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LOGO V CURSO INTERNACIONAL DE DERECHO NOTARIAL PROFUNDIZADO UNIVERSIDAD NOTARIAL ARGENTINA BUENOS AIRES, ARGENTINA, AGOSTO 2011

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V CURSO INTERNACIONALDE DERECHO NOTARIAL PROFUNDIZADO

UNIVERSIDAD

NOTARIAL

ARGENTINA

BUENOS AIRES, ARGENTINA, AGOSTO 2011

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DOCUMENTOS CONSULARESCIRCULACION

DR. NERY ROBERTO MUÑOZ

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MARCO GENERAL

EL CONSUL

FUNCIONES

CARGOS Y CATEGORIAS

DEBERES Y TAREAS

MISION CONSULAR

Información

general

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EL CONSUL

Es solo un

funcionario

del

Estado?

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FUNCIONES

Qué hace un

Cónsul?

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CARGOS Y CATEGORIAS

DEL

CONSUL

GENERAL

AL

VICECONSUL

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DEBERES Y TAREAS

MISION CONSULAR

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LA CONVENCION

MARCO LEGAL

PAISES QUE FORMAN PARTE

ESTUDIO DE MEXICO Y CENTROAMERICA

LA CONVENCION DE VIENA

VIENA

LA CONVENCION

LA CONVENCION DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES

LA CONVENCION

La Convención está contenida en 79 artículos, emitida en Viena, Austria, el 24 de abril de 1963, entró en vigencia el 19 de marzo de 1967, según la misma Convención entraba en vigor treinta días a partir de la fecha que se hubiere depositado el décimo segundo instrumento de ratificación o de adhesión, lo cual se logró en esa fecha.

LA CONVENCION

Fue aprobada en abril de 1963 por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre relaciones consulares en la Neue Hofburg en Viena, Austria, del 4 de marzo al 22 de abril de 1963. La Conferencia también aprobó el Protocolo Opcional relativo a la adquisición de la nacionalidad, el Protocolo Opcional sobre solución obligatoria de controversias.

DEPOSITO

La Convención y los dos protocolos fueron depositados en el Secretario General de las Naciones Unidas.

El Acta Final, por decisión unánime de la Conferencia, fue depositada en los archivos del Ministerio Federal de Relaciones Exteriores de Austria.

CONTENIDO

TOTAL DE 77 ARTICULOS

CAPITULOS

SECCIONES

CONTENIDO

DEFINICIONES

RELACIONES CONSULARES

EJERCICIO CONSULAR

ESTABLECIMIENTO DE LAS OFICINAS

FUNCION CONSULAR

CATEGORIAS

NOMBRAMIENTOS

EXEQUATUR

PRIVILEGIOS E INMUNIDADES

USO DE LA BANDERA Y ESCUDO

ARTICULO 5º. Literal f)

“Actuar en calidad de notario, en la de funcionario de registro civil, y en funciones similares y ejercitar otras de carácter administrativo, siempre que no se opongan a las leyes y reglamentos del Estado receptor.”

PAISES QUE FORMAN PARTE

177 EN TOTAL

PAISES

Albania, Algeria, Andorra, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaijan, Bahamas, Bahrain, Bangladesh, Barbados, Belarus, Bélgica, Belice, Benín, Bhutan, Bolivia, Bosnia and Herzegovina, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Cambodia, Cameroon, Canadá, Cape Verde, Central African Republic, Chile, China, Colombia, Congo, Costa Rica, Côte d'Ivoire, Croacia, Cuba,

PAISES

Cyprus, Czech Republic, Democratic People's Republic of Korea, Democratic Republic of the Congo, Dinamarca, Djibouti, Dominica, Dominican Republic, Ecuador, Egypt, El Salvador, Equatorial Guinea, Eritrea, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Gabon, Georgia, Germany, Ghana, Greece, Grenada, Guatemala, Guinea, Guyana, Haití, Holy See, Honduras, Hungary, Iceland, India, Indonesia, Irán, Iraq, Ireland, Israel,

PAISES

Italia, Jamaica, Japón, Jordán, Kazakhstan, Kenya, Kiribati, Kuwait, Kyrgyzstan, Lao People's Democratic Republic, Latvia, Lebanon, Lesotho, Liberia, Libyan Arab Jamahiriya, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Madagascar, Malawi, Malasia, Malvides, Mali, Malta, Marshall Islands, Mauritania, Mauritius, México, Micronesia, Mónaco, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Namibia,

PAISES

Nepal, Netherlands, Nueva Zelandia, Nicaragua, Niger, Nigeria, Norway, Omán, Pakistán, Panamá, Papua New Guinea, Paraguay, Perú, Philippines, Poland, Portugal, Qatar, República de Korea, República de Moldova, Romania, Russian Federation, Rwanda, Samoa, Sap Tome and Principe, Saudi Arabia, Senegal, Serbia, Seychelles, Singapore, Slovakia, Slovenia, Somalia, South Africa, Spain, Sri Lanka,

PAISES

St. Kitts and Nevis, St. Lucía, St. Vicent and the Grenadines, Sudán, Surinam, Sweden, Switzerland, Syrian Arab Republic, Tajikistan, Thailandia, The former Yugoslav Republic of Macedonia, Timor-Leste, Togo, Tonga, Trinidad y Tobago, Tunisia, Turquía, Turkmenistan, Tuvalú, Ukraine, United Arab Emirates, United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland, United Republic of Tanzania, United States of America,

PAISES

Uruguay, Uzbekistan, Vanuatu, Venezuela, Viet Nam, Yemen, Zimbabwe.

SIGLO XXI

Belice,

Mauritania,

Serbia,

Timor-Leste,

Singapur,

Mónaco,

Montenegro,

Cambodia,

Sri Lanka,

Botswana

2010

El último país en ratificarla en el año 2010 fue St. Kitts and Nevis.

ST. KITTS AND NEVIS

ALGUNOS PAISES

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ARGENTINA

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BELGICA

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FRANCIA

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ITALIA

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LUXEMBURGO

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MARRUECOS

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SUIZA

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PORTUGAL

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COLOMBIA

.

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ESPAÑA

.

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PERU

.

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CUBA

.

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ECUADOR

.

BRASIL

URUGUAY

BOLIVIA

PARAGUAY

MEXICO

MEXICO

Los Estados Unidos Mexicanos firmaron el 7 de octubre de 1963 y la ratificaron el 16 de junio de 1965.

Dentro de los requisitos para ser Cónsul General, no requiere tener la calidad de Notario Público, según se estableció en el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

MEXICO

En la Ley del Notariado del Estado de México, en el artículo 22, dentro de las excepciones o impedimentos para ejercer el notariado, no hace ninguna referencia a los Cónsules.

MEXICO

Por lo tanto en base a la Convención, los Cónsules pueden autorizar algunos documentos.

Entre los servicios consulares que prestan están los siguientes:

1. Legalización de firmas.

2. Actos del registro civil.

3. Declaración de nacionalidad.

4. Poderes Notariales.

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EL SALVADOR

EL SALVADOR

El Salvador ratificó la Convención el 19 de enero de 1973.

Para ser Cónsul no se necesita tener el título de notario, puede ser el de Doctor en Jurisprudencia y Ciencias Sociales o acreditar competencia en distintas áreas, según el artículo 9 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de la República de El Salvador. Decreto Legislativo 33.

EL SALVADOR

Entre los servicios que prestan están:

AUTORIZACIÓN PARA SALIDA DE MENOR

REGISTROS DEL ESTADO FAMILIAR

ACTOS NOTARIALES

- PODERES – TESTAMENTOS-COMPRAVENTA DE INMUEBLES Y VEHICULOS

CONSTANCIAS DE SOBREVIVENCIA DE PENSIONADOS.

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS.

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HONDURAS

HONDURAS

Honduras ratificó la Convención el 13 de febrero de 1964. En Honduras, no es requisito indispensable ser notario para aspirar al cargo de Cónsul, cualquier persona que se encuentre en el libre ejercicio de sus derechos civiles puede ser nombrado Cónsul.

HONDURAS

Al asumir el cargo, por Ministerio de la Ley, se le faculta para que pueda realizar todos los instrumentos que autoriza un Notario. Algunas veces la designación en estos cargos recae sobre personas que no tienen conocimiento en el área notarial, lo cual hace que tengan que capacitarse para ejercer con eficiencia y seguridad.

HONDURAS

El Cónsul por contar con las facultades que tiene un notario puede autorizar todo tipo de instrumentos públicos, entre ellos mandatos, escrituras públicas, actas notariales, legalizaciones de firmas, legalizaciones de documentos, etc. Según la investigación, en la práctica, la función se reduce a las legalizaciones de firmas.

NICARAGUA

NICARAGUA

Nicaragua ratificó la Convención el 31 de octubre de 1975.

Los Cónsules pueden ejercer como notarios, según se regula en el artículo 5 del Código Notarial de Nicaragua.

NICARAGUA

Los funcionarios consulares en Nicaragua, son de 2 clases: De protección y de elección. (Artículo 9 de la Ley Consular). En ninguno de los 2 casos exige tener la calidad de Notario, solo tener conocimientos legales sobre varias ramas del derecho. Artículos 9, 10 y 11 de la Ley Consular.

NICARAGUA

Desde luego no limita a que un notario pueda ser Cónsul.

Los documentos que puede autorizar un Cónsul, según el artículo 27 de la Ley Consular, son: Escrituras, testamentos, legalizaciones, copias de testimonios o certificaciones, inventarios y particiones, entre otros.

El artículo 27 regula un arancel.

COSTA RICA

COSTA RICA

Costa Rica firmó la Convención el 6 de junio de 1963 y la ratificó el 29 de diciembre de 1966.

Los Cónsules de Costa Rica pueden ejercer el notariado, el Código Notarial de Costa Rica lo regula en el artículo 14 al crear la figura del Notario consular, en los términos siguientes:

COSTA RICA

“Artículo 14.- Notario consular

Los cónsules de Costa Rica en el extranjero ejercerán el notariado público en su circunscripción territorial, respecto de los hechos actos o contratos que deban ejecutarse o surtir efecto en Costa Rica. Ejercerán la función de conformidad con este código. Para el notariado consular no se aplicará lo dispuesto en el inciso c) del artículo 3 de esta ley.”

COSTA RICA

(Se refiere a requisitos de grado, colegiación y habilitación.)

“Corresponde a los notarios consulares vigilar y atender todas las disposiciones, prohibiciones y demás estipulaciones que asuman los notarios públicos de acuerdo con el presente código. Serán igualmente sancionables y su función estará sujeta a la fiscalización del órgano correspondiente.

COSTA RICA

Entre los servicios consulares que se prestan están los siguientes:

• Notariales

• Registrales civiles

• Legalizaciones

COSTA RICA

Los Cónsules remunerados de la República debidamente habilitados por la Dirección Nacional de Notariado para ejercer el notariado, prestarán servicios de esta índole a todas aquellas personas, costarricenses y extranjeras, que deseen efectuar actos o contratos que las leyes de Costa Rica, requieran que su realización se haga por medio de escritura pública.

COSTA RICA

Entre ellos

Poderes

Actas notariales

Declaraciones juradas

Traspaso de propiedades

Constitución de sociedades

COSTA RICA

RECOMENDACIÓN

Recomienda que para los actos notariales el interesado envíe por fax o correo electrónico un borrador del documento, redactado de acuerdo a sus necesidades específicas.

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GUATEMALA

GUATEMALA

Guatemala ratificó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares el 9 de febrero de 1973, antes de esa fecha, existía una norma, que sigue vigente, que establece que pueden ejercer el notariado los Cónsules o los agentes diplomáticos acreditados y residentes en el exterior, que sean notarios.

GUATEMALA

“Artículo 6º. Pueden también ejercer el notariado: … 2. Los cónsules o los agentes diplomáticos de la República, acreditados y residentes en el exterior, que sean notarios hábiles conforme esta ley.” Código de Notariado de 1946.

Conforme esta ley, los Cónsules podían autorizar documentos, si eran notarios.

GUATEMALA

Con la ratificación de la Convención de Viena, que no requiere que los Cónsules sean notarios, aparece la figura de los documentos consulares, sustituyendo la de documentos notariales autorizados por Cónsules notarios, o Notarios Cónsules.

GUATEMALA

En la práctica los Cónsules no hacen todas las funciones notariales, salvo que sean notarios, pero si autorizan poderes, actas de supervivencia, legalizaciones y cartas de autorización para el trámite de pasaportes, además de los documentos relacionados con el estado civil de las personas.

GUATEMALA

En la historia de Guatemala, hubo un par de casos, hace como 20 años, en los cuales, los Cónsules celebraron matrimonios con efectos civiles y los inscribieron en el Registro Civil de Guatemala. Recordemos que en Guatemala, los Notarios pueden autorizar matrimonios con efectos civiles.

DOCUMENTOS CONSULARES

Con el anterior el panorama, los documentos consulares, circulan de un país a otro.

Los documentos consulares tienen diferencias con los de origen notarial. Lo cual es importante conocer.

DOCUMENTOS CONSULARES

Existen normas macros que lo permiten, como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, y en algunos países existen normas consulares y diplomáticas propias que regulan esta función consular, ahora corresponderá analizar su eficacia probatoria.

INSTRUMENTOS PUBLICOS DE ORIGEN CONSULAR

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS CON LOS DE ORIGEN NOTARIAL

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DOCUMENTOS CONSULARES

CirculaciónEficacia

Probatoria

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CONCLUSIONES

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