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VERSIÓN PRELIMINAR DE LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE PICANYA (VALENCIA) JUNIO 2010 Promueve: Ajuntament de Picanya

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  • VERSIÓN PRELIMINAR DE LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE PICANYA (VALENCIA)

    JUNIO 2010

    Promueve: Ajuntament de Picanya

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

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    ÍNDICE

    1. ANTECEDENTES.

    1.1 Procedencia de la revisión del Plan General.

    1.2 Marco legal de aplicación.

    1.3 Contenido de la versión preliminar del Plan General.

    2. MEMORIA INFORMATIVA.

    2.1 Caracterización territorial.

    2.2 Planeamiento vigente y grado de desarrollo.

    2.2.1 Síntesis del planeamiento vigente.

    2.2.2 Grado de desarrollo del planeamiento vigente.

    2.2.3 Previsiones de población y vivienda.

    2.3 Recursos y riesgos potenciales. Cartografías temáticas.

    2.3.1 Recursos.

    2.3.2 Riesgos naturales.

    2.3.3 Afecciones territoriales.

    2.4 Infraestructuras y equipamientos existentes y en proyecto.

    2.4.1 Infraestructuras de transportes y comunicaciones.

    2.4.2 Infraestructuras medioambientales.

    2.4.3 Infraestructuras de dotación.

    2.5 Modelo territorial actual. Cuadro resumen de superficies del documento vigente.

    3. PLANOS DE INFORMACIÓN.

    I.1 Clasificación del suelo.

    I.2 Calificación del suelo.

    I.3 Red Primaria de suelo dotacional.

    I.4 Ámbitos desarrollados y no desarrollados.

    4. MEMORIA JUSTIFICATIVA.

    4.1 Modelo territorial propuesto y estrategia de desarrollo.

    4.1.1 Objetivos y criterios de la ordenación propuesta.

    4.1.2 Examen y análisis de las diferentes alternativas contempladas.

    4.1.3 Clasificación y calificación del suelo.

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    4.2 Adecuación a los Planes de Acción Territorial existentes y al planeamiento de los

    municipios colindantes.

    4.2.1 Plan de Acción Territorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad

    Valenciana (PATRICOVA).

    4.2.2 Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia.

    4.2.3 Planeamiento de los municipios colindantes.

    4.3 Cuadros resumen de la evolución urbana y superficies por clases de suelo.

    4.4 Delimitación Red Primaria, superficies y características.

    4.4.1 Las infraestructuras de transporte y comunicaciones.

    4.4.2 El sistema de espacios libres y parques públicos.

    4.4.3 El sistema de equipamientos comunitarios.

    4.5 Directrices de la estrategia de evolución urbana y utilización del territorio.

    5. PLANOS DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL PROPUESTA.

    O.1 Clasificación del suelo.

    O.2 Calificación del suelo.

    O.3 Red Primaria de suelo dotacional.

    O.4 Planeamiento de los municipios colindantes.

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    1. ANTECEDENTES.

    1.1 Procedencia de la revisión del Plan General.

    El municipio de Picanya cuenta, como instrumento de planeamiento general vigente,

    con una Homologación global modificativa del Plan General, aprobada el 5 de

    noviembre de 1998, por la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia (BOP de 19

    de abril de 1999; DOGV de 24 de junio de 1999). Mediante esta homologación se

    modificó y se adaptó a la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística1 el Plan General

    anterior, aprobado el 5 de enero de 1990.

    Habiendo transcurrido más de diez años de la entrada en vigor de la Homologación

    global modificativa y casi veinte años del Plan General que la originó, podemos afirmar

    que el planeamiento municipal de Picanya está agotado. La totalidad de los suelos

    urbanos y urbanizables previstos están urbanizados y, en gran parte, edificados.

    Esta circunstancia aconseja por sí misma acometer la revisión del Plan General. Si

    además le añadimos el hecho de que en el año 2008 el Ayuntamiento convocó un

    concurso para el desarrollo de un nuevo sector de 300.000 m2s de superficie, no

    previsto en el Plan General (sector Picanya Sud), que contempla el soterramiento de la

    vía del ferrocarril de FGV, y cuyo Programa de Actuación Integrada fue aprobado

    provisionalmente el 29 de julio de 2008, no queda ninguna duda de la procedencia de

    la citada revisión.

    Esta revisión de planeamiento es legalmente necesaria si tenemos en cuenta que la

    superficie de los dos sectores que participan en el soterramiento (sector Picanya Sud y

    sector colindante al mismo por el oeste) supera el límite del 20 por cien del suelo

    urbanizado del municipio. Umbral éste que fija la legislación estatal como causa

    ineludible de revisión. En este sentido la disposición transitoria cuarta de la Ley de

    Suelo2 establece lo siguiente:

    “Disposición transitoria cuarta. Criterios mínimos de sostenibilidad.

    Si transcurrido un año desde la entrada en vigor de esta Ley, la legislación sobre ordenación territorial y urbanística no estableciera en qué casos una actuación de urbanización obliga a ejercer de forma plena la potestad de ordenación, esta nueva ordenación o revisión será necesaria cuando la actuación conlleve, por sí misma o en unión de las aprobadas en los dos últimos años, un incremento superior al 20 por ciento de la población o de la superficie de suelo urbanizado del municipio o ámbito territorial”.

    1 Ley 6/1994, de 15 de noviembre de la Generalitat Valenciana, reguladora de la actividad urbanística (DOGV núm. 2394, de 24 de noviembre de 1994) 2 Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo (BOE núm. 128 de 29 de mayo de 2007) y Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del suelo (BOE núm. 154 de 26 de junio de 2008).

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    Por su parte, la Ley Urbanística Valenciana3 (en adelante LUV) establece en su

    artículo 93 las causas de revisión del planeamiento general:

    “Artículo 93. Revisión del Plan General.

    1. Procederá la revisión del Plan General: a) Cuando así venga establecido en el propio Plan General. b) Cuando concurran las circunstancias expresadas en el artículo 81. c) Cuando así lo decida razonadamente el Municipio en ejercicio de la potestad de

    planeamiento urbanístico…”

    Y, la Homologación del Plan General de Picanya, en el artículo 1.3.3 de sus Normas

    Urbanísticas, prevé al respecto lo siguiente:

    “Artículo 1.3. Modificación y Revisión del Plan General.

    3. La Revisión del Plan General, previo estudio que demuestre su necesidad, se justificará por la existencia de alguna de las siguientes circunstancias: a) El transcurso de diez años a partir de su entrada en vigor. b) La variación sustancial de las previsiones sobre crecimiento urbano del municipio

    que se mencionan en los documentos del Plan, y siempre que la población del municipio supere la población de 15.000 habitantes.

    c) La consolidación de las dos terceras partes del suelo urbanizable residencial o industrial.

    d) La alteración, por exigencias legales o de carácter técnico general, de las necesidades de suelo reservado a servicios públicos y equipamientos, debida a la evolución económica y social.

    e) Cuando se pretenda alterar globalmente el modelo territorial previsto como consecuencia de circunstancias demográficas, económicas o sociales que lo justifiquen.

    La práctica totalidad de estas circunstancias se han cumplido, por lo que no cabe duda

    de la necesidad de la revisión del Plan General de Picanya.

    1.2 Marco legal de aplicación.

    La LUV en su artículo 81 atribuye a los municipios la iniciativa para promover la

    elaboración o revisión del planeamiento general. Sin embargo, también contempla la

    posibilidad de que los particulares formulen documentos de avance del planeamiento.

    “Artículo 81. Promoción del Plan General.

    1. La iniciativa para la elaboración y revisión del Plan General corresponde a los municipios…

    2. Los particulares podrán formular avances de planeamiento y solicitar al ayuntamiento la modificación del plan general, mediante la presentación de la documentación técnica necesaria para este fin. En ningún caso pueden tramitarse planes de elaboración particular simulando que se trata de iniciativas formuladas de oficio…”

    3 Ley 16/2005, de 30 de diciembre de la Generalitat, Urbanística Valenciana (DOGV núm. 5167, de 31/12/2005).

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    En el presente caso es el Ayuntamiento de Picanya quien promueve y formula de

    oficio la versión preliminar del Plan General, que contempla, entre otros, los suelos

    urbanizables necesarios para que sea viable la ejecución del soterramiento (sector

    Picanya Sud y sector colindante con éste, por el oeste). De esta manera se cumple

    con lo establecido en las bases particulares reguladoras del concurso convocado en

    su día por el Ayuntamiento para la programación del sector Picanya Sud.

    Fotografía 1. Vista de la avenida 9 d’ Octubre, que constituye el límite del casco urbano por el sur. A la izquierda, la vía del ferrocarril y el futuro sector Picanya Sud.

    1.3 Contenido de la versión preliminar del Plan General.

    El Decreto Ley 2/20104, ha suprimido la figura del concierto previo en la tramitación de

    los Planes Generales municipales, lo que permite agilizar la tramitación del

    planeamiento, facilita la aplicación de la evaluación ambiental estratégica prevista en

    la Ley 9/2006, de 28 de abril5 (en adelante LEAE), y refuerza la seguridad jurídica y el

    rigor del sistema de planeamiento. Dicho Decreto Ley 2/2010, en su artículo 1,

    modifica diversos artículos de la LUV, entre ellos, el apartado 1 del artículo 83:

    “Artículo 83. Tramitación de planes generales. 1. Previamente a la redacción técnica del Plan General, el Ayuntamiento iniciará el procedimiento de evaluación ambiental estratégica mediante la elaboración del

    4 Decreto Ley 2/2010, de 28 de mayo, del Consell, de medidas urgentes para agilizar el desarrollo de actividades productivas y la creación de empleo (DOCV núm. 6278, de 31 de mayo de 2010). 5 Ley 9/2.006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

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    documento consultivo o de inicio a los efectos de la emisión del documento de referencia por el órgano ambiental en los términos previstos en el artículo 7 y siguientes de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, o norma que la sustituya.

    La LEAE, en su artículo 10, habla de “versión preliminar del plan o programa”, sin

    entrar en su alcance y contenido, que ha de ser concretado en la transposición de esta

    ley a la legislación autonómica valenciana. Por ello, ante la inconcreción del contenido

    de la versión preliminar del plan o programa, y dado el alcance del suprimido concierto

    previo, el contenido de la versión preliminar de la revisión del Plan General de Picanya

    se ajustará al previsto en el artículo 215 del Reglamento de Gestión Territorial y

    Urbanística6 (en adelante ROGTU):

    “Artículo 215. Documentación del concierto previo del Plan General.

    1. El documento que se presente a los efectos de formalizar el trámite de concierto previo con la Conselleria competente en materia de territorio, deberá incorporar el siguiente contenido en el grado más adecuado a las características del municipio: A) Una Memoria Informativa que de forma clara y esquemática describa:

    a) El planeamiento vigente y su grado de desarrollo. b) Los riesgos potenciales observados en el territorio. c) Las infraestructuras principales existentes y en proyecto. d) El cuadro resumen de superficies del documento vigente.

    B) El plano de información que refleje la clasificación y calificación del suelo en el planeamiento vigente, distinguiendo los ámbitos de desarrollo ejecutados, y de los que no estén totalmente ejecutados, su grado de ejecución. C) Una Memoria Justificativa que de forma clara y esquemática explique y legitime:

    a) El modelo territorial propuesto y la estrategia de desarrollo, su adecuación a los Planes de Acción Territorial, al planeamiento de los municipios colindantes y a los principios rectores de la ley de Ordenación del Territorio.

    b) Las tablas que expresen las dimensiones de la evolución urbana previsible y las superficies incluidas en cada clase de suelo.

    c) La delimitación de la red primaria o estructural, indicando sus superficies y características.

    d) Las directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y ocupación del territorio.

    D) El plano de ordenación, a escala 1:10.000 y, en caso necesario a escala 1:5.000, con la Ordenación Estructural propuesta…”

    En consecuencia, a continuación, se van a desarrollar los diferentes documentos

    referidos en el párrafo anterior.

    6 Real Decreto 6/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (DOGV núm. 5246, de 23 de mayo de 2006) y Real Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell, por el que se modifica el anterior (DOGV núm. 5491, de 17 de abril de 2007).

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    2. MEMORIA INFORMATIVA.

    2.1 Caracterización territorial.

    El municipio de Picanya pertenece a la comarca de l’ Horta Sud. Se encuentra situado

    al sur de la ciudad de Valencia, de la que apenas dista 2 Km. El término municipal

    abarca una superficie de 7,5 Km2 y cuenta con una población de 10.861 habitantes

    (padrón 2008). Es colindante con los municipios vecinos de Alaquàs y Xirivella por el

    norte; Catarroja por el sur; Valencia y Paiporta por el este, y Torrente, por el oeste.

    Por el término municipal discurren determinadas infraestructuras entre las que

    destacan las autovías CV-33 y CV-36, las carreteras CV-403, CV-406 y CV-407, el

    AVE y el ferrocarril de FGV. El barranco de Chiva o de Torrent cruza el casco urbano

    en sentido oeste-este dividiéndolo en dos partes: al norte, la zona más industrial

    integrada por los polígonos Alquería de Moret y Alquería de Raga, y por el barrio de

    Vistabella; al sur, el área residencial constituida por el casco urbano tradicional y por la

    zona de extensión (Horts de Les Palmes).

    El término tiene una topografía llana, con una ligera pendiente uniforme y descendente

    desde el noroeste hacia el sudeste. El clima es de tipo mediterráneo seco. Se

    caracteriza por la suavidad de sus temperaturas medias (oscilan entre 16º y 18º) y por

    la escasez e irregularidad de las precipitaciones (media anual, 500 mm).

    El municipio de Picanya históricamente ha servido de soporte a usos agrícolas

    tradicionales de regadío, más concretamente cultivos hortícolas y de cítricos. La

    existencia de una topografía llana, de una temperatura adecuada, de un suelo fértil y

    de unos recursos hídricos suficientes han sido las principales causas que han

    determinado su utilización agraria. De ahí que presenten la estructura parcelaria

    habitual de las planas agrícolas, que cuenta con una densa red de acequias y de

    caminos, entre los que destacan los de Faitanar, de la Florentina y de la Pedrera.

    La superficie cultivable alcanza la práctica totalidad suelo no ocupado por las

    edificaciones existentes. La huerta de Picanya presenta dos zonas diferenciadas. La

    primera, al norte de la autovía CV-36, constituye la huerta histórica de Valencia regada

    por las acequias del Turia (huerta de Quart-Bennàger). La segunda, al sur de la vía del

    ferrocarril de FGV, está integrada por antiguas tierras de secano que fueron

    transformadas en huertos de naranjos en el siglo XIX, regados con aguas

    subterráneas.

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    Fotografía 2. Vista de una de las alquerías que existen en la zona sur del término municipal.

    En sus orígenes el casco urbano tuvo dos núcleos independientes separados por el

    barranco (Vistabella y Picanya). El menor valor del suelo y la implantación del

    ferrocarril hicieron que la expansión urbana se iniciara por el sur. En la segunda mitad

    del S XX y hasta nuestros días el crecimiento se produce en dirección este-oeste,

    entre los límites impuestos por la autovía CV-36, el ferrocarril y el cauce.

    En el suelo no urbanizable, sobre todo al sur del ferrocarril, existen diversas viviendas

    y construcciones aisladas (almacenes, invernaderos, industrias dispersas). Por su

    importancia, destacan algunas alquerías vinculadas a los huertos de naranjos, que

    tienen interés desde el punto de vista arquitectónico.

    La evolución de la población muestra un crecimiento paulatino y continuado, pasando

    en los últimos años de 7.431 habitantes en 1988, a 8.741 en 1998 y a 10.861 en 2008;

    es previsible que esta tendencia se mantenga en el futuro.

    Desde el punto de vista de las actividades económicas se puede afirmar que Picanya

    tiene una estructura productiva diversificada destacando el sector servicios sobre el

    resto. En el sector secundario predominan las industrias vinculadas a la logística

    (almacenaje y distribución) frente a las de producción. La construcción no tiene tanto

    peso como en otros municipios del área metropolitana, mientras que la agricultura

    sigue manteniéndose como actividad complementaria.

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    Otro de los rasgos significativos de Picanya es su calidad urbana, debida en gran parte

    a un modelo de desarrollo equilibrado, en el que están perfectamente diferenciados los

    diferentes usos (industriales, al norte del cauce, en las proximidades de la autovía;

    residenciales, al sur del mismo), que cuenta con una importante superficie de suelo

    dotacional (zonas verdes, equipamientos e infraestructuras) y con una cuidada obra de

    urbanización.

    Fotografía 3. El parque Panazol comprendido entre la carretera de Paiporta y la calle Germaníes, constituye un buen ejemplo de zona verde de calidad.

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    2.2 Planeamiento vigente y grado de desarrollo.

    2.2.1 Síntesis del planeamiento vigente.

    Como hemos señalado anteriormente el planeamiento municipal vigente en Picanya lo

    constituye la Homologación global modificativa del Plan General, aprobada en el año

    1998. Esta homologación, que tiene su origen en el Plan General de 1990, identificó

    como principales problemas del municipio los siguientes: la dificultad para acceder a la

    vivienda, en particular de los jóvenes; la existencia de industrias diseminadas por el

    término que no cuentan con infraestructuras ni con servicios; la falta de suelo

    preparado para acoger nuevas instalaciones industriales; y, la existencia de una parte

    del patrimonio edificado de baja calidad que no dispone de servicios adecuados, que

    puede provocar la degradación de las áreas en las que se encuentra.

    Así mismo estableció los siguientes criterios y objetivos de la ordenación: la

    integración en el sistema estructural e infraestructural de la comarca; la protección del

    patrimonio arquitectónico y urbanístico promoviendo la declaración de zona de

    protección ambiental del centro histórico y de determinados edificios; la delimitación de

    la reserva de terrenos y edificaciones con destino dotacional; la diversificación de las

    tipologías edificatorias de carácter residencial para facilitar el acceso a la vivienda; el

    mantenimiento de las características ambientales urbanas (condiciones de volumen,

    alturas, vuelos, morfología y textura de las edificaciones); y, potenciar la relación

    campo-ciudad, mediante el adecuado tratamiento de los bordes urbanos y la

    integración de las infraestructuras viarias secundarias con la red de caminos agrícolas.

    En consecuencia, se propone un modelo territorial contenido basado en el

    mantenimiento del modelo actual, que respeta los valores del término y que asume la

    dificultad que supondría la expansión del suelo urbano sobre un entorno de alto valor.

    Este modelo se concreta en un crecimiento nulo del suelo urbano o urbanizable a

    costa del suelo no urbanizable de alto valor agrícola. Tan sólo se contemplan

    pequeñas reclasificaciones de suelo en las zonas de menor valor y que se encuentran

    consolidadas en parte por industrias y almacenes.

    Concretamente en suelo urbanizable se prevén seis sectores: sector D1 Les Palmes

    (antes sector S-3), que se subdivide en dos unidades de ejecución (D1a y D1b); sector

    D2 Les Palmes (antes sector S5); sector D3 Les Palmes (antes sector S6); sector C1

    Extensión Sur; sector D4 Vistabella; y, sector F Faitanar, que se subdivide en tres

    unidades de ejecución (F1, F2 y F3). Los cinco primeros son residenciales y el último

    industrial.

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    Imagen 1. Clasificación del suelo según la Homologación global modificativa del Plan General de 1998. En morado, el suelo urbano; en azul el suelo urbanizable; en

    blanco el suelo no urbanizable.

    Dentro del suelo urbano y del suelo urbanizable se adecua la zonificación a la prevista

    en el Reglamento de Zonas de Ordenación Urbanística delimitándose las siguientes

    zonas: núcleo histórico, ensanche, extensión, baja densidad, baja densidad

    plurifamiliar, industrial en núcleo e industrial en polígono.

    El resto de modificaciones que se proponen son de diversa índole: previsión de un

    paso subterráneo en el ferrocarril de FGV; clasificación como zona A, núcleo histórico,

    del área situada junto a la carretera de Valencia; introducción de la vivienda

    plurifamiliar con características análogas a las Viviendas de Protección Oficial e

    incremento del número de viviendas en la zona de Les Palmes; previsión dentro de la

    red primaria o estructural de dotaciones públicas, de parque públicos en proporción

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    suficiente para mantener el estándar consecuencia del potencial incremento de

    población; establecimiento de condiciones más exigentes de dotación de

    aparcamientos en las zonas de ensanche y expansión; proposición de nuevos

    recorridos de carril-bici; simplificación de la normativa urbanística; y, concreción de los

    edificios y espacios protegidos.

    Imagen 2. Calificación del suelo según la Homologación global modificativa del Plan General de 1998. Los diferentes colores indican los usos y zonas existentes en el

    núcleo urbano.

    A continuación se adjuntan una serie de tablas que expresan las magnitudes básicas

    previstas en la Homologación del Plan General:

    CLASE DE SUELO SUPERFICIE (hectáreas)

    SUELO URBANO 113,92

    SUELO URBANIZABLE 34,99

    SUELO NO URBANIZABLE 600,94

    TOTAL 749,85

    Tabla 1. Clasificación del suelo según la Homologación global modificativa del Plan General de 1998. Los datos que figuran en esta tabla así como en las tres tablas

    siguientes han sido extraídos de la Memoria de la Homologación del Plan General.

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    USOS DE SUELO ZONA DE ORDENACIÓN SUPERFICIE (hectáreas) CASCO HISTÓRICO 16,96

    ENSANCHE 24,66

    EXPANSIÓN 16,65

    BAJA DENSIDAD 39,33

    RESIDENCIAL

    TOTAL RESIDENCIAL 97,60

    EN NÚCLEO 16,80

    EN POLÍGONO 34,51 INDUSTRIAL

    TOTAL INDUSTRIAL 51,31

    RES + IND TOTAL 148,91

    Tabla 2. Calificación del suelo según la Homologación del Plan General de 1998.

    El suelo dotacional viario de la red primaria está integrado por las carreteras que

    discurren por el término municipal (autovías CV-33 y CV-36, carreteras CV-403, CV-

    406 y CV-407), por las vías principales del núcleo urbano (travesía de la Diputación,

    calles de Valencia y Señera, y avenidas de Faitanar, Alquería de Moret, Mediterrània y

    Ricard Capella) y por la ronda sudoeste. La red primaria ferroviaria se corresponde

    con el ferrocarril de FGV (líneas 1 y 5 de Metrovalencia).

    Fotografía 4. La vía del ferrocarril de FGV constituye una barrera física que ha limitado el crecimiento del núcleo urbano por el sur.

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    La superficie de suelo dotacional no viario prevista en la Homologación es de 39,24

    hectáreas. Está integrada por las zonas verdes y por los equipamientos, tanto de la

    red primaria como de la secundaria.

    El parque público de la red primaria (PQL) se localiza fundamentalmente en tres

    zonas: al noroeste del núcleo urbano, entre la autovía CV-36, el cauce y el barrio de

    Vistabella; en ambas márgenes del barranco de Torrent; y, al sur del casco urbano,

    junto a la vía del ferrocarril. También se reserva suelo para este uso entorno a la

    residencia y en el camino de la Pedrera, entre el sector C-1 y el cementerio. De todos

    estos suelos tan sólo dos de ellos (zona noroeste y entorno residencia) cumplen las

    condiciones dimensionales previstas para los parques públicos en la LUV (superficie

    2,5 hectáreas; círculo inscrito, Ø 150 metros).

    Los equipamientos de la red primaria se agrupan en tres tipos: docente, deportivo y

    servicios urbanos. El equipamiento docente está integrado por cinco centros: el

    instituto de enseñanza secundaria Enric Valor, los colegios públicos Baladre y Ausiàs

    March, la Escola Gavina y el centro de formación y de desarrollo local Alquería de

    Moret. El equipamiento deportivo lo constituye el polideportivo municipal y el pabellón

    cubierto. Dentro de los servicios urbanos se encuentran el cementerio, el mercado, el

    centro de salud, el hogar del jubilado, la sala de exposiciones de la plaza del País

    Valencià, el centro cultural y la casa de la cultura.

    DOTACIONES DESTINO SUPERFICIE (hectáreas)

    PARQUE PÚBLICO 5,49

    ZONAS VERDES 15,01 ESPACIOS LIBRES

    TOTAL EL 20,50

    DOCENTE 6,11

    DEPORTIVO 8,31

    OTRAS DOTACIONES 4,32 EQUIPAMIENTO

    TOTAL EQ 18,74

    EL + EQ TOTAL 39,24

    Tabla 3. Suelo dotacional no viario previsto en la Homologación global modificativa del Plan General de 1998.

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    La Homologación del Plan General delimita nueve áreas de reparto en suelo urbano y

    siete en suelo urbanizable.

    En suelo urbano, siete de ellas son residenciales (A, B, C2 oeste, C3, S1, S2 y S4) y

    tienen aprovechamientos tipo que varían entre 1,20 m2t/m2s y 2,86 m2t/m2s; las dos

    restantes (N y P Alquería de Moret) son industriales, con aprovechamientos de 0,88

    m2t/m2s y 0,80 m2t/m2s, respectivamente. En suelo urbanizable las seis áreas de reparto

    son residenciales (D1a, D1b, D2, D3, C1 y D4 Vistabella), cuentan con ordenación

    pormenorizada y tienen aprovechamientos tipo entre 0,60 m2t/m2s y 0,75 m2t/m2s; la

    restante (P Faitanar) es industrial, con aprovechamiento de 0,60 m2t/m2s.

    CLASE DE SUELO

    AREA DE REPARTO USO ATIPO (m

    2t/m2s) SUPERFICIE (m2s)

    A RESIDENCIAL 1,20 169.678

    B RESIDENCIAL 2,86 246.602

    C2 oeste RESIDENCIAL 1,35 65.167

    C3 RESIDENCIAL 1,80 9.138

    S1 RESIDENCIAL 1,20 37.302

    S2 RESIDENCIAL 1,20 51.720

    S4 RESIDENCIAL 1,20 37.840

    N INDUSTRIAL 0,88 179.704

    URBANO

    P Alquería de Moret INDUSTRIAL 0,80 283.468

    D1a RESIDENCIAL 0,60 36.450

    D1b RESIDENCIAL 0,60 25.231

    D2 RESIDENCIAL 0,60 99.371

    D3 RESIDENCIAL 0,60 61.228

    C1 RESIDENCIAL 0,60 11.771

    D4 Vistabella RESIDENCIAL 0,75 46.872

    URBANIZABLE

    P Faitanar INDUSTRIAL 0,60 70.923

    1.432.465

    Tabla 4. Áreas de reparto y aprovechamientos tipo en suelo urbano y urbanizable previstas en la Homologación global modificativa del Plan General de 1998.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    17

    2.2.2 Grado de desarrollo del planeamiento vigente.

    La Homologación global modificativa del Plan General de Picanya fue aprobada por

    acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia (en adelante CTU) de 5

    de noviembre de 1998. Este acuerdo aprobatorio fue publicado en el Boletín Oficial de

    la Provincia de 19 de abril de 1999 y en Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de

    24 de junio de ese mismo año.

    Durante los diez años de vigencia de la homologación el Ayuntamiento de Picanya ha

    tramitado 15 modificaciones puntuales del Plan General, cuyos datos más relevantes

    son los siguientes:

    Modificación puntual nº 1 del Plan General.

    - Objeto: Modificación de las condiciones urbanísticas del sector C1 (redelimitación

    del sector, variación de la tipología edificatoria, aumento del índice de edificabilidad

    bruta, modificación de un equipamiento deportivo recreativo de la red primaria,

    modificación de las alturas máximas y variación de la ordenación pormenorizada).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 28/09/2000 (DOGV, 23/01/2001).

    - Aprobación definitiva: CTU, 28/06/2001 (DOGV, 08/05/2002; BOP, 21/03/2002).

    Modificación puntual nº 2 del Plan General.

    - Objeto: Modificación del paso subterráneo bajo el ferrocarril previsto por el Plan

    General en la carretera de Albal; variación de determinadas dotaciones locales

    (equipamientos y zonas verdes); cambio de la tipología edificatoria en parte de la

    manzana delimitada por las calles Xirivella, Alaquàs y Paseig de la Primavera;

    modificación de las Normas Urbanísticas (condiciones de volumen y forma de los

    edificios y condiciones estéticas en tipología residencial plurifamiliar).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 01/02/2001 (DOGV, 29/03/2001).

    - Aprobación definitiva: CTU, 27/07/2001 (DOGV, 10/03/2001; BOP, 02/03/2002).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    18

    Modificación puntual nº 3 del Plan General.

    - Objeto: Modificación volumetría de manzana en calle Señera; ampliación de

    dotaciones públicas; modificación de las Normas Urbanísticas (artículo 6.31,

    condiciones de parcela en zona industrial Alquería de Moret; artículo 6.36,

    condiciones estéticas en zona residencial A casco antiguo; artículo 6.37, uso de los

    espacios dotacionales).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 25/04/2002 (DOGV, 13/05/2002).

    - Aprobación definitiva: CTU, 02/10/2002 y 12/03/2003 (BOP, 19/05/2003).

    Modificación puntual nº 4 del Plan General.

    - Objeto: Adecuación suelo dotacional, equipamientos y zonas verdes (se amplían

    las zonas verdes de la red primaria y los equipamientos de la red secundaria).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 14/11/2002 (DOGV, 08/01/2003).

    - Aprobación definitiva: Conseller de Territorio y Vivienda, 07/01/2004 (DOGV,

    06/02/2004).

    Modificación puntual nº 5 del Plan General.

    - Objeto: Calificación como suelo dotacional destinado a la construcción de vivienda

    protegida (antes residencial plurifamiliar ensanche) de una parcela situada en la

    confluencia de las calles Marqués del Turia y Generalitat Valenciana.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 27/11/2003 (DOGV, 12/01/2004).

    - Aprobación definitiva: esta modificación no ha sido aprobada definitivamente.

    Modificación puntual nº 6 del Plan General.

    - Objeto: Modificación de determinados artículos de las Normas Urbanísticas

    (artículo 6.20, condiciones de los sótanos en la zona D; artículo 6.32 condiciones

    de volumen y forma de la edificación en las zonas industriales N y P; artículo 6.3

    permitir hoteles, hostales y pensiones dentro de los usos de la zona residencial A).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 02/12/2004 (DOGV, 17/01/2005).

    - Aprobación definitiva: Ayto., 07/04/2005 (BOP, 09/05/2005; DOGV, 16/05/2005).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    19

    Modificación puntual nº 7 del Plan General.

    - Objeto: Reclasificación de unos terrenos de suelo no urbanizable de protección

    agrícola de 2.000 m2 de superficie para la ejecución de una rotonda en el Camino

    de la Pedrera.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 30/06/2005(DOGV, 24/08/2005).

    - Aprobación definitiva: CTU, 30/04/2009.

    Modificación puntual nº 8 del Plan General.

    - Objeto: Reclasificación de suelo no urbanizable con protección agrícola destinado

    a zonas verdes de la red secundaria, junto al polideportivo municipal.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 30/11/2005 (DOGV, 31/01/2006).

    - Aprobación definitiva: CTU, 26/06/2008.

    Modificación puntual nº 9 del Plan General.

    - Objeto: Afección demonial del suelo y del vuelo, con exclusión del subsuelo, en

    equipamiento público situado en la calle San Juan Bautista.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 05/10/2006 (DOGV, 04/12/2006).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 01/02/2006 (DOCV, 27/03/2007).

    Modificación puntual nº 10 del Plan General.

    - Objeto: Modificación de las Normas urbanísticas (artículo 6.12, dotación de

    aparcamientos).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 05/10/2006 (DOGV, 04/12/2006).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 01/02/2006 (DOCV, 27/03/2007).

    Modificación puntual nº 11 del Plan General.

    - Objeto: Modificación de las Normas urbanísticas (artículo 4.15.bis, zona de suelo

    no urbanizable de actividad industrial transitoria SNUAIT, Camí de la Florentina).

    - Aprobación inicial y exposición pública: 01/03/2007 (DOGV, 24/05/2007).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

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    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 25/06/2007 (BOP, 16/10/2007).

    Modificación puntual nº 12 del Plan General.

    - Objeto: Modificación de las Normas Urbanísticas (artículo 6.25. y 6.30 asignación

    de usos) para no permitir dentro del uso oficinas los loft, las viviendas-loft ni las

    oficinas-loft.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 01/03/2007 (DOGV, 25/05/2007).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 26/06/2007 (BOP, 10/10/2007).

    Modificación puntual nº 13 del Plan General.

    - Objeto: Modificación de zona verde en la calle Acequia de Rascanya y calle

    Dissabtes.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 04/10/2007 (DOGV, 19/11/2007).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 06/03/2008 (recepción del dictamen del

    Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana).

    Modificación puntual nº 14 del Plan General.

    - Objeto: Afección demonial del suelo y del vuelo, con exclusión del subsuelo, en la

    avenida Sánchis Guarner donde se ubica un aparcamiento subterráneo.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 03/04/2008 (DOGV, 14/05/2008).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 02/10/2008.

    Modificación puntual nº 15 del Plan General.

    - Objeto: Cambio de uso en área comprendida entre calles Valencia, Vistabella y

    Travesía de la Diputación, de industrial a residencial (30%, vivienda protegida)

    - Aprobación inicial y exposición pública: 29/04/2008 (DOGV, 10/10/2008).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 27/11/2008.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    21

    Como hemos visto el objeto de las 15 modificaciones tramitadas responde a

    cuestiones muy concretas que pretenden resolver problemas puntuales que se han ido

    presentando, pero que en su conjunto no desvirtúan en absoluto el modelo territorial

    previsto por la Homologación del Plan General.

    También se ha tramitado un Plan de Reforma Interior y un Estudio de Detalle en suelo

    urbano.

    Plan de Reforma Interior nº 1.

    - Objeto: Ajuste de los volúmenes en la manzana delimitada por las calles Sanyera y

    Marqués del Turia, en función de las preexistencias.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 31/10/2002 (BOP, 30/11/2002).

    - Expedición Cédula Territorial de Urbanización: Director General de Urbanismo,

    20/01/2002.

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 21/01/2002

    Estudio de Detalle en manzana comprendida entre las calles San José, plaza del País

    Valencià, Sangre y San Antonio.

    - Objeto: Reajuste de alineaciones.

    - Aprobación inicial y exposición pública: 31/01/2002 (DOGV, 15/04/2002).

    - Aprobación definitiva: Ayuntamiento, 27/06/2002 (BOP, 20/08/2002).

    Igualmente, durante estos diez años, el Ayuntamiento ha desarrollado la totalidad del

    suelo urbanizable previsto en la Homologación del Plan General, es decir los seis

    sectores anteriormente señalados: D1 Les Palmes (antes sector S-3); sector D2 Les

    Palmes (antes sector S5); sector D3 Les Palmes (antes sector S6); sector C1

    Extensión Sur; sector D4 Vistabella; y sector F Faitanar.

    A continuación se adjuntan una ficha de cada uno de estos sectores en los que se

    indica el grado de desarrollo de su planeamiento, de su urbanización y edificación.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    22

    SECTOR D1 Les Palmes (antes Sector S3)

    Clasificación del suelo: URBANIZABLE Ordenación pormenorizada en el PG: SI

    Uso: RESIDENCIAL Superficie: 61.681 m2s IEB: 0,60 m2t/m2s Techo: 37.008 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: 23/07/1999 Aprobación definitiva PAI:

    Inf. publica reparcelación: 22/11/2000 y 19/11/2001 Inf. pública Proyecto Urbanización:

    GRADO DE DESARROLLO DEL SECTOR

    Ordenación según el Plan General Estado actual del sector

    Grado de urbanización: 100% Grado de edificación: 50%

    OBSERVACIONES

    El sector se divide en dos Unidades de Ejecución, D1a (color verde) y D1b (color marrón). Linda por el norte con el barranco de Torrent, por el sur con el Paseo de la Primavera, por el este con el sector D2 y por el oeste con la Avenida Mediterrània. La manzana que da frente a esta avenida se destina a equipamiento (piscina cubierta) y zona verde. En la siguiente manzana, en la parte recayente al paseo existe un equipamiento comercial (supermercado). El resto del sector se destina a uso residencial de baja densidad, unifamiliar y plurifamiliar.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    23

    SECTOR D2 Les Palmes (antes Sector S5)

    Clasificación del suelo: URBANIZABLE Ordenación pormenorizada en el PG: SI

    Uso: RESIDENCIAL Superficie: 99.371 m2s IEB: 0,60 m2t/m2s Techo: 59.623 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: 19/05/1998 Aprobación definitiva PAI: 05/07/1999

    Inf. publica reparcelación: Inf. pública Proyecto Urbanización:

    GRADO DE DESARROLLO DEL SECTOR

    Ordenación según el Plan General Estado actual del sector

    Grado de urbanización: 100% Grado de edificación: 50%

    OBSERVACIONES

    El sector (color azul) linda por el norte con el barranco de Torrent, por el sur con el Paseo de la Primavera, por el este con el barranco y con la vía del ferrocarril y por el oeste con el sector D1. La manzana recayente a la vía del ferrocarril se destina a viviendas adaptadas y a centro de día para personas mayores. El resto del sector se destina a uso residencial de baja densidad, unifamiliar y plurifamiliar.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    24

    SECTOR D3 Les Palmes (antes Sector S6)

    Clasificación del suelo: URBANIZABLE Ordenación pormenorizada en el PG: SI

    Uso: RESIDENCIAL Superficie: 61.228 m2s IEB: 0,60 m2t/m2s Techo: 36.736 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: 06/04/2000 Aprobación definitiva PAI:

    Inf. publica reparcelación: Inf. pública Proyecto Urbanización:

    GRADO DE DESARROLLO DEL SECTOR

    Ordenación según el Plan General Estado actual del sector

    Grado de urbanización: 100% Grado de edificación: 95%

    OBSERVACIONES

    El sector (color naranja) linda por el norte con el Paseo de la Primavera, por el sur y por el este con la Avenida 9 de Octubre y el ferrocarril, y por el oeste con el suelo urbano. En el extremo sudoeste del sector se localiza el pabellón polideportivo. El resto del sector se destina a uso residencial de baja densidad, unifamiliar y plurifamiliar.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    25

    SECTOR C1 Extensión Sur

    Clasificación del suelo: URBANIZABLE Ordenación pormenorizada en el PG: SI

    Uso: RESIDENCIAL Superficie: 11.771 m2s IEB: 0,60 m2t/m2s Techo: 7.062 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: 22/11/2000 y 09/08/2001 Información pública modif. sector C1: 23/01/2001 Aprobación definitiva modif. sector C1: 08/05/2002

    Inf. publica reparcelación sector C1: 22/12/2003 Aprobación Proyecto Urbanización: 11/07/2003

    GRADO DE DESARROLLO DEL SECTOR

    Ordenación según el Plan General Estado actual del sector

    Grado de urbanización: 100% Grado de edificación: 25%

    OBSERVACIONES

    El sector (color verde) linda por el norte con un bloque lineal de VI plantas que lo separa del ferrocarril, por el sur y por el este con el sector Picanya Sud y, por el oeste, con el suelo urbano industrial consolidado. La manzana colindante con el sector Picanya Sud se destina a dotaciones locales (zona verde y equipamiento). El resto del sector se destina a uso residencial de baja densidad, plurifamiliar.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    26

    SECTOR D4 Vistabella

    Clasificación del suelo: URBANIZABLE Ordenación pormenorizada en el PG: SI

    Uso: RESIDENCIAL Superficie: 46.872 m2s IEB: 0,75 m2t/m2s Techo: 35.154 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: 23/07/1999 Aprobación definitiva PAI:

    Inf. publica reparcelación: 13/12/2000 Inf. pública Proyecto Urbanización: 26/01/2000

    GRADO DE DESARROLLO DEL SECTOR

    Ordenación según el Plan General Estado actual del sector

    Grado de urbanización: 100% Grado de edificación: 10%

    OBSERVACIONES

    El sector (color azul) linda por el norte y oeste con la Travesía de la Diputación, y por el sur y este con suelo urbano residencial consolidado (núcleo de Vistabella). La manzana situada al este del sector se destina a dotaciones locales (zona verde y equipamiento). El resto, a uso residencial de baja densidad.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    27

    SECTOR F Faitanar

    Clasificación del suelo: URBANIZABLE Ordenación pormenorizada en el PG: SI

    Uso: INDUSTRIAL Superficie: 70.923 m2s IEB: 0,60 m2t/m2s Techo: 42.554 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: 22/12/1999 Aprobación definitiva PAI: 14/08/2000

    Inf. publica reparcelación: 18/10/2000 Inf. pública Proyecto Urbanización:

    GRADO DE DESARROLLO DEL SECTOR

    Ordenación según el Plan General Estado actual del sector

    Grado de urbanización: 100% Grado de edificación: 100%

    OBSERVACIONES

    El sector se divide en tres Unidades de Ejecución, F1 (color azul oscuro), F2 (color morado) y F3 (color azul oscuro). Linda por el norte, este y oeste con suelo no urbanizable protegido (huerta) y por el sur con la autovía CV-36 Valencia-Torrente. La totalidad del sector se destina a uso industrial (tan sólo existe una pequeña zona verde en el extremo nordeste).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    28

    Pero, además de haberse desarrollado todo el suelo urbanizable previsto en el

    planeamiento general, el Ayuntamiento en el año 2008 dio un primer paso para

    abordar el futuro crecimiento del municipio hacia el sur. A estos efectos publicó las

    bases particulares y convocó un concurso para la adjudicación por gestión indirecta

    del Programa de Actuación Integrada del sector Picanya Sud.

    Los terrenos sobre los que se desarrolla el nuevo sector tienen la consideración de

    suelo no urbanizable común en la Homologación del Plan General; de ahí que el

    programa incluyese un Plan Parcial modificativo de la clasificación del suelo.

    El programa fue objeto de aprobación provisional7 por el Ayuntamiento el 29 de julio de

    2008 (DOCV de 5 de septiembre de 2008).

    Fotografía 5. Vista de los terrenos donde está previsto desarrollar el sector Picanya Sud desde el paso elevado de la carretera Paiporta-Picanya. Al fondo a la derecha,

    vía del ferrocarril y núcleo urbano de Picanya.

    Este sector, que constituye la expansión natural del municipio hacia el sur, contempla

    con acierto el soterramiento de la vía del ferrocarril de FGV. Las magnitudes más

    relevantes del sector se reflejan en la ficha siguiente.

    7 La aprobación definitiva del PAI corresponde a la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    29

    SECTOR PICANYA SUD

    Clasificación del suelo: NO URBANIZABLE común Ordenación pormenorizada en el PG: NO

    Uso: RESIDENCIAL Superficie: 309.496 m2s IEB: 0,70 m2t/m2s Techo: 213.495 m2t

    TRAMITACIÓN DEL PLANEAMIENTO

    Información pública PAI: Aprobación provisional PAI: 29/07/2008

    Inf. publica reparcelación: Inf. pública Proyecto Urbanización:

    ORDENACIÓN SEGÚN EL PLAN PARCIAL MODIFICATIVO

    OBSERVACIONES

    - El Plan Parcial reserva 22.317 m2s de parque público (PQL-1) y de 26.735 m2s de red viaria primaria (ronda sur).

    - El Plan Parcial prevé destinar el 35% del suelo a la construcción de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    30

    En suelo no urbanizable la problemática se limita a la existencia de determinadas

    almacenes e industrias dispersas por el término municipal. Estas industrias fueron

    recogidas dentro de una categoría especial de suelo no urbanizable (actividad

    industrial transitoria) con la intención de mantener las edificaciones y actividades

    existentes, pero sin vocación de permanencia (no se permite el cambio de uso, la

    ampliación o la reforma de las edificaciones). La homologación contempla nueve

    enclaves, alguno de los cuales corresponde con industrias de cierta entidad

    (Cartonajes Levante junto a la CV-403; la antigua Firestone en el camino de la

    Pedrera, un almacén de madera al sur del término, que da frente a la vía de servicio

    de la CV-33; un pequeño núcleo industrial al norte del municipio, en el cruce de los

    caminos Faitanar y de la Florentina).

    Por lo demás, las edificaciones existentes en el resto del suelo no urbanizable son las

    propias de su naturaleza y destino agrario (almacenes agrícolas, invernaderos,

    viveros, algunas masías, etc.).

    Fotografía 6. Vista de instalación industrial existente en el ámbito del sector Picanya Sud considerada con SNU de actividad industrial transitoria por el Plan General.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    31

    2.2.3 Previsiones de población y vivienda.

    En el apartado relativo a la caracterización territorial del municipio de Picanya hemos

    visto que la evolución de la población en los últimos años muestra un crecimiento

    paulatino y continuado. Si analizamos los datos del padrón correspondiente a los años

    1988 (7.431 habitantes), 1998 (8.741habitantes) y 2008 (10.861 habitantes) se aprecia

    una tendencia estable de crecimiento que es previsible se mantenga en los próximos

    10 años (horizonte temporal del nuevo Plan General).

    Para evaluar cuanto va a crecer la población de Picanya en el próximo decenio vamos

    a realizar unas proyecciones de población a partir del análisis del crecimiento de

    población anual que se ha producido en el periodo 1998-2008, es decir, desde la

    entrada en vigor de la Homologación del Plan General hasta la actualidad (el último

    padrón publicado es el correspondiente a 2008).

    Padrón Población (habitantes) Incremento

    (habitantes) % incremento

    anual % incremento

    acumulado

    1998 8.741

    1999 8.791 50 0,57

    2000 8.932 141 1,60

    2001 8.959 27 0,30

    2002 9.174 215 2,40

    2003 9.417 243 2,65

    1,55

    2004 9.610 193 2,05

    2005 10.057 447 4,65

    2006 10.278 221 2,20

    2007 10.543 265 2,58

    2008 10.861 318 3,02

    3,07

    1998-2008 2.120 2,43

    Tabla 5. Evolución de la población periodo 1998-2008 (Fuente: INE).

    El crecimiento de la población en el periodo analizado presenta un porcentaje de

    crecimiento medio anual del 2,43%, si bien éste no es homogéneo a lo largo del

    mismo.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    32

    El crecimiento producido en los cinco primeros años de vigencia de la Homologación

    es del 1,55%, casi la mitad del experimentado en el segundo lustro (3,07%). Esto es

    debido fundamentalmente a que el periodo 2004-2008 ha sido con diferencia el de

    mayor crecimiento de la actividad urbanística, no sólo en Picanya sino en la

    Comunidad Valenciana y, en general, en todo el país.

    Por ello, a partir de estos datos podemos hacer tres proyecciones que corresponderían

    a los escenarios pesimistas, tendencial y optimista. En el primero de ellos tomaremos

    como índice de crecimiento anual el del periodo 1999-2003 (1,55%); en el segundo, el

    índice del periodo 1999-2008 (2,43%); y, finalmente, en el tercero, el índice del periodo

    2004-2008 (3,07%). Los resultados obtenidos se reflejan en la siguiente tabla:

    Año Escenario pesimista Escenario tendencial

    Escenario optimista

    2008 10.861 10.861 10.861

    2009 11.029 11.125 11.194

    2010 11.200 11.395 11.538

    2011 11.374 11.672 11.892

    2012 11.550 11.956 12.257

    2013 11.729 12.246 12.634

    2014 11.911 12.544 13.022

    2015 12.096 12.849 13.421

    2016 12.283 13.161 13.833

    2017 12.473 13.481 14.258

    2.018 12.667 13.808 14.596

    Tabla 6. Proyecciones de población para el periodo 2008-2018 (Fuente: elaboración propia).

    Si contrastamos estos datos con la capacidad máxima poblacional del Plan General

    comprobamos que el crecimiento previsto es muy razonable.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    33

    En efecto, si consideramos que el techo residencial previsto por el Plan General es de

    287.087 m2t (74.544 m2t en suelo urbano vacante y 212.543 m2t en suelo urbanizable),

    así como un ratio de 100 m2t por vivienda y de 2,1 habitantes por vivienda, tenemos lo

    siguiente:

    (287.087 m2t /100 m2t/vivienda) x 2,1 habitantes/vivienda = 6.027 habitantes.

    Si sumamos esta población a la actual del municipio (10.861 habitantes) resulta un

    techo poblacional de 16.888 habitantes, que no difiere mucho de la proyección

    efectuada para el escenario optimista; escenario, que como se ha señalado, refleja la

    tendencia de crecimiento de los últimos cinco años. Teniendo en cuenta que lo normal

    es que durante el periodo de vigencia del Plan General sucedan acontecimientos no

    previstos, parece razonable disponer de cierto margen en las previsiones.

    En consecuencia, la hipótesis de crecimiento efectuada, que incrementa

    aproximadamente un 20% la proyección del escenario tendencial, es perfectamente

    asumible.

    Fotografía 7. Viviendas unifamiliares en la avenida 9 d’ Octubre en la zona sur del casco urbano.

    Por otra parte, el Ayuntamiento de Picanya ha elaborado un Programa plurianual en

    materia de vivienda protegida al amparo de la Orden de 1 de julio de 2008, de la

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    34

    Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. Esta orden regula la

    redacción y aprobación de los programas municipales destinados a cubrir las

    necesidades de este tipo de viviendas.

    Así mismo la Consellería también ha aprobado mediante Orden de 28 de julio del

    mismo año, un sistema de indicadores territoriales de demanda de vivienda protegida.

    A estos efectos se ha dividido la Comunidad Valencia en diferentes áreas de estudio.

    Picanya pertenece al Área de Estudio 4, que abarca entre otros municipios a Alaquàs,

    Aldaia, Paiporta, Xirivella o Torrente. En esta área el indicador de demanda de

    vivienda de protección pública (ITD), que sirve para determinar las reservas a efectuar

    en planeamiento urbanístico, es de 1,531 m2t protegidos por habitante.

    El programa plurianual, cuya duración se estima en 3 años, analiza el mercado de la

    vivienda en Picanya a partir de las licencias concedidas. En el periodo 2000-2007 se

    concedieron licencia para 854 viviendas libres y para 59 viviendas protegidas; lo que

    supone una media anual de 107 viviendas libres y de 7,38 protegidas.

    La oferta de suelo para este tipo de viviendas de la que dispone el municipio, o

    dispondrá a corto plazo, se encuentra en las siguientes actuaciones: de 12 inmuebles

    de titularidad municipal que van a destinarse a personas con dificultades sociales y

    económicas, del sector Picanya Sud y de tres modificaciones puntuales del Plan

    General en suelo urbano, aprobadas o en curso de aprobación (Modificación puntual

    15 del Plan General, Modificación puntual del Plan General en la zona Vistabella y

    Modificación puntual en la zona de Les Palmes).

    En el sector Picanya Sud contempla una reserva del 35,57% de su techo edificable

    destinado a vivienda protegida; lo que supone 75.605 m2t y 817 viviendas.

    En el ámbito de la Modificación puntual 15 del Plan General, delimitado por las calles

    Valencia, Vistabella y Travesía de la Diputación, se produce un cambio de uso de

    industrial a residencial. Prevé una reserva del 30% del techo edificable total, lo que

    representa 8.079 m2t y 87 viviendas protegidas.

    La modificación del sector Vistabella, prevé cambiar la tipología edificatoria de

    viviendas unifamiliares a plurifamiliares en determinadas manzanas. La reserva para

    vivienda protegida es del 35% del techo edificable, lo que implica 5.670 m2t y 61

    unidades.

    Finalmente, la modificación que afecta al ámbito de Les Palmes, que tiene el mismo

    objeto que la anterior, reserva también un 35% de su techo edificable, lo que supone

    10.994m2t y 119 viviendas protegidas.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    35

    Para verificar la adecuación de la oferta de suelo a la demanda estimada el programa

    plurianual efectúa el siguiente cálculo:

    Población a 01/01/2008 10.543 habitantes;

    Índice territorial de demanda ITD = 1,531 m2t protegidos por habitante;

    10.543 habitantes x 1,531 m2t protegidos por habitante = 16.141,33 m2t protegidos.

    Dado que el ITD se calcula para 4 años y que el Programa plurianual de Picanya tiene

    una vigencia de 3 años,

    16.141,33 m2t protegidos x ¾ = 12.105 m2t protegidos,

    Este techo supone 131 viviendas protegidas (ó 44 viviendas protegidas/año). Dado

    que el Plan General prevé en suelo urbano8 (Modificación 15, sector Vistabella y sector

    Les Palmes) 24.743 m2t protegidos, equivalentes a 267 viviendas, queda garantizada

    suficientemente la demanda para los próximos tres años (hay un exceso de 12.638 m2t

    protegidos, equivalentes a 136 viviendas).

    La planificación temporal que prevé el Programa plurianual se refleja en la siguiente

    tabla:

    m2

    t protegidos

    Número viviendas 2009 2010 2011

    Modificación 15 8.079 87 0 0 87

    Vistabella 5.670 61 61 0 0

    Les Palmes 10.994 119 0 119 0

    TOTAL 24.743 267 61 119 87

    Demanda 12.105 131 44 44 44

    Saldo 12.638 136 17 75 43

    Tabla 7. Ajuste oferta de vivienda protegida a la demanda existente en el periodo 2009-2011 (Fuente: Programa municipal plurianual de vivienda).

    8 No se ha considerado la reserva de vivienda protegida prevista en el sector Picanya Sud porque su desarrollo se prevé a más largo plazo.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    36

    2.3 Recursos y riesgos potenciales. Cartografías temáticas.

    Mediante Orden de 8 de marzo de 1999 de la Conselleria de Obras Públicas,

    Urbanismo y Transportes, se declararon de necesaria observancia en la redacción de

    planes urbanísticos o territoriales que se formulen en la Comunidad Valenciana

    determinadas Cartografías Temáticas integrantes del Sistema de Información

    Territorial. Estas cartografías analizan, a escala regional (1:50.000), la presencia de

    los diferentes recursos (hídricos, geológicos, suelo) y la existencia de determinados

    riesgos naturales (de inundación, contaminación de acuíferos, deslizamiento y

    desprendimiento, erosión) en las distintas partes del territorio.

    En el municipio de Picanya, de acuerdo con estas cartografías, están presentes los

    siguientes recursos y riesgos.

    2.3.1 Recursos.

    Accesibilidad potencial a los recursos hídricos.

    La Cartografía Temática nº 3 sobre “Accesibilidad potencial a los recursos hídricos en

    la Comunidad Valenciana” (COPUT, 1998) analiza la presencia del recurso agua.

    El objeto de esta cartografía es identificar el grado de disponibilidad física del recurso

    agua en las diferentes zonas del territorio, diferenciando las áreas en las que no

    existen problemas de accesibilidad de las que sí que los tienen. Esta información

    resulta imprescindible para plantear nuevos desarrollos que impliquen una demanda

    potencial de agua9.

    El estudio considera 5 variables significativas para discriminar la accesibilidad

    (disponibilidad del recurso, calidad del agua, rendimiento de las captaciones, altura de

    elevación y accesibilidad territorial) y concluye estableciendo 3 categorías de

    accesibilidad (alta, media, y baja).

    El municipio de Picanya cuenta con una accesibilidad alta. Categoría que se

    caracteriza por la elevada disponibilidad de recursos en cantidad y calidad, no

    existiendo limitaciones para el desarrollo de actividades urbanísticas.

    9 El artículo 19.2 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (en adelante LOTyPP) establece que “la implantación de nuevos usos residenciales, industriales, terciarios, agrícolas u otros que impliquen un incremento del consumo de agua, requerirá la previa obtención del informe favorable del organismo de cuenca competente, o entidad colaboradora autorizada para el suministro, sobre la disponibilidad y compatibilidad de dicho incremento con las previsiones de los Planes Hidrológicos, además de la no afectación o menoscabo a otros usos existentes legalmente implantados”.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    37

    Imagen 3. Accesibilidad potencial recursos hídricos en el municipio de Picanya. El color verde señala las zonas con accesibilidad alta (Fuente: Consellería de Medio

    Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda).

    Capacidad de uso del suelo.

    La capacidad de uso expresa, en cada porción del territorio, la matriz de acogida ante

    usos agrarios muy generales (agrícola, forestal y pastizal), evalúa las características

    que ofrece el suelo de forma natural y cuáles son las limitaciones que restringen su

    utilización.

    En el libro sobre “El suelo como recurso natural en la Comunidad Valenciana10” se

    analiza la capacidad de uso del suelo en toda la Comunidad, diferenciándose 5

    categorías: muy elevada, elevada, moderada, baja y muy baja.

    En el municipio de Picanya la capacidad de uso es muy elevada, lo que corresponde

    con unidades que presentan propiedades del suelo y de su entorno favorables para

    cualquier uso agrario (pendientes llanas, no tienen problemas de espesor, propiedades

    físicas y químicas adecuadas, no sufren procesos erosivos y porcentajes de

    pedregosidad y rocosidad bajos).

    10 Las cartografías integrantes de esta publicación (fisiografía, capacidad de uso del suelo, erosión actual y erosión potencial) también son de obligatoria observancia.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    38

    Las unidades de muy elevada capacidad se localizan en suelos que se han

    desarrollado principalmente a partir de sedimentos cuaternarios aluviales y aparecen,

    entre otras zonas, en la comarca de L’ Horta de Valencia.

    Imagen 4. Capacidad de uso del suelo en el municipio de Picanya. El color verde oscuro señala las zonas de capacidad muy elevada (Fuente: Consellería de Medio

    Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda).

    Aprovechamiento de rocas industriales.

    La Cartografía Temática nº 5 sobre “Litología, Aprovechamiento de rocas industriales y

    riesgo de deslizamiento en la Comunidad Valenciana” (COPUT, 1998), incluye un

    mapa litológico realizado a escala regional en el cual se aprecia que el municipio de

    Picanya está formado mayoritariamente por rocas no consolidadas (cantos, gravas y

    limos, con presencia de arenas en el extremo nordeste). A su vez, no se identifican en

    él aprovechamientos potenciales desde el punto de vista de las rocas industriales.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    39

    2.3.2 Riesgos naturales.

    Vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas.

    En la Comunidad Valenciana las aguas subterráneas constituyen la fase más

    importante del ciclo hidrológico con unos recursos renovables de 2.000 Hm3/año. Por

    ello, hay que adoptar medidas para garantizar su preservación tanto en volumen como

    en calidad.

    La Cartografía Temática nº 2 sobre “Vulnerabilidad a la contaminación de las aguas

    subterráneas por actividades urbanísticas” (COPUT, 1998), identifica el riesgo

    potencial que existe frente a este tipo de contaminación, diferenciando las áreas no

    adecuadas para la implantación de actividades contaminantes de las que sí son

    susceptibles de admitirlas. Para ello, divide el territorio en zonas homogéneas

    caracterizadas por el grado de protección que ofrece el medio a la transmisión y

    difusión de los agentes contaminantes. Este estudio considera 3 variables

    significativas para discriminar la vulnerabilidad: permeabilidad, espesor no saturado y

    calidad del agua. Finalmente se establecen 5 categorías (muy alta, alta, media, baja y

    muy baja), correspondiendo al municipio de Picanya una vulnerabilidad media.

    Imagen 5. Vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas en el municipio de Picanya. El color verde claro indica las zonas de vulnerabilidad media

    (Fuente: Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    40

    La categoría media tiene por finalidad agrupar las partes del territorio en las que

    existen aguas subterráneas de calidad potable o excepcionable para el consumo

    humano (apta para cualquier otro uso) que carecen de una protección natural efectiva

    contra la contaminación fisicoquímica por la ausencia de formaciones geológicas de

    baja permeabilidad interpuestas.

    Desde el punto de vista de la contaminación de las aguas subterráneas la adecuación

    urbanística de estos terrenos es compatible con los usos residenciales intensivos y

    extensivos, pero presenta limitaciones para los usos industriales. Cualquier actividad o

    uso debe resolver el tratamiento controlado de sus residuos.

    Riesgo de inundación.

    La Cartografía Temática nº 1 sobre “Delimitación del riesgo de inundación a escala

    regional en la Comunidad Valenciana” (COPUT, 1997) estableció una primera

    delimitación de las zonas inundables. Estas delimitaciones fueron concretadas

    posteriormente por el PATRICOVA11.

    Imagen 6. Riesgo de inundación en el municipio de Picanya. Al nordeste del término, en color azul claro, zona inudable producida por el Barranco de La Saleta

    (Fuente: Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda).

    11 Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana, aprobado por acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    41

    Según estos documentos en el municipio de Picanya existe una zona inundable que

    afecta al extremo nordeste del término municipal. (VC19, Barranco de la Saleta o del

    Pozalet; nivel de riesgo 3, frecuencia alta y calado bajo). La Rambla del Poyo también

    genera otra zona inundable aguas abajo de Picanya (VC20, Rambla del Poyo o

    Barranco de Chiva o de Torrent).

    El PATRICOVA contempla una actuación estructural que pretende resolver la

    inundabilidad producida por la Rambla del Poyo, de la que es afluente el Barranco de

    la Saleta (EVC19, Diseño del encauzamiento integral de la Rambla del Poyo).

    Por su parte, la Confederación Hidrográfica del Júcar ha desarrollado la actuación

    señalada en el párrafo anterior en la Memoria Resumen del Proyecto de adecuación

    ambiental y drenaje de la cuenca del Poyo vertiente a la Albufera.

    En este documento no se plantea un encauzamiento de la Rambla del Poyo sino un

    conjunto de actuaciones más blandas (reforestaciones en la cuenca, balsas de

    laminación, vías verdes, etc.) encaminadas a disminuir el riesgo de inundación.

    Concretamente en el Barranco de la Saleta se prevé una derivación de caudales en la

    cabecera, la adecuación del cauce en el tramo urbano de Aldaia y una vía verde entre

    Xirivella y el nuevo cauce del Turia.

    Imagen 7. Actuaciones previstas en el Barranco de La Saleta según la Memoria Resumen del Proyecto de adecuación ambiental y drenaje de la cuenca de la

    Rambla del Poyo (Fuente: Confederación Hidrográfica del Júcar).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    42

    Riesgo de erosión.

    La erosión es la principal causa de desertificación en los países mediterráneos que

    amenaza con degradar porciones importantes del territorio valenciano. Los factores

    que intervienen en su determinación son la agresividad climática, el suelo, la

    topografía, la cubierta vegetal y las prácticas de conservación. Las consecuencias que

    se derivan de los procesos erosivos son el aterramiento de los embalses, el relleno de

    cauces y de las infraestructuras de control de riadas (lo que provoca el aumento de la

    frecuencia de las inundaciones) y el deterioro progresivo de los ecosistemas naturales

    y de las áreas cultivables.

    El riesgo de erosión actual en el municipio de Picanya es muy bajo (pérdida de suelo,

    0-7 Tn/ha/año), habida cuenta de la topografía llana de la zona.

    Sin embargo, el riesgo de erosión potencial (el que tendría en el supuesto de que

    desapareciera toda la cubierta vegetal) pasa a ser bajo (pérdida de suelo, 7-15

    Tn/ha/año).

    Imagen 8. Riesgo de erosión actual en el municipio de Picanya. El color crema indica las zonas de erosión muy baja (Fuente: Consellería de Medio Ambiente,

    Agua, Urbanismo y Vivienda).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    43

    Riesgo de deslizamiento y de desprendimientos.

    Según la Cartografía Temática nº 5 antes citada en el municipio de Picanya no existe

    riesgo de deslizamiento y desprendimiento alguno, ya que este tipo de riesgo se suelo

    producir en zonas con pendientes acusadas.

    2.3.3 Afecciones territoriales.

    Las principales afecciones territoriales que se producen en el municipio de Picanya

    son debidas tanto a las infraestructuras (carreteras, ferrocarriles y líneas eléctricas)

    como a determinados elementos naturales existentes en el territorio (cauces y vías

    pecuarias).

    Afecciones en materia de carreteras.

    Tal y como establece la Cartografía Temática nº 4 “Afecciones que inciden en la

    planificación urbanística y territorial de la Comunidad Valenciana” (COPUT 1998), las

    afecciones en materia de carreteras se encuentran reguladas en diferentes textos

    legales, en función de la titularidad de la infraestructura.

    Las afecciones aplicables a las carreteras estatales se regulan en la Ley 25/1988, de

    29 de julio, de Carreteras, así como en el Reglamento General de Carreteras que

    desarrolla a la anterior, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.

    Las afecciones aplicables a las carreteras autonómicas se regulan en la Ley 6/1991,

    de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana.

    En el caso de Picanya todas las carreteras que discurren por el término municipal

    (autovías CV-33 y CV-36, las carreteras CV-403, CV-406 y CV-407) son de titularidad

    autonómica o provincial, por lo que son de aplicación las limitaciones establecidas en

    la Ley 6/1991.

    Esta ley diferencia en las carreteras la zona de dominio público y la de protección.

    Igualmente se establece un criterio para la delimitación de estas dos zonas en función

    del tipo de vía, así como unas limitaciones de uso en las mismas. En el año 2005 se

    modificó la ley de carreteras autonómica12 para ampliar la anchura de la zona de

    protección. Igualmente se ha introducido el criterio general de no computar a efectos

    de las reservas de suelo dotacional los terrenos incluidos en la zona de protección.

    12 La Ley 6/1994 ha sido modificada por la Ley 14/2005, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Financiera y Administrativa y de Organización de la Generalitat (DOGV núm. 5.166 de 30/12/2005)

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    44

    La zona de dominio público abarca, como mínimo, la calzada, los arcenes y los

    elementos de protección de la carretera y dos franjas paralelas a ambos lados de la

    misma situadas a 8 metros (autopistas), 5 metros (autovía y vía rápida) ó 3 metros

    (restantes carreteras) medidos desde la arista exterior de la explanación (intersección

    del talud de desmonte con el terreno natural.

    La zona de protección abarca un espacio delimitado por dos líneas paralelas a la arista

    exterior de la calzada situadas a 100 metros (autopista, autovía y vía rápida), 50

    metros (carreteras convencionales de cuatro ó más carriles y resto de carreteras de la

    Red Básica) ó 25 metros (restantes carreteras).

    Afecciones en materia de ferrocarriles.

    Otra de las afecciones que se produce en el municipio es la derivada de los

    ferrocarriles, que en el caso de Picanya son el AVE (alta velocidad ferroviaria) y el de

    FGV (Líneas 1 y 5 de Metrovalencia).

    Tal y como se establece la Cartografía Temática nº 4 antes citada las afecciones en

    materia de ferrocarriles se encuentran reguladas en la Ley 39/2003, de 17 de

    noviembre, del Sector Ferroviario (en adelante LSF) y por el Reglamento del Sector

    Ferroviario, aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre.

    La LSF establece en las líneas que forman parte de la Red Ferroviaria de Interés

    General, una zona de dominio público, una zona de protección y un límite de

    edificación.

    La zona de dominio público comprende los terrenos ocupados por la línea ferroviaria y

    una franja de 8 metros a ambos lados de la plataforma (reducible a 5 metros en suelo

    urbano consolidado), medidos desde la arista exterior de la explanación13.

    La zona de protección comprende sendas franjas de terreno delimitada interiormente

    por la zona de dominio público y, exteriormente, por dos líneas paralelas a la arista

    exterior situadas a 70 metros de ella (reducible a 8 metros en suelo urbano

    consolidado). En esta zona no pueden realizarse obras ni permitir más usos que los

    compatibles con la seguridad del tráfico ferroviario, previa autorización del

    administrador de la infraestructura.

    13 La arista exterior de la explanación es la intersección del talud de desmonte, terraplén o muro de contención, con el terreno natural.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    45

    Fotografía 8. Vista de la trinchera del tren de alta velocidad (AVE) a su paso por la zona norte del término municipal.

    La línea límite de edificación se sitúa a 50 metros de la arista exterior más próxima de

    la plataforma. Desde esta línea hasta la línea ferroviaria queda prohibido cualquier tipo

    de obra de construcción, reconstrucción o ampliación.

    No obstante lo anterior, el Real Decreto 354/2006, de 29 de marzo, sobre

    interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo convencional, modifica los

    apartados 2 y 4 del artículo 34 del Reglamento del Sector Ferroviario en relación con

    la línea límite de edificación. Concretamente reduce la distancia a la que se sitúa esta

    línea, pasando de los a 50 metros establecidos con carácter general a 20 metros,

    cuando la infraestructura ferroviaria discurra por zonas urbanas y siempre que lo

    permita el planeamiento urbanístico correspondiente.

    A los ferrocarriles de FGV, en principio, a tenor de lo dispuesto en la Disposición

    Adicional Tercera del Real Decreto 1211/1990 igualmente le sería aplicable el régimen

    estatal. Sin embargo, en las Normas de Coordinación Metropolitana del Consell

    Metropolità de L’ Horta, aprobadas por Decreto 108/1988, de 18 de julio, existe otra

    regulación concreta respecto de las limitaciones aplicables a los terrenos inmediatos a

    la red de FGV. Infraestructura que, en el presente caso, está previsto soterrar a su

    paso por el núcleo urbano de Picanya.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    46

    Afecciones en materia de transporte de energía eléctrica.

    Las afecciones en materia de energía están reguladas en la Ley 54/1997, de 27 de

    noviembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por

    el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,

    suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en

    el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

    Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.

    Según esta ley la servidumbre de paso de energía eléctrica tiene la consideración de

    servidumbre legal que grava los bienes ajenos en la forma y alcance en ella

    establecida. Distingue dos tipos de servidumbre: de paso aéreo y de paso subterráneo

    de energía eléctrica.

    En el municipio de Picanya esta servidumbre es de aplicación a las diferentes líneas

    eléctricas lo cruzan (de alta y de media tensión).

    Fotografía 9. Línea eléctrica de media tensión que discurre por el sector Picanya Sud.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    47

    Afecciones en materia de aguas.

    Las afecciones en materia de aguas quedan reguladas en el Real Decreto Legislativo

    1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

    Las márgenes de los ríos están sujetas en toda su extensión longitudinal a una zona

    de servidumbre de 5 metros de anchura, para su uso público y a una zona de policía

    de 100 metros en la que se condiciona el uso del suelo y las posibles actividades a

    desarrollar.

    En Picanya esta afección la genera el Barranco de Chiva o de Torrent.

    Afecciones en materia de vías pecuarias.

    Las afecciones en materia de vías pecuarias están reguladas en la Ley 3/1995, de 23

    de marzo, de Vías Pecuarias. Según esta ley las vías pecuarias son las rutas o

    itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito

    ganadero.

    Mediante Orden de 8 de septiembre de 1989, de la Conselleria de Agricultura y Pesca,

    se aprobó la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Picanya

    (Valencia). Concretamente discurren cuatro vías pecuarias por el municipio:

    - Vereda del Camino de la Pedrera; longitud aproximada 1.650 metros, anchura

    legal 20 metros y anchura necesaria 15 metros.

    - Vereda del Barranco de Chiva; longitud aproximada 1.650 metros, anchura legal

    20 metros y anchura necesaria 15 metros.

    - Colada Azagador de la Florentina; longitud aproximada 1.200 metros, anchura

    legal 6 metros y anchura necesaria 6 metros.

    - Colada Azagador del Faitanar; longitud aproximada 2.000 metros, anchura legal

    4,5 metros y anchura necesaria 4,5 metros.

    Estas vías están en desuso desde el punto de vista ganadero. En la actualidad se

    utilizan para el tránsito de vehículos por el término municipal y para el acceso a los

    campos y edificaciones existentes en el suelo no urbanizable.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    48

    2.4 Infraestructuras existentes y en proyecto.

    En ordenación del territorio las infraestructuras y los equipamientos se analizan desde

    diferentes puntos de vista: mejora de la accesibilidad (infraestructuras de transportes y

    comunicaciones), medioambiental (infraestructuras de depuración y vertido), de

    dotación (infraestructuras de abastecimiento de agua, de energía), y de localización o

    funcionalidad (equipamientos).

    2.4.1 Infraestructuras de transporte y comunicaciones.

    Las principales infraestructuras de transporte y comunicaciones existentes en el

    municipio son las carreteras y el ferrocarril.

    Carreteras.

    En la siguiente tabla se indican las principales carreteras que discurren por el término

    municipal y sus características de acuerdo con lo establecido en el Catálogo del

    sistema viario de la Consellería de Infraestructuras y Transporte.

    Nomenclatura Denominación Origen Final Titular

    CV-33 Distribuidor Sud V-31 CV-36 CIT

    CV-3614 Radial Valencia-Torrent V-30 A-7 CIT

    CV-403 Valencia-Torrent (por Alaquàs) A-3 CV-36 CIT

    CV-407 Picanya-Paiporta-Sedaví CV-36 Sedaví CIT

    CV-40615 Benetússer-Torrent Benetússer Torrent Ajuntament

    Tabla 8. Carreteras que discurren por el municipio de Picanya (Fuente: Catálogo del sistema viario. Consellería de Infraestructuras y Transportes).

    14 Incluye el acceso a Torrent por el Polígono Mas del Jutge. Comparte tramos con la CV-33. 15 Los distintos tramos de esta carretera han sido transferidos a los Ayuntamientos de Benetússer (CV-4061), Paiporta (CV-4062), Picanya (CV-4063) y Torrent (CV-4064).

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

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    Imagen 9. Principales infraestructuras de transporte y comunicaciones que discurren por Picanya (Fuente: Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda).

    Además de estas carreteras por el municipio discurren dos vías ciclistas integrantes de

    la Red de Vías Ciclistas de la Comunidad Valenciana que son la CR-36 Valencia

    Picanya-Torrent y la CR-406 Acceso a Picanya Torrent-Benetússer.

    Ferrocarriles.

    La red ferroviaria que afecta al municipio se estructura en dos niveles, la red de interés

    general y la red de vía estrecha.

    Según el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) la primera está

    integrada por las líneas de alta velocidad ferroviaria (AVE) que atraviesan el municipio.

    Estas dos líneas pertenecen a la denominada Línea de Levante, que discurre por las

    Comunidades Autónomas de Madrid, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana y

    Región de Murcia.

    Realmente se trata de una única línea que tiene su origen en Madrid, con un tramo

    común hasta Cuenca. En esta provincia (en Motilla del Palancar) la línea se subdivide

    en otras dos líneas. El tramo situado más al norte se dirige a Valencia y Castellón; el

    tramo sur hacia Albacete.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

    50

    A su vez, en La Encina (Albacete) este tramo se vuelve a dividir en otros dos, uno en

    dirección Xàtiva y Valencia y el otro hacia Alicante. Este último se vuelve a bifurcar en

    Monforte del Cid (Alicante), de manera que una línea se dirigirá hacia Alicante y la otra

    en dirección a Murcia y Cartagena.

    Precisamente al norte del término municipal de Picanya, casi en la frontera con los

    términos de Xirivella y Valencia, es donde confluyen las dos líneas cuyo destino es

    Valencia (la que viene por el norte desde Motilla y la procedente de Xàtiva).

    En la actualidad ambas líneas se encuentran en avanzado estado de ejecución (la

    infraestructura está finalizada; la superestructura en curso de realización). Está

    prevista su conclusión para el año 2010.

    En cuanto a los ferrocarriles de FGV por Picanya discurren y tienen parada las líneas 1

    y 5 de Metrovalencia. La línea 1 tiene su origen en Llíria o Bétera y su final en

    Villanueva de Castellón, aunque hay algunos trenes que terminan su recorrido en

    Torrente (Avinguda). La Línea 5 tiene su origen en Valencia (Neptú) y concluye en

    Torrente (Avinguda).

    Fotografía 10. Vista del ferrocarril de FGV (Líneas 1 y 5 de Metrovalencia) a su paso por Picanya. A la izquierda terrenos correspondientes al sector Picanya Sud. A

    la derecha, avenida 9 d’ Octubre.

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    Como se ha repetido en diversas ocasiones el nuevo Plan General contempla el

    soterramiento de esta infraestructura repercutiendo parte de su coste a los nuevos

    desarrollos urbanísticos (sector Picanya Sud y sector industrial/terciario colindante).

    2.4.2 Infraestructuras medioambientales.

    Dentro de las infraestructuras medioambientales se incluyen las de depuración y

    vertido y la recogida de residuos sólidos.

    Las aguas residuales de Picanya se recogen, conducen y vierten a la depuradora de

    Valencia (Pinedo 2) que da servicio a las poblaciones de l’ Horta Sud. Esta estación

    depuradora está gestionada por la Empresa Metropolitana de Aguas Residuales

    (EMARSA).

    Desde el punto de vista de la recogida de residuos el municipio de Picanya pertenece

    a la Zona VIII, área de gestión 1, que corresponde con la comarca de l’ Horta. El Plan

    Zonal de Residuos de la zona contempla un ecoparque en el municipio, actualmente

    existente.

    También se pueden incluir en este grupo las actuaciones que previstas en el Proyecto

    de adecuación ambiental y drenaje de la cuenca del Poyo vertiente a la Albufera

    (información pública, BOE núm. 109 de 5 de mayo de 2009). En este proyecto se

    contemplan tres tipos de actuaciones:

    - Reducción del riesgo de inundación en las poblaciones a un periodo de retorno

    menor de 500 años en los barrancos del Pozalet, de La Saleta y del Poyo.

    - Protección del parque natural de la Albufera frente a procesos de colmatación y de

    pérdida de calidad de los ecosistemas.

    - Restauración medioambiental del medio fluvial e integración territorial de los

    municipios de la zona mediante actuaciones junto a los cauces.

    2.4.3 Infraestructuras de dotación.

    En las infraestructuras de dotación podemos incluir el abastecimiento de agua potable

    y el suministro de energía eléctrica.

    El abastecimiento de agua lo está prestando, en concesión, Aguas de Valencia SA.

  • Versión Preliminar del Plan General de Picanya (Valencia)

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    El cuanto al suministro de energía eléctrica existe una subestación en la zona norte del

    municipio, en las proximidades del polideportivo municipal. Por esta área discurren

    cuatro líneas aéreas de alta y media tensión (una de 220 KV, otra de 132 KV y dos de

    66 KV) procedentes de la central de Torrente. Por el sur del municipio atraviesan otras

    cuatro líneas de la mismas potencia (220 KV, 132 KV y 66 KV).