador no definido.

11. Plan de Comunicación ................................................ ¡Error! Marcador no definido.

12. Presupuesto ............................................................... ¡Error! Marcador no definido.

13. Anexos ....................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

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1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN

1.1. Antecedentes del código de convivencia

El Código de Convivencia de la Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”, fue creado para

la buena convivencia de toda su comunidad, pues nuestra sociedad actual así lo requiere, en

vista de que poco a poco se han ido perdiendo los buenos hábitos de solidaridad y amistad

entre los actores sociales de nuestro medio; el mismo es un proyecto flexible, con la

actuación y participación de todos los integrantes de nuestra comunidad educativa y está

sujeto a la creatividad a través de los aportes y actividades de sus integrantes.

El Código de Convivencia es un conjunto de principios enfocados en la protección integral de

todos sus integrantes, orientados a los comportamientos personales y sociales en búsqueda

de una convivencia sana y que conjuguen en un ambiente democrático, solidario, armónico,

que procure salvaguardar la libertad de los deberes y derechos de sus integrantes.

El Código de Convivencia es el documento institucional y público construido de manera

democrática y participativa por los actores que conforman la comunidad educativa Mayista.

En este se detallan los principios, los objetivos y políticas institucionales que regulen las

relaciones entre los miembros de la comunidad educativa; por ello, se deben definir

métodos y procedimientos dirigidos a producir en el marco de un proceso democrático y

constitucional, las acciones indispensables para lograr los fines propios de nuestra

Institución.

El mismo se fundamenta en la práctica de los valores éticos y morales como la cooperación,

justicia, autodisciplina, comprensión, aceptando a cada individuo tal cual es, ayudando a

sobrellevar alguna incapacidad en cualquiera de los integrantes de esta comunidad

educativa.

El docente tiene una misión compleja que es formar y moldear a los estudiantes que en poco

tiempo se convertirán en entes productivos para que actúen con fundamentos en todos los

estamentos de su vida.

A estas premisas que han determinado durante mucho tiempo nuestra labor diaria, se

añaden los aportes y observaciones que hemos recibido en el proceso de retroalimentación

con los distintos miembros de la comunidad educativa, proceso que se centró en el objetivo

de asegurar el constante incremento de la calidad pedagógica de la Institución.

De esta suma de visiones y criterios surgen las directrices para alcanzar una convivencia

escolar cada vez más armónica y satisfactoria para todos los actores de nuestra comunidad,

las cuales constituyen un primer fundamento con el que se ha construido el presente Código

de Convivencia Institucional.

De igual manera, se ha considerado para la construcción de este documento el marco

jurídico dado por la Constitución de la República del Ecuador, y leyes tales como el Código de

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la Niñez y Adolescencia y La Ley Orgánica de Educación Intercultural LOEI, junto con su

Reglamento General.

La implementación de este Código promueve que todos los que formamos la Unidad

Educativa Particular “Siete de Mayo” nos comprometamos a construir un ambiente positivo

que nos permita alcanzar metas pedagógicas dirigidas a lograr el Buen Vivir, principio

fundamental de la Constitución ecuatoriana.

Nuestra educación que profesa en su eslogan enseñar con “Ética y Responsabilidad”, no

desmayará jamás, estamos comprometidos y seguiremos en esta lucha de cambios

constantes muy a pesar de que existen muchos factores adversos en nuestra sociedad

actual.

1.2. Justificación del código de convivencia

La Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo” acorde a lo establecido por el Ministerio de

Educación acoge el ACUERDO 332-13 “GUÍA METODOLÓGICA PARA LA CONSTRUCCIÓN

PARTICIPATIVA DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS”

conforme a la normativa que expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Central.

El Código de Convivencia es necesidad prioritaria de la Unidad Educativa Particular “Siete de

Mayo”, ha sido elaborado con la participación interna y externa de colaboradores que

siempre han apoyado esta tarea; esto es: autoridades, docentes, estudiantes, padres y

madres de familia y personal administrativo.

Se ha construido con la intención de que todo proceso formativo gire alrededor de los

principios de autonomía, autogestión y participación, y para asegurar la “convivencia” de sus

actores, respeto de sus roles e intereses, que comparten un espacio, un tiempo y un

proyecto educativo común. Debe considerarse como una propuesta dinámica, en

permanente proceso de mejoramiento, para lo cual se propone crear un clima de confianza,

un ambiente donde las personas no se sientan juzgadas y una atmósfera donde todos

aporten en la construcción de un contexto propicio a la convivencia pacífica, basada en el

respeto mutuo y en los deseos permanentes de superación.

Toda Institución Educativa debe contar con un documento moral y ético que responda a la

filosofía del “Buen vivir” que rija las relaciones interpersonales de maestros, autoridades,

estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa y exprese los acuerdos entre los

diferentes actores de la misma para crear y mantener un ambiente de armonía y tolerancia

en el que prevalezca la práctica de la democracia y el imperio de una convivencia saludable y

posibilitar así el pleno desarrollo de las aptitudes y capacidades personales. Y el logro de los

objetivos institucionales.

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Esto permitirá tener un clima escolar con calidad y calidez, en el que se practican los valores

humanos que guían hacia una actitud digna, como persona de paz y bien; que practica la

democracia, la ciudadanía y la cultura del buen trato.

Este documento tiene plena justificación por ser un "pacto social regulatorio", que implica la

construcción colectiva de normas mediante un proceso racional, consciente y democrático

en el que los derechos, los deberes y las responsabilidades se acepten y se cumplan en el

marco del respeto.

Debido al carácter formativo y participativo de esta guía, se han establecido acuerdos y

compromisos sobre las normas de convivencia, que se plasman en este documento.

Se presenta el actual Código de Convivencia que orientará la coexistencia de los actores de la

Comunidad Educativa de la Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”.

2. FUNDAMENTOS DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA

En relación al requerimiento oficial y en concordancia con los fundamentos de nuestra

condición binacional, y la participación de cada una de los involucrados, se presenta el

código de convivencia como resultado del trabajo colaborativo y participativo que recoge la

integración de las experiencias y aspiraciones de la comunidad educativa, con el propósito

de contar con un instrumento orientador en beneficio de la mejora de la convivencia y clima

escolar de la institución.

En el desarrollo del documento se ha puesto énfasis en una educación que incluye la

diversidad, así como las líneas de educación enmarcadas en los derechos y deberes de los

niños, niñas y jóvenes.

Prima la cultura de paz y solución alternativa de conflictos, como principio de convivencia

armónica en una comunidad que está en constante aprendizaje. Por lo tanto, es necesario

considerar los principios rectores de la convivencia escolar para la construcción de este

código:

Educación para el cambio. La educación constituye un instrumento de transformación de la

sociedad; contribuye a la construcción del país, de los proyectos de vida y de la libertad de

habitantes, pueblos y nacionalidades.

Libertad. La educación forma a las personas para la emancipación, autonomía y el pleno

ejercicio de sus libertades.

El interés superior del niño y del adolescente. Orientado a garantizar el ejercicio efectivo de

sus derechos.

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El enfoque de derechos. La educación deberá incluir el conocimiento de los derechos, sus

mecanismos de protección y exigibilidad, ejercicio responsable, reconocimiento y respeto a

las diversidades, en un marco de libertas, dignidad, equidad social.

Educación para la democracia. Donde los centros educativos son espacios democráticos del

ejercicio de los derechos humanos y promotores de la cultura de paz.

Comunidad del aprendizaje. La educación tiene entre sus conceptos aquel que reconoce a la

sociedad como un ente que aprende y enseña y se fundamenta en la comunidad del

aprendizaje de docentes y educando, considera como espacios de diálogo sociocultural e

interacción de aprendizajes y saberes.

La participación ciudadana. Concibe ser protagonista de la organización, gobierno,

funcionamiento con toma de decisiones, planificación, gestión y rendición de cuentas en los

asuntos inherentes al ámbito educativo.

Cultura de paz y solución de conflictos. El derecho a la educación debe orientarse a

construir una sociedad justa, una cultura de paz y no violencia, para la prevención,

tratamiento y resolución pacífica de conflictos, en todos los espacios de la vida personal,

escolar, familiar y social.

Equidad e inclusión. Asegura a todas las personas en acceso permanente y culminación en el

sistema educativo.

Escuelas saludables y seguras. El estado garantiza a través de diversas instancias, que las

instituciones educativas sean “Escuelas del Buen Vivir”.

En principio de convivencia armónica. La educación tendrá como principio rector, la formulación de acuerdos de convivencia armónica entre todos los actores de la comunidad educativa.

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3. OBJETIVOS DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA

3.1. Objetivo general

Fortalecer y propiciar espacios de comunicación entre los diferentes estamentos que

conforman la comunidad, en los cuales se tenga claridad sobre las pautas de

comportamiento que permitan una sana convivencia en el marco de los derechos y deberes

que tenemos como seres humanos, promoviendo el desarrollo y la práctica de los valores

que orientan el quehacer institucional.

3.2. Objetivos específicos

Conformar el comité de redacción del Código de Convivencia mediante diálogos con los

actores.

Proyectar la formación ética y fortalecida en valores capaces de asumir compromisos

frente a sí mismos, a la familia, a la comunidad y al progreso integral que requiere la

sociedad.

Propiciar un ambiente favorable para la construcción de valores dirigidos hacia el

respeto, la responsabilidad, la lealtad, la honestidad, la tolerancia, la justicia y la

solidaridad en beneficio individual y colectivo.

Contribuir a la formación de hábitos de trabajo, estudio e investigación.

Estimular el desarrollo de capacidades artísticas y deportivas fortaleciendo hábitos que

favorezcan la conservación de la salud física y mental y el uso racional del tiempo libre.

Promover el respeto mutuo entre estudiantes y demás miembros de la Comunidad

Educativa como base de las relaciones humanas, de la paz y de la convivencia social.

Motivar a la comunidad educativa mediante seminarios-talleres para unificar criterios

de solución a los conflictos que a diario se presenten y llegar a un compromiso y

acuerdos, respetando los derechos humanos y de esta manera lograr un cambio de

actitudes y prevenir futuras situaciones conflictivas.

Socializar el Código de Convivencia con todos los miembros de la Unidad Educativa,

mediante reuniones parciales, de tal manera que todos estén conscientes de los

acuerdos y compromisos.

Realizar con los miembros de la comunidad educativa, un diagnóstico de la problemática

(disciplina, normas existentes, autoridades, etc.), que encierra la convivencia en la

Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”.

Sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de la vigencia del Código de

Convivencia para lograr un diagnóstico real sobre la problemática institucional, que

regirá el buen vivir de todos los que conformamos la Institución.

Fomentar sentimientos de solidaridad, reconocimiento de valores morales y cívicos.

Informar y orientar a los padres y madres de familia sobre las diferentes actividades:

académicas, culturales, deportivas, sociales, de orientación y formación, debidamente

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planificadas en función de los estudiantes, tendientes a elevar el nivel académico y

disciplinario que le permita constituirse en una persona útil a la sociedad.

Integrar a los padres y madres de familia como participes responsables de la educación

de sus hijos, comprometiéndoles al cumplimiento de sus derechos y deberes.

Estimular la coeducación a través de un trato respetuoso, solidario, mutuo para eliminar

los prejuicios de género y la construcción de una sociedad justa e igualitaria.

Generar espacios de diálogo entre los docentes, padres y madres de familia, estudiantes

y autoridades para mejorar la disciplina y el aprendizaje cotidiano de valores éticos y

sociales.

Socializar el Código de Convivencia a todos los miembros de la Unidad educativa,

mediante reuniones parciales, de tal manera que todos estén conscientes de los

acuerdos y compromisos adquiridos.

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4. ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL CÓDIGO

MATRIZ PARA ACUERDOS Y COMPROMISOS POR CADA ACTOR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ACTOR: ESTUDIANTES

ÁMBITO ACUERDOS

Los estudiantes acordamos:

COMPROMISOS

Los estudiantes nos comprometemos a:

Respeto y responsabilidad por el

cuidado y promoción de la salud.

Mejorar nuestra alimentación evitando consumir comida chatarra.

Mantener una buena alimentación para tener un buen desempeño físico y mental.

Consumir alimentos saludables que no perjudiquen a nuestra salud.

Incluir en nuestra dieta alimenticia diaria alimentos como frutas y verduras, que contribuyan a la necesidad de vitaminas y proteínas necesarias para nuestro cuerpo.

Respeto y cuidado del medio

ambiente.

Cuidar el medio ambiente fomentando su protección y no contaminación.

Preservar las áreas verdes que posee la institución educativa promoviendo el reciclaje al momento de depositar los desechos sólidos en la basura.

Cuidar el aseo del espacio en el que desarrollo mis actividades académicas.

Colocar los desperdicios de los alimentos consumidos en los tachos de basura correspondientes.

Respetar las áreas verdes no destruirlas y ayudar a mantener limpia la institución.

Evitar botar basura o desperdicios orgánicos en el suelo, ya sea dentro o fuera del aula.

Respeto y cuidado responsable

de los recursos materiales y

bienes de la institución

Evitar el uso incorrecto de los bienes y recursos materiales de la institución.

Cuidar responsablemente los recursos materiales y bienes de la institución.

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educativa. Promover el respeto y cuidado hacia los bienes y recursos materiales de la institución.

Contribuir a mantener en óptimas condiciones los bienes y recursos materiales de la institución.

Respeto entre todos los actores

de la comunidad educativa.

Comportarnos de forma adecuada con todos los miembros de la comunidad educativa respetando las normativas institucionales y de sana convivencia manteniendo los lazos cordiales y de respeto entre todos los actores de la Unidad Educativa Particular Siete de Mayo.

Evitar cualquier acto discriminatorio y malos tratos entre los integrantes de la comunidad educativa.

Saludar de forma respetuosa entre todos los actores de la comunidad educativa

Ser cordiales y tratar a todos por igual.

Emplear palabras de cortesía para dirigirnos entre los actores de la comunidad educativa

Cumplir las normativas institucionales socializadas al inicio del periodo lectivo.

Evitar comentarios ofensivos y discriminatorios hacia cualquier integrante de la comunidad educativa.

Evitar actos que generen cualquier tipo de violencia.

Libertad con responsabilidad y

participación democrática

estudiantil.

Promover el respeto ante la expresión, interacción y pensamiento distinto cumpliendo las normas institucionales establecidas.

Expresar con ideas propias y libertad nuestros deberes y derechos en los actos democráticos dentro de la comunidad educativa.

Escuchar y respetar la opinión de mis compañeros cuando se expresen o manifiesten inquietudes.

Resolver mis inconvenientes cumpliendo las normativas de la sana convivencia.

Actuar con responsabilidad en las actividades institucionales.

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Ejercer el derecho a elegir y a ser elegidos sin importar raza, credo, o posición económica.

Respeto a la diversidad.

Tolerar las diferencias entre pares integrantes de la comunidad educativa y dialogar con los docentes y padres sobre la diversidad que existe de raza, cultura, religión, entre otros aspectos socioculturales.

Promover la igualdad en el trato con los compañeros.

Evitar la discriminación entre pares integrándolos en actividades que se lleven a cabo en la institución; ya sean académicas, deportivas o socioculturales.

Respetar a los compañeros manteniendo la equidad en el trato que se les brinde.

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MATRIZ PARA ACUERDOS Y COMPROMISOS POR CADA ACTOR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ACTOR: DOCENTES

ÁMBITO ACUERDOS

Los docentes acordamos a:

COMPROMISOS

Los docentes nos comprometemos a:

Respeto y responsabilidad por el

cuidado y promoción de la salud.

Concientizar una buena educación alimenticia. Cuidar nuestra salud estética.

Practicar con el consumo de alimentos nutritivos en pro de la salud del cuerpo docente.

Mantener la higiene corporal.

Respeto y cuidado del medio

ambiente.

Colaborar con el mantenimiento adecuado del ambiente del plantel educativo.

Concienciar la cultura del aseo del plantel.

Regar y cuidar las plantas, aplicando abonos y limpieza de las mismas.

Practicar con ejemplos el aseo del plantel.

Respeto y cuidado responsable

de los recursos materiales y

bienes de la institución

educativa.

Promover el cuidado responsable de los bienes muebles e inmuebles de la institución.

Controlar el uso adecuado de los bienes muebles e inmuebles de la institución.

Respeto entre todos los actores

de la comunidad educativa.

Mantener una relación de compañerismo en armonía y respeto entre los componentes de la comunidad educativa.

Respetar los criterios de todos los integrantes de la comunidad educativa.

Libertad con responsabilidad y

participación democrática

estudiantil.

Fomentar de la participación estudiantil con responsabilidad en los diferentes actos de carácter cívicos-sociales.

Mantener una actitud de predisposición y colaboración antes y durante la celebración de los actos.

Respeto a la diversidad. Generar y promover un ambiente de cordialidad y Tratar con respeto entre los integrantes de

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tolerancia independientemente de su religión, color de piel, cultura y afinidad política entre la comunidad educativa.

la comunidad educativa sin importar sus diferencias en: religión, color de piel, cultura y afinidad política.

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MATRIZ PARA ACUERDOS Y COMPROMISOS POR CADA ACTOR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ACTOR: AUTORIDADES

ÁMBITO ACUERDOS

Las autoridades acordamos a:

COMPROMISOS

Las autoridades nos comprometemos a:

Respeto y responsabilidad por el

cuidado y promoción de la salud.

Promover actividades en beneficio de la salud integral de los miembros de la comunidad educativa.

Apoyar la práctica permanente de actividades rutinarias con el fin de formar hábitos saludables de nuestros estudiantes.

Cuidar que se respete los periodos de descanso del alumnado, del personal administrativo, docente y de mantenimiento.

Apoyar las campañas de vacunación establecidas por el Ministerio de Salud Pública en la institución.

Respeto y cuidado del medio

ambiente.

Velar por un medio ambiente que propicie el proceso de enseñanza – aprendizaje en los estudiantes.

Evaluar las condiciones ambientales de la unidad educativa y promover mejoras.

Implementar un Plan de Manejo de desechos sólidos en la institución.

Respeto y cuidado responsable

de los recursos materiales y

bienes de la institución

educativa.

Generar un ambiente

adecuado, suministrando los

recursos necesarios.

Supervisar el buen uso de los recursos y el cuidado responsable de los bienes muebles e inmuebles de la institución.

Gestionar los recursos humanos y pedagógicos para alcanzar la adecuada logística y cumplir las metas de la Institución.

Promover la constante capacitación de todo el personal que labora en la Institución.

Dialogar en caso de que madres, padres o representantes legales estuvieran pasando por una situación que les dificulte el cumplimiento de sus responsabilidades económicas,

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Controlar el uso adecuado de los bienes muebles e inmuebles de la institución.

Respeto entre todos los actores

de la comunidad educativa.

Fortalecer el respeto, cooperación y apoyo a nuestros docentes, estudiantes y sus representantes legales.

Aplicar los valores institucionales a todas nuestras acciones, y por tanto ser un ejemplo de dichos valores.

Motivar la realización de acciones que permitan la integración de los miembros de la Comunidad Educativa.

Crear un clima de confianza mutua entre todos los miembros e instancias de la Unidad Educativa.

Mantener un trato cortés, amigable y respetuoso con cada miembro de nuestra comunidad educativa, para contribuir a la convivencia armónica en la Institución.

Velar por el bienestar laboral del personal que presta sus servicios en el plantel y por el mantenimiento de las buenas relaciones entre las partes.

Escuchar y considerar las propuestas constructivas de todos los miembros de la comunidad educativa tanto en el aspecto pedagógico y de procedimientos.

Emplear los canales de comunicación establecidos por la Institución para informar a todos los miembros de la comunidad educativa sobre situaciones de índole pedagógico o de procedimiento

Libertad con responsabilidad y

participación democrática

estudiantil.

Promover la equidad, justicia, tolerancia, y todos los valores humanos para la participación democrática estudiantil.

Asegurar la participación del estudiante en la Institución

Educativa incluso en el caso de que sus representantes

no cumplieran con alguna de sus responsabilidades o

con los compromisos adquiridos en este Código de

Convivencia.

Mantener una actitud abierta al diálogo con todos los miembros de la comunidad educativa.

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Respeto a la diversidad.

Generar un ambiente adecuado que fomente la interculturalidad para el cumplimiento de nuestra misión.

Promover y apoyar el desarrollo de actividades

culturales, deportivas y artísticas de nuestros

estudiantes.

Acompañar a todos los miembros de la comunidad

educativa en el proceso de aprendizaje, tomando en

cuenta la diversidad y sus necesidades.

Respetar en todo momento la dignidad, la diversidad en las formas de pensar y la personalidad de los miembros de la comunidad educativa sin importar sus diferencias en: religión, color de piel, cultura y afinidad política.

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MATRIZ PARA ACUERDOS Y COMPROMISOS POR CADA ACTOR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ACTOR: PADRES DE FAMILIA

ÁMBITO ACUERDOS

Los padres de familia acordamos:

COMPROMISOS

Los padres de familia nos comprometemos a:

Respeto y responsabilidad por el

cuidado y promoción de la salud.

- Instruir acerca de la alimentación balanceada para evitar al máximo el consumo de comida chatarra y colorantes, a fin de promover hábitos de buena nutrición.

- Concientizar a los estudiantes a mantener una adecuada higiene y presentación personal.

- Acudir a los centros de salud para conocer hábitos de prevención de enfermedades.

- Enseñar con el ejemplo el consumo de alimentos saludables.

- Controlar el cuidado y aseo personal de sus representados dentro y fuera de la institución educativa.

- Realizar un control médico periódico.

Respeto y cuidado del medio

ambiente.

- Incentivar el reciclaje de los desechos y su correcta ubicación en los botes de basura clasificados para cada material.

- Inculcar la siembra de árboles como acción fundamental para aportar a la salud de nuestro planeta

- Concientizar sobre la importancia de protección del medio ambiente; a fin de garantizar un entorno saludable.

- Cuidar las plantas dentro de la institución educativa y en el entorno en el que vivimos.

Respeto y cuidado responsable

de los recursos materiales y

bienes de la institución

educativa.

- Promover el respeto y cuidado de los bienes materiales e inmuebles de la institución educativa.

- Recordar la importancia del cuidado y mantenimiento de todos los bienes de la institución educativa.

- Dialogar sobre la importancia de conservar el buen estado de los bienes materiales e inmuebles tales como: aulas, laboratorios, pupitres, armarios, equipos de audio-visuales y baños.

- Fomentar charlas en el hogar que motiven el cuidado y protección de los bienes materiales de la institución.

Respeto entre todos los actores - Fomentar en nuestros hijos el respeto hacia las

autoridades y personal docente de la institución. - Controlar oportunamente el desarrollo de

valores en nuestros hijos.

Page 22: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

de la comunidad educativa. - Crear en nuestros hijos normas de respeto y consideración con toda la comunidad educativa.

- Respetar el reglamento interno de la institución educativa

Libertad con responsabilidad y

participación democrática

estudiantil.

- Los estudiantes participen en las diferentes actividades académicas establecidas en el código de convivencia.

- Apoyar las decisiones de sus representados a fin de que prevalezca un accionar democrático.

- Exista el respeto entre estudiantes para incentivar una participación responsable, en las diversas actividades sociales y culturales que se realizan dentro y fuera de la institución educativa.

- Fomentar el vínculo de cooperación entre los actores de la comunidad educativa.

Respeto a la diversidad. - Enseñar el valor de la tolerancia como medio para mejorar las relaciones interpersonales

- Promover en los estudiantes el respeto entre compañeros para evitar situaciones de discriminación.

Page 23: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

5. PROCEDIMIENTOS REGULATORIOS

Como todo documento legal redactado dentro del marco de la normativa legal del Ecuador, el

presente código de convivencia se ampara en la Constitución del Ecuador de la Sección Quinta que

contiene los artículos 26 del Derecho a la Educación, el artículo 27 de las Directrices de la

Educación, del artículo 28 del Acceso a la Educación, y del artículo 29 de Garantías, así también de

la normativa vigente en el “Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación Intercultural”

que estipula en su artículo 53 numeral 4 de la conformación de comisiones permanentes

establecidas en el Código de Convivencia y numeral 12 formular las políticas que guíen las labores

de atención integral de los estudiantes del establecimiento, del artículo 90 que cada institución

educativa debe contar con el respectivo Código de Convivencia que cumpla con los preceptos

establecidos en dicho artículo, y en cumplimiento al Acuerdo Ministerial N° 0434-12 del 28 de

Septiembre del 2012 Normativa sobre Solución de Conflictos en las Instituciones Educativas, al

Acuerdo Ministerial N° 0332-13 del 06 de Septiembre del 2013 de la Construcción Participativa del

Código de Convivencia.

Con los respectivos parámetros legales anteriormente expuestos, y en los subsiguientes articules

propuestos, se expiden las siguientes regulaciones que garanticen el ejercicio de derechos y

obligaciones de los actores que conforman la Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”.

5.1. ACADÉMICOS

5.1.1. AÑO ESCOLAR

1. La duración del año lectivo escolar y las vacaciones de la Unidad Educativa Particular “Siete

de Mayo”, así como los demás días libres son determinados anualmente de acuerdo al

instructivo de actividades emitido por el Ministerio de Educación, y serán acatadas por

el/la Rector/a, y comunicados a los representantes legales y estudiantes oportunamente.

2. Respecto a las actividades extracurriculares contempladas en la planificación anual

(excursiones y giras de observación) en las Instituciones Educativas, se regirán por los

Acuerdos Ministeriales relacionados al “INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE LA

NORMATIVA DE EXCURSIONES Y GIRAS DE OBSERVACIÓN EN LAS INSTITUCIONES

EDUCATIVAS A NIVEL NACIONAL”; expedidos por el Ministerio de Educación.

5.1.2. ADMISIÓN

La Comisión de Admisión dispuesta por el Consejo Ejecutivo, DECE y Coordinadores de Áreas,

realizara una evaluación al estudiante aspirante, en las asignaturas del Tronco Común

(Matemática, Lengua y Literatura, Estudios Sociales y Ciencias Naturales), conforme a todos los

Page 24: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

niveles de educativos: Educación General Básica y Bachillerato Técnico. Siguiendo el marco legal

establecido en el reglamento de la LOEI en el Art. 153.- Requisitos de admisión.

5.1.2.1. PROCESO DE ADMISIONES:

1. El representante legal que desea que su representado/a asista a La Unidad Educativa

Particular “Siete de Mayo” en los niveles de Educación Inicial, Educación General Básica

(EGB) o en Bachillerato Técnico Unificado (BTU), se debe acercar al establecimiento, en

Secretaría y solicitar un cupo de ingreso.

2. El DECE será el encargado de realizar la entrevista psicológica al estudiante aspirante y

representante legal.

3. Posteriormente el aspirante rendirá las evaluaciones de conocimientos en las áreas del

tronco común: Matemática, Lengua y Literatura, Ciencias Sociales y Ciencias Naturales,

conforme a todos los niveles educativos de: Educación Inicial, Educación General Básica y

Bachillerato Técnico Unificado. Para la ejecución de este proceso es necesario que previo

quince días antes de la evaluación se entregue los indicadores de evaluación al

representante legal y estudiante.

4. En caso de que el aspirante aprobase la entrevista psicológica (con calificación idónea) y de

conocimientos (con calificación de 7/10) se le otorgará la matrícula con goce de derecho de

acuerdo a las leyes y normativas vigentes.

5.1.3. DE LAS FORMAS DE EVALUACIÓN E INSUMOS PARCIALES

El año lectivo tiene dos quimestres, en los que se deben laborar doscientos (200) días. Cada

quimestres se compone por 20 semanas y está dividido en 3 parciales y un examen quimestral.

La UEPSIMA establece la siguiente organización para el cierre de cada uno de los parciales y el

examen quimestral:

Las notas obtenidas por los estudiantes serán subidas en el sistema automatizado para el efecto

por el nivel central de la Autoridad Educativa Nacional, mismas que permitirán acreditar a favor de

los estudiantes para la promoción de grado, curso y término de nivel.

TEMPORALIDA SEMANAS

PRIMER PARCIAL Entre la semana 6 y 7

SEGUNDO PARCIAL Entre la semana 12 y 13

TERCER PARCIAL Entre la semana 17 y 18

EXAMEN QUIMESTRAL En la semana 20

Page 25: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

Se considerar las escalas de calificaciones contemplada en el artículo 9 del Decreto Presidencial N.

°366 del 27 de junio de 2014, así como:

Escala cualitativa Escala cuantitativa

Domina los aprendizajes requeridos. (DAR) 9,00 - 10,00

Alcanza los aprendizajes requeridos. (AAR) 7,00 - 8,99

Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos. (PAAR) 4,01 - 6,99

No alcanza los aprendizajes requeridos (NAAR) ≤ 4

El registro de las notas parciales y quimestrales, así como sus promedios, se hará con dos

decimales (NO HABRÁ REDONDEO). La acción oficial de registro de notas debe realizarse en las

fechas definidas en el calendario escolar.

Las calificaciones, una vez asentadas serán entregadas en Secretaría y puestas al conocimiento de

los estudiantes y sus representantes legales mediante el tutor de grado/curso. Las notas parciales

y quimestrales no podrán ser alteradas. Solo en caso de error de cálculo, de apreciación o de

recalificación justificada y aprobada, el docente de la asignatura solicitara mediante escrito al

rector o director solicitar la autorización para el cambio en el registro de las calificaciones de la

Institución mediante secretaria.

La evaluación formativa se enfoca en el proceso del aprendizaje de los estudiantes. Por esta razón,

se recomienda que los estudiantes generen en cada parcial varios insumos (mínimo dos). La nota

parcial es el resultante del promedio de estos insumos que equivale al 80% de la nota quimestral.

Por lo tanto la UEPSIMA en común acuerdo con la comunidad educativa establece la calificación

de los siguientes insumos que se aplicaran en las diversas asignaturas de las áreas del

conocimiento:

Page 26: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

5.1.3.1. TAREAS

Título II De los Derechos y Obligaciones, Capitulo III De los Derechos y Obligaciones de los

Estudiantes, Articulo 8.- Obligaciones, Literal a y b, de la LOEI, misma que emite la entrega de

tareas y obligaciones durante el proceso formativo de los estudiantes. A continuación, se

enunciarán los siguientes numerales acordados con la comunidad educativa:

1. Representa el 20% de la nota del parcial.

2. Previo al envió de tareas extra clase los docentes, estudiantes y padres de familia deberán

adherirse al Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2018-00067-A. LINEAMIENTOS

GENERALES PARA EL ENVÍO DE TAREAS ESCOLARES EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN.

3. Todas las tareas entregadas en el día y hora establecidas serán calificadas sobre diez

puntos (10/10) siempre que sean realizadas correctamente.

a) En caso de inasistencia del estudiante por enfermedad o calamidad doméstica

debidamente comprobada, se procederá a receptar las tareas a través del

NOTA PARCIAL

100%

TAREAS EXTRACLASE

20%

LECCIONES FORMATIVAS

20%

TRABAJO INDIVIDUAL

20%

TRABAJO GRUPAL

20%

EVALUACIÓN SUMATIVA

20%

Page 27: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

representante legal o un adulto responsable previo comunicado por parte del

representante legal a las autoridades correspondientes del plantel.

b) En caso de inasistencia del alumno por cualquier motivo, es responsabilidad del

estudiante y del representante legal averiguar las tareas intra y extra clase (lecciones,

evaluaciones, trabajos, talleres, exposiciones, proyectos, etc.) y convocatorias realizadas

el día o días que falto a las actividades académicas, con la finalidad de ser entregadas en

la fecha establecida por el docente siendo calificadas sobre diez (10/10). Las tareas

serán presentadas en el día y la hora de la asignatura en la cual el estudiante haya

faltado.

c) Si el estudiante se retirara durante la jornada de clase por cualquier motivo justificable,

deberá dejar las tareas que tenga que presentar con el respectivo docente o podrá

solicitar la ayuda de entrega al docente tutor e inspector general.

d) En caso de atraso a la hora de ingreso a la institución el alumno deberá entregar los

trabajos y rendir las evaluaciones que hayan sido designadas en el mismo día y hora de

clase. Presentarán las tareas únicamente durante el receso o al finalizar la jornada

(salida).

4. Calificación de 7 puntos sobre 10 (7/10) las tareas atrasadas, siempre que sean realizadas

correctamente, deberán ser entregadas en los próximo dos días posterior a la fecha de

entrega.

a) En caso de no justificar la inasistencia dentro del tiempo establecido según el Art. 170

del Reglamento General de la LOEI (a más tardar hasta 2 días después del retorno del

estudiante a clases)

b) Si el estudiante no presenta la tarea en el día indicado y acordado por el docente.

5. Calificación sobre cero puntos (0/10) en las tareas.

a) Por deshonestidad académica Art. 223 REGLAMENTO DE LA LOEI (evaluaciones, tareas,

talleres, exposiciones, etc.)

b) Calificación de 0,02 sobre 10 por incumplimiento por más de 2 días, posterior a la

fecha de entrega de la tarea sin justificación en la asignatura, previo aviso al

representante legal.

6. No permitir la realización de tareas extra clase durante una asignatura que no

corresponda a la misma, siendo esta situación informada al docente que encomendó

dicha tarea. Tomando en cuenta que las actividades extra clase deben ser desarrolladas

fuera de la jornada educativa como complemento de los contenidos de aprendizaje y en

cumplimiento a los objetivos de la unidad de trabajo. En caso de incumplimiento del

estudiante a esta normativa el docente de la asignatura que envió la tarea procederá a

calificarla con cero sobre diez (0/10).

5.1.3.2. LECCIONES

Page 28: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

1. Representa el 20% de la nota parcial.

2. Las lecciones o evaluaciones que se realicen durante el parcial deben formar parte del

proceso de aprendizaje que permitan al docente realizar ajustes en la metodología de

enseñanza, y mantener informados a los actores del proceso educativo sobre los

resultados parciales logrados y el avance en el desarrollo integral del estudiante. Estas

evaluaciones formativas no deben durar más de 30 minutos.

5.1.3.3. TRABAJO INDIVIDUAL Y GRUPAL

1. El trabajo individual representa el 20% de la nota parcial.

2. El trabajo grupal representa el 20% de la nota parcial.

3. Nota asignada a la evaluación de las actividades desarrolladas tanto en forma individual

como en grupo, a través de lecturas, investigaciones pequeñas, recopilación de datos,

observaciones, experimentaciones, entrevistas, proyectos, una obra de teatro, creación de

una historia o cuento, entre muchas otras sobre algún tema como parte integral del

proceso de aprendizaje.

4. Los docentes no podrán enviar trabajos grupales fuera de la jornada académica.

5.1.3.4. APORTE SUMATIVO PARCIAL Y QUIMESTRAL

1. La evaluación o aporte sumativa de parcial representa un 20% de la nota parcial. Para

estas evaluaciones los docentes podrán implementar técnicas e instrumentos de

evaluación que permita comprobar los alcances obtenidos de los objetivos de la unidad

didáctica y que estos a su vez estén de acuerdo a los criterios e indicadores de evaluación.

2. La evaluación o aporte del quimestres equivale al 20% de la nota quimestral. Los

estudiantes que obtengan notas finales a partir de 9,50 en cada parcial de cada

Quimestre, se acogerán a la exoneración del examen acumulativo de cada Quimestre.

a) Los estudiantes exonerados deberán asistir normalmente a clases durante las

evaluaciones Quimestrales.

b) No se tomará en cuenta el comportamiento para la exoneración.

c) Los estudiantes exonerados deberán registrar su firma en la hoja de evaluación.

d) Las exoneraciones no garantizan que las notas finales de Quimestre o anuales sean

siempre de diez sobre diez (10/10).

5.1.3.5. CALCULO PARA LA NOTA PARCIAL

Para calcular la nota parcial se promedia la calificación obtenida por cada insumo (tareas,

lecciones, trabajo individual, trabajo grupal y aporte sumativo) considerando que cada una de

estas equivale al 20% de la nota parcial.

Page 29: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

5.1.3.6. CALCULO DE LA NOTA QUIMESTRAL

Para calcular la nota quimestral, se tiene que calcular un promedio de las tres notas parciales

obtenidas, este valor se lo multiplica por 0.80, lo cual equivale al 80%. A continuación, se

tiene que multiplicar la nota obtenida en el examen quimestral por 0.20, lo cual equivale al

20%, finalmente se tiene que sumar las dos notas para así obtener la nota final.

5.1.3.7. EVALUACION ATRASADAS O ANTICIPADAS.

En cuanto a las evaluaciones atrasadas o anticipadas se considerará lo establecido en el Art.

219.- Evaluaciones anticipadas o atrasadas. El Director o Rector, en caso de evaluaciones

quimestrales o finales, y el docente, en caso de las demás evaluaciones, pueden autorizar

que un estudiante realice las actividades de evaluación de manera anticipada o atrasada,

previa solicitud y comprobación documentada por parte del representante legal del

estudiante, por razones de viaje, salud, calamidad doméstica u otras. Además, se establece

los siguientes numerales establecidos en por la comunidad educativa:

1. Para rendir evaluaciones atrasadas o anticipadas pueden ser aplicadas mediante solicitud

y comprobación documentadas por el representante legal.

2. El representante legal del estudiante tendrá un tiempo límite de tres días para justificar la

ausencia de su representado en la fecha y hora de la evaluación establecida por el

vicerrectorado, En caso de no presentarse la debida documentación el estudiante tendrá

una calificación de cero sobre diez.

3. Si el representante legal presenta la debida documentación el estudiante tendrá un

tiempo límite de tres días a partir de la fecha en que se justificó la ausencia para rendir la

evaluación, caso contrario el estudiante tendrá una calificación de cero sobre diez.

4. Posterior a las juntas de grado o curso los estudiantes no podrán ser evaluados sin previa

autorización de la máxima autoridad.

5. Posterior a las juntas de grado o curso los docentes no podrán modificar las calificaciones

parciales o del examen quimestral. En caso de error de cálculo, de apreciación o de

recalificación justificada y aprobada, el docente de la asignatura mediante oficio solicitara

a la máxima autoridad autorizar el cambio del registro de las calificaciones en

secretariado.

6. En el caso de que un estudiante sufra un accidente que no le permita movilizarse a la

institución educativa. Las autoridades y docentes coordinaran con el representante legal

técnicas e instrumentos de evaluación adaptadas a la necesidad educativa especial del

estudiante.

5.1.4. RENDIMIENTO DEL ESTUDIANTE Y PROMOCIÓN

En el Titulo VI Capitulo III sobre Calificación y Promoción, determina en primera instancia a la

“aprobación” como al logro de los objetivos de una unidad, programa de asignatura, o área de

Page 30: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

conocimiento, fijados para cada uno de los grados, cursos, subniveles y niveles del Sistema

Nacional de Educación.

El mismo capítulo, en el artículo 194 del Reglamento General de la LOEI, plantea una escala de

calificaciones que hacen referencia al cumplimiento de los objetivos de aprendizaje establecidos

en el currículo y en los estándares de aprendizaje nacionales:

ESCALA CUALITATIVA ESCALA CUANTITATIVA

Domina los aprendizajes requeridos. (DAR) 9,00 - 10,00

Alcanza los aprendizajes requeridos. (AAR) 7,00 - 8,99

Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos. (PAAR) 4,01 - 6,99

No alcanza los aprendizajes requeridos (NAAR) ≤ 4

Todos los estudiantes de básica elemental y básica media que hayan obtenido una calificación

promedio de siete sobre diez (7/10) en el conjunto de las asignaturas que componen la maya

curricular, y los estudiantes de básica superior y el nivel de bachillerato que hayan obtenido una

calificación promedio de siete sobre diez (7/10) en cada una de las asignaturas del currículo

nacional, serán promovidos al siguiente grado o curso superior según el artículo 195 y 196 del

Reglamento General de la LOEI.

La promoción al grado inmediatamente superior y la entrega de certificados se encuentran

reguladas principalmente en la LOEI, Titulo VI.

El/la docente determinará bajo responsabilidad pedagógica el rendimiento de los estudiantes.

Para este fin deberá considerar las normas establecidas en la LOEI, reglamentos y los criterios

establecidos por la Junta de Académica de acuerdo al establecido en el Proyecto Curricular

Institucional. Al determinar el rendimiento se tomarán en cuenta notas de evaluaciones orales,

escritas y prácticas. Todos los contenidos de las evaluaciones que se tomarán para la

determinación del rendimiento, deberán haber sido previamente preparados durante las clases.

Los deberes se desarrollan en forma orgánica a partir de las clases y sirven para la repetición,

profundización y preparación. La cantidad y el grado de dificultad de los deberes deberán

ajustarse a la capacidad de rendimiento de los estudiantes. El/la profesor/a deberá preparar los

Page 31: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

deberes de tal manera que el estudiante pueda cumplir con ellos independientemente y dentro

de un tiempo adecuado.

El docente de la asignatura determina el volumen de los deberes de su materia. También debe

considerar el volumen total de deberes de las otras materias. Estas tareas normalmente son

revisadas y explicadas durante la siguiente clase.

Las tareas extra clase deben ser asignadas acordes a la edad, conocimiento y respetando el

tiempo libre de los estudiantes, según el ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00067-A.

5.1.5. ABANDERADOS, PORTAESTANDARTE Y ESCOLTAS

5.1.5.1. DE LA ELECCIÓN DE ABANDERADOS, PORTAESTANDARTE Y ESCOLTAS

Para el reconocimiento de los abanderados, portaestandarte y escoltas, se lo efectuará de acuerdo

a lo estipulado en el Reglamento de la LOEI, Capítulo VII “Del Abanderado y del Juramento a la

Bandera”.

De acuerdo con los puntajes totales obtenidos por los estudiantes, y en calidad de Unidad

Educativa, se asignan las distinciones en el siguiente orden, de mayor a menor:

Primer puesto: - Abanderado del Pabellón Nacional

Segundo puesto: - Portaestandarte de la Ciudad (o del Cantón)

Tercer puesto: - Portaestandarte de la Institución

Cuarto y quinto puestos: - Escoltas del Pabellón Nacional

Sexto y séptimo puestos: - Escoltas del Estandarte de la Ciudad (o del Cantón)

Octavo y noveno puestos: - Escoltas del Estandarte de la Institución

En caso de empate en los promedios globales finales, tal como lo menciona el Art. 177 del

Reglamento de la LOEI, se considerarán los méritos adicionales para el desempate de acuerdo a la

participación en actividades académicas, científicas, culturales, deportivas y sociales.

5.1.5.2. VEEDOR PARA LA ELECCIÓN DE ABANDERADOS, PORTAESTANDARTE Y ESCOLTAS.

En concordancia con el Art. 179 del Reglamento de la LOEI, y considerando que el Departamento

de Consejería Estudiantil es el responsable de liderar, proponer y gestionar las políticas para la

formación ética y bienestar de los estudiantes y bajo coordinación con todas las instancias

superiores de la institución: Consejo Ejecutivo, Rectorado y, secretaria, podrá participar como

veedor en la comisión para la elección de abanderados, portaestandarte y escoltas.

Page 32: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

Además, la máxima autoridad deberá sujetarse a lo establecido en el INSTRUCTIVO PARA LA

DESIGNACIÓN DE ABANDERADOS, PORTAESTANDARTES Y ESCOLTAS DE LAS INSTITUCIONES

EDUCATIVAS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL emitido por la SUBSECRETARÍA DE APOYO,

SEGUIMIENTO Y REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN.

5.1.6. FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y EXÁMENES

La meta de la Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo” es capacitar a los estudiantes para las

evaluaciones internas y de acceso a la universidad, la finalización de estudios en este

establecimiento es del Bachillerato Técnico Unificado (B.T.U.) figura profesional informática.

Los tipos de evaluaciones que se realizan en la institución educativa particular “Siete de Mayo”

están regulados por los distintos reglamentos emitidos tanto en el Cap. I De la evaluación de los

aprendizajes, Art. 186.- Tipos de evaluaciones, como en Cap. IV de las acciones de Evaluación,

retroalimentación y refuerzo académico; Art. 210.- Examen de recuperación o de la mejora del

promedio; Art. 212.- Examen de supletorio; Art. 213 Examen remedial y el Art. 214 Examen de

gracia. A este párrafo se adjunta el Art. 214.1 Aplicación de exámenes de supletorio, remedial y de

gracia.

Nota: Art. 214.1 incluido a continuación del Art. 214, mediante el decreto ejecutivo número 366 del

27 de junio del 2014.

5.2. DISCIPLINARIOS

5.2.1. DE LA ASISTENCIA

La asistencia a las actividades educativas es de carácter obligatorio y se debe cumplir dentro de las

jornadas y horarios establecidos por la Institución Educativa, en que se hallare matriculado el

estudiante Art, 168.- Responsabilidad, del Reglamento General de la LOEI; a más de lo

contemplado en los artículos 169.- Control, 170.- Inasistencia, 171.- Inasistencia Recurrente, 172.-

Reprobación de Asignaturas por Inasistencias y 173.- Prohibición de Abandono.

Llegar puntual a la hora de ingreso y salida del Plantel:

Docentes y personal administrativo

- 06h50 am. a 14h00 pm

Estudiantes

- 07h30 am. a 12h30 pm (Inicial 2)

- 07h10 am. a 12H30 pm (Primer Grado de Educación General Básica)

- 07h00 am. a 12H40 pm. (Segundo Grado a Séptimo Grado de Educación General Básica)

Page 33: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

- 07h00 am. a 12H50 pm (Octavo a Décimo Grado de Educación General Básica)

- 07h00 am. a 13h30 pm (Primer a Tercer Año de Bachillerato General Unificado)

1.- Con los y las estudiantes que ingresen posterior a estas horas automáticamente tendrán falta

en la primera hora académica del día de clase. Además, se deberá seguir el siguiente proceso:

a) Firmar el registro de atrasos e inmediatamente pasar al aula de clase en compañía del

Inspector General o un delegado de la máxima autoridad.

b) Llamar inmediatamente al representante legal, para que explique las razones por las cuáles

su hijo/a o representado/a llega atrasado/a al establecimiento según el Articulo 13.-

Obligaciones, literal b de la LOEI, el representante se presentará ante el Tutor Guía

(alumnos de escuela) e Inspector General (estudiantes de colegio), para justificar su atraso

y recibir de éste la debida orientación para evitar incumplimiento en sus jornadas

educativas.

c) En caso de tener tres atrasos consecutivos el inspector general deberá notificar al docente

tutor y la máxima autoridad, quienes a su vez procederán a convocar al padre de familia

para que firme un acta de compromiso donde se describe que como representante legal

buscara estrategias para cumplir con el horario de ingreso de su representado. Si posterior

a lo establecido existe el incumplimiento, el estudiante deberá cumplir actividades

extracurriculares determinadas por el tutor bajo la supervisión del inspector general.

d) En caso de que el representante legal no justifique los atrasos se lo considerara como un

tipo de falta leve lo cual amerita una actividad extra clase de carácter formativo

relacionado con la puntualidad. Esta actividad será asignada y orientada por el docente

tutor de grado/curso en comunicación con la Coordinadora del DECE y la Máxima

Autoridad del establecimiento.

2.- Los padres de familia o representantes legales que lleguen a dejar a sus hijos o a retirarlos,

podrán hacerlo hasta la puerta de ingreso, según la resolución consolidada dentro del código de

convivencia institucional, misma que se afianza en el artículo 13 literal “e” de La LOEI y el Art. 11.

Del ingreso de personas externas a la institución educativa del Acuerdo Ministerial-2018-00030-A.

3.- Los padres de familia o representantes legales con previa autorización otorgada por las

autoridades de la institución según lo estipula la LOEI en el artículo 13 literal “c” podrán ingresar:

a) Tratar asuntos con Rectorado, Vicerrectorado, Inspección General, DECE Y Secretaria.

b) Cuando sea citado por los docentes, autoridades y el DECE.

4.- Los padres de familia y representantes legales pueden acercarse de lunes a viernes a hablar con

los docentes durante el receso y al final de la jornada educativa o cuando el docente (tutor o

asignatura) cite de acuerdo a su horario académico libre en común acuerdo con el representante

legal previo autorización de la Máxima Autoridad.

5.- Ningún padre de familia o representante legal podrá ingresar durante la hora de receso a

menos que sea convocado en dichas horas por el DECE, docentes o directivos del plantel.

Page 34: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

6.- Los padres de familia y representantes legales podrán asistir a los eventos que se realicen

dentro de la institución cuando sean invitados a través de un comunicado emitido por las

autoridades o el docente tutor según el Articulo 13.- Obligaciones, literal g de la LOEI, debiendo no

interferir en la actividad que se efectué manteniendo un adecuado comportamiento.

7.- Si por prescripción médica (receta emita por un médico) al alumno se le debe suministrar

medicación, el padre o madre de familia deberá entregar al tutor guía el medicamento con las

debidas indicaciones.

8.- Durante los eventos que se realicen dentro de la institución, los padres de familia o

representantes legales no podrán retirar a los estudiantes sin la aprobación de las autoridades del

plantel.

9.- Culminando el receso queda estrictamente prohibido comprar en los bares para evitar que los

estudiantes lleguen atrasados al aula.

10.- Los estudiantes podrán ir al baño con el permiso del docente.

6.2.2. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

Art. 222.- Evaluación del comportamiento. La evaluación del comportamiento de los estudiantes

en las instituciones educativas cumple un objetivo formativo motivacional y está a cargo del

docente de aula o del docente tutor. Se debe realizar en forma literal y descriptiva, a partir de

indicadores referidos a valores éticos y de convivencia social, tales como los siguientes:

a) Respeto y consideración hacia todos los miembros de la comunidad educativa, valoración

de la diversidad

b) Cumplimiento con las normas de convivencia

c) Cuidado del patrimonio institucional,

d) Respeto a la propiedad ajena, puntualidad y asistencia, limpieza.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

PUNTUALIDAD ASISTENCIA RESPETO RESPONSABILIDAD

Llega a la hora fijada al inicio de clases y después del receso,

todos los días durante la jornada diaria de

trabajo

Está presente en actos académicos, cívicos, sociales, deportivos, culturales, dentro y

fuera del plantel, desde el inicio hasta su

culminación.

Demuestra respeto entre los actores de la comunidad educativa

durante las actividades académicas,

momentos cívicos, culturales y deportivos.

Cumple lo establecido en el código

convivencia con el objeto de crear un

ambiente escolar de paz y armonía

Siem

pre

A v

ece

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Nu

nca

Siem

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A v

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Nu

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Page 35: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

6.2.3. DEL UNIFORME

Los estudiantes de la Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo” deben asistir utilizando el

uniforme de la institución indicado a continuación:

Grupo inicial 2

y básica media

de 1ro a 7mo

Parada

Niños: Camisa de tela blanca,

pantalón de tela color azul marino,

pullover color azul con el logotipo

de la institución, zapatos negros,

corbata azul marino, correa negra y

medias azules.

Niñas: Blusa de tela blanca, falda

pantalón hasta la rodilla, pullover azul

marino con el logotipo de la institución,

zapatos negros y medias azules con las

iniciales de la institución.

Diario

Niños: Camiseta blanca con el

logotipo de la institución, pantalón

de jean azul (con elástico para

inicial 2 y 1ro de básica), pullover

color azul con el logotipo de la

institución, zapatos negros, correa

negra y medias azules.

Niñas: Camiseta blanca con el logotipo

de la institución, falda pantalón hasta la

rodilla, pullover color azul con el

logotipo de la institución, zapatos negros

y medias azules con las iniciales de la

institución.

Los accesorios: Deben usar aretes

pequeños y adornos en el cabello de

color blanco, negro, azul.

Grupo básica

superior y

bachillerato de

8vo a 3ro BGU

Parada

Hombres: Camisa de tela blanca,

pantalón de tela color azul marino,

pullover color azul con el logotipo

de la institución, zapatos negros,

corbata azul marino, correa negra y

medias azules.

Mujeres: Blusa de tela blanca, falda

pantalón hasta la rodilla, pullover color

azul, zapatos de taco bajo, media nylon

color piel.

Diario

Hombres: Camiseta blanca con el

logotipo de la institución, pantalón

de jean azul, pullover color azul

con el logotipo de la institución,

zapatos negros, correa negra y

medias azules.

Mujeres: Camiseta blanca con el

logotipo de la institución, falda pantalón

hasta la rodilla, pullover con el logotipo

de la institución, zapatos negros y

medias azules con las iniciales de la

institución.

Los accesorios: Deben usar aretes

pequeños y adornos en el cabello de

color blanco, negro, azul.

Page 36: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

Uniforme de

Educación

Física para

todos los

estudiantes

Camiseta holgada color blanco con rayas en las mangas color azul eléctrico y

rojo, con el logotipo de la institución. Pantalón calentador holgado con basta

de 20 cm de ancho y pantaloneta color azul eléctrico. Chompa color blanco

con rayas azul eléctrico con el logotipo del plantel. Zapatos de lona blanco con

cordones del mismo color. Polines color blanco con rayas color azul marino y

rojo.

Uniforme para

los

laboratorios

científicos.

Mandil de color blanco con el nombre del estudiante.

UNIFORME DE PARADA DE LA ESTUDIANTE UNIFORME DE PARADA DE EL ESTUDIANTE

UNIFORME DEL DIARIO DE LA ESTUDIANTE UNIFORME DEL DIARIO DE EL ESTUDIANTE

Page 37: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

UNIFORME PARA LOS LABORATORIOS CIENTIFICOS

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA

6.2.4. DE LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES:

Las faltas de los estudiantes son las que se establecen en el artículo 134 de la Ley Orgánica de

Educación Intercultural. Estas faltas pueden ser leves, graves o muy graves según lo estipula el

artículo 330 - Faltas de los estudiantes del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación

Intercultural:

FALTAS LEVES

FALTAS GRAVES

FALTAS MUY GRAVES

Page 38: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

a. ALTERAR LA PAZ, LA CONVIVENCIA ARMÓNICA E IRRESPETAR EL CÓDIGO DE

CONVIVENCIA.

1. Uso inadecuado de

artículos electrónicos u

objetos ajenos a las

actividades educativas que

distraigan la atención de los

estudiantes.

2. Ingesta de alimentos o

bebidas en actividades

educativas.

3. Utilización incorrecta del

uniforme.

4. Abandono de actividades

educativas sin autorización.

5. Ventas sin autorización.

6. Actividades disruptivas

(interrupción de las

actividades del aula).

7. Atrasos consecutivos.

1. Participación activa o pasiva en

actos discriminatorios.

2. Participación activa o pasiva en

actos que vulneren el derecho

a la intimidad.

3. Consumo o promoción al

consumo de tabaco, alcohol o

sustancias estupefacientes o

psicotrópicas.

4. Salida del establecimiento sin

autorización.

5. Generar situaciones de riesgo

o conflictos dentro o fuera de

la Institución.

7. 6. Proselitismo político dentro

de la Institución

1. Faltar por dos o más

días consecutivos sin

justificación.

2. Comercialización de

tabaco, alcohol o

sustancias

estupefacientes o

psicotrópicas.

3. Portar armas.

a. COMETER ACTOS DE VIOLENCIA DE HECHO O DE PALABRA CONTRA CUALQUIER MIEMBRO DE

LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

1. Participación activa o pasiva en

actos que atenten contra la

dignidad de las personas.

2. Participación activa o pasiva en

actos que atenten contra la

integridad física o psicológica

de personas.

3. Participación activa o pasiva en

actos de acoso escolar.

4. No denunciar ante las

autoridades educativas de

cualquier acto o violación de

derechos de personas, así

1. Socavamiento de la

dignidad de personas a

través de publicaciones

difamatorias.

2. Participación activa

o pasiva en actos

que atenten contra

la Integridad sexual de

las personas.

Page 39: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

como cualquier acto de

corrupción que estuviere en

su conocimiento.

b. DETERIORAR O DESTRUIR EN FORMA VOLUNTARIA LAS INSTALACIONES Y LOS BIENES

PÚBLICOS Y PRIVADOS.

1. Uso inadecuado de

instalaciones,

equipamiento, materiales,

bienes o servicios.

1. Daño a la

infraestructura o

equipamiento del

establecimiento.

2. Daños a la propiedad

pública o privada.

c. OBSTACULIZAR O INTERFERIR EN EL NORMAL DESENVOLVIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES

ACADÉMICAS Y CULTURALES.

1. Sabotaje de procesos

electorales de órganos

de participación

estudiantil.

2. Intervención en actos

tendientes a promover

la paralización del

servicio educativo.

e. COMETER FRAUDE O DESHONESTIDAD ACADÉMICA.

1. Utilización en un

trabajo académico de frases

exactas sin reconocer la

fuente.

2. Inclusión en un trabajo de

ideas, opiniones, datos,

gráficos, estadísticas sin

reconocer la fuente.

3. Presentar el mismo

trabajo académico, aún

con modificaciones, sin haber

1. Presentar como propio un

trabajo hecho total o

parcialmente por otro. Tanto

por el que lo realiza como el

que lo presenta.

2. Copia o permiso de copia de

un trabajo o examen de otro.

3. Utilización de notas u otros

materiales de consulta no

permitidos para un examen por

el docente.

1. Incluir en un trabajo datos

inventados o falseados.

2. Obtención dolosa de copias

de exámenes o sus

respuestas.

3. Modificación de las propias

calificaciones o las de otros.

4. Falsificación de firmas o

documentos propios o de

otros.

5. Suplantación o permiso

Page 40: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

f. Incumplimiento de los principios y disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico

ecuatoriano

a) Incumplimiento de principios y disposiciones contenidas en el Reglamento de la LOEI y el

ordenamiento jurídico ecuatoriano.

6.2.6. DEL PROCESO POR FALTAS Y SUS ACCIONES EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS

Toda falta, sea leve, grave o muy grave, deberá ser registrada por el tutor/a del estudiante en los

documentos respectivos. Una vez que tome conocimiento deberá tratarla o remitirla de acuerdo a

los procedimientos según lo establece el Acuerdo Ministerial N° 0434-12 Normativa sobre Solución

de Conflictos en las Instituciones Educativas:

1. Las faltas leves serán manejadas por el (docente con el apoyo del) tutor guía, comunicadas

al padre de familia o representante legal y registradas en el leccionario y además se

aplicará lo estipulado en el artículo 331.- Acciones educativas disciplinarias, literal 1. Para

faltas leves del Reglamento General de la LOEI, y en los artículos 9 y 10 del Acuerdo

Ministerial N° 0434-12 NORMATIVA SOBRE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LAS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

PROTOCOLO PARA LAS FALTAS LEVES

tenido autorización

expresa para hacerlo.

4. Inclusión del nombre de una

persona que no participó de un

grupo en la realización de un

trabajo.

5. Interferencia en la realización

del trabajo de otra persona a

través de cualquier medio para

evitar que lo haga.

para ser suplantado en un

examen.

Page 41: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

2. Las faltas graves y muy graves serán manejadas por (el inspector general) y la máxima

autoridad, siendo este último quien toma las decisiones según lo indica el artículo 331.-

Acciones educativas disciplinarias, literal 2. Para faltas graves, y literal 3. Para faltas muy

graves (siendo esta última tramitada y sustanciada por la máxima autoridad y dirigida a la

Junta Distrital de Resolución de Conflictos para las acciones disciplinarias) del Reglamento

General de la LOEI, y lo indicado en el Capítulo III De las acciones educativas disciplinarias,

artículos 12 y 13 del Acuerdo Ministerial N° 0434-12 NORMATIVA SOBRE SOLUCIÓN DE

CONFLICTOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

PROTOCOLO PARA LAS FALTAS GRAVES

PROTOCOLO PARA LAS FALTAS MUY GRAVES

Page 42: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

3. Los/las docentes que llegaran a conocer de presuntos conflictos dentro o fuera de la

institución educativa generados entre los estudiantes y los demás actores de la comunidad

educativa, están en la obligación de informar al docente tutor como al DECE. Según lo

estipula la LOEI, capítulo II de las alternativas de solución de conflictos regentado en el

artículo 6.- de detección de conflictos del Acuerdo Ministerial N° 0434-12 NORMATIVA

SOBRE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

4. Antes de aplicar alguna acción educativa disciplinaria, primero se notificará únicamente al

representante legal para llegar a un acuerdo y llegar a una solución pacífica, según lo

estipula el artículo 331.- Acciones educativas disciplinarias, del Reglamento General de la

LOEI, y el articulo 8.- Resolución de conflictos, del Acuerdo Ministerial N° 0434-12

NORMATIVA SOBRE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

5. En el caso de faltas muy graves por deshonestidad académica, se debe proceder

directamente a la separación definitiva de la institución educativa.

6. Cualquier acción educativa disciplinaria por faltas leves y graves puede ser apelada por los

representantes legales del estudiante ante la Junta Distrital de Resolución de Conflictos en

el término de tres (3) días, contados a partir de la notificación por parte de la máxima

autoridad del establecimiento. La resolución de la Junta podrá poner fin a la vía

administrativa.

7. Cualquier acción educativa disciplinaria por faltas muy graves puede ser apelada por los

representantes legales del estudiante ante la máxima autoridad del Nivel Zonal, en el

término de tres (3) días, contados a partir de la notificación. La resolución de la máxima

autoridad del Nivel Zonal podrá poner fin a la vía administrativa.

El modo de proceder ante todo tipo de faltas deberá permitir siempre el debido proceso,

escuchando a todas las partes involucradas, ponderando adecuadamente las respectivas acciones

educativas contempladas en el Reglamento a la LOEI (Art. 331) y/o en el presente Código de

Convivencia:

Tipo de

falta Acciones educativas

Acciones educativas – Compromisos

Leve

Llamada de atención verbal

persuadiendo a la reflexión para que

no se vuelva a incurrir en la misma

falta. La llamada de atención será

registrada en el expediente respectivo.

Privación eventual de actividades extra

curriculares (campeonatos deportivos

o cualquier recreación planificada por

Suscripción de una carta de

compromiso, por parte del

estudiante y sus representantes

legales, en la que afirmen

comprender las normas y se

comprometan a que el estudiante

no volverá a cometer tal falta.

Reparar el daño ocasionado, si el

Page 43: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

la IE).

Actividades de trabajo formativo en la

institución educativa para fomentar

valores formativos. Serán organizadas

por la Coordinadora del DECE en

comunicación con la máxima

autoridad:

- Carteles que estén a la vista de la

comunidad educativa.

- Charlas de concientización con los

estudiantes.

- Actividades extra-clase de carácter

formativo relacionado la corrección

de la falta cometida asignada por el

docente tutor en coordinación con la

Coordinadora del DECE y la Máxima

Autoridad. Ejemplo: Ensayo donde el

estudiante describa porqué es

incorrecto la falta cometida y cómo

se compromete a mejorar, etc.

- Trabajo formativo en relación al

cuidado del espacio TINI.

- Participación en el momento cívico

donde el estudiante brindara un

discurso en relación a un valor que

contrarreste la falta cometida.

acto cometido causó perjuicio a

otras personas o daño a bienes

materiales.

Solicitar disculpas a la persona

ofendida de forma privada,

asegurando la dignidad de los

involucrados.

Grave

Además de las acciones establecidas

en el literal anterior, el Rector debe

aplicar, según la gravedad de la

falta, la suspensión temporal de

asistencia a la institución educativa,

por un máximo de 15 días, durante

los cuales el estudiante deberá

cumplir con actividades educativas

dirigidas por la institución educativa

y con seguimiento por parte de los

representantes legales.

Page 44: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

Si la falta fuere cometida en el

servicio de transporte, se procederá

a la privación de su servicio.

Negación de matrícula para el

siguiente año lectivo.

Muy Grave

Además de las acciones establecidas

en los literales anteriores, el Rector

debe sustanciar el proceso

disciplinario y remitir el expediente

a la Junta Distrital de Resolución de

Conflictos para la aplicación, según

la gravedad de la acción, de una de

las siguientes acciones:

Suspensión temporal de la

asistencia a la institución educativa

por un máximo de 30 días, con

acciones educativas dirigidas.

Separación definitiva de la

institución educativa o…

Negación de matrícula para el

siguiente año lectivo.

La acumulación o reiteración de faltas se la considerará como un tipo de falta grave y

tendrá como consecuencia la aplicación de acciones disciplinarias establecidas al

Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

6.2.7. DE LOS PROTOCOLOS EN ACTOS DE VIOLENCIA SEXUAL, FAMILIAR, ENTRE PARES E

INSTITUCIONAL.

Los procesos de prevención, detección, intervención, derivación y seguimiento se basarán al

“Manual de Protocolos de Violencia Detectados en el Sistema Nacional de Educación”.

6.2.8. DE LAS FALTAS DE LOS EDUCADORES

Se encuentran normadas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Capítulo Octavo De las

Instancias de Resolución de Conflictos del Sistema Nacional de Educativo. Art. 64.- Potestad

sancionadora- La máxima autoridad del establecimiento educativo ejercerá la potestad

Page 45: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

sancionadora al personal docente que le atribuya la presente ley, y demás normativa, de acuerdo

con la falta cometida; respetando el debido proceso y el derecho a la defensa. Las sanciones que

imponga la máxima autoridad de la unidad educativa son:

a) Amonestación verbal;

b) Amonestación escrita; y,

c) Sanción pecuniaria administrativa que no exceda el diez por ciento de la remuneración

básica unificada del docente.

Sera la máxima autoridad del establecimiento quien comunique con sustentación las faltas

cometidas por los educadores al jefe de talento humano del Sindicato Provincial de Choferes

Profesionales de “El Oro”. Y será este último quien aplique la sanción económica de acuerdo a la

gravedad del asunto y sin exceder lo establecido en el literal c del artículo 64 – RG-LOEI.

6.2.8.1. FALTAS PARA LAS RESPECTIVAS AMONESTACIONES Y SANCIONES:

1. No brindar una educación pertinente, de calidad y calidez con las y los estudiantes a su

cargo.

2. Incumplir la jornada de trabajo completa de acuerdo a lo establecido en el reglamento

interno de la institución.

3. Incumplir la elaboración de la planificación académica y no presentarla oportunamente a

las autoridades de la institución educativa y a sus estudiantes;

4. No respetar el derecho de las y los estudiantes y de los miembros de la comunidad

educativa, expresando opiniones mal fundamentadas y no promoviendo la convivencia

armónica y la resolución pacífica de los conflictos.

5. No fomentar una actitud constructiva en sus relaciones interpersonales en la institución

educativa.

6. No permitir ser evaluados íntegra y permanentemente por delegaciones de planta central

de educación y autoridades de la institución educativa.

7. Incumplir las normas internas de convivencia de las instituciones educativas y lo

establecido en el reglamento interno del sindicato de choferes profesionales de “El Oro”.

8. No respetar y no proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes, y

no denunciar cualquier afectación ante las autoridades judiciales y administrativas

competentes.

9. Abandono de la jornada laboral educativa de manera injustificada y sin la previa

autorización de la máxima autoridad de la institución educativa.

10. Incumplir con lo establecido en el contrato de trabajo celebrado mediante el docente y el

Secretario General del Sindicato de Choferes Profesionales de “El Oro” (Empleador).

11. Incumplir disposiciones emitidas por planta central de educación y talento humano del

sindicato de choferes profesionales de “El Oro” quien regenta la institución educativa.

12. No participación en actos cívicos sin justificación convocados por el distrito de educación.

13. Y todos los demás que se establecen en la Constitución de la República, la Ley y sus

reglamentos inherentes a la educación.

Page 46: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

6.2.9. MEDIDAS EDUCACIONALES Y DE ORDEN - CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES

Sin perjuicio de las competencias de Junta Distrital de Resolución de Conflictos y respetándose

el carácter de establecimiento educativo, la Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo” podrá,

dentro de su ámbito de facultades, emplear las medidas educacionales y de orden que sean

necesarias para restaurar y mantener la convivencia pacífica y armónica interna de sus

integrantes.

La aplicación de medidas disciplinarias educativas y de orden, en concordancia a nuestro

Código de Convivencia, se da a través del/la Rector/a o las personas u órganos que la Unidad

Educativa Particular “Siete de Mayo” delegue parte de sus facultades.

En casos excepcionales, el establecimiento puede dirigirse a la Junta Distrital de Resolución de

Conflictos de Machala.

la Unidad Educativa aplica sus medidas educacionales y de orden observando los siguientes

criterios:

7. Las medidas educacionales y de orden están diseñadas para lograr la meta educativa de la

Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”, para asegurar el cumplimiento de la

obligación de asistencia a clases, el cumplimiento del reglamento y para el resguardo de la

seguridad de personas y objetos dentro del Colegio.

8. Podrán aplicarse normas educativas y de orden para con un/a alumno/a, si ha desacatado

normas legales o el reglamento vigente para su institución. En todas las medidas

educacionales y de orden se deberán observar las regulaciones legales vigentes y el

principio de la relatividad. Únicamente se aplicarán en aquellos casos en que otras medidas

de efecto educativo no basten.

9. El hacer comprender a los/las estudiantes la necesidad y el sentido de reglamentos, es

parte de la labor educativa y de formación de la Unidad Educativa Particular “Siete de

Mayo”, contribuyendo de esta manera a que los estudiantes cumplan el reglamento y

actúen de acuerdo a su contenido.

Las medidas educacionales tienen prioridad frente a las medidas de orden. Su aplicación deberá

mantener siempre una relación adecuada tanto con la causa como con la edad y la personalidad

del/de la estudiante (principio de relatividad), y debe ser documentada. Posibles medidas de tipo

educativo a cargo del/de la profesor/a de materia y del o la tutor guía son:

1. Conversaciones con el/la estudiante respectivamente y con sus representantes legales

Page 47: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

2. Tareas especiales que servirán para que el/la estudiante reconozca su comportamiento

errado (p.ej.: tareas adicionales en la Unidad Educativa, deberes adicionales, retiro

temporal de objetos, trabajo social, entre otras).

Las medidas de orden deberán aplicarse según la meta pedagógica de reforzar al/a la estudiante

en su responsabilidad social. Por lo tanto, se deben tomar en concordancia con la misión educativa

del establecimiento y su responsabilidad pedagógica frente a cada uno de los estudiantes. Su

aplicación deberá mantener siempre una relación adecuada tanto con la causa como con la edad y

personalidad del/de la estudiante (principio de relatividad). Con estas medidas se pretende

conseguir que el/la estudiante reconozca su comportamiento erróneo, logrando que el mismo

mejore y evitando que los compañeros y compañeras actúen de la misma manera. La aplicación de

medidas de orden queda a consideración de la UE (decisión de apreciación).

El maltrato físico u otro tipo de medidas que irrespeten la dignidad humana no son aceptables.

Antes de la toma de decisiones sobre medidas de orden, se les deberá dar la oportunidad al/ a la

estudiante y a sus representantes legales de presentar su punto de vista. Para este fin se puede

incluir también, si los involucrados lo desean, a una persona de confianza del entorno personal

del/de la estudiante y/o de sus representantes legales. Las diversas posiciones deberán ser

recogidas en el acta correspondiente.

Antes de la toma de decisiones según Art.109 a), b), c) se procede a escuchar al/a la estudiante.

Las medidas educacionales y de orden pueden relacionarse unas con otras.

Copartícipes de la toma de decisiones son: el/la profesor/a Tutor Guía, el/la Inspector/a General,

el Departamento de Consejería Estudiantil del plantel, los directivos que correspondan al nivel del

estudiante, el rectorado y la comisión de disciplina.

Son posibles medidas de orden:

Aplicables por el/la profesor/a tutor guía:

a) Sugerencias por escrito;

b) Trabajo extra en la jornada educativa.

Aplicables por el/la directivo/a que corresponda al nivel del estudiante, después de haber

escuchado al/a la profesor/a tutor guía:

a) Recomendaciones por escrito;

b) Trabajo extra en la jornada educativa.

Page 48: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

Aplicable por el/la Rector/a, luego de haber escuchado al/a la profesor/a dirigente y a la directiva

del nivel que corresponda el estudiante, con la participación del Rectorado y, eventualmente, a la

comisión de disciplina:

a) Acompañamiento tutorial con un profesor asignado de hasta dos semanas con trabajo

en el aula.

Aplicable por el/la Rector/a luego de haber escuchado a la Junta de Grado, con la participación del

Rectorado y, eventualmente, a la comisión de disciplina:

a) Acompañamiento tutorial con un profesor asignado de hasta dos semanas con trabajo

en el aula;

b) En caso de ser necesario se tramitará el cambio del/de la estudiante.

En casos de faltas graves el/la Rector/a aplicará lo estipulado en la Ley Orgánica de Educación

Intercultural. Se informará al profesorado sobre la medida.

6.2.10. OBLIGACIÓN DE VIGILANCIA Y RESPONSABILIDAD

1. Es obligación de la Unidad Educativa vigilar al alumnado durante las horas de clase, recesos y

horas libres, durante la participación en eventos escolares, así como durante un tiempo

prudencial antes y después de las clases.

2. La vigilancia será realizada por docentes, autoridades u otras personas encargadas o delegadas

por la máxima autoridad que pertenezcan a la institución. Los/las alumnos/as están obligados

a acatar las disposiciones de estas personas estipuladas en el Código de convivencia.

3. Por razones de seguridad, los estudiantes que hayan abandonado las instalaciones de la

institución educativa sin autorización (hora de salida) no podrán reingresar el mismo día a la

institución. Excepción a esta regla constituyen los/las participantes en actividades no-

curriculares y aquellos estudiantes que hayan presentado la solicitud respectiva para poder

salir a almorzar a sus casas.

6.2.11. COMPORTAMIENTO DENTRO DEL SALÓN DE CLASE

Cada grado de Básica y año de Bachillerato es responsable del orden y limpieza de su salón de

clase y del pizarrón. Además, antes de abandonar su propia aula o cualquier otra, tienen tanto

el docente como el estudiante dejarla en buenas condiciones; se enlistan los más elementales

entre otros:

que los pupitres estén colocados ordenadamente,

que las ventanas estén cerradas,

que las luces, proyectores, CPU y aires acondicionados estén apagadas

Page 49: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

Si 5 minutos después de iniciada la clase el/la profesor/a no ha llegado al aula, el presidente/a del

grado/curso deberá reportar este particular al Inspector General. No se permite la permanencia

de los alumnos/as en los pasillos durante el horario de clases. La institución no se responsabiliza

por la pérdida de artículos de valor y dinero. Los estudiantes durante las horas de clase no pueden

bajar a los bares a comprar.

6.2.12. RECESOS

Los estudiantes no deben permanecer en los salones de clase durante los recesos. Los docentes

son los encargados de cerrar las aulas y apagar cualquier artefacto eléctrico al iniciar los

mismos. Junto con el primer timbre de finalización del receso, cada uno de los estudiantes

ingresarán al salón de clase respectivamente, sin llevar alimentos, golosinas ò bebidas. Y

esperarán delante del aula correspondiente, en caso de no haber sido abierta aún.

En caso de que los estudiantes abandonen las instalaciones del plantel sin autorización durante

el receso, se aplicará las medidas de orden mencionadas en el presente Código de Convivencia

Institucional. La obligación de supervisión y vigilancia del establecimiento se anula y no se

asumirá responsabilidad alguna. La falta disciplinaria puede disminuir la nota de

comportamiento al final del parcial.

6.2.13. INADMISIBILIDAD

Según lo indicado en el Art. 137 d la LOEI, en ningún caso se admitirá como eximente, excusa o

atenuante de la infracción cometida, el desconocimiento de la Ley o el acatamiento de una orden

ilícita emanada de la autoridad competente.

6.3. OTROS

6.3.1. INCUMPLIMIENTO DE PAGOS DE PENSIONES Y MATRICULAS.

Según la normativa vigente las Instituciones Educativas tienen el derecho de “cobrar las pensiones

y matrículas de conformidad con el reglamento que emita la Autoridad Educativa Nacional” (Art.

57. Lit. A. LOEI). Además, “el incumplimiento de las disposiciones sobre el cobro de pensiones y

matrículas en los establecimientos de educación particular […] es responsabilidad de los […],

representantes legales […] de los establecimientos educativos”. Por lo tanto, en caso de que el

representante legal no cancele los valores completos de matrículas y pensiones, su representando

no podrá acceder al cupo de matrícula del grado o curso para el próximo periodo lectivo.

6.3.2. CUIDADO DE LA SALUD

La Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo” toma las medidas adecuadas para garantizar el

cuidado de la salud en su área. Representantes legales y alumnos/as deben acatar las

disposiciones respectivas al tema. Si un/a alumno/a o un familiar de algún alumno/alumna

Page 50: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

presentase enfermedades contagiosas (influenza, conjuntivitis, varicela, hepatitis, entre otras), no

deberá ingresar al establecimiento para evitar contagios, en el caso de los estudiantes, el

representante deberá informar inmediatamente a las autoridades y se ausentará el tiempo que

sea prescrito por el médico.

Los padres de familia deberán enviar comida saludable y nutritiva que contribuya al desarrollo

cognitivo, psicomotriz y socioemocional de los estudiantes.

De acuerdo al Reglamento de bares escolares del sistema nacional de educación, la Unidad

Educativa se regirá en su Capítulo III alimentos y bebidas artículos del 8 al 13, por medio de sus

autoridades el menú, la venta y consumo de alimentos en los bares, prohibiendo el expendio de

comidas chatarras (frituras, golosinas, y gaseosas), reutilización de aceites vegetales y otras

disposiciones establecidas por la comisión de disciplina y las máximas autoridades de la

institución; en caso de no acatar las disposiciones de las autoridades se tomarán las medidas

correctivas correspondientes.

6.3.3. MANEJO DE QUEJAS Y RECLAMOS

Las decisiones del Rectorado y de las Juntas de Grado y/o Curso son, por principio, asuntos

internos de la unidad educativa; esto rige especialmente en casos de promoción y para la

aplicación de medidas de tipo educacional y de orden que tome la institución dentro del ámbito

de sus facultades. Las quejas y reclamos son tratados por el establecimiento bajo propia

responsabilidad, de acuerdo a los procedimientos determinados por el Consejo Ejecutivo de la

Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”, dentro de un contexto legal. En vista de que estas

quejas y reclamos se refieren básicamente a asuntos pedagógicos, por lo regular la decisión en

estos casos es tomada por el/la Rector/al y/o por la Junta de Grado y/o Curso correspondiente. Las

decisiones tomadas por el plantel tienen vigencia definitiva.

6.3.4. FUMAR, CONSUMO DE ALCOHOL, DROGAS Y/O SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS

Está prohibido para todos los miembros de la comunidad educativa fumar o consumir alcohol,

drogas y/o sustancias psicotrópicas.

Las contravenciones a reglamentaciones legales con respecto al alcohol, drogas y sustancias

psicotrópicas (consumo o distribución) también fuera del establecimiento independientemente de

las consecuencias legales que dichas acciones generen, contarán con sanciones establecidas en las

medidas de orden mencionadas en el presente Código de Convivencia, siguiendo el debido

proceso conforme a las normas legales vigentes.

Se considera falta grave para la institución, el consumo y como falta muy grave el expendio de

cigarrillos, alcohol, drogas y sustancias psicotrópicas dentro del plantel y/o cuando estén

representando en alguna actividad de la institución.

Page 51: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

6.3.5. DE LAS EXCURSIONES Y VISITAS DE OBSERVACIÓN

Según el Art. 174 CAPÌTULO VI DEL REGLAMENTO DE LA LOEI DE LAS EXCURSIONES Y VISITAS DE

OBSERVACIÒN. Son actividades educativas que se incluyen en la programación académica y se

desarrollan como parte de la jornada escolar con el propósito de complementar los aprendizajes

científicos, culturales, artísticos y de patrimonio natural de los estudiantes.

Durante estas actividades, la seguridad integral de los estudiantes que participen en ellas debe ser

responsabilidad de los docentes que las lideran, así como de la autoridad del establecimiento

educativo, quien debe autorizarlas, previo cumplimiento de las disposiciones específicas emitidas

por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

Las excursiones y visitas de observación se sujetarán al Acuerdo Ministerial 2018 – 30 – A –

INSTRUCTIVO PARA RESGUARDAR LA SEGURIDAD FÍSICA DE LOS ESTUDIANTES DURANTE LA

ENTRADA Y SALIDA DE LA JORNADA ESCOLAR. “Artículo 9.- De los traslados de estudiantes

propiciados por la institución educativa dentro de la jornada escolar. - Se entiende por traslado

propiciado por la institución educativa a los desplazamientos efectuados para participar en

eventos educativos, deportivos, culturales, sociales, y otras que así lo establezcan las autoridades

de la institución educativa dentro del calendario escolar, debidamente aprobado por el nivel de

gestión Distrital.

Los traslados de estudiantes propiciados por la institución educativa comprenden:

a. Traslado para el cumplimiento de actividades curriculares.

b. Desplazamiento en representación de la institución para participar en actividades

organizadas por otras instituciones educativas y no educativas que fomenten el desarrollo

educativo, cultural, social y deportivo de los estudiantes.

c. Traslado en caso de accidentes y/o enfermedad suscitados dentro de la jornada escolar.

Los estudiantes con discapacidad podrán ser trasladados por los motivos señalados en los literales

anteriores, siempre y cuando se garantice el transporte accesible, cuidando su seguridad e

integridad.

Es obligación de la máxima autoridad de la institución educativa, gestionar la autorización para el

traslado de los estudiantes por las razones establecidas en los literales a) y b) ante el Distrito

Educativo de su jurisdicción, de acuerdo a la normativa establecida para el efecto.

En el caso establecido en el literal c), dependerá de la complejidad del accidente y/o enfermedad,

y el traslado del estudiante será en coordinación con el Sistema Integrado de Seguridad ECU-911.”.

Además de acuerdo al código de convivencia se seguirá el siguiente protocolo:

Page 52: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

6.3.5.1. PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO DE EXCURSIÓN Y VISITA DE OBSERVACIÓN

1. Integrar en la planificación curricular anual las excursiones y visitas de observación en el caso de que la asignatura lo amerite para el refuerzo de las destrezas.

2. Socializar las excursiones locales, nacionales e internacionales y visitas de observación

académicas planificadas con los representantes legales al inicio del año escolar.

3. Previo al envió de la solicitud a la máxima autoridad el docente desarrollara un plan de excursión o visita de observación que detalle todo el proceso a seguir durante la actividad académica.

4. Solicitar el permiso respectivo a la máxima autoridad de manera escrita adjuntando el plan de exclusión o visita de observación y firmas de compromiso de los representantes legales de las salidas a excursiones.

5. Una vez autorizado la máxima autoridad seleccionara un mínimo de dos docentes competentes que acompañaran al docente de la asignatura a fin de colaborar con el cuidado de los estudiantes durante las excursiones y visita de observación.

6. En el caso de que la excursión o visita de observación se desarrolle dentro de la ciudad la máxima autoridad solicitara mediante escrito al representante legal de la Institución Educativa un medio de transporte terrestre que permita la movilización de los estudiantes.

7. En el caso de que la excursión o visita de observación se desarrolle fuera de la ciudad la máxima autoridad podrán considerar los siguientes protocolos:

a. Seguir el procedimiento anteriormente mencionado, o… b. El docente de la asignatura y los representantes legales con el seguimiento

respectivo de la máxima autoridad podrán alquilar un servicio de transporte terrestre considerando que los valores solicitados estarán al alcance de los representantes legales.

c. El docente de la asignatura y los representantes legales con el seguimiento respectivo de la máxima autoridad deben seleccionar a los padres de familia que irán a la excursión o visita de observación con el objeto de cuidar a los estudiantes.

8. En el caso de los estudiantes que no recibieron el permiso de sus representantes legales el

docente encargado de la asignatura les enviara tareas, proyectos u otra actividad académica relacionada con la excursión o visita de observación.

6.3.6. BECAS

La Unidad Educativa Particular “Siete de Mayo”, ofrece a sus alumnos a partir de Educación Inicial

2 hasta Tercer Año de Bachillerato, un programa de ayuda que consiste en el descuento del valor

de la pensión o mensualidad que el padre de familia debe cancelar, el cual está establecido de la

siguiente manera:

Page 53: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

o Media beca a los estudiantes que obtuvieron el primer lugar en aprovechamiento, es decir

cancelan el 50% del valor que corresponde a la pensión.

o Descuento del 20% a los hijos de los socios activos del Sindicato Provincial de Choferes de

El Oro.

o Descuento del 10% al primer hermano del estudiante.

o Descuento del 15% al segundo y tercer hermano del estudiante.

Parámetros:

1. Para el otorgamiento de las becas se considerará las notas del año lectivo anterior y

únicamente a los estudiantes que estén matriculados

2. Cada familia puede beneficiarse con un máximo de tres becas simultáneamente; esto

permite que más familias puedan obtener este beneficio.

3. El descuento será de hasta el 50% (media beca) del valor que corresponde a la pensión de

cada mes a los estudiantes que obtuvieron el primer lugar en aprovechamiento.

4. Descuento de 20% a los hijos de los socios del Sindicato Provincial de Choferes de El Oro.

5. Descuento del 10% al primer hermano del estudiante.

6. Descuento del 15% al segundo y tercer hermano del estudiante.

6.3.7. DE LAS COMISIONES DE TRABAJO

Las comisiones de trabajo se sujetarán al Acuerdo Ministerial 2018 – 60 – A sobre la NORMATIVA

PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE […] LAS COMISIONES DE TRABAJO EN LAS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS FISCALES, FISCOMISIONALES, MUNICIPALES Y PARTICULARES DEL

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN:

6.3.7.1. DEFINICIÓN DE LAS COMISIONES DE TRABAJO: Son equipos de trabajo, integrados por

docentes de la institución educativa, que se conforman para dinamizar las actividades

académicas, culturales, de seguridad, salud, entre otras, que la institución educativa

determine de acuerdo a sus particularidades y en función de su Proyecto Educativo

Institucional.

6.3.7.2. CONFORMACIÓN DE LAS COMISIONES DE TRABAJO: La conformación de las

comisiones de trabajo estará a cargo del Consejo Ejecutivo (dos semanas previo al

inicio del periodo lectivo), a excepción de las Comisiones Técnico Pedagógicas por áreas

que serán conformados por la Junta Académica (dos semanas previo al periodo lectivo).

6.3.7.3. INTEGRANTES DE LAS COMISIONES DE TRABAJO: Están integradas de acuerdo a las

normativas y reglamentos vigentes, en caso no existir será conformado por un

Coordinador (a), secretario (a) y sus respectivos vocales.

6.3.7.4. COMISIONES DE TRABAJO DE LA IE: Las comisiones de trabajo para cada periodo

lectivo serán las siguientes:

COMISIÓN SOCIOCULTURAL.

COMISIÓN DE PROYECTOS ESCOLARES

COMISIÓN DE DISCIPLINA.

COMISIÓN DE DEPORTES.

COMISIÓN DE GESTIÓN DE RIESGO.

Page 54: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

COMISIONES TÉCNICO PEDAGOGICAS POR ÁREAS DEL CONOCIMIENTO.

6.3.7.5. FUNCIONES GENERALES DE LAS COMISIONES DE TRABAJO: Las comisiones de trabajo

para cada periodo lectivo deberán:

Elaborar la planificación anual de sus actividades antes del inicio del año lectivo y

someter a la aprobación de la Junta Académica en el caso de las Comisiones

Técnico Pedagógicas, y a la autoridad máxima de la institución para el caso del

resto de comisiones;

Desarrollar, monitorear y evaluar las actividades previstas en sus planificaciones

anuales; y,

Presentar los informes de las actividades realizadas, anexando las actas de las

reuniones y más documentos generados a la autoridad máxima de la institución

educativa.

Informar sus actividades previo al inicio y después del final del año lectivo en la

Junta de Directivos y Docentes.

6.3.7.6. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS COMISIONES DE TRABAJO:

COMISIÓN SOCIOCULTURAL: Las funciones de esta comisión serán:

o Planificar, programar, monitorear y ejecutar las actividades relacionadas

con:

Festividades y espacios de expansión social.

Cumpleaños del personal de la IE (administración y docentes).

Eventos culturales emitidas por el MinEduc en el cronograma escolar

y sus lineamientos. Además de las actividades planificados

internamente por IE.

Cooperar en los eventos deportivos de la IE.

o Conformar el tribunal electoral durante las elecciones del consejo

estudiantil.

o Otras que delegue la máxima autoridad.

COMISIÓN DE PROYECTOS ESCOLARES: Las funciones de esta comisión serán:

o Informar sus actividades al inicio y final del año lectivo en la Junta de

Directivos y Docentes.

o Coordinar, monitorear y evaluar las actividades de los proyectos basados en

las rúbricas descritas en la guía.

o Sesionar una vez al término de cada quimestre para evidenciar el

seguimiento basado en las matrices.

o Velar por la inclusión de los proyectos escolares y su metodología en el

Proyecto Educativo Institucional y que refuercen el currículo fomentando la

interdisciplinariedad.

o Conocer e informar a las autoridades institucionales los logros, necesidades

y eventualidades.

o Recopilar la información de los procesos de autoevaluación de los

facilitadores y estudiantes de cada proyecto escolar. Elaborar un informe

Page 55: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

quimestral y presentarlo al Consejo Ejecutivo, según el Art. 53, numeral 8

del Reglamento General a la LOEI1.

o Informar y coordinar con el inspector general las actividades realizadas

durante los proyectos escolares, para garantizar un trabajo organizado y

armónico, según el Art. 46, numeral 8 del Reglamento General LOEI2.

o Organizar y promover ferias y exhibiciones de los proyectos escolares en su

comunidad, propiciando la participación de todos los estudiantes.

o Seleccionar, inscribir e impulsar los proyectos escolares que representarán a

la institución en las ferias distritales.

o Otras que delegue la máxima autoridad.

COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y VEEDURIA DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA

(DISCIPLINA): Las funciones de esta comisión serán:

o Planificar, monitorear y ejecutar dos actividades en el año lectivo que

garanticen el cumplimiento del código de convivencia a fin de fomentar la

sana convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.

o Reunirse en casos de hechos de violencia entre pares para determinar

sanciones de acuerdo al código de convivencia y el reglamento general de la

Ley Orgánica de Educación Intercultural. Nota: Las sanciones establecidas

serán aprobadas por la máxima autoridad según el Acuerdo Ministerial 434

– 12 e Instructivo de hechos de violencia en el sistema educativo nacional.

o Otras que delegue la máxima autoridad.

COMISIÓN DE DEPORTES: Las funciones de esta comisión serán:

o Ejecutar el programa para el desarrollo de la cultura física, el deporte y la

recreación, promoviendo la participación de toda la comunidad

universitaria.

o Operar los programas de enseñanza deportiva y recreativa, así como médico

deportiva y nutricional.

o Optimizar el uso de la infraestructura deportiva de que dispone la

institución.

o Planificar, monitorear y ejecutar las jornadas deportivas de la IE de acuerdo

al cronograma escolar interno.

o Garantizar la adecuada realización de cada uno de los campeonatos de los

Juegos, mediante el cumplimiento de los reglamentos de cada deporte, de

las Normas Reglamentarias y las decisiones tomadas en las reuniones

preparatorias.

o Planificar y ejecutar la participación de los estudiantes en campeonatos

deportivos organizados por el Ministerio de Educación, Deportes u otro

organismo nacional e internacional.

o Otras que delegue la máxima autoridad.

COMISIÓN DE GESTIÓN DE RIESGO: Las funciones de esta comisión serán:

o Proteger la vida e integridad de los ocupantes de la escuela.

Page 56: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

o Promover la participación de la comunidad educativa, el desarrollo de

capacidades, actitudes y valores relacionados con la gestión de riesgo en

caso de desastres.

o Fortalece la educación en emergencias con todos los actores y la protección

escolar frente a las emergencias contribuyendo a fortalecer la capacidad

protectora de la familia.

o Formular y ejecuta los planes de gestión del riesgo de la institución

educativa, planes de contingencia para los diferentes escenarios de riesgo

con participación de docentes, estudiantes padres de familia y otras

instituciones de la comunidad.

o Asegurar la continuidad de la educación en situaciones de emergencia.

o Otras que delegue la máxima autoridad.

COMISIONES TÉCNICO PEDAGÓGICAS POR ÁREAS: Las funciones de estas

comisiones serán:

o Colaborar en el diseño, supervisar la implementación y evaluar el desarrollo

de la planificación curricular institucional;

o Coordinar el diseño, monitorear la implementación y evaluar la ejecución de

las planificaciones curriculares anuales;

o Apoyar la construcción de las planificaciones microcurriculares y evaluar su

implementación;

o Apoyar en el diseño de las adaptaciones curriculares individuales, de grupo o

de aula en colaboración con el DECE y evaluar su implementación;

o Planificar con el Coordinador Técnico Pedagógico para asesorar a los

docentes de grado o curso en la planificación meso y micro curricular;

o Coordinar con las Juntas de Grado y/o Curso la evaluación de los resultados

de aprendizaje de los estudiantes de cada nivel y/o subnivel, y, plantear

acciones de ajuste de las programaciones curriculares anuales y en la

elaboración de planes de refuerzo académico institucional;

o Reunirse mensualmente tratando los puntos establecidos por el

Coordinador Técnico Pedagógico.

o Orientar y apoyar al personal docente, en la aplicación correcta de las

normas y los lineamientos para el desarrollo de los procesos de enseñanza y

aprendizaje, la vinculación de la teoría con la práctica, la evaluación y la

promoción escolar; y,

o Emitir informes de resultados de sus actividades, para la aprobación del

Coordinador Técnico Pedagógico, a fin de orientar la mejora de la aplicación

del currículo en cada nivel de concreción.

OTRAS COMISIONES: En el caso de que existieren otras comisiones durante el

periodo lectivo se sujetarán a las normativas y reglamentos vigentes en el

sistema educativo nacional.

Page 57: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR “SIETE DE MAYO”

6.3.8. DE LA METODOLOGÍA TINI

6.3.8.1. MANEJO DE DESECHOS SOLIDOS.

Los estudiantes cuidaran su salón de clases botando los desechos de sólidos en el tacho

correspondiente.

Durante el receso los estudiantes botaran sus desechos sólidos en el tacho de basura

correspondiente. En caso de que un estudiante bote algún tipo de desecho al suelo de

manera innecesaria deberá recogerlo o solicitar al auxiliar de mantenimiento los

implementos necesarios para la limpieza.

Los encargados principales de la limpieza y el desecho solido serán los auxiliares de

mantenimiento de la Institución Educativa.

Al usar los baños los estudiantes han de asegurarse de la limpieza de las instalaciones al

botar sus desechos al tacho de basura.

6.3.8.2. AHORRO DE ENERGÍA

Los miembros de la comunidad educativa procuraran usar los artefactos eléctricos y

electrónicos solo en caso de que sea necesario.

Los miembros de educativa después de hacer uso de los salones de clase y laboratorios han

de asegurarse que ningún artefacto eléctrico y electrónico esté conectado o encendido con

el objeto de ahorrar de energía.

6.3.8.3. AHORRAR AGUA

Los miembros de la comunidad educativa procuraran ahorrar el agua y solo lo usaran en

caso de que sea necesario.

En caso de que los miembros de la comunidad educativa usen los baños deberán verificar

que los grifos de agua estén completamente cerrados.

6.3.8.4. REFORESTACIÓN O ESPACIO TINI

Los docentes tutores y sus estudiantes serán los encargados de criar y cuidar la vida en el

espacio TINI con el objeto de sensibilizar a los estudiantes sobre el cuidado del ambiente.

Los docentes tutores y sus estudiantes de los subniveles inicial 2, preparatoria y elemental

serán los encargados de crear carteles, frases u otro tipo de información respecto al

cuidado del ambiente.

Los docentes tutores y sus estudiantes de los subniveles de media y superior serán los

encargados de criar y cuidar vida en el espacio TINI.

6.3.8.5. CAMPAÑAS

Los miembros de la comunidad educativa organizaran al menos una campaña anual para la

sensibilización de los estudiantes respecto al cuidado del ambiente.

Los miembros de la comunidad educativa organizaran al menos una campaña anual para la

sensibilización de los estudiantes respecto a las normas y sana alimentación.

Entre otras según la necesidad de la Institución Educativa.

6.3.8.6. CURRICULO DE EDUCACIÓN FISICA.

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Los docentes del área de educación física han de procurar cumplir con lo establecido en el

currículo emitido por el MinEduc. Han de considerar que los ejercicios físicos sean para la

recreación y la salud física de