Vigencia de los derechos humanos
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La expresión derechos humanos (DD HH) hace referencia a
los derechos fundamentales que tenemos las personas y que
protegen nuestra integridad como seres humanos. A su vez,
le corresponden una serie de principios considerados
absolutos:
• El primer principio:
corresponde a la dimensión sicológica.
Sostiene que la libertad de las personas
implica nuestra posibilidad de pensar,
expresar nuestras ideas y actuar en
consecuencia.
• El segundo principio:
se refiere a la vida. Sostiene que la vida
misma no puede ser entendida en su máxima
plenitud si no contamos con todo lo necesario
para su conservación y preservación.
• El tercer principio: trata de la dimensión social, es el de la
igualdad, que implica que no se les niegue a
algunos seres humanos, por diferencias
personales lo que se les reconoce a otros.
Los estados miembros de las Naciones Unidas afirman
que estos principio absolutos o derechos humanos, son
fines que merecen ser protegidos.
Hacia fines de la Segunda Guerra Mundial, la preocupación por
proteger los derechos humanos adquirió nuevos bríos. Un grupo de
países acordaron la formación de una organización internacional cuyo
objetivo era unir a todas las naciones para trabajar por la paz y el
desarrollo de los pueblos.
El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones
Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos
(DUDH), que declara entre otras cosas que todas las personas
nacen libres e iguales en dignidad y en derechos , y que no
pueden ser objetos de discriminación por su nacionalidad, origen
étnico, religión, sexo, opinión política, riqueza o posición
económica.
UNA NUEVA HISTORIA EMPEZABA A TRAZARSE.
Los derechos que proclaman los artículos de la declaración no
son todos del mismo tipo. Dentro de los derechos humanos,
podemos diferenciar los derechos civiles, los derechos
políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales.
• Los Derechos Civiles: están relacionados con los derechos
individuales y se refiere a la personalidad del
individuo.
• Los Derechos Políticos: implican la participación de los ciudadanos
en la dirección de los asuntos del Estado a
través de la intervención directa en el
gobierno de su país o por medio de la
elección de sus representantes. Incluye
también el derecho a demandar a la
autoridad pública.
• Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
Involucran a los Estados como principal garante de ciertos
beneficios, como el derecho al trabajo, a la asistencia, a la
protección de la salud, la educación, entre otros.
Las normas enunciadas en los artículos de la
Declaración de los Derechos Humanos aparecieron
como recomendaciones dirigidas a los Estados, pero no
eran consideradas de cumplimiento obligatorio en un
primer momento.
Pero, a partir de la firma de pactos y tratados internacionales
de los derechos humanos, los cambios en la actitud de los
Estados frente al cumplimiento de los derechos humanos se
iniciaron en 1966 con la firma de dos pactos que
complementan la DUDH: El Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos y el de los Derechos Económicos, Sociales y
Culturales.
Ambos, cuya ratificación se realizo solo diez años
después, explicitan el compromiso de los Estados
firmantes a arbitrar las medidas necesarias para hacer
efectivo los derechos reconocidos en cada uno de ellos.
En materia de derechos humanos, el Estado que ha ratificado los
pactos, tratos o convenciones tiene dos obligaciones:
• Respetar a los derechos, lo que equivale a abstenerse de violarlos.
• Garantizar su cumplimiento, lo que significa prevenir su violación.
Una violación de derechos humanos es
considerada hoy en día un hecho ilícito.
Cuando ocurre y no se esclarece, el
Estado que debe ser el protector y
garante de los derechos, no ha cumplido
con su función o la ha cumplido en
forma deficiente. Esta situación de
desprotección habilita al ciudadano a
solicitar a la comunidad internacional el
resguardo de los derechos que su país
no protege, ya sea por decisión
deliberada, porque no esta en
condiciones o porque no puede hacerlo.
La Corte Interamericana de Derechos
Humanos es la encargada de
pronunciar decisiones obligatorias
para los Estados que hayan ratificado
convenciones regionales, y estos se
obligan a acatar sus decisiones.
La ONU esta facultada a
controlar si los gobiernos
respetan los derechos humanos
de sus ciudadanos.
Paraguay ha ratificado los principales
pactos internacionales de DD HH por lo
que su responsabilidad es completa
respecto a la vigencia y difusión de los
mismos.
Los derechos económicos, sociales y culturales son aquellos que tiene
como objetivo fundamental asegurar el desarrollo de las personas
garantizando el acceso al trabajo, a la educación, a la salud, a la vivienda o
a la alimentación, entre otros. Su cumplimiento esta directamente
relacionado con la satisfacción de las necesidades básicas materiales y su
realización se da a través de acciones concretas del Estado, que debe
actuar como promotor y protector del bienestar económico y social de sus
ciudadanos.
Su reconocimiento en la historia de los derechos humanos fue posterior al
de los derechos civiles y políticos, pero esto no implica que tenga una
diferenciación entre ellos.
De un tiempo a esta parte, la creciente desigualdad en la población de un
país deja en evidencia la dificultad de cumplir con estos derechos
específicos y la injusticia que produce la desigualdad económica y social.
Desde la consolidación y expansión mundial del capitalismo como modo de
organizar el trabajo y la sociedad, la gran mayoría de los integrantes de la
casi totalidad de las sociedades contemporáneas, para satisfacer sus
necesidades básicas, depende del dinero que obtiene por trabajar para
otros.
El dinero es el medio de pago que permite comprar en el mercado los bienes
y servicios considerados indispensables para vivir. Es el medio a través del
cual podemos obtener lo necesario para vivir una vida digna y estar en
condiciones de construir y desarrollar nuestros propios proyectos de
felicidad.
Por eso, cuando hay dificultades para conseguir trabajo o cuando el dinero
que se obtiene en el trabajo no es suficiente para satisfacer necesidades
elementales, estamos ante el incumplimiento de derechos económicos
fundamentales.
Según la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) señala que el
desempleo urbano llego al 8,4% en el
2009 y que más de 18 millones de
personas no consiguen empleo. De
esta forma, el número total de
desempleados en la región habría
llegado a 18,1 millones de personas.
El organismo indicó que la tasa de
desempleo aumentó en 2009 en 12 de
los 14 países estudiados.
En Paraguay con respecto a la ejecución en inversiones públicas se resalta
que durante el primer semestre del 2009 aumentó en un 34% en
comparación con el 2008. También se recalcó la presión de ofertas
laborales para jóvenes. Cerca de 6 de cada 10 trabajadores paraguayos
ocupados no son asalariados y generan sus ingresos a través de la venta
directa de sus productos o servicios.
Nuestra Carta Magna consagra el
derecho al trabajo, establece que el
Estado promoverá políticas que
tiendan al pleno empleo y a la
formación profesional de recursos
humanos, dando preferencia al
trabajador nacional.
Por su parte, las disposiciones del
Código Laboral se adecuan en
rasgos generales lo que prescribe
la Declaración Universal de
Derechos Humanos, y también en
su última modificación a lo que
prescribe la Convención para la
eliminación de la discriminación
contra la mujer en cuanto al acoso
en el ámbito laboral.
Un aspecto que no podemos
obviar al enfocar los derechos
laborales en nuestro país es la
sostenida fuga de talentos y el
consecuente desmembramiento
familiar que tanto daño nos hace
como sociedad.
El fenómeno de las migraciones
masivas, se da precisamente
porque nuestro país no ofrece
las condiciones suficientes para
una vida digna, en la mayoría de
los casos.
Hoy en día, las remesas que envían los
paraguayos que residen en el extranjero a sus
familias representan un importantísimo pilar de
nuestra economía y permite que muchos
hogares puedan sostenerse dignamente, a
pesar de la distancia y sus implicancias.
El Paraguay no cuenta con una política
nacional de empleo. Actualmente, la
creación y consolidación de los puestos de
trabajo esta librado a la oferta y la
demanda del mercado.
El Estado posee muchos empleados muy
mal pagados y con baja eficiencia, aún no
pudimos desprendernos del clientelismo
político o el amiguismo que abre las
puertas laborales aún sin contar con
capacitación para el cargo.
El nivel de la inversión tanto
pública como privada, es
insuficiente para enfrentar a la
creciente demanda por
puestos de trabajo que
anualmente ingresan a la
Población Económicamente
Activa (PEA). El Estado debe
perseguir no solo el
incremento de la producción y
productividad, sino también el
combate a la pobreza y a la
marginalidad a través del
mejoramiento de las
condiciones de vida y trabajo. Una vida digan que nos merecemos todos
los paraguayos incluye el acceso a los
servicios públicos elementales, atención
pública, educación, vivienda y seguridad
ciudadana.
Cuando pensemos en una política de empleo, debemos preguntarnos
que propuestas tendremos para:
Los trabajadores informales
Los trabajadores precarios en empresas
formales
Los campesinos y asalariados rurales
Los trabajadores del sector social sindical
Los jóvenes
Las madres solteras que buscan trabajo
Las personas discapacitadas
Los jubilados de la tercera edad
Los trabajadores pobres, y excluidos
sociales
El Instituto de Prevención Social o IPS es
el instituto encargado de administrar el
Seguro Social en el Paraguay. Fue creado
el 18 de febrero de 1943, y posteriormente
fue modificado el 1 de diciembre de 1950,
ampliando sus servicios a los Asegurados.
Fue creado con el propósito
de proteger la salud de los
trabajadores asalariados del
Paraguay. El objetivo de la
prevención social, es
garantizar a la población en
casos como desocupación,
maternidad, enfermedad,
invalidez, y vejez, y que
pudieran extenderse y
amparar a determinados
familiares del trabajador en
caso de muerte del mismo y
que pueden contemplar la
asistencia sanitaria.
Otra deuda
El IPS no cumple a cabalidad la
misión de garantizar los derechos
que invoca y a la fecha sus
servicios están colapsados y la
infraestructura edilicia dista
mucho de ser óptima para la
atención de los asegurados,
quienes deben soportar largas
hora de espera para ser
atendidos, para realizarse análisis
y estudios especializados; retirar
medicamentos, etc.
Mediante este trabajo aprendí mucho
más sobre los DD HH. Deberíamos de
respetarlos y así habría paz y armonía
entre todos. Lastimosamente el Estado
paraguayo, quien debería dar el
ejemplo, no cumple a cabalidad esos
derechos. Los derechos humanos nos
demuestran que todos somos iguales
ante la ley, no importa el origen étnico,
religión, sexo, opinión política, riqueza o
posición económica. Todos los
derechos humanos nacen de la libertad
del hombre y son obtenidos por el
cumplimiento de las obligaciones dentro
de la sociedad así como también dentro
de una organización política.