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1. ANÁLISIS INSTITUCIONAL
Por disposición constitucional, le compete a la Asamblea Legislativa (AL) ejercer el mandato
conferido por el pueblo, representándolo en el proceso de formación de leyes, normas
constitucionales, aprobación de convenios y tratados internacionales, mediante la discusión y
Dirección General de Presupuesto Nacional
ASAMBLEA LEGISLATIVA INFORME FINAL DE EVALUACIÓN FÍSICA Y FINANCIERA DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO 2019
participación de los diferentes actores de la sociedad civil, así como la fiscalización del accionar a
los diferentes órganos que conforman el Estado costarricense, con el fin de establecer las
condiciones que propicien el desarrollo humano sostenible con justicia social.
Esta institución tiene la particularidad de que su actividad administrativa se rige por los acuerdos
tomados por el Directorio de la Asamblea de cada legislatura, que va del 1° de mayo de un año al
31 de abril del siguiente, lo cual difiere del periodo que se evalúa, así como con respecto a los
responsables de la ejecución del presupuesto, por cuanto en un mismo año participan dos
directorios legislativos distintos; por otra parte, en cuanto al cumplimiento de la razón de ser de la
institución, el proceso de formulación, discusión y aprobación de leyes se origina en propuestas
individuales o grupales que dependen del apoyo de mayoría en el Congreso o bien por la injerencia
del Poder Ejecutivo quien presenta iniciativas y define prioridades sobre proyectos de su interés.
Aunado a lo anterior, está la independencia de labores y votos que se da entre los bloques de
representantes de partidos políticos y de cada diputado en su accionar, así como del proceso que
sigue cada proyecto de ley en su deliberación, lo que impide que en materia legislativa sea factible
la elaboración de un plan y la fijación de metas de gestión relacionadas con la razón de ser de la
institución, por cuanto, de común acuerdo entre el Directorio Legislativo y el Ministerio de
Hacienda, el presente informe no constituye una evaluación respecto a un plan preestablecido, sino
un ejercicio de rendición de cuentas sobre la labor legislativa para el ejercicio 2019.
2. GESTIÓN FINANCIERA
El siguiente cuadro contiene los datos de los recursos autorizados y ejecutados para 2019, con
ingresos corrientes y de financiamiento (001 y 280).
Cuadro 1Asamblea Legislativa
Ejecución del presupuesto 2019 por clasificación objeto del gasto Al 31 de diciembre 2019(en millones de colones)
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Partida Presupuesto Inicial ¹
Presupuesto Actual ²
Presupuesto Ejecutado ³
Porcentaje de Ejecución
TOTAL 35.870,0 35.270,0 30.882,6 87,6Recurso Externo - - - -
SUBTOTAL 35.870,0 35.270,0 30.882,6 87,6Remuneraciones 28.711,2 28.331,6 26.238,5 92,6
Servicios 3.510,3 3.498,3 2.609,9 74,6
Materiales y Suministros 720,0 720,0 380,5 52,8
Intereses y Comisiones - - - -
Activos Financieros - - - -
Bienes Duraderos 2.141,3 1.541,3 541,6 35,1
Transferencias Corrientes
787,2 1.178,7 1.112,2 94,4
Transferencias de Capital - - - -
Amortización - - - -
Cuentas Especiales - - - -
Fuente: Liquidación obtenida del Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF).
¹ Corresponde al presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa para el ejercicio presupuestario 2019.² Corresponde al presupuesto inicial incluyendo las modificaciones presupuestarias realizadas durante el 2019.³Se refiere al devengado, que es el reconocimiento del gasto por la recepción de bienes y servicios independientemente de cuando se efectúe el pago de la obligación.
Conforme al cuadro anterior, el nivel de ejecución de la Asamblea Legislativa para 2019 supera en
1,2% al alcanzado en 2018 (86,4%). No obstante, al comparar el porcentaje obtenido en 2019
respecto al del año 2017 (91,1%) dicho porcentaje disminuye en 2,5%. En promedio la ejecución
del trienio es de un 88,0%.
A continuación se señalan los factores que, según la institución, incidieron en las partidas que
obtuvieron porcentajes de ejecución menor o igual a 90,0%.
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Partida Servicios
En relación con la ejecución de esta partida en los ejercicios presupuestarios 2017, 2018 y 2019 se
tiene un promedio de ejecución del 72,9%; siendo el ejercicio 2019 el que presenta una mayor
ejecución.
2017 2018 201973,0% 71,2% 74,6%
En términos generales, se señala que los factores que incidieron y se repiten en la ejecución
alcanzada en la partida Servicios para el periodo que comprende estos tres años son: variación en
la estimación de recursos, problemas relacionados con los procesos de Contratación Administrativa
y desviaciones entre lo planificado y lo ejecutado.
Factores que incidieron en la ejecución 2019
En lo relativo a la partida de Servicios, la institución indica:
En el rubro de “Alquiler de edificios y terrenos” se generó un sobrante por la suma de ¢43,4
millones; esto es que solamente quedó pendiente de pago algunos de los edificios que actualmente
arrienda la institución.
Respecto al rubro de “Alquiler de equipo de cómputo”, la institución indica que en el caso de la
licitación 2014LN-000003-01 asociada a dicha subpartida para la cual se había destinado ¢275
millones con la finalidad de aumentar la cantidad de equipos, fue imposible concretar la licitación;
por tanto se dispuso de ¢50,0 millones para atender otras necesidades y se pagaron ¢138,5
millones, quedando en el disponible ¢86,5 millones.
En lo relativo al rubro de “Servicio de telecomunicaciones”, se indica que durante los años 2018 y
2019, la institución realizó un cambio de tecnología en el servicio de telefonía pasando de
analógica a IP, lo que generó un incremento en los costos y gastos presupuestarios en este rubro,
pero que sin embargo, durante esta transición se produjo un rezago en los pagos del servicio,
quedando disponibles recursos por la suma de ¢124,6 millones.
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En lo concerniente al rubro de “Información”, quedaron recursos por la suma de ¢43,0 millones, en
virtud de que el contrato de transmisión radiofónica con el Sistema Nacional de Radio y Televisión
(SINART) no pudo iniciar su ejecución.
En el rubro de “Servicios informáticos” se presentaron problemas en el proceso de adquisición,
mismos que dificultaron su ejecución, sub ejecutándose casi la totalidad de recursos autorizados
en la ley (¢103,5 millones).
Medidas correctivas que indicó la entidad para 2019
En relación con las medidas propuestas por la institución en el informe semestral, se indica que,
algunos casos relevantes de recursos que no se pudieron ejecutar parcial o totalmente obedece a
razones exógenas, como es el caso de la licitación 2019LN-000001-00198-000, la cual es
adjudicada el 24 de octubre del 2019 por un monto de poco más de ¢112 millones, en donde el
proveedor aportó la garantía posterior a la fecha establecida, específicamente el día 20 de
diciembre, fecha de salida y cierre institucional por vacaciones de fin y principio de año,
imposibilitando el pago con recursos del 2019.
Por otra parte, respecto a las medidas correctivas propuestas para mejorar el resultado obtenido al
finalizar el ejercicio, la institución señala las siguientes: Instruir a las Unidades Técnicas para que
realicen estudios de mercado y estimación de costos actualizados; adelantar los plazos de inicio de
los procesos de compra; asimismo concientizar al Directorio Legislativo sobre los posibles efectos
de sus decisiones en lo planificado. Para lo anterior, se propuso como fecha de implementación el I
trimestre 2020.
Partida Materiales y Suministros
En relación con la ejecución de esta partida en los ejercicios presupuestarios 2017, 2018 y 2019,
se obtuvo un promedio de ejecución del 61,1%; siendo el ejercicio 2019 el que presenta una menor
ejecución.
2017 2018 201962,8% 67,7% 52,8%
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En términos generales, la institución señala que los factores que incidieron y se repiten en la
ejecución alcanzada en la partida Materiales y suministros para el periodo que va de 2017 a 2019,
son los siguientes: problemas relacionados con los procesos de Contratación Administrativa y
desviaciones entre lo planificado y lo ejecutado.
Factores que incidieron en la ejecución 2019
En la ejecución de esta partida, la institución señala:
En el rubro de “Combustibles y lubricantes”, se generó un sobrante debido a que los precios del
combustible resultaron menores a los inicialmente proyectados (los señores diputados y diputadas
reciben una asignación de 500 litros de gasolina o su equivalente por mes).
Respecto al rubro de “Tintas, pinturas y diluyentes”, el mismo presentó un sobrante de ¢54,9
millones. Se menciona al respecto que la compra de “tóner” presentó problemas en su
consolidación y pago; no obstante no se produjo desabastecimiento producto de un menor
consumo y de la disminución de existencias.
Por otra parte, respecto al rubro de “Alimentos y bebidas”, por decisión del órgano administrativo
superior los gastos en este rubro se limitaron al mínimo, situación que generó un sobrante cercano
a los ¢26,0 millones.
En lo concerniente al rubro de “Otros útiles, materiales y suministros”, por instrucciones superiores
y en consonancia con la habilitación de la nueva sede legislativa, se pospuso el proyecto de
señalización para seguridad, por tanto se generó un sobrante de ¢43,6 millones.
Medidas correctivas que indicó la entidad para 2019
Respecto a las medidas correctivas establecidas por la institución en el informe semestral, se
indica que históricamente la subpartida que financia los procesos de capacitación sufre recortes
importantes al momento de su aprobación por parte del Directorio Legislativo, haciéndolas exiguas
en detrimento de propiciar el mejoramiento del proceso administrativo. Adicionalmente, y pese a
que finales del mes de octubre del 2018 fueron emitidas las directrices para los procesos de
contratación, en noviembre, a solicitud del Departamento de Proveeduría, éstas son ajustadas
producto de la implementación del SICOP. En su mayoría las unidades técnicas cumplieron
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razonablemente con los plazos establecidos, sin embargo, la mayoría de estos procesos se ven
interrumpidos por problemas de índole presupuestario, disponibilidad de cuota presupuestaria, que
obliga a iniciar ciertos proyectos en el segundo y tercer trimestre no permitiendo su ejecución
durante el año.
Respecto a las medidas correctivas propuestas para mejorar el resultado obtenido en la ejecución
al finalizar 2019, la institución señala: Mejorar el proceso interno de adquisiciones adelantando los
plazos para el inicio de los mismos y la utilización del SICOP; mejorar la comunicación con las
autoridades superiores para minimizar los efectos de sus decisiones sobre la ejecución
presupuestaria, en virtud de que el ciclo presupuestario difiere del ciclo de la administración
superior. Todo lo cual se hará en un plazo anual.
Partida Bienes Duraderos
En relación con la ejecución de esta partida en los ejercicios presupuestarios 2017, 2018 y 2019,
se obtuvo un promedio de ejecución del 51,8%; siendo el ejercicio 2019 el que presenta una menor
ejecución.
2017 2018 201954,0% 66,4% 35,1%
En términos generales, los factores que incidieron y se repiten en la ejecución alcanzada en la
partida Bienes duraderos para el periodo que va del 2017 al 2019, son: Problemas relacionados
con los procesos de Contratación Administrativa, Liberación de cuota insuficiente, asimismo
desviaciones entre lo planificado y lo ejecutado.
Factores que incidieron en la ejecución 2019
En la ejecución de esta partida, la institución señala:
En lo referente a los rubros de “Edificios” y “Equipo de Comunicación”, el órgano legislativo indica
que el bajo porcentaje de ejecución (0% y 1,9% respectivamente) es producto de procesos de
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contratación que son largos y burocráticos; asociado a problemas propios de la administración en
muchas ocasiones por no disponer de cuota presupuestaria.
En línea con lo anterior, la institución comenta que parte de recursos asociados a las subpartidas
antes mencionadas corresponden a autorizaciones de gasto para la construcción del denominado
“Cuarto de Servidores” y del sistema de grabación, votación y control de asistencia del Plenario
Legislativo y las Comisiones (proyectos asociados a la nueva sede legislativa); no obstante lo
anterior, en la rendición de cuentas institucional, se indica que “La administración superior decidió,
dada la situación fiscal, devolver ¢600.0 millones al Ministerio de Hacienda”. La rebaja de dichos
recursos se realizó en tres presupuestos extraordinarios; asimismo los recursos restantes se
pretendían destinar a la compra de un sistema para el control de activos de la institución, no
obstante, los tiempos para la contratación de dicho sistema no lo permitieron, por tanto se
generaron sobrantes en las subpartidas indicadas que entre ambas suman ¢308,0 millones.
Respecto a los rubros de “Equipo y programas de cómputo” así como “Maquinaria y equipo
diverso”, quedaron pendientes de ejecución los recursos destinados a la compra de servidores por
la suma ¢90,0 millones y los recursos del programa institucional de monitoreo por la suma cercana
a los ¢40,0 millones, respectivamente.
Medidas correctivas que indicó la entidad para 2019.
Sobre las medidas que la institución señaló en el informe semestral se tomarían para mejorar la
ejecución, la institución indica que los recortes presupuestarios en la subpartida de capacitación no
han permitido el mejoramiento en el levantamiento de las especificaciones técnicas y la elaboración
adecuada de los carteles y principios generales de Contratación Administrativa. Los recursos
solicitados inicialmente, se encontraban por debajo de las precios ofrecidos por los proveedores y
este hecho, obligó a buscar más recursos y atrasó el proceso de adjudicación; algunos no fue
posible adjudicarlos y otros se adjudicaron, pero sus tiempos de entrega se quedaron para el año
2020.
Respecto a las medidas correctivas propuestas para mejorar el resultado obtenido en la ejecución
de final del periodo, la institución señala: Adelantar los plazos de inicio de los procesos de compra;
concientizar a las autoridades presupuestarias del Ministerio de Hacienda respecto a la importancia
de contar con la liberación oportuna de recursos para iniciar a tiempo los procesos de contratación;
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asimismo concientizar al órgano superior administrativo sobre los posibles efectos de sus
decisiones en lo planificado. Para lo anterior, se propuso en las dos primeras acciones como fecha
de implementación el I trimestre 2020 y lo restante en un plazo anual.
Modificaciones presupuestarias
Respecto a las modificaciones presupuestarias tramitadas durante el ejercicio económico 2019, la
institución indica que se tramitaron tres modificaciones de las cuales dos fueron programadas (H-
003 y H-007) y una no programada (H-020); todas para atender necesidades puntuales y por un
monto total de ¢844,2 millones.
Al respecto, la institución indica que la primera modificación (Decreto ejecutivo No.41651-H) se
realizó para atender el pago de Prestaciones legales, asociadas al programa de movilidad laboral
voluntaria. La segunda modificación (Decreto ejecutivo No.42030-H) para atender el pago de
Tiempo extraordinario, la Cuota estatal a los regímenes de pensiones y salud de la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS), Telecomunicaciones (principalmente el pago de servicios
telefónicos) y Transferencias a Organismos Internacionales (cuotas de afiliación). Por otra parte la
tercera modificación que no fue programada (Decreto ejecutivo No.42082-H), la institución justifica
que se tramitó para reforzar el faltante en Tiempo extraordinario, producto de la intensa labor
legislativa y seguridad institucional.
3. RESULTADOS DE LA GESTIÓN
Conforme al Acuerdo de Directorio Legislativo tomado en Sesión Nº 104-2008, de 21 de mayo de
2008, artículo 45, fundamentado en un acuerdo previo con la Dirección General de Presupuesto
Nacional, a continuación se presenta básicamente un Informe de Resultados de carácter
informativo, con datos estadísticos de los proyectos o leyes aprobados, discutidos o desestimados
durante el período y las sesiones de control político; así como, un resumen de los proyectos
tramitados durante el período, que la Dirección General de Presupuesto Nacional considera más
relevantes por el beneficio que se espera reciba la población.
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Durante el año 2019, ingresaron a la corriente legislativa 555 proyectos de ley, se aprobaron 153
leyes y 264 proyectos de ley fueron desechados.
Para efectos de este informe, se presenta un resumen de las leyes que por sus objetivos se
consideran tienen un impacto sobre la población en general o en grupos particulares con alguna
vulnerabilidad.
Aprobación de leyes:
Ley Nº 9660, “Ley de movilidad y seguridad ciclística”.
Esta iniciativa fue presentada por el PAC y PFA. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente N° 19.548 y se aprobó el 24 de febrero de 2019. La presente ley tiene como objeto
promover y regular el uso de la bicicleta como medio de transporte, trabajo y recreación, conocido
también como movilidad ciclística, con el propósito de lograr un beneficio para la salud humana y
desarrollar una alternativa a los medios de transporte de personas en zonas urbanas y rurales;
complemento para la disminución del uso de combustibles fósiles en transporte, reduciendo el
colapso vial ocasionado por la flota vehicular nacional.
Ley N° 9676, “Se reforma el Artículo 1° de la Ley N° 7372, Ley para el Financiamiento y Desarrollo de la Educación Técnica Profesional del 22 de noviembre de 1993”.Esta iniciativa fue presentada por el PUSC. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el expediente
N.° 20.044 y se aprobó el 30 de marzo de 2019. Con esta ley, se reforma el artículo 1 de la Ley N°
7372, “Ley para el Financiamiento y Desarrollo de la Educación Técnica Profesional, de 22 de
noviembre de 1993”; de manera que del superávit acumulado por el Instituto Nacional de
Aprendizaje (INA), el Poder Ejecutivo gire a las juntas administrativas de los colegios técnicos
profesionales, incluso al Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, al Colegio Técnico Don
Bosco, al Colegio Agropecuario de San Carlos y a los servicios de III y IV ciclos de Educación
Especial, el equivalente a un cinco por ciento (5%) del presupuesto anual ordinario.
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Ley N° 9693, “Para declarar como un servicio público a los comedores que atienden a poblaciones en condición de vulnerabilidad con fondos públicos, adición de un nuevo inciso al Artículo 376 del Código de Trabajo, Ley N° 2 de 26 de agosto de 1943”.Esta iniciativa fue presentada por el PIN. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el expediente
N° 21.006 y se aprobó el 05 de junio de 2019. Con esta ley se declara como servicio público a los
comedores que atienden a poblaciones en condición de vulnerabilidad con fondos públicos, con el
propósito de garantizar el acceso a la adecuada nutrición, y prevenir una posible violación a un
derecho fundamental del ser humano, como es la alimentación.
Ley N° 9695, “Reforma para incentivar los modelos de capital semilla y capital de riesgo para emprendimientos”. Esta iniciativa fue presentada por el PLN. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el expediente
N° 20.863 y se aprobó el 07 de junio de 2019. La ley reforma el Sistema de Banca para el
Desarrollo y la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, con el fin de potenciar los
emprendimientos. Lo anterior, incentivando la creación de nuevas oportunidades de negocios a
partir del otorgamiento de capital semilla y capital de riesgo para emprendimientos de oportunidad
y emprendimientos dinámicos.
Ley N° 9697, “Reforma Constitucional del Artículo 51 para garantizar la protección especial del estado a las personas con discapacidad”. Esta iniciativa fue presentada por el PAC, ML, PFA, PASE y el PUSC. El proyecto fue estudiado y
discutido bajo el expediente N° 18.629 y se aprobó el 16 de julio de 2019. Tiene como fin erradicar
el vestigio del abordaje biomédico-individual de la discapacidad, que anula a la persona con
discapacidad como sujeto de derechos, presente hasta nuestros días en el párrafo segundo del
artículo 51 de la Constitución Política, específicamente en el uso del término de “enfermo
desvalido” contenido en el mismo, el cual se sustituye por un concepto acorde con el modelo de
atención basado en los derechos humanos, cual es “Persona con Discapacidad”, con la intención
de dejar explícita la protección especial del Estado a las personas con discapacidad y de favorecer
la dignidad, el respeto y la inclusión de las mismas mediante el uso de un lenguaje acorde con los
derechos humanos. Además, presenta algunos cambios conceptuales en aras de ir impulsando un
cambio hacia una sociedad más inclusiva y basada en la equidad de género y de condiciones.
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Ley N° 9703, “Adición de un artículo 42 bis y un nuevo transitorio XIII a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N.° 8839 de 24 de junio de 2010 y sus reformas, Ley para la prohibición del poliestireno expandido”.Esta iniciativa fue presentada por el PFA. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el expediente
N° 19.833 y se aprobó el 17 de julio de 2019. Esta ley prohíbe la importación al territorio nacional,
la comercialización y la entrega de envases y recipientes de poliestireno expandido en cualquier
establecimiento.
Ley N° 9728, “Ley de Educación y Formación Técnica Dual (anteriormente denominado): Ley de Educación Dual”.Esta iniciativa fue presentada por el PLN. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el expediente
N° 20.786 y se aprobó el 12 de setiembre de 2019. La iniciativa pretende la regulación de la
educación dual mediante un mecanismo de educación y aprendizaje implementado por el
Ministerio de Educación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje, las universidades públicas y
privadas, para universitarias, institutos de aprendizaje, y demás instituciones públicas y privadas, a
través de una alianza estratégica entre la institución educativa, la empresa formadora y la persona
estudiante. En esta ley se crea el Programa de Educación Dual “Proedual” como un órgano
superior jerárquico nacional en materia relacionada con la educación dual en el país, con
desconcentración máxima, adscrito y bajo la rectoría del Ministerio de Educación Pública.
Ley N° 9738, Ley para regular el teletrabajo.Esta iniciativa fue presentada por el PUSC, PLN, PRN, PAC e INDEP-BNR. El proyecto fue
estudiado y discutido bajo el expediente N° 21.141 y se aprobó el 18 de setiembre de 2019. Con
esta ley se pretende dotar al país de un marco legal para regular la modalidad del teletrabajo y tal y
como se indica en el artículo 1, su objetivo es “promover, regular e implementar el teletrabajo como
un instrumento para la generación de empleo y modernización de las organizaciones públicas y
privadas, a través de la utilización de tecnologías de la información y comunicación”.
Ley N° 9779, “Adición de un capítulo IV a la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda para autorizar al Banco Hipotecario de la Vivienda para emitir bonos de vivienda a los habitantes de los territorios insulares.
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Esta iniciativa fue presentada por el PUSC, PFA, PLN, PRC, PML y el PAC. El proyecto fue
estudiado y discutido bajo el expediente N° 19.764 y se aprobó el 12 de noviembre de 2019. La ley
adiciona un Capítulo IV al Título III de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, con
el fin de autorizar al Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) para que otorgue beneficios del
Fondo de Subsidios para la Vivienda (Fosuvi) en los territorios insulares del país, que se
encuentren fuera del patrimonio natural del Estado. Asimismo, se autoriza al Banhvi para que
pueda aplicar el financiamiento del bono comunal o colectivo en estos territorios, con el propósito
de construir, reparar o remodelar, total o parcialmente, obras de urbanización que sean necesarias
para las comunidades y que contribuyan a mejorar los servicios públicos.
Ley N° 9796, “Ley para fijar topes equitativos a las pensiones de lujo, rediseñar y redistribuir los recursos de la contribución especial solidaria (anteriormente denominado) Ley para fijar topes equitativos a las pensiones de lujo, rediseñar y redistribuir los recursos de la contribución especial solidaria y crear la figura de la jubilación obligatoria excepcional.Esta iniciativa fue presentada por el PRN, PIN, PRSC, PLN, PAC e INDEP-BNR. El proyecto fue
estudiado y discutido bajo el expediente N° 21.035 y se aprobó el 5 de diciembre de 2019. Con
esta ley se pretende recaudar una mayor cantidad de recursos, a través de los fondos que se
obtienen por medio de la contribución especial solidaria establecida en los regímenes con cargo al
Presupuesto Nacional, el Poder Judicial y el Magisterio Nacional, con el fin de destinarlos
temporalmente al pago de deuda interna y externa. Esta finalidad se pretende lograr estableciendo
un piso o base de contribución inferior a la que se tiene actualmente, redefiniendo la contribución
solidaria a partir del monto correspondiente a 8 salarios base que correspondan al más bajo del
régimen salarial público al que se pertenezca, de tal forma, que contribuyan mayor cantidad de
personas a través de este tipo de aporte solidario. Durante el lapso de 10 años, estos recursos
pueden ser transferidos a un fondo especial que crearía el Ministerio de Hacienda, para ser
destinados exclusivamente al pago de la deuda interna y externa del país, priorizando los pagos de
las deudas que posean las tasas de interés más altas y los plazos de vencimiento más cortos.
Posterior al plazo señalado, los recursos volverán a ser destinados al sostenimiento del régimen al
cual pertenecen. El proyecto también establece una regla de pensión máxima general, mediante la
cual se establece un tope de 3 veces el límite de la pensión máxima fijada para el régimen de
pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
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Control Político
El Control Político es una facultad constitucional que tienen los legisladores y que pueden
ejecutarlo en lugares y sobre temas que no estén relacionados con ningún expediente en
discusión, razón por la cual no es posible precisar su totalidad en un registro.
Sin embargo, una de las formas de ejercer el control político que si se puede precisar, es la que se
ejerce mediante las comisiones investigadoras en temas específicos, sobre los cuales se levantan
registros en el Sistema Integrado Legislativo (SIL), lo que hace posible una contabilidad parcial.
Cuadro 2Resumen de cantidad de sesiones y tiempo sesionado por tipo de órgano
Año 2019COMISIÓN CANTIDAD DE SESIONES TIEMPO SESIONADO
COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA 330 325:41
COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL 375 324:39
COMISIÓN ESPECIAL 296 332:19
COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA 9 02:02
TOTAL 1010 984:41
Fuente: Asamblea Legislativa, Departamento de Comisiones Legislativas.
Del cuadro anterior se desprende que, hubo un total de 1010 sesiones realizadas en las diferentes
comisiones, durante los períodos extraordinarios y ordinarios comprendidos en el año 2019.
En total, la duración de estas sesiones fue de 984 horas con 41 minutos, las cuales fueron
transcritas en forma literal en su totalidad, generando esa misma cantidad de actas legislativas, las
cuales constan en el SIL.
Es importante anotar que en ocasiones se programan sesiones con toda la logística que éstas
requieren y no necesariamente se llegan a realizar por circunstancias fuera del alcance del
personal, durante este período se dieron 352 sesiones canceladas y 40 sesiones donde no hubo
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quórum, que requirieron de la correspondiente preparación de las sesiones, comunicaciones y
publicaciones en el SIL.
En todas estas sesiones se llevan a cabo discusiones de los diferentes proyectos que se
encuentran en los órdenes del día. Asimismo, se reciben audiencias, se aprueban consultas y se
presentan mociones de fondo y de forma y, en algunos casos, se someten los proyectos a su
discusión final.
Reporte anual de informes de investigación emitidos al Plenario Legislativo, en el periodo de Enero
a Diciembre 2019.
A continuación se presentan cada una de las investigaciones, incluyendo las conclusiones
principales, recomendaciones y/o sanciones, a efecto de que se conozcan los resultados del
trabajo de las Comisiones investigadoras.
Investigación del cual se genere un informe al Plenario Legislativo y a la ciudadanía sobre los presuntos actos irregulares acaecidos en materia del Desarrollo urbanístico del Cantón de Paraíso. Expediente N° 21219. Se remitió al Plenario el 7 de noviembre 2019.Conclusiones:
Según ha sido reiterativo por nuestra jurisprudencia, al no existir apertura de vías, nos estaríamos
refiriendo a un fraccionamiento simple y no a un fraccionamiento con fines urbanísticos; por ello, se
deben evaluar los requisitos solicitados. También, recordar que existen fraccionamientos simples y
fraccionamientos urbanísticos que no son con fines constructivos, por lo que el requisito de los
servicios básicos para estos casos debe solicitarse cuando se solicite el permiso de construcción
municipal. El municipio de Paraíso, según la Ley de Planificación Urbana, debe ser garante de la
correcta y fiel aplicación del plan regulador urbano, para todos los desarrollos urbanos en el
cantón.
En esta investigación no se pudo comprobar mala fe por parte de los desarrolladores privados de
los proyectos urbanísticos de Los Lagos, Jacaranda, Torres del Paraíso y Properi. Lo que sí fue
constatable es que los problemas presentados alrededor de estos proyectos fueron principalmente
ocasionados por el desorden, la falta de diligencia y supervisión por parte de las autoridades
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municipales encargadas de tutelar el adecuado ordenamiento y desarrollo territorial del cantón de
Paraíso.
Sobre la Municipalidad de Paraíso
Se haya importantes deficiencias en materias de gestión, particularmente en el otorgamiento de
licencias, visados de planos y en la dotación del servicio de agua. En este último punto es
manifiesto el incumpliendo de la norma en cuanto al proceso de notificación previa y al número de
acometidas domiciliarias de agua potable que se deben otorgar, afectando severamente la salud
pública de sus pobladores.
Son notables las deficiencias e ineficiencias detectadas en la administración actual y las anteriores,
que en el ejercicio de sus funciones aprobaron los proyectos en cuestión, exponiendo a la
Municipalidad a graves incumplimientos de la Ley de Planificación Urbana en el cantón de Paraíso
y el erario público municipal.
Recomendaciones:
Al Ministerio Público
Que se dé curso a un proceso de investigación con base en los hechos expuestos ante la posible
comisión de delitos por parte de las funcionarias públicas y los funcionarios públicos mencionados
en este informe, de manera que se establezcan responsabilidades y sanciones de ser necesario.
Que se investigue a la ex auditora interna, Marianella Brenes Quirós, quien debía proteger y
garantizar la actuación de la administración en el marco de la legalidad, además de advertir
oportunamente a los entes correspondientes, cuestión que no realizó diligentemente.
A la Contraloría General de la República
Determinar si las actuaciones atribuibles en el presente informe a los funcionarios involucrados,
constituyen delitos en perjuicio de la Hacienda Pública.
Determinar mediante la investigación que se realice si procede la inhabilitación o cualquier otra
sanción a los miembros del Concejo Municipal, exalcaldes municipales y otros funcionarios
municipales, por el tiempo que la Contraloría establezca, por su inacción en la toma de decisiones.
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Al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU)
Iniciar una investigación por parte de la Auditoría Interna del INVU para determinar si existió alguna
falta por parte de los funcionarios del Instituto en relación con los proyectos de urbanismo del
cantón de Paraíso; dicha investigación tomará en cuenta toda la información que consta en este
expediente.
Para que de conformidad con el artículo 85, inciso F del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se abra una investigación sobre la situación del PANI, las responsabilidades del caso y las medidas correctivas que deben implementarse. Expediente N° 21.470. Emitido al Plenario el 26 de noviembre 2019.Conclusiones:
Muerte de menores
Ante la desagradable situación que enfrenta el país producto del fallecimiento de tres menores de
edad en manos de sus agresores, se evidencia que la actual jerarca de la niñez y la adolescencia
no realizó ningún plan de emergencia, medida preventiva o nuevos procedimientos para evitar que
el riesgo eminente se vuelva a materializar. Ante la consulta realizada por varias señoras y señores
Diputados sobre el plan de acción para mejorar la atención por parte del PANI, su única respuesta
fue la propuesta en borrador de un proyecto de ley que le permite prescindir de funcionarios
cuando se susciten eventuales actos de negligencia.
Denuncias prioridad uno
Una denuncia prioridad uno, es donde el riesgo es más alto en la posible afectación del derecho de
los niños, se trata de negligencia severa, femicidios, homicidios o víctimas de violencia intrafamiliar.
Este tipo de denuncias implica una atención entre las 24 horas y hasta 5 días hábiles.
A pesar del plan de contingencia para atender el mayor número de casos pendientes de prioridad
1, en donde se alcanza una meta de 90% de casos atendidos que se venían arrastrando desde
años anteriores a febrero 2018, llama la atención que la Jerarca, Patricia Vega, no conoce cuántos
son los casos prioridad 1 aún pendientes al finalizar el 2018.
Cabe decir, que se detecta la peligrosidad de los protocolos existentes asignados por el PANI para
determinar la clasificación de un caso ya sea prioridad 1 o 2.
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Programas de prevención
Cabe recordar, que la prevención significa identificar tempranamente factores de riesgo. Sin
embargo, durante la administración Alvarado Quesada, y por ende, bajo el mandato de doña
Patricia Vega, actual jerarca del Patronato Nacional de la Infancia, se da un fuerte debilitamiento de
los programas diseñados desde administraciones anteriores en pro de la educación y prevención
de la violencia en la niñez y la adolescencia, tales como: las Cajas Cuna, la apertura de al menos
18 nuevos Centros de Intervención Temprana requeridos, la existencia de las unidades móviles y
las academias de crianza.
Al igual que los programas anteriores, la jerarca actual no realiza la apertura de 20 consultorios
familiares, los cuales tenían como objetivo principal descongestionar la demanda de las oficinas
locales y, por ende, atender los conflictos familiares, los cuales representan el 26% de las
denuncias presentadas en el PANI.
Hacinamiento en albergues
Pareciera una tendencia de la presente administración, la institucionalización de los niños y niñas
en riesgo detectados mediante denuncia. Lo anterior constituye una medida poco deseable según
recomendaciones de organismos internacionales por los traumas psicológicos que pueden
provocar en el menor para su desarrollo psicosocial.
La ministra de la niñez ha mencionado en reiteradas ocasiones la construcción de 13 nuevas
alternativas de Albergues, sin embargo no queda claro si es la reparación de los ya existentes o se
tratan de nuevas edificaciones, el caso es que no se explica el acompañamiento que se requiere
para darle continuidad a los requerimientos de estas nuevas alternativas de cuido, como es el
recurso humano y equipo.
Falta de información
Patricia Vega, en la sesión del martes 03 de julio, se comprometió a remitir los estudios sobre las
necesidades de personal del PANI y los criterios técnicos para la asignación de plazas, pero a la
fecha de realización de este informe dicha información no consta en el expediente. Asimismo, se
comprometió a consignar el Plan Anual Operativo de la institución del 2018 y el 2019 pero tampoco
se encuentra en el expediente.
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Clima organizacional y escasez de personal en oficinas locales
Se percibe un débil clima organizacional, en donde prevalece el miedo por parte de los funcionarios
de ser despedidos, problemas de salud mental y estrés constante, asociados a las extensas
jornadas de trabajo por la gran demanda laboral, a la falta de comunicación entre las partes, a
problemas de acoso laboral perpetuados por la jerarca Patricia Vega, algunos mandos medios y
otros funcionarios (se detectan casos perpetuados entre coordinadores de oficinas locales hacia
subalternos, así como directores regionales hacia sus propios coordinadores, entre otros); y al
conocimiento de previo de procesos administrativos en contra de otros funcionarios y solicitados
por la misma jerarca actual.
Ejecución presupuestaria
Se detecta una mala programación según los recursos disponibles, provocando que los mismos no
sean ejecutados en su totalidad, y reflejando una perspectiva errónea de las necesidades reales de
la institución y su público meta.
Recomendaciones:
Despido inmediato de la señora Patricia Vega Herrera. La Comisión de Juventud, Niñez y
Adolescencia considera indispensable el despido inmediato de la actual jerarca del Patronato
Nacional de la Infancia, para ello se toma en consideración varios aspectos, entre ellos:
-El requisito que establece la Ley Orgánica del PANI, la cual es determinante en incorporar la
necesidad de que todos los miembros de la Junta Directiva dispongan de al menos 5 años de
experiencia comprobada en el campo de la infancia, la adolescencia y la familia, no se cumple
en la Presidenta Ejecutiva actual del PANI, ya que ser miembro de la Junta Directiva de un
Colegio Privado no se considera un hecho relevante para ser incorporado y tomado en cuenta
como experiencia según lo que establece la ley en mención.
-Existen 3 casos de acoso laboral perpetuados por la jerarca y presentados por los mismos
funcionarios del PANI.
-La ejecución de los recursos asignados al PANI no alcanza ni el 70%.
-Existe un superávit de 18 mil millones de colones.
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-El cierre de programas preventivos de manera unilateral y sin la existencia de un informe o
estudio técnico que lo respalde.
-La utilización de plazas para fines diferentes a las originalmente creadas.
-La creación de unidades sin el debido proceso de restructuración parcial que establece el
Ministerio de Planificación y Política Económica.
Fortalecer los programas preventivos. Como necesidad urgente se haya la reactivación inmediata
de los programas ligados a la prevención con el fin de que el tratamiento que reciban las familias
sea completamente integral, y contemplando las necesidades sociales y económicas del núcleo
familiar. Entre los programas preventivos que más requiere de apoyo y fortalecimiento técnico está
el de las unidades móviles que permiten un mayor alcance para la atención más inmediata de las
situaciones de riesgo y vulnerabilidad social en el que se haya un importante número de menores
de edad. Así también resulta urgente el establecimiento de los consultorios familiares con el fin de
descongestionar la demanda en las oficinas locales para el tratamiento adecuado de los conflictos
familiares.
Mejoramiento de los protocolos existentes. Se deben redefinir los protocolos existentes para la
atención de emergencia en casos en que la integridad física y emocional de un niño, niña o
adolescente se encuentren en riesgo. Más específicamente, en los protocolos existentes se debe
ampliar la cobertura de los casos considerados prioridad 1, con el fin de que, en los que se
denuncie la violación de los derechos fundamentales de la persona menor de edad, con alto riesgo
a su integridad física y emocional; sean tratados a la mayor brevedad posible, lo que no sucede en
el momento.
Acabar con el hacinamiento de los albergues. Resulta necesaria la realización de un estudio que
permita evidenciar la condición actual de los albergues, no solo en lo que respecta a la
infraestructura actual, sino también a las necesidades y condiciones actuales de la población que
los albergan. Lo ideal sería la existencia de al menos un albergue que reciba únicamente menores
de edad en condición de discapacidad y se le atienda según sus necesidades especiales. Para
ello, también se recomienda establecer directrices claras, y capacitación a los funcionarios que
atienden esta población, con el fin de esclarecer los procesos adecuados para su debida atención
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en cumplimiento con la normativa existente. Separar a la población de albergues por edades y por
condición, debería ser una prioridad en las directrices que se vayan a emitir.
Gestión Presupuestaria. Realizar una planificación basada en resultados se vuelve una necesidad,
más específicamente, primero debe determinar las líneas de acción de los programas existentes y
sus necesidades, para luego establecer el costo económico y recurso humano requerido para su
respectiva ejecución. No es permisible el recorte de presupuesto dirigido y en beneficio de la niñez
y la adolescencia.
4. OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES
En relación con la información remitida en el apartado de Gestión Financiera no se atendió el
requerimiento de la Dirección General de Presupuesto Nacional, anotado al pie del Cuadro 1
denominado “Factores y acciones correctivas para resultados inferiores a 90,0% de ejecución
al 31 de diciembre 2019”, mismo que requería que la entidad se refiriera a las situaciones por
las cuales no fueron efectivas las acciones correctivas establecidas por la institución en el
informe semestral, para que las partidas que tuvieron una ejecución menor al 45,0% lograran
alcanzar o superar el 90% de ejecución al finalizar el año. No obstante, mediante correo
electrónico de viernes 7 de febrero de los presentes, el Departamento Financiero remitió la
información faltante, que permitió completar los requerimientos solicitados por el ente rector
en materia presupuestaria.
Respecto a las medidas correctivas propuestas por la institución para mejorar el resultado
obtenido en la ejecución 2019, la institución señaló que se deberá concientizar a las
autoridades presupuestarias del Ministerio de Hacienda, respecto a la importancia de contar
con la liberación oportuna de recursos para iniciar a tiempo los procesos de contratación. Al
respecto, es menester indicar que no se justifica lo manifestado; por cuanto no es una
limitante para iniciar un procedimiento de contratación administrativa contar con la cuota de
liberación de los recursos presupuestarios por el monto de la misma; ya que, conforme se
establece en el artículo 8 de la Ley N° 7494, Ley de Contratación Administrativa: “Para iniciar
el procedimiento de contratación administrativa, es necesario contar con recursos
presupuestarios suficientes para enfrentar la erogación respectiva. …”, esto es con la
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asignación presupuestaria suficiente para hacerle frente a la obligación que se derive de la
adjudicación del contrato.
Es importante resaltar que, en consideración de la situación fiscal del país, la administración
de la Asamblea Legislativa tomó la decisión de prescindir de ¢600,0 millones del presupuesto
que le fue asignado mediante ley para 2019. No obstante, es oportuno aclarar, que conforme
lo establece la Constitución Política en su artículo 180 y el principio presupuestario de
especialidad cuantitativa y cualitativa (artículo 5, inciso f de la Ley N.° 8131), las asignaciones
presupuestarias constituyen el límite máximo de autorizaciones para gastar; por lo cual, debe
entenderse entonces, que no se trata de una devolución de recursos, como señala la
administración de la institución, sino de un acto mediante el cual se desestima el uso de
recursos, lo cual beneficia a la Hacienda Pública, en el tanto, tratándose de un presupuesto
deficitario, no es necesario salir al mercado financiero a buscar financiamiento para dar
sustento a los recursos asignados, que en este caso representaban los ¢600,0 millones.
Finalmente, en atención a los resultados de la ejecución presupuestaria, se establecen las
siguientes recomendaciones,
A la Dirección Ejecutiva:
Instruir a la unidad que corresponda, la realización de un análisis y revisión de los procesos de
ejecución del presupuesto, con el fin de tomar medidas que resulten efectivas para mejorar la
utilización de los recursos asignados o ajustar la solicitud de recursos a la capacidad de
ejecución de la institución, que en el trienio se estableció en un promedio de 88,0%.
Dar seguimiento a las medidas correctivas y los plazos propuestos para su implementación,
así como evaluar sus resultados, con el fin de que se apliquen o modifiquen oportunamente
las medidas que pretendan corregir las debilidades en la gestión de los recursos financieros.
Las recomendaciones anteriores, no menoscaban la potestad del Jerarca institucional de tomar
acciones distintas de las que aquí se proponen, guardando la relación que corresponde con los
aspectos a los que se les quiere dar solución o mejorar en las mismas. Por tal razón, se solicita
comunicar a la Dirección General de Presupuesto Nacional, a más tardar el primer cuatrimestre de
2020, sobre las acciones que se deriven de las recomendaciones anteriores, los responsables de
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las mismas y plazos establecidos, en el entendido de que dichas acciones deberán impactar los
resultados de la ejecución presupuestaria de 2020 y la formulación del presupuesto de los años
siguientes.
Elaborado por:Marcos Vinicio González Valerin
Analista Presupuestario,Unidad de Análisis Presupuestario PoderesDirección General de Presupuesto Nacional
Aprobado por:Fanny Morales Mendoza
Coordinadora,Unidad de Análisis Presupuestario PoderesDirección General de Presupuesto Nacional
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