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ESCRITO DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS No. 01 PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA No. 004 de 2013 SEGURIDAD ATLAS LTDA. (25/09/2013) 1. Numeral 2.6.11 Certificaciones de Calidad. Respetuosamente solicitamos eliminar del pliego de condiciones el requerimiento de Certificación de Calidad ISO 9001-2008; en razón que de acuerdo al artículo 5 parágrafo 2 de la Ley 1150/2007; las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no podrán ser objeto de calificación, ni tampoco podrán establecerse como documento habilitante para poder participar en licitaciones o concursos. RESPUESTA: VER ADENDA 2. Numeral 2.6.12. Rup. Respetuosamente solicitamos modificar la clase 7492 por 7490, toda vez que de acuerdo a la última clasificación realizada y la cual podrán verificar en la página 55 de la CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS- Revisión 4 adaptación para Colombia CIIU Rev 4AC (adjunta a este email) y la cual fue adoptada por la DIAN mediante resolución No. 0139 de noviembre de 2012 (adjunta a este email), esta fue cambiada a 7490, según se establece en el siguiente aparte, el cual se transcribe:

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ESCRITO DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS No. 01 PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA No. 004 de 2013

SEGURIDAD ATLAS LTDA. (25/09/2013)

1. Numeral 2.6.11 Certificaciones de Calidad. Respetuosamente solicitamos eliminar del pliego de condiciones el requerimiento de Certificación de Calidad ISO 9001-2008; en razón que de acuerdo al artículo 5 parágrafo 2 de la Ley 1150/2007; las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no podrán ser objeto de calificación, ni tampoco podrán establecerse como documento habilitante para poder participar en licitaciones o concursos.

RESPUESTA: VER ADENDA

2. Numeral 2.6.12. Rup. Respetuosamente solicitamos modificar la clase 7492 por 7490, toda vez que de acuerdo a la última clasificación realizada y la cual podrán verificar en la página 55 de la CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS- Revisión 4 adaptación para Colombia CIIU Rev 4AC (adjunta a este email) y la cual fue adoptada por la DIAN mediante resolución No. 0139 de noviembre de 2012 (adjunta a este email), esta fue cambiada a 7490, según se establece en el siguiente aparte, el cual se transcribe:

“Las actividades de investigación y seguridad, establecidas en la clase 7492, en CIIU Rev. 3.1 A.C., se remiten en su mayoría, en CIIU Rev. 4 A.C., a la división 80, ((Actividades de seguridad e investigación privada», definiendo las clases 8010, «Actividades de seguridad privada», 8020, «Actividades de servicios de sistemas de seguridad», y 8030, «Actividades de detectives e investigadores privados»; pero se mantiene para Ia clase 7490, «Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.», Ia actividad de consultoría en seguridad”

Por Ia razón anteriormente expuesta solicitamos verificar Ia documentación adjunta, ya que ésta es Ia actualmente vigente y que rige.

RESPUESTA: VER ADENDA

3. Capitulo III — Cuadro Servicios a cotizar: En referencia al ítem I del capítulo lii, solicitamos aclarar:

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RESPUESTA: Todos los servicios, se ajustarán a las necesidades de la empresa, de acuerdo a los requerimientos del supervisor y/o modificaciones operativas, que ameriten cambios.

En todo caso, se cancelarán mensualmente únicamente los servicios prestados y aquellos que sean certificados por el supervisor del contrato.

CIUDAD UBICACIÓN

BOGOTÁ

Central de Tratamiento

Diurnas

Sin domingos ni festivos

Bodegas Distribución

CALI Central de Tratamiento

Diurnas sin festivos

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MEDELLÍN Central de Tratamiento

Diurnas sin festivos

BARRANQUILLA Central de Tratamiento

Diurnas sin festivos

BUCARAMANGA Central de Tratamiento

Diurnas sin festivos

IBAGUÉ Central de Tratamiento

Diurnas sin festivos

MANIZALES Central de Tratamiento

Diurnas sin festivos

4. Capítulo Ill Item 2. Servicio de conductor escolta en la ciudad de Bogotá.

RESPUESTA:

El servicio en que horario se realiza? 24 horas todo el mes?

R: El horario de prestación de servicio será sujeto al Decreto Nº 007-2002, de presentarse horas extras o jornada nocturna, se informara a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a Servicios postales Nacionales

El servicio cuenta con un auxilio adicional para rodamiento establecido por 472.

R: No, los vehículos serán puestos a disposición por SPN para la prestación de este servicio.

4-72 reconocerá el valor correspondiente a viáticos en caso que el servicio requiera de desplazamiento y estadidad en otros municipio?

R: Si, se informara a la empresa de vigilancia de dicha novedad, para que se consignen al trabajador y sean facturadas a SPN.

5. Capítulo Ill Item 3. Servicios especiales de seguridad (Supervisores deproceso)

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El servicio en que horario se realiza? 24 horas todo el mes?

RESPUESTA: El horario de prestación de servicio será sujeto al Decreto Nº 007-2002, de presentarse horas extras o jornada nocturna, se informara a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a 4-72.

Es exclusivo para 472?

RESPUESTA: Si, Solo se prestara el servicio para los procesos a fines de 4-72 y su operación.

6. Capítulo Ill ítem 4. Servicios especiales de Seguridad.

RESPUESTA:

El servicio en que horario se realiza? 24 horas todo el mes?

R: El servicio se prestara 12 horas nocturnas permanentes.

Es exclusivo para 472?

R: Si, Solo se prestara el servicio para los procesos a fines de 4-72 y su operación.

Debe contar con dotación adicional a medio de comunicación vía avantel?

R: Medio de comunicación a nivel nacional vía avantel y aquellos que el derecho laboral disponga.

7. Capítulo III ítem 5. Servicio Motorizado escolta Mercancía.

RESPUESTA:

El servicio en que horario se realiza? 24 horas todo el mes?

R: El horario de prestación de servicio será sujeto al Decreto Nº 007 de 2002, de presentarse horas extras o jornada nocturna, se informara a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a SPN.

El servicio cuenta con auxilio adicional de rodamiento establecido por 472?

R: No, El rodamiento deberá ser contemplado por la empresa de seguridad.

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472 reconocerá el valor correspondiente de viáticos en caso de desplazamiento y estadía en otros municipios?

R: Si, se informara a la empresa de vigilancia de dicha novedad, para que se consignen al trabajador y sean facturadas a SPN.

Cuáles serán los recorridos que realizará este servicio?

R: De acuerdo a la necesidad operativa y análisis de riesgos de 4-72

Este servicio será motorizado?

R: Si, Servicio Motorizado escolta Mercancía

De ser correcta nuestra apreciación 472 requiere alguna especificación de moto?

R: Si, Cilindraje mínimo 180 c.c.

8. Capítulo Ill ítem 6. Servicios Refuerzos de Vigilancia.

RESPUESTA: El horario de prestación de servicio será sujeto al Decreto Nº 007-2002, de presentarse horas extras o jornada nocturna, se informara a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a 4-72.

9. Capítulo Ill ítem 13.Solicitamos aclarar si se debe adjuntar la documentación que dé cumplimiento a lo establecido en dicho ítem?

RESPUESTA: Si, se debe adjuntar la documentación solicitada

Se debe acreditar sólo un técnico a nivel nacional o uno por cada ciudad (Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga Ibagué y Manizales).

RESPUESTA: Si, solo un técnico a nivel nacional Ubicado en Bogotá

10. Numeral 3.10. Certificado Vinculación red de apoyo Policía Nacional.

En razón que el objeto del contrato se ejecutará en las ciudades Bogotá,Cali, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga, Ibagué y Manizales, solicitamos respetuosamente requerir a los proponentes allegar certificaciones que acrediten encontrarse vinculado a la red de apoyo de la policía de cada una de las ciudades anteriormente relacionadas.

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RESPUESTA: Con el fin de garantizar la participación de proponentes, se mantendrá lo consagrado en los pliegos de condiciones, sin embargo será obligación del adjudicatario del contrato vincularse a las redes de apoyo de las siguientes ciudades: Cali, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga, Ibagué y Manizales.

11. Numeral 3.12. Carta compromiso mantenimientos Preventivos, correctivos yTraslados sistemas electrónicos.

Respetuosamente se solicita a la administración replantear la solicitud de estos mantenimientos son sin costo adicional para Servicios Postales Nacionales SA, a su vez en caso de traslados de equipos por necesidades del servicio que no superen el 10% del total de la instalación, esto no tendrán costo para Servicios Postales Nacionales s.a. en razón a que de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada en su decreto 4950/2007 y circular 015/2013, todo servicio o bien adicional al establecido en el Decreto 4950/2007 debe ser cotizado y cobrado a precio de mercado.

Para mayor claridad de la entidad se transcribe lo establecido en la circular 015/20107 numeral 5 VALORESAGREGADOS:

De conformidad con lo establecido en el Decreto 4950 de 2007, cuando los usuarios contratantes requieran de servicios o bienes adicionales, éstos deberán ser cotizados o propuestos por las empresas o corporativas de vigilancia y seguridad privada que los ofrezcan a precio o valores reales y de mercado y por ende deben ser contratados de esa manera por quienes están interesados en ellos, so pena de incurriri en prácticas restrictivas de la competencia como por ejemplo precios predatorios, es decir q aquellos que dan a los clientes de un mercado competitivo o cuyas tarifas no estén sujetas a regulación , tarifas inferiores a los costos la regulación, tarifas inferiores a los costos operacionales, especialmente cuando Ia misma empresa presta servicios en otros mercados en los que sus tarifas están sujetas a regulación con el ánimo de desplazar competidores o ganar posición dominante ante el mercado o ante clientes potenciales.

En estos casos los servicios de vigilancia serán acreedores a Ias sanciones correspondientes. Se recomienda a Ias entidades públicas o privadas que requieran contratar servicios adicionales evitar Ia incursión en Ias siguientes prácticas, Ias cuales son repudiadas por Ia legislación y Ia normatividad sectorial, en todo caso, en razón de que afectan el mercado ya sea en Ia relación con Ia competencia, con ia asimetría de información en que se halla el contratante respectivo o con el desconocimiento de los derechos laborales de los vigilantes

El otorgamiento de descuentos financieros de cualquier índole cuyo efecto sea el pago de una cifra inferior a Ia tarifa regulada. El otorgamiento de descuentos por pronto pago.

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La subcontratación o presentación de consorcios o uniones temporales con empresas o cooperativas dedicadas a Ia intermediación laboral para vincular al personal operativo de vigilancia y seguridad privada.

La demanda y oferta adicional de personal de supervisión u operación del servicio de vigilancia y seguridad privada sin el reconocimiento en el precio final de, por lo menos, el costo laboral en que incurre por el mismo Ia empresa o cooperativa que se pretende contratar

La demanda y oferta de equipos para Ia vigilancia y seguridad privada, sopretexto de ser valores agregados, a precios irrisorios o de amortizaciones contables por depreciación que no responden el valor real de mercado y a los costos asociados de instalación y mantenimiento de los mismos.

La Supervigilancia estará atenta a preservar el orden jurídico y a actuar, dentro de sus competencias, en Ia salvaguardia de Ias buenas prácticas comerciales y a remitir a Ia autoridad respectiva cualquier actividad que considere atentatoria de los derechos del consumidor y de Ia preservación de Ias condiciones de libre y sana competencia en el mercado.

Por Ia razón anteriormente expuesta, se solicita a Ia entidad modificar el ítem en mención y solicitar a los posibles proponentes que se cotice en su propuesta económica a precios de mercado el valor correspondiente a dichos mantenimientos y los traslados de equipos.

RESPUESTA: El proponente debe garantizar que los equipos por él suministrados para la ejecución del contrato se mantendrán en debidas condiciones de funcionamiento, razón por la cual se mantiene lo establecido en el pliego de condiciones en este sentido.

12. Solicitamos aclarar si el valor a establecer en el recuadro “valor Servicios mensual incluido impuestos” que aparece en los numerales 3.15.3, 3.15.4;

3.15.5; 3.15.6; 3.15.7; 3.15.8; 3.15.9; 3.15.10; 3.15.11; 3.15.12 y 3.15.13, es el valor unitario por el servicio á el valor correspondiente al valor unitario por el total de servicios requeridos?

RESPUESTA: Se refiere al valor total del número de servicios requeridos

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13. Solicitamos aclarar si Ia visita técnica es obligatoria o no? Se encuentra discrepancia entre lo establecido en el numeral 1.8 y 3.15.13 página 31 segundo párrafo.

RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 1.8 del pliego de condiciones la visita técnica no era de carácter obligatorio, razón por la cual es viable si a la misma asistieron personas diferentes al director del proyecto de seguridad mencionado en el citado numeral.

14. Numeral 3.15.11 Respetuosamente solicitamos aclarar si lo requerido es: “Cáms—4P—con sensor infrarrojos pasivo (PIR)” o cámaras IP con leds infrarojos para visualizar en total oscuridad?

RESPUESTA: Su solicitud no procede se mantiene lo consagrado en los pliegos de condiciones donde se solicitan “cámaras IP con sensor infrarrojos pasivo (PIR)”

SEGURIDAD ATLAS LTDA. (25/09/2013)

1. Solicitamos muy amablemente a la entidad aclarar en el numeral 4.4.1.4 CALIDAD DEL PERSONAL. El cual expresa:

“Copia del curso de Protección a Dignatarios de Escoltas, todo el personal debe estar acreditado ante la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada”

Esto hace referencia al diploma del curso de escoltas emitido por una escuela de capacitación debidamente avalada por la superintendencia de Vigilancia.

RESPUESTA: Si, hace referencia al diploma del curso de escoltas emitido por una escuela de capacitación debidamente avalada por la superintendencia de Vigilancia.

2. Solicitamos muy amablemente a la entidad estudiar la posibilidad de modificar el numeral 5.5 FORMA DE PAGO, y el pago sea 30 días calendario, toda vez que el 90% del valor corresponde a gastos operativos generados por el personal que presta los servicios los cuales se deben cancelar oportunamente, por lo que un pago a casi 50 días conllevaría a que las empresas deban soportar una carga operativa la cual puede generar un desequilibrio económico.

RESPUESTA: VER ADENDA

3. Solicitamos muy amablemente a la entidad modificar en el numeral 5.8 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Ítem 21 donde expresa:

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“Suministrar e instalar los equipos básicos de transmisión para el monitoreo de alarmas para los sitios incluidos en la propuesta, a medida que se instalen los sistemas de alarma en los sitios definidos por Servicios Postales Nacionales S.A. Para los sistemas de alarma que se encuentran instalados se deberá contar con transmisión GPRS en un plazo no mayor a 10 días calendario (Subrayado fuera de Texto) contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato en caso de requerir ajustes en la cantidad de equipos a suministrar por el contratista, está deberá ser previamente evaluada con el supervisor del contrato y de no ser posible su instalación se relanzara por vigilantes sin costo alguno durante la instalación de la transmisión para el monitoreo de alarmas.”

Solicitamos que este tiempo sea mayor, toda vez que la entidad solicita los equipos nuevos los cuales deben ser importados por nuestros proveedores, lo que conlleva a tener un tiempo de importación, nacionalización e instalación de los mismos mínimo de 30 días calendario para cumplir con este requerimiento

RESPUESTA: Su solicitud no procede, por lo tanto se mantiene lo consagrado en los pliegos de condiciones.

OBSERVACIONES PRESENTADAS EN LA ADUCIENCIA DE ACLARACIONES – 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013.

SERVICONFOR LTDA.

Numeral 2.6.11. solicita que el alcance de los servicios incluya escolta de mercancía, solicitamos se omita estos términos y se de oportunidad a las empresas que no hemos prestado este servicio.

RESPUESTA: Su solicitud no procede, por lo tanto se mantiene lo consagrado en los términos de referencia.

Numeral 2.7. Crecimiento ebitda: solicitamos se acepte que sea mayor a cero positivo y no que se limite a mayor que 1 dando pluralidad de oferentes.

RESPUESTA: Su solicitud no procede, por lo tanto se mantiene lo consagrado en el pliego de condiciones.

Numeral 3.7. Tercer párrafo: que el proponente debe explicar cuales de las certificaciones adjuntas a la propuesta son experiencia mínima y cual experiencia especifica, por favor aclarar a que corresponde cada término de experiencia.

RESPUESTA: VER ADENDA

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Numeral 4.4.1.1. Solicita que el proponente para adquirir ciento puntaje demuestre experiencia en ejecución, instalación y puesta en funcionamiento central de cámaras y CCTV, mas adelante dice que la entidad si lo considera conveniente realizará una visita técnica de inspección para comprobar lo anterior quiere decir que esta experiencia certificada debe ser de contratos en ejecución y de ser asi nos parece que se estaría limitando el proceso evitando que haya pluralidad de oferentes por otro lado sino son contratos en ejecuccion y ya se han terminado los mismos como podrían confirmar o comprobar que prestamos dicho servicio.

RESPUESTA: La verificación de la experiencia en ejecución, instalación y puesta en funcionamiento de central de cámaras y CCTV se realizará a través de las certificaciones que allegue el proponente de contratos ejecutados o en ejecución. Como lo señala el numeral 4.4.1.1., Servicios Postales Nacionales durante el término de evaluación y hasta la adjudicación del contrato, podrá contactar a las personas necesarias para verificar la información incluida en la propuesta, es decir comunicándose con el contacto señalado en la referida certificación quien dará información sobre el cumplimiento del contrato, bien haya sido ejecutado o se encuentre en ejecución o si lo considera pertinente SPN podrá realizar la visita respectiva, para verificar el funcionamiento de este servicio respecto de los contratos en ejecución.

Numeral 4.4.1.2: Solicitan que el proponente posea una central de monitoreo propias sede principal y una central de apoyo en otra sede o agencia. Solicitamos se acepte un compromiso que de ser el futuro contratista se dará cumplimiento a lo requerido

RESPUESTA: Su solicitud no se acepta y se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones, por cuanto para la entidad es importante que el contratista cuente con la experiencia en la operación de centrales de monitoreo.

Numeral 4.4.1.3. Hoja de vida director proyecto. Requieren ciertos requisitos que en conjunto no todas las empresas daríamos cumplimiento, solicitamos se acepte que tenga el título profesional y experiencia y se omita la credencial de consultor y especialista en administración de seguridad.

RESPUESTA: VER ADENDA

Numeral 4.4.1.3: No exigir que tenga vinculación laboral

RESPUESTA: VER ADENDA

SU OPORTUNO SERVICIO LTDA.

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Numeral 2.6.11 Certificaciones de Calidad. Se expresa en este numeral que el proponente presentará certificación de calidad bajo la norma ISO 9001 con alcance de vigilancia fija y móvil con armas, medios tecnológicos, Monitoreo de alarmas, escolta o Personas y Mercancías y Servicios conexos de Consultoría e Investigación.

Al revisar el objeto del contrato, se observa que el mismo no incluye los servicios antes subrayados, razón por la cual solicitamos que el ISO sea exigido acorde con el objeto del contrato. Lo anterior con base en el principio de selección objetiva.

RESPUESTA: VER ADENDA

Numeral 4.4.1.3 Director del Proyecto de Vigilancia Electrónica. Una vez revisado el perfil solicitado por La Entidad, no se entiende la exigencia de la especialización en Administración de la seguridad, la cual no es acorde con las funciones de dicho Ingeniero, por esta razón, solicitamos se permita que la especialización sea afín a las áreas de ingeniería.

RESPUESTA: VER ADENDA

Adicionalmente solicitamos disminuir la vinculación directa con el proponente a por lo menos 2 años, puesto que esta en ningún caso afecta la idoneidad de dicha persona.

RESPUESTA: VER ADENDA

COBASEC

Numeral 2.6.11 – Certificaciones de Calidad. Se solicita modificar el alcance de la certificación dado que adicionarle el término monitoreo, servicio conexo de asesoría, actualmente limita la participación de oferentes.

RESPUESTA: VER ADENDA

Numeral 4.4.1.3. Hoja de Vida director de proyecto – Se solicita revisar el perfil dado que actualmente esta direccionado para una empresa, se solicita revisar y minimizar las condiciones descritas.

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RESPUESTA: VER ADENDA

Numeral 1.8 – Visita técnica, pide que la visita la realice el director de proyecto en seguridad electrónica y de acuerdo al numeral 4.4.1.3 esto limita la participación y adicional desmerita la capacidad de las personas que la realizaron y no cumplen con el perfil solicitado por la entidad.

RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 1.8 del pliego de condiciones la visita técnica no es de carácter obligatorio, es viable si a la misma asistieron personas diferentes al director del proyecto de seguridad mencionado en el citado numeral y la no asistencia por pate del proponente interesado no impide la presentación de su propuesta, ni será considerado causal de rechazo.

SEGURIDAD ATLAS LTDA

En razón que se presenta manejo de paquetes, se recomienda a la entidad solicitar al proponente aportar dentro de la propuesta certificación BASC y Cadena de Abastecimiento (Suministro) (28.000/07) en razón que se puede presentar contaminación de la mercancía y la empresa de seguridad proveedoras del servicio debe contar con protocolos que permitan el manejo de estos.

RESPUESTA: VER ADENDA

GUARDIANES

En pro de dar cumplimiento al principio de transparencia e igualdad nos permitimos manifestar que se evidencian dentro de los pliegos de condiciones en el numeral 4.4.1.3 donde se describen las características de obligatorio cumplimiento de director de proyecto se están solicitando varias características como por ejemplo, el certificado de consultor emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

RESPUESTA: VER ADENDA

Dentro del requisito de certificado de calidad ISO 9000 solicitan que dentro de este se encuentre el monitoreo de alarmas la cual no es normal que se solicite.

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Viendo estos requisitos de carácter excluyente se evidencia que este proceso de contratación se encuentra claramente direccionado, ya que son limitadas las compañías del medio que cuentan con estas y si bien se busca dar pluralidad y transparencia a proceso y demás oferentes, solicitamos se eliminen este tipo de requerimientos.

RESPUESTA: VER ADENDA

PROSEGUR VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA LTDA.

Numeral 2.6.11 Certificaciones de Calidad, solicitamos comedidamente eliminar la solicitud de incluir la modalidad de “Servicio Conexo de Asesoría y consultoría e investigación toda vez que la entidad certificadora no emite dicho documento y con esta inclusión se limita la participación.

RESPUESTA: VER ADENDA

Numeral 3.1. Licencia de funcionamiento, solicitamos a la entidad en cumplimiento con el Decreto Ley 019 y Circular No. 015 expedida por la Supervigilancia, permitir que las compañías que se encuentren en trámite de renovación de la licencia de funcionamiento adjunten el radicado de solicitud de renovación y la respectiva certificación de vigencia de la licencia. Lo anterior con base en lo establecido en la normatividad mencionada, que en aquellos casos donde por demoras del ente que emite los permisos no se haya dado un pronunciamiento al respecto el acto administrativo se entenderá vigente hasta que la entidad expida una nueva resolución.

RESPUESTA: VER ADENDA

Estudio de Conveniencia y Oportunidad – Hoja de Vida del director. En procesos pasados la entidad ha solicitado un coordinador de vigilancia y un coordinador del proyecto tecnológico, pero notamos con extrañeza que a pesar que en éste nuevo proceso se han ampliado criterios, se realiza el requerimiento de un perfil especializado en temas electrónicos pero a la vez con aspectos de vigilancia como son: Especialización en seguridad y credencial de consultor. Por lo anterior y con la finalidad de ampliar la participación, solicitamos respetuosamente a la entidad solicitar un coordinador de seguridad electrónica que cumpla los demás criterios establecidos en anteriores procesos.

RESPUESTA: VER ADENDA

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VISE LTDA

Capitulo III Numeral 2 a donde (Ciudades) se ubicarán los 38 SS de supervisión?

RESPUESTA: Los servicios de supervisor deben ser ubicados en las regionales de SPN en el territorio nacional, de acuerdo a la necesidad de la empresa, por tal razón, dicho proceso es a nivel nacional.

Los salarios enunciados “básicos” ¿Sobre este valor se cancelaran horas extra dominicales y demás recargos de ley? Hágase extensible para los salarios de conductor, escolta, supervisores, servicios especiales.

RESPUESTA: La liquidación se realizara de acuerdo al salario básico para cada uno de los servicios.

En el 3.7 experiencia, son ¿3 específicas? y ¿3 experiencia mínimas? Las certificaciones de experiencia del numeral 4.4.11 son diferentes al numeral 3.7

RESPUESTA: VER ADENDA

El numeral 5.8 “Entregar las hojas de vida incluido el director del contrato al momento de la adjudicación.

RESPUESTA: Los soportes de las hojas de vida del personal propuesto deben ser presentadas por el proponente en su oferta con el fin que los requisitos mínimos solicitados sean objeto de verificación y evaluación, so pena de tener por no cumplido el requisito.

Se deben cotizar todos los servicios los días hábiles.

RESPUESTA: No se aclara a qué tipo de servicio se refiere, por lo tanto no se puede dar una respuesta.

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Se deben excluir de la cotización económica los días festivos

RESPUESTA: No se aclara a qué tipo de servicio se refiere, por lo tanto no se puede dar una respuesta.

Ampliar la fecha de cierre

RESPUESTA: No se accede a tal solicitud

Modificar el perfil de la hoja de vida coordinador, 9 años de experiencia donde 5 sean con la misma empresa? Revaluar

RESPUESTA: VER ADENDA

En los numerales 3.15.9/3.15.10/3.15.11 expone que se debe incluir materiales para los mantenimientos correctivos. Se solicita un listados de los equipos señalados en estos numerales debido que debemos prever un inventario. Favor enlistar los equipos a los cuales se les debe preveer reunp la 30. Agradecemos se especifiquen por ciudad.

RESPUESTA: Para cada periférico se calcula una distancia promedio de 12m y los mantenimientos se harán de acuerdo a la necesidad que se presente durante la ejecución del contrato.

CENTINEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013

2.6.11 Certificaciones de calidad

Teniendo en cuenta que el objeto del presente proceso es “Prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada con armas, sin armas y apoyo con medios tecnológicos, de los bienes muebles e inmuebles, que conforman las sedes, e intereses patrimoniales de Servicios Postales Nacionales y de todos aquellos de los cuales sea o llegare a ser legalmente responsable”, solicitamos ajustar el presente numeral al objeto del proceso, toda vez que este no incluye los servicios de Monitoreo de alarmas, escolta a Personas y mercancías, y Servicio Conexo de Consultoría, Asesoría e Investigación, razón por la cual la certificación de calidad solicitada debe ajustarse al objeto del contrato.

RESPUESTA: VER ADENDA

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2.7. Documentos de carácter financiero Indicador crecimiento Ebitda. Mayor o igual a 1.0.Solicitamos a la entidad modificar este numeral ya que el indicador solicitado resulta ser limitante y excluyente ya que el indicar que este indicador sea mayor o igual a 1.0 veces, obligaría que la empresa tuviera un crecimiento del 100%, lo cual es de imposible cumplimiento. Adicionalmente se debe tener en cuenta que la importancia de este indicador es q no sea negativo.

RESPUESTA: No se acoge tal solicitud, se mantienen las condiciones financieras solicitadas en el pliego.

3.1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y CERTIFICADO SOBRE VIGENCIA DE LA LICENCIA (Decreto Ley 356/1994 Y Decreto 2187/2001

Recordamos a la Entidad lo establecido en el Decreto 19 de 2012, Articulo 35. Cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización, y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación. (subrayado y negrita fuera de texto), por lo cual solicitamos modificar este numeral y permitir la presentación de certificaciones en donde se indique que la licencia se encuentra en trámite.

RESPUESTA: VER ADENDA

4.4.1.1. EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PROPONENTE EN EJECUCIÓN, INSTALACIÓN, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CENTRALES DE CÁMARAS Y VIGILANCIA ELECTRÓNICA: Al cumplimiento de todos los requerimientos solicitados se le otorgaran (10 puntos).

Este requisito resulta ser totalmente limitante, toda vez que el valor de las certificaciones solicitadas (máximo 2) es demasiado alto para las empresas de seguridad y vigilancia privada, ya que nuestro principal objeto social no es el de instalar centrales de cámaras y mucho menos a un solo cliente, tal como lo solicitan en el pliego de condiciones. Por lo anterior solicitamos a la Entidad modificar el numeral y permitir la acreditación de esta experiencia con las certificaciones solicitadas en el numeral 3.7. En su defecto bajar el valor de la sumatoria de las certificaciones y aumentar el número de certificaciones con las cuales se puede acreditar este requisito.

RESPUESTA: No se acepta tal solicitud, y se mantiene la exigencia del pliego de condiciones en este sentido, por cuanto para la entidad es importante contar con un proponente que tenga experiencia en la operación de centrales de monitoreo.

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4.4.1.2. CENTRAL DE MONITOREO PROPIA DEL PROPONENTE: Al cumplimiento de todos los requerimientos solicitados se le otorgaran (15 puntos.)Notamos con extrañeza como la Entidad parece direccionar este proceso a empresas que cuenten con central de monitoreo propia y con unas exigencias demasiado altas para empresas de seguridad y vigilancia privada, limitando la participación de oferentes que pueden prestar el mismo servicio apoyándose en otras empresas del sector con las que se tengan convenios. Solicitamos a la Entidad en virtud de los principios de transparencia y con el fin de permitir pluralidad de oferentes elimine este criterio de calificación.

RESPUESTA: No se acepta tal solicitud, y se mantiene la exigencia del pliego de condiciones en este sentido, por cuanto para la entidad es importante contar con un proponente que tenga experiencia en la operación de centrales de monitoreo.

4.4.1.3. HOJA DE VIDA DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA: (15 puntos).

Nuevamente recordamos a la Entidad que el objeto del presente proceso es “Prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada con armas, sin armas y apoyo con medios tecnológicos, de los bienes muebles e inmuebles, que conforman las sedes, e intereses patrimoniales de Servicios Postales Nacionales y de todos aquellos de los cuales sea o llegare a ser legalmente responsable. “, y solicitamos que el perfil requerido se ajuste al objeto principal de este tipo de empresas, la mayoría de empresas no contamos con un profesional con las calidades que exige el pliego y con el tiempo de vinculación que solicita la entidad.

En caso de que esto no sea posible solicitamos que se asigne el puntaje a proponentes que presenten un compromiso, como los solicitados en otros apartes del pliego, en donde se especifique que en caso que nos sea adjudicado el proceso el director del proyecto contara con el perfil requerido por la Entidad.

RESPUESTA: VER ADENDA

4.4.1.4. CALIDAD DEL PERSONAL OFRECIDO (15 Puntos) Curso de especialización en entidades oficiales y que se encuentren certificados en Competencias laborales por el Sena.Solicitamos a la Entidad asignar el puntaje de este numeral al proponente que cumpla con u otro de los cursos y certificaciones aquí solicitadas, es decir, asigne el mayor puntaje si el número de personal (50 ó más) cuenta con el curso de especialización en Entidades oficiales y/o cuenta con la certificación en competencias laborales.

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RESPUESTA: No se acepta tal solicitud, se mantiene lo establecido en el pliego de condiciones.

SUPERIOR LTDA. SEPTIEMBRE DE 2013

1.3 PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial para atender la ejecución del objeto de la presente Convocatoria Pública, es de hasta TRES MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($ 3.150.000.000) incluido IVA y demás impuestos a que haya lugar, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP No. 3561 del 12 de septiembre de 2013 y certificación de autorización para comprometer vigencias futuras en el presupuesto de gastos en la vigencia fiscal 2014, por valor de dos mil cuatrocientos cincuenta millones de pesos m/cte. ($2.450.000.000.oo).

De manera respetuosa solicitamos se sirvan publicar el estudio previo de mercado y establecer el estudio de mercado en el cual se basaron para fijar el presupuesto, de la misma manera solicitamos aclaren si se debe efectuar proyección de incremento de la tarifa económica para el año 2014 teniendo en cuenta que estas se debe reajustar en el mismo porcentaje del salario mínimo legal mensual, para hacer las ofertas comparables o si se efectuara el reajuste por parte de la entidad

RESPUESTA: El estudio se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaría General de la entidad.

1.8. VISITA TÉCNICA En la fecha y hora determinada en el cronograma, se llevará a cabo la visita de inspección a las sede ubicada en la Diagonal 25G No 95A – 55 Bogotá y a la cual deberá asistir el Director del Proyecto de Seguridad Electrónica quien deberá ser el mismo que el proponente incluya en su propuesta, dicha visita no es de carácter obligatorio.

Teniendo en cuenta que el pliego en el numeral anterior especifica claramente que la visita no será obligatoria solicitamos amablemente se aclare y ajuste el aparte anotado anteriormente para que se aclare tal situación, con el fin de que no se generen rechazos por la ambigüedad del pliego.

RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 1.8 del pliego de condiciones la visita técnica no es de carácter obligatorio, es viable si a la misma asistieron personas diferentes al director del proyecto de seguridad mencionado en el citado numeral y la no asistencia por pate del proponente interesado no impide la presentación de su propuesta, ni será considerado causal de rechazo.

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2.6.9 Micro, pequeñas y medianas empresas – MIPYMES-

Respetuosamente solicitamos se evalúe la condición de mypime a través del RUP con la certificación que hace la Cámara de comercio en este documento

RESPUESTA: Para la verificación de este criterio se tendrá en cuenta lo señalado por el proponente la certificación que indique lo pertinente así como lo establecido en el RUP

2.6.12 Registro Único de Proponentes

Entendemos que el requerimiento se ajusta a la suspensión de la obligación de renovación por efectos de la reforma del decreto 1510 de 2013

RESPUESTA: VER ADENDA

2.7. DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO Indicador crecimiento Ebitda: Mayor o igual al 1.0

Señala por su parte el Decreto 734 de 2012 en su artículo 6.2.2.5 lo siguiente: “Artículo 6.2.2.5. Requisitos Habilitantes. Las entidades estatales contratantes deberán identificar y justificar los requisitos habilitantes exigidos a los proponentes en sus estudios previos definitivos y señalarlos en los pliegos de condiciones de los procesos de selección, los cuales serán probados con la información que de dichos proponentes conste en el certificado del Registro Único de Proponentes, tal y como lo dispone el numeral 1 del artículo 5° y el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto ley 019 de 2012. Los requisitos habilitantes y la información del Registro Único de Proponentes establecidos en los pliegos de condiciones deben ser coherentes, consistentes, suficientes y objetivos, que procure la escogencia –en el marco de la libre competencia– de los proponentes que puedan ejecutar exitosamente el objeto a contratar y los fines de Estado que con él se persiguen”. (Subrayado fuera del texto). Sea lo primero mencionar que no se encuentran identificados y justificados en los estudios previos del Proceso ninguno de los indicadores financieros que se solicitan en el pliego de condiciones del Proceso, incluyendo dentro de estos los de EBITDA y de crecimiento de EBITDA. No obstante lo anterior, nuestra solicitud va más en el sentido de no encontrar ninguno de los requisitos exigidos por la ley (coherencia, consistencia, suficiencia y objetividad) para que se

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soliciten los indicadores de EBITDA y de crecimiento de EBITDA en un proceso de contratación de los seguros de una entidad estatal. Es importante anotar que (i) el indicador de EBITDA determina las ganancias o la utilidad obtenida por una empresa o proyecto, sin tener en cuenta los gastos financieros, los impuestos y demás gastos contables que no implican salida de dinero en efectivo, como las depreciaciones y las amortizaciones; y (ii) el indicador de crecimiento de EBITDA determina el comportamiento del EBITDA entre dos periodos distintos. 6. Las anteriores son razones suficientes para afirmar que los indicadores explicados no son requisitos coherentes que sirvan para medir la capacidad de una compañía para asegurar a una entidad estatal, como si lo es el patrimonio de la misma. Es necesario mencionar que de conformidad con la ley y los estándares Internacionales de regulación, lo que deben cumplir las compañías es con unos requerimientos de solvencia (no de utilidad) que van a atados al riesgo de suscripción, el riesgo de activo y el riesgo de mercado (ninguno relacionado con el EBITDA), lo que finalmente garantiza que cuentan con un patrimonio sano, adecuado y de calidad. En otras palabras del mismo decreto, lo que se debe comprobar para conocer su capacidad para asegurar a una entidad estatal es si cuentan con un patrimonio técnico equivalente, como mínimo, al nivel de patrimonio adecuado. En este sentido, solicitamos que se eliminen los indicadores de EBITDA y de crecimiento de EBITDA del proyecto de pliego de condiciones del Proceso toda vez que no cumplen con los requisitos legales para ser solicitados en este tipo de procesos.

RESPUESTA: No se acoge tal solicitud, se mantienen los criterios financieros exigidos en el pliego de condiciones.

Servicios Postales Nacionales S.A. requiere contratar la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada que incluya el manejo de la central de seguridad, controles de accesos, monitoreo de alarmas, circuito cerrado de televisión, transportes de valores y manejo remoto de cajas fuertes con el propósito de minimizar los riesgos y vulnerabilidades que se presentan en la operación y manejo del correo postal, como de los servicios financieros de corresponsal no bancario y giros.

Entendemos que las empresas de vigilancia que acrediten las licencias a que se refiere el certificado de calidad requerido cumple con lo que esta buscando la empresa, lo anterior en razón a que las transportadoras de valores son objeto diferente al servicio de vigilancia y seguridad y dista esto de ser el objeto contractual. Por lo expuesto solicitamos se precise que no s esta contratando el servicio de transporte de valores y por ende no se requiere tal licencia, para que no subsistan causales de rechazo que no tienen nada que ver con el proceso en curso ni se generen requerimientos caprichosos.

RESPUESTA: VER ADENDA.

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. SERVICIOS DE VIGILANCIA NIVEL NACIONAL. Se solicitan 22 servicios de vigilancia con armamento y medio de comunicación vía avantel, Los servicios se deben cotizar según tarifa decreto 4950 de 2007, circular externa 015 del 14 de enero del 2013.

Reiteramos la solicitud de publicar el análisis económico que sustento la fijación del presupuesto. Lo anterior en razón a que el pliego establece que se fijaran valores de acuerdo a tarifas minimas y se observan adicionalmente otros valores agregados que no se discriminan en las estructuras de costos lo que afecta la ecuación contractual, entre ellas el requerimiento de ingeniero con altas calidades y otros de personal que implican ser consideradas en los costos la tarifa minima obliga a la minima formación y características de los guardas y en este sentido la entidad no puede requerir mas de lo básico establecido en la norma. En el caso que nos ocupa se requieren especializaciones, competencias laborales y otras calidades especiales que deben ser reconocidas en costos para mantener el equilibrio contractual. Solicitamos igualmente se aclare que el IVA se aplicara sobre el AIU que es diferente al AYS y que no puede ser inferior al 10% del valor del contrato.

RESPUESTA: El estudio de mercado se puede consultar en la Secretaría General de La Entidad.

Servicios de lunes a sábado

Solicito se aclare si se deben incluir festivos o no

RESPUESTA: No, no deben incluirse festivos.

2. SERVICIO DE CONDUCTOR ESCOLTA EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ. Se solicita 1 servicio de conductor-escolta con armamento pistola 9mm, chaleco y medio de comunicación vía avantel, el salario básico del conductor escolta es de $ 2.100.000.

3. SERVICIOS ESPECIALES DE SEGURIDAD (SUPERVISORES DE PROCESO). Se solicitan 38 servicios de supervisores de proceso con medio de comunicación a nivel nacional vía avantel, el salario básico de los supervisores de proceso es de $950.000.

4. SERVICIOS ESPECIALES DE SEGURIDAD. Se solicitan 11 servicios de operadores de proceso con medio de comunicación a nivel nacional vía avantel, el salario básico de los operadores es de $1.360.000.

5. SERVICIO MOTORIZADO ESCOLTA DE MERCANCÍA. Se solicita 3 servicios de motorizado escolta de mercancía con moto y medio de comunicación vía avantel

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6. SERVICIOS REFUERZOS DE VIGILANCIA. Se solicitan 45 servicios al mes cada uno de 12 horas diurnas normales, con armamento y medio de comunicación a nivel nacional vía avantel, para ser distribuidos mensualmente entre nuestras oficinas según las necesidades

Respetuosamente solicitamos se informe la jornada que requiere este servicio para efecto de consideración de otras cargas prestacionales en la confección de la oferta

RESPUESTA: Sujetarse a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones y a las respuestas dadas por la entidad en el mismo sentido.

7. SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS A NIVEL NACIONAL . Se solicitan 196 servicios de monitoreo para nuestras oficinas a nivel nacional, este monitoreo debe ser por medio de Transmisión inalámbrico con alcance nacional los cuales deben reportar a la central de la empresa de vigilancia con una estación espejo en las instalaciones de 4-72 para poder hacer auditoria al monitoreo, este servicios incluye reacción ante eventos.

Por favor aclarar si los sistemas de alarma son de propiedad de la entidad o deben ser instalados por el contratista.

RESPUESTA: Los sistemas de alarma deben ser suministrados por el Contratista a quien le corresponderá su instalación y mantenimiento por el término de ejecución del contrato.

8. SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD ELECTRONICA. Se solicitan 15 puntos de servicios técnico de mantenimiento de alarmas mensual y 15 puntos de CCTV, los cuales pueden incluir cambio de claves, correctivos, preventivos, traslados, todos estos se realizan por punto de alarma sin incluir materiales, ni equipos.

9. SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO CCTV, CONTROL DE ACCESO Y CENTRAL DE SEGURIDAD: Se solicitan 4 servicios de mantenimiento de CCTV y central de seguridad, este mantenimiento se debe realizar al inicio del contrato y posteriormente de manera trimestral para los sistemas d CCTV para cada una de las sedes principales (Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Medellín, Manizales, Cali e Ibagué), y la central de seguridad de 4-72 en Bogota. Incluye materiales.

Solicitamos nos informen la frecuencia con que se requerirán los mantenimientos preventivos y correctivos los lugares a realizarse y el estado de los equipos de ser posible relación de los

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mismos, antigüedad, y estado actual para efectos de costear los insumos y los desplazamientos vs frecuencia.

RESPUESTA: Los mantenimiento se harán de acuerdo a la necesidad de SNP

10. SERVICIO SISTEMAS DE ALARMAS 35 SEDES (1 panel, 1 teclado alfanumérico, 1 teclado numérico, 1 transformador, 1 batería, 1 sirena, 1 microswitch, 2 magnéticos livianos, 2 magnéticos pesados, 4 sensores de movimiento y 1 receptor con dos botones inalámbricos, 4 panicos fijos, breaker con caja, materiales, insumos e instalación

11 . SERVICIO DE CCTV IP OFICINAS 17 SEDES . Sistema IP,(1 grabador IP 4 canales,1 cofre de seguridad con cerradura dial mecánica, ups, switch de 8 puertos, 2 cámaras IP con sensor infrarrojos pasivo (PIR) formato h.264, micrófono y altavoz, 1 cámara IP con alimentación POE,con lente varifocal para interiores) materiales e instalación

12. SERVICIO DE INTRUSION Y TELEMETRIA PARA MANEJO DE CAJA FUERTE 10 SEDES (panel de control 128 entradas y 64 salidas, fuente de poder panel, 1 modem de transmisión GPRS, 2 teclados alfanumérico, tarjeta expansora, módulo de relevos, 1 electroimán, 6 sensores infrarrojo, 3 sensor magnético liviano, 3 sensores magnético pesado, fuente inteligente, 2 fuentes, 3 baterías, 3 transformadores, 1 breaker) materiales e instalación.

Entendemos que los ítems anteriores se requieren en arrendamiento y al terminar el contrato serán levantados por el contratista y se mantienen en su propiedad, agradecemos su aclaración

RESPUESTA: Los bienes suministrados e instalados por el contratista serán de propiedad de SPN.

13. SERVICIO TECNICO DE MANTENIMIENTO . Técnico electrónico o de sistemas con mínimo 3 años de experiencia en instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad física como circuitos cerrados de televisión, alarmas, sistemas de control de acceso y sistemas de intrusión, certificado de alturas.

Solicitamos aclarar que este requerimiento se refiere a un mero ofrecimiento y garantía por parte del contratista seleccionado y que sus calidades serán verificadas por el Interventor del contrato.

RESPUESTA: Los servicios de mantenimiento serán solicitados de acuerdo a las necesidades de SPN.

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3.1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y CERTIFICADO SOBRE VIGENCIA DE LA LICENCIA (Decreto Ley 356/1994 y Decreto 2187/2001)

Entendemos que no se aceptan licencias en trámite de renovación

RESPUESTA: VER ADENDA

3.3. LICENCIA DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES El proponente o uno de los miembros del Consorcio y/o Unión Temporal, para las empresas de vigilancia y seguridad privada deberán anexar la Licencia para la utilización de las frecuencias radioeléctricas a nivel nacional, expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con vigencia al cierre de la presente convocatoria

Respetuosamente solicitamos se ratifique si se requiere licencia de comunicaciones con cobertura a nivel nacional, ya que en numeral anterior expresamente se señala que se requieren los servicios con AVANTEL.

RESPUESTA: Si se requiere licencia a nivel nacional

3.6. AUTORIZACIÓN DEL MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL PARA LABORAR HORAS EXTRAS El proponente y cada uno de los miembros del Consorcio y/o Unión Temporal, para las empresas de vigilancia y seguridad privada deberán anexar autorización del Ministerio de la Protección Social para laborar horas extras a nivel nacional

Solicitamos aclarar que la autorización de horas extras se expide a la empresa no a los domicilios por ende quien cuenta con la autorización su cobertura tiene carácter nacional.

RESPUESTA: Sujetarse a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones.

3.8. LICENCIA DE AUTORIZACIÓN PARA OPERAR EN AGENCIAS O SUCURSALES A NIVEL NACIONAL. El proponente o uno de los miembros del Consorcio y/o Unión Temporal, para las empresas de vigilancia y seguridad privada deberá estar autorizado para operar a nivel nacional según licencia expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con vigencia al cierre de la presente convocatoria. El proponente debe garantizar la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada objeto del contrato, a nivel nacional

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Entendemos que se refiere al compromiso que menciona el numeral anterior de abrir sucursales o agencias en los sitios planteados por la entidad y con esto es suficiente

RESPUESTA: Sujetarse a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones.

“Me comprometo como Representante Legal del proponente a cumplir y entregar los sistemas electrónicos en su totalidad, numerales 1 a 19 en total funcionamiento máximo a los treinta (30) días calendario, contados a partir de la firma del contrato. De no ser así, autorizo a la Empresa Servicios Postales Nacionales S.A. a no realizar el pago de la factura por este concepto. Si esta demora llegare a superar los sesenta (60) días calendario, autorizo a Servicios Postales Nacionales S.A. a que se reserve el derecho de terminar el contrato, dado que (yo) como proponente estaría incumpliendo con la propuesta presentada.”

Respetuosamente solicito nos informen si el cableado es de la entidad o debe ser puesto por el contratista.

RESPUESTA: Respecto de los equipos que deba instalar el contratista el costo del cableado requerido debe ser asumido por el.

“Me comprometo como Representante Legal del proponente garantizar el funcionamiento continuo e ininterrumpido de los sistemas electrónicos, descritos en el pliego de condiciones y el estudio previo que hace parte integral del contrato que llegare a celebrarse. En consecuencia estoy en la obligación de realizar todos los mantenimientos correctivos y preventivos que fueran necesarios para garantizar el funcionamiento, dentro de las siguientes veinticuatro (24) horas de solicitud por parte del supervisor del contrato. Estos mantenimientos son sin costo adicional para Servicios Postales Nacionales S.A. a su vez en caso de traslados de equipos por necesidades del servicio que no superen el diez por ciento (10%) del total de la instalación, estos no tendrán costo para Servicios Postales Nacionales S.A.”

Solicitamos consulten con el organismo rector la expresa prohibición de ofrecer servicios sin costo, y solicitamos incluyan los valores correspondientes a los precios del mercado para que no exista desequilibrio contractual.

RESPUESTA: VER RESPUESTA ANTERIOR DADA EN ESTE SENTIDO.

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“Me comprometo como Representante Legal del proponente a garantizar el funcionamiento continuo e ininterrumpido del monitoreo de los sistemas de alarma en las oficinas de SERVICIOS POSTALES NACIONALES a nivel nacional. Por tal razón si en algún momento, por causas de fuerza mayor, entiéndase daño de equipos transmisores, o del canal de transmisión o sabotaje, estoy en la obligación de colocar un refuerzo de seguridad física o guarda de seguridad, mientras atiendo y doy solución a esta falla, sin que estos refuerzos causen un costo adicional para Servicios Postales Nacionales S.A.”

De quien son los equipos trasmisores? Esto puede afectar el equilibrio contractual.

RESPUESTA: Los equipos transmisores de alarmas son del contratista y al finalizar el contrato seguirán siendo de su propiedad.

3.14. EQUIPOS A INSTALAR: La omisión en la presentación de este documento NO SERÁ SUBSANABLE y generará el RECHAZO DE LA PROPUESTA. Se solicita el listado específico de los equipos nuevos a instalar. Para tal caso se deben relacionar marcas y referencias por cada ITEM, a su vez se debe adjuntar impreso los catálogos de los equipos a suministrar con el fin de verificar que los equipos ofrecidos cuentan con las características mínimas exigidas. Cabe precisar que todos los equipos y materiales a instalar deben ser nuevos y cubiertos por una garantía mínima de un (1) año expedida por el fabricante. En el evento en que el proponente ofrezca equipos que no cumplan con las características mínimas exigidas, esto generará el RECHAZO DE LA PROPUESTA.

Solicitamos aclarar de quien será la propiedad de los equipos, de igual forma solicitamos se excluya el requerimiento de marcas lo que expresamente esta prohibido por la norma a menos que no exista sino un proponente en las calidades de equipo requeridos.

RESPUESTA: El pliego no solicita del contratista el suministro de una marca específica solo que la determine en su propuesta, los equipos pasan a ser de propiedad de SPN una vez finalice el contrato.

SERVICIO DE INTRUSIÓN Y TELEMETRIA PARA MANEJO DE CAJAS FUERTES Se solicita para diez (10) SEDES, manejo de cajas fuertes así: 1 panel de control 128 entradas y 64 salidas, 1 fuente de poder panel, 1 modem de transmisión GPRS, 2 teclados alfanuméricos, 1 tarjeta expansora, módulo de relevos, 1 electroimán, 6 sensores infrarrojos, 3 sensores magnéticos livianos, 3 sensor magnéticos pesado, 2 fuentes, 3 baterías, 3 transformadores, 1 breaker

Solicitamos nos informen si las cajas fuertes son de la entidad y ya se encuentran dispuestas o deben ser suministradas por el contratista y en que calidad.

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RESPUESTA: Las cajas fuertes son de la entidad.

SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO. Técnico electrónico o de sistemas con mínimo 3 años de experiencia en instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad fisca como circuitos cerrados de televisión, alarmas, sistemas de control de acceso y sistemas de intrusión, certificado de alturas.

Solicitamos amablemente nos informen la frecuencia o permanencia de este servicio y a través de cuantas personas se debe garantizar.

RESPUESTA: Este servicio se requerirá conforme las necesidades de SPN y para la remuneración se tendrán en cuenta los precios del mercado, para el efecto solicitando tres (3) cotizaciones de este servicio seleccionando la de menor valor.

4.4.1.1. EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PROPONENTE EN EJECUCIÓN, INSTALACIÓN, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CENTRALES DE CÁMARAS Y VIGILANCIA ELECTRÓNICA: Al cumplimiento de todos los requerimientos solicitados se le otorgaran (10 puntos).

si Servicios Postales Nacionales S.A. lo considera conveniente realizará visita técnica de inspección para comprobar los requisitos y calidad de los trabajos realizados por el proponente y descritos en la certificación aportada, de no encontrarse lo expuesto en la certificación no se otorgara puntos

Respetuosamente solicito se sirvan aclarar el alcance de las certificaciones a objetos similares tales como instalación, puesta en funcionamiento de medios tecnológicos de apoyo para vigilancia y seguridad, y/o cctv y/o sistemas de monitoreo de alarma entre otros. El objeto tan especifico se refiere al de la misma naturaleza expedida exclusivamente por esa entidad. Adicionalmente solicitamos se acepten contratos ejecutados y terminados o se establezca en caso de estos como se verificara la visita que plantea la entidad en este numeral para que este no se convierta en un criterio subjetivo.

RESPUESTA: La verificación de la experiencia en ejecución, instalación y puesta en funcionamiento de central de cámaras y CCTV se realizará a través de las certificaciones que allegue el proponente de contratos ejecutados o en ejecución. Como lo señala el numeral 4.4.1.1., Servicios Postales Nacionales durante el término de evaluación y hasta la adjudicación del contrato, podrá contactar a las personas necesarias para verificar la información incluida en la propuesta, es decir comunicándose con la persona de contacto señalada en la referida certificación quien dará información sobre el cumplimiento del contrato, bien haya sido ejecutado o se encuentre en ejecución o si lo considera pertinente la SPN podrá realizar la visita respectiva, para verificar el funcionamiento de este servicio respecto de los contratos en ejecución.

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Marca y características del transmisor inalámbrico propuesto para monitorear los sistemas de alarma: __________________

Respecto de la verificación de la sala de monitoreo solicito se aclare que independientemente de las características del trasmisor esto no se constituirá en una causal de rechazo por criterios no establecidos en el pliego o se determine si se requiere una calidad o cobertura específica para hacer las ofertas comparables

RESPUESTA: No es clara la pregunta, no se indica a que numeral hace referencia este punto.

Certificación del proyecto que a la fecha, la empresa proponente haya realizado a un solo cliente que incluya el requerimiento del monitoreo de 40 sedes como mínimo, anexar el listado y ciudades donde se encuentren las sedes (adjuntar certificación y listado). (Si/No)

La Empresa podrá contactar durante la evaluación y hasta la adjudicación del contrato, a las personas que se requieran para verificar la información incluida en la propuesta o realizar la visita de verificación. Para tal efecto el proponente debe garantizar y coordinar esta visita, así como las pruebas de funcionamiento que requiera Servicios Postales Nacionales S.A.

Entendemos que las 40 sedes pueden ser en una sola ciudad. Solicitamos se excluya el criterio de 40 simplemente se verifique que tiene la capacidad. En el mismo criterio del punto anterior solicitamos excluyan la visita bajo las premisas de buena fe y con fundamento en las certificaciones expedidas.

RESPUESTA: La entidad se mantiene en lo previsto en el pliego de condiciones.

4.4.1.3. HOJA DE VIDA DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA : (15 puntos).

Certificación de que el ingeniero propuesto, tiene una relación contractual con la empresa proponente, el ingeniero propuesto será el encargado de realizar y terminar el proyecto, no se acepta cambio de la hoja de vida propuesta

La Empresa podrá contactar durante la evaluación y hasta la adjudicación del contrato, a las personas requeridas para verificar la información incluida en la propuesta o realizar la visita de verificación, para tal efecto el proponente debe garantizar y coordinar esta visita.

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Respetuosamente solicitamos se sirvan ajustar el perfil del director de proyecto de vigilancia electrónica que frente al contrato tiene un peso de menos del 1% y sin embargo se le asigna la mayor parte del puntaje, con requerimientos muy particulares que excluyen personal idóneo y capacitado y por ende la pluralidad de oferentes. El hecho de la vinculación de 5 años con la empresa proponente no garantiza ninguna calidad superior frente a otros profesionales que tengan la formación y experiencia en otras empresas, es mas quien hoy esta desarrollando el contrato podría llegar a ser vinculado por el proponente favorecido. Este requerimiento puede generar la exclusión de proponentes validos y se puede interpretar como un requerimiento subjetivo e innecesario.Para la asignación del puntaje de experiencia será por cualquier clase de experiencia acreditada? Desde que tiempo?

RESPUESTA: VER ADENDA

4.4.1.4. CALIDAD DEL PERSONAL OFRECIDO (15 Puntos): Al cumplimiento de todos los requerimientos solicitados se le otorgara el máximo puntaje, al proponente que ofrezca mayor personal de vigilancia que cuente con las calidades y capacitaciones señaladas a continuación:

Entendemos que este requerimiento y el puntaje se obtiene a partir del ofrecimiento efectuado por el representante legal

RESPUESTA: Si estarse a lo expuesto en el pliego de condiciones

Copia del curso de Protección a Dignatarios de Escoltas, todo el personal debe estar acreditado ante la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada,

Solicitamos aclaren a que se refiere este curso, quien lo acredita toda vez que no se encuentra entre las especializaciones que reglamenta nuestro organismo rector

RESPUESTA: Este curso se refiere a protección a dignatarios y cualquier escuela de capacitación acreditada por la Supervigilancia lo podrá emitir.

4.4.1.5.1. ESTUDIOS DE CONFIABILIDAD ADICIONALES: (10 puntos) El proponente que ofrezca estudios de confiabilidad adicionales y sin costo para la entidad obtendrá un máximo de diez (10) puntos

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Las empresas de vigilancia no podemos dar servicios agregados sin costos so pena de sanción por parte del organismo rector y es necesario establecer que los estudios serán el numero ofrecido por una sola vez.

RESPUESTA: VER ADENDA

Los precios ofrecidos deberán sostenerse durante la validez de la propuesta y la ejecución del contrato y sus adicionales si hay lugar a ellos

Solicitamos se incluya el reajuste anual de acuerdo al del smlmv

RESPUESTA: La entidad se mantiene en lo previsto en el Pliego de Condiciones.

4) Que se haya efectuado la liquidación de salarios, prestaciones legales y aportes máximos establecidos por la Ley Laboral.

A que se refiere esta verificación? A través de que documento se hará?

RESPUESTA: La entidad se mantiene en lo previsto en el Pliego de Condiciones.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE EMPATE Si aún continúa el empate, ganará quien presente el mayor capital de trabajo. Si aún continúa el empate, ganará quien presente el mayor índice de liquidez. Si aún continúa el empate, ganará quien presente el menor índice de endeudamiento

Solicito amablemente se excluyan aquellos criterios por fuera de los preceptos de la norma, como son los temas financieros.

RESPUESTA: VER ADENDA

SEGURIDAD NAPOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

1) Al numeral 1.8 vista, concordante con el numeral 4.4.1.3 Director de proyecto de vigilancia electrónica.

El pliego de condiciones, en su numeral 1.8 exige:"1 .8. VISITA TECNICA

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En Ia fecha y hora determinada en el cronograma, se llevará a cabo la visita de inspección a las sede ubicada en la Diagonal 25 G No. 95ª-55 Bogotá y a la cual deberá asistir el Director del Proyecto de Seguridad Electrónica quien deberá ser el mismo que el proponente incluya en su propuesta, dicha visita no es de carácter obligatorio," (Subrayado fuera de texto).Concordante a la exigencia del numeral 1.8, el numeral 4.4.1.3, exige el siguiente perfil de Director de proyecto de vigilancia electrónica ofrecido:"4.4.1.3. HOJA DE VIDA DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRONICA: (15 Puntos).(…)Por lo anterior es necesario que el proponente adjunte la Hoja de Vida de la persona designada para tal fin quien será el encargado de realizar el proyecto, los requisitos mínimos que debe cumplir el personal propuesto son los siguientes:

A. Credencial de Consultor Expedida por la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada.

B. Especialista en Administración de la Seguridad.C. Vinculación directa con la empresa oferente mayor a Cinco (5) años, lo cual se demostrara

con copia de afiliación a la ARL.D. Titulo Profesional en ingeniería electrónica, eléctrica, sistemas o ingenierías afines,

fotocopia del titulo.E. Tarjeta profesional, donde certifique el titulo obtenido, fotocopia de la tarjeta.F. Experiencia especifica, en ejecución, instalación y puesta en funcionamientos de Control de

acceso, CCTV, alarma y Central de Monitoreo. Certificaciones laborales en diferentes empresas, certificación de que el ingeniero propuesto tiene una relación contractual con la empresa proponente, el ingeniero propuesto será el encargado de realizar y terminar el proyecto, no se acepta cambio de la hoja de vida propuesta”.

De lo anterior es claro deducir, que en la visita a las instalaciones debe asistir la persona que será propuesta como director de proyecto de vigilancia electrónica, hecho este que tiene relación con el perfil exigido en el numeral 4.4.1.3 la cual asigna puntaje. Por lo anterior, y considerando el perfil tan alto que se exige para el cargo de director de proyecto, es preciso solicitar nos aclaren:

- Cuales son las consecuencias, de no realizar la visita obligatoria?- Que sucede si la persona que asista a la visita no ostente el perfil exigido en el numeral

4.4.1.3, o si la persona que asiste a la visita, no es la misma que se aporta en la propuesta?- Lo anterior, debido a que dentro de los pliegos de condiciones, no señalan de forma expresa

lo que sucede si la visita s realizada por otra persona diferente al director de proyecto propuesto.

En este sentido, y como quiera que el perfil exigido para el director de proyecto de vigilancia electrónica, es un requisito excluyente, mas aun cuando da puntaje dejando en desventaja a aquellas empresas de vigilancia, que si bien cuenta con el perfil directamente relacionado con la vigilancia y seguridad privada, no cuentan con el grado de educación superior como ingeniero en

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electrónica, y afines, es preciso solicitar muy respetuosamente a la administración, que el perfil del director de proyecto sea:

- Titulo profesional en ingeniería electrónica, eléctrica, sistemas o ingenierías afines, fotocopia del titulo.

- Vinculación directa con la empresa oferente, lo cual se demostrará con copia de afiliación a la ARL.

- Matricula profesional, donde certifique el titulo obtenido, fotocopia de la tarjeta.- Experiencia general, contada a partir de la expedición de la matricula profesional superior a

cuatro (4) años.- Experiencia especifica, en ejecución, instalación y puesta en funcionamientos de Control

acceso, CCTV, Alarma y Central de Monitoreo. Certificaciones laborales en diferentes empresas Certificación de que el ingeniero propuesto, tiene una relación contractual con la empresa proponente, el ingeniero propuesto será el encargado de realizar y terminar el proyecto, no se acepta cambio de la hoja de vida propuesta.

Ahora, en lo que tiene que ver los servicios de vigilancia y seguridad privada humana, la cual si tiene relación directa el perfil correspondiente a ser consultor en vigilancia y seguridad privada, y especialización en cualquier de las ramas de la seguridad, solicitamos que se exija el perfil para coordinador del servicio propuesta que cuenta con el siguiente perfil:

- Profesional en cualquier rama y oficial en grado minimo capitán de las fuerzas militares o de la policía nacional.

- Especialista en administración de la seguridad o seguridad integral.- Credencial de consultor en vigilancia y seguridad privada.- Experiencia en dirección y/o coordinador de servicios de vigilancia y seguridad privada

mayor a seis (6) años.- Vinculación contractual con la empresa proponente.

RESPUESTA: VER ADENDA

2) Al numeral 2.6.4. documento de constitución Consorcios y uniones temporales.

Teniendo en cuenta las responsabilidades que deben tener los integrantes de las Uniones Temporales y Consorcios, y en vista de aquellas uniones temporales que se han suscrito a fin de poder cumplir con los criterios de desempate en cumplimiento del Decreto 734 de 2012, en lo que tiene que ver las Mypimes nacionales, hemos evidenciado que la nueva reglamentación, específicamente lo que norma el Decreto 1510 de 2013 que reglamente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, el cual empezó a regir a partir del 15 de agosto de 201.

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Por lo anterior y como quiera que el marco conceptual de la presente contratación es la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, solicitamos que las Uniones Temporales y Consorcios en lo que tiene que ver su participación, por cada uno de sus integrantes sea por lo menos el 25% de total, y esta participación, tenga igualmente relación directa con la experiencia certificada, la cual el proponente que se acredite como Mipyme nacional, su experiencia sea minima del 25% del total certificado para el presente proceso.

En caso contrario, y que la participación de los integrantes de la Union temporal y Consorcio no sea conforme al párrafo anterior, la propuesta sea rechazada.

RESPUESTA: Tal y como se encuentra señalado en el numeral 1.2 de los pliegos de condiciones y teniendo en cuenta el régimen jurídico de Servicios Postales Nacionales, este proceso de convocatoria pública y el contrato que surja con ocasión del mismo, se regirán por la Constitución Política y el Acuerdo 003 de 2012, expedido por la Junta Directiva de SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A., así como por las demás disposiciones civiles y comerciales que regulen la materia o resulten pertinentes y aplicables de acuerdo con las leyes colombianas.

En relación con lo establecido en los factores de desempate, se estará a lo dispuesto en el pliego de condiciones, al igual que la los criterios para la participación en consorcio o unión temporal

3) Al numeral 2.6.11. Certificaciones de calidad, vemos que dentro de esta exigencia, como requisito habilitante se exige el certificado de calidad ISO9001:2008, con un alcance: “… con alcance para los servicios de vigilancia fija y móvil con armas, medios tecnológicos, monitoreo de alarmas, escolta a personas y mercancías, y servicio conexo de consultoria, asesoría e investigación”.

Es evidente, que esta exigencia esta directamente relacionada con un proponente especifico, que cuenta con este requisito.

Por lo anterior, y considerando el alcance del certificado solictamos, no entendemos el por que se exige el monitoreo de alarmas cuando dentro de la misma exigencia se requiere medios tecnológicos, siendo que dentro de este criterio se encuentra incluido el monitoreo de alarmas y se CCTV, etc.

Ahora, igualmente es preciso solicitar que se elimine del alcance solicitado el servicio conexo de consultoria, asesoría e investigación, por cuanto esta exigencia es totalmente excluyente, dando participación únicamente a una empresa que cuenta con este requisito, dejando sin la posibilidad de participar aquellas empresas que cuentan con la certificación de calidad ISO9001:2008, no puede participar.

Por lo anterior, sugerimos que este requisito sea:

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“El proponente presentara certificación de calidad bajo la norma Iso 9001:2008 A NIVEL NACIONAL, con alcance para los servicios de vigilancia fija y móvil con armas, medios tecnológicos, escolta a personas y mercancías.”

Adicional a lo anterior, y como quiera que este requisito busca empropender que el proponente y posible adjudicatario sea una empresa que se encuentre debidamente certificado con los estándares de calidad en la prestación del servicio, y busando que los servicios de vigilancia a prestarse sean integrales, y con las normas relacionadas en seguridad industrial y medio ambiente, solicitamos muy respetuosamente a la administración que estudie la posibilidad de exigir que los proponentes cuenten con no solamente el certificado de calidad ISO9001:2008 si no también CERTIFICADO DE CALIDAD OHSAS18001, y el CERTIFICADO DE CALIDAD EN GESTION AMBIENTAL 14001:2004, con el mismo alcance solicitado para la norma ISO 9001:2008.

RESPUESTA: VER ADENDA

4) Al numeral 2.7 DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO

Tiendiendo en cuenta los indicadores financieros minimos solicitados para la presente convocatoria vemos que estos corresponden a un proceso de minima cuantia, por cuanto no se le esta dando relevancia a factor financiero, por cuanto este aspecto se ve que no es relevante para la entidad, por cuanto se exige indicadores ínfimos respecto del presupuesto oficial de la convocatoria.

Dentro de este numeral vemos que exigen:

Capital de trabajo: > = al 15% del presupuesto oficial.Liquidez: > = que 1.5Endeudamiento < = 55%Crecimiento Ebitda > = 1.0Indicador de riesgo <=1.0

Notese que estos indicadores, no reflejan para la entidad una relación proporcional a la magnitud del contrato de la presente convocatoria, mas aun cuando nos e están teniendo en cuenta las relaciones liquidez vs endeudamiento, por cuanto están son siempre inversamente proporcionales entre si. Y porque no decirlo del capital de trabajo, cuando el interés de la Entidad, es contratar a empresas que cuenten con un apalacamiento financiero optimo de acuerdo al presupuesto a contratar, mas aun cuando los pagos no se realizaran de contado, sino que treinta (30) días después de radicada la factura conforme a mensualidades vencidas, lo que quiere decir que el primer pago ingresa a las cuentas del contratista dentro de los siguientes sesenta (60) días posteriores de inicio del contrato.

Por lo anterior, y considerando que es benefico para la Entidad exigir indicadores que muestren efectivamente que el posible contratista, cuente con una solvenciqa y apalancamiento proporcional

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al presupuesto de la presente convocatoria, solicitamos que los indicadores exigidos correspondan a:

Capital de trabajo: >100% del presupuesto oficial.Liquidez > = 2.0Endeudamiento <=1.5Crecimiento Ebitda >= 1.5Indicador de riesgo >=1.0

Y en caso de uniones temporales o consorcios, estos sean calculados en proporciones al porcentaje de participación es decir, que los rubros financieros que se tomaran para cada uno de los integrantes sean de acuerdo a su participación y luego sumados para calcular los respectivos indicadores financieros.

RESPUESTA: No se acepta tal solicitud y se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones.

5) Al capítulo III, SEVICIOS DE VIGILANCIA A NIVEL NACIONAL. Solicitamos muy respetuosamente aclarar, si los servicios que se prestarán los días de lunes a sábado, incluyen o no los días festivos.

RESPUESTA: No incluyen festivos

6) Al numeral 3.1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.Dentro de este numeral exige: “ La licencia de funcionamiento para las empresas de vigilancia y seguridad privada debe comprender vigilancia fija y móvil, con armas, medios tecnológicos y escolta a persona o vehículos deberá poseer oficina principal o sucursal en la ciudad de Bogotá, igualmente deberá manifestar su intención que en caso que le sea adjudicado el contrato realizará la apertura de una agencia o sucursal para las ciudades de Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, Cali, Manizales e Ibagué, en concordancia con la Circular 015 de 2013 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.(…) …No se acepta certificaciones donde se indiquen que la licencia se encuentra en trámite, ya que estas certificaciones no garantizan que esta sea renovada por la Superintendencia de vigilancia y seguridad Privada”(subrayado fuera de texto).Considerando lo anterior, es preciso darle a conocer a la entidad, que bajo la misma premisa que se tiene en cuenta por la vigencia de licencia de funcionamiento donde manifiesta que una certificación en trámite, no garantiza que la licencia de funcionamiento sea renovada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, igualmente, es de señalar que una MANIFESTACIÓN DE INTENCIÓN DE APERTURA DE AGENCIAS EN LAS CIUDADES SOLICITADAS, no es garantía para la entidad que efectivamente la Superintendencia de vigilancia vaya a autorizar su apertura, por

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cuanto, para la debida autorización hay que soportar una serie de requisitos, y el tramite está demorando aproximadamente seis meses, es decir, que el proponente adjudicatario obtendrá la debida autorización por parte de la Superintendencia, faltándole tres meses para culminar el servicio, hechos estos que para la entidad no serian objetivos, al pretender que los proponentes tengan la intención, y como tal quedará en intención de hacerlo sino ven la necesidad operativa para la prestación del servicio.Por lo anterior, es preciso solicitar muy respetuosamente a la administración exigir que el proponente demuestre en su propuesta que cuenta con agencias o sucursales debidamente autorizadas por la Superintendencia de vigilancia y seguridad Privada en las ciudades de Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, Cali, Manizales e Ibagué, siendo estos los lugares donde se prestarán los servicios.

RESPUESTA: VER ADENDA

7) Al numeral 3.10 CERTIFICADO DE VINCULACION RED DE APOYO POLICIA NACIONAL.Vemos que dentro de este requisito se exige contar con afiliación a la red de apoyo de la Policía Nacional únicamente en la ciudad de Bogotá, sino que también en las ciudades de Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, Cali, Manizales e Ibagué, exigencia que debe ser extendida a estos lugares, en cumplimiento del Decreto 3222 de 2002, siendo este un requisito legal para la prestación de los servicios de Vigilancia y seguridad privada.

RESPUESTA: VER ADENDA

8) Al numeral 3.15.3 servicios especiales de seguridad (supervisores de procesos).Vemos que la entidad ha determinado un salario básico para estos supervisores equivalente a $950.000, sin embargo para poder determinar la tarifa a cotizar, es necesario que la entidad nos de a conocer el horario y jornada que tendrán estos supervisores, para de esta forma poder calcular el costo de estos servicios. Igualmente, es preciso solicitar que cuando la entidad hace referencia a 38 servicios de supervisión, refiere que corresponden a 24 horas, 12 horas o refiere a que corresponde 38 supervisores puestos al servicio por puesto.Se debe calcular al igual que los operadores de procesos (numeral 3.15.4) prestaciones sociales legales, dotaciones y demás erogaciones salariales para estos supervisores?.

RESPUESTA: Ver respuestas anteriores dadas en el mismo sentido.

9) Al numeral 3.1.5.4 servicios especiales de seguridad (operadores de proceso).

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Vemos que dentro de esta exigencia, hace referencia a: “ … diurno 48 horas cada uno”.Solicitamos nos aclare este horario, si corresponde 48 horas cada uno semanalmente, o durante que tiempo de trabajo?

Respuesta: El horario de prestación de servicios será sujeto al Decreto 007 de 2002, de presentarse horas extras o jornada nocturna se informara a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a SPN

10) Al numeral 3.15.6 SERVICIO REFUERZOS DE VIGILANCIA Conforme a la exigencia de este numeral, solicitamos nos aclaren, si estos servicios se presentarán de forma informativa, o forma parte de la propuesta económica general, toda vez que la entidad señala que estos servicios serán distribuidos mensualmente entre nuestras oficinas según las necesidades. Cuando se hace referencia a “ según las necesidades”, se entiende que serán servicios no fijos, sino esporádicos, que serán utilizados de acuerdo a las necesidades, es decir, bajo supuestos hechos de ser necesarios, la cual no son servicios que de forma objetiva serán prestados al monto de iniciar el contrato. Por esta razón, y considerando que estos servicios no pueden ser calculados de forma fija y si puedan afectar el presupuesto oficial asignado para la presente convocatoria, en caso de que no se presenten, serán descontados de nuestra propuesta inicial; o por el contrario, si efectivamente se prestan los 55 servicios solicitados, estos efectivamente la entidad los ha considerado dentro del presupuesto oficial asignado para la presente contratación?.

RESPUESTA: Se aclara que se requieren 55 servicios de refuerzo de vigilancia, de acuerdo a las necesidades de la entidad y forman parte de la propuesta económica.

11) Al numeral 3.15.13 SERVICIO TECNICO DE MANTENIMIENTO, viñeta No 12.Vemos que tendrá de esta viñeta, hace referencia de una visita técnica obligatoria, se refiere a la visita exigida en el numeral 1.8 del pliego de condiciones?Lo anterior, considerando que dentro del numeral 1.8 visita técnica, señala que la visita no será obligatoria, solicitamos muy respetuosamente nos aclaren, a que vista se refiere la entidad, en el numeral 3.1.5.13?.

Respuesta: Ver respuesta anterior dada en este mismo sentido.

12) Al numeral 4.2 Verificación financiera.Solicitamos que adicional a la verificación financiera general que ha referido la entidad para el presente proceso, y considerando que la prestación de servicio de vigilancia y seguridad privada, cuenta con aspectos normativos específicos para esta clase de empresas, que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada, solicitamos que los proponentes demuestren el cumplimiento del Decreto 071 de 2002, en lo que tiene que ver la relación mínima de patrimonio y la composición patrimonial, a través de certificación debidamente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y

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Seguridad privada, en lo que tiene que ver los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2012.La anterior certificación tenga una vigencia mínima de 90 días hábiles anteriores a la fecha del cierre del proceso.

RESPUESTA: Se mantendrán los criterios financieros solicitados en el pliego.

13) Al numeral 4.4.1.4CALIDAD DE PERSONAL OFRECIDO (15 puntos).Dentro de este numeral, en la primera viñeta exige: “curso de especialización en entidades oficiales y que se encuentren certificados en competencias laborales por el Sena”(subrayado fuera de texto).Por lo anterior, es prudente darle a conocer a la entidad que este requisito de exigir certificados de exigencias laborales por el Sena, requisito excluyendo y que otorga puntaje únicamente lo cumple una empresa del gremio, y se ha venido utilizando en varios procesos de contratación, y se ha hecho eliminar como exigencia tanto habilitante como de puntaje, en vista de que coarta los principios de igualdad, y transparencia en los procesos de contratación, rayando así de esta forma los principios constitucionales a la igualdad, libre participación y demás que enmarcan la presente convocatoria.Por lo anterior, es preciso solicitar muy respetuosamente a la administración, proceder a reconsiderar esta exigencia de: “… que se encuentren certificados en competencias laborales por el Sena”, toda vez que este requisito no tiene relación directa con las normas que regulan la capacitación en vigilancia y seguridad privada como es la Resolución 4973 de 2011, y para que la entidad puede hacer exigible esta clase de capacitación como competencias laborales en vigilancia, debe adicional a este requisito, que se demuestre que la entidad capacitante como es el Sena cuente con la debida autorización por parte de la superintendencia de vigilancia y seguridad privada, para poder impartir capacitación en vigilancia y se haya acogido a la resolución No 4973 de 2011.Así las cosas, solicitamos que sea exigido el curso de especialización en entidades oficiales para la respectiva asignación de puntaje.

RESPUESTA: No se acepta la solicitud, se mantiene lo señalado en el pliego.

14) Al numeral 4.8 Procedimiento en caso de empate.Solicitamos muy respetosamente sea considerado para el primer criterio de desempate, los señalamientos del artículo 33 del decreto 1510 de 2013, toda vez que el marco conceptual para la presente convocatoria ha sido los lineamientos de la reglamentación de la ley 80 de 1993 y la ley 1150 del 2007 a pesar de que se rige por el acuerdo que hace referencia en el pliego de condiciones.En este mismo sentido solicitamos que los siguientes criterios de desempate queden:…2. si aun continua el empate ganará quien presente la menor oferta económica.3. si aun continua el empate ganará quien presente el menor índice de endeudamiento.4. si aun continua el empate ganará el que presente el mayor capital de trabajo.

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5. si aun continua el empate ganará el que presente el mayor índice de liquidez.6. si subsiste el empate, se elegirá el ganador a través de sorteo en audiencia pública, a través de balotas y se adjudicará a quien obtenga en número mayor.

RESPUESTA: VER ADENDA

ATLAS 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013

En el documento “Estudio de conveniencia y Oportunidad” en el aparte de “Soporte económico estudio de mercado y análisis de precios”; se encuentran los valores de acuerdo a estudio de mercado que fueron tenidos en cuenta para la determinación del presupuesto del presente proceso. De acuerdo a dichos valores y comparados con los cotizados a la fecha por nuestra compañía nos surgen las siguientes dudas:

1. Los valores mensuales del estudio de mercado ya tienen incluidos los impuestos, como se solicita en el pliego que deben ser presentados? En el item 1 – turnos de vigilancia encontramos que de acuerdo al estudio de mercado uds cuentan con $90.705.801 y al liquidar de acuerdo a información suministrada en la visita, da un valor de $92.156.153 mensual incluido impuestos.

La única duda que nos surge aún es si aquellos servicios 12h, todos son diurnas? En todas las ciudades solicitadas? Los servicios de lunes a sábado requeridos en las diferentes ciudades incluyen festivos todas?

RESPUESTA: Son diurnos en todas las ciudades y no incluye festivos.

2. Al realizar el estudio de mercado para los servicios de Conductor escolta, Supervisores, operadores de proceso fueron solicitados con los salarios establecidos en el pliego? $2.100.000, $950.000 y $1.360.000 respectivamens?

El pliego no es claro en la modalidad de servicio (24 horas todo el mes, 12 horas diurnas todo el mes, 8 horas diurnas todo el mes, etc) que se debe prestar en cada uno de los anteriores servicios referidos (Conductor escolta, supervisores, operadores de proceso) lo

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cual puede generar discrepancia al momento de cotizar Vs lo cotizado en el estudio de Mercado. Respetuosamente solicitamos especificar las horas que se prestarán cada uno de los servicios solicitados.

RESPUESTA: Ver respuestas anteriores en el mismo sentido.

3. Se encuentra que en el servicio de refuerzo de vigilancia (ítem 3.15.6 del pliego) se solicitan 55 servicios 12 horas diurnas durante el mes y en el estudio de mercado realizado se cotizaron 45 refuerzos de vigilancia, la diferencia de servicios puede dar que se presente no cumplimiento del presupuesto, ya que no se tuvieron en cuenta 10 servicios adicionales. En este servicio específico se encuentra una diferencia muy grande entre el estudio de mercado $12.183.113 por 45 servicios de refuerzo incluido impuestos y al cotizar este servicio con modalidad 12 hd todo el mes tarifa Supervigilancia se presenta un valor de $142.774.668 incluido impuestos por los 55 servicios.

Respetuosamente solicitamos a la entidad revisar si efectivamente hay una diferencia y hacer claridad al respecto, para así poder elaborar la cotización acorde a la necesidad de Servicios Postales Nacionales 4-72.

RESPUESTA: Se aclara que se requieren 55 servicios de refuerzo de vigilancia, de acuerdo a las necesidades de la entidad y forman parte de la propuesta económica.

ATLAS 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Respetuosamente solicitamos saber la marca de las NVR instaladas para la grabación de las Cámaras IP en cada uno de los puntos de 472, esta información es importante para el costeo del proyecto

RESPUESTA: El equipo debe cumplir como mínimo con las siguientes caractarerísticas: Grabador de cámara IP de 04 canales con disco duro de 2 TB /Procesador y Memoria : ARM 500 Mhz / 128Mb DDR Ram / Ethernet 10 BaseT/ 100 Base / 1Gb BaseT Half Dúplex / Full Dúplex/Disco Duro2 Slots para Sata (Sata I y Sata II) Capacidad Máxima 4TB (2TB por Disco) / Conectores - USB x 2 - RS-458 - Conectores DI / DO - RS-232 / Video Compresión: MJPEG-4 Part 2/H.264 Resolución: HD/Mega pixel/FD1/CIF/QCIF Cuadros por Segundo: 120 fps (2 Mega pixel H.264) / RED Protocolos: HTTP/SMTP/DHCP/ARP/NTP/DNS/UPnP/FTP

GUARDIANES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013

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Solicitamos a la entidad muy amablemente, modificar el numeral “2.6.11 Certificaciones de calidad El proponente presentará certificación de calidad bajo la norma ISO 9001-2008 A NIVEL NACIONAL, con alcance para los servicios de Vigilancia Fija y móvil con armas, medios tecnológicos, Monitoreo de alarmas, escolta a Personas y mercancías, y Servicio Conexo de Consultoría, Asesoría e Investigación. En caso de Consorcio o Unión temporal por lo menos uno de los integrantes deberá cumplir dicho requisito. Nota: El alcance de la certificación deberá especificar los servicios descritos anteriormente” (…) 1. Solicitamos que se omita dentro de este requerimiento el Monitoreo de alarmas, y Servicio Conexo de Consultoría, Asesoría e Investigación, ya que estas características tan especificas limitan la participación y no permite que haya pluralidad de oferentes, privándose de esta manera SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A. - 4-72, de conocer y dar oportunidad de participación a mas compañías colombianas que podrían cumplir a satisfacción con un excelente servicio, según las necesidades de calidad correspondientes que se están requiriendo en esta invitación de contratación.

RESPUESTA: VER ADENDA

De la misma manera en el numeral: 4.4.1.3. HOJA DE VIDA DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA: (15 puntos). La Empresa para su normal funcionamiento y para el control del personal, las instalaciones, los procesos y la información requiere LA EJECUCIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, de sistemas electrónicos que en los anteriores numerales descritos anteriormente. Por tal razón es de suma importancia para la Empresa garantizar que el proponente cuenta no solo con la experiencia, los recursos, sino también con el personal idóneo para cumplir con la realización dentro del tiempo establecido y con la más alta calidad estos proyectos, dado que estos sistemas electrónicos, son pilares dentro de la estrategia de protección y control de pérdidas en Servicios Postales Nacionales S.A. Por lo anterior es necesario que el proponente adjunte la Hoja de vida de la persona designada para tal fin, quien será el encargado de realizar y terminar el proyecto, los requisitos mínimos que debe cumplir el personal propuesto son los siguientes: A. Credencial De Consultor Expedida por la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada. B. Especialista En Administración De La Seguridad. C. Vinculación directa con la empresa oferente mayor a Cinco (5) años, lo cual se demostrara con copia de afiliación a la ARL. D. Título Profesional en ingeniería electrónica, eléctrica, sistemas o ingenierías afines, fotocopia del título. E. Tarjeta profesional, donde certifique el título obtenido, fotocopia de la tarjeta.

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F. Experiencia específica, en ejecución, instalación y puesta en funcionamientos de Control de acceso, CCTV, Alarma, y Central de Monitoreo. Certificaciones laborales en diferentes empresas G. Certificación de que el ingeniero propuesto, tiene una relación contractual con la empresa proponente, el ingeniero propuesto será el encargado de realizar y terminar el proyecto, no se acepta cambio de la hoja de vida propuesta. De acuerdo con la experiencia acreditada del personal propuesto se le asignará al proponente un máximo de quince (15) puntos de la siguiente manera: (…) Solicitamos muy respetuosamente, se omitan algunos de estos requerimientos de la HOJA DE VIDA DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA, como lo son : A. Credencial De Consultor Expedida por la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada. B. Especialista En Administración De La Seguridad. C. Vinculación directa con la empresa oferente mayor a Cinco (5) años, lo cual se demostrara con copia de afiliación a la ARL. 2. Solicitamos que se omitan estas características de las requeridas dentro de la HOJA DE VIDA DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA, ya que para dar fiel cumplimiento en la ejecución del objeto del proceso de la referencia, se esta contratando con una empresa que contara con personal competente y con las especialidades solicitadas por la misma entidad, para lo cual en la vida real y en la ejecución de un proyecto de esta envergadura es un equipo multidisciplinario quien responde por el adecuado cumplir y desarrollo del mismo. Así las cosas solicitamos muy respetuosamente se elimine esta exigencia o se permita que otras personas de la compañía o del oferente que se presente puedan cumplir con estos requerimientos en su totalidad. Adicional y muy importante al mencionar que el tiempo de la vinculación de una persona a una compañía no agrega valor a la compañía como lo puede ser las competencias multidisciplinarias de los trabajadores en una compañía. Finalmente se reitera la solicitud de permitir que varias personas acrediten el perfil, sin antigüedad en la compañía con base en los argumentos planteados.

RESPUESTA: VER ADENDA

GUARDIANES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Solicitamos muy amablemente se aclare el numeral "5. SERVICIO MOTORIZADO ESCOLTA DE MERCANCÍA. Se solicitan 3 servicios de motorizado escolta de mercancía con moto y medio de comunicación vía “avantel." Y en el numeral 3.15.5. SERVICIO MOTORIZADO ESCOLTA DE MERCANCIA mencionan Se solicitan dos (2) servicios de motorizados escolta de mercancías con moto y medio de comunicación vía Truking digital.

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Solicitamos muy amablemente aclarar cuál de los dos se debe cotizar en la oferta económica y que implementos debe de tener este ya que no se especifica el horario, N° de días, si es armado o sin arma, ciudad, tipo de motocicleta y Cilindraje que la entidad requiere.

RESPUESTA: Se requieren tres servicios de ocho horas rotativas permanente, con arma, motocicileta de 180 cc, como mínimo.

COBASEC 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013

1. Con referencia al numeral 1.8 VISITA TÉCNICA “En la fecha y hora determinada en el cronograma, se llevará a cabo la visita de inspección a las sede ubicada en la Diagonal 25G No 95A – 55 Bogotá y a la cual deberá asistir el Director del Proyecto de Seguridad Electrónica quien deberá ser el mismo que el proponente incluya en su propuesta, dicha visita no es de carácter obligatorio”.

Solicitamos a la entidad aceptar la visita de las personas que realizaron la visita técnica el día establecido en el cronograma y que no cumplían el amplio perfil solicitado por la entidad, pero que eran idóneas para realizarla.

Respuesta: Ver respuesta anterior en el mismo sentido.

2. Con referencia al numeral 1.1 , CRONOGRAMA DEL PROCESO , Cierre de la convocatoria pública, 4 de octubre de 2013, 3:00 pm

Solicitamos a la entidad ampliar la fecha y hora de cierre de la convocatoria y establecer un plazo más amplio para poder realizar una propuesta que se ajuste a la totalidad de las especificaciones relacionadas en la misma.

Respuesta: No se prorroga el cierre de la convocatoria pública.

3. De conformidad con el numeral 2.6.11 Certificaciones de calidad “El proponente presentará certificación de calidad bajo la norma ISO 9001-2008 A NIVEL NACIONAL, con alcance para los servicios de Vigilancia Fija y móvil con armas, medios tecnológicos, Monitoreo de alarmas, escolta a Personas y mercancías, y Servicio Conexo de Consultoría, Asesoría e Investigación”

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Solicitamos a la entidad evaluar el alcance de la certificación de calidad solicitada, lo anterior teniendo en cuenta que dicha certificación no es tan especifica como la están solicitando, en particular para los termino: “Monitoreo de alarmas y Servicio Conexo de Consultoría, Asesoría e Investigación”, por lo anterior sugerimos que para acreditar la central de monitoreo de alarmas se adjunten fotos de las mismas y para el servicio conexo de consultoría, asesoría e investigación se acepte la resolución emitida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada quien otorga la autorización para prestar este tipo de servicios.

RESPUESA: VER ADENDA

4. Con referencia al numeral 2.7. DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO: Índice de endeudamiento: El proponente debe tener un índice de endeudamiento igual o menor al 55%

Respetuosamente solicitamos a la entidad ampliar el indicador de endeudamiento a 60%, teniendo en cuenta la situación económica que cursan las empresas de servicios actualmente no permiten tener un indicador financiero inferior al 50% o en su defecto solicitamos a la entidad que en caso de presentación de propuestas en forma de unión temporal o consorcio, el indicador financiero se promedie aritméticamente entre los integrantes que la conformen proporcionalmente a la participación en la unión o consorcio.

RESPUESTA: No se acepta tal solicitud y se mantienen las condiciones financieras establecidas en el pliego de condiciones.

5. Con referencia al Capítulo III – Requisitos mínimos para participar “Servicios Postales Nacionales S.A. requiere contratar la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada que incluya el manejo de la central de seguridad, controles de accesos, monitoreo de alarmas, circuito cerrado de televisión, transportes de valores y manejo remoto de cajas fuertes con el propósito de minimizar los riesgos y vulnerabilidades que se presentan en la operación y manejo del correo postal, como de los servicios financieros de corresponsal no bancario y giros.”, solicitamos a la entidad aclarar las condiciones mínimas y como seria la actividad de transportes de valores y manejo remoto de cajas fuertes dado que para ejercer esta actividad se requiere la licencia emitida por superintendencia.

Respuesta: VER ADENDA

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6. Con referencia al capítulo III:

CIUDAD UBICACIÓN SERVICIOS DE VIGILANCIA HORAS DÍAS

BOGOTÁ

Central de Tratamiento

4 24 H LUNES A DOMINGO

2 12 H LUNES A SÁBADO

Bodegas Distribución 4 12 H LUNES A DOMINGO

CALI Central de Tratamiento

2 24 H LUNES A DOMINGO

1 12 H LUNES A SÁBADO

MEDELLÍN Central de Tratamiento

1 24 H LUNES A DOMINGO

3 12 H LUNES A SÁBADO

BARRANQUILLA Central de Tratamiento

1 24 H LUNES A DOMINGO

1 12 H LUNES A SÁBADO

BUCARAMANGA Central de Tratamiento 1 24 H LUNES A

DOMINGO

IBAGUÉ Central de Tratamiento 1 24 H LUNES A

DOMINGO

MANIZALES Central de Tratamiento 1 24 H LUNES A

DOMINGO

Solicitamos a la entidad aclarar:

6.1 Los servicios que se prestarán de lunes a sábado ¿incluyen lunes festivos?, 6.2 Solicitamos a la entidad que servicios van con arma

RESPUESTA: No incluyen festivos, tres (3) servicios 24 horas en Bogotá armados.

7. Con referencia al capítulo III, solicitamos a la entidad aclarar:

7.1 2. SERVICIO DE CONDUCTOR ESCOLTA EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ. Se solicita 1 servicio de conductor-escolta con armamento pistola 9mm, chaleco y medio de comunicación vía avantel, el salario básico del conductor escolta es de $ 2.100.000.

Teniendo en cuenta que el salario básico es $2.100.000, solicitamos nos aclaren la jornada laboral para calcular los recargos, dominicales, etc, de igual forma solicito a la entidad

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confirmar si va a tener algún auxilio de rodamiento y por ultimo solicito nos confirmen si este escolta saldrá de la ciudad de Bogotá y en caso de ser así como se tramitarían los viáticos

Respuesta: El horario de prestación de servicios será sujeto al decreto 007 de 2002, de presentarse horas extras o jornadas nocturnas se informará a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a SPN

7.2 3. SERVICIOS ESPECIALES DE SEGURIDAD (SUPERVISORES DE PROCESO). Se solicitan 38 servicios de supervisores de proceso con medio de comunicación a nivel nacional vía avantel, el salario básico de los supervisores de proceso es de $950.000.

Al igual que el punto anterior solicito nos aclaren la jornada laboral para calcular los recargos, dominicales, etc, de igual forma solicito a la entidad confirmar si va a tener algún auxilio de rodamiento y por ultimo solicito nos confirmen si éstos supervisores saldrá de la ciudad de Bogotá y en caso de ser así como se tramitarían los viáticos.

Respuesta: El horario de prestación de servicios será sujeto al decreto 007 de 2002, de presentarse horas extras o jornadas nocturnas se informará a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a SPN

7.3 4. SERVICIOS ESPECIALES DE SEGURIDAD. Se solicitan 11 servicios de operadores de proceso con medio de comunicación a nivel nacional vía avantel, el salario básico de los operadores es de $1.360.000.

Respetuosamente solicitamos a la entidad confirmar las funciones de éstos operadores de proceso y confirmar si va a tener algún auxilio de rodamiento y por ultimo solicito nos confirmen si éstos supervisores saldrá de la ciudad de Bogotá y en caso de ser así como se tramitarían los viáticos, de igual forma la jornada laboral.

Respuesta: Son operadores de medios tecnológicos y no saldrán de la ciudad y la jornada es de 12 horas nocturnas permanentes.7.4 5. SERVICIO MOTORIZADO ESCOLTA DE MERCANCÍA. Se solicita 3 servicios de motorizado escolta de mercancía con moto y medio de comunicación vía avantel.

Al respecto solicito a la entidad la asignación salarial para estos escoltas y el auxilio de rodamiento para las motos, de igual forma solicito confirmar el promedio de Kilometraje y ubicación geográfica donde ellos prestaran los servicios, de igual forma en caso de servicio fuera de Bogotá los viáticos como se manejarían, también el horario del servicio

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RESPUESTA: La asignación salarial básica es de $950.000, mas rodamiento, el horario de prestación de servicios será sujeto al decreto 007 de 2002, de presentarse horas extras o jornadas nocturnas se informará a la empresa de vigilancia para que sean pagadas al trabajador y facturadas a SPN.

7.5 13. SERVICIO TECNICO DE MANTENIMIENTO . Técnico electrónico o de sistemas con mínimo 3 años de experiencia en instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad física como circuitos cerrados de televisión, alarmas, sistemas de control de acceso y sistemas de intrusión, certificado de alturas.

Solicitamos a la entidad confirmar el horario, salario asignado para este cargo y confirmar si este viajará a las diferentes sedes a nivel nacional y en caso de ser así como operarían los viáticos, de igual forma solicitamos confirmar si este técnico es de uso Exclusivo para la entidad.

RESPUESTA: Este servicio se requerirá conforme las necesidades de SPN y para la remuneración se tendrán en cuenta los precios del mercado, para el efecto solicitando tres (3) cotizaciones de este servicio seleccionando la de menor valor.

7.5 10. SERVICIO SISTEMAS DE ALARMAS 35 SEDES (1 panel, 1 teclado alfanumérico, 1 teclado numérico, 1 transformador, 1 batería, 1 sirena, 1 microswitch, 2 magnéticos livianos, 2 magnéticos pesados, 4 sensores de movimiento y 1 receptor con dos botones inalámbricos, 4 panicos fijos, breaker con caja, materiales, insumos e instalación).

11 . SERVICIO DE CCTV IP OFICINAS 17 SEDES . Sistema IP,(1 grabador IP 4 canales,1 cofre de seguridad con cerradura dial mecánica, ups, switch de 8 puertos, 2 cámaras IP con sensor infrarrojos pasivo (PIR) formato h.264, micrófono y altavoz, 1 cámara IP con alimentación POE,con lente varifocal para interiores) materiales e instalación.

12. SERVICIO DE INTRUSION Y TELEMETRIA PARA MANEJO DE CAJA FUERTE 10 SEDES (panel de control 128 entradas y 64 salidas, fuente de poder panel, 1 modem de transmisión GPRS, 2 teclados alfanumérico, tarjeta expansora, módulo de relevos, 1 electroimán, 6 sensores infrarrojo, 3 sensor magnético liviano, 3 sensores magnético pesado, fuente inteligente, 2 fuentes, 3 baterías, 3 transformadores, 1 breaker) materiales e instalación.

De conformidad con el numeral 10 – 11 y 12 solicitamos a la entidad los planos con medidas para estimar las cantidades y materiales a utilizar en las instalaciones

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RESPUESTA: Para cada periférico se calcula una distancia promedio de 12m y los mantenimientos se harán de acuerdo a la necesidad que se presente durante la ejecución del contrato

8. 12. SERVICIO DE INTRUSION Y TELEMETRIA PARA MANEJO DE CAJA FUERTE 10 SEDES (panel de control 128 entradas y 64 salidas, fuente de poder panel, 1 modem de transmisión GPRS, 2 teclados alfanumérico, tarjeta expansora, módulo de relevos, 1 electroimán, 6 sensores infrarrojo, 3 sensor magnético liviano, 3 sensores magnético pesado, fuente inteligente, 2 fuentes, 3 baterías, 3 transformadores, 1 breaker) materiales e instalación.

Solicitamos a la entidad aclarar: se puede proponer un panel expandible hasta 48 zonas , ya que de acuerdo al requerimiento técnico este no sobrepasa las 12 zonas o entradas, de no ser así favor solicitamos de su apoyo siendo más explícitos en las características técnicas de los equipos solicitados en este ítem.

Respuesta: Para el servicio de telemetría se debe usar un panel con mínimo los siguientes características: Con fuente de alimentación y caja / Seis ranuras de expansión para módulos de expansión opcionales / Detección automática de dispositivos periféricos / Doble de memoria flash actualizaciones de software sistema permanece activo/ Puertos RS-485 y RS-232) 32 aéreas o particiones que puede ser controlado con hasta 16 teclados/ Seis slots de expansión para insertar módulos de expansión y comunicaciones 128 entradas de alarma y 64 salidas de alarma módulos de expansión LED. Conectividad red: Ethernet vía Ethernet Port 10/100 Base TCP/IP, UDP/IP / 12-15VDC input 3A (fuse at 5A). COMPATIBILIDAD CON SOFTWARE GMS, PARA GESTION REMOTA

9. De acuerdo a lo evidenciado e informado en la visita técnica realizada, los medios tecnológicos operan bajo plataformas de integración, teniendo en cuenta esto:

Solicitamos de su apoyo detallando o ser más explícitos en las características técnicas de los equipos solicitados.

RESPUESTA: VER ANEXO TÉCNICO – CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS.

10. Para una mayor exactitud de costos en los mantenimientos , se hace necesario se indique la cantidad de elementos incluidos en el contrato por sede, con lo anterior se puede precisar la tarifa a cobrar a la entidad.

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RESPUESTA: Se relaciona la cantidad de cámaras por sede para la realización de los mantenimientos en las sedes principales:

SedeCantidad cámaras

Bogotá 90Medellín 11

Barranquilla 20Bucaramang

a 15Manizales 14

Cali 22Ibagué 16

11. Con referencia al numeral 3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS:

11.1 3.1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y CERTIFICADO SOBRE VIGENCIA DE LA LICENCIA (Decreto Ley 356/1994 y Decreto 2187/2001)

Además de la Licencia, el proponente y cada uno de los miembros del Consorcio y/o Unión Temporal deberán anexar el certificado de la autoridad competente sobre la vigencia de la misma, con fecha de expedición de no más de noventa (90) días hábiles anterior de la fecha del cierre de la presente Convocatoria Pública, no se acepta certificaciones donde se indique que la licencia se encuentra en trámite, ya que estas certificaciones no garantizan que esta sea renovada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Al respecto solicitamos a la entidad aceptar aquellos oferentes que en la actualidad se encuentren en tramite de renovación de la licencia, dado que de conformidad con el articulo 35 del decreto 2012 se establece:

Por tanto Solicitamos a la entidad que en el evento que la licencia este en proceso de renovación se adjunte a la propuesta una certificación emitida por la superintendencia de vigilancia donde se indique que la empresa se encuentra en trámite de renovación.

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RESPUESTA: VER ADENDA

12. En aras de mantener y cumplir lo establecido por la superintendencia de vigilancia en la circular 005 de 2013 y el decreto 4950 de 2007 la cual expresa:

Solicitamos a la entidad establecer un piso para las ofertas relacionadas con los servicios de tecnología, con esto la entidad apoyaría el decreto antes mencionados y ayudaría a las empresas de vigilancia en no incurrir en costos artificialmente bajos.

13. Con referencia al numeral 4.4.1.1

EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PROPONENTE EN EJECUCIÓN, INSTALACIÓN, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CENTRALES DE CÁMARAS Y VIGILANCIA ELECTRÓNICA

La Empresa para su normal funcionamiento y para el control del personal, las instalaciones, los procesos y la información requiere LA EJECUCIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, de sistemas electrónicos que en los anteriores numerales descritos anteriormente. Por tal razón es de suma importancia para la Empresa garantizar que el proponente cuenta no solo con la experiencia, los recursos, sino también con el personal idóneo para cumplir con la realización dentro del tiempo establecido y con la más alta calidad estos proyectos, dado que estos sistemas electrónicos, son pilares dentro de la estrategia de protección y control de pérdidas en Servicios Postales Nacionales S.A.

Por lo anterior es necesario que el proponente adjunte la Hoja de vida de la persona designada para tal fin, quien será el encargado de realizar y terminar el proyecto, los requisitos mínimos que debe cumplir el personal propuesto son los siguientes:

A. Credencial De Consultor Expedida por la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada.

B. Especialista En Administración De La Seguridad.

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C. Vinculación directa con la empresa oferente mayor a Cinco (5) años, lo cual se demostrara con copia de afiliación a la ARL.

D. Título Profesional en ingeniería electrónica, eléctrica, sistemas o ingenierías afines, fotocopia del título.

E. Tarjeta profesional, donde certifique el título obtenido, fotocopia de la tarjeta.F. Experiencia específica, en ejecución, instalación y puesta en funcionamientos de Control

de acceso, CCTV, Alarma, y Central de Monitoreo. Certificaciones laborales en diferentes empresas

G. Certificación de que el ingeniero propuesto, tiene una relación contractual con la empresa proponente, el ingeniero propuesto será el encargado de realizar y terminar el proyecto, no se acepta cambio de la hoja de vida propuesta.

De acuerdo con la experiencia acreditada del personal propuesto se le asignará al proponente un máximo de quince (15) puntos de la siguiente manera:

PERFIL EXPERIENCIA PUNTAJEDirector del proyecto de vigilancia electrónica

De 9 años en adelante 15 puntosDe 6 a 9 años 8 puntosDe 3 a 6 años 3 puntos

Los Consorcios o Uniones Temporales presentarán el anterior requisito de mínimo uno de alguno de los miembros que lo conforman.

En aras de mantener la pluralidad de participación en la presente convocatoria, respetuosamente solicitamos a la entidad disminuir las condiciones y características solicitadas para el director de seguridad, lo anterior teniendo en cuenta:

Dado que están solicitando personal de Ingeniería Electrónica o afines, no es acorde solicitar la Credencial De Consultor Expedida por la Superintendencia de vigilancia y Seguridad privada. Y la Especialización En Administración De La Seguridad, dado que estas regularmente no hacen parte de la rama de las ingenierías y por tanto en la mayoría de casos los ingenieros no toman especializaciones en Adm de la seguridad y mucho menos cuentan con la Credencial de consultor…. Estas dos son solicitadas para aquellas personas que destinaron su vida profesional a temas de vigilancia o para las personas que desarrollaron sus profesiones en las fuerzas militares de Colombia.

RESPUESTA: VER ADENDA

H. Por otro lado solicitamos a la entidad disminuir el tiempo de vinculación con la compañía “Vinculación directa con la empresa oferente mayor a Cinco (5) años, lo cual se demostrara con copia de afiliación a la ARL”, las personas que serian directores de

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contrato cuentan con los conocimientos técnicos, sin embargo consideramos que no es procedente colocar la condición de que esta persona lleve más de 5 años de vinculación con la compañía, este requisito no garantiza el respaldo para la buena ejecución del contrato y al contrario si limita la participación de los oferentes.

RESPUESTA: VER ADENDA

14. Con referencia al numeral 4.4.1.4 CALIDAD DEL PERSONAL “Al cumplimiento de todos los requerimientos solicitados se le otorgara el máximo puntaje, al proponente que ofrezca mayor personal de vigilancia que cuente con las calidades y capacitaciones señaladas a continuación: “

Al respecto solicitamos a la entidad confirmar bajo qué documento se debe acreditar este numeral ¿se debe adjuntar una manifestación o se deben adjuntar los soportes de que se cuenta con este personal?

Respuesta: Este requisito se acreditará con la certificación del proponente que ofrece dicho personal.

PROSEGUR 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Observación No 1 – Numeral 1.3. PRESUPUESTO OFICIAL

La Entidad establece un presupuesto oficial de TRES MIL CICNETO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE según Certificado de Disponibilidad Presupuestal Certificado disponibilidad presupuestal – CDP No 3561 del 12 de septiembre de 2013 y certificación de autorización para comprometer vigencias futuras en el presupuesto de gastos en la vigencia fiscal 2014, por valor de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE.

Por lo cual solicitamos aclarar cual es el certificado disponibilidad que cubre el valor de SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE restantes entre el certificado de disponibilidad establecido y el presupuesto oficial.

RESPUESTA: CDP No. 3561 del 12 de septiembre de 2013 y certificación de autorización para comprometer vigencias futuras en el presupuesto de gastos en la vigencia fiscal 2014, por valor de dos mil cuatrocientos cincuenta millones de pesos m/cte. ($2.450.000.000.oo).

Observación No 2 – Numeral 2.6.11. Certificaciones de Calidad

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La Entidad requiere la presentación del certificado de calidad bajo la norma ISO 9001 – 2008 con alcance en los servicios de vigilancia fija y móvil, con armas, medios tecnológicos, monitoreo de alarmas, escoltas a personas y mercancías y Servicio Conexo de Consultoría, Asesoría e Investigación.

Solicitamos comedidamente a la Entidad modificar el alcance del certificado en concordancia con lo establecido en el segundo párrafo del numeral 3.1. Licencia de Funcionamiento “Vigilancia fija y móvil, con armas, medios tecnológicos y escolta a personas y vehículos”

RESPUESTA: VER ADENDA

Observación No 3 - CAPITULO III REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR

La Entidad establece que la actividad del proponente sea o este directamente relacionada con el objeto de la contratación pero a párrafo cuarto indica que el servicio que requiere contratar Servicios Postales Nacionales S.A. es “La prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada que incluya el manejo de la central de seguridad, controles de accesos, monitoreo de alarmas, circuito cerrado de televisión, transporte de valores y manejo remoto de cajas fuertes”.

Es de aclarar que para las compañías de vigilancia se encuentra prohibido realizar la actividad de transporte de valores igualmente dentro de los servicios a cotizar no se encuentra contemplado la prestación de dicho servicio, por lo anterior solicitamos respetuosamente a la Entidad eliminar el transporte de valores dentro de las actividades a realizar.

RESPUESTA: VER ADENDA

Observación No 4 – Numeral 3.1. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO SOBRE VIGENCIA DE LA LICENCIA

Solicitamos comedidamente a la Entidad eliminar del último párrafo del numeral “no se aceptan certificaciones donde se indique que la licencia se encuentra en trámite ya que estas certificaciones no garantizan que esta sea renovado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada” toda vez que va en contravía de lo establecido en la normatividad actual vigente como se demuestra a continuación:

Artículo 35 del Decreto 019 de 2012 establece;

“ARTICULO 35. SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES. Cuando el ordenamiento jurídico permita la renovación de un permiso, licencia o autorización, y el particular la solicite dentro de los plazos previstos en la normatividad

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vigente, con el lleno de la totalidad de requisitos exigidos para ese fin, la vigencia del permiso, licencia o autorización se entenderá prorrogada hasta tanto se produzca la decisión de fondo por parte de la entidad competente sobre dicha renovación.

Si no existe plazo legal para solicitar la renovación o prorroga del permiso, licencia o autorización, ésta deberá presentarse cinco días antes del vencimiento del permiso, licencia o autorización, con los efectos señalados en el inciso anterior”.

En cumplimiento a este ordenamiento la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se pronunció en la circular 015 de 2013 en su numeral 2;

“ 2. VIGENCIA

Las licencias de funcionamiento expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada rigen a partir de la fecha de expedición, por cuanto son decisiones administrativas contenidas en actos de carácter particular y, por tanto, su validez inicia desde el momento que ha sido suscrito y enumerado el acto administrativo, aun sin haber sido notificado.

Como es bien sabido la fuerza vinculante de un acto administrativo comienza desde su notificación, pero ello no constituye que sea un requisito de validez del mismo, ya que se trata simplemente de una condición para que pueda ser oponible a los particulares, es un acto extrínseco del acto y posterior del mismo y en este sentido se ha pronunciado el Consejo de Estado en jurisprudencia contencioso administrativa, así como la Corte Constitucional en Sentencia C – 957 de 1999 – Expediente D – 2413.

Por lo anteriormente expuesto, es importante recordar a los vigilados y usuarios de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los siguientes aspectos:

2.1. Para todos los casos – sin excepción alguna – las solicitudes de renovación de licencias de funcionamiento deberán solicitarte a esta Superintendencia con un mínimo de sesenta (609 días calendarios antes de la perdida de vigencia de la misma, término que debe ser contado con base en la fecha de expedición del acto administrativo que otorga el correspondiente permiso de habilitación.

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2.2. Las empresas de vigilancia y seguridad privada que soliciten la renovación de la licencia de funcionamiento en la oportunidad legal pertinente, tendrán licencia de funcionamiento vigente hasta tanto la Supervigilancia no se pronuncie de fondo sobre la misma, conforme lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 19 de 2012.”

Por lo anterior y dando cumplimiento a la normatividad solicitamos que para aquellas licencias se encuentran en trámite de renovación deberán adjuntar el radicado de solicitud de renovación dentro del término establecido.

RESPUESTA: VER ADENDA

Observación No 5 – Numeral 3.15. REQUERIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Para la correcta realización de la oferta económica solicitamos comedidamente sean aclaradas las siguientes inquietudes:

- Los servicios especiales de seguridad (Supervisores de Procesos) ¿será prestado diurno 48 horas cada uno?

-- Por favor indicar el salario y horario establecido para el servicio motorizado escolta de

mercancía.- Por favor indicar el salario y horario establecido para servicio técnico de mantenimiento.- En la viñeta 12 se indica que la Entidad realizara visita técnica para verificar que el

proponente tenga listo toda la logística indicada en el numeral para la instalación, entendemos que cuando la Entidad hace referencia a logística se refiere a un departamento con técnicos que estará en la capacidad de realizar la instalación de la tecnología solicitada, ¿Es correcta nuestra apreciación?

RESPUESTA: Ver respuestas anteriores en el mismo sentido

- Igualmente la Entidad establece que el valor total de la propuesta será la sumatoria de los ítems 1 al 14, pero verificado el numeral no existe ítem 14, por lo cual solicitamos sea eliminado.

RESPUESTA: VER ADENDA

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Observación No 6 – Numeral 4.4.1.1. EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PROPONENTE EN EJECUCIÓN, INSTALACIÓN, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CENTRALES DE CAMARAS Y VIGILANCIA ELECTRONICA

Teniendo en cuenta que la Entidad podrá realizar visita de verificación de las certificaciones de experiencia, entendemos que los contratos que se acrediten para dar cumplimiento a este numeral deberán estar en ejecución al momento de la presentación de la propuesta, ¿Es correcta nuestra apreciación?

RESPUESTA: La verificación de la experiencia en ejecución, instalación y puesta en funcionamiento de central de cámaras y CCTV se realizará a través de las certificaciones que allegue el proponente de contratos ejecutados o en ejecución. Como lo señala el numeral 4.4.1.1., Servicios Postales Nacionales durante el término de evaluación y hasta la adjudicación del contrato, podrá contactar a las personas necesarias para verificar la información incluida en la propuesta, es decir comunicándose con el contacto señalada en la referida certificación quien dará información sobre el cumplimiento del contrato, bien haya sido ejecutado o se encuentre en ejecución o si lo considera pertinente la SPN podrá realizar la visita respectiva, para verificar el funcionamiento de este servicio respecto de los contratos en ejecución.

Observación No 7 – Numeral 4.4.1.3. HOJA DE VIDA DEL DIRECTOR DEL PROYECTO DE VIGILANCIA ELECTRONICA

Solicitamos comedidamente a la Entidad eliminar el requisito de la credencial de consultor y la especialización en administración de la seguridad toda vez que estos dos requisitos no son acordes con el perfil del ingeniero.

Igualmente solicitamos comedidamente sea disminuido el tiempo de vinculación del ingeniero y el tiempo de experiencia especifica.

RESPUESTA: VER ADENDA

Observación No 8 – Numeral 4.1.4. CALIDAD DEL PERSONAL

Entendemos que se deberá acreditar diez (10) personas con curso para escoltas expedido por Escuela de Capacitación autorizada por la SUPERVIGILANCIA ¿Es correcta nuestra apreciación?

RESPUESTA: SI, es correcta su apreciación

Observación No 9 – Numeral 4.4.1.5. SERVICIOS ADICIONALES

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La Entidad establece a numeral 4.4.1.5.1. ESTUDIO DE CONFIABILIDAD ADICIONALES que otorgara diez (10) puntos a quien ofrezca quince (15) estudios de confiabilidad sin costo.

La SUPÈRVIGILANCIA establece en la circular 015 de 2013 que las compañías de vigilancia y seguridad privada no pueden ofrecer servicios adicionales sin costo toda vez que este ofrecimiento se encuentra catalogado entre las faltas gravísimas y acarrea sanciones tanto para el contratante como para el contratista.

Por lo anterior solicitamos comedidamente a la Entidad eliminar la palabra sin costo tanto del numeral 4.4.1.5. y del numeral 4.4.5.1. y asigne un presupuesto para dichos servicios.

RESPUESTA: VER ADENDA

Observación No 10 – Numeral 4.4.1.5.2. VINCULACION DE PERSONAL EN CONDICIONES DE DISCAPACIDAD

Solicitamos comedidamente a la Entidad indicar si se cuenta en las instalaciones con la infraestructura óptima para personal con discapacidad.

Respuesta: Los servicios se requerirán de acuerdo con las necesidades de la empresa.

Observación No 11 – FORMATOS ANEXOS

En el pliego de condiciones se indica a numeral 3.12. y 3.13. que las cartas de compromiso serán diligenciados según el Anexo correspondiente, pero al verificar el pliego de condiciones y en el estudio de conveniencia y oportunidad se encuentran estos dos formatos.

RESPUESTA: Los anexos corresponden a las cartas de compromiso que debe presentar cada proponente.

Observación No 12 – Numeral 3.8. LICENCIA DE AUTORIZACION PARA OPERAR EN AGENCIAS O SUCURSALES A NIVEL NACIONAL

Solicitamos comedidamente a la Entidad no establecer requisito de apertura de agencia o sucursal en aquellas ciudades donde la operatividad no sea compleja, es decir la SUPERVIGILANCIA indica que la apertura de agencias o sucursales está basado en la complejidad operativa (número de servicios) en el lugar o la distancia que existe entre la sucursal y el lugar de operación.

Por lo cual al estar Ibagué tan cerca de Bogotá y al requerirse solo un servicio en dicha ciudad solicitamos comedidamente no se requiera en caso de adjudicación del contrato la apertura de la misma

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RESPUESTA: Es obligación del adjudicatario abrir sucursales en cada una de las ciudades requeridas por los pliegos de condiciones.