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Jon Lacasa Astigarraga De: Jon Lacasa Asunto: Informe preliminar y confidencial sobre CAZTOR Fecha: 07/ 8 /2.000 Fuentes del Informe: Este Análisis ha sido concebido a partir de las informaciones verbales suministradas por el actual Presidente de CAZTOR, Dr. Hector Figuera, -en actitud excepcionalmente cordial y abierta- a quien suscribe el 02/8/2.000, previo a la reunión de los llamados Notables y con base a las investigaciones personales de quien suscribe. No se pudo conseguir documento alguno ni tan siquiera el Acta Constitutiva. No se ha hecho ningún estudio para constatar la veracidad de los datos y cifras que se señalan a continuación, por lo que, quien suscribe, no puede garantizar la exactitud de los mismos ni de las consecuencias jurídicas que se infieren en este somero informe. Contenido del Informe: Este Informe respecto de CAZTOR, preliminar y superficial, enfoca el tema en dos vertientes, a saber: a) Una primera parte con sus conclusiones que analiza CAZTOR desde el punto de vista legal y financiero: sea un pasado glorioso tras concebir y construirse una obra irrepetible, el Complejo Turístico El Morro, y un presente doloroso y vergonzoso, de lo que en la actualidad correspondería hacerse, conforme a sus estatutos y normas de Derecho mercantil al contemplar su inanición en el mes de noviembre del 2.000, y b) Una segunda parte con sus conclusiones que analiza la posibilidad de un relanzamiento de CAZTOR con sus pros y sus contras, sus interrogantes. PRIMERA PARTE SITUACIÓN JURÍDICA Y FINANCIERA DE CAZTOR 1) Qué es CAZTOR: Es una compañía anónima denominada COMPAÑÍA ANÓNIMA PARA EL DESARROLLO DE LA ZONA TURISTICA DE ORIENTE Fue constituida el 12 de septiembre de 1.967 ante el Juzgado Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y actualmente se han registrado actas referentes a la misma, conforme se desprende de un documento suministrado accidentalmente a quien suscribe, en el Registro Mercantil Primero de la misma Circunscripción, con sede en Barcelona, bajo el Nº 20 del tomo A-11, de fecha 03 de abril de 1.998. 2) Objeto social de CAZTOR: Al no tener el acta constitutiva de CAZTOR ni sus sucesivas reformas tampoco se puede garantizar la exactitud de lo que aquí sostenemos pero no sería insensato asumir que EL OBJETO SOCIAL de CAZTOR fuera la construcción del Complejo Turístico El Morro en los ejidos cedidos a la misma por los Municipios Bolívar y Sotillo con anterioridad al año 1.973 en las zonas conocidas como El Morro y La Salina, sobre un área total de 8.511.648 metros. Eventualmente pudiera, quizás, asumirse tuviera también como objeto CAZTOR el DESARROLLO DE LA ZONA TURISTICA DE ORIENTE.

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Jon Lacasa Astigarraga

De: Jon Lacasa Asunto: Informe preliminar y confidencial sobre CAZTOR Fecha: 07/ 8 /2.000 Fuentes del Informe: Este Análisis ha sido concebido a partir de las informaciones verbales suministradas por el actual Presidente de CAZTOR, Dr. Hector Figuera, -en actitud excepcionalmente cordial y abierta- a quien suscribe el 02/8/2.000, previo a la reunión de los llamados Notables y con base a las investigaciones personales de quien suscribe. No se pudo conseguir documento alguno ni tan siquiera el Acta Constitutiva. No se ha hecho ningún estudio para constatar la veracidad de los datos y cifras que se señalan a continuación, por lo que, quien suscribe, no puede garantizar la exactitud de los mismos ni de las consecuencias jurídicas que se infieren en este somero informe. Contenido del Informe: Este Informe respecto de CAZTOR, preliminar y superficial, enfoca el tema en dos vertientes, a saber: a) Una primera parte con sus conclusiones que analiza CAZTOR desde el punto de

vista legal y financiero: sea un pasado glorioso tras concebir y construirse una obra irrepetible, el Complejo Turístico El Morro, y un presente doloroso y vergonzoso, de lo que en la actualidad correspondería hacerse, conforme a sus estatutos y normas de Derecho mercantil al contemplar su inanición en el mes de noviembre del 2.000, y

b) Una segunda parte con sus conclusiones que analiza la posibilidad de un relanzamiento de CAZTOR con sus pros y sus contras, sus interrogantes.

PRIMERA PARTE SITUACIÓN JURÍDICA Y FINANCIERA DE CAZTOR

1) Qué es CAZTOR: Es una compañía anónima denominada COMPAÑÍA ANÓNIMA PARA EL DESARROLLO DE LA ZONA TURISTICA DE ORIENTE Fue constituida el 12 de septiembre de 1.967 ante el Juzgado Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y actualmente se han registrado actas referentes a la misma, conforme se desprende de un documento suministrado accidentalmente a quien suscribe, en el Registro Mercantil Primero de la misma Circunscripción, con sede en Barcelona, bajo el Nº 20 del tomo A-11, de fecha 03 de abril de 1.998. 2) Objeto social de CAZTOR: Al no tener el acta constitutiva de CAZTOR ni sus sucesivas reformas tampoco se puede garantizar la exactitud de lo que aquí sostenemos pero no sería insensato asumir que EL OBJETO SOCIAL de CAZTOR fuera la construcción del Complejo Turístico El Morro en los ejidos cedidos a la misma por los Municipios Bolívar y Sotillo con anterioridad al año 1.973 en las zonas conocidas como El Morro y La Salina, sobre un área total de 8.511.648 metros. Eventualmente pudiera, quizás, asumirse tuviera también como objeto CAZTOR el DESARROLLO DE LA ZONA TURISTICA DE ORIENTE.

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3) Composición accionaria de CAZTOR: Las acciones de CAZTOR estarían repartidas, aproximadamente, conforme sigue: - Alcaldía de Urbaneja: 60% - Gobernación: 20% - Alcaldía de Sotillo: 11% - Alcaldía de Bolívar: 3% - Corporiente y Corpoturismo 4% 4) Régimen legal de CAZTOR: Reservándose un análisis más profundo, por la carencia absoluta de documentos, CAZTOR tendría las siguientes características: a) Es una compañía anónima y por lo tanto se regiría de acuerdo a las normas

establecidas en el Código de Comercio, por ser un ente mercantil. De ello se deriva que su fuero es mercantil y no el contencioso-administrativo como en alguna oportunidad se ha pretendido, erróneamente. Su régimen estaría sometido a las normas estatutarias y, subsidiariamente, a las normas del Código de Comercio.

b) Sus accionistas, en la totalidad, son entes públicos. Ello, no obstante, no desvirtuaría su carácter mercantil, ente privado.

c) Su personal, empezando por su Presidente y todos sus trabajadores, estarían sometidos al régimen laboral establecido en la Ley Orgánica del Trabajo.

d) Pero, dado que más del 50% de las acciones de CAZTOR son públicas, de conformidad con el ordinal 2º del artículo 2 y 65 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público su directiva y administradores y quienes negocien con CAZTOR, estarán sometidos a dicha Ley Penal.

5) Sede de CAZTOR: CAZTOR, tiene provisionalmente su sede en el Edificio denominado CAZTOR, con frente a la avenida intercomunal y el Complejo Turístico El Morro, de Urbaneja. Lo provisional devendría del hecho inverosímil de la venta de su inmueble por la administración de Nelson Contreras a una empresa de Petrica que involucra también la venta parcial de campos de golf, con una figura de comodato y cambio de uso aislado, este último acto nulo de nulidad absoluta de conformidad con la Ley de Venta de Parcelas y de la Ley Orgánica de Ordenamiento Urbanístico. No se dispuso el documento respectivo. 6) Recursos humanos de CAZTOR: Para el día 2 de agosto del 2.000 laboraban en CAZTOR once (11) personas, a saber: 1) Presidente: Dr. Hector Figuera. (Merece una apreciación personal, prima face y la

misma resultó muy favorable a quien suscribe. Luce honesto, deseoso de entregar su cargo aclarando todas las irregularidades existentes, -pues más allá de sus valores éticos, sabe que incurriría en delito como encubridor por ocultar o silenciar los graves fraudes llevados en las administraciones precedentes por los expresidentes: Duran, Contreras y Villalba, como bien los identificara en la reunión de Notables del día 03/8/2.000, el Dr. Carlos Lares Cordero.

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El Presidente, a los efectos de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público es un funcionario público y por ende está obligado a denunciar aquellos hechos delictuosos o irregularidades respecto de los cuales tenga conocimiento so pena de incurrir en encubrimiento y en sanciones administrativas y civiles, por daño al patrimonio público. El Dr. Figuera dio a entender ocuparía próximamente altos cargos dentro de la administración del Dr. De Lima y estableció con quien suscribe, un rapport muy positivo, confidencial y, obviamente, consecuente con la Ley y valores éticos.)

2) Asesora jurídica 3) Licenciada en administración 4) Un contador 5) Un encargado de personal 6) Un arquitecto o encargado de los planos (?) 7) Un encargado de servicios generales (?) 8) Una secretaria 9) Un mensajero encargado también de la fotocopiadora 10) Un encargado de la limpieza interna 11) Un encargado de la limpieza externa. 7) Situación financiera de CAZTOR:

Se confirma que esta información no tiene soporte documental y la misma se basa en el relato verbal efectuado personalmente a quien suscribe por el citado Presidente de CAZTOR en presencia de la Consultora jurídica y de la Administradora.

ACTIVO:

- Activo Circulante: De la venta de la Marina Américo Vespucio quedarían por cobrar tres (3) letras de cambio o cuotas de Bs. 30.000.000,oo c/u en los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2.000, respectivamente, sea un total de Bs. 90.000.000,oo. Además le quedaría por cobrar en Octubre del 2.000, siempre por la venta de dicha Marina, una cuota especial de Bs. 120.000.000,oo Total activo circulante: Bs. 210.000.000,oo.

- Activo fijo: CAZTOR no tendría, -aparentemente y según informaciones verbales- ningún activo fijo más por haberse vendido todo, incluyendo el Edificio CAZTOR.

PASIVO:

- A corto plazo: El pasivo financiero, -para distinguir de las llamadas obligaciones de hacer con los compradores de las parcelas-, a corto plazo, es totalmente exigible:

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- 1) Pasivo laboral: Bs. 170.000.000,oo (No incluiría los sueldos ni las prestaciones pendientes con el personal actual).

- 2) Deuda con DETUR (?) Bs. 250.000.000,oo (Esta deuda sería con el Grupo de Camejo, -ignoro cuál- y su cobro habría sido gestionado por el Dr. Suarez Muria, afecto al régimen actual. Según el presidente de CAZTOR, Hector Figuera, ante la pretensión de cobro extrajudicial realizada por el Dr. Suarez Muria, le habría contestado que la misma es fraudulenta y que no insistiera, con lo que habría desistido momentáneamente.)

- 3) Deuda con contratistas: Bs. 100.000.000,oo (El Dr. Figuera, según palabras suyas, habría disuadido a los contratistas del cobro de sus supuestas acreencias por no tener las mismas respaldo legal o documental y por sugerir ilicitud o fraude parcial en estas).

Total Pasivo a corto plazo: Bs. 520.000.000,oo Ingresos por actividades de CAZTOR: Ninguno. Egresos actuales: Nómina fija más servicios de teléfono, electricidad, agua, papelería,

mantenimiento del vehículo de Presidencia y varios. 7) Actividades actuales de CAZTOR: CAZTOR no estaría realizando ninguna labor efectiva en la actualidad. Mantiene sus oficinas, sus planos y equipos internos de oficina. Aparentemente todos los camiones, equipos pesados, y demás materiales de valor fueron vendidos o desaparecieron. Se está haciendo un inventario en la actualidad pero de objetos de poca monta. CAZTOR cobra mensualmente las citadas cuotas pendientes producto de la venta de la Américo Vespucio y de la renegociación fraudulenta efectuada por Villalba. CAZTOR no realiza ninguna labor de seguridad, ni de mantenimiento de las instalaciones del Complejo Turístico El Morro, ni directamente mediante personal propio ni por vía de contratación, tanto es así que no tiene personal obrero alguno como se aprecia en su lista de personal. (Ver epígrafe # 6) Todo lo referente a seguridad, sistema de bombas y de cloacas, mantenimiento de las líneas aéreas y subterráneas, drenajes, vialidad del Complejo Turístico El Morro, según información de su Presidente Figuera, estarían a cargo de otros organismos públicos o privados como es APMO. El actual Presidente y sus inmediatos, se dedican a preparar el informe jurídico y contable de su operación y del fraude que han hallado en CAZTOR con el objeto de informar a la Asamblea de accionistas y de efectuar las denuncias pertinentes ante la Fiscalía General de la República. (Quien suscribe fue testigo el miércoles 2 de agosto, a las 17:00 horas, de la comparecencia en dicha Presidencia de un altísimo funcionario de la Alcaldía de Urbaneja con un empresario, dueño de una parcela de 60.000 M2 del Complejo Turístico El Morro, con el objeto de lograr, a "última hora", la desafectación de una franja considerable de terrenos de golf que circundan la dicha parcela a fin de convertirla en una "isla", sea totalmente rodeada de canales de agua... -Las proposiciones de cambios de uso principalmente, de venta de áreas no vendibles tales como campos de golf, renegociación de deudas, son de tal magnitud y descaro, de tal carácter fraudulento, de tantos miles de millones, que el Presidente de CAZTOR debe ser un ser excepcional en cuanto a cualidades éticas amén de contar con un gran conocimiento respecto de la juricidad de las dichas proposiciones-).

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8) Obligaciones contractuales de CAZTOR Quien suscribe ratifica no haber dispuesto sino del Documento de Parcelamiento original del Complejo Turístico El Morro del año 1.973 no así de su reforma del año 1978 -en cuya reforma, se dice, hubo cambios aislados de zonificación los cuales serían ilegales, aunque no por las Leyes Orgánicas de Ordenación Urbanística ni de Régimen Municipal, por ser estas posteriores e inaplicables de acuerdo al principio constitucional de la irretroactividad- y del Acta Constitutiva de APMO (Asociación de Propietarios del Complejo Turístico El Morro) supuestamente del año 1988. No se dispuso contrato ni de documento adicional alguno al redactar este breve informe.

- a) De la obligación de construcción: De conformidad con el Documento de Parcelamiento pudiera decirse que, en términos generales, CAZTOR si cumplió con las obligaciones asumidas a través de su Documento de Parcelamiento tales como movimientos de tierra, construcción de canales, vialidad, cloacas, drenajes, electricidad, aguas blancas e instalaciones telefónicas. En tal virtud podría concluirse que CAZTOR sí cumplió con su principal objeto social, sea la construcción y venta del llamado Complejo Turístico El Morro.

- b) De la Obligación de mantenimiento: CAZTOR asumió la obligación de mantener todas las citadas instalaciones hasta el momento en que los organismos públicos encargados del servicio de agua, cloacas, electricidad, teléfonos, verbo et gratia, los asumieran o en su defecto, hasta el momento en que los propietarios pasaren a sufragarlos, de acuerdo a la cláusula Vigésimo Octava del Documento de Parcelamiento. De ello se infiere y por los hechos públicos y notorios conocidos, sea por la asunción por dichos organismos y por los propietarios, a título personal y colectivo, según el caso, así como por APMO, de la prestación y pago de dichos servicios públicos y, a todo evento, por la absoluta y manifiesta incapacidad actual de CAZTOR de proveerlos, que esta obligación de mantenimiento para la misma cesó, es del todo inexistente para CAZTOR, por ahora y a futuro, derivado del referido Documento de Parcelamiento y por su insolvencia.

- c) De la obligación formal o documental de traspaso de los servicios: Quien suscribe carece de todo documento al respecto, pero es continuo el reclamo de los copropietarios en los dos siguientes aspectos: 1) Falta de entrega formal, mediante documento expreso, de los mencionados

servicios a APMO y 2) Extrañamente, de la aparente inexistencia de un documento claro y

específico que autorice a APMO o a las distintas entidades tales como Acquavilla, Casa Botes, sector Hoteles y Comercio, a un cobro compulsivo de los derechos de condominio a los particulares, sea a los propietarios de las diversas parcelas. La supuesta falta de un instrumento que les diera personería jurídica y la delegación del derecho al cobro serían dos de las quejas o reclamos principales. Habría que estudiar el documento de APMO.

Estos aspectos jurídicos, si son ciertos tales reclamos, pudieran ser perfectamente resueltos a corto plazo por CAZTOR, sin problema aparente

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alguno. Con ello concluiría, como analizaremos más adelante, el OBJETO SOCIAL DE CAZTOR.

Nota: APMO debería ser, en criterio de quien suscribe, de conformidad con los ordinales 1º, 2º y 3º de sus Estatutos, el ente privado que con personalidad jurídica -equivalente a la llamada Junta de Condominio de copropietarios- asumiera el control y el mantenimiento de todas las instalaciones del Complejo Turístico El Morro, a excepción del Parque La Magdalena que debería ser cedido por CAZTOR, como ejido del dominio público al Municipio Urbaneja. Dentro y al pie del Parque de La Magdalena, se sugiere estudiar la posibilidad de dotar de un espacio al Club de Vela patrocinada por el Arquitecto y Capitán Costanzo, en un acto de justicia, por haber brindado campeones nacionales, suramericanos y mundiales a esta conurbación, sin más interés que el desarrollo del deporte de la Vela. CAZTOR dispone de una colección de planos única del Complejo Turístico El Morro que debería, en un futuro, pasar a la Ingeniería Municipal de Urbaneja. APMO ha mostrado gran interés en conservar dichos planos y estudios. No sería descartable su entrega. (?). 9) De los juicios pendientes de CAZTOR Aparentemente cursa en los Tribunales, al menos en los penales o ante la Fiscalía General de la República, una serie de denuncias de fraude sobre bienes que fueron propiedad de CAZTOR. No se conoce la naturaleza de tales denuncias pero es obvio que mientras duren tales juicios y hasta tanto no haya sentencia definitiva existiría una teórica probabilidad de recuperación por CAZTOR de parte de los activos malvendidos o defraudados, debido al precio vil de las operaciones impugnadas, en el menor de los casos y por ello, no puede ser liquidada "totalmente" CAZTOR. De decidirse por la figura de la liquidación, nada descartable como se analiza más adelante, y pertinente legalmente, quedaría un liquidador, por los años que fueren necesarios, hasta la supuesta recuperación de los bienes, su venta, pago de las acreencias no prescritas y, teóricamente, y tras la liquidación total de los activos restantes, su devolución en efectivo a los accionistas de CAZTOR en proporción a sus derechos. Como analizaremos a continuación, de aplicarse tal criterio conforme a las normas legales pertinentes -estatutos sociales y código de comercio-, el liquidador de CAZTOR, a un costo ínfimo, es quien tendría a su cargo lo que la actual Administración realiza pero a un costo muy exagerado e injustificado al efecto -que en el ámbito de una compañía privada nunca sucedería-, tanto que, en unos meses, antes de fin de año, habrá de desaparecer por la falta absoluta de ingresos y por su total descapitalización.

10) CONCLUSIONES PRIMERA PARTE

1) CAZTOR cumplió con su objeto social, sea la construcción del Complejo Turístico

El Morro; 2) CAZTOR entrará en cesación de pagos y se paralizará en el mes de Noviembre del

2.000 cuando cobre la última cuota que se le adeuda por la venta de la Marina Américo Vespucio, sean Bs. 30.000.000,oo y se cancelen los pasivos laborales. Estando descapitalizada, debería liquidarse obligatoriamente si los accionistas no

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reponen inmediatamente el capital perdido o sustraído conforme a la parte in fine del artículo 264 del Código de Comercio;

3) CAZTOR, con un pasivo superior al activo, está en indiscutible situación de quiebra de conformidad con el artículo 914 del Código de Comercio, cuya calificación sería por los hechos imputados a Durán, Contreras y Villalba, sin duda, de fraudulenta, conforme al artículo 915 eiusdem;

4) Si en su objeto estuviera la obligación de ejecutar alguna obra o el cumplimiento de cualquier obligación pecuniaria, este objeto sería imposible dado fundamentalmente su indiscutible insolvencia amén de la carencia de equipos y de personal apropiados;

5) Establece el artículo 340 del Código de Comercio:

"Las compañías de comercio se disuelven: 2º) por la falta o cesación del objeto de la sociedad o por la imposibilidad de conseguirlo; 3º) Por el cumplimiento del objeto; 4º) Por la quiebra de la sociedad aunque se celebre convenio; 5º) Por la pérdida entera del capital o por la parcial a que se refiere el artículo 264, cuando los socios no resuelven reintegrarse o limitarlo al existente;"

En consecuencia, de conformidad con el artículo 340 del Código de Comercio, dejando a salvo lo que sus estatutos establezcan y cuyo contenido desconoce quien suscribe, correspondería la disolución de CAZTOR y el nombramiento de un liquidador o, de seguirse un procedimiento de quiebra, conforme al artículo 937 eiusdem, el nombramiento de un síndico que debe ser abogado, preferiblemente. No cabe la menor duda que la declaratoria de quiebra mediante sentencia judicial o, de manera menos formal y más pacífica, la declaratoria de disolución de la sociedad en Asamblea de accionistas, son ambas decisiones odiosas pero a veces necesarias por no existir otro recurso o bien, simplemente, por mandato de la Ley. Quien suscribe, para facilitar la interpretación de esta medida odiosa, se permite evocar y traer como ejemplo el caso de un comandante de tropa que decide un repliegue de sus fuerzas o, más dramáticamente, debe ordenar su rendición para defender la vida de sus soldados y la de los civiles. Otro supuesto odioso es el del médico que debe amputar una pierna afectada de gangrena so pena de llevar a una muerte segura a su paciente. En otro orden, situación odiosa es la del Presidente de una empresa que debe decidir una reducción considerable de su personal y hasta el cierre de una de las plantas cuando no convocar la Asamblea para que la misma decida el cierre y liquidación de la empresa so pena de perder la totalidad del capital. Estas situaciones han sido previstas en el Código de Comercio y por ende, siendo normas de orden público y siendo CAZTOR una sociedad de capital público, sus administradores y accionistas deben cuidar sus espaldas... Se estima que un liquidador no requeriría de tanto personal como sucede en la actualidad. Un liquidador debería ser una persona de absoluta solvencia económica y moral, más que un simple abogado, un jurista con amplios conocimientos de Derecho Procesal, de Derecho Mercantil y hasta de Derecho Penal quien con un conjunto de abogados se dedicara a efectuar las denuncias penales y a intentar las acciones de nulidad y reivindicatorias necesarias para recuperar las áreas vendidas indebidamente,

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bien porque no eran vendibles o bien porque los términos y condiciones fueron viles, fraudulentos y dañosos para CAZTOR. 11) CAMPOS DE GOLF El hecho que en la cláusula Décimo novena del Documento de Parcelamiento referente a las canchas de golf se enfatice:

"...Las mismas se considerarán áreas verdes."

define la situación jurídica de dichas canchas de Golf de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Venta de Parcelas que reza:

"Queda prohibida la venta de parcelas ubicadas en zonas que, en los documentos protocolizados según el artículo 2º de esta Ley, aparezcan destinadas a áreas verdes o a otros usos comunales. En consecuencia será nulo cualquier acto o documento otorgado en contravención a lo dispuesto en este artículo y su protocolización se tendrá como inexistente."

En concordancia con esta norma de orden público la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística exige en su artículo 34 la definición en los planes de ordenación urbanística así: "... la delimitación de espacios libres y áreas verdes destinadas a parques y jardines públicos y a zonas recreacionales y de expansión.". A su vez el artículo 69 de la misma es categórico al sostener:

"Las zonas de parques y de recreación no podrán ser destinadas a ningún otro uso; las destinadas a servicios comunales o de infraestructura, sólo podrán afectarse a otro uso cuando fueren sustituidas por otras de igual uso y, por lo menos, igual dimensión y similares características. Cualquier otro uso o acto contrario será nulo de nulidad absoluta y el organismo competente, local o nacional, podrá ordenar, por cuenta del infractor, la demolición de las construcciones o instalaciones realizadas en contravención de lo dispuesto en el presente artículo. Las áreas verdes de protección podrán servir para la prestación de determinados servicios o vías conforme lo establezca el reglamento."

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística reza:

"En cuanto a los PLANES DE DESARROLLO URBANO LOCAL, cualquier modificación o reforma queda sujeta a los mismos requisitos de consulta, información, aprobación, previstos para su sanción original en esta Ley, pudiéndose establecer, por ordenanza, requerimientos adicionales."

El artículo 46 eiusdem reza:

"Si las modificaciones o reformas A LAS CUALES SE REFIERE EL ARTÍCULO ANTERIOR constituyen cambios de zonificación, deberán cumplirse las siguientes condiciones:

1) EN NINGÚN CASO SE PERMITIRÁN CAMBIOS DE ZONIFICACIÓN AISLADA SINGULARMENTE PROPUESTOS.

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Toda zonificación deberá ser integral o formar parte de algún plan sectorial.

2) En principio, ningún cambio de zonificación podrá hacerse antes de los diez años ... A tal efecto, la solicitud deberá incluir los estudios técnicos y la constancia de la CONSULTA REALIZADA A LA CORRESPONDIENTE ASOCIACIÓN DE VECINOS...

Parágrafo segundo: ... Los concejales serán responsables personal y solidariamente de los daños que resulten por el incumplimiento de esta disposición."

12) CONCLUSIÓN Lo expuesto, breve y someramente, nos lleva a las siguientes conclusiones: 1º) Los campos de golf son propiedad de los parceleros, representados por APMO; 2º) Las ventas y demás negociaciones efectuadas por CAZTOR sobre dichos campos de

Golf, son nulos de nulidad absoluta y fraudulentas; 3º) Los cambios de Uso tanto en los campos de Golf (donde CAZTOR se comprometió

a legalizar la construcción de un hospedaje para los usuarios de los campos de Golf y la construcción de locales comerciales para proveerles los implementos necesarios lo que en realidad debe entenderse como cambio de uso para construir un Hotel y un Centro Comercial con Helipuerto), los cambios de uso o de vocación y de densidad de construcción en las marinas, en parcelas destinadas a estacionamiento y en general en otras parcelas, son nulos de nulidad absoluta.

SEGUNDA PARTE

DEL RELANZAMIENTO DE CAZTOR 13) Consideraciones acerca de la reunión de los Notables. No cabe duda que no existe nada más grato, para sí y ante terceros, que asumir una actitud fácil, positiva y generadora de simpatía aunque con ello se corra el serio peligro de no ser objetivo y de equivocarse. Esto es lo corriente en el ámbito político donde la ignorancia y la ligereza en el manejo de los fondos públicos, son la regla, tristemente. Dimos el ejemplo del comandante que ha de decidir el repliegue de sus tropas o hasta la rendición. También recordaremos el caso del médico quien pudiera ser incluso el padre del doliente y ha de amputar la pierna gangrenosa de su hijo so pena que muera como también el caso del Presidente de la compañía que ha de convocar la asamblea de accionistas para proponerles el cierre y hasta la liquidación de la sociedad no pudiendo fusionarse tan siquiera con la competencia. En la llamada reunión de Notables del día 03 de agosto del 2.000, donde tuve el privilegio de ser invitado, respecto del relanzamiento de CAZTOR ninguno de los allí presentes sugirió su cierre. Todos recomendaron el relanzamiento de CAZTOR para que: 1) ésta reasumiera su gloriosa imagen de antaño; 2) para que con su experiencia pudiera hacer grandes desarrollos como el del Complejo

Turístico El Morro y 3) se recurriera a los grandes empréstitos del BID y hasta del FIDES. Hubo otros comentarios concurrentes que analizaremos más adelante.

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Sólo el Dr. Carlos Lares Cordero, en posición objetiva, valiente y conocedora del tema, asomó el gravísimo problema de la insolvencia de CAZTOR al informar de un pasivo laboral de cien millones, cifra que corrigió cuando le indiqué que el monto real mínimo era de ciento setenta millones de bolívares. Fue el único quien denunció, con nombre y apellido, a quienes defraudaron y acabaron con CAZTOR. 14) Observaciones respecto del relanzamiento sugerido unánimemente: Al respecto debe aclararse: 1) La referida gloriosa imagen se dio por el concurso de hombres como Daniel

Camejo, promotor de talla internacional, y de un caballero, entusiasta y visionario, prestado a la política como Fernández Padilla, en un país con una situación económica estable, próspera, en la que los aspectos sociales, sanitarios, educacionales y de seguridad eran enfrentados y en vías de superación, totalmente distinto a la Venezuela actual que tiene otras prioridades y una deuda externa equivalente al 40% de su presupuesto nacional lo que implica una grave crisis social;

2) La experiencia de CAZTOR es totalmente inexistente pues ninguna de las personas que integran su junta directiva ni laboran actualmente en la misma perteneció al grupo promotor del Complejo Turístico El Morro. Hoy día, CAZTOR, no tiene ni oficinas propias. Su edificio sede fue vendido. Quien disponga de un área, pública o privada, susceptible de desarrollos similares al del Complejo Turístico El Morro como pudiera ser en la zona costera de Barcelona, la Laguna de Los Patos o en el viejo aeropuerto de Cumaná, no se le ocurriría pedir los servicios de CAZTOR sino que buscaría sus proyectistas, hombres como Camejo y posiblemente contrataren empresas especializadas del exterior, como también lo hizo CAZTOR en su oportunidad.

3) Recurrir a los grandes empréstitos del BID, del Banco Mundial y de tantas organizaciones internacionales es seguir con la mente saudita de los años 1972 en adelante. Ni el estado ni la administración pública, en general, deben dedicarse a actividades de empréstito, inversión ni compra-venta, puesto que estas actividades mercantiles corresponden al sector privado. El Estado debe velar por la seguridad, la educación, la salud, la vivienda, la concepción de planes de vialidad, por ejemplo. El financiamiento y la construcción, incluso de estos servicios públicos, debe quedar en manos de la empresa privada. Si no, véase el triste y vergonzoso final de CAZTOR hundida en el fraude y en la quiebra por la falta de dolientes y la sobra de delincuentes. Por otra parte, los préstamos internacionales van dirigidos particularmente en el tercer mundo a obras de interés social y no precisamente del corte del Complejo Turístico El Morro. Las inversiones para este tipo de proyecto son privadas. El estado debe generar planes, proyectos y hacer que el sector privado asuma los riesgos, invierta y obtenga las respectivas ganancias. Este tema se vincula con la figura de la planificación y de la promoción y lo desarrollaremos de seguidas pero dentro de otro aspecto.

15) De la hipótesis que el relanzamiento dependiera del bolsillo de quien lo sugiere. Quien suscribe plantea la hipótesis -simple ensayo mental introspectivo- que quien sugiriera el relanzamiento de CAZTOR -sobre todo con tanta seguridad y vehemencia- asumiera las consecuencias directas y personales del financiamiento de CAZTOR, en las actuales condiciones, con dinero de su peculio particular sin compromiso de

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indemnización de las Alcaldías por las pérdidas en que pudiera incurrir en su erróneo relanzamiento. No hace falta consultar a ninguno de los allí presentes si los mismos se comprometerían a sufragar, de inmediato, con dinero propio, de su bolsillo, el relanzamiento de CAZTOR, pues, creo no pecar de adivino, ninguno lo haría. De ello inferimos que es muy fácil disponer de los fondos públicos y seguir despilfarrándolos como se ha hecho en los últimos veintiséis años. Así se mal administraron cerca de 250.000 millones de dólares de ingresos provenientes de la renta petrolera y, para colmo, el país debe destinar el 40% de su presupuesto nacional a honrar su deuda externa. Los más agudos de los presentes, sugirieron la posibilidad de utilizar los recursos del FIDES y hasta uno mencionó que la Alcaldía de Urbaneja podría mantener el equipo de CAZTOR, sin percatarse que: 1º) Al cobrarse la última cuota de noviembre y de liquidarse parte del pasivo a corto

plazo de CAZTOR ésta quedaría sin capital de trabajo para mantener el equipo que allí trabaja o cobra en la actualidad;

2º) Los dineros del Fides están destinados para la Gobernaciones y para las Alcaldías y difícilmente CAZTOR, sin un proyecto específico y de corte social, ante los problemas prioritarios que enfrenta el país y la región en particular, pudiera recibir, al menos a corto plazo, parte de los fondos destinados a las ONG;

3º) El Municipio Urbaneja, si bien es el principal accionista de CAZTOR, no es el único ni tiene porque asumir el pago de la nómina ni de los gastos de esta última y menos aún si ello no se ha incluido en su Ley de Presupuesto pues su Alcalde, Concejales y quienes lo permitieren incurrirían en malversación de fondos y hasta en malversación de fondos específica, delitos tipificados en los artículos 60 y 61 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público.

De manera tal que al sugerirse el manejo de un fondo público se debe actuar con más objetividad, más honradez, más cautela, cuidando dichos fondos como si fueran propios. De obrarse así, siempre, las cosas serían distintas.

AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA

16) Área bajo régimen de administración especial con autoridad única.

Durante la reunión de los Notables, del día 03 de agosto del 2.000, varias personas sugirieron la conveniencia de reestructurar el conocido DAO, la posibilidad de generar una figura parecida a la existente en los estado Unidos de Norteamérica como es la de la autoridad única, con el objeto de acabar con la anarquía de cuatro municipios concentrados en una misma área donde la pared de una casa corresponde a un municipio y la sala principal a otro.

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Jon Lacasa Astigarraga

A nadie escapa que esta privilegiada zona costera del Estado tiene un atraso de decenas de años en su Planificación producto de la incapacidad de los gobernadores regionales y locales y de sus inconfesables intereses personales. La consecuencia es una conurbación que comienza en Píritu, prácticamente, y se extiende a lo largo de Mochima, más allá de Guanta, sin vías de tránsito ordenadas y suficientes, con servicios públicos colapsados, con playas desaprovechadas, con una total anarquía entre las distintas Alcaldías en lo que a variables urbanas se refiere, un aspecto deprimente de la ciudad todo lo cual menoscaba la calidad de vida de sus residentes y visitantes. Tiene el Gobernador, el reto y la posibilidad de asumir la concepción de un Plan de Ordenación Urbanística (POU) sea la concreción espacial urbana del Plan Nacional de ordenación del Territorio y del Plan Regional, de cara a cincuenta o cien años y que su nombre sea recordado como lo es el del Dr. Fernández Padilla ideólogo del Complejo Turístico El Morro, de la Universidad de Oriente, entre otras obras. La existencia de cuatro y hasta de cinco municipios, incluyendo Píritu, en lo que es la cabeza del Estado y la salida al Norte de los demás estados de la región Sur, totalmente anárquicos, dificulta este Plan de Ordenación Urbanística. Pero existe en Venezuela la figura del ABRAE o AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA, concebida en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, en su artículo 17, en particular, y en sus artículos 58, 59 y 60 en concordancia con los 27, 32,34, 46 y que Ud. puede proponer y lograr del Ciudadano Presidente de la República, fácil y rápidamente. La determinación de tal ÁREA no requeriría de ningún Consejo Legislativo Regional y menos Nacional ya que es competencia del Presidente de la República, en Consejo de Ministros, decretar la misma fijando sus coordenadas poligonales, nombrando su autoridad única que en este caso pudiera ser CAZTOR , para hacer honor a su nombre y a un pasado glorioso cuya obra, irrepetible, es el Complejo Turístico El Morro, orgullo regional, pero cuya compañía, hoy venida a menos, está totalmente quebrada fruto de descarada e impune corrupción, carente de sede pues fue vendida junto con bienes ajenos a la misma. Este ABRAE tendría por objeto: 1º) la concepción del Plan de Ordenación Urbanística (POU), resolviendo a

cincuenta años vista, mínimo, los problemas de vialidad, urbanismo, vivienda, servicios públicos, sanidad, fijando las variables urbanas que regirían para todos los municipios (Píritu, Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta) con lo que se acabaría la anarquía actual, respetándose, al mismo tiempo, la autonomía municipal de rango constitucional como es en lo referente a la entrega de permisos de construcción y cobro de impuestos municipales pero siempre bajo unas mismas variables urbanas.

2º) la concentración en las Oficinas de esta Autoridad Única de todos los organismos de Estado (tales como Ministerio de Infraestructura, Sanidad, MARNR, INPARQUES y empresas prestadoras de servicios públicos tales como las de electricidad, agua, acueductos, etc.) que facilitaría la tramitación de los permisos de urbanismo en una sola oficina, suministrando información al inversionista y acabando con la inseguridad jurídica y con la tradicional corrupción estimulada por la complicación de los trámites administrativos generadores de costos injustificables y de pérdida de tiempo que disuaden al inversionista;

3º) la creación de un banco de Proyectos en la zona en las áreas de urbanismo, residencial, turística, industrial, agrícola, pecuaria, petrolera y derivados y

4º) la promoción del estado o, al menos, del área Norte que abarcaría la competencia de esta Autoridad Única autora del Plan Rector con todos los adelantos de la Internet;

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A título enunciativo vale destacar, como hecho inverosimil, que todo el tráfico al oriente del país, al estado Sucre, pasa irremediablemente por la avenida municipal de Puerto La Cruz y, necesariamente, por la Intercomunal cuando los universitarios manifiestan en la Alterna quemando cauchos. La Laguna de El Maguey, o lo que queda de la misma, podría convertirse, conforme la sugirió el Colegio de Arquitectos de Venezuela, en un hermoso parque acuático, un área para la contemplación y para la práctica de deportes con acceso popular, tipo Parque del Este, y para la construcción de un Domo multiuso, con capacidad de quince mil espectadores, inexistente en la zona norte costera, que permitiera la realización y exhibición de espectáculos culturales, religiosos y deportivos. Por ejemplo, el problema habitacional y la estafa inmobiliaria generados en El Maguey y en otras áreas de la conurbarción por políticos inescrupulosos, pudiera resolverse con proyectos y urbanismos serios y responsables desarrollando áreas, hoy del IAN, que ya no tienen vocación agrícola y donde son susceptibles de construcción verdaderas ciudades satélites como es en la zona de la Coca Cola, La Academia de Policía y la Polar, en la vía a Bergantín o hacia El Rincón o hacia Barbacoa. Los problemas habitacionales pueden resolverse sin menoscabo del ambiente ni con demagogias. El Plan Rector concebiría la solución de los problemas de vialidad interna de los Municipios, totalmente saturados de vehículos, y su interrelación y concebiría autopistas o vías rápidas que obviaren el tránsito dentro de la ciudad para las unidades que van de un extremo de la conurbación al otro o que pasan de largo hacia el oriente del país. Incorporaría el Puerto de Guanta, la Zona Industrial y el Criogénico al sistema ferrocarril nacional, hoy ignorado por múltiples invasiones. No puede concebirse el desarrollo de las instalaciones petroleras dentro de Puerto La Cruz, con el gravísimo temor de explosiones en sus depósitos y demás emanaciones de gases que pudieran acarrear la muerte de miles de habitantes de la zona cuando estas instalaciones deberían desplazarse, paulatinamente, hacia el Criogénico, su área natural de desarrollo. Estas áreas serían sustituidas por áreas residenciales y comercio vecinales. Así el área portuaria petrolera de Guaraguao pudiera dar servicio a las unidades de Conferry y a los buques turísticos sin más inversiones costosas e impropias como la del Muelle de Cruceros donde un Juez dictó auto de detención a su promotor por daños al ambiente. Hay que recordar, por otra parte, que lo ganado al mar por aluvión o por hecho del hombre es propiedad de la Nación y no de los Municipios. La Bahía de Pozuelos debería convertirse en un área de balnearios públicos y hotelera, totalmente saneada, eliminándose los botes de aguas negras de la ciudad y los provenientes de las sentinas de los buques petroleros e integrarla a las bahías de Mochima, totalmente desaprovechadas, sin instalaciones de ninguna clase. Esta zona privilegiada del norte de Anzoátegui abarca un puerto y un aeropuerto internacionales. Es la boca de salida al Caribe y al Mundo no sólo de Anzoátegui sino de Sucre, Monagas y de Bolívar. El Plan Rector o POU adecuaría al crecimiento de la conurbación el correspondiente crecimiento y la calidad de los servicios públicos, hoy colapsados en su mayoría, tales como electricidad, agua, cloacas, drenajes, vialidad y aceras, amén de hospitales, Cuerpos de bomberos, institutos de enseñanza, áreas e instalaciones para la práctica de deportes, así como áreas recreacionales y de contemplación. La proyección turística de esta conurbarción que fue realidad durante los años 1.986 a 1.992, actividad generadora de empleo y de riqueza, hay que recuperarla pues, de alguna forma, toda la población concurre bien prestando servicios o con su hospitalidad y sonrisa tradicionales.

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Si los americanos y los cubanos hicieron esa Miami que tanto envidiamos, ¿porqué nosotros no podríamos hacer en pequeño otra si Dios nos obsequió lo principal, la naturaleza? Se adjunta en dos folios copia de la sugerencia de la llamada AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA , donde se abunda en más detalles. 17) Interrogantes acerca del relanzamiento de CAZTOR: Pero la idea de lanzar a CAZTOR como tal Autoridad Única de Área Bajo Régimen de Administración Especial plantea otras interrogantes, como por ejemplo: 1) ¿Seguiría el Municipio Urbaneja como accionista con un 60% de este ente público? 2) ¿Aceptarían los demás Municipios que el Municipio Urbaneja tuviera una

intervención mayor que ellos en la concepción y creación de un Plan General de Urbanismo para la zona norcostera?

3) ¿Sólo dentro del presupuesto de la Gobernación o a través de un presupuesto especial del FIDES o del presupuesto Nacional podría mantenerse el equipo profesional que conduciría CAZTOR?

4) ¿Se convertiría CAZTOR en otro organismo público, foco de despilfarro, para complacer a los amigos o en un coto de poder y de corrupción al concebir un Plan General que valorizara ciertas áreas más que otras en beneficio directo de sus allegados?

5) ¿Pondría el municipio Urbaneja o la Gobernación los setecientos y tantos millones necesarios para recuperar el campo de golf y la sede comprada por una empresa de Petrica?

18) Cuidado con quienes puedan sugerir la liquidación inmediata. Quienes han realizado inconfesables negocios con CAZTOR verían con agrado su desaparición inmediata como una manera de sepultar sus fraudes y, así, liberarse de rendir cuentas ante un Juez con las lógicas y estimables consecuencias. 19) CONCLUSIÓN 1) Es fácil sugerir y abanderar la idea del relanzamiento de CAZTOR. Suena muy

patriótica y estimulante pero, como se analizó someramente, ello plantea numerosas dificultades, costos, responsabilidades y decisiones que no se pueden tomar a la ligera ni inconsultamente, no sólo entre los accionistas actuales sino que debe llegarse a las más altas esferas del Poder Nacional para conocer la voluntad política existente al respecto.

2) Lo analizado en la Primera y Segunda Partes de este somero y confidencial Informe, sugieren, en criterio de quien suscribe:

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a) Solicitar a la Junta Directiva actual de CAZTOR la convocatoria, muy ajustada a derecho para evitar la interposición de nulidades, de la Asamblea de Accionistas con el objeto de informar sobre la situación financiera, patrimonial y jurídica de la empresa, entregando los balances y documentos que apoyen su rendición de cuentas y sugerencias, y poniendo sus cargos a la orden;

b) El nombramiento por la Asamblea de Accionistas de CAZTOR en la que el

Municipio Urbaneja detenta la mayoría, de una Junta Directiva con hombres honestos, capaces, sin intereses inconfesables y totalmente desvinculados de todos los negocios realizados por CAZTOR en los últimos DIEZ AÑOS, AL MENOS quienes, tras un análisis profundo, técnico, jurídico principalmente, con consulta con los organismos públicos regionales y nacionales y hasta internacionales, convocara, nuevamente, la Asamblea de Accionistas con invitados especiales de creerlo conveniente, en el término de unos meses, breve plazo en todo caso, sugiriendo las fórmulas aquí analizadas y las ideas que surgieran durante ese breve lapso. Pudiera sugerir algún nombre para integrar esa Junta. Esta segunda Asamblea decidiría, en definitiva. El presidente de esta Junta provisional debería ser un jurista por las graves implicaciones jurídicas y judiciales de CAZTOR, solvente económicamente, de la más absoluta rectitud e insobornable, con capacidad gerencial y de negociación no pudiendo decidir el mismo ninguna compra ni operación sin la autorización mayoritaria de la Junta Directiva.

Espero que este somero informe, basado exclusivamente en la breve información oral del actual Presidente, Hector Figuera, pueda ayudarles en la toma de una decisión a corto y mediano plazos respecto de esta emblemática empresa, CAZTOR, con un pasado glorioso y un presente triste y nauseabundo por su quiebra y por los descarados fraudes en que esta inmersa.

Cordialmente, Jon Lacasa Astigarraga

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MEMORANDUM PLAN GENERAL DE URBANISMO Existe en la zona un personaje experimentado en la materia urbanística quien fuera incluso proyectista de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Considero que este señor debe ser abordado y consultado respecto de su colaboración, ad honorem o no, (?) en esta larga, imprescindible, importantísima y delicada tarea. ORNATO DE URBANEJA Sugiero a Gonzalo se ponga en contacto con la Arq. Rita (Telf. 818821) y la Arq. Armida, ambas con experiencia en ornato y deseosas de embellecer, en poco tiempo, la ciudad, casco, vía principal y entradas. Creo que un Decreto, basado en las normas de la Ley de Sufragio y de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, debería ordenar la eliminación inmediata, en un plazo no mayor de una semana, de toda la propaganda política dentro de los límites del Municipio, a excepción de aquella referida a los Concejales y Juntas Municipales. El Decreto advirtiría que la no eliminación de la dicha propaganda dará lugar a que lo haga la Alcaldía exigiendo la indemnización correspondiente, según volúmen y costos en cada caso, a cada Partido o movimiento político; en el entendido que ninguno podrá hacer nueva propaganda en el futuro si no cancela previamente lo debido y no afianza el retiro de la nueva propaganda para Concejales. DEPURACIÓN DEL REGISTRO ELECTORAL Además de la debida cortesía y colaboración entre las municipalidades vecinas y la policía en particular, debería: 1) solicitarse al CEN la lista de los electores de Urbaneja con sus respectivas direcciones; 2º) concebir una operación de conjunto, cada policía dentro de su jurisdicción, para averiguar, elector por elector, su verdadera dirección; 3º) concluida esta labor, quizás con la participación de una fiscal del ministerio público, debería darse publicidad a los nombres o, sin esta, proceder a la denuncia penal correspondiente; 4º) Asegurarse la depuración del listado por el CEN y 5º) Averiguar en el CEN la inscripción y legitimidad de las nuevas inscripciones dentro del Municipio Urbaneja. Esta labor debería intentarse desde un principio con la debida antelación (hacer un PERT) para que no hubiera fraude en la elección de los Concejales. FIDES Existe la posibilidad de contactar al vicepresidente del FIDES para presentar proyectos serios y aligerar los trámites pertinentes para la obtención de los fondos requeridos. CATASTRO Según parece, existe un software y gente conocedora de la materia en Caracas. A pesar de su aparente elevado costo es primordial para la seguridad de los residentes e inversionistas, amén del Fisco municipal, la actualización y sinceración de esta información. Creo se puede conseguir apoyo a este respecto dentro de la industria petrolera. HACIENDA MUNICIPAL Este delicado tema creo debería enfrentarse con gente capaz y honesta. Sugiero a un especialista, conocedor de la vida municipal y de CAZTOR, para realizar una AUDITORIA tanto en el Municipio, a la empresa encargada de la cobranza de los

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impuestos municipales en particular y a CAZTOR, quien recomendaría las bases de una buena contabilidad, control de cobranzas y Tesorería. Sugiero al Lic. Luís Herrera Ventura con residencia en Barcelona. Su participación sería remunerada. VIALIDAD Para participar dentro del Plan de Ornato, sugerir ideas económicas y útiles así como especialista en materia de vialidad y seguridad, sugiero al Ingº Alexis Illarramendi. Su participación sería remunerada. AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA . Considero sería muy oportuno sugerir esta figura al Gobernador, lo antes posible, entregándole una copia adjunta del tema.

CARTA AL Ciudadano GOBERNADOR De: Jon Lacasa Astigarraga (abogado) Asunto: Atraso en Planificación y caos urbanísticos, anarquía municipal, colapso de los servicios públicos, inseguridad jurídica y mala calidad de vida; Solución: Un POU (Plan de Ordenación Urbanística) a través de un ABRAE (AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA) (Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio). A nadie escapa que esta privilegiada zona costera del Estado tiene un atraso de decenas de años en su Planificación y está inmersa en un total caos urbanístico productos de la incapacidad de los gobernadores regionales y locales y de sus inconfesables intereses personales. La consecuencia es una conurbación caótica que comienza en Píritu, prácticamente, y se extiende a lo largo de Mochima, más allá de Guanta, sin vías de tránsito ordenadas y suficientes, con servicios públicos colapsados, con playas desaprovechadas, con una total anarquía entre las distintas Alcaldías en lo que a variables urbanas se refiere, un aspecto deprimente de la ciudad todo lo cual menoscaba la calidad de vida de sus residentes y visitantes. Tiene Ud., Sr. Gobernador, el reto y la posibilidad de asumir la concepción de un Plan de Ordenación Urbanística (POU) sea la concreción espacial urbana del Plan Nacional de Ordenación del Territorio y del Plan Regional junto con los Planes locales, de cara a cincuenta o cien años y que su nombre sea recordado como lo es el del Dr. Rafael Antonio Fernández Padilla ideólogo y/o propulsor del Complejo Turístico El Morro, de la Universidad de Oriente, del Hospital Razetti entre otras obras. La concentración de cuatro y hasta de cinco municipios, incluyendo Píritu, totalmente anárquicos, en lo que es la cabeza del Estado y la salida al Norte de los demás estados de la región Sur, dificulta este Plan de Ordenación Urbanística. Pero existe en Venezuela la figura del ABRAE o AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA, concebida en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, en su artículo 17, en particular, y en sus artículos 58, 59 y 60 en concordancia con los 27, 32, 34, 46 y que Ud. puede proponer y lograr del Ciudadano Presidente de la República, sugerencia que hice hace más de cinco años a través del diario El Tiempo. La determinación de tal ÁREA no requeriría de ningún Consejo Legislativo Regional y menos Nacional ya que es competencia del Presidente de la República, en Consejo de Ministros, decretar la misma fijando sus coordenadas poligonales, nombrando su

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Autoridad Única que en este caso pudiera ser CAZTOR , para hacer honor a su nombre y a un pasado glorioso cuya obra, irrepetible, es el Complejo Turístico El Morro, orgullo regional, pero cuya compañía, hoy venida a menos, está totalmente quebrada fruto de descarada e impune corrupción, carente de sede pues fue vendida junto con bienes ajenos a la misma. Este ABRAE tendría por objeto: 1º) la concepción del Plan de Ordenación Urbanística (POU), resolviendo a

cincuenta años vista, mínimo, los problemas de vialidad, urbanismo, vivienda, servicios públicos, sanidad, fijando las variables urbanas que regirían para todos los municipios (Píritu, Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta) con lo que se acabaría la anarquía actual, respetándose, al mismo tiempo, la autonomía municipal de rango constitucional como es en lo referente a la entrega de permisos de construcción y cobro de impuestos municipales pero siempre bajo unas homogéneas variables urbanas.

2º) la concentración en las Oficinas de esta Autoridad Única de todos los organismos de Estado (tales como Ministerio de Infraestructura, Sanidad, MARNR, INPARQUES y empresas prestadoras de servicios públicos tales como las de electricidad, agua, acueductos, etc.) que facilitaría la tramitación de los permisos de urbanismo en una sola oficina, suministrando información al inversionista y acabando con la inseguridad jurídica y con la tradicional corrupción estimulada por la complicación de los trámites administrativos generadores de costos injustificables y de pérdida de tiempo que disuaden al inversionista;

3º) la creación de un banco de Proyectos y de un Catastro paralelo de la zona en las áreas de urbanismo, residencial, turística, industrial, agrícola, pecuaria, petrolera y derivados y

4º) la promoción del estado o, al menos, del área Norte que abarcaría la competencia de esta Autoridad Única autora del Plan Rector con todos los adelantos de la Internet;

A título enunciativo vale destacar, como hecho inverosímil, que todo el tráfico al oriente del país, al estado Sucre, pasa irremediablemente por la avenida municipal de Puerto La Cruz y, necesariamente, por la Intercomunal cuando los universitarios manifiestan en la Alterna quemando cauchos. La Laguna de El Maguey, o lo que queda de la misma, podría convertirse, conforme lo sugirió el Colegio de Arquitectos de Venezuela, en un hermoso parque acuático, un área para la contemplación y para la práctica de deportes con acceso popular, tipo Parque del Este, y para la construcción de un Domo multiuso, con capacidad de quince mil espectadores, inexistente en la zona norte costera, que permitiera la realización y exhibición de espectáculos culturales, religiosos y deportivos. Por ejemplo, el problema habitacional y la estafa inmobiliaria generados en El Maguey y en otras áreas de la conurbarción por políticos inescrupulosos, pudiera resolverse con proyectos y urbanismos serios y responsables desarrollando áreas, hoy del IAN, que ya no tienen vocación agrícola y donde son susceptibles de construcción verdaderas ciudades satélites como es en la vía a Naricual o hacia El Rincón o hacia Barbacoa. Los problemas habitacionales pueden resolverse sin menoscabo del ambiente y sin demagogias. El Plan Rector o POU concebiría la solución de los problemas de vialidad interna de los Municipios, totalmente saturados de vehículos, y su interrelación y concebiría autopistas o vías rápidas que obviaren el tránsito dentro de la ciudad para las unidades que van de un extremo de la conurbación al otro o que pasan de largo hacia el oriente

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del país. Incorporaría el Puerto de Guanta, la Zona Industrial y el Criogénico al sistema ferrocarril nacional, hoy ignorado por múltiples invasiones. No puede concebirse el desarrollo de las instalaciones petroleras dentro de Puerto La Cruz, con el gravísimo temor de explosiones en sus depósitos y demás emanaciones de gases que pudieran acarrear la muerte de miles de habitantes de la zona cuando estas instalaciones deberían desplazarse, paulatinamente, hacia el Criogénico, su área natural de desarrollo. Estas áreas serían sustituidas por áreas residenciales y comercio vecinales. Así el área portuaria petrolera de Guaraguao pudiera dar servicio a las unidades de Conferry y a los buques turísticos sin más inversiones costosas e impropias como la del Muelle de Cruceros donde un Juez dictó auto de detención a su promotor por daños al ambiente. Hay que recordar, por otra parte, que lo ganado al mar por aluvión o por hecho del hombre es propiedad de la Nación y no de los Municipios. La Bahía de Pozuelos debería convertirse en un área de balnearios públicos y hotelera, totalmente saneada, eliminándose los botes de aguas negras de la ciudad y los provenientes de las sentinas de los buques petroleros e integrarla a las bahías de Mochima, totalmente desaprovechadas, sin instalaciones turísticas de ninguna clase y de peligro para la seguridad de sus visitantes. Esta zona privilegiada del norte de Anzoátegui abarca un puerto y un aeropuerto internacionales. Es la boca de salida al Caribe y al Mundo no sólo de Anzoátegui sino de Sucre, Monagas y de Bolívar. El Plan Rector adecuaría al crecimiento de la conurbación el correspondiente crecimiento y la calidad de los servicios públicos, hoy colapsados en su mayoría, tales como electricidad, agua, cloacas, drenajes, vialidad y aceras, amén de hospitales, Cuerpos de bomberos, institutos de enseñanza, áreas e instalaciones para la práctica de deportes, así como áreas recreacionales y de contemplación. La proyección turística de esta conurbarción que fue realidad durante los años 1.986 a 1.992, actividad generadora de empleo y de riqueza, hay que recuperarla pues, de alguna forma, toda la población concurre bien prestando servicios o con su hospitalidad y sonrisa tradicionales. Ud. puede, Sr. Gobernador. Acepte el reto. Pase a la historia. Llame a los mejores y si los americanos y los cubanos hicieron esa Miami que tanto envidiamos, ¿porqué nosotros no podríamos hacer en pequeño otra si Dios nos obsequió lo principal, la naturaleza?

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Urbaneja, 6 de agosto del 2.000. Ciudadano Dr. Hector Figuera U R G E N T E Presidente de CAZTOR Su Despacho Ref: 1) Convocatoria de Asamblea y

2) Suspensión de pagos salvo nómina actual. Distinguido Doctor: Me complace saludarle y ratificarle la próxima y definitiva Asamblea de Accionistas de CAZTOR a celebrarse el día de agosto del dos mil a las horas de la , en la sede de la misma. Mucho le agradecería se asegurara la oportuna notificación de cada uno de los accionistas y de sus representantes. Siendo Ud. electo para el cargo de Presidente de CAZTOR en nombre y representación de esta Alcaldía de Urbaneja, accionista mayoritaria, en mi condición de Alcalde mucho le agradecería tuviera a bien suspender todo pago que no sea estrictamente el de la nómina de las once personas que actualmente prestan sus servicios en CAZTOR. Asumo a este respecto la total responsabilidad y puedo asegurarle que la próxima Junta entrante honrará todos los compromisos procedentes de CAZTOR, particularmente los pasivos laborales, conforme a las menguadas posibilidades económicas de la misma. No tengo la menor duda sabrá Ud. interpretar que esta petición atiende a los mejores y más sanos criterios de administración y particularmente en una situación tan crítica como es la de CAZTOR según sus palabras, pues, de quedar sin recurso alguno la misma, mal podría aceptar la futura administración su incorporación. Con gracias anticipadas, reiterándole mi gratitud y afecto, le saluda, Alexis Ortiz

Alcalde Acuse de recibo por CAZTOR: Recibido el de agosto del 2.000 Nombre y apellido: _________________________

y C.I.: _____________________

Firma: ______________________

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INFORME PRELIMINAR, TOTALMENTE CONFIDENCIAL, PARA L A JUNTA DIRECTIVA Y ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

DE CAZTOR.

Por Jon Lacasa Astigarraga 19 de Octubre del 2.000

Fuentes del Informe: Este Análisis ha sido CONCEBIDO SUPERFICIALMENTE POR LA PREMURA, DADO LA GRAVÍSIMA SITUACIÓN DE CAZTOR a partir de las informaciones verbales suministradas por el ex - Presidente de CAZTOR, Dr. Hector Figuera, -en actitud excepcionalmente cordial y abierta- a quien suscribe el 02/8/2.000, previo a la reunión de los llamados Notables y con base a algunas investigaciones personales de quien suscribe. No se ha podido revisar las Actas de Asamblea de Accionistas ni de Junta Directiva de CAZTOR. No se ha hecho ningún estudio para constatar la veracidad de los datos y cifras que se señalan a continuación, a excepción de la venta de las Dos marinas, por lo que, quien suscribe, no puede garantizar la exactitud de los mismos ni de las consecuencias jurídicas que se infieren en este somero informe. Se anexa el estudio realizado respecto de la Venta de la Marina Américo Vespucio dado la urgencia en determinarse si es ilegal o no el uso de los fondos provenientes de la venta de dicha Marina. Contenido del Informe: Este Informe respecto de CAZTOR, preliminar y superficial, enfoca el tema en dos vertientes, a saber: c) Una primera parte con sus conclusiones que analiza CAZTOR desde el punto de

vista legal y financiero: sea un pasado glorioso tras concebir y construirse una obra irrepetible, el Complejo Turístico El Morro, y un presente doloroso y vergonzoso, de lo que en la actualidad correspondería hacerse, conforme a sus estatutos y normas de Derecho mercantil al contemplar su inanición en el mes de octubre del 2.000, y

d) Una segunda parte con sus conclusiones que analiza la posibilidad de un relanzamiento de CAZTOR con sus pros y sus contras, sus interrogantes, por medio del POU y del ABRAE (Plan de Ordenación Urbanística y AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA)

PRIMERA PARTE

SITUACIÓN JURÍDICA Y FINANCIERA DE CAZTOR 1) Qué es CAZTOR: Es una compañía anónima denominada COMPAÑÍA ANÓNIMA PARA EL DESARROLLO DE LA ZONA TURISTICA DE ORIENTE Fue constituida el 12 de septiembre de 1.967 ante el Juzgado Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y actualmente está inscrita en el Registro Mercantil Primero de la misma Circunscripción. 2) Cuál es el Objeto social de CAZTOR: Al no tener el acta constitutiva de CAZTOR ni sus sucesivas reformas tampoco se puede garantizar la exactitud de lo que aquí sostenemos pero no sería insensato asumir que EL OBJETO SOCIAL de CAZTOR fuera la construcción del Complejo Turístico

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El Morro en los ejidos cedidos a la misma por los Municipios Bolívar y Sotillo con anterioridad al año 1.973 en las zonas conocidas como El Morro y La Salina, sobre un área total de 8.511.648 metros y la concepción de nuevos desarrollos similares. 3) Composición accionaria de CAZTOR: Las acciones de CAZTOR estarían repartidas, aproximadamente, conforme sigue: - Alcaldía de Urbaneja: 60% - Gobernación: 20% - Alcaldía de Sotillo: 11% - Alcaldía de Bolívar: 3% - Corporiente y Corpoturismo 4% 4) Régimen legal de CAZTOR: Reservándose un análisis más profundo, por la carencia absoluta de documentos y tiempo limitado, CAZTOR tendría las siguientes características: e) Es una compañía anónima y por lo tanto se rige de acuerdo a las normas

establecidas en el Código de Comercio, por ser un ente mercantil. De ello se deriva que su fuero es mercantil y no el contencioso-administrativo como en alguna oportunidad se ha pretendido, erróneamente. Su régimen estaría sometido a las normas estatutarias y, subsidiariamente, a las normas del Código de Comercio.

f) Sus accionistas, en la totalidad, son entes públicos. Ello, no obstante, no desvirtuaría su carácter mercantil, de ente privado.

g) Su personal, empezando por su Presidente y todos sus trabajadores, estarían sometidos al régimen laboral establecido en la Ley Orgánica del Trabajo.

h) Pero, dado que más del 50% de las acciones de CAZTOR son públicas, de conformidad con el ordinal 2º del artículo 2 y 65 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público su directiva y administradores y quienes negocien con CAZTOR, están sometidos a dicha Ley especial Penal.

5) Sede de CAZTOR: a) CAZTOR, tiene provisionalmente su sede en el Edificio denominado CAZTOR,

con frente a la avenida Intercomunal y el Complejo Turístico El Morro, de Urbaneja. Lo provisional devendría del hecho inverosímil de la venta de su inmueble por la administración de Nelson Contreras, -sin autorización de la Asamblea de Accionistas- a la sociedad SERVICIOS GENERALES RADPAT C.A. en Bs. 430.000.000,oo según documento notariado en Caracas el 30 de julio de 1998 y posteriormente registrado en Anzoátegui, Municipio Bolívar el 4 de septiembre de 1998 bajo el Nº 12 del Tomo 22, Protocolo Primero, eludiéndose, de manera maliciosa, la identificación del inmueble como SEDE DE CAZTOR . Quedó establecido en el documento de venta registrado que CAZTOR pudiera seguir ocupando gratuitamente el inmueble durante seis meses, (sea hasta el 4 de marzo del 99) y que, caso de no entregarlo a la compradora para dicha oportunidad, pagaría una multa de Bs. 500.000,oo diarios. Debe llamar poderosamente la atención el que la compradora, SERVICIOS GENERALES RADPAT C.A., no ha exigido aún, que se sepa, ni la entrega material del inmueble que supuestamente adquirió como tampoco el pago de la cláusula penal que, al momento de redactar este breve informe, para una mora de seiscientos

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días aproximadamente, correspondería una multa nada desdeñable de Bs. 300 millones, monto equivalente al 70% del precio de venta pagado. Indudablemente que el Juez penal a cargo de decidir el fraude denunciado tendrá elementos de convicción fortísimos acerca de la delictuosidad de la transacción y de la culpabilidad de quienes intervinieron material e intelectualmente.

b) Si bien CAZTOR debe negociar los activos vendibles determinados en el

documento de Parcelamiento de 1973, como bienes del dominio privado que son, no se incluye en dichos activos del Complejo Turístico su Sede social. Al ser CAZTOR patrimonio en su totalidad de entes públicos, los activos propios de CAZTOR y distintos a las áreas vendibles del Parcelamiento El Morro, no pueden ser vendidos sin su previa "desafectación", término propio de Derecho Administrativo, sea sin el informe favorable de la Contraloría General de la República o, al menos, de las Contralorías respectivas de los organismos públicos accionistas de CAZTOR y de la decisión favorable de "desafectación" del activo constituido por el Edificio Sede de los Concejos y del Consejo Legislativo del Estado, sea de los órganos legislativos de los respectivos accionistas. Este u otro pero en todo caso un proceso complejo de actos administrativos eran requeridos para la venta de dicho activo y la mención de estos procedimientos en el documento de venta registrado, so pena de nulidad absoluta. Ninguno de estos procedimientos se cumplieron y por ende se incurrió en un grave de delito de salvaguarda amén de una venta mediante precio vil. No se entra a analizar la tesis sostenida por cierta doctrina del Derecho mercantil que pretende que la venta de la sede social acarrea la cesación y la liquidación de la sociedad.

c) Venta parcial de los Campos de Golf y comodato por el resto.

En cuanto a la venta parcial de los campos de Golf por CAZTOR y el comodato constituido sobre el resto de los campos, ambas operaciones son fraudulentas y nulas de nulidad absoluta, pues los campos de Golfo no son áreas vendibles, son áreas verdes no susceptibles de venta y, finalmente, son propiedad exclusiva de los dueños del Complejo Turístico El Morro, representados por APMO.

6) Recursos humanos de CAZTOR: Para el día 2 de agosto del 2.000 laboraban en CAZTOR once (11) personas, a saber: 1) Presidente: Dr. Hector Figuera. (Merece una apreciación personal, prima face y la

misma resultó muy favorable a quien suscribe. Luce serio, deseoso de entregar su cargo aclarando todas las irregularidades existentes, -pues más allá de sus valores éticos, sabe que incurriría en delito como encubridor por ocultar o silenciar los graves fraudes llevados en las administraciones precedentes por los expresidentes: Contreras y Villalba, como bien los identificara en la reunión de Notables del día 03/8/2.000, el Dr. Carlos Lares Cordero.

El Presidente, a los efectos de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público es un funcionario público y por ende está obligado a denunciar aquellos hechos delictuosos o irregularidades respecto de los cuales tenga

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conocimiento so pena de incurrir en encubrimiento y en sanciones administrativas y civiles, por daño al patrimonio público. El Dr. Figuera estableció con quien suscribe, un rapport muy positivo, confidencial y, obviamente, consecuente con la Ley y valores éticos.)

2) Asesora jurídica 3) Licenciada en administración 4) Un contador 5) Un encargado de personal 6) Un arquitecto o encargado de los planos (?) 7) Un encargado de servicios generales (?) 8) Una secretaria 9) Un mensajero encargado también de la fotocopiadora 10) Un encargado de la limpieza interna 11) Un encargado de la limpieza externa. Nota: Para el momento de entregarse este Informe, esta nómina fue reducida notablemente y el personal existente no ha cobrado sus sueldos por falta de fondos como tampoco se ha podido honrar el pago de prestaciones y liquidaciones a personal retirado -no obstante convenios de pago tribunalicios-. 7) Situación financiera de CAZTOR:

Se confirma que esta información no tiene soporte documental y la misma se basa en el relato verbal efectuado personalmente a quien suscribe por el citado Presidente de CAZTOR en presencia de la Consultora jurídica y de la Administradora y por investigación de la Presidenta interina.

ACTIVO:

- Activo Circulante al 2 de agosto del 2.000: De la venta de la Marina Américo Vespucio quedarían por cobrar tres (3) letras de cambio o cuotas de cerca de Bs. 30.000.000,oo c/u en los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2.000, respectivamente, sea un total superior a los Bs. 90.000.000,oo. Además le quedaría por cobrar en Noviembre del 2.000, siempre por la venta de dicha Marina, una cuota especial aproximada de Bs. 120.000.000,oo Total activo circulante: Bs. 210.000.000,oo.

- Activo fijo: CAZTOR no tendría, -aparentemente y según informaciones verbales- ningún activo fijo más por haberse vendido todo, incluyendo el Edificio CAZTOR. (CAZTOR, como se adelantó, llegó a vender y disponer propiedades de APMO y hasta espigones, áreas ajenas y áreas no susceptibles de venta). Nota al 19/10/2.000 Para el momento de este Informe, al 19 de octubre del 2.000, el saldo disponible en Caja y Bancos sería de Bs. 2.082.778,62 No se incluye en este saldo la cuota penúltima pagada por SORAVES, como parte de pago de la marina Américo Vespucio, del mes de Octubre del 2.000 de Bs. 31.176.470,59, por sugerencia de quien suscribe.

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En cuanto a las ACTIVOS FIJOS, se estima que una decisión judicial debería declarar la nulidad de la venta de la Marina Américo Vespucio en Bs. 780.000.000,oo en cuyo caso este monto habría de ser devuelto a SORAVES, la compradora, -salvo decisión judicial-. Simultáneamente este activo sería recuperado por CAZTOR pudiéndolo vender junto con la Estación de Servicio en un monto superior a los Bs. 2.300.000.000,oo. Lo mismo sucedería con la sede de CAZTOR indebidamente vendida. Prueba del fraude es que no ha sido reclamado la entrega material del inmueble por los compradores en dieciocho (18) meses.

PASIVO: - A corto plazo:

El pasivo financiero, -para distinguir de las llamadas obligaciones de hacer con los compradores de las parcelas-, a corto plazo, es totalmente exigible: - 1) Pasivo laboral: Bs. 170.000.000,oo (No incluiría los sueldos ni las

prestaciones pendientes con el personal actual). - 2) Deuda con DETUR (?) Bs. 250.000.000,oo (Esta deuda sería con el

Grupo de Camejo hijo, y su cobro habría sido gestionado por el Dr. Suarez Muria. Según el presidente de CAZTOR, Hector Figuera, ante la pretensión de cobro extrajudicial realizada por el Dr. Suarez Muria, le habría contestado que la misma es fraudulenta y que no insistiera, con lo que habría desistido momentáneamente. DETUR parece tener derecho a una comisión exorbitante y fraudulenta equivalente al 15% de todas las ventas realizadas por CAZTOR... Una comisión normal de venta sobre un inmueble costoso, un edificio por ejemplo, se estima en un rango del 3%. Sobre un monto tan fabuloso como son todas las propiedades que fueron de CAZTOR -todo el Complejo Turístico El Morro, el 1% sería más que suficiente.) Nota: Este caso está en estudio por quien suscribe.

- 3) Deuda con contratistas: Bs. 100.000.000,oo (El Dr. Figuera, según

palabras suyas, habría disuadido a los contratistas del cobro de sus supuestas acreencias por no tener las mismas respaldo legal o documental y por sugerir ilicitud o fraude parcial en estas).

Total Pasivo a corto plazo: Bs. 520.000.000,oo Nota: Al 19 de Octubre del 2.000

De conformidad con los recaudos con que cuenta CAZTOR la deuda actual sería de Bs. 71.487.743,73. Pero quien suscribe estima que esta cifra no constituye el universo de las acreencias exigibles contra CAZTOR pues, aunque parezca inverosímil, han desaparecido numerosos archivos y documentos. La misma Auditoría realizada por la Contraloría del Municipio Urbaneja, a título de asesoría, dado la gravedad de la situación, concluye que es prácticamente inauditable por la carencia de instrumentos.

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Precaución a la hora de destinar fondos de auxilio a CAZTOR: La situación de incertidumbre y de quiebra es tan grande que cualquier monto que los accionistas pudieran destinar a CAZTOR para solventar provisionalmente la misma o hasta tanto ésta pudiera llegar a un conocimiento total y detallado de los juicios pendientes, de los fraudes y de sus efectos financieros, debería ser depositado provisionalmente en una cuenta independiente de CAZTOR para que su traspaso parcial a CAZTOR y la entrega final para el pago de sueldos, teléfono, luz y agua, por ejemplo, fueren inmediatos, so pena de ser embargados por los acreedores, algunos desconocidos pero con mandamientos judiciales.

De las deudas por servicios de teléfono, electricidad y de agua. CAZTOR está en mora en el pago de los servicios de teléfono (aproximadamente Bs. 1.200.000,oo) y de electricidad (otro tanto), por lo que pudiera ser que para el momento de leerse la presente, CAZTOR careciere de estos, ya que no cuenta con los fondos necesarios para su cancelación. En cuanto al servicio de agua, los accionistas de CAZTOR deben saber y decidir al respecto urgentemente, pues no es función de la Directiva su ocultamiento, -antes por el contrario- que el servicio de agua fue cortado por falta de pago. Pero manos ingeniosas y requeridas de aseo "puentearon" el corte por lo que fraudulentamente el Edificio denominado CAZTOR -ya que es no de su propiedad- se beneficia de dicho servicio fraudulentamente.

- Ingresos por actividades de CAZTOR: Bs. 132.000,oo mensuales. - Egresos actuales: Nómina fija más servicios de teléfono, electricidad, agua,

papelería,fotocopias y varios. (Aproximadamente Bs. 10.000.000,oo mensuales)

DE LA TRANSFORMACIÓN DE CAZTOR EN BUFETE DE ABOGADO S. La situación de juicios, incertidumbre jurídica, carencia de medios económicos para hacer mantenimiento de obras o para cualquier objeto, obliga a CAZTOR a convertirse en un verdadero Bufete de abogados, -ya que la contratación de abogados externos no sólo es imposible por la carencia de recursos sino inmoral, en la situación actual-. En tal virtud, CAZTOR requiere de inmediato un grupo de profesionales, por un lapso de dos o tres meses, de dos o de tres abogados mínimo, con experiencia en litigio, para: a) hacer un inventario final de los aspectos litigiosos y b) para enervar los mismos. Vale destacar la oferta de la Dra. Carlota Salazar (Procuradora del Estado) a quien suscribe, para facilitar esta labor aunque no asumirla en su totalidad. 7) Actividades actuales de CAZTOR: CAZTOR no está realizando ninguna labor efectiva en la actualidad. Está totalmente paralizada. Mantiene sus oficinas, sus planos y equipos internos de oficina a duras penas, pues son muchos los robos y hurtos efectuados en sus oficinas. Aparentemente todos los camiones, equipos pesados, y demás materiales de valor fueron vendidos o desaparecieron. Se está haciendo un inventario en la actualidad pero de objetos de poca monta. CAZTOR cobra mensualmente las citadas cuotas pendientes producto de la venta de la Américo Vespucio renegociada fraudulentamente por

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Villalba y cuyos montos no pueden ser utilizados por provenir de fraude. CAZTOR no realiza ninguna labor de seguridad, ni de mantenimiento de las instalaciones del Complejo Turístico El Morro, ni directamente mediante personal propio ni por vía de contratación, tanto es así que no tiene personal obrero alguno como se aprecia en su "lista de personal". (Ver epígrafe # 6) Todo lo referente a seguridad, sistema de bombas y de cloacas, mantenimiento de las líneas aéreas y subterráneas, drenajes, vialidad del Complejo Turístico El Morro, según información de su Presidente Figuera, estarían a cargo de otros organismos públicos o privados como es APMO. El Dr. Figuera, ex - Presidente y sus inmediatos, se dedicaron a preparar el informe jurídico y contable de su operación y del fraude con el objeto de informar a la Asamblea de accionistas y de efectuar las denuncias pertinentes ante la Fiscalía General de la República. (Quien suscribe fue testigo el miércoles 2 de agosto, a las 17:00 horas, de la comparecencia en dicha Presidencia de un altísimo funcionario de la Alcaldía de Urbaneja con un empresario, dueño de una parcela de 60.000 M2 del Complejo Turístico El Morro, con el objeto de lograr, a "última hora", la desafectación de una franja considerable de terrenos de golf que circundan la dicha parcela a fin de convertirla en una "isla", sea totalmente rodeada de canales de agua... -Las proposiciones de cambios de uso principalmente, de venta de áreas no vendibles tales como campos de golf, renegociación de deudas, son de tal magnitud y descaro, de tal carácter fraudulento, de tantos miles de millones, que el Presidente de CAZTOR debe ser un ser excepcional en cuanto a cualidades éticas amén de contar con un gran conocimiento respecto de la juricidad de las referidas proposiciones-). 8) Obligaciones contractuales de CAZTOR Quien suscribe ratifica no haber dispuesto sino del Documento de Parcelamiento original del Complejo Turístico El Morro del año 1.973 no así de su reforma del año 1978 -en cuya reforma, se dice, hubo cambios aislados de zonificación los cuales serían ilegales, aunque no por las Leyes Orgánicas de Ordenación Urbanística ni de Régimen Municipal, por ser estas posteriores e inaplicables de acuerdo al principio constitucional de la irretroactividad- y del Acta Constitutiva de APMO (Asociación de Propietarios del Complejo Turístico El Morro) supuestamente del año 1988. No se dispuso contrato ni de documento adicional alguno al redactarse este breve informe.

- a) De la obligación de construcción: De conformidad con el Documento de Parcelamiento pudiera decirse que, en términos generales, CAZTOR si cumplió con las obligaciones asumidas a través de su Documento de Parcelamiento tales como movimientos de tierra, construcción de canales, vialidad, cloacas, drenajes, electricidad, aguas blancas e instalaciones telefónicas. Conclusión: En tal virtud podría concluirse que CAZTOR sí cumplió con su principal objeto social, sea la construcción y venta del llamado Complejo Turístico El Morro.

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- b) De la Obligación de mantenimiento: CAZTOR asumió la obligación de mantener todas las citadas instalaciones hasta el momento en que los organismos públicos encargados del servicio de agua, cloacas, electricidad, teléfonos, verbo et gratia, los asumieran o en su defecto, hasta el momento en que los propietarios pasaren a sufragarlos, de acuerdo a la cláusula Vigésimo Octava del Documento de Parcelamiento. (1973) Conclusión: De ello se infiere y por los hechos públicos y notorios conocidos, sea por la asunción por dichos organismos y por los propietarios, a título personal y colectivo, según el caso, así como por APMO, de la prestación y pago de dichos servicios públicos y, a todo evento, por la absoluta y manifiesta incapacidad actual de CAZTOR de proveerlos, que esta obligación de mantenimiento para la misma cesó, es del todo inexistente para CAZTOR, por ahora y a futuro, derivado del referido Documento de Parcelamiento y por su insolvencia absoluta. Persiste su obligación de mantenimiento, a su costo exclusivo, por no poder imputar a terceros su incumplimiento, toda vez que debe entregar el parcelamiento en perfecto estado de funcionamiento y d apariencia.

- c) De la obligación formal o documental de traspaso de los servicios: Quien suscribe carece de todo documento al respecto, pero es continuo el reclamo de los copropietarios en los dos siguientes aspectos: 1) Falta de entrega formal, mediante documento expreso, de los mencionados

servicios a APMO, finalizado como está el Parcelamiento y 2) Extrañamente, de la aparente inexistencia de un documento claro y

específico que autorice a APMO o a las distintas entidades tales como Acquavilla, Casa Botes, sector Hoteles y Comercio, a un cobro compulsivo de los derechos de condominio a los particulares, sea a los propietarios de las diversas parcelas. La supuesta falta de un instrumento que les diera personería jurídica y la delegación del derecho al cobro serían dos de las quejas o reclamos principales. Habría que estudiar el documento de APMO.

Estos aspectos jurídicos, si son ciertos tales reclamos, pudieran ser perfectamente resueltos a corto plazo por CAZTOR, sin problema aparente alguno, haciendo las transferencia o traspasos definitivos. Con ello concluiría, como analizaremos más adelante, el OBJETO SOCIAL DE CAZTOR. Del temor a una entrega total de dichos servicios a APMO. Quien suscribe no puede ocultar a los Accionistas de CAZTOR el temor existente en la comunidad y entre los miembros de APMO, que la entrega total de los servicios, el traspaso total y definitivo de los derechos de CAZTOR a la comunidad de copropietarios representada por APMO, conforme a la Ley de Venta de Parcelas y al Documento de APMO, pueda ser utilizada en forma "inconfesable" o al servicio de ciertos personajes con gran influencia en la Directiva de APMO, personajes conocidos como "terrófagos", sujetos que han comprado grandes parcelas y no han realizado obras en las mismas,

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engordándolas o sujetos que se han valido de sus influencias para realizar cambios aislados de uso, infringiendo la Ley. Pero es de advertirse que este temor, justificable respecto de algunos personajes y no así respecto de otros vinculados a la dirección de APMO, no es materia que deba comprometer la obligación final de CAZTOR de transferir la parte del Parcelamiento o de los servicios pendientes a los compradores. Este problema debe ser enfrentado por los socios de APMO quienes deben, entre otras metas, asumir la recuperación de los Campos de Golf vendidos y de aquellos Campos de Golf y sus instalaciones que son propiedad exclusiva de APMO, como el espigón Noreste con entrada por Bahía Redonda, dados indebidamente en comodato por CAZTOR, por administraciones pasadas. Conclusión respecto de APMO: APMO debería ser, en criterio de quien suscribe, de conformidad con los ordinales 1º, 2º y 3º de sus Estatutos, el ente privado que con personalidad jurídica -equivalente a la llamada Junta de Condominio de copropietarios- asumiera el control y el mantenimiento de todas las instalaciones del Complejo Turístico El Morro, a excepción del Parque La Magdalena que debería ser cedido por CAZTOR, como ejido del dominio público al Municipio Urbaneja. Dentro y al pie del Parque de La Magdalena, se sugiere estudiar la posibilidad de dotar de un espacio al Club de Vela patrocinado por el Arquitecto y Capitán Costanzo, en un acto de justicia, por haber brindado campeones nacionales, suramericanos y mundiales a esta conurbación, sin más interés que el desarrollo del deporte de la Vela.

CAZTOR dispone de una colección de planos única del Complejo Turístico El Morro que debería, en un futuro, pasar a la Ingeniería Municipal de Urbaneja. APMO ha mostrado gran interés en conservar dichos planos y estudios. No sería descartable su entrega. (?). 9) De los juicios pendientes de CAZTOR Aparentemente cursa en los Tribunales, al menos en los penales o ante la Fiscalía General de la República, una serie de denuncias de fraude sobre bienes que fueron propiedad de CAZTOR. El Dr. Figuera consignó una lista considerable de juicios y de casos denunciados ante la Fiscalía. La misma se está estudiando. No se conoce la naturaleza exacta de tales denuncias pero es obvio que mientras duren tales juicios y hasta tanto no haya sentencia definitiva existiría una teórica probabilidad de recuperación por CAZTOR de parte de los activos malvendidos o defraudados, debido al precio vil de las operaciones impugnadas, en el menor de los casos y por ello, no puede ser liquidada "totalmente" CAZTOR. Ejemplo: Marina Américo Vespucio y Edificio de CAZTOR. De decidirse por la figura de la liquidación, nada descartable como se analiza más adelante, y pertinente legalmente, quedaría un liquidador, por los años que fueren necesarios, hasta la supuesta recuperación de los bienes, su venta, pago de las acreencias no prescritas y, teóricamente, tras la liquidación total de los activos restantes, su devolución en efectivo a los accionistas de CAZTOR en proporción a sus derechos. Como analizaremos a continuación, de aplicarse tal criterio conforme a las normas legales pertinentes -estatutos sociales y código de comercio-, el liquidador de CAZTOR, a un costo ínfimo, es quien tendría a su cargo lo que la actual Administración realiza pero a un costo muy exagerado e injustificado al efecto -

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que en el ámbito de una compañía privada nunca sucedería-, tanto que habrá de desaparecer por la falta absoluta de ingresos y por su total descapitalización.

10) CONCLUSIONES PRIMERA PARTE

1) CAZTOR cumplió con su objeto social, sea la construcción del Complejo Turístico

El Morro; 2) CAZTOR entrará en cesación de pagos y se paralizará inmediatamente. Estando

descapitalizada, debería liquidarse obligatoriamente si los accionistas no reponen inmediatamente el capital perdido o sustraído conforme a la parte in fine del artículo 264 del Código de Comercio;

3) CAZTOR, con un pasivo superior al activo, está en indiscutible situación de quiebra de conformidad con el artículo 914 del Código de Comercio, cuya calificación sería por los hechos imputados a Contreras y Villalba, sin duda, de fraudulenta, conforme al artículo 915 eiusdem;

4) Si en su objeto estuviera la obligación de ejecutar alguna obra o el cumplimiento de cualquier obligación pecuniaria, este objeto sería imposible dado fundamentalmente a su indiscutible insolvencia amén de la carencia de equipos y de personal apropiados;

Establece el artículo 340 del Código de Comercio:

"Las compañías de comercio se disuelven: 2º) por la falta o cesación del objeto de la sociedad o por la imposibilidad de conseguirlo; 3º) Por el cumplimiento del objeto; 4º) Por la quiebra de la sociedad aunque se celebre convenio; 5º) Por la pérdida entera del capital o por la parcial a que se refiere el artículo 264, cuando los socios no resuelven reintegrarse o limitarlo al existente;"

En consecuencia, de conformidad con el artículo 340 del Código de Comercio, dejando a salvo lo que sus estatutos establezcan y cuyo contenido desconoce quien suscribe, correspondería la disolución de CAZTOR y el nombramiento de un liquidador o, de seguirse un procedimiento de quiebra, conforme al artículo 937 eiusdem, el nombramiento de un síndico. No cabe la menor duda que la declaratoria de quiebra mediante sentencia judicial o, de manera menos formal y más pacífica, la declaratoria de disolución de la sociedad en Asamblea de accionistas, son ambas decisiones odiosas pero a veces necesarias por no existir otro recurso o bien, simplemente, por mandato de la Ley. Estas situaciones han sido previstas en el Código de Comercio y por ende, siendo normas de orden público y siendo CAZTOR una sociedad de capital público, sus administradores y accionistas deben cuidar sus espaldas... Se estima que un liquidador no requeriría de tanto personal como sucede en la actualidad. Un liquidador debería ser una persona de absoluta solvencia económica y moral, más que un simple abogado, un jurista con amplios conocimientos de Derecho Procesal, de Derecho Mercantil y hasta de Derecho Penal quien con un conjunto de

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abogados se dedicara a efectuar las denuncias penales y a intentar las acciones de nulidad y reivindicatorias necesarias para recuperar las áreas vendidas indebidamente, bien porque no eran vendibles o bien porque los términos y condiciones fueron viles, fraudulentos y dañosos para CAZTOR. 11) CAMPOS DE GOLF El hecho que en la cláusula Décimo novena del Documento de Parcelamiento referente a las canchas de golf se enfatice:

"...Las mismas se considerarán áreas verdes."

define la situación jurídica de dichas canchas de Golf de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Venta de Parcelas que reza:

"Queda prohibida la venta de parcelas ubicadas en zonas que, en los documentos protocolizados según el artículo 2º de esta Ley, aparezcan destinadas a áreas verdes o a otros usos comunales. En consecuencia será nulo cualquier acto o documento otorgado en contravención a lo dispuesto en este artículo y su protocolización se tendrá como inexistente."

En concordancia con esta norma de orden público la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística exige en su artículo 34 la definición en los planes de ordenación urbanística así: "... la delimitación de espacios libres y áreas verdes destinadas a parques y jardines públicos y a zonas recreacionales y de expansión.". A su vez el artículo 69 de la misma es categórico al sostener:

"Las zonas de parques y de recreación no podrán ser destinadas a ningún otro uso; las destinadas a servicios comunales o de infraestructura, sólo podrán afectarse a otro uso cuando fueren sustituidas por otras de igual uso y, por lo menos, igual dimensión y similares características. Cualquier otro uso o acto contrario será nulo de nulidad absoluta y el organismo competente, local o nacional, podrá ordenar, por cuenta del infractor, la demolición de las construcciones o instalaciones realizadas en contravención de lo dispuesto en el presente artículo. Las áreas verdes de protección podrán servir para la prestación de determinados servicios o vías conforme lo establezca el reglamento."

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística reza:

"En cuanto a los PLANES DE DESARROLLO URBANO LOCAL, cualquier modificación o reforma queda sujeta a los mismos requisitos de consulta, información, aprobación, previstos para su sanción original en esta Ley, pudiéndose establecer, por ordenanza, requerimientos adicionales."

El artículo 46 eiusdem reza:

"Si las modificaciones o reformas A LAS CUALES SE REFIERE EL ARTÍCULO ANTERIOR constituyen cambios de zonificación, deberán cumplirse las siguientes condiciones:

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3) EN NINGÚN CASO SE PERMITIRÁN CAMBIOS DE ZONIFICACIÓN AISLADA SINGULARMENTE PROPUESTOS. Toda zonificación deberá ser integral o formar parte de algún plan sectorial.

4) En principio, ningún cambio de zonificación podrá hacerse antes de los diez años ... A tal efecto, la solicitud deberá incluir los estudios técnicos y la constancia de la CONSULTA REALIZADA A LA CORRESPONDIENTE ASOCIACIÓN DE VECINOS...

Parágrafo segundo: ... Los concejales serán responsables personal y solidariamente de los daños que resulten por el incumplimiento de esta disposición."

12) CONCLUSIÓN Lo expuesto, breve y someramente, nos lleva a las siguientes conclusiones: 1º) Los campos de golf son propiedad de los parceleros, representados por APMO; 2º) Las ventas y demás negociaciones -comodato- efectuadas por CAZTOR sobre

dichos campos de Golf y el espigón, son nulos de nulidad absoluta y fraudulentas; 3º) Los cambios de Uso tanto en los campos de Golf (donde CAZTOR se comprometió

a legalizar la construcción de un hospedaje para los usuarios de los campos de Golf y la construcción de locales comerciales para proveerles los implementos necesarios lo que en realidad debe entenderse como cambio de uso para construir un Hotel y un Centro Comercial con Helipuerto), los cambios de uso o de vocación y de densidad de construcción en las marinas, en parcelas destinadas a estacionamiento y en general en otras parcelas, son nulos de nulidad absoluta.

SEGUNDA PARTE

DEL RELANZAMIENTO DE CAZTOR 13) Consideraciones acerca de la reunión de los Notables. No cabe duda que no existe nada más grato, para sí y ante terceros, que asumir una actitud fácil, positiva y generadora de simpatía aunque con ello se corra el serio peligro de no ser objetivo y de equivocarse. Esto es lo corriente en el ámbito político donde la ignorancia y la ligereza en el manejo de los fondos públicos, son la regla, tristemente. En la llamada reunión de Notables del día 03 de agosto del 2.000, donde tuve el privilegio de ser invitado, respecto del relanzamiento de CAZTOR ninguno de los allí presentes sugirió su cierre. Todos recomendaron el relanzamiento de CAZTOR para que: 1) ésta reasumiera su gloriosa imagen de antaño; 2) para que con su experiencia pudiera hacer grandes desarrollos como el del Complejo

Turístico El Morro y 3) se recurriera a los grandes empréstitos del BID y hasta del FIDES. Hubo otros comentarios concurrentes que analizaremos más adelante. Sólo el Dr. Carlos Lares Cordero, en posición objetiva, valiente y conocedora del tema, asomó el gravísimo problema de la insolvencia de CAZTOR al informar de un pasivo laboral de cien millones, cifra que corrigió cuando le indiqué que el monto real mínimo

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era de ciento setenta millones de bolívares, mínimo. Fue el único quien denunció, con nombre y apellido, a quienes defraudaron y acabaron con CAZTOR. 14) Observaciones respecto del relanzamiento sugerido unánimemente: Al respecto debe aclararse: 1) La referida gloriosa imagen se dio por el concurso de hombres como Daniel

Camejo, promotor de talla internacional, y de un caballero, entusiasta y visionario, prestado a la política como Fernández Padilla, en un país con una situación económica estable, próspera, en la que los aspectos sociales, sanitarios, educacionales y de seguridad eran enfrentados y en vías de superación, totalmente distinto a la Venezuela actual que tiene otras prioridades y una deuda externa equivalente al 40% de su presupuesto nacional lo que implica una grave crisis social;

2) La experiencia de CAZTOR es totalmente inexistente pues ninguna de las personas que integran su junta directiva ni laboran actualmente en la misma perteneció al grupo promotor del Complejo Turístico El Morro. Hoy día, CAZTOR, no tiene ni oficinas propias. Su edificio sede fue vendido. Quien disponga de un área, pública o privada, susceptible de desarrollos similares al del Complejo Turístico El Morro como pudiera ser en la zona costera de Barcelona, la Laguna de Los Patos o en el viejo aeropuerto de Cumaná, no se le ocurriría pedir los servicios de CAZTOR sino que buscaría sus proyectistas, hombres como Camejo y posiblemente contrataren empresas especializadas del exterior, como también lo hizo CAZTOR en su oportunidad.

3) Recurrir a los grandes empréstitos del BID, del Banco Mundial y de tantas organizaciones internacionales es seguir con la mente saudita de los años 1972 en adelante. Ni el estado ni la administración pública, en general, deben dedicarse a actividades de empréstito, inversión ni compra-venta, puesto que estas actividades mercantiles corresponden al sector privado. El Estado debe velar por la seguridad, la educación, la salud, la vivienda, la concepción de planes de vialidad, por ejemplo. El financiamiento y la construcción, incluso de estos servicios públicos, debe quedar en manos de la empresa privada. Si no, véase el triste y vergonzoso final de CAZTOR hundida en el fraude y en la quiebra por la falta de dolientes y la sobra de delincuentes. Por otra parte, los préstamos internacionales van dirigidos particularmente en el tercer mundo a obras de interés social y no precisamente del corte del Complejo Turístico El Morro. Las inversiones para este tipo de proyecto son privadas. El estado debe generar planes, proyectos y hacer que el sector privado asuma los riesgos, invierta y obtenga las respectivas ganancias. Este tema se vincula con la figura de la planificación y de la promoción y lo desarrollaremos de seguidas pero dentro de otro aspecto.

15) De la hipótesis que el relanzamiento dependiera del bolsillo de quien lo sugiere. Quien suscribe plantea la hipótesis -simple ensayo mental introspectivo- que quien sugiriera el relanzamiento de CAZTOR -sobre todo con tanta seguridad y vehemencia- asumiera las consecuencias directas y personales del financiamiento de CAZTOR, en las actuales condiciones, con dinero de su peculio particular sin compromiso de indemnización de las Alcaldías por las pérdidas en que pudiera incurrir en su erróneo relanzamiento.

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No hace falta consultar a ninguno de los notables allí presentes si los mismos se comprometerían a sufragar, de inmediato, con dinero propio, de su bolsillo, el relanzamiento de CAZTOR, pues, creo no pecar de adivino, ninguno lo haría. De ello inferimos que es muy fácil disponer de los fondos públicos y seguir despilfarrándolos como se ha hecho en los últimos veintiséis años. Así se mala administraron cerca de 250.000 millones de dólares de ingresos provenientes de la renta petrolera y, para colmo, el país debe destinar el 40% de su presupuesto nacional a honrar su deuda externa. Los más agudos de los presentes, sugirieron la posibilidad de utilizar los recursos del FIDES y hasta uno mencionó que la Alcaldía de Urbaneja podría mantener el equipo de CAZTOR, sin percatarse que: 1º) Al cobrarse la última cuota de octubre y de liquidarse parte del pasivo a corto plazo

de CAZTOR ésta quedaría sin capital de trabajo para mantener el equipo que allí trabaja o cobra en la actualidad;

2º) Los dineros del Fides están destinados para la Gobernaciones y para las Alcaldías y difícilmente CAZTOR, sin un proyecto específico y de corte social, ante los problemas prioritarios que enfrenta el país y la región en particular, pudiera recibir, al menos a corto plazo, parte de los fondos destinados a las ONG;

3º) El Municipio Urbaneja, si bien es el principal accionista de CAZTOR, no es el único ni tiene porque asumir el pago de la nómina ni de los gastos de esta última y menos aún si ello no se ha incluido en su Ley de Presupuesto pues su Alcalde, Concejales y quienes lo permitieren incurrirían en malversación de fondos y hasta en malversación de fondos específica, delitos tipificados en los artículos 60 y 61 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público.

De manera tal que al sugerirse el manejo de un fondo público se debe actuar con más objetividad, más honradez, más cautela, cuidando dichos fondos como si fueran propios. De obrarse así, siempre, las cosas serían distintas.

AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA

16) Área bajo régimen de administración especial con autoridad única.

Durante la reunión de los Notables, del día 03 de agosto del 2.000, varias personas sugirieron la conveniencia de reestructurar el conocido DAO, la posibilidad de generar una figura parecida a la existente en los estado Unidos de Norteamérica como es la de la autoridad única, con el objeto de acabar con la anarquía de cuatro municipios concentrados en una misma área donde la pared de una casa corresponde a un municipio y la sala principal a otro. A nadie escapa que esta privilegiada zona costera del Estado tiene un atraso de decenas de años en su Planificación producto de la incapacidad de los gobernadores regionales y locales y de sus inconfesables intereses personales. La consecuencia es una conurbación que comienza en Píritu, prácticamente, y se extiende a lo largo de Mochima, más allá de Guanta, sin vías de tránsito ordenadas y suficientes, con servicios públicos colapsados,

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con playas desaprovechadas, con una total anarquía entre las distintas Alcaldías en lo que a variables urbanas se refiere, un aspecto deprimente de la ciudad todo lo cual menoscaba la calidad de vida de sus residentes y visitantes. Tiene el Gobernador, el reto y la posibilidad de asumir la concepción de un Plan de Ordenación Urbanística (POU) sea la concreción espacial urbana del Plan Nacional de ordenación del Territorio y del Plan Regional, de cara a cincuenta o cien años y que su nombre sea recordado como lo es el del Dr. Fernández Padilla ideólogo del Complejo Turístico El Morro, de la Universidad de Oriente, entre otras obras. La existencia de cuatro y hasta de cinco municipios, incluyendo Píritu, en lo que es la cabeza del Estado y la salida al Norte de los demás estados de la región Sur, totalmente anárquicos, dificulta este Plan de Ordenación Urbanística. Pero existe en Venezuela la figura del ABRAE o AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA, concebida en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, en su artículo 17, en particular, y en sus artículos 58, 59 y 60 en concordancia con los 27, 32,34, 46 y que Ud. puede proponer y lograr del Ciudadano Presidente de la República, fácil y rápidamente. La determinación de tal ÁREA no requeriría de ningún Consejo Legislativo Regional y menos Nacional ya que es competencia del Presidente de la República, en Consejo de Ministros, decretar la misma fijando sus coordenadas poligonales, nombrando su autoridad única que en este caso pudiera ser CAZTOR , para hacer honor a su nombre y a un pasado glorioso cuya obra, irrepetible, es el Complejo Turístico El Morro, orgullo regional, pero cuya compañía, hoy venida a menos, está totalmente quebrada fruto de descarada e impune corrupción, carente de sede pues fue vendida junto con bienes ajenos a la misma. Este ABRAE tendría por objeto: 1º) la concepción del Plan de Ordenación Urbanística (POU), resolviendo a

cincuenta años vista, mínimo, los problemas de vialidad, urbanismo, vivienda, servicios públicos, sanidad, fijando las variables urbanas que regirían para todos los municipios (Píritu, Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta) con lo que se acabaría la anarquía actual, respetándose, al mismo tiempo, la autonomía municipal de rango constitucional como es en lo referente a la entrega de permisos de construcción y cobro de impuestos municipales pero siempre bajo unas mismas variables urbanas.

2º) la concentración en las Oficinas de esta Autoridad Única de todos los organismos de Estado (tales como Ministerio de Infraestructura, Sanidad, MARNR, INPARQUES y empresas prestadoras de servicios públicos tales como las de electricidad, agua, acueductos, etc.) que facilitaría la tramitación de los permisos de urbanismo en una sola oficina, suministrando información al inversionista y acabando con la inseguridad jurídica y con la tradicional corrupción estimulada por la complicación de los trámites administrativos generadores de costos injustificables y de pérdida de tiempo que disuaden al inversionista;

3º) la creación de un banco de Proyectos en la zona en las áreas de urbanismo, residencial, turística, industrial, agrícola, pecuaria, petrolera y derivados y

4º) la promoción del estado o, al menos, del área Norte que abarcaría la competencia de esta Autoridad Única autora del Plan Rector con todos los adelantos de la Internet;

A título enunciativo vale destacar, como hecho inverosimil, que todo el tráfico al oriente del país, al estado Sucre, pasa irremediablemente por la avenida municipal de Puerto La Cruz y, necesariamente, por la Intercomunal cuando los universitarios manifiestan en la Alterna quemando cauchos.

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La Laguna de El Maguey, o lo que queda de la misma, podría convertirse, conforme la sugirió el Colegio de Arquitectos de Venezuela, en un hermoso parque acuático, un área para la contemplación y para la práctica de deportes con acceso popular, tipo Parque del Este, y para la construcción de un Domo multiuso, con capacidad de quince mil espectadores, inexistente en la zona norte costera, que permitiera la realización y exhibición de espectáculos culturales, religiosos y deportivos. Por ejemplo, el problema habitacional y la estafa inmobiliaria generados en El Maguey y en otras áreas de la conurbarción por políticos inescrupulosos, pudiera resolverse con proyectos y urbanismos serios y responsables desarrollando áreas, hoy del IAN, que ya no tienen vocación agrícola y donde son susceptibles de construcción verdaderas ciudades satélites como es en la zona de la Coca Cola, La Academia de Policía y la Polar, en la vía a Bergantín o hacia El Rincón o hacia Barbacoa. Los problemas habitacionales pueden resolverse sin menoscabo del ambiente ni con demagogias. El Plan Rector concebiría la solución de los problemas de vialidad interna de los Municipios, totalmente saturados de vehículos, y su interrelación y concebiría autopistas o vías rápidas que obviaren el tránsito dentro de la ciudad para las unidades que van de un extremo de la conurbación al otro o que pasan de largo hacia el oriente del país. Incorporaría el Puerto de Guanta, la Zona Industrial y el Criogénico al sistema ferrocarril nacional, hoy ignorado por múltiples invasiones. No puede concebirse el desarrollo de las instalaciones petroleras dentro de Puerto La Cruz, con el gravísimo temor de explosiones en sus depósitos y demás emanaciones de gases que pudieran acarrear la muerte de miles de habitantes de la zona cuando estas instalaciones deberían desplazarse, paulatinamente, hacia el Criogénico, su área natural de desarrollo. Estas áreas serían sustituidas por áreas residenciales y comercio vecinales. Así el área portuaria petrolera de Guaraguao pudiera dar servicio a las unidades de Conferry y a los buques turísticos sin más inversiones costosas e impropias como la del Muelle de Cruceros donde un Juez dictó auto de detención a su promotor por daños al ambiente. Hay que recordar, por otra parte, que lo ganado al mar por aluvión o por hecho del hombre es propiedad de la Nación y no de los Municipios. La Bahía de Pozuelos debería convertirse en un área de balnearios públicos y hotelera, totalmente saneada, eliminándose los botes de aguas negras de la ciudad y los provenientes de las sentinas de los buques petroleros e integrarla a las bahías de Mochima, totalmente desaprovechadas, sin instalaciones de ninguna clase. Esta zona privilegiada del norte de Anzoátegui abarca un puerto y un aeropuerto internacionales. Es la boca de salida al Caribe y al Mundo no sólo de Anzoátegui sino de Sucre, Monagas y de Bolívar. El Plan Rector o POU adecuaría al crecimiento de la conurbación el correspondiente crecimiento y la calidad de los servicios públicos, hoy colapsados en su mayoría, tales como electricidad, agua, cloacas, drenajes, vialidad y aceras, amén de hospitales, Cuerpos de bomberos, institutos de enseñanza, áreas e instalaciones para la práctica de deportes, así como áreas recreacionales y de contemplación. La proyección turística de esta conurbarción que fue realidad durante los años 1.986 a 1.992, actividad generadora de empleo y de riqueza, hay que recuperarla pues, de alguna forma, toda la población concurre bien prestando servicios o con su hospitalidad y sonrisa tradicionales. Si los americanos y los cubanos hicieron esa Miami que tanto envidiamos, ¿porqué nosotros no podríamos hacer en pequeño otra si Dios nos obsequió lo principal, la naturaleza?

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17) Interrogantes acerca del relanzamiento de CAZTOR: Pero la idea de lanzar a CAZTOR como tal Autoridad Única de Área Bajo Régimen de Administración Especial plantea otras interrogantes, como por ejemplo: 1) ¿Seguiría el Municipio Urbaneja como accionista con un 60% de este ente público? 2) ¿Aceptarían los demás Municipios que el Municipio Urbaneja tuviera una

intervención mayor que ellos en la concepción y creación de un Plan General de Urbanismo para la zona norcostera?

3) ¿Sólo dentro del presupuesto de la Gobernación o a través de un presupuesto especial del FIDES o del presupuesto Nacional podría mantenerse el equipo profesional que conduciría CAZTOR?

4) ¿Se convertiría CAZTOR en otro organismo público, foco de despilfarro, para complacer a los amigos o en un coto de poder y de corrupción al concebir un Plan General que valorizara ciertas áreas más que otras en beneficio directo de sus allegados?

5) ¿Pondría el municipio Urbaneja o la Gobernación los setecientos y tantos millones necesarios para recuperar el campo de golf y la sede deCAZTOR?

18) Cuidado con quienes puedan sugerir la liquidación inmediata. Quienes han realizado inconfesables negocios con CAZTOR verían con agrado su desaparición inmediata como una manera de sepultar sus fraudes y, así, liberarse de rendir cuentas ante un Juez con las lógicas y estimables consecuencias. 19) CONCLUSIÓN 1) Es fácil sugerir y abanderar la idea del relanzamiento de CAZTOR. Suena muy

patriótica y estimulante pero, como se analizó someramente, ello plantea numerosas dificultades, costos, responsabilidades y decisiones que no se pueden tomar a la ligera ni inconsultamente, no sólo entre los accionistas actuales sino que debe llegarse a las más altas esferas del Poder Nacional para conocer la voluntad política existente al respecto.

2) Lo analizado en la Primera y Segunda Partes de este somero y confidencial Informe, sugieren, en criterio de quien suscribe:

a) Solicitar a la Junta Directiva actual de CAZTOR la convocatoria, muy

ajustada a derecho para evitar la interposición de nulidades, de la Asamblea de Accionistas con el objeto de informar sobre la situación financiera, patrimonial y jurídica de la empresa, entregando los balances y documentos que apoyen su rendición de cuentas y sugerencias, y poniendo sus cargos a la orden;

b) El nombramiento por la Asamblea de Accionistas de CAZTOR en la que el

Municipio Urbaneja detenta la mayoría, de una Junta Directiva con hombres honestos, capaces, sin intereses inconfesables y totalmente desvinculados de todos los negocios realizados por CAZTOR en los últimos DIEZ AÑOS, AL MENOS quienes, tras un análisis profundo, técnico, jurídico principalmente, con consulta con los organismos públicos regionales y nacionales y hasta internacionales, convocara, nuevamente, la Asamblea de Accionistas con invitados especiales de creerlo conveniente, inmediatamente, sugiriendo las fórmulas aquí analizadas y las ideas que surgieran durante ese breve lapso.

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Esta segunda Asamblea decidiría, en definitiva. El presidente de esta Junta provisional debería ser un jurista por las graves implicaciones jurídicas y judiciales de CAZTOR, solvente económicamente, de la más absoluta rectitud e insobornable, con capacidad gerencial y de negociación no pudiendo decidir el mismo ninguna compra ni operación sin la autorización de la Asamblea de Accionistas de CAZTOR.

Espero que este somero informe, basado exclusivamente en la breve información oral del ex Presidente, Hector Figuera, pueda ayudarles en la toma de una decisión a corto y mediano plazos respecto de esta emblemática empresa, CAZTOR, con un pasado glorioso y un presente triste y nauseabundo por su quiebra y por los descarados fraudes en que esta inmersa.

Cordialmente, Jon Lacasa Astigarraga

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MEMORANDUM PLAN GENERAL DE URBANISMO Existe en la zona un personaje experimentado en la materia urbanística quien fuera incluso proyectista de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Considero que este señor debe ser abordado y consultado respecto de su colaboración, ad honorem o no, (?) en esta larga, imprescindible, importantísima y delicada tarea. ORNATO DE URBANEJA Sugiero a Gonzalo se ponga en contacto con la Arq. Rita (Telf. 818821) y la Arq. Armida, ambas con experiencia en ornato y deseosas de embellecer, en poco tiempo, la ciudad, casco, vía principal y entradas. Creo que un Decreto, basado en las normas de la Ley de Sufragio y de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, debería ordenar la eliminación inmediata, en un plazo no mayor de una semana, de toda la propaganda política dentro de los límites del Municipio, a excepción de aquella referida a los Concejales y Juntas Municipales. El Decreto advirtiría que la no eliminación de la dicha propaganda dará lugar a que lo haga la Alcaldía exigiendo la indemnización correspondiente, según volúmen y costos en cada caso, a cada Partido o movimiento político; en el entendido que ninguno podrá hacer nueva propaganda en el futuro si no cancela previamente lo debido y no afianza el retiro de la nueva propaganda para Concejales. DEPURACIÓN DEL REGISTRO ELECTORAL Además de la debida cortesía y colaboración entre las municipalidades vecinas y la policía en particular, debería: 1) solicitarse al CEN la lista de los electores de Urbaneja con sus respectivas direcciones; 2º) concebir una operación de conjunto, cada policía dentro de su jurisdicción, para averiguar, elector por elector, su verdadera dirección; 3º) concluida esta labor, quizás con la participación de una fiscal del ministerio público, debería darse publicidad a los nombres o, sin esta, proceder a la denuncia penal correspondiente; 4º) Asegurarse la depuración del listado por el CEN y 5º) Averiguar en el CEN la inscripción y legitimidad de las nuevas inscripciones dentro del Municipio Urbaneja. Esta labor debería intentarse desde un principio con la debida antelación (hacer un PERT) para que no hubiera fraude en la elección de los Concejales. FIDES Existe la posibilidad de contactar al vicepresidente del FIDES para presentar proyectos serios y aligerar los trámites pertinentes para la obtención de los fondos requeridos. CATASTRO Según parece, existe un software y gente conocedora de la materia en Caracas. A pesar de su aparente elevado costo es primordial para la seguridad de los residentes e inversionistas, amén del Fisco municipal, la actualización y sinceración de esta información. Creo se puede conseguir apoyo a este respecto dentro de la industria petrolera. HACIENDA MUNICIPAL Este delicado tema creo debería enfrentarse con gente capaz y honesta. Sugiero a un especialista, conocedor de la vida municipal y de CAZTOR, para realizar una AUDITORIA tanto en el Municipio, a la empresa encargada de la cobranza de los

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impuestos municipales en particular y a CAZTOR, quien recomendaría las bases de una buena contabilidad, control de cobranzas y Tesorería. Sugiero al Lic. Luís Herrera Ventura con residencia en Barcelona. Su participación sería remunerada. VIALIDAD Para participar dentro del Plan de Ornato, sugerir ideas económicas y útiles así como especialista en materia de vialidad y seguridad, sugiero al Ingº Alexis Illarramendi. Su participación sería remunerada.

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AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON

AUTORIDAD ÚNICA . Para: Dr. David De Lima (Gobernador del Estado Anzoátegui) De: Jon Lacasa Astigarraga (abogado) Telfs: 016 6 819876 (081) 810128 Fax: (081) 810589 Asunto: Atraso en Planificación y caos urbanísticos, anarquía municipal, colapso de los servicios públicos, inseguridad jurídica y mala calidad de vida; Solución: Un POU (Plan de Ordenación Urbanística) a través de un ABRAE (AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA) (Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio). Fecha: Diciembre 2.000 A nadie escapa que esta privilegiada zona costera del Estado tiene un atraso de decenas de años en su Planificación y está inmersa en un total caos urbanístico productos de la incapacidad de los gobernadores regionales y locales y de sus inconfesables intereses personales. La consecuencia es una conurbación caótica que comienza en Píritu, prácticamente, y se extiende a lo largo de Mochima, más allá de Guanta, sin vías de tránsito ordenadas y suficientes, con servicios públicos colapsados, con playas desaprovechadas, con una total anarquía entre las distintas Alcaldías en lo que a variables urbanas se refiere, un aspecto deprimente de la ciudad todo lo cual menoscaba la calidad de vida de sus residentes y visitantes. Tiene Ud., Sr. Gobernador, el reto y la posibilidad de asumir la concepción de un Plan de Ordenación Urbanística (POU) sea la concreción espacial urbana del Plan Nacional de Ordenación del Territorio y del Plan Regional junto con los Planes locales, de cara a cincuenta o cien años y que su nombre sea recordado como lo es el del Dr. Rafael Antonio Fernández Padilla ideólogo y/o propulsor del Complejo Turístico El Morro, de la Universidad de Oriente, del Hospital Razetti, de la Zona Industrial entre otras obras. La concentración de cuatro y hasta de cinco municipios, incluyendo Píritu, totalmente anárquicos, en lo que es la cabeza del Estado y la salida al Norte de los demás estados de la región Sur, dificulta este Plan de Ordenación Urbanística. Pero existe en Venezuela la figura del ABRAE o AREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CON AUTORIDAD ÚNICA, concebida en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, en su artículo 17, en particular, y en sus artículos 58, 59 y 60 en concordancia con los 27, 32, 34, 46 y que Ud. puede proponer y lograr del Ciudadano Presidente de la República, sugerencia que hice hace más de cinco años a través del diario El Tiempo. La determinación de tal ÁREA no requeriría de ningún Consejo Legislativo Regional y menos Nacional ya que es competencia del Presidente de la República, en Consejo de Ministros, decretar la misma fijando sus coordenadas poligonales.

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Este ABRAE tendría por objeto: 1º) la concepción del Plan de Ordenación Urbanística (POU), resolviendo a

cincuenta años vista, mínimo, los problemas de vialidad, urbanismo, vivienda, servicios públicos, sanidad, fijando las variables urbanas que regirían para todos los municipios (Píritu, Bolívar, Urbaneja, Sotillo y Guanta) con lo que se acabaría la anarquía actual, respetándose, al mismo tiempo, la autonomía municipal de rango constitucional como es en lo referente a la entrega de permisos de construcción y cobro de impuestos municipales pero siempre bajo unas homogéneas variables urbanas.

2º) la concentración en las Oficinas de esta Autoridad Única de todos los

organismos de Estado (tales como Ministerio de Infraestructura, Sanidad, MARNR, INPARQUES y empresas prestadoras de servicios públicos tales como las de electricidad, agua, acueductos, etc.) que facilitaría la tramitación de los permisos de urbanismo en una sola oficina, suministrando información al inversionista y acabando con la inseguridad jurídica y con la tradicional corrupción estimulada por la complicación de los trámites administrativos generadores de costos injustificables y de pérdida de tiempo que disuaden al inversionista;

3º) la creación de un banco de Proyectos y de un Catastro paralelo de la zona en las

áreas de urbanismo, residencial, turística, industrial, agrícola, pecuaria, petrolera y derivados y

4º) la promoción del estado o, al menos, del área Norte que abarcaría la competencia

de esta Autoridad Única autora del Plan Rector con todos los adelantos de la Internet;

A título enunciativo vale destacar, como hecho inverosímil, que todo el tráfico al oriente del país, al estado Sucre, pasa irremediablemente por la avenida municipal de Puerto La Cruz y, necesariamente, por la Intercomunal cuando los universitarios manifiestan en la Alterna quemando cauchos. La Laguna de El Maguey, o lo que queda de la misma, podría convertirse, conforme lo sugirió el Colegio de Arquitectos de Venezuela, en un hermoso parque acuático, un área para la contemplación y para la práctica de deportes con acceso popular, tipo Parque del Este, y para la construcción de un Domo multiuso, con capacidad de quince mil espectadores, inexistente en la zona norte costera, que permitiera la realización y exhibición de espectáculos culturales, religiosos y deportivos. Por ejemplo, el problema habitacional y la estafa inmobiliaria generados en El Maguey y en otras áreas de la conurbarción por políticos sin escrupulos, pudiera resolverse con proyectos y urbanismos serios y responsables desarrollando áreas, hoy del IAN, que ya no tienen vocación agrícola y donde son susceptibles de construcción verdaderas ciudades satélites como es en la vía a Naricual o hacia El Rincón o hacia Barbacoa. Los problemas habitacionales pueden resolverse sin menoscabo del ambiente y sin demagogias. El Plan Rector o POU concebiría la solución de los problemas de vialidad interna de los Municipios, totalmente saturados de vehículos, y su interrelación y concebiría autopistas o vías rápidas que obviaren el tránsito dentro de la ciudad para las unidades

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que van de un extremo de la conurbación al otro o que pasan de largo hacia el oriente del país. Incorporaría el Puerto de Guanta, la Zona Industrial y el Criogénico al sistema ferrocarril nacional, hoy ignorado por múltiples invasiones. No puede concebirse el desarrollo de las instalaciones petroleras dentro de Puerto La Cruz, con el gravísimo temor de explosiones en sus depósitos y demás emanaciones de gases que pudieran acarrear la muerte de miles de habitantes de la zona cuando estas instalaciones deberían desplazarse, paulatinamente, hacia el Criogénico, su área natural de desarrollo. Estas áreas serían sustituidas por áreas residenciales y comercio vecinales. Así el área portuaria petrolera de Guaraguao pudiera dar servicio a las unidades de Conferry y a los buques turísticos sin más inversiones costosas e impropias como la del Muelle de Cruceros donde un Juez dictó auto de detención a su promotor por daños al ambiente. Hay que recordar, por otra parte, que lo ganado al mar por aluvión o por hecho del hombre es propiedad de la Nación y no de los Municipios. La Bahía de Pozuelos debería convertirse en un área de balnearios públicos y hotelera, totalmente saneada, eliminándose los botes de aguas negras de la ciudad y los provenientes de las sentinas de los buques petroleros e integrarla a las bahías de Mochima, totalmente desaprovechadas, sin instalaciones turísticas de ninguna clase y de peligro para la seguridad de sus visitantes. Esta zona privilegiada del norte de Anzoátegui abarca un puerto y un aeropuerto internacionales. Es la boca de salida al Caribe y al Mundo no sólo de Anzoátegui sino de Sucre, Monagas y de Bolívar. El Plan Rector adecuaría al crecimiento de la conurbación el correspondiente crecimiento y la calidad de los servicios públicos, hoy colapsados en su mayoría, tales como electricidad, agua, cloacas, drenajes, vialidad y aceras, amén de hospitales, Cuerpos de bomberos, institutos de enseñanza, áreas e instalaciones para la práctica de deportes, así como áreas recreacionales y de contemplación. La proyección turística de esta conurbarción que fue realidad durante los años 1.986 a 1.992, actividad generadora de empleo y de riqueza, hay que recuperarla pues, de alguna forma, toda la población concurre bien prestando servicios o con su hospitalidad y sonrisa tradicionales. Sr. Gobernador, acepte el reto. Pase a la historia. Llame a los mejores y si los americanos y los cubanos hicieron esa Miami que tanto envidiamos, ¿porqué nosotros no podríamos hacer en pequeño otra si Dios nos obsequió lo principal, la naturaleza?

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PROGRAMA TELECARIBE (2/NOV/2000) CAZTOR Jon Lacasa fue nombrado por Urbaneja, a comienzos de Octubre, Director de CAZTOR. 1) A) ¿Puede Ud. decirnos qué sucede en CAZTOR? B) ¿Porqué fue sustituida la Junta Directiva de CAZTOR a menos de un mes de su

nombramiento? Tres Presidentes en menos de mes y medio. ¿Cuál es la crisis? 1) El problema está en que CAZTOR que tuvo un pasado glorioso HOY ESTÁ

QUEBRADA porque se han dilapidado activos con un valor de más de cinco mil ó seis mil millones de bolívares durante los años 98 y 99 y hasta se ha vendido activos ajenos como son los campos de Golf. CAZTOR NO TIENE ACTIVOS NI TAN SIQUIERA TIENE SEDE.

2) El Pasivo a corto Plazo es del orden de los 520 millones y en Caja no hay sino unos 2 millones de bolívares. Debe agua, luz, teléfono, nómina, prestaciones.

C) ¿Es cierto que Ud. se opuso a que CAZTOR siguiera cobrando las cuotas

provenientes de la venta de una Marina, cuya operación fue denunciada en la Fiscalía como fraudulenta por la anterior Junta presidida por el Dr. Hector Figuera?

Por ilegal y por inmoral. Sí es verdad. Soy RADICAL. No respondo por lo que otros hayan hecho. En todo caso salvé mi Voto y estoy consignando mi escrito al respecto ante la Fiscalía. No puedo convalidar delitos ajenos. Es ilegal e inmoral vender un bien, denunciarlo como fraudulento y cobrar el dinero. Además, el cobro de esa suma tan sólo alarga la agonía un par de meses. ¿Acaso la compradora de la Marina pagará la última cuota si no le otorgan el finiquito legal?

D) Díganos, qué es CAZTOR y si cumplió o no su objeto social. ¿Cuál es la situación

jurídica de CAZTOR cuando el Pasivo es superior al Activo y qué sucede legalmente desde el punto de vista de su objeto social?

La Ley contempla la LIQUIDACIÓN en dos situaciones básicamente: - Art. 340 del C.Com en concordancia con el art. 914: Según el objeto y

según la situación financiera. - Si cumplió el objeto debe liquidarse.

- Si no lo cumplió lo cierto es que al no tener recursos económicos tampoco puede cumplirlo y por ende debe liquidarse. - Y si está quebrada y los accionistas no reponen las pérdidas debe liquidarse o pedirse la quiebra.

E) ¿Cuál fue el resultado de la reciente auditoría en CAZTOR efectuada la Alcaldía

de Urbaneja? Inauditable. Faltan documentos, comprobantes, discos duros de las computadoras,

etc. Ha habido numerosos hurtos y robos. La inseguridad al efecto es total. F) ¿Está en capacidad CAZTOR de ejecutar obras y de hacer algún mantenimiento de

las instalaciones del complejo? CAZTOR está quebrada. No tiene dinero ni para cambiar un bombillo a menos que los accionistas le repongan el capital.

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F) Si se declara la liquidación por los accionistas o la quiebra a través del Tribunal ¿ésto no sería lo que buscan quienes han defraudado los intereses de CAZTOR? Es cierto que hay gente interesada en sepultar CAZTOR y tapar así todos los delitos. Pero esto no debe quedar así. Es un problema de la administración de Justicia. Y ahí no tengo ingerencia.

G) ¿Es cierto que su sede fue vendida?

SI. En contra de la decisión de la Asamblea, se vendió en Bs. 430 millones tan sólo la sede de CAZTOR en una Notaría de Caracas el 30 de julio de 1.998. Posteriormente se registró dicho documento el 4 de septiembre de 1.998 eludiéndose maliciosamente la mención que sobre la parcela vendida estaba construida la SEDE DE CAZTOR. En el documento registrado se estableció que CAZTOR podía ocupar el inmueble hasta seis meses, sea hasta el 4 de marzo del 99, debiendo de entregarlo al comprador so pena de pagar Bs. 500.000 diarios como cláusula penal. Me pregunto: ¿Porqué será que el comprador no ha reclamado la entrega material del inmueble?

H) ¿De quién son los campos de Golf y es cierto que parte de los campos de Golf

fueron vendidos con un sutil cambio de Uso aislado? - De conformidad con el Primer Documento de Parcelamiento del año

1973, el verdaderamente válido, conforme a su Cláusula Décimo Novena, los campos de Golf son áreas Verdes y por ende no son vendibles. En consecuencia, los Campos de Golf son de los copropietarios del Complejo Turístico El Morro, representada por APMO.

- Por cierto hay un documento de APMO, Notaría de Lechería el 28 de julio del 98, que autoriza la venta de los campos de Golf y de la sede. Una persona firmó bajo amenaza. Esta autorización es nula.

- De acuerdo a la Ley de Venta de Parcelas, art. 14 está prohibida la venta de las áreas verdes.

En cuanto a los cambios de uso autorizados en el documento de venta como son la construcción de posada, entiéndase HOTEL, locales para venta de accesorios, entiéndase CENTRO COMERCIAL y embarcadero entiéndase MARINA, de conformidad con los artículos 34 y 69 la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística el cambio de uso aislado es nulo de nulidad absoluta.

I) ¿Es cierto que la parte no vendida de los Campos de Golf fue dada en Concesión?

Sí lo cual es nulo de nulidad absoluta pues es un acto de disposición de parte de CAZTOR de una propiedad ajena, de los copropietarios del Complejo, representados por APMO.

El 30/7/98, CAZTOR, mediante documento notariado en Caracas, se compromete con una sociedad, a cambio de Bs. 150.000.000,oo a:

- Venderle parte (9 hectáreas) de los Campos de Golf ubicados frente a la Avenida Américo Vespucio;

- Autorizarle a construir en dicha área de los Campos de Golf entre otros inmueble una "posada" equivalente a HOTEL; "locales para venta de artículos deportivos" que debe interpretarse como Centro Comercial. Todo ello constituye un "cambio de uso aislado" que quebranta el documento

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de Parcelamiento de CAZTOR y la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística por lo que son nulos de nulidad absoluta.

- En este documento notariado de compromiso de venta no se menciona pero en el contrato de Venta Final registrado sí se constituye Comodato a favor de la sociedad contratante TODOS LOS CAMPOS DE GOLF del Complejo Turístico El Morro no comprendidos en la venta de las 9 has.

Venta "registrada" de parte de los Campos de Golf y otorgamiento de Concesión sobre el resto y convenio de Cambio de Uso aislado; El 27 de agosto de 1998, CAZTOR, en el Registro Subalterno del Municipio Bolívar el 8 de septiembre de 1998 a cambio de US $ 1.213.171,58 (al cambio de Bs. 577,oo el dólar): a) Vende varias porciones del Campo de Golf, con un total de 218.745,05 M2; b) Da en concesión por 20 años el resto de los campos de Golf, sea un área de

1.225.254,97. c) CAZTOR, subrepticiamente, intenta cambiar aisladamente el Uso de los

Campos de Golf y "garantiza" a asesorar los anteproyectos que presente la Compradora, -infringiendo el documento de Parcelamiento- al autorizarle la construcción en las áreas vendidas de: áreas de descanso y posadas como hospedaje para el personal ejecutivo, operativo y cualquier tipo de invitado (entiéndase Hotel), tiendas (entiéndase Centro Comercial), embarcaderos y servicios marinos generales (entiéndase Marina ), Helipuerto, Salón de Juegos (entiéndase Casino)

La Hipoteca sobre los campos vendidos se extinguiría con el pago de la última cuota sin requerimiento de documento cancelando la deuda hipotecaria ni la subsiguiente solicitud al Registrador de estampar la Nota marginal.

J) Sin mencionar nombres ¿pudiera Ud. explicarnos cómo CAZTOR perdió casi DOS

MIL millones de bolívares en la venta de una de las marinas? 1º) Caztor demanda cese de la concesión. Se transa el juicio conviniendo que las bienhechurías son de CAZTOR quien nada debe por tal. 2º) No obstante se celebra un acuerdo notariado, tres meses después, por el que CAZTOR reconoce a la concesionaria la suma de Bs. 500 millones por bienhechurías; 3º) CAZTOR reconoce a Sotillo que el verdadero valor de la Marina es de Bs. 2.566 millones. 4º) El 6 de agosto del 98 se da opción de compra de la Marina en 1.800 millones en una notaría de Caracas. 5º) El 4 de diciembre del 98 la Asamblea ordena anular la venta. 6º) El 28 de diciembre del 98, contra la orden de la Asamblea, se registra la venta de la marina en 1.800 millones bajo el Nº 27 del Tomo x. 7º) El mismo 28 de diciembre de 1.998, se presenta una persona distinta identificándose como presidente también de CAZTOR y registra bajo el Nº 28 siguiente, del mismo Tomo, un documento complementario al primero, rebajando del precio de Bs. 1.800 millones la suma de Bs. 308 millones, con lo que quedaría un saldo a pagar a la compradora de unos 1.500 millones de bolívares. 8º) El 11 de marzo del 99, la compradora demanda a CAZTOR en Bs. 2.200 millones de bolívares porque el documento de compra venta de la marina

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no se registró en el mes de septiembre del 98 sino en el mes de diciembre de 1.998, sea con 3 meses de mora lo que supuestamente le causó daños y perjuicios con una Cía. Panameña. 9º) En julio de 1.999, a los 4 meses de intentada la demanda contra CAZTOR, ésta conviene prácticamente en la demanda y queda rebajada la suma a pagar a CAZTOR por la compra de la Marina de 1.500 a 780 millones. Como consecuencia de ello, el precio final y verdadero de la Marina se redujo a Bs. 780 millones. Esta estafa a CAZTOR fue denunciada en la Fiscalía por el Dr. Figuera, conforme a derecho. Ahora, pregunto yo: ¿Puedo yo, como Director, autorizar la recepción de un daño proveniente de un delito que yo mismo he denunciado ante la Fiscalía? Obviamente no, pues si lo denuncié como delito es porque estoy en cuenta que es un delito y tal dinero es fruto de un delito y no debió ser utilizado. Esto sería incurrir en delito de complicidad o, en el mejor de los casos en encubrimiento. Además sería una inmoralidad aceptar el dinero y luego alegar que la venta es nula. Por eso me dicen que yo soy RADICAL.

K) ¿Es cierto que una compañía pretende el cobro del 15% por comisión de venta de todos los activos de CAZTOR?

Sí. L) ¿Qué se puede hacer en CAZTOR, en definitiva?

1) Nombrar un liquidador que prosiga con los juicios, que trate de negociar y recuperar propiedades. Lamentablemente esto podría llevar años en los Tribunales y para llegar a ciertos arreglos los accionistas tendrían que poner muchos millones para deshacer operaciones que ya se han llevado a cabo. 2) CAZTOR debe entregar el parcelamiento a APMO y a las demás autoridades: calles, alumbrado público, servicio de agua, cloacas, drenajes, dragado de los canales, etc. 3) APMO debe demandar la nulidad de la venta y de la concesión sobre los Campos de Golf y debería hacer un Club Social privado mediante la emisión de acciones a través de la Comisión Nacional de Valores. Sería un final grandioso para una obra de esta naturaleza. CAZTOR no está en situación de nuevos proyectos como el del Complejo y la Venezuela de hoy tiene otras prioridades. El Estado debe promover proyectos pero quien debe asumir los riesgos económicos y ejecutarlos es el sector privado. El estado es mal administrador y ahí tiene la prueba en CAZTOR.

M) En un reciente reportaje Ud. sugería la concepción de un POU a través de un

ABRAE para acabar con el caos y la anarquía urbanísticos, de cinco alcaldías en una misma zona y unos servicios totalmente colapsados. ¿Se puede relanzar CAZTOR?

ABRAE - Soy un hombre positivo y soy el único que ha sugerido algo concreto al respecto que pudiera justificar la existencia de CAZTOR. Pero insisto, las deudas de CAZTOR imposibilitan su relanzamiento.

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A) ¿Puede Ud. decirnos qué sucede en CAZTOR? 2) Trabajé quince días en CAZTOR. Fui el único removido mientras estaba de

viaje en el exterior. Oficialmente no he sabido de mi remoción. El Alcalde de Urbaneja no ha tenido la cortesía de informarme de los motivos de su decisión. Fue grato trabajar con personas conocedoras como son Nelson Blanco, Carlos Lares Cordero y Mario Farías, entre otros.

-Como hay gente que conoce el tema y el trabajo que hice, -soy el único miembro de la Junta que produjo estos informes jurídicos, lo cual era mi deber por SER EL ÚNICO ABOGADO EN LA JUNTA- me han informado privadamente que el motivo de mi remoción es PORQUE SOY RADICAL.

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De: Jon Lacasa Astigarraga Para: Junta Directiva y Accionistas de CAZTOR Atención: Dr. Leonardo Silva Russo Con copia: Fiscal Superior del Estado Anzoátegui. Fecha: 14 de noviembre del 2.000 Asunto: Síntesis de recomendaciones y dictámenes confidenciales

efectuados por Jon Lacasa Astigarraga a raíz de su período de Director de CAZTOR durante el mes de octubre del 2.000.

Nota: No se autoriza la reproducción de este ni de ningún otro

informe confidencial emanado de Jon Lacasa A.. Dr. Leonardo Silva Russo Presidente de la Junta Directiva de CAZTOR. Estimado señor:

De conformidad con nuestra conversación personal en su Oficina de CAZTOR del día jueves, 9 de noviembre del 2.000, a raíz de su grata invitación y en mi afán de colaborar con esa Institución a su digno cargo así como de dar por cumplido con mi deber de Director Principal de ese organismo durante el mes de Octubre del 2.000, cuando fuera removido por decisión del Alcalde de Urbaneja, me dirijo a Ud., a modo de síntesis de todos mis escritos para esa Junta y sus Accionistas. Ratifico en todas y cada unas de sus partes los siguientes escritos, a saber:

1) Informe confidencial de quince (15) páginas, entregado el 7 de agosto del 2.000 al Alcalde electo, Alexis Ortiz, a raíz de la reunión denominada de notables realizada el jueves, 3 de agosto del 2.000, en la sede de APMO. En dicho informe se analiza la situación económica y jurídica de CAZTOR y se da una serie de recomendaciones, considerándose la posibilidad del "relanzamiento" de CAZTOR por medio del ABRAE.

2) Informe de cuatro (4) páginas, entregado el 7 de agosto del 2.000, acerca de la

posibilidad y conveniencia del ABRAE (Área Bajo Régimen de Administración Especial con Autoridad Única) para la concepción de un POU (Plan de Ordenamiento Urbano) con proyección de cincuenta a cien años. Esta función pudiera corresponder a CAZTOR, para no liquidarla del todo.

3) Informe confidencial de diecisiete (17) páginas entregado el 19 de octubre del

2.000 para la Junta Directiva y la Asamblea a celebrarse el lunes 23 de Octubre del 2.000 que ratifica y amplía el Informe descrito bajo el Nº 1).

Nota: Las sugerencias personales de Jon Lacasa contenidas en este Informe

fueron acogidas por unanimidad por la Junta Directiva del 19/10/2.000 (Sres. Nelson Blanco, Mario Farías, Jenny Nuraew, Rubén Malaver, quien suscribe y como invitado, el abogado de CAZTOR, Dr. Hostos) y que luego la Asamblea (Alcalde de Urbaneja con 60% de los votos) rechazó.

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4) Informe preliminar y confidencial para la Junta Directiva y la Asamblea, de cinco (5) páginas, entregado en la Junta Directiva del 19 de octubre del 2.000, recomendando a la Junta NO COBRAR NI HACER USO DE LOS PAGOS PROVENIENTES DE LA VENTA DE LA MARINA AMÉRICO VESPUCIO por ser dinero proveniente de delito, cuyo delito fuera denunciado por el Dr. Hector Figuera en su carácter de Presidente de CAZTOR. A todo evento, VOTO SALVADO DE JON LACASA .

5) Informe confidencial y final para la Junta Directiva y Accionistas de CAZTOR,

con copia a la Fiscalía, de once (11) páginas, entregado el 14 de Noviembre del 2.000 al Dr. Leonardo Silva Russo, respecto de la VENTA FRAUDULENTA DE LA MARINA AMÉRICO VESPUCIO y, al tenor del artículo 472 del Cód. penal, demostración de delito el uso por CAZTOR de dinero proveniente de delito así como de Peculado de Uso (arts. 71, 72 y 73 de la Ley orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público) por los Administradores de CAZTOR que consintieron en ello.

6) Informe confidencial de ocho (8) páginas entregado el 14 de noviembre del 2.000

para la Junta Directiva y la Asamblea analizando LA VENTA FRAUDULENTA DE LOS CAMPOS DE GOLF .

7) Informe confidencial de cinco (5) páginas entregado el 14 de noviembre del

2.000 para la Junta Directiva y la Asamblea analizando LA VENTA FRAUDULENTA DE LA SEDE DE CAZTOR .

8) Dictamen confidencial de nueve (9) páginas entregado el 14 de noviembre del

2.000, oponiéndose al DICTAMEN DE LA PROCURADURÍA QUE CONSIDERÓ LEGAL COBRAR CONDOMINIO A VECINOS DE EL MORRO .

Los informes y dictámenes referidos contenidos en setenta y cuatro (74) páginas son totalmente confidenciales y quien suscribe no autoriza su publicación salvo responsabilidad personal de quien lo haga. Estos informes han sido concebidos en virtud de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público a cuyo control están sometidos tanto los hechos como las omisiones de los administradores de un ente como CAZTOR cuyas acciones son propiedad de entes públicos. De esta forma, quien suscribe, salva su responsabilidad como ex administrador de CAZTOR y denuncia, al tenor del ordinal 2º del artículo 296 del Código Orgánico Procesal, aquellos hechos de los cuales ha tenido conocimiento en sus escasos quince días como Director de CAZTOR de donde fuera removido por decisión exclusiva del Alcalde de Urbaneja, Alexis Ortiz, cuya Alcaldía es propietaria del 60% de las acciones y por ende accionista mayoritario y decisorio. Tal remoción unilateral se debe a la negativa de quien suscribe, Director de CAZTOR a la sazón, a la utilización de Bs. 31.176.470,59 correspondiente a la cuota de Octubre del 2.000 cancelada por la sociedad Inversiones Soraves C.A. por la negociación fraudulenta de la marina Américo Vespucio, hecho denunciado previamente por el Dr. Hector Figuera en la Fiscalía, en su condición de Presidente

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de CAZTOR, por revestir carácter penal dicha venta. Así, Jon Lacasa Astigarraga, se libera de toda responsabilidad al haberse opuesto y dejado constancia expresa de su voto salvado el 19 de octubre del 2.000 al uso de los dineros provenientes de delito, tipificado como Aprovechamiento de cosas provenientes de delito por el artículo 472 del Código Penal y como Peculado de Uso por los artículos 71, 72 y 73 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público y así lo hace saber a la Fiscalía Superior del Estado. DE LAS SUGERENCIAS AL DR. LEONARDO SILVA RUSSO Quien suscribe cumple con sugerir, a solicitud de parte:

1) El Presidente de CAZTOR, Dr. Leonardo Silva Russo, debería hacer llegar a todos y cada uno de los Directores y de los Accionistas copia de los Informes señalados más arriba y consignados por Jon Lacasa a título confidencial, de suerte tal que cada quien se haga su propio criterio, consulte, acepte o rechace lo que considere conveniente de dichos informes y asuma, libremente, sus propias responsabilidades;

2) Demostrado el estado de cesación de pagos de CAZTOR, carente de medios

económicos para asegurar su funcionamiento:

a) La Junta debería determinar con precisión el Pasivo real, incluyendo el laboral, el correspondiente a los contratistas y otros como el de DETUR, el del Dr. Suarez Muria según tengo entendido y concebir un flujo de caja para operar un año máximo

b) y debería convocar, urgentemente, la Asamblea de Accionistas para que la

misma reponga el capital distraído; 3) Si la Asamblea de Accionistas no consigna los montos requeridos de inmediato,

la Junta debería sugerir la liquidación inmediata y si hubiera negativa, la quiebra. Esta sugerencia está fundada en precisas normas del Código de Comercio;

4) Los administradores de CAZTOR no deberían hacer uso de los fondos

provenientes de la venta de la Marina Américo Vespucio toda vez que los Administradores, en su afán de colaborar, incurrirían en varios delitos tales como Aprovechamiento de cosas provenientes de delito y Peculado de Uso, de los cuales habrían de responder personal e individualmente, sin que sean válidas órdenes superiores;

5) Los administradores de CAZTOR no deberían fundamentar el derecho al cobro

a los comuneros del Complejo Turístico El Morro en los mantenimientos efectuados por la misma en años anteriores, toda vez que esta era su obligación de conformidad con el artículo 1.265 del Código civil al no haber entregado el 29 de noviembre de 1.987, a más tardar, el Parcelamiento a APMO ni las instalaciones tales como alumbrado, calles, aceras, agua, cloacas, bombas a los organismos encargados de prestar dichos servicios ni a las respectivas Municipalidades, todo de conformidad con el documento de Parcelamiento, la

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Ley de Venta de Parcelas y la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Ver al respecto informe de 9 páginas analizando el dictamen de la Procuraduría. Tampoco deberían fundamentar su pretensión de cobro en el documento autenticado en la Notaría de Lechería el 29 de julio de 1.998 bajo el Nº 23 del Tomo 84 por ser del todo ilegal y nulo de nulidad absoluta.

6) Los administradores de CAZTOR deberían entregar el Parcelamiento a APMO

así como a las Municipalidades y a las empresas que prestan los servicios públicos de alumbrado, suministro de agua, cloacas, etc., formalmente, pues así lo establece su documento de Parcelamiento y las leyes mencionadas. Si no lo hace inmediatamente puede enfrentar, en poco tiempo, una demanda judicial de parte de APMO que perdería con toda seguridad.

7) Simultáneamente los administradores de CAZTOR deberían avocarse a la

resolución de los contratos de:

- a) Venta de la Sede de CAZTOR;

- b) Venta de los Campos de Golf y del comodato sobre el resto de la extensión de los Campos de Golf, propiedad de los comuneros representados por APMO. (Si CAZTOR no se apresura a resolver este contrato de venta, nulo de nulidad absoluta y fraudulento, podría enfrentar rápidamente una demanda judicial de APMO o de cualquier comunero, que perdería con toda seguridad).

- c) Venta de la Marina Américo Vespucio.

Estas negociaciones con los compradores de la Sede de CAZTOR, de los Campos de Golf y de la Marina Américo Vespucio, deberían manejarse de manera transparente y a muy altos niveles con una asesoría jurídica de primera pues los montos pagados son grandes, con los que no cuenta CAZTOR para devolver ni negociar.

8) CAZTOR debería consultar al Gobernador del Estado, Dr. David de Lima,

acerca del proyecto en el área costanera de Barcelona, entre el aeropuerto y el Criogénico, para la construcción de un nuevo Complejo Turístico, similar al del Morro, para lo cual inversionistas extranjeros, de origen canadiense, según rumores, habrían manifestado su interés en realizarlo al Presidente de la República. En todo caso, este rumor o debería ser aclarado y este u otro proyecto, debería ser conocido por la Junta de Administradores para que la misma conciba sus flujos de caja y exija a los accionistas los fondos necesarios.

9) CAZTOR, resuelto el problema de su pasivo y de su capital de trabajo,

conforme al flujo de caja al que nos referimos en el aparte a) del ordinal 1) de este listado, sin temor a que los avances de sus accionistas sean embargados por sus acreedores, pudiera sugerir al Gobernador y este al Presidente de la República: 1) la utilización de CAZTOR como ABRAE (Autoridad Única para un Área Bajo Régimen de Administración Especial) y de su sede para la concepción de un Plan Rector de la conurbación, Plan de Ordenación Urbanístico, con visión a cincuenta o cien años; 2) la creación dentro de la

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misma sede de CAZTOR, de un banco de proyectos para los inversionistas; 3) La creación de una página WEB que funcione dentro de CAZTOR e informe acerca de la Conurbación y de las ventajas de todo el Estado Anzoátegui; 4) la creación, a través de CAZTOR y en su sede, de una oficina centralizadora de todos los organismos públicos, -que integre dentro de la misma y a los únicos efectos de la Conurbación, sea la poligonal del ABRAE, todos los Ministerios y servicios públicos- para que informare a los inversionistas acerca de las variables urbanas de la conurbación y recibiera los anteproyectos de estos para que a través de una misma oficina supieran de la factibilidad y de la aceptación de su anteproyecto, sin pérdida de tiempo ni de gestores, debiendo recurrir posteriormente el interesado a la Ingeniería Municipal respectiva a tramitar el Permiso de construcción.

10) CAZTOR debería tramitar el corrimiento del lindero que separa el Complejo

Turístico El Morro entre los Municipios Urbaneja y Sotillo, en beneficio del primero.

11) CAZTOR debería entregar a la Ingeniería Municipal de Urbaneja todos los

planos correspondientes al Complejo Turístico El Morro, terminado como ha sido su objeto y ante los costos de conservación de los mismos. No se justifican oficinas paralelas cumplida como ha sido su misión primordial.

12) CAZTOR debería contribuir a la solución definitiva al Club de Vela Américo

Vespucio del Capitán Constanzo que ocupa con una churuata el área de playa contigua a la Parcela Club de Playa. Este un compromiso del Estado con quien ha dado al país campeones mundiales de vela.

13) CAZTOR debería aportar una solución definitiva al "problema del Parque de la

Magdalena", cediéndolo al Municipio Urbaneja para su conclusión y disfrute.

14) CAZTOR, objeto de fraudes y saqueos impunes durante las administraciones de los años 1998 y 1999 debería informar a través de la prensa local, periódicamente, con sus Balances, sus proyectos y sus logros, los contratos otorgados, el origen y destino de los fondos, de suerte que la comunidad rescate la fe perdida en sus administradores.

Quien suscribe, a la luz de lo conocido en su breve pasantía por CAZTOR, agota aquí las sugerencias que puede hacer siempre bajo la tutela de la Ley, de la moralidad como de la eficiencia, sin mayor interés que la satisfacción del deber pulcramente cumplido por encima de compromisos personales, económicos, políticos u otros inconfesables. Quien suscribe acompaña este escrito a la Presidencia de CAZTOR para conocimiento exclusivo de los miembros de la Junta Directiva y de sus Accionistas, como a la Fiscalía pues es el deber de todo aquel que ha tenido a su cargo la cosa pública, rendir cuentas y cuando ha tenido conocimiento de un hecho punible, denunciarlo antes las Autoridades competentes. Me reitero de Uds. como un servidor más, totalmente a su disposición, para asesorarles en todo aquello que esté a mi alcance de la manera más desinteresada. Jon Lacasa Astigarraga (C.I. 2.942.375) Ex Director Principal de CAZTOR - Mes de Octubre 2.000

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MANIFESTACIÓN CONTRA ELEORIENTE

1) La electricidad, cuyo servicio defectuoso reclamamos, es un servicio público de primera necesidad. No es, por lo tanto, un privilegio de rico sino una necesidad porque los ricos tienen sus propias plantas eléctricas.

2) El pueblo necesita la electricidad para: - que funcionen los hospitales, las farmacias, los dispensarios, los

lugares donde se prestan los primeros auxilios, las sedes de la policía, las bombas de agua, los liceos y escuelas nocturnas, los abastos, nuestros hogares, la radio, la televisión, etc.

- Para activar los ascensores de los edificios incluso los de interés social;

- para el alumbrado público de suerte que no nos asalten tan fácilmente;

- para preservar los alimentos; - en las cocinas eléctricas para calentar la comida; - para que los muchachos puedan hacer sus tareas y estudiar los

mayores; Solamente en la mente de nuestro presidente cabe no se necesita el alumbrado pues el aire acondicionado es inútil si se van a tapar con tres cobijas. Lo que pasa es que él tiene mentalidad de rancho y de conuco y nos dice que no importa seamos pobres cuando podemos ser felices. Pero sin duda que tanto él como su familia y sus amigos sí tienen luz las veinticuatro horas del día. Él quiere llevarnos al mismo estado que Cuba, que su amigo Fidel, donde racionan la luz, la comida... Les aviso que ya van a cambiar el bono alimenticio por una cartilla de racionamiento.

3) El reclamo pacífico de nuestros derechos está contemplado en la Constitución. ¿Acaso Chávez no dio un golpe de estado el 4 de febrero del 92 porque no estaba de acuerdo con el sistema? Nosotros lo que queremos es luz las 24 horas del día y de calidad, que no se eche a perder nuestra comida ni los equipos de la casa. A mí ya se me ha quemado el compresor de mi nevera. ¿Quién me paga los daños?

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4) Ya no comemos cuentos. Se terminaron las excusas. ELEORIENTE

es una empresa del estado venezolano. Este Gobierno tiene más de seis años en el poder y ha percibido los ingresos más extraordinarios que jamás gobierno alguno ha recibido. ¿Dónde están los reales? Nosotros votamos por él porque nos cansamos de la corrupción y de la mala administración de la Cuarta. Pero ahora resulta que es peor. Este gobierno compró 500 millones de dólares de la deuda pública de Argentina, dinero perdido de un país quebrado, para ayudar a su amigo Kirchner de Argentina. Ese no es nuestro problema. Aquí hay más pobreza y desempleo que nunca. Con esos 500 millones de dólares se hubiera podido construir no menos de 73.000 casas de interés social, 73.000 hogares de Anzoátegui tendrían una vivienda decente.

5) Así que invito a las asociaciones de vecinos, a las amas de casa, a los dueños de negocios, a los estudiantes a que sigamos protestando todas las semanas, todos los miércoles y ahora analizaremos si lo hacemos dos veces a la semana, todos juntos, los de la Cuarta, los de la Quinta, los NINI, todos los usuarios del servicio de luz, sin distingos de raza, credo, condición social, tanto en Barcelona, Urbaneja como en Sotillo hasta que nos pongan el alumbrado público y privado.