VEGAS PEREZ

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Realizado por: Acero Henry Núñez Liliana Rodríguez José Torres José Materia: Problemática de la Investigación Criminal Profesor: Jairo Escalante San Cristóbal, 25 de noviembre de 2010

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Realizado por: Acero Henry Núñez Liliana Rodríguez José Torres JoséMateria: Problemática de la Investigación CriminalProfesor: Jairo Escalante

San Cristóbal, 25 de noviembre de 2010

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CANGREJO

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Los hechos• Es la desaparición del niño de trece años Carlos Vicente Vegas

Pérez el 22 de febrero de 1973 y que la prensa bautizó como el caso Vegas Pérez. El cuerpo de Carlos Vicente Vegas apareció ocho días después, 1 de marzo en la Cortada del Guayabo, estado Miranda, después que un grupo de secuestradores pidió un rescate de Bs. 150.000. Como Vegas Pérez era hijo del célebre arquitecto venezolano Martín Vegas Pacheco, quien entre otros edificios había diseñado la Torre Polar en Plaza Venezuela, el presidente Rafael Caldera se apresuró a prometer la captura de los criminales.

• Desde el momento de su secuestro, hasta poco antes de aparecer el cadáver, la madre del niño recibió llamadas telefónicas exigiendo el rescate y la forma como debía entregarse, a pesar de que el niño ya estaba muerto.

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ELEMENTOS DE INTERES CRIMINALISTICO

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• 1.- la intercepción y grabación de las llamadas

telefónicas realizadas a la residencia de los padres del niño, para su análisis, con el objeto de: A) Determinar la voz de quien efectuaba las mismas, tomando como medio de orientación, las diferentes grabaciones tomadas como pruebas, de los presuntos autores o sospechosos del hecho investigado; arrojando como resultado mediante el espectrógrafo de voces, determinar quien fue esa persona, B) Lograr determinar dentro del ambiente de la referidas llamadas recibidas, en su fondo, algún tipo de sonido que pudiera orientar a los investigadores, donde eran hecha las mismas.

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2.- La ubicación del vehículo de la familia, se conoció que en la inspección hecha al vehículo que utilizó la madre del niño para pagar el rescate a los secuestradores en la Urbanización La Castellana, se localizó una importante huella latente. Hubo muchas reservas en la central investigadora para saber a que persona correspondía esa huella pero trascendió extraoficialmente que se trataba de un joven de unos 20 años que registra ciertos antecedentes en el archivo criminal.

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• 3.- El hallazgo del cadáver del niño secuestrado, sin signos

vitales, en una zona boscosa entre los sectores de Pacacotos y Charallave, del Estado Miranda, llamando poderosamente la atención que el mismo tenia sus manos hacia atrás, amarradas con una cadena y un candado, a nivel de sus muñecas.

• 4.- Se ubicó y determinó, la ferretería en el Este de la ciudad de caracas, donde fue comprada y procedía la cadena con que habían amarraron al niño secuestrado, la cual había sido adquirida el mismo día de los hechos, horas antes, por un sujeto joven que no se logro identificar, esto mediante experticia de acoplamiento.

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5.- La autopsia del cadáver en avanzado estado de descomposición, fue practicada por los Drs. Armando Domínguez y Jack Castro Rodríguez .Se determinó:

- El occiso Carlos Vicente Vegas Pérez no hubo ingesta de alimentos en las últimas cuatro horas antes de su muerte, tiempo este aproximado en que tarda en digerirse los alimentos.

- La causa de la muerte fue por asfixia al inhalar gases contentivos de monóxido de carbono, sustancia encontrada en los pulmones del cadáver.

- Al niño se le había administrado un sedante, sin consecuencias secundarias.

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• 6.- El no determinarse signos de violencia por parte de los autores hacia el secuestrado, como de este hacia aquellos.

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Hipótesis manejada:Para los expertos en investigaciones el niño fue muerto la misma

fecha del secuestro, o sea la tarde del jueves 22 de febrero. Se piensa que al ser secuestrado fue introducido por la fuerza en el interior de un vehículo y sacado fuera de Caracas. Los secuestradores procedieron luego a detener durante breves minutos la marcha del carro en un sector solitario para atar las manos de su víctima con cadena y candados. Luego, deciden meterlo en la maleta, donde inhalo los gases expelidos por el tubo de escape.Se sospecha que el recorrido del vehículo fue por la vía Petare-Santa Teresa del Tuy-Los Anauco hasta llegar a la carretera que une la autopista Coche-Las Tejerías con la población Mirandina de Paractotos, en el distribuidor de transito de Maturín, sin llegar al peaje para evitar la vigilancia de la Guardia Nacional.La Otra vía pudo ser la carretera Panamericana desde Coche Hasta la entrada de San Antonio de los Altos, pudiendo seguir hasta la Cortada del Guayabo y llegar al Distribuidor Maturín, donde desviaron hacía Paracotos.Señalaron los investigadores que es posible que los secuestradores al abrir la puerta del porta equipajes y notar que su víctima no daba signos de vida, decidieron arrojar el cadáver al fondo del barranco.

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En el transcurso de las investigaciones fueron enviados por la antigua PTJ dos funcionarios a las ciudades Colombianas de Barranquilla y Cartagena, ya que se manejó la existencia de un deuda por drogas a un cartel de estas ciudades. Estos investigadores indagaron la existencia de comunicaciones telefónicas que comprometían en Venezuela A los sospechosos de haber secuestrado y asesinado al niño Vegas Pérez.

Entre tanto, los titulares de los principales rotativos del País denunciaban que “Algo grave entorpece las investigaciones para resolver el caso”

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• Durante la investigación, fueron detenidos:• José Luis “Caramelo” Branger por encubridor,

conforme al artículo 255 del Código Penal. Esta persona aparentemente declara para la revista BOHEMIA, el conocimiento que tenía sobre el secuestro, lo cual fue corroborado por el periodista Samuel Robinson.

• Diego Baptista Zuloaga, por tráfico de estupefacientes.

• Prohibición de salida del País a Federico Vegas Pérez, hermano de la víctima.

• Gonzalo Rafael Capecci y Julio Morales.

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• El Juez Instructor, JOSE FRANCISCO CUMARE NAVA, decretó la detención de Omar José Cano Lugo (a) “El Chino”, como presunto autor material del homicidio cailficado y de Alfredo Luis Parilli Pietri, como presunto autor intelectual.

• Se ordenó medida de prohibición de salida del País contra la ciudadana Orietta Cabrices Reyes para asegurar su comparecencia a declarar como testigo.

• Caracas, 11 de mayo de 1973.

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• Hay una testigo, la ciudadana Alexia Josefina Felizola, que dice haber oído decir a Cano que había inyectado al menor Vegas Pérez y cuando vio que se le había pasado la mano, estando ya muerto, debió dejarlo al fondo de un Barranco.

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ORDEN DE LIBERTAD PARA TODOS LOS INDICIADOS

La Corte Superior Segunda en lo penal del Distrito Federal y Estado Miranda, revoco los autos de detención a los detenidos por el secuestro y muerte del menor, por considerar que en el expediente no estaban llenos los extremos del artículo 182 del Código de Enjuiciamiento Criminal y confirmo la detención de dos de ellos por tenencia y trafico de estupefacientes.

La decisión fue redactada por el Magistrado Ramón Lara Aponte y apoyada por Juan Pablo Izquierdo, el Magistrado Meléndez Hurtado salvó su voto por considerar que en el expediente había suficientes indicios para volver a confirmar los autos de detención por secuestro y homicidio calificado.

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FIN