Viqueira, Juan Pedro - Los usos y las costumbres en contra de la autonomía

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    Publicado en Letras Libres (http://www.letraslibres.com)

    Los usos y las costumbres en contra de laautonoma

    Los usos y las costumbres en contra de laautonoma

    Por Juan Pedro Viqueira [1]

    La iniciativa de reforma constitucional sobre los usos y costumbres entraa algunos peligrospara la libertad de los indgenas y es producto de una serie de equvocos y paradojashistricas. Viqueira aborda este polmico tema con la doble autoridad que le confieren susestudios diacrnicos de la realidad indgena y sincrnicos del mapa electoral y tnico delestado.

    Marzo 2001 | Tags: Convivio [2]

    uan Pedro Viqueira [3]Revista:Mscara o transparencia [4]

    La iniciativa de reforma constitucional sobre los usos y costumbres entraa algunos peligrospara la libertad de los indgenas y es producto de una serie de equvocos y paradojashistricas. Viqueira aborda este polmico tema con la doble autoridad que le confieren susestudios diacrnicos de la realidad indgena y sincrnicos del mapa electoral y tnico delestado.

    Sin lugar a dudas uno de los aspectos ms polmicos de losAcuerdos de San Andrs es lo

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    elativo a los usos y costumbres de los pueblos indgenas. En la iniciativa de la Cocopa,ahora presentada por el presidente Vicente Fox al Congreso de la Unin, la propuesta de

    torgarle un reconocimiento legal a las normas tradicionales de los pueblosndgenas aparece en varias ocasiones. As, por ejemplo, se dice que los pueblos indgenasendrn el derecho de "aplicar sus sistemas normativos en la regulacin y solucin deonflictos internos respetando las garantas individuales, los derechos humanos y enarticular la dignidad e integridad de las mujeres". Tambin tendrn derecho de "elegir a sus

    autoridades y ejercer sus formas de gobierno interno de acuerdo a sus normas en losmbitos de su autonoma, garantizando la participacin de las mujeres en condiciones de

    quidad". Ms adelante se precisa el primer punto diciendo que "En los municipios,omunidades, organismos auxiliares del ayuntamiento e instancias afines que asuman suertenencia a un pueblo indgena, se reconocer a sus habitantes el derecho para queefinan de acuerdo con las prcticas polticas propias de la tradicin de cada uno de ellos,

    os procedimientos para la eleccin de sus autoridades o representantes y para el ejercicio deus formas propias de gobierno interno en un marco que asegure la unidad del Estadoacional".

    Los defensores de la iniciativa de la Cocopa alegan que este reconocimiento de lasormas o tradiciones indgenas deriva lgicamente del derecho que tienen los pueblos

    ndgenas a la autonoma. Pocos se han percatado, sin embargo, de que en realidad dar

    alidez legal a la tradicin (normas o usos y costumbres) resultara tanto en una limitante dea autonoma indgena como en una reduccin significativa de los derechos de los propiosndgenas. Este es el argumento central que quisiera desarrollar en estas pginas.

    Se nos dice que los indgenas tienen una concepcin de la democracia y de la justiciaasada en el consenso y la defensa de la comunidad que se opone radicalmente tanto a lademocracia occidental", partidista e individualista, como a su justicia basada en normasenerales y abstractas y administrada por un aparato administrativo independiente del

    Ejecutivo y del Legislativo. As, pues, la democracia electoral y el derecho positivo seranajenos, "externos" a la cultura indgena. En nombre del respeto debido a las diferencias

    tnicas y culturales debera, entonces, permitrseles practicar sus propias formas de gobiernode imparticin de justicia en vez de buscar imponerles las nuestras.

    Sin embargo, esta propuesta de respetar las formas propias de democracia y justicia queendran los indgenas, propuesta que se dice relativista, est basada en una serie deupuestos esencialistas que carecen de todo fundamento histrico. En esta propuesta seigue identificando implcitamente lo indgena con aquello que tiene un origen

    mesoamericano y lo nacional (o mexicano) con lo que proviene de Europa, como si hoy, alnalizar el siglo XX, la situacin siguiera siendo la misma que a principios del siglo XVI,uando efectivamente dos sociedades y dos culturas que no haban mantenido entre ellasinguna forma de intercambio se encontraron por primera vez frente a frente.

    Cerca de cinco siglos despus, la situacin guarda muy poca semejanza con aquelmomento trgico. Indgenas y no indgenas forman parte de una nica sociedad: ambosrupos son el resultado provisional de una larga historia comn, en la que sus culturasriginarias se han entremezclado, desarrollado y enriquecido con aportes externos a ambas,ando lugar no a una cultura homognea, sino a una diversidad extrema de formas de

    mestizaje cultural que se extiende desigualmente a lo largo de todo el territorio nacional y deodos los puntos de la escala social. Esa misma historia comn nos permite comprender elurgimiento, en algunas regiones, de identidades contrapuestas indgenas contra ladinosn Chiapas, que no existan en el momento de la Conquista.

    En efecto, no hay que olvidar que los indios son el resultado de la poltica uniformizadora

    segregacionista puesta en prctica por la Corona espaola y sus funcionarios, como ya loaba sealado desde hace mucho tiempo Guillermo Bonfil.

    Por otra parte, aunque ladinos e indgenas fundamentan cada uno su identidad en elupuesto de que su cultura tiene un origen distinto y opuesto al del otro, el hecho es que

    ambos grupos tienen prcticas culturales que derivan tanto de las sociedadesmesoamericanas como del mundo europeo. As, gran parte de las prcticas tradicionales de

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    os indgenas de Chiapas que ahora algunos quieren preservar, tiene un clarsimo origenspaol. Ese es el caso, entre muchos otros, de las cofradas y del ayuntamiento tradicionalon sus alcaldes y regidores. A su vez, muchas costumbres mestizas incluyen elementosulturales de origen mesoamericano.

    Pero tal vez la parte ms preocupante del discurso indianista actual es la valoracinxclusivista y totalmente irracional de lo "propio", que de tomarse al pie de la letra conducira

    a verdaderos absurdos: Habra que privar a los indgenas de electricidad, agua potable,antibiticos y medios de comunicacin modernos en vista de que se trata de inventosexternos"?

    De hecho, si aceptramos esta lgica, la democracia electoral no tendra cabida en ningnugar del pas. En efecto, no cabe la menor duda de que las elecciones mediante sufragioniversal y voto secreto y los partidos polticos no se inventaron en tierras mexicanas.

    Habra entonces que rechazarlos como ajenos a nuestra idiosincrasia?El discurso "usocostumbrista" encierra otra contradiccin a la que pocos analistas han

    echo referencia, pero que est en el origen de muchas de las incoherencias en que hanado las propuestas legislativas que se han presentado hasta ahora. En efecto, con el fin deegular, orientar y sancionar prcticas humanas, los defensores de las autnticas tradicionesndias quieren recurrir no a principios claros y provisionalmente estables (con perdn de laxpresin), sino a una realidad difusa, en buena medida escurridiza y siempre cambiante.

    Olvidan que las tradiciones no se dejan encerrar en unos cuantos principios abstractosaunque en algunas ocasiones los antroplogos las expongan de esa manera en sus

    monografas): su riqueza desborda todo intento de definicin. En efecto, la tradicin esaquello que cada generacin trasmite, entrega a la siguiente. Ese es de hecho su sentido

    timolgico. Pero toda generacin es diversa, plural, contradictoria y tal es su herencia.Adems, nadie trasmite a sus hijos lo mismo que ha recibido de sus padres. La tradicin

    ntregada es siempre una seleccin de la recibida (se desechan algunos aspectos de laultura heredada). A su vez, cada generacin la enriquece, debido a las circunstanciasambiantes que plantean retos inditos y debido a la capacidad misma de la cultura de crear

    o nuevo a partir de lo viejo. As, la tradicin, si est viva, se encuentra siempre en unroceso de transformacin, de constante renovacin.

    Del desconocimiento de la naturaleza misma de la tradicin surgen propuestas absurdas:os indgenas deberan poner por escrito sus tradiciones para que puedan ser reconocidasegalmente. Lo que equivale a decir que sus tradiciones deben dejar de ser tales yransformarse en leyes o reglamentos.

    Por otra parte, la tradicin, los usos y costumbres, dado su carcter mismo de pluralidadambiante, son siempre objeto de debate entre sectores sociales con aspiraciones yroyectos encontrados. As, cada faccin de una comunidad indgena tiende a presentarse y

    a asumirse como la nica defensora de las "autnticas tradiciones". Con ello busca

    escalificar a las otras facciones, a las que acusa de defender tradiciones falsas oorrompidas. De hecho, en las sociedades tradicionales el poder radica en quienes se hannvestido del derecho a interpretar las tradiciones (y que gracias a ese poder las transformana su antojo y conveniencia). De ello se deriva un problema fundamental que se escamotea enas propuestas que pretenden dar fuerza legal al llamado "derecho consuetudinario". Quin quines van a ser reconocidos como los legtimos intrpretes de las tradiciones indgenas?:

    los caciques?, los antroplogos?, o el Instituto Nacional Indigenista (INI)?En el caso nada remoto de que dos o ms grupos se enfrenten entre s alegando ambos

    l respeto a la autntica tradicin, quin va a ejercer las funciones de rbitro, de juez? Enfecto, de acuerdo con la lgica misma del discurso "usocostumbrista" resultara

    ontradictorio que fuera una institucin externa a la comunidad indgena la que estuviera aargo de interpretar y hacer valer una tradicin que, se dice, le es ajena. Sin embargo, enodos los otros espacios sociales del pas, el rbitro es (o por lo menos debe ser) siemprexterno a los grupos en competencia, a los bandos en conflicto, ya que, como bien dice elefrn, "no se puede ser al mismo tiempo juez y parte".

    Me parece que el Partido Accin Nacional (PAN) percibi con claridad este problema y de

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    sa conciencia deriva su propuesta de las cartas municipales en las que se detallaran losusos y costumbres" de cada municipio. Estas cartas permitiran, por una parte, ver si lossos y costumbres se cien o no a los derechos humanos (de tal forma que slo se

    egalizaran aquellos que no los violaran) y, por la otra, haran posible que un juez externoudiera zanjar las disputas internas, recurriendo a su interpretacin. Pero con esta "solucin"e cae en la misma contradiccin insalvable apuntada anteriormente. Para ser reconocida laradicin, siempre cambiante, debe plasmarse en un cdigo escrito. Es decir que debe dejare ser tradicin para volverse ley.

    Pero, adems, la tradicin puesta por escrito tiene un grave inconveniente que no

    onocen las leyes. Las leyes pueden ser abrogadas y sustituidas por otras si dejan deesultar tiles ante una realidad en constante proceso de cambio o si los actores socialesxigen nuevas reglas de juego que tomen en cuenta sus aspiraciones. La posibilidad deambiar una ley es parte de su naturaleza (y las constituciones prevn siempre cmoeben ser reformadas o sustituidas). En cambio, abrogar o cambiar de tradicin parece unontrasentido. De hecho, este es un problema que nadie ha querido ver: Y si unaomunidad indgena quiere cambiar alguna o varias de sus tradiciones, cul va a ser el

    mecanismo legal para hacerlo?El problema fundamental del discurso "usocostumbrista" radica en querer orientar (y

    ancionar) los comportamientos sociales en funcin no de ciertos valores, de ciertos objetivos

    ue se consideran deseables, sino de una realidad pasada, que como toda realidad puedeener aspectos muy positivos y otros terriblemente injustos.

    De hecho, en las negociaciones de San Andrs Larrinzar muchos de los participantes (oal vez sera ms preciso decir muchas, porque fueron sobre todo las feministas quienes seercataron del problema) se dieron cuenta de que algunas costumbres vigentes entre los

    ndgenas iban en contra de los derechos humanos de las mujeres. As, por dar algunosjemplos, en algunas comunidades los padres son quienes deciden el matrimonio de susijas, tras recibir un "pago" de la familia del pretendiente. Es tambin muy frecuente que las

    mujeres no tengan derecho a heredar las tierras de sus padres. Adems, las mujeres sencuentran marginadas de gran parte de la vida poltica de la comunidad. De igual forma, en

    as actividades religiosas suelen desempear un papel relativamente secundario. Y,nalmente, para dar un ejemplo especialmente escabroso, en algunas poblaciones indgenase Los Altos el hombre que viola a una mujer debe si es soltero casarse con su vctima,ara as reparar su falta.

    Gracias a la intervencin de las feministas, en todas las propuestas de modificacinonstitucional en materia de derechos y cultura indgena que se han presentado hasta ahorae precisa siempre que el lmite legal de las prcticas tradicionales sean los derechosumanos y, en especial, los de las mujeres. Aunque en lo relativo a la eleccin de

    autoridades en la iniciativa de la Cocopa se us el trmino "equidad" para hablar de la

    articipacin de las mujeres, trmino que tiene un sentido subjetivo (darle a cada quien loue le corresponde de acuerdo con la ley natural). Evidentemente el trmino igualdad (que esl que aparece en la iniciativa del ex presidente Zedillo) es mucho ms preciso y no se presta

    a las diversas interpretaciones que los varones le quieran dar.Estos afortunados candados puestos por las feministas plantean sin embargo una grave

    nterrogante: Por qu exaltar las tradiciones por s mismas si simultneamente se afirmaue pueden ser violatorias de los derechos ms elementales de las personas en general y de

    as mujeres en particular? Si se reconoce que hay tradiciones buenas y malas, no se estaceptando con ello que lo que debe estar en el centro del debate no es el respeto a lasradiciones sino algo que escapa a stas, algo que est ticamente por encima de ellas? No

    esulta lgico, entonces, que las normas a seguir no deban basarse en las tradiciones sino enos valores que nos permiten calificar a stas de buenas o de malas?

    La cuestin de fondo es que el relativismo moral, que los defensores de los usos yostumbres dicen seguir, es una contradiccin en sus trminos. En efecto, el relativismooncibe a las personas como seres totalmente determinados por su cultura, incapaces deener un criterio moral propio, diferente del de su grupo de adscripcin, que, a su vez, se

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    oncibe como el simple producto de sus condiciones de vida materiales y espirituales. Deacuerdo con esta lgica, no existira ninguna diferencia entre hechos y valores, y por lo tanto

    o habra valores que respetar. Sin embargo, los valores no pueden coincidir con la realidad,on los comportamientos efectivos de las personas de carne y hueso. Nunca se ha visto que

    as sociedades se tomen la molestia de erigir principios que nadie viola, que elaboren cdigosara castigar conductas inexistentes. Toda prescripcin presupone su incumplimiento. No hayorma sin comportamiento desviante. Es decir que la existencia de una norma moral o legalevela la existencia de personas que piensan tener razones personales o de orden general

    para comportarse al margen de ella o incluso contra ella. Toda norma es siempre objeto de

    algn tipo de polmica, de discrepancia; toda norma pone de manifiesto la diversidadonnatural a cualquier sociedad, porque la diversidad es parte intrnseca de la condicinumana. Y si se reconoce que en toda sociedad hay defensores de la norma, personas que

    e dan la vuelta, personas que la cuestionan y personas que la violan, el determinismoultural se viene abajo y el debate moral, humano y universal vuelve a abrirse.

    Aunque parezca paradjico, la diversidad propia de toda sociedad es la que hace posiblel dilogo entre hombres de distintas culturas. Son las dudas sobre cmo comportarse eneterminadas circunstancias las que hermanan a las personas del mundo entero. Son lasreguntas, las angustias ante la inevitable necesidad de elegir, las que demuestran que laondicin humana es una sola, aunque las formas concretas de vida sean infinitas.

    La existencia en toda sociedad de un continuo debate moral que puede tomar formase lo ms diversas revela que las personas no son simples productos de una cultura. En sualidad de sujetos (y no de objetos culturales) radica su dignidad humana, que es justamentel fundamento mismo de los derechos humanos universales. En efecto, es esta capacidadue tienen todos los hombres de comprender situaciones, de juzgarlas, de actuar con basen razones y no por instinto, de poder darse una ley moral (y de violarla), de superar losalores del pasado y no slo reproducirlos; es esta capacidad de crear lo nuevo a partir de loiejo lo que distingue al hombre del resto de la naturaleza. Esta condicin de sujeto es la que

    e otorga a todos los seres humanos un conjunto de derechos imprescriptibles e inalienables,ue conocemos con el nombre de derechos humanos universales. Estos derechos delombre no son sino la lista de condiciones que garantizan mnimamente el respeto a laignidad de la persona para que pueda participar en el debate moral de su sociedad.

    As pues, detrs del discurso "usocostumbrista", detrs del objetivo de hacer que lasradiciones tengan fuerza de ley, subyace un peligro de enormes consecuencias polticas yticas: el de dar lugar en Mxico a dos tipos de ciudadanos. Por un lado, estaran los

    mestizos (o ladinos, como se les llama en Chiapas) a los que se les reconocera la capacidadel derecho de examinar, sopesar y valorar distintas religiones, programas polticos, valores

    morales y costumbres para escoger de entre ellos los que juzgasen ms justos y, por lo tanto,a ley les dara el derecho de vestirse de manera distinta a sus antepasados, de practicar una

    eligin diferente a la de sus padres, y de adoptar modas y costumbres que no son originariase su grupo social. Y, por el otro, estaran los indgenas, a los que se les concebira comoeres incapaces de tener un criterio moral personal y que estaran condenados a seguiriegamente las costumbres de sus antepasados.

    En otras palabras, el discurso sobre el respeto a las culturas indgenas, el discursousocostumbrista", a pesar de presentarse como revolucionario y radical, como capaz de darugar a una relacin indita entre los indgenas y la sociedad nacional, no hace sinoactualizar el viejo discurso paternalista de los tiempos coloniales, que divida a la sociedad enhombres de razn" y "naturales", en hombres que se guan por el uso de su razn (y que poro tanto son responsables de sus actos) y en otros que estn condenados a seguir su

    aturaleza o su cultura (y a los que por lo tanto no se les puede juzgar con la mismaeveridad, dado que no hacen sino seguir sus costumbres).

    La paradoja de este razonamiento paternalista radica en el hecho de que no se buscaroteger a los indios de los otros, sino ms bien de ellos mismos. Por su "propio bien", paraue puedan preservar su cultura, se les limitan sus derechos. En efecto, este discurso

    maneja una lamentable y muy peligrosa confusin entre el derecho a practicar ciertas

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    radiciones culturales (derecho perfectamente respetable siempre y cuando no se violen losegtimos derechos de otras personas) y la obligacin de practicarlas. Resulta lgico y justoue un grupo humano (en este caso los indgenas) que se encuentra en condiciones dextrema desventaja ante el resto de la sociedad (por su pobreza, por su marginacin, por susificultades para manejar la lengua de la administracin pblica o incluso por la ignorancia

    otal de sta, por su analfabetismo, etctera) goce de ciertos "privilegios" legales (subsidiosconmicos para desarrollar sus actividades productivas; derecho a una educacinspecfica de mayor calidad que la que se imparte en el resto del pas; derecho a tener la

    asistencia de un intrprete legal en los juicios en los que participa, ya sea como inculpado, ya

    ea como demandante; derecho a usar su lengua en mbitos pblicos; apoyos financieros enstitucionales para desarrollar la escritura de su lengua y para realizar sus fiestas yeremonias, etctera), pero resulta sorprendente (e indignante) que lo que se proponga searivarlo de ciertos derechos. Si un indgena tiene que obedecer las leyes nacionales,statales y adems las tradiciones de su pueblo (o aquello que se decrete que lo son)videntemente su margen de accin ser ms reducido que el del resto de los ciudadanos

    mexicanos.El caso de las expulsiones en Chamula es altamente significativo al respecto. Nadie pone

    n duda que los chamulas tengan derecho a participar en el sistema tradicional de cargoseligiosos (que implica desembolsar cantidades muy altas de dinero para financiar la fiesta

    el santo) si as lo quieren (y de hecho hoy en da no hay nada ni en las leyes ni en larctica que se los impida). Pero lo que no es justo es que en nombre de los usos yostumbres se les obligue a participar en dichos cargos bajo la amenaza de expulsarlos deu comunidad y arrebatarles sus tierras y sus bienes.

    Otro ejemplo que tambin permite ilustrar la diferencia entre ampliar derechos y reducirloss el de los rituales de los indgenas huicholes. Por respeto a sus tradiciones, se podra muyien permitir que consumieran peyote con fines rituales (lo que es ampliar su margen debertad), pero sera inconcebible obligar a todos los huicholes a ingerir peridicamenteeyote porque as lo manda su tradicin.

    Otra confusin frecuente es la de identificar el reconocimiento de los usos y costumbreson la autonoma. La autonoma supone el derecho a tomar ciertas decisiones en un mbito

    ocal o regional (como puede ser el uso de los recursos pblicos, la resolucin de conflictosocales de poca gravedad, etctera). En ese sentido, la autonoma, cuando se ejerce en ungimen democrtico, es, sin lugar a dudas, positiva. Sealemos que la autonoma esiempre por definicin limitada, si no sera independencia. Es decir que la autonomaresupone no slo que ciertas decisiones escapen al mbito autonmico, sino tambin el quexistan ciertas instancias superiores a las que se puede recurrir en caso de que losroblemas internos no encuentren solucin o cuando la solucin sea percibida como ilegtimaor una de las partes en conflicto. En resumen, la autonoma es una manera de integrar a

    eterminados sectores de la poblacin a un Estado ms amplio, no un medio para excluirlos marginarlos de ciertos beneficios o derechos.El discurso "usocostumbrista" se contrapone en ambos aspectos a la autonoma. La

    bligacin de respetar las tradiciones limita evidentemente las decisiones que pueda adoptara mayora, ya que dichas decisiones deben conformarse necesariamente a los usos yostumbres. Pero, por otro lado, dicho discurso priva de legitimidad a todo juez o rbitroxterno, ya que se le concibe como parte de otro mundo cultural, como ajeno a las

    radiciones autctonas. En vez de fomentar un dilogo ms justo y equitativo entre losndgenas y el resto de la sociedad nacional, la lgica "usocostumbrista" reifica las diferenciasulturales y profundiza las distinciones sociales y de identidad entre ambos grupos que estn

    n el origen de la discriminacin y de la marginacin que padecen los indgenas. -

    Juan Pedro Viqueira es autor deMara de la Candelaria, indianatural de Cancucy de Indios rebeldes e idlatras, ambos sobrela rebelin indgena de 1712, as como de Democracia en tierrasindgenas. Las elecciones en Los Altos de Chiapas. Este ltimo

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    en colaboracin con W. Sonnleitner.

    r arriba [5]

    http://www.letraslibres.com/revista/convivio/los-usos-y-las-costumbres-en-contra-de-la-autonomia#