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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN CIENCIAS
INTERNACIONALES
“DR. ANTONIO PARRA VELASCO”
MAESTRÍA EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y
DIPLOMACIA
TRABAJO DE TITULACIÓN ESPECIAL
PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE
MAGÍSTER EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA
“LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y
TRÁFICO HUMANO EN EL ECUADOR”
AUTORA: Lcda. NORKA CASSANDRA VINCES LAMILLA
TUTORA: Ing. MARÍA ISABEL FLORES MONTIEL, MSc.
GUAYAQUIL – ECUADOR
SEPTIEMBRE, 2017
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REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FICHA DE REGISTRO ESTUDIO DE CASO – TRABAJO DE TITULACIÓN ESPECIAL
TÍTULO: “LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO HUMANO EN EL ECUADOR”.
AUTORA:
Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla
TUTORA/REVISOR:
Ing. María Isabel Flores Montiel, MSc. (Tutora)
Econ. William Giovanni Arcos Chonillo, MSc. (Revisor
Metodológico)
INSTITUCIÓN: UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN CIENCIAS
INTERNACIONALES “DR. ANTONIO PARRA VELASCO”.
CARRERA: MAESTRÍA EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA
FECHA DE PUBLICACIÓN:
Nª DE PÁGS:
ÁREAS TEMÁTICAS: CIENCIAS INTERNACIONALES, DIPLOMACIA, DERECHOS INTERNACIONAL PÚBLICO,
DERECHOS HUMANOS.
PALABRAS CLAVE: TRATA DE PERSONAS – TRÁFICO HUMANO - REPERCUSIÓN
RESUMEN:
En el Ecuador, el 90 % de las víctimas son mujeres, de las cuales un 30 % son menores de edad, de acuerdo a la Organización
de las Naciones Unidas. Cada niña plagiada recibe un promedio diario de diez a veinte clientes cuyo pago lo acuerdan con los
captores, siendo las menores, física y psicológicamente abusadas para que cooperen en el cometimiento de la continua felonía.
El objetivo general de este estudio es debatir la incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el Ecuador mediante un
estudio de los instrumentos jurídicos internacionales y la cooperación nacional e internacional para comparar y analizar las
repercusiones que tiene para el Ecuador. La metodología utilizada fue el enfoque cualitativo, esta investigación es descriptiva,
no experimental, exploratoria. En cuanto a los resultados, se recopiló que, la violencia está siendo invisibilizada, porque la
están viendo como algo normal, teniendo como efecto el impacto negativo desde todo ámbito, existe la necesidad de
prevención a sectores estratégicos. El Estado ecuatoriano es parte de acuerdos; sin embargo, debe fortalecerse políticamente
para que las acciones realizadas para la protección de víctimas o la lucha anti trata merezca un mayor presupuesto, más aún,
en cuanto a protección se refiere, considerando que, la trata de personas y el tráfico humano son delitos que afectan los
derechos humanos con repercusiones de todo tipo tanto para la víctima como para la sociedad.
Palabras clave: INCIDENCIA - TRATA DE PERSONAS – TRÁFICO HUMANO
Nº DE REGISTRO:
Nº DE CLASIFICACIÓN:
DIRECCIÓN URL:
ADJUNTO PDF: SÍ X NO
CONTACTO CON AUTORA:
Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla
Dirección: 10 de Agosto y Abdón
Calderón (Babahoyo)
CELULAR:
0984331986,0959843424
Correo: [email protected]
CONTACTOS DE LA
INSTITUCIÓN
DIRECCIÓN: CALLES
CHIMBORAZO 2700 entre
COLOMBIA Y VENEZUELA
NOMBRE: Lcda. Sonia Venegas- Coordinación Académica
Teléfonos: 042 - 448938; 042 - 44 9746 Ext 103
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v
50 páginas, 13583 palabras
Nivel del plagio: seleccionado / en total
227 resultados de 100 fuentes, de ellos 100 fuentes son en línea.
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Directiva de data: Comparar con fuentes de internet, Comparar con documentos propios
Sensibilidad: Media
Bibliografia: Considerar Texto
Deteción de citas: Reducir PlagLevel
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CERTIFICACIÓN DE LA TUTORA
En mi calidad de tutora de la estudiante Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla, del
Programa de Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia, nombrado por la
Comisión Académica del Instituto Superior de Posgrado en Ciencias Internacionales
“Doctor Antonio Parra Velasco” CERTIFICO: que el estudio de caso del Trabajo de
Titulación Especial titulado “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en
el Ecuador”, en opción al grado académico de Magíster en Ciencias Internacionales y
Diplomacia, cumple con los requisitos académicos, científicos y formales que establece el
Reglamento aprobado para tal efecto.
Guayaquil, 09 de septiembre de 2017
Atentamente.,
……………………………………..…….
MSc. María Isabel Flores Montiel, Ing.
C. C. No. 0916663941
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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionales
“Doctor Antonio Parra Velasco”
Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia
Trabajo de Titulación Especial previo a la obtención del grado de Magíster en Ciencias
Internacionales y Diplomacia:
“LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO
HUMANO EN EL ECUADOR”
MIEMBROS DEL TRIBUNAL
__________________________________ 1.- DR. OSWALDO MOLESTINA ZAVALA, MSC
_________________________________________________
2.- LCDA.CARMEN ELIZABETH LUCERO NOVILLO, MSC
__________________________________________________
3.- ECON. WILLIAM ARCOS CHONILLO, MSC
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DECLARACIÓN EXPRESA
“La responsabilidad del contenido de este Trabajo de Titulación Especial, me
corresponden exclusivamente; y el patrimonio intelectual del mismo a la Universidad de
Guayaquil”.
__________________________ Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla
C. C. 120590227 - 1
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DEDICATORIA
A Dios, por permitirme llegar a este
momento tan especial en mi vida, por los
triunfos y los momentos difíciles que me ha
enseñado a valorar. A mis padres, señora
Norma Lamilla Rodríguez y señor Nelson
Vinces Aguilar, que son las personas más
importantes en mi vida.
Norka Vinces
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AGRADECIMIENTO
Agradezco a Dios por bendecirme y llegar
a una feliz terminación de este Trabajo de
Titulación. Al Instituto Superior de
Postgrado “Doctor Antonio Parra Velasco”
y en su representación, al Dr. Oswaldo
Molestina Zavala Msc. A mi tutora, Ing.
María Isabel Flores, MSc. al revisor
metodológico Econ. William Arcos
Chonillo, MSc. por su tiempo y dedicación,
quienes, con sus conocimientos y
experiencia me orientaron para que
terminara oportunamente este Trabajo de
Titulación Especial con éxito.
También agradezco a todos mis docentes
quienes durante mi carrera profesional me
dotaron de suficientes conocimientos que
permitieron la culminación de este trabajo.
Norka Vinces
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PENSAMIENTOS
¿Qué importa tener o no tener cosas superfluas?
Lo necesario nunca falta para alimentar la vida.
Simón Bolívar
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ABREVIATURAS
ACNUR Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
APA American Psychological Association
CHS Alternativo Capital Humano y Social Alternativo
Corte IDH Corte Interamericana de Derechos Humanos
COAC Unidad Anti – Coyoterismo
COIP Código Orgánico Integral Penal del Ecuador
COOTAD Código Orgánico de Organización Territorial
DMQ Distrito Metropolitano de Quito
DINAPEN Dirección Nacional de Policía especializada para niñas, niños y
adolescentes
DIP Derecho Internacional Público
MIES Ministerio de Inclusión Económica y Social
ODS Objetivos de desarrollo sostenible
OEA Organización de los Estados Americanos
OIM La Organización Internacional para las Migraciones
OIT La Organización Internacional de Trabajo
ONG Organizaciones no gubernamentales
ONU Organización de las Naciones Unidas
UNESCO La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura
UNICEF El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
UNIFEM El Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer
UNODC Oficina de las Naciones Unidas para las Drogas y el Crimen
VIH Virus de la Inmunodeficiencia Humana
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ÍNDICE DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………...1
Capítulo 1…………………………………………………………………………………..8
1 Marco Teórico………………………………………………………………………...….8
1.1 Teorías generales…………………………………………………………………….....8
1.2 Teorías sustantivas………………………………………………………………….....19
1.3 Referentes empíricos…………………………………………………………………..29
Capítulo 2………………………………………………………………………………….35
2. Marco metodológico…………………………………………………………………....35
2.1 Metodología…………………………………………………………………………...35
2.2 Métodos……………………………………………………………………………….35
2.3 Premisa………………………………………………………………………………..36
2.4 Universo y muestra…………………………………………………………………...36
2.5 Cuadro: categorías, dimensiones, instrumentos, unidades de análisis (CDIU)……....37
2.6 Gestión de datos………………………………………………………………………38
2.7 Criterios éticos de la investigación………………………………………………...…38
Capítulo 3……………………………………………………………………………..….40
3 Resultados…………………………………………………………………………..….40
3.1 Antecedentes de la unidad de análisis…………………………………………..……40
3.2 Diagnóstico o Estudio de caso…………………………………………………..…...40
Capítulo 4………………………………………………………………………….…….44
4 Discusión……………………………………………………………………….….......44
4.1 Contrastación empírica……………………………………………………..……..…44
4.2 Líneas de investigación………………………………………………….………......44
4.3 Aspectos relevantes…………………………………………………….……………44
xiv
Capítulo 5,……………………………………………………………………………….46
Propuesta………………………………………………………………………………...46
Conclusiones y recomendaciones…………………………………………………….…48
Bibliografía……………………………………………………………………………...50
Anexos…………………………………………………………………………………..54
xv
ÍNDICE DE TABLA
Tabla 1. CDIU (Categoría, Dimensiones, Instrumentos y Unidades de Estudio)……....37
xvi
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1. Fines de explotación……………………………………...………………….12
Gráfico 2. Clases de tratantes…………………………………………...………………31
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RESUMEN
En el Ecuador, el 90 % de las víctimas son mujeres, de las cuales un 30 % son menores de
edad, de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas. Cada niña plagiada recibe un
promedio diario de diez a veinte clientes cuyo pago lo acuerdan con los captores, siendo
las menores, física y psicológicamente abusadas para que cooperen en el cometimiento de
este delito continuo. El objetivo general de este estudio es debatir la incidencia de la trata
de personas y tráfico humano en el Ecuador mediante un estudio de los instrumentos
jurídicos internacionales y la cooperación nacional e internacional para comparar y
analizar las repercusiones que tiene para el Ecuador. La metodología utilizada fue el
enfoque cualitativo, esta investigación es descriptiva, no experimental, exploratoria. En
cuanto a los resultados, se recopiló que, la violencia está siendo invisibilizada, porque la
están viendo como algo normal, teniendo como efecto el impacto negativo desde todo
ámbito, existe la necesidad de prevención a sectores estratégicos. El Estado ecuatoriano es
parte de acuerdos; sin embargo, debe fortalecerse políticamente para que las acciones
realizadas para la protección de víctimas o la lucha anti trata merezca un mayor
presupuesto, más aún, en cuanto a protección se refiere, considerando que, la trata de
personas y el tráfico humano son delitos que afectan los derechos humanos con
repercusiones de todo tipo tanto para la víctima como para la sociedad.
Palabras clave: INCIDENCIA - TRATA DE PERSONAS – TRÁFICO HUMANO
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INTRODUCCIÓN
Se propone presentar lo que, a nivel nacional e internacional, está sucediendo con
respecto a la incidencia de la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador; está
dirigido tanto para la población local como a la internacional, que serán los beneficiarios de
esta investigación. También, se analiza como la cooperación internacional podría favorecer al
sistema de la administración de justicia y a las víctimas que son los compatriotas que se
encuentran en otros países, con el propósito de buscar mejor nivel de vida, quienes en
ocasiones, son captados por delincuentes.
La delimitación del problema que es objeto del análisis, es la necesidad de
cooperación internacional para difundir lineamientos efectivos para que, en lo posible, sean
sancionados estos delitos inhumanos, para lo cual se ha recogido información que aporte a
este estudio, a través de la entrevista a expertos y/o profesionales.
El problema en el Ecuador, es que se ha detectado la carencia de recursos de todo tipo,
para el trabajo de la reducción del delito de la trata de personas, o en su defecto, la
erradicación del mismo. Existen muchas causas sin resolver y denuncias sin atender, debido
al minúsculo presupuesto que es asignado para esta actividad.
Así pues, el (Informe sobre Trata de Personas (TP), 2011, pág. 27) destaca que es
indispensable la colaboración en todo sentido de las ONG (organizaciones no
gubernamentales), debido a que los gobiernos, por lo general, no se encuentran en las mejores
condiciones para brindar un servicio integral a las víctimas de trata. Por ello, ha sido valiosa
la actuación de organizaciones no gubernamentales para una intervención inmediata en este
delito de trata de personas y tráfico humano.
Las causas de la trata de personas y del tráfico humano, son similares, tal como se
detallan a continuación: problemas económicos, no hay planificación familiar, desempleo,
costumbres viciosas y mínima aplicabilidad de políticas públicas, la migración, por lo tanto,
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los efectos adversos son: causa daño a las familias y a la sociedad, daños psicológicos, físicos
y atentado a los derechos humanos. Por ello, es indispensable, también, la actuación de
organizaciones no gubernamentales para una intervención inmediata en este delito de trata de
personas.
Por otra parte, las causas del tráfico humano según (Zimmerman, 2003) citado por
(Serrano, 2015) son: situaciones negativas que pasaron o pasan, la pobreza, la disgregación de
la familia, victimización familiar, abuso de confianza, falsas promesas de casamiento,
demagogia de un mejor estilo de vida. También ejerce influencia, el abuso por parte de
alguien que ejerce autoridad sobre la víctima, pudiendo ser los mismos padres, una pareja, o
cualquier situación de violencia, que pone a la parte ofendida en situación de vulnerabilidad.
Según (Piedra Celi, 2014, pág. 9) al tener como objetivo la apropiación de un ser
humano para fines de explotación, la trata de personas representa uno de los delitos más
lucrativos a nivel mundial. Entre los años 2013, 2014 y 2015 el grupo “Anti trata de
personas” de la Dirección Nacional de Policía especializada para niñas, niños y adolescentes
(DINAPEN), realizó informes de un mayor número de víctimas rescatadas de la explotación
sexual, que ascendió a cincuenta y cinco personas, y en lo laboral, se registraron una veintena
de personas (DINAPEN, 2015).
Así mismo, la Unidad contra el Delito de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes de
la Dirección Nacional de Policía Judicial e Investigaciones, desde el año 2013 a junio de
2015, se rescataron más de ciento sesenta víctimas de trata de personas que, en su mayoría,
eran mujeres de nacionalidades ecuatoriana, colombiana, cubana y venezolana. (Piedra Celi,
2014, pág. 40).
Por otro lado, según datos registrados por la (La Hora, 2012) citado por (Barragán
Carrión & Palacios Castro, 2013, pág. 9) la funcionaria Doris Moreno, Coordinadora de la
Unidad Anti trata de personas del Ministerio del Interior del Ecuador, en el año 2011, fueron
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registradas rutas de transporte de víctimas ecuatorianas; el 40 % de mujeres captadas, son
trasladadas por la ruta Ecuador – Caribe - Europa Central hasta China, y el Sudeste de Asia;
el 30 % viaja a Centroamérica, con el destino final de preferencia que, son los Estados Unidos
de América; el 20 % va a Colombia, y alrededor del 10 %, se mantiene en el Ecuador, en la
zona fronteriza con Colombia.
En el Ecuador, el 90 % de las víctimas son mujeres, de las cuales un 30 % son todavía
menores de edad, de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas. (ONU, 2012). Cada
niña plagiada recibe un promedio diario de diez a veinte clientes cuyo pago lo acuerdan con
los captores, siendo las menores física y psicológicamente abusadas para que cooperen en el
cometimiento de este delito continuo. También se han dado casos en que la víctima es
drogada si no coopera por voluntad propia. (UNICEF Ecuador, 2003).
Formulación del problema
La formulación del problema que se plantea es:
¿De qué manera influyen los instrumentos jurídicos internacionales en la posible
erradicación de la trata de personas y el tráfico humano en Ecuador?
El estudio de caso se justifica porque el planteamiento del problema se relaciona con
la escasa aplicación de políticas públicas y privadas para la cooperación nacional e
internacional, que aporten a disminuir y erradicar los delitos de trata de personas y el tráfico
humano en el país.
El delito de trata de personas y el tráfico humano son problemas que afectan a los
países del mundo entero, puesto que son delitos latentes, sea en el campo o en la ciudad,
dentro o fuera del país, incurriendo en todo tipo de maltrato. Las víctimas que caen con estos
tratantes de personas son utilizadas para las diferentes formas de explotación que existen,
siempre poniéndoles en cautiverio con el fin de infundirles miedo. El Estado Ecuatoriano ha
ratificado una serie de instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos y además ha
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creado una serie de instrumentos jurídicos nacionales que permiten desarrollar estrategias de
tipo normativa - políticas en beneficio de las personas que han sido afectadas por la trata de
personas con fines de explotación sexual.
Los efectos de esta problemática unificada y relacionada, tanto lo que es la trata de
personas y el tráfico humano, siguen provocando graves perjuicios a la humanidad, tales
como: la pérdida de la libertad y de dignidad humana, amenazas a la víctima y su familia, en
el caso de que quieran salir del cautiverio o escapen. Mientras que en el tráfico humano,
también es perjudicial, visto que se endeudan con los llamados coyotes y tienen que trabajar
hasta que la deuda “sea saldada”, reciben amenazas con perjudicar a sus familias, etc. Se
considera necesario que el Estado Ecuatoriano como miembro de la comunidad internacional
y demás países actúen coordinadamente con la sociedad civil para prevenir y sancionar de
forma efectiva, los delitos de trata de personas y tráfico humano; y así velar por la seguridad
de las personas, en especial, la de los grupos vulnerables.
La propuesta permitirá la difusión con bases sociales de refuerzo de los estándares de
eliminación de la trata y el tráfico humano, o por lo menos, su disminución, siendo la meta, su
erradicación. Así mismo, la incorporación de líneas estratégicas sobre el tema de este trabajo
de titulación especial, es de gran trascendencia y de importancia mundial, debido a que, en la
actualidad la trata de personas y el tráfico humano, se evidencian en los diversos países del
mundo, indistintamente de la región; en el Ecuador estos caso pueden ser socializados con
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, para la búsqueda de fundamentos
teóricos y prácticos, con el fin de analizar los conocimientos técnicos hasta ahora
implementados acorde a esta problemática jurídica social.
El objeto de este estudio es la trata de personas y el tráfico humano. El campo será el
de analizar la situación problemática, que conlleva a lo antes mencionado y poder realizar una
difusión de los estándares para la disminución y total erradicación de estos delitos que tanto
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afectan a la sociedad. Los estándares son los protocolos, normativas, procesos, técnicas, en
otras palabras, todo lo que sirva para ejecutar algo concreto, en este caso, la erradicación de la
trata de personas y el tráfico de humanos en Ecuador.
El ámbito de este trabajo de titulación son el Derecho Internacional Público (DIP) y
los Derechos Humanos, específicamente la aplicación del Protocolo de Palermo (2002),
además de la normativa jurídica ecuatoriana y el Plan Nacional para el Buen Vivir (2013- -
2017). También, existen protecciones de carácter internacional que tienen el objetivo de
garantizar el bienestar humano, tomando en consideración, en todo sentido, el interés general
sobre el particular, que prevengan sancionen y reparen a las víctimas que hayan sido objeto
de este tipo de delitos considerados de lesa humanidad.
El campo de investigación se vincula con el Derecho Internacional, los Derechos
Humanos e Instrumentos Jurídicos Internacionales, Acuerdos de Cooperación Internacional -
Instrumentos Jurídicos Internacionales, así como los organismos internacionales
especializados, y entre los que se han considerado en esta investigación, están: Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Corte Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH), Unidad Anti – Coyoterismo (COAC), la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM), la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Fondo de las
Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), etc.
Además de los instrumentos que se destacan en esta investigación, que han sido
suscritos por el Ecuador, están: El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de
personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones
Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, adoptado en el 2000, introducido en
el 2001, vigente desde el (2003); el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los
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Derechos del Niño (2000) relativo a la venta de niños, la prostitución infantil, y utilización de
niños en pornografía; el Convenio # 182 de la OIT sobre la Eliminación de las Peores Formas
de Trabajo Infantil (1999); el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998); la
Convención sobre los Derechos del Niño (1990), la Convención sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer de (1979); la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (1969); la Declaración de Derechos Humanos (1959); el Convenio para la
Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (1951); el
Convenio para la represión de la Trata de Personas y la explotación de la prostitución ajena
(1949); el Convenio 29 relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio (1932); la Convención sobre
la Esclavitud (1927).
Objetivo General
Debatir la incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el Ecuador, mediante
un estudio de los instrumentos jurídicos internacionales y la cooperación nacional e
internacional, para comparar y analizar las repercusiones que tiene para el Ecuador.
Objetivos Específicos
Mientras que los objetivos específicos son:
1.- Distinguir la relación que tiene la trata de personas y el tráfico humano en el
Ecuador mediante investigación bibliográfica y documental; y, entrevistas a expertos.
2.- Enunciar aspectos internacionales, económicos y políticos del Ecuador con relación
al estudio de la cooperación internacional para la mitigación de la trata y el tráfico
humano en el Ecuador, a través de un estudio bibliográfico y documental, entrevistas a
expertos, para tener en cuenta la situación actual que atraviesa el país.
3.- Relacionar los resultados logrados para evaluar las circunstancias presentes en el
Ecuador, por medio de un análisis estadístico, entrevistas a profesionales expertos e
involucrados para conocer la importancia del tema que debe darse.
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La novedad científica está relacionada con un plan de acción para la difusión de los
estándares efectivos, tales como legislación interna, reglamentos, decretos, jurisprudencia,
protocolos internacionales relacionados a derechos humanos encaminados a la disminución
de la trata y el tráfico humano en Ecuador, para que sea posible su aplicación y poder aportar
a la sociedad con la propuesta planteada para el beneficio de todos los seres humanos, muchas
veces siendo los más perjudicados, los más vulnerables.
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CAPÍTULO 1
Marco Teórico
1.1 Teorías generales
Según documento de (Consejo de la Judicatura, 2016), registra que las Naciones
Unidas define a la trata de personas como un delito que atenta contra los derechos humanos a
más de veintiún millones de personas en todo el mundo (p. 2). La Convención de las
Naciones Unidas contiene disposiciones contra la delincuencia organizada transnacional,
contenidas en el Protocolo de Palermo (2002) que está encargado de hacer prevención,
represión y sancionar la trata de personas, con mayor énfasis en mujeres, niñas y niños y
conceptúa la trata de personas en el artículo 3 del citado Protocolo, como:
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo
a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al
engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga
autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la
explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o
servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o
la extracción de órganos.
Otra alternativa en contra de este delito de lesa humanidad, es el Estatuto de Roma de
la Corte Penal Internacional, que fue aprobado en Roma, Italia, el 17 de julio de 1998 por la
Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el
establecimiento de una Corte Penal Internacional, y es el encargado de juzgar este tipo de
delitos graves en contra de la humanidad, es competente para el juzgamiento de delitos como
la esclavitud, esterilizaciones obligadas, crímenes de guerra, agresión, lesa humanidad,
genocidio, entre otros.
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Tal es el caso, que, ACNUR, citado por (Soriano, 2014, pág. 2) define el tráfico de
personas como:
“la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado de la cual dicha
persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o
indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material”. Agrega el
ACNUR, lo siguiente:
Según Soriano (2014) en su libro “Tráfico ilegal de migrantes en contenedores” opina
que las víctimas de trata y los sujetos objeto de tráfico, sean o no peticionarios de asilo, que
se ven obligados a estar a disposición de las redes delictivas internacionales, se hallan en un
escenario de gran vulnerabilidad y expuestos a todo tipo de vejámenes y agravios. (p. 3)
La trata de personas es un acto violatorio a la integridad humana, porque el propósito
de ésta es explotar a quien se convierte en víctima de redes organizadas, a través de cualquier
medio y para satisfacer cualquier demanda a cambio de un pago, siendo varias las formas y
fines de explotación. La mayor parte de los afectados son engañados fácilmente, a causa de su
vulnerabilidad. (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 2012).
Por otra parte (Naciones Unidas, 2014, pág. 3) en su Folleto Informativo No. 36 sobre
Los Derechos Humanos y la Trata de Personas, cita que el derecho internacional determina
una conceptualización diferente para la trata de niños, es decir, seres humanos hasta los 17
años, que asevera que no es indispensable que exista el “medio”; pero sí la exposición de una
“acción”, por ejemplo: la captación, la venta o la compra; y que ésta tenga como propósito la
explotación. Es decir, cuando el menor de edad sea obligado a hacer o dejar de hacer algo,
con el objetivo de ser explotado.
El luchar contra la trata se relaciona con los derechos humanos están fijamente
determinados. Desde sus inicios hasta hoy (2017), el respeto de los derechos humanos ha
sostenido y postulado, que es esencialmente impúdico, ilegal y criminal y atentatorio de
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cualquier forma a los derechos humanos, que se aprovechen de personas con fines de
explotación
Las Naciones Unidas a través de su Folleto Informativo No. 36, denominado “Los
Derechos Humanos y la Trata de Personas” registra que los derechos humanos prohíben todo
tipo de discriminación, inculpa y prohíbe la detención arbitraria, el trabajo forzoso, la
servidumbre por deudas, el matrimonio forzado y la explotación sexual de niños y mujeres, y
respalda el derecho de circular libremente, así como a salir y regresar al país de origen.
(Naciones Unidas, 2014, pág. 4)
El Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos
y la Directiva de la Unión Europea relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres
humanos; y, a la protección de las víctimas, califican a la trata de personas, como la violación
de los derechos humanos. La Asamblea General de las Naciones Unidas y el Consejo de
Derechos Humanos, y otros elementos internacionales de derechos humanos, se ratifican
varias veces que la trata de personas infringe y denigra derechos humanos fundamentales.
(Naciones Unidas, 2014, pág. 6)
Los derechos son universales según la Carta de las Naciones Unidas así como la
Declaración Universal de Derechos Humanos, son inherentes a todo ser humano,
indistintamente de su raza, sexo, origen étnico u otra condición. De hecho, las víctimas de la
trata tienen a su favor una gama de derechos humanos, aun cuando no estén dentro de su país,
puesto que, el derecho internacional público determina notoriamente la prohibición de
discriminación. Es decir, el derecho internacional de los derechos humanos es aplicado a
todas las personas que estén en el territorio o la jurisdicción del Estado, indistintamente de su
nacionalidad o ciudadanía y la forma cómo ingresaron al mismo. (Naciones Unidas, 2014,
pág. 7)
11
También, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 2,
numeral 1, expresa:
“Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración,
sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra
índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.
Se puede entender, a criterio de (Casique, 2012, pág. 48) que, la vulnerabilidad se da
en una persona que está siendo violentada incluso desde su hogar. Por otro lado, (Casique,
2012, pág. 48) cita a Hoogeven (2005) quien asevera que: “la vulnerabilidad es la exposición
a riesgos que conducen a un nivel socialmente inaceptable de bienestar”. Así mismo cita a
Aday (2001) el mismo que atina en expresar: “como parte de la condición humana, todos
somos vulnerables en potencia”.
El concepto del delito de trata de personas se enmarca dentro del “Protocolo para
prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños”, y
complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada
internacional, firmada en la ciudad de Palermo en el año 2000. (Piedra Celi, 2014, pág. 9)
Según el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas (2000)
define a la trata de personas como un delito tipificado en la normativa nacional e
internacional, problema que también se define a este último nivel, como “forma
contemporánea de esclavitud”, aunque la trata de seres humanos tiene varias manifestaciones
que incluyen complejas formas de explotación.
Asimismo, los Estados partes de la Convención, condenan la discriminación contra la
mujer en todas sus formas y se comprometen a tomar medidas adecuadas incluyendo las de
carácter legislativo, para modificar, eliminar o derogar leyes, reglamentos, usos y costumbres
que promuevan o constituyan prácticas discriminatorias contra la mujer con el fin de
establecer una base jurídica de igualdad entre mujeres y hombres, y la protección efectiva de
12
la mujer contra todo acto de discriminación. Se puede señalar a través de un gráfico, los fines
de explotación, según el artículo 3 del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata
de Personas, especialmente Mujeres y Niños (2000) entrado en vigencia en el 2003.
Referente a la trata internacional, (Piedra Celi, 2014, pág. 11) en su libro "Los
problemas relacionados con trata de personas y el tráfico de migrantes desde una perspectiva
del Derecho Internacional" opina que se realiza entre varios países, e implica cruce de
fronteras nacionales; en muchas oportunidades, la trata internacional está fuertemente
enlazada con el tráfico ilegal de migrantes, aunque sean de diferente carácter y no deben
confundirse. Es evidente que la trata de personas no viene por sí sola, está relacionada con
otros tipos de delitos, tales como: prostitución, pornografía, drogas, tráfico de humanos, etc.
Según Piedra (2014) dentro de los orígenes de este delito, está la pobreza en las
familias, la ausencia de educación tanto en padres como en hijos, la no inscripción de
nacimientos, la falta de ética de parte de padres o personas a cargo del menor, letra muerta de
la ley o insuficientes leyes, procesos de adopción, utilización de niños para todo tipo de
actividad.
13
Gráfico 1. Fines de explotación
Fuente: (Piedra Celi, 2014, pág. 10) "Los problemas relacionados con trata de personas y el tráfico de
migrantes desde una perspectiva del Derecho Internacional". Elaborado por: Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla
Reclutamiento para
conflictos armados
Servidumbre
Fines de explotación
Mendicidad
Reclutamiento con
fines delictivos
Trabajos o
Servicios forzosos
Laboral
Sexual
Prácticas análogas a
la esclavitud
Esclavitud
14
Y según (De Battista & Videla, 2016) el Protocolo de Palermo (2000) fue el
instrumento internacional inicial que conceptuó lo referente a la trata de menores, es decir, el
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y
Niños.
Los antecedentes del Protocolo de Palermo, según (Uribe, 2010, pág. 17), radicó en la
Conferencia Ministerial Mundial sobre la Delincuencia Organizada Transnacional,
desarrollada en Nápoles (Italia) del 21 al 23 de noviembre de 1994, adoptó la Declaración
Política y el Plan de Acción Mundial contra la Delincuencia Organizada Transnacional, en
donde fue establecida la necesidad de la creación de una Convención Internacional, misma
que fue aprobada por la Asamblea General de la ONU por medio de la Resolución 49/159 de
23 de diciembre de 1994.
Así pues, mediante Resolución 53/111 de 9 de diciembre de 1998, la Asamblea
General optó por crear un comité especial intergubernamental con el propósito de que sea
elaborada la Convención y que se someta a análisis la posibilidad de que se instrumente tres
Protocolos sobre temas específicos con referente a la trata de mujeres y niños; el tráfico ilícito
de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones; y el tráfico ilícito de migrantes.
(Uribe, 2010, pág. 17)
Estas problemáticas sociales se definieron cuando la Asamblea General se pronunció
con la Resolución número A/RES/55/25 de 15 de noviembre de 2000, al adoptar la propuesta
de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional,
complementándose con los siguientes tres Protocolos: Protocolo para prevenir, reprimir y
sancionar la trata de personas, en especial mujeres y niños, adoptado en el 2000, vigente
desde el 2003; el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire,
aprobado en el 2004, entrando en vigencia en el 2004; y el Protocolo contra la fabricación y
15
tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, aprobado en el
2001, entrando en vigor en el 2005. (Uribe, 2010, pág. 17)
Estos instrumentos internacionales son conocidos como la Convención y los tres
protocolos de Palermo, fue resultado de un trabajo complejo, donde preliminarmente fueron
suscritos otros instrumentos internacionales concernientes contra el narcotráfico. (Uribe,
2010, pág. 17)
La OIM se fundó en 1951 y que, pese a que se centra en el problema social de las
migraciones, también desarrolla programas contra la trata de personas, que en Ecuador se
desarrollan a través de esta organización en cooperación con las autoridades competentes y
con aportación de la comunidad en general e incluso, a veces, de la empresa privada. Su sede
está en Ginebra, creándose mediante tratado desde septiembre de 2016, se asoció a las
Naciones Unidas.
Al 2017, la OIM cuenta con ciento sesenta y seis miembros y ocho observadores, a lo
que se suman setenta y seis organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, su
estructura es compleja y amplia, posee aproximadamente cuatrocientas cuarenta oficinas en
ciento cincuenta Estados.
Es así que, la OIM afirma que el delito de trata de personas, da un alto resultado
económico, aproximadamente diez mil millones de dólares por año, representan estas
víctimas, en especial, de mujeres y niños. De éstos últimos, según el sitio web (Humanium,
2016) recuperado el 08 de julio de 2017, indica que aproximadamente cuatro mil niños son
perjudicados por el delito de trata de personas. El término trata infantil en sí no es definido
universalmente.
En un documento de la (OIM, s.f., pág. 1) menciona los objetivos de desarrollo
sostenible (ODS) que reconocen la vulnerabilidad de los migrantes a la explotación y al
abuso. Así mismo, establece que la meta 5.2 apunta a erradicar toda clase de violencia contra
16
todas las mujeres y las niñas, en el sector público y privado. Otra de las metas, es la 8.7 que
determina la adopción de medidas inmediatas y eficientes encaminadas a eliminar el trabajo
forzoso, terminar con los tipos actuales de esclavitud y la trata de personas y cerciorarse de
que se prohíba y elimine las peores formas de trabajo infantil, a las que es incorporado el
reclutamiento y el uso de niños soldados.
En 1965, la OIM empezó a ejercer actividades en Ecuador, trabajando conjuntamente
con socios del gobierno, intergubernamentales y no gubernamentales, esta organización tiene
programas y proyectos con relación a la naturaleza de su organización; sin embargo, se la ha
considerado dentro de esta investigación, por motivos de que mantiene programas de lucha
anti trata de personas, así como la asistencia de emergencia a personas que necesitan
protección internacional; el desarrollo de programas en relación al desarrollo, y también
actividades que optimizan las circunstancias de vida de poblaciones receptoras.
Según el sitio web (Naciones Unidas, 2016) recuperado el 08 de julio de 2017, indica
que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó un Plan de Acción Mundial para
Combatir el Tráfico de Personas, en el año 2010, urgiendo a los Gobiernos de todo el mundo
a combatir este flagelo. El plan urge a entablar una batalla contra la trata, en programas de las
Naciones Unidas para fomentar el desarrollo y refuerzo de la seguridad mundial. El Plan ha
proveído el establecimiento del Fondo Voluntario Fiduciario para víctimas del tráfico,
especialmente mujeres y niños.
Después, (Naciones Unidas, 2017) registra que la OIM está en el Ecuador, desde
1965, año en que esta organización empezó a desarrollar varios programas y proyectos de
desarrollo para aportar a la gestión del Estado ecuatoriano a fin de lograr mejores
condiciones de vida de la población y manejar dinámicas de la migración existentes. Agrega
el sitio web, que coordina asistencia humanitaria en caso de situaciones emergentes,
participando y promoviendo el derecho internacional público, debatiendo en el ámbito de la
17
política y orientando en el sentido de proteger derechos fundamentales, dando apoyo a
programas de trata y tráfico de personas.
En el año 2013, la Asamblea General se reunió para evaluar el citado Plan de Acción
Mundial; los Estados miembros adoptaron la resolución A/RES/68/192 y designaron el 30 de
julio como “Día Mundial contra la Trata”. En la resolución, se señala que este día es
necesario para concienciar sobre la situación de las víctimas del tráfico humano; y, para
promocionar y proteger sus derechos. (Naciones Unidas, 2016)
El sitio de internet (UNICEF, 2016) del Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia, registra que su misión es proteger los derechos de niñas y niños para contribuir a sus
necesidades básicas; para esto, UNICEF se basa en las disposiciones y principios de la
Convención sobre los Derechos del Niño; entre los derechos reconocidos a las niñas y niños
están: el derecho a la igualdad, a la protección, a tener un nombre y una nacionalidad, a
alimentación, vivienda y atención médica adecuadas.
También están el derecho a la educación, a la comprensión y al amor, a la educación
gratuita, a divertirse y jugar, a atención y ayuda preferentes en caso de peligro, y a ser
protegido contra el abandono y el trabajo infantil. En 1959, las Naciones Unidas aprobó la
Declaración de los Derechos del Niño con el objetivo de reconocer diez principios
fundamentales que garantizan bienestar y desarrollo de las niñas, niños y adolescentes”.
(UNICEF, 2016)
Esto sirvió como base para la creación de la Convención sobre los Derechos del Niño;
el 20 de noviembre de 1989, adoptada unánimemente por la Asamblea General de las
Naciones Unidas, y a partir de 1990, entró en vigor. Desde entonces, ciento noventa y dos
países, la han firmado y ratificado, dentro de los cuales se encuentra Ecuador, habiéndose
convertido en herramienta legal de obligatorio cumplimiento, anotándose que en la misma,
18
hay un comité de los derechos del niño, el cual supervisa su aplicación y la de tres protocolos
facultativos, desarrollados sobre temas específicos.
Estos temas específicos a los que se refiere el párrafo precedente, conforme (UNICEF,
2014) son: el protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la
participación de niños en conflictos armados adoptado en la Asamblea General con
Resolución A/RES/54/263 de 25 de mayo de 2000, vigente desde 12 de febrero de 2002; el
Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de
niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía infantil adoptada por
la Asamblea General con Resolución A/RES/54/263 el 25 de mayo de 2000, vigente desde 18
de enero de 2002, y el protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño
relativo a un procedimiento de comunicaciones aprobado por el Consejo de Derechos
Humanos, con Resolución 17/18, de 17 de junio de 2011.
El sitio web de (ACNUR, s.f.) registra que la trata y el tráfico de personas son delitos
que se han elevado de manera preocupante durante estos años, a causa de la difícil situación
que atraviesan los países en desarrollo, las limitaciones para entrar a un país considerado de
oportunidades, y porque al traspasar el tiempo, dichos fenómenos no han sido tomados en
cuenta, como problemáticas sociales sino de forma independiente.
El ACNUR define al tráfico como la facilitación de entrar a un país de forma ilícita, y
que esta persona no pertenezca a dicho Estado al que ingresa o que tenga calidad de residente
permanente, en búsqueda de ganar beneficios económicos y/o de otra índole. Añade que las
víctimas de trata y las personas objeto de tráfico, se encuentran en la eventualidad de estar
sometidos a las bandas criminales internacionales, por lo que, entran en situación de alta
vulnerabilidad y se exponen a abusos y maltratos.
Agrega, que tanto para las personas que se convierten en víctimas de estos tratantes así
como para las personas objeto de tráfico, podrían encontrarse con peticionarios de asilo, por
19
ende, estas personas deben recibir protección internacional y ser ejercido el principio de no –
devolución, de ser el caso.
Según el Manual para la Lucha contra la trata de personas, Programa Mundial contra
la Trata de Personas de la UNODC (s.f., p. 16) citado por (OIM Ecuador, 2011, pág. 24)
expresa que a la trata de personas debe ser entendida como un conjunto de delitos, que no se
debe creer que la trata opera de forma independiente, éste delito se relaciona y tiene nexos
con muchos más, por ejemplo: el rapto, el plagio, desaparición forzosa de seres humanos,
sumado a ello, el tráfico de migrantes y/o la falsificación de documentos públicos debido a
que la víctima de trata consiente ser trasladada de un lugar a otro.
Así mismo, los Estados tienen el derecho de autorizar la detención y la deportación a
los que migran de forma irregular, para aquello, debe ser descartado, que los migrantes no
estén en calidad de refugiados, por consiguiente, aunque no tengan ese estatus migratorio,
deben respeto a éstos, brindando la seguridad respectiva y que no sean denigrados, por el
simple hecho, de buscar una mejor vida, pues el Protocolo de Palermo (2000) los ampara con
las disposiciones humanitarias, pues, por el hecho de ser parte del tráfico ilícito de humanos,
no deben ser maltratados en ningún caso.
El ACNUR realizó un programa con el objetivo de optimizar el marco jurídico para la
protección de refugiados y de quienes solicitan asilo de manera general, por consiguiente, este
organismo internacional emite recomendaciones a los Estados que se adhieren a la
Convención de Palermo y a sus Protocolos, se aseguran y, por consiguiente, solicitan a los
Estados partes, reciban las denuncias de personas objeto de trata, priorizando la de mujeres y
niños, para la petición de asilo debidamente fundamentadas y de la misma manera se
incorporen sanciones para los que se involucran en el tráfico y la trata de personas. (Soriano,
2014, pág. 3)
20
De la Oficina de las Naciones Unidas para las Drogas y el Crimen (UNODC), (Brief,
2013) citado por (Cárdenas, 2014, pág. 24) en su libro "Males públicos globales y las
respuestas desde los regímenes internacionales. El caso del tráfico y la trata de personas en el
Ecuador. Años: 2009 - 2014", asevera que inicialmente funcionaba como aporte para la lucha
en contra del crimen organizado transnacional; posteriormente se mantenían con aportaciones
voluntarias para mínimamente ayudar a erradicar la problemática.
Teorías sustantivas
La trata interna, es aquella realizada dentro de un territorio nacional, en este caso, el
ecuatoriano, de una persona o algunas entre provincias, cantones, o dentro de una misma
ciudad inclusive, que ocasiona pérdida de lazos y debilita el trabajo de redes de apoyo,
propiciando una situación que contribuye a la explotación. (Piedra Celi, 2014, pág. 11)
El Ecuador ha ratificado instrumentos internacionales con respecto a derechos
humanos, se ha comprometido con respecto al tema de la trata de personas, lo que significa,
que cuando un Estado ratifica un instrumento internacional de derechos humanos es
indispensable cumplir con el compromiso, como, por ejemplo, crear estrategias educativas,
programas sociales y culturales; y, leyes que, de alguna forma, aminoren la peligrosa
actividad de antisociales, en especial en contra de mujeres y niños.
Los derechos humanos establecidos en el país, se encuentran registrados en artículos
de la Constitución de la República de Ecuador (2008), tal como artículo 11, basado en
principios fundamentales, especialmente los invocados en el numeral 2, al manifestarse que
todo individuo es igual y tendrá el mismo acceso, tanto en derechos como en deberes, y se
entiende deberán tener las mismas oportunidades. Será prohibida cualquier forma de
discriminación, así también será sancionada de ser el caso. El Estado Ecuatoriano tiene la
obligación de aplicar acciones positivas que fomenten la igualdad dirigida a personas que se
encuentren en evidente desventaja.
21
Según cita el tratadista (Torres Chávez, 2006, pág. 56) referenciado por (Gualacata
Calapaquí, 2016, pág. 14) respecto a los derechos de los niños “hay que considerar como
contraparte que los padres deben corregir y guiar a sus hijos y que, puede entenderse mal,
esto de respetarse su libertad sin más limitaciones que las establecidas en la ley y, mientras
tanto, el desarrollo normal de un niño es lento hasta que se forme un “yo” equilibrado y con
discernimiento porque, justamente, van moldeándose, debido a una labor tesonera, la
dignidad, autoestima, honra, reputación e imagen propia”.
La normativa de la trata de personas en el Ecuador establece directrices para el delito
de la trata de personas, además ha ratificado ciertos compromisos tal como el Protocolo de
Palermo. (Defensoría del Pueblo de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; y,
Federación Iberoamericana del OMBUSDSMAN, 2016, pág. 41)
Igualmente, se cuenta con leyes orgánicas especiales en que se incluye la trata de
personas, como es el caso del Código de la Niñez y Adolescencia, Código Orgánico de
Organización Territorial (COOTAD), Autonomía y Descentralización; Código de Trabajo. A
nivel nacional, hay ordenanzas acerca de la trata de personas, enfocadas en la prevención y
protección a víctimas de trata, en el Municipio de Quito, en cantones como Lago Agrio,
Guamote, y Otavalo.
Por ejemplo, en el Código de la Niñez y Adolescencia del Ecuador, en su artículo 52
se encuentran expresadas las prohibiciones que afecten tanto la imagen como la integridad de
este grupo en especial, tal es el caso, de la prohibición de que niños, niñas y adolescentes
participen en pornografía o en actividades que no sean de su edad. Otro artículo es el 81 que
expone el derecho que tienen para no ser explotados laboralmente, y cualquier actividad que
impida se puedan educar y el artículo 82 de la misma ley, especifica la edad mínima para
trabajar que es de quince años, incluso pueden trabajar domésticamente, salvo disposiciones
22
de este Código y las relacionadas a los instrumentos internacionales que tengan vigencia o
sean tomadas en consideración por el Ecuador.
Y en el artículo 3, literal a), inciso cinco del COOTAD, afirma la necesidad de que
todos los seres humanos son iguales y que tienen la misma accesibilidad a los derechos,
deberes y oportunidades, basados en los principios de interculturalidad y plurinacionalidad,
equidad de género, generacional, los usos y costumbres. También, el artículo 4 literal h, del
mismo cuerpo legal, expresa los fines de los gobiernos autónomos descentralizados, mismos
que se enmarcan a generar condiciones que permitan el ejercicio de derechos y principios
consagrados en la Constitución de la República, mediante un sistema de protección integral
de la población.
La ley laboral, para evitar la explotación laboral, en su Código de Trabajo del
Ecuador, Capítulo VII, Del trabajo de mujeres y menores, artículo 134, prohíbe el trabajo
infantil y el de adolescentes, cualquier tipo de trabajo, en niños menores a quince años, y
dentro de las sanciones para aquellos empleadores que incumplan, están el cierre del negocio,
y el pago a la doble remuneración al menor de quince años además de todos los derechos
laborales y sociales que le corresponda.
El (Boletín de Prensa No. 2, 2013, pág. 1) de la Fundación Alas de Colibrí indica que
junio es el mes contra la Trata de Personas en el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), por
lo que, organizaciones de ciudadanos que pertenecen a la red anti trata y otros grupos sociales
trabajan mancomunadamente para sensibilizar y educar referente a la temática de Trata de
Personas, dando cumplimiento a una de las ordenanzas, que es la No. 246, emitida el 07 de
febrero del 2008, misma que señala:
“Regula la protección integral de niños, niñas y adolescentes contra la Explotación
Sexual en el DMQ”.
23
Con respecto a las ordenanzas del cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, la
(OIM, 2013, pág. 24) está la “Ordenanza que reglamenta el control y expendio de bebidas
alcohólicas en licorerías, salones, cantinas, billares, discotecas, peñas, karaokes, bares,
tiendas, comisariatos; y el control y prevención de infecciones de transmisión sexual y el
Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de la Inmunodeficiencia
Adquirida (SIDA) mediante el uso de preservativos en moteles y hoteles, así como también
donde se ejerce el trabajo sexual, cabarets, prostíbulos, casas de citas, burdeles y más
negocios relacionados con el trabajo sexual.”
Esta ordenanza fue aprobada en el 2008, por lo que, dentro de su competencia está, el
otorgar permisos, horarios, inspeccionar los lugares sujetos de control, así como espacios
donde se realiza el trabajo sexual y todo lugar relacionado con ello.
Otra Ordenanza es la que determina políticas encaminadas a impulsar la equidad de
género y prevenir y erradicar la violencia intrafamiliar y de género en el cantón Lago Agrio,
vigente desde el 2010, radica en eliminar toda agresión intrafamiliar y de género en el cantón
Lago Agrio; es así como el artículo 2 dispone que, el Municipio de Lago Agrio tiene que
incorporar o haber ya incorporado los respectivos de lineamientos para alcanzar estos fines.
(OIM, 2013, pág. 25)
Por otro lado, el artículo 4, establece que el Municipio del cantón Lago Agrio, debe
regular la creación y desarrollo de los planes y programas preventivos y eliminación de toda
violencia, precautelando que se incluya a las mujeres y que participen los ciudadanos. Y por
último, está el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Lago Agrio, donde
su propuesta está alineada a que se gestione dentro de la circunscripción del territorio, para
incorporar sistemas de protección integral, denominado “Plan de erradicación de la trata de
personas”, vigente desde el 2012. (OIM, 2013, pág. 25)
24
Conforme la información registrada en la (OIM, 2013, pág. 24) el cantón Guamote de
la provincia de Chimborazo, tiene normativas jurídicas, tales como el Reglamento que regula
la administración del fondo Municipal de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia del
cantón Guamote, este reglamento es obligatorio tanto para organismos de la localidad e
instituciones públicas y privadas que son parte del Sistema Descentralizado de Protección
Integral a la Niñez y Adolescencia en el cantón Guamote, que tiene como fin cerciorar que se
vigile, que se ejerza, sean exigidos los derechos de niños, niñas y adolescentes, también
recalcan la restitución. Este reglamento abarca dicha circunscripción territorial.
Por otra parte, está la Resolución 009 del Concejo Cantonal de Niñez y Adolescencia
del cantón Guamote, que está dictada para que se haga cumplir las políticas de Estado, planes,
programas o proyectos del cantón Guamote para garantizar la Protección Integral a la Niñez y
Adolescencia. También, está la Ordenanza para la creación del Comité de Protección y
Desarrollo Integral de la Mujer y la Familia, su funcionamiento y políticas públicas para la
igualdad, prevención y erradicación de la violencia de género en el cantón Guamote,
aprobada por el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
Guamote, en el 2011. (OIM, 2013, pág. 25)
Esta ordenanza mencionada en el párrafo anterior, tiene dentro de sus objetivos,
fomentar el derecho de la mujer, garantizar una clase de vida sin violencia, implantar espacios
para evitar cualquier clase de violencia hacia el sexo femenino y núcleo familiar, eliminando
toda discriminación, impulsando la igualdad y equidad, así como la interculturalidad para
conseguir el principio del buen vivir. Este comité es un contexto donde podrán discutir las
acciones que se dan o deban darse para el respeto a los derechos humanos. (OIM, 2013, pág.
25)
Así mismo, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Guamote, en el 2011, aprobó la Ordenanza creación, conformación y funcionamiento
25
del Consejo de Seguridad Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
cantón Guamote, la misma que tiene el fin de encontrar las estrategias indispensables para
brindar seguridad al cantón Guamote, disminuyendo el impacto psicológico y social nocivo,
en miras de optimizar el nivel de vida, además de la elaboración de políticas públicas de la
localidad, el desarrollo de actividades donde participe la ciudadanía, mejorar todos los tipos
de recursos y capacitar al cantón. (OIM, 2013, pág. 26)
Finalmente, se encuentra la Ordenanza para la conformación del Sistema Cantonal de
Protección Integral de Derechos, aprobada en el 2013, en sesión de Concejo Municipal de
Guamote, abarca cinco aspectos, en cuanto a igualdad se refiere: intergeneracional,
discapacidades, movilidad humana, género y étnicas.
Mientras que la noticia general (OIM y el Municipio de Otavalo publican y socializan
la ordenanza municipal para la prevención y erradicación de la trata de personas, 2017)
publicada en el sitio web de la ONU recuperado el 06 de agosto de 2017, el cantón Otavalo de
la provincia de Imbabura, socializó la Ordenanza Municipal para la Prevención y la
Erradicación de la Trata de Personas y la Protección Integral de las víctimas de este delito,
basada en la asistencia técnica de la OIM para la elaboración y socialización de la misma,
como cooperación.
Así pues, el Municipio de Otavalo socializó mediante campañas preventivas a
instituciones educativas, contra la trata de personas, y dentro de su contenido, está la
importancia de un análisis al momento de aceptar propuestas laborales, puesto que, es una
forma de captación.
La Defensoría Pública del Ecuador asevera que la trata de personas ha sido incluida en
el Plan Nacional del Buen Vivir; la Agenda Nacional de Igualdad para Movilidad Humana; y
la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional, todo ello, entre los años 2013 y 2017.
26
(Defensoría del Pueblo de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; y, Federación
Iberoamericana del OMBUSDSMAN, 2016, pág. 41)
Asimismo, el documento “Trata de Personas” del (Consejo de la Judicatura, 2016)
indica que han realizado un trabajo preventivo y de sensibilización a operadores de justicia,
desde abril del 2016, con un curso denominado “Formas Extremas de Violencia: Femicidio y
Trata”, que capacitó a jueces y juezas de primer y segundo nivel, fiscales y defensores y
defensoras públicas en todo el país en temáticas referentes a la trata de personas.
Ha sido ampliada esta tipificación en el año 2014, estableciendo sanciones para
diversas modalidades de explotación, y tipifican a la prostitución forzada, y a la esclavitud,
como actos delictivos de lesa humanidad. En ese sentido, el tema de la trata de personas está
inserto en la normativa interna, en la Constitución, y en la sección segunda, artículos 91, 92,
93 y 94 del Código Orgánico Integral Penal del Ecuador (COIP), concerniente a la trata de
personas.
Tal es el caso, el artículo 91 del COIP refiere la Trata de personas, como la acción de
captar, transportar, trasladar, entregar, acoger o recibir, sea de forma personal o por una
tercera persona, desde el país o para otros países, con el propósito de explotar a las víctimas,
esto es, delito de trata de personas. Y dicha explotación es todo acto que tenga por objeto,
obtener ganancias económicas, o en su defecto, algo inmaterial o que produzca ingresos para
beneficio propio o para otro, a través de la imposición de cómo debe trabajar o vivir, en este
caso, de la potencial víctima.
Es añadido al artículo 91, que, dentro de las acciones que se da en la actividad de trata
de personas, están el comercio ilegal de órganos, que previamente son extraídos
criminalmente, así como genes de seres humanos vivos. Por otra parte, se da en la explotación
sexual, el uso de niños para pornografía, el turismo con fines sexuales, la prostitución a la
fuerza. Mientras que en el ámbito laboral, se dan irregularidades en cuanto a la falta de
27
formalidad en el trabajo, llegando a ser explotados laboralmente, el obligar a alguien a
trabajar, servidumbre a causa de deudas.
En el ámbito personal se entiende cuando son utilizados los sentimientos de la
persona, como ofrecerles matrimonio cuando la intención real no es esa, la convivencia en
unión de hecho temprana como parte de pago o para procrear hijos y posteriormente ser
negociados. De ahí se derivan las adopciones fraudulentas de niños, niñas y adolescentes.
Otro asunto que se da en la trata de personas, en la mendicidad que, mayoritariamente se
detecta en menores de edad, también son reclutados a la fuerza para conflictos armados o para
que realicen actos ilícitos castigados legalmente, y finalmente, cualquier situación que
conlleve a ser explotados.
Las sanciones son establecidas en el artículo 92 de la citada ley, es castigada desde
trece a dieciséis años de reclusión, si se trata de que la víctima esté dentro de los grupos de
atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad, o que entre la víctima y el que
ejecuta el delito hay una relación consentida de afectividad, o que dependa económicamente
de esa persona, o que sea autoridad civil, militar, educativa, religiosa o laboral, es castigada la
trata de personas desde dieciséis a diecinueve años con pena privativa de libertad.
Así pues, si la víctima a causa de la trata de personas, ha sufrido enfermedades o
trastornos psicológicos o daños físicos que no tengan reversión, la pena es desde diecinueve
a veintidós años, más si se ha producido la muerte a causa de este delito, es penada desde
veintidos a veintiséis años. Con respecto a la situación legal de la trata de persona, ésta es
perseguida independientemente de que se produjera otros delitos concatenados.
En el siguiente artículo 93, se registra el Principio de no punibilidad de la víctima de
trata, el que establece que la víctima no será castigada por el hecho de haber sido sujeta de
trata ni será sancionada o impedida por concepto de leyes migratorias, cuando las
irregularidades han sido cometidas por causa de la ejecución de actividades ilícitas a las que
28
han sido obligadas. Finalmente, el artículo 94 del COIP establece sanciones con multas de
cien a mil salarios básicos unificados del trabajador en general y la extinción de la misma,
cuando son personas jurídicas.
El artículo 95 se refiere a la actividad ilegal con respecto a órganos y tejidos, indica
que, la persona que haga beneficio de los órganos, partes o cualquier sustancia del cuerpo de
humanos vivos, serán castigados con la privación de libertad de trece a dieciséis años, si ésta
ha sido ocasionada a personas en situación de vulnerabilidad, que provoca la muerte de la
persona, la privación de la libertad, será de veintidós a veintiséis años. (Código Orgánico
Integral Penal, 2014)
El país ha ratificado instrumentos internacionales acerca de derechos humanos, y
también instrumentos jurídicos nacionales para desarrollar estrategias jurídico – políticas, en
beneficio de personas afectadas por la trata y tráfico ilegal de migrantes, así como para su
protección. Se detallan a continuación normativas nacionales e internacionales, en referencia
a este problema, y relevantes aspectos sobre ellas:
Por otra parte, el artículo 45 de la Constitución, estatuye que niñas, niños y
adolescentes deben ser protegidos tanto físicamente como psicológicamente, tienen derecho a
identidad, nombre y ciudadanía; a la atención sanitaria, a recrearse, a tener un seguro social, a
educarse, a hacer deporte, participar culturalmente, etc.
El artículo 46, numeral 2, determina que es deber del Estado proteger a los niños,
niñas y adolescentes, de una forma especial contra cualquier tipo de explotación laboral o
económica. La ley prohíbe que trabajen niños que tengan menos de quince años, por lo que,
el Ecuador tiene la responsabilidad de incorporar políticas para impedir el trabajo infantil, es
decir, evitar que este problema social aumente. Será una excepción, la actividad laboral de
adolescentes, lo que no deberá obstruir el derecho a educarse. Cabe señalar que el trabajo no
29
debe ser peligroso ni nocivo que vaya afectar su estado de salud o su desenvolvimiento.
Siempre y cuando se cumplan estas condiciones, será permitido el trabajo en los adolescentes.
Mientras que el artículo 66 de la misma normativa, numeral 29, registra los derechos
de libertad y garantiza que todos desde el nacimiento son libres, por lo tanto, está prohibido
esclavizar, explotar, traficar y ser partícipe de la trata de personas, en todo sentido, siendo
obligación del Estado ecuatoriano prevenir y erradicar la trata de personas, y al encontrarse
con estos casos, tienen el deber de proteger y reinsertar a las víctimas de este delito inhumano
y violatorio que haya privado de la libertad a la persona.
Además, ninguna persona puede ser retenida en contra de su voluntad por cualquier
compromiso de deuda, costas, multas, tributos ni cualquier otra obligación, salvo excepción
de la obligación de pensión de alimentos, por primar el principio del interés superior del niño,
además tampoco podrá ser coaccionada a hacer cosas prohibidas o a dejar de hacer algo que
no está prohibido.
Además, el artículo 340, de la Constitución determina que el sistema jurídico
ecuatoriano es inclusivo y equitativo socialmente, que está coordinado entre instituciones con
el fin de salvaguardar los derechos consagrados en la Constitución y que se cumplan los
objetivos de desarrollo, por consiguiente, el Estado ecuatoriano debe establecer un sistema
protector a su población, asegurando una calidad de vida adecuada y anhelada por todo ser
humano, como por ejemplo, a no ser discriminado, y en caso de pertenecer a grupos que
requieran atención especial, se considere su estado salud, su edad, su condición de vida, o
cualquier forma de discapacidad.
También el artículo 393 de la Constitución, ampara la seguridad humana mediante
políticas y acciones, en la búsqueda de una armónica convivencia entre las personas, y así,
fomentar una cultura de paz y prevenir toda clase de violencia y discriminación, planificando
y aplicando políticas de Estado en varios niveles gubernamentales.
30
Referentes Empíricos
Según expertos, en el Ecuador, por ejemplo, en la opinión de Lizeth Piedad en su libro
"Los problemas relacionados con trata de personas y el tráfico de migrantes desde una
perspectiva del Derecho Internacional", (p. 9) la trata proveería más ganancias que el tráfico
de estupefacientes, y sólo sería superada por el tráfico de armas. La magnitud que este delito
va adquiriendo en el país es preocupante, es parte de la responsabilidad institucional y social
enfrentar este tipo de delitos.
La trata de personas es una actividad delictiva del crimen organizado que implica una
grave violación de derechos, puesto que abarca diversas características. Por su ubicación
geográfica, el país es sitio de tránsito de presuntas víctimas provenientes de zonas de
conflicto y de países fronterizos, de paso hacia otros destinos; el Ecuador también es país de
origen de potenciales víctimas, especialmente niñas, niños y adolescentes desarraigados de su
entorno para ser explotados de distintas maneras. (Piedra Celi, ”Los problemas relacionados
con trata de personas y el tráfico de migrantes desde una perspectiva del Derecho
Internacional”,2014, Pag.9)
En el criterio de (Fernández, 2011, págs. 14 - 15) indica que en el caso de las mujeres
que llegan a España, viajan con la fantasía de vivir mejor, y son coaccionadas a pagar
bastante dinero por concepto del viaje a bandas delictivas organizadas, por lo que,
posteriormente pagan teniendo relaciones sexuales con clientes en distintos locales. Estos
actos son la evidencia de una transgresión a los derechos humanos de la mujer, utilizando
para el efecto presiones de dinero y de poder.
Concordando con el criterio de (Soriano, 2014) cuando afirma que existen muchos
casos de trata de personas y tráfico de personas, condujo a la Organización de las Naciones
Unidas (ONU) a elaborar el Protocolo para prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes,
y a impulsar la cooperación entre los Estados partes, así como acudir a la colaboración
31
internacional, a fin de unir fuerzas para prevenir este delito, a la par de otorgar protección a
los derechos de las personas que migran, centro de dicho tráfico.
Efectivamente, como indica (Soriano, 2014), la ONU se ha visto en la necesidad de
crear protocolos para el beneficio de la humanidad con el objetivo de proteger al ser humano
de los delitos de lesa humanidad, como prevención de las personas que buscan cruzar
fronteras y de las que son captadas para ser esclavizadas. Son dos delitos que son activos
económicamente, y que, conlleva a fomentar una cooperación a nivel nacional e
internacional, para combatirlos, existiendo una correlación entre ellos (delitos).
De acuerdo con datos estadísticos oficiales y de estudios realizados sobre la temática,
la mayor parte de víctimas de trata son principalmente mujeres, niñas, niños y adolescentes,
siendo las niñas y niños, los grupos en potencial riesgo de ser víctimas de la trata de personas
en distintas modalidades, en casos con fines de explotación sexual y laboral como el trabajo
en minas, mendicidad, servidumbre doméstica, todo lo anterior, con reclutamiento forzado.
Según un estudio efectuado por OIM & UASB (2012) citado por (Piedra Celi, 2014,
pág. 40) acerca de la trata de personas en la frontera sur del Ecuador, las niñas y niños
indígenas, y de sectores rurales, son las agrupaciones más afectadas por actividades delictivas
realizadas en esta clase de trata, entre otras.
De los criterios expuestos se deduce que, niñas, niños y adolescentes, son el objetivo
principal a ser secuestrados o sustraídos de sus hogares, con ilícitos propósitos. En el tráfico o
trata de aquellos, se emplean métodos coercitivos de violencia física, psicológica y sexual,
amenazas, violencia, engaño, de lo cual se valen los delincuentes para obligar a sus víctimas a
realizar actos reñidos con la moral, y en el caso de que medie el consentimiento de los
menores, igualmente constituye delito; son muchos los medios empleados para combatir estos
actos delictivos, sin que esto sea suficiente para erradicar la trata de personas. (p. 18)
32
Según señaló la coordinadora Moreno, de la citada Unidad Anti trata de Personas del
Ministerio del Interior del Ecuador, los tratantes son clasificados, así: 69 %, son hombres; el
28 %, mujeres; y un 3 %, de otras identidades genéricas”. (Barragán Carrión & Palacios
Castro, 2013, pág. 9).
Gráfico 2. Clases de tratantes
Fuente: (Barragán Carrión & Palacios Castro, 2013, pág. 9)
Elaborado por: Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla
Los tratantes, como lo señalan los autores Barragán & Palacios (2013) en su libro,
¡No! Que La Trata No Te Toque: Campaña de Información y Sensibilización Sobre el
Delito de Trata de Personas, (p. 9) pueden ser personas conocidas, o presentarse, siendo
desconocidas, vivir en el mismo barrio, hacer creer que son amigos, y hasta ser familiares
de la posible víctima; acostumbran acercarse, amable o amistosamente a sus posibles
víctimas, a las que hacen invitaciones, dádivas, les facilitan dinero como regalo, ofrecen
viajes, el trámite de documentos para ir al extranjero, se inventan oportunidades de trabajo,
aparentemente para mejoras de la calidad de vida de la persona incauta.
Dentro y fuera de un país hay tratantes de personas, los cuales aducen que el dinero
“no es problema”, y lo dan prestado para solventar gastos del viaje, o ellos pagan “todo”
69%
28%
3%
Hombres
mujeres
Otro género
33
para, más adelante, obligar a las víctimas, sin sueldo ni aliciente alguno de remuneración, a
pagar deudas que, a base de engaños, contrajeron. (Barragán Carrión & Palacios Castro,
2013, pág. 9)
El Estado ecuatoriano ha luchado activamente contra la Trata de Persona desde
Quito, capital de la provincia de Pichincha, donde se desarrolló la campaña “Abramos los
ojos, la trata es un delito”, que arrancó el 11 de julio de 2015, auspiciada por el Ministerio
del Interior, intenta que la ciudadanía tome conciencia sobre la trata de personas. Qué
prácticas acostumbran hacer los tratantes, cómo hacer una denuncia, y qué hace el Estado
para afrontar este problema. (Morejón, 2015)
La campaña se llevó a cabo mediante formas audiovisuales en las cuales, artistas
nacionales y posteriormente internacionales, participaron para contrarrestar la trata de
personas, indicando a la ciudadanía como los tratantes disfrazan este delito que atenta
contra los derechos humanos, además de prevenir a niños y niñas, a través de medios
educativos y de comunicación. (Ministerio del Interior, s.f.)
Según (Morejón, 2015) en el año 2014, la Unidad contra el delito de trata de
personas, tráfico de migrantes y grupo anti trata de la DINAPEN, rescató más de
doscientas víctimas en treinta operativos que sumaron setenta personas detenidas. El
trabajo con el slogan “Abramos los ojos, la trata es un delito” es en coordinación con
instituciones como la Fiscalía General del Estado, el Consejo de la Judicatura, Ministerio
de Inclusión Social, y Ministerio de Salud.
En efecto (Bravo, 2012, pág. 25) opina que han sido detectados casos de
explotación sexual, siendo los tratantes, también, los propietarios de sitios de distracción
nocturna. En su mayoría, se presencia que las víctimas que son explotadas sexualmente,
son en su mayoría mujeres mayores de edad, así como adolescentes ecuatorianas y
34
extranjeras; no obstante, también se encuentran en este grupo, niñas, niños y hombres de
toda edad.
Mientras que, en la trata laboral, estas bandas delictivas se introducen con la
familia y amigos de la víctima, marcándose más en las comunidades indígenas, siendo
afectadas mayoritariamente los niños, niñas y adolescentes a quienes trasladan a ciudades
principales ecuatorianas o a terceros países, entre esos están: Colombia, Chile, Venezuela,
entre otros. Además, ciudadanos de estas nacionalidades son traídos al país para ser
explotados laboralmente. A aquello, se agrega que los niños, niñas y adolescentes son
utilizados para expender drogas, robar y ser reclutados para conflictos armados. (Bravo,
2012, pág. 26)
Por otra parte, el sitio web (CHS Alternativo, 2017) da a conocer que existe una
ONG llamada Capital Humano y Social Alternativo (CHS Alternativo) que se encuentra
ubicada en Lima - Perú, dentro de sus objetivos sociales, está apoyar a las personas,
organizaciones y a la sociedad en general, alineados dentro del marco de los derechos
humanos. Nacionalmente, hace presencia a través de sus proyectos. Esta ONG tiene estatus
consultivo ante la ONU y la OEA (Organización de los Estados Americanos).
CHS Alternativo define a la trata de personas como un delito contra la libertad,
mediante la cual captan, trasladan y explotan a las personas. Es una ONG especializada en
perseguir los delitos de trata y tráfico humano, por ejemplo, la explotación sexual de niños,
explotación infantil en el trabajo, así como el tráfico ilícito de migrantes y de
desaparecidos como fenómenos sociales. De hecho, (Querol, 2013) manifiesta casos, en su
libro “Más allá del Rescate de las Víctimas. Trata de personas: buenas y malas prácticas en
la protección de sus derechos”.
35
CAPÍTULO 2
Marco Metodológico
2.1 Metodología
Esta parte del estudio tiene como objetivo explicar qué tipo de investigación,
modalidad de investigación, población y muestra se utilizó, las técnicas e instrumentos
para la obtención de datos, que sirvieron para la elaboración del Trabajo de Titulación
Especial, denominado: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el
Ecuador”; para posteriormente analizar el contenido de la misma.
Por lo que, se considera que el enfoque es cualitativo, esta investigación es
descriptiva, no experimental, exploratoria, por consiguiente, se realizó un análisis de la
información brindada por profesionales expertos que están inmersos laborando con
relación al título de este estudio, es decir mantienen relación con el objeto y campo de
estudio, por lo que, se obtuvieron aspectos importantes con respecto a la trata de personas
y tráfico humano.
2.2 Métodos
Los métodos teóricos que se utilizaron en esta investigación fueron: bibliográficos,
documental, y de la problemática en teoría relacionada con la práctica. Y como valor
agregado, se utilizó los métodos empíricos aplicando la entrevista para recopilar los
conocimientos y/o experiencia del entrevistado involucrado en el tema, con el objetivo de
aportar al trabajo de titulación. El diseño de esta investigación es no experimental, debido
a que la investigación fue analizada bajo las características del fenómeno de la trata de
personas y el tráfico humano.
36
2.3 Premisa
Los instrumentos jurídicos internacionales influyen positivamente en la posible
erradicación de la trata de personas y el tráfico humano en Ecuador.
2.4 Universo y Muestra
Universo
El universo de este estudio de casos, son las instituciones públicas, privadas,
organizaciones no gubernamentales, que trabajan en favor de los derechos humanos y que
a su vez son parte del sujeto “Estado ecuatoriano” en relación al Derecho Internacional
Público.
2.5 CDIU – Operacionalización de variables
Tabla 1. CDIU (Categoría, Dimensiones, Instrumentos y Unidades de Estudio)
Categoría Dimensiones Instrumentos Unidades de
Estudio
Derecho
Internacional
Derechos Humanos
Derechos Internacional Público
Cooperación Internacional
Bibliografía
Entrevistas
Instrumentos
jurídicos sobre
Trata de Personas
y Tráfico
Humano
Convención de las
Naciones Unidas
contra la
Delincuencia
Organizada
Transnacional
Protocolos de Palermo
Bibliografía
Trata de Personas
Normativa jurídica
ecuatoriana
Constitución de la República
del Ecuador
Código Orgánico Integral Penal
Código de la Niñez y Adolescencia
Código de Trabajo
Bibliografía
Entrevistas
Políticas de
Estado,
Convenios
suscritos sobre la
temática
Fuente: Resultados propios de la investigación
Elaborado por: Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla
37
2.6 Gestión de datos
Considerando que la unidad de análisis es la incidencia de la trata de personas y
tráfico humano en el Ecuador, se puede señalar que la gestión de datos ha podido ser
elaborada, fundamentadas en las contestaciones a la entrevista aplicada a funcionarios
públicos, conocedores del tema, que se encuentran trabajando actualmente (2017) en
instituciones públicas del Ecuador y conocen el fondo del estudio, a causa de sus
actividades laborales, por ende, sus aportes son indispensables para la elaboración de la
propuesta.
De hecho, se utilizó la técnica de la entrevista porque permite un análisis
cualitativo, este método que se aplicó desprende características de cada entrevistado, es
decir, la perspectiva que tiene frente a la temática, aplicándose a un gestor, un aplicador y
un beneficiario y en su orden, son: la Ingeniera María Fernanda Revelo Benavides,
Coordinadora de la Unidad contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del
Ministerio del Interior del Ecuador quien fue delegada por Diego Tipán Naranjo,
Subsecretario de Seguridad Interna, subrogante quien es Abogado, Especialista en
Derechos Humanos y Master of Criminology; al Abogado Jhovany Polivio González
Valero, Especialista en Derecho Penal y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y
Criminología y Juez de Garantías Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo;
y la Mayor de Policía María Belén Escobar Machado, quien es jefe DINAPEN Z8 del
cantón Guayaquil.
2.7 Criterios Éticos de la investigación
La elaboración de este trabajo de titulación especial es desarrollada, puesto que, en
la práctica diaria se ha detectado muchos casos con respecto a la incidencia de la trata de
personas y tráfico humano en el Ecuador, y se ha citado debidamente al utilizar
bibliografía de otros autores, ingresando la misma en referencias bibliográficas, normas
38
American Psychological Association (APA), sexta edición. Dentro de los criterios éticos
de la investigación, se puede indicar que se ha creado el contenido en base a la ética y al
buen juicio de lo que significa honestidad, y finalmente, desde la óptica de la normativa
jurídica y demás leyes.
39
CAPÍTULO 3
Resultados
3.1 Antecedentes de la unidad de análisis o población
El protocolo de preguntas constó de seis preguntas, las mismas que se diseñó
tomando en consideración, el campo, el objeto de estudio y las soluciones requeridas. Ha
sido posible la obtención de información, gracias a que los entrevistados participaron en
este estudio, con la información y las entrevistas que fueron personalizadas.
3.2 Diagnóstico o estudio de campo
Pregunta 1:
¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en el tiempo, que se mantienen vigentes y
fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?
Los entrevistados coinciden que dentro de las causas del delito de trata y tráfico
humano está la pobreza, la desigualdad y violencia de género o violencia en general. La
Mayor de Policía destaca que la violencia está siendo invisibilizada por las personas
porque la están viendo como algo normal. En cuanto a los efectos es mencionado el
impacto en todo ámbito integral que reviste a un ser humano, en cuanto a salud,
psicológicamente, físicamente, etc.
Pregunta 2:
Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y
políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y
el tráfico humano en el país?
Las expertas convergen en la necesidad de prevención a sectores estratégicos así
como puntos focales en cada país, la planificación y desarrollo de actividades preventivas,
entre ellas, la sensibilización, la socialización, etc.
40
A nivel internacional, puntualizan que el Ecuador es parte de acuerdos y que sí
existe coordinación y cooperación con la policía de varios países, por lo que trabajan en
cooperación internacional, por ejemplo, la Coordinadora de la Unidad contra la Trata de
Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del Ministerio del Interior del Ecuador, la
Ingeniera Revelo Benavides sugiere tomar en cuenta las recomendaciones de la ONUDC
en sus informes (2014 y 2016).
A nivel económico, se recopila la necesidad que se tiene de que se organicen a
nivel de gobiernos autónomos descentralizados, así mismo, como el sector productivo,
como por ejemplo, creando fuente de trabajo y programas de emprendimiento, para forjar
emprendedores productivos dirigidos a comunidades de atención prioritaria, los más
vulnerables.
A nivel político, la Mayor de Policía Escobar, refiere que no es sujeto de política,
por lo que, como tal no interfiere al respecto. Ellas coinciden en que debe trabajarse en
campañas activamente con sectores claves. La profesional, Ingeniera Revelo, destaca algo
importante en su entrevista, que debe fortalecerse políticamente para que las acciones
realizadas para la protección de víctimas o la lucha anti trata merezca un mayor
presupuesto, más aún, en cuanto a protección se refiere.
Pregunta 3:
¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?
Valorando la opinión de la jefe DINAPEN Z8, la incidencia se detecta en la falta de
la libertad de la personas, pérdida de la dignidad e inclusive de su identidad, terminando
muchas veces con la muerte, generando de estos delitos, un impacto negativo para el país
como tal. Pues recomienda empezar para evitar estos delitos, que la familia se cimente,
como estructura familiar sólida, integral en sus valores.
41
Pregunta 4:
¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el
tráfico humano?
Las líneas recomendadas que concuerdan y emitidas por los funcionarios públicos
son la sensibilización, difusión, capacitación. Por un lado, tienen opiniones diferentes; pero
a la vez son estrategias que sirven para eliminar estos delitos, objeto de análisis, por
ejemplo, la funcionaria del Ministerio del Interior del Ecuador, adiciona que la regulación
y el control, la promoción de buenas prácticas y responsabilidad social y el
emprendimiento productivo.
Mientras que la Mayor de Policía agrega, por su parte, que debe educarse a las
personas desde que son niños, a enseñarles lo que es la violencia para que tengan una
noción de lo que significa, para que cuando sean adultos, se tenga adultos conscientes del
problema y si bien es cierto es una estrategia a largo plazo, ya se está previniendo con
tiempo.
Pregunta 5:
¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público
en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata
de personas y el tráfico humano?
Las entrevistadas convergen que sí se debe difundir los estándares de prevención
social para la reducción y eliminación de la trata de personas y el tráfico humano, para que
tengan conocimiento cómo prevenir y denunciar en caso dado. La Mayor de Policía
Escobar, enseña que la Policía Nacional busca una cultura de seguridad mediante una
trilogía compuesta de Policía Nacional, autoridad y comunidad, para fortalecer la
seguridad y un trabajo en conjunto.
42
Otro aspecto importante es la opinión de la Ingeniera María Fernanda Revela
cuando declara que debe fortalecerse la institucionalidad pública para que frente a una
acción haya una reacción eficiente ante los ciudadanos, en caso de violaciones a los
derechos humanos.
Pregunta 6:
¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha
contra la trata de personas y el tráfico humano?
Aseveran las participantes de la entrevista, que la cooperación nacional e
internacional para la lucha contra la trata de personas y el tráfico humano consiste en el
cruce de información, actividades operativas, gestión eficiente, etc. Así como las
instituciones que se involucran para las investigaciones como el Consejo de la Judicatura,
Fiscalía, que cooperan para determinar responsables de estos delitos perpetrados.
La Coordinadora contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes,
Ingeniera Revelo, expresa en la entrevista, por ejemplo, que Ecuador mantiene
cooperación con Colombia, Perú y Chile, a través de instrumentos que fomentan la
cooperación en materia preventiva, investigativa y de inteligencia policial.
43
CAPÍTULO 4
Discusión
4.1 Contrastación Empírica
En efecto, conforme los resultados que se obtuvieron en la investigación, se puede
concluir que en la práctica sí se da la cooperación internacional entre Estados a través de la
fuerza pública. De hecho, los casos que se han detectado de trata de personas son
justamente por la cooperación existente tanto en capacitación, en intercambio de
información, así como acuerdos y protocolos. Esto quiere decir que, efectivamente, tanto
en la teoría como en la práctica, se da esta cooperación, para impedir, en lo posible, se
sigan cometiendo estos delitos.
4.2 Líneas de Investigación
Conforme lo establecido en el Plan de Investigación del Instituto Superior de
Postgrado en Ciencias Internacionales “Dr. Antonio Parra Velasco” de la Universidad de
Guayaquil y cumpliendo con las directrices constitucionales y el Plan Nacional del Buen
Vivir, se escogió las líneas de investigación referente al Derecho Internacional y los
Derechos Humanos. Estás líneas de investigación recopiladas por la suscrita, en este
análisis, serán de ayuda para los futuros investigadores, que pueden hacer uso de la
información, específicamente con fines investigativos, que tengan relación con la presente
temática, sirviendo en lo venidero como texto de consulta para otros estudiosos
4.3 Aspectos Relevantes
Los aspectos relevantes de este trabajo de titulación es que uno de los aspectos que
resaltan en el delito de trata de personas y del tráfico humano con relación a la trata, es la
“normalidad de la violencia”, es decir, que las personas actualmente ven como normal, la
violencia, y estas víctimas caen muchas veces en estas redes criminales por la falta de
44
afecto y cuando se trata de menores de edad, se da a causa del maltrato infantil perpetrado
dentro del mismo núcleo familiar y es el grupo mayor de víctimas por este delito, niñas y
mujeres.
45
CAPÍTULO 5
Propuesta
La propuesta que se registra en este trabajo de titulación especial, se alìnea a los
siguientes criterios:
Difundir estrategias que permitan al Estado ecuatoriano la disminución y
eliminación de los delitos de trata de personas y tráfico humano.
Descubrir las limitaciones que pueden afectar a las instituciones públicas
para la elaboración y aplicación de políticas estatales encaminadas a
resolver la problemática social.
Sugerir el requerimiento indispensable e inmediato de aumentar estándares
sociales para la reducción y eliminación de estos delitos de trata y tráfico
humano que, para ello, se socialice toda la información con grupos
específicos de apoyo para la seguridad de la población, donde la
información sea replicada masivamente.
Los objetivos de estos criterios son establecer un trabajo cooperativo tanto local,
nacional como internacional entre Estados, para terminar con estos delitos de trata y tráfico
humano, para precautelar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes, siendo requeridos
con alta importancia, sean elaborados planes de acción encaminados a prevenir esta
problemática, o en su defecto, actuar mediante protocolos y rutas de actuación frente a
estos delitos, a los que posiblemente no se le está prestando la debida atención, por ende,
se puede señalar las siguientes estrategias:
Elaboración de un Plan de Acción donde se registren la información de la
institución con la que se puede trabajar, los participantes que se
involucrarán en el plan de acción, registrar los antecedentes, la justificación,
y la meta a la que se desea alcanzar.
46
Planificar las actividades en tiempo, fechas y horas que ayudarán a que
estos delitos no se sigan desarrollando y creciendo, así como la
determinación de responsabilidades, por la falta de cumplimiento.
Trabajar coordinadamente con las instituciones públicas y privadas desde
todos los sectores estratégicos en beneficio de la comunidad, sobre todo, de
los menores que son los más expuestos, para que conozcan que son esos
delitos y su alta importancia.
Crear una red de seguridad y apoyo solidario en caso de emergencias, para
una comunicación oportuna y preventiva.
Analizar las necesidades básicas y recursos en general que se necesitan
para combatir la trata de personas.
Dentro de los procesos responsables que se pueden sugerir, están:
Establecer las causales por las que este delito de trata de personas se está
presentando y determinar responsables institucionales para que éste disminuya y se
elimine.
Fundamentar la propuesta a ser aplicada para beneficio del Ecuador para
crear y fomentar políticas públicas para la protección de los derechos humanos y el
de grupos vulnerables susceptibles a ser víctimas de estos delitos de trata y tráfico
humano.
Operar con organismos gubernamentales y no gubernamentales que deseen
trabajar sin fines de lucro para el rescate de las víctimas de estos delitos y que sean
parte de la cooperación nacional como internacional.
Analizar qué instituciones podrían adherirse a la difusión o socialización de
los estándares de protección de los derechos humanos para la mitigación y
eliminación del delito de trata y tráfico humano.
47
Reproducir a sectores estratégicos, la importancia de reducir este delito o de
eliminarlo mediante mesas redondas representados por las máximas autoridades
acompañados de líderes comunitarios y de otros Estados para la lucha anti trata y
que todo el proceso llevado a cabo se registre en el internet para conocimiento a
nivel mundial, sobre el trabajo que llegue a realizarse.
Organizar campañas de reflexión a lugares masivos para concientizar los
efectos graves de no luchar contra estos delitos, debido a que, los mayores
perjudicados son los niños, futuro de un país.
Conclusiones y recomendaciones
Conclusiones
Una vez realizado el estudio de caso, basado en este tema de interés a nivel
mundial, se pueden emitir las siguientes conclusiones:
1. La trata de personas y el tráfico humano son delitos transnacionales que destruyen
a muchas personas, consiste en la apropiación de seres humanos con fines de
explotación, mayoritariamente son de índole sexual.
2. El Ecuador es un país de origen, tránsito y destino para la trata de personas. Se
considera de origen, puesto que, existe trata de personas tanto internamente como
transnacionalmente.
3. La ubicación geográfica hace del Ecuador un país utilizado por las redes de
tratantes como paso para llevar a las víctimas de trata y tráfico humano a otros
países de la región.
4. La Comisión Interinstitucional, liderada por el Ministerio del Interior del Ecuador
es la encargada de la ejecución, monitoreo, control, seguimiento y evaluación del
Plan Nacional para enfrentar la trata de personas, la cual está conformada por
instituciones del Estado Ecuatoriano.
48
5. El Ecuador cuenta con una legislación completa sobre la temática que permite un
trabajo interinstitucional e intersectorial desde los ejes de prevención, protección
e investigación – sanción. Tal es el caso del Código Orgánico Integral Penal que
entró en vigencia el 10 de agosto de 2014, normativa actual donde se tipifica el
delito de trata de personas en los artículos 91 al 110, esta ley incluye todas las
modalidades de explotación de la trata, entre otras, anteriormente citadas.
Recomendaciones
Finalmente, las recomendaciones que se pueden aportar, son las siguientes:
1. Socialización de rutas y protocolos a instituciones públicas, privadas, sectores
estratégicos, lugares masivos, entre otros, para conocer la importancia del tema en favor de
la prevención.
2. Que se desarrollen controles continuos en los lugares que tienden a ser utilizados
para la ejecución de estos delitos, bajo la figura de corresponsabilidad solidaria.
3. Que se establezca en lugares públicos lineamientos que no permitan que el
Ecuador, sea utilizado para la delincuencia, que sea exigida la documentación legal y
pertinente para ingresar al país, para que no se convierta en un viacrucis para las víctimas.
4. Que los organismos gubernamentales o no gubernamentales reciban el presupuesto
necesario y suficiente, para combatir o prevenir la trata de personas y tráfico humano,
como política pública del Ecuador en beneficio de la población.
5. Que el Estado ecuatoriano aplique acciones estratégicas, como por ejemplo, de
comunicación, como líneas de atención permanente e ininterrumpida, espacios de apoyo,
lugares de atención, consultorios jurídicos – psicológicos como apoyo a las víctimas que
deseen buscar ayuda, así como la protección integral hacia esos seres humanos, y en
especial a los niños y niñas, que son la parte inocente de cualquier nación, lo que los hace
vulnerables.
49
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55
Anexos
Anexo 1. Entrevista a la Ingeniera María Fernanda Revelo, Coordinadora de la Unidad
contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del Ministerio del Interior del
Ecuador.
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO
EN CIENCIAS INTERNACIONALES
“DOCTOR ANTONIO PARRA VELASCO”
Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia
Trabajo de Titulación: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el
Ecuador”.
Autora: Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla
Entrevistada: Ingeniera María Fernanda Revelo, Coordinadora de la Unidad contra la
Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes
Fecha: viernes 04 de agosto de 2017
Cuestionario de Entrevista
Pregunta 1:
¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en tiempo, que se mantienen vigentes y
fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?
Los factores que influyen para que la trata de personas se de en el Ecuador son
entre otras: pobreza, desigualdad y violencia de género; sin embargo es importante
mencionar que de acuerdo a cada caso pueden existir otros factores de riesgo que abonen
el terreno para que una persona sea más vulnerable frente a la trata de personas.
56
Pregunta 2:
Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y
políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y
el tráfico humano en el país?
De acuerdo a la experiencia los aspectos que se deberían tomar en cuenta son:
Internacionales: reforzar el trabajo a nivel internacional mediante la determinación de
puntos focales en cada país para la planificación y ejecución de actividades en temas de
prevención, protección e investigación, en la cual deben participar las instituciones del
Estado de acuerdo a su competencia, asimismo incorporar a instituciones de la sociedad
civil que tenga experiencia en la temática. A nivel de Suramérica (UNASUR) se podría
fortalecer el trabajo mediante la creación de un Grupo de Acción contra la Trata de
Personas a nivel regional en el que se desarrollen lineamientos, protocolos, acciones u
otros documentos y actividades coordinadas y conjuntas para la erradicación de la trata de
personas a nivel regional tomando en cuenta las recomendaciones realizadas por la
ONUDC en sus informes bianuales (2014 y 2016).
Económicos: Se debería generar programas y proyectos de emprendimiento productivo en
el que participen las comunidades más vulnerables frente a la trata de personas, para lo
cual se debe coordinar con el sector productivo y GADs.
Políticos: Es necesario fortalecer el apoyo a nivel político para que las acciones que se
generen en contra la trata de personas tengan un mayor presupuesto, especialmente, en el
ámbito de protección.
Pregunta 3:
¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?
Esta pregunta no está muy clara, por favor me podría enviar una aclaración o cuál sería el
objetivo de la pregunta.
57
Pregunta 4:
¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el
tráfico humano?
Las líneas, desde el ámbito de la prevención, sobre las que se debe trabajar son:
1. Sensibilización, difusión y capacitación.
2. Regulación y control
3. Promoción de buenas prácticas y responsabilidad social
4. Emprendimiento productivo
Pregunta 5:
¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público
en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata
de personas y el tráfico humano?
Es indispensable la difusión de estándares de prevención para que todos conozcan
sobre el tema, cómo prevenirlo y cómo denunciarlo; sin embargo a la par se debe reforzar
la institucionalidad pública para poder responder con eficiencia a la demanda de la
ciudadanía.
Pregunta 6:
¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha
contra la trata de personas y el tráfico humano?
Según el informe mundial sobre la Trata de Personas presentado por la ONUDD en
el año 2014, en América Latina el 94 % de las víctimas de Trata son captadas, trasladadas
y explotadas al interior del país de origen o en la región latinoamericana. Esto quiere decir
que la mayoría de redes delincuenciales de trata operan dentro del país o dentro de la
58
región, y la minoría son redes que llevan a las víctimas a Asia, América del Norte o
Europa.
Es así que Ecuador, reconociendo esta situación, actúa en conjunto con los países
de la región para desarrollar acciones de prevención, desarticular bandas delincuenciales y
rescatar a víctimas. En efecto, con Colombia se tiene un “Memorando de Entendimiento
para la Prevención e Investigación del Delito de la Trata de Personas y la Asistencia y
Protección de las Víctimas de la Misma”, en el que se prevé acciones de prevención,
restitución de derechos de las víctimas, pero también de investigación conjunta de ambas
policías, haciendo énfasis en las zonas fronterizas.
Con Perú, existe un “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional en
Materia de Trata de Personas entre el Ministerio del Interior de La República del
Ecuador y el Ministerio del Interior de la República del Perú”, y con Chile se suscribió un
“Memorando de Entendimiento para La Prevención e Investigación del Delito de Trata de
Personas y la Asistencia y Protección de las Víctimas de la Misma”, estos instrumentos
fomentan la cooperación en materia de prevención, investigación e inteligencia policial de
este delito.
59
Anexo 2. Entrevista a la Mayor de Policía María Belén Escobar Machado, jefe DINAPEN
Z8
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO
EN CIENCIAS INTERNACIONALES
“DOCTOR ANTONIO PARRA VELASCO”
Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia
Trabajo de Titulación: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el
Ecuador”.
Autora: Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla
Entrevistada: Mayor de Policía María Belén Escobar Machado, jefe DINAPEN Z8
Fecha: viernes 04 de agosto de 2017
Cuestionario de Entrevista
Pregunta 1:
¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en tiempo, que se mantienen vigentes y
fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?
Trata de personas y tráfico humano es completamente diferente; pero la trata de
personas es cuando se habla ya de posterior de una esclavitud, por decirlo así o una
limitación de la libertad de la persona como tal. Lo que la trata con fines de migración es
simplemente cancelar el valor, cruzarla de un país a otro y nada más, hasta ahí la citación,
son dos situaciones completamente diferentes, más que todo, la trata se va para la situación
de trabajos sexuales. Las causas como tal, bueno, empezando de que definitivamente la
trata de personas es un delito que es dinámico y es adaptable.
60
Definitivamente como todo delito se va adaptando según los controles y las
situaciones que se van presentando en cada uno de los países, para que obviamente ir
modificando y que se siga dando este delito, en cuanto a causas específicas. De ahí
podemos estar hablando del mismo hecho de no tener una estructura cimentada, una
estructura familiar cimentada, el mismo hecho de que exista la normalización de la
violencia, de que lastimosamente, la violencia se ha vuelto en una situación muy
invisibilizada y la hemos normalizado tanto, que el hecho que un padre golpee a un niño en
la calle, es absolutamente normal, ¿por qué? Porque el niño se portó mal, o sea, el niño es
una persona en proceso de crecimiento, que todavía no adapta, no ha desarrollado todas
sus capacidades para comportarse como adulto porque ha tenido todo un proceso de
enseñanza, el niño está empezando y exigimos como adultos, que los niños se porten como
adultos.
La estamos invisibilizando tanto la violencia, que la estamos haciendo normal. El
hecho de que lo estamos normalizando se genera una situación a los menores, y los
menores ante el primer buen trato, ante la primera atención que tienen terceras personas
con los menores son conquistados, ¿por qué? Porque son situaciones que yo no las tengo
en mi casa, las estoy teniendo en otra persona y por eso muchas de las veces, son víctimas
de la trata.
El efecto que se causa en la persona de problemas sociales, al haber sido ya víctima
de trata y el mismo hecho que se genera un impacto emocional, un impacto psicológico, un
impacto físico, ya que muchos de ellos han sido, tanto niños, niñas y mujeres,
específicamente adolescentes, han sido obligados a prostituirse, a realizar trabajos
sexuales, entonces el mismo hecho de que realicen estos trabajos sexuales genera una
vulneración en su físico, en su psiquis, en su autoestima como tal. Los efectos obviamente
61
no son simplemente de que la trata es un delito y que se tiene que combatir, sino que
tenemos víctimas que también necesitan una priorización en cuanto a esto.
Pregunta 2:
Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y
políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y
el tráfico humano en el país?
Trata de personas y tráfico de personas son totalmente diferentes; pero todo desde
la óptica policial, lo que nosotros estamos generando y realizando son campañas
permanentes en escuelas, colegios, con padres de familia, con los comités de padres de
familia, con los consejos estudiantiles, con los mismos estudiantes, para que ellos
concienticen, y para que ellos se den cuenta que existe el delito primero, de trata de
personas y de tráfico de personas, o sea, son cosas completamente diferentes.
La trata es con fines de esclavitud para someterles a mendicidad, a trabajos
sexuales y todo lo demás. El tráfico humano es simplemente pasarle de un país a otro país,
por un valor económico. Cada año, nosotros generamos una campaña dentro del
cumplimiento que debemos realizar como institución, este año tenemos la campaña,
obviamente de prevención contra el consumo de sustancias sujetas a fiscalización, son
campañas permanentes, son capacitaciones que como DINAPEN tenemos permanentes,
capacitaciones en cuanto a acoso sexual, en cuanto a maltrato infantil, en cuanto a
derechos de los menores, porque obviamente, la DINAPEN es la Policía especializada para
la protección de niños, niñas y adolescentes.
Al preguntársele a la Mayor de Policía si dentro del aspecto político se le está
dando la importancia a este tema, contestó:
De entrada que, como Policía Nacional, nosotros no somos sujetos de política
como tal, entonces el tema definitivamente tendría que preguntarle tal vez al Ministerio de
62
Inclusión Económica y Social (MIES) específicamente o al Ministerio de Educación, si es
que le están dando la priorización pertinente en cuanto a eso, como también la parte
económica, nosotros como le decía, como Policía Nacional nos estamos enfocando en
campañas preventivas, porque no es sólo suficiente el dar la atención a la víctima ya
cuando se ha dado la situación sino el prevenir para concientizar y ya no tener más
víctimas de trata de personas.
Se le preguntó con respecto al aspecto internacional, como Policía Nacional tienen
un cruce de información con otros países, afirmó:
Todo el tiempo, el Ecuador está sujeto a los acuerdos internacionales, como país
estamos sujetos, todas las instituciones estatales, todas las entidades públicas y privadas a
cumplir con lo que manda la Ley y los acuerdos que el Ecuador es parte, que ha aceptado
ser parte, existe una coordinación con las policías de Colombia, Perú, Argentina, Chile,
con la finalidad, primero de intercambiar información, conocimientos y experiencias, en lo
que se refiere a la protección de niños, niñas y adolescentes; y, segundo, en casos
específicos, cuando tenemos información de que niños se encuentran tal vez, en otros
países y están siendo vulnerados sus derechos, denuncias que se hacen tal vez, porque acá
se encuentran sus abuelos, sus tíos y conocen que se está dando esta situación. Hay
cooperación en lo que es capacitación y lo que es intercambio de información y la parte
operativa.
Pregunta 3:
¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?
Definitivamente nosotros tenemos en el 2000 se firmó el Protocolo de Palermo, en
el cual se menciona ya la protección que se debe dar por parte del Estado, para que el
delito de trata de personas no se siga cometiendo y no se siga desarrollando en cada uno de
los países miembros. Obviamente, como país estamos conscientes de que es una violación
63
a los derechos humanos como tal, impacta obviamente, ya que estamos hablando de que se
genera un coartamiento de libertad, de la dignidad e inclusive hasta de la identidad de las
personas que son sometidas a trata, muchas de las veces, estas torturas, estos maltratos y
estas exigencias no sólo físicas sino psicológicas también, pueden desencadenar en la
muerte de las víctimas.
Obviamente, genera un impacto bastante fuerte, tomando en consideración que, de
trata de personas, según la información que se maneja, se dice que aproximadamente
cuatro millones de personas son víctimas de trata a nivel mundial, del cual, entre el 10 y el
30 % son niños, niñas y adolescentes; y, de este número, mayoritariamente, son niñas y
adolescentes mujeres, son números bastantes fuertes, bastante escalofriante y se tiene que
empezar a visibilizar y a concientizar que estos delitos se pueden evitar, definitivamente se
pueden evitar, si tenemos una estructura familiar de primera mano, por decirlo así, íntegra,
correcta y bien estructurada.
Pregunta 4:
¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el
tráfico humano?
Definitivamente, las estrategias que como Policía Nacional estamos visibilizando y
estamos intentando ejecutar no sólo ahora sino desde hace muchísimo tiempo atrás, es el
hecho de la visibilización, si nosotros empezamos a visibilizar y que las personas
empiecen a ver que existen esta clase de delitos, que existen esta clase de problemas,
nosotros a futuro, si nosotros creamos niños conscientes de lo que es la violencia, de lo que
son los delitos de trata, de lo que son los delitos, las consecuencias que pueden generar el
consumo de sustancias sujetas a fiscalización, seguramente, nosotros a futuro tendremos
adultos conscientes de lo que es la problemática, son campañas y estrategias a largo plazo,
no estamos hablando de ahora; pero si nosotros empezamos como Policía Nacional, que es
64
lo que estamos haciendo, a trabajar desde ya en la situación de prevención para evidenciar
esta situación, tendremos adultos conscientes en uno.
Pregunta 5:
¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público
en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata
de personas y el tráfico humano?
Sí, todos los sectores son estratégicos para la difusión, aquí implica educación,
salud, inclusión social, parte económica, deporte, implica todo, absolutamente todo, las
autoridades, como Policía Nacional, nosotros manejamos una trilogía que es para tener,
para buscar una cultura de seguridad que es la Policía Nacional, la autoridad y la
comunidad. Autoridad se refiere a todas las entidades públicas que pueden existir, como
comunidad, obviamente, con sus entidades privadas que como Policía Nacional con todas
las unidades que nosotros tenemos y la experiencia, capacitación y servicios que nosotros
brindamos hacia la comunidad para evitar que se de este y muchos otros delitos.
Pregunta 6:
¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha
contra la trata de personas y el tráfico humano?
Siempre el cruce de información tanto nacional como internacional es permanente,
en cuanto como le decía, en cuanto a la parte de capacitación, información, operativa,
como tal, siempre se está en capacitación, sobre todo, permanente, para poder solventar y
evitar esta clase de delitos.
Al referirle, que cuando ha habido casos de delito de trata, y hay rescate de las
víctimas y sucede que defiende a su tratante, confirma que:
65
Obvio, es que se genera una dependencia en todo sentido, psicológica, física,
afectiva, se genera una dependencia hacia esta persona porque ya sea por el miedo o por la
empatía que llega a tener hacia esa persona, llega a justificar el por qué lo está haciendo y
esas víctimas llegan a un punto en el que se genera una situación de resistencia para
generar que se haga justicia sobre esa persona que está cometiendo un delito.
¿Qué sucede cuando siente la Policía Nacional, esa resistencia por parte de la víctima?
Nosotros es permanente, cuando estamos hablando de delito de trata, quiere decir
que nosotros ya abrimos un expediente, existe un expediente de por medio, que no sólo es
la versión de la víctima sino también implica, entran en juego varias otras pruebas, varios
otros testimonios, no sólo de una persona sino tal vez de todas las que fueron producto de
esta situación y que la parte jurídica en este caso, Consejo de Judicatura, Fiscalía tendrán
que resolver de las investigaciones que se hayan realizado o que se continúen realizando
en torno a un caso específico de trata de personas.
66
Anexo 3. Entrevista al Abogado Jhovany Polivio González Valero, Especialista en
Derecho Penal y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y Criminología y Juez de
Garantías Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo.
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO
EN CIENCIAS INTERNACIONALES
“DOCTOR ANTONIO PARRA VELASCO”
Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia
Trabajo de Titulación: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el
Ecuador”.
Autora: Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla
Entrevistado: Abogado Jhovany Polivio González Valero, Especialista en Derecho Penal
y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y Criminología y Juez de Garantías
Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo.
Fecha: Miércoles, 06 de septiembre de 2017
Cuestionario de Entrevista
Pregunta 1:
¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en tiempo, que se mantienen vigentes y
fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?
Pienso que una de los factores importantes de esta problemática que perjudica a la
sociedad de nuestro país es el desempleo ya que la persona al no tener un trabajo, no puede
solventar sus necesidades por lo que esto hace que estos delincuentes los capten
fácilmente.
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Pregunta 2:
Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y
políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y
el tráfico humano en el país?
Internacional: Debería haber una relación global con organismos de controles para
sancionar y erradicar la trata de persona y tráfico humano.
Económico: Los países deberían designar un presupuesto expresamente para esta
problemática, ya que con eso podemos implementar más programas de difusión a nivel
nacional.
Político: El gobierno de turno debería brindar estos presupuestos a los organismos
involucrados para un mejor bienestar para la sociedad, víctima de estos delitos.
Pregunta 3:
¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?
Incide notablemente en el país, ver a personas en pleno Siglo XXI esclavizados, ya
sea por explotación laboral, sexual, y servidumbre, violándose de esta manera los derechos
humanos.
Pregunta 4:
¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el
tráfico humano?
- Aplicar las políticas públicas que sancionen estos delitos.
- Difundir programas en instituciones públicas y privadas para prevenir a la
sociedad.
- Crear instituciones donde sean atendidas las víctimas rescatadas y que se les brinde
una atención personalizada.
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Pregunta 5:
¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público
en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata
de personas y el tráfico humano?
Por supuesto, es indispensable la difusión de estos estándares para que toda la
población conozca sobre estos delitos y puedan prevenirlos en caso de ser víctimas o que
algunos de su entorno familiar lo sea.
Pregunta 6:
¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha
contra la trata de personas y el tráfico humano?
En la actualidad la cooperación nacional e internacional es mínima, ya que si fuera
masiva, ya se hubiera erradicado en un 60 % este problema. Esta problemática va primero
que el delito del narcotráfico.
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Anexo 4. Fotos con el entrevistado Abogado Jhovany Polivio González Valero,
Especialista en Derecho Penal y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y
Criminología y Juez de Garantías Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo.
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