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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN CIENCIAS INTERNACIONALES “DR. ANTONIO PARRA VELASCO” MAESTRÍA EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA TRABAJO DE TITULACIÓN ESPECIAL PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAGÍSTER EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO HUMANO EN EL ECUADORAUTORA: Lcda. NORKA CASSANDRA VINCES LAMILLA TUTORA: Ing. MARÍA ISABEL FLORES MONTIEL, MSc. GUAYAQUIL ECUADOR SEPTIEMBRE, 2017

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN CIENCIAS

INTERNACIONALES

“DR. ANTONIO PARRA VELASCO”

MAESTRÍA EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y

DIPLOMACIA

TRABAJO DE TITULACIÓN ESPECIAL

PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE

MAGÍSTER EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA

“LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y

TRÁFICO HUMANO EN EL ECUADOR”

AUTORA: Lcda. NORKA CASSANDRA VINCES LAMILLA

TUTORA: Ing. MARÍA ISABEL FLORES MONTIEL, MSc.

GUAYAQUIL – ECUADOR

SEPTIEMBRE, 2017

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REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA

FICHA DE REGISTRO ESTUDIO DE CASO – TRABAJO DE TITULACIÓN ESPECIAL

TÍTULO: “LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO HUMANO EN EL ECUADOR”.

AUTORA:

Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla

TUTORA/REVISOR:

Ing. María Isabel Flores Montiel, MSc. (Tutora)

Econ. William Giovanni Arcos Chonillo, MSc. (Revisor

Metodológico)

INSTITUCIÓN: UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN CIENCIAS

INTERNACIONALES “DR. ANTONIO PARRA VELASCO”.

CARRERA: MAESTRÍA EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA

FECHA DE PUBLICACIÓN:

Nª DE PÁGS:

ÁREAS TEMÁTICAS: CIENCIAS INTERNACIONALES, DIPLOMACIA, DERECHOS INTERNACIONAL PÚBLICO,

DERECHOS HUMANOS.

PALABRAS CLAVE: TRATA DE PERSONAS – TRÁFICO HUMANO - REPERCUSIÓN

RESUMEN:

En el Ecuador, el 90 % de las víctimas son mujeres, de las cuales un 30 % son menores de edad, de acuerdo a la Organización

de las Naciones Unidas. Cada niña plagiada recibe un promedio diario de diez a veinte clientes cuyo pago lo acuerdan con los

captores, siendo las menores, física y psicológicamente abusadas para que cooperen en el cometimiento de la continua felonía.

El objetivo general de este estudio es debatir la incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el Ecuador mediante un

estudio de los instrumentos jurídicos internacionales y la cooperación nacional e internacional para comparar y analizar las

repercusiones que tiene para el Ecuador. La metodología utilizada fue el enfoque cualitativo, esta investigación es descriptiva,

no experimental, exploratoria. En cuanto a los resultados, se recopiló que, la violencia está siendo invisibilizada, porque la

están viendo como algo normal, teniendo como efecto el impacto negativo desde todo ámbito, existe la necesidad de

prevención a sectores estratégicos. El Estado ecuatoriano es parte de acuerdos; sin embargo, debe fortalecerse políticamente

para que las acciones realizadas para la protección de víctimas o la lucha anti trata merezca un mayor presupuesto, más aún,

en cuanto a protección se refiere, considerando que, la trata de personas y el tráfico humano son delitos que afectan los

derechos humanos con repercusiones de todo tipo tanto para la víctima como para la sociedad.

Palabras clave: INCIDENCIA - TRATA DE PERSONAS – TRÁFICO HUMANO

Nº DE REGISTRO:

Nº DE CLASIFICACIÓN:

DIRECCIÓN URL:

ADJUNTO PDF: SÍ X NO

CONTACTO CON AUTORA:

Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla

Dirección: 10 de Agosto y Abdón

Calderón (Babahoyo)

CELULAR:

0984331986,0959843424

Correo: [email protected]

CONTACTOS DE LA

INSTITUCIÓN

DIRECCIÓN: CALLES

CHIMBORAZO 2700 entre

COLOMBIA Y VENEZUELA

NOMBRE: Lcda. Sonia Venegas- Coordinación Académica

Teléfonos: 042 - 448938; 042 - 44 9746 Ext 103

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50 páginas, 13583 palabras

Nivel del plagio: seleccionado / en total

227 resultados de 100 fuentes, de ellos 100 fuentes son en línea.

Configuración

Directiva de data: Comparar con fuentes de internet, Comparar con documentos propios

Sensibilidad: Media

Bibliografia: Considerar Texto

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CERTIFICACIÓN DE LA TUTORA

En mi calidad de tutora de la estudiante Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla, del

Programa de Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia, nombrado por la

Comisión Académica del Instituto Superior de Posgrado en Ciencias Internacionales

“Doctor Antonio Parra Velasco” CERTIFICO: que el estudio de caso del Trabajo de

Titulación Especial titulado “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en

el Ecuador”, en opción al grado académico de Magíster en Ciencias Internacionales y

Diplomacia, cumple con los requisitos académicos, científicos y formales que establece el

Reglamento aprobado para tal efecto.

Guayaquil, 09 de septiembre de 2017

Atentamente.,

……………………………………..…….

MSc. María Isabel Flores Montiel, Ing.

C. C. No. 0916663941

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionales

“Doctor Antonio Parra Velasco”

Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia

Trabajo de Titulación Especial previo a la obtención del grado de Magíster en Ciencias

Internacionales y Diplomacia:

“LA INCIDENCIA DE LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO

HUMANO EN EL ECUADOR”

MIEMBROS DEL TRIBUNAL

__________________________________ 1.- DR. OSWALDO MOLESTINA ZAVALA, MSC

_________________________________________________

2.- LCDA.CARMEN ELIZABETH LUCERO NOVILLO, MSC

__________________________________________________

3.- ECON. WILLIAM ARCOS CHONILLO, MSC

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DECLARACIÓN EXPRESA

“La responsabilidad del contenido de este Trabajo de Titulación Especial, me

corresponden exclusivamente; y el patrimonio intelectual del mismo a la Universidad de

Guayaquil”.

__________________________ Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla

C. C. 120590227 - 1

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DEDICATORIA

A Dios, por permitirme llegar a este

momento tan especial en mi vida, por los

triunfos y los momentos difíciles que me ha

enseñado a valorar. A mis padres, señora

Norma Lamilla Rodríguez y señor Nelson

Vinces Aguilar, que son las personas más

importantes en mi vida.

Norka Vinces

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AGRADECIMIENTO

Agradezco a Dios por bendecirme y llegar

a una feliz terminación de este Trabajo de

Titulación. Al Instituto Superior de

Postgrado “Doctor Antonio Parra Velasco”

y en su representación, al Dr. Oswaldo

Molestina Zavala Msc. A mi tutora, Ing.

María Isabel Flores, MSc. al revisor

metodológico Econ. William Arcos

Chonillo, MSc. por su tiempo y dedicación,

quienes, con sus conocimientos y

experiencia me orientaron para que

terminara oportunamente este Trabajo de

Titulación Especial con éxito.

También agradezco a todos mis docentes

quienes durante mi carrera profesional me

dotaron de suficientes conocimientos que

permitieron la culminación de este trabajo.

Norka Vinces

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PENSAMIENTOS

¿Qué importa tener o no tener cosas superfluas?

Lo necesario nunca falta para alimentar la vida.

Simón Bolívar

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ABREVIATURAS

ACNUR Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

APA American Psychological Association

CHS Alternativo Capital Humano y Social Alternativo

Corte IDH Corte Interamericana de Derechos Humanos

COAC Unidad Anti – Coyoterismo

COIP Código Orgánico Integral Penal del Ecuador

COOTAD Código Orgánico de Organización Territorial

DMQ Distrito Metropolitano de Quito

DINAPEN Dirección Nacional de Policía especializada para niñas, niños y

adolescentes

DIP Derecho Internacional Público

MIES Ministerio de Inclusión Económica y Social

ODS Objetivos de desarrollo sostenible

OEA Organización de los Estados Americanos

OIM La Organización Internacional para las Migraciones

OIT La Organización Internacional de Trabajo

ONG Organizaciones no gubernamentales

ONU Organización de las Naciones Unidas

UNESCO La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la

Ciencia y la Cultura

UNICEF El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UNIFEM El Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer

UNODC Oficina de las Naciones Unidas para las Drogas y el Crimen

VIH Virus de la Inmunodeficiencia Humana

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ÍNDICE DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………...1

Capítulo 1…………………………………………………………………………………..8

1 Marco Teórico………………………………………………………………………...….8

1.1 Teorías generales…………………………………………………………………….....8

1.2 Teorías sustantivas………………………………………………………………….....19

1.3 Referentes empíricos…………………………………………………………………..29

Capítulo 2………………………………………………………………………………….35

2. Marco metodológico…………………………………………………………………....35

2.1 Metodología…………………………………………………………………………...35

2.2 Métodos……………………………………………………………………………….35

2.3 Premisa………………………………………………………………………………..36

2.4 Universo y muestra…………………………………………………………………...36

2.5 Cuadro: categorías, dimensiones, instrumentos, unidades de análisis (CDIU)……....37

2.6 Gestión de datos………………………………………………………………………38

2.7 Criterios éticos de la investigación………………………………………………...…38

Capítulo 3……………………………………………………………………………..….40

3 Resultados…………………………………………………………………………..….40

3.1 Antecedentes de la unidad de análisis…………………………………………..……40

3.2 Diagnóstico o Estudio de caso…………………………………………………..…...40

Capítulo 4………………………………………………………………………….…….44

4 Discusión……………………………………………………………………….….......44

4.1 Contrastación empírica……………………………………………………..……..…44

4.2 Líneas de investigación………………………………………………….………......44

4.3 Aspectos relevantes…………………………………………………….……………44

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Capítulo 5,……………………………………………………………………………….46

Propuesta………………………………………………………………………………...46

Conclusiones y recomendaciones…………………………………………………….…48

Bibliografía……………………………………………………………………………...50

Anexos…………………………………………………………………………………..54

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ÍNDICE DE TABLA

Tabla 1. CDIU (Categoría, Dimensiones, Instrumentos y Unidades de Estudio)……....37

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. Fines de explotación……………………………………...………………….12

Gráfico 2. Clases de tratantes…………………………………………...………………31

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RESUMEN

En el Ecuador, el 90 % de las víctimas son mujeres, de las cuales un 30 % son menores de

edad, de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas. Cada niña plagiada recibe un

promedio diario de diez a veinte clientes cuyo pago lo acuerdan con los captores, siendo

las menores, física y psicológicamente abusadas para que cooperen en el cometimiento de

este delito continuo. El objetivo general de este estudio es debatir la incidencia de la trata

de personas y tráfico humano en el Ecuador mediante un estudio de los instrumentos

jurídicos internacionales y la cooperación nacional e internacional para comparar y

analizar las repercusiones que tiene para el Ecuador. La metodología utilizada fue el

enfoque cualitativo, esta investigación es descriptiva, no experimental, exploratoria. En

cuanto a los resultados, se recopiló que, la violencia está siendo invisibilizada, porque la

están viendo como algo normal, teniendo como efecto el impacto negativo desde todo

ámbito, existe la necesidad de prevención a sectores estratégicos. El Estado ecuatoriano es

parte de acuerdos; sin embargo, debe fortalecerse políticamente para que las acciones

realizadas para la protección de víctimas o la lucha anti trata merezca un mayor

presupuesto, más aún, en cuanto a protección se refiere, considerando que, la trata de

personas y el tráfico humano son delitos que afectan los derechos humanos con

repercusiones de todo tipo tanto para la víctima como para la sociedad.

Palabras clave: INCIDENCIA - TRATA DE PERSONAS – TRÁFICO HUMANO

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INTRODUCCIÓN

Se propone presentar lo que, a nivel nacional e internacional, está sucediendo con

respecto a la incidencia de la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador; está

dirigido tanto para la población local como a la internacional, que serán los beneficiarios de

esta investigación. También, se analiza como la cooperación internacional podría favorecer al

sistema de la administración de justicia y a las víctimas que son los compatriotas que se

encuentran en otros países, con el propósito de buscar mejor nivel de vida, quienes en

ocasiones, son captados por delincuentes.

La delimitación del problema que es objeto del análisis, es la necesidad de

cooperación internacional para difundir lineamientos efectivos para que, en lo posible, sean

sancionados estos delitos inhumanos, para lo cual se ha recogido información que aporte a

este estudio, a través de la entrevista a expertos y/o profesionales.

El problema en el Ecuador, es que se ha detectado la carencia de recursos de todo tipo,

para el trabajo de la reducción del delito de la trata de personas, o en su defecto, la

erradicación del mismo. Existen muchas causas sin resolver y denuncias sin atender, debido

al minúsculo presupuesto que es asignado para esta actividad.

Así pues, el (Informe sobre Trata de Personas (TP), 2011, pág. 27) destaca que es

indispensable la colaboración en todo sentido de las ONG (organizaciones no

gubernamentales), debido a que los gobiernos, por lo general, no se encuentran en las mejores

condiciones para brindar un servicio integral a las víctimas de trata. Por ello, ha sido valiosa

la actuación de organizaciones no gubernamentales para una intervención inmediata en este

delito de trata de personas y tráfico humano.

Las causas de la trata de personas y del tráfico humano, son similares, tal como se

detallan a continuación: problemas económicos, no hay planificación familiar, desempleo,

costumbres viciosas y mínima aplicabilidad de políticas públicas, la migración, por lo tanto,

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los efectos adversos son: causa daño a las familias y a la sociedad, daños psicológicos, físicos

y atentado a los derechos humanos. Por ello, es indispensable, también, la actuación de

organizaciones no gubernamentales para una intervención inmediata en este delito de trata de

personas.

Por otra parte, las causas del tráfico humano según (Zimmerman, 2003) citado por

(Serrano, 2015) son: situaciones negativas que pasaron o pasan, la pobreza, la disgregación de

la familia, victimización familiar, abuso de confianza, falsas promesas de casamiento,

demagogia de un mejor estilo de vida. También ejerce influencia, el abuso por parte de

alguien que ejerce autoridad sobre la víctima, pudiendo ser los mismos padres, una pareja, o

cualquier situación de violencia, que pone a la parte ofendida en situación de vulnerabilidad.

Según (Piedra Celi, 2014, pág. 9) al tener como objetivo la apropiación de un ser

humano para fines de explotación, la trata de personas representa uno de los delitos más

lucrativos a nivel mundial. Entre los años 2013, 2014 y 2015 el grupo “Anti trata de

personas” de la Dirección Nacional de Policía especializada para niñas, niños y adolescentes

(DINAPEN), realizó informes de un mayor número de víctimas rescatadas de la explotación

sexual, que ascendió a cincuenta y cinco personas, y en lo laboral, se registraron una veintena

de personas (DINAPEN, 2015).

Así mismo, la Unidad contra el Delito de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes de

la Dirección Nacional de Policía Judicial e Investigaciones, desde el año 2013 a junio de

2015, se rescataron más de ciento sesenta víctimas de trata de personas que, en su mayoría,

eran mujeres de nacionalidades ecuatoriana, colombiana, cubana y venezolana. (Piedra Celi,

2014, pág. 40).

Por otro lado, según datos registrados por la (La Hora, 2012) citado por (Barragán

Carrión & Palacios Castro, 2013, pág. 9) la funcionaria Doris Moreno, Coordinadora de la

Unidad Anti trata de personas del Ministerio del Interior del Ecuador, en el año 2011, fueron

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registradas rutas de transporte de víctimas ecuatorianas; el 40 % de mujeres captadas, son

trasladadas por la ruta Ecuador – Caribe - Europa Central hasta China, y el Sudeste de Asia;

el 30 % viaja a Centroamérica, con el destino final de preferencia que, son los Estados Unidos

de América; el 20 % va a Colombia, y alrededor del 10 %, se mantiene en el Ecuador, en la

zona fronteriza con Colombia.

En el Ecuador, el 90 % de las víctimas son mujeres, de las cuales un 30 % son todavía

menores de edad, de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas. (ONU, 2012). Cada

niña plagiada recibe un promedio diario de diez a veinte clientes cuyo pago lo acuerdan con

los captores, siendo las menores física y psicológicamente abusadas para que cooperen en el

cometimiento de este delito continuo. También se han dado casos en que la víctima es

drogada si no coopera por voluntad propia. (UNICEF Ecuador, 2003).

Formulación del problema

La formulación del problema que se plantea es:

¿De qué manera influyen los instrumentos jurídicos internacionales en la posible

erradicación de la trata de personas y el tráfico humano en Ecuador?

El estudio de caso se justifica porque el planteamiento del problema se relaciona con

la escasa aplicación de políticas públicas y privadas para la cooperación nacional e

internacional, que aporten a disminuir y erradicar los delitos de trata de personas y el tráfico

humano en el país.

El delito de trata de personas y el tráfico humano son problemas que afectan a los

países del mundo entero, puesto que son delitos latentes, sea en el campo o en la ciudad,

dentro o fuera del país, incurriendo en todo tipo de maltrato. Las víctimas que caen con estos

tratantes de personas son utilizadas para las diferentes formas de explotación que existen,

siempre poniéndoles en cautiverio con el fin de infundirles miedo. El Estado Ecuatoriano ha

ratificado una serie de instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos y además ha

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creado una serie de instrumentos jurídicos nacionales que permiten desarrollar estrategias de

tipo normativa - políticas en beneficio de las personas que han sido afectadas por la trata de

personas con fines de explotación sexual.

Los efectos de esta problemática unificada y relacionada, tanto lo que es la trata de

personas y el tráfico humano, siguen provocando graves perjuicios a la humanidad, tales

como: la pérdida de la libertad y de dignidad humana, amenazas a la víctima y su familia, en

el caso de que quieran salir del cautiverio o escapen. Mientras que en el tráfico humano,

también es perjudicial, visto que se endeudan con los llamados coyotes y tienen que trabajar

hasta que la deuda “sea saldada”, reciben amenazas con perjudicar a sus familias, etc. Se

considera necesario que el Estado Ecuatoriano como miembro de la comunidad internacional

y demás países actúen coordinadamente con la sociedad civil para prevenir y sancionar de

forma efectiva, los delitos de trata de personas y tráfico humano; y así velar por la seguridad

de las personas, en especial, la de los grupos vulnerables.

La propuesta permitirá la difusión con bases sociales de refuerzo de los estándares de

eliminación de la trata y el tráfico humano, o por lo menos, su disminución, siendo la meta, su

erradicación. Así mismo, la incorporación de líneas estratégicas sobre el tema de este trabajo

de titulación especial, es de gran trascendencia y de importancia mundial, debido a que, en la

actualidad la trata de personas y el tráfico humano, se evidencian en los diversos países del

mundo, indistintamente de la región; en el Ecuador estos caso pueden ser socializados con

organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, para la búsqueda de fundamentos

teóricos y prácticos, con el fin de analizar los conocimientos técnicos hasta ahora

implementados acorde a esta problemática jurídica social.

El objeto de este estudio es la trata de personas y el tráfico humano. El campo será el

de analizar la situación problemática, que conlleva a lo antes mencionado y poder realizar una

difusión de los estándares para la disminución y total erradicación de estos delitos que tanto

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afectan a la sociedad. Los estándares son los protocolos, normativas, procesos, técnicas, en

otras palabras, todo lo que sirva para ejecutar algo concreto, en este caso, la erradicación de la

trata de personas y el tráfico de humanos en Ecuador.

El ámbito de este trabajo de titulación son el Derecho Internacional Público (DIP) y

los Derechos Humanos, específicamente la aplicación del Protocolo de Palermo (2002),

además de la normativa jurídica ecuatoriana y el Plan Nacional para el Buen Vivir (2013- -

2017). También, existen protecciones de carácter internacional que tienen el objetivo de

garantizar el bienestar humano, tomando en consideración, en todo sentido, el interés general

sobre el particular, que prevengan sancionen y reparen a las víctimas que hayan sido objeto

de este tipo de delitos considerados de lesa humanidad.

El campo de investigación se vincula con el Derecho Internacional, los Derechos

Humanos e Instrumentos Jurídicos Internacionales, Acuerdos de Cooperación Internacional -

Instrumentos Jurídicos Internacionales, así como los organismos internacionales

especializados, y entre los que se han considerado en esta investigación, están: Alto

Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Corte Interamericana

de Derechos Humanos (CIDH), Unidad Anti – Coyoterismo (COAC), la Organización

Internacional para las Migraciones (OIM), la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el

Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), la Organización de las

Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Fondo de las

Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), etc.

Además de los instrumentos que se destacan en esta investigación, que han sido

suscritos por el Ecuador, están: El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de

personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones

Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, adoptado en el 2000, introducido en

el 2001, vigente desde el (2003); el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los

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Derechos del Niño (2000) relativo a la venta de niños, la prostitución infantil, y utilización de

niños en pornografía; el Convenio # 182 de la OIT sobre la Eliminación de las Peores Formas

de Trabajo Infantil (1999); el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998); la

Convención sobre los Derechos del Niño (1990), la Convención sobre la eliminación de todas

las formas de discriminación contra la mujer de (1979); la Convención Americana sobre

Derechos Humanos (1969); la Declaración de Derechos Humanos (1959); el Convenio para la

Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (1951); el

Convenio para la represión de la Trata de Personas y la explotación de la prostitución ajena

(1949); el Convenio 29 relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio (1932); la Convención sobre

la Esclavitud (1927).

Objetivo General

Debatir la incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el Ecuador, mediante

un estudio de los instrumentos jurídicos internacionales y la cooperación nacional e

internacional, para comparar y analizar las repercusiones que tiene para el Ecuador.

Objetivos Específicos

Mientras que los objetivos específicos son:

1.- Distinguir la relación que tiene la trata de personas y el tráfico humano en el

Ecuador mediante investigación bibliográfica y documental; y, entrevistas a expertos.

2.- Enunciar aspectos internacionales, económicos y políticos del Ecuador con relación

al estudio de la cooperación internacional para la mitigación de la trata y el tráfico

humano en el Ecuador, a través de un estudio bibliográfico y documental, entrevistas a

expertos, para tener en cuenta la situación actual que atraviesa el país.

3.- Relacionar los resultados logrados para evaluar las circunstancias presentes en el

Ecuador, por medio de un análisis estadístico, entrevistas a profesionales expertos e

involucrados para conocer la importancia del tema que debe darse.

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La novedad científica está relacionada con un plan de acción para la difusión de los

estándares efectivos, tales como legislación interna, reglamentos, decretos, jurisprudencia,

protocolos internacionales relacionados a derechos humanos encaminados a la disminución

de la trata y el tráfico humano en Ecuador, para que sea posible su aplicación y poder aportar

a la sociedad con la propuesta planteada para el beneficio de todos los seres humanos, muchas

veces siendo los más perjudicados, los más vulnerables.

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CAPÍTULO 1

Marco Teórico

1.1 Teorías generales

Según documento de (Consejo de la Judicatura, 2016), registra que las Naciones

Unidas define a la trata de personas como un delito que atenta contra los derechos humanos a

más de veintiún millones de personas en todo el mundo (p. 2). La Convención de las

Naciones Unidas contiene disposiciones contra la delincuencia organizada transnacional,

contenidas en el Protocolo de Palermo (2002) que está encargado de hacer prevención,

represión y sancionar la trata de personas, con mayor énfasis en mujeres, niñas y niños y

conceptúa la trata de personas en el artículo 3 del citado Protocolo, como:

La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo

a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al

engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o

recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga

autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la

explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o

servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o

la extracción de órganos.

Otra alternativa en contra de este delito de lesa humanidad, es el Estatuto de Roma de

la Corte Penal Internacional, que fue aprobado en Roma, Italia, el 17 de julio de 1998 por la

Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el

establecimiento de una Corte Penal Internacional, y es el encargado de juzgar este tipo de

delitos graves en contra de la humanidad, es competente para el juzgamiento de delitos como

la esclavitud, esterilizaciones obligadas, crímenes de guerra, agresión, lesa humanidad,

genocidio, entre otros.

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Tal es el caso, que, ACNUR, citado por (Soriano, 2014, pág. 2) define el tráfico de

personas como:

“la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado de la cual dicha

persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o

indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material”. Agrega el

ACNUR, lo siguiente:

Según Soriano (2014) en su libro “Tráfico ilegal de migrantes en contenedores” opina

que las víctimas de trata y los sujetos objeto de tráfico, sean o no peticionarios de asilo, que

se ven obligados a estar a disposición de las redes delictivas internacionales, se hallan en un

escenario de gran vulnerabilidad y expuestos a todo tipo de vejámenes y agravios. (p. 3)

La trata de personas es un acto violatorio a la integridad humana, porque el propósito

de ésta es explotar a quien se convierte en víctima de redes organizadas, a través de cualquier

medio y para satisfacer cualquier demanda a cambio de un pago, siendo varias las formas y

fines de explotación. La mayor parte de los afectados son engañados fácilmente, a causa de su

vulnerabilidad. (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 2012).

Por otra parte (Naciones Unidas, 2014, pág. 3) en su Folleto Informativo No. 36 sobre

Los Derechos Humanos y la Trata de Personas, cita que el derecho internacional determina

una conceptualización diferente para la trata de niños, es decir, seres humanos hasta los 17

años, que asevera que no es indispensable que exista el “medio”; pero sí la exposición de una

“acción”, por ejemplo: la captación, la venta o la compra; y que ésta tenga como propósito la

explotación. Es decir, cuando el menor de edad sea obligado a hacer o dejar de hacer algo,

con el objetivo de ser explotado.

El luchar contra la trata se relaciona con los derechos humanos están fijamente

determinados. Desde sus inicios hasta hoy (2017), el respeto de los derechos humanos ha

sostenido y postulado, que es esencialmente impúdico, ilegal y criminal y atentatorio de

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cualquier forma a los derechos humanos, que se aprovechen de personas con fines de

explotación

Las Naciones Unidas a través de su Folleto Informativo No. 36, denominado “Los

Derechos Humanos y la Trata de Personas” registra que los derechos humanos prohíben todo

tipo de discriminación, inculpa y prohíbe la detención arbitraria, el trabajo forzoso, la

servidumbre por deudas, el matrimonio forzado y la explotación sexual de niños y mujeres, y

respalda el derecho de circular libremente, así como a salir y regresar al país de origen.

(Naciones Unidas, 2014, pág. 4)

El Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos

y la Directiva de la Unión Europea relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres

humanos; y, a la protección de las víctimas, califican a la trata de personas, como la violación

de los derechos humanos. La Asamblea General de las Naciones Unidas y el Consejo de

Derechos Humanos, y otros elementos internacionales de derechos humanos, se ratifican

varias veces que la trata de personas infringe y denigra derechos humanos fundamentales.

(Naciones Unidas, 2014, pág. 6)

Los derechos son universales según la Carta de las Naciones Unidas así como la

Declaración Universal de Derechos Humanos, son inherentes a todo ser humano,

indistintamente de su raza, sexo, origen étnico u otra condición. De hecho, las víctimas de la

trata tienen a su favor una gama de derechos humanos, aun cuando no estén dentro de su país,

puesto que, el derecho internacional público determina notoriamente la prohibición de

discriminación. Es decir, el derecho internacional de los derechos humanos es aplicado a

todas las personas que estén en el territorio o la jurisdicción del Estado, indistintamente de su

nacionalidad o ciudadanía y la forma cómo ingresaron al mismo. (Naciones Unidas, 2014,

pág. 7)

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También, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 2,

numeral 1, expresa:

“Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración,

sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra

índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.

Se puede entender, a criterio de (Casique, 2012, pág. 48) que, la vulnerabilidad se da

en una persona que está siendo violentada incluso desde su hogar. Por otro lado, (Casique,

2012, pág. 48) cita a Hoogeven (2005) quien asevera que: “la vulnerabilidad es la exposición

a riesgos que conducen a un nivel socialmente inaceptable de bienestar”. Así mismo cita a

Aday (2001) el mismo que atina en expresar: “como parte de la condición humana, todos

somos vulnerables en potencia”.

El concepto del delito de trata de personas se enmarca dentro del “Protocolo para

prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños”, y

complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada

internacional, firmada en la ciudad de Palermo en el año 2000. (Piedra Celi, 2014, pág. 9)

Según el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas (2000)

define a la trata de personas como un delito tipificado en la normativa nacional e

internacional, problema que también se define a este último nivel, como “forma

contemporánea de esclavitud”, aunque la trata de seres humanos tiene varias manifestaciones

que incluyen complejas formas de explotación.

Asimismo, los Estados partes de la Convención, condenan la discriminación contra la

mujer en todas sus formas y se comprometen a tomar medidas adecuadas incluyendo las de

carácter legislativo, para modificar, eliminar o derogar leyes, reglamentos, usos y costumbres

que promuevan o constituyan prácticas discriminatorias contra la mujer con el fin de

establecer una base jurídica de igualdad entre mujeres y hombres, y la protección efectiva de

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la mujer contra todo acto de discriminación. Se puede señalar a través de un gráfico, los fines

de explotación, según el artículo 3 del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata

de Personas, especialmente Mujeres y Niños (2000) entrado en vigencia en el 2003.

Referente a la trata internacional, (Piedra Celi, 2014, pág. 11) en su libro "Los

problemas relacionados con trata de personas y el tráfico de migrantes desde una perspectiva

del Derecho Internacional" opina que se realiza entre varios países, e implica cruce de

fronteras nacionales; en muchas oportunidades, la trata internacional está fuertemente

enlazada con el tráfico ilegal de migrantes, aunque sean de diferente carácter y no deben

confundirse. Es evidente que la trata de personas no viene por sí sola, está relacionada con

otros tipos de delitos, tales como: prostitución, pornografía, drogas, tráfico de humanos, etc.

Según Piedra (2014) dentro de los orígenes de este delito, está la pobreza en las

familias, la ausencia de educación tanto en padres como en hijos, la no inscripción de

nacimientos, la falta de ética de parte de padres o personas a cargo del menor, letra muerta de

la ley o insuficientes leyes, procesos de adopción, utilización de niños para todo tipo de

actividad.

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Gráfico 1. Fines de explotación

Fuente: (Piedra Celi, 2014, pág. 10) "Los problemas relacionados con trata de personas y el tráfico de

migrantes desde una perspectiva del Derecho Internacional". Elaborado por: Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla

Reclutamiento para

conflictos armados

Servidumbre

Fines de explotación

Mendicidad

Reclutamiento con

fines delictivos

Trabajos o

Servicios forzosos

Laboral

Sexual

Prácticas análogas a

la esclavitud

Esclavitud

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Y según (De Battista & Videla, 2016) el Protocolo de Palermo (2000) fue el

instrumento internacional inicial que conceptuó lo referente a la trata de menores, es decir, el

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y

Niños.

Los antecedentes del Protocolo de Palermo, según (Uribe, 2010, pág. 17), radicó en la

Conferencia Ministerial Mundial sobre la Delincuencia Organizada Transnacional,

desarrollada en Nápoles (Italia) del 21 al 23 de noviembre de 1994, adoptó la Declaración

Política y el Plan de Acción Mundial contra la Delincuencia Organizada Transnacional, en

donde fue establecida la necesidad de la creación de una Convención Internacional, misma

que fue aprobada por la Asamblea General de la ONU por medio de la Resolución 49/159 de

23 de diciembre de 1994.

Así pues, mediante Resolución 53/111 de 9 de diciembre de 1998, la Asamblea

General optó por crear un comité especial intergubernamental con el propósito de que sea

elaborada la Convención y que se someta a análisis la posibilidad de que se instrumente tres

Protocolos sobre temas específicos con referente a la trata de mujeres y niños; el tráfico ilícito

de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones; y el tráfico ilícito de migrantes.

(Uribe, 2010, pág. 17)

Estas problemáticas sociales se definieron cuando la Asamblea General se pronunció

con la Resolución número A/RES/55/25 de 15 de noviembre de 2000, al adoptar la propuesta

de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional,

complementándose con los siguientes tres Protocolos: Protocolo para prevenir, reprimir y

sancionar la trata de personas, en especial mujeres y niños, adoptado en el 2000, vigente

desde el 2003; el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire,

aprobado en el 2004, entrando en vigencia en el 2004; y el Protocolo contra la fabricación y

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tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, aprobado en el

2001, entrando en vigor en el 2005. (Uribe, 2010, pág. 17)

Estos instrumentos internacionales son conocidos como la Convención y los tres

protocolos de Palermo, fue resultado de un trabajo complejo, donde preliminarmente fueron

suscritos otros instrumentos internacionales concernientes contra el narcotráfico. (Uribe,

2010, pág. 17)

La OIM se fundó en 1951 y que, pese a que se centra en el problema social de las

migraciones, también desarrolla programas contra la trata de personas, que en Ecuador se

desarrollan a través de esta organización en cooperación con las autoridades competentes y

con aportación de la comunidad en general e incluso, a veces, de la empresa privada. Su sede

está en Ginebra, creándose mediante tratado desde septiembre de 2016, se asoció a las

Naciones Unidas.

Al 2017, la OIM cuenta con ciento sesenta y seis miembros y ocho observadores, a lo

que se suman setenta y seis organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, su

estructura es compleja y amplia, posee aproximadamente cuatrocientas cuarenta oficinas en

ciento cincuenta Estados.

Es así que, la OIM afirma que el delito de trata de personas, da un alto resultado

económico, aproximadamente diez mil millones de dólares por año, representan estas

víctimas, en especial, de mujeres y niños. De éstos últimos, según el sitio web (Humanium,

2016) recuperado el 08 de julio de 2017, indica que aproximadamente cuatro mil niños son

perjudicados por el delito de trata de personas. El término trata infantil en sí no es definido

universalmente.

En un documento de la (OIM, s.f., pág. 1) menciona los objetivos de desarrollo

sostenible (ODS) que reconocen la vulnerabilidad de los migrantes a la explotación y al

abuso. Así mismo, establece que la meta 5.2 apunta a erradicar toda clase de violencia contra

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todas las mujeres y las niñas, en el sector público y privado. Otra de las metas, es la 8.7 que

determina la adopción de medidas inmediatas y eficientes encaminadas a eliminar el trabajo

forzoso, terminar con los tipos actuales de esclavitud y la trata de personas y cerciorarse de

que se prohíba y elimine las peores formas de trabajo infantil, a las que es incorporado el

reclutamiento y el uso de niños soldados.

En 1965, la OIM empezó a ejercer actividades en Ecuador, trabajando conjuntamente

con socios del gobierno, intergubernamentales y no gubernamentales, esta organización tiene

programas y proyectos con relación a la naturaleza de su organización; sin embargo, se la ha

considerado dentro de esta investigación, por motivos de que mantiene programas de lucha

anti trata de personas, así como la asistencia de emergencia a personas que necesitan

protección internacional; el desarrollo de programas en relación al desarrollo, y también

actividades que optimizan las circunstancias de vida de poblaciones receptoras.

Según el sitio web (Naciones Unidas, 2016) recuperado el 08 de julio de 2017, indica

que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó un Plan de Acción Mundial para

Combatir el Tráfico de Personas, en el año 2010, urgiendo a los Gobiernos de todo el mundo

a combatir este flagelo. El plan urge a entablar una batalla contra la trata, en programas de las

Naciones Unidas para fomentar el desarrollo y refuerzo de la seguridad mundial. El Plan ha

proveído el establecimiento del Fondo Voluntario Fiduciario para víctimas del tráfico,

especialmente mujeres y niños.

Después, (Naciones Unidas, 2017) registra que la OIM está en el Ecuador, desde

1965, año en que esta organización empezó a desarrollar varios programas y proyectos de

desarrollo para aportar a la gestión del Estado ecuatoriano a fin de lograr mejores

condiciones de vida de la población y manejar dinámicas de la migración existentes. Agrega

el sitio web, que coordina asistencia humanitaria en caso de situaciones emergentes,

participando y promoviendo el derecho internacional público, debatiendo en el ámbito de la

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política y orientando en el sentido de proteger derechos fundamentales, dando apoyo a

programas de trata y tráfico de personas.

En el año 2013, la Asamblea General se reunió para evaluar el citado Plan de Acción

Mundial; los Estados miembros adoptaron la resolución A/RES/68/192 y designaron el 30 de

julio como “Día Mundial contra la Trata”. En la resolución, se señala que este día es

necesario para concienciar sobre la situación de las víctimas del tráfico humano; y, para

promocionar y proteger sus derechos. (Naciones Unidas, 2016)

El sitio de internet (UNICEF, 2016) del Fondo de las Naciones Unidas para la

Infancia, registra que su misión es proteger los derechos de niñas y niños para contribuir a sus

necesidades básicas; para esto, UNICEF se basa en las disposiciones y principios de la

Convención sobre los Derechos del Niño; entre los derechos reconocidos a las niñas y niños

están: el derecho a la igualdad, a la protección, a tener un nombre y una nacionalidad, a

alimentación, vivienda y atención médica adecuadas.

También están el derecho a la educación, a la comprensión y al amor, a la educación

gratuita, a divertirse y jugar, a atención y ayuda preferentes en caso de peligro, y a ser

protegido contra el abandono y el trabajo infantil. En 1959, las Naciones Unidas aprobó la

Declaración de los Derechos del Niño con el objetivo de reconocer diez principios

fundamentales que garantizan bienestar y desarrollo de las niñas, niños y adolescentes”.

(UNICEF, 2016)

Esto sirvió como base para la creación de la Convención sobre los Derechos del Niño;

el 20 de noviembre de 1989, adoptada unánimemente por la Asamblea General de las

Naciones Unidas, y a partir de 1990, entró en vigor. Desde entonces, ciento noventa y dos

países, la han firmado y ratificado, dentro de los cuales se encuentra Ecuador, habiéndose

convertido en herramienta legal de obligatorio cumplimiento, anotándose que en la misma,

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hay un comité de los derechos del niño, el cual supervisa su aplicación y la de tres protocolos

facultativos, desarrollados sobre temas específicos.

Estos temas específicos a los que se refiere el párrafo precedente, conforme (UNICEF,

2014) son: el protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la

participación de niños en conflictos armados adoptado en la Asamblea General con

Resolución A/RES/54/263 de 25 de mayo de 2000, vigente desde 12 de febrero de 2002; el

Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de

niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía infantil adoptada por

la Asamblea General con Resolución A/RES/54/263 el 25 de mayo de 2000, vigente desde 18

de enero de 2002, y el protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño

relativo a un procedimiento de comunicaciones aprobado por el Consejo de Derechos

Humanos, con Resolución 17/18, de 17 de junio de 2011.

El sitio web de (ACNUR, s.f.) registra que la trata y el tráfico de personas son delitos

que se han elevado de manera preocupante durante estos años, a causa de la difícil situación

que atraviesan los países en desarrollo, las limitaciones para entrar a un país considerado de

oportunidades, y porque al traspasar el tiempo, dichos fenómenos no han sido tomados en

cuenta, como problemáticas sociales sino de forma independiente.

El ACNUR define al tráfico como la facilitación de entrar a un país de forma ilícita, y

que esta persona no pertenezca a dicho Estado al que ingresa o que tenga calidad de residente

permanente, en búsqueda de ganar beneficios económicos y/o de otra índole. Añade que las

víctimas de trata y las personas objeto de tráfico, se encuentran en la eventualidad de estar

sometidos a las bandas criminales internacionales, por lo que, entran en situación de alta

vulnerabilidad y se exponen a abusos y maltratos.

Agrega, que tanto para las personas que se convierten en víctimas de estos tratantes así

como para las personas objeto de tráfico, podrían encontrarse con peticionarios de asilo, por

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ende, estas personas deben recibir protección internacional y ser ejercido el principio de no –

devolución, de ser el caso.

Según el Manual para la Lucha contra la trata de personas, Programa Mundial contra

la Trata de Personas de la UNODC (s.f., p. 16) citado por (OIM Ecuador, 2011, pág. 24)

expresa que a la trata de personas debe ser entendida como un conjunto de delitos, que no se

debe creer que la trata opera de forma independiente, éste delito se relaciona y tiene nexos

con muchos más, por ejemplo: el rapto, el plagio, desaparición forzosa de seres humanos,

sumado a ello, el tráfico de migrantes y/o la falsificación de documentos públicos debido a

que la víctima de trata consiente ser trasladada de un lugar a otro.

Así mismo, los Estados tienen el derecho de autorizar la detención y la deportación a

los que migran de forma irregular, para aquello, debe ser descartado, que los migrantes no

estén en calidad de refugiados, por consiguiente, aunque no tengan ese estatus migratorio,

deben respeto a éstos, brindando la seguridad respectiva y que no sean denigrados, por el

simple hecho, de buscar una mejor vida, pues el Protocolo de Palermo (2000) los ampara con

las disposiciones humanitarias, pues, por el hecho de ser parte del tráfico ilícito de humanos,

no deben ser maltratados en ningún caso.

El ACNUR realizó un programa con el objetivo de optimizar el marco jurídico para la

protección de refugiados y de quienes solicitan asilo de manera general, por consiguiente, este

organismo internacional emite recomendaciones a los Estados que se adhieren a la

Convención de Palermo y a sus Protocolos, se aseguran y, por consiguiente, solicitan a los

Estados partes, reciban las denuncias de personas objeto de trata, priorizando la de mujeres y

niños, para la petición de asilo debidamente fundamentadas y de la misma manera se

incorporen sanciones para los que se involucran en el tráfico y la trata de personas. (Soriano,

2014, pág. 3)

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De la Oficina de las Naciones Unidas para las Drogas y el Crimen (UNODC), (Brief,

2013) citado por (Cárdenas, 2014, pág. 24) en su libro "Males públicos globales y las

respuestas desde los regímenes internacionales. El caso del tráfico y la trata de personas en el

Ecuador. Años: 2009 - 2014", asevera que inicialmente funcionaba como aporte para la lucha

en contra del crimen organizado transnacional; posteriormente se mantenían con aportaciones

voluntarias para mínimamente ayudar a erradicar la problemática.

Teorías sustantivas

La trata interna, es aquella realizada dentro de un territorio nacional, en este caso, el

ecuatoriano, de una persona o algunas entre provincias, cantones, o dentro de una misma

ciudad inclusive, que ocasiona pérdida de lazos y debilita el trabajo de redes de apoyo,

propiciando una situación que contribuye a la explotación. (Piedra Celi, 2014, pág. 11)

El Ecuador ha ratificado instrumentos internacionales con respecto a derechos

humanos, se ha comprometido con respecto al tema de la trata de personas, lo que significa,

que cuando un Estado ratifica un instrumento internacional de derechos humanos es

indispensable cumplir con el compromiso, como, por ejemplo, crear estrategias educativas,

programas sociales y culturales; y, leyes que, de alguna forma, aminoren la peligrosa

actividad de antisociales, en especial en contra de mujeres y niños.

Los derechos humanos establecidos en el país, se encuentran registrados en artículos

de la Constitución de la República de Ecuador (2008), tal como artículo 11, basado en

principios fundamentales, especialmente los invocados en el numeral 2, al manifestarse que

todo individuo es igual y tendrá el mismo acceso, tanto en derechos como en deberes, y se

entiende deberán tener las mismas oportunidades. Será prohibida cualquier forma de

discriminación, así también será sancionada de ser el caso. El Estado Ecuatoriano tiene la

obligación de aplicar acciones positivas que fomenten la igualdad dirigida a personas que se

encuentren en evidente desventaja.

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Según cita el tratadista (Torres Chávez, 2006, pág. 56) referenciado por (Gualacata

Calapaquí, 2016, pág. 14) respecto a los derechos de los niños “hay que considerar como

contraparte que los padres deben corregir y guiar a sus hijos y que, puede entenderse mal,

esto de respetarse su libertad sin más limitaciones que las establecidas en la ley y, mientras

tanto, el desarrollo normal de un niño es lento hasta que se forme un “yo” equilibrado y con

discernimiento porque, justamente, van moldeándose, debido a una labor tesonera, la

dignidad, autoestima, honra, reputación e imagen propia”.

La normativa de la trata de personas en el Ecuador establece directrices para el delito

de la trata de personas, además ha ratificado ciertos compromisos tal como el Protocolo de

Palermo. (Defensoría del Pueblo de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; y,

Federación Iberoamericana del OMBUSDSMAN, 2016, pág. 41)

Igualmente, se cuenta con leyes orgánicas especiales en que se incluye la trata de

personas, como es el caso del Código de la Niñez y Adolescencia, Código Orgánico de

Organización Territorial (COOTAD), Autonomía y Descentralización; Código de Trabajo. A

nivel nacional, hay ordenanzas acerca de la trata de personas, enfocadas en la prevención y

protección a víctimas de trata, en el Municipio de Quito, en cantones como Lago Agrio,

Guamote, y Otavalo.

Por ejemplo, en el Código de la Niñez y Adolescencia del Ecuador, en su artículo 52

se encuentran expresadas las prohibiciones que afecten tanto la imagen como la integridad de

este grupo en especial, tal es el caso, de la prohibición de que niños, niñas y adolescentes

participen en pornografía o en actividades que no sean de su edad. Otro artículo es el 81 que

expone el derecho que tienen para no ser explotados laboralmente, y cualquier actividad que

impida se puedan educar y el artículo 82 de la misma ley, especifica la edad mínima para

trabajar que es de quince años, incluso pueden trabajar domésticamente, salvo disposiciones

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de este Código y las relacionadas a los instrumentos internacionales que tengan vigencia o

sean tomadas en consideración por el Ecuador.

Y en el artículo 3, literal a), inciso cinco del COOTAD, afirma la necesidad de que

todos los seres humanos son iguales y que tienen la misma accesibilidad a los derechos,

deberes y oportunidades, basados en los principios de interculturalidad y plurinacionalidad,

equidad de género, generacional, los usos y costumbres. También, el artículo 4 literal h, del

mismo cuerpo legal, expresa los fines de los gobiernos autónomos descentralizados, mismos

que se enmarcan a generar condiciones que permitan el ejercicio de derechos y principios

consagrados en la Constitución de la República, mediante un sistema de protección integral

de la población.

La ley laboral, para evitar la explotación laboral, en su Código de Trabajo del

Ecuador, Capítulo VII, Del trabajo de mujeres y menores, artículo 134, prohíbe el trabajo

infantil y el de adolescentes, cualquier tipo de trabajo, en niños menores a quince años, y

dentro de las sanciones para aquellos empleadores que incumplan, están el cierre del negocio,

y el pago a la doble remuneración al menor de quince años además de todos los derechos

laborales y sociales que le corresponda.

El (Boletín de Prensa No. 2, 2013, pág. 1) de la Fundación Alas de Colibrí indica que

junio es el mes contra la Trata de Personas en el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), por

lo que, organizaciones de ciudadanos que pertenecen a la red anti trata y otros grupos sociales

trabajan mancomunadamente para sensibilizar y educar referente a la temática de Trata de

Personas, dando cumplimiento a una de las ordenanzas, que es la No. 246, emitida el 07 de

febrero del 2008, misma que señala:

“Regula la protección integral de niños, niñas y adolescentes contra la Explotación

Sexual en el DMQ”.

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Con respecto a las ordenanzas del cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, la

(OIM, 2013, pág. 24) está la “Ordenanza que reglamenta el control y expendio de bebidas

alcohólicas en licorerías, salones, cantinas, billares, discotecas, peñas, karaokes, bares,

tiendas, comisariatos; y el control y prevención de infecciones de transmisión sexual y el

Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de la Inmunodeficiencia

Adquirida (SIDA) mediante el uso de preservativos en moteles y hoteles, así como también

donde se ejerce el trabajo sexual, cabarets, prostíbulos, casas de citas, burdeles y más

negocios relacionados con el trabajo sexual.”

Esta ordenanza fue aprobada en el 2008, por lo que, dentro de su competencia está, el

otorgar permisos, horarios, inspeccionar los lugares sujetos de control, así como espacios

donde se realiza el trabajo sexual y todo lugar relacionado con ello.

Otra Ordenanza es la que determina políticas encaminadas a impulsar la equidad de

género y prevenir y erradicar la violencia intrafamiliar y de género en el cantón Lago Agrio,

vigente desde el 2010, radica en eliminar toda agresión intrafamiliar y de género en el cantón

Lago Agrio; es así como el artículo 2 dispone que, el Municipio de Lago Agrio tiene que

incorporar o haber ya incorporado los respectivos de lineamientos para alcanzar estos fines.

(OIM, 2013, pág. 25)

Por otro lado, el artículo 4, establece que el Municipio del cantón Lago Agrio, debe

regular la creación y desarrollo de los planes y programas preventivos y eliminación de toda

violencia, precautelando que se incluya a las mujeres y que participen los ciudadanos. Y por

último, está el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Lago Agrio, donde

su propuesta está alineada a que se gestione dentro de la circunscripción del territorio, para

incorporar sistemas de protección integral, denominado “Plan de erradicación de la trata de

personas”, vigente desde el 2012. (OIM, 2013, pág. 25)

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24

Conforme la información registrada en la (OIM, 2013, pág. 24) el cantón Guamote de

la provincia de Chimborazo, tiene normativas jurídicas, tales como el Reglamento que regula

la administración del fondo Municipal de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia del

cantón Guamote, este reglamento es obligatorio tanto para organismos de la localidad e

instituciones públicas y privadas que son parte del Sistema Descentralizado de Protección

Integral a la Niñez y Adolescencia en el cantón Guamote, que tiene como fin cerciorar que se

vigile, que se ejerza, sean exigidos los derechos de niños, niñas y adolescentes, también

recalcan la restitución. Este reglamento abarca dicha circunscripción territorial.

Por otra parte, está la Resolución 009 del Concejo Cantonal de Niñez y Adolescencia

del cantón Guamote, que está dictada para que se haga cumplir las políticas de Estado, planes,

programas o proyectos del cantón Guamote para garantizar la Protección Integral a la Niñez y

Adolescencia. También, está la Ordenanza para la creación del Comité de Protección y

Desarrollo Integral de la Mujer y la Familia, su funcionamiento y políticas públicas para la

igualdad, prevención y erradicación de la violencia de género en el cantón Guamote,

aprobada por el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón

Guamote, en el 2011. (OIM, 2013, pág. 25)

Esta ordenanza mencionada en el párrafo anterior, tiene dentro de sus objetivos,

fomentar el derecho de la mujer, garantizar una clase de vida sin violencia, implantar espacios

para evitar cualquier clase de violencia hacia el sexo femenino y núcleo familiar, eliminando

toda discriminación, impulsando la igualdad y equidad, así como la interculturalidad para

conseguir el principio del buen vivir. Este comité es un contexto donde podrán discutir las

acciones que se dan o deban darse para el respeto a los derechos humanos. (OIM, 2013, pág.

25)

Así mismo, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del

Cantón Guamote, en el 2011, aprobó la Ordenanza creación, conformación y funcionamiento

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25

del Consejo de Seguridad Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del

cantón Guamote, la misma que tiene el fin de encontrar las estrategias indispensables para

brindar seguridad al cantón Guamote, disminuyendo el impacto psicológico y social nocivo,

en miras de optimizar el nivel de vida, además de la elaboración de políticas públicas de la

localidad, el desarrollo de actividades donde participe la ciudadanía, mejorar todos los tipos

de recursos y capacitar al cantón. (OIM, 2013, pág. 26)

Finalmente, se encuentra la Ordenanza para la conformación del Sistema Cantonal de

Protección Integral de Derechos, aprobada en el 2013, en sesión de Concejo Municipal de

Guamote, abarca cinco aspectos, en cuanto a igualdad se refiere: intergeneracional,

discapacidades, movilidad humana, género y étnicas.

Mientras que la noticia general (OIM y el Municipio de Otavalo publican y socializan

la ordenanza municipal para la prevención y erradicación de la trata de personas, 2017)

publicada en el sitio web de la ONU recuperado el 06 de agosto de 2017, el cantón Otavalo de

la provincia de Imbabura, socializó la Ordenanza Municipal para la Prevención y la

Erradicación de la Trata de Personas y la Protección Integral de las víctimas de este delito,

basada en la asistencia técnica de la OIM para la elaboración y socialización de la misma,

como cooperación.

Así pues, el Municipio de Otavalo socializó mediante campañas preventivas a

instituciones educativas, contra la trata de personas, y dentro de su contenido, está la

importancia de un análisis al momento de aceptar propuestas laborales, puesto que, es una

forma de captación.

La Defensoría Pública del Ecuador asevera que la trata de personas ha sido incluida en

el Plan Nacional del Buen Vivir; la Agenda Nacional de Igualdad para Movilidad Humana; y

la Agenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional, todo ello, entre los años 2013 y 2017.

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(Defensoría del Pueblo de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; y, Federación

Iberoamericana del OMBUSDSMAN, 2016, pág. 41)

Asimismo, el documento “Trata de Personas” del (Consejo de la Judicatura, 2016)

indica que han realizado un trabajo preventivo y de sensibilización a operadores de justicia,

desde abril del 2016, con un curso denominado “Formas Extremas de Violencia: Femicidio y

Trata”, que capacitó a jueces y juezas de primer y segundo nivel, fiscales y defensores y

defensoras públicas en todo el país en temáticas referentes a la trata de personas.

Ha sido ampliada esta tipificación en el año 2014, estableciendo sanciones para

diversas modalidades de explotación, y tipifican a la prostitución forzada, y a la esclavitud,

como actos delictivos de lesa humanidad. En ese sentido, el tema de la trata de personas está

inserto en la normativa interna, en la Constitución, y en la sección segunda, artículos 91, 92,

93 y 94 del Código Orgánico Integral Penal del Ecuador (COIP), concerniente a la trata de

personas.

Tal es el caso, el artículo 91 del COIP refiere la Trata de personas, como la acción de

captar, transportar, trasladar, entregar, acoger o recibir, sea de forma personal o por una

tercera persona, desde el país o para otros países, con el propósito de explotar a las víctimas,

esto es, delito de trata de personas. Y dicha explotación es todo acto que tenga por objeto,

obtener ganancias económicas, o en su defecto, algo inmaterial o que produzca ingresos para

beneficio propio o para otro, a través de la imposición de cómo debe trabajar o vivir, en este

caso, de la potencial víctima.

Es añadido al artículo 91, que, dentro de las acciones que se da en la actividad de trata

de personas, están el comercio ilegal de órganos, que previamente son extraídos

criminalmente, así como genes de seres humanos vivos. Por otra parte, se da en la explotación

sexual, el uso de niños para pornografía, el turismo con fines sexuales, la prostitución a la

fuerza. Mientras que en el ámbito laboral, se dan irregularidades en cuanto a la falta de

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formalidad en el trabajo, llegando a ser explotados laboralmente, el obligar a alguien a

trabajar, servidumbre a causa de deudas.

En el ámbito personal se entiende cuando son utilizados los sentimientos de la

persona, como ofrecerles matrimonio cuando la intención real no es esa, la convivencia en

unión de hecho temprana como parte de pago o para procrear hijos y posteriormente ser

negociados. De ahí se derivan las adopciones fraudulentas de niños, niñas y adolescentes.

Otro asunto que se da en la trata de personas, en la mendicidad que, mayoritariamente se

detecta en menores de edad, también son reclutados a la fuerza para conflictos armados o para

que realicen actos ilícitos castigados legalmente, y finalmente, cualquier situación que

conlleve a ser explotados.

Las sanciones son establecidas en el artículo 92 de la citada ley, es castigada desde

trece a dieciséis años de reclusión, si se trata de que la víctima esté dentro de los grupos de

atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad, o que entre la víctima y el que

ejecuta el delito hay una relación consentida de afectividad, o que dependa económicamente

de esa persona, o que sea autoridad civil, militar, educativa, religiosa o laboral, es castigada la

trata de personas desde dieciséis a diecinueve años con pena privativa de libertad.

Así pues, si la víctima a causa de la trata de personas, ha sufrido enfermedades o

trastornos psicológicos o daños físicos que no tengan reversión, la pena es desde diecinueve

a veintidós años, más si se ha producido la muerte a causa de este delito, es penada desde

veintidos a veintiséis años. Con respecto a la situación legal de la trata de persona, ésta es

perseguida independientemente de que se produjera otros delitos concatenados.

En el siguiente artículo 93, se registra el Principio de no punibilidad de la víctima de

trata, el que establece que la víctima no será castigada por el hecho de haber sido sujeta de

trata ni será sancionada o impedida por concepto de leyes migratorias, cuando las

irregularidades han sido cometidas por causa de la ejecución de actividades ilícitas a las que

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han sido obligadas. Finalmente, el artículo 94 del COIP establece sanciones con multas de

cien a mil salarios básicos unificados del trabajador en general y la extinción de la misma,

cuando son personas jurídicas.

El artículo 95 se refiere a la actividad ilegal con respecto a órganos y tejidos, indica

que, la persona que haga beneficio de los órganos, partes o cualquier sustancia del cuerpo de

humanos vivos, serán castigados con la privación de libertad de trece a dieciséis años, si ésta

ha sido ocasionada a personas en situación de vulnerabilidad, que provoca la muerte de la

persona, la privación de la libertad, será de veintidós a veintiséis años. (Código Orgánico

Integral Penal, 2014)

El país ha ratificado instrumentos internacionales acerca de derechos humanos, y

también instrumentos jurídicos nacionales para desarrollar estrategias jurídico – políticas, en

beneficio de personas afectadas por la trata y tráfico ilegal de migrantes, así como para su

protección. Se detallan a continuación normativas nacionales e internacionales, en referencia

a este problema, y relevantes aspectos sobre ellas:

Por otra parte, el artículo 45 de la Constitución, estatuye que niñas, niños y

adolescentes deben ser protegidos tanto físicamente como psicológicamente, tienen derecho a

identidad, nombre y ciudadanía; a la atención sanitaria, a recrearse, a tener un seguro social, a

educarse, a hacer deporte, participar culturalmente, etc.

El artículo 46, numeral 2, determina que es deber del Estado proteger a los niños,

niñas y adolescentes, de una forma especial contra cualquier tipo de explotación laboral o

económica. La ley prohíbe que trabajen niños que tengan menos de quince años, por lo que,

el Ecuador tiene la responsabilidad de incorporar políticas para impedir el trabajo infantil, es

decir, evitar que este problema social aumente. Será una excepción, la actividad laboral de

adolescentes, lo que no deberá obstruir el derecho a educarse. Cabe señalar que el trabajo no

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debe ser peligroso ni nocivo que vaya afectar su estado de salud o su desenvolvimiento.

Siempre y cuando se cumplan estas condiciones, será permitido el trabajo en los adolescentes.

Mientras que el artículo 66 de la misma normativa, numeral 29, registra los derechos

de libertad y garantiza que todos desde el nacimiento son libres, por lo tanto, está prohibido

esclavizar, explotar, traficar y ser partícipe de la trata de personas, en todo sentido, siendo

obligación del Estado ecuatoriano prevenir y erradicar la trata de personas, y al encontrarse

con estos casos, tienen el deber de proteger y reinsertar a las víctimas de este delito inhumano

y violatorio que haya privado de la libertad a la persona.

Además, ninguna persona puede ser retenida en contra de su voluntad por cualquier

compromiso de deuda, costas, multas, tributos ni cualquier otra obligación, salvo excepción

de la obligación de pensión de alimentos, por primar el principio del interés superior del niño,

además tampoco podrá ser coaccionada a hacer cosas prohibidas o a dejar de hacer algo que

no está prohibido.

Además, el artículo 340, de la Constitución determina que el sistema jurídico

ecuatoriano es inclusivo y equitativo socialmente, que está coordinado entre instituciones con

el fin de salvaguardar los derechos consagrados en la Constitución y que se cumplan los

objetivos de desarrollo, por consiguiente, el Estado ecuatoriano debe establecer un sistema

protector a su población, asegurando una calidad de vida adecuada y anhelada por todo ser

humano, como por ejemplo, a no ser discriminado, y en caso de pertenecer a grupos que

requieran atención especial, se considere su estado salud, su edad, su condición de vida, o

cualquier forma de discapacidad.

También el artículo 393 de la Constitución, ampara la seguridad humana mediante

políticas y acciones, en la búsqueda de una armónica convivencia entre las personas, y así,

fomentar una cultura de paz y prevenir toda clase de violencia y discriminación, planificando

y aplicando políticas de Estado en varios niveles gubernamentales.

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Referentes Empíricos

Según expertos, en el Ecuador, por ejemplo, en la opinión de Lizeth Piedad en su libro

"Los problemas relacionados con trata de personas y el tráfico de migrantes desde una

perspectiva del Derecho Internacional", (p. 9) la trata proveería más ganancias que el tráfico

de estupefacientes, y sólo sería superada por el tráfico de armas. La magnitud que este delito

va adquiriendo en el país es preocupante, es parte de la responsabilidad institucional y social

enfrentar este tipo de delitos.

La trata de personas es una actividad delictiva del crimen organizado que implica una

grave violación de derechos, puesto que abarca diversas características. Por su ubicación

geográfica, el país es sitio de tránsito de presuntas víctimas provenientes de zonas de

conflicto y de países fronterizos, de paso hacia otros destinos; el Ecuador también es país de

origen de potenciales víctimas, especialmente niñas, niños y adolescentes desarraigados de su

entorno para ser explotados de distintas maneras. (Piedra Celi, ”Los problemas relacionados

con trata de personas y el tráfico de migrantes desde una perspectiva del Derecho

Internacional”,2014, Pag.9)

En el criterio de (Fernández, 2011, págs. 14 - 15) indica que en el caso de las mujeres

que llegan a España, viajan con la fantasía de vivir mejor, y son coaccionadas a pagar

bastante dinero por concepto del viaje a bandas delictivas organizadas, por lo que,

posteriormente pagan teniendo relaciones sexuales con clientes en distintos locales. Estos

actos son la evidencia de una transgresión a los derechos humanos de la mujer, utilizando

para el efecto presiones de dinero y de poder.

Concordando con el criterio de (Soriano, 2014) cuando afirma que existen muchos

casos de trata de personas y tráfico de personas, condujo a la Organización de las Naciones

Unidas (ONU) a elaborar el Protocolo para prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes,

y a impulsar la cooperación entre los Estados partes, así como acudir a la colaboración

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internacional, a fin de unir fuerzas para prevenir este delito, a la par de otorgar protección a

los derechos de las personas que migran, centro de dicho tráfico.

Efectivamente, como indica (Soriano, 2014), la ONU se ha visto en la necesidad de

crear protocolos para el beneficio de la humanidad con el objetivo de proteger al ser humano

de los delitos de lesa humanidad, como prevención de las personas que buscan cruzar

fronteras y de las que son captadas para ser esclavizadas. Son dos delitos que son activos

económicamente, y que, conlleva a fomentar una cooperación a nivel nacional e

internacional, para combatirlos, existiendo una correlación entre ellos (delitos).

De acuerdo con datos estadísticos oficiales y de estudios realizados sobre la temática,

la mayor parte de víctimas de trata son principalmente mujeres, niñas, niños y adolescentes,

siendo las niñas y niños, los grupos en potencial riesgo de ser víctimas de la trata de personas

en distintas modalidades, en casos con fines de explotación sexual y laboral como el trabajo

en minas, mendicidad, servidumbre doméstica, todo lo anterior, con reclutamiento forzado.

Según un estudio efectuado por OIM & UASB (2012) citado por (Piedra Celi, 2014,

pág. 40) acerca de la trata de personas en la frontera sur del Ecuador, las niñas y niños

indígenas, y de sectores rurales, son las agrupaciones más afectadas por actividades delictivas

realizadas en esta clase de trata, entre otras.

De los criterios expuestos se deduce que, niñas, niños y adolescentes, son el objetivo

principal a ser secuestrados o sustraídos de sus hogares, con ilícitos propósitos. En el tráfico o

trata de aquellos, se emplean métodos coercitivos de violencia física, psicológica y sexual,

amenazas, violencia, engaño, de lo cual se valen los delincuentes para obligar a sus víctimas a

realizar actos reñidos con la moral, y en el caso de que medie el consentimiento de los

menores, igualmente constituye delito; son muchos los medios empleados para combatir estos

actos delictivos, sin que esto sea suficiente para erradicar la trata de personas. (p. 18)

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Según señaló la coordinadora Moreno, de la citada Unidad Anti trata de Personas del

Ministerio del Interior del Ecuador, los tratantes son clasificados, así: 69 %, son hombres; el

28 %, mujeres; y un 3 %, de otras identidades genéricas”. (Barragán Carrión & Palacios

Castro, 2013, pág. 9).

Gráfico 2. Clases de tratantes

Fuente: (Barragán Carrión & Palacios Castro, 2013, pág. 9)

Elaborado por: Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla

Los tratantes, como lo señalan los autores Barragán & Palacios (2013) en su libro,

¡No! Que La Trata No Te Toque: Campaña de Información y Sensibilización Sobre el

Delito de Trata de Personas, (p. 9) pueden ser personas conocidas, o presentarse, siendo

desconocidas, vivir en el mismo barrio, hacer creer que son amigos, y hasta ser familiares

de la posible víctima; acostumbran acercarse, amable o amistosamente a sus posibles

víctimas, a las que hacen invitaciones, dádivas, les facilitan dinero como regalo, ofrecen

viajes, el trámite de documentos para ir al extranjero, se inventan oportunidades de trabajo,

aparentemente para mejoras de la calidad de vida de la persona incauta.

Dentro y fuera de un país hay tratantes de personas, los cuales aducen que el dinero

“no es problema”, y lo dan prestado para solventar gastos del viaje, o ellos pagan “todo”

69%

28%

3%

Hombres

mujeres

Otro género

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para, más adelante, obligar a las víctimas, sin sueldo ni aliciente alguno de remuneración, a

pagar deudas que, a base de engaños, contrajeron. (Barragán Carrión & Palacios Castro,

2013, pág. 9)

El Estado ecuatoriano ha luchado activamente contra la Trata de Persona desde

Quito, capital de la provincia de Pichincha, donde se desarrolló la campaña “Abramos los

ojos, la trata es un delito”, que arrancó el 11 de julio de 2015, auspiciada por el Ministerio

del Interior, intenta que la ciudadanía tome conciencia sobre la trata de personas. Qué

prácticas acostumbran hacer los tratantes, cómo hacer una denuncia, y qué hace el Estado

para afrontar este problema. (Morejón, 2015)

La campaña se llevó a cabo mediante formas audiovisuales en las cuales, artistas

nacionales y posteriormente internacionales, participaron para contrarrestar la trata de

personas, indicando a la ciudadanía como los tratantes disfrazan este delito que atenta

contra los derechos humanos, además de prevenir a niños y niñas, a través de medios

educativos y de comunicación. (Ministerio del Interior, s.f.)

Según (Morejón, 2015) en el año 2014, la Unidad contra el delito de trata de

personas, tráfico de migrantes y grupo anti trata de la DINAPEN, rescató más de

doscientas víctimas en treinta operativos que sumaron setenta personas detenidas. El

trabajo con el slogan “Abramos los ojos, la trata es un delito” es en coordinación con

instituciones como la Fiscalía General del Estado, el Consejo de la Judicatura, Ministerio

de Inclusión Social, y Ministerio de Salud.

En efecto (Bravo, 2012, pág. 25) opina que han sido detectados casos de

explotación sexual, siendo los tratantes, también, los propietarios de sitios de distracción

nocturna. En su mayoría, se presencia que las víctimas que son explotadas sexualmente,

son en su mayoría mujeres mayores de edad, así como adolescentes ecuatorianas y

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extranjeras; no obstante, también se encuentran en este grupo, niñas, niños y hombres de

toda edad.

Mientras que, en la trata laboral, estas bandas delictivas se introducen con la

familia y amigos de la víctima, marcándose más en las comunidades indígenas, siendo

afectadas mayoritariamente los niños, niñas y adolescentes a quienes trasladan a ciudades

principales ecuatorianas o a terceros países, entre esos están: Colombia, Chile, Venezuela,

entre otros. Además, ciudadanos de estas nacionalidades son traídos al país para ser

explotados laboralmente. A aquello, se agrega que los niños, niñas y adolescentes son

utilizados para expender drogas, robar y ser reclutados para conflictos armados. (Bravo,

2012, pág. 26)

Por otra parte, el sitio web (CHS Alternativo, 2017) da a conocer que existe una

ONG llamada Capital Humano y Social Alternativo (CHS Alternativo) que se encuentra

ubicada en Lima - Perú, dentro de sus objetivos sociales, está apoyar a las personas,

organizaciones y a la sociedad en general, alineados dentro del marco de los derechos

humanos. Nacionalmente, hace presencia a través de sus proyectos. Esta ONG tiene estatus

consultivo ante la ONU y la OEA (Organización de los Estados Americanos).

CHS Alternativo define a la trata de personas como un delito contra la libertad,

mediante la cual captan, trasladan y explotan a las personas. Es una ONG especializada en

perseguir los delitos de trata y tráfico humano, por ejemplo, la explotación sexual de niños,

explotación infantil en el trabajo, así como el tráfico ilícito de migrantes y de

desaparecidos como fenómenos sociales. De hecho, (Querol, 2013) manifiesta casos, en su

libro “Más allá del Rescate de las Víctimas. Trata de personas: buenas y malas prácticas en

la protección de sus derechos”.

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CAPÍTULO 2

Marco Metodológico

2.1 Metodología

Esta parte del estudio tiene como objetivo explicar qué tipo de investigación,

modalidad de investigación, población y muestra se utilizó, las técnicas e instrumentos

para la obtención de datos, que sirvieron para la elaboración del Trabajo de Titulación

Especial, denominado: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el

Ecuador”; para posteriormente analizar el contenido de la misma.

Por lo que, se considera que el enfoque es cualitativo, esta investigación es

descriptiva, no experimental, exploratoria, por consiguiente, se realizó un análisis de la

información brindada por profesionales expertos que están inmersos laborando con

relación al título de este estudio, es decir mantienen relación con el objeto y campo de

estudio, por lo que, se obtuvieron aspectos importantes con respecto a la trata de personas

y tráfico humano.

2.2 Métodos

Los métodos teóricos que se utilizaron en esta investigación fueron: bibliográficos,

documental, y de la problemática en teoría relacionada con la práctica. Y como valor

agregado, se utilizó los métodos empíricos aplicando la entrevista para recopilar los

conocimientos y/o experiencia del entrevistado involucrado en el tema, con el objetivo de

aportar al trabajo de titulación. El diseño de esta investigación es no experimental, debido

a que la investigación fue analizada bajo las características del fenómeno de la trata de

personas y el tráfico humano.

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2.3 Premisa

Los instrumentos jurídicos internacionales influyen positivamente en la posible

erradicación de la trata de personas y el tráfico humano en Ecuador.

2.4 Universo y Muestra

Universo

El universo de este estudio de casos, son las instituciones públicas, privadas,

organizaciones no gubernamentales, que trabajan en favor de los derechos humanos y que

a su vez son parte del sujeto “Estado ecuatoriano” en relación al Derecho Internacional

Público.

2.5 CDIU – Operacionalización de variables

Tabla 1. CDIU (Categoría, Dimensiones, Instrumentos y Unidades de Estudio)

Categoría Dimensiones Instrumentos Unidades de

Estudio

Derecho

Internacional

Derechos Humanos

Derechos Internacional Público

Cooperación Internacional

Bibliografía

Entrevistas

Instrumentos

jurídicos sobre

Trata de Personas

y Tráfico

Humano

Convención de las

Naciones Unidas

contra la

Delincuencia

Organizada

Transnacional

Protocolos de Palermo

Bibliografía

Trata de Personas

Normativa jurídica

ecuatoriana

Constitución de la República

del Ecuador

Código Orgánico Integral Penal

Código de la Niñez y Adolescencia

Código de Trabajo

Bibliografía

Entrevistas

Políticas de

Estado,

Convenios

suscritos sobre la

temática

Fuente: Resultados propios de la investigación

Elaborado por: Lcda. Norka Cassandra Vinces Lamilla

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2.6 Gestión de datos

Considerando que la unidad de análisis es la incidencia de la trata de personas y

tráfico humano en el Ecuador, se puede señalar que la gestión de datos ha podido ser

elaborada, fundamentadas en las contestaciones a la entrevista aplicada a funcionarios

públicos, conocedores del tema, que se encuentran trabajando actualmente (2017) en

instituciones públicas del Ecuador y conocen el fondo del estudio, a causa de sus

actividades laborales, por ende, sus aportes son indispensables para la elaboración de la

propuesta.

De hecho, se utilizó la técnica de la entrevista porque permite un análisis

cualitativo, este método que se aplicó desprende características de cada entrevistado, es

decir, la perspectiva que tiene frente a la temática, aplicándose a un gestor, un aplicador y

un beneficiario y en su orden, son: la Ingeniera María Fernanda Revelo Benavides,

Coordinadora de la Unidad contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del

Ministerio del Interior del Ecuador quien fue delegada por Diego Tipán Naranjo,

Subsecretario de Seguridad Interna, subrogante quien es Abogado, Especialista en

Derechos Humanos y Master of Criminology; al Abogado Jhovany Polivio González

Valero, Especialista en Derecho Penal y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y

Criminología y Juez de Garantías Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo;

y la Mayor de Policía María Belén Escobar Machado, quien es jefe DINAPEN Z8 del

cantón Guayaquil.

2.7 Criterios Éticos de la investigación

La elaboración de este trabajo de titulación especial es desarrollada, puesto que, en

la práctica diaria se ha detectado muchos casos con respecto a la incidencia de la trata de

personas y tráfico humano en el Ecuador, y se ha citado debidamente al utilizar

bibliografía de otros autores, ingresando la misma en referencias bibliográficas, normas

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American Psychological Association (APA), sexta edición. Dentro de los criterios éticos

de la investigación, se puede indicar que se ha creado el contenido en base a la ética y al

buen juicio de lo que significa honestidad, y finalmente, desde la óptica de la normativa

jurídica y demás leyes.

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CAPÍTULO 3

Resultados

3.1 Antecedentes de la unidad de análisis o población

El protocolo de preguntas constó de seis preguntas, las mismas que se diseñó

tomando en consideración, el campo, el objeto de estudio y las soluciones requeridas. Ha

sido posible la obtención de información, gracias a que los entrevistados participaron en

este estudio, con la información y las entrevistas que fueron personalizadas.

3.2 Diagnóstico o estudio de campo

Pregunta 1:

¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en el tiempo, que se mantienen vigentes y

fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?

Los entrevistados coinciden que dentro de las causas del delito de trata y tráfico

humano está la pobreza, la desigualdad y violencia de género o violencia en general. La

Mayor de Policía destaca que la violencia está siendo invisibilizada por las personas

porque la están viendo como algo normal. En cuanto a los efectos es mencionado el

impacto en todo ámbito integral que reviste a un ser humano, en cuanto a salud,

psicológicamente, físicamente, etc.

Pregunta 2:

Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y

políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y

el tráfico humano en el país?

Las expertas convergen en la necesidad de prevención a sectores estratégicos así

como puntos focales en cada país, la planificación y desarrollo de actividades preventivas,

entre ellas, la sensibilización, la socialización, etc.

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A nivel internacional, puntualizan que el Ecuador es parte de acuerdos y que sí

existe coordinación y cooperación con la policía de varios países, por lo que trabajan en

cooperación internacional, por ejemplo, la Coordinadora de la Unidad contra la Trata de

Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del Ministerio del Interior del Ecuador, la

Ingeniera Revelo Benavides sugiere tomar en cuenta las recomendaciones de la ONUDC

en sus informes (2014 y 2016).

A nivel económico, se recopila la necesidad que se tiene de que se organicen a

nivel de gobiernos autónomos descentralizados, así mismo, como el sector productivo,

como por ejemplo, creando fuente de trabajo y programas de emprendimiento, para forjar

emprendedores productivos dirigidos a comunidades de atención prioritaria, los más

vulnerables.

A nivel político, la Mayor de Policía Escobar, refiere que no es sujeto de política,

por lo que, como tal no interfiere al respecto. Ellas coinciden en que debe trabajarse en

campañas activamente con sectores claves. La profesional, Ingeniera Revelo, destaca algo

importante en su entrevista, que debe fortalecerse políticamente para que las acciones

realizadas para la protección de víctimas o la lucha anti trata merezca un mayor

presupuesto, más aún, en cuanto a protección se refiere.

Pregunta 3:

¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?

Valorando la opinión de la jefe DINAPEN Z8, la incidencia se detecta en la falta de

la libertad de la personas, pérdida de la dignidad e inclusive de su identidad, terminando

muchas veces con la muerte, generando de estos delitos, un impacto negativo para el país

como tal. Pues recomienda empezar para evitar estos delitos, que la familia se cimente,

como estructura familiar sólida, integral en sus valores.

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Pregunta 4:

¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el

tráfico humano?

Las líneas recomendadas que concuerdan y emitidas por los funcionarios públicos

son la sensibilización, difusión, capacitación. Por un lado, tienen opiniones diferentes; pero

a la vez son estrategias que sirven para eliminar estos delitos, objeto de análisis, por

ejemplo, la funcionaria del Ministerio del Interior del Ecuador, adiciona que la regulación

y el control, la promoción de buenas prácticas y responsabilidad social y el

emprendimiento productivo.

Mientras que la Mayor de Policía agrega, por su parte, que debe educarse a las

personas desde que son niños, a enseñarles lo que es la violencia para que tengan una

noción de lo que significa, para que cuando sean adultos, se tenga adultos conscientes del

problema y si bien es cierto es una estrategia a largo plazo, ya se está previniendo con

tiempo.

Pregunta 5:

¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público

en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata

de personas y el tráfico humano?

Las entrevistadas convergen que sí se debe difundir los estándares de prevención

social para la reducción y eliminación de la trata de personas y el tráfico humano, para que

tengan conocimiento cómo prevenir y denunciar en caso dado. La Mayor de Policía

Escobar, enseña que la Policía Nacional busca una cultura de seguridad mediante una

trilogía compuesta de Policía Nacional, autoridad y comunidad, para fortalecer la

seguridad y un trabajo en conjunto.

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Otro aspecto importante es la opinión de la Ingeniera María Fernanda Revela

cuando declara que debe fortalecerse la institucionalidad pública para que frente a una

acción haya una reacción eficiente ante los ciudadanos, en caso de violaciones a los

derechos humanos.

Pregunta 6:

¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha

contra la trata de personas y el tráfico humano?

Aseveran las participantes de la entrevista, que la cooperación nacional e

internacional para la lucha contra la trata de personas y el tráfico humano consiste en el

cruce de información, actividades operativas, gestión eficiente, etc. Así como las

instituciones que se involucran para las investigaciones como el Consejo de la Judicatura,

Fiscalía, que cooperan para determinar responsables de estos delitos perpetrados.

La Coordinadora contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes,

Ingeniera Revelo, expresa en la entrevista, por ejemplo, que Ecuador mantiene

cooperación con Colombia, Perú y Chile, a través de instrumentos que fomentan la

cooperación en materia preventiva, investigativa y de inteligencia policial.

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CAPÍTULO 4

Discusión

4.1 Contrastación Empírica

En efecto, conforme los resultados que se obtuvieron en la investigación, se puede

concluir que en la práctica sí se da la cooperación internacional entre Estados a través de la

fuerza pública. De hecho, los casos que se han detectado de trata de personas son

justamente por la cooperación existente tanto en capacitación, en intercambio de

información, así como acuerdos y protocolos. Esto quiere decir que, efectivamente, tanto

en la teoría como en la práctica, se da esta cooperación, para impedir, en lo posible, se

sigan cometiendo estos delitos.

4.2 Líneas de Investigación

Conforme lo establecido en el Plan de Investigación del Instituto Superior de

Postgrado en Ciencias Internacionales “Dr. Antonio Parra Velasco” de la Universidad de

Guayaquil y cumpliendo con las directrices constitucionales y el Plan Nacional del Buen

Vivir, se escogió las líneas de investigación referente al Derecho Internacional y los

Derechos Humanos. Estás líneas de investigación recopiladas por la suscrita, en este

análisis, serán de ayuda para los futuros investigadores, que pueden hacer uso de la

información, específicamente con fines investigativos, que tengan relación con la presente

temática, sirviendo en lo venidero como texto de consulta para otros estudiosos

4.3 Aspectos Relevantes

Los aspectos relevantes de este trabajo de titulación es que uno de los aspectos que

resaltan en el delito de trata de personas y del tráfico humano con relación a la trata, es la

“normalidad de la violencia”, es decir, que las personas actualmente ven como normal, la

violencia, y estas víctimas caen muchas veces en estas redes criminales por la falta de

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afecto y cuando se trata de menores de edad, se da a causa del maltrato infantil perpetrado

dentro del mismo núcleo familiar y es el grupo mayor de víctimas por este delito, niñas y

mujeres.

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CAPÍTULO 5

Propuesta

La propuesta que se registra en este trabajo de titulación especial, se alìnea a los

siguientes criterios:

Difundir estrategias que permitan al Estado ecuatoriano la disminución y

eliminación de los delitos de trata de personas y tráfico humano.

Descubrir las limitaciones que pueden afectar a las instituciones públicas

para la elaboración y aplicación de políticas estatales encaminadas a

resolver la problemática social.

Sugerir el requerimiento indispensable e inmediato de aumentar estándares

sociales para la reducción y eliminación de estos delitos de trata y tráfico

humano que, para ello, se socialice toda la información con grupos

específicos de apoyo para la seguridad de la población, donde la

información sea replicada masivamente.

Los objetivos de estos criterios son establecer un trabajo cooperativo tanto local,

nacional como internacional entre Estados, para terminar con estos delitos de trata y tráfico

humano, para precautelar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes, siendo requeridos

con alta importancia, sean elaborados planes de acción encaminados a prevenir esta

problemática, o en su defecto, actuar mediante protocolos y rutas de actuación frente a

estos delitos, a los que posiblemente no se le está prestando la debida atención, por ende,

se puede señalar las siguientes estrategias:

Elaboración de un Plan de Acción donde se registren la información de la

institución con la que se puede trabajar, los participantes que se

involucrarán en el plan de acción, registrar los antecedentes, la justificación,

y la meta a la que se desea alcanzar.

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Planificar las actividades en tiempo, fechas y horas que ayudarán a que

estos delitos no se sigan desarrollando y creciendo, así como la

determinación de responsabilidades, por la falta de cumplimiento.

Trabajar coordinadamente con las instituciones públicas y privadas desde

todos los sectores estratégicos en beneficio de la comunidad, sobre todo, de

los menores que son los más expuestos, para que conozcan que son esos

delitos y su alta importancia.

Crear una red de seguridad y apoyo solidario en caso de emergencias, para

una comunicación oportuna y preventiva.

Analizar las necesidades básicas y recursos en general que se necesitan

para combatir la trata de personas.

Dentro de los procesos responsables que se pueden sugerir, están:

Establecer las causales por las que este delito de trata de personas se está

presentando y determinar responsables institucionales para que éste disminuya y se

elimine.

Fundamentar la propuesta a ser aplicada para beneficio del Ecuador para

crear y fomentar políticas públicas para la protección de los derechos humanos y el

de grupos vulnerables susceptibles a ser víctimas de estos delitos de trata y tráfico

humano.

Operar con organismos gubernamentales y no gubernamentales que deseen

trabajar sin fines de lucro para el rescate de las víctimas de estos delitos y que sean

parte de la cooperación nacional como internacional.

Analizar qué instituciones podrían adherirse a la difusión o socialización de

los estándares de protección de los derechos humanos para la mitigación y

eliminación del delito de trata y tráfico humano.

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Reproducir a sectores estratégicos, la importancia de reducir este delito o de

eliminarlo mediante mesas redondas representados por las máximas autoridades

acompañados de líderes comunitarios y de otros Estados para la lucha anti trata y

que todo el proceso llevado a cabo se registre en el internet para conocimiento a

nivel mundial, sobre el trabajo que llegue a realizarse.

Organizar campañas de reflexión a lugares masivos para concientizar los

efectos graves de no luchar contra estos delitos, debido a que, los mayores

perjudicados son los niños, futuro de un país.

Conclusiones y recomendaciones

Conclusiones

Una vez realizado el estudio de caso, basado en este tema de interés a nivel

mundial, se pueden emitir las siguientes conclusiones:

1. La trata de personas y el tráfico humano son delitos transnacionales que destruyen

a muchas personas, consiste en la apropiación de seres humanos con fines de

explotación, mayoritariamente son de índole sexual.

2. El Ecuador es un país de origen, tránsito y destino para la trata de personas. Se

considera de origen, puesto que, existe trata de personas tanto internamente como

transnacionalmente.

3. La ubicación geográfica hace del Ecuador un país utilizado por las redes de

tratantes como paso para llevar a las víctimas de trata y tráfico humano a otros

países de la región.

4. La Comisión Interinstitucional, liderada por el Ministerio del Interior del Ecuador

es la encargada de la ejecución, monitoreo, control, seguimiento y evaluación del

Plan Nacional para enfrentar la trata de personas, la cual está conformada por

instituciones del Estado Ecuatoriano.

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5. El Ecuador cuenta con una legislación completa sobre la temática que permite un

trabajo interinstitucional e intersectorial desde los ejes de prevención, protección

e investigación – sanción. Tal es el caso del Código Orgánico Integral Penal que

entró en vigencia el 10 de agosto de 2014, normativa actual donde se tipifica el

delito de trata de personas en los artículos 91 al 110, esta ley incluye todas las

modalidades de explotación de la trata, entre otras, anteriormente citadas.

Recomendaciones

Finalmente, las recomendaciones que se pueden aportar, son las siguientes:

1. Socialización de rutas y protocolos a instituciones públicas, privadas, sectores

estratégicos, lugares masivos, entre otros, para conocer la importancia del tema en favor de

la prevención.

2. Que se desarrollen controles continuos en los lugares que tienden a ser utilizados

para la ejecución de estos delitos, bajo la figura de corresponsabilidad solidaria.

3. Que se establezca en lugares públicos lineamientos que no permitan que el

Ecuador, sea utilizado para la delincuencia, que sea exigida la documentación legal y

pertinente para ingresar al país, para que no se convierta en un viacrucis para las víctimas.

4. Que los organismos gubernamentales o no gubernamentales reciban el presupuesto

necesario y suficiente, para combatir o prevenir la trata de personas y tráfico humano,

como política pública del Ecuador en beneficio de la población.

5. Que el Estado ecuatoriano aplique acciones estratégicas, como por ejemplo, de

comunicación, como líneas de atención permanente e ininterrumpida, espacios de apoyo,

lugares de atención, consultorios jurídicos – psicológicos como apoyo a las víctimas que

deseen buscar ayuda, así como la protección integral hacia esos seres humanos, y en

especial a los niños y niñas, que son la parte inocente de cualquier nación, lo que los hace

vulnerables.

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Anexos

Anexo 1. Entrevista a la Ingeniera María Fernanda Revelo, Coordinadora de la Unidad

contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del Ministerio del Interior del

Ecuador.

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO

EN CIENCIAS INTERNACIONALES

“DOCTOR ANTONIO PARRA VELASCO”

Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia

Trabajo de Titulación: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el

Ecuador”.

Autora: Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla

Entrevistada: Ingeniera María Fernanda Revelo, Coordinadora de la Unidad contra la

Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes

Fecha: viernes 04 de agosto de 2017

Cuestionario de Entrevista

Pregunta 1:

¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en tiempo, que se mantienen vigentes y

fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?

Los factores que influyen para que la trata de personas se de en el Ecuador son

entre otras: pobreza, desigualdad y violencia de género; sin embargo es importante

mencionar que de acuerdo a cada caso pueden existir otros factores de riesgo que abonen

el terreno para que una persona sea más vulnerable frente a la trata de personas.

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Pregunta 2:

Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y

políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y

el tráfico humano en el país?

De acuerdo a la experiencia los aspectos que se deberían tomar en cuenta son:

Internacionales: reforzar el trabajo a nivel internacional mediante la determinación de

puntos focales en cada país para la planificación y ejecución de actividades en temas de

prevención, protección e investigación, en la cual deben participar las instituciones del

Estado de acuerdo a su competencia, asimismo incorporar a instituciones de la sociedad

civil que tenga experiencia en la temática. A nivel de Suramérica (UNASUR) se podría

fortalecer el trabajo mediante la creación de un Grupo de Acción contra la Trata de

Personas a nivel regional en el que se desarrollen lineamientos, protocolos, acciones u

otros documentos y actividades coordinadas y conjuntas para la erradicación de la trata de

personas a nivel regional tomando en cuenta las recomendaciones realizadas por la

ONUDC en sus informes bianuales (2014 y 2016).

Económicos: Se debería generar programas y proyectos de emprendimiento productivo en

el que participen las comunidades más vulnerables frente a la trata de personas, para lo

cual se debe coordinar con el sector productivo y GADs.

Políticos: Es necesario fortalecer el apoyo a nivel político para que las acciones que se

generen en contra la trata de personas tengan un mayor presupuesto, especialmente, en el

ámbito de protección.

Pregunta 3:

¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?

Esta pregunta no está muy clara, por favor me podría enviar una aclaración o cuál sería el

objetivo de la pregunta.

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Pregunta 4:

¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el

tráfico humano?

Las líneas, desde el ámbito de la prevención, sobre las que se debe trabajar son:

1. Sensibilización, difusión y capacitación.

2. Regulación y control

3. Promoción de buenas prácticas y responsabilidad social

4. Emprendimiento productivo

Pregunta 5:

¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público

en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata

de personas y el tráfico humano?

Es indispensable la difusión de estándares de prevención para que todos conozcan

sobre el tema, cómo prevenirlo y cómo denunciarlo; sin embargo a la par se debe reforzar

la institucionalidad pública para poder responder con eficiencia a la demanda de la

ciudadanía.

Pregunta 6:

¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha

contra la trata de personas y el tráfico humano?

Según el informe mundial sobre la Trata de Personas presentado por la ONUDD en

el año 2014, en América Latina el 94 % de las víctimas de Trata son captadas, trasladadas

y explotadas al interior del país de origen o en la región latinoamericana. Esto quiere decir

que la mayoría de redes delincuenciales de trata operan dentro del país o dentro de la

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región, y la minoría son redes que llevan a las víctimas a Asia, América del Norte o

Europa.

Es así que Ecuador, reconociendo esta situación, actúa en conjunto con los países

de la región para desarrollar acciones de prevención, desarticular bandas delincuenciales y

rescatar a víctimas. En efecto, con Colombia se tiene un “Memorando de Entendimiento

para la Prevención e Investigación del Delito de la Trata de Personas y la Asistencia y

Protección de las Víctimas de la Misma”, en el que se prevé acciones de prevención,

restitución de derechos de las víctimas, pero también de investigación conjunta de ambas

policías, haciendo énfasis en las zonas fronterizas.

Con Perú, existe un “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional en

Materia de Trata de Personas entre el Ministerio del Interior de La República del

Ecuador y el Ministerio del Interior de la República del Perú”, y con Chile se suscribió un

“Memorando de Entendimiento para La Prevención e Investigación del Delito de Trata de

Personas y la Asistencia y Protección de las Víctimas de la Misma”, estos instrumentos

fomentan la cooperación en materia de prevención, investigación e inteligencia policial de

este delito.

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Anexo 2. Entrevista a la Mayor de Policía María Belén Escobar Machado, jefe DINAPEN

Z8

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO

EN CIENCIAS INTERNACIONALES

“DOCTOR ANTONIO PARRA VELASCO”

Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia

Trabajo de Titulación: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el

Ecuador”.

Autora: Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla

Entrevistada: Mayor de Policía María Belén Escobar Machado, jefe DINAPEN Z8

Fecha: viernes 04 de agosto de 2017

Cuestionario de Entrevista

Pregunta 1:

¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en tiempo, que se mantienen vigentes y

fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?

Trata de personas y tráfico humano es completamente diferente; pero la trata de

personas es cuando se habla ya de posterior de una esclavitud, por decirlo así o una

limitación de la libertad de la persona como tal. Lo que la trata con fines de migración es

simplemente cancelar el valor, cruzarla de un país a otro y nada más, hasta ahí la citación,

son dos situaciones completamente diferentes, más que todo, la trata se va para la situación

de trabajos sexuales. Las causas como tal, bueno, empezando de que definitivamente la

trata de personas es un delito que es dinámico y es adaptable.

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Definitivamente como todo delito se va adaptando según los controles y las

situaciones que se van presentando en cada uno de los países, para que obviamente ir

modificando y que se siga dando este delito, en cuanto a causas específicas. De ahí

podemos estar hablando del mismo hecho de no tener una estructura cimentada, una

estructura familiar cimentada, el mismo hecho de que exista la normalización de la

violencia, de que lastimosamente, la violencia se ha vuelto en una situación muy

invisibilizada y la hemos normalizado tanto, que el hecho que un padre golpee a un niño en

la calle, es absolutamente normal, ¿por qué? Porque el niño se portó mal, o sea, el niño es

una persona en proceso de crecimiento, que todavía no adapta, no ha desarrollado todas

sus capacidades para comportarse como adulto porque ha tenido todo un proceso de

enseñanza, el niño está empezando y exigimos como adultos, que los niños se porten como

adultos.

La estamos invisibilizando tanto la violencia, que la estamos haciendo normal. El

hecho de que lo estamos normalizando se genera una situación a los menores, y los

menores ante el primer buen trato, ante la primera atención que tienen terceras personas

con los menores son conquistados, ¿por qué? Porque son situaciones que yo no las tengo

en mi casa, las estoy teniendo en otra persona y por eso muchas de las veces, son víctimas

de la trata.

El efecto que se causa en la persona de problemas sociales, al haber sido ya víctima

de trata y el mismo hecho que se genera un impacto emocional, un impacto psicológico, un

impacto físico, ya que muchos de ellos han sido, tanto niños, niñas y mujeres,

específicamente adolescentes, han sido obligados a prostituirse, a realizar trabajos

sexuales, entonces el mismo hecho de que realicen estos trabajos sexuales genera una

vulneración en su físico, en su psiquis, en su autoestima como tal. Los efectos obviamente

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no son simplemente de que la trata es un delito y que se tiene que combatir, sino que

tenemos víctimas que también necesitan una priorización en cuanto a esto.

Pregunta 2:

Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y

políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y

el tráfico humano en el país?

Trata de personas y tráfico de personas son totalmente diferentes; pero todo desde

la óptica policial, lo que nosotros estamos generando y realizando son campañas

permanentes en escuelas, colegios, con padres de familia, con los comités de padres de

familia, con los consejos estudiantiles, con los mismos estudiantes, para que ellos

concienticen, y para que ellos se den cuenta que existe el delito primero, de trata de

personas y de tráfico de personas, o sea, son cosas completamente diferentes.

La trata es con fines de esclavitud para someterles a mendicidad, a trabajos

sexuales y todo lo demás. El tráfico humano es simplemente pasarle de un país a otro país,

por un valor económico. Cada año, nosotros generamos una campaña dentro del

cumplimiento que debemos realizar como institución, este año tenemos la campaña,

obviamente de prevención contra el consumo de sustancias sujetas a fiscalización, son

campañas permanentes, son capacitaciones que como DINAPEN tenemos permanentes,

capacitaciones en cuanto a acoso sexual, en cuanto a maltrato infantil, en cuanto a

derechos de los menores, porque obviamente, la DINAPEN es la Policía especializada para

la protección de niños, niñas y adolescentes.

Al preguntársele a la Mayor de Policía si dentro del aspecto político se le está

dando la importancia a este tema, contestó:

De entrada que, como Policía Nacional, nosotros no somos sujetos de política

como tal, entonces el tema definitivamente tendría que preguntarle tal vez al Ministerio de

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Inclusión Económica y Social (MIES) específicamente o al Ministerio de Educación, si es

que le están dando la priorización pertinente en cuanto a eso, como también la parte

económica, nosotros como le decía, como Policía Nacional nos estamos enfocando en

campañas preventivas, porque no es sólo suficiente el dar la atención a la víctima ya

cuando se ha dado la situación sino el prevenir para concientizar y ya no tener más

víctimas de trata de personas.

Se le preguntó con respecto al aspecto internacional, como Policía Nacional tienen

un cruce de información con otros países, afirmó:

Todo el tiempo, el Ecuador está sujeto a los acuerdos internacionales, como país

estamos sujetos, todas las instituciones estatales, todas las entidades públicas y privadas a

cumplir con lo que manda la Ley y los acuerdos que el Ecuador es parte, que ha aceptado

ser parte, existe una coordinación con las policías de Colombia, Perú, Argentina, Chile,

con la finalidad, primero de intercambiar información, conocimientos y experiencias, en lo

que se refiere a la protección de niños, niñas y adolescentes; y, segundo, en casos

específicos, cuando tenemos información de que niños se encuentran tal vez, en otros

países y están siendo vulnerados sus derechos, denuncias que se hacen tal vez, porque acá

se encuentran sus abuelos, sus tíos y conocen que se está dando esta situación. Hay

cooperación en lo que es capacitación y lo que es intercambio de información y la parte

operativa.

Pregunta 3:

¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?

Definitivamente nosotros tenemos en el 2000 se firmó el Protocolo de Palermo, en

el cual se menciona ya la protección que se debe dar por parte del Estado, para que el

delito de trata de personas no se siga cometiendo y no se siga desarrollando en cada uno de

los países miembros. Obviamente, como país estamos conscientes de que es una violación

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a los derechos humanos como tal, impacta obviamente, ya que estamos hablando de que se

genera un coartamiento de libertad, de la dignidad e inclusive hasta de la identidad de las

personas que son sometidas a trata, muchas de las veces, estas torturas, estos maltratos y

estas exigencias no sólo físicas sino psicológicas también, pueden desencadenar en la

muerte de las víctimas.

Obviamente, genera un impacto bastante fuerte, tomando en consideración que, de

trata de personas, según la información que se maneja, se dice que aproximadamente

cuatro millones de personas son víctimas de trata a nivel mundial, del cual, entre el 10 y el

30 % son niños, niñas y adolescentes; y, de este número, mayoritariamente, son niñas y

adolescentes mujeres, son números bastantes fuertes, bastante escalofriante y se tiene que

empezar a visibilizar y a concientizar que estos delitos se pueden evitar, definitivamente se

pueden evitar, si tenemos una estructura familiar de primera mano, por decirlo así, íntegra,

correcta y bien estructurada.

Pregunta 4:

¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el

tráfico humano?

Definitivamente, las estrategias que como Policía Nacional estamos visibilizando y

estamos intentando ejecutar no sólo ahora sino desde hace muchísimo tiempo atrás, es el

hecho de la visibilización, si nosotros empezamos a visibilizar y que las personas

empiecen a ver que existen esta clase de delitos, que existen esta clase de problemas,

nosotros a futuro, si nosotros creamos niños conscientes de lo que es la violencia, de lo que

son los delitos de trata, de lo que son los delitos, las consecuencias que pueden generar el

consumo de sustancias sujetas a fiscalización, seguramente, nosotros a futuro tendremos

adultos conscientes de lo que es la problemática, son campañas y estrategias a largo plazo,

no estamos hablando de ahora; pero si nosotros empezamos como Policía Nacional, que es

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lo que estamos haciendo, a trabajar desde ya en la situación de prevención para evidenciar

esta situación, tendremos adultos conscientes en uno.

Pregunta 5:

¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público

en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata

de personas y el tráfico humano?

Sí, todos los sectores son estratégicos para la difusión, aquí implica educación,

salud, inclusión social, parte económica, deporte, implica todo, absolutamente todo, las

autoridades, como Policía Nacional, nosotros manejamos una trilogía que es para tener,

para buscar una cultura de seguridad que es la Policía Nacional, la autoridad y la

comunidad. Autoridad se refiere a todas las entidades públicas que pueden existir, como

comunidad, obviamente, con sus entidades privadas que como Policía Nacional con todas

las unidades que nosotros tenemos y la experiencia, capacitación y servicios que nosotros

brindamos hacia la comunidad para evitar que se de este y muchos otros delitos.

Pregunta 6:

¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha

contra la trata de personas y el tráfico humano?

Siempre el cruce de información tanto nacional como internacional es permanente,

en cuanto como le decía, en cuanto a la parte de capacitación, información, operativa,

como tal, siempre se está en capacitación, sobre todo, permanente, para poder solventar y

evitar esta clase de delitos.

Al referirle, que cuando ha habido casos de delito de trata, y hay rescate de las

víctimas y sucede que defiende a su tratante, confirma que:

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Obvio, es que se genera una dependencia en todo sentido, psicológica, física,

afectiva, se genera una dependencia hacia esta persona porque ya sea por el miedo o por la

empatía que llega a tener hacia esa persona, llega a justificar el por qué lo está haciendo y

esas víctimas llegan a un punto en el que se genera una situación de resistencia para

generar que se haga justicia sobre esa persona que está cometiendo un delito.

¿Qué sucede cuando siente la Policía Nacional, esa resistencia por parte de la víctima?

Nosotros es permanente, cuando estamos hablando de delito de trata, quiere decir

que nosotros ya abrimos un expediente, existe un expediente de por medio, que no sólo es

la versión de la víctima sino también implica, entran en juego varias otras pruebas, varios

otros testimonios, no sólo de una persona sino tal vez de todas las que fueron producto de

esta situación y que la parte jurídica en este caso, Consejo de Judicatura, Fiscalía tendrán

que resolver de las investigaciones que se hayan realizado o que se continúen realizando

en torno a un caso específico de trata de personas.

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Anexo 3. Entrevista al Abogado Jhovany Polivio González Valero, Especialista en

Derecho Penal y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y Criminología y Juez de

Garantías Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo.

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO

EN CIENCIAS INTERNACIONALES

“DOCTOR ANTONIO PARRA VELASCO”

Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia

Trabajo de Titulación: “La incidencia de la trata de personas y tráfico humano en el

Ecuador”.

Autora: Licenciada Norka Cassandra Vinces Lamilla

Entrevistado: Abogado Jhovany Polivio González Valero, Especialista en Derecho Penal

y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y Criminología y Juez de Garantías

Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo.

Fecha: Miércoles, 06 de septiembre de 2017

Cuestionario de Entrevista

Pregunta 1:

¿Cuáles son las causas y efectos, indistintamente en tiempo, que se mantienen vigentes y

fomentan la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador?

Pienso que una de los factores importantes de esta problemática que perjudica a la

sociedad de nuestro país es el desempleo ya que la persona al no tener un trabajo, no puede

solventar sus necesidades por lo que esto hace que estos delincuentes los capten

fácilmente.

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Pregunta 2:

Conforme a su experiencia ¿Cuáles serían los aspectos internacionales, económicos y

políticos del Ecuador a aplicarse para la reducción y eliminación de la trata de personas y

el tráfico humano en el país?

Internacional: Debería haber una relación global con organismos de controles para

sancionar y erradicar la trata de persona y tráfico humano.

Económico: Los países deberían designar un presupuesto expresamente para esta

problemática, ya que con eso podemos implementar más programas de difusión a nivel

nacional.

Político: El gobierno de turno debería brindar estos presupuestos a los organismos

involucrados para un mejor bienestar para la sociedad, víctima de estos delitos.

Pregunta 3:

¿Cómo incide la trata de personas y el tráfico humano en el Ecuador y el mundo?

Incide notablemente en el país, ver a personas en pleno Siglo XXI esclavizados, ya

sea por explotación laboral, sexual, y servidumbre, violándose de esta manera los derechos

humanos.

Pregunta 4:

¿Qué líneas estratégicas recomienda usted para mitigar y eliminar la trata de personas y el

tráfico humano?

- Aplicar las políticas públicas que sancionen estos delitos.

- Difundir programas en instituciones públicas y privadas para prevenir a la

sociedad.

- Crear instituciones donde sean atendidas las víctimas rescatadas y que se les brinde

una atención personalizada.

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Pregunta 5:

¿Considera usted que debe difundirse responsablemente a sectores estratégicos y público

en general, los estándares de prevención social para la reducción y eliminación de la trata

de personas y el tráfico humano?

Por supuesto, es indispensable la difusión de estos estándares para que toda la

población conozca sobre estos delitos y puedan prevenirlos en caso de ser víctimas o que

algunos de su entorno familiar lo sea.

Pregunta 6:

¿Qué puede argumentar acerca de la cooperación nacional e internacional para la lucha

contra la trata de personas y el tráfico humano?

En la actualidad la cooperación nacional e internacional es mínima, ya que si fuera

masiva, ya se hubiera erradicado en un 60 % este problema. Esta problemática va primero

que el delito del narcotráfico.

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Anexo 4. Fotos con el entrevistado Abogado Jhovany Polivio González Valero,

Especialista en Derecho Penal y Justicia Indígena, Magíster en Derecho Penal y

Criminología y Juez de Garantías Penales del Consejo de la Judicatura, Cantón Babahoyo.

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